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Leonardo Barros González Freddy Chilito González Andrés Bolaño Campo Calos Polo Polo José Suarez
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Contratacion publica (1)

Jul 22, 2016

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Page 1: Contratacion publica (1)

Leonardo Barros González

Freddy Chilito González

Andrés Bolaño Campo

Calos Polo Polo

José Suarez

Page 2: Contratacion publica (1)

Es un acuerdo de dos o más voluntades con el fin de crear

obligaciones entre las partes.

Nación

Regiones

Departamentos

Distritos Capitales y especiales

Áreas Metropolitanas

Municipios y sus asociaciones

Establecimientos Públicos

Empresas Industriales y comerciales del estado

Sociedades de economía mixta en que el Estado tenga participación

Entidades descentralizadas

Demás

personas

jurídicas en

donde tenga

participación

mayoritaria

el estado

Page 3: Contratacion publica (1)

Senado de la República

Cámara de Representantes

Consejo Superior de La Judicatura

Fiscalía General de la Nación

Contraloría General de la República

Contralorías departamentales, distritales y municipales

Procuraduría General de la Nación

Registraduría Nacional del Estado Civil

Ministerios

Departamentos Administrativos

Superintendencias

En general

organismos o

dependencias del

Estado a lo que la

ley otorgue

capacidad para

celebrar

contratos.

Son actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades

estatales, previstos en el derecho privado o en normas de derecho público,

como por ejemplo: Contrato de obra, contrato de consultoría, contrato de

prestación de servicios, contrato de concesión, encargos fiduciarios y de

fiducia pública, entre otros.

Page 4: Contratacion publica (1)

Esta tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con

personas jurídicas o naturales del sector público o privado, para

cumplir con algunas de sus obligaciones

La normatividad vigente aplicable al tema de contratación en

donde interviene el Estado se encuentra regulada en la

Constitución Nacional, en el régimen de contratación estatal

(Leyes 80 de 1993 y ley 1150 de 2007) en sus decretos

reglamentarios como el 734 de 2012, en el Código Civil y en

el Código de Comercio Colombianos

Page 5: Contratacion publica (1)

•Buscar el cumplimiento de los fines del Estado

•Buscar la continua y efectiva prestación de los serviciospúblicos y la efectividad de los derechos e intereses delas personas que viven en Colombia

Para las entidades estatales

•Colaborar con el Estado en la consecución de sus fines

• cumplimiento de su función social para la consecuciónde los fines del Estado

Para los particulares

Particulares: Mayores de 18 años, que no tengan inhabilidades o incompatibilidades para celebrar

contratos.

Consorcios: Unión de dos o más personas que, en forma conjunta, presentan una propuesta para

la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato.

Uniones temporales: Unión de dos o más personas que, en forma conjunta, presentan una misma

propuesta de adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo a prorrata de su participación

Personas Jurídicas: nacionales o extranjeras cuya duración no sea inferior a la duración pactada

en el contrato.

Page 6: Contratacion publica (1)

TRANSPARENCIA

•Se entiende como el pactode integridad que realizantodos los actoresinvolucrados en elproceso, con elcompromiso de nosoborno, con el fin deobtener o retener uncontrato u otra ventajaimpropia, incluyendo elinterés de propiciar laselección objetiva dentrode las instancias delproceso de contratación.

ECONOMIA

• invita a la necesariaeficiencia en el manejo delos recursos estatales.Este principio de economíapretende reducir loscostos de la contratación,con el fin de evitartrámites innecesarios quefuera de su costo tambiénincentivan prácticascorruptas. Se buscafacilitar el acceso de lamayor cantidad decompetidores eliminandolas posibles "barreras" queimpidan la participación dela mayor cantidad deposibles contratistas.

RESPONSABILIDAD

•Se buscan mecanismospara que los funcionariosencargados de lacontratación respondanpor sus actos. La funciónde contratar esresponsabilidad del jefe orepresentante legal de laentidad que contrata, elcual puede delegarla peroen personal de índoleejecutivo. Se reitera laobligación de losservidores públicos, deproteger en todomomento del procesocontractual los interesesdel Estado, sin actuar encontra del contratista o deterceros.

Page 7: Contratacion publica (1)

CONTRATO DE OBRA

Son los quecelebran lasentidadespúblicas para laconstrucción,mantenimiento,instalación, y engeneral para larealización decualquier otrotrabajo materialsobre bienesinmuebles

CONTRATO DE CONSULTORIA

Son los estudiosnecesarios para laejecucción deproyectos deinversión, estudiosde diagnóstico,prefactibilidad ofactibilidad paraprogramas oproyectosespecíficos, asícomo lasasesorías, técnicasde cordinación,control ysupervisión.

CONTRATO DE CONCESION

Otrogan a unapersona llamadaconcesionario laprestación,operación,explotación,organización ogestión, total oparcial, de unservicio público.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE

SERVICIOS

Desarrollanactividadesrelacionadas conla administracióno funcionamientode la entidad . Enningún caso estoscontratosgeneran relaciónlaboral niprestacionessociales y secelebran por eltéminoestrictamenteindispensable

Page 8: Contratacion publica (1)

LICITACION PÚBLICA

SELECCIÓN ABREVIADA

CONCURSO DE MERITOS

CONTRATACION DIRECTA

Page 9: Contratacion publica (1)

Es el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula al

público una convocatoria para que, en igualdad de condiciones, quienes se encuentren interesados formulen sus ofertas y entre

estas se seleccione la más favorable para la entidad.

La entidad que hace la convocatoria, establece previamente las características del bien o servicio que está solicitando, a las cuales se deben ajustar quienes

estén interesados en participar en la licitación. En dicha convocatoria, pueden participar todos aquellos interesados que consideren que cuentan con las

capacidades técnicas, administrativas y financieras para cumplir cabalmente con el objeto del contrato.

El propósito es obtener la mejor oferta en calidad y precio de

los contratistas o proveedores. La escogencia del contratista

se efectuará por regla general a través de licitación pública.

Page 10: Contratacion publica (1)

Corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos

casos en que por las características del objeto a contratar, las

circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra

o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la

eficiencia de la gestión contractual.

Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga el ofrecimiento

más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en

consideración factores de afecto o interés y en general cualquier clase de

motivación subjetiva.

Page 11: Contratacion publica (1)

Esta modalidad contractual está prevista para la selección de consultores

o proyectos, en la que se podrá hacer uso de sistemas de concurso abierto

o de precalificación. Se entiende por contrato de consultoría los celebrados

por las entidades estatales cuyo fin consiste en el estudio para la ejecución

de proyectos de inversión, diagnostico, así como de asesorías técnicas de

coordinación, control y supervisión. Son también contratos de consultoría

aquellos cuyo objeto consiste en la interventoría, asesoría, gerencia de

obra y/o proyectos,

Es el procedimiento mediante el cual la entidad estatal hace conocer

a dos (2) o más oferentes el objeto y las demás variables de

contratación a fin de que se formulen propuestas y ofertas, esta

modalidad contractual solo procederá en caso de urgencia

manifiesta, contratación de empréstitos y contratos

interadministrativos

Page 12: Contratacion publica (1)

Instituciones de Orden Nacional

Contraloría General de la República

Procuraduría General de la Nación

Fiscalía General de la Nación

Defensoría del Pueblo

Instituciones de Orden Distrital

Personería

Veeduría

Page 13: Contratacion publica (1)

El objetivo de esta entidad es ejercer, en

representación de la comunidad, la vigilancia de la

gestión fiscal de la administración y de los

particulares o entidades que manejen fondos

públicos o bienes de la nación.

En la contratación pública, debe ejercer el control posterior, en forma

excepcional, sobre cualquier entidad territorial, por solicitud del gobierno

departamental, distrital o municipal, por cualquier comisión permanente

del Congreso o por la mitad más uno de los miembros de las corporaciones

públicas territoriales. También por solicitud de la ciudadanía a través de

los mecanismos de participación ciudadana establecidos por la ley, y como

resultado de un ejercicio previo de control social cuyo resultado motiva

esa solicitud.

Page 14: Contratacion publica (1)

Esta entidad representa a los ciudadanos ante el Estado, es el máximo

organismo del Ministerio Público

En la contratación pública, debe ejercer vigilancia superior de la conducta

oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección

popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las

investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones.

Es una entidad de la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa

y presupuestal, cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y

eficaz administración de justicia. Se encarga de investigar los delitos, calificar los procesos

y acusar ante los jueces y tribunales competentes a los presuntos infractores de la ley

penal, ya sea de oficio o por denuncia.

Page 15: Contratacion publica (1)

La Defensoría del Pueblo es una institución del Estado colombiano, responsable de

impulsar la efectividad de los derechos humanos en el marco de un Estado Social de

Derecho, democrático, participativo y pluralista, mediante acciones integradas como la

promoción y divulgación de los derechos humanos, su defensa y protección, además de

la divulgación y promoción del derecho internacional humanitario.

Entre las funciones más relevantes están la de actuar en los procesos civiles, contenciosos,

laborales, de familia, penales, agrarios, mineros y de policía; intervenir en los procesos, y ante

las autoridades judiciales o administrativas, cuando lo considere necesario para la defensa del

orden jurídico, el patrimonio público o los derechos y las garantías fundamentales; defender

los derechos e intereses colectivos e interponer la acción de tutela.

Es un órgano de control y vigilancia de la administración, con autonomía administrativa y presupuestal,

que busca el fortalecimiento de la función pública y la participación para el control social y la

autorregulación institucional.