UNFV-FAU PRCTICAS PRE PROFESIONALES
INDICEI.-DEFINICIN CONTRATO CONTRATO DE
TRABAJOII.-CARACTERSTICASIII.-SUJETOS DEL CONTRATO LABORAL
EFECTOSIV.-ELEMENTOS DEL CONTRATO DEL TRABAJO ELEMENTOS GENRICOS
ELEMENTOS ESENCIALES ELEMENTOS TPICOS OTROS ELEMENTOSV.-MODELOS DE
CONTRATO EJEMPLOS
I.- DEFINICIN
III.- CARACTERSTICAS DEL CONTRATO LABORAL
El trabajo aleja tres grandes males: el aburrimiento, el vicio y
la necesidad El trabajo dignifica al hombre Nos ensea a valorar ms
lo que obtenemos a travs del esfuerzo, la paciencia y la
honestidad
Sea cual sea tu labor, sintete afortunado, porque si tienes un
trabajo, tienes una bendicin
SUJETOS DEL CONTRATO LABORALLos sujetos que componen un contrato
de trabajo son el trabajador por una parte, y el empleador. Dicho
contrato se perfecciona con el consentimiento de las partes.
EFECTOS DEL CONTRATO LABORALEl contrato de trabajo se convierte
en el ttulo jurdico del que se deriva la atribucin patrimonial de
los frutos del trabajo al empleador.
La relacin laboral determina el pago de una remuneracin, adems
de una serie de beneficios laborales, como seguro de vida ,
gratificaciones semestrales, vacaciones anuales pagadas,
compensacin por tiempo de servicios, participacin en utilidades,
indemnizacin por despido arbitrario, remuneracin mnima vital,
asignacin familiar, entre otros
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJOSe consideran tres grupos:
Genricos, Esenciales y Tpicos.I. Elementos GenricosSegn lo
establece el cdigo civil peruano, para que un acto jurdico (en este
caso, un contrato) sea vlido se requiere: Agente CapazEstipulado en
el primer inciso del Articulo 140 del Cdigo Civil, hace referencia
a la capacidad de usufructo y de ejercicio. Capacidad de usufructo
es la aptitud que tiene una persona para ser sujeto o parte, por si
mismas o por un representante, en las relaciones jurdicas, como
titular o de derechos y facultades y por la cual se ve obligado a
una prestacin o al cumplimiento de un deber.Capacidad de ejercicio
o de obrar implica la capacidad de realizar los actos estipulados
en el contrato con eficacia. Objeto Fsica y Jurdicamente posible El
artculo 219 del CCP precisa lo siguiente:Objeto Fsicamente posible,
la prestacin que vendra a ser el objeto de la relacin jurdica deben
ser posibles fsicamente. Es decir, que deben ser compatibles con
las leyes de la naturaleza y adems estar dentro de las
posibilidades intelectuales y naturales de la persona humana.Objeto
Jurdicamente posible, est referida a la conformidad de la relacin
jurdica, junto con una conformidad legal.La determinabilidad del
objeto, es determinada cuando los derechos y los deberes son
identificados en el momento de la celebracin del acto contractual.
Fin LicitoConsiste en la orientacin que se le da a la manifestacin
de la voluntad para que esta se dirija a la produccin de efectos
jurdicos guardando conformidad con el ordenamiento legal.
Observancia de la forma prescrita bajo sancin de nulidadTodo acto
jurdico tiene una forma (esencia) y un sentido (el acto
intrnsecamente considerado). En ciertos casos la ley requiere la
celebracin de un contrato necesariamente de determinada forma, bajo
sancin de nulidad. Cuando estos casos son necesarios, responden por
principio a una doble funcin; de un lado, evitar abusos y
salvaguardar la independencia de la voluntad y por otro lado, la
certificacin de la declaracin y lo declarado, en suma, del negocio
como tal.
II. ELEMENTOS ESENCIALES Prestacin Personal de ServiciosEs la
actividad del trabajador, que debe ser desempeada de forma personal
y directa, sin intermediarios. El nico supuesto de ayuda emitido
legalmente, es el del trabajador que es ayudado por familiares
directos que dependan de l. Artculo 5 de la LPCL. El objeto de
prestacin de servicios ha de ser lcito, posible y determinado.
Realizada de Forma Subordinada La subordinacin es el vnculo
jurdico entre el contratado y el contratante, siendo este ltimo
quien posee un poder de direccin que se concreta en tres
atribuciones especiales dirigidas al trabajador:Dirigir, mediante
la cual el empleador establece lineamientos generales y
particulares al trabajador sobre la forma como se debe ejecutar la
prestacin del servicio.Fiscalizar, mediante la cual el empleador
verifica y controla que las rdenes impartidas sean
cumplidas.Sancionar, mediante la cual el empleador puede imponer
sanciones por el incumplimiento de las rdenes impartidas.El
empleador esta facultado para introducir cambios o modificar
turnos, das u horas de trabajo, as como la forma y modalidad de la
prestacin de labores, dentro de criterios de razonabilidad y
teniendo en cuenta las necesidades del centro de trabajo. Art. 9
D.S. 003-97-R.Segn la LPCL, despus de cumplir la prestacin del
trabajo, el salario se encuentra garantizado, sea cual fuere el
resultado de la actividad dirigida por el empresario.
A cambio de una RemuneracinLa remuneracin es la retribucin que
recibe el trabajador de parte del empleador a cambio de su trabajo.
Es el principal derecho del trabajador surgido de la relacin
laboral. Desde el momento que se emprende la labor, el trabajador
deja de realizar su servicio desde una lgica ldica, recreativa o de
mero ocio, y lo hace con el fin de obtener una ventaja
patrimonial.El pago debe hacerse fundamentalmente en dinero y solo
parcialmente en especie (constituye salario en especie, aquella
parte de la remuneracin que se da como compensacin directa al
trabajador o a su familia, tales como alimentacin, habitacin o
vestuario.No forman parte de una remuneracin: gratificaciones o
bonificaciones.
III. Elementos TpicosLos elementos tpicos, son ciertas
caractersticas que los ordenamientos laborales buscan fomentar por
cuanto su presencia favorece a los trabajadores.En si ayudan a
determinar la verdadera naturaleza de la relacin cuando sta es
controvertida.Los elementos que suelen calificar a una relacin de
trabajo como tpico o atpico son los siguientes: La duracin de la
relacin: el contrato de trabajo puede ser a plazo indefinido o
encontrarse sujeto a modalidad. La duracin de la jornada: que puede
ser a tiempo completo a tiempo parcial. El lugar de prestacin del
servicio: el mismo que puede realizarse en el centro de trabajo de
trabajo o fuera de l. El nmero de empleo (o empleadores) que tiene
el trabajador: los servicios que se presten pueden ser exclusivos
para un solo empleador o se puede estar pluriempleado.Un contrato
de trabajo tpico es aquel que se establece por tiempo indefinido,
se presta en el centro de trabajo, en una jornada completa y en
forma exclusiva para un empleador. La ausencia de algunos de los
elementos antes sealados, no invalida ni desnaturaliza el contrato
de trabajo, nicamente convierte en atpica la relacin de
trabajo.
IV. Otros ElementosAdems de los elementos ya mencionados, se
tienen en cuenta otros que nos permiten identificar los tipos de
contrato: La FormaEl contrato puede celebrarse por escrito o de
palabra. No obstante cualquiera de las partes podr exigir que el
contrato se formalice por escrito, incluso durante el transcurso de
la relacin laboral.Por escrito: los contratos deben constar por
escrito cuando as se exija por disposicin legal.De palabra: solo
pueden suscribirse de forma verbal dos modalidades de contrato: El
contrato eventual y el contrato indefinido ordinario.
El contenido del contratoSon los elementos esenciales del
contrato y las principales condiciones de trabajo. Si estas pautas
no constataran en el contrato por escrito, el empresario deber
informar por escrito al trabajador en un plazo mximo de dos meses a
partir de la fecha del inicio laboral. La nulidad del contratoEl
contrato de trabajo puede resultar nulo (parcial o total) por
inexistencia del consentimiento o ilicitud del objeto, inexistencia
o ilicitud de la causa o por infraccin en las normas
laborales.Nulidad parcial, si resulta nula una parte del contrato,
se mantiene su parte valida y se sustituye la parte nula por lo
establecido en la norma o convenio colectivo aplicable.Nulidad
total, se generan desde el momento de declaracin de la nulidad. El
trabajador puede exigir la remuneracin por el trabajo que ya
hubiese prestado. Se puede dar por falta de capacidad o por
incumplimiento de las normas legales.
DURACIN DEL CONTRATO La duracin del contrato de trabajo es
variable. Un contrato de trabajo puede serindefinido (trabajo fijo)
o bien tener una duracin determinada (trabajo temporal). Las normas
que regularan cada tipo de contrato dando la duracin mnima y mxima
de este. La duracin del contrato podr ser el tiempo que las partes
han pactado, durante el cual se mantendr vigente la relacin
laboral.Aclarando que independientemente del tiempo acordado, en
todo contrato de trabajo, las partes tienen los mismos derechos y
obligaciones dispuestas en la normativa laboral.
IV.- TIPOS DE CONTRATO LABORAL 1. Contrato Indefinido:
Es aquel que se concierta sin establecer lmites de tiempo en la
prestacin de los servicios, en cuanto a la duracin del contrato.El
contrato de trabajo indefinido podr ser verbal o escrito.El
contrato de trabajo indefinido podr celebrarse a jornada completa,
parcial o para la prestacin de servicios fijos discontinuos.
Cuando se trate de trabajo fijo discontinuo el contrato se deber
formalizar necesariamente por escrito en el modelo que se
establezca, y en l deber figurar la indicacin sobre la duracin
estimada de la actividad. En el supuesto de trabajadores a
distancia en el contrato deber hacerse constar el lugar en que se
realice la prestacin. En el contrato debern figurar el nmero de
horas ordinarias de trabajo al da, a la semana, al mes o al ao
contratadas y su distribucin. De no observarse estas exigencias, el
contrato se presumir celebrado a jornada completa, salvo se pueda
acreditar lo contrario. De no observarse la formalizacin de un
contrato por escrito cuando sea exigible, el contrato se presumir
celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba
en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carcter a
tiempo parcial de los servicios. En todo caso, cualquiera de las
partes podr exigir que el contrato se formalice por escrito incluso
durante el transcurso de la relacin laboral. El contenido del
contrato se comunicar al Servicio Pblico de Empleo Estatal en el
plazo de los 10 das siguientes a su concertacin. Cuando se
formalice el contrato con un trabajador discapacitado el contrato
se formalizar por escrito, en modelo oficial. Al contrato se
acompaar solicitud de rgimen correspondiente de la Seguridad
Social, as como el certificado de discapacidad.
2. Contrato Tiempo Parcial:
El contrato de trabajo ser a tiempo parcial, cuando se haya
acordado la prestacin de servicios durante un nmero de horas al da,
a la semana, al mes o al ao, inferior a la jornada de trabajo de un
trabajador a tiempo completo.
El contrato a tiempo parcial se da cuando se realiza trabajos
fijos y peridicos. El contrato a tiempo parcial se regir por las
siguientes reglas:-El contrato se deber formalizar necesariamente
por escrito, en el modelo que se establezca.- En el contrato debern
figurar el nmero de horas ordinarias de trabajo al da, a la semana,
al mes o al ao contratadas y su distribucin. De no observarse estas
exigencias, el contrato se presumir que es a jornada completa,
salvo se pruebe lo contrario.
-La jornada diaria en el trabajo a tiempo parcial podr
realizarse de forma continuada o partida.
-Los trabajadores a tiempo parcial tendrn los mismos derechos
que los trabajadores a tiempo completo. -El empresario deber
informar a los trabajadores de la empresa sobre la existencia de
puestos de trabajo y vacantes, de manera que aqullos puedan
formular solicitudes de conversin voluntaria de un trabajo a tiempo
completo a un trabajo a tiempo parcial y viceversa, o para el
incremento del tiempo de trabajo de los trabajadores a tiempo
parcial.-Los trabajadores que, habiendo sido contratados
inicialmente a tiempo parcial, hubieran prestado servicios como
tales en la empresa durante tres o ms aos se les brindar las
facilidades para que estos pudiesen tener una estabilidad o
volverse permanentes.
La realizacin de horas complementarias, est sujeta a las
siguientes reglas:a) El empresario slo podr exigir la realizacin de
horas complementarias cuando as lo hubiera pactado, pero
constituir, en todo caso, un pacto especfico respecto al contrato.
El pacto se formalizar necesariamente por escrito.b) El nmero de
horas complementarias no podr exceder del 15 % de las horas
ordinarias de trabajo.d) El trabajador deber conocer el da y hora
de realizacin de las horas complementarias con un preaviso de siete
das.e) Las horas complementarias efectivamente realizadas se
retribuirn como ordinarias.f) El pacto de horas complementarias y
las condiciones de realizacin de las mismas estarn sujetos al
cumplimiento de los requisitos establecidos en las letras
anteriores.En caso de incumplimiento de tales requisitos y rgimen
jurdico, la negativa del trabajador a la realizacin de las horas
complementarias, pese a haber sido pactadas, no constituir conducta
laboral sancionable.
3. Contrato para trabajadores con Discapacidad:
Contrato de trabajo indefinido para trabajadores con
discapacidad
Para poder acceder a este tipo de contratacin el trabajador
deber cumplir los siguientes requisitos:
1.Ser trabajador con discapacidady estar reconocido como tal por
el organismo competente.2.Estar inscrito en la Oficina de Empleo.
En empresas las personas con discapacidad contratados no podr
superar el 51% del total de los trabajadores de la plantilla,
excepto en caso de que el trabajador con discapacidad sea el nico
componente de la misma.Las empresas beneficiarias estarn obligadas
a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mnimo
de 3 aos, no pudiendo despedirlos sin causa justificada y, en caso
de despido procedente, debern sustituirlos por otros trabajadores
con discapacidad.
El contrato podr ser formalizado a tiempo completo o a tiempo
parcial. La formalizacin se har en la Oficina de Empleo en los 10
das siguientes a su concertacin. Deber ir acompaado por el
Certificado de Discapacidad.
Contrato de trabajo temporal para trabajadores con
discapacidad
El objeto de este contrato es facilitar la contratacin temporal
de los trabajadores con discapacidad. La duracin de estos contratos
no podr ser inferior a doce meses ni superior a tres aos. El
contrato se concertar a jornada completa.
4. Contrato Formativo:
Contrato de trabajo para la formacin
1. El contrato de trabajo en prcticas podr concertarse con
quienes estn posesin de ttulo universitario o de formacin
profesional de grado medio o superior o ttulos oficialmente.
a) El puesto de trabajo deber permitir la obtencin de la prctica
profesional adecuada al nivel de estudios cursados. b) La duracin
del contrato no podr ser inferior a seis meses ni exceder de dos
aos, atendiendo a las caractersticas del sector y de las prcticas a
realizar.c) Salvo lo dispuesto en convenio colectivo, el perodo de
prueba no podr ser superior a un mes para los contratos en prcticas
celebrados con trabajadores que estn en posesin de ttulo de grado
medio, ni a dos meses para los contratos en prcticas celebrados con
trabajadores que estn en posesin de ttulo de grado superior.e) La
retribucin del trabajador ser la fijada, pueda ser inferior al 60%
o al 75 % durante el primero o el segundo ao de vigencia del
contrato, respectivamente.f) Si al trmino del contrato el
trabajador continuase en la empresa no podr concertarse un nuevo
perodo de prueba, computndose la duracin de las prcticas a efecto
de antigedad en la empresa.2. El contrato para la formacin tendr
por objeto la adquisicin de la formacin terica y prctica necesaria
para desempear un puesto de trabajo que requiera un determinado
nivel de cualificacin. a) Se podr celebrar con trabajadores mayores
de diecisis aos y menores de veintin aos. El lmite mximo de edad no
ser de aplicacin cuando el contrato se concierte con desempleados
que se incorporen como alumnos-trabajadores a los programas de
talleres de empleo o se trate de personas con discapacidad.b)
Expirada la duracin mxima del contrato para la formacin, el
trabajador no podr ser contratado bajo esta modalidad por la misma
o distinta empresa.
c) El tiempo dedicado a la formacin terica depender de las
caractersticas del oficio o puesto de trabajo a desempear y del
nmero de horas establecido.Cuando el trabajador contratado para la
formacin sea una persona con discapacidad psquica, la formacin
terica podr sustituirse, total o parcialmente, previo
procedimientos de rehabilitacin o de ajuste personal y social en un
centro psicosocial o de rehabilitacin socio laboral.
d) A la finalizacin del contrato, el empresario deber entregar
al trabajador un certificado en el que conste la duracin de la
formacin terica y el nivel de la formacin prctica adquirida.h) La
retribucin del trabajador contratado para la formacin ser la fijada
en convenio colectivo, sin que, en su defecto, pueda ser inferior
al salario mnimo interprofesional en proporcin al tiempo de trabajo
efectivo.i) El contrato para la formacin se presumir de carcter
comn u ordinario cuando el empresario incumpla en su totalidad sus
obligaciones en materia de formacin terica.
5. Contrato de Relevo:Contrato dirigido a sustituir a un
trabajador de la empresa que accede a la jubilacin parcial por un
trabajador inscrito en la Oficina de Empleo. La duracin del
contrato ser indefinida o igual a la del tiempo que falte al
trabajador sustituido. En el caso del trabajador jubilado
parcialmente despus de haber alcanzado la edad de jubilacin, podr
ser indefinida o anual. En este segundo caso, el contrato se
prorrogar automticamente por perodos anuales. El puesto de trabajo
del trabajador sustituido podr ser el mismo o uno similar,
entendiendo por tal el desempeo de tareas correspondientes al mismo
grupo profesional o categora equivalente.
6. Otros tipos de Contratos de Trabajo:Contrato de trabajo a
domicilioTrabajo realizado en el domicilio del trabajador o lugar
libremente elegido por ste y sin la vigilancia del empresario.
Puede ser indefinido o por tiempo determinado. El contrato se
realizar por escrito y deber constar el lugar en el que se realice
la actividad laboral. Se registrar en la Oficina de Empleo en los
diez das siguientes a su concertacin. El salario, cualquiera que
sea la forma de su fijacin, ser, como mnimo, igual al de un
trabajador de categora profesional equivalente en el sector
econmico de que se trate. Todo empresario que ocupe trabajadores a
domicilio deber poner a disposicin de stos un documento de control
de la actividad laboral que realicen, en el que debe consignarse el
nombre del trabajador, la clase y cantidad de trabajo, cantidad de
materias primas entregadas, tarifas acordadas para la fijacin del
salario, entrega y recepcin de objetos elaborados y cuantos otros
aspectos de la relacin laboral interesen a las partes.
Contrato de trabajo en Grupo Si el empresario diera un trabajo
en comn a un grupo de sus trabajadores, conservar respecto de cada
uno, individualmente, sus derechos y deberes. Este contrato dar
cada uno de los miembros del grupo los derechos y deberes que como
tal le competen. Se celebrar por tiempo indefinido o de duracin
determinado y se registrar en la Oficina de Empleo en los diez das
siguientes a su concertacin. El jefe de grupo ostenta la
representacin de trabajadores que lo integran respondiendo de las
obligaciones de cada uno. El empresario slo puede ejercer sus
derechos y obligaciones con el jefe de grupo. Si el trabajador,
conforme a lo pactado por escrito, asociase a su trabajo a un
auxiliar o ayudante, el empresario de aquel lo ser tambin de
ste.
7. Contrato de Duracin Determinada:Podrn celebrarse contratos de
duracin determinada en los siguientes supuestos:A) Cuando se
contrate al trabajador para la realizacin de una obra o servicio
determinados, con autonoma propia dentro de la actividad de la
empresa y cuya ejecucin, aunque limitada en el tiempo, es en
principio de duracin incierta.B) En caso de que el contrato se
hubiera concertado por una duracin inferior a la mxima legal (que
es dieciocho meses) o convencionalmente establecida, podr
prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una nica vez, sin
que la duracin total del contrato pueda exceder de dicha duracin
mxima.
V.- MODELOS DE CONTRATO.Contenido mnimo general de un
contrato.Identificacin de las partes. Si la empresa tiene
personalidad jurdica, el empresario actuara como representante
legal, haciendo constar el poder que se le otorga para contratar;
de lo contrario, el empresario acta como persona fsica
Fecha y lugar del contratoDenominacin y categoraLugar de
trabajo.Se debe hacer constar el domicilio social de la empresa y
el del centro de trabajo donde se van a prestar los serviciosTiempo
de trabajo. Se especificara la jornada, horario, turno y trabajo
nocturno.Duracin, fecha de comienzo de la relacin laboral y periodo
de prueba.Retribucin (salario base y complementos salariales). Se
debe indicar si el salario es por euros diarios, mensuales o
anuales. El salario que se refleja es el bruto, puesto que el neto
se calcula teniendo en cuenta los seguros sociales Vacaciones. Se
har constar la duracin de las vacaciones anualesPlazo de preaviso
que deben respetar ambas partes en caso de rescisin del
contratoLegislacin aplicable. Se debe indicar la norma concreta que
regula el tipo de contrato y el convenio colectivo.Se pueden
incluir otras clusulas.Firma de las partes.1232456789
Nombre del Arquitecto Av. Angelica Gamarra 500-501Arquitecto CAP
---- Los Olivos fono 33394456 98671568
CONTRATO SERVICIOS PROFESIONALES
CONSTE POR EL PRESENTE CONTRATO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL
DR. YURI MARTINEZ ROJAS IDENTIFICADO CON DN1.
....................... , DOMICILIADO EN LA URB. LA RIVIERA , MzA
P6 LOTE 04 EN EL DISTRITO DE LA MOLINA , QUE EN ADELANTE SE LLAMARA
EL PROPIETARIO Y POR OTRA PARTE EL SR. NOMBRE DEL ARQUITECTO ,
IDENTIFICADO CON DNI 45340810 , DOMICILIADO EN AV. ANGELICA GAMARRA
500-501 EN EL DISTRITO DE LOS OLIVOS, QUE EN ADELANTE SE LLAMARA EL
ARQUITECTO , BAJO LAS CONDICIONES Y TERMINOS SIGUIENTES : PRIMERO
EL PROPIETARIO ES DUEO DE UN TERRENO DE 300 M2 ( 12.00 MTS x 25.OO
MTS ) UBICADO EN LA AV. JAVIER PRADO CDA 61 MANZANA P6 LOTE 04 EN
EL DISTRITO DE LA MOLINA , PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA , SEGN
CONSTA EN LOS DOCUMENTOS ENTREGADOS A EL ARQUITECTO .SEGUNDO SOBRE
EL TERRENO EN MENCION DE LA CLAUSULA PRIMERA, EL PROPIETARIO DESEA
PROYECTAR UNA AMPLIACIN DE SU VIVIENDA UNIFAMILIAR SEGN PROYECTO
ENTREGADO A EL ARQUITECTO. ESTE PROYECTO SE HA DESARROLLADO SEGN
LOS REQUERIMIENTOS DEL PROPIETARIO Y EN LOS PISOS NECESARIOS PARA
TAL FIN. ESTE PROYECTO ARQUITECTNICO DEBE SER APROBADO POR LA
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Y QUE RESPETE LOS REGLAMENTOS DE
CONSTRUCCIN Y REGLAMENTOS DE ZONIFICACION DE LIMA METROPOLITANA. EL
ARQUITECTO REALIZARA LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES EN LA
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Y LOS PAGOS PARA TAL FIN SERAN POR
CUENTA DEL PROPIETARIO. TERCERO LA EDIFICACIN EXISTENTE ES UNA
VIVIENDA UNIFAMILIAR DE DOS PLANTAS DE MATERIAL NOBLE, CON LA
SIGUIENTE DISTRIBUCIN PRIMER PISO CERCO FRONTAL, CAR PORT , RETIRO
DE 6.5 MTS , JARDN DELANTERO , HALL DE RECIBO , SALA , COMEDOR ,
COCINA , COMEDOR DE DIARIO , TERRAZA POSTERIOR , JARDN POSTERIOR Y
REA DE SERVICIO , MEDIO SERVICIO HIGINICO UBICADO BAJO ESCALERA ,
ESCALERA QUE SUBE AL SEGUNDO PISO . SEGUNDO PISO ESCALERA QUE VIENE
DEL PRIMER PISO, HALL, SERVICIO HIGINICO COMN, TRES DORMITORIOS CON
CLOSET, UN DORMITORIO PRINCIPAL CON SU SERVICIO HIGINICO
INCORPORADO, BALCN.
Nombre del Arquitecto Av. Angelica Gamarra 500-501Arquitecto CAP
---- Los Olivos fono 33394456 98671568 CUARTOPOR CONVENIR A SUS
INTERESES EL PROPIETARIO HA CONVENIDO EN PROYECTAR UNA MODIFICACIN,
ADECUACIN Y AMPLIACIN DE SU VIVIENDA ANTES DESCRITA. EL PROPIETARIO
ES UN PROFESIONAL DE LA SALUD Y DESEA BRINDAR SERVICIOS POR LO QUE
PROYECTARA LA MODIFICACIN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y ADEMS UN
ESPACIO DE CONSULTORIO CON CIRCULACIN Y SALIDAS INDEPENDIENTES, EN
EL PRIMER PISO FUNCIONARA VIVIENDA UNIFAMILIAR, EN EL SEGUNDO SE
ADECUARA SU CONSULTORIO Y ADEMS SU VIVIENDA UNIFAMILIAR PERO
INTERRELACIONADAS CON EL FIN DE NO PERDER EL CARCTER DE VIVIENDA.LA
CIRCULACIN DE VIVIENDA SER EN FORMA INTERNA Y PARA EL CONSULTORIO
SER POR EL EXTERIOR MEDIANTE UNA ESCALERA UBICADA EN EL JARDN
DELANTERO SIN INVADIR EL RETIRO OBLIGATORIO SOLICITADO POR EL
CERTIFICADO DE PARMETROS URBANSTICOS Y EDIFICATORIOS.QUINTOPARA
ESTOS TRABAJOS EL PROPIETARIO A CONTRATADO LOS SERVICIOS DE EL
ARQUITECTO PARA REALIZAR LA CONSTRUCCIN DE DICHO PROYECTO EL CUAL
CONSTA DE LAS SIGUIENTES PARTIDAS
SEXTOEL MONTO DE DICHOS TRABAJOS ASCIENDE A LA CANTIDAD
DE.DOLARES AMERICANOS
SETIMOESTE MONTO ES A TODO COSTO, CONTEMPLA LOS GASTOS DE LA
MANO DE OBRA, MATERIALES, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS .CUALQUIER TRABAJO
NO DESCRITO EN LA LISTA ANTERIOR SERA CONSIDERADO COMO ADICIONAL Y
SE PAGARA CON LOS PRECIOS DEL MOMENTO.ESTE MONTO SOLO CONSIDERA
UNICO Y EXCLUSIVAMENTE LOS GASTOS DE OBRA , EL PROPIETARIO ASUMIRA
LOS GASTOS QUE OCASIONE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIN ASI COMO ,
COPIAS DE PLANOS , FOTOCOPIAS , LEGALIZACIONES , INSPECCIONES
OCULARES , ...ETC OCTAVOLA FORMA DE PAGO SERA LA SIGUIENTE:
$.......... A LA ACEPTACIN DEL CONTRATO. $ ... A LA SEMANA
SIGUIENTE. EL RESTO SERA CANCELADO SEMANALMENTE SEGN AVANCE
COMPROBADO.
SE ENTREGARA UN CRONOGRAMA DE AVANCE DE OBRA Y DE CANCELACIONES
PARCIALES.NOVENOEL TIEMPO DE OBRA SERA DE APROXIMADAMENTE DOS MESES
Y MEDIO, EL INICIO SERA EL PRIMERO DE ENERO DEL 2015 Y EL POSIBLE
TERMINO SERA EL 15 DE MARZO DEL 2015 SALVO IMPREVISTOS QUE PUDIERAN
SURGIR AJENOS A LA VOLUNTAD DE EL ARQUITECTO.DECIMO
EN SEAL DE CONFORMIDAD FIRMAMOS EN LA CIUDAD LIMA A LOS 10 DIAS
DEL MES DE FEBRERO DEL 2015.
YURI MARTINEZ ROJAS NOMBRE DEL ARQUITECTO EL PROPIETARIO EL
ARQUITECTO
LIMA, 10 DE FEBRERO DEL 2015 NOMBRE DEL ARQUITECTO Av. Brasil #
2211 203Arquitecto CAP ---- Jess Maria fon 7781266 98891863
CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES
CONSTE POR EL PRESENTE CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE EL SR. NOMBRE DEL ARQUITECTO IDENTIFICADO
CON DNI 45340810, DOMICILIADO EN AV. BRASIL 2211 203 JESUS MARIA
QUE EN ADELANTE SE LLAMARA EL ARQUITECTO Y POR OTRA PARTE EL SR.
JOSE LUIS ADAUTO RIVA IDENTIFICADO CON DNI, DOMICILIADO EN AV. ZONA
INDUSTRIAL VILLA EL SALVADOR , QUE EN ADELANTE SE LLAMARA EL
PROPIETARIO , EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES SIGUIENTES :PRIMEROEL
PROPIETARIO ES DUEO DE UN TERRENO , UBICADO EN EL DISTRITO DE VILLA
ES SALVADOR , LIMA , PARCELA II , DEL PARQUE INDUSTRIAL VILLA EL
SALVADOR , LOTE 26 , MZA N , CON SALIDA FRONTAL CALLE 5 . Y CON
SALIDA POSTERIOR POR LA CALLE / PASAJE S/N , CON LOS LINDEROS
SIGUIENTES POR EL FRENTE CON 10.00 ML , COLINDANTE CON LA CALLE 5 ,
POR LA DERECHA ENTRANDO COLINDANTE CON EL LOTE 27 CON 31.46 ML ,
POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO COLINDANTE CON EL LOTE 25 CON UNA
LINEA RECTA DE 31.46 ML , POR EL FONDO COLINDANTE CON LOS LOTES 16d
Y EL PASAJE 9 b , CON UN ALINEA RECTA DE 10.00 ML .DENTRO DE ESTOS
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMTRICAS SE ENCIERRA UN REA DE 314.16 M2 ,
SEGN CONSTA EN LA FICHA REGISTRAL .SEGUNDO EL PROPIETARIO POR
CONVENIR A SUS INTERESES CONTRATA LOS SERVICIOS DE EL ARQUITECTO
PARA REALIZAR LOS SIGUIENTES TRABAJOS EN EL TERRENO:PROYECTO
ARQUITECTONICO DE UN SEMISOTANO , DOS NIVELES COMERCIO Y UN TERCER
NIVEL DE VIVIENDA. BORRADORES
BORRADORES PARA DEFINIR EL ANTEPROYECTO SELECIONADO A
DESARROLLAR. SE ESTIMA PRESENTAR TRES BORRADORES MAXIMO.
NOMBRE DEL ARQUITECTO Av. Brasil # 2211 203Arquitecto CAP -----
Jess Maria fon 7781266 - 98891863 ANTEPROYECTOTRAMITAR EL
CERTIFICADO DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS DEL LOTE EN
CUESTION.DESARROLLAR EL BORRADOR ESCOGIDO EL CUAL CONTENDRA LA
DISTRIBUCION SEMISOTANO, DISTRIBUCION PRIMER PISO, DISTRIBUCION
SEGUNDO PISO Y TERCER PISO , DISTRIBUCION PLANTA TECHOS , CORTES
TRANSVERSALES Y LONGITUDINAL , FACHADAS POSTERIORES Y FACHADAS
PRINCIPALES , PLANO DE UBICACIN .ESTE JUEGO DE PLANOS SE PRESENTARA
A LA MUNICIPALIDAD RESPECTIVA PARA SU TRAMITE CORRESPONDIENTE, TODO
ESTA PRIMERA ETAPA SE REALIZARA RESPETANDO LA LEY DE EDIFICACIONES
# 29090 Y ORDENANZAS DE LA MUNICIPALIDAD. ARQUITECTURA UNA VEZ
APROBADO EL ANTEPROYECTO EN CONSULTA SE DESARROLLARA LAS
ESPECIALIDAD SIGUIENTES EN SUS TERMINOS SIGUIENTES,
ESPECIALIDAD DE ARQUITECTURA PLANOS DE DISTRIBUCION ESCALA 1/ 50
CORTES Y FACHADAS ESCALA 1/ 50 PLANO DE UBICACIN ESCALA 1/500
MEMORIA DESCRIPTIVA
ESPECIALIDAD DE ESTRUCTURAS CIMENTACION ESCALA 1/50 ALIGERADOS
ESCALA 1/50 DETALLES ESCALA 1/20 COLUMNAS-VIGAS ESCALA 1/20
ESPECIFICACIONES TECNICAS MEMORIA DESCRIPTIVA
ESPECIALIDAD INST. SANITARIAS
RED GENERAL DESAGUE ESCALA 1/50 SALIDAS DE DESAGUE ESCALA 1/50
REDES INTERIORES ESCALA 1/50 RED GENERAL AGUA ESCALA 1/50 SALIDAS
AGUA FRIA ESCALA 1/50 SALIDA AGUA CALIENTE ESCALA 1/50 REDES
INTERIORES ESCALA 1/50 SISTEMA CISTERNA ESCALA 1/20 SISTEMA TANQUE
ELEV. ESCALA 1/20 SISTEMA CONTRA INCENDIO ESCALA 1/50 ESPECIALIDAD
INST. ELECTRICAS RED GENERAL ALIMENTACION ESCALA 1/50 ALUMBRADO
AREAS COMUNES ESCALA 1/50 ALUMBRADO INTERIOR ESCALA 1/50
TOMACORRIENTES ESCALA 1/50 SISTEMA CISTERNA ESCALA 1/50 SISTEMA
TANQUE ELEVADO ESCALA 1/50 SALIDAS TRIFASICAS ESCALA 1/50 SALIDAS
ESPECIALES ESCALA 1/50 POZO PUESTA A TIERRA ESCALA 1/20 RED DE
ALARMAS ESCALA 1/20 PLANO MONTANTES ALUMBRADO ESCALA 1/50 PLANO
MONTANTES TABLEROS ESCALA 1/50 MEMORIA DESCRIPTIVA ESPECIFICACIONES
TECNICAS
NOMBRE DEL ARQUITECTO Av. Brasil # 2211 203Arquitecto CAP -----
Jess Mara fon 7781266 - 98891863
ESPECIALIDAD COMUNICACIONES
RED CONEXIN DOMICILIARIA ESCALA 1/50 SALIDAS INTERCOMUNICADORES
ESCALA 1/50 SALIDA TELEFONO EXTERIOR ESCALA 1/50 SALIDA TV CABLE
ESCALA 1/50 MEMORIA DESCRIPTIVA ESPECIFICACIONES TECNICAS
ESPECIALIDAD SEGURIDAD INDECI BOMBEROS RED CONTRA INCENDIO
ESCALA 1/50 RED GABINETES ESCALA 1/50 ALARMA HUMOS ESCALA 1/50
ALARMA TEMPERATURAS ESCALA 1/50 TABLERO ALARMAS ESCALA 1/50
SEALIZACIONES ESCALA 1/50 EVACUACION ESCALA 1/ 50
NOMBRE DEL ARQUITECTO Av. Brasil # 2211 203Arquitecto CAP -----
Jess Mara fon 7781266 - 98891863
TERCERO EL MONTO DE LOS HONORARIOS PARA DESARROLLAR DICHO
PROYECTO SERA DE XXXXXXXXXX NUEVOS SOLES.CUALQUIER MODIFICACION
HECHA POR EL PROPIETARIO POSTERIOR A LA APROBACION DEL PROYECTO
APROBADO SERA CONSIDERADO COMO ADICIONAL Y SERA CANCELADO CON LOS
PRECIOS DEL MOMENTO.
CUARTO EL TIEMPO DE EJECUCION DEL DESARROLLO DE PROYECTO SERA DE
APROXIMADAMENTE 45 DIAS UTILES A PARTIR DE LA APROBACION DE LOS
BORRADORES POR PARTE DEL PROPIETARIO.QUINTO LA FORMA DE PAGO PARA
EL PROYECTO SERA DE LA SIGUIENTE MANERA:
XXXXXXX SOLES A LA FIRMA DEL CONTRATO. XXXXXXX SOLES A LA
APROBACION DE LA ARQUITECTURA XXXXXX SOLES A LA TERMINACION DE LAS
ESPECIALIDADES E INGRESO A LA MUNICIPALIDAD PARA SU APROBACION.
SEXTO EN EL MONTO ACORDADO NO SE CONTEMPLA LO SIGUIENTE: IMPUESTOS.
PAGOS A LA MUNICIPALIDAD (revisin de proyectos, tramites ,folders
..etc.) FOTOCOPIAS DOCUMENTOS. CERTIFICACIONES. LEGALIZACIONES.
PAGOS AL COLEGIO DE INGENIEROS. PAGOS AL COLEGIO DE ARQUITECTOS.
PAGOS A REGISTROS PUBLICOS. TRMITES Y MOVILIDAD. RESPONSABILIDAD DE
OBRA NI CONSTRUCCION NI SUPERVISION ALGUNA DE OBRA.
NOMBRE DEL ARQUITECTO Av. Brasil # 2211 203Arquitecto CAP -----
Jess Maria fon 7781266 98891863
SETIMOEL MONTO ACORDADO ES SOLO, UNICA Y EXCLUSIVAMENTE POR LOS
TRABAJOS DESCRITOS EN LA CLAUSULA SEGUNDA, CUALQUIER TRABAJO FUERA
DE ESTA LISTA SE CONSIDERARA COMO ADICIONAL Y SE PAGARA DE ACUERDO
A LA LISTA Y PRECIOS DE LA FECHA.EL MONTO SOLO SE CONSIDERA:
DESARROLLO DEL PROYECTO ELABORADO Y VISADO POR EL PROFESIONAL
CORRESPONDIENTE. SE ENTREGARA AL PROPIETARIO EL PROYECTO EN MEDIO
DE UN CD ROOM. LOS PROFESIONALE QUE INTERVENDRAN SERAN:
NOMBRE DEL ARQUITECTO CAP 5053 ARQUITECTO NOMBRE DEL INGENIERO
CIP 65320 ING. CIVILNOMBRE DEL INGENIERO CIP 13814 ING.
SANITARIONOMBRE DEL INGENIERO CIP 53762 ING. ELECTRICISTA NOMBRE
DEL INGENIERO CIP 2596 ING. MECANICO ELECTRICISTA
EN SEAL DE CONFORMIDAD Y ACEPTACION DEL PRESENTE CONTRATO
FIRMAMOS EN LIMA A LOS SIETE DIAS DEL MES SETIEMBRE DEL 2012.
LIMA, 07 DE SETIEMBRE DEL 2012
NOMBRE DEL ARQUITECTO JOSE LUIS ADAUTO RIVA ARQUITECTO CAP ____
PROPIETARIO
TIPOS DE CONTRATO