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NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe
FUNDADOEN 1825 POR
EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009
407183Año XXVI - Nº 10813
AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
R. Leg. N° 004-2009-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que
inhabilita para el ejercicio de la función pública al Señor
Congresista Gustavo Dacio Espinoza Soto 407185
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
R.S. N° 317-2009-PCM.- Crean Comisión Multisectorial de
Naturaleza Temporal encargada de formular recomendaciones para
elaborar un Plan que determine la manera de promover la
competitividad de trabajadores portuarios 407185
AMBIENTE
R.M. Nº 252-2009-MINAM.- Autorizan viaje de Viceministra de
Gestión Ambiental a Guatemala para participar en el Tercer Foro
sobre la Aplicación Regional del Desarrollo Sostenible 407186
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 510-2009-MEM/DM.- Aprueban donación efectuada a favor de
la Dirección General de Electrifi cación Rural que será destinada a
las Comunidades Rurales benefi ciarias del Programa Euro-Solar
407187
JUSTICIA
R.M. Nº 0226-2009-JUS.- Designan Secretaria Técnica del Consejo
del Notariado 407188
MUJER Y
DESARROLLO SOCIAL
R.M. Nº 501-2009-MIMDES.- Designan Gerente de la Unidad
Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y Ciudadanas
del FONCODES 407188R.M. Nº 502-2009-MIMDES.- Aceptan renuncia de
Asesor del Despacho Ministerial 407188R.M. Nº 503-2009-MIMDES.-
Designan Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del
PRONAA 407188
PRODUCE
D.S. N° 031-2009-PRODUCE.- Decreto Supremo que deroga
disposiciones del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc
Carbón, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2005-PRODUCE
407189
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
R.M. Nº 353-2009-TR.- Designan representantes alternos del
Ministerio ante la Comisión Especial constituida por R.S. N°
226-2009-PCM 407189R.M. Nº 354-2009-TR.- Designan representantes
titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo
Multisectorial constituido por R.M. N° 255-2008-PCM 407190
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 807-2009-MTC/02.- Autorizan viajes de Inspectoras de la
Dirección General de Aeronáutica Civil a Argentina, en comisión de
servicios 407190R.M. Nº 819-2009-MTC/01.- Designan Directora
General de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales
407192R.M. Nº 820-2009-MTC/01.- Designan Directora de la Ofi
cina de Imagen Institucional del Ministerio 407192RR.VMS. Nºs. 586
y 589-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a personas naturales para
prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en
localidades de los departamentos de Piura y Amazonas 407194R.VM. Nº
590-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a la Asociación Cultural
Bethel para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en
FM en la localidad de Los Órganos, departamento de Piura
407197R.VM. Nº 591-2009-MTC/03.- Otorgan a Andina de Radiodifusión
S.A.C. autorización para prestar servicio de radiodifusión
comercial por televisión en VHF, en Cajamarca 407198R.VM. Nº
592-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a la Asociación de Radios
Comunitarias Dios es Amor para prestar servicio de radiodifusión
sonora educativa en FM en la localidad de Chachapoyas, departamento
de Amazonas 407199R.D. Nº 113-2009-MTC/12.- Otorgan renovación de
permiso de operación de aviación comercial a Perú Airlines S.A.C.
407200R.D. Nº 3425-2009-MTC/15.- Autorizan a la empresa Gran Piloto
EIRL para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
407202
Sumario
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407184
ORGANISMOS EJECUTORES
BIBLIOTECA
NACIONAL DEL PERÚ
Res. Nº 242-2009-BNP.- Encargan funciones de la Dirección
General de la Ofi cina de Cooperación Internacional 407203
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Res. Nº 151-2009/SBN.- Aprueban adjudicación en venta directa a
favor de persona jurídica de predio ubicado en el distrito de
Humay, provincia de Pisco 407204Res. Nº 152-2009/SBN.- Aprueban
adjudicación en venta directa a favor de persona natural de
inmueble ubicado en el distrito de Ate, provincia de Lima
407204Res. Nº 174-2009/SBN-GO-JAD.- Declaran la desafectación de la
condición de dominio público a predio de propiedad del Estado
ubicado en el distrito de La Molina, provincia de Lima 407205
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
COMISION NACIONAL SUPERVISORA
DE EMPRESAS Y VALORES
R.D. Nº 068-2009-EF/94.06.3.- Disponen exclusión del “Tercer
Programa de Papeles Comerciales Ransa - Quinta Emisión” y “Tercer
Programa de Papeles Comerciales Ransa - Sexta Emisión” de Ransa
Comercial S.A. del Registro Público del Mercado de Valores
407206
ORGANOS AUTONOMOS
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Res. Nº 0044-2009/DP.- Aprueban el Informe Defensorial N° 147
“Aportes de la Defensoría del Pueblo para una Educación sin
Corrupción” 407207
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 802-2009-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones
registrales a las Ofi cinas de Registros del Estado Civil que
funcionan en las Municipalidades de los Centros Poblados de San
Martín de Ccollcca y El Porvenir. departamentos de Ayacucho y
Ancash 407210
MINISTERIO PUBLICO
Fe de Erratas Res. Nº 1731-2009-MP-FN 407211Fe de Erratas Res.
Nº 1736-2009-MP-FN 407211
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 15155-2009.- Disponen Inscripción Defi nitiva de la
Asociación de Usuarios del Fondo contra Accidentes de Tránsito -
FORCAT, en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o
Provinciales contra Accidentes de Tránsito 407211Res. Nº
15184-2009.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de
Sullana S.A. la conversión de ofi cina especial en agencia ubicada
en el distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo,
departamento de Lambayeque 407212
UNIVERSIDADES
Res. Nº 1584.- Autorizan viaje de representante de la UNI para
asistir a la VII Reunión de Trabajo y IV Asamblea General de la Red
de Institutos Nacionales Iberoamericanos de Ingeniería e
Investigación Hidráulica
407213
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
Ordenanza Nº 018-2009-REGION ANCASH/CR.- Autorizan a las
Asociaciones de Fondos Contra Accidentes de Tránsito de la Región
Ancash para dictar cursos de capacitación de seguridad vial a
transportistas de servicio público de transporte 407213Ordenanza Nº
029-2009-REGION ANCASH/CR.- Declaran de interés regional la Zonifi
cación Ecológica Económica y el Ordenamiento Territorial de la
Microcuenca del Río de Yaután 407214
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Acuerdo Nº 110-2009-GRA/CR-AREQUIPA.- Eligen a Vicepresidente
del Gobierno Regional de Arequipa 407215
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Ordenanza Nº 013.- Aprueban modifi cación parcial del Cuadro de
Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional del Callao
407215
GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Res. Nº 000841-2009/GOB.REG.TUMBES-P.- Aprueban adjudicación
mediante la modalidad de venta directa a favor de la empresa BPZ
Exploración & Producción S.R.L. de terreno ubicado en el
distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar 407216
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. Nº 010-2009/MLV.- Suspenden ejecución de obras en los
exteriores de las edifi caciones que se encuentran dentro del
Damero de Gamarra (Zonas A y B) 407217R.A. Nº 570-2009-ALC/MLV.-
Conforman Comisión Especial encargada de actividades conmemorativas
del 90° aniversario de la creación política del distrito 407218
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
R.A. Nº 000480-2009-MDSJM-A.- Instauran proceso administrativo
disciplinario a Auxiliares Coactivos de la Municipalidad 407218
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Ordenanza Nº 099/MVMT.- Modifi can la Ordenanza N° 130/MVMT que
regula la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de
Coordinación Local Distrital (CCLD) 407220Ordenanza Nº 100/MVMT.-
Aprueban “Campaña Tributaria y no Tributaria Navideña Villamariana
2009” 407220
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANAHUARA
Acuerdo Nº 145-2009-MDY.- Autorizan viaje del Alcalde distrital
para participar en reuniones de trabajo y verifi car sistema de
transporte integrado en Colombia 407222
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009
407185
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO
NÚM. 004-2009-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESODE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa delCongreso siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESOQUE INHABILITA PARA EL
EJERCICIO DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA AL SEÑOR CONGRESISTA GUSTAVO DACIO ESPINOZA
SOTO
De conformidad con el artículo 100º de la Constitución Política
del Perú y el inciso i) del artículo 89º del Reglamento del
Congreso y considerando la gravedad de los hechos denunciados que
constituyen evidentes infracciones a la Constitución Política del
Perú en sus artículos 38º y 44º, se hace imperativo que el Congreso
de la República ejerza las atribuciones establecidas en el artículo
100º de la Carta Política del Estado, para imponer sanción, y
resuelve:
INHABILITAR para el ejercicio de la función pública al señor
Congresista GUSTAVO DACIO ESPINOZA SOTO, por infracción a la
Constitución Política del Perú en sus artículos 38º y 44º, hasta
por dos (2) años contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El
Peruano.
Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los dos días del mes
de diciembre de dos mil nueve.
LUIS ALVA CASTROPresidente del Congreso de la República
CECILIA CHACÓN DE VETTORIPrimera Vicepresidenta delCongreso de
la República
431053-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Crean Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada
de formular recomendaciones para elaborar un Plan que determine la
manera de promover la competitividad de trabajadores portuarios
RESOLUCIÓN SUPREMANº 317-2009-PCM
Lima, 2 de diciembre de 2009
Visto, el Ofi cio Núm. 1986-2009 MTC/04 del Secretario General
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo señalado en el numeral 2.1 del documento
denominado “Política Nacional del Sector
Transporte”, aprobado como anexo de la Resolución Ministerial
Núm. 817-2006-MTC/09, la Política Nacional del Sector Transporte se
determina a través de lineamientos, los cuáles son entendidos como
directrices o ejes conductores, cuyo establecimiento contribuye con
la política general del gobierno, de construir un país más justo,
equitativo, competitivo y descentralizado, con plena participación
de todos sus ciudadanos, integrados nacional e
internacionalmente;
Que, el numeral 2.1.2 del citado documento, establece que uno de
los lineamientos de Política Nacional del Sector Transporte
consiste en la promoción del desarrollo, seguridad y calidad en los
servicios de transporte y logística vinculados; siendo una de sus
estrategias generales el “propiciar el profesionalismo dentro del
Sector, a fi n que los servicios de transporte sean operados
únicamente por personal competente y técnico califi cado, que
cuente con conocimientos, aptitudes y habilidades necesarias para
operar idóneamente como transportista”;
Que, el artículo 3º de la Ley Núm. 27943 - Ley del Sistema
Portuario Nacional prevé que el Estado fomenta, regula y supervisa
las actividades y los servicios portuarios, con sujeción a los
lineamientos de política portuaria que ella establece; asimismo
señala que constituyen lineamientos esenciales de la Política
Portuaria Nacional la especialización y capacitación permanente de
los trabajadores, la protección de sus derechos laborales y
condiciones de vida, así como la promoción del empleo portuario,
como consecuencia de la capacitación y profesionalización de los
trabajadores;
Que, asimismo, el mencionado artículo 3º dispone que constituyen
lineamientos esenciales de la Política Portuaria Nacional la
promoción de la inversión en el Sistema Portuario Nacional y el
fomento de la participación del sector privado, a través de la
inversión en el desarrollo de la infraestructura y equipamiento
portuarios;
Que, como consecuencia de lo expuesto en el considerando
precedente, el Estado Peruano viene asumiendo diversos compromisos
contractuales con inversionistas privados, a fi n de modernizar los
terminales portuarios nacionales, lo cual implicará la instalación
de nueva tecnología en dicho sector de la industria;
Que, en tales circunstancias, se hace necesario evaluar la
manera de promover la competitividad de los trabajadores
portuarios, a través de su capacitación y mejoramiento de
aptitudes, a fi n de asegurar su desarrollo paralelo a la
modernización de los puertos a nivel nacional;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Núm. 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones Multisectoriales de
Naturaleza carácter temporal son creadas con fi nes específi cos
para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de
informes técnicos, las que se crean formalmente mediante resolución
suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
los Titulares de los sectores involucrados;
Que, en ese sentido, resulta conveniente constituir la Comisión
Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada de formular
recomendaciones al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para
la elaboración de un Plan que determine la manera de promover la
competitividad de los trabajadores portuarios, a través de su
capacitación y mejoramiento de aptitudes, a fi n de asegurar su
desarrollo paralelo a la modernización de los puertos a nivel
nacional - en adelante la Comisión, en la que participe el Sector
Trabajo y Promoción del Empleo y otros miembros directamente
vinculados con dicha temática;
De conformidad con lo establecido en la Ley Núm. 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Núm. 27943 – Ley del Sistema
Portuario Nacional y en la Resolución Ministerial Núm.
817-2006-MTC/09;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Creación de la Comisión Multisectorial de
Naturaleza Temporal
Crear la Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal
encargada de formular recomendaciones al Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, para la elaboración de un Plan que determine la
manera de promover la competitividad de los trabajadores
portuarios, a través de su capacitación y mejoramiento de
aptitudes, a fi n de asegurar su desarrollo paralelo a la
modernización de los puertos a nivel nacional - en adelante la
Comisión -; la misma que dependerá del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
Artículo 2º.- ConformaciónLa Comisión estará conformada por los
siguientes
representantes:
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407186
- Dos (02) representantes del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, uno de los cuales la presidirá y el otro ejercerá
la función de Secretario Técnico.
- Un (01) representante del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo.
- Un (01) representante de la Autoridad Portuaria Nacional.
- Un (01) representante de la Empresa Nacional de Puertos –
ENAPU S.A.
- Un (01) representante del Gobierno Regional del Callao.
- Un (01) representante del Sindicato Único de Trabajadores
Marítimos y Portuarios del Puerto del Callao - SUTRAMPORPC.
- Un (01) representante de la Asociación Peruana de Agentes
Marítimos - APAM.
- Un (01) representante de la Asociación Peruana de Operadores
Portuarios - ASPPOR.
La Comisión podrá invitar a especialistas del sector público y
privado, para el cumplimiento de sus fi nes.
Artículo 3º.- Designación de representantesLas entidades del
Poder Ejecutivo conformantes de
la Comisión, designarán a sus representantes, titulares y
alternos, mediante resolución ministerial de los sectores a los que
pertenecen, en un máximo de diez (10) días hábiles contados a
partir del día siguiente de publicada la presente resolución.
Las demás entidades, comunicarán mediante Ofi cio, al Ministerio
de Transportes y Comunicaciones la designación de sus
representantes titulares y alternos, en el mismo plazo.
Artículo 4º.- Funciones de la Comisión Multisectorial
Las funciones de la Comisión Multisectorial son las
siguientes:
a) Efectuar recomendaciones para promover la competitividad de
los trabajadores portuarios (Se deberá tener en cuenta temas como
la formación profesional, la reconversión laboral, el autoempleo y
la certifi cación de competencias, entre otros).
b) Efectuar recomendaciones para solucionar problemas referidos
a los siguientes temas:
- Capacitación y mejoramiento de aptitudes de los trabajadores
portuarios.
- Acceso a puestos de trabajo generados por empresas
concesionarias de puertos a nivel nacional.
- Alternativas de jubilación anticipada o compensaciones
económicas ante reducciones de personal generadas como consecuencia
de los procesos de concesión.
Artículo 5º.- Presentación de informeLa Comisión presentará al
Ministerio de Transportes
y Comunicaciones un informe conteniendo sus recomendaciones
respecto a los temas señalados en el artículo 4º de la presente
resolución, en un plazo de sesenta (60) días hábiles contados a
partir de su instalación.
Artículo 6º.- Gastos de la ComisiónLa Comisión Multisectorial no
ocasionará gasto alguno
al Tesoro Público.
Artículo 7º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema será
refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Transportes y Comunicaciones y la Ministra de Trabajo y Promoción
del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y
Comunicaciones
MANUELA GARCÍA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del
Empleo
431054-2
AMBIENTE
Autorizan viaje de Viceministra de Gestión Ambiental a Guatemala
para participar en el Tercer Foro sobre la Aplicación Regional del
Desarrollo Sostenible
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 252-2009-MINAM
Lima, 20 de noviembre de 2009
Visto; el Memorando Nº 428-2009-DVMGA/MINAM y la Ficha de
Solicitud Autorización de Viaje del 10 de noviembre de 2009;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Ofi cio RE (DGM) Nº 2-21-B/104 del 03 de
noviembre de 2009, la Embajadora Subsecretaria para Asuntos
Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de
conocimiento del Ministerio del Ambiente que la Secretaría
Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe
(CEPAL) y el Presidente de la Mesa del décimo octavo período de
sesiones de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible de las
Naciones Unidas y Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales
de la República de Guatemala; han extendido una invitación para
participar el Tercer Foro sobre la Aplicación Regional del
Desarrollo Sostenible que se realizará en la ciudad de La Antigua,
Guatemala, los días 26 y 27 de noviembre del 2009;
Que, la realización de este Foro ofrecerá a los gobiernos y
otros sectores interesados en el desarrollo sostenible de la
región, la oportunidad de intercambiar experiencias y lecciones
aprendidas en la aplicación del Programa 21 y de otros acuerdos de
la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible, tema de sumo interés
del MINAM;
Que, la participación en el mencionado Foro no irrogará gastos
al Tesoro Público, por cuanto los mismos serán cubiertos por la
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL);
Que, en consecuencia, resulta conveniente la participación en el
indicado evento, de la Lic. Ana María González del Valle Begazo,
Viceministra de Gestión Ambiental, en representación de este
Ministerio; así como encargar su Despacho a la Viceministra de
Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, Zoila del Rosario
Gómez Gamarra;
Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Lic. Ana María González
del Valle Begazo, Viceministra de Gestión Ambiental del Ministerio
del Ambiente, a La Antigua - Guatemala, del 25 al 28 de noviembre
de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Disponer que dentro de los quince (15) días
calendario siguientes a la realización del viaje, la persona
señalada en el artículo 1º precedente deberá presentar un informe
sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a
favor del Ministerio del Ambiente, así como un ejemplar de los
materiales técnicos obtenidos.
Artículo 3º.- Dejar establecido que el cumplimiento de la
presente Resolución Ministerial no irrogará gasto alguno al Estado
ni otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4º.- Encargar del 25 al 28 de noviembre de 2009, las
funciones de Viceministra de Gestión Ambiental del Ministerio del
Ambiente, a la señora Zoila del Rosario Gómez Gamarra, Viceministra
de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales, en adición a las
funciones propias de su cargo.
Artículo 5º.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina
General de Administración y a las interesadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTONIO JOSÉ BRACK EGGMinistro del Ambiente
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009
407187
ENERGIA Y MINAS
Aprueban donación efectuada a favor de la Dirección General de
Electrificación Rural que será destinada a las Comunidades Rurales
beneficiarias del Programa Euro - Solar
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 510-2009-MEM/DM
Lima, 2 de diciembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, la República del Perú, debidamente representada por el
Ministerio de Energía y Minas, suscribió el 17 de enero de 2007, el
Convenio de Financiación ALA/2006/017-223 con la Comunidad Europea,
para la ejecución del Programa Euro – Solar en el Perú;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º del Convenio
de Financiación ALA/2006/017-223, la Comunidad Europea se obliga a
fi nanciar el Programa Euro – Solar, por un total de (€) 23 119
570,00 Euros (Veintitrés Millones Ciento Diecinueve Mil Quinientos
Setenta y 00/100 Euros), en benefi cio de los países suscriptores
del convenio;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 377-2009-MEM/DM del 01
de septiembre de 2009, se aprobó la donación de bienes efectuada
por la Delegación de la Comisión Europea en el Perú a favor de la
Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de
Energía y Minas, por un valor DDU total ascendente a (€) 1 312
697,51 Euros (Un Millón Trescientos Doce Mil Seiscientos Noventa y
Siete y 51/100 Euros), en el marco del Convenio de Financiación
antes descrito;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 415-2009-MEM/DM del 21
de septiembre de 2009, se aprobó la donación de bienes efectuada
por la Delegación de la Comisión Europea en el Perú a favor de la
Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de
Energía y Minas, por un valor DDU total ascendente a (€) 29 724,91
Euros (Veintinueve Mil Setecientos Veinticuatro y 91/100 Euros), en
el marco del Convenio de Financiación antes descrito;
Que, mediante Carta de Donación IB/VV (2009) 1390 del 05 de
noviembre de 2009, recibida el 24 de noviembre de 2009, la
Delegación de la Comisión Europea en el Perú manifi esta su
voluntad de donar bienes a la Dirección General de Electrifi cación
Rural del Ministerio de Energía y Minas, con la fi nalidad de
ejecutar el Programa Euro – Solar destinado a generar energía
eléctrica, mediante el aprovechamiento de energías renovables solar
y eólica, en benefi cio de las comunidades rurales pertenecientes a
las regiones de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica,
Junín, Lambayeque, Piura, Puno y Tacna;
Que, asimismo en la Carta antes citada, se establece que el
valor total de la donación asciende a (€) 7 078,00 Euros (Siete Mil
Setenta y Ocho y 00/100 Euros) consistente en luminarias, lámparas
e inversores, conforme al Anexo que forma parte integrante de la
presente Resolución;
Que, el inciso k) del Artículo 2 del Texto Único Ordenado de la
Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, señala que no
están gravados con el impuesto, la importación o transferencia de
bienes que se efectúen a título gratuito, a favor de Entidades y
Dependencias del Sector Público, excepto empresas; así como a favor
de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica
Internacional (EINEX), Organizaciones No Gubernamentales de
Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fi
nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o
educacional, inscritas en el registro correspondiente que tiene a
su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) del
Ministerio de Relaciones Exteriores, siempre que sea aprobada por
Resolución Ministerial del Sector correspondiente;
Estando a lo propuesto por el Director General de Electrifi
cación Rural y con la opinión favorable de la Ofi cina General de
Asesoría Jurídica y del Vice Ministro de Energía;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 809
- Ley General de Aduanas y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 011-2005-EF; la Ley Nº 28905 - Ley de Facilitación del
Despacho de Mercancías Donadas provenientes del Exterior y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF; el Decreto
Supremo Nº
055-99-EF - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General
a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; el Decreto Supremo Nº
096-2007-EF - Reglamento para la Inafectación del Impuesto General
a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios
a las Donaciones; el Decreto Ley 25962 - Ley Orgánica del Sector
Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones
aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada en el marco del
Convenio de Financiación ALA/2006/017-223 por la Delegación de la
Comisión Europea en el Perú a favor de la Dirección General de
Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas de los
bienes, cuyos detalles están contenidos en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución, con un valor DDU total
ascendente a (€) 7 078,00 Euros (Siete Mil Setenta y Ocho y 00/100
Euros), que serán destinados a las Comunidades Rurales benefi
ciarias del Programa Euro-Solar pertenecientes a las regiones de
Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, Junín,
Lambayeque, Piura, Puno y Tacna.
Artículo 2º.- Los bienes donados no podrán ser transferidos o
cedidos por ningún título, ni destinados a fi n distinto del que
origina el benefi cio de inafectación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley General de
Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, y el artículo
5º del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las
Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las
Donaciones, aprobado por Decreto Supremo 096-2007-EF.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a
la Aduana Marítima del Callao en el plazo de un día a partir de su
expedición.
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a
la Delegación de la Comisión Europea en el Perú, a la Contraloría
General de la República, a la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional – APCI del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el
plazo de cinco días a partir de su expedición.
Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Informática de la Ofi
cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas la
publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal
Institucional en el plazo de diez días.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas
Anexo de la Resolución Ministerial N° 510-2009-MEM/DMEquipos y
Materiales donados por la Comunidad Europea
CANT. UNIDAD DESCRIPCIÓN ESTADO VALOR (€)ESTIMADO
OBSERVACIONES
25 Unidades Luminaria para interior Nuevo 115.00€
Marca: FenoplasticaModelo: 7007 blancoProv. Productos
Eléctricos, S.L.
25 Unidades Lámpara de 15W Nuevo 88,00€
Marca: SYLVANIAModelo: 15WProv. Productos Eléctricos. S.L.
27 Unidades Luminaria para exterior Nuevo 216,00€
Marca: ChristerModelo: 170-1 negroProv. Productos Eléctricos,
S.L.
27 Unidades Lámpara de 7W Nuevo 95,00€
Marca: SYLVANIAModelo: 7WProv. Productos Eléctricos, S.L.
12 Unidades Inversiones350/400 Nuevo 1.668,00€
Marca: STUDERModelo: AJ-350-24Prov. SACLIMACertif.
origen:suiza
12 Unidades Inversiones 1300 Nuevo 4.896,00€
Marca: STUDERModelo: AJ-1300-24Prov. SACLIMA Certif.
origen:Suiza
Valor Estimado de la presente Donación Euros (€) 7.078,00
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407188
JUSTICIA
Designan Secretaria Técnica del Consejo del Notariado
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0226-2009-JUS
Lima, 30 de noviembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Técnico del
Consejo del Notariado;
Que, resulta necesario designar al profesional que ocupará dicho
cargo, según la propuesta de la Presidenta del Consejo del
Notariado;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley
Orgánica del Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora abogada Violeta Rosalía
Carlín Uzategui como Secretaria Técnica del Consejo del
Notariado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO PASTOR VALDIVIESOMinistro de Justicia
430280-1
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de
Capacidades Institucionales y Ciudadanas del FONCODES
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 501-2009-MIMDES
Lima, 2 de diciembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 033-2009-MIMDES se
encargó al señor MANUEL ARTURO ZAPATA VÁSQUEZ, Gerente de la Unidad
Gerencial de Articulación Territorial, el puesto de Gerente de la
Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades Institucionales y
Ciudadanas del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el
Desarrollo Social – FONCODES del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social;
Que, en tal sentido, resulta necesario dar por concluida la
encargatura a que se hace mención en el considerando precedente y
designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo de
confi anza;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que
regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27793 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del
MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1 .- Dar por concluido, a partir de la fecha, el
encargo al señor MANUEL ARTURO ZAPATA VÁSQUEZ en el puesto de
Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de Capacidades
Institucionales y Ciudadanas del Programa Nacional Fondo de
Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del Ministerio de
la Mujer y Desarrollo Social.
Artículo 2 .- Designar al señor DONNY DICK CHUMPITAZ MALDONADO,
en el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Desarrollo de
Capacidades Institucionales y Ciudadanas del Programa Nacional
Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NIDIA VÍLCHEZ YUCRA.Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
430935-1
Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 502-2009-MIMDES
Lima, 2 de diciembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 238-2009-MIMDES se
designó al señor RAÚL ANGEL RAMOS DE LA TORRE en el cargo de Asesor
del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social – MIMDES;
Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para
el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto
mediante el cual se acepte la misma y se designe a la persona que
se desempeñará en el cargo respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 – Ley que
regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos, la Ley N° 27793 – Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social – MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del
MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo Único .- Aceptar la renuncia formulada por el señor
RAÚL ANGEL RAMOS DE LA TORRE al cargo de Asesor del Despacho
Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social –
MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NIDIA VÍLCHEZ YUCRAMinistra de la Mujer y Desarrollo Social
430940-1
Designan Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa
del PRONAA
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 503-2009-MIMDES
Lima, 2 de diciembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 499-2009-MIMDES se
designó al señor JAVIER VÍCTOR GUTIÉRREZ SEGUIL en el cargo de Jefe
de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la
Mujer y Desarrollo Social – MIMDES;
Que, es necesario dejar sin efecto la designación a que se hace
mención en el considerando precedente y designar a la persona que
se desempeñará en el cargo respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 – Ley que
regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos, la Ley N° 27793 – Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social – MIMDES y el Reglamento de Organización y Funciones del
MIMDES, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución
Ministerial N° 499-2009-MIMDES que designó al señor JAVIER VÍCTOR
GUTIÉRREZ SEGUIL en el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la
Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia
Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
– MIMDES.
Artículo 2 .- Designar al señor RAÚL ANGEL RAMOS DE LA TORRE en
el cargo de Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa
del Programa Nacional de
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009
407189
Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social – MIMDES.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NIDIA VÍLCHEZ YUCRAMinistra de la Mujer y Desarrollo Social
430937-1
PRODUCE
Decreto Supremo que deroga disposiciones del Reglamento Técnico
de Pilas y Baterías de Zinc Carbón, aprobado por Decreto Supremo Nº
018-2005-PRODUCE
DECRETO SUPREMONº 031-2009-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE se aprobó el
Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc Carbón que establece
características técnicas y requisitos de rotulado y de etiquetado
que deben cumplir las pilas y baterías de zinc carbón, con el fi n
de proteger al consumidor de productos contaminantes y nocivos a la
salud;
Que, entre las características previstas en el citado Reglamento
Técnico, se establece en el numeral 4.4 de su artículo 4º, que las
pilas y baterías de zinc carbón deberán ser fabricadas con una
envoltura metálica, que es defi nida en el numeral 3.9 de su
artículo 3º como un blindaje de acero que brinda una protección
total a la pila o batería previniendo la fuga de electrolitos;
Que, mediante Resolución Nº 1289 publicada el 12 de noviembre de
2009 en la Gaceta Ofi cial del Acuerdo de Cartagena, la Secretaría
General de la Comunidad Andina determinó que la exigencia de la
envoltura metálica antes referida constituye una “restricción” al
comercio en los términos del artículo 73º del Acuerdo de
Cartagena;
Que, en ese sentido, corresponde derogar el numeral 3.9 del
artículo 3º y el numeral 4.4 del artículo 4º del Reglamento Técnico
de Pilas y Baterías de Zinc Carbón aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 018-2005-PRODUCE;
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la
Constitución Política del Perú, y el numeral 3 del artículo 11º de
la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su modifi
catoria;
DECRETA:
Artículo 1º.- Derogación de disposiciones del Reglamento Técnico
de Pilas y Baterías de Zinc Carbón
Deróguese el numeral 3.9 del Artículo 3º y el numeral 4.4 del
artículo 4º del Reglamento Técnico de Pilas y Baterías de Zinc
Carbón aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE.
Artículo 2º.- Vigilancia del Cumplimiento del Reglamento
Técnico
El Ministerio de la Producción, en el marco de sus funciones
asignadas por el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización
y Funciones, y el Decreto Supremo Nº 018-2005-PRODUCE - Decreto
Supremo que aprueba el Reglamento Técnico para Pilas y Baterías de
Zinc Carbón, desarrollará acciones de fi scalización destinadas a
verifi car que las pilas y baterías de zinc carbón que se
comercializan en el mercado interno cumplan con los requisitos
previstos en el Reglamento Técnico antes indicado, en especial el
requisito establecido en el numeral 4.1 de su artículo 4º.
Artículo 3º.- Refrendo y VigenciaEl presente Decreto Supremo
será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de la
Producción, y entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de
diciembre del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de la Producción
431054-1
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Designan representantes alternos del Ministerio ante la Comisión
Especial constituida por R.S. N° 226-2009-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 353-2009-TR
Lima, 27 de noviembre de 2009
VISTO: El Ofi cio Nº 1006-2009-MTPE/2-CCC, del 23 de Octubre de
2009, del Coordinador de Ceses Colectivos; y.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 226-2009-PCM del 2 de
setiembre de 2009, se constituyó una Comisión Especial, adscrita al
Ministerio de Justicia y de naturaleza temporal, encargada de
analizar los alcances de la recomendación emitida por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos y proponer los mecanismos de
implementación de la misma, respecto a la petición formulada por el
Sindicato de Funcionarios, Profesionales y Técnicos de la Empresa
de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SIFUSE, a
favor de 233 trabajadores, así como analizar los hechos que dieron
lugar a la petición formulada por el Sindicato Único de
Trabajadores de Petróleos del Perú Zona Noreste – Talara, ante la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fi n de recomendar
la adopción de medidas pertinentes a favor de 85 trabajadores,
disponiéndose que, en ambos casos, se propondrán los mecanismos de
implementación de un Acuerdo de Solución Amistosa;
Que, el artículo 2º de la referida Resolución Suprema establece
que la Comisión Especial estará integrada por dos (02)
representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que
serán designados por Resolución Ministerial del Titular del Sector,
uno de los cuales la presidirá;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 251-2009-TR del 8 de
setiembre de 2009, se designó al abogado Ricardo Gabriel Herbozo
Colque, Asesor Técnico de Alta Dirección, como Presidente de la
Comisión Especial y a la abogada Yolanda Avalos Cuica, Directora
General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, como
representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
ante la Comisión Especial a que hace referencia el primer
considerando;
Que, los funcionarios designados precedentemente ostentan cargos
de confi anza de responsabilidad directiva, lo que podría en algún
momento afectar la asistencia a las reuniones que la Comisión
Especial convoque, por lo que es necesario designar a los
representantes alternos del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo ante la Comisión Especial creada por Resolución Suprema Nº
226-2009-PCM;
Que, a través del Ofi cio del visto se solicita considerar la
propuesta de designación de representantes alternos ante la
referida Comisión Especial;
Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº
27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8
del artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 226-2009-PCM;
y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado
por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi
catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar como representantes alternos del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407190
Comisión Especial constituida por Resolución Suprema Nº
226-2009-PCM del 2 de setiembre de 2009, a los siguientes
servidores:
- ERIKA MILAGRO CALDERON INGA, abogada del Despacho
Viceministerial de Trabajo, como Presidenta de la Comisión
Especial; y,
- MONICA ROSANA FRANCIA TADEO, abogada de la Ofi cina de
Asesoría Jurídica.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial al Ministerio de Justicia, para los fi nes
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUELA GARCIA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del
Empleo
430701-1
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el
Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por R.M. N°
255-2008-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 354-2009-TR
Lima, 30 de noviembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM del 14 de
agosto de 2008, se constituyó un Grupo de Trabajo Multisectorial
encargado de llevar a cabo el Programa de acción sectorial sobre el
fortalecimiento del diálogo social en el sector de los servicios
públicos (agua, gas y electricidad), instituido por la Organización
Internacional del Trabajo – OIT y efectuar las propuestas que
considere necesarias para el mejor desarrollo del referido
programa;
Que, el artículo 2º de dicha norma dispone que el referido Grupo
de Trabajo Multisectorial esta conformado entre otros, por un
representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
quien lo preside, en tanto que el artículo 4º establece que la
Secretaria Técnica recae en la Dirección General de la Ofi cina de
Asesoría Jurídica;
Que, asimismo, el artículo 7º de la precitada Resolución
Ministerial dispone que el Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá
un plazo de un (01) año para el cumplimiento de su objeto, el mismo
que ha sido prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2010;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 350-2008-TR del 06 de
noviembre de 2008, se designó, entre otros, al señor abogado
Guillermo Julio Miranda Hurtado, como representante titular del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Grupo de
Trabajo Multisectorial constituido por la Resolución Ministerial Nº
255-2008-PCM;
Que, por convenir al servicio, resulta procedente dar por
concluida la designación a que hace referencia el considerando
anterior, y designar a los nuevos representantes del Sector y a la
Secretaria Técnica del mismo ante el Grupo de Trabajo
Multisectorial;
Con la visación de la Directora General (e ) de la Ofi cina de
Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº
27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos, el numeral 8
del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus
modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado
GUILLERMO JULIO MIRANDA HURTADO, como representante titular del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Grupo de
Trabajo Multisectorial constituido por Resolución Ministerial Nº
255-2008-PCM, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2º.- Designar a la señora abogada CLAUDIA ALICIA
CANALES MAYORGA, Jefa del Gabinete de Asesores de la Alta
Dirección, como representante titular del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo ante el
Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por Resolución
Ministerial Nº 255-2008-PCM.
Artículo 3º.- Designar al señor abogado ANGEL EULOGIO PORTUGAL
VARGAS, Asesor Legal del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección,
como represente alterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo ante el Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por
Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM.
Artículo 4º.- La Ofi cina de Asuntos Internacionales de la
Dirección General de Asesoría Jurídica hará las veces de Secretaria
Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial constituido por
Resolución Ministerial Nº 255-2008-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUELA GARCIA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del
Empleo
430701-2
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectoras de la Dirección General de
Aeronáutica Civil a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 807-2009-MTC/02
Lima, 30 de noviembre de 2009
VISTO:
El Informe Nº 749-2009-MTC/12.04 del 11 de noviembre de 2009
emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe
Nº 431-2009-MTC/12.04 del 10 de noviembre de 2009 emitido por la
Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de
Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria
aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la
autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios
públicos o representantes del Estado;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala
que la autorización de viajes al exterior de las personas que
viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al
Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del
Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés
nacional o en el interés específi co de la institución conforme a
la Ley Nº 27619;
Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece
que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose
previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral
serán autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las cuales
se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y
vigilancia de actividades de aeronáutica civil;
Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú,
establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la
Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia
especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de
Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad
de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de
chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores
aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, la empresa Lan Perú S.A. ha presentado ante la autoridad
aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de
diciembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el
marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones;
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407192
Que, asimismo, la empresa Lan Perú S.A., ha cumplido con el pago
de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a
que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de
Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los
respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por
la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los
viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto;
Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la
Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de
Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las
respectivas Ordenes de Inspección y referidas en el Informe Nº
431-2009-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica
Civil;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº
27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo
informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar los viajes de las señoras Mercedes
Delpino Aspiazu y Patricia Victoria Mc Callum Luján, Inspectoras de
la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 03 al 04
de diciembre de 2009, a
la ciudad de Buenos Aires, Argentina, de acuerdo con el detalle
consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente
resolución, sustentado en los Informes Nº 749-2009-MTC/12.04 y Nº
431-2009-MTC/12.04.
Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados
precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Lan
Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en
el anexo que forma parte integrante de la presente resolución,
abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de
Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
incluyendo la asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unifi
cada de Uso de Aeropuerto.
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, las Inspectoras mencionadas en la
presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar
un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos
durante los viajes autorizados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros,
cualquiera fuera su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y
Comunicaciones
RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE
LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO
UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL -
COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 03 Y 04 DE DICIEMBREDE 2009 Y SUSTENTADO
EN LOS INFORMES Nº 431-2009-MTC/12.04 Y Nº 749-2009-MTC/12.04
ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN
VIATICOS (US$)
TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACION Nºs
2533-2009-MTC/12.04 03-Dic 04-Dic US$ 400.00US$ 31.00 Lan Perú
S.A.DelpinoAspiazu,Mercedes
BuenosAires Argentina
Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo
Boeing 767 a
Tripulantes de Cabina.
18017-18018-18019-18020
2534-2009-MTC/12.04 03-Dic 04-Dic US$ 400.00US$ 31.00 Lan Perú
S.A.Mc Callum Luján, Patricia Victoria
BuenosAires Argentina
Chequeo técnico en ruta Lima - Buenos Aires - Lima, en el equipo
Boeing 767 a
Tripulantes de Cabina.
18017-18018-18019-18020
430550-1
Designan Directora General de la Dirección General de Asuntos
Socio Ambientales
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 819-2009-MTC/01
Lima, 2 de diciembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 037-2004-MTC/01 se
designó a la señora Paola Naccarato de Del Mastro en el cargo de
Directora General de la Dirección General de Asuntos Socio
Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la
funcionaria que desempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley Nº
29370, Ley Nº 29158 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Paola
Naccarato de Del Mastro al cargo de confi anza de Directora General
de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la Ingeniera Úrsula Natty Quintana
Castellanos en el cargo de confi anza de Directora General de la
Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y
Comunicaciones
431044-1
Designan Directora de la Oficina de Imagen Institucional del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 820-2009-MTC/01
Lima, 2 de diciembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Ministerial Nº 708-2009-MTC/01 se encargó al
señor Kuolling Ruiz Dillón, las funciones de Director de la Ofi
cina de Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, por encontrarse vacante dicho cargo, siendo
necesario dar por concluida la citada acción de personal;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley Nº
29370, Ley Nº 29158 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo de funciones
efectuado con Resolución Ministerial Nº 708-2009-MTC/01 de la Ofi
cina de Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, al señor Kuolling Ruiz Dillón, Director General de
la Ofi cina General de Administración, dándosele las gracias por
los servicios prestados.
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407194
Artículo 2º.- Designar a la señora Karina Hilda Gonzáles
Guevara, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Imagen
Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y
Comunicaciones
431051-1
Otorgan autorización a personas naturales para prestar servicio
de radiodifusión sonora comercial en FM en localidades de los
departamentos de Piura y Amazonas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 586-2009-MTC/03
Lima, 23 de noviembre de 2009
VISTO, el Expediente Nº 2005-016414 presentado por el señor HUGO
REGNER DÍAZ DANTAS, sobre otorgamiento de autorización para la
prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en
Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los Órganos, provincia
de Talara, departamento de Piura;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº
28278, establece que para la prestación del servicio de
radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar
con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro
de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión
indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a
personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de
radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación
de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,
el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a
personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar
determinado equipos de radiodifusión;
Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece
que otorgada la autorización para prestar el servicio de
radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que
tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;
Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión indica que para obtener autorización para prestar el
servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la
misma que se debe acompañar con la información y documentación que
en dicho artículo se detallan;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 116-2004-MTC/03, modifi
cada por Resolución Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03, ratifi
cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi
cada por Resolución Viceministerial Nº 204-2009-MTC/03, se
aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en
la banda de FM para diversas localidades del departamento de Piura,
entre las cuales se encuentra la localidad de Los Órganos, la misma
que incluye al distrito de Los Órganos, provincia de Talara,
departamento de Piura;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias,
indicado en el párrafo precedente, establece 250 w. como máxima
potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección
de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución
Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas
Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante
Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que
operen en el rango mayor a 100 w. hasta 250 w. de e.r.p., en la
dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi can como
Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de Baja
Potencia;
Que, en virtud a lo indicado, el señor HUGO REGNER DÍAZ DANTAS
no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de
Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los
monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el
numeral 5.2 del Decreto
Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº
038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos
Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 2412-2009-MTC/28, la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable
otorgar la autorización solicitada por el señor HUGO REGNER DÍAZ
DANTAS para la prestación del servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los
Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278,
su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el
Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº
644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado
por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y
Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM)
para la localidad de Los Órganos, aprobado por Resolución
Viceministerial Nº 116-2004-MTC/03, modifi cado por Resolución
Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03, ratifi cado mediante
Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado por
Resolución Viceministerial Nº 204-2009-MTC/03, las Normas Técnicas
del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial
Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor HUGO REGNER DÍAZ
DANTAS, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de
radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la
localidad de Los Órganos, departamento de Piura, de acuerdo a las
condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a
continuación:
Condiciones Esenciales:
Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 96.5
MHz.Finalidad : COMERCIAL
Características Técnicas:
Indicativo : OBK-1AEmisión : 256KF8EPotencia Nominal
delTransmisor : 250 W.Clasifi cación de Estación : PRIMARIA D2 –
BAJA POTENCIA
Ubicación de la Estación:
Estudio : AA.HH. Ricardo Francisco Arca Mz. C Lt. 10, distrito
de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura.
Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 81º 07’ 03’’ Latitud
Sur : 04º 10’ 19’’
Planta Transmisora : Km. 1050 de la Carretera Panamericana a 1.5
Km. del AA.HH Ricardo Francisco Arca, distrito de Los Órganos,
provincia de Talara, departamento de Piura.
Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 81º 07’ 02’’ Latitud
Sur : 04º 09’ 47’’
Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66
dB V/m
La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los
equipos de radiodifusión correspondientes.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento
de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces
auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la
Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009
407195
El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a
partir del día siguiente de notifi cada la presente Resolución, la
cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial “El
Peruano”.
Artículo 2°.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el
despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad
a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación
radiodifusora se encuentre dentro de las Superfi cies Limitadoras
de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas
de radionavegación, el titular deberá obtener el permiso respectivo
de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la
estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no
ocasionar interferencias.
Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente
autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las
otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, el titular deberá
obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas
correctivas que correspondan.
Artículo 3°.- La autorización que se otorga se inicia con un
período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables,
dentro del cual, el titular de la autorización, deberá cumplir con
las obligaciones que a continuación se indican:
- Instalar los equipos requeridos para la prestación del
servicio conforme a las condiciones esenciales y a las
características técnicas aprobadas en la presente autorización.
- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los
equipos instalados deberán contar con el respectivo
Certifi cado de Homologación.
La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio
hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del
mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella
la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad
con equipos homologados, así como el cumplimiento de las
condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el
artículo 1º de la presente Resolución.
Sin perjuicio de lo indicado, el titular podrá solicitar la
realización de la inspección técnica antes del vencimiento del
período de instalación y prueba otorgado.
En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas,
la autorización otorgada quedará sin efecto.
De cumplir el titular con las obligaciones precedentemente
indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir
la respectiva Licencia de Operación.
Artículo 4º.- El titular, dentro de los doce (12) meses de
entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o
conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo
a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o
podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
Artículo 5º.- El titular está obligado a instalar y operar el
servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones
esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º
de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas
previa autorización de este Ministerio.
En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el
máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.
En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de
aprobación previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a
la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.
Artículo 6°.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del
Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº
038-2006-MTC, el titular adoptará las medidas necesarias para
garantizar que las radiaciones que emita la estación de
radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos
como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.
Artículo 7°.- Serán derechos y obligaciones del titular de la
autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los
señalados en la presente Resolución.
Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de
la presente Resolución podrá renovarse por igual período.
La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento
del plazo de vigencia indicado en el mencionado
artículo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones
previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión.
Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la
presente Resolución, el titular de la autorización efectuará el
pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso
contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin
perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo
pertinente.
Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente
Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a
las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.
Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la
Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para
las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones
429219-1
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 589-2009-MTC/03
Lima, 23 de noviembre de 2009
VISTO, el Expediente Nº 2004-014770 presentado por la señora ENA
MARGARITA VARGAS VDA. DE GRANDEZ, sobre otorgamiento de
autorización para la prestación del servicio de radiodifusión
sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de San
Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de
Amazonas;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº
28278, establece que para la prestación del servicio de
radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar
con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro
de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión
indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a
personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de
radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación
de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,
el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a
personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar
determinado equipos de radiodifusión;
Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece
que otorgada la autorización para prestar el servicio de
radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que
tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;
Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento
General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener
autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere
presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la
información y documentación que en dicho artículo se detalla;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 078-2004-MTC/03, ratifi
cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi
cada con Resoluciones Viceministeriales Nº 070-2009-MTC/03 y Nº
203-2009-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y
Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas
localidades del departamento de Amazonas, entre las cuales se
encuentra la localidad de Mendoza, la misma que incluye al distrito
de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de
Amazonas;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias,
indicado en el párrafo precedente, establece 1.0 kW. como máxima
potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección
de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución
Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifi có las Normas
Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante
Resolución Ministerial N° 358-2003-
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, jueves 3 de diciembre de 2009407196
MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 100 W.
hasta 250 W. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de
antena, se clasifi can como Estaciones de Servicio Primario Clase
D2, consideradas de Baja Potencia;
Que, en virtud a lo indicado, la señora ENA MARGARITA VARGAS
VDA. DE GRANDEZ no se encuentra obligada a la presentación del
Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a
efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo
4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi
cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se
aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No
Ionizantes en Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 2436-2009-MTC/28, la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable
otorgar la autorización solicitada por la señora ENA MARGARITA
VARGAS VDA. DE GRANDEZ para la prestación del servicio de
radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el
distrito de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza,
departamento de Amazonas;
De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento
General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº
28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC,
el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº
644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado
por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y
Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM)
para la localidad Mendoza, aprobado por Resolución Viceministerial
Nº 078-2004-MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial
Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado con Resoluciones Viceministeriales
Nº 070-2009-MTC/03 y Nº 203-2009-MTC/03, las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº
358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias; y,
Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones
en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la señora ENA MARGARITA
VARGAS VDA. DE GRANDEZ, por el plazo de diez (10) años, para
prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia
Modulada (FM) en la localidad de Mendoza, departamento de Amazonas,
de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas
que se detallan a continuación:
Condiciones Esenciales:
Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 98.9
MHzFinalidad : COMERCIAL
Características Técnicas:
Indicativo : OCR-9REmisión : 256KF8EPotencia Nominal
delTransmisor : 100 WClasifi cación de Estación : PRIMARIA D2 –
BAJA POTENCIA
Ubicación de la Estación:
Estudio : Jr. Amazonas Nº 111 – Mendoza, distrito de San
Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de
Amazonas.
Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 77º 28’ 47.02’’
Latitud Sur : 06º 23’ 58.04’’
Planta Transmisora : Cerro Carapungo – Mendoza, distrito de San
Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de
Amazonas.
Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 77º 28’ 50.27’’
Latitud Sur : 06º 22’ 57.20’’
Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66
dB V/m
La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los
equipos de radiodifusión correspondientes.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento
de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces
auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la
Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.
El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a
partir del día siguiente de notifi cada la presente Resolución, la
cual, además, será publicada en el Diario Ofi cial “El
Peruano”.
Artículo 2°.- La estación no deberá obstaculizar la correcta
operación aérea en la localidad, ni originar interferencia a los
sistemas de radionavegación, para lo cual la titular deberá adoptar
las medidas correctivas pertinentes, como son, el no ocasionar
interferencias o reubicar la respectiva estación, entre otras.
Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente
autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las
otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, la titular deberá
obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas
correctivas que correspondan.
Artículo 3°.- La autorización que se otorga se inicia con un
período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables,
dentro del cual, la titular de la autorización, deberá cumplir con
las obligaciones que a continuación se indican:
- Instalar los equipos requeridos para la prestación del
servicio conforme a las condiciones esenciales y a las
características técnicas aprobadas en la presente autorización.
- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los
equipos instalados deberán contar con el respectivo
Certifi cado de Homologación.
La inspección técnica correspondiente se efectuará de ofi cio
hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del
mencionado período de instalación y prueba, verifi cándose en ella
la correcta instalación de la estación, incluyendo la operatividad
con equipos homologados, así como el cumplimiento de las
condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el
artículo 1º de la presente Resolución.
Sin perjuicio de lo indicado, la titular podrá solicitar la
realización de la inspección técnica antes del vencimiento del
período de instalación y prueba otorgado.
En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas,
la autorización otorgada quedará sin efecto.
De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente
indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir
la respectiva Licencia de Operación.
Artículo 4º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la
entrada en vigencia de la autorización, la titular deberá presentar
el proyecto de comunicación correspondiente.
Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de
Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de
Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
Artículo 5º.- La titular está obligada a instalar y operar el
servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones
esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º
de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modifi cadas
previa autorización de este Ministerio.
En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el
máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias de la banda y localidad autorizadas.
En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de
aprobación previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a
la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.
Artículo 6°.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del
Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº
038-2006-MTC, la titular adoptará las medidas necesarias para
garantizar que las radiaciones que emita la estación de
radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos
como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo.
Artículo 7°.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la
autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los
señalados en la presente Resolución.
Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de
la presente Resolución podrá renovarse por igual período.
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 3 de diciembre de 2009
407197
La renovación deberá solicitarse hasta el día del vencimiento
del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º y se
sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo
69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la
presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el
pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso
contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin
perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo
pertinente.
Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente
Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a
las normas modifi catorias y complementarias que se expidan.
Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la
Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para
las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CUBA HIDALGOViceministro de Comunicaciones
429206-1
Otorgan autorización a la Asociación Cultural Bethel para
prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en la
localidad de Los Órganos, departamento de Piura
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 590-2009-MTC/03
Lima, 23 de noviembre de 2009
VISTO, el Expediente Nº 2004-016974 presentado por la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL, sobre otorgamiento de autorización para la
prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en
Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los Órganos, provincia
de Talara, departamento de Piura;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº
28278, establece que para la prestación del servicio de
radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar
con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro
de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión
indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a
personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de
radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación
de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,
el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a
personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar
determinado equipos de radiodifusión;
Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece
que otorgada la autorización para prestar el servicio de
radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que
tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;
Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento
General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener
autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere
presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la
información y documentación que en dicho artículo se detallan;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 116-2004-MTC/03, modifi
cada por Resolución Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03, ratifi
cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi
cada por Resolución Viceministerial Nº 204-2009-MTC/03, se
aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en
la banda de FM para diversas localidades del departamento de Piura,
entre las cuales se encuentra la localidad de Los Órganos, la misma
que incluye al distrito de Los Órganos, provincia de Talara,
departamento de Piura;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias,
indicado en el párrafo precedente, establece
250 w. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser
autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo,
según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que
modifi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión
aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las
estaciones que operen en el rango mayor a 100 w. hasta 250 w. de
e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifi
can como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de
Baja Potencia;
Que, en virtud a lo indicado, la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL no
se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de
Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los
monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el
numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por
Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los
Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en
Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 2411-2009-MTC/28, la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable
otorgar la autorización solicitada por la ASOCIACIÓN CULTURAL
BETHEL para la prestación del servicio de radiodifusión sonora
educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Los
Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura, señalándose
además que debe establecerse como obligación, a cargo de la
administrada, la presentación del proyecto de comunicación dentro
del período de instalación y prueba;
De conformidad con el Texto Úni