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SUBSECRETARiA DE GESnON
PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL. __..DIRECCIDN GENERAL DE
SECR~l;¡"" Di';.¡¡¡;::c.. A!",~IE~TE IMPACTO YRIESGO AMBIENTAL y
R¡CUISX. '!."¡U~ALES
S.G.P.A.JOGiIRNOGl'2131101~~0;' ;;';;,; ~i!~ Ililltl&u
U~IQUÜU1.\~~ M811CO,O.F.,A 1~ SET.2007
\llm\;l:I\1Il'OSIl~R~L¡)r:IMnclO 1'0>' •., .... ~
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SUBSECRETARíA DE GEsnÓN
PARA LA PROTECCIóN AMBIENTAL-_. DIRECCION GENERAL DE
r'Fl",_"""","'" IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL ,,,,-, '''"
'"U,,,,
S.G.P.AJDGlRAIDG/2131107
Que ePltr1l otras funciones, en la fracciÓ\'1 11 del Articulo 27
del Reglamento Interior de la SEMARNAT se e61eblece la airibUCi6n
de le Dirección General de Impaclo y Riesgo Ambiantal (DGIRA) para
eVillLJElI y resolver las manilestaciones da impacto ambiental y
los esllldíos de riesgo de las obras y acbvidades compelencia de la
Federación y expedir. cuando proceda, las autorizaciones para su
realizacioo.
Que en cumplimiento a las disposiciones de los Artículos 2a y 30
de la LGEEPA anles invocados, IEl empresa PEMEX &plonlcl6n y
ProdUCCión sometió a le evaluación de la SEPAARNAT a través de la
DGIRA, La Menifestaci6n de Impacto Ambiemal, moóalidad Particular
(MIA-P), y el &;Iudio de Ri"sgo AmbienlBJ, (ERA), pera el
pIO','ecto "LfiW8 de descarga de 8"".4+613.00 km. de Pozo Tejón 101
El cabezal Balería Puerto Caibll" a desarrollarse en le RancherillS
las Rores 2da y 3ra. Sacd6n, Municipio Ce Paraíso, Eatado de
Tabesco.
Que alendiel1do a kJ dispuesto por la misme LGEEPA en su
Articulo J5 primer párralo respecto a que, una vez presentada la
mallifeslación de impacto amblema!. la DGIRA iniciará el
procedimienlo de evaluación, para lo clJlll revisará que la
solicilud se ajusle a las rorml!Jidadas previslas en dicha
Ll;>y, su Reglamento en Materia de Evaluación dl;> Impacto
Ambient(li y Las Normas Oficiales Me)\Ícanas aplicables y que. una
vez evaluada la manifestación de impaclo ambiental, la Secralaria
de Madio Ambienle y Recul"3os Naturales a travo!!s de BU DGIRA
emitirá, debidamenle fundada y motivada, la resoluciórl
correspondiente.
De otra parta, toda vez que ásle procedimienlo se ajusta" lo qua
dispone la fracción I del ArtícukJ :3 de la Ley Fedaral de
Procedimiento Adminislretivo (LFPA) en lo rel"tivo a que es
axpedido por el órgano edmir1islralivo competente, lo cllel quede
en avidencia considerando tas disp::lSiciones del ArticOJlo 19 del
Reglamento Intarior dala Sacretarra da Medio Ambienle y Recul"3os
Nalureles a través del cual se establec8l1 las atribuciones
genéricas de los Directores Genereles de le Sl:!Cretaria y en lo
particular la fracci6n XXIII del mismo que dispone que 106
Direclores Generales podrán Buscribir los documentos ralativos al
ejen:icio de sus alribuclones y aquallos que les sean $E!l'ialados
por delegación, encomienda o les corraspondan por suplencia. Que en
el mismo senlido el Artículo Z7 del Reglamelllo en comen lo,
estaDIece las ailibuciones de la Dirección GeneraJ de Impaclo y
Riesgo Ambiental y que en Sll Iracción 11 dispone la etribución
pera evaluar y resolver las mani/eslaciones de impecto amtliental y
esludio$ de riesgo.
Con los \;neamientos antes citados y una vel analizad" y
evaluada MIA-P y el ERA, por parte de la DGIRA del proy!!clo
"Lfn&ll de descarga de &~ " 1: 4+673.00 km. de Pozo Tajón
101 a C.bezal Baterla Puerto Calba" promOvido por la emprasa PEMEX
Exploración y Ptoducción qua para los ll'fl:!Ctos del presente
resolutivo, serán identificados corno al Proyec:to y la Promovenle
respaetivemente, y
"Lft>ea de Daorl" PuOrItJ C6/I>!I"
PEI.IEX ExpIo"ldón r l"l1:IdI-c:dón PtI{¡itJa 2 de 24
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SUBSECRETARiA DE GESnÓN
PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL.--_._- -_ .. DIRECCIDN GENERAL
DE
,""U.''''·'' """,at¡¡a ¡jo 8" {J ~ 4+673.00 km (le POlO Tajdn
10/ " c..beml Baf\lrlo"
PEhlEX E"lI~Y Pltl
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SUBSECRETARíA DE QESnÓN PARA LA PRO-rECCIÓN AMBIENTAL-
._DIAECCION GENERAL DE
.""••Hm oc ,,,n'.' ""'lOo,·,., 'C ",-'uso, '. ,fn ".,., IMPACTO
Y RIESGO AMBIENTAL
S.G.P.AJDGIRJlIDGI2131107
IUlmm oom¡ilJeradas \Jn la opinión lécnica qU\J remitieran a
ésta UnilJalJ Adm.,islraUva.
VII. Qut:! ~I oa de agosto de 2007, con tlese en lo esUpulado en
los Artículos 35 Bis de la LGEEPA y 22 de su RElA ésta DG1RA
sollciló a la PrornovenhJ inlormación aclicion¡¡1 para al Proyecto,
e través del ofiao S.G.P.A./DGIAAlDESElf0995107.
VIII. Que el31 de agoslo di:! 2007, a través di:! su oticb
numero SSIPAG-GDSC-1117·2007. d\J led1a 30 de a[l0610 de 2007, la
Promo~e preserlló la irllDm'laeiórl 8r:f,cíDJ"la1 para el
Pn:Iyecto.
IX. Que el 03 de septiembre de 2007, fue reclbKlo. en ésta DGIRA
el ollcic número SEDAFOP/sSPADS'055CV2'007, del 28 de agoslo de
2007, con el cual la Sut>secretari8 de Protección Ambi8ntal y
Deearrolfo Sustentable del Gobi\Jmo def Estado de Tebasco. mmiti6 a
~sta DGIRA su opini6n tóeniea Oon rCllpc
-
18'26'00872" 1~· :161>1 ,214· la·25'59.521·
eoo."'ld...... 18'26"1ll.1B1"
"'", 03&145.3$
2,03ll,148,1~1
2,03ll,006.131 2,03ll.QIJ,669
P.I· 1 P,I'2 PJ.(J
1'wiIoa"'~ Punlo "" 1...10.
SUBSECRETARíA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCICN AMBIENTAL
~----------.__ . DIRECCION GENERAL DE
S"~""," ,,' "'DJO .,"0'"'''' , "n:R;.n'·... '.~,,_j" IMPACTO Y
RIESGO AMBIENTAL
S.G.P.AJOOIRAJDGI2131f07
natlJrales I>usceptibles dI:! apwpiación. con objelo de
cuidar su conservación, el desarrollo !:lQuihtnado del pafs y el
mejoramiento de las condiciones de vida. en lodo lo que se refiere
a la preservación y reslauración Del equilibrio ecológico, para
ev~ar la dastrucel6n de los elementos nalurales y los daños que I.a
propiedad puede slJlrir en pe~ulcio de la. sociedad,
U. Oue una ve;¡: integrado el e)(pedijenle de la MJA-P del
Proyeeto, liJe puesto a disposición del público conforme a \0
indicado en el Resultando 11I del presente rasolutivo. COll el lin
de garantizar el derecho de le participaciÓfl social dentro dal
procedimienlo de e~aluación de impacto ambiental, conform8 e lo
eslablecido en kls Artlculol> 34 de la lGEEPA y 40 dI! su
REIA.
/ 111. Que el momerrtD oe elaborar la presente resoluci(ln. ésta
DG1RA no hiJ recibido solic~uaes de consulta pUblica, reuniófl de
información, ql,Jlljas, denuncias o manifeslaGión alguna por pacte
de algún miembro de la. socieoad. dependencia de gobiemo u
organismo no gubernamental relerenfes al Proyecto.
2. CAAACTERISTlCAS DEL PROYECTO.
IV. Que coninrme a lO menilestado por la. Promovente en la MlA-P
y el ERA, el Proyecto consis~rá en la inslalación de una linea de
descarga de El" de diámetro por una longilud de 4.673 km, con el
objlrtivo de \ransportal la producción de hiDrocarburos Desde al
po2o Tajón 101 a Cabe:ml Barsria Puerto Ceiba.
v. De acuerda a lo manilestado por la Promovente la superficie
lotal que será afeclada por la reeli:mci60 del Proyecto iJerá de
46, 730 m' (4.673 ha).
Las coordenadas extremas del Proyecto, son las que 1>8
mencionan a continuación:
• U1'III ,
Las coonlenadas De 101) puntos de inlleJÚ6n del Proyecto. se
mencionar. a conUnueción:
"L!fIiM de Dso:ca.~ de 8' (!J x 44813.00 km de Pnzo Ta*, 101 JI
Cabezal Bal Geit>Jl'
~ME)(~ Y 1"1011I-o
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SUBSECRETARíA DE GESllÓN !,AAA LA PROTECCiÓN AMBIENJA~ DIRECCION
GENERAL DE
>r, , l, "_O.~ 93'16'23005" PI- 16" ,r07,64li,6;2
18'25'(7,5OB' 93'1~'5G 169" P.I-35 473,7~J94 2,037,64401 l!1"4 ISO"
PJ.;j\I 473,753.116 2,037,62:/,51 lEr25'46.923' 93'14'5-\71:!" .~
473,759.18 2,O3761~_45 1!1"25'46661' 00"14'5-\,510P.I-41 ~73,1IO!j
09 2,03/,384Zl 1~'~5'J9177' 93" (4'o\iI5-lli"
"'~ 473,911.03 ~,r07,37li,19 1~"25'38.915' 93" 14-491>43'
P.I-43 473,1l18_0$ ?,037,689.11 lIr2ó'38.ElIl5' 93'l~'49,102" .~
~73,92e,09 2.037,363. 13 111"~5'38,491" 93'14'411.829'" P.I 4J;
~r.l,9O-< \IIi ¡,0::l7,3SIl.3e ,~" ;I,!l6 l~'25'38.22ti'
93'l~·4B.lllIl" P.I...¡7 473,95-1.08 2.037,052,96 18"25'38.16 l'
93"14'47174' P,I-46 ~73,964,(JS 2,037,352.40 1!1" 25'3Il, 144"
!l3"14'47,534"
"U""" ~ Des;a/¡p de 8"0" 4+67300 11m ~ Pozo Tajdn 101 .. ~I
!jalOOa Puerro c..bJ"
PEMEX bq¡/oIaclM y PIQdur;cIÓ/1 ~6
-
·"U"T.\RI."" '.W~'.' ".',"" " ,w:'_'''~ ,.... " ,,,,'
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN
"_A_"_A_LA PROTECCiÓN AMBIJ:~.T~A~L DIRECCION GENERAL DE
IMPACTO Y RIESGO AMBIEJ'{fÁL
S,G.P.AJDG1RAlDGl2131107
PJ-49 \74,067.62 ~,037,354,24 11I"25'3li200' ll:l'I4'44,04'
P.HiO ~N,m9'3 2,037,356,20 11I'25'313.2111' 'l:l"14'$.7W P.~51
474,303El1 2,037,354.42 \Il'25'3S2119" 'l:l'14'3595Q' PI-52
474,313,711 2,007,357,67 18' 25''Je.3:) 1' 93"14'35,813" P,I-:>J
474,323.14 ~,037,361.1S 1S"2ó'3ll445'" 93'14':l5.~" PI-5ol
474,331.44 2,037,36lI. 7~ 1S'25'386.."7" 93'14'35.011" PJ-65
474,338.23 2,037.014.09 18'25'3a,!166' 93"'4·".í'll0" P.~$
\74,343.14 2,037,3S~.fl() 111'25'3'1.150" lI:r \4'54 a r3" P,H,7
~7~,:l45.91 2,037,392,010 18"25'39.4(;2'" 1l3'1"34.519" ,~ ~1l.3M00
2,037,501.86 16"2S'~025' !lJ'1":l$.1lO6' P.l-S9 411,:l6/í,J7
2.001,511.58 18'2S~.J41" 113'14'3li827"
c-- P.I-&l 474.370.06 2,037,520-87 18"25'4:),64:1"
93'14'33.702'" PI-1l1 474,375,05 2,O31.52!l,53 18'25'43.925'
93°14'3:).532' PJ-1l2 474,3151.22 2,037.53HO 111"25'44.182" 93"
14'33,322" PJ-6J 414,366.45 2,037,544.30 18"2S'44.40r
'l:l'i,4';'45nT 93'14'3/1.002" PI-Q 474,51157 2,(137.595 ó4
1S'25'4S083' W'14'28,813" PI....9 474,527.97 2,037,óll111
18"25'46.268' 93' 14'28,522" PJ·70 lH,5-4Q.05 2,031,603,77
1!r'25'4S.348" 1/3' \.'~7,911" P.~71 414,6I:fi211 2,037,1309.47
W25'46-53r OO"14'25,5ll5" P1-72 474,621,00 2,007,604.016
18"25'46,374" W"14'25. T2ll' P 1·73 474.041.29 2,037,56725
1a'2S4'.ie1," 93'14':14.458"
Punto_ 474,t;45.32 2.037,544.32 18"25·44.41J" 9)'14'24.319-"
3, DE LA OPINiÓN SOLICITADA A LA SUBSECRETARíA DE PROTECCiÓN
AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL GOBIERNO DEL ESTACO DE
TABASCO. SE DESPRENDE LO SIGUIENTE:
"Hago referencia al oficio Número S,G-P.A./DGIRAlDESEI10896!07
de fecha 02 de Julio det 2007 Y recibido por está dependencia el
día 25 de julio del presenle año, donde solicita opinión técnica dB
la Manilestación de Impacto Ambiental, modalldild Particular dfll
proyecto °Línea de Descarga de 8' de diámetro X 4+67300 km. Dei
Pozo Tajón 101 a CabeZBI Batería PUf/rlo Ceiba" localizado en las
RaChearías 2do y 3ra sección de Municipio de Pareíso, Tabasco, el
cual es promovido por la Empresa PEMEX Exploración y
producción".
"Al respecto me permito hacerle de su conocimienlv que despu{¡s
de I.a reVisión y análisis de la Manifestación de ImPfJClo
Ambiental Modalidad Particular, me permilo a ¡¡sted infórmalelo
siguienre:
·u..... de Descatpll de ~·O~ 4..Bi"3.00km do> PozrJ T~ 101 n
Caber-ol Barería Pu'ilrlo 0!Iba'
PEMEJ( E~ión Y Pro
-
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL DIRECCION
GENERAL DE
".-.."."', c'< "mlü ,,,,,,,,,,, , .rO' "V,'" ''''l''''l">
IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL
S.G.P.A../DGII;lAlDGr'2131!0'7
"1. Oue de acuerdo al Programa de Ordenamiento Ecológico l1el
Eslaoo l1e Tabasco, pub!icaoo ell1ra 20 de l1iciembre de 2006 en el
~ri6dico del Gobierno l1el Eslaoo, considera la lJbic;a(;J'ón del
proyeclo "Línea l1e Descarga de 8" O JI 4+673.00 Ifm del POZD Tajón
101 a Cabezal Baterra Puet10 Celba", localizado an la rancherías
2do y 3ra sección del Municipio de Paralso, Tabasco, se encuenlra
IKI una zona de íXJIIsarvación, qued
-
SUBSECRETARIA DE GESTiÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL
DIRECCION GENERAL DE 'l' .'" '"" De ."""0) .',."",, "
"'.", ",,)tllíJl BBmna Puerto CrJ/ba-
PEMEX E.o:p/onláJ y P_ ///J
P~~Bde2~
-
SUBSECRETARfA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL ~ .
DIRECCION GENERAL DE
SlE'."._ \L".'l',!," .""="L'''''""",, ,,,,., IMPACTO Y RIESGO
AMBIEPfI"Al
S.G.¡:I.A.lDGI~131JrTl
proyecto de referencis no Be ubi@ en ninguno de estos
sUlJUGStos. ya Que áé acuerdo 8 la zona solicitada por 18 Región
Sur de PEMéX Expl¡xación y ProducCiótl, en el Programa de
Ordenamiento Ecológico dei Estado de Taoosco (POEET) se aulorizó el
uso del polígono (correspondiente a las coordenadas anexas par~
pronta referencia), CQ(t1palibJe5 (sic) a la actividad en le que
aplican los crilerÍG$ ecoIóg(;Vs AP-2, AP-3, AP-4, AP-5 Y Ap-5 que
lueroo Girtlaos en la página 1V/3 del Capitulo IV del Manifiesto
sometido el ProcfJ(jimienlo '1e Eveluación de ImpaclO Ambienlel,
que e Ja letra dice:'
•..para esJa lipo de ~flIJ ~e dtl/ermind U,¡
-
-" .."',.""'.,-, '.... ,''' .. ' '."·cee""."""'· "_1"
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN
PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL-_.. DIRECCION GENERAL DE IMPACTO Y
RIESGO AMBIENTAL
S.G.P.A.IOGIFlAlDGo'2131107
y Posgrado ¡jtl la misma Uni~ersidad, en dO/1¡je inlorma al Ing.
Héctor E ()(;~o¡¡ López Gerente de PEt.4EX ~orElci6n y Producción,
Que "en al9nóoo a su ofICio SSIPACP-GDSC·I105Z007, aneJ(O al
prfJsenfe le envio un impreso de la forografía aár9a de la ~ona
sollCiraaa, con los daros de infraeslrUClura petrolera que
aparflCen en el modelo de ordenamiento del Estado de Tabasco
aflCretado el mes de aiciambre del 2006 que en su caso corresponden
a "Infraeslructura perroier¡¡ El Taíón". Dlena información formó
perle de lo entregado por PEMEX a demanda del comiM técniCO para
ser incluido en el programa de Ordenamiento ElXJlÓ{1ial del Estado
de TabasCO elaborado por el los (SK:) inves~"gadOfBs de la División
Académica da CienCias BioIdgícas de la Universidad. Cabe recordar
que la escala a la que se elaboró el ordenami8nlo es 1:50000".
A¡jamás de in(XIrporar un plano a escala 1'6000 (XIn titulo Zona
sohcitada parEl la Unell de Oescalga del PQjlo Taión 101 a Cabezal
General Batería Pueno ceiba.
COmo consecuencia da lo anlerior, ésta OGIRA re'Oisó el POEET
Ql,e fue p¡Jblicado en el Periódial Oficial del Gobiemo libre y
SOberano oel Estado 0'1 Tabasco el 20 ds diciembre de 2006, con el
fin de ~errriCElf lo manifestado por la Promovetlte, sin ambargo no
jue encontrEloa ninguna inlorm.ación que parmitiera corroborar lo
citado por la Promovent&.
Por otra pane, oentro de la misma respuesta la PrOlTlOvente
eslablece que lo criterios AP2, AP3, AP4, APS Y AP6, fueron citados
en la página IVI3 oel Cilp~ulo IV de la MIA-P, transcribiendo lo
¡;iguiente:
•...para es/e tipo de -lOna se aBterrmna un aptOvec!la.menlo
sustentable lXJndicionado para acwJdsdes pe/roIeras. la cual debe
00 regirse por los siguientes criterios ecológicos para es/a
actividad, las cuaJes se menciorlan a conlinuacioo·
Al respecto, caba señalar que si bien eSlableci6 que es una zona
con aprovechamiento sustentable y condlc>onada para actividades
patroleras, as relevante destar.er que 86te párrafo deriva
inlcialmenle da lo manife5tado por la Promovent& en la página
N/2 de le IolIA·P en su segundo párrafo en la cual delinió que de
acuerdo a la zondicaciÓllluncional propueslo por el POEET, el silío
donde se ubicará la linea de descarga es una zona de uso eKlensivo
con predominancia de especies arbórea5', por lo que en estricto
ardan de ideas, con la alirmación que ree'iza la Promoverrte en la
información adicional citando el párralo oe la pagina 1V/3 de la
....A-P estaría establecienoo que el Proyecto se ubicarla dentro
del POEET en la zona de manejo elltensivo, (XIn polit:iGa de
aprovechamiento suslentable, con vOCación de uso de SUlllO
predominanta agropecuario, con actividades (XIndicionadas como la
petrolera a la cual le ap'rican los crilarios ecológicos AP2, AP3,
AP4, AP5 'f
\..- 'UnM "" DescII'V" "" 8·fJJ(~.fnookm"" Pe=> T8J6n 10' a
~,.-&.,;, - """" '(1l"-.. , PEMEX &p/f;)ff1CKJn Jo'
P,:ILCCidn
Pllgina 11 de 2414
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SUBSECRETARIA DE GESnÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL DIRECCION
GENERAL DE
S".'-'" '." '. ,~ ",." '.; ."" le.' :-, y "-' """S" ," , ',' ,.,
IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL
S.G.P.A..JDGIR,AIDG/2131f07
AP6. no ODs\anle ésta DGIRA con el uso dal SIG con el qua cuenta
georrelerenció la5 coordenada5 UTM' presentad~$ por la Promovenle
en la información complementarla sa detecto que de acuerdo a la
zonificación luncional que prevé el POEET, se detecto que el
Proyecto se ubicará en una zona de conservación con una política ae
conservación y en donde la aclivldad pelmlera está condicionada
bajo los criterios ecológicos AP1, APZ. AP4, AP5 Y AP6, destacando
el criterio AP1 el cual define: "Queda prohibido el
fOstablecimiento de nueva infraestructura petrolera en las ro~s de
conservación v restringido en las zonas dB reslauracjón.
amortiguamiento y manejo racionar. lo antes citado e5 coincidente
oon la opinión técnica emilida por la Subsecretaria de ProteccJoo
Ambiental y Dssarrollo Sustentable del Gobierno del Estado de
Tabasco, la cual establece:
"Que de acu9tt!0 al Programa de Ordenamiento Ecológico del
Estado de Tabasco, publicf/.drJ el dra 20 d¡¡ diciembre de 2006 en
al periódico del Gobiemo del Esl8do, considera la uOicackin del
proYE!r-lo "Línea de Descarga de 8" 0 )( 4+67300 km del Pom Tajón
101 a Ca~l!tJ1 Bateo'a Puelfo CeJl!a", locaNzado en la
rancherif/.s2do y 3ra secciÓll del Municipio de Paraíso, Tabasco,
se encuentra en una ZDni1 de C()/lsetVacídn, quedando sujeta a /o
flslablecido en Jos crfferios de orrJeni1miento ecológico: AP1
(queda prohibido "i establecimiento de nueva infraestruclura
petrolera en las zonas de conseNi1ción, y reslringido en ias zonas
da r6stauración, emomguamienlO y manejo raciOfli1I)".
"Por lo anterior, no es procedente la eurorizaciÓfl soJicili1da
por el p{(Jf1l(Nenle. de acuen:io a lo esteblecido en el Programa
de Oroenamiento Ecológico del ESlildo ck Tabasco'.
Finalmenle y en relación ~ lO qUil menciona la Promovenle con
respecto a que una vez contando con el orden6miento obluVO la
autori:lación por pana de la Universidad Juárez Autónoma de
Tabasco. institución encaraada en la elabOración del POEET. de
contar con un poliaono para el dE!sarrollo de lil actividad
P'Jtrolera que se encuentra instalada V planBilda para este sitio,
de \o antenor resulla relevante aclarar que de acuerdo al decreto
del POEET, para la elabOración dal mismo se formó un ''Comité
Técnico ElItatllll de Ordenamiento EGOlógico de TabeBGO". compuesto
por Dependencras federales, anlre ellas la SEMAANAT, Dependencias
Estatales, Camaras de Diputados, Autoridades Municipales,
Orgenismos Públicos Descentralizados, Cámaras de COmercio,
Asociaciones Civiles, Cola¡)ios e Instiluciones Educativas, entre
las que se eOC'Jentra la Universidad Juárllz Autónoma
'ZOrla lS. DATUM NAO 27
"UII
-
SUBSECRETARíA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL ~----
DIRECCION GENERAL DE _ce ""',"'., r" "" ,.. ",",e,'" IMPACTO Y
RIESGO AMBIE"ITAL '.'=cU.''''. '..'" k_".,
S.G.P.A.IOOIRA/DGfl131/07
de Tabasco y en Su conjunto el Comité lue el encargado del
"n~isis y delimitación de las lonas que integlsn el '·i'nodelo
\:lit: ordenamllt:nto ecológíco" decretado para el Estado de
Tabasco, lo amss se b,us en los considerandos SEXTO y SÉPTIMO del
decreto del POEET.
SEXTO.- Que de conformidad con la Ley de Protecr:ión AmJ:lisntal
del ~tar1o, corresponde al Titular del Poder Ejoclltivo a través de
la S8Gretarfa de Desarrollo SocJaI y Protección del Medio Ambiente,
formular el Programa de Qrdflnamienlo Ecológico del Estado, por lo
que atsndiendo s dicha disposición, el 19 de noViembre de 2005, se
hizo publicación del Aviso del inicio de elabor¡¡,ción del Programa
de Ordenamisnlo Ecológioo del ESlBdo
S~PTlMO - Qus de conlormidad con la Ley de Protecr:;oo
AmJ:lien'al ) del Estado, la Socrelaria de Desarrolio SociaJ y
Prolecr:ión del Msdio Ambienls, con\'O(;ó la participacr6tl de los
sec10rBS social, pti~ado, inslfl¡x:ÍOnes académicas, grupos y
organilaciones sociales legalmente oonstiruidas, integrando al
efecto al 17 oe agosto del2Q05, el comit~ estalBl del ordensmienro
ocoIógico del Estado de Tabasco, y postariormenre ye elaborado, con
publicación de! 18 de rlOviembre del 2008, se dispuso ei citaoo
prD9,ema ai público en general, pa's su oonsulla Oel21 al 24 y
del27 BI30 de noviembre del2006.
Adicionalmente, es importante rssaltar lo Que sei'iala el
acuerdo Articulo 2 del decrsto del POEET, que astablece lo
slguioote:
Articulo 2.- La aplicación, conducciÓn e\lf!luacidn y
ejecUt:;iOn del programa de Ordenamiento ECf!fógico del Estado de
Tabasoo expedido con el pressnte ACUiltUo, compete el Ejecutivo
EslalBl, a través de la Secralaria de Desarrollo Sacial y
ProlfXCión del Medio AmlJJente
De tQdo lo anterior, se puede ooncluir que la PromoventB no
presentó les argumentos jurídicos que permilieran evidenciar ia
autorización obtenida por la Universidad Ju;irez Autónoma de
Tabasco, para contar con un polígono para el desarrollo de la
infraestruclura petrolera Que se encuentra instala\:la y planeada
para ese sitio, de iguül maners no $e encontró que el cilado
polígono haya si\:lo considerado dantro del decreto del POEET.
En relación a nuestra observación señaleda e~ el punto número 2
de la inlormación adicional en la cual se sef,aló lo sigu,enla:
·Linea d
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SUBSECRETARíA DE GESTiÓN
PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL DIRECCION GENERAL DE
,c,·,,'''''''."1 ,.w-·", """.'." '.",. ",', .,.",,,,., IMPACTO Y
RIESGO AMBIENTAL
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"De acuerdQ con 105 ins/rJmenlos normativos y de Dianeación, el
Proyecto de constrocción de linea de descarga de 8" 0)( 4+673.00 km
Jt> Pozo fiJjtiiJ 101 a GabeL11 Baler(e PlJtlrlo Ceiba, /l~tá
aCOtde con lBs Leyes, reglamBntoo y nolmas ofir;¡/l!es me",icanas
i1pIicables, además de que exisle el orrienamienlo ecológico
t-errilonal aplicable para el ,área de estudio.•
OBSERVACiÓN DE LA DCiIRA:
Si bien como fa meniliesta en su escrito SSIPAC-GOSC-1117·2007
del 30 de agosto de 2007, a través del cual ingresó la información
adicionel, de que la primerll versión de 111 MIA-P, lue ingresada
al PElA el 26 de octubre de 2006, migmo que lue negada la
aulorizaci6n solicitada mediante nuestro similer
S.G.P.AJDGIRA.OG!0875107 del Zl de abril de 2007. cab.. resaltarquB
la MIA-P, para 01 Proyecto que nos o~upa fue ingre$llda al PElA al
pasado 05 de junio de 2007, es o
?EME/( El:ploración y /i't~1ón ptgina 15 de N /
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SUBSECRETARIA DE GESTiÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL. __ .
D1RECCION GENERAL DE
·,n:·.C"'.'.I'·'-_'·" '''10 'TI '''''':1::''''''- "," IMPACTO Y
RIESGO AMBIENTAL
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lutura donde se previó la instalación de ia linea de descargll
de los pozos Tajón, tal Y como se indica en el Progrema de
Ordenamiento Ecológico del Estado d8 Tabasco.'
CONCL.USIÓN DE LA DGIRA:
Si bien la Promovent. 6enala que el áre
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SUBSECRETARIA DE GESTiÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL._-_..
DIRECC10N GENERAL DE
.oc, '" .'. '" .'''.''''. '''''''.' .., IMPACTO Y RIESGO
AMBIENTAL ,"'··'''b'··.' "l'.. '
S.G.P.AJDGIRNDGI2131/Q7
aprovechamiento de los recursos y a! mismo tiempo. establezca
las condiCiones para la preservación y el mejoramiento del estado
aClual de los mismas. cuyas categoriaa de manejo son: zr:¡na de
COfJ$€Irvac/ón, .lOna de amorJrguamienio, zonas de restauración,
zonas de maneJo I8CÍonal, zonas de uso extensivo, (subclases:
predominencia de espedes herbáceas y predominancia de especies
arbOreasj, zonas de uso irJ/ensivo,(su/xlases: predominancia de
especias herbtJceas y predominancia de especies arbóreas), zonas de
explotaci6n CDrJ estralegias de restauración y !.ls zonas de
infraestructura y asentamientos humanos; para cada una de eslas
ZO/JélS el POEET establece criterios ecológicos para las ecb~idades
preponderB1ltes en el Estado, ptX lo tanio 16 Promovente debera
identificar e paror de las cvordenades geográficas propotcionades
en la MtA-P, en que ca/egorfa de meneJO (zonas anteriormente
señalades), se ubicara ei Proyecto, a paror de Jo anterior y con
bese en las Tablas de VocaciÓll de Uso del Suelo del POEtrr, deberá
identificar la politice que le es aplicabie, el ripo de uso de
suelo predominante y si las ecli~idades del Proyecto esl8n
condidonades o bien 500 comp¡;o/ib/es o incompatibles. y en caso de
ser condicionadas indicer los cn1erios BCOfógicos que le sean
apiicebles. M
La Promovente respondi610 siguienle:
"DrI acuerdo a les coordenadas conienides en el Manifieslo de
Impaclo Ambienlal, some/idas al Procedimiento ds Evaluación de
Impacto Ambiental, la línea de descar{}fl se ubica en un area
considerada cvmo de Inlraestructura pl:Itrolera existente y
flI/¡¡ra para fe inslalaciÓrJ de la iinea de descarga mulffcilada.
A dicha zona 16 aplice los sigUientes criterios pare actividad
petrolera AP-2, AP-4, AP-S Y AP'6 Y los siguientes cvrre~pondientes
a infraestructura, INF-1, INF-3, INF4 e INF-22. Para esla zona el
POEIT no considero le políUca ni la ~oceción del uso de suelo.·
CONClUSIONES DE LA DGIRA:
La Promovente señara que la linea de descarga sa ubica en un
áreil oom¡iderada como de InrraestruchJril petrolera existente y
furura previ¡;ta para la instalación de la linea de descarga
rnulticilada, al respecto el POEET que fue decretado 2'0 de
diciembre de 2006 en el PeriódiCO OIicial der Esra!lo de Tabasco,
eslablace sólo 10 categorias de manejo que son: zona de
COflservación. de amortlguamienro, de resr;rurllci6n, de manejo
rllcjonal, de uso extensivo, (subclal¡es: preOOminllllCia7'
·('Ílea de o-arga di! e-OJ(4+673.00lrn de Pozo T,.¡dn IOla (7~
C8bslal BoIteria ~ ceR>!l'll. , Pe"" ""'""'*" "__,,,.P Pár,¡órJa
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SUBSECRETA.RíA DE GESTiÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL- ~.
DIAECCION GENERAL DE
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SUBSECRETARIA DE GESTiÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL
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D1RECCION GENERAL DE
IMPAGrO Y RIESGO AMBIEPfTAL
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·Fina/mente, y una vez realizado lo anferior, la PRlmownllr
deberá concluir si las obras y aclividades que pretende desarrollar
con el PRlyecto, garantiza el cumplimiento del POEET.
La Promo'l'l!nte respondió lo siguienle:
·Se concluye que las obras sometidas al procedimiento de impacto
ambiental, a /r:avés de la manilastacidn áe impacto ambiental,
modalidad Pat1icufar del proyecto "Construcción L.á.d de 8" e x
4+673 km. de Pozo r.-jón 101 8 CBbezal de Recolección Batsri"
PutII10 ~Iba" (sic), con clave de registro 27TA2007X0004, son
CXJmpalibles con la normelividad ...igenle y galanlizan el
cumplimiento áel POEET,"
CONC\.USIONES DE LA OOIRA:
En apego a lo establecido en el Artículo 35 segundo párrafo de
la L.GEEPA que a la letra dice:
~Para la autorimr;ijn de las oblas y aclivídedes e que se
refiere el ArticulO 28, la Secretaria se sujetará a /o qua
eslill:Jlezz:an los ordenamientos antes señaladl:lS, asi como los
programes de desarrollO uroano y de ordanamienlo 8COIógico del
territorio. las dBG/aratorias de áreas nalula/es protegidas y las
demás áisposici
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GENERAL DE
""'T.'''' '" "mi", ,,,,,,_'no ,- """_ K'U> .-.,n -, " ,-,
IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL
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medio ambienle; los Artículos de la Ley Geoeral del Equilibrio
ECQlóglco y la praleeción al Ambiente que se ellan a cOntinuación:
Articulo 31raCGiones XI, XIII. XVIi. XVIII, XIX, XX. XXIV, XXV,
XXVI Y XXVII; Articulo 4, que eslabla~ que la Federación ejercerá
sus atribuciones en materia de preservación ~ reslauración del
equilibrio ecológico y la plotección al ambiente, de conlOTmidEld
con la distribución da competancias previstas en dicho instrumento
jurídico y en otros ordenamienlos legales; Articulo 5 fracción 11,
el cual di5pone que es facultad de ia Federación la aplicación da
los Instrumentos de politica ambienlal previstos en dicha Ley, en
los términos en elia esleblecidos. a61 como la regulación de las
acciones para la preservación ~ reslauración del equilibrio
ecológico y la protección el ambiente que se realicen en bienes ~
:>'Onas de jUrisdicción federal; en la fracción VI, que
establees que es lacultad de la lederación la regulación y el
conlml de las actividades considerada5 como altamenle riesgosas,
...; en 1!lIracción X del mismo Articulo que dispone que es
lacultad de la Federación ia eYllluación del impacto ambiental de
las obras y actividades a que se reliere 111 Articulo 28 de ésta
Ley y, en su caso, la expedición de las autorizaciones
correspondientes; Articulo 15 Iracción I que indica que \OS
ecosistemas son patrimonio común de la l>OCieded,... , fracción
11 que eslablece que los ecosistemas y sus elementos deben ser
aprovechados de mllnera que se asegure una productividad óptima y
sostenida, compellbJe con su equilibrio e if'ltll'¡¡ridad, Iracción
UI qua establece que las autOlidedtis y los particulares deben
asumir la responsabilidad de le prolección del equilibrio
eoológico, Iracción IV que establece que quien realice obras o
actiVidades que afeclen o puedan efectar el ambíente, está obligado
a prevenir, minimizar o reparar los danos que cause, aSI como a
aSlll'l1ir los costo6 que dicha areclaciÓn implique..., fracción Xl
que dispone que en el ejercicio de las alribucitmes que las Leyes
conlieren a', Estado para regular, promOller, restringir, p'ohibir,
OIienlar y, en general, inducir las acciones de los particulares en
los cBmpos económico y social. se considerarán los criterios de
preservación y rll5tauración del equilibrio ecológico; de acuerdo
con lo dispuei'Jo por la fracción XII que sena',a que toda perBOOa
tiane dered10 a dialrutar de un ambiente adecuado para su
desarrollo, salud y bienestar, y que las auloTidadas lomarán las
medidas pera garantizar ese derecho; a lo establecido en el primer
párratc del Articulo 28 que dispone que la Evalua¡:ión del Impac:lo
Ambiental es el procedimiento a travé5 del cual la secretaria
ealablece las condiciones a que 58 sujelará la realiZHción de obras
y aClivfdades que puedan causer desequiliblio ecológico o rebasar
los limites y condiciones astablecidos en las disposiciones
apHcables.. ", Iraccfón I qlle define quienas preterKIan llevar a
cabo obras hidráulicas, ,,(as generales de comunicación oIeoducloe.
gllsoduc:los carboductos y poliductos requieren previamente la
l;Iulorización de impacto ambienlal de la Secretaria, fracción 11
que deline quienes pretendan llevar a cabo obras o actividades de
la industria del petróleo, patroqufmica, quim.ca, ..., requieren
previamente la aulorización de impaClo ambiental de la SacretBJia;
en el primer Oárralo del Artículo ao que seMla que para obtener la
autorización a que se reliere el Articlllo 28 de la lGEEPA, los
interesados deberán presentar a la Secrelaria una manifestación de
impacto ambjemal. la cual det:~"é contener, por lo menos, una
descripción de los posibles erectos en el o los eeoeistemas
·Un.... d13 Drl=!¡¡a d13 tr t!J x 4+67J.00 km d13 Pam Ta¡6n Il)r
a ClJbem! Baf9rla f'u9nu Ceibo"
PEMEX &pJomeA;jn JI f'lodI.o::it'in PtJgjna 20
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SUB5ECRETARfA DE GESTiÓN PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL DIRECCION
GENERAL DE
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AMBIENTAL
S.G.P.A1DGIFtAlDGl2131101
que pudieran ser afeclHd03 por la obra o a~liv;.dad de que se
trale, considerarldo el ~onjunlo (le los elementos que conforman
dichos ecos'slemes, así ~omo les medidas preventives, de m~lgación
y las demás necesarias para eIIilHr y reducir al mínimo los electos
negetivos sobra el ambiente; 'In el segurldo pérralo del mismo
Artículo 30, en el que se establece que cuando sa trate de
aCtividades consideradas allHmenle riesgosas en los té¡minos de la
presanle Ley, la manifestación deberá incluir al estudio ÓB riesgo
correspondiente; primer pénato Articulo 34, en .el cuel se estipula
que una vez que la SacrelHria reciba una manifestación de impacto
ambiental e integre tll axpedienle.... pondré esta tl
di:>posición del público, con tll lin de qua pueda ser
consullHda por cualquier perwna; en tll primer párrafo del Artículo
35 que dispone que una vez prestln\
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PARA LA PROTECCiÓN AMBIENTAL DIRECCION GENERAL DE
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Y RIESGO AMBIENTAL
S.G.P.A.lDGlfWDGI2131J07
aislribuciÓll de hidrocarburos o materiales o sustancias
con!1Jderadas peligrosas conh:mne e la regulación correspondieriie
requerirán previamente de la autorización de \11. Secrelaria y el
incIso; en el primer párrafo del Articulo 9 del mismo Reglamento
que dispone la obligación de los particulares para presentar ante
la Secretaria Urla manileslaciórl de impacto ambiental, en la
modaTidad que corresporlda, para que ésta realice la evaluación del
proyecto de la obra o actividad re6pecto de la que solicita
aulorilación; erl el Articulo 10 lracción 11 al cual indica la
mOdalidad correspondiente de ~ Manifestación de Impacto Ambielltal;
Articulo 11 en su lill',mo párrafo que de1ine cl
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RIESGO AMBIEKTAL
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atribuciones de SüS unidades administrativas. er. el Articulo
26. que dispone que la Secrelaria de Medio Ambiente' y Recursos
Naturales es una dependencia del Poder Ejecutivo da la Unión y del
Articulo 32 Bis. que eslabl~r:e los asuntos que son competencia de
la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales den\ro de las
cuales deslaca en su lracc;6n Xlla relativa a la evaluaeión y
dictaminación de las m8f1ne6taciones da impacto ambiental y
fracción XLI que se reliere a les demAs q'Je le atribuyen
ekpresadamenle las Leyes y reglamentos; de los Artícuios de, la Ley
Federlll de Procedimiento Administrativo; Articulo 2. an el cual se
estipula que ésla Ley se aplicara supleloriamente a las diversas
Leyes administrativas reguladas por la misma: Articulo 16. traCCión
X, dispone qua !a Administración Pública Federal en sus
relaci:>nes ton los particulares, tendrA la obligación de dictar
resolUCión e:
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._---._--DIRECCION GENERAL DE
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C.o....p. DR. MAURlCIO UMÓIIo AGU1ME.- SubsElc-..:> ""
0801100 pIIra la PrIeoOdOn Atm!o"W.=O"Ooo.lImoo O ....na",ol.goo.mx
QUiM. ANDRÉS RAFAEL GRAHlER MELO· Geme:br CM5l;ituCional del Eotaoo
Lb'e y Soberano 00 Tebaseo.- .... ranj"r@~eba9x>.gob.mx LIC.
FRANCISCO SIlflTO MAGAÑA.- PreGO::lem" "'unic~1 clEl Peml5o. Estado
de T""a6CO~ p¡o-.lal/itpao.,;.".got>.nx . C.P. MARIA YOLANDA
CABAL GOMEl.- Del"llede Federal je la SENARNAT ~n el t:~"'jO