NÚMERO 125 Viernes, 29 de junio de 2012 14497 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2012, de la Consejera, por la que se resuelve la concesión de ayudas destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2012061035) De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2012, de 4 de abril (DOE núm. 70, de 12 de abril), por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas muni- cipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria de las mis- mas para el año 2012, a tenor de lo previsto en su artículo 12 y a propuesta de la Dirección General de Promoción Cultural, en uso de las atribuciones que tengo conferidas, RESUELVO: Primero. Conceder las ayudas que se especifican en el Anexo I, por un importe total de 239.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2012.13.09.272B.760, proyecto 2011.17.03.0001, superproyecto 2011.17.03.9001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2012. Segundo. Conceder las ayudas que se especifican en el Anexo II, por un importe de 11.870 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2012.13.09.272B.769, proyecto 2011.17.03.0001, superproyecto 2011.17.03.9001 de los Presupuestos Generales de la Co- munidad Autónoma de Extremadura para el año 2012. Tercero. El resto de las solicitudes se entenderán desestimadas. Cuarto. Los beneficiarios, además del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto 54/2012, de 4 de abril, deberán hacer constar, tanto en la publicación, como en la información y difusión que se realice sobre la actividad objeto de la subvención, que la mis- ma ha sido financiada por la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de Extremadura, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa del Gobierno de Extremadura en vigor. Quinto. Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interpo- nerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Cultura, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de no- viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día si- guiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
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NÚMERO 125Viernes, 29 de junio de 2012 14497
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2012, de la Consejera, por la que seresuelve la concesión de ayudas destinadas a la adquisición de fondosbibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas municipalesde la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2012061035)
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2012, de 4 de abril (DOE núm. 70, de 12de abril), por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a laadquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas muni-cipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria de las mis-mas para el año 2012, a tenor de lo previsto en su artículo 12 y a propuesta de la DirecciónGeneral de Promoción Cultural, en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en el Anexo I, por un importe total de239.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2012.13.09.272B.760, proyecto2011.17.03.0001, superproyecto 2011.17.03.9001 de los Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Extremadura para el año 2012.
Segundo. Conceder las ayudas que se especifican en el Anexo II, por un importe de 11.870euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2012.13.09.272B.769, proyecto2011.17.03.0001, superproyecto 2011.17.03.9001 de los Presupuestos Generales de la Co -mu nidad Autónoma de Extremadura para el año 2012.
Tercero. El resto de las solicitudes se entenderán desestimadas.
Cuarto. Los beneficiarios, además del cumplimiento de las obligaciones establecidas en elDecreto 54/2012, de 4 de abril, deberán hacer constar, tanto en la publicación, como en lainformación y difusión que se realice sobre la actividad objeto de la subvención, que la mis-ma ha sido financiada por la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de Extremadura,de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa delGobierno de Extremadura en vigor.
Quinto. Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interpo-nerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Cultura, en elplazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial deExtremadura, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.
Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día si-guiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recursocontencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
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de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cual-
quier otro recurso que estime procedente.
Mérida, a 22 de junio de 2012.
La Consejera de Educación y Cultura,
TRINIDAD NOGALES BASARRATE
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ANEXO I: MUNICIPIOS
MUNICIPIO C.I.F CENTRO BIBLIOTECARIO TOTAL
ABADIA P1000100F A.L. DE ABADIA 376.22
ABERTURA P1000200D A.L. DE ABERTURA 604.63
ACEBO P1000300B A.L. DE ACEBO 596.82
ACEDERA P0600100B A.L. ACEDERA 363.84
ACEHUCHE P1000400J A.L. DE ACEHUCHE 595.8
ACEITUNA P1000500G A.L. DE ACEITUNA 592.18
ACEUCHAL P0600200J B.-MAHIZFLOR- 1057.41
AHIGAL P1000600E B. DE AHIGAL 710.2
AHILLONES P0600300H B. DE AHILLONES 644.78
ALAGON DEL RIO P6007701C B. DE ALAGON 580.40
ALANGE P0600400F B. DE ALANGE 769.97
ALBALA P1000700C A.L.- SANTA ANA- 576.94
ALCANTARA P1000800A B. DE ALCANTARA 1021.05
ALCONCHEL P0600700I B. DE ALCONCHEL 732.92
ALCONERA P0600800G A.L. DE ALCONERA 527.35
ALCUESCAR P1001000G B. DE ALCUESCAR 423.14
ALDEACENTENERA P1001100E A.L. DE ALDEACENTENERA 330.4
ALDEA DEL CANO P1001200C A.L. DE ALDEA DEL CANO 328.99
ALDEANUEVA DEL CAMINO P1001500F A.L. ALDEANUEVA DEL CAMINO 549.7