DEFINICIN DESUELDOEl concepto desueldose refiere a laremuneracin
regular asignada por el desempeo de un cargo o servicio
profesional. La palabra tiene su origen en el trmino
latinosoldus(slido), que era el nombre de una antigua moneda
romana.
El trmino de sueldo suele ser utilizado como sinnimo
desalario(del latnsalarum, relacionado con lasal), la remuneracin
regular o la cantidad de dinero con que se retribuye a los
trabajadores por cuenta ajena.Puede decirse que el empleado recibe
un sueldo a cambio de poner sufuerza laborala disposicin del
empleador, en el marco de una serie de obligaciones compartidas que
rigen su relacin contractual.La contraprestacin que implica el
sueldo se abona principalmente endinero, aunque un porcentaje puede
liquidarse en algunaespecie evaluable en trminos monetarios.Es
importante tener en cuenta que, ms all de la responsabilidad
social, los sueldos representan una cuestin muy diferente para los
empleadores y los trabajadores. Para los primeros, los sueldos
forman parte de los costos de laempresa, aunque tambin constituyen
un medio para motivar a los trabajadores y, as, mejorar su
productividad. Para el empleado, en cambio, el sueldo supone el
medio para satisfacer sus necesidades materiales y alcanzar un
cierto nivel de vida.Para resolver los conflictos entre estos
intereses diferentes respecto a los sueldos, se
establecennegociacionesentre el empleador y el empleado, aunque
tambin existe undilogo tripartito(Gobierno-representantes de las
empresas-representantes de los trabajadores) para determinar el
nivel bsico de los salarios y fijar ciertas medidas de cumplimiento
obligatorio.
Lee todo en:Definicin de sueldo - Qu es, Significado y
Conceptohttp://definicion.de/sueldo/#ixzz3Q3s0ExAI
Sueldoes la palabra que designa a laremuneracinque percibe de
manera peridica un trabajador como consecuencia de la prestacin de
un servicio profesional o el desempeo de un cargo, puesto, en
alguna empresa. Es decir, el trabajador o empleado le proporciona a
la compaa en la que trabaja suconocimientoy capacidad laboral y sta
como contrapartida le asigna un sueldo cuya suma ser determinada a
la firma del contrato.El concepto desueldo bsicoes un concepto
destacado dentro del mbito laboral que designa aaquella parte del
salario que se mantiene fija sin importar cualquier tipo de
contingencia ocircunstanciaa la cual se haya visto sometido el
trabajador durante el mes, eso s, la condicin sine quanom ser que
haya trabajado todo el mes.Cuando decimos circunstancias nos
estamos refiriendo al cmulo de otras cuestiones que tambin
intervienen en el suelo de un individuo y que terminan por
modificar el valor bsico que hablbamos, como ser: la percepcin de
comisiones por ventas, bonificaciones, pagos de horas extra por
trabajar en das feriados o de descanso, plus por trabajo nocturno,
entre otras condiciones.Entonces, si alguien por contrato cobra un
sueldo bsico de $ 2.500 por mes, siempre, pase lo que pase y
obviamente cumpliendo conforme con su presencia y horario de
trabajo, deber percibir tal suma al final o comienzo de cada mes.
En tanto, si el individuo realiz en su empleo horas extra durante
varios fines de semana del mes y adems lleg a horario todos los das
del mes con lo cual cumpli la condicin para recibir el premio por
presentismo que entrega la empresa en la cual se desempea, su
sueldo bsico, que como dijimos es de $ 2.500 se ver incrementado en
funcin de los valores establecidos por realizar actividades que se
consideran extras.Cabe destacarse que los trabajadores emplean sus
sueldos para satisfacer, en principio, sus necesidades bsicas y las
de su familia y en caso que el mismo se los permita tambin para
adquirir aquellas cuestiones materiales que le dan placer.Existen
varios sinnimos para la palabra sueldo, aunque, el ms extendido es
el desalario.
Desde Definicion
ABC:http://www.definicionabc.com/general/sueldo-basico.php#ixzz3Q3sDKS6v
SalarioPara antigua moneda, vaseSueldo (moneda).
Evolucin del salario y el desempleo enLituania(2001-2009). La
relacin entre salario ydesempleoes inversa, elpleno
empleocontribuye a la mejora generalizada de salarios,condiciones
de trabajo,consumoydemanda agregada; cifras altas
dedesempleosuponen el empeoramiento de salarios as como del resto
de indicadores.12Elsalario3(tambin
llamadosueldo,4soldada5oestipendio6) es la suma dedineroy
otrospagos en especieque recibe de forma peridica untrabajadorde
suempleadorpor untiempo de trabajodeterminado o por la realizacin
de una tarea especfica o fabricacin de un producto determinado. El
pago puede ser mensual, semanal o diario en cuyo caso recibe el
nombre dejornal, del trminojornada.7ndice[ocultar] 1Etimologa
2Salario y condiciones de trabajo 2.1El salario digno como uno de
los derechos humanos 2.2Igualdad salarial 3Salario mnimo y salario
mximo 3.1Salario mnimo 3.2Salario mximo 4Salario y trabajo 4.1Teora
del valor-trabajo 4.1.1La teora del valor-trabajo en la economa
poltica clsica 4.1.2La teora del valor-trabajo en Marx 4.2Evolucin
histrica de la productividad y renta per cpita 5Salario base,
salario nominal, salario real y salario social 5.1Nmina 6Vase
tambin 7Referencias 8Enlaces externosEtimologa[editar]
Anotacin de salarios diarios sellados por un alto
funcionario,Ur, antigua ciudad del sur deMesopotamia.Salarioderiva
dellatnsalarium, que significa 'pago desal' o 'por sal'. El trmino
proviene del antiguoimperio romano, donde muchas veces se hacan
pagos a lossoldadoscon sal, la cual vala su peso enoro, dado que la
sal en la Antigedad era una de las pocas maneras que se tena de
conservar la carne, es decir, ponindola en salazn.Salario y
condiciones de trabajo[editar]El salario es una contraprestacin que
recibe el trabajador a cambio del trabajo realizado para un
empleador, la cuanta se establece en elcontrato de trabajo. El
salario se recibe principalmente endinero, si bien puede contar con
una parte enespecieevaluable en trminos monetarios. Siempre debe
existir una remuneracin en dinero, la retribucin en especie es
necesariamente adicional.El salario digno como uno de los derechos
humanos[editar]Derechos econmicos, sociales y culturalesArtculo
principal:Derechos econmicos, sociales y culturalesLosDerechos
econmicosse consideranDerechos humanos:,8elPacto Internacional de
Derechos Econmicos, Sociales y Culturales(PIDESC) de 1966 establece
en su artculo 7 que los trabajadores tendrn:Artculo 7PIDESC. Los
Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda
persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y
satisfactorias que le aseguren en especial:a) Una remuneracin que
proporcione como mnimo a todos los trabajadores:i)Un salario
equitativoe igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de
ninguna especie; en particular, debe asegurarse a las mujeres
condiciones de trabajo no inferiores a las de los hombres, con
salario igual por trabajo igual;ii)Condiciones de existencia
dignaspara ellos y para sus familias conforme a las disposiciones
del presente Pacto;b) La seguridad y la higiene en el trabajo;c)
Igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su
trabajo, a la categora superior que les corresponda, sin ms
consideraciones que los factores de tiempo de servicio y
capacidad;d) El descanso, el disfrute del tiempo libre, la
limitacin razonable de las horas de trabajo y las vacaciones
peridicas pagadas, as como la remuneracin de los das festivos.9La
remuneracin salarial y su incremento es uno de los aspectos de
lascondiciones de trabajoque ms directamente ha sido reivindicado
por los trabajadores. LaOrganizacin Internacional del Trabajo
(OIT)ha luchado constantemente por establecer normas que garanticen
y protejan el derecho de los trabajadores a percibir un salario
justo. Segn la Constitucin de laOIT(1919) "la garanta de un salario
vital adecuado" es uno de los objetivos cuya consecucin es ms
urgente.Los salarios representan algo muy diferente para
trabajadores y empleadores. Para estos ltimos, aparte de ser un
elemento del costo, es un medio que permite motivar a los
trabajadores. En cambio, para los trabajadores representa el nivel
de vida que pueden tener, un incentivo para adquirir calificaciones
y, por ltimo, una fuente de satisfaccin frente al trabajo
realizado. Lanegociacin colectivaen la empresa o en el sector y un
dilogo social tripartito en el plano nacional son las mejores vas
para determinar el nivel de los salarios y resolver conflictos
potenciales.Igualdad salarial[editar]Artculo principal:Igualdad
salarialLaigualdad salarialhace referencial al concepto segn el
cual los individuos que realizantrabajossimilares (o trabajos con
la mismaproductividad) deben recibir la mismaremuneracin, sin
importar elsexo,raza,orientacin sexual,nacionalidad,religino
cualquier otra categora. Para ello, se parte del principio
deigualdad ante la ley. La igualdad salarial viene establecida en
el Artculo 7 dePacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales
y Culturalesrecoge la igualdad salarial. El22 de febrerose celebra
elDa Europeo por la Igualdad Salarial. La discriminacin salarial
afecta de manera importante a lamujertrabajadora. El salario
promedio de lasmujeressolo alcanza al 72-88% del promedio salarial
de loshombres, considerando variables tales como educacin, edad,
posicin y cargo. Asimismo, es ms probable que las mujeres queden
estancadas en trabajos de menor paga y estabilidad.10Salario mnimo
y salario mximo[editar]Salario mnimo[editar]Artculo
principal:Salario mnimoElsalario mnimoes laremuneracinmnima
establecidalegalmenteen un pas o territorio para cada periodo
laboral (hora,daomes), que losempleadoresdeben pagar a
sustrabajadorespor sus labores. Fue establecido por primera vez
enAustraliayNueva Zelandaen elsiglo XIX.11Salario
mximo[editar]Artculo principal:Salario mximoElsalario mximoo
retribucin mxima, en relacin con el salario y elsalario mnimo, es
la retribucin mxima legal que puede recibir untrabajador por cuenta
ajenay, en su caso, un representante poltico, un miembro de un
gobierno, un inversor, un directivo o ejecutivo empresarial, un
financiero e incluso un empresario. En algunas legislaciones se
establece el lmite o tope salarial para cotizar en los sistemas
pblicos de seguridad social (desempleo, pensiones). En los ltimos
aos, con la aparicin de laGran Recesinhan surgido reivindicaciones
de un lmite salarial, salario mximo, o retribucin mxima que
realizan economistas, sindicatos, partidos polticos de izquierda e
incluso desde proyectos econmicos como laEconoma del bien comn. La
cuanta del salario mnimo se utiliza para establecer elsalario
mximo.121314Salario y trabajo[editar]El salario es el precio pagado
por eltrabajo. Los salarios son todos aquellos pagos que compensan
a los individuos por el tiempo y el esfuerzo dedicado a la
produccin de bienes y servicios. Estos pagos incluyen no slo los
ingresos porhora,daosemanatrabajada de los trabajadores manuales,
sino tambin los ingresos, semanales, mensuales o anuales de los
profesionales y los gestores de las empresas. A los ingresos
regulares pactados en losconvenios colectivoshay que sumarles las
primas y laspagas extraordinarias, las primas por
riesgo,nocturnidad, ndice depeligrosidadu horas extraordinarias, as
como los honorarios de los profesionales liberales y la parte de
los ingresos percibidos por los propietarios de negocios como
compensacin por el tiempo dedicado a su negocio.Teora del
valor-trabajo[editar]Artculo principal:Teora del
valor-trabajoLateora del valor-trabajo(TVL, tambinteora laboral del
valor) es una teora que considera que elvalorde un bien o servicio
depende de la cantidad detrabajoque lleva incorporado.La teora del
valor-trabajo en la economa poltica clsica[editar]Adam
Smithconsideraba que el trabajo era la calidad de medida exacta
para cuantificar el valor. Para l, el valor era la cantidad de
trabajo que uno poda recibir a cambio de su mercanca. Los bienes
podan aumentar de valor, pero lo que siempre permanece invariable
es el trabajo. Esta teora original tena algunos problemas: 1) en el
mercado no se puede saber cunto trabajo incorporado tiene una
mercanca 2) si el trabajo es la fuente de valor de las mercancas,
cuando mejore el valor el obrero debera ser el que se vea
beneficiado -cosa que no ocurra-. Para poder explicar los conceptos
de beneficio y renta desarroll una segunda teora denominadaTeora de
los costes de produccin.David Ricardodesarroll una teora del
valor-trabajo incorporado en su obraPrincipios de economa poltica y
tributacin(1817). Continuando a Smith, adopta la primera de sus dos
teoras del valor y trata de explicar cmo funciona el beneficio en
la sociedad capitalista, adems, critica la definicin que este daba
sobre el patrn invariable que era el trabajo. El valor del trabajo,
explica, tambin varia. Segn lo expuesto por Adam Smith, las
mercancas varan de valor pero el trabajo no, siendo el trabajo
desgaste de energa, el aumento o reduccin de costos de bienes de
subsistencia, demandaran ms trabajo para poder satisfacer las
necesidades.La teora del valor-trabajo en Marx[editar]La teora del
valor-trabajo deKarl Marxes distinta a la clsica. Su definicin se
encuentra en su obraEl Capital, y sera parte de la base fundamental
para entender elmodo de produccin capitalista. Para Marx la teora
del valor-trabajo es histrica y social -no permanente
histricamente-. Solo se aplicara a las economas mercantiles -la
economa capitalista es un tipo de economa mercantil, por lo cual
tambin se aplica a ella. Para Marx el trabajo no es 'valor' por
naturaleza, es lo que produce valor exclusivamente por la
organizacin social en el cual es empleado. Una caracterstica
intrnseca del trabajo es producir, crear, transformar, pero el
hecho de que el valor de las mercancas se mida por el tiempo de
trabajo empleado en ellas se debe a la estructura social y
lasrelaciones sociales de produccindelcapitalismo.Evolucin histrica
de la productividad y renta per cpita[editar]Vanse
tambin:Productividad,Crecimiento econmico,Reduccin de la jornada
laboralyPIB.Tabla 1 - Evolucin de la productividad y relacin con
las horas de trabajo por ao y persona en elReino
Unido(1785-2000)15
AoPoblacinPoblacinocupadaHorastrabajadoraoHorastrabajadorsemana16Horastrabajadorda17Productividadhora
de trabajo(dlares 1990)PIB percpita(dlares 1990)
1785126810004915000300062111.291505
1820198320006884000300062111.691756
1870293120001228500029846110.92.643297
19134262200018566000262453104.405032
1950503630002240000019584087.866847
20005867000027200000148930628.7119817
Laproductividadse define como la relacin entre la cantidad de
productos obtenida por un sistema productivo y los recursos
utilizados para obtener dicha produccin.18El aumento de
laproductividadest asociado alcrecimiento econmico, si bien
losrendimientos decrecientesafectan de manera significativa al uso
de lamano de obra, tanto en su nmero -poblacin empleada- como en su
dedicacin -jornada de trabajo-.19En este contexto el salario no
solamente tiene una relacin directa con el valor del trabajo sino
con elconsumoy por tanto con lademanda agregada..Histricamente el
aumento de la productividad es el que ha permitido lareduccin de la
jornada de trabajoante un requerimiento menor de mano de obra y la
necesidad de aumentar elconsumoy lademandamediante el incremento de
salarios para dar salida a losexcedentes. En pases exportadores de
materias primas, habitualmente con baja productividad, se renuncia
a la productividad a cambio de ms poblacin; en pases
industrializados se consigue una alta productividad con escasa mano
de obra lo que promueve institucional e individualmente un
mayorcontrol del aumento de la poblacin.20El aumento de la
productividad es consecuencia deldesarrollode latecnologa, del
aumento del denominadocapital fsicoy la mejora delcapital
humano:mecanizacin,industrializacin, implantacin detecnologas de la
informacin y la comunicacin; de la mejora en la gestin derecursos
humanos; del aumento de la cualificacin profesional y
laformacindetrabajadoresas como de la implantacin delsistema de
gestin de la calidady la intensificacin delcapitalque reducen la
necesidad de mano de obra intensiva.212223Joseph Stiglitzconsidera
que un aumento en las horas trabajadas como resultado
delcrecimiento demogrficoque no redunde en un aumento de la
productividad impactar en el nivel de vida debido a que la mayor
renta no tendr un valor real de consumo por la menor cantidad de
bienes o servicios producidos, segn la frmula (i de crec. de
Produccin = i de aum. de horas trabajadas + i de aum. de
productividad). En ese sentido, en un contexto de productividad
superior, para mantener niveles de crecimiento de la produccin
total en valores de equilibrio, es necesario reducir la jornada,
por cuanto resulta econmicamente innecesario sobrepasar dichos
niveles de crecimiento estable, en concordancia con una tendencia
aldesarrollo sostenible, y en un contexto deestancamiento
demogrfico.24Salario base, salario nominal, salario real y salario
social[editar]Se denominasalario basea la parte fija de la
remuneracin de lostrabajadores, sobre dicha base se suelen calculan
las remuneraciones adicionales o al salario base se suman otros
complementos salariales, antigedad -trienios-, peligrosidad,
productividad, comisiones, etc.7Elsalario nominales el salario
expresado segn el valor del dinero en un momento dado, sin hacer
referencia alguna al nivel de precios.7Elsalario reales el salario
teniendo en cuenta la capacidad adquisitiva del salario nominal en
relacin con salarios anteriores, normalmente referidos a otros
aos.7Elsalario sociales el que se recibe de la administracin cuando
se est sin trabajo y se tienen un mnimo nivel econmico o muy bajos
ingresos o nulos ingresos. Se trata de una prestacin econmica
peridica que garantiza, a las personas que carecen de recursos
econmicos suficientes para cubrir sus necesidades bsicas, el
complemento de sus ingresos hasta unos lmites que en cada caso son
calculados segn el tamao de la unidad econmica de convivencia
independiente.Es conveniente no confundir elsalario socialcon
larenta bsica universalque recibiran todos los
ciudadanos.Nmina[editar]Artculo principal:NminaEs el documento que
se utiliza para contabilizar el valorbrutoynetodevengado por cada
empleado, donde se reflejan los diferentes apartados que
constituyen el salario de cada trabajador. Constituye un documento
oficial, y en el impreso de nmina deben figurar todos los datos
fiscales de la empresa y del trabajador. Cada empleado debe recibir
no solamente su cheque de pago, su ingreso bancario o en dinero en
efectivo, sino tambin el documento de nmina que muestre el valor
bruto devengado, las deducciones y el pago neto.Existen pasos
fundamentales que son comunes en la mayora de las organizaciones.
Uno de esos pasos, que se ejecuta al final de cada perodo de pago,
consiste en la preparacin de la nmina, debe mostrar los nombres y
remuneraciones de todos los trabajadores. La informacin que se
incluye en ese registro denominado nmina consiste en el salario
autorizado para cada trabajador y el nmero de horas trabajadas,
tomadas de las tarjetas de tiempo o de documentos similares. Despus
de separar las horas ordinarias (estructurales) de las
extraordinarias (no estructurales), y de aplicar las tarifas
apropiadas para cada categora laboral existentes, se tiene el total
del salario devengado. La retencin en la fuente, el aporte al
seguro social, el impuesto de la renta de las personas fsicas, y
cualquier otra deduccin (anticipo, prstamo, etc) autorizada por el
trabajador se registran minorando luego del valor devengado para
obtener el valor neto a pagar.
SALARIOEs toda retribucin que percibeel hombreacambiode
unservicioque ha prestado con sutrabajo.Segn elCdigoLaboral Artculo
227"La remuneracin sea cual fuere su denominacin omtododeclculoque
pueda evaluarse en efectivo, debida por un empleador a un
trabajador en virtud de losserviciosu obras que este haya efectuado
o debe efectuar, de acuerdo con lo estipulado en elContratode
Trabajo."DIFERENCIA ENTRESALARIOY SUELDOSALARIO Se paga porhora o
por da, aunque se liquide semanalmente, se aplica mas bien a
trabajosmanualeso de taller.SUELDO Se paga pormes o por quincenaya
sea por trabajosintelectuales, Administrativos, deSupervisino
deOficina.CLASES DESALARIOS:POR EL MEDIO UTILIZADO PARA EL PAGOA.
Salario en Moneda: Son los que se pagan en moneda de curso legal,
es decir, los que se pagan endinero(Guaranes)B. Salario en Especie
(30%): Es el que se paga enproductos, servicios, habitacin, etc.
Sobre este aspecto el Cdigo Laboral en su Art. 231 determina que
"el pago podr hacerse parcial y excepcionalmente en especie hasta
30% (treinta por ciento), siempre que estasprestacionessean
apropiadas al usopersonaldel trabajador y de sufamilia, excedan en
beneficio de los mismos y que se les atribuya de una forma justa y
razonable".C. Pago Mixto: Es el que se paga una parte en moneda y
otra en especie.POR SU CAPACIDAD ADQUISITIVAA. Salario Nominal:
Representa elvolumende dinero asignado en contrato individual por
el cargo ocupado. En unaeconomainflacionaria, si el salario nominal
no es actualizado peridicamente, sufreerosin(no puede soportar
todas las necesidades del trabajador).B. Salario Real: Representa
la cantidad debienesque el empleado puede adquirir con aquel
volumen de dinero y corresponde alpoderadquisitivo, es decir, el
poder de compra o la cantidad de productos o servicios que puede
adquirir con el salario. De este modo, la sola reposicin
delvalorreal no significa aumento salarial: "El salario nominal es
alterado para proporcionar salario real equivalente en el
anterior", de aqu proviene la distincin entre reajuste del salario
(reposicin del salario real) y el aumento real del salario
(crecimiento del salario real).POR SU CAPACIDAD SATISFACTORIAA.
Individual: Es el que basta para satisfacer las necesidades del
trabajador.B. Familiar: Es el que requiere la sustentacin dela
familiadel trabajador.POR SU LIMITEA. B. Salario Mnimo: Segn el
cdigo laboral (ART 249): aquel suficiente para satisfacer las
necesidades normales de la vida del trabajador consistente en:
Alimentacin Habitacin Vestuario Transporte Previsin Cultura y
recreaciones honestas.A. Salario Mximo: Es el salario mas alto que
permite a lasempresasa unaproduccincosteable.POR RAZON DE QUIEN
PRODUCEEL TRABAJOO RECIBE EL SALARIOA. Salario Personal: Es el que
produce quien sustenta la familia, normalmente el padre.B. Salario
Colectivo: Es el que se produce entre varios miembros de la familia
que sin gravedaopuedan colaborar a sostenerla, como por ejemplo: el
padre, lamadrey los hermanos mayores de 16 aos.C. De Equipo: Es el
que se paga en bloque a ungrupode trabajo, quedando a criterio de
este equipo ladistribucinde los salarios entre s.POR LA FORMA DE
PAGOA. Por Unidad deTiempo: Es aquel que solo toma en cuenta el
tiempo en que el trabajador pone sufuerzade trabajo a disposicin
del patrn.B. Por unidad deObra. : Es cuando el trabajo se computa
de acuerdo al nmero de unidades producidasIMPORTANCIA DE LOS
SALARIOSEl salario constituye el centro de las relaciones de
intercambio entre las personas y lasorganizaciones. Todas las
personas dentro de las organizaciones ofrecen su tiempo y su fuerza
y a cambio reciben dinero, lo cual representa el intercambio de una
equivalencia entrederechosy responsabilidades reciprocas entre el
empleado y el empleador. El salario para las personas los salarios
representan una de las complejas transacciones, ya que cuando
unapersonaacepta un cargo, se compromete a una rutina diaria, a un
patrn de actividades y una amplia gama de relaciones
interpersonales dentro de unaorganizacin, por lo cual recibe un
salario. As, a cambio de este elemento simblico intercambiable,EL
DINERO, elhombrees capaz de empear gran parte de s mismo, de su
esfuerzo y de su vida. El salario para las organizaciones, para las
organizaciones los salarios son a la vez uncostoy unainversin.
Costo, Porque los salarios se reflejan en el costo delproductoo del
servicio final. Inversin, porque representa aplicacin de dinero en
un factor de produccin. El trabajo como un intento por conseguir un
retorno mayor.La participacin de los salarios en el valor del
producto depende, obviamente del ramo de actividad de la
organizacin. Cuanto ms automatizada sea la produccin
(tecnologadecapitalintensiva), menor ser la participacin de los
salarios y loscostosde produccin. En cualquiera de estos dos casos,
los salarios siempre representan parala empresaun respetable
volumen de dinero que debe ser muy bien administrado. EL SALARIO
PARA LASOCIEDAD: Es el medio de subsistir de una gran parte de
lapoblacin. Siempre la mayor parte de la poblacin vive del salario.
EL SALARIO PARA LAESTRUCTURAECONOMICA DEL PAIS: Siendo el salario,
elemento esencial del contrato de trabajo, y siendo el contrato de
trabajo uno de los ejes de la economa actual, condiciona a la
estructura misma de la sociedad.Con el fin de atraer y retener el
personal necesario para la organizacin, los empleadores deben
considerar que la compensacin ofrecida es la ms equitativa posible,
con relacin a los conocimientos y experiencias al servicio de
laempresa.ESTRUCTURA DE LOS SALARIOSEs aquella parte dela
administracinde personal que estudia losprincipiosytcnicaspara
lograr que la remuneracin global que recibe el trabajador sea
adecuada a la importancia de: Su puesto Sueficienciapersonal Las
necesidades del empleado Las posibilidades de laempresaASPECTOS QUE
INCIDEN EN LA FIJACIN DE LOS SALARIOS El puesto: una de las razones
bsicas para que existan diferencias en el monto del salario, es con
relacin a la importancia del puesto. Es evidente que la remuneracin
debe estar en proporcin directa a: Trabajo igual, salario igual. La
eficiencia: es justo tomar en cuanto la forma como el puesto se
desempea, ya que varios individuos no las hacen con la misma
eficiencia, el mismo trabajo.La eficiencia se aplica a travs de:1.
Incentivos y aumento de salarios2. Calificacin de meritos3. Normas
de rendimiento4. Ascensos y promociones Necesidades del trabajador:
Se refieren a lajusticiaconmutativa y a la justicia social, no se
puede desconocer la realidad social. Posibilidades de la Empresa:A.
Participacin de Utilidades: Estimula la eficiencia de los
trabajadores.B. Las prestaciones que la empresa ofrece sea: Las
gratificaciones, jubilaciones, habitacin, cafetera. Se dan cuando
las posibilidades de la empresa permiten.LAS RETENCIONES Y
DEDUCCIONESEl empleador no podr deducir, retener o compensar suma
alguna que rebaje el importe de los salarios, sino por los
conceptos siguientes: Indemnizacin de perdidas o daos en los
equipos, productos, instrumentos, mercaderas, maquinarias e
instalaciones del empleador, causadas por culpa o dolo del
trabajador. Cuotas destinadas alsegurosocial obligatorio. Anticipo
de salario hecho por el empleador. Pago de cuotas sindicales y
decooperativas, previa autorizacin escrita del trabajador. Orden
deautoridadcompetente para cubrirobligacioneslegales del
trabajador.Es el conjunto de elementos que conforman los salarios
de acuerdo a las disposiciones impuestas por el cdigo
laboral.BENEFICIOSSALARIOS POR DIAS TRABAJADOS (ART. 230):El
salario puede pagarse por unidad de tiempo (mes, quincena, semana,
da, u hora); por unidad de obra (pieza, tarea o a destajo); y por
comisiones sobre lasventaso cobros por cuenta del empleador.DE LA
REMUNERACIN A JORNALEn ningn caso la remuneracin a jornal ser
inferior a la divisin del salario mnimo mensual por 26 das.DEL
SALARIO DE MENORES ART. 126El salario mnimo inicial no ser inferior
al 60% conforme a la jornada de trabajo.Si el menor de 18 aos
realiza un trabajo de igualnaturaleza, duracin yeficacia, que otros
trabajadores mayores, en la misma actividad, tendr derecho a
percibir el salario mnimo igual.SALARIO PERSONALDOMESTICOART. 151La
retribucin en dinero no podr ser inferior al 40% del salario mnimo,
vigente en el lugar.DURACION MAXIMA DE LAS JORNADASDIURNO Art.
194Duracin mxima de 8 hs. Diarias y 48 semanales.NOCTURNO Art.
194Duracin mxima de 7 hs. Diarias y 42 semanales.MIXTA Art.
196Duracin es de 7, 12 horas diarias o 45 hs. Semanales. Se pagara
conforme a su duracin dentro del respectivo periodo diurno y
nocturno.INSALUBRE Art. 198Duracin mxima ser de 6 hs. Diarias y 36
semanales.Nota: la condicin de insalubridad o no, debe ser
especifica por la Dir. Gral. DeHigieney Salubridad del Min. DeSalud
Publicay Bienestar Social.MENORES Art. 123 y 197Duracin mxima para
mayores de 15 pero menores de 18 aos: 6 hs. Diarias y 36 hs.
Semanales;Duracin mxima para menores de 12 aos: 4 hs. diarias y 24
hs. semanales.Duracin mxima para menores que asisten a las
escuelas, la jornada se reduce a 2 hs. diarias. (Ver Art. 121, 122
GUIA Nro. 16).HORAS EXTRAORDINARIAS (ART 234): Las horas
extraordinarias de labor sern pagadas con un 50% (cincuenta por
ciento) por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada
ordinaria.El trabajo nocturno ser pagado con un 30% (treinta por
ciento) sobre salario ordinario fijado para el trabajo diurno.Las
horas extraordinarias nocturnas sern pagadas con recargo del 100%
(cien por cien) sobre el salario hora ordinario nocturno.Las horas
trabajadas en das feriados sern pagadas con recargo del 100% %
(cien por cien) sobre el salario hora ordinario de da
hbil.ASIGNACIN FAMILIAR (ART. 261): Todo trabajador tiene derecho a
percibir una asignacin del 5% del salario mnimo por cada hijo
matrimonial, extramatrimonial o adoptivo.(ART 262) La asignacin
familiar ser pagada siempre que el hijo este en las siguientes
condiciones:A. Que sea menor de 17 aos cumplidos y sin limitacin de
edad para el totalmente discapacitado fsico o mental.B. Que se
halle bajo la patria potestad del trabajadorC. Que su crianza
yeducacinsea a expensas de beneficiariosD. Que resida en Territorio
NacionalNOTA: El derecho se extingue cuando desaparecen los
requisitos y cuando el salario del trabajador supere el 200% del
mnimo legal. Es inembargable.1. SOLICITUD DEL TRABAJADOR (ART
264)Se requiere solicitud del trabajador, acompaando la
siguienteinformacin: informacin de los hijos menores Certificadode
nacimiento Certificado de vida y residenciaAGUINALDO (ART.243):
Queda establecida una remuneracin anual complementaria o aguinaldo,
equivalente a la doceava parte de lasremuneracionesdevengadas
durante el ao calendario a favor del trabajador en
todoconcepto(salario, horas extraordinarias, comisiones, u otras),
la que ser abonada antes del 31 de diciembre, o en el momento en
que termine la relacin laboral si ello ocurre antes de esa poca del
ao. AGUINALDO PROPORCIONAL (Art. 244): cuando un trabajador deje el
servicio del un empleador, sea por su propia voluntad o por haber
sido despedido, percibir adems de las indemnizaciones que le
correspondieran, la parte proporcional del aguinaldo devengado
hasta el momento de dejar el servicio. LASVACACIONES(Art. 218):
todo trabajador tiene derecho a un periodo de vacaciones
remuneradas despus de cada ao de trabajo continuo al servicio del
mismo empleador, cuya duracin mnima ser:Para trabajadores
de:Cantidad de Das Hbiles Corridos
Desde 1 Hasta 5 aos de antigedad12
Entre 5 y 10 aos de antigedad18
Ms de 10 aos de antigedad30
VACACIONES DE MENORESLos menores de 18 aos gozaran de vacaciones
anuales pagadas no inferior a 30 das hbiles corridos.DESCANSOY
VACACIONES DE PERSONAL DOMESTICODe comn acuerdo podrn trabajar en
das feriados, pero gozan de un descanso de: De 12 hs diarias (con
retiro) De 10 hs para descanso y 2 hs para comidas (sin retiro)
Vacaciones anuales remuneradas (Art. 218)DE LOS DESCANSOS
LEGALESTodo trabajador tendr derecho a 1 (un) da de descanso
semanal que normalmente ser el domingo.Las vacaciones comenzarn el
da lunes o el siguiente da hbil si aqul fuese feriado.El hecho de
la continuidad del trabajo se determina de acuerdo con lo que
dispone el (Art. 92, inciso c) de este Cdigo.Ser absolutamente nula
la clusula del contrato que tienda a interrumpir la continuidad de
los servicios prestados o por prestarse. LASEGURIDADSOCIAL (Art.
382):el estadocon aportes y contribuciones propios y de empleadores
y trabajadores, amparar, por medio de unsistemadesegurossociales, a
los trabajadores contra losriesgosdecarctergeneral, y especialmente
los derivados del trabajo.INCENTIVOSSon pagos hechos porla
organizacina sus trabajadores (salarios, premios, beneficios
sociales, oportunidades de progreso, estabilidad en el cargo,
supervisin abierta, elogios, etc.), a cambio de contribuciones,
cada incentivo tiene un valor deutilidadque es subjetivo, ya que
vara de unindividuoa otro; lo que es til para un individuo puede
ser intil para otro. Losincentivosse llaman tambin alicientes,
recompensas o estmulos.ADMINISTRACION DE SALARIOSCONCEPTO:
laadministracinde los salarios es la parte deadministracin de
personalque estudia los principios y tcnicas para lograr que la
remuneracin global que recibe el trabajador, sea adecuada a la
importancia de su puesto, a su eficiencia personal, a sus
necesidades a las posibilidades de la empresa.En una organizacin,
cadafuncino cada cargo tiene su valor. Slo se puede remunerar con
justicia yequidada los ocupantes de un cargo si se conoce el valor
de ese cargo con relacin a los dems y tambin a la situacin
delmercado. Como la organizacin es un conjunto integrado de cargos
en diferentes niveles jerrquicos y en diferentes sectores de
especialidad, laadministracinde salarios es un asunto que abarca la
organizacin como un todo, y repercute en todos sus niveles y
sectores.Es el conjunto denormasyprocedimientostendientes a
establecer o mantenerestructurasde salarios equitativos y justos en
la organizacin. Esta estructura de salarios deber ser equitativa y
justa con relacin a: Los salarios con respecto a los dems cargos de
la propia organizacin, buscndose entonces elequilibriointerno de
estos salarios. Los salarios con respecto a los mismos cargos de
otras empresas que actan en el mercado de trabajo, buscndose
entonces el equilibrio externo de los salarios.EVALUACION Y
CLASIFICACION DE CARGOSLaevaluacinde cargos es un trmino genrico
que abarca varias tcnicas mediante las cuales se aplican criterios
comunes de comparacin de cargos para conseguir una estructuralgica,
equitativa, justa y aceptable de cargos.Elprocesode analizar y
comparar el contenido de los cargos, con el fin de colocarlos en un
orden de clases, que sirvan de base para un sistema de remuneracin.
Inclusive, es simplemente una tcnica proyectada para asesorar
eldesarrollode una nueva estructura de salarios que defina las
correlaciones entre los cargos sobre una base consistente y
sistemtica.En sentido estricto, la evaluacin de cargos intenta
determinar la posicin relativa de cada cargo con los dems: las
diferencias significativas entre los diversos cargos se colocan en
una base comparativa con el fin de permitir una distribucin
equitativa de los salarios dentro de una organizacin, para
neutralizar cualquier arbitrariedad.MERCADO SALARIALLa
administracin de salarios intenta no solo obtener el equilibrio
interno de salarios en la organizacin, sino tambin obtener el
equilibrio externo de salarios con relacin al mercado de trabajo.De
esta manera, antes de definir la estructura salarial de la empresa,
es conveniente analizar los salarios de lacomunidad. Para esto la
empresa podr: Utilizarinvestigacioneshechas por empresas en las
cuales haya participado. Utilizar investigaciones hechas por
empresas especializadas. Promover su propiainvestigacinsalarial.La
implementacin de una investigacin de salarios debe tener en cuenta:
Cuales son los cargos investigados (cargos de referencia) Cuales
son las compaas participantes. Cual es la poca de investigacin.La
investigacin de salarios puede hacerse por medio de: Cuestionarios.
Visitas a empresas. Reuniones con especialistas en salarios.
Llamadas telefnicas entre especialistas en salarios.DEL DESPIDO DEL
EMPLEADO1. PLAZO DEL PREAVISO (ART. 87)a. Cumplido el periodo de
prueba hasta 1 (un) ao de servicio30 das
De 1 Hasta 5 aos de antigedad45 das
De 5 hasta 10 aos de antigedad60 das
De Mas de 10 aos de antigedad90 das
1. El empleador que no haya dado el preaviso o lo diese sin
ajustarse a los requisitos legales, queda obligado a pagar al
trabajador una cantidad equivalente a su salario durante el termino
del preaviso.NOTA: En caso de que el trabajador no diese el
preaviso, deber pagar a su empleador una cantidad equivalente a la
mitad de lo previsto.PRUEBA: El preaviso podr efectuarse por
cualquier medio, para la notificacin se probara por escrito.2.
REQUISITOS DEL PREAVISO (ART. 88-90)3. DESPIDO INJUSTIFICADO (ART.
91)En caso de despido sin justa causa dispuesto por el empleador,
mediando o no el preaviso, se debe abonar al trabajador una
indemnizacin equivalente a 15 das por cada ao de servicios o
fraccin superior a 6 meses.BASE PARA CALCULO:Promedio de salarios
devengados los ltimos 6 meses que tenga vigencia el contrato o
fraccin de tiempo menor, si no se hubiese ajustado dicho
plazo.MODELO PAGO DE SUELDOSCiudad del Este,.......... de
......................................... de............Recibi de
la Empresa ......................... la suma de G.
............................. guaranies, que corresponde del ......
al ..... de .................... de ............ por los siguientes
conceptos:1) SUELDOS S.B:
............................................... das trabajados G
.........................2) HORAS EXTRAORDINARIAS ART. 234........
Horas extraordinarias Diurnas G .................................
Horas extraordinarias Nocturnas G .........................
........ Horas extraordinarias Domingos/ Feriados G
................................. Horas extraordinarias Feriados
Nocturnas G .........................3. (-) Retencion IPS 9% s/
.................... G .........................(-) Descuentos
Judiciales, vales, anticipos,etc. G
.........................SUB-TOTAL G .........................4. A
DEDUCIR5. ASIGNACION FAMILIAR ART. 261.. Nmeros de hijos G
.........................LIQUIDO A PERCIBIR G
.........................Firma del Empleador Firma del
TrabajadorNombres y Apellidos Nombres y ApellidosMODELO LIQUIDACIN
FINAL POR RENUNCIA VOLUNTARIACiudad del Este,.......... de
......................................... de............Recib de la
Empresa ......................... la suma de G.
............................ (.. guaranes), por los siguientes
conceptos:1) SUELDOS........ das trabajados G
.........................2) PREAVISO ART. 234Equivalentes a .....
das G .........................3) VACACIONES ART. 218-221...... das
(segn antigedad) G ............................... das
(proporcional) G .........................4) A DEDUCIR(-) Retencion
IPS 9% s/ .................... G .........................(-)
Descuentos Judiciales, vales, anticipos,etc. G
.........................SUB-TOTAL G .........................5)
ASIGNACION FAMILIAR ART. 261.. Nmeros de hijos G
.........................6) AGUINALDO ART. 243/4 G
.........................Total percibido en el ao dividido la
doceava parteLIQUIDO A PERCIBIR G .........................Firma
del Empleador Firma del TrabajadorNombres y Apellidos Nombres y
ApellidosMODELO LIQUIDACIN FINAL POR VOLUNTAD DEL EMPLEADORCiudad
del Este,.......... de .........................................
de............Recib de la Empresa ......................... la suma
de G. ............................ (.. guaranes), por los
siguientes conceptos:1) SUELDOS........ das trabajados G
.........................2) PREAVISO ART. 234Equivalentes a .....
das G .........................3) INDEMNIZACIN ART. 91Equivalentes
a ...... das G .........................4) VACACIONES ART.
218-221...... das (segn antigedad) G
............................... das (proporcional) G
.........................5) A DEDUCIR(-) Retencion IPS 9% s/
.................... G .........................(-) Descuentos
Judiciales, vales, anticipos,etc. G
.........................SUB-TOTAL G .........................6)
ASIGNACION FAMILIAR ART. 261.. Nmeros de hijos G
.........................7) AGUINALDO ART. 243/4 G
.........................Total percibido en el ao dividido la
doceava parteLIQUIDO A PERCIBIR G .........................Firma
del Empleador Firma del TrabajadorNombres y Apellidos Nombres y
ApellidosCLASES DE SALARIO Y SUELDOMENORES Art.123 y 197Duracin
mxima para mayores de 15 pero menores de 18 aos: 6 hs. Diarias y 36
hs. Semanales;
Duracin mxima para menores de12 aos4 hs. diarias y 24 hs.
semanales.
Duracin mxima para menores que asisten a las escuelasla jornada
se reduce a 2 hs. diarias. Art. 121-122
HORAS EXTRAORDINARIAS (ART 234):Las horas extraordinarias de
labor sern pagadas con un 50% (cincuenta por ciento) por lo menos,
sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.
EL TRABAJO NOCTURNOser pagado con un 30% (treinta por ciento)
sobre salario ordinario fijado para el trabajo diurno.
LAS HORAS EXTRAORDINARIAS NOCTURNASsern pagadas con recargo del
100% (cien por cien) sobre el salario hora ordinario nocturno.
LAS HORAS TRABAJADAS EN DAS FERIADOSsern pagadas con recargo del
100% % (cien por cien) sobre el salario hora ordinario de da
hbil.
Ejemplo:Una persona que gana Gs. 1000 por hora, en horario
ordinario:HORAS EXTRAORDINARIAS1000 x 1.50 = 1500 x hora
EL TRABAJO NOCTURNO1000 x 1.30 = 1300 x hora
LAS HORAS EXTRAORDINARIAS NOCTURNAS1300 x 2 = 2600 x hora
LAS HORAS TRABAJADAS EN DAS FERIADOS1000 x 2 = 2000 x hora
FORMULAS PARA CALCULAR LAS HORAS EXTRAS SOBRE EL SUELDO
BASICO:HORAS EXTRAORDINARIASS.B./ 240 x 1,5 x Hs (1)
EL TRABAJO NOCTURNOS.B./ 240 x 1,3 x Hs (1)
LAS HORAS EXTRAORDINARIAS NOCTURNASS.B./ 240 x 1,3x 2x Hs
(1)
LAS HORAS TRABAJADAS EN DAS FERIADOSS.B./ 240 x2x Hs (1)
ASIGNACIN FAMILIAR (ART. 261):Todo trabajador tiene derecho a
percibir una asignacin del 5% del salario mnimo por cada hijo
matrimonial, extramatrimonial o adoptivo.La asignacin familiar ser
pagada siempre que el hijo este en las siguientes condiciones:Que
sea menor de 17 aos cumplidos y sin limitacin de edad para el
totalmente discapacitado fsico o mental.Que se halle bajo la patria
potestad del trabajadorQue su crianza y educacin sea a expensas de
beneficiariosQue resida en Territorio NacionalNOTA: El derecho se
extingue cuando desaparecen los requisitos y cuando el salario del
trabajador supere el 200% del mnimo legal. Es inembargable.1.
SOLICITUD DEL TRABAJADOR (ART 264)Se requiere solicitud del
trabajador, acompaando la siguiente informacin: informacin de los
hijos menores Certificado de nacimiento Certificado de vida y
residenciaAGUINALDO (ART.243): Queda establecida una remuneracin
anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de
las remuneraciones devengadas durante el ao calendario a favor del
trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias,
comisiones, u otras), la que ser abonada antes del 31 de diciembre,
o en el momento en que termine la relacin laboral si ello ocurre
antes de esa poca del ao. AGUINALDO PROPORCIONAL (Art. 244): cuando
un trabajador deje el servicio del un empleador, sea por su propia
voluntad o por haber sido despedido, percibir adems de las
indemnizaciones que le correspondieran, la parte proporcional del
aguinaldo devengado hasta el momento de dejar el servicio.EMBARGOS
DE SALARIO Y AGUINALDO ART. 2451 EL AGUINALDO ES INEMBARGABLE2 EL
SUELDO PODRA SER EMBARGADO DENTRO DE LOS SIGUIENTES LIMITES: hasta
50 % para pensiones alimenticias establecidas por ley hasta 40 %
para pagar habitacin, articulos alimenticios adquiridos por el
trabajador, o sus familiares que vivan y dependan econmicamente de
el hasta un 25 % en los demas casosEMBARGOS ACUMULATIVOS ART. 245En
caso de embargos acumulativos, el monto de estos no podra pasar en
ningun caso el 50% del salario basico percibido por el
trabajador
Leer
ms:http://www.monografias.com/trabajos11/salartp/salartp.shtml#ixzz3Q3tWAjtQ