DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS C/ León y Castillo, nº 57- 3º 35071 Las Palmas de Gran Canaria 928 11 74 44 928 45 26 41(fax) Carretera La Esperanza, Km 0.8 38071 San Cristóbal de La Laguna 922 92 21 96 922 92 23 47 (fax) [email protected]www.gobiernodecanarias.org/dgse
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DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD Y …€¦ · DGSE 10.- Director General de Seguridad y Emergencias 11.- Servicio de Protección Civil y Atención de Emergencias. DGSE 20.- Delegación
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PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA- INDICE
HISTORIAL DE REVISIONES
Número revisión Fecha Revisado por Concepto
01
Decreto 100/2002, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan Canario de Protección Civil y Atención de Emergencias en Incendios Forestales INFOCA
DGSE
02 2013
Dpto. Protección Civil y Atención de Emergencias
Dirección General de Seguridad y Emergencias DGSE.
Homologación por la CNPC
DISTRIBUCIÓN DE EJEMPLARES
COPIA Nº RESPONSABLE
00.- Original del documento Servicio de Protección Civil y Atención de Emergencias. DGSE
10.- Director General de Seguridad y Emergencias
11.- Servicio de Protección Civil y Atención de Emergencias. DGSE
20.- Delegación del Gobierno en Canarias
30.- Cabildos Insulares de:
Tenerife
La Palma
La Gomera
El Hierro
Gran Canaria
Lanzarote
Fuerteventura
40.- Ayuntamientos
50.-
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA- INDICE
ÍNDICE COMPLETO DEL PLAN ESPECIAL DE INCENDIOS FORESTALES INFOCA
CAPITULO 1.- ASPECTOS GENERALES....................................................................................................................... 1 1.1.- PREÁMBULO....................................................................................................................................................... 1 1.2.- OBJETO............................................................................................................................................................... 1 1.3.- ÁMBITO Y VIGENCIA. ........................................................................................................................................ 2 1.4.- MARCO GENERAL............................................................................................................................................... 2 1.5.- FUNCIONES BÁSICAS. ....................................................................................................................................... 3 1.6.- MARCO LEGAL.................................................................................................................................................... 4 1.6.1.- Normativa Nacional de Protección Civil y de Protección de la Naturaleza.....................................................................4 1.6.2.- Normativa de referencia de la Comunidad Autonómica de Canarias............................................................................6 1.7.- PLANIFICACIÓN DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES. .............................................................. 7 1.7.1.- Plan Estatal. .........................................................................................................................................................7 1.7.2.- Planes de Actuación Insular. ..................................................................................................................................8 1.7.3.- Planes Municipales..............................................................................................................................................10 1.7.4.- Planes de Autoprotección.....................................................................................................................................13 1.8.- DEFINICIONES................................................................................................................................................. 15 CAPITULO 2.- ANÁLISIS TERRITORIAL, ZONIFICACIÓN DE PELIGROS Y ÉPOCAS DE PELIGRO.......................... 16 2.1.- ANÁLISIS TERRITORIAL.................................................................................................................................. 16 2.2.- VEGETACION.................................................................................................................................................... 16 2.3.- CLIMATOLOGÍA................................................................................................................................................ 17 2.3.1.- Clasificación de los fenómenos atmosféricos relacionados con incendios forestales. ...................................................19 2.3.2.- Régimen térmico. ...............................................................................................................................................20 2.3.3.- Condiciones meteorológicas estandar....................................................................................................................21 2.3.4.- Condiciones Meteorológicas de los Grandes Incendios Forestales.............................................................................22 2.4.- ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS............................................................................................................. 24 2.5.- ESTADÍSTICAS DE INCENDIOS FORESTALES EN CANARIAS. ........................................................................ 24 2.5.1.- Número de Incendios forestales y superficie afectada.............................................................................................24 2.5.2.- Número de incendios por islas. (2000-2010)..........................................................................................................26 2.5.3.- Incendios según causas.......................................................................................................................................27 2.5.4.- Número de incendios por meses. (2000-2012).......................................................................................................28 2.6.- GRANDES INCENDIOS EN CANARIAS. ............................................................................................................ 28 2.7.- EVALUACIÓN DE RIESGOS POR INCENDIOS FORESTALES............................................................................ 29 2.7.1.- . Análisis de la peligrosidad de los incendios forestales............................................................................................30 2.7.2.- Análisis de Vulnerabilidad. ...................................................................................................................................32 2.7.3.- Mapa de riesgo por incendio forestal.....................................................................................................................33 2.8.- ZONAS DE ALTO RIESGO DE INCENDIO FORESTAL........................................................................................ 34 2.9.- ÍNDICE DIARIO DE RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENDIO FORESTAL.................................................... 35 2.10.- ÉPOCAS DE PELIGRO..................................................................................................................................... 36 2.10.1.- Época de Peligro Alto.........................................................................................................................................36 2.10.2.- Época de Peligro Medio......................................................................................................................................36 2.10.3.- Época de Peligro Bajo........................................................................................................................................37 CAPITULO 3.- ÍNDICE DE GRAVEDAD DE LOS INCENDIOS FORESTALES, NIVELES Y SITUACIONES OPERATIVAS.38 3.1.- INDICE DE GRAVEDAD POTENCIAL DE LOS INCENDIOS FORESTALES. ........................................................ 38
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA- INDICE
3.1.1.- Índice de Gravedad Potencial 0. ...........................................................................................................................38 3.1.2.- Índice de Gravedad Potencial 1. ...........................................................................................................................39 3.1.3.- Índice de Gravedad Potencial 2. ...........................................................................................................................39 3.1.4.- Índice de Gravedad Potencial 3. ...........................................................................................................................39 3.2.- CLASIFICACIÓN DE LOS NIVELES Y SITUACIONES DEL PLAN INFOCA......................................................... 39 3.2.1.- Nivel 0...............................................................................................................................................................40 3.2.2.- Nivel 1...............................................................................................................................................................41 3.2.3.- Nivel 2...............................................................................................................................................................41 3.2.4.- Nivel 3...............................................................................................................................................................42 3.3.- DELIMITACIÓN Y COMPARTIMENTACIÓN DE LAS ZONAS DE EMERGENCIA................................................ 43 3.3.1.- Zona de Extinción. ..............................................................................................................................................43 3.3.2.- Zona de Socorro. ................................................................................................................................................44 3.3.3.- Zona Base..........................................................................................................................................................44 CAPITULO 4.- ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL PLAN..................................................................................... 46 4.1.- ÓRGANOS DE DIRECCIÓN............................................................................................................................... 46 4.1.1.- Comité Insular por Incendios Forestales (CIE). ......................................................................................................46 4.1.2.- Director/a del Plan. .............................................................................................................................................47 4.1.3.- Director/a Técnico...............................................................................................................................................48 4.2.- ÓRGANOS DE APOYO....................................................................................................................................... 50 4.2.1.- Comité Asesor. ...................................................................................................................................................50 4.2.2.- Gabinete de Información. ....................................................................................................................................51 4.3.- ÓRGANOS DE COORDINACIÓN OPERATIVA................................................................................................... 52 4.3.1.- Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad 1-1-2 (CECOES 1-1-2)...................................................................52 4.3.2.- Centro de Coordinación Insular (CECOPIN)............................................................................................................54 4.3.3.- Centro de Coordinación Municipal (CECOPAL)........................................................................................................55 4.3.4.- Puesto de Mando Avanzado. ................................................................................................................................57 4.4.- ÓRGANOS DE ACCION. .................................................................................................................................... 58 4.4.1.- Grupo de Intervención.........................................................................................................................................58 4.4.2.- Director/a de Extinción. .......................................................................................................................................59 4.4.3.- Grupo de Seguridad. ...........................................................................................................................................64 4.4.4.- Grupo Sanitario. .................................................................................................................................................65 4.4.5.- Grupo Logístico...................................................................................................................................................66 4.4.6.- Grupo de Rehabilitación de Servicios Esenciales. ....................................................................................................67 4.4.7.- Grupo de Apoyo Técnico......................................................................................................................................67 CAPITULO 5.- OPERATIVIDAD................................................................................................................................. 69 5.1.- DETECCIÓN DEL INCENDIO. ........................................................................................................................... 69 5.2.- EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS INCENDIOS.................................................................................... 69 5.2.1.- Evaluación del incendio. ......................................................................................................................................69 5.2.2.- Clasificación de los incendios forestales según su nivel de gravedad potencial...........................................................70 5.3.- CLASIFICACIÓN DE LA EMERGENCIA DE PROTECCIÓN CIVIL Y CRITERIOS DE ACTIVACIÓN DEL PLAN. .. 70 5.3.1.- Situación de Prealerta. ........................................................................................................................................70 5.3.2.- Situación de Alerta..............................................................................................................................................71 5.3.3.- Situación de Alerta Máxima..................................................................................................................................71 5.3.4.- Situación de Emergencia......................................................................................................................................72 5.4.- ATAQUE Y EXTINCIÓN..................................................................................................................................... 77 5.4.1.- Actuación de los Medios Aéreos............................................................................................................................77 5.4.2.- Movilización de recursos de otros operativos insulares. ...........................................................................................78
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA- INDICE
5.4.3.- Movilización de medios de la Administración General del Estado. .............................................................................78 5.4.4.- Coordinación con la Administración Municipal. .......................................................................................................79 5.5.- LIQUIDACIÓN Y DECLARACIÓN DE FIN DE EMERGENCIA............................................................................. 79 5.6.- INVESTIGACIÓN DE CAUSAS DE LOS INCENDIOS FORESTALES ................................................................... 79 5.7.- COORDINACIÓN ENTRE EL INFOCA Y EL PLAN ESTATAL DE INCENDIOS FORESTALES............................... 80 5.7.1.- Órganos de coordinación y transferencia de responsabilidades de dirección en emergencias. .....................................80 5.7.2.- Información sobre sucesos y previsiones de riesgo.................................................................................................81 5.8.- ACTUACIONES GENERALES DE PROTECCIÓN A LA POBLACIÓN.................................................................... 81 5.8.1.- Determinación de la zona de emergencia. .............................................................................................................81 5.8.2.- Control de accesos..............................................................................................................................................81 5.8.3.- Confinamiento. ...................................................................................................................................................82 5.8.4.- Evacuación.........................................................................................................................................................82 5.8.5.- Información a la población durante la situación de emergencia................................................................................83 5.9.- MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS GRUPOS DE ACCIÓN.......................................................................... 83 CAPITULO 6.- MEDIOS Y RECURSOS....................................................................................................................... 84 6.1.- CONCEPTO. ...................................................................................................................................................... 84 6.2.- TITULARIDAD DE LOS MEDIOS Y RECURSOS................................................................................................. 84 6.3.- CATÁLOGO DE MEDIOS Y RECURSOS. ............................................................................................................ 84 6.4.- SISTEMAS DE ACTIVACIÓN............................................................................................................................. 84 6.5.- LA COLABORACIÓN CIUDADANA. ................................................................................................................... 85 6.6.- AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCION CIVIL. ........................................................................ 85 6.7.- ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES.................................................................................................. 85 6.8.- OPERATIVO MÍNIMO ANUAL A DESPLEGAR POR INCENDIOS FORESTALES................................................. 85 CAPITULO 7.- MANTENIMIENTO DEL PLAN. ........................................................................................................... 86 7.1.- PROGRAMAS DE FORMACIÓN DEL PERSONAL INTERVINIENTE. .................................................................. 86 7.2.- DIVULGACIÓN.................................................................................................................................................. 87 7.3.- EJERCICIOS Y SIMULACROS. .......................................................................................................................... 87 7.4.- ACTUALIZACION DE DATOS. ........................................................................................................................... 87 7.5.- REGISTRO DE INCIDENTES............................................................................................................................. 88 7.6.- REVISIONES DEL INFOCA. .............................................................................................................................. 88
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA- INDICE
ANEXOS
ANEXO 1.- GLOSARIO DE TÉRMINOS
ANEXO 2.-MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES
ANEXO 3.- ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LAS NUEVAS EDIFICACIONES O INSTALACIONES UBICADAS EN AREAS DE INTERFAZ URBANO-FORESTAL
ANEXO 4.- ESPECIFICACIONES RELATIVAS A INSTALACIONES DE ACAMPADA
ANEXO 5.-COMUNICADOS , AVISOS Y RECOMENDACIONES A LA POBLACIÓN
ANEXO 6.- INFORME DE INCIDENTES POR INCENDIOS FORESTALES CENTROS DE COORDINACION
ANEXO 7.-CERTIFICACIÓN PROFESIONAL
ANEXO 8.- PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN
ANEXO 9.- PLAN DE COMUNICACIONES
ANEXO 10.- MAPAS DE PELIGROSIDAD
MAPA DE FRECUENCIA DE INCENDIOS FORESTALES
MAPA DE PENDIENTES
MAPA DE ORIENTACIONES
MAPA DE COMBUSTIBLES
ANEXO 11.- MAPAS DE VULNERABILIDAD
ANEXO 12.- MAPAS DE RIESGO
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 1 de 81
CAPITULO 1.- ASPECTOS GENERALES.
1.1.-PREÁMBULO.
El Gobierno de Canarias aprobó el Decreto 100/2002, de 26 de julio, por el que se aprueba el
Plan Canario de Protección Civil y Atención de Emergencias por Incendios Forestales INFOCA, cuya
finalidad es hacer frente a los incendios forestales y a las emergencias que, como consecuencia de
éstos, se produzcan en Canarias, estableciendo a tal fin, la organización y procedimientos de
coordinación y extinción de incendios forestales de las diferentes Administraciones canarias.
Fruto de esta política activa en materia de prevención y extinción de incendios forestales, la
Comunidad Autónoma de Canarias, publicó la Orden de 1 de diciembre de 2004, por la que se
desarrolla el procedimiento de coordinación operativa en materia de atención de emergencias por
incendios forestales y el Decreto 146/2001, de 9 de julio, por el que se regula la prevención y
extinción de incendios forestales que tiene como objeto definir las medidas activas y preventivas para
reducir el riesgo de incendios forestales.
Las condiciones meteorológicas de Canarias, con veranos son cada vez más secos y calurosos,
y con episodios de tiempo sur más frecuentes y duraderos a lo largo del año, conlleva que las masas
forestales y zonas periféricas sean más susceptibles de arder con gran virulencia.
Estos nuevos escenarios de riesgo hacen contemplar la prevención y protección contra
incendios forestales desde la perspectiva integral de la protección civil, en la que participen
activamente todas la Administraciones públicas y los ciudadanos. Las emergencias por incendios
forestales van mucho más allá de la extinción del incendio y deben contemplar actuaciones
coordinadas de protección civil para garantizar la seguridad de las personas, bienes y el medio
ambiente.
Las mejoras en el conocimiento del comportamiento de los incendios forestales, combustibles
forestales, la gran influencia que las condiciones meteorológicas tienen sobre el comienzo de los
incendios forestales, así como el gran desarrollo que en los últimos años han tenido los sistema de
protección civil y atención de emergencias, con la implantación de los planes municipales e insulares
de emergencia, hacen que sea necesario una revisión y actualización del INFOCA. Estas circunstancias
exigen a las Administraciones públicas revisar en los sistemas de planificación y gestión de las
medidas encaminadas no sólo a mitigar el incendio, sino también a prevenir y evitar, en la medida de
lo posible, los incendios forestales y sus efectos.
1.2.-OBJETO.
El Plan de Prevención y Protección Contra Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de
Canarias, en adelante INFOCA, es un Plan Especial encuadrado en la normativa específica de
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 2 de 81
protección civil, el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de
Protección Civil, que en su capítulo II, artículo 6º, determina que el riesgo de incendios forestales es
motivo de planes especiales en aquellos territorios que lo requieran.
El INFOCA tiene por objeto garantizar una respuesta coordinada, ágil y eficaz de las
administraciones públicas para hacer frente a los incendios forestales y a las emergencias que
derivadas de los mismos que se originen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, así
como velar por el cumplimiento de las medidas de prevención contempladas en la normativa vigente.
1.3.-ÁMBITO Y VIGENCIA.
El ámbito de aplicación del INFOCA, será el conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma
de Canarias, incidiendo especialmente en las islas de Tenerife, Gran Canaria, La Palma, La Gomera y
El Hierro.
Este Plan tendrá vigencia indefinida con actualizaciones cada cinco años, según se establece
en el Capitulo 7.
1.4.-MARCO GENERAL.
El INFOCA establece la organización y procedimientos de actuación de los recursos y servicios
cuya titularidad corresponde a la Administraciones Públicas Canarias y los que puedan ser asignados
al mismo por la Administración General del Estado o por otras Entidades públicas o privadas, con el
objeto de hacer frente a tales emergencias dentro del ámbito territorial autonómico.
En el INFOCA se integrarán los Planes de Actuación de ámbito local en emergencias por
incendios forestales (PEIN, PEMU, INFO-isla).
Los Parques Nacionales del Teide (Tenerife), Caldera de Taburiente (La Palma), Garajonay (La
Gomera), cuya gestión se realiza por el Gobierno de Canarias, junto con otras instalaciones,
edificaciones, actividades, etc. ubicadas en terreno forestal y área de interfaz urbano-forestal deberán
elaborar e integrar sus planes de autoprotección en los sistemas de protección municipal, insular y en
el INFOCA.
A su vez, el INFOCA se integra en el Plan Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias
(PLATECA), al que hace referencia el R.D. 407/ 1992 del 24 de Abril, por el que se aprueba la Norma
Básica de Protección Civil.
Por otra parte, este Plan concreta los adecuados mecanismos de coordinación entre las
distintas organizaciones intervinientes con objeto de asegurar la necesaria coherencia operativa entre
los mismos, al objeto de evitar situaciones disfuncionales.
En consecuencia, la estructura general de planificación desarrollada en este Plan obedece a
los siguientes principios:
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 3 de 81
Complementariedad de las funciones asignadas a cada nivel de planificación.
Coordinación y asistencia recíproca entre las organizaciones correspondientes a niveles
diferentes.
Integrabilidad de los sistemas de emergencia en los distintos niveles.
Coherencia organizativa con la planificación territorial.
1.5.-FUNCIONES BÁSICAS.
El INFOCA desarrolla las siguientes funciones básicas:
Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la intervención en emergencias por
incendios forestales dentro del territorio de Canarias desde una visión de funcionamiento
coordinado de las Administraciones públicas.
Prever los mecanismos y procedimientos de coordinación con el Plan Estatal de Protección
Civil de Emergencia por Incendios Forestales, para garantizar su adecuada integración.
Establecer los sistemas de articulación con las organizaciones de las Administraciones
insulares y municipales, en el ámbito territorial de Canarias.
Zonificar el territorio en función del riesgo y las previsibles consecuencias de los incendios
forestales incluyendo expresamente las zonas de interfaz urbano-forestal así como las Zonas
de Alto Riesgo de incendio forestal establecidas por normativa del Gobierno de Canarias.
Delimitar áreas según posibles requerimientos de intervención y despliegue de medios y
recursos, así como localizar la infraestructura física a utilizar en operaciones de emergencia.
Desarrollar planes de autoprotección y prevención al objeto de reducir y minimizar los riesgos
de incendio forestal para la población, los bienes y el medio ambiente, coordinando acciones
interdepartamentales.
Establecer un catálogo de infraestructuras, instalaciones, actividades, y Espacios Naturales
Protegidos, que por sus características deban de elaborar su correspondiente Plan de
Autoprotección.
Establecer las épocas de peligro, relacionadas con el riesgo de incendio forestal, en función de
las previsiones generales y de los diferentes parámetros locales que definen el riesgo.
Prever por las administraciones públicas correspondientes los sistemas organizativos para el
encuadramiento de personal voluntario.
La prevención de las necesarias medidas para la investigación de la causalidad de los
incendios forestales.
Especificar procedimientos de información a la población.
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 4 de 81
Catalogar los medios y recursos específicos a disposición de las actuaciones previstas.
1.6.-MARCO LEGAL.
Para la elaboración del INFOCA se han tenido en cuenta las disposiciones siguientes:
1.6.1.- NORMATIVA NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y DE PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA.
Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de incendios
forestales.
Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Real Decreto 875/1988, de 29 de julio, por el que se regula la compensación de gastos
derivados de la extinción de incendios forestales.
Resolución del Consejo, de 23 de noviembre de 1990, relativa a la cooperación en materia de
Protección Civil.
Reglamento del Consejo 2158/1992/CE, relativo a la protección de los bosques comunitarios
contra los incendios (con todas sus modificaciones posteriores).
Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la norma básica de Protección
Civil.
Real Decreto 1997/1995 de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir
a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna
y flora silvestres.
Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de marzo de 1995 por el que se aprueba el Plan
Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales.
Real Decreto 1193/1998 de 12 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1997/1997 de
7 de diciembre.
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Real Decreto-Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en
materia de incendios forestales.
Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de
Montes.
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 5 de 81
Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de
Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que
puedan dar origen a situaciones de emergencia.
Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico
Nacional.
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.
Orden ARM/2417/2011 de 30 de agosto, por la que se declaran zonas especiales de
conservación los lugares de importancia marinos de la región Macaronésica de la Red Natura
2000 y se aprueban sus correspondientes medidas de conservación.
Real Decreto 1097/2011 de 22 de julio por el que se aprueba el Protocolo de intervención de
la Unidad Militar de emergencias.
2013 Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencias por Incendios
Forestales.
Ley 3/1981, de 25 de marzo (Jefatura del Estado) de creación del Parque Nacional de
Garajonay.
Ley 4/1981, de 25 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional de la Caldera de
Taburiente.
Ley 5/1981, de 25 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional del Teide.
Ley 6/1981, de 25 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional de Timanfaya.
Real Decreto 1531/1986, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y
Gestión del Parque Nacional de Garajonay.
Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna
silvestre.
Real Decreto 1621/1990, de 14 de diciembre (Agricultura, Pesca y Alimentación), por el que
se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Timanfaya.
Real Decreto 1803/1999, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Director de la
Red de Parques Nacionales.
Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.
Real Decreto 1550/2009, de 9 de octubre, sobre ampliación de las funciones y servicios de la
Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de
conservación de la naturaleza (Parques Nacionales de Teide, Timanfaya, Caldera de
Taburiente y Garajonay).
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 6 de 81
1.6.2.- NORMATIVA DE REFERENCIA DE LA COMUNIDAD AUTONÓMICA DE CANARIAS.
Decreto 62/1997, de 30 de abril, por el que se regula la implantación del Servicio de Atención
de Urgencias y Emergencias a través del Teléfono Único Europeo de Urgencias 112.
Decreto 161/1997, de 11 de Julio, por el que se delega en los Cabildos Insulares las funciones
en materia de servicios forestales, protección del medio ambiente y la gestión y conservación
de Espacios Naturales Protegidos.
Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se determina el marco de funcionamiento del
Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad (CECOES).
Resolución de 24 de julio de 2000, por la que se establece el procedimiento de prestación del
servicio y de coordinación operativa de medios y recursos de este Centro Directivo en la
atención de emergencias.
Orden de 11 de septiembre de 2000, por la que se determinan los números de Teléfono de
Urgencia de Interés General dependientes de las Administraciones Públicas Canarias
Decreto 146/2001, de 9 de julio, por el que se regula la prevención y extinción de incendios
forestales.
Decreto 111/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración Pública de
la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de servicios
forestales, vías pecuarias y pastos; protección del medio ambiente y gestión y conservación
de espacios naturales protegidos.
Resolución de 25 de julio de 2005, por la que se dispone la publicación del Decreto 1/2005,
de 18 de enero, que actualiza el Plan Territorial de Emergencia de Protección Civil de la
Comunidad Autónoma de Canarias (PLATECA).
Orden de 5 de agosto de 2005, por la que se declaran las zonas de alto riesgo de incendios
forestales en Canarias. (Gran Canaria, La Gomera y El Hierro).
Decreto 119/2007, de 15 de mayo, por el que se crea y regula el Grupo de Emergencias y
Salvamento (G.E.S.) de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de
modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de
Canarias.
Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 7 de 81
Orden de 23 de mayo de 2008, por la que se modifica la Orden de 5 de agosto de 2005, que
declara las zonas de alto riesgo de incendios forestales en Canarias. (Gran Canaria, La
Gomera, El Hierro, Tenerife y La Palma).
Orden de 9 de octubre de 2008, por la que se modifica la Orden de 5 de agosto de 2005, que
declara las zonas de alto riesgo de incendios forestales en Canarias. (Gran Canaria).
Orden de 17 de diciembre de 2008, por la que se modifica la Orden de 5 de agosto de 2005,
que declara las zonas de alto riesgo de incendios forestales en Canarias. (La Palma).
Orden de 22 de abril de 2009, por la que se modifica la Orden de 5 de agosto de 2005, que
declara las zonas de alto riesgo de incendios forestales en Canarias.
Decreto 100/2002, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan Canario de Protección Civil y
Atención de Emergencias por Incendios Forestales (INFOCA). Derogado por el Presente
Decreto.
Orden de 1 de diciembre de 2004, por la que se desarrolla el procedimiento de coordinación
operativa en materia de atención de emergencias por incendios forestales. Derogado por el
Presente Decreto.
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.
Decreto 153/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión
del Parque Nacional del Teide.
Decreto 27/2005, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del
Parque Nacional de la Caldera de Taburiente.
Decreto 226/2009, de 3 de diciembre, del Presidente, por el que se asigna a la Consejería de
Medio Ambiente y Ordenación Territorial la gestión de los Parques Nacionales, traspasados
por Real Decreto 1.550/2009, de 9 de octubre.
Decreto 70/2011, de 11 de marzo, por el que se crea la Red Canaria de Parques Nacionales.
1.7.-PLANIFICACIÓN DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES.
1.7.1.- PLAN ESTATAL.
El Plan Estatal de Protección Civil y Atención de Emergencias por Incendios Forestales
establece la organización y procedimientos de actuación de aquellos recursos y servicios del Estado
que sean necesarios para asegurar una respuesta eficaz del Conjunto de las Administraciones
Públicas, ante situaciones de emergencia por incendios forestales en las que esté presente el interés
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 8 de 81
nacional, así como los mecanismos de apoyo a los Planes de Comunidades Autónomas en el supuesto
que éstos lo requieran.
El Plan Estatal se activará cuando por motivo de uno o varios incendios forestales, se haya
clasificado la situación operativa del INFOCA como Nivel 2 y lo solicite formalmente el órgano de
Dirección del INFOCA y, en todo caso, cuando sea declarada emergencia de interés nacional. La
dirección de la emergencia será siguiendo lo establecido en Plan Estatal y en la normativa nacional
vigente de protección civil y gestión de emergencias.
En el Punto 5.7 del INFOCA se establecen los mecanismos de coordinación entre la estructura
del INFOCA y del Plan Estatal por incendios Forestales.
1.7.2.- PLANES INSULARES DE PROTECCION CIVIL Y ATENCION DE EMERGENCIAS.
En Canarias los Cabildos Insulares han elaborado y homologado por la Comisión Autonómica
de Protección Civil los Planes de Emergencia Insulares PEIN.
Cada una de las islas con riesgo de incendio forestal; El Hierro, La Gomera, La Palma, Tenerife
y Gran Canaria deberán disponer de los Planes de Prevención y Extinción por incendios forestales para
asegurar una respuesta eficaz, coordinada y ágil en materia de prevención y extinción de incendios
forestales. Estos Planes de Actuación deben integrarse en la estructura de planificación de protección
civil del Cabildo (PEIN) y en el presente INFOCA.
Los Planes de Prevención y Extinción (INFO-isla) son los instrumentos claves en materia
preventiva y de actuación operativa en incendios forestales, por ello, deben cumplir las siguientes
funciones:
Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la intervención en emergencias por
incendios forestales, dentro del territorio insular.
Establecer los sistemas de articulación con las organizaciones de otras Administraciones
locales en el ámbito insular.
Zonificar el territorio en función del riesgo y las posibles consecuencias de los incendios
forestales según establece el INFOCA, delimitando áreas según posibles requerimientos de
prevención e intervención y despliegue de medios y recursos así como localizar la
infraestructura física a utilizar en operaciones de emergencia.
Establecer a nivel insular las zonas de interfaz urbano-forestal en función de la información
facilitada por los municipios.
Prever la organización y distribución de tareas y zonas de los diferentes grupos de
intervención contra incendios forestales, en los que pueden quedar encuadrados
Fomentar y promover la autoprotección de la población en las zonas de interfaz y los
procedimientos normalizados tanto de evacuación como de confinamiento.
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Especificar procedimientos de información a la población, especialmente en situaciones en las
que por proximidad de un incendio se requiera la colaboración máxima del ciudadano.
Catalogar los medios y recursos específicos para la puesta en práctica de las actividades
previstas.
Catalogar las instalaciones, infraestructuras y actividades que se encuentran en los terrenos
forestales, forestal-agrícola y en el interfaz urbano-forestal.
1.7.2.1.- Contenido mínimo de los Planes Insulares de Prevención y Extinción.
Los Planes Insulares, deberán tener el contenido mínimo que se especifica a continuación:
Objeto y ámbito territorial del Plan.
Descripción territorial y cartografía, con referencia a su delimitación y situación geográfica,
distribución de la masa forestal, urbanizaciones, lugares de acampada e industrias existentes
en zona forestal.
Catalogación y definición de las zonas de interfaz urbano-forestal y agrícola-forestal y sus
riesgos asociados para la planificación preventiva y gestión de emergencias por incendio
forestal, en especial infraestructuras como líneas eléctricas, gasolineras, fábricas etc.
Descripción, localización y cartografiado de infraestructuras de apoyo para las labores de
extinción tales como vías de comunicación, pistas forestales, senderos, cortafuegos y áreas
cortafuegos, puntos de abastecimiento de agua, zonas de aterrizaje de helicópteros, etc.
Organización insular para la lucha contra incendios forestales (operativo-dispositivo insular)
destinada a hacer frente a situaciones de emergencia en las distintas fases de la misma
(detección, aviso, movilización de medios, intervención para el control-liquidación y
desmovilización). En dicha organización insular, se asignarán las funciones a desarrollar por
los distintos componentes de la misma en las que se incluirán tanto las unidades de bomberos
profesionales como las formadas por voluntarios, tanto en incendios incipientes como en
grandes incendios forestales.
Procedimientos operativos o protocolos normalizados de la organización insular en fase previa
a la constitución del Puesto de Mando Avanzado y las posteriores a ésta.
Catalogación de los medios y de los recursos disponibles en emergencias por incendio
forestal, según las diferentes zonas de la isla tanto desde el punto de vista operativo como el
logístico y de telecomunicaciones.
Fomentar las actuaciones de promoción, difusión y vigilancia de las medidas de
autoprotección corporativa y ciudadana.
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Adopción de las medidas necesarias para garantizar la vigilancia disuasoria y observancia de
la normativa sobre prevención de incendios, así como la investigación de causalidad de los
incendios forestales en su correspondiente ámbito territorial.
Fomentar la investigación de la causalidad de los incendios forestales, como medida
preventiva, previendo los medios necesarios para su efectiva realización.
1.7.2.2.- Aprobación y homologación.
Los Planes Insulares de Prevención y Extinción se aprobarán por los órganos competentes de
la corporación insular y serán homologados por la Comisión de Protección Civil y Atención de
Emergencias de Canarias. Aquellos Cabildos que ya tuvieran su plan de actuación homologado
adecuarán el mismo a los contenidos del punto anterior.
Anualmente, y antes del 31 de mayo, se remitirá a la Dirección General de Seguridad y
Emergencias el Plan Insular de Prevención y Extinción con el operativo establecido para su exposición
en la reunión anual previa a la campaña de incendios forestales.
1.7.3.- PLANES MUNICIPALES.
Los municipios canarios elaborarán sus Planes de Emergencia Municipales PEMU en función de
lo establecido en la normativa vigente y en el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de
Canarias PLATECA en el punto en que se describe la planificación de emergencias.
Así se considerará la obligación de disponer de Plan de Emergencia Municipal a los municipios
con una población superior a 20.000 habitantes o aquellos que sean considerados de riesgo especial
atendiendo a su situación geográfica, actividades que desarrolla, ubicación en zonas de alto riesgo por
incendios forestales (ZARI).
Las funciones básicas a contemplar en estos planes de emergencia municipales son:
Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la respuesta municipal inicial en
emergencias por incendios forestales, dentro del territorio del municipio, entendiendo que
esta se subordinará a la estructura insular una vez se ponga esta, al mando de la emergencia.
Establecer sistemas de articulación con las organizaciones de otras Administraciones Locales
incluidas en su entorno o ámbito territorial.
Zonificar el territorio en función del riesgo por incendio forestal y sus posibles consecuencias
de los incendios forestales, en concordancia con lo establecido en el presente INFOCA, y con
los Planes de Prevención y Extinción Insulares (INFO-isla). Para ello se podrán, establecer
medidas encaminadas a la prevención de dichas consecuencias o al apoyo del despliegue
operativo en la emergencia.
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Prever la organización de grupos locales para la prevención y primera intervención contra
incendios forestales, en los que podría quedar encuadrado personal voluntario; y fomentar y
promover la autoprotección.
Establecer medidas de información y formación a la población sobre el riesgo de incendio
forestal así como sobre las medidas de autoprotección a utilizar en caso de emergencia por
incendios forestales. Se deberá hacer especial hincapié en la creación de zonas seguras para
refugio de la población y de procedimientos de evacuación o confinamiento hacia estas.
Catalogar los medios y recursos específicos para la puesta en práctica de las actividades
previstas.
Poner en marcha medidas de autoprotección de los núcleos urbanos y edificaciones,
encaminadas a evitar el riesgo en el interfaz urbano-forestal y agrícola-forestal, a través de la
creación y mantenimiento de franjas perimetrales.
Realizar un inventario y caracterización de las áreas urbano-forestal
Hace cumplir por parte de los titulares o propietarios las medidas preventivas establecidas en
los Planes de Autoprotección de las nuevas instalaciones y edificaciones establecidas en el
punto 1.7.4.
Organizar la estructura integra en las funciones en que el municipio es directamente
responsable tales como el aviso a la población, sistemas de alerta en zonas rurales o
diseminados; la evacuación de la población en caso de emergencia, puntos de reunión, rutas
de evacuación, traslado a albergues provisiones, evacuación de personas con necesidades
especiales, el albergue de evacuados, avituallamiento, condiciones de salubridad en
albergues, retorno a sus domicilios, etc.
1.7.3.1.- Contenido mínimo de los planes de actuación de ámbito municipal.
Los Planes Municipales, dentro de las directrices establecidas por la Directriz Básica de
Planificación de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales, el PLATECA y el INFOCA
deberán contener con respecto al riesgo de incendio forestal el contenido mínimo que se especifica a
continuación:
Objeto y ámbito territorial del Plan.
Descripción territorial, con referencia a su delimitación y situación geográfica, distribución de
la masa forestal y núcleos de población, urbanizaciones, lugares de acampada e industrias
existentes en zona forestal. Esta documentación deberá completarse con información
cartográfica a escala adecuada.
Establecer mecanismos de procedimientos de puesta a disposición de los Cabildos.
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Descripción, localización y cartografía de infraestructuras de apoyo para las labores de
extinción, tales como vías de comunicación, pistas, senderos forestales y áreas cortafuegos,
puntos de abastecimiento de agua, zonas de aterrizaje de helicópteros, etc.
Catalogación de las zonas de interfaz urbano-forestal y agrícola-forestal y su riesgo asociado,
para la planificación preventiva y gestión de emergencias por incendio forestal.
Poner a disposición de los Cabildos la medios locales para la lucha contra incendios forestales
para hacer frente a situaciones de emergencia, en las distintas fases de la misma (detección,
aviso, movilización de medios, intervención para el control-liquidación y desmovilización), con
asignación de las funciones a desarrollar por los distintos componentes de la misma, incluido
el personal voluntario, teniendo en cuenta su posible articulación y coordinación con las
organizaciones de otras Administraciones, si las previsibles consecuencias del incendio así lo
requieren.
Procedimientos operativos o protocolos normalizados de la organización municipal en fase
previa a la constitución del Puesto de Mando Avanzado y posteriores a esta.
Especificación de actuaciones básicas y procedimientos de información a la población para su
autoprotección, evacuación y albergue.
Procedimiento específico para la gestión y evacuación de la población en emergencias por
incendios forestales. Cartografía de las elementos de evacuación y logística, puntos de
reunión, rutas de evacuación y zonas de albergue.
Especificación de actuaciones básicas de apoyo logístico.
Catalogación de los recursos disponibles para la puesta en práctica de las actividades
previstas.
Fomentar las actuaciones de promoción, difusión y vigilancia de las medidas de
autoprotección corporativa y ciudadana.
En los Planes Municipales se incluirán como anexos los Planes de Autoprotección que hayan
sido confeccionados dentro de su ámbito territorial.
1.7.3.2.- Aprobación y homologación.
Los Planes Municipales se aprobarán por los órganos de la corporación local y serán homologados por
la Comisión de Protección Civil y Atención de Emergencias de Canarias.
Los Planes Municipales de Emergencias deberán elaborarse en el plazo máximo de 2 años o plazo que
a tal efecto dictamine el Gobierno.
Aquellos municipios que ya tuvieran Plan de Emergencia homologado adecuarán el mismo a los
contenidos del punto anterior para incluir la descripción de la actuación por incendios forestales
dentro del PEMU.
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1.7.4.- PLANES DE AUTOPROTECCIÓN.
El Real Decreto 393/2007 regula las actividades y centros obligados a adoptar medidas de
autoprotección y a redactar un Plan de Autoprotección. Tal y como recoge el Real Decreto están
obligados a elaborar un Plan de Autoprotección aquellas empresas, y en general, las entidades y
organismos que desarrollan actividades que pueden generar situaciones de grave riesgo colectivo,
catástrofe o calamidad pública (como incendios forestales, entre otros), así como los centros e
instalaciones y sus dependencias, que pueden resultar afectados de manera especialmente grave por
situaciones de este carácter.
Asimismo en la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencias por
Incendios Forestales establece la necesidad de definir las medidas de prevención de incendio y la
organización que permita una primera respuesta, con medios propios, para los casos de emergencias
que puedan generar o afectarles dichas empresas o actividades.
Por lo tanto el plan de autoprotección es el documento que establece las previsiones relativas
a una instalación, edificación o conjunto de las mismas, ubicadas en un área de interfaz urbano-
forestal, que tienen por objeto evitar la generación o propagación de incendios forestales y facilitar las
labores de extinción a los servicios públicos especializados cuando su actuación resulte necesaria.
Dispondrán de planes de autoprotección, las entidades, organizaciones y actividades
susceptibles de generar incendios forestales o ser afectados por los incendios al estar ubicados en un
área de interfaz urbano-forestal. Así deberán tener Plan de autoprotección, gestoras de redes
eléctricas de alta tensión, subestaciones, etc., así como núcleos de población, urbanizaciones,
campings, albergues, áreas recreativas, refugios, espacios lúdicos de juegos de montaña, etc.
ubicados en un área urbano-forestal .
Además para la Comunidad Autónoma de Canarias contarán con Plan de Autoprotección, los
Parques Nacionales, Parques Rurales y Parques naturales, así como otros espacios naturales
protegidos que se encuentren dentro de las Zonas de Alto Riesgo de Incendio.
La elaboración de los planes de autoprotección por riesgo de incendio forestal será
responsabilidad de la persona, física o jurídica, titular de las instalaciones o edificaciones a las que el
plan se refiera, siendo redactados por técnicos competentes cualificados según establece la normativa
correspondiente.
Las normas relativas a la gestión y funcionamiento de los Planes de autoprotección serán
establecidas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de
protección civil y emergencias.
1.7.4.1.- Funciones básicas de los Planes de Autoprotección.
Son funciones básicas de los Planes de Autoprotección ante emergencia por el riesgo de
incendio forestal las siguientes:
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Evitar que incendios generados en las urbanizaciones se puedan extender a zonas forestales y
evitar que incendios generados en zonas forestales puedan afectar a las urbanizaciones y
provocar daños a la población y a los bienes existentes en ella.
Informar a la población usuaria o que habita las urbanizaciones sobre el riesgo de incendio y
las medidas que se deben tomar para evitarlo o mitigarlo tanto en fases previas a la
emergencia como durante el transcurso de esta.
Complementar y ampliar en detalle las labores de prevención, vigilancia y detección previstas
en los Planes de ámbito superior.
Facilitar las tareas de extinción por las unidades de extinción y/o, en su caso, organizar los
medios humanos y materiales disponibles para una primera intervención hasta la llegada e
intervención de aquellos.
Garantizar la posible evacuación de las personas ocupantes de las instalaciones o
edificaciones.
Finalmente, es indispensable que los Planes de Autoprotección de estas actividades estén integrados
en el PEMU del municipio donde esté ubicado y demás planes de ámbito superior que les afecten.
1.7.4.2.- Contenido mínimo de los planes de autoprotección por riesgo de incendio forestal.
Sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 393/2007, por el que se aprueba la Norma
Básica de Autoprotección, los planes de autoprotección por riesgo de incendio forestal tendrán el
contenido mínimo siguiente:
Identificación de los titulares y del emplazamiento de la instalación, edificación o conjunto de
las mismas objeto del plan.
Planos de situación de la zona así como de vías de acceso y paso, depósitos y tomas de agua,
extintores portátiles, vías de evacuación, confinamiento, concentración para caso de
evacuación.
Inventario y descripción de las medidas y medios que prevengan la generación de incendio
forestal, incluyendo medidas de protección para áreas de riesgo dentro de las instalaciones,
depósitos de gas o combustible exteriores, almacenamientos de mercancías peligrosas, etc.
Procedimientos de trabajo seguros en el caso de generación de fuego, trabajos con
maquinaria (soldadura, cortadoras de disco, etc), quemas agrícolas y apícolas etc.
Programa de mantenimiento de instalaciones y de actuaciones preventivas de los elementos
vulnerables expuestos a proteger.
Plan de actuación ante emergencia por incendio forestal, incidiendo especialmente en la
evacuación cuando esta se asegura o el confinamiento cuando la ruta de escape pueda estar
comprometida.
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Directorio de comunicación y plan de avisos a servicios públicos de intervención en caso de
emergencia por incendio forestal.
Los planes de autoprotección por incendio forestal de las nuevas instalaciones y edificaciones
ubicadas en áreas de interfaz urbano-forestal, y las instalaciones de acampada, se atendrán además
de lo establecido en el Real Decreto 393/2007 y en la norma canaria que se desarrolle, y en lo
establecido en el Anexo 3 y 4 del INFOCA.
1.8.-DEFINICIONES.
En el Anexo 1 se establecen las definiciones de los términos más habituales empleados en el
INFOCA o en el resto de los instrumentos de planificación, de prevención y protección contra
incendios.
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CAPITULO 2.- ANÁLISIS TERRITORIAL, ZONIFICACIÓN DE
PELIGROS Y ÉPOCAS DE PELIGRO.
2.1.-ANÁLISIS TERRITORIAL.
Las islas Canarias se encuentran en el margen centro oriental del océano Atlántico. El
archipiélago canario está situado frente a la costa noroeste de África, entre las coordenadas 27° 37' y
29° 25' de latitud norte y 13° 20' y 18° 10' de longitud oeste. La isla de Fuerteventura dista unos 95
km de la costa africana. Sin embargo, son aproximadamente 1.400 km los que separan a Canarias del
continente europeo.
2.2.-VEGETACION.
Las particularidades climáticas junto con el factor edáfico han propiciado la existencia de una
serie de pisos de vegetación que se distribuyen desde la costa hasta la cumbre. La totalidad de los
pisos solo está presente en las islas más altas mientras que las bajas solo disponen de unos pocos.
El primer piso se localiza entre los 0 y 200 m de altitud en la fachada de barlovento (en
sotavento puede llegar hasta los (500-600 m) y se conoce como tabaibal-cardonal el cual está
compuesto por plantas crasas entre las que destacas las euphorbiaceas. Los pocos incendios que se
pueden generar en estas zonas son de poca intensidad y se mueven sobre combustibles ligeros,
incluso dispersos y normalmente en años de inviernos lluviosos (modelos 1, 2 y 5). En la mayoría de
ocasiones los frentes de llamas solo propagan cuando estas están muy tumbadas, en la cabeza, bien
por la acción del viento o por pendientes pronunciadas con un comportamiento bipolar (arde o no
arde). En estas zonas se pueden presentar incendios muy intensos en los barrancos cuando aparecen
cañaverales (Arundo donax), zarzales (Rubus sp.) y/o palmeras (Phoenix sp.) llegando incluso al nivel
del mar
Por encima de los 200 m y hasta los 450 m aparece el denominado bosque termófilo el cual
es el más antropizado y degradado de todos los ecosistemas canarios, cuyas especies más
representativas son la palmera (Phoenix canariensis) y el drago (Dracaena drago). En este tipo de
zona se pueden generar incendios de gran intensidad que propagan sobre modelos de combustible 1,
2, 3, 4, 5 y 6 en muchos casos matorrales de sustitución de la vegetación originaria. A este hecho hay
que sumar la presencia de una gran parte de la interfaz urbano-forestal (medianía baja) lo que
complica enormemente su situación. Las soluciones planteadas para mitigar el problema en esta
zonas pasa por recuperar el bosque termófilo generando modelos 5 y 8 mucho menos propagadores
(fomentar la presencia de acebuches, almácigos, vinagreras), la limpieza de los cultivos abandonados,
la creación de barreras o cortafuegos verdes en los barrancos o la creación de espacio defendible
alrededor de las viviendas, entre otros.
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 17 de 81
Al seguir ascendiendo nos encontramos en zonas de barlovento con el área potencial del
monteverde (fayal-brezal y laurisilva), esto es entre los 500 y los 1200 m correspondiendo a la zona
de influencia de brumas. Dependiendo de la isla este tipo de vegetación se presenta más o menos
degradada por la acción del hombre para cultivos y edificaciones, con presencia de abundantes
matorrales de sustitución sobre cultivos abandonados y plantaciones de especies exóticas como
Eucaliptus sp., Pinus radiata, Pinus halepensis, etc. Constituye al igual que la zona termófila una gran
parte de la interfaz urbano-forestal (medianías) y junto a los modelos que presenta (4, 6, 7, 9, 10)
una de las zonas más vulnerables por la acción de los incendios. Las soluciones planteadas para estas
zonas son las mismas que se plantean para el termófilo con mayores garantías en cuanto al potencial
buscado (laurisilva en modelo 8).
Seguidamente existe otro nivel dominado por el pino canario (Pinus canariensis) que suele llegar
hasta los 2000 m de altitud y se extiende hacia sotavento hasta la cota 400-500 de medianías
(Tenerife, La Palma, El Hierro y Gran Canaria). A la presencia del pino se le suma dependiendo de la
isla algunas especies de matorral como el codeso (Adenocarpus foliolosus) o el escobón
(Chamaecytisus proliferus) o como en Gran Canaria la retama amarilla (Teline microphylla) que
puede aparecer en mezcla íntima bajo el pino o de forma monoespecífica. Los incendios en este tipo
de combustibles (4, 6, 7, 9 y 11). Suelen ser de los más virulentos, máxime si se combinan con
topografías abruptas cuyas principales características son: gran intensidad de llama, potentes
columnas convectivas y abundante paveseo a distancia, alta inflamabilidad de la acícula muerta
incluso en condiciones de humedad media los que le dota de una alto grado de propagación por focos
secundarios (por materiales rodantes y paveseo).
Por encima de este piso basal nos encontraremos la vegetación de cumbre, únicamente
presente en las islas de La Palma y Tenerife. Esta vegetación está adaptada a condiciones de frío,
viento, nieve y grandes oscilaciones de temperatura y consiste básicamente en matorrales de alta
montaña y pastos. Los incendios en estas zonas suelen ser bastante intensos (matorrales 4 y 6)
aunque relativamente fáciles de extinguir.
2.3.-CLIMATOLOGÍA.
El clima dominante en Canarias es tropical seco y húmedo pero debido a su posición en medio
del Atlántico y a su relieve existen numerosos topoclimas muy significativos. En realidad, las Canarias
están a caballo entre la zona de circulación oeste que genera el frente polar y las altas presiones
subtropicales que se generan en las Azores. Aunque el régimen de vientos alisios es dominante, la
variación estacional del anticiclón de las Azores permite la llegada de masas de aire polar, y la
proximidad al continente africano, a la altura del Sahara, permite la llegada de masas de aire tropical
continental seco y cálido. Los centros de acción principales son el anticiclón de las Azores y la posición
de la zona de convergencia intertropical, pero también, y de forma secundaria, el frente polar y las
bajas presiones saharianas.
PLAN ESPECIAL DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS INFOCA PAGINA 18 de 81
Tal y como se ha comentado, las islas Canarias están, preeminentemente, bajo el dominio de
los vientos alisios procedentes del flanco oriental del anticiclón de las Azores. Estos vientos son muy
constantes y tienen una velocidad regular de entre 20 y 22 km h, y una componente que varía entre
el este y el noreste. Estos vientos soplan de forma casi permanente. En verano tienen una frecuencia
de hasta el 90 %, mientras que en el invierno esta proporción se reduce al 50 %. El rasgo más
interesante de estos vientos es su estratificación en dos capas, una baja en contacto con el mar y por
tanto húmeda y otra alta y seca. Esta circunstancia genera una inversión térmica de límites variables y
cuya consecuencia más llamativa es la aparición de un «mar de nubes» en las vertientes orientadas a
los vientos dominantes. El mar de nubes crea un efecto invernadero que contribuye a la estabilidad
térmica de las zonas bajas y a mantener la turgencia de la vegetación que allí se alberga.
Además, estas nubes impiden la llegada de grandes cantidades de rayos solares al mar, lo que
contribuye a la estabilidad de la corriente fría de Canarias, una corriente marina que suaviza las
temperaturas del archipiélago. Gracias a la inversión térmica, que impide el ascenso de la humedad,
las capas bajas de la atmósfera tienen un elevado índice de humedad relativa, sobre todo entre los
500 y los 1.200 m. Este índice de humedad cuando presenta valores altos (brumas) genera en su
ascenso precipitaciones de carácter local por condensación y también la llamada precipitación
horizontal, máxime al fluir las nieblas a través de la vegetación en las cresterías.
Además de los vientos alisios, en las islas montañosas hay que tener en cuenta los vientos
locales, tanto la brisa marina como los vientos que ascienden (adiabáticos) hacia las cumbres por el
día, o descienden (catabáticos) hacia la costa por la noche.
La cercana localización del desierto del Sahara también influye sobre el clima canario. Se
manifiesta por la advección de aire muy cálido, seco y con grandes cantidades de polvo en
suspensión, que dificultan la visibilidad (calima). Por lo general, son vientos fuertes con una
componente este o sureste muy marcada. Esta situación es común en verano, cuando el anticiclón de
las Azores se desplaza hacia el norte y, por lo tanto, se debilita en la región. Es lo que se conoce
como “tiempo sur” y son de una importancia extrema para la generación de grandes incendios
forestales.
La combinación de vientos y la corriente marina hacen que las temperaturas en Canarias sean
notablemente estables y menos calurosas de lo que a su latitud le corresponderían. Las temperaturas
más altas se alcanzan en agosto, aunque septiembre tiene prácticamente la misma media. Las
temperaturas más frías se dan en enero, seguida muy de cerca de febrero. La oscilación térmica entre
el mes más cálido y el más frío está por debajo de los diez grados centígrados, entre los 17 °C y los
25 °C; salvo en las cumbres montañosas que puede llegar a los 13 °C. La presencia de la corriente
fría de Canarias hace que las olas de calor lleguen antes a las capas altas que a las bajas. Así pues, el
típico gradiente altitudinal negativo, en Canarias está casi anulado.
El clima está condicionado por la topografía. La existencia de altas montañas pone obstáculos
a la circulación de los alisios. El efecto barrera se potencia en las montañas, y en las vertientes de
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barlovento se acumulan las nubes y las lluvias, mientras que el efecto Foehn se muestra muy activo a
sotavento.
2.3.1.- CLASIFICACIÓN DE LOS FENÓMENOS ATMOSFÉRICOS RELACIONADOS CON INCENDIOS
FORESTALES.
2.3.1.1.- El régimen de los alisios.
El anticiclón de las Azores, ubicado al norte de las islas Canarias, emite sobre esta zona
vientos de dirección NE, los alisios, que por su propia estructura interna (inversión térmica y gran
estabilidad) no dan lugar a precipitaciones.
El factor orográfico desempeña, en este caso, un importante papel sobre este flujo, al
provocar el ascenso del aire de la capa inferior, fresca y húmeda, hasta que se ve frenada por la capa
superior, cálida y seca, y que da lugar a la aparición de un "mar de nubes", cuyo límite está
determinado por el nivel de inversión de los alisios (entre 950 y 1.500 m. por término medio).
Tras rebasar la barrera montañosa, el viento desciende por la vertiente de sotavento como un
aire seco (terral), experimentando un calentamiento adiabático que acentuará su sequedad. Cuando la
capa de inversión se presenta por debajo de la cota de las barreras montañosas el flujo se ve
interrumpido desviándose la circulación general por los laterales de las islas (normalmente al noroeste
y sureste), en cuyo caso en las vertientes sur se pueden generar vientos topográficos y brisas marinas
incluso formar nubes de evolución.
El influjo de este régimen de vientos provoca un tiempo estable, con cielos cubiertos por
masas nubosas en las áreas de medianías y costas septentrionales de las islas, y despejados en las
vertientes meridionales.
De este modo, aquellas islas que están afectadas por los alisios poseen unas condiciones de
humedad más o menos constantes. En cambio, las vertientes meridionales que se encuentran a
sotavento de los vientos húmedos, y las islas de Fuerteventura y Lanzarote, que por su altitud no
alcanzan la capa nubosa, presentan una mayor aridez.
Los vientos alisios producen en el mar, sobre todo en verano que son más intensos y
constantes, un afloramiento de aguas que proceden de hasta 250 metros de profundidad, de bajas
temperaturas, conocidos como “corriente de Canarias” y cuyo efecto más directo es la acentuación de
la estabilidad de los alisios, además de atemperar el régimen térmico de las islas.
2.3.1.2.- Aire sahariano.
La situación próxima al continente africano introduce otro de los rasgos característicos del
clima de Canarias que se traduce en la frecuencia que adquiere el denominado "tiempo sur".
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Bajo este tiempo, el Archipiélago se ve afectado por una elevación de las temperaturas, un
descenso acusado de la humedad atmosférica y, a veces, una pérdida de visibilidad en relación con la
existencia de polvo en suspensión, transportado por las masas de aire procedentes del Sahara.
Estas invasiones se producen en cualquier época del año si bien adquieren una mayor
intensidad durante el verano y el otoño.
El “tiempo sur” aumenta considerablemente el riesgo de incendios forestales y la dificultad de
ataque y extinción de los mismos conlleva que no haya garantías de poder extinguir el incendio
pudiendo dar lugar a con un Gran Incendio Forestal (G.I.F)
2.3.1.3.- Otros fenómenos atmosféricos en Canarias.
Las perturbaciones oceánicas, las invasiones de aire polar, las borrascas del Suroeste y las
depresiones frías o "gota fría, pueden traen consigo vientos fuertes, precipitaciones y rayos,
pudiéndose generar incendios en las siguientes situaciones:
Paso de colas de frentes de borrascas de origen polar. En ocasiones estos frentes no
descargan precipitaciones con lo que la inestabilidad de la atmósfera sumado a la
condiciones antecedentes de sequedad y al viento pueden provocar incendios
intensos con giros de vientos de noreste al sureste, sur y al paso del frente del oeste
y noroeste.
Advecciones saharianas por presencia de borrascas al oeste de las islas.
Temporales del suroeste: en las fases previas al paso de estos temporales se suelen
dar periodos temporales cortos de vientos que en las zonas norte de las islas
producen vientos terrales por efecto foën muy fuertes y la posibilidad de generar
incendios descendentes con perímetros muy alargados.
2.3.2.- RÉGIMEN TÉRMICO.
Desde un punto de vista térmico, el clima de Canarias se define por la suavidad y moderación
de las temperaturas, aunque existen algunos matices introducidos por el factor orográfico, la
exposición y la mayor o menor proximidad al mar.
Van a ser los sectores costeros de las islas los que registren las temperaturas medias más
cálidas (entre 19C y 22C). En las áreas de medianía de barlovento, bajo la influencia más o menos
constante del "mar de nubes" que desempeña un papel de filtro de la radiación solar, las
temperaturas son moderadas y poco contrastadas (entre 17C y 19C).
No obstante, lo benigno de las temperaturas del Archipiélago Canario, durante la estación
estival, en ocasiones se pueden alcanzar temperaturas extremas que superan el umbral de los 40ºC,
umbral que ha sido superado y registrado en más de cincuenta ocasiones, en los últimos años,
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alcanzándose en la estación termopluviométrica del Valle de San Lorenzo, municipio de Arona, el día
17 de Agosto de 1.988 los 44ºC.
Por último, los sectores de cumbres, inmersos en la capa cálida y seca del alisio, están
sometidos a una fuerte insolación. A la par, la sequedad del aire ocasiona que existan grandes
pérdidas de calor por radiación hacia la atmósfera. De estos hechos, se derivan unas temperaturas
medias más bajas y contrastadas (entre 9 y 11).
El mes más cálido es agosto y el más frío enero, a excepción de los sectores costeros que
sufren otro mínimo en febrero, relacionado con el enfriamiento de las aguas oceánicas.
2.3.3.- CONDICIONES METEOROLÓGICAS ESTANDAR
Los datos meteorológicos que se observan durante el verano, en días normales sin presencia
de calima y dentro de masa de aire marítima húmeda asociada al alisio y al anticiclón de las Azores
son los siguientes:
Inversión de temperatura con base media a unos 800-1200m. A sotavento se sitúa en
una cota más baja que a barlovento. Su posición oscila a lo largo del día y dentro de
una misma isla, es habitual en el norte de Tenerife, aparece partida a distintas cotas.
Temperatura media máxima bajo la inversión en la exposición norte, y en la
exposición este en la Palma, de junio a septiembre: 24-26ºC
Temperatura media máxima bajo la inversión en las exposiciones este, sur y oeste, de
Junio a septiembre: 26-28ºC
Temperatura media mínima bajo la inversión, de junio a septiembre, en cota inferior a
los 300-400m: 18-21ºC
Temperatura media mínima bajo la inversión, de junio a septiembre, en cota superior
a los 300-400m: 13-16ºC
Temperatura media máxima sobre la inversión: 24-28ºC, desciende después con la
altura por encima de los 2000-2200m.
Temperatura media mínima sobre la inversión: 11-14ºC
Humedad relativa media bajo la inversión 50-75%
Humedad relativa media sobre la inversión menor del 35%.
Viento sinóptico dominante en verano bajo la inversión: NE, intensidad media 10-15
nudos a barlovento, 15-20 nudos a sotavento y en los extremos NW y SE de las islas.
Viento sinóptico dominante en verano sobre la inversión: NW, intensidad media 10-15
nudos. Sobre la inversión la dirección del viento es más variable.
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2.3.4.- CONDICIONES METEOROLÓGICAS DE LOS GRANDES INCENDIOS FORESTALES
Los incendios más graves se producen cuando se dan determinadas condiciones
meteorológicas de “olas de calor” que es cuando deben extremarse las medidas de protección y
prevención para la población.
Hay tres grandes escenarios en estas olas de calor:
Viento general del NE bajo la inversión, E-ESE-SE por encima de la inversión.
Viento general del NE bajo la inversión, viento del E por encima de la inversión.
Viento general del NE a todos los Niveles.
1.- Viento general del NE bajo la inversión, E-ESE-SE por encima de la inversión.
Base de la inversión de temperatura, nivel medio, inferior a los 300m de altitud.
Viento general del NE bajo la inversión, velocidad media inferior a los 12 nudos.
Viento del E-ESE sobre la inversión, aproximadamente hasta unos 1000m 10-15
nudos.
Viento SE a mayor altitud, intensidad media 15-20nudos, rachas superiores a los 25
nudos, más notables a sotavento. (El viento es del SE a altitudes superiores a los
4500m).
Humedad relativa media bajo la inversión superior al 50%.
Humedad relativa media por encima de la inversión de menos del 30%. Franja de
humedad relativa media de 10-20% es habitual entre 800-1700m.
Temperatura media máxima por encima de la inversión 30-34ºC.
Temperatura máxima absoluta 37-40ºC. Habitualmente en el sur de Gran Canaria,
entre 700 y 1200m la temperatura máxima absoluta supera los 40ºC.
Temperatura media mínima por encima de la inversión 23-25.
Temperatura mínimas en algunos episodios de calor en la cota 800-1200m de 27-
30ºC.
Calima en cantidades variables.
2.- Viento general del NE bajo la inversión, viento del E sobre la inversión:
Base de la inversión de temperatura, nivel medio, inferior a los 400-500m de altitud.
Viento general del NE bajo la inversión, velocidad media de 15 nudos.
Viento del E-ESE sobre la inversión, velocidad media 15nudos. Rachas superiores a los
20 nudos. Durante la misma ola de calor, sin cambios en la dirección del viento, su
velocidad media puede ser inferior a los 10 nudos.
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Humedad relativa media bajo la inversión superior al 50%.
Humedad relativa media por encima de la inversión de menos del 30%. Franja de
humedad relativa 15-25% habitual entre 800-1700m.
Temperatura media máxima por encima de la inversión 28-32ºC
Temperatura máxima absoluta 34-38ºC. Habitualmente en el sur de Gran Canaria,
entre 700 y 1200m la temperatura máxima absoluta alcanza los 40ºC.
Temperatura media mínima por encima de la inversión 22-24ºC
Calima en cantidad variable, reduce mucho menos la visibilidad que con viento del SE.
3.- Viento general del NE a todos los niveles:
Base de la inversión de temperatura, nivel medio, inferior a los 300-400m de altitud.
Viento general del NE a todos los niveles, velocidad media 15 nudos. Realmente
velocidad media de 18 nudos hasta unos 600-800m; y velocidad media 12 nudos a
mayor altitud.
Humedad relativa media bajo la inversión superior al 50%.
Humedad relativa media superior a la inversión inferior al 30%, y habitualmente
inferior al 20% a partir de unos 700m de altitud.
Temperatura media máxima de 30ºC.
Temperatura máxima absoluta por encima de la inversión 33-38ºC. Máxima absoluta
en el sur de Gran Canaria, entre 700 y 1200m, 38-40ºC.
Temperatura media mínima por encima de la inversión 24-26ºC. Son habituales
mínimas algunas noches de 28-30ºC en la vertiente S y SW en la franja 800-1200m
No calima
La capa de inversión durante las olas de calor suele presentarse a una altitud entre 300-400
m. La capa inferior tiene una humedad relativa > al 50% en todos los casos por lo que el riesgo de
incendio no es muy grande incluso en estas circunstancias. Además es la franja altitudinal con menor
superficie forestal.
También hay una segunda capa de inversión entre los 700 y los 1.000 m con unas condiciones
un tanto diferentes entre su franja inferior y superior. En todos los casos la humedad relativa es <
30%.
En cuanto a la temperatura que puede darse durante estas olas de calor en esa franja se elige
el valor de 35ºC. La dirección del viento empleada en el cálculo será la de E-SE (112,5º) que se da en
los supuestos más habituales. En cuanto a su velocidad se ha tomado el valor de 30 km/h.
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2.4.-ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS.
La Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos se compone de 146 Espacios, que en su
conjunto constituyen aproximadamente el 40% de la superficie del Archipiélago, englobando una
estadística que se diferencia a nivel insular a consecuencia de las particularidades de cada isla. Las
áreas protegidas se declaran y se gestionan con el objeto de contribuir al bienestar humano y al
mantenimiento de la biosfera mediante la conservación de la naturaleza y la protección de los valores
estéticos y culturales presentes en los espacios naturales.
Con el fin de integrar lo mejor posible en la realidad socioeconómica del archipiélago el papel
de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, se contemplan, además de las diferentes
categorías de espacios naturales, dos figuras claves en el ordenamiento del territorio: las Áreas de
Sensibilidad Ecológica y las Áreas de Influencia Socioeconómica. Si bien, uno de los aspectos más
importantes a destacar, es el carácter de conservación activa que desempeña la Red.
Además de los Espacios Naturales Protegidos declarados según la legislación autonómica
vigente, el Parlamento de Canarias puede integrar en esta Red aquellas áreas que ostenten una
protección específica otorgada por organismos internacionales o supranacionales.
2.5.-ESTADÍSTICAS DE INCENDIOS FORESTALES EN CANARIAS.
2.5.1.- NÚMERO DE INCENDIOS FORESTALES Y SUPERFICIE AFECTADA.
Superficie afectada Año Número de Incendios Arbolada
(ha) Desarbolada
(ha) Total (ha)
No Forestal (ha)
1968 13 2,3 90,8 93,1 0
1969 20 8,5 539,3 547,8 0
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1970 45 1.560 1.886,8 3.446,8 0
1971 20 35,5 206,4 241,9 0
1972 29 69,5 1.194,3 1.263,8 0
1973 37 159,3 1.540,8 1.700,1 0
1974 53 275,1 409,1 684,2 0
1975 71 4.417,5 2.013 6.430,5 0
1976 25 26,5 20,1 46,6 0
1977 28 250,1 100,9 351 0
1978 56 455 6.298,7 6.753,7 0
1979 12 510 37 547 0
1980 39 1.207,4 911,7 2.119,1 0
1981 83 3.276,2 1.043,4 4.319,6 0
1982 45 35,6 47,1 82,7 0
1983 99 6.958,7 308,5 7.267,2 0
1984 71 915,6 421 1.336,6 0
1985 50 81,4 53,9 135,3 0
1986 73 0 176,4 176,4 0
1987 58 0 100,1 100,1 0
1988 86 1.146,2 179,4 1.325,6 0
1989 43 207,9 5,5 213,4 15
1990 31 2.765 24,7 2.789,7 361
1991 79 30,1 154,4 184,5 5,6
1992 65 592,7 95,8 688,5 56,8
1993 56 127,4 59,1 186,5 29,5
1994 94 3.710,2 1.037,2 4.747,4 294
1995 56 3.331,1 299,7 3.630,8 106,6
1996 13 92,5 15 107,5 1
1997 55 232,4 56,28 288,68 43,4
1998 80 3.668,81 226,93 3.895,74 37,95
1999 61 80,35 68,85 149,2 0
2000 83 3.808,89 542,79 4.351,68 1.759,99
2001 69 178,66 106,22 284,88 6,81
2002 56 86,26 35,09 121,35 0
2003 74 346,06 82,63 428,69 0,8
2004 137 99,15 208,82 307,97 36,66
2005 145 1.862,18 281,71 2.143,89 0,51
2006 123 1.016,28 596,37 1.612,65 0
2007 139 21.007,801 14.750,82 35.758,621 1.815,86
2008 133 375,99 50,06 426,05 131,63
2009 122 2.905,3 708,45 3.613,75 554,78
2010 111 12,5 186,18 198,68 0
2011 99 7.86 51.31 59.17
2012 126 7.402,52 4.618.9 12.021,43
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2.5.2.- NÚMERO DE INCENDIOS POR ISLAS. (2000-2010)
2.5.2.1.- Gran Canaria
Incendios Superficie afectada Tamaño (Hectáreas)
Número % en el número Arbolada (ha)
Desarbolada (ha)
Total (ha)
% en la sup. No Forestal (ha)
Menor que 1 453 79,754% 10,8 44,74 55,54 0,279% 5,7
De 1 a 3 62 10,915% 21,35 70,9 92,25 0,463% 0
De 3 a 5 17 2,993% 12,99 56,39 69,38 0,349% 0
De 5 a 25 23 4,049% 68,18 252,02 320,2 1,609% 0
De 25 a 100 9 1,585% 127,57 337,08 464,65 2,334% 44,6
De 100 a 500 2 0,352% 695,8 290,4 986,2 4,955% 0
De 500 a 1000 1 0,176% 176,3 597,7 774 3,888% 0
Mayor a 1000 1 0,176% 6.216,74 10.926 17.142,74 86,123% 503
568 100% 7.329,73 12.575,23 19.904,961 100% 553,3
2.5.2.2.- Tenerife
Incendios Superficie afectada Tamaño (Hectáreas) Número % en el
número Arbolada
(ha) Desarbolada
(ha) Total (ha)
% en la sup.
No Forestal
(ha)
Menor que 1 267 81,651% 17,34 18,77 36,11 0,209% 0,85
De 1 a 3 34 10,398% 32,17 23,41 55,58 0,321% 2,1
De 3 a 5 4 1,223% 6,5 6 12,5 0,072% 1,5
De 5 a 25 17 5,199% 150,97 107,46 258,43 1,494% 0
De 25 a 100 1 0,306% 205,88 0 205,88 1,19% 0
De 100 a 500 2 0,612% 1.474,66 886,35 2.361,01 13,652% 4,79
De 500 a 1000 1 0,306% 1.852,49 400 2.252,49 13,025% 0
Mayor a 1000 1 0,306% 10.740,51 1.371,1 12.111,61 70,035% 1.275,7
El causante de los incendios es, básicamente el hombre ya sea directa o indirectamente, por
lo que conocer las causas y motivos de cada caso es de vital importancia. En los últimos años se ha
mejorado sensiblemente en este conocimiento pero aún queda un margen de mejora para poder
conocer con certeza los motivos y el origen del 100% de los siniestros. En el periodo observado en
este trabajo la incertidumbre tiene dos orígenes: muchas causas recogidas en los partes son
únicamente supuestas y además, un buen porcentaje se han declarado de origen desconocido.
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2.5.4.- NÚMERO DE INCENDIOS POR MESES. (2000-2012)
Los incendios forestales en Canarias tienen una marcada estacionalidad, siendo los meses de
verano Junio, Julio, Agosto y Septiembre, y en menor medida octubre, los que concentran la mayor
parte de los incendios, si bien, las temperaturas suaves durante todo el año y la irregularidad
pluviométrica hacen que se mantenga un cierto peligro durante todo el año, habiéndose llegado a
tener importantes incendios forestales en los meses de febrero y marzo.
Incendios Meses
GRAN CANARIA TENERIFE LA GOMERA LA PALMA EL HIERRO
TOTAL
Enero 15 8 2 6 0 31
Febrero 15 7 2 11 1 36
Marzo 22 19 2 12 0 55
Abril 19 22 5 4 0 50
Mayo 17 23 5 37 0 82
Junio 57 34 12 27 4 134
Julio 135 65 22 59 1 282
Agosto 112 50 7 34 1 204
Septiembre 96 52 7 26 2 183
Octubre 30 25 1 14 0 70
Noviembre 24 7 2 2 1 36
Diciembre 7 4 2 4 0 17
555 317 70 239 10 1191
2.6.-GRANDES INCENDIOS EN CANARIAS.
Superficie afectada Isla Municipio Fecha Arbolada
(ha) Desarbolada
(ha) Total (ha)
No Forestal (ha)
Tenerife 2012 La Gomera 2012 La Palma 2012 La Palma FUENCALIENTE DE LA PALMA 31-07-2009 2.402,15 0 2.402,15 0 La Palma VILLA DE MAZO 31-07-2009 67,95 567,43 635,38 551,78 Tenerife SANTIAGO DEL TEIDE 30-07-2007 818 1.301,06 2.119,06 0 Tenerife GARACHICO 30-07-2007 1.428,24 0 1.428,24 0 Tenerife TANQUE EL 30-07-2007 1.065,67 400 1.465,67 0 Tenerife SAN JUAN DE LA RAMBLA 30-07-2007 786,82 0 786,82 0 Tenerife GUIA DE ISORA 30-07-2007 1.394,03 0 1.394,03 0 Tenerife ICOD DE LOS VINOS 30-07-2007 6.092,46 70,04 6.162,5 0 Tenerife LA GUANCHA 30-07-2007 1.007,78 0 1.007,78 1.275,7 Gran Canaria TEJEDA 27-07-2007 1.745,1 2.157,4 3.902,5 5 Gran Canaria MOGAN 27-07-2007 1.766,94 3.536,1 5.303,04 240
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Gran Canaria SAN BARTOLOME DE TIRAJANA 27-07-2007 2.881 5.830,2 8.711,2 258 Hierro FRONTERA 10-09-2006 843,02 426,12 1.269,14 0 La Palma GARAFIA 06-09-2005 1.235,4 116 1.351,4 0 La Palma GARAFIA 29-07-2000 1.298,84 238,66 1.537,5 800,17 La Palma TIJARAFE 29-07-2000 1.066,12 118,69 1.184,81 0 La Palma VILLA DE MAZO 10-11-1998 550 25 575 25 Tenerife VILAFLOR 23-08-1998 527,54 6,82 534,36 0 Tenerife ADEJE 23-08-1998 546,47 20,75 567,22 0 La Palma EL PASO 26-04-1998 1.150 0 1.150 0 Tenerife CANDELARIA 21-07-1995 927,6 3,6 931,2 2 La Palma GARAFIA 24-08-1994 562,3 0 562,3 0 La Palma SANTACRUZ DE LA PALMA 07-08-1994 539,6 0 539,6 0 La Palma TIJARAFE 12-07-1994 447 115 562 0 La Palma EL PASO 07-08-1990 1.084 0 1.084 0 Hierro VALVERDE 07-08-1990 1.250 10 1.260 340 Gran Canaria SAN BARTOLOME DE TIRAJANA 10-09-1988 1.000 0 1.000 0 Tenerife SAN JUAN DE LA RAMBLA 24-09-1983 520 0 520 0 Tenerife LA GUANCHA 24-09-1983 575 0 575 0 Tenerife ICOD DE LOS VINOS 24-09-1983 4.800 0 4.800 0 A
2.7.-EVALUACIÓN DE RIESGOS POR INCENDIOS FORESTALES.
El esquema metodológico seguido en la evaluación de riesgos de protección civil por incendios
forestales parte de la definición clásica de riesgos, que de forma técnica define el riesgo como el daño
o pérdida esperable a consecuencia de la acción de un peligro sobre un bien a preservar, sea la vida
humana, los bienes económicos o el entorno natural. A partir de esta definición se desprende que el
riesgo se puede y debe evaluar y, además, que se puede hacer de forma cuantitativa, a partir de la
evaluación de sus componentes. Esta evaluación parte de la fórmula general del riesgo (Varnes,
1984), adoptada por la UNDRO (United Nations Disaster Relief Organization):
R=Pi*Ei*Vi
donde R es el riesgo, P la peligrosidad, E la exposición y V la vulnerabilidad.
La peligrosidad de los incendios forestales se analiza en base al análisis de la magnitud,
condiciones meteorológicas, modelos de combustibles y variables topográficas, y la frecuencia de los
fenómenos observados o potenciales.
La vulnerabilidad, integrada con la exposición se tienen en cuenta las posibles pérdidas o
afectación de elementos vulnerables (población, bies, espacios naturales, etc.).
El análisis de riesgos naturales se basa en la superposición de capas de información de
distinta procedencia que dan lugar a mapas o modelos de distinto nivel (peligrosidad, exposición,
vulnerabilidad o riesgo), dependiendo de la información utilizada o disponible.
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2.7.1.- . ANÁLISIS DE LA PELIGROSIDAD DE LOS INCENDIOS FORESTALES.
La peligrosidad se obtiene tras el análisis de la magnitud, superficie simulada afectada por
incendio y de la frecuencia del fenómeno. Para la elaboración del mapa de peligrosidad del Anexo 10
se ha utilizado la superficie afectada por un incendio obtenida tras la simulación en Behave como
medida de la magnitud y la frecuencia normalizada como estimación de la frecuencia del fenómeno.
Dado que se han definido dos escenarios meteorológicos diferentes, se obtienen dos mapas de
peligrosidad diferentes: uno para las condiciones de grandes incendios forestales y otro para las
condiciones estándar de verano. Tras la obtención de la tabla de resultados con Behave se procede a
la asignación de estos valores a la capa resultante de la combinación de las capas: modelo de
combustible, intervalo de pendiente y clase de orientación por lo que cada polígono tendrá asociada
también la información de velocidad del frente, longitud de llama, dirección de avance, área y
perímetro.
En cuanto a la frecuencia normalizada, se trata de una capa vectorial donde los polígonos son
los propios términos municipales con la asignación del dato numérico de la frecuencia.
La capa final de peligrosidad se obtiene tras la multiplicación de ambas capas, por lo que el
índice de frecuencia actuará magnificando o minorando el valor de hectáreas quemadas.
2.7.1.1.- Estadísticas de incendios.
El estudio del peligro de ignición entendido como la probabilidad de ocurrencia del incendio,
se ha estimado a partir del análisis de los factores causantes y de la disponibilidad e inflamabilidad de
los combustibles.
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El riesgo humano de ignición puede definirse como la probabilidad de que ocurra un incendio
como consecuencia de la presencia y actividad, ya sea directa o indirecta, del hombre. En este
sentido, evaluar la acción humana como agente de ignición resulta una tarea compleja, entre otras
razones por la dificultad para obtener datos sobre la cantidad de personas presentes en una zona
forestal, las actividades que realizan y cómo utiliza el fuego.
En base a las estadísticas de incendios forestales se han elaborado los mapas inventario con
el número de incendios por municipio y los focos de inicio durante el periodo 2000-2011 incluyendo
coordenadas y fecha de inicio.
En el Anexo 10 se representan dichos mapas.
2.7.1.2.- Variables topográficas
La topografía afecta a los tres grandes factores de la climatología: humedad atmosférica,
temperatura y viento y además, tiene relación con la vegetación existente en cada zona.
La topografía tiene una función significativa en la velocidad y dirección del viento general.
Como consecuencia de la diferencia de temperatura entre el aire próximo a una ladera y el que está
lejos de ella, pero al mismo nivel, se producen vientos locales diarios ascendentes y descendentes.
Los primeros se producen durante el día, especialmente en laderas de solana y los segundos durante
la noche. Por las mismas razones pero a mayor escala que en el caso anterior, se producen los vientos
de valle, algo más fuertes.
La pendiente es un factor determinante en la propagación de un incendio. El fuego se
extiende más rápidamente a lo largo de fuertes pendientes ya que los combustibles están más cerca
de las llamas, su precalentamiento es más rápido, la velocidad del viento aumenta y se desarrolla
rápidamente la columna de convención. Estas circunstancias generan efectos que hacen al incendio
más devastador y difícil de combatir.
El mapa ráster de pendientes se ha clasificado y se han representado las cinco categorías
empleadas en la simulación con BehavePlus, representado en el Anexo 10.
La configuración del terreno y su rugosidad, afectan a los patrones del viento, las
precipitaciones, la orientación y en definitiva, a todos los factores que determinan la propagación del
incendio. Así por tanto, un valle cerrado, o un barranco, pueden facilitar un itinerario del viento
diferente al del viento predominante. La forma del territorio puede afectar al itinerario de la
propagación del fuego, velocidad e intensidad de los incendios.
La exposición es un factor determinante en las variaciones del tiempo atmosférico en el
transcurso del día. Al cambiar la posición del sol varía la temperatura, viéndose afectadas también la
humedad relativa, el contenido de humedad de los combustibles y la velocidad y dirección de los
vientos locales. Las laderas con orientación a solana están más expuestas a la radiación solar, tienen
mayor temperatura y como consecuencia menor humedad relativa y menos cantidad de agua que las
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de umbría y, generalmente, menos cantidad de combustible que éstas. El mapa ráster de
orientaciones se ha representado en el Anexo 10
2.7.1.3.- Zonificación de los modelos de combustible.
Los modelos de combustible se definen en función de la estructura de una formación vegetal,
la cantidad de material vivo y muerto de diverso tamaño presente y de la manera en la que se
propagaría un fuego si se produjera. Sobre ellos se pueden calcular varios parámetros muy
importantes a la hora de evaluar el riesgo de incendio tales como la carga de combustible, la longitud
de llama o su poder calorífico. Todas las islas objeto de estudio tienen cartografía de modelos de
combustible más o menos actualizada. Esta cartografía se utiliza por parte de los Servicios Forestales
para planificar las medidas preventivas necesarias y, en caso de que se produzca un incendio, para
planificar las labores de extinción ya que el comportamiento del incendio es previsible en cada modelo
Se ha zonificado el territorio según los distintos modelos de combustible en que se clasifica la
vegetación, representándose gráficamente en el Anexo 10.
En el análisis de la peligrosidad de incendios forestales se han tenido en cuenta las
condiciones meteorológicas estándares en las islas durante el verano, en días normales sin presencia
de calima y dentro de masa de aire marítima húmeda asociada al alisio y al anticiclón de las Azores.
Se ha analizado, igualmente la peligrosidad con condiciones meteorológicas que más afectan a la
generación de incendios forestales, el “tiempo sur”. Históricamente estos incendios tienen una
recurrencia más o menos conocida y se dan en determinadas condiciones meteorológicas de “olas de
calor”. No obstante, y como estas “olas de calor” son un fenómeno extraordinario se contemplan
también las condiciones meteorológicas estándar en las islas en verano.
2.7.2.- ANÁLISIS DE VULNERABILIDAD.
En el mapa de vulnerabilidad se aglutinan todos aquellos elementos o sistemas (construcción,
instalación, organización, servicio, persona, medio o territorio) que, una vez expuestos a un nivel de
peligro concreto, es susceptible intrínsecamente de sufrir daños. La expresión de conjunto es la
siguiente:
60% Población + 30% [Elementos Vulnerables U Infraestructuras] + 10% ENP.
Los pesos de la ponderación atienden a las prioridades expuestas en la directriz básica de
planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales. En la capa de población cada
polígono tiene asignado el número de personas que viven en él.
Los tipos genéricos de valores a proteger son los siguientes:
1. La vida y la seguridad de las personas.
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2. Valores de protección de infraestructuras, instalaciones y zonas habitadas.
3. Valores económicos.
4. Valores de protección contra la erosión del suelo.
5. Valores de singularidad ecológica.
6. Valores paisajísticos.
7. Patrimonio natural y biodiversidad.
8. Patrimonio histórico-artístico.
Debido a que el análisis SIG se realiza con capas ráster y muchos de los elementos a tratar
son puntuales o lineales es necesario realizar una operación para que queden evidentes en el
territorio:
Con los elementos puntuales se ha realizado un buffer proporcional al valor asignado
(de 0 a 10) de tal manera que se representan por un círculo de tamaño variable
donde cada píxel hereda el valor del elemento. En caso de que los buffers de
elementos cercanos se solapen, se asigna el mayor valor.
Con los elementos lineales también se ha realizado un buffer proporcional al valor
asignado (de 0 a 10) de tal manera que se representan por una banda de ancho
variable donde cada píxel hereda el valor del elemento. En caso de que los buffers se
solapen con cualquier elemento puntual o lineal se le asigna el mayor valor de ambos.
Los espacios naturales están en una capa de polígonos que se ha transformado en
una capa ráster donde cada píxel tiene el valor asignado a ese espacio en concreto.
Tras la superposición de las tres capas básicas ponderadas tal y como se expuso al principio
de este punto se representa en el Anexo 11 la vulnerabilidad del territorio en 11 clases.
2.7.3.- MAPA DE RIESGO POR INCENDIO FORESTAL
El mapa de riesgo de incendio se obtiene del cruce de las clases de peligrosidad y las clases
de vulnerabilidad. Las clases finales que se representan en el mapa son las siguientes:
VULNERABILIDAD
0
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
1 MB
MB MB B B B M M M M A
2 MB
MB B B M M M M A A MA
3 MB
B B B M M A A A MA MA
4 MB
B B M M A A MA MA MA MA
PEL
IGO
SID
AD
5 MB
B M M A MA MA MA MA MA MA
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En el Anexo 12 se representan los mapas de riesgo de incendios forestales de cada isla en
condiciones estándar de verano y en condiciones meteorológicas de grandes incendios forestales.
2.8.-ZONAS DE ALTO RIESGO DE INCENDIO FORESTAL.
Son las áreas en las que la frecuencia o virulencia de los incendios forestales, y la importancia
de los valores amenazados, hacen necesarios medidas especiales de protección contra los incendios y
son declaradas por la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo a la Ley 43/2003 de Montes y la
Ley 10/2006 que la modifica y el Real Decreto-Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban
medidas urgentes en materia de incendios forestales.
ISLA Nombre: Superficie
(Ha): Declaración
EL HIERRO El Hierro 1.028.575 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
Declaración BOC nº 082 de 30-04-2009
LA PALMA La Palma 29.158.888 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Declaración BOC nº 001 de 02-01-2009
Zona Meridional del Parque Nacional de Garajonay (G-0)
919.194 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
Pinares de la Reserva Natural Integran de Benchijigua (G-1)
483.305 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
El Consorcio forestal de la Dehesa del Manco
281.015 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
LA GOMERA
Pinares comprendidos en el Parque Natural de Majona (G-3)
693.762 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
Zona 1. Caseríos del Parque Rural de Teno y Monte del Agua
2324.531 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008
Zona 2. Valle de Icod- Chinyero 5226.183 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Zona 3. Los Realejos- La Guancha 2896.581 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Zona 4.Mamio- La Caldera 1011.054 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Zona 5. Acentejo- Las Palomas 2800.282 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Zona 6. Lagunetas- La Esperanza 2239.487 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Zona 7. La Laguna y Tegueste 927.040 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Zona 8.Reservas de Anaga 295.775 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008 Zona 8.Reservas de Anaga 901.262 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008
TENERIFE
Zona 9. Valle de Güímar 3364.971 Declaración BOC nº 115 de 10-06-2008
Sector 1:Pinares de los macizos de Inagua, Pajonales y Tauro
12074.561 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005 Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
Sector 2:Pinares del macizo de Pilancones
8600.877 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005 Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
Sector 3: Palmerales de la cuenca de Tirajana y Fataga
4509.785 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
Sector 4: Pinares de la Cumbre central
4420.084 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005 Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
Sector 5: Almendros y matorrales de leguminosas de la cuenca del barranco de Tejeda
5223.716 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
Sector 7: Pinares de los Moriscos
3489.083 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
GRAN CANARIA
Sector 6: Pinares del macizo de Tamadaba y Tirma
4813.736 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
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Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
Sector 8: Interfaz urbano-forestal de medianías del noreste
21356.589 Declaración BOC nº 160 de 17-08-2005
Declaración BOC nº 218 de 30-10-2008
2.9.-ÍNDICE DIARIO DE RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENDIO FORESTAL.
Las variables meteorológicas que afectan a la posibilidad de inicio del fuego son la radiación
solar, la precipitación, la temperatura del aire y la humedad relativa; y los que inciden en la velocidad
de propagación: la velocidad y dirección del viento, y el grado de estabilidad atmosférica. El riesgo
meteorológico se basa en el conocimiento de las predicciones de comportamiento de estos
parámetros atmosféricos.
La información proporcionada por la Agencia Estatal de Meteorología AEMET con las distintas
variables meteorológicas servirá de base para la predicción del riesgo de incendios, así como para la
posible evolución del comportamiento del fuego, cuyo conocimiento es básico para las tareas de
prevención y extinción.
En función de la información transmitida por AEMET sobre el riesgo meteorológico y el resto
indicadores geográficos, mapas de combustibilidad, etc. la DGSE, a través del CECOES 1-1-2,
establecerá el Índice Diario de Riesgo de Incendio Forestal, que servirá de base para la activación del
INFOCA en las situaciones de Alerta o Alerta Máxima que pudieran producirse en Canarias.
Este sistema servirá permitirá establecer medidas preventivas, tales como las indicadas en el
Anexo 2 u organizativas de los servicios de emergencia para reducir los riesgos de un posible incendio
forestal.
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2.10.-ÉPOCAS DE PELIGRO.
La climatología condiciona también la mayor o menor probabilidad del inicio de un incendio
forestal, así como sus condiciones de propagación, siendo en general los meses de verano los que
representan un mayor peligro de incendio y cuando con más frecuencia se producen estos siniestros.
A los efectos del presente Plan, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Canarias, un año se divide en tres épocas atendiendo al peligro de incendios forestales,
correspondiendo a cada una de ellas diferentes actuaciones de carácter preventivo.
No obstante, las fechas de las épocas descritas podrán modificarse por el Órgano competente
de la Comunidad Autónoma cuando se compruebe o se puedan prever unas circunstancias
meteorológicas que así lo justifiquen. Estas variaciones tanto pueden afectar a todo el territorio de la
Comunidad Autónoma, como a una sola isla o a una comarca o comarcas determinadas.
En cualquier caso, se podrá considerar la posibilidad de declarar situaciones especiales
derivadas de las condiciones meteorológicas o de otras circunstancias agravantes del riesgo que
obliguen a intensificar o modificar las situaciones de alerta.
2.10.1.- ÉPOCA DE PELIGRO ALTO.
Se considera época de peligro alto aquella en la que por circunstancias meteorológicas,
medioambientales y de otro tipo se estime que el índice de probabilidades de incendio forestal es muy
elevado. Esta comprendida desde el 1 de julio al 30 de septiembre.
En época de peligro alto, los operativos de incendios forestales de Canarias se mantendrán
desplegados y permanecerán siempre en alerta. Se aplicarán las medidas limitativas y prohibitivas
establecidas en los correspondientes Decretos sobre materias de Prevención de Incendios Forestales,
y Protección Civil y Atención de Emergencias por Incendios Forestales.
El INFOCA estará activado en Situación de Prealerta, pudiendo cambiar esta situación en
función de las condiciones atmosféricas y del análisis de riesgos de los órganos competentes en
materia de protección civil y prevención de incendios.
2.10.2.- ÉPOCA DE PELIGRO MEDIO.
Se considera época de peligro medio aquella en la que por circunstancias meteorológicas,
medioambientales y de otro tipo se estime que el índice de probabilidades de incendio forestal es alto
o moderado.
Transcurre en los períodos de tiempo comprendidos entre el 1 y 30 de junio y el 1 y 31 de
octubre.
En época de peligro medio, los operativos de incendios forestales de Canarias se mantendrán
desplegados y en alerta. No se aplicarán las medidas limitativas y prohibitivas establecidas en las
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correspondientes Órdenes Departamentales en las materias de Prevención de Incendios Forestales, y
Protección Civil y Atención de Emergencias por Incendios Forestales, salvo variación de las situaciones
de activación del INFOCA.
2.10.3.- ÉPOCA DE PELIGRO BAJO.
Se considera época de peligro bajo aquella en la que por circunstancias meteorológicas,
medioambientales y de otro tipo se estime que el índice de probabilidades de incendio forestal es
bajo. Esta comprendida entre el 1 de noviembre al 31 de mayo.
Se adoptarán las medidas y precauciones habituales ante este tipo de incidentes.
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CAPITULO 3.- ÍNDICE DE GRAVEDAD DE LOS INCENDIOS
FORESTALES, NIVELES Y SITUACIONES OPERATIVAS.
3.1.-INDICE DE GRAVEDAD POTENCIAL DE LOS INCENDIOS FORESTALES.
Al objeto de facilitar una movilización eficaz y coordinada de los medios y recursos de
extinción y priorizar su utilización en situaciones de simultaneidad de incendios forestales, se
determinará un índice de gravedad potencial.
Entre las condiciones a considerar en su determinación podrán tenerse en cuenta, entre otras:
Topografía de la zona.
Dimensiones potenciales del incendio.
Combustibles existentes.
Características de las masas forestales amenazadas.
Infraestructuras de defensa contra incendios (cortafuegos, red viaria, reservas y puntos de
Posibles amenazas potenciales para personas no relacionadas con las labores de extinción.
Presencia de instalaciones e infraestructuras sensibles (tendidos eléctricos, gasoductos,
carreteras principales…).
Esta clasificación de los incendios forestales distintos índices de gravedad podrá variar de
acuerdo con la evolución de los incendios.
La calificación del índice de gravedad potencial de un incendio será efectuada por el Director/a
de Extinción correspondiente. Dicha calificación podrá variar de acuerdo con su evolución, el cambio
de las condiciones meteorológicas, etc.
3.1.1.- ÍNDICE DE GRAVEDAD POTENCIAL 0.
Referido a aquel incendio que, en su evolución más desfavorable, no supone amenaza alguna
para personas no relacionadas con el dispositivo de extinción, ni para bienes distintos a los de
naturaleza forestal, siendo el daño forestal esperable muy reducido (por extensión del incendio o por
las características de la masa afectada).
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3.1.2.- ÍNDICE DE GRAVEDAD POTENCIAL 1.
Referido a aquel incendio que, en su evolución más desfavorable, se prevé, la necesidad de la
puesta en práctica de medidas para la protección de personas ajenas al dispositivo de extinción o
existan bienes aislados amenazados de naturaleza no forestal, como infraestructuras sensibles o redes
de suministros; siendo el daño forestal esperable considerable por extensión del incendio o por las
características de la masa afectada.
3.1.3.- ÍNDICE DE GRAVEDAD POTENCIAL 2.
Referido a aquel incendio que, en su evolución más desfavorable, se prevé que amenace
seriamente a núcleos de población ó infraestructuras de especial importancia, o el daño forestal
esperable es muy importante (por extensión del incendio o por las características de la masa
afectada), de forma que exijan la adopción inmediata de medidas para la atención y socorro de la
población o protección de los bienes.
3.1.4.- ÍNDICE DE GRAVEDAD POTENCIAL 3.
Referido a aquel incendio en el que apreciadas las circunstancias anteriores en su índice
máximo de gravedad concurran otras sobre el dispositivo de extinción que imposibiliten la
continuación de su labor encaminada al control del incendio.
3.2.-CLASIFICACIÓN DE LOS NIVELES Y SITUACIONES DEL PLAN INFOCA.
Los niveles operativos de activación del INFOCA serán consecuencia de los daños ocurridos, y
si la afectación que se prevé es a los bienes de naturaleza forestal o por el contrario afecta a la
población o bienes de naturaleza no forestal en los que sea necesario implementar medidas de
protección civil para garantizar la seguridad de la población. Se podrá tomar de referencia el índice de
gravedad potencial del o de los incendios que han llevado a la activación del Plan, teniendo en cuenta
además otros criterios relativos a la simultaneidad temporal y/o concentración espacial de conatos o
incendios forestales que pudieran tener lugar en un espacio territorial determinado.
Las situaciones en las que cada nivel se divide, tratarán de definir la suficiencia, cantidad y
tipos de medios o recursos, así como la idoneidad y disponibilidad de los medios con los que cuente el
Plan para el control del incendio y/o para la atención y socorro de la población afectada. Además se
tendrán en cuenta otros criterios como:
La estacionalidad temporal así como la activación y puesta en servicio de los dispositivos de
prevención y extinción de incendios forestales determinados en los planes.
Otras circunstancias de índole administrativo por razón del espacio territorial afectado, o por
la intensidad y/o gravedad de las consecuencias sobrevenidas o potenciales sobre personas y
sus bienes.
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Cualquier otra a criterio de la autoridad a quien corresponda la dirección del Plan activado.
La calificación de los niveles operativos de los planes y sus situaciones, será efectuada por el
Director/a del Plan. Dicha calificación podrá variar de acuerdo con la evolución de la emergencia.
Atendiendo a los criterios anteriores, se establecen los distintos niveles operativos de
activación del INFOCA en Situación de Emergencia, los cuales a su vez se dividirán en Situaciones en
base a los medios y recursos necesarios para hacer frente al incendio. La situación 3 solo se
establecerá cuando se declare el interés nacional por el Ministerio del Interior y se active el nivel 3 del
INFOCA.
3.2.1.- NIVEL 0.
Situación de emergencia provocada por uno o varios incendios forestales que, en su evolución
más desfavorable, se prevé sólo la afectación a bienes de naturaleza forestal.
En este Nivel 0, el o los diferentes incendios forestales producidos, estarán clasificados
preferentemente con Índice de Gravedad Potencial 0 (IGP 0), pudiendo estar algún incendio
clasificado como IGP 1 cuando el daño forestal esperable sea considerable por extensión del incendio
o por las características de la masa afectada.
3.2.1.1.- Situación 0.
Emergencia de Nivel 0 que puede ser controlada con los medios y recursos del propio
Operativo Insular, medios especializados en materia de protección contra incendios del Gobierno de
Canarias o medios de la Administración General del Estado, siempre y cuando éstos actúen en su zona
de actuación preferente.
3.2.1.2.- Situación 1.
Emergencia de Nivel 0 que, además de los medios y recursos incorporados en la Situación 0,
requiere de la incorporación de medios de otros operativos insulares o de otros recursos del Gobierno
de Canarias en materia de PC, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma.
3.2.1.3.- Situación 2.
Emergencia de Nivel 0 que, además de los medios y recursos incorporados en la Situación 1,
requiere de la incorporación de medios y recursos extraordinarios del Estado a solicitud del órgano
competente de la Comunidad Autónoma.
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3.2.2.- NIVEL 1.
Situación de emergencia provocada por uno o varios incendios forestales que en su evolución
más desfavorable, se prevé su afectación grave a bienes forestales y, en su caso, afectación leve a la
población y bienes de naturaleza no forestal.
En este Nivel 1, el o los diferentes incendios forestales producidos, estarán clasificados
preferentemente con Índice de Gravedad Potencial 0 (IGP 0) o IGP 1 al ser necesario establecer
medidas de protección extras a la población
3.2.2.1.- Situación 0.
Emergencia de Nivel 1 que puede ser controlada con los medios y recursos del propio
Operativo Insular, medios especializados en materia de protección contra incendios del Gobierno de
Canarias o medios de la Administración General del Estado, siempre y cuando éstos actúen en su zona
de actuación preferente.
3.2.2.2.- Situación 1.
Emergencia de Nivel 1 que, además de los medios y recursos incorporados en la Situación 0,
requiere de la incorporación de medios de otros operativos insulares o de otros recursos del Gobierno
de Canarias en materia de PC, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma.
3.2.2.3.- Situación 2.
Emergencia de Nivel 1 que, además de los medios y recursos incorporados en la Situación 1,
requiere de la incorporación de medios y recursos extraordinarios del Estado a solicitud del órgano
competente de la Comunidad Autónoma.
3.2.3.- NIVEL 2.
Situación de emergencia provocada por uno o varios incendios forestales que, en su evolución
más desfavorable, se prevé su afectación grave a la población y bienes de naturaleza no forestal,
exigiendo la adopción inmediata de medidas de protección y socorro.
En este Nivel 2, el o los diferentes incendios forestales producidos, estarán clasificados
preferentemente con Índice de Gravedad Potencial 1 (IGP 1), IGP2 o IGP3 al ser necesario establecer
mayores medidas de protección a la población.
3.2.3.1.- Situación 0.
Emergencia de Nivel 2 que puede ser controlada con los medios y recursos del propio
Operativo Insular, medios especializados en materia de protección contra incendios del Gobierno de
Canarias o medios de la Administración General del Estado, siempre y cuando éstos actúen en su zona
de actuación preferente.
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3.2.3.2.- Situación 1.
Emergencia de Nivel 2 que, además de los medios y recursos incorporados en la Situación 0,
requiere de la incorporación de medios de otros operativos insulares o de otros recursos del Gobierno
de Canarias en materia de PC, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma.
3.2.3.3.- Situación 2.
Emergencia de Nivel 2 que, además de los medios y recursos incorporados en la Situación 1,
requiere de la incorporación de medios y recursos extraordinarios del Estado a solicitud del órgano
competente de la Comunidad Autónoma.
Emergencia de Nivel 1 en la que, habiéndose considerado que esta en juego el interés
nacional así sea declarada por el Ministro del Interior
3.2.4.- NIVEL 3.
Situación de emergencia en la que, habiéndose considerado que está en juego el interés
nacional, así sea declarada por el Ministro del Interior. Este nivel siempre será declarado con una
Situación 3
SITUACION 0 SITUACIÓN 1 SITUACION 2 SITUACION 3
NIVEL MEDIOS INTERVINIENTES
ÍNDICE DE GRAVEDAD POTENCIAL DEL INCENDIO
Medios y Recursos del operativo insular. Medios de CAC de Incendios forestales.
Medios Estado en Zona de Actuación Preferente (BRIF+ Helicóptero bombardero)
Medios activados en Situación 0. Medios de otros operativos insulares.
Otros medios de la CAC en materia de Protección civil.
Medios activados en Situación 1.
Medios extraordinarios del Estado.
NIVEL 0
Afectación a bienes de naturaleza forestal.
IGP0/IGP 1 Afectación a bienes de naturaleza forestal con intervención de medios operativos Situación 0.
Afectación a bienes de naturaleza forestal con actuación de medios operativos Situación O y 1.
Afectación a bienes de naturaleza forestal con intervención de medios extraordinarios del Estado y los medios en Situación 0 y 1.
NIVEL 1
Afectación grave a bienes forestales y, leve a la población y bienes no forestales.
IGP0/IGP 1 Afectación grave a bienes forestales y, leve a la población y bienes no forestales con intervención de medios operativos Situación 0.
Afectación grave a bienes forestales y, leve a la población y bienes no forestales con actuación de medios operativos Situación 0 y 1
Afectación grave a bienes forestales y, leve a la población y bienes no forestales con intervención de medios extraordinarios del Estado y los medios en Situación 0 y 1.
NIVEL 2
Afectación grave a la población y bienes de naturaleza no forestal.
IGP1/IGP2/IGP3 Afectación grave a la población y bienes de naturaleza no forestal con intervención medios operativos Situación 0.
Afectación grave a la población y bienes de naturaleza no forestal con actuación de medios operativos Situación 0 y 1
Afectación grave a la población y bienes de naturaleza no forestal con intervención de medios extraordinarios del Estado y los medios en Situación 0 y 1.
NIVEL 3 IGP3 Interés Nacional
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A los efectos de calificación de la situación operativa de los Planes se entenderá por medios
extraordinarios de la Administración general del Estado los siguientes:
Medios y recursos de las Fuerzas Armadas, incluida la Unidad Militar de Emergencias, salvo en
el caso de medios aéreos pertenecientes a las Fuerzas Armadas que actúen en virtud de
convenios o acuerdos suscritos entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y actúen dentro de su zona de actuación
preferente.
Medios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que actúen fuera de su
zona de actuación preferente.
Medios y recursos de titularidad estatal que no estén expresamente asignados al Plan Especial
de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales de ámbito autonómico, ni al
Plan Territorial de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los procedimientos previstos en la
Resolución de 4 de julio de 1994, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dispone
la publicación del Acuerdo del consejo de Ministros sobre criterios de asignación de medios y
recursos de titularidad estatal a los planes territoriales de Protección Civil.
Medios de otras administraciones con las que no existan convenios de colaboración y que
hayan sido movilizados a través del Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por
Incendios Forestales.
Medios internacionales requeridos a través del Mecanismo Europeo de Protección Civil, o a
través de los Acuerdos Bilaterales de Cooperación Internacional suscritos por el Reino de
España.
3.3.-DELIMITACIÓN Y COMPARTIMENTACIÓN DE LAS ZONAS DE EMERGENCIA.
Las zonas de intervención o de emergencia se configurarán en áreas circulares, de amplitud
variable y adaptada a las circunstancias y configuración del terreno, diferenciándose las zonas de
Extinción, Socorro y Base.
La delimitación de las zonas de intervención es conveniente en los lugares considerados de
mayor peligro, incluyendo los núcleos habitados próximos que pueden verse afectados. Los datos
meteorológicos y el asesoramiento del personal técnico ayudarán a determinar la extensión de estas
zonas.
3.3.1.- ZONA DE EXTINCIÓN.
Será la zona afectada por el incendio o que se prevé sea afectada dentro de la evolución del
mismo para las siguientes horas, y en la que se desarrollan los trabajos de extinción. En esta zona
sólo permanecerán los grupos de extinción y personal de dirección. Es un área en constante
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movimiento, proyectada sobre los frentes no controlados y su dimensionamiento se establecerá bajo
el principio de prudencia. Tendrá mayor amplitud, según la previsión meteorológica y el previsible
comportamiento del incendio, hacia las partes de cabeza, máxime cuando estas se presenten fuera de
la capacidad de extinción de los medios intervinientes.
La aproximación de la zona de extinción a los núcleos habitados servirá como base para
establecer el límite espacio-temporal cara a las evacuaciones de la población o a la entrada de medios
para el confinamiento si así se estableciera.
Se podrán establecer dentro de la zona de extinción la denominada “Zona del Hombre
Muerto” o “zona negligente”, entendiendo esta como aquella con posibilidad de generar
atrapamientos.
3.3.2.- ZONA DE SOCORRO.
Es la zona colindante a la de Extinción, desde la que se realizan las maniobras de despliegue
de medios (Repostado de vehículos, áreas de descanso y avituallamiento), las evacuaciones de
poblaciones, la preparación de las infraestructuras para la llegada de los frentes (autodefensa) y se
sitúa el personal de dirección (PMA) y apoyo directo a los medios de extinción. El acceso a esta zona
estará limitado a los medios de extinción y dirección y a los de logística y sanitario.
3.3.3.- ZONA BASE.
Es el lugar desde el que se efectúa el apoyo logístico a los medios de intervención directa y
donde tiene lugar las concentraciones de personas y materiales que se efectúan de acuerdo con el
movimiento de ambos sentidos, respecto a la zona de extinción (evacuados, refuerzos). En esta zona
se encontrará el Centro de Recepción de Medios. Estará permitido el acceso a esta zona a medios
distintos de los anteriores, con las limitaciones de operatividad que en su momento se dispongan.
Según lo aconsejen las circunstancias, las zonas de socorro y base podrán superponerse. Los
datos meteorológicos y el asesoramiento del personal técnico ayudarán a determinar la extensión de
estas zonas.
Corresponde a los grupos de seguridad velar por las restricciones de acceso que se
establezcan en las diferentes zonas. Para ello deberán mantener un enlace permanente en el PMA con
objeto de obtener la información más veraz y actualizada posible respecto de la evolución de cada
zona de emergencia.
El acceso de medios de comunicación a las zonas de extinción y socorro deberá estar
autorizado expresamente, debiendo estar acompañados en todo momento por personal de extinción y
equipamiento de protección personal adecuado, máxime cuando se acerquen a los frentes de llamas.
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La prensa deberá estar en todo momento identificada con la palabra “PRENSA” serigrafiada en la
parte posterior y anterior del vestuario.
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CAPITULO 4.- ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL PLAN.
Se diferencian cuatro órganos que agrupan a todos los participantes contemplados en el Plan
dependiendo del carácter de las acciones que llevan a cabo, es decir, si éstas se identifican como
labores de dirección, de estudio y asesoramiento, de coordinación, o bien se traten de intervención
directa.
4.1.-ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
Son órganos de dirección aquellos con capacidad ejecutiva en el desarrollo de las actuaciones
del Plan.
4.1.1.- COMITÉ INSULAR POR INCENDIOS FORESTALES (CIE).
El Comité Insular de Emergencias por Incendios Forestales CIE, es un órgano de coordinación
interadministrativa, con funciones de apoyo a la dirección del plan, constituido en Situación de
Emergencia Nivel 1 o superior.
COMITÉ INSULAR DE EMERGENCIAS CIE
GRUPO INTERVENCION
GABINETE DE INFORMACIÓN
COMITÉ ASESOR
ORGANIGRAMA DEL PLAN DE EMERGENCIA
GRUPO DE SEGURIDAD
CECOES 1-1-2
DIRECTOR INFOCA
DIRECTOR TÉCNICO
COORDINADOR DE MEDIOS
AÉREOS
JEFE DE OPERACIONES
CECOPIN CECOPAL
GRUPO DE APOYO
TÉCNICO
GRUPO DE SERVICIOS ESENCIALES
GRUPO DE LOGÍSTICA
GRUPO SANITARIO
DIRECTOR DE EXTINCIÓN
SECCIÓN DE PLANIFICACIÓN
Y ANÁLISIS
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Está formado por el Presidente del Cabildo Insular afectado y un representante del órgano
competente en materia de protección civil de la Comunidad Autónoma de Canarias. Además se
invitará a la participación de un representante de la Administración General del Estado. Estará
presidido por el Director/a del Plan, en función del nivel que nos encontremos.
Las funciones del CIE son:
Servir de apoyo al Director/a del Plan en la toma de decisiones donde concurran
varias administraciones.
Facilitar la coordinación entre los diversos entes u organismos de las distintas
administraciones.
Agilizar la disponibilidad de recursos que excedan de los previstos para el Nivel en el
cual se encuentre activo el plan.
Realizar un seguimiento conjunto de las distintas fases de evolución del incendio
forestal.
4.1.2.- DIRECTOR/A DEL PLAN.
El Director/a del Plan es la persona responsable de la dirección y coordinación de todas las
actuaciones que se realicen al amparo de este Plan fuera de la zona de extinción.
La Dirección del Plan en los distintos de niveles de Emergencia corresponderá a:
Nivel 0: Consejero/a del Cabildo Insular, competente en emergencias por incendios
forestales.
Nivel1: Presidente del Cabildo Insular.
Nivel 2: Responsable del Órgano competente en materia de Protección Civil y Atención
de Emergencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Nivel 3: Dirección del Plan recaerá en un Comité de Dirección formado por un
representante del Ministerio de Interior (Delegado del Gobierno) al que corresponderá
dirigir las actuaciones de todas las Administraciones Públicas, y un representante de la
Comunidad Autónoma (Responsable del Órgano competente en materia de Protección
Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias).
Las funciones del Director/a del Plan serán las siguientes:
Declarar la activación del INFOCA en Situación de Emergencia en el Nivel adecuado.
Decidir en cada momento las actuaciones más convenientes para coordinar y dirigir
las emergencias por incendios forestales, y para la aplicación de las medidas de
protección a la población, al patrimonio colectivo, a los bienes y al personal que
interviene en la emergencia.
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Dirigir y coordinar la operación de emergencia a través del Centro Coordinador, que
realizará un seguimiento conjunto de las distintas fases de evolución del incendio y
que le servirá de apoyo en la toma de decisiones.
Determinar y coordinar la información a la población, tanto la información destinada a
adoptar medidas de protección, como la información general sobre la situación.
Decretar la evacuación de las personas ajenas a las tareas de extinción, cuya
seguridad pueda llegar a verse afectada por los incendios forestales, determinando
previamente su destino y modo de traslado hasta una zona segura.
Determinar las medidas a adoptar en orden a preservar los bienes culturales,
económicos, infraestructuras o servicios públicos esenciales.
Solicitar de la Administración General del Estado la constitución de un Comité de
Dirección con la incorporación de un representante del Ministerio de Interior, en
aquellos casos en que lo considere necesario.
Informar, a través del CECOES 1-1-2 a la Delegación del Gobierno en Canarias en el
momento en que un incendio forestal sea declarado de Nivel 1 ó 2.
Convocar y presidir el Comité Insular de Emergencia (CIE).
Constituir y convocar al Comité Asesor y al Gabinete de Información para facilitar las
relaciones con los medios de comunicación social.
Disponer la organización de gestión de la emergencia.
Nombrar a los Responsables de Logística, Sanidad, Seguridad y en su caso al Director
de Extinción.
Asumir todas las funciones que le asignen las disposiciones reglamentarias que se