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CONVENIO DE COLABORACIÓN
CHILE TRANSPARENTE (CAPÍTULO CHILENO DE TRANSPARENCIA
INTERNACIONAL)
Y
CAP S.A.
En Santiago, a 27 de julio de 2020, comparecen CHILE TRANSPARENTE, CAPITULO
CHILENO DE TRANSPARENCIA INTERNACIONAL, corporación de derecho privado sin
fines de lucro, R.U.T. 65.254.730-3, representada legalmente por su director ejecutivo, don
ALBERTO PRECHT RORRIS, R.U.T. 14.120.363-0, ambos con domicilio en Merced 152, oficina
102, comuna de Santiago, en adelante, “CHILE TRANSPARENTE”, por una parte; y por la otra
CAP S.A., sociedad del giro de inversiones, R.U.T. 91.297.000-0, representada por su Gerente
General, don JULIO BERTRAND PLANELLA, R.U.T. 11.834.121-K, ambos con domicilio en
calle Gertrudis Echeñique 220, Comuna de Las Condes, en adelante, “CAP”, quienes acuerdan lo
siguiente:
PRIMERO: ANTECEDENTES
1.1 Que Chile Transparente tiene como misión realizar un aporte sustantivo al combate a la
corrupción y las malas prácticas en Chile, promoviendo la creación de una cultura de la probidad y la
transparencia.
1.2 El Grupo CAP es el principal productor de minerales de hierro y pellets de hierro en la costa
americana del Pacífico, el mayor productor siderúrgico en Chile y el más importante procesador de
acero del país.
1.3 CAP busca continuamente asegurar que su actividad presente y futura se desarrolle sin alterar
las relaciones con su entorno, junto con aportar valor a las zonas donde opera. En este sentido, la
Empresa cuenta con una “Estrategia de Sostenibilidad”, que posiciona como un objetivo central a
desarrollar la creación de valor sustentable, definiendo como uno de sus tres ejes prioritarios de acción
el aporte a la sociedad.
1.4 Que teniendo presente la misión de ambas instituciones y el deseo e interés de ellas de
establecer relaciones de colaboración mutua con la finalidad de promover el conocimiento, a través
de la educación, investigación y extensión, acuerdan lo establecido en el presente instrumento.
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SEGUNDO: OBJETO DEL CONVENIO
2.1 Constituye el objeto del presente convenio, la participación de CAP como Miembro
Cooperador de Chile Transparente.
2.2 Como cuota anual de membresía, CAP pagará a Chile Transparente la suma equivalente a
$10.000.000 (diez millones de pesos). Para efectos del pago CAP depositará la suma total en la cuenta
corriente N°76223965, abierta a nombre de Capítulo Chileno de Transparencia Internacional en el
Banco de Crédito e Inversiones. Las partes acuerdan que el pago se efectuará durante el mes de
octubre de 2020.
2.3 Ambas partes manifiestan su deseo de colaborar, asistirse y complementarse, de acuerdo con
lo señalado en la Propuesta de Trabajo que se adjunta como Anexo al presente instrumento. Las
actividades del trabajo conjunto de las partes incluyen el apoyo en la socialización de las políticas
anticorrupción al interior de las empresas del Grupo CAP, ejecución de actividades de capacitación,
trabajo con las distintas áreas expuestas de las empresas del Grupo CAP para promover buenas
prácticas en el relacionamiento con proveedores, apoyo en mecanismos de relacionamiento con
autoridades públicas, fortalecimiento de la reportabilidad de información, entre otras descritas en el
referido Anexo.
2.4 Para la celebración del presente acuerdo, cada una de las partes ha tenido en especial
consideración que la otra ha demostrado el compromiso de conducir sus propias acciones en forma
ética, y de fomentar mediante ellas la transparencia y la probidad en sus diversas formas. En atención
a lo anterior, cada una de las partes que concurre a la celebración del presente acuerdo declara
reafirmar su compromiso de observar una conducta transparente y proba, y a rechazar la corrupción
en cualquiera de sus manifestaciones.
TERCERO: BENEFICIOS
3.1 Como Miembro Cooperador, CAP tendrá derecho a los siguientes beneficios:
Participación de CAP en el Lanzamiento Índice de Percepción de la Corrupción.
Participación de CAP en el Lanzamiento Barómetro, Lanzamiento Índice de Transparencia
Corporativa.
Participación de CAP en el Lanzamiento de Transparency in Reporting on Anti-Corruption
(TRAC).
Participación de un representante del directorio de la empresa o gerente corporativo en el Consejo
Asesor de Chile Transparente.
Uso del logo de Chile Transparente indicando su calidad de socio cooperador, previa autorización
del Directorio de la corporación.
Publicación del nombre y logo de la empresa en la página web de Chile Transparente en calidad
de miembro cooperador.
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CUARTO: COORDINACIÓN
4.1 Para la coordinación y desarrollo de las actividades específicas del presente acuerdo, cada
parte designará a un coordinador para la selección y determinación de las mismas y de los recursos
que para cada evento se asignen, todo lo cual deberá constar en los anexos respectivos, o bien, en los
convenios específicos de coordinación que se suscriban. Para los efectos de operar las actividades de
este acuerdo, como marco para las actividades específicas que se desarrollarán, las partes acuerdan
designar como coordinadores, a las siguientes personas:
a) Por Chile Transparente a Don Alberto Precht Rorris, Director Ejecutivo, teléfono: +56
930206966, correo electrónico [email protected] ;
b) Por CAP S.A. a Doña Sofía Ocaranza Álvarez, Oficial de Cumplimiento, teléfono
+56939122605, correo electrónico [email protected]
QUINTO: VIGENCIA
5.1 El presente acuerdo entrará en vigor en la fecha de su suscripción y tendrá una vigencia de
doce (12) meses.
5.2 Las partes podrán acordar la renovación de este Convenio, desde dos (2) meses antes de la
fecha de expiración, dejando constancia en anexo, sin necesidad de suscribir un nuevo acuerdo.
SEXTO: MODIFICACIÓN
6.1 El presente acuerdo podrá ser modificado y complementado por acuerdo escrito de ambas
partes, suscrito por sus respectivos representantes legales.
SÉPTIMO: TERMINACIÓN
7.1 Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula quinta, cualquiera de las dos partes podrá dar por
terminado este acuerdo, dando aviso a la otra parte mediante carta certificada, expendida con al menos
dos (2) meses de antelación a la fecha en que desea ponerle término. En todo caso, cualquier actividad
que ya hubiere comenzado y se mantuviere en desarrollo en virtud de este acuerdo, al momento de su
fecha de terminación, incluyendo la ejecución o implementación de proyectos, capacitaciones o
intercambios, entre otros, deberá continuar hasta su conclusión según se hubiese convenido, salvo
que ambas partes decidan de mutuo acuerdo poner término anticipado a ella, dejando constancia en
documento especial al efecto.
OCTAVO: CLÁUSULA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
8.1 Cada parte, en la ejecución del presente convenio tendrá el deber de cumplir con todas las
leyes de anticorrupción aplicables, especialmente la Ley Chilena N° 20.393 “Responsabilidad Penal
de las Personas Jurídicas”, la Ley de Prácticas de Corrupción Extranjera (Foreign Corrupt Practices
Act) de los Estados Unidos de América y la Ley de Soborno del Reino Unido (UK Bribery Act), y no
dará, ni ofrecerá, recibirá, o acordará recibir, ningún pago, regalo u otra ventaja que viole alguna de
las referidas leyes de anticorrupción que pudieren ser aplicables.
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8.2 En particular, se deja constancia que el dinero objeto de la presente colaboración no ha sido,
ni será prometido o dado, en total o en parte, ya sea directa o indirectamente, para el beneficio personal
de cualquier funcionario público o de Chile Transparente (incluyendo a cualquier persona empleada
por o actuando en representación del Estado, entidad de propiedad o controlada por el Estado,
organización pública internacional, o un partido político; o cualquier candidato a un cargo público, o
persona que tenga un cargo legislativo, administrativo o judicial de cualquier índole, para cualquier
país, territorio o subdivisión de cualquier país o territorio; o una persona que ejerza una función
pública para, o de parte de cualquier país, territorio, subdivisión de cualquier país o territorio, o
cualquier agencia pública o empresa pública) para influenciar la acción oficial; o a cualquier otra
persona para influenciar a aquélla u otra persona para que actúe en incumplimiento de un deber de
buena fe, imparcialidad o confianza, para recompensar a la persona que actúa incorrectamente, o
donde el receptor estaría actuando incorrectamente al recibir algo de valor.
8.3 Toda obligación pertinente de informar, incluyendo aquellas obligaciones para todas las
agencias reguladoras y autoridades tributarias, serán cumplidas en relación con la colaboración y su
uso.
8.4 Chile Transparente declara expresamente que ha tomado conocimiento de las disposiciones
de la Ley N°20.393, la Ley de Prácticas de Corrupción Extranjera (Foreign Corrupt Practices Act) de
los Estados Unidos de América y la Ley de Soborno del Reino Unido (UK Bribery Act), por lo que
garantiza a CAP que adoptará las medidas de prevención de los delitos que resulten necesarias y
suficientes para dar cumplimiento a los más altos estándares de probidad, buenas prácticas, moral,
orden público y del “Sistema de Prevención de Delitos” implementado por CAP, durante toda la
vigencia de la relación contractual.
8.5 En razón de lo anterior, Chile Transparente garantizará a CAP que su personal se encuentra
debidamente capacitado y que ha hecho extensible este compromiso a todos los subcontratistas o
terceros que participen bajo su control, dependencia y/o a petición de c en actuaciones asociadas con
la donación.
8.6 Adicionalmente, Chile Transparente declara conocer que está obligado a cumplir un elevado
estándar ético en el desarrollo de sus actividades, desempeñarse respetando y dando cumplimiento a
todas las normas legales vigentes que prohíben la realización de conductas delictivas, contrarias a la
moral o a la ética, y aquellas indicadas en la Ley N° 20.393.
8.7 Chile Transparente se compromete a utilizar los canales de comunicación y denuncia que
CAP ha dispuesto, para informar de cualquier hecho, acción, omisión o circunstancia que pudiere
infringir los lineamientos éticos, con especial énfasis en aquellas que pudieren constituir la comisión
o sospecha de comisión de uno de los delitos de la Ley N°20.393.
8.8 Asimismo, en el evento que en la ejecución del presente aporte sea necesaria la solicitud,
tramitación, obtención y renovación de autorizaciones, permisos o solicitudes de cualquier especie o
naturaleza y ante cualquier autoridad, ya sea ambiental, sectorial, fiscal, semi-fiscal, provincial,
gubernamental, municipal o de otra índole, Chile Transparente deberá actuar con la más alta y debida
diligencia cumpliendo en todo momento con la normativa aplicable en materia de responsabilidad
penal, comportamiento ético y responsabilidad civil y administrativa, prohibiéndose el otorgamiento
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de incentivos económicos al realizar las gestiones antes indicadas y cualquiera de las actuaciones
sancionadas por la Ley N° 20.393.
8.9 Finalmente, en caso que durante la ejecución de la colaboración se entreguen: viáticos, costeo
pasajes, hospedajes y/o traslados; Chile Transparente hará entrega del listado del equipo de trabajo
que hará uso de recursos para los gastos señalados, indicando el rol que ejecutarán en el marco de la
ejecución de las actividades asociadas al objeto del Convenio.
El incumplimiento de las obligaciones antes indicadas o la remisión de información falsa, darán lugar
a la resolución inmediata del presente Contrato y a una indemnización a favor de CAP, por cualquier
daño, costo, gasto y/o pérdida de cualquier naturaleza sufrida por CAP a causa de dicho
incumplimiento y/o terminación, sin perjuicio de los demás recursos y remedios establecidos en este
instrumento y de aquellos que se establece en la normativa chilena. Esta disposición sobrevivirá a
cualquier rescisión del Contrato.
NOVENO: PRÓRROGA DE COMPETENCIA
9.1 En el caso de cualquier dificultad o desacuerdo entre las partes con respecto a la interpretación
o ejecución del presente acuerdo, las partes se someterán al veredicto de sus más altas autoridades,
con el fin de obtener una solución no conflictiva. Sólo para el caso de no poder obtener solución a
través de tal medio, y para todos los efectos del presente acuerdo, las partes fijan domicilio en la
comuna y ciudad de Santiago de Chile, y acuerdan someterse a la jurisdicción de sus Tribunales de
Justicia.
DÉCIMO: PERSONERÍAS
La personería de don Alberto Precht Rorris para actuar en representación de Chile Transparente
consta en Acta de Sesión Extraordinaria de Directorio de veintinueve de julio de dos mil diecinueve,
reducida a escritura pública, con fecha siete de agosto de dos mil diecinueve, ante Notario Público de
Santiago doña Valeria Ronchera Flores, repertorio 6325/2019.
La personería de don Julio Bertrand Planella para representar a CAP S.A. consta de la escritura
pública de fecha 13 de mayo de 2020, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot.
El presente convenio se firma en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha quedando uno en poder de
cada parte.
JULIO BERTRAND PLANELLA
GERENTE GENERAL
CAP S.A.
ALBERTO PRECHT RORRIS
DIRECTOR EJECUTIVO CHILE
TRANSPARENTE
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ANEXO
PROPUESTA DE TRABAJO
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Propuesta de trabajo alianza Chile Transparente- CAP
2020
Las instituciones líderes públicas y privadas juegan un rol central en determinar la manera en que
una sociedad reacciona ante la corrupción, tanto en sus formas tradicionales como en las nuevas y
emergentes manifestaciones de esta.
En este sentido, uno de los objetivos estratégicos de Chile Transparente, Capítulo Chileno de
Transparency International, es desarrollar y promover activamente una implementación amplia de
los estándares de anticorrupción, junto con promover la transparencia y la rendición de cuentas
efectiva, centrada en los usuarios y la usabilidad de la información entregada.
Programa de trabajo de Chile Transparente- CAP
Con el objetivo de apoyar la cultura de transparencia e integridad de CAP, Chile Transparente
desarrolla un plan de trabajo específico, que se enmarca en el convenio de colaboración firmado
entre las partes, que hace a la empresa ser parte del grupo de distintas organizaciones que mantiene
una alianza de colaboración con el Capítulo, con el fin de apoyar las distinta iniciativas que ésta
realiza en materia de anticorrupción en nuestro país.
La propuesta contempla un partnership institucional y una asesoría estratégica que tiene por
objetivo (i) socializar de mejor manera las distintas políticas anticorrupción implementadas en la
actualidad por la empresa, (ii) promover buenas prácticas en el ámbito de relacionamiento con
proveedores de la empresa, (iii) apoyo a los mecanismos de relacionamiento con autoridades
públicas.
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i) Socialización de políticas anticorrupción.
Como una forma de poder apoyar a la empresa en torno a la información y socialización de las
políticas anticorrupción, como es por ejemplo el código de ética de la empresa, con los distintos
colaboradores se proponen las siguientes actividades/ productos:
- ¿Y tú qué puedes hacer para mejorar nuestras prácticas éticas? : A modo de
proporcionar una bajada al código de ética de la empresa, se propone a CAP poner a
disposición una serie de tips para el cumplimiento e incentivo al desarrollo de buenas
prácticas en el día a día de los colaboradores. Para lo cual, se definirá un listado de frases
(una por semana) y que se podrán poner a disposición por medio de la plataforma
intranet, que deberán ser validadas con la contraparte correspondiente.
Particularmente, dichas frases se encontrarán relacionadas con aquellas temáticas
tratadas en el código de ética y/o relacionados con los que éste considera, definiendo
mes a mes una temática en específica. Por ejemplo: regalos, financiamiento de
campañas, comportamiento ético, entre otros. Para lo cual se definirán las frases
correspondientes al tema.
- Storytelling: Consiste en una técnica que permite transmitir contenidos de una manera
más comprensible y agradable para el público objetivo. A raíz de ello, es que se propone
a la empresa el desarrollo de storytellings relacionados con situaciones cotidianas que
reflejen comportamientos contrarios a aquello que es incentivado por la propia
empresa. Particularmente, Chile Transparente proporcionará apoyo en contenidos,
definición de caso (conforme a aquellos que hayan sido recibidos por medio del canal
de denuncias de la empresa o sean de conocimiento del área de compliance) o situación
así como del guion correspondiente a utilizar.
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- Capacitaciones: Como parte del plan de socialización del código de ética de la
compañía, se propone el desarrollo de jornadas conjuntas de capacitación sobre ética
personal y ética empresarial a grupos clave de colaboradores, por medio de las cuales
se puedan levantar casos asociados al incumplimiento de las medidas implementadas
por la empresa al respecto.
Particularmente, se proponen jornadas en las que CAP pueda presentar a grandes
rasgos el contenido del código, y Chile Transparente refuerce dichos contenidos desde
la perspectiva de la sociedad civil, sobre la relevancia de la toma de buenas decisiones
para el funcionamiento íntegro de la organización.
De acuerdo con lo anterior, se propone a la empresa el desarrollo de cinco
capacitaciones destinadas a proporcionar apoyo en la difusión y refuerzo de aquellos
valores y lineamientos definidos por medio del código de ética de la compañía. Dichas
capacitaciones tendrán una extensión de 90 minutos aproximadamente cada una.
ii) Buenas prácticas en el relacionamiento con proveedores.
En consideración de potenciales de riesgos de corrupción y/o malas prácticas que pudiesen
generarse en relación con el ámbito de proveedores, es que se propone el desarrollo de actividades
y/o productos enfocados en los siguientes ámbitos:
a) Trabajo con área de abastecimiento.1
Particularmente se propone el desarrollo de cápsulas de contenido sobre cómo evitar el
conflicto de interés con proveedores, por medio de los cuales se presentarán casos,
recomendaciones, situaciones de mayor riesgo y qué hacer si es que se enfrentan a ese tipo
de situaciones, basado en las políticas internas de CAP.
b) Programa de integridad para pequeñas y medianas empresas.
1 Para estos efectos, Chile Transparente proporcionará los contenidos respectivos, lo cual no incluye diseño,
grabaciones, ni impresión de material en caso que sea requerido.
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En el contexto de poder incentivar una cultura de integridad así como de buenas prácticas
con los proveedores de CAP, es que se propone desarrollar un programa de integridad para
éstos, enfocado principalmente en las pequeñas y medianas empresas. Dicho programa
pretende responder a los requerimientos de establecer y fortalecer habilidades,
capacidades y conocimiento respecto a temas de integridad, ética y buenas prácticas tanto
en la organización, así como en los negocios que éstos lleven a cabo
Para lo cual se proponen las siguientes actividades:
- Levantamiento de información, particularmente experiencias con una muestra de
proveedores de CAP que se encuentren dentro de la categoría de pequeña y mediana
empresa.
Para lo cual se pretende definir y aplicar una encuesta que permita esclarecer algunos
aspectos como:
1) Si es que realizan alguna práctica de transparencia y/o integridad al interior de sus
empresas.
2) Cuáles son aquellas acciones o prácticas que ellos consideran riesgosas en términos
de la corrupción.
3) Cuáles son las áreas con mayores riesgos de corrupción o malas prácticas.
4) Entre otras.
- Definición de un decálogo para proveedores que trate medidas básicas de integridad al
interior de las empresas, así como en su vínculo con CAP. Algunos posibles temas a
tratar son: conflicto de interés, soborno entre privados, entre otros que se estimen
pertinentes.
- Definición de un código de ética tipo para las empresas proveedoras, que podrá ser
adoptado por éstas en la medida de lo posible. Pudiendo ser utilizado con los contenidos
propuestos o realizar las modificaciones necesarias de acuerdo a la realidad de cada
empresa.
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- Instancias de formación virtual para líderes de las empresas proveedoras, con objeto de
socializar sobre prácticas o medidas a considerar para llevar a cabo gestiones integras
en sus negocios.
- Definición de contenidos para tres módulos de formación para proveedores de CAP,
sobre transparencia, integridad y anticorrupción a los cuales se pueda acceder por
medio de plataformas internas de CAP. En este sentido, Chile Transparente
proporcionará a esta última los guiones de contenido para los tres módulos.
iii) Apoyo mecanismos de relacionamiento con autoridades públicas.
Dada la importancia que tiene el relacionamiento de agentes de la empresa con autoridades
públicas, ya sea para la presentación de proyectos, poder dar a conocer posturas y opiniones
sobre temáticas relacionadas al rubro de cada empresa, es que se propone a CAP la realización
de la siguiente actividad en complemento a las medidas realizadas de manera interna para la
regulación del relacionamiento con autoridades públicas.
- Talleres ley de lobby:
Con objeto de comprender de una manera más cercana sobre cómo funciona el
relacionamiento con autoridades por medio de la Ley N°20.730 que regula el lobby y la
gestión de intereses particulares ante autoridades, se propone a CAP la realización de
talles prácticos que pudiesen ser impartidos vía online que contemplan 3 fases:
a) Breve introducción de qué trata dicha ley, su propósito, los asuntos que son y no
regulados, importancia de su cumplimiento.
b) ¿Cómo puedo hacer una solicitud de audiencia o reunión a una autoridad? Llenado
de formulario, qué información de la empresa debo saber para hacer una solicitud,
tiempos de espera para la aprobación o rechazo de una audiencia, entre otros.
c) ¿Cómo puedo revisar las reuniones o audiencias que se han realizado con la
autoridad? Lo que implica la revisión de plataformas de lobby de instituciones o
servicios públicos, así sobre cómo revisar los registros generales de audiencias.
- Tips para elecciones:
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En consideración de los vínculos que puede tener cotidianamente la empresa con
autoridades tanto a nivel central como local, así como de los procesos de elecciones
que hoy en día se han postergado para octubre del 2020 (plebiscito) y abril del 2021
(elecciones municipales, Gobernadores Regionales y potencialmente constituyentes),
es que se propone a CAP la entrega de un documento con información relacionada con
dichas elecciones, así como de tips o recomendaciones a considerar para las etapas
previas y durante la realización del proceso electoral.
iv) Otros.
- Fortalecimiento de la reportabilidad de información.
La reportabilidad de información por parte de las empresas, podemos segmentarla hoy en día en
dos lineamientos. Por una parte, la comunicación que se lleva a cabo desde la empresa hacia el
exterior, aspecto sumamente importante dado que, permite generar un ambiente de transparencia
y confianza respecto a sus principales stakeholders. En este contexto, se sugiere la publicación de
información actualizada, clara y accesible para quienes ingresen a observarla principalmente a
través de los canales de comunicación oficiales de las empresas. Y, por otra parte, la comunicación
interna, que en este sentido se enfoca en el desarrollo de herramientas que permitan el acceso a
comprender de una forma fácil y clara a los colaboradores de la empresa, procesos desarrollados ya
sea en torno a las políticas anticorrupción internas, así como procedimientos definidos para con su
relación con el medio.
Debido a lo anterior, se proponen productos tales como:
Recomendaciones basadas en medición TRAC-Chile: considera la evaluación de la
reportabilidad de CAP, específicamente en cuanto a la información disponible en su sitio
web oficial. Dicha evaluación contempla medir la presencia o ausencia de estándares
relacionados con la divulgación de políticas anticorrupción, transparencia organizacional e
información financiera por país de operación.
La divulgación de esta información se hace importante para diagnosticar y a continuación
proporcionar sugerencias para la mejora de la política de reportabilidad de la empresa,
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específicamente en cuanto a la apertura de información destinada a los distintos stakeholders de la
empresa.
Revisión de reportes corporativos o políticas anticorrupción de la compañía. Dicha
actividad consiste en la revisión de memorias anuales o reportes integrados previo a su
publicación, proceso en el cual el equipo de Chile Transparente verifica la publicación de
información relacionada con aquellos estándares utilizados en la medición de TRAC- Chile y
se proporcionan observaciones respecto a ello, para la mejora de la publicación de
información de la empresa a sus distintos grupos de interés.
Con el compromiso de alcanzar mayores niveles de transparencia e integridad en el sector
empresarial, Chile Transparente invita a sus miembros cooperadores a participar de manera
activa en los debates públicos o internos que Chile Transparente realiza regularmente.
Lanzamiento Índice de Percepción de la Corrupción.
Lanzamiento Barómetro, Lanzamiento Índice de Transparencia Corporativa.
Lanzamiento de Transparency in Reporting on Anti-Corruption (TRAC).
Participación de un representante del directorio de la empresa o gerente corporativo en
el Consejo Asesor de Chile Transparente.
Uso del logo de Chile Transparente indicando su calidad de socio cooperador, previa
autorización del Directorio de la corporación.
Publicación del nombre y logo de la empresa en la página web de Chile Transparente.
Propuesta de Membrecía
El valor de la membrecía y del plan de trabajo está considerado dentro del aporte anual de
$10.000.000 que hará a la empresa ser parte de nuestras empresas cooperadoras.
Chile Transparente pone a su disposición equipo profesional y experiencia en el desarrollo de cada
producto comprometido y además ofrece tarifas preferenciales para miembros cooperadores para
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otras actividades aquí no incluidas. También evaluará la posibilidad de incluir contenidos y
expositores del miembro cooperador en sus actividades.
Los únicos costos adicionales que deben ser asumidos por la empresa son los desplazamientos para
charlas fuera de la Región Metropolitana y el catering para las capacitaciones y actividades que lo
requieran.
Seguimiento y cumplimiento de compromisos
Con el fin conocer la satisfacción de CAP con los productos comprometidos en el plan de trabajo,
Chile Transparente propone el siguiente plan:
Elaboración de carta Gantt conjunta entre la empresa y Chile Transparente.
Formalización del plan de acción anual mediante calendario de actividades.
Reunión mensual de seguimiento de la alianza entre la empresa y Chile Transparente.
Evaluación semestral de cumplimiento del plan de trabajo.
Evaluación anual del plan y estado de la alianza para actualización de esta.
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