,. VISTO: DECRETO w 7632 SAN LUIS, 12 de Octubre de 2015. -MGJyC-2015.- El EXD-0000-1 001 0404/15 actuaciones mediante las cuales -se tramita el pago de los subsidios correspondientes a la impresión de boletas de sufragio y la publicidad electoral en los medios de comunicación no oficiales, conforme a lo dispuesto por los Arts. 14 0 y 15 0 de la Ley N° XI-0838-2013 y Decreto N° 3855-MGJyC-2015; y, CONSIDERANDO: Que en acts. Nros. DOCEXT 97309/15 y 97311/15 la Secretaria Electoral Provincial, remitió al Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto la información correspondiente a los Partidos Políticos y/o Alianzas electorales, indicando las listas de candidatos de los mismos y los cargos electivos para los cuales han sido oficializadas por las Juntas Electorales Partidarias en el marco de la convocatoria a elecciones generales efectuada por Decreto N° 3254-MGJyC-2015 y de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 14 0 Y 15 0 de la Ley N° XI-0838-2013 y Decreto N° 3855-MGJyC-2015, acompañando la cantidad de electores de cada circuito electoral de la Provincia y en act. DOCEXT 97632/15 obra copia de Sentencia Interlocutoria N° 52/15, de fecha 06 de octubre de 2015, mediante la cual se deja sin efecto la oficialización de los candidatos de la agrupación política Movimiento Libres del Sur; Que en acts. DOCEXT 97337/15 y 97644/15 obran planillas donde se detalla la distribución de los montos por Partido Politico y/o Alianza; Que por act. PTPREC 46369/15 obra Planilla de Solicitud de Transferencias de Créditos Presu'puestarios debidamente conformada por autoridad competente; Que por act. INFORM 113111/15, toma intervención la Oficina Presupuesto Público, considerando que el presente caso debe encuaárarse en las disposiciones de los Artículos 9° y 10 0 de la Ley VIII-0253-2014; Que en acts. INFOR 66334/15 y 66494/15 obra intervención de la Oficina Legal del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto quien manifiesta que corresponde encuadrar el caso en lo previsto por los Arts. 14°.y 15 0 de la Ley N° XI-0838-2013, Arts. 14° inc c) y 15° inc b) del anexo del Decreto Reglamentario N° 3855-MGJyC-2015, Arts. 9 0 Y 10 0 de la Ley N° VIII-0253-2014, Art. 50 de la Ley N° VI 11-0256-2004 y Art. 3 0 del Acuerdo N° 83-TC- 2002; Que en act. NOTAMP 204519/15 obra informe de Contaduría General de la Provincia de donde surge que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la modificación presupuestaria propuesta, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art. 1° del Decreto N° 8-MHyOP-2015 y autorice el otorgamiento de los subsidios, con cargo a rendir cuenta ,documentada ante la Contaduría General de los fondos a otorgar, conforme a lo solicitado y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y Art. 3° del Acuerdo N° 83-TC-2002; Que en act. DICFIS 33541/15 obra dictamen de Fiscalía de Estado, surgiendo que no tiene objecíones legales que formular; Por ello y en uso de sus atribuciones