Dignidad de la procreación y respeto por la vida humana naciente Fecha: Jueves 12 de Septiembre de 1996 Referencia: 472/96 Pais: Chile Ciudad: Santiago Autor: Comité Permanente l. El proyecto de Ley destinado a regular las técnicas de reproducción asistida, que se encuentra en trámite legislativo, ha suscitado un gran interés en la opinión pública y en los medios de comunicación social. 2. La trascendencia de este proyecto de Ley radica en que se ven involucrados en él valores tan altos como la dignidad de la persona humana, el matrimonio, el quehacer científico y médico, así como la responsabilidad del Estado respecto de los derechos fundamentales de la persona. 3. Es muy legítimo el anhelo de los cónyuges de ver perpetuado su amor en la descendencia y comprendemos el dolor que provoca la esterilidad. Nos alegramos de los tratamientos médicos que ayudan a superarla. El matrimonio contraído, aun bajo estas condiciones, conserva toda su integridad y riqueza, y puede llegar a ser muy fecundo, ya sea entregándose al servicio de los demás o bien abriéndose al camino de la adopción de tantos niños huérfanos o abandonados que anhelan ser acogidos y amados en el seno de una familia. 4. Los avances en los procedimientos de fertilización asistida despiertan nuevas esperanzas para los esposos. Sin embargo, es preciso señalar que el hijo, fruto del acto conyugal, corporal y espiritual a la vez, es un don y, en cuanto tal, no puede quedar en manos del talento y capacidad de los médicos ni de las técnicas por ellos empleadas. El derecho del niño y de su propio bien no justifica, a pesar de la buena intención de los cónyuges y de los médicos, que sea procreado al margen de los actos específicos del matrimonio que se expresan en la unión física. 5. Invitamos a los médicos y científicos a continuar trabajando e investigando para lograr tratamientos y medicamentos adecuados que permitan curar a las personas infértiles. En ese ámbito, la Iglesia se alegra de los avances logrados y los anima en su legítimo empeño. 6. El hombre, como centro de la creación y término del amor de Dios, posee una dignidad tal que trasciende lo meramente biológico. Por esta razón, al intervenir en los procesos reproductivos, se ha de considerar no sólo los aspectos técnicos, sino también, y por sobre éstos, el inigualable valor de la persona humana en sí misma, el carácter personal de la relación conyugal, así como los aspectos éticos que hay implícitos en ellos. En tal sentido, las técnicas de reproducción asistida que se pretenden regular en el Congreso sobrepasan los límites del quehacer médico, por cuanto disocian deliberadamente el aspecto unitivo y procreativo del acto conyugal, sustituyéndolo por acciones de terceras personas. Tal como lo ha enseñado siempre la Iglesia, éste es el único lugar digno de una procreación verdaderamente responsable. Con la aplicación de esas técnicas, el hombre se apropia indebidamente de la función procreadora, lo que es moralmente reprobable. 7. Es sabido que dichas técnicas tienen una alta tasa de fracasos y, especialmente la "fecundación in vitro", conllevan riesgos innecesarios tanto para la madre como para los embriones que surgen del embarazo múltiple. Además, es moralmente inaceptable que aquellos embriones que no pueden ser trasplantados queden bajo la tuición del hombre en la más absoluta indefensión. 8. Es necesario preguntarse sobre el significado y las consecuencias de este tipo de intervenciones, las que tal como lo ha demostrado la experiencia, atentan contra la dignidad de la persona humana, especialmente de aquella que está en