Ao de la Inversin para el Desarrollo Rural y la Seguridad
Alimentaria
DIRECTIVA N 01-04-2014-DGPNP-DIREJEPER-A.
RD N 1140-2013-DIRRGEN/EMG-PNP
Lima, 31 DIC 2013PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS BSICOS PARA LA
EJECUCIN DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE CAMBIOS GENERALES DE
COLOCACIN PARA LA ASIGNACIN DE CARGOS DE OFICIALES DE ARMAS Y DE
SERVICIOS DE LA POLICA NACIONAL DEL PER, PARA EL AO 2014I.
OBJETOEstablecer procedimientos y criterios bsicos para la ejecucin
del Proceso Administrativo de Cambios Generales de Colocacin para
la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios en las
Jerarquas de Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de la
Polica Nacional del Per, para el ao 2014.
II. FINALIDAD
1. Establecer criterios bsicos para garantizar un adecuado
Proceso Administrativo de Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas
y de Servicios de la Polica Nacional del Per, acorde a las Leyes y
Reglamentos sobre la materia, tomando en consideracin los
lineamientos de las Polticas del Comando Institucional.2.
Establecer procedimientos tcnicos para que el personal policial con
alcance de la presente Directiva, sea adecuadamente distribuido y
asignado en las diferentes dependencias policiales a nivel
nacional. 3. Determinar como Poltica del Comando Institucional que
todo el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica
Nacional del Per, preste servicios en forma rotativa en las
diferentes dependencias policiales a nivel nacional, a fin de que
adquieran la experiencia profesional operativa, administrativa, de
asesoramiento y control para un eficiente desempeo profesional.4.
Asignar funciones y establecer responsabilidades a los integrantes
de las Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y
de Servicios de la Polica Nacional del Per; asimismo, determinar un
sistema de control de calidad y auditoria de gestin que garantice
un eficiente desempeo de sus integrantes.5. Difundir oportunamente
las normas, procedimientos y criterios bsicos, que regulan la
ejecucin del Proceso Administrativo de Asignacin de Cargos, a
efectos que el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per, conozca sus alcances a fin de viabilizar
el proceso.
III. ALCANCE
A los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional
del Per, en las jerarquas de Oficiales Superiores y Oficiales
Subalternos.IV. BASE LEGAL
A. Constitucin Poltica del PerB. Ley N 23284 Todos los
servidores pblicos, cuyos cnyuges residan en lugar distinto, tendrn
prioridad en su traslado por reasignacin o cambio de colocacin al
lugar de residencia de estos. C. Decreto Legislativo N 1148 - Ley
de la Polica Nacional del PerD. Decreto Legislativo N 1149 - Ley de
la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del PerE.
Decreto Supremo No. 016-2013-IN de fecha 17 de noviembre de 2013 -
Reglamento de la Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la
PNPF. Decreto Supremo No. 018-2013-IN de fecha 26 de diciembre de
2013, que modifica el Decreto Supremo No. 016-2013-IN - Reglamento
de la Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la PNPG. Decreto
Legislativo N 1150 - Ley del Rgimen Disciplinario de la Polica
Nacional del Per
H. Decreto Supremo N 294-86-EF de 29AGO86, que regula el pago de
viticos al Personal Policial y Civil de las FF.AA. y PNP; y su
modificatoria DS. N 046-DE-EP de 04OCT90.
I. Directiva N 001-2007-EF/77.15 del 27ENE07, Directiva de
Tesorera - Sistema Nacional de Tesorera - Ministerio de Economa y
Finanzas.
J. Directiva DGPNP N 06-54-2005-DIRREHUM-B de fecha 29 de
diciembre de 2005, que regula el pago de viticos por concepto de
pasajes, flete por bagaje, gastos de instalacin e indemnizacin de
viaje para el personal de la Polica Nacional del Per.V.
DISPOSICIONES GENERALESA. ASIGNACION EN CARGOS
1. La Asignacin del Cargo, es la ubicacin del personal en
situacin de actividad en un cargo especfico, en funcin a la
categora, jerarqua y grado, acorde a las especialidades
funcionales, al Cuadro de Organizacin y al Cuadro de Personal y se
ejecuta anualmente conforme a los cambios generales de colocacin.2.
El personal que retorne a la situacin de actividad, para ser
asignado en un cargo, deber aprobar el curso de actualizacin
correspondiente, el cual estar a cargo de la Direccin Ejecutiva de
Educacin y Doctrina de la PNP.3. El cargo, es el puesto laboral
especfico establecido en el Cuadro de Organizacin, que se asigna al
personal con empleo, de acuerdo a las Listas de Rendimiento
Profesional o Tcnico, Especialidades Funcionales y Antigedad. 4.
Son acciones de desplazamiento de cargos: la asignacin, la
reasignacin y el destaque. La asignacin de los Oficiales Superiores
y Subalternos se aprueban por Resolucin Ministerial y Resolucin de
la Direccin General respectivamente.
5. La Asignacin del Cargo, se realizar conforme a la
normatividad vigente, teniendo en consideracin: el perfil
profesional, la Antigedad en el grado y la necesidad del servicio,
bajo los principios de igualdad, imparcialidad, meritocracia,
objetividad y transparencia. 6. Ningn Oficial de Armas podr prestar
servicios en una misma unidad por un periodo mayor de dos (02) aos;
excepcionalmente, lo podr hacer por un periodo adicional de un (1)
ao, autorizado por resolucin de la Direccin General de la Polica
Nacional del Per, por necesidad del servicio.7. El requerimiento de
asignacin de cargo a solicitud personal del Oficial PNP, SIN COSTO
PARA EL ESTADO y debidamente sustentado, se atender previa
evaluacin y en consideracin a los criterios sealados en la presente
directiva; las peticiones no generan ningn derecho de cumplimiento,
prevaleciendo la potestad del Comando Institucional y la
priorizacin de la necesidad del servicio. Teniendo validez el
documento cuando se encuentre debidamente legalizado por notario
publico 8. Los Cargos de Director, Jefe de Divisin, Jefe de Unidad,
Jefes de Subunidades Operativas y Administrativas, Comisarios y
equivalentes, recaen en Oficiales de Armas, egresados de la Escuela
de Posgrado de la Direccin Ejecutiva de Educacin y Doctrina o de
cursos similares en el pas o en el extranjero, correspondientes a
su grado, previa aprobacin de Examen de Admisin y obtencin de
vacantes, autorizado con Resolucin de la Direccin General PNP, en
consideracin a su especialidad funcional, necesidad del servicio y
que se encuentren en aptitud psicosomtica A.
B. PROCEDIMIENTOS PARA LA ASIGNACION DE CARGOS1. La asignacin de
los cargos se realiza anualmente mediante el procedimiento
siguiente:a) Mediante Resolucin Directoral de la Direccin General
se designar a los integrantes de las Juntas para la Asignacin de
Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios. La aprobacin del
cronograma de ejecucin ser a propuesta de la Direccin Ejecutiva de
Personal, segn el siguiente orden:
(1) Coroneles de Armas(2) Comandantes de Armas(3) Mayores de
Armas(4) Capitanes de Armas(5) Tenientes y Alfreces de Armas
(6) Oficiales de Servicios y Personal con Estatus de Oficial,
y;(7) Oficiales de Servicios Profesionales de la Saludb) Para la
asignacin de cargo de los Oficiales de Armas y de Servicios, se
tendr en consideracin, el perfil profesional, la especialidad
funcional, la antigedad en el grado y la necesidad de servicio.c)
Los Oficiales de Armas y de Servicios podrn solicitar la asignacin
de un cargo a travs del formato de solicitud con alternativas de
cambio de colocacin que se publica en la pgina web de la Direccin
Ejecutiva de Personal. Este documento ser vlido, cuando se
encuentre debidamente legalizado por notario pblico y tramitado por
conducto regular a la Direccin Ejecutiva de Personal, para su
posterior trmite a las Juntas para la Asignacin de Cargos segn
corresponda, para su evaluacin y aprobacin de considerarlo
pertinente.
d) Constituye requisito indispensable para ser Jefe de Unidad
que los Comandantes o Mayores de Armas, respectivamente, sean
egresados del Curso de Oficial de Estado Mayor de la Escuela de
Posgrado o sus equivalentes en las Fuerzas Armadas en el pas o en
el extranjero, previa aprobacin del examen de admisin y obtencin de
vacante en la Escuela de Posgrado, autorizados en todos los casos
con resolucin de la Direccin General.e) Los Oficiales Subalternos
de Armas debern desempearse en unidades operativas.f) Los Oficiales
de Servicios debern desempearse en cargos de acuerdo a la profesin
con la que causaron alta en la Polica Nacional del Per; en ningn
caso podrn comandar unidades operativas.g) La Direccin Ejecutiva de
Administracin a solicitud de la Direccin Ejecutiva de Personal,
deber prever la disponibilidad presupuestaria necesaria para la
ejecucin de la asignacin de cargos del personal.h) Los Cambios
Generales de Colocacin, se ejecutarn a partir del da siguiente de
la publicacin de las resoluciones Ministeriales y Directorales
respectivamente, que disponen la asignacin de cargos del personal
de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del
Per.2. Las Juntas para la Asignacin de Cargos, realizarn el estudio
y evaluacin de la documentacin pertinente y formularn el proyecto
de asignacin de cargos, para su respectiva aprobacin por el
Director General de la Polica Nacional del Per, debiendo sujetarse
estrictamente a lo establecido en el Decreto Legislativo N 1149 -
Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del
Per y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N 016-2013-IN
de fecha 16 de noviembre de 2013 y la presente Directiva, as como
la disponibilidad presupuestal proporcionada por la DIRECFIN PNP.3.
Las Juntas para la Asignacin de Cargos, realizarn sus funciones
cindose estrictamente a lo establecido en el Decreto Legislativo N
1149 - Ley de la Carrera y Situacin del Personal de la Polica
Nacional del Per y su reglamento, as como los criterios
establecidos en el anexo 01 de la presente Directiva, bajo
responsabilidad administrativa disciplinaria.
C. IMPEDIMENTOS PARA LA ASIGNACION DE CARGOS
1. No podrn prestar servicios en una misma Unidad o Subunidad
policial a rdenes directas del mismo superior jerrquico, el
personal que tenga entre s parentesco hasta el cuarto grado de
consanguinidad, segundo de afinidad o vnculo de convivencia.2. El
personal asignado o reasignado, no podr hacer uso de vacaciones o
permisos, hasta despus de haberse incorporado y relevado en su
nueva unidad policial de destino.3. El personal asignado a cargos
con pago de viticos, no podr solicitar permutas o reasignaciones
antes de los dos (2) aos de servicios reales y efectivos en su
unidad de destino. Los casos debidamente justificados y aprobados
por el Comando requerirn la devolucin de los viticos, salvo
necesidad de servicio con la resolucin correspondiente.4. El
personal con aptitud psicosomtica B o C, cualquiera sea su grado,
solo podr ser asignado a cargos administrativos segn su calificacin
profesional, tcnica, especialidad funcional o necesidad del
servicio.
D. CAUSALES DE ASIGNACIN PARA CARGOS
1. La asignacin del cargo se produce, segn corresponda en los
casos siguientes:a) Al egreso de las Escuelas de Formacin, por
Asimilacin o Reingreso a la institucin. En este ltimo caso,
teniendo en consideracin las medidas cautelares dictadas a mrito de
procesos judiciales en trmite.
b) Necesidad del servicio
c) Por ascenso, se realiza cuando el personal es promovido al
grado inmediato superior y el cargo que desempea no corresponde al
Cuadro de Personal.d) Especialidad Funcional
e) Lmite de permanencia en el cargo por las causales
establecidas en el reglamento de la ley f) Por solicitud del
interesado, la misma que est sujeta a la evaluacin de las Juntas
para la Asignacin de Cargos. g) Permuta previa evaluacin y
aprobacin
h) Por medidas preventivas contempladas en la ley de Rgimen
Disciplinario de la Polica Nacional del Per, que se aplicarn en
mrito a la resolucin emitida por los rganos Disciplinarios
correspondientes.
i) Cumplir los Oficiales de Armas el Limite de Permanencia de
Dos (2) aos consecutivos de los cargos siguientes:
(1) Jefe en Zona de Frontera
(2) Jefe de Unidad
(3) Comisario o sus equivalentes de las otras especialidades
funcionales
(4) Edecn o encontrarse apto para el ascenso al grado inmediato
superior aun cuando tenga menos de dos aos en el cargo de
edecn.
(5) Ayudante, secretario o jefe de Administracin.j) Cumplir los
Oficiales de Armas y de Servicios el lmite de permanencia de Dos
(2) aos de servicios Ininterrumpidos en Zona de Emergencia.
Debiendo el oficial haber registrado presencia fsica y ejercicio de
empleo y cargo en el tiempo, conforme a los dos ltimos aos acorde a
los cambios generales de colocacin, la misma que deber ser
contrastada con la lista de revista que administra mensualmente la
Direccin Ejecutiva de Personal de la PNP.
2. Cuando el personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per solicite su asignacin o reasignacin por
motivos de salud, deber adjuntar obligatoriamente el Acta de la
Junta Mdica vigente, emitida por la Direccin Ejecutiva de Sanidad
de la Polica Nacional del Per. E. CONSIDERACIONES PARA LA
ASIGNACION DE CARGOS
1. El personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica
Nacional del Per, al trmino de la misin de estudios en el pas o en
el extranjero, en los niveles de formacin, capacitacin,
especializacin, perfeccionamiento o investigacin deber ser asignado
a una unidad policial acorde con la capacitacin recibida.
2. El personal policial que sea asignado a cargos en entidades
diferentes a la Polica Nacional del Per y el Ministerio del
Interior, ser autorizado por la Direccin General de la Polica
Nacional del Per, y el tiempo de permanencia no exceder de dos (2)
aos en un mismo grado o cuatro (4) aos en toda la carrera.
3. Los Oficiales Subalternos de Armas sern asignados a unidades
operativas, salvo excepciones establecidas en la Ley y su
Reglamento.4. Para la asignacin de cargos de los Alfreces de Armas,
se tomarn en cuenta las disposiciones siguientes:
a) Los egresados de la Escuela de Formacin, sin excepcin, sern
asignados a las Comisaras de la Regin Policial Lima y Regin
Policial Callao.
b) En su segundo ao de servicios, obligatoriamente sern
asignados para prestar servicios fuera de la Regin Policial Lima y
Regin Policial Callao, debiendo ser asignados a unidades operativas
a partir del nivel de Comisaras y Puestos Fronterizos.
c) Los oficiales que cuenten con ms de DOS (2) aos de tiempo de
servicios y desde su egreso de la Escuela de Formacin no hayan sido
asignados para prestar servicios en provincias, obligatoriamente
debern ser asignados fuera de la jurisdiccin policial de Lima y
Callao.
5. Considerar el Perfil Tcnico Profesional para el Cargo de
Comisario de la Polica Nacional del Per, aprobado con RD. N
633-2013-DIRGEN/EMG-PNP del 25JUL2013.F. ASIGNACION DE CARGO CON
DERECHO A PAGO DE VIATICOS1. Cuando la asignacin de cargo demande
traslado a distancias consideradas en la Directiva DGPNP N
06-54-2005-DIRREHUM-B de 29DIC2005, que regula el pago de viticos
por concepto de pasajes, flete por bagaje, gastos de instalacin e
indemnizacin de viaje para el personal de la PNP, el cambio de
colocacin ser considerado CON COSTO PARA EL ESTADO. En ningn caso
se efectuarn cambios de colocacin a unidades policiales enclavadas
en jurisdicciones territoriales que por la distancia generen ms de
un pago de vitico por conceptos de pasajes y bagajes.2. Para el
personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional
del Per, que tengan descendiente (s) sin estar casados y sean
asignados a cargos con derecho a pago de viticos, no se podrn
generar el pago por carga familiar para ambos, por el mismo
descendiente, debiendo pagarse nicamente al padre o la madre que
tiene la custodia legal de dicho descendiente (s).
3. Para el caso de los Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per, cnyuges, se asignar cargo con derecho a
pago de viticos solo a uno de ellos, segn le corresponda.4. Durante
la ejecucin de los cambios generales de colocacin, los oficiales
asignados a cargos con derecho al pago de viticos, no podrn
postular o realizar cursos institucionales, que limite o
imposibilite su desplazamiento a su nueva unidad de destino, siendo
el jefe de unidad responsable de poner a disposicin a los oficiales
que hayan sido designados a otras unidades, en el plazo establecido
por la Direccin General de la PNP, bajo responsabilidad
administrativa disciplinaria.VI. DISPOSICIONES ESPECFICAS
A. ESTADO MAYOR GENERAL
El Estado Mayor General es el rgano de ms alto nivel de
asesoramiento de la Polica Nacional del Per, es el encargado de
asesorar al Director General, en el mbito de su competencia y
supervisar que las Direcciones comprometidas cumplan con las
disposiciones establecidas; asimismo supervisa que las Direcciones
Policiales comprometidas en el presente proceso, cumplan con sus
actividades en el mbito de su competencia y remitan oportunamente
la informacin requerida por las Juntas para la Asignacin de
Cargos.
B. INSPECTORA GENERAL
La Inspectora General, es el rgano de la Polica Nacional del
Per, encargado de preservar y controlar el cumplimiento de las
normas, procedimientos y responsabilidades dispuestas en la ley,
reglamento y directiva de la materia, dictando las disposiciones
que sean pertinentes; asimismo:1. Controlar el cumplimiento de las
normas, procedimientos y responsabilidades establecidas en la
presente directiva, dictando las disposiciones que sean
pertinentes.
2. Controlar el cumplimiento del cronograma de actividades para
el desarrollo del proceso.3. Verificar que la Asignacin de Cargos
se ejecuten segn las Leyes y Reglamentos correspondientes y de
acuerdo a lo establecido en la presente Directiva.4. En el mbito de
su competencia realizar el Procedimiento Administrativo
Disciplinario con relacin al incumplimiento de lo dispuesto en la
presente directiva que regula el proceso administrativo de la
asignacin de cargos de los Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per.
C. DIRECCIN EJECUTIVA DE PERSONAL
1. Difundir la presente Directiva a las unidades policiales,
para conocimiento de todo el personal de Oficiales de Armas y de
Servicios de la Polica Nacional del Per.2. Proponer a la Direccin
General de la Polica Nacional del Per el Proyecto de Resolucin
Directoral que nombra a los integrantes de las Juntas para la
Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per.3. Coordinar con la Direccin Ejecutiva de
Administracin, la disponibilidad presupuestaria para la ejecucin de
Asignacin de Cargos a los Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per.4. Solicitar a la Direccin de Economa y
Finanzas de la Polica Nacional del Per, el concepto de Racin
Orgnica nica Diaria (ROUD) para todo el personal comprometido en el
Proceso de Asignacin de Cargos a Oficiales de Armas y de Servicios
de la Polica Nacional del Per.5. Solicitar oportunamente a la
Direccin de Logstica de la Polica Nacional del Per, los recursos
materiales necesarios para atender las necesidades que demanden las
Juntas para la Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de
Servicios de la Polica Nacional del Per.6. Difundir por el Sistema
Integrado de Gestin de la Carrera de la Polica Nacional del Per
(INTRANET-guila 6), el formato de la solicitud con alternativas de
cambio de colocacin, para su derivacin a las Juntas para la
Asignacin de Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per.7. Proponer personal NATO de la Oficina de
Tecnologa de las Comunicaciones y Estadstica de la DIREJEPER para
brindar soporte tcnico a las Juntas para la Asignacin de Cargos de
Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.8.
Designar un Oficial Superior de Armas del Departamento de Oficiales
de la Direccin de Movimiento de Personal de la DIREJEPER, para que
cumpla la funcin de Oficial Coordinador y Oficial de Enlace, entre
las Juntas para la Asignacin de Cargos y la DIREJEPER PNP.9.
Proporcionar a las respectivas Juntas para la Asignacin de Cargos,
la informacin necesaria y actualizada de los Oficiales de Armas y
de Servicios, en medio fsico y magntico.10. Proporcionar a las
Juntas para la Asignacin de Cargos, el Aplicativo Informtico para
la formulacin de los proyectos de Asignacin de Cargo de Oficiales
de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per.11. En
coordinacin con la Direccin Ejecutiva de Tecnologa de la Informacin
y Comunicaciones, proporcionar e instalar los equipos informticos
(PCs y perifricos) necesarios, en el lugar dispuesto por el Comando
Institucional, para el trabajo de las respectivas Juntas para la
Asignacin de Cargos.12. La Direccin de Control de Recursos Humanos
de la DIREJEPER PNP, en coordinacin con las Oficinas de
Administracin de las Unidades Policiales a nivel nacional,
publicadas las resoluciones y la disposicin del Comando
Institucional sobre la incorporacin de los Oficiales PNP, expedirn
en el da las rdenes de incorporacin de los Oficiales de Armas y de
Servicios, que se encuentren de trnsito a su nuevo cargo, estando
prohibidos de otorgar permisos que retrasen las incorporaciones de
los Oficiales, bajo responsabilidad.D. DIRECCIN EJECUTIVA DE
ADMINISTRACION1. Remitir a la Direccin Ejecutiva de Personal, la
informacin sobre la disponibilidad presupuestaria para la Asignacin
de Cargos a Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional
del Per. 2. Formular oportunamente las liquidaciones por concepto
de pasajes, bagajes, gastos de instalacin e indemnizacin por gastos
de viaje del personal de Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per, depositando los derechos econmicos que
corresponde, a cada uno de los Oficiales asignados.
3. Designar un Oficial Coordinador de la Direccin de Economa y
Finanzas, que facilite la informacin necesaria y oportuna a las
Juntas para la Asignacin de Cargos, de Oficiales de Armas y de
Servicios de la Polica Nacional del Per.4. Proporcionar
oportunamente a la Direccin Ejecutiva de Personal de la Polica
Nacional del Per, los recursos logsticos requeridos por las Juntas
para la Asignacin de Cargos, a Oficiales de Armas y de servicios de
la Polica Nacional del Per.5. Disponer que la Direccin de Economa y
Finanzas en un plazo no mayor de 72 horas de la expedicin de la
presente directiva, elabore una tabla conforme a Ley, que
especifique los montos a percibir por el personal asignado a nuevos
cargos con costo para el Estado, la que deber incorporarse al
Aplicativo Informtico, desarrollado por la Direccin Ejecutiva de
Personal, a fin de estandarizar los montos que recibe el personal
PNP por este concepto.
E. DIRECCIN EJECUTIVA DE TECNOLOGA DE LA INFORMACIN Y
COMUNICACIONES1. En coordinacin con la Direccin Ejecutiva de
Personal, proporcionar e instalar los equipos informticos (PCs y
perifricos) necesarios, en el lugar dispuesto por el Comando
Institucional, para el trabajo de las respectivas Juntas para la
Asignacin de Cargos.2. Asignar una cuenta individual (usuario y
password) para cada uno de los integrantes de las Juntas para la
Asignacin de Cargos, que participan en el Proceso de Asignacin de
Cargos de Oficiales de Armas y de Servicios de la PNP, a fin de
realizar acciones de auditora al sistema y determinar las
responsabilidades pertinentes.F. DIRECCIN DE INTELIGENCIA
1. Proporcionar informacin del Personal de Oficiales de Armas y
de Servicios de la Polica Nacional del Per, a las Juntas para la
Asignacin de Cargos, de tal forma que permita una adecuada toma de
decisiones.
2. Realizar acciones de inteligencia para detectar actos
indebidos con la informacin que se procese.G. DIRECCIN EJECUTIVA DE
SANIDADRemitir a la Direccin Ejecutiva de Personal de la Polica
Nacional del Per, la relacin de Oficiales con aptitud psicosomtica
B o C, discapacidad permanente, hospitalizados y tratamiento mdico,
que por su naturaleza deben ser conocidos por las Juntas para la
Asignacin de Cargos a Oficiales de Armas y de servicios de la
Polica Nacional del Per.H. JUNTAS PARA LA ASIGNACION DE CARGOS DE
OFICIALES DE LA PNP1. Considerar obligatoriamente las disposiciones
contenidas en la presente Directiva, conforme a lo establecido en
el Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y Situacin del
Personal de la Polica Nacional del Per y su reglamento. 2. Adoptar
medidas de seguridad manteniendo la reserva en el manejo de la
informacin y documentacin evitando el acceso a personas no
autorizadas, bajo su responsabilidad.
3. Formular y entregar los Proyectos de Asignacin de Cargo de
Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per con
el respectivo informe final, en el plazo que se establezca.VII.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALESA. La presente Directiva
entrar en vigencia a su aprobacin, para los efectos del Proceso de
Cambio de Colocacin de los Oficiales de Armas y de Servicios de la
Polica Nacional del Per 2014.B. La Direccin General de la Polica
Nacional del Per, nombrar una Comisin Especial de Control de
Calidad y Auditora de Gestin, cuya funcin consistir en evaluar el
trabajo efectuado por las Juntas para la Asignacin de Cargos de los
procesos de cambios generales de colocacin de Oficiales de Armas y
de Servicios, formulando el informe correspondiente sobre el
incumplimiento de lo dispuesto en la presente directiva, que ser
remitido a la Inspectora General para que acte en el mbito de su
competencia. C. Los Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica
Nacional del Per que empleando o ejerciendo influencia o
recomendaciones valindose del grado, cargo o funcin para obtener
cambios de colocacin, reasignacin o todo aquello que signifique
ventaja para s o terceros, en detrimento del servicio o de los
derechos del otro, antes, durante o despus de la publicacin de las
resoluciones correspondientes; sern pasibles a la aplicacin de lo
previsto en el Art. 29 Clases de Infracciones.-Anexos II.- Tabla de
Infracciones y Sanciones Graves.- Contra La tica.- Cdigo G75; del
Decreto Legislativo N 1150 - Ley del Rgimen Disciplinario de la
Polica Nacional del Per. D. Los Oficiales que a mrito de los
cambios generales para el ao 2014, han sido asignados en cargos con
derecho al pago de viticos, habindose realizado de oficio el
depsito del IGV correspondiente en su cuenta personal, pero que por
razones debidamente fundamentadas sean reasignados de acuerdo a
Ley, antes del tiempo previsto en la Ley, estarn en la obligacin de
devolver, el monto percibido de manera indebida, por concepto de
IGV, en el plazo mximo de tres (3) das hbiles y en UNA SOLA ARMADA,
luego de haber tomado conocimiento de su reasignacin, bajo
responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio del inicio de la accin
penal correspondiente.E. Las situaciones no previstas en la
presente Directiva sern puestas a consideracin del Director
Ejecutivo de Personal para su consulta al Director General de la
Polica Nacional del Per, para determinar la accin y decisin
correspondiente.F. Las Juntas para la Asignacin de Cargos de
Oficiales de Armas y de Servicios de la Polica Nacional del Per,
para el presente ao, no tendrn en cuenta la especialidad funcional,
que se especifica en el Art. 35 Inc. c. Del Reglamento de la Ley de
la Carrera y Situacin del Personal de la PNP, hasta la formulacin
del Plan de implementacin y ejecucin de las especialidades
funcionales de los Oficiales y Suboficiales de Armas, conforme a lo
prescrito en la Cuarta Disposicin del Captulo DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS FINALES del Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la
Carrera y Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per.VIII.
ANEXOS
ANEXO 01:A LA DIRECTIVA N 01-21-2013-DGPNP-DIREJEPER-A CRITERIOS
PARA LOS CAMBIOS GENERALES DE COLOCACIN DE OFICIALES DE LA
PNP.-----------------------------------------------------------
1. La Asignacin de Cargos de Oficiales de la Polica Nacional del
Per, teniendo en consideracin las limitaciones econmicas, se
realizarn entre las Unidades Policiales ubicadas en las
circunscripciones territoriales agrupadas de la siguiente
manera:
Primera:Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Amazonas y
Cajamarca.
Segunda:Lima, Callao, Ancash, Ica, Junn, Hunuco, Pasco,
Huancavelica, Ayacucho FP VRAEM Y FP Huallaga. Tercera: Loreto,
Ucayali, San Martn.
Cuarta : Apurmac, Cusco, Madre de Dios, Puno.
Quinta : Arequipa, Moquegua, Tacna.2. En aras de garantizar la
funcin y servicio policial cautelando los bienes jurdicos
institucionales protegidos, preferentemente se considerar el
movimiento de los Oficiales que registren:
a. Ms de TRES (3) aos consecutivos en una misma Direccin
Territorialb. Ms de TRES (03) aos consecutivos en una misma
Direccin Especializada preferentemente dentro del mismo sistema o
especialidad c. Ms de CINCO (5) aos en una misma Regin Policial,
continuos o acumulados para su cambio fuera de ella segn
corresponda.
3. Todo pedido formulado oficialmente por los Seores Directores
Nacionales, Directores Ejecutivos, Directores, Jefes de Regin y
Frentes Policiales, debern ser remitidos a la Direccin Ejecutiva de
Personal para su trmite a la Direccin General PNP a fin de proceder
a la evaluacin correspondiente.
4. Para los cambios dentro de la misma Direccin Territorial, se
tendr en consideracin la distancia existente entre la unidad de
origen y la unidad de destino, para evitar reclamos de IGV
posteriormente.
5. Las solicitudes de los Oficiales de la Polica Nacional del
Per, debidamente legalizados notarialmente, previa evaluacin sern
atendidos preferentemente:
a. Por razones de unidad conyugal, siempre que el cnyuge se
encuentre inscrito en la base de datos de la Direccin Ejecutiva de
Personal de la PNP.
b. Por motivo de salud, debidamente sustentado con el Acta de la
Junta Mdica actualizada, expedido por la Direccin Ejecutiva de
Sanidad de la Polica Nacional del Per.
c. Por encontrarse sometidos a procesos judiciales con
restricciones (Restriccin de la Libertad o Limitativa de Derechos)
y procesos administrativos disciplinarios, debidamente justificados
y documentados.Dichos pedidos sern tramitados obligatoriamente por
conducto regular a la Direccin Ejecutiva de Personal SIETE (07) das
antes de la publicacin de los Cambios Generales de Colocacin de
Oficiales de la Polica Nacional del Per.
6. Tendrn prioridad los Oficiales de la Polica Nacional del Per
que tengan DOS (2) aos continuos de permanencia en zonas de
influencia de Trfico Ilcito de Drogas.7. Las Oficiales Femeninas
sern asignadas a unidades donde existan condiciones mnimas de
habitabilidad, propias a su gnero.
8. Debern ser asignados en la misma circunscripcin territorial,
los Oficiales PNP que:
a. Han cobrado IGV, en los dos (02) ltimos aos anteriores al
proceso.
b. Registren menos de DOS (02) aos de permanencia en la misma
unidad.
c. Han sido reasignados durante el ao del proceso.9. Tendrn
prioridad para la Asignacin de Cargos a las Unidades de
Asesoramiento e Inspectoria de la Polica Nacional del Per, los
Coroneles y Comandantes de Armas que no cuenten con el tiempo mnimo
de servicios prestados en dicha unidades, en concordancia con el
artculo 46 del Decreto Legislativo N 1149 - Ley de la Carrera y
Situacin del Personal de la Polica Nacional del Per.
10. El personal de Oficiales de la Polica Nacional del Per que
se encuentren en las siguientes situaciones especiales:
a. Sometido a la Ley N 12633b. Con mandato de detencin
efectivac. Medidas preventivas de Cese Temporal del Empleo,
dispuesta por resolucin de los rganos de Investigacin y Decisind.
Resolucin Judicial de inhabilitacin para el empleo
e. En Abandono de Cargof. Desaparecido o Rehn del EnemigoEn
Lima, sern considerados en la Direccin Ejecutiva de
Personal-Direccin de Control de Personal-Situacin Especial; y en
provincias en las Oficinas de Administracin-Unidad de
Personal-Situacin Especial.
11. Para ser asignados en los siguientes cargos: Directores
Territoriales Jefes de Frentes Policiales Directores
Director de las Escuelas de Formacin, Escuela de Educacin
Continua y Escuela de Posgrado. Jefatura de Divisin Territorial de
la Regin Policial Lima y Regin Policial Callao. Jefatura de Divisin
de las Direcciones Especializadas y Administrativas
Jefe de Unidad
Jefe de Administracin. Comisarios o EquivalentesLos Oficiales de
Armas debern cumplir los requisitos siguientes:
a. Haber cumplido satisfactoriamente estudios en la Escuela de
Posgrado, correspondiente a su grado.
b. De preferencia haber obtenido el primer quinto del cuadro de
egreso de la EO-PNP o Escuela de Posgrado.
c. De ser posible, con grados o ttulo universitario.
d. Tener aptitud psicosomtica A acreditada con la Ficha Mdica
Anual.
e. No registrar sentencia judicial condenatoria consentida o
ejecutoriada f. No registrar proceso judicial vigente.
g. No registrar sanciones de rigorh. No encontrarse sometido a
procesos administrativos disciplinarios, ni registrar sanciones por
infracciones graves o muy graves.i. No haber sido desaprobado en
los exmenes para el ascenso.
j. No encontrarse dentro de los CUATRO (4) aos de pasar a la
situacin de retiro por Lmite de Edad en el Grado o Tiempo de
Servicios.
12. Los ingresantes a la Escuela Posgrado: PAMOID, MAESTRA,
COEM, as como los ingresantes al primer grupo del CAC, CBT y CA
debern ser asignados a la Direccin de Educacin y Doctrina de la
PNP; y los que han ingresado en periodos diferentes durante el ao,
sern asignados a Unidades Operativas de la Regin Policial Lima
Regin Policial Callao, sin cargo de responsabilidad
administrativa-econmica para facilitar el relevo.
13. Los Oficiales que sean asignados a las Escuelas de Formacin
para desempearse como Instructores, preferentemente deben cumplir
lo siguiente:
a. Haber ocupado el primer quinto del cuadro de mrito de egreso
de la EO-PNP y/o cursos de perfeccionamiento en la Escuela de
Posgrado.b. Registrar cursos afines a la labor educativa o al
perfil de instructor.c. No registrar sanciones por infracciones
graves o muy graves en la jerarqua.d. Tener como mnimo CUATRO (4)
aos de servicios en la institucin.14. El personal designado como
Director de las Instituciones Educativas de la PNP, deber tener
obligatoriamente grado de bachiller o ttulo universitario,
preferentemente en educacin.
15. Los Oficiales PNP asignados a Unidades Especializadas,
contarn preferentemente con cursos de capacitacin o especializacin
de la funcin especfica o experiencia del servicio.
16. Los Oficiales PNP que sean asignados a la Direccin de
Proteccin de Carreteras y Direccin de Trnsito, pertenecientes a la
Direccin Ejecutiva de Trnsito y Seguridad Vial y las Unidades de
Emergencia a nivel nacional; debern cumplir obligatoriamente los
requisitos siguientes:a. No registrar sancin de rigor durante la
carrera b. Registrar menos de VEINTE (20) das u horas de sancin
simple en el grado. c. No haber prestado servicios anteriormente en
ninguna de las reas de las Direcciones o Unidades mencionadas.
Excepcionalmente lo podr hacer autorizado por la Direccin General
de la Polica Nacional del Per.17. Los Oficiales PNP que sean
asignados a prestar servicios en Zonas de Emergencia,
preferentemente debern registrar cursos de contra subversin, de
operaciones especiales contra el TID o experiencia en unidades de
Operaciones Especiales. 18. Los Coroneles de Armas, para prestar
servicios en las unidades de asesoramiento, debern ser egresados
del PAMOID o Equivalente del CAEN o de los Institutos de las FFAA o
del extranjero, siempre que estn autorizados mediante resolucin de
la DIRGEN PNP.
19. Los Oficiales egresados de la Escuela de Posgrado (PAMOID,
MAESTRA, COEM, CAC, CBT y CA) que han cobrado IGV en el ao, sern
asignados a unidades policiales dentro de la Regin Policial Lima y
Regin Policial Callao.20. Los Oficiales que prestan servicios en
entidades diferentes a la Polica Nacional del Per y el Ministerio
del Interior, su tiempo de permanencia no exceder de dos aos en un
mismo grado o cuatro aos en toda la carrera.21. Para la Asignacin
de los Coroneles de Armas a las Jefaturas de Inspectoras
Regionales, se observar lo establecido en el artculo 22, tercer
prrafo, del Decreto Legislativo N 1150, que otorga potestades a los
integrantes de los rganos disciplinarios, para sancionar a
infractores de igual grado, a fin de garantizar la autonoma del
ejercicio de la facultad disciplinaria sancionadora.
22. Para la Asignacin de los Directores Territoriales o Jefes de
Divisin Policial, a fin de garantizar la autonoma del ejercicio
funcional, se tendr en cuenta la antigedad en el grado, asegurando
la prevalencia.23. Priorizar la Asignacin de Oficiales de Servicios
(contadores y economistas) a las Unidades Ejecutoras de Presupuesto
y en las Unidades de Economa de la Polica Nacional del Per.
24. Se Asignarn Oficiales de Servicio abogados, en nmero
necesario a la Direccin Ejecutiva de Asesora Jurdica de la PNP,
Direccin de Defensa Legal al Polica, Direcciones Ejecutivas,
Regiones y Frentes Policiales, Procuradura Pblica, encargada de los
Asuntos Judiciales de la Polica Nacional del Per y el Tribunal
Supremo Militar - Policial. que garantice la defensa de los
intereses del Estado y la correcta administracin de Justicia,25.
Publicado en el sistema informtico de la PNP INTRANET guila 6, los
seores Directores debern dar estricto cumplimiento a los Cambios
Generales de Colocacin en los plazos establecidos.
(ANEXO 02)SOLICITUD CON ALTERNATIVAS DE CAMBIO DE COLOCACIONDE
OFICIALES PNP 2014GRADO: APELLIDOS Y NOMBRES
:
-----------------------------------------------------------------
UNIDAD Y SUB UNIDAD DE ORIGEN
:
-----------------------------------------------------------------
UNIDAD Y SUB UNIDAD DE LISTA DE REVISTA:
-----------------------------------------------------------------
ULTIMO COBRO DE IGV
:
-----------------------------------------------------------------
APTITUD PARA EL SERVICIO POLICIAL (MARQUE CON UN ASPA): ( A ) (
B ) ( C ) ( L )
INDIQUE SI SU CONYUGE LABORA EN EL SECTOR PUBLICO
(OBLIGATORIO):NOMBRES Y APELLIDOS
:----------------------------------------------------------------------------------
INSTITUCION DONDE
LABORA:----------------------------------------------------------------------------------
LUGAR DONDE LABORA
:----------------------------------------------------------------------------------
UNIDADES SOLICITADAS
:ALTERNATIVAUBICACION GEOGRAFICAGRAN UNIDADCODIGO DE MOTIVOCON
COSTOSIN COSTO
01
02
FUNDAMENTACIN:
01
02
03
MOTIVOS PARA LOS PEDIDOS DE ASIGNACIN DE CARGO 2013:
CODIGOMOTIVO
01POR REQUERIR SERVICIOS EN UNIDAD OPERATIVA DE ALTO RIESGO Y/O
ZONA DE EMERGENCIA (DESEMPEO POR CAMPO OCUPACIONAL).
02POR REQUERIR SERVICIOS EN UNIDAD ADMINISTRATIVA O DE
INSTRUCCIN (DESEMPEO POR CAMPO OCUPACIONAL)
03POR EXCEDER EL LMITE DE PERMANENCIA DE DOS AOS EN EL CARGO: EN
ZONA DE FRONTERA, ZONA DE EMERGENCIA, ZONA DE INFLUENCIA DE TID,
JEFE DE UNIDAD, COMO EDECAN, AYUDANTE, SECRETARIO O JEFE DE
ADMINISTRACION.
04A SU SOLICITUD SIN COSTO PARA EL ESTADO: POR UNION CONYUGAL
Y/O POR RAZONES DE INDOLE FAMILIAR.
05A SU SOLICITUD SIN COSTO PARA EL ESTADO: POR NECESIDAD DE
ATENDER ASUNTOS JUDICIALES O ADMINISTRATIVOS (ADJUNTAR
DOCUMENTACION SUSTENTATORIA)
INSTRUCCIONES PARA PEDIDO DE ASIGNACIN 2013:
1. La informacin vertida por su persona en la presente
solicitud, tiene efecto de Declaracin Jurada al amparo de la Ley de
Simplificacin Administrativa y la Ley N 27444 Ley del Procedimiento
Administrativo General, la misma que debe ser formulada en el marco
de las disposiciones legales vigentes, en caso de incurrirse en
falsedad de datos, estar sujeto a los alcances de las acciones
legales a que hubiere lugar.
2. Los petitorios de cambio de colocacin (motivos 1 y 2) deben
ser acordes a su condicin fsica, salud, experiencia, capacitacin y
especializacin profesional, en estricta concordancia a la directiva
correspondiente.
3. Indicar en las alternativas siguientes: UBICACIN GEOGRAFICA
(Departamento) y UNIDAD POLICIAL (sin abreviaturas); el cdigo
numrico del motivo: marcar con un aspa (X) si su solicitud es con
costo o sin costo para el Estado (adjuntar Declaracin Jurada de
Renuncia de Indemnizacin de Gastos de Viaje- IGV).
4. Remitir la documentacin con firmas legalizadas
notarialmente.
5. La presente debe ser llenada sin borrones ni
enmendaduras.
., .. de .de 2014
----------------------------------------------------------------------------
(FIRMA, POST FIRMA Y N CIP DEL ADMINISTRADO)2