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Conceptos básicos 1. ¿Qué es creación? Cuando alguien produce algo inédito de la nada, es decir, ese algo creado no tiene antecedente sino que se convierte en realidad por primera vez, se dirá que se trata de una creación. 2. ¿Qué es creatividad? Por creatividad se entiende a la facultad que alguien tiene para crear y a la capacidad creativa de un individuo . Consiste en encontrar procedimientos o elementos para desarrollar labores de manera distinta a la tradicional , con la intención de satisfacer un determinado propósito. La creatividad permite cumplir deseos personales o grupales de forma más veloz, sencilla, eficiente o económica. 3. ¿Qué es crear? Producir algo de la nada. Establecer, fundar, introducir por vez primera algo; hacerlo nacer o darle vida, en sentido figurado. Instituir un nuevo empleo o dignidad. Hacer, por elección o nombramiento, a alguien lo que antes no era. Crear es una de las acciones propias y más características que desplegamos los seres humanos en cualquier momento de nuestras vidas, no importando la edad que se tenga, porque para crear algo no es necesario ser adulto o joven, sino contar con una cuota de imaginación y sensibilidad que serán las compañeras y
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Conceptos básicos

Mar 12, 2023

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Page 1: Conceptos básicos

Conceptos básicos

1. ¿Qué es creación?

Cuando alguien produce algo inédito de la nada, esdecir, ese algo creado no tiene antecedente sino que seconvierte en realidad por primera vez, se dirá que setrata de una creación.

2. ¿Qué es creatividad?

Por creatividad se entiende a la facultad que alguientiene para crear y a la capacidad creativa de unindividuo. Consiste en encontrar procedimientos oelementos para desarrollar labores de manera distinta ala tradicional, con la intención de satisfacer undeterminado propósito. La creatividad permite cumplirdeseos personales o grupales de forma más veloz,sencilla, eficiente o económica.

3. ¿Qué es crear?

Producir algo de la nada. Establecer, fundar, introducirpor vez primera algo; hacerlo nacer o darle vida, ensentido figurado. Instituir un nuevo empleo o dignidad.Hacer, por elección o nombramiento, a alguien lo queantes no era.

Crear es una de las acciones propias y máscaracterísticas que desplegamos los seres humanos encualquier momento de nuestras vidas, no importando laedad que se tenga, porque para crear algo no esnecesario ser adulto o joven, sino contar con una cuotade imaginación y sensibilidad que serán las compañeras y

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las aliadas más entrañables y preciadas a la hora delproceso creativo.

4. ¿Qué es empresa?

La empresa es una organización social que realiza unconjunto de actividades y utiliza una gran variedad derecursos (financieros, materiales, tecnológicos yhumanos) para lograr determinados objetivos, como lasatisfacción de una necesidad o deseo de su mercado metacon la finalidad de lucrar o no; y que es construida apartir de conversaciones específicas basadas encompromisos mutuos entre las personas que la conforman.

5. ¿Qué se entiende por creación de empresa?

Crear una empresa consiste en desarrollar una idea denegocio para satisfacer una necesidad de un segmento demercado específica, con dicha idea se pretende alcanzarel éxito.

6. ¿cuantos tipos de empresas existen?

Según el Sector de Actividad: Empresas del Sector Primario: También denominado extractivo, yaque el elemento básico de la actividad se obtienedirectamente de la naturaleza: agricultura, ganadería,caza, pesca, extracción de áridos, agua, minerales,petróleo, energía eólica, etc.Empresas del Sector Secundario o Industrial: Se refiere a aquellasque realizan algún proceso de transformación de lamateria prima. Abarca actividades tan diversas como laconstrucción, la óptica, la maderera, la textil, etc.

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Empresas del Sector Terciario o de Servicios: Incluye a las empresascuyo principal elemento es la capacidad humana pararealizar trabajos físicos o intelectuales. Comprendetambién una gran variedad de empresas, como las detransporte, bancos, comercio, seguros, hotelería,asesorías, educación, restaurantes, etc.

Según el Tamaño: Existen diferentes criterios que se utilizan paradeterminar el tamaño de las empresas, como el número deempleados, el tipo de industria, el sector de actividad,el valor anual de ventas, etc. Sin embargo, eindistintamente el criterio que se utilice, las empresasse clasifican según su tamaño en:

Grandes Empresas: Se caracterizan por manejar capitales yfinanciamientos grandes, por lo general tieneninstalaciones propias, sus ventas son de varios millonesde dólares, tienen miles de empleados de confianza ysindicalizados, cuentan con un sistema de administracióny operación muy avanzado y pueden obtener líneas decrédito y préstamos importantes con institucionesfinancieras nacionales e internacionales.

Medianas Empresas: En este tipo de empresas intervienenvarios cientos de personas y en algunos casos hastamiles, generalmente tienen sindicato, hay áreas biendefinidas con responsabilidades y funciones, tienensistemas y procedimientos automatizados.

Pequeñas Empresas: En términos generales, las pequeñasempresas son entidades independientes, creadas para serrentables, que no predominan en la industria a la quepertenecen, cuya venta anual en valores no excede un

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determinado tope y el número de personas que lasconforman no excede un determinado límite.

Microempresas: Por lo general, la empresa y la propiedadson de propiedad individual, los sistemas de fabricaciónson prácticamente artesanales, la maquinaria y el equiposon elementales y reducidos, los asuntos relacionadoscon la administración, producción, ventas y finanzas sonelementales y reducidos y el director o propietariopuede atenderlos personalmente.

Según la Propiedad del Capital: Se refiere a si el capital está en poder de losparticulares, de organismos públicos o de ambos. Ensentido se clasifican en:

Empresa Privada: La propiedad del capital está en manosprivadas.

Empresa Pública: Es el tipo de empresa en la que el capitalle pertenece al Estado, que puede ser Nacional,Provincial o Municipal.

Empresa Mixta: Es el tipo de empresa en la que lapropiedad del capital es compartida entre el Estado ylos particulares.

Según el Ámbito de Actividad: Esta clasificación resulta importante cuando se quiereanalizar las posibles relaciones e interacciones entrela empresa y su entorno político, económico o social. Eneste sentido las empresas se clasifican en:

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Empresas Locales: Aquellas que operan en un pueblo, ciudado municipio.

Empresas Provinciales: Aquellas que operan en el ámbitogeográfico de una provincia o estado de un país.

Empresas Regionales: Son aquellas cuyas ventas involucran avarias provincias o regiones.

Empresas Nacionales: Cuando sus ventas se realizan enprácticamente todo el territorio de un país o nación.

Empresas Multinacionales: Cuando sus actividades se extiendena varios países y el destino de sus recursos puede sercualquier país.

Según el Destino de los Beneficios: Según el destino que la empresa decida otorgar a losbeneficios económicos (excedente entre ingresos ygastos) que obtenga, pueden categorizarse en dos grupos:

Empresas con Ánimo de Lucro: Cuyos excedentes pasan a poderde los propietarios, accionistas, etc.

Empresas sin Ánimo de Lucro: En este caso los excedentes sevuelcan a la propia empresa para permitir su desarrollo.

Según la Forma Jurídica: La legislación de cada país regula las formas jurídicasque pueden adoptar las empresas para el desarrollo de suactividad. La elección de su forma jurídica condicionarála actividad, las obligaciones, los derechos y lasresponsabilidades de la empresa. En ese sentido, lasempresas se clasifican en:

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Unipersonal: El empresario o propietario, persona concapacidad legal para ejercer el comercio, responde deforma ilimitada con todo su patrimonio ante las personasque pudieran verse afectadas por el accionar de laempresa.

Sociedad Colectiva: En este tipo de empresas de propiedad demás de una persona, los socios responden también deforma ilimitada con su patrimonio, y existeparticipación en la dirección o gestión de la empresa.

Cooperativas: No poseen ánimo de lucro y son constituidaspara satisfacer las necesidades o interesessocioeconómicos de los cooperativistas, quienes tambiénson a la vez trabajadores, y en algunos casos tambiénproveedores y clientes de la empresa.

Comanditarias: Poseen dos tipos de socios: a) loscolectivos con la característica de la responsabilidadilimitada, y los comanditarios cuya responsabilidad selimita a la aportación de capital efectuado.

Sociedad de Responsabilidad Limitada: Los socios propietarios deéstas empresas tienen la característica de asumir unaresponsabilidad de carácter limitada, respondiendo solopor capital o patrimonio que aportan a la empresa .

Sociedad Anónima: Tienen el carácter de la responsabilidadlimitada al capital que aportan, pero poseen laalternativa de tener las puertas abiertas a cualquierpersona que desee adquirir acciones de la empresa. Poreste camino, estas empresas pueden realizar ampliacionesde capital, dentro de las normas que las regulan.

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7. ¿Qué   leyes permiten crear empresas, o entidades económicas confines lucrativos y no lucrativos?

Ley General de Sociedades Mercantiles

Códigos o leyes estatales y normas municipalessobre la apertura de establecimientos

Leyes del Impuesto sobre la Renta

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Ley de Propiedad Industrial

Leyes del Seguro Social e Infonavit

Constitución política de los estados unidosmexicanos

8.  ¿Qué  Características tienen cada una de ellas?

Ley General de Sociedades Mercantiles

Prácticamente es obligatorio que conozcas esta ley encaso de que pienses emprender un negocio o que ya tengasuno, puesto que regula las sociedades mercantiles ya seaanónimas o no.

Además, cobra importancia si piensas asociarte con otraspersonas, con objetivos comerciales iguales o parecidos,ya que define los tipos de sociedades mercantiles queexisten y la forma en que distribuyen sus utilidades

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entre los socios, además de los alcances de laresponsabilidad frente a terceros.

Códigos o leyes estatales y normas municipalessobre la apertura de establecimientos

Es posible que cada estado o municipio tenga un código ouna ley diferente que norme la apertura de negocios y laconcesión de licencias para operar. En este tipo desituaciones tendrás que reunir una serie de requisitos ycumplir varios trámites para obtener el permisorespectivo.

Si conoces y cumples con estos reglamentos podrás operarsin ningún problema, en caso contrario, tu negocio puedeser acreedor a multas o incluso al fin de operaciones.

Leyes del Impuesto sobre la Renta

Por ley, todas las empresas están obligadas a realizarel pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), que grava lamodificación del patrimonio, y del Impuesto Empresariala Tasa Única (IETU), el cual fija un gravamen a losflujos de efectivo que se generan.

En ambos casos existe la posibilidad de aplicar algunasdeducciones, siempre que se cumpla con los requisitosprevistos en la ley, por lo que se vuelve vital queconozcas tus derechos y obligaciones.

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Este impuesto tiene efectos sobre el consumidor final,pero también repercute en el emprendedor. Por un lado,

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en las facturas que emite, y por otro en los recibos quetiene que pagar.

El empresario deberá realizar un balance entre lo queretiene y lo que pagó para ver cuánto deberá pagar, asícomo cumplir con una serie de requisitos de forma.

Ley de Propiedad Industrial

Esta ley se encarga de definir y proteger las marcas,símbolos o signos que sirven para diferenciar productoso servicios de una misma especie o clase en el mercado.

Esta norma se aplica tratándose de personas físicas omorales dedicadas a la fabricación y venta de productos,o que prestan determinados servicios, y que diseñaronimágenes que las distinguen de su competencia endiferentes niveles.

Leyes del Seguro Social e Infonavit

Desde el momento en que tu empresa inicia una relaciónlaboral con una persona surgen obligaciones patronalescomo el pago de las cuotas de seguridad social y lasaportaciones para la vivienda.

La periodicidad del pago, los conceptos por los que ésteprocede, así como las excepciones, y en su caso lassanciones que implican el incumplimiento de su pago, seencuentran reguladas en estas leyes.

Recuerda que si tienes conocimiento de este tipo deordenamientos tendrás una ventaja competitiva frente aotros empresarios, puesto que podrás tener los

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beneficios que las leyes te ofrecen, y de paso evitarásriesgos que impidan que tu compañía crezca de manerasatisfactoria.

Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos

Se derivan por mandato de tratados, leyes o decretos,así como resoluciones y sentencias, sociedades yasociaciones, civiles o mercantiles, ya sea en sucreación, para aumentar su capital, así como losremanentes de Banco de México y su composición.

9. ¿Qué ventajas  fiscales, jurídicas, financieras, patrimoniales tienen?

Sistema de exención en el impuesto sobre sociedades

Según este sistema no se gravan en el impuesto sobresociedades la parte de los beneficios distribuidos odividendos, por lo que los dividendos son gravados únicamenteen el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

En general, las formas mercantiles suscitan cierto rechazopor llevar aparejado el Impuesto de Sociedades (IS), mientrasque las formas que carecen de personalidad jurídica propia(Empresario Individual, Comunidad de Bienes, Sociedad Civil)tributan a través del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas (IRPF). Lo cierto es que, a priori, no existe unrégimen fiscal más o menos ventajoso, sino que depende de losresultados económicos reales o potenciales del negocio. Porotra parte, existen formas bonificadas fiscalmente a travésdel Impuesto de Sociedades, como por ejemplo las SociedadesCooperativas.Por otra parte, actualmente existe una fórmula societaria quecuenta con importantes ventajas fiscales, especialmente desde

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el punto de vista de la liquidez en los primeros ejercicios:la Sociedad Limitada Nueva Empresa.Otra cuestión que suele tenerse en cuenta es la posibilidaddel promotor de cotizar en el régimen general, y no en el deautónomos, a través de una sociedad. Pero esto depende enrealidad del porcentaje de participación que se tenga, por loque debe valorarse caso por caso.

Sociedad en nombre colectivo

Es aquella que existe bajo una razón social y en la quetodos los socios responden, de modo subsidiario,ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.

Razón social

Debe expresar la verdadera composición personal de lasociedad y estar formada por nombres de socios y solopor ellos, ya que la responsabilidad de los socios essubsidiaria, ilimitada y solidaria. • Y Cía.

• Y Sucesores.

Características

a) Que funciona bajo una razón social la responsabilidadde los socios es subsidiaria, ilimitada y solidaria. b) La razón social es el nombre de la empresa que seforma con el nombre de uno o más socios y cuando noaparezcan todos, se agregaran las palabras “y compañía”,o sus abreviaturas “y Cía.”.

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c) Cuando uno de los socios cuyo nombre haya figurado enla razón social, se separe de la sociedad y siga lamisma razón social, deberá agregarse a esta la palabra“sucesores”; también se agregará la palabra “sucesores”,cuando el nombre de una empresa lo adopte o siga usandouna nueva sociedad que haya adquirido los derechos yobligaciones del negocio anterior cuyo nombre o razónsocial ha traspasado responsabilidad subsidiaria es laque tienen los socios en segundo término, para que unavez que se haya exigido el pago a la sociedad y no sehaya obtenido ellos estuvieren, obligados a pagar lasdeudas, lo anterior ocurre en los casos de quiebra, yaque en este tipo de sociedad los socios responden porlas obligaciones de la empresa en la forma antesdescrita. d) Responsabilidad ilimitada. Es la que obliga a lossocios en forma amplísima, sin reconocer límites, apagar las deudas de la sociedad, aun con sus bienesparticulares. e) Responsabilidad solidaria. Es la que obliga a cadauno de los socios a responder por la totalidad de lasdeudas y no por la parte proporcional a su capitalinvertido

Capital social

El capital social está representado por partes socialesnominativas y exhibidas por los socios.

Principales obligaciones

Ø No hacer competencia a la sociedad. Ø No formar parte de sociedades que la realicen, salvoel consentimiento de los demás socios.

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Ø No usar la firma social para negocios propios. Ø Podrá ser separado el socio por "comisión de actosfraudulentos o dolosos en contra de la compañía". Ø Por inhabilitación en el comercio.

Administración

La administración de la sociedad estará a cargo de uno ovarios administradores, quienes podrán ser socios opersonas extrañas a ella (Art. 36). Su nombramiento yremoción se hará por mayoría de votos de los sociossalvo pacto en contrario (artículo 37, LGSM). Si eladministrador es socio y en el contrato se pacta suinamovilidad, sólo podrá ser removido judicialmente pordolo, culpa o inhabilidad (artículo 39, LGSM).

Cuando no haya designación de administradores, todos lossocios concurrirán en la administración (artículo 40,LGSM). Los socios no administradores pueden nombrar uninterventor para vigilar los actos de la administración(artículo 47, LGSM).

Órgano Supremo

Está constituido por la Asamblea o junta de socios querepresenta la reunión de los socios legalmenteconvocados cuando menos una vez al año, generalmente conposterioridad al cierre del ejercicio social.

De la información financiera

La cuenta de administración se rendirá semestralmente,sino hubiere pacto sobre el particular, y en cualquiertiempo en que la acuerden los socios.

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Requisitos de funcionamiento

Si se constituye como de capital variable, el capitalmínimo no puede ser inferior a la quinta parte delcapital inicial (artículo 217, párrafo primero, LGSM).

Su capital social no podrá repartirse sino después de ladisolución de la sociedad, previa liquidación (artículo48, LGSM).

Ventajas

Quizás la ventaja más importante en la mayoría desociedades de personas es la oportunidad de reunircapital suficiente para que una empresa marche. Formaruna sociedad de personas es mucho más fácil y menoscostoso que organizar una compañía por acciones.

Los miembros de una sociedad de personas gozan de máslibertad de las leyes gubernamentales y de másflexibilidad de acción que los propietarios de unasociedad por acciones. Los socios pueden retirar fondosy tomar decisiones de todo tipo sin la necesidad dereuniones formales o procedimientos legales.

Desventajas

Vida limitada, responsabilidad ilimitada yrepresentación mutua. Además si una empresa requiere deun gran monto de capital, la sociedad de personas esmenor efectiva para conseguir fondos que una sociedadpor acciones.

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Artículos que la rigen en la Ley de SociedadesMercantiles:

Sociedad en comandita simple

Es la que existe bajo una razón social y se compone deuno o varios socios comanditados que responden, demanera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de lasobligaciones sociales, y de uno o varios comanditariosque únicamente están obligados al pago de susaportaciones. (Art. 51)

Razón Social

La razón social se formará con los nombres de uno o máscomanditados, seguidos de las palabras “y compañía” uotras equivalentes, cuando en ellas no figuren las detodos. A la razón social se agregan siempre las palabras“Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C.”(Art. 52).

Socios Comanditarios

Los socios comanditarios son los que están obligados alpago de sus aportaciones y no responden de manerasubsidiaria, ilimitada y solidariamente de lasobligaciones sociales. El socio comanditario quedaráobligado solidariamente para con los terceros, por todaslas obligaciones de la sociedad en que hay tomado partecuando ejercen actos de administración o tengan podercomo administradores.

Socios Comanditados

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Son los socios que responden de manera subsidiaria,ilimitada y solidariamente de las obligaciones socialesal igual que los socios de la sociedad en nombrecolectivo.

Capital Social

La ley no fija un mínimo de capital. El capital socialestá representado por la suma de aportaciones que endinero o en especie efectúen los socios. El capital debe dividirse, según la responsabilidad delos socios, separando el capital comanditado del capitalcomanditario.

Requisitos de funcionamiento

Si se constituye como de capital variable, el capitalmínimo no puede ser inferior a la quinta parte delcapital inicial (artículo 217, párrafo primero, LGSM).

Órgano social

Los socios comanditarios no pueden ejercer laadministración. La excepción a lo anterior es en caso demuerte del administrador, siempre que no esté estipuladala forma de sustituirlo (artículo 54 y 56, LGSM).

Administración

La administración la constituye el Consejo deAdministración y estará a cargo de uno o variosadministradores, quienes podrán, ser socios comanditadoso personas extrañas a ellas.

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El socio o socios comanditarios no pueden ejercer actoalguno de administración. (Art. 54). Los comanditosserán los dirigentes de la empresa, los comanditarios siadministrasen serán ilimitadamente responsables frente alos terceros.

Órgano Supremo

Está constituido por la Asamblea o Junta de Socios querepresentan la reunión de los socios legalmenteconvocados cuando menos una vez al año, generalmenteposterior al cierre del ejercicio social.

Órgano de Vigilancia

Corresponde a los socios comanditados, noadministradores y a todos los socios comanditariosquienes podrán nombrar a un interventor que vigile losactos de los administradores, y tendrán el derecho deexaminar el estado de la administración, lacontabilidad, y papeles de la compañía, haciendo lasreclamaciones convenientes.

Respecto de los socios comanditados se aplicaran lasreglas de sociedad en nombre colectivo (Art. 57 LGSM)

Información Financiera

La cuenta de administración se rendirá semestralmente,sino hubiere pacto sobre el particular y en cualquiertiempo en que lo acuerden los socios.

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Observación

La sociedad en comandita simple tiene escasa importanciapráctica, debido a que los socios responden con supatrimonio propio de las deudas sociales, por lo que seprefiere recurrir, para explotar una negociaciónmercantil, a los tipos sociales que limitan laresponsabilidad de los socios hasta el importe de suaportación, a fin de evitar que una coyuntura económicadesfavorable repercuta en el patrimonio personal de lossocios.

Sociedad en comandita por acciones

Es la que se compone de uno o varios socios comanditadosque responden a manera subsidiaria, ilimitada ysolidariamente de las obligaciones sociales y de uno ovarios comanditarios que únicamente están obligados alpago de sus acciones.

Esta sociedad participa de las características propiasde las sociedades llamadas de personas y de las decapitales, pues se componen de uno o varios socioscomanditados que responden de manera subsidiaria,ilimitada y solidariamente, de las obligaciones socialesy de uno o varios comanditarios que únicamente estánobligados al pago de sus acciones.

Razón Social

Se formará con los nombres de uno o más socioscomanditados seguidos de las palabras “y compañía” o

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bajo una denominación social agregándose las palabrasSociedad en Comandita por Acciones o bien S. en C. porA.

Capital Social

Estará dividido en acciones, las pertenecientes a lossocios comanditados sean nominativas y no pueden cedersesin el total consentimiento de los comanditados y lasdos terceras partes de los comanditarios.

Administración

La administración de la sociedad estará a cargo de lossocios comanditarios. Requisitos de funcionamiento

A su razón social se agregarán las palabras «sociedad encomandita por acciones» o las siglas «S en C por A». Sucapital estará dividido en acciones y no podrá cedersesin el consentimiento de la totalidad de socioscomanditados y las dos terceras partes de loscomanditarios.

Órgano social

Se aplican las disposiciones en lo que se refiere a lossocios comanditados. El socio o socios comanditarios no pueden ejercer actoalguno de administración, ni aun con el carácter deapoderados de los administradores, quedando elcomanditario obligado solidariamente para con losterceros por las obligaciones en que haya tomado parte;los comanditados ni por cuenta propia o ajena, pueden

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dedicarse a negocios del mismo género de los queconstituyan el objeto de la sociedad ni formar parte desociedades que los realicen, salvo que cuenten con elconsentimiento de los demás socios y cuando eladministrador sea uno de los socios, solamente podrá serremovido judicialmente por dolo, culpa o inhabilidad, siel contrato social hubiera pactado su inamovilidad.

Sociedad de responsabilidad limitada

Es la que se constituye entre socios que solamente estánobligados al pago de sus aportaciones, sin que laspartes sociales puedan estar representadas por títulosnegociables, a la orden o al portador, pues sólo seráncedibles en los casos y con los requisitos que establecela ley.

Denominación o razón social.

La razón social es un hombre comercial formando conmenciones personales; la denominación se forma conpalabras que hagan referencia a la actividad objetivaprincipal de la empresa, con independencia de todonombre de persona. Son los estatus los que tienen queestablecer si la sociedad ha de usar una u otra forma denombre comercial. Si se emplea una razón social, éstadeberá ajustarse a los principios que dispone la ley. Laprimera base en esta materia la constituye el principiode la verdad o veracidad de la razón social, con arregloal cual la misma debe formarse con nombres de socios ysólo de socios. Se incluirán en ellas los nombres detodos los socios de algunos o de alguno y, en estos dosúltimos casos, se agregarán las palabras “y compañía”.

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La ley dispone que los extraños a la sociedad que haganfigurar o permitan que figure su nombre en la razónsocial, responderán de las operaciones sociales hastapor el monto de la mayor de las aportaciones (Art. 60).

Si la sociedad limitada ha de girar bajo unadenominación, ésta se formará de acuerdo con las normasque señala la ley. En ambos casos la ley requiere que seempleen siempre las palabras “sociedad deresponsabilidad limitada” o sus siglas “S. De R. L.”, demanera que cuando esto no se haga, los socios dejarán degozar del beneficio de la responsabilidad limitada.

Capital social

Sociedad de Responsabilidad Limitada (en adelante S. L.)como sociedad de naturaleza mercantil, se divide enparticipaciones iguales, acumulables e indivisibles, queno podrán incorporarse a títulos negociables nidenominarse acciones, y cuyos socios, que no excederánde 50, no responderán personalmente de las deudassociales.

La S. L., al igual que la S.A., tendrá siempre caráctermercantil, cualquiera que sea la naturaleza de suobjeto.

Por su parte, el capital social deberá estardeterminado, es ilimitado, y está dividido enparticipaciones iguales, acumulables e indivisibles. Lasparticipaciones son iguales en cuanto tienen idénticovalor y atribuyen iguales derechos; son acumulables yaque los socios pueden suscribir y detentar dos o más

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participaciones; son indivisibles en cuanto a que lacondición de socio es indivisible y si existe propiedadde las participaciones proindiviso, los propietariosdeberán designar a uno solo para ejercitar los derechossociales.

El capital social tiene una doble función: un valor deexplotación y una cifra de garantía o retención en favorde los acreedores, al igual que en la S.A. El capital Social nunca será inferior a $3,000.00 pesos,se dividirán en partes sociales que podrán ser de valory categorías desiguales, pero que en todo caso, serán deun peso o de un múltiplo de esta cantidad

Número de socios

Por lo que respecta a los socios, en la fundación, sunúmero ha de ser, como mínimo dos. Poseen esta condiciónoriginariamente quienes intervienen en la escriturafundacional, suscriben y desembolsan, como mínimo, unaparticipación. El detalle de la importancia de laempresa que adopta la forma de S. L. viene determinado,en cierto modo, por la prohibición legal de que lossocios sean más de 50.

Naturaleza jurídica:

Por una parte, la responsabilidad limitada de los sociosaproxima la S. L. a las sociedades de tipo capitalista;sin embargo, la consideración de las circunstanciaspersonales de los socios, parece aproximarla a lassociedades de tipo personalista. Por ello no podráafirmarse en nuestro Derecho un carácter unívoco de lasociedad de Responsabilidad Limitada.

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Fundación: la Ley se limita a exigir el otorgamiento deescritura pública y su inscripción para que la sociedadpueda tener personalidad jurídica. Contenido de la escritura:

· Datos de identificación de los socios. · Datos relativos a las aportaciones de los socios. Entodo caso, el capital deberá estar íntegramente suscritoy desembolsado. · Menciones generales: razón social o denominación de lasociedad, duración y domicilio social, capital y númerode participaciones, personas encargadas de laadministración, forma de convocar y constituir la JuntaGeneral... (Art. 7 L.S.R.L.). · Datos relativos a pactos sociales: Todos los demáspactos lícitos y condiciones que los socios juzguenconveniente establecer.

Indicar que, a diferencia de la S.A., no se exige unaseparación clara entre la escritura de constitución ylos estatutos si bien, algunos de los contenidos de laescritura apuntados, constituyen claramente materias aconsignar en los estatutos.

Administración

Estará a cargo de uno o más gerentes o personas quepodrán ser socios o personas extrañas a la sociedad,designadas temporalmente o por tiempo indeterminado.Salvo pacto en contrario la sociedad tendrá el derechopara revocar en cualquier tiempo a sus administradores.

Órgano Supremo

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Lo forma la Asamblea de los socios. Sus resoluciones setomarán por mayoría de votos de los socios querepresente, por lo menos la mitad del capital social, ano ser que el contrato social exija una mayoría máselevada.

La asamblea de los socios es el órgano supremo dedirección de la sociedad facultades de las asambleas:

Ø votaciones Ø votaciones por correspondencia, convocatorias.

Órgano de Vigilancia

Si el contrato social así lo establece, se procederá ala constitución de un consejo de vigilancia formado desocios o de personas extrañas a la sociedad. Su creaciónes potestativa y como la ley no establece nada alrespecto de su funcionamiento se deberá crear a lasdisposiciones relativas de la sociedad anónima.

Información Financiera

La cuenta de administración se rendirá semestralmente,sino hubiera pacto sobre el particular, y en cualquiertiempo en que lo acuerden los socios.

Sociedad de Responsabilidad Limitada de InterésPúblico

Constitución

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Podrán constituirse cuando su objeto lo constituyanactividades de interés público, actividades que afectenun sector importante de la economía nacional.

Necesario formular solicitud ante secretaria deindustria y comercio. La que tendrá injerencia,constante y directa en la administración (Inspección yVigilancia).

Número de socios

Un mínimo de 3 socios y un máximo ilimitado.

Capital social

Mínimo de 5,000.00 pesos, pero ninguna parte socialpodrá exceder de la cuarta parte del capital social.

Órganos sociales

Necesariamente colegiados y de existencia, obligatoria,el consejo de administración compondría de cuando menostres miembros y el consejo de vigilancia cuando menospor dos.

Sociedad anónima

Es la que existe bajo una denominación y se componeexclusivamente de socios cuya obligación se limita alpago de sus acciones. Lo anónimo significa que no ejerceel comercio con el nombre propio de los socios.

La sociedad anónima puede ser definida como "sociedad denaturaleza mercantil, cualquiera que sea su objeto, cuyo

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capital está dividido en acciones transmisibles queatribuyen a su titular la condición de socio, el cualdisfruta del beneficio de la responsabilidad limitadafrente a la sociedad y no responde personalmente de lasdeudas sociales".

Características

• Tener dividido en capital en acciones; • El capital se forma por las aportaciones de lossocios; • Los socios no responden personalmente de las deudassociales.

Constitución de la Sociedad

Que haya dos socios como mínimo, que el capital socialno sea menor de $50,000.00, que se exhiba el dinero enefectivo, cuando menos, el 20 % del valor de cada acciónpagadera en numerario y que se exhiba íntegramente elvalor de cada acción que haya de pagarse.

Razón Social

La denominación se formará libremente pero será distintade la de cualquiera otra sociedad, y debe ir seguida delas palabras Sociedad Anónima o S.A.

Por otra parte, la denominación de la sociedad esnecesaria para así poder ser distinguida de aquellasotras con las que pueda competir y le servirá, además,como firma para suscribir sus transacciones comerciales.

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La Ley otorga libertad casi absoluta en cuanto a ladenominación que pueda elegirse para la sociedadanónima, sólo se previene que deberá necesariamentehacerse constar la indicación de "sociedad anónima" o suabreviatura: S.A. y que no podrá adoptarse unadenominación idéntica al de otra sociedad preexistente.Por ello se hace necesaria la obtención delcorrespondiente certificado de no inscripción que ha desolicitarse en el Registro Mercantil.

Capital Social

Está representado por títulos nominativos que serviránpara acreditar y transmitir la calidad y los derechos delos socios. No menor de 25,000.00 pesos íntegramentesuscrito. Que se exhiba en dinero efectivo cuando menosel 20% de cada acción pagadera.

Capital suscrito:

• Capital pagado, • Capital autorizado. • Capital en giro o capital de trabajo, • Capital fijo.

Acciones:

• Acciones liberadas u ordinarias. • Acciones pagadoras • Acciones con valor nominal • Acciones por cuota • Acciones preferentes o privilegiadas. • Acciones de voto limitado.

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Número de socios

Cinco socios como mínimo y que cada uno suscriba acciónpor lo menos.

Naturaleza y domicilio

Por lo que se refiere a la naturaleza de este tiposocietario no admite duda alguna: tiene caráctermercantil, cualquiera que sea su objeto (Art. 3 de la L.S. A.)

Cumplidas por la sociedad las formalidadesconstitutivas, la sociedad adquiere un domicilio ynacionalidad determinada: "serán españolas y se regiránpor la presente Ley todas las sociedades anónimas quetengan su domicilio en territorio español, cualquieraque sea el lugar en que se hubieran constituido" (Art.5.1. L.S.A.), y se añade legalmente que "deberán tenersu domicilio en España las sociedades anónimas cuyoprincipal establecimiento o explotación radique dentrode su territorio".

Por último indicar que el domicilio social deberá serfijado en la escritura de constitución.

Administración

Estará a cargo de uno o varios mandatarios temporalesrevocables, quienes pueden ser socios o personasextrañas a la sociedad.

Órgano supremo

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Está integrado por la Asamblea General de Accionistasquienes podrán acordar y ratificar todos los actos yoperaciones de esta y sus resoluciones serán cumplidaspor quién ella misma designe, o a falta de designaciónpor el administrador o por el consejo de administración.

Órgano de Vigilancia

Estará a cargo de uno o varios comisarios, temporales yrevocables, quienes pueden ser socios o personasextrañas a la sociedad.

De la Información Financiera

Las sociedades anónimas bajo la responsabilidad de susadministradores, se presentara a la Asamblea deAccionistas un informe anual.

Sociedad cooperativa

Forma de organización social integrada por personasfísicas con base en intereses comunes y en losprincipios de solidaridad, esfuerzo propio y ayudamutua, con el propósito de satisfacer necesidadesindividuales y colectivas, a través de la realización deactividades económicas.

La cooperativa es una sociedad que asocia, en régimen delibre adhesión y baja voluntaria, a personas que tienenintereses o necesidades socioeconómicas comunes, paracuya satisfacción y al servicio de la comunidaddesarrollan actividades empresariales con la finalidadde satisfacer las necesidades de los socios.

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Los principios generales que informan la constitución yfuncionamiento de las sociedades cooperativas son lossiguientes:

a) Libre adhesión y baja voluntaria de los socios, conla consiguiente variabilidad del capital social. b) Igualdad de derechos y obligaciones entre los socios.c) Estructura, gestión y control democráticos. d) Interés voluntario y limitado a las aportaciones alcapital social. e) Participación en la actividad cooperativa. f) Participación de los socios en los resultados, enproporción a la actividad desarrollada en lacooperativa. g) Educación y formación cooperativa de sus miembros,así como la difusión en su entorno de estos principios. h) Promoción de las relaciones intercooperativas para elmejor servicio de sus intereses comunes. i) Autonomía de las cooperativas frente a toda instanciapolítica, económica religiosa o sindical. j) Domicilio social: La cooperativa tendrá su domiciliodentro del municipio donde realice principalmente lasactividades con sus socios o centralice la gestiónadministrativa. k) Responsabilidad: La responsabilidad del socio por lasdeudas de la cooperativa quedará limitada a susaportaciones suscritas al capital social, estén o nodesembolsadas.

Características

a) Existen bajo una denominación social,

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b) lo constituyen personas de clase trabajadora (poreste motivo se dice que es una sociedad ''clasista'') c) los derechos y obligaciones de los socios soniguales, d) el número de socios no podrá ser menor de diez, porlo tanto su número es ilimitado, e) cada socio tiene un voto f) siempre son de capital variable, g) nunca podrá tener fines de lucro, h) la duración de la sociedad será indefinida, i) la distribución de las utilidades será en proporciónal tiempo trabajado para cada socio (en caso de lascooperativas de producción), cuando se trate decooperativas de consumo será en razón de las operacionesrealizadas. j) Al constituirse deberá exhibirse cuando menos el 10%de las aportaciones (la ley no fija capital mínimo). k) El acta constitutiva será certificada por funcionariocon fe pública. l) Las Sociedades Cooperativas deben constituir dosclases de fondos: de reserva y de previsión social. m) En principio las Sociedades Cooperativas no emplearánasalariados, y, en casos excepcionales, sus relacionesserán regidas por la Ley Federal del Trabajo. n) No podrán pertenecer a cámaras de comercio ni a lasasociaciones de productores, en cambio, es su obligaciónformar parte de las federaciones, y éstas de laConfederación Nacional Cooperativa. Para constituir unafederación se requerirá un mínimo de dos SociedadesCooperativas (Art.108 del Reglamento de la LGSC). o) Las Sociedades Cooperativas tienen derecho afranquicias especiales de la SHCP y deberán someterse avigilancia oficial por parte de la STPS.

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Personalidad jurídica e inicio de la actividad

Las sociedades cooperativas se constituirán medianteescritura pública y adquirirán personalidad jurídicadesde el momento en que se inscriban en el Registro deCooperativas.

Las sociedades cooperativas deberán iniciar suactividad, conforme a sus estatutos, en el plazo máximode un año a contar desde la fecha de su inscripción enel Registro de Cooperativas.

Razón Social

La ley general de sociedades cooperativas del 3 deagosto de 1994 no legisla al respecto. El reglamentoanterior indicaba que al nombre de la sociedad deberánagregársele las letras S.C.L. o S.C.S.Número de socios

El número de socios es de diez mínimo, sin límitesuperior. Las cooperativas de primer grado deberán estarintegradas como mínimo, por tres socios ordinarios. Lasde segundo o ulterior grado y las de integracióntendrán, al menos, dos socios ordinarios.

Podrán adoptar el régimen de responsabilidad limitada osuplementada de los socios. Será limitada, cuando lossocios solamente se obliguen al pago de los certificadosde aportación que hubieren suscrito. Suplementada cuandolos socios respondan a prorratas por las operacionessociales, hasta por la cantidad determinada en el actaconstitutiva.

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Capital social

El capital de las sociedades cooperativas se integra conlas aportaciones de los socios y con los rendimientosque la Asamblea general acuerde se destinen paraincrementarlo, pudiendo emitir certificados deaportación para capital de riesgo por tiempodeterminado. Las aportaciones han de efectuarse enmoneda nacional y si así lo prevén los estatutos o loacuerda la asamblea general, en bienes y derechos,pueden efectuarse en efectivo, y estarán representadaspor certificados nominativos, indivisibles y de igualvalor, actualizándose en forma anual, siendosusceptibles de transmisión al beneficiario que designesu titular en caso de muerte.

10.¿Cuáles son los pasos de constitución?

1.-Permiso de uso de denominación o razón social por laSecretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en Oaxaca

Es un trámite federal y puede ser presentado por elnotario público, en las instalaciones de la delegaciónestatal de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)en Oaxaca o vía Internet. La tarifa se encuentra en laLey Federal de Derechos vigente. El pago del trámite sehace en cualquier institución bancaria o portransferencia electrónica. Es necesario presentar lasolicitud SA-1 o un escrito libre con los datossolicitados. Si se presenta antes de las 11:00 a.m. elpermiso se entrega el mismo día, o al día siguiente encaso de presentarse después de esta hora. Posterior a lanotarización de la escritura constitutiva en Oaxaca, elfedatario o empresario tiene que presentar el Aviso deuso de denominación para dar a conocer a la SRE del

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nombre utilizado. Este trámite tiene un costo adicionalde MXN 235 y si no se presenta antes de los primerosseis meses de funcionamiento se deberá pagar una multade MXN 1,280.

2.-Notarización de la escritura constitutiva en Oaxaca

Una vez recibida la autorización del nombre de lacompañía en Oaxaca, el fedatario público (notario ocorredor en Oaxaca) redacta los estatutos de lasociedad. Los socios fundadores deben proporcionar susdatos generales y presentar identificaciones oficiales.El costo corresponde a los honorarios del notario enOaxaca los cuales varían entre MXN 6,000 y MXN 10,000.

3.-Inscripción de la escritura constitutiva en elRegistro Público de la Propiedad y del Comercio delEstado en Oaxaca

La inscripción de una sociedad mercantil en Oaxaca en elRegistro Público de la Propiedad y del Comercio (RPPyC)es un trámite estatal que tiene como finalidad dotar depersonalidad jurídica y dar fe al acto de constituciónde la empresa en Oaxaca. Este trámite puede realizarseen el módulo del Registro Público ubicado en el Centrode Apertura Rápida de Empresas (CARE) del Municipio deOaxaca. El costo se puede consultar en la Ley deIngresos del Estado de Oaxaca e incluye el pago por porcalificación MXN 59 y el pago de inscripción MXN 475.

4.-Solicitud e inscripción de la sociedad en el RegistroFederal de Contribuyentes (RFC) en Oaxaca

Este es un trámite federal que puede presentarse en laAdministración Local de Servicios al Contribuyente(ALSC) en Oaxaca, o a través del fedatario público

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autorizado para el uso de inscripción por mediosremotos. El tiempo que se calcula para este trámite enOaxaca fue el que corresponde al registro en la ALSC. Enla ALSC existe un módulo exclusivo de atenciónempresarial en Oaxaca al que puede acudirse sinnecesidad de cita y obtener el RFC directamente.

5.-Obtener la licencia de funcionamiento en Oaxaca

Puede tramitarse en el Centro de Apertura Rápida deEmpresas del municipio de Oaxaca. Las empresas de bajoriesgo obtienen la licencia en tres días. Es necesariocontar con la licencia de uso de suelo en Oaxaca.

6.- Inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social(IMSS) en Oaxaca

Este es un trámite federal que se realiza en lasubdelegación administrativa del IMSS. Se presentan losformatos AFIL 01, CLEN y AFIL 02, para el alta de almenos un trabajador en Oaxaca. Puede hacerse una pre-alta por Internet.

7.- Registro de la compañía para el Impuesto SobreNómina (ISN) en Oaxaca

La compañía se inscribe en el padrón estatal para elpago del Impuesto Sobre Nómina (ISN). Se tramita en laSecretaría de Hacienda del Gobierno del Estado de Oaxacao en el Centro de Apertura Rápida de Empresas en Oaxacadirectamente en el mostrador. El impuesto es de 2% sobrenómina en Oaxaca.

8.-Registro al Instituto Nacional de Estadística,Geografía e Informática (INEGI) en Oaxaca

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Es un trámite federal exigido en la Ley de InformaciónEstadística y Geográfica. Sin embargo, en la prácticamuchas empresas en Oaxaca no lo cumplen sin dar lugar asanción. El formato de registro se puede descargar enhttp://www.inegi.gob.mx y se puede enviar por correoelectrónico, fax o entregarse en las oficinas decoordinación estatal del INEGI.

9.-Inscripción al Sistema de Información Empresarial(SIEM) en Oaxaca

De conformidad con la Ley de Cámaras Empresariales y susConfederaciones, publicada el 20 de enero de 2005 en elDiario Oficial de la Federación (DOF), el registro en elSistema de Información Empresarial (SIEM) es un trámitefederal. Todos los comerciantes e industriales, sinexcepción y obligatoriamente, deberán de registrar yactualizar anualmente cada uno de sus establecimientos.El formato de inscripción solicita los siguientes datos:razón social, nombre comercial, domicilio, giro, nombredel representante legal, números de teléfono, fecha deinicio de operaciones, número de personas que laboran,capital aproximado y copia de Registro Federal deContribuyente (RFC). En algunas ocasiones los promotoresvisitan los establecimientos para realizar el cobro yentregar el engomado. Su costo anual se determina de lasiguiente forma: Tarifas para la industria: a. 1 o 2empleados MXN 150; b. 3 a 5 empleados MXN 350; c. 6 omás empleados MXN 670; Tarifas para comercio yservicios: a. 1 o 2 empleados MXN 100; b. 3 empleadosMXN 300; c. 4 o más empleados MXN 640.

11.¿Cuáles son sus estatutos?

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El trámite de constitución de una sociedad mercantil debeincluir la redacción y aprobación por parte de los sociosde los términos en los que se regula la organización de laempresa. Esto viene determinado por los Estatutos, que sonun conjunto de normas que se establecen para definir laestructura legal de la empresa.

Denominación, duración, domicilio, objeto ynacionalidad.

Capital social y acciones. Asambleas de accionistas. Administración de la sociedad. (facultades del

consejo de administración y/o administrador único) Vigilancia de la sociedad Ejercicios fiscales, información financiera,

utilidades y pérdidas. Disolución y liquidación de la sociedad. Cláusulas transitorias

Términos generales que son obligatorios

Hay una serie de cuestiones obligatorias que debenincluirse. En los estatutos debe constar el nombre de lasociedad, que debe estar acreditado por un certificadoemitido por el Registro Mercantil Central. Además debeaparecer el domicilio social de la empresa y el objetosocial, en el que detallaremos todas las actividades a lasque se va a dedicar la empresa.

Otro punto importante es definir cuál va a ser el órgano deadministración de la empresa. En este aspecto se puedeelegir una de las siguientes fórmulas:

Un administrador único.

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Varios administradores. Que pueden actuar de formasolidaria, es decir que actúen independientemente, obien de manera mancomunada, que tengan que intervenirde forma conjunta.

Un consejo de administración. Que tome las decisionesde forma colegiada.

La ley establece, de forma genérica, cuáles son lasfacultades y lo poderes del órgano de administración, peroresulta conveniente que éstas se detallen en los propiosestatutos. Así mismo debe fijarse si el hecho de ostentarun cargo en el órgano de administración lleva aparejado unaretribución por el mismo o si esta tarea se desempeña demanera gratuita.

También se debe fijar la fecha que se tomará comoreferencia para realizar el cierre anual de las operacionesde la empresa. Por defecto se identifica con el 31 dediciembre, identificando el ejercicio con el año natural,sin embargo los estatutos pueden fijar otra fecha distinta.

Puntos a determinar de manera libre

Uno de los aspectos que la ley establece de manera genéricay que los socios pueden definir libremente es el sistemade transmisión de las participaciones de la sociedad.

Por un lado, en caso de transmisión inter-vivos, los sociospueden establecer en los estatutos el derecho deadquisición preferente. Esto es, que si un socio quiereabandonar la sociedad y pretende vender su participación,los socios que ya forman parte de la empresa tenganpreferencia sobre personas ajenas a la sociedad a la horade quedarse con esa participación.

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De esta manera los socios que ya tienen parte de la empresase reservan el derecho a evitar que una persona ajena puedeincorporarse a la sociedad sin su consentimiento.

Se puede proceder de manera similar en caso delfallecimiento de uno de los socios. La ley establece queserán sus herederos los que pasarían a formar parte de laempresa al hacerse con su participación, pero se puedeincluir en los estatutos una cláusula en la que seestablezca un derecho de adquisición por parte de los otrossocios sobre la participación de socio fallecido.

Otros aspectos

A los preceptos básicos que forman los estatutos se puedenincorporar otros muchos, pero en ocasiones hay determinadosacuerdos que no se reflejan en este documento y que seformalizan en un pacto de socios, que se puede hacermediante escritura pública o privada.

Hay que tener en cuenta que la modificación de losestatutos requiere un acuerdo mayoritario de los socios yhan de fijarse en escritura pública y registrarlos en elRegistro Mercantil. Ciertos aspectos organizativos quepueden ser susceptible de modificación constante puede quesea más eficiente que queden reflejados en ese pacto desocios, que se puede revisar y modificar de manera máságil, y no en los Estatutos.

12.¿Cómo es su estructura de gobierno?

ADMINISTRACIÓN:* Asamblea General.* Consejo de Administración.

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* Consejo de Vigilancia.* Las comisiones que la Ley General de SociedadesCooperativas establece y las demás que designe laAsamblea a General.

ÓRGANO SUPREMO:La Asamblea General es la autoridad suprema y susacuerdos obliguen a todos los Socios, presentes,ausentes y disidentes, siempre que se hubieren tomadoconforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas.

ÓRGANO DE VIGILANCIA:El Consejo de Vigilancia estará integrado por un númeroimpar de miembros no mayor de cinco, con igual número desuplentes que desempeñaran los cargos de: Presidente,Secretario y Vocales, designados en la misma forma queel Consejo de Administración y con una duración de cincoaños, pudiendo ser reelectos.

13.Pasos para llevar acabo su asamblea  constitutiva

Celebración de la Asamblea ConstitutivaEn el día, horario y lugar señalado en la convocatoriade la Asamblea Constitutiva, se reunirán todos losasociados fundadores, teniendo en cuenta el mínimo legal(10 personas excepto en las cooperativas de Trabajo o deProvisión de Servicios para Productores Ruralessimplificadas en las que el mínimo son 6 personas), yllevarán a cabo el acto asambleario fundacional. Elmismo se llevará adelante siguiendo el orden del díaincluido en los formularios tipo, consistente en:

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1) Elección de la Mesa Directiva de la Asamblea, 2) Informe de los iniciadores, 3) Discusión y Aprobación del Estatuto, 4) Suscripción e Integración de cuotas sociales, 5) Elección de los miembros del Consejo deAdministración y de la Sindicatura.

Quienes resulten designados como autoridades de laAsamblea, deberán dar lectura en forma íntegra, alcontenido del formulario del Acta Constitutiva, haciendoespecial hincapié en el texto del Estatuto Social. Losespacios en blanco de los formularios, deberáncompletarse a máquina en base a lo aconsejado en lasrespectivas cartillas de instrucciones o Anexosprovistos al efecto.

Con posterioridad al acto asambleario, deberá llevarse acabo la primera reunión del Consejo de Administración,en la que constará la distribución de cargos,confeccionándose la denominada Acta Nº 1 del Consejo deAdministración, cuyo modelo integra los formulariostipo.

14.¿Cómo  se conforma el patrimonio?

Patrimonio (propio): El patrimonio de una sociedad es elconjunto de bienes, derechos y obligaciones de los que estitular una sociedad mercantil y se clasifica en lossiguientes grupos:

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Patrimonio Activo: Que se refiere a los bienes y derechosde una sociedad y que puede ser aportado al momento de laconstitución de la sociedad mercantil, en un aumento decapital, en un aumento del haber social o con las gananciasobtenidas por la sociedad. · Patrimonio Pasivo: El patrimonio pasivo de una sociedadestá constituido por las obligaciones de la misma y estasse pueden adquirir desde el momento de la creación de lasociedad mercantil y consisten en deudas y obligaciones dedar o de hacer.

15.¿Cuáles son las obligaciones   y responsabilidades de los gerentes, lossocios,   los asesores?

Responsabilidad del Gerente General

El Gerente será el Representante Legal de la Sociedad ytendrá a su cargo la dirección y la administración de losnegocios sociales. El Gerente no podrá ser miembro titular del Directorio,pero el Directorio podrá encargar provisionalmente laGerencia a cualquiera de sus miembros.El Gerente será nombrado por el Directorio, salvo elprimero, que es designado en la escritura de constituciónsocial. Para ser gerente no es necesario ser accionista.El gerente general es responsable en forma complementaria alas obligaciones del directorio, y reporta a éste acercadel desempeño de la empresa.

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El gerente general es el responsable legal de la empresa yen ese sentido deberá velar por el cumplimiento de todoslos requisitos legales que afecten los negocios yoperaciones de ésta.La duración del cargo es indefinida pudiendo ser removidoen cualquier momento por el Directorio o por la JGA. Encaso de ausencia del Gerente General, éste será reemplazado por la persona que designeel Directorio.El Gerente General es responsable por: El cumplimiento de los acuerdos del Directorio y de la JGA,salvo que se disponga algo distinto para casosparticulares.Los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimientode sus obligaciones, dolo, abuso de facultades ynegligencia grave.También será solidariamente responsable con los gerentesque le hayan precedido, por las irregularidades que éstoshubiesen cometido, si, conociéndolas, no las denunciasenpor escrito a la JGA al momento de asumir el cargo, oinmediatamente después de conocerlas.La existencia, regularidad y veracidad de los sistemas decontabilidad, los libros que la ley ordena llevar a laSociedad y los demás libros y registros que debe llevar unordenado comerciante.La veracidad de las informaciones que proporcione a laJunta General de Accionistas o al Directorio.El ocultamiento de las irregularidades que observe en lasactividades de la sociedad. La conservación de los fondos sociales a nombre de laSociedad. El empleo de los recursos sociales en negocios distintosdel objeto de la Sociedad.

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La veracidad de las constancias y certificaciones queexpida respecto del contenido de los libros y registros dela Sociedad.El cumplimiento de la ley, el Estatuto y los acuerdos de laJunta General de Accionistas y del Directorio.

Responsabilidades de los Miembros del Consejo deAdministración

Conjunto de recomendaciones efectivas para un buen GobiernoCorporativo. El Consejo de Administración es un mecanismode los accionistas que sirve de contrapeso y guía a laadministración. Su objetivo fundamental es contribuir conopiniones basadas en la experiencia empresarial quepermitan de manera efectiva proteger y acrecentar el valordel negocio.

El Consejo de Administración debe en principio tener clarala definición de sus responsabilidades para a partir deello, habilitar una actuación profesional que derive enalto valor para la compañía, cuidando en todo momento nosubsidiar, no duplicar y no dejar de hacer lo que le toca,lo cual implica un ejercicio de dirección estratégica yfortalecimiento del negocio.

Por su naturaleza estratégica, el Consejo cuenta con unamuy sólida definición de responsabilidades, las cualesdeben quedar muy bien entendidas y segregadas de laadministración, la cual lleva la responsabilidadoperativa.

Responsabilidades básicas del Consejo de Administración:

Confianza. Seguridad.

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Crecimiento. Fortalecimiento de la administración. Rentabilidad. Alto desempeño.

Para responder a lo anterior, el Consejo de Administracióndebe analizar los siguientes temas:

Gestión de crecimiento estratégico del Consejo deAdministración

Estrategia de Negocio. Políticas de Dirección y Facultades. Plan de Negocio y Presupuesto. Control de Gestión. Indicadores de Negocios. Operaciones Relevantes e Inusuales. Nominación de Directores Relevantes y Consejeros.

16.¿Cómo se da de alta ante las instituciones? integre un diagrama deflujo y formularios a utilizar.

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17.¿Cómo se corren  el asiento inicial?

- 1 -Accionistas          Capital social Por las obligaciones contraídas por los

 500.000

  500.000

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suscriptores de las 500 acciones de Bs.1.000,00 C/U de valor nominal y querepresentan al capital social

- 1 -Caja o Banco          A. Alvarado           –Capital          Manuel Pérez        – Capital          José Salas             –Capital Antonio Alvarado, Manuel Pérez y JoséSalas, han formado con esta fecha unaSociedad Colectiva para dedicarse a laventa de radio y televisión, de acuerdocon el Contrato Social otorgado a talefecto.

   120.000

   60.00040.00020.00

18.¿Cuáles son las obligaciones  fiscales?

1.-Inscripción o alta en el Registro Federal deContribuyentes.

2.-Expedir comprobantes fiscales.

3.-Llevar contabilidad.

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4.-Presentar declaraciones y pagos mensuales yDeclaración Anual.

5.-Presentar la Declaración Informativa de Operacionescon Terceros.

6.-Presentar Declaraciones informativas anuales.

7.-Otras obligaciones.

8.-Mantener actualizados sus datos en el Registro Federalde Contribuyentes.

9.-Retener y enterar ISR.

19.¿Cómo se lleva acabo la junta de gobierno?

Las sesiones de la Junta de Gobierno se desarrollarán enel siguiente orden del día:

I. Lista de asistencia;

II. Verificación del quórum legal por parte del Comisario;

III. Lectura y aprobación del orden del día;

IV. Lectura del acta de la sesión anterior;

V. Informe del Director General;

VI. Informe del Comisario;

VII. Lectura y discusión y, en su caso, aprobación deasuntos;

VIII. Asuntos generales;

IX. Resumen de acuerdos aprobados; y 3

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X. Clausura.

20.¿Cómo se establece  el orden del día?

Orden del día asamblea ordinaria:

El orden del día para laAsamblea Ordinaria constará de los siguientespuntos:

1) Llamada a lista y verificación de quórum.2) Lectura y aprobación del Acta de laAsamblea anterior.

3) Informe de labores, presentado por elPresidente.

4) Informe de cuentas y estados financieros,a cargo del Tesorero.

5) Informe del Revisor fiscal y aprobación ono del estado de cuentas y balancesfinancieros.

6) Programas, presupuestos. 7) Elección de miembros para el Órgano deAdministración. (cuando corresponda).

8) Elección del Revisor fiscal Principal(cuando corresponda).

9) Elección de dos (2) miembros para laComisión Disciplinaria (cuando corresponda).

10) Proposiciones y varios

Una asamblea ordinaria debe ser citada de acuerdo a unostiempos y términos establecidos por sus estatutos, se debe

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realizar en la fecha o periodo igualmente establecido en losestatutos del club.

Recuerde que debe mantener el orden del día ya que estáindicado por estatutos, por lo cual no se podrán tratar temasdiferentes a los establecidos para la asamblea ordinaria.El listado de asistencia a esta asamblea debe estardebidamente firmado por quienes acudieron a asamblea (paralos menores de edad, firma el padre de familia orepresentante legal que haya asistido).Se aprueba el estado de cuentas y estados financieros. En los procesos de elección es importante conocer loestablecido en los estatutos y relacionar el proceso con lavotación emitida por la asamblea.Recuerde que para ser miembro del órgano administrativo de unclub deportivo debe cumplir con unos requisitos establecidosen los estatutos y los que dispongan la normatividad vigente.La Comisión Disciplinaria estará integrada por tres (3)miembros: dos (2) elegidos por la Asamblea y uno (1) por elórgano administrativo elegido, estos no podrán ser afiliadosal club y no deberán estar incursos en causales de malaconducta que impidan el ejercicio de funciones públicas.

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