SOP-CS-G-001(2) CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN PROCESOS CONCURSALES DE LA ESPH Página 1 de 16 CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN PROCESOS CONCURSALES DE LA ESPH, S.A. IMPORTANTE: El Cartel (o pliego de condiciones) estará compuesto por la invitación al concurso, las especificaciones técnicas y las presentes condiciones generales y anexos, de tal forma que el siguiente clausulado determina las reglas de participación las cuales se completarán e interpretarán a la luz de la normativa costarricense que le aplique, prestando especial atención a lo dispuesto en el REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA S.A. disponible en el sitio web www.esph-sa.com En caso de existir contradicción entre alguna disposición de las presentes condiciones y las especificaciones técnicas, prevalecerá lo indicado en las últimas. CONTENIDO: I. DEFINICIONES ......................................................................................................................................... 2 II. ACLARACIONES ....................................................................................................................................... 2 III. REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS ............................................................... 2 IV. REQUISITOS LEGALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ................................................................ 3 V. OFERTAS EN CONJUNTO Y EN CONSORCIO .............................................................................................. 4 VI. VIGENCIA DE LA OFERTA ......................................................................................................................... 5 VII. LA OFERTA ECONÓMICA.......................................................................................................................... 5 VIII. REQUISITOS FINANCIEROS DE LA OFERTA ............................................................................................... 6 IX. ENTREGA Y APERTURA DE LAS OFERTAS.................................................................................................. 6 X. SOLICITUD DE ACLARACIÓN Y SUBSANACIÓN DE OFERTAS ...................................................................... 7 XI. VISITA A SITIO ......................................................................................................................................... 7 XII. CAPACITACIÓN ........................................................................................................................................ 7 XIII. ADJUDICACIÓN ....................................................................................................................................... 8 XIV. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ................................................................................................. 8 XV. SEGUROS Y RESPONSABILIDAD PATRONAL ............................................................................................. 9 XVI. RESPONSABILIDAD SOCIAL .................................................................................................................... 10 XVII. ENTREGA DE BIENES Y MUESTRAS ......................................................................................................... 10 XVIII. PLAZOS DE EJECUCIÓN .......................................................................................................................... 11 XIX. MULTAS Y SANCIONES .......................................................................................................................... 11 XX. GARANTÍAS DE PARTICIPACIÓN Y CUMPLIMIENTO................................................................................ 12 XXI. EXENCIONES.......................................................................................................................................... 13 XXII. OFERTAS DE EMPRESAS EXTRANJERAS .................................................................................................. 14 XXIII. MECANISMO DE PAGO .......................................................................................................................... 14 XXIV. CONSIDERACIONES EN SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y AMBIENTE............................................. 14 XXV. ARBITRAJE............................................................................................................................................. 15
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CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN …€¦ · ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS Y GESTIÓN DE COMPRAS. 3. En todo momento, antes de la apertura de las ofertas,
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CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN PROCESOS CONCURSALES DE LA ESPH
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CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN PROCESOS
CONCURSALES DE LA ESPH, S.A.
IMPORTANTE: El Cartel (o pliego de condiciones) estará compuesto por la invitación al concurso, las
especificaciones técnicas y las presentes condiciones generales y anexos, de tal forma que el siguiente
clausulado determina las reglas de participación las cuales se completarán e interpretarán a la luz de la
normativa costarricense que le aplique, prestando especial atención a lo dispuesto en el REGLAMENTO
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA S.A. disponible
en el sitio web www.esph-sa.com
En caso de existir contradicción entre alguna disposición de las presentes condiciones y las
especificaciones técnicas, prevalecerá lo indicado en las últimas.
CONTENIDO:
I. DEFINICIONES ......................................................................................................................................... 2
II. ACLARACIONES ....................................................................................................................................... 2
III. REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS ............................................................... 2
IV. REQUISITOS LEGALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ................................................................ 3
V. OFERTAS EN CONJUNTO Y EN CONSORCIO .............................................................................................. 4
VI. VIGENCIA DE LA OFERTA ......................................................................................................................... 5
VII. LA OFERTA ECONÓMICA .......................................................................................................................... 5
VIII. REQUISITOS FINANCIEROS DE LA OFERTA ............................................................................................... 6
IX. ENTREGA Y APERTURA DE LAS OFERTAS .................................................................................................. 6
X. SOLICITUD DE ACLARACIÓN Y SUBSANACIÓN DE OFERTAS ...................................................................... 7
XI. VISITA A SITIO ......................................................................................................................................... 7
XII. CAPACITACIÓN ........................................................................................................................................ 7
XIII. ADJUDICACIÓN ....................................................................................................................................... 8
XIV. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ................................................................................................. 8
XV. SEGUROS Y RESPONSABILIDAD PATRONAL ............................................................................................. 9
XVI. RESPONSABILIDAD SOCIAL .................................................................................................................... 10
XVII. ENTREGA DE BIENES Y MUESTRAS ......................................................................................................... 10
XVIII. PLAZOS DE EJECUCIÓN .......................................................................................................................... 11
XIX. MULTAS Y SANCIONES .......................................................................................................................... 11
XX. GARANTÍAS DE PARTICIPACIÓN Y CUMPLIMIENTO ................................................................................ 12
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97. Las muestras serán devueltas luego de la adjudicación en firme, al menos que se indique claramente
en el Cartel Técnico que la misma podría desgastarse o destruirse en el proceso de prueba.
98. Obligatoriamente todos los bienes adquiridos serán consignados a nombre de la Empresa de Servicios
Públicos de Heredia S.A., salvo que en el correspondiente Cartel se indique lo contrario.
XVIII. PLAZOS DE EJECUCIÓN
99. El oferente deberá indicar en su oferta el plazo en días naturales en que se realizará la entrega o a
partir de la notificación de la orden de compra, salvo indicación en contrario del cartel técnico.
100. De ofertar en una unidad de tiempo distinta a la solicitada la ESPH, S.A. realizará la conversión de la
manera que más le convenga.
101. Cuando se señale entrega inmediata se entenderá el plazo de entrega en 1 día hábil.
102. Dentro del plazo de entrega, se podrán realizar entregas parciales.
103. El plazo de ejecución se computará a partir de la notificación de la orden de compra, salvo en aquellos
casos que el Administrador del Contrato gire posterior orden de inicio.
104. El plazo de ejecución podrá ser interrumpido únicamente por fuerza mayor, caso fortuito o causa
imputable a la ESPH, S.A. en estos casos deberá solicitarse previo al vencimiento del plazo y con la
debida prueba documental el reconocimiento del plazo ante el Administrador del Contrato.
XIX. MULTAS Y SANCIONES
105. Cuando exista atraso en la entrega del bien y/o servicio adjudicado, conforme a las condiciones
contratadas el adjudicatario deberá pagar a la ESPH, S.A. por concepto de multa el equivalente a un
porcentaje sobre el valor del monto adjudicado, por cada día hábil que se mantenga dicha condición.
106. Cuando las condiciones técnicas sean omisas en este porcentaje aplicará un 1% diario sobre el valor
del monto adjudicado.
107. Se computarán como días multa el plazo que el contratista acumule sustituyendo bienes entregados
que no cumplan las condiciones del contrato, modificando las inconformidades del servicio o
rectificando la obra, cuando superen los plazos concedidos por el administrador del contrato.
108. Cuando la acumulación de la multa alcance el veinticinco por ciento (25%) del monto adjudicado, la
ESPH, S.A. podrá resolver el contrato por incumplimiento contractual, reservándose la posibilidad de
acudir a la vía correspondiente para el resarcimiento de daños y perjuicios.
109. Las prórrogas que otorgue la ESPH, S.A. en procura de garantizar la satisfacción del interés público no
exoneran al contratista de la eventual persecución judicial para el resarcimiento de daños y perjuicios,
aun cuando los bienes y/o servicios sean entregados a satisfacción.
110. A juicio de la ESPH, S.A. se podrá prorrogar el plazo de entrega, con el pago de las multas respectiva,
por el plazo que sea necesario para asegurar la entrega efectiva de los bienes y/o servicios, en cuyo
caso deberá el contratista ampliar la vigencia de la garantía de cumplimiento por el tiempo que sea
necesario, de manera tal que en todo momento el Contrato se encuentre garantizado.
111. La multa podrá ser resarcida por facturas por pagar, retenciones de pago o garantía de cumplimiento
o buen funcionamiento. La ESPH, S.A. se reserva el derecho de gestionar el cobro de las multas por
las vías judiciales correspondientes.
112. La ESPH, S.A. aplicará multas al contratista por incumplimientos a las “Reglas de Calidad, Salud y Seguridad y Ambiente para Contratistas de las ESPHSA”, siguiendo el debido proceso que se detalla a continuación:
Cuando se identifique un incumplimiento el Administrador del contrato realizará una primera llamada de atención verbal.
De identificarse otro incumpliendo se procederá a notificar una segunda llamada de atención por escrito.
La tercera o siguientes llamadas de atención se realizarán por escrito y se cobrará una multa en factura siguiente de 0,25% del monto contratado.
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Estas multas aplicarán, salvo indicación en contrario del Cartel Técnico.
XX. GARANTÍAS DE PARTICIPACIÓN Y CUMPLIMIENTO
113. Las garantías se regirán conforme a lo dispuesto en el Cartel, respetando lo establecido en
REGLAMENTO. De no especificarse en las condiciones técnicas los montos o plazos de cada garantía
se aplicará lo establecido en este documento.
114. El oferente presentará junto con su oferta, una garantía de participación para asegurar la seriedad de
la misma ante la eventual negativa de formular o ejecutar el contrato. Deberá tener una vigencia de
120 días naturales, contados a partir de la fecha límite establecida para la recepción de las ofertas.
Para procesos de contratación Mayores y Primarios será equivalente al 1% de monto ofertado, en el
caso de las secundarias no será necesario rendir garantía de participación, todo lo anterior salvo
indicación en contrario establecida en las condiciones técnicas.
115. Las garantías de participación de los oferentes que no resulten adjudicados se pondrán a disposición
de los mismos a partir de la fecha de comunicación del acto de adjudicación o en que se declara
desierto o infructuoso el concurso. La garantía de participación del adjudicatario le será devuelta
dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la garantía de cumplimiento.
116. Para todo concurso, Mayor, Primario o Secundario; el adjudicatario rendirá dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, una garantía de cumplimiento equivalente a un
5% del valor total del monto adjudicado. La vigencia de la garantía de cumplimiento deberá
mantenerse por un tiempo no menor a los 3 meses posteriores a la fecha prevista para la recepción
del bien o servicio. El plazo podrá ser ampliado a conveniencia de la empresa, bajo la responsabilidad
de Administrador del Contrato.
117. Adicional a la garantía de cumplimiento la ESPH, SA se reserva el derecho de realizar retenciones al
pago de hasta un 10%, si así lo indicara la especificación técnica. Tal retención será entregada al
contratista al momento de que el objeto contractual sea entregado a plena satisfacción.
118. Adicionalmente la ESPH, S.A. podrá solicitar garantía de buen funcionamiento en las especificaciones
técnicas, dónde se definirá el porcentaje y vigencia de la misma.
119. Es responsabilidad del contratista mantener vigente las garantías, sin embargo, la ESPH, S.A. se
reserva el derecho de solicitar la renovación de la vigencia en procura de resguardar los intereses
empresariales. Por estos mismos motivos la ESPH, S.A. iniciará los trámites de ejecución preventiva
de garantías cinco días hábiles previos a la fecha máxima de vigencia en caso de no renovación.
120. La garantía de cumplimiento le será devuelta al adjudicatario en el momento en que, a juicio de la
ESPH, S.A. éste haya cumplido satisfactoriamente todas y cada una de las cláusulas convenidas en el
contrato objeto de adjudicación.
121. Las garantías deben ser rendidas en moneda de curso legal de Costa Rica o en Dólares Americanos.
122. Los bonos y certificados se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una
estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas legalmente reconocidas. Se exceptúan
de presentar estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por Bancos estatales, cuyo
vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta.
123. También se aceptarán garantías emitidas por Entidades financieras del exterior reconocidas como de
Primer Orden por el Banco Central de Costa Rica.
124. No se reconocerán intereses por las garantías salvo los que devenguen los títulos hasta el momento
en que se ejecuten los cuales pertenecen al dueño.
125. Si las garantías son rendidas en efectivo, deberán reportarse al proceso de Administración de
Contratos y Gestión de Compras, con el debido comprobante y se debe depositar directamente en
las cajas recaudadoras de la ESPH, S.A. calle cero y primera, avenida 8 en Heredia o bien en las cuentas
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CEDULA JURÍDICA ESPH, S.A. 3-101-042-028
CUENTA BANCO NACIONAL
CUENTA CORRIENTE CUENTA CLIENTE MONEDA
100-01-004-002596-1 15100410010025961 Colones
100-02-004-600015-8 15100410026000151 Dólares
CUENTAS BANCO DE COSTA RICA
CUENTA CORRIENTE CUENTA CLIENTE MONEDA
220-0002504-6 15201220000250468 Colones
220-0014233-6 15201220001423362 Dólares
126. La ESPH, S.A. se reserva el derecho de continuar con el trámite, hasta acreditar en sus cuentas el
depósito de las garantías, en especial si se realiza desde el extranjero.
XXI. EXENCIONES
127. La ESPH, S.A. tramitará las exoneraciones del impuesto de venta cuando así lo permita la legislación
nacional, el trámite será realizado en las oficinas del proceso de Administración de Contratos y
Gestión de Compras.
128. Los trámites de exoneración tardan aproximadamente 60 días naturales luego de cancelada la
factura.
129. La ESPH, S.A. tramitará la retención del 2% (correspondiente al impuesto de renta) sobre el monto
total adjudicado a través del proceso de Tesorería.
130. Así mismo la ESPH, S.A. colaborará con la exención de las obligaciones tributarias procedentes de
procesos de importaciones de bienes. En estos casos los bienes deberán venir consignados a título
de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A. (Esta exoneración no aplica a vehículos). Será
siempre responsabilidad del oferente calcular dentro del plazo de ejecución ofertado, los plazos de
dicha exoneración. Considerando que se contrata siempre en modalidad DDP.
131. Para el trámite de exoneraciones internacionales, se está tardando un plazo aproximado de 20 días
hábiles, computados a partir de la entrega total y correcta de la información solicitada.
132. Para iniciar con el trámite de exoneración aduanal, se requiere lo siguiente:
a. Factura Comercial b. Guía aérea, Carta de Porte o BL (Bill of lading / Conocimiento de embarque) c. Lista de Empaque d. Ficha técnica e. Carta dirigida a la ESPH, dónde se identifiquen los equipos que se exoneran. En este mismo
documento se puede solicitar la aplicación de exoneración de impuestos mediante el levante de garantía, si así lo considera el contratista.
f. Copia de la orden de compra emitida por la ESPH. Nota 1: En los documentos de importación, se deberá identificar el peso bruto total y el peso por línea para tramitar la exoneración. Nota 3: La ESPH, podrá solicitar aclaración o documentos adicionales, si los considera necesarios para la consecución del trámite de exoneración.
133. Para los casos en que se deban presentar facturas, por reparaciones de cualquier tipo y para efectos
del trámite de exoneración del impuesto de ventas (13%), ante el Ministerio de Hacienda, se solicita
que la factura sea confeccionada, según la Ley 6826 al Impuesto General Sobre las Ventas, se
procurará que se presente en español o bien con la respectiva traducción oficial.
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134. Cuando se trate de servicios dónde se realicen reparaciones de bienes, se deberá indicar en la factura
“Servicios de Taller de Reparación y Refacción de…”, de lo contrario la exoneración será rechazada.
135. Si la factura o información se presenta
XXII. OFERTAS DE EMPRESAS EXTRANJERAS
136. Podrán presentar ofertas extranjeras, siempre y cuando cuenten con un representante en territorio
nacional con el fin de respaldar sus ofertas.
137. Las ofertas presentadas por empresas extranjeras sin representación en territorio nacional serán
valoradas por la ESPH, S.A. y su admisión será analizada con base a criterios de razonabilidad y
conveniencia.
138. En caso de resultar adjudicada, la Orden de Compra se girará a favor de su representante con
indicación expresa de la empresa extranjera adjudicada.
139. Lo anterior aplica también para representantes de casa extranjera.
140. En todo caso los oferentes extranjeros se someterán a las leyes y tribunales costarricenses.
XXIII. MECANISMO DE PAGO
141. La ESPH, S.A. no realizará pagos por adelantado.
142. Se tramitará la factura la cual deberá coincidir con la información y condiciones indicadas en la Orden
de Compra.
143. La ESPH, S.A. realiza el pago de facturas a 30 días naturales desde la presentación de la factura. Salvo
que se trate de una PYME así acreditada en el Registro de Proveedores, a la cual se le pagará en 15
días naturales. Estos plazos, podrán variar según lo indicado en las condiciones técnicas.
144. Se podrá presentar la factura una vez que se entregue a satisfacción del bien o servicio, a criterio del
administrador del contrato. También podrán facturarse entregas parciales cuando así lo autorice el
administrador del contrato.
145. El adjudicatario debe presentar junto con la factura de cobro que tramita, certificación de que se
encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero patronales de la Caja Costarricense de Seguro
Social (CCSS) y planillas del INS cuando corresponda.
146. Adjuntar a la factura comprobante de los pagos mensuales que correspondan al Instituto Nacional de
Seguros (INS) por concepto de los seguros que se exijan.
XXIV. CONSIDERACIONES EN SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y AMBIENTE
147. La contratista cumplirá con los siguientes requerimientos que contemplan las estrategias de
prevención, mitigación, control y corrección de los factores de riesgo ocupacionales.
148. Considerará lo establecido en el Procedimiento GIC-I-002, Relación con Proveedores y Contratistas
que son las Reglas de Calidad, Salud y Seguridad y Ambiente para Contratistas de la ESPH, S.A.
149. Antes de iniciar la prestación del servicio, el contratista deberá llevar la Inducción del SGI y portar el
carné que lo faculte para el inicio de sus labores.
150. El administrador de contrato solicitará al contratista que defina la forma en que va a gestionar los
residuos producto del servicio que brinda, mediante un Plan de Gestión de Residuos conforme lo
establece la Ley de Gestión Integral de Residuos No. 8839 y sus reglamentos.
151. Para todo producto químico el proveedor deberá hacer entrega y portar las hojas de seguridad
correspondientes y reportar a Salud Ocupacional y Ambiente el ingreso de productos peligrosos
cuando aplique (mercurio, asbesto, plomo, PCB).
152. La seguridad ocupacional y la prevención de accidentes es responsabilidad del adjudicatario.
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153. La contratista suministrará todo el equipo de seguridad necesario a sus empleados y debe asegurarse
de que sea utilizado en la forma adecuada.
154. La contratista estará obligada a entregar en las primeras cuarenta y ocho horas después de un
accidente en el sitio, un reporte con la siguiente información:
Fecha, hora y lugar del accidente.
Nombre de la persona accidentada.
Posición y experiencia.
Estado civil.
Actividad realizada en el momento del accidente.
Tipo de herida.
Posibles causas del accidente.
Tratamiento recibido y diagnóstico médico.
Medidas correctivas que se adoptarán.
155. La ESPH, S.A. tiene toda la facultad de realizar inspecciones durante toda la ejecución del proyecto
para verificar el cumplimiento de lo estipulado en esta Sección.
156. La contratista cumplirá con la legislación en Seguridad y Salud Ocupacional vigente en el país y todas
las normativas emitidas por las entidades competentes en materia de Seguridad y Salud Ocupacional,
tales como el Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo, Consejo de Salud Ocupacional, Instituto
Nacional de Seguros, entre otros.
157. Durante la etapa precontractual y contractual, es deber de la empresa adjudicada considerar y
mantener la continua identificación de peligros y la implementación de las medidas de control
necesarias para garantizar el cuidado integral de la salud de los colaboradores.
158. La contratista será responsable de capacitar a los colaboradores a su cargo en materia de Salud
Ocupacional.
159. La contratista incluirá a sus colaboradores en la Póliza de Riesgos del Trabajo emitida por el Instituto
Nacional de Seguros, antes de que los mismos inicien cualquier tipo de labor en la ESPH, S.A. Los
gastos asociados al rubro de pólizas de riesgo del trabajador no son responsabilidad de la ESPH, S.A.
y el oferente deberá incluirlos dentro de su oferta económica.
160. La contratista mostrará en cualquier momento que se le solicite, el recibo original de cancelación de
las pólizas y en condición vigente, mientras se mantenga la relación comercial entre ambas partes,
póliza de Riesgos del trabajo.
161. La contratista contará con el equipo de protección personal necesario para sus trabajadores de
acuerdo a las actividades y riesgos a los que se expongan. Para velar por el cumplimiento de las
medidas de seguridad el contratista dispondrá de su inspector.
162. La contratista acatará las disposiciones y recomendaciones emitidas por los encargados de Salud
Ocupacional de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S.A.
163. Anticipadamente y con un plazo razonable, la contratista someterá a la ESPH, S.A. la lista de
materiales peligrosos (o de alto riesgo), de todos los productos químicos (pinturas, aceites, solventes,
ácidos, etc.) que serán utilizados en el desarrollo del trabajo, así como una estimación de los tipos y
volúmenes de todos los desechos peligrosos o tóxicos esperados. Los materiales peligrosos deben
mantenerse almacenados aparte.
XXV. ARBITRAJE
164. El oferente entiende y acepta que las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran
derivarse de esta contratación una vez formalizada, serán resueltas mediante la presente cláusula de
Arbitraje (salvo lo indicado en contrario en las condiciones técnicas), ya sean para conocer un extremo
de la ejecución del contrato, el negocio y la materia a la que este se refiere, concernientes a
controversias de orden patrimonial, que sean fundadas en derechos respecto de los cuales las partes
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tengan plena disposición y sea posible excluir la jurisdicción de tribunales comunes al tenor del
artículo 18 de la Ley No.7727 “Ley sobre Resolución Alterna de conflictos y Promoción de la Paz
Social” serán sometidas a arbitraje. El arbitraje será de Derecho. El arbitraje será administrado por el
Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Costarricense-Norteamericana de
Comercio ("CICA"), a cuyas normas las partes se someten en forma voluntaria e incondicional. EI lugar
del arbitraje será el CICA. EI conflicto se dilucidará de acuerdo con la Ley sustantiva de Costa Rica. EI
laudo arbitral se dictará por escrito, será definitivo y vinculante para las partes. Los gastos
relacionados con el proceso de arbitraje, incluyendo los honorarios de los árbitros, los asumirá la
parte perdedora total o parcial del arbitraje. Cada una de las partes cubrirá los honorarios de sus
abogados y asesores. Todo esto sin perjuicio de la obligación de rembolso de cualquier gasto que le
corresponda a la parte perdedora a favor de la parte ganadora. Para estos efectos, el laudo deberá
condenar a la parte perdedora al pago de esos gastos, incluidos los honorarios profesionales de los
asesores legales. Las partes expresamente reconocen que son admisibles medidas cautelares, bien
por parte del Tribunal Arbitral o que se soliciten a un Juez ordinario. En caso de que el CICA dejare de
existir, se entenderá que el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica
(CCACC), será una segunda opción, ante lo cual las partes se someten a sus normas y Reglamentos las
partes desde ya en forma voluntaria e incondicional, a efectos de que éste administre el proceso
arbitral bajo ese supuesto. Si existiera diferencia entre esta cláusula arbitral y la firmada en un
contrato entre las partes, prevalecerá lo indicado en el contrato.