1 Derecho Fiscal Licenciatura en Administración a Distancia FCA-UNAM UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN LICENCIATURAS A DISTANCIA ADMINISTRACIÓN DERECHO FISCAL INTRODUCCIÓN GENERAL A LA ASIGNATURA Derecho fiscal es todo lo relacionado con los ingresos del Estado provenientes de las contribuciones y las relaciones entre éste y los particulares en su calidad de contribuyentes. No obstante esta aseveración, es conveniente desentrañarla para empezar, establecer antes un esbozo genérico de los antecedentes de la materia tributaria. En los inicios de la organización humana (clan, gens, horda, tribu), los individuos se agrupaban con la finalidad de sobrevivir contra posibles ataques de bestias, fieras o de integrantes de otras comunidades. Desde entonces, el hombre ha idealizado y aceptado la existencia de seres superiores que pudieran representarse como superiores jerárquicos o lo más común, como dioses. Por este motivo, bajo el temor de no gozar de la vida inmortal y el apoyo y guarda de estos Derecho Fiscal Clave: 1452 Plan: 2005 Créditos: 8 Licenciatura: Administración Semestre: 4° Área: Derecho Hrs. Asesoría: Requisitos: Ninguno Hrs. Por semana: 4 Tipo de asignatura: Obligatoria (x) Optativa ( )
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1 Derecho Fiscal Licenciatura en Administración a Distancia
FCA-UNAM
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN
LICENCIATURAS A DISTANCIA
ADMINISTRACIÓN
DERECHO FISCAL
INTRODUCCIÓN GENERAL A LA ASIGNATURA
Derecho fiscal es todo lo relacionado con los ingresos del Estado provenientes de
las contribuciones y las relaciones entre éste y los particulares en su calidad de
contribuyentes. No obstante esta aseveración, es conveniente desentrañarla para
empezar, establecer antes un esbozo genérico de los antecedentes de la materia
tributaria.
En los inicios de la organización humana (clan, gens, horda, tribu), los individuos
se agrupaban con la finalidad de sobrevivir contra posibles ataques de bestias,
fieras o de integrantes de otras comunidades. Desde entonces, el hombre ha
idealizado y aceptado la existencia de seres superiores que pudieran
representarse como superiores jerárquicos o lo más común, como dioses. Por este
motivo, bajo el temor de no gozar de la vida inmortal y el apoyo y guarda de estos
Derecho Fiscal Clave: 1452
Plan: 2005 Créditos: 8
Licenciatura: Administración Semestre: 4°
Área: Derecho Hrs. Asesoría:
Requisitos: Ninguno Hrs. Por semana: 4
Tipo de asignatura: Obligatoria (x) Optativa ( )
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seres superiores, les rendían tributo y honor, brindándoles frutos, animales y
personas sacrificadas, entre otras cosas, creyendo que de lo contrario su
existencia se vería amenazada.
Un ejemplo de ello lo podemos ver en la civilización Egipcia, que rendía tributo al
faraón. En esa época también apareció la más antigua forma de tributar: el trabajo
personal, que fue utilizado en la construcción de la pirámide del rey Keops. Los
egipcios también manejaban un control de declaraciones de impuestos de frutos y
animales, y operaban su control fiscal en el pago de determinados tributos con
recibos, los cuales consistían en piezas de cerámica.
Posteriormente, apareció la formación de las primeras ciudades, en las que los
subordinados, para gozar de la protección de los reyes, debían participarles a
éstos de sus frutos y ganancias, que se destinaban al consumo del rey, su familia
y su servidumbre, así como para los integrantes del ejército.
En Roma surgieron términos como aerarium (erario), tributum (tributo), fiscos
(fisco), entre otros conceptos fiscales empleados por la legislación actual y los
doctrinarios. Los primeros controles, órganos recaudadores, cuerpos jurídicos,
incluso el primer censo de la historia (motivado por intereses tributarios) surgieron
en Roma.
En la Edad Media, el poder estaba depositado en el señor feudal, rico por tener
abundancia de propiedades, pero que requería de manos útiles para cultivar su
tierra y sobre todo para proteger su integridad física del ataque vandálico de
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posibles agresores. En esta época, el señor feudal estableció las condiciones para
sus siervos, los cuales estaban obligados a deberles respeto y agradecimiento;
esto originó que la cuestión tributaria se volviera anárquica, arbitraria e injusta, ya
que los siervos debían cumplir con dos tipos de obligaciones: personales y
económicas.
En México, la civilización azteca consideró la importancia de la recaudación de los
tributos y por ello estableció un sistema a través de los calpixques, quienes eran
identificados en la gran Tenochtitlán por portar en una mano una vara y un
abanico. Esta civilización marcó la pauta para lo que actualmente conocemos
como impuestos ordinarios y extraordinarios; ellos los denominaban normales y de
guerra o para celebraciones religiosas. Los tributos desarrollados pasaron, con la
llegada de los españoles, de ser en especie a ser en dinero o en monedas.
En todas las etapas mencionadas, la imposición y recaudación de los tributos era
definitivamente anárquica y, por ende, arbitraria. La certeza de los tributos no
existía, pero eran latentes los inminentes y temerarios castigos por el
incumplimiento.
El origen de las contribuciones (es decir los tributos), no fue justo y equitativo, sino
que conforme a los reclamos populares, su regulación tomó matices de
proporcionalidad y equidad que, por cierto, fueron establecidos por doctrinarios
economistas y mercantilistas.
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Es de subrayar que, tras aparecer como la más trascendental muestra de imperio
y arbitrariedad, los tributos se transformaron en contribuciones y en uno de los
medios más importantes de subsistencia y justificación del estado moderno, pues,
como veremos más adelante, su función primordial es la de satisfacer las
necesidades de la colectividad subordinada, por lo cual surge la idea de que los
gastos públicos deben ser parte integral de las obligaciones de todo ciudadano.
Situándonos en el Estado mexicano, iniciamos el estudio de la materia fiscal
tomando siempre como base nuestra Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y las leyes relativas.
Carga horaria / Tiempo estimado de estudio: 68 Horas.
Objetivo general de la asignatura:
Al finalizar el curso, el alumno conocerá, comprenderá y aplicará los aspectos
básicos de carácter sustantivo del marco legal en el que se maneja el sistema
tributario mexicano, definiendo el derecho fiscal mexicano y estableciendo el nexo
de los elementos esenciales de la relación tributaria, con las materias de
contribuciones que en particular se imparten para la Licenciatura en Contaduría.
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ESTRUCTURA CONCEPTUAL
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Temario oficial de la asignatura (Unidades)
Unidad 1. Ubicación del derecho fiscal en el sistema jurídico nacional (4 horas)
Unidad 2. Normas constitucionales y garantías individuales en materia fiscal (4
horas)
Unidad 3. Prelación de las normas fiscales (6 horas)
Unidad 4. Hermenéutica de la norma fiscal (metodología) (6 horas)
Unidad 5. Supletoriedad del derecho federal común (4 horas)
Unidad 6. Consultas, resoluciones favorables a los particulares y negativa ficta (4
horas)
Unidad 7. Facultad revisora o de comprobación (6 horas)
Unidad 8. Notificaciones (6 horas)
Unidad 9. Formas de extinción de los créditos fiscales (4 horas)
Unidad 10. Procedimiento administrativo de ejecución (4 horas)
Unidad 11. Garantías del interés fiscal (4 horas)
Unidad 12. Infracciones fiscales (4 horas)
Unidad 13. Delitos fiscales (6 horas)
Unidad 14. Medios de defensa (6 horas)
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UNIDAD
1 UBICACIÓN DEL DERECHO FISCAL EN EL
SISTEMA JURÍDICO NACIONAL
Introducción a la unidad
Para iniciar el estudio del derecho fiscal y sus relaciones con el derecho público y
privado, es de suma importancia conocer y desentrañar su concepto para ubicarlo
en el contexto del derecho nacional, es decir, dónde nos corresponde aplicarlo
como estudiosos de la materia contable-administrativa en México. Es por ello que
abordamos su contenido, origen y tránsito hacia su autonomía, para
posteriormente establecer una propuesta de su ubicación y relación con diversas
ramas del derecho.
1. Ubicación del derecho fiscal en el sistema jurídico nacional
Entendemos por fiscal lo perteneciente al fisco, y a éste como la parte de la
hacienda pública que se forma con las contribuciones.
Sin embargo, antes de llegar al término de derecho fiscal, debemos establecer que
se entenderá por materia fiscal todo lo relativo a los ingresos del Estado
provenientes de las contribuciones y a las relaciones entre éste y los particulares
en su calidad de contribuyentes.
Por lo tanto, se considera materia fiscal lo relativo a la determinación, liquidación,
pago, devolución, exención, prescripción o control de los créditos fiscales o lo
referente a las sanciones que se impongan por haber infringido las leyes
tributarias.
Unidad I. Ubicación del derecho fiscal en el Sistema
Jurídico Nacional
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Al hablar de leyes debemos definirlas en un tiempo y espacio, en este caso nos
estamos refiriendo necesariamente al sistema de derecho mexicano. Siguiendo la
idea, debemos recordar que generalmente se entiende por derecho el conjunto de
normas jurídicas impero-atributivas que rigen la conducta externa del hombre en
sociedad y son sancionadas por el Estado.
Debemos también señalar que, para efectos de estudio, se ha dividido en
subjetivo y objetivo.
En el derecho subjetivo están comprendidas todas aquellas normas que se
refieren al conjunto de facultades reconocidas a los individuos por la ley para
realizar determinados actos de satisfacción de sus propios intereses.
En el derecho objetivo están comprendidas las leyes que rigen las relaciones de
los individuos entre sí, de los individuos con el Estado, de éste con aquéllos y de
los Estados entre sí.
Es aquí donde podemos empezar a identificar el origen del derecho fiscal, dado
que, dentro del derecho objetivo nacional, estarán comprendidas las normas
jurídicas que se elaboran para regir los actos de los individuos cuando se realizan
dentro del territorio de un Estado.
Unidad I. Ubicación del derecho fiscal en el Sistema
Jurídico Nacional
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Atendiendo lo que dice Gabino Fraga1, podemos establecer que el contenido del
derecho administrativo en México contempla:
a. La estructura y la organización del poder encargado normalmente de
realizar la función administrativa.
b. Los medios patrimoniales y financieros que la administración necesita
para su sostenimiento y para garantizar la regularidad de su actuación.
c. El ejercicio de las facultades que el poder público debe realizar bajo la
forma de función administrativa.
d. La situación de los particulares respecto a la administración.
Esa parte del derecho administrativo, relativa los medios patrimoniales y
financieros, se relaciona directamente con la actividad financiera del Estado para
la realización de sus fines —derivando en el derecho financiero—, que observa
tres momentos:
a. Obtención de recursos: relacionada con el derecho fiscal
b. Administración de los recursos: relacionada con el derecho
patrimonial
c. Aplicación de los recursos: relacionada con el derecho
presupuestario
El derecho financiero público se referirá al momento relacionado con la obtención,
por parte del Estado, de los recursos para la realización de sus fines; al tener
características propias se convierte en una más de las ramas jurídicas autónomas
del derecho.
1 Gabino Fraga, Derecho administrativo
Unidad I. Ubicación del derecho fiscal en el Sistema
Jurídico Nacional
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El derecho financiero público o derecho fiscal es una rama autónoma del derecho
administrativo que estudia las normas legales que rigen la actividad financiera del
estado o de otro poder público.
Con relación a esta delimitación del origen del derecho fiscal, existe una
coincidencia en la mayoría de los doctrinarios, razón por la cual estableceremos
aquí nuestro punto de partida para hacer una proyección del derecho fiscal en el
contexto del derecho mexicano.
Ahora bien, antes de citar algunos de los conceptos relacionados con el derecho
fiscal, manifestados por los doctrinarios más reconocidos en la materia, es
necesario aclarar que normalmente se utilizan como sinónimos el derecho
tributario, el derecho impositivo y el derecho fiscal.
Sergio Francisco de la Garza2, el derecho tributario es el conjunto de normas
jurídicas que se refieren al establecimiento de los tributos, es decir, a los
impuestos, derechos, contribuciones especiales; a las relaciones jurídicas que se
establecen entre la administración y los particulares con motivo de su nacimiento,
cumplimiento o incumplimiento, a los procedimientos oficiosos o contenciosos que
pueden surgir y a las sanciones establecidas por su violación.
Doricela Mabarak3 define al derecho fiscal como la rama del derecho financiero
que tiene por objeto regular las relaciones jurídicas que se dan entre el Estado, en
su carácter de autoridad fiscal, y los gobernados, ya sea que éstos asuman el
papel de contribuyentes, responsables solidarios o terceros, cuyo objetivo
fundamental es la recaudación de los tributos.
2 Sergio Francisco de la Garza, Derecho financiero mexicano