Departamento de Comercio Exterior Mercado único y libre de cambios Global Trade Advisory - Abril 2004
Jan 23, 2016
Departamento de Comercio Exterior
Mercado único y libre de cambios
Global Trade Advisory - Abril 2004
Global Trade Advisory – Abril 2004
Registro de Operaciones.
Sólo pueden realizarse operaciones de cambio en
las entidades financieras autorizadas por el Banco
Central.
Requisitos impositivos, lavado, actividades ilícitas.
Imposibilidad de compensar operaciones.
Mercado Único y Libre de Cambios.Las r
eg
las d
e ju
eg
o e
n e
l n
uevo e
scen
ar i
o
Global Trade Advisory – Abril 2004
Regímenes Informativos (control de BCRA).
Eliminación de automaticidad de operaciones.
Ley 19.359 (Decreto 480/95): Régimen Penal
Cambiario.
Mercado Único y Libre de Cambios.Las r
eg
las d
e ju
eg
o e
n e
l n
uevo e
scen
ar i
o
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Importación.
VISTA
- Mercadería embarcada -
90 días para demostrarla nacionalización de
la mercadería
ANTICIPADO
- original nro. 2 del despacho -
Mercaderias en General
Bienes de Capital
BIENES PLAZO DE PAGO
Productos criticos p/salud, Materias Primas y Bienes
Insumos, equipos y rep p/Centrales
Nucleares o Inst. productoras de
hidrocarburos "off
PAGO DIFERIDO
Mercadería nacionalizada
Otras Materias Primas y Bienes
Intermedios
nacionalización de la mercaderíaEn 360 días deberá demostrarse la
Global Trade Advisory – Abril 2004
Pagos Anticipados Vencido el plazo pertinente para la presentación de la documentación de importación, el importador deberá, dentro de los 5 días posteriores:
Ingresar monto del Pago Anticipado, si no presentó documentación y no tiene autorización expresa de BCRAMonto de la diferencia, en caso de que el valor de la mercadería ingresada sea inferior al pago realizado.
TC Aplicable para estos ingresos:Surgirá de comparación TC Ref. De la fecha de realizado el pago VS. TCMULCBCRA (Com “A”3619) de la fecha del ingreso. Se aplicará el menor de los dos.
Divisas:Deberán ser cedidas a BCRA a Valor Normal Puesto, en la misma fecha de liquidación con importador y al tipo de cambio aplicado.
Importación.
Mercado Único y Libre de Cambios.
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Pago de Importación.
Documentación:
Copia de factura comercial.
Original Nro. 2 del Despacho de Importación.
Formulario de venta BCRA.
Copia Documento de Transporte.
DDJJ por Com. A3602
Validación Com. A3602
Global Trade Advisory – Abril 2004*
Mercado Único y Libre de Cambios.
EXPORTACIÓN.
La liquidación de divisas por exportaciones de bienes deben liquidarse dentro de los plazos máximos mediante acreditación en cuenta del exportador por el 100% del valor de la exportación, salvo excepciones.
Plazos máximos aplicados a exportaciones oficializadas a partir del 06/12/01 según tipo de producto (entre 60 y 360 días desde cumplido de embarque).
Exportaciones oficializadas antes del 06.12.01 y pendientes de cobro al 10.01.02, el plazo para ingresar las divisas es el pactado entre el exportador y su cliente del exterior.
Global Trade Advisory – Abril 2004
CIRCUITO OPERATIVO DEL CONTROL DE INGRESO DE DIVISAS PROVENIENTES DE EXPORTACION
Mercado Único y Libre de Cambios.
EXPORTADOR AFIP
ENTIDADFINANCIERA
BCRA
Sistema SECOEXPO
Cumplimiento
Rég.Penal Cbiario.
Incentivos a las Expo
Cumplimiento
Incumplimiento
$
$
SIM
Global Trade Advisory – Abril 2004
CIRCUITO OPERATIVO DEL CONTROL DE INGRESO DE DIVISAS PROVENIENTES DE EXPORTACION
Mercado Único y Libre de Cambios.
El plazo máximo para el ingreso de las divisas es de 90 días hábiles luego de operado el vencimiento original.
Si el ingreso de las divisas se produce luego de vencido el plazo máximo dispuesto, se aplicará la Com. “A” 3608 (T.C. de ref. vs. T.C. libre del día).
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Cobro de Exportación.
Documentación:
Copia de factura comercial.
Copia Completa Permiso de Embarque*. Formulario de compra BCRA.
(* En caso de que el mismo no se encuentre conforme declarado deberá adjuntarse el POSTEMBARQUE correspondiente)
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
DETERMINACION DE PLAZOS SEGUN POSICION ARANCELARIA (Solo para PE Oficializados hasta el 29/04/2003)
Exp
ort
ació
n
Plazo
Posición Arancelaria
Re.53/02**
No
No
Re.116/02
Plazo Dec.690/02Anexo XVIII
Re.42/02
Plazo
Plazo
si
No
Re.72/03*
Plazo
* Solo Anexo I
** Agrega al Anexo II el Art. 2 de Res. 72/2003
si
si
si
No
Nota: PE Oficializados a partir del 30/04/2003 se rigen por plazos según Resolución 120/2003
Global Trade Advisory – Abril 2004
Determinación de Plazos según embarque de la Mercadería
Mercado Único y Libre de Cambios.
Fecha de Oficialización: Entre 06/12/2001 y 13/01/2002
Deberán aplicarse los plazos incluidos en la "Resolucion 1/2001"
Fecha de Oficialización: Entre 14/01/2002 y 01/05/2002
Deberán aplicarse los plazos incluidos en la "Resolución 13/2002"
Fecha de Oficialización: Entre 02/05/2002 y 13/06/2002
Deberán aplicarse los plazos incluidos en la "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"
Fecha de Oficialización: Entre 14/06/2002 y 21/08/2002
1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 42/2002"
2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"
Fecha de Oficialización: Entre 22/08/2002 y 12/12/2002
1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolucion 116/2002"
2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 42/2002"
3) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"
Global Trade Advisory – Abril 2004
Determinación de Plazos según embarque de la Mercadería
Mercado Único y Libre de Cambios.
Fecha de Oficialización: Entre 13/12/2002 y 07/03/2003
1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 53/2002"
2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 116/2002"
3) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 42/2002"
4) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"
Fecha de Oficialización: Entre 08/03/2003 y Vencidos con Anterioridad al 30/04/2003
1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 72/2003"
2) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 53/2002"
3) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 116/2002"
4) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar la misma en la "Resolución 42/2002"
5) Si la posición buscada no se encuentra en la planilla anterior, deberá buscar en el "Decreto 690/2002 - Anexo XVIII"
Permisos de Embarque NO vencidos al 30/04/2003
1) Se deberá buscar la Posicion Arancelaria de la mercadería en la "Resolución 72/2003"
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Comunicaciones A3471 punto 4.iv-C34351
Sin autorización previa de BCRA
Débito en cuenta
Legislación:
Pago de Fletes de Impo/Expo
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Factura del Flete
Documento de Transporte (si estuviera disponible)
DDJJ Informando acerca del ingreso de divisas (Solo para expo)
Certificación Contable
Formulario de venta BCRA y Com. A 3602
Documentación:
Pago de Fletes de Impo/Expo
Global Trade Advisory – Abril 2004
Pago de Servicios al Exterior
Mercado Único y Libre de Cambios.
Legislación:
Comunicaciones A3471 punto 4.iv-C34351
Sin autorización previa de BCRA
Débito en cuenta
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Pago de Servicios al Exterior
Formulario de venta BCRA
Copia de la Factura y/o Copia del contrato
Certificación contable
Carta con DDJJ impositiva y Comunicación A3602
Documentación:
Global Trade Advisory – Abril 2004
Cobros al Exterior de Servicios
Comunicación A3473 y complementarias.
Crédito en cuenta.
Plazo:105 días hábiles para su efectiva liquidación.
Legislación:
Formulario de compra BCRA
Copia de Factura
Documentación:
Mercado Único y Libre de Cambios.
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Compra de mercaderíasno ingresadas al país y vendidas a 3ros. países
Comunicación A3616
Sin autorización previa de BCRA
Débito/crédito en cuenta
Pago igual o menor al cobro
Legislación:
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
Formulario de compra o venta BCRA
Factura de compra o venta
Documento de Transporte
Carta con DDJJ impositiva
Documentación:
Compra de mercaderíasno ingresadas al país y vendidas a 3ros. países
Global Trade Advisory – Abril 2004
Inversiones en el Exterior
Formulario de venta BCRA.
Carta con DDJJ Impositiva.
DDJJ sobre límite USD 2.000.000 ó anexo Com A3909 sobre
pago del mes inmediato anterior de impuestos a los
débitos y créditos en cta.cte. (3 veces) y/ó constancia de
pago de derechos de exportación.
Documentación:
Mercado Único y Libre de Cambios.
Global Trade Advisory – Abril 2004
ENTIDAD
SOLICITANTE
DOMICILIO
CONCEPTO DE LA OPERACIÓN COD.CONCEPTO
COD.INSTRUM.VENDIDO COD.INSTRUM.RECIBIDO COD. MONEDA IMPORTE (sin centavos)
BENEFICIARIO DEL EXTERIOR (**)
DOMICILIO
BANCO RECIBIDOR DEL EXTERIOR (**):
Declaro bajo juramento que las informaciones consignadas son exactas y verdaderas, en los términos previstos en el Régimen Penal Cambiario, del cualtengo pleno conocimiento de sus normas y sanciones.
Firma Aclaración y Nro. de documento
Certif icamos que la/s f irma/s que anteceden concuerdan con las registradas en nuestros libros (***)
Fecha Firma y Sello
(*) - Cuando se trate de un turista debe registrarse fecha de ingreso al país, código de país de origen y número de pasaporte o documento habilitante para ingresar al país.(**)- Cuando corresponde de acuerdo a la operación solicitada.
(***) -Cuando el solicitante no tenga firma registrada en la entidad por tratarse de un particular, la certificación se refiere a que la firma fue puesta en presencia del funcionario
certificante y que se constató su identidad mediante verificación del documento de identidad.
CODIGO ENTIDAD
CUIT/CUIL/CDI(*)
BANCO CENTRAL DE LA REP UBLICA ARGENTINA
GERENCIA DE EXTERIOR Y CAMBIOS
VENTA DE CAMBIOS A CLIENTES
FECHA N° DE BOLETO
MERCADO LIBRE DE CAMBIOS (asignado por la entidad)
COD.PAIS ORIG.(**) F.DE INGRESO(**)
CODIGO DEL PAIS
COD.POSTAL
CODIGO SWIFT
FECHA DE EMBARQUE(**)
CUENTA Nº
TIPO DE CAMBIO
Mercado Único y Libre de Cambios.
Formulario de Venta de Cambio
005ABN Amro Bank Com. A 4042
Del Doc. de Transporte
Operación
Com. A 4042
Com. A 4042
Operación
Global Trade Advisory – Abril 2004
ENTIDAD
SOLICITANTE
DOMICILIO
CONCEPTO DE LA OPERACIÓN COD.CONCEPTO
COD.INSTRUM.COMPRADO COD. MONEDA IMPORTE (sin centavos)
PAGADOR (**):
DOMICILIO
BANCO PAGADOR DEL EXTERIOR (**):
Declaro bajo juramento que las informaciones consignadas son exactas y verdaderas,en los términos previstos en el Régimen Penal Cambiario,del cual tengo pleno conocimiento de sus normas y sanciones.
Firma Aclaración y Nro. de documento
Certif icamos que la/s f irma/s que anteceden concuerdan con las registradas en nuestros libros (***)
Fecha Firma y Sello
(*) - Cuando se trate de un turista debe registrarse fecha de ingreso al país, código de país de origen y número de pasaporte o documento habilitante para ingresar al país.(**)- Cuando corresponde de acuerdo a la operación solicitada.
(***) -Cuando el solicitante no tenga firma registrada en la entidad por tratarse de un particular, la certificación se refiere a que la firma fue puesta en presencia del funcionario
certificante y que se constató su identidad mediante verificación del documento de identidad.
CODIGO SWIFT
Nº DE OFICIALIZACION (**)
TIPO DE CAMBIO
COD.PAIS ORIG.(**) F. DE INGRESO(**)
CODIGO DEL PAIS
COD.POSTAL
FECHA N° DE BOLETO
MERCADO LIBRE DE CAMBIOS (asignado por la entidad)
CODIGO ENTIDAD
CUIT/CUIL/CDI(*)
BANCO CENTRAL DE LA REP UBLICA ARGENTINA
GERENCIA DE EXTERIOR Y CAMBIOS
COMPRA DE CAMBIOS A CLIENTES
Mercado Único y Libre de Cambios.
Formulario de Compra de Cambio
005ABN Amro BankCom. A 4042
Permiso de Embarque
Com. A 4042
Global Trade Advisory – Abril 2004
Mercado Único y Libre de Cambios.
RELEVAMIENTO DE EMISIONES DE TITULOS Y DE OTRAS
OBLIGACIONES EXTERNAS DEL SECTOR PRIVADO FINANCIERO Y
NO FINANCIERO (REGIMEN TRIMESTRAL) (Com. A3602)*
SEGUIMIENTO DE ANTICIPOS Y PRESTAMOS DE PREFINANCIACION
ADEUDADOS AL EXTERIOR (REGIMEN MENSUAL)
(Com A3609)
Regímenes Informativos
* Condición para poder realizar pagos al exterior, bajo cualquiera de los conceptos que se encuentran en la presente presentación.
Global Trade Advisory – Abril 2004
Comunicación A 3602
Sujetos Comprendidos
Cobertura delRelevamiento
Todo deudor perteneciente al sector financiero o al sector privado no financiero que mantenga deudas pendientes a la fecha de referencia por una o más de las operaciones comprendidas.
Títulos de deuda emitidos en el país y en el exterior.
Pasivos con residentes del exterior por cualquier concepto y tipo de acreedor, con excepción de las líneas de crédito tomadas en el exterior por las entidades locales.
Global Trade Advisory – Abril 2004
Comunicación A 3602
Deuda generada antes de la fecha de corte del último período cuya presentación ha vencido.Ej.: Antes del 31/12/03
Certificado de validación+ DDJJ
Deuda generada después de la fecha de corte del último período cuya presentación ha vencido y antes de la fecha de corte del período con la presentación próxima a vencer.Ej.: Entre el 01/01/04 y el 31/03/04
Deuda generada y a cancelar en el mismo período.Ej.: Entre el 01/04/04 y el 30/06/04
DDJJ
Ejemplo: Fecha actual 10/05/04
Global Trade Advisory – Abril 2004
Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de
institución autorizada para efectuar esas operaciones;
Operar en cambios sin estar autorizado;
Falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio;
Mercado Único y Libre de Cambios
Régimen Penal Cambiario.Objetos de sanción:
Global Trade Advisory – Abril 2004
Omisión de rectificar las declaraciones producidas y de
efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones
reales son distintas de las denunciadas;
Operación de cambio que no se realice por la cantidad,
moneda ó tipo de cotización, plazos y demás condiciones
establecidas por las normas vigentes;
Acto u omisión que se infrinja al régimen de cambios.
Régimen Penal Cambiario.Objetos de sanción:
Mercado Único y Libre de Cambios.
Global Trade Advisory – Abril 2004
Multa de hasta 10 veces el valor de la infracción cometida.
Prisión de 1 a 8 años.
Suspensión de hasta DIEZ (10) años ó cancelación de la
autorización para operar ó intermediar en cambios.
Inhabilitación hasta DIEZ (10) años para actuar como
importador, exportador, corredor de cambio ó en instituciones
autorizadas para operar en cambios.
Mercado Único y Libre de Cambios.
Régimen Penal Cambiario.Penalidades: