LA DEFENSORIA DEL PUEBLO • Yuriko Ingrid Luzví Espino Joo
LA DEFENSORIA DEL PUEBLO
• Yuriko Ingrid Luzví Espino Joo
¿QUÉ ES LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO?
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¿CUÁNDO INTERVIENE
?
2Niños, niñas y
adolescentesMujeresPersonas con discapa
cidadPueblos indígenasPersonas afectadas p
or la violenciaPersonas privadas de
libertadPersonas que viven co
n VIH/SidaPensionistasMigrantesVida, integridad y libe
rtad personalSaludEducaciónServicios públicos y tr
ansporte
MunicipalidadesDescentralización Medio ambienteConflictos socialesSeguridad ciudadanaDiscriminaciónAcceso a la justiciaPrevención de la corr
upciónTransparencia y acce
so a la información pública
Identidad
¿QUIÉNES PUEDEN
ACCEDER AL SERVICIO?
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LAMBAYEQUEOficina Defensorial de LambayequeDirección : Av. Andrés Avelino Cáceres Nº 475, Urb. Santa Victoria (Chiclayo)Teléfono : 074-274051 / 074-209649Representante : Julio Hidalgo ReyesEmail : [email protected]
Toda persona en forma individual o colectiva puede hacer llegar su caso a la Defensoría del Pueblo. No importa su edad, nacionalidad, sexo, situación personal o cualquier otra circunstancia.
¿EN QUÉ CASOS NO
INTERVIENE LA
DEFENSORÍA?
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Para influir en la decisión judicial respecto de causas sometidas a un proceso de cualquier índole
Para modificar decisiones de las instituciones públicas cuando los ciudadanos no han hecho uso de los recursos impugnativos en los plazos previstos, es decir, no suspende o prorroga plazos legales previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo General y en los TUPA de las instituciones.
No anulamos o modificamos las decisiones de las empresas prestadoras de servicios domiciliaros (agua y desagüe, luz y telefonía) cuando sus decisiones están debidamente motivadas y fundamentadas de acuerdo al consumo efectuado.
No postergamos ni cancelamos la ejecución de medidas judiciales como embargos, lanzamientos, desalojos.
No gestionamos citas con funcionarios públicos para las audiencias con los ciudadanos; los funcionarios de la Defensoría sostienen entrevistas sólo en el marco de las casos calificados como quejas o petitorios.
No nos pronunciamos ni intervenimos en asuntos de carácter político-partidario.
No intervenimos en la defensa legal de causas que cuentan con el patrocinio de abogados o estudios jurídicos, particularmente en aquellos casos que no tengan restricciones para utilizar los mecanismos legales para su defensa y cuentan con el debido proceso.