Depósitos de CTS del semestre noviembre 2014 - abril 2015 TRABAJADORES REMUNERADOS MENSUALMETE I. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente 1. Trabajador que ha laborado durante todo el período computable a. Datos – Fecha de ingreso : 18.02.2010 – Tiempo computable : 6 meses (Del 01.11.2014 al 30.04.2015) – Remuneración básica abril 2015 : S/. 4 500,00 – Gratificación diciembre 2014 : S/. 4 575,00 – Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (1) S/. 411,75 b. Información adicional – Asignación familiar (2) S/. 75,00 c. Remuneración computable – Remuneración básica : S/. 4 500,00 – Asignación Familiar : 75,00 – 1/6 gratificación diciembre 2014 (3) 762,50 –––––––– Total S/. 5 337,50 SE PIDE CALCULAR LA CTS DEL TRABAJADOR QUE HA LABORADO DURANTE TODO EL PERIODO COMPUTABLE NOTA: (1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia se amplió
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Depósitos de CTS del semestrenoviembre 2014 - abril 2015
TRABAJADORES REMUNERADOS MENSUALMETE
I. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente
1. Trabajador que ha laborado durante todo el período computable
a. Datos– Fecha de ingreso : 18.02.2010– Tiempo computable : 6 meses(Del 01.11.2014 al 30.04.2015)– Remuneración básica abril 2015 : S/. 4 500,00– Gratificación diciembre 2014 : S/. 4 575,00– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (1) S/. 411,75b. Información adicional– Asignación familiar (2) S/. 75,00c. Remuneración computable– Remuneración básica : S/. 4 500,00– Asignación Familiar : 75,00– 1/6 gratificación diciembre 2014 (3) 762,50
––––––––Total S/. 5 337,50
SE PIDE CALCULAR LA CTS DEL TRABAJADOR QUE HA LABORADO DURANTE TODO EL PERIODO COMPUTABLE
NOTA:
(1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia se amplió
por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinaria
no tiene carácter remunerativo ni pensionable, por lo tanto no es
computable para el cálculo de la CTS.
(2) De acuerdo con el artículo 3º del D.S. Nº 035-90-TR (07.06.90),
la asignación familiar tiene carácter y naturaleza remunerativa. En
tal sentido, será computable para el cálculo de gratificaciones.
(3) El artículo 18º del TUO de la Ley de CTS dispone que las remuneraciones
de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración
SOLUCION.
Cálculo del monto a depositar de la CTS
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a
Computable del año a depositar depositar
––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– –––––––––––
S/. 5 337,50 ÷ 12 x 6 = S/. 2 668,80
2 Trabajador que no ha laborado todo el período computable
a. Datos– Fecha de ingreso : 18.02.2014– Tiempo computable : 2 meses y 11 días (Del 18.02.2015 al 30.04.2015)– Remuneración básica abril 2015 : S/. 2 800,00– Gratificación de diciembre 2014 (1) ––– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (2) -----b. Información adicional– Asignación familiar : S/. 75,00c. Remuneración computable– Remuneración básica : S/. 2 800,00– Asignación familiar : 75,00
––––––––Total S/. 2 875,00
NOTA: (1) Conforme al artículo 18º del TUO de la Ley de CTS, las remuneraciones de
periodicidad semestral se incorporan a la remuneración computable a razón de
un sexto de lo percibido en el semestre respectivo, incluyéndose en este
concepto las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad. En el presente caso,
el trabajador no ha percibido gratificación alguna dentro del periodo
computable, razón por la cual, este concepto no será computable para el
cálculo de la CTS. (2) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya
vigencia se amplió por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación
extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable.
SE PIDE CALCULAR LA CTS DEL TRABAJADOR QUE NO HA LABORADO DURANTE TODO EL PERIODO COMPUTABLE
SOLUCION:
Cálculo del monto a depositar – En función a los meses laborados: 2
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a depositar
Total a depositar: S/. 567,05 (S/. 479,16 + S/. 87,89)
II Trabajadores con remuneración variable e imprecisa
3 Trabajador que ha laborado todo el período computableCon remuneración principal
a. Datos– Fecha de ingreso : 22.01.2009– Tiempo computable : 6 meses (Del 01.11.2014 al 30.04.2015)– Remuneración básica abril 2015: S/. 2 000,00– Gratificación de diciembre 2014 : S/. 2 075,00– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (1): S/. 186,75NOTA:(1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia seamplió por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinariano tiene carácter remunerativo ni pensionable.b. Información adicional– Asignación familiar : S/. 75,00– Comisiones percibidas en el último semestre (2)• Noviembre 2014 : S/. 350,00• Diciembre 2014 : 500,00• Enero 2015 : 310,00• Febrero 2015 : 250,00• Marzo 2015 : 320,00• Abril 2015 : 180,00
(2) De acuerdo con el artículo 17º del TUO de la Ley de CTS, las comisiones son consideradas remuneración principal, por lo que la remuneración computable se obtiene promediando las comisiones percibidas por el trabajador en el semestre respectivo.
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE SE CALCULAR LA CTS DEL TRABAJADOR QUE HA LABORADO
TODO EL PERIODO COMPUTABLE CON UNA REMUNERACION PRINCIPAL
SOLUCION:
Remuneración computable
– Básico : S/.2000,00
– Asignación familiar : 75,00
– 1/6 de la gratificación
: 345,83
– Promedio de comisiones
: 318,33
––––––––
Total
d. Cálculo del monto a depositar
S/.2739,16
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a
Computable del año a depositar depositar
––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– –––––––––
S/. 2 739,16 ÷ 12 x 6 = S/. 1 369,58
4 Trabajador que no laboró todo el período computable que
cuenta con remuneración complementariaa. Datos– Fecha de ingreso : 21.12.2014– Tiempo computable : 4 meses y 11 días (Del 21.12.2014 al 30.04.2015)– Remuneración básica abril 2014 : S/. 3 200,00– Gratificación de diciembre : S/. ––– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (1): S/. ––NOTA:(1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia seAmplió por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinariano tiene carácter remunerativo ni pensionable.
b. Información adicional– Movilidad supeditada a asistencia (2): S/. 200,00– Comisiones percibidas en el último semestre (3)• Febrero 2015 : S/. 280,00• Marzo 2015 : 340,00
–––––––Total S/. 620,00Promedio de comisiones: S/. 141,00 (S/. 620,00 ÷ 132 (*) x 30)– Horas extras laboradas durante el último semestre (4)• Febrero 2015: 58,00• Marzo 2015 : 62,80
––––––Total S/. 120,00(*) Promedio de días laborados en el período computable.(2) De conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 19º del TUO de la Ley de CTS, se considerará como concepto no computable para el cálculo de la CTS el valor del transporte, siempre que esté supeditado a la asistencia del trabajador al centro de trabajo y que razonablemente cubra el respectivo traslado.(3) De acuerdo con el artículo 17º del TUO de la Ley de CTS, las comisiones son consideradas remuneración principal, por lo que la remuneración computable se obtiene promediando las comisiones percibidas por el trabajador en el semestre respectivo. Asimismo, la norma dispone que en caso el periodo computable sea menor a un semestre, este concepto se calculará en base al promedio diario delo percibido durante dicho periodo.(4) El artículo 16º del TUO de la Ley de CTS establece que las horas extras son remuneraciones complementarias de naturaleza variable o imprecisa, las cuales serán computables para determinar la CTS, siempre que hayan sido percibidas cuando menos durante tres meses en el semestre respectivo.
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A DEPOSITAR
SOLUCION:
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE
– Básico : S/. 3 200,00
– Promedio de comisiones : 141,00
––––––––
Total : S/. 3 341,00
CÁLCULO DE MONTO A DEPOSITAR
– En función a los meses laborados: 4
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a
Computable del año a depositar depositar
––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– –––––––––––
S/. 3 341,00 ÷ 12 x 4 = S/. 1 113,68
En función a los días laborados: 11
Remuneración Nº de meses Nº de días Nº de días Total a
Computable del año en el mes a depositar depositar
Total a depositar: S/. 1 215,76 (S/. 1 113,68 + S/. 102,08)
III. Trabajador destajero
5. Un trabajador destajero tiene los siguientes datos:
a. Datos– Fecha de ingreso: 20.02.2010– Período a depositar: 6 meses (Del 01.11.2014 al 30.04.2015)– Remuneración mensual a destajo en los últimos 6 meses• Noviembre 2014: S/. 2 000,00• Diciembre 2014: 3 000,00• Enero 2015: 2 800,00• Febrero 2015: 2 000,00• Marzo 2015: 2 200,00• Abril 2015: 3 000,00
–––––––––Total S/. 15 000.00
Promedio de remuneraciones: S/. 2,500(S/. 15 000,00 ÷ 6)
– Gratificación de Navidad: S/. 2 800,00– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (1): S/. 252,00
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A DEPOSITAR
SOLUCION.
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE
Promedio de remuneración a destajo: S/. 2 500,00
– 1/6 de la gratificación: 466,67
–––––––––
Total S/. 2 966,67
CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A DEPOSITAR
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a Computable del año a depositar depositar ––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– S/. 2 966,67 ÷ 12 x 6 = S/. 1 483,32
IV. Trabajador que percibe diversas bonificaciones
6 a. Datos– Fecha de ingreso: 20.10.2010– Período a depositar: 06 meses (Del 01.11.2014 al 30.04.2015)– Remuneración básica abril 2015: 2 800,00– Gratificación diciembre de 2014: 2 800,00– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (1): S/. 252,00(1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia seAmplió por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinariano tiene carácter remunerativo ni pensionable.b. Información adicional– Bonificación por productividad enero 2015 (2): S/. 500,00Proporción de bonificación por productividad: S/. 41,67
(S/. 500,00 ÷ 12)– Bonificación por cierre de balance (3) : S/. 800,00Proporción de bonificación por cierre de balance : S/. 66,67
(S/. 800,00 ÷ 12)– Bonificación por puntualidad (4)• Noviembre 2014 : S/. 70,00• Diciembre 2014 : 85,00• Enero 2015 : 100,00• Febrero 2015 : 75,00• Marzo 2015 : 90,00• Abril 2015 : 90,00
–––––––Total S/. 510
Promedio de bonificación por puntualidad: S/. 85,00 (S/. 510,00 ÷ 6)
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE
CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A DEPOSITART
SSSOLS
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE:
– Básico : S/.2800,00– 1/6 de la gratificación : 466,67– Bonificación por productividad – Bonificación por cierre de
: 41,67
balance : 66,67– Bonificación por puntualidad
: 85,00––––––––
Total
CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A DEPOSITAR
S/.3460,01
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a Computable del año a depositar depositar ––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– –––––––––––– S/. 3 460,01 ÷ 12 x 6 = S/. 1 729,98
TRABAJADORES REMUNERADOS SEMANALMENTE
I. Trabajador que percibe remuneración semanal calculadopor un semestre completo
7. Datos– Fecha de ingreso : 24.04.2010– Tiempo computable : 6 meses (Del 01.11.2014 al 30.04.2015)– Jornal diario abril 2015: S/. 90,00– Remuneración básica mensual abril 2015 (S/. 90,00 x 30): S/. 2 700,00– Gratificación diciembre 2014 : S/. 2 400,00– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) S/. 216,00
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A DEPOSITAR SOLUCION:T T
. Remuneración computable– Básico : S/.2700,00– 1/6 de la gratificación : 400,00
S/.3100,00
Cálculo del monto a depositar Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a
8.888 TRABAJADO TRABAJADORES 8. Datos– Fecha de ingreso: 22.09.2007– Tiempo de servicios: 6 meses (Desde el 01.11.2014 al 30.04.2015)– Remuneración diaria abril 2015 : S/. 100,00– Remuneración básica mensual : S/. 3 000,00
(S/. 100,00 x 30) ERADOS SEMANALMENTE
– Gratificación diciembre de 2014 : S/. 3 000,00– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351): S/. 270,00b. Información adicional– Asignación familiar: S/. 75,00– Comisiones percibidas en el último semestre• Noviembre 2014 : S/. 200,00• Diciembre 2014 : 250,00• Marzo 2015 : 180,00• Abril 2015 : 140,00
9 I. TRABAJADOR CON REMUNERACIÓN FIJA MENSUAL QUE NO
LABORÓ TODO EL PERIODO COMPUTABLE
INFORMACIÓN:
• Fecha de ingreso: 10.12.2014
• Periodo por depositar CTS: 10.12.2014 al 30.04.2015
• Tiempo computable: 4 meses, 22 días
• Remun. mensual al 30 de abril 2015
Básico: S/. 4000.00
Remuneración en especie 300.00
Gastos de representación 600.00
Movilidad de libre disposición 300.00
SE PIDE:
DETERMINAR EL MONTO DE CTS A DEPOSITAR POR EL PERIODO NOV.
2014 - ABR. 2015.
SOLUCION:
Remuneración computable
– Básico : S/.2000,00
– Promedio de horas extras : 16,85
– 1/6 de la gratificación : 333,33
–––––––
Total
Cálculo del monto a depositar
S/.2350,18
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a
Computable del año a depositar depositar
––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– –––––––––––
S/. 2 350,18 ÷ 12 x 6 = S/. 1 175,10
II. Trabajador con contrato de trabajo inferior a 6 meses
10 a. Datos– Fecha de ingreso : 18.12.2014– Duración de contrato : 4 meses y 13 días– Período computable : 4 meses y 13 días(Del 18.12.2014 al 30.04.2015)– Remuneración básica : S/. 2 400,00– Gratificación diciembre de 2014 : –– Bonificación extraordinaria del 9% --(Ley Nº 29351) (1) :NOTA:
b. Información adicional– Asignación familiar : S/. 75,00– Movilidad supeditada a la asistencia (1) : S/. 200,00
(1) Según el inciso e) del artículo 19º del TUO de la Ley de CTS, todos
aquellos montos que se otorgan al trabajador por concepto detransporte o movilidad supeditada a la asistencia no será computablepara el cálculo de CTS
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A LIQUIDAR
SOLUCION:
Remuneración computable
– Remuneración básica : S/. 2 400,00
– Asignación familiar : 75,00
––––––––
Total S/. 2 475,00
CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A LIQUIDAR
En función a los meses laborados: 4
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a
Computable del año a depositar depositar
––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– – ––––––––
S/. 2 475,00 ÷ 12 x 4= S/. 825,00
T TRABAJADORES A LOS QUE NO SE LE DEPOSITA EN MAYO LA CTSADORES A LOS QE NO SE LES DEPOSITAEN MAYO DE 2014
I. Trabajador que ingresó a laborar en el mes de abril de2015 (*)
11 a. Datos– Fecha de ingreso: 08.04.2015– Remuneración básica: S/. 3 600,00– Remuneración percibida en abril 2015: S/. 2 760,00– Período a liquidar: 23 días
(Del 08.04.2015 al 30.04.2015)NOTA:(*) Para este supuesto, se entenderá que el trabajador no ha iniciado susLabores el 1º de abril de 2015, sino una vez iniciado el mes.
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A LIQUIDAR
SOLUCION:
Para tener derecho a la CTS, de acuerdo con el artículo 2°del TUO de la Ley de CTS, el trabajador tiene que tener como mínimo un mes de servicio. En este caso, el trabajador no cumple con este requisito, por lo que no se realizará el depósito en mayo de 2015. Sin embargo, esos 23 días no se pierden, ya que se incorporarán en el cálculo de la CTS del semestre siguiente, es decir el correspondiente a noviembre 2015.
(*) Para este supuesto, se entenderá que el trabajador no ha iniciado sus
labores el 1º de abril de 2015, sino una vez iniciado el mes.
TRABAJADORES CESADOS
12. a. Datos
– Fecha de ingreso : 12.07.2010
– Fecha de cese : 15.04.2015
– Período a liquidar : 5 meses y 15 días(Del 01.11.2014 al 15.04.2015)– Remuneración básica marzo 2015 : S/. 2 000,00– Gratificación diciembre 2014 : S/. 2 000,00– Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) (1) : S/. 180,00
(1) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia seamplió por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinariano tiene carácter remunerativo ni pensionable.b. Información adicional– Horas extras percibidas en el tiempo computable• Diciembre 2014 : S/. 25,00• Enero 2015 : 15,00• Febrero 2015 : 10,00
––––––Total S/. 50,00Promedio de horas extras: S/. 9,00
(S/. 50,00 ÷ 165(*) x 30)(*) Promedio de días laborados en el período computable.
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE CALCULAR EL MONTO DE LA CTS A LIQUIDAR
SOLUCION:
. Remuneración computable
– Remuneración básica : S/.2000,00
– 1/6 de la gratificación : 333,33
– Promedio de horas extras
: 9,00
––––––––
Total S/.2342,33
d. Cálculo de la CTS a liquidar – En función a los meses laborados: 5
Remuneración Nº de meses Nº de meses Total a
Computable del año a depositar depositar
––––––––––––– ––––––––––– ––––––––––– –––––––––––
S/. 2 342,33 ÷ 12 x 5 = S/. 975,95
Regímenes especiales
1. Trabajador que ha laborado todo el período computable
(1) El artículo 18º del TUO de la Ley de CTS dispone que las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a l remuneración computable a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo, incluyéndose en dicho supuesto a las gratificaciones de fiestas patrias y de navidad.
En razón a ello, para el cálculo de la CTS deberá promediarse la gratificación correspondiente al semestre computable entre seis.
(2) Conforme el artículo 3° de la Ley N° 29351, cuya vigencia se amplió por medio de la Ley N° 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable.
SE PIDE CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE
CALCULAR LA CTS
Y EL IMPORTE A DESPOSITAR
SOLUCION:}
. Remuneración computable
– Remuneración básica : S/. 1 000,00
– 1/6 gratificación diciembre 2013 : 83,33
––––––––
Total
(Base de cálculo para determinar los 15 jornales) : S/. 1 083,33
Total a depositar: S/. 145,16 (S/. 128,12 + S/. 17,04)
IV. Régimen de construcción civil
1. a. Datos– Fecha de ingreso: 01.01.2015– Fecha de cese: 20.04.2015– Tiempo computable: 110 días(Del 01.01.2015 al 20.04.2015)– Jornal Diario: S/. 52.10b. Información adicional– Categoría : Operario– Jornada de trabajo: 6 días a la semana– BUC : S/. 16,67– Bonificación por movilidad : S/. 7,20
CALCULAR LA REMUNERACION COMPUTABLE CALCULAR LA CTS A DEPOSITAR
Cálculo de la CTSRemuneración Nº de días efectiva- 15% delComputable mente laborados Total total––––––––––––– –––––––––––––––––– –––––––––– –––––––––S/. 52.10 x 110 = S/. 5 731,00 S/. 859,65