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GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO Yaseli Ruiz Cordoba
14

Contrato colectivo

Dec 18, 2014

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Page 1: Contrato colectivo

GESTIÓN DELTALENTO HUMANO

Yaseli Ruiz Cordoba

Page 2: Contrato colectivo

ASPECTOS LEGALES

QUE SE

RELACIONAN CON LA CONTRATACIÓN

DEL PERSONAL

Page 3: Contrato colectivo

Es el procedimiento que se lleva a cabo en una empresa para formalizar la relación laboral con un empleado que recién ingreso a la misma; y se refiere a la integración de un expediente documental de los datos personales y profesionales que una persona proporciono a la empresa y el acto de formalización mediante la firma de un contrato donde se aceptan las obligaciones y responsabilidades de la empresa y el nuevo empleado.

Contratación del personal

Page 4: Contrato colectivo

Principios constitucionales.- 1. Igualdad y estabilidad. 2. Estabilidad en el empleo.3. Facultad de transigir y conciliar sobre derechos

inciertos y discutibles.4. Garantía de seguridad social como un servicio

publico busca la protección de al persona humana y contribuir al desarrollo y bienestar.

5. Protección especial a la mujer, la maternidad y el menor trabajador.

Aspectos Legales en la contratación laboral

Page 5: Contrato colectivo

Buscar la justicia entre empleados y empresas:1. Libertad de trabajo2. Igualdad3. Derecho al trabajo4. Asociación y huelga 5. Orden publico e irrenunciabilidad6. Efecto inmediato de vigencia de normas de favorabilidad7. Aplicación supletoria: Jurisprudencia y doctrina. 8. Aplicación preferente del derecho laboral a otra

especialidad.9. Principio de favorabilidad aplicable en forma inescindible

no de concurrencia.

Principios Sustantivos

Page 6: Contrato colectivo

El trabajo es un derecho y un deber social. No es articulo

de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presenta y debe efectuarse en condiciones que aseguran la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. (artículo 3)

El trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. (Artículo 8.- )

El patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. (Artículo 10.- )

De acuerdo a la ley federal del trabajo

Page 7: Contrato colectivo

La jornada de trabajo es el tiempo durante el

cual el trabajador esta a disposición del patrón para prestar su trabajo. (Artículo 58)

El trabajador y el patrón figarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder de los máximos legales. (Artículo 59)

El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. (Artículo 82)

Page 8: Contrato colectivo

Las normas de trabajo tienen a conseguir el

equilibrio y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones. (Artículo 2)

El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. (Artículo 83)

Page 9: Contrato colectivo

Los contratos y relaciones de trabajo obligan a

los expresadamente pactados y a las consecuencias que sean conforme a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad. (Artículo 31)

Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. (artículo 24)

Page 10: Contrato colectivo

Son causas de terminación de las relaciones de trabajo :

I. El mutuo consentimiento de las partes

II. La muerte del trabajador

II. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital.

IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajador. (Artículo 53)

Que da prohibida la utilización de menores de dieciocho años para la presentación de servicios fuera de la Republica, salvo que se trate de técnicos, profesionales, artistas, deportistas y, en general, de trabajadores especializados. (Artículo 29)

Page 11: Contrato colectivo

FINALIDAD.-

Para sustituir (a la vez) al trabajador que accede a la jubilación parcial

TRABAJADOR.-

Sustituto: desempleado inscrito / trabajador con contrato temporal en la empresa Sustituido: accede a la jubilación parcial (edad mínima: 60 años)

DURACIÓN.-

Jubilación parcial antes edad jubilación: hasta que se jubile · Jubilación parcial después edad jubilación: duración anual prorrogable

JORNADA.-

Completa / a tiempo parcial

RETRIBUCIÓN.-

Proporcional a la horas trabajadas

FORMA .-

Por escrito y en modelo oficial.

OBSERVACIONES.-

Protección social: asimilación al trabajador a tiempo completo

CONTRATO DE RELEVO

Page 12: Contrato colectivo

DEFINICIÓN.- El que se establece sin límite de tiempo en la prestación del servicio DURACIÓN .-Indefinida JORNADA.- Completa RETRIBUCIÓN.- Según convenio y categoría FORMA .-Verbal o escrito Debe comunicarse obligatoriamente en la Oficina de Empleo OBSERVACIONES.- Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley

CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO

Page 13: Contrato colectivo

FINALIDAD.-

Realización de obra o servicios con autonomía y sustantividad propias

DURACIÓN.-

Determinada, pero incierta (no hay límites: ni mínimo, ni máximo) La de la obra o servicio

JORNADA.-

Completa / a tiempo parcial

RETRIBUCIÓN.-

Según convenio y categoría

FORMA.-

Por escrito. Especificando la obra o servicio (el trabajo a desarrollar)

CONTRATO DE OBRA O SERVICIO

Page 14: Contrato colectivo

FINALIDAD.- Atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aún tratándose de la actividad normal de empresa DURACIÓN.- Máximo 6 meses dentro de un período de 12 meses JORNADA.- Completa / a tiempo parcial RETRIBUCIÓN.- Según convenio y categoría FORMA.- Por escrito: - cuando su duración exceda de 4 semanas - en aquellos casos que se concierten a tiempo parcial Requisitos: circunstancia, duración y trabajo a desarrollar

CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN