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DEPARTAMENTO DE RELATORÍA, AGENDA Y ACTAS
ÁREA DE REDACCIÓN DE ACTAS
-1-
COMISIÓN PERMANENTE
-=o=-
PERIODO ANUAL DE SESIONES 2017-2018
-=o=-
ACTA DE LA 6ª SESIÓN, CELEBRADA EL MIÉRCOLES 28 DE
FEBRERO DE 2018
-=o=-
Presidida por los congresistas Luis Galarreta Velarde,
Mario Mantilla Medina y Richard Acuña Núñez
-=o=-
S U M A R I O
A las 9:55 h se inició la sesión.
Fue aprobado en primera votación el proyecto de Ley que declara
de necesidad y utilidad
pública la adjudicación del terreno denominado cuartel Teniente
Miguel Cortez ubicado
en el distrito de Bellavista, provincia de Sullana a favor de la
Municipalidad Provincial
de Sullana destinado para el proyecto «Construcción del
Megamercado Municipal de
Sullana», equipamiento y espacios públicos.- Proyecto 704 (pág.
4).
Previo debate ingresaron a cuarto intermedio los proyectos
siguientes:
Ley que modifica el artículo 58 de la Ley 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor, para fortalecer la protección
del consumidor ante las llamadas
telefónicas-spam.- Proyecto 1812 (pág. 7).
Ley que regula la obtención de inmuebles requeridos para la
ejecución de obras de infraestructura priorizadas.- Proyecto 1718
(pág. 10).
Fueron aprobados en primera votación los proyectos
siguientes:
Ley que regula el gasto de publicidad del Estado peruano.-
Proyecto 2133 (pág. 16).
Ley que modifica la Ley 30021, Ley de promoción de la
alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes,
incorporando el semáforo nutricional.-
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Proyectos 865 y otros (págs. 26, 34).
Fue aprobado el proyecto de Ley que autoriza una transferencia
de partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para
financiar proyectos de
inversión en materia de saneamiento urbano.- Proyecto 2452 (pág.
27).
Fueron acordadas modificaciones en la Subcomisión de Acusaciones
Constitucionales
correspondiente al Periodo Anual de Sesiones 2017-2018 (pág.
43).
Se acordó la dispensa del trámite de aprobación del acta para
ejecutar lo acordado en la
sesión (pág. 44).
A las 15:46 h se levantó la sesión.
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COMISIÓN PERMANENTE
-=o=-
PERIODO ANUAL DE SESIONES 2017-2018
-=o=-
ACTA DE LA 6ª SESIÓN, CELEBRADA EL MIÉRCOLES 28 DE
FEBRERO DE 2018
-=o=-
Presidida por el congresista Luis Galarreta Velarde
-=o=-
A las 9:55 h, en el hemiciclo de sesiones del Congreso, el
RELATOR pasó
lista, iniciada con el nombre del exparlamentario y héroe
nacional, almirante
Miguel Grau Seminario, de conformidad con la Resolución
Legislativa 23680;
y, con el quorum reglamentario, se inició la sesión.
-
ASISTENCIA A LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
MIÉRCOLES 28 DE FEBRERO DE 2018
PRESENTES:
Miembros natos, integrantes de la Mesa Directiva: Galarreta
Velarde, Mantilla
Medina, Acuña Núñez y Mulder Bedoya.
Miembros titulares: Alcorta Suero, Alcalá Mateo, Becerril
Rodríguez, Reátegui
Flores, Salaverry Villa, Salazar De La Torre, Sarmiento
Betancourt, Takayama
Jiménez, Ushñahua Huasanga, Bartra Barriga, Arimborgo Guerra,
Violeta López,
Sheput Moore, Heresi Chicoma, Arana Zegarra, Montenegro
Figueroa, Villanueva
Arévalo, Del Castillo Gálvez, Quintanilla Chacón, Glave Remy y
García
Belaúnde.
Miembros suplentes: Lizana Santos, Martorell Sobero, Salazar
Miranda, Tapia
Bernal, Torres Morales, Cuadros Candia, Noceda Chiang, Foronda
Farro,
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Cevallos Flores, Apaza Ordóñez, Espinoza Cruz, Velásquez
Quesquén y Zeballos
Patrón.
CON LICENCIA:
Miembros titulares: Beteta Rubín, Segura Izquierdo y Rozas
Beltrán.
AUSENTES:
Miembro titular: Ávila Rojas y Chihuán Ramos.
-
Participaron además en la sesión los congresistas Castro
Grández, Lescano
Ancieta, Trujillo Zegarra y Olaechea Álvarez Calderón.
-
Con el quorum reglamentario, se inició la sesión.
-=o=-
El PRESIDENTE sometió a consideración de la Comisión Permanente
la
fórmula sustitutoria del Proyecto de Ley 704/2016-GL, contenido
en el dictamen
en mayoría de la Comisión de Vivienda, en virtud del cual se
declara de necesidad
y utilidad pública la adjudicación del terreno denominado
cuartel Teniente Miguel
Cortez, ubicado en el distrito de Bellavista, provincia de
Sullana a favor de la
Municipalidad Provincial de Sullana, destinado para el proyecto
«Construcción
del Mega Mercado Municipal de Sullana».
Con fecha 28 de febrero de 2018, la Junta de Portavoces acordó
la
ampliación de agenda.
El congresista ALBRECHT RODRÍGUEZ, presidente de la Comisión
de
Vivienda, sustentó el dictamen señalando que su propósito era
lograr la
adjudicación del terreno de propiedad del Ejército del Perú, de
conformidad con
el Decreto Legislativo 1192, que aprueba la Ley Marco de
Adquisición y
Expropiación de Inmuebles en favor del Estado, y el artículo 9
de la Ley 29151,
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
Al respecto, indicó que, para la formulación del dictamen, se
habían
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evaluado las opiniones de los ministerios de Vivienda y de
Defensa, de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y del
Gobierno Regional de
Piura.
Adicionalmente, solicitó el apoyo de la Representación Nacional
para la
aprobación de la iniciativa.
Los congresistas SARMIENTO BETANCOURT y LIZANA SANTOS
expresaron consideraciones a favor de la aprobación del
proyecto.
El congresista ALBRECHT RODRÍGUEZ, presidente de la comisión
dictaminadora, solicitó la votación de la iniciativa.
Fue interrumpido por la congresista GLAVE REMY, quien sugirió
que
sumado a la construcción del mercado, el terreno que no sea
utilizado se oriente
para la construcción de equipamiento y espacio público,
articulado al plan de
desarrollo urbano de la ciudad.
Consultada la Comisión Permanente mediante votación nominal,
fue
aprobado el proyecto en primera votación, por 19 votos a favor,
ningún voto en
contra y 6 abstenciones.
El texto aprobado en primera votación es el siguiente:
«LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA LA
ADJUDICACIÓN DEL TERRENO DENOMINADO CUARTEL
TENIENTE MIGUEL CORTEZ UBICADO EN EL DISTRITO DE
BELLAVISTA, PROVINCIA DE SULLANA A FAVOR DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA DESTINADO PARA
EL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DEL MEGAMERCADO
MUNICIPAL DE SULLANA”, EQUIPAMIENTO Y ESPACIOS
PÚBLICOS
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Artículo 1. Objeto de la Ley
Declárase de necesidad y utilidad pública la adjudicación del
terreno denominado
cuartel Teniente Miguel Cortez, de propiedad del Ministerio de
Defensa, Ejército
del Perú, ubicado en el distrito de Bellavista, provincia de
Sullana, departamento
de Piura a favor de la Municipalidad Provincial de Sullana, de
conformidad con el
Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley
Marco de
Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de
inmuebles de
Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y Dicta otras
Medidas para la
Ejecución de Obras de Infraestructura; así como, lo normado en
el artículo 9 de la
Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales.
Artículo 2. Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia de
Sullana
Para el cumplimiento de lo normado en el artículo 1 de la
presente ley, la
Municipalidad Provincial de Sullana, se obliga previamente a
elaborar el Plan de
Desarrollo Urbano de Sullana y el Plan de Desarrollo Concertado
en el marco de
la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el Reglamento
de
Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible,
aprobado por el
Decreto Supremo 022-2016-VIVIENDA.
Asimismo la Municipalidad Provincial de Sullana queda obligada a
incorporar en
los planes a que se refiere el párrafo anterior, un terreno de
similar proporción en
favor del Ministerio de Defensa.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Destino del predio
El predio descrito en el artículo 1 de la presente ley, inscrito
en la Partida Registral
No P 15064429 de la SUNARP, será destinado a la construcción
del
“Megamercado Municipal de Sullana”, conforme a la legislación
vigente.
Comuníquese, etc.».
-
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PRIMERA VOTACIÓN DEL PROYECTO 704
CONGRESISTAS QUE VOTARON A FAVOR:
Mantilla Medina (miembro nato); Alcorta Suero, Alcalá Mateo,
Reátegui
Flores, Salaverry Villa, Sarmiento Betancourt, Ushñahua
Huasanga, Arimborgo
Guerra, Villanueva Arévalo, Del Castillo Gálvez y Glave Remy
(miembros
titulares); y Lizana Santos, Martorell Sobero, Salazar Miranda,
Torres Morales,
Noceda Chiang, Foronda Farro, Apaza Ordóñez y Zeballos Patrón
(miembros
suplentes).
CONGRESISTAS QUE SE ABSTUVIERON:
Mulder Bedoya (miembro nato); y Violeta López, Sheput Moore,
Heresi
Chicoma, Montenegro Figueroa y García Belaúnde (miembros
titulares).
-
El PRESIDENTE anunció que, de conformidad con el artículo 78
del
Reglamento del Congreso de la República, el texto aprobado sería
materia de
segunda votación transcurridos siete días calendario, salvo que
la Junta de
Portavoces acuerde la exoneración de dicho trámite.
-=o=-
El PRESIDENTE sometió a debate la fórmula sustitutoria del
Proyecto de
Ley 1812/2017-CR, contenida en el dictamen por unanimidad de la
Comisión de
Defensa del Consumidor, por la que se planteaba modificar el
artículo 58 de la
Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, para
fortalecer la
protección del consumidor ante las llamadas
telefónicas-spam.
La Junta de Portavoces, con fecha 28 de febrero de 2018, acordó
la
ampliación de agenda.
El congresista CASTRO GRÁNDEZ, presidente de la Comisión de
Defensa
del Consumidor, en sustento del proyecto manifestó que se
proponía modificar el
Código de Protección y Defensa del Consumidor con la finalidad
de fortalecer la
protección del consumidor ante las llamadas telefónicas-spam,
práctica recurrente
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con fines comerciales sin restricción en el horario que afectaba
la salud y el
derecho al descanso de los consumidores, según sostuvo.
Al respecto, anunció que la propuesta había recibido las
opiniones del
Ministerio de Transportes, la Cámara de Comercio de Lima y la
Asociación para
el Fomento de la Infraestructura Nacional-AFIN, entre otros
organismos e
instituciones.
Recordó además que existía en el Instituto Nacional de Defensa
de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
(Indecopi) la directiva
«Registro Gracias,…No Insista», que impedía que los consumidores
reciban
llamadas que no deseaban; y precisó que la propuesta establecía
el horario para la
emisión de llamadas y otros medios de solo lunes a viernes de 8
a 20 horas, entre
otras prohibiciones.
El congresista SARMIENTO BETANCOURT afirmó que el proyecto
favorecería a los consumidores, los cuales, según sostuvo, no
estarían expuestos a
llamadas impertinentes; en tal sentido, propuso la modificación
del artículo 61 de
la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor,
respecto a los
procedimientos de cobranza.
El congresista LESCANO ANCIETA propuso que la prohibición de
efectuar las llamadas telefónicas comerciales materia de la
propuesta consideradas
impertinentes sea para todos los horarios.
El congresista CASTRO GRÁNDEZ, presidente de la comisión
dictaminadora, precisó que la prohibición se fijaría de 8 a 20
horas y reiteró que
el Indecopi había habilitado un registro para los consumidores
que no deseen
recibir llamadas promocionales u otros.
El congresista DEL CASTILLO GÁLVEZ aseveró que en los contratos
de
adhesión por la compra de distintos bienes figuraba la
autorización de aceptar ese
tipo de condiciones y sugirió el uso de otros métodos para
comunicarse con el
consumidor, como una carta notarial o un correo electrónico.
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La congresista ALCORTA SUERO afirmó que en los contratos de
adhesión
se evidenciaba la práctica de publicidad engañosa y recomendó
que se establezca
en el contrato la aceptación o no de recibir cualquier tipo de
información.
El congresista MANTILLA MEDINA propuso que el proyecto ingrese a
un
cuarto intermedio para mejorar su texto.
El congresista CASTRO GRÁNDEZ, presidente de la Comisión de
Defensa
del Consumidor, puntualizó que el consumidor podía inscribirse
en el registro que
impedía que las empresas lo llamen y anunció que había
presentado un nuevo texto
sustitutorio.
Fue interrumpido por el congresista LESCANO ANCIETA, quien
planteó
que las cláusulas establecidas en los contratos de adhesión sean
consideradas
cláusulas abusivas.
Vía interrupción, la congresista ALCORTA SUERO recalcó que se
debería
establecer en el contrato la decisión de que el consumidor
reciba o no información.
El RELATOR, por disposición de la Presidencia, leyó el nuevo
texto
sustitutorio del proyecto, presentado en la fecha a las 10:34
horas por el
congresista Castro Grández, presidente de Comisión de Defensa
del
Consumidor.
El congresista CASTRO GRÁNDEZ solicitó que se proceda a la
votación
respectiva.
En este estado, el congresista LESCANO ANCIETA solicitó retirar
la
disposición que modifica el artículo 61 del Código de Protección
y Defensa del
Consumidor, respecto de los procedimientos de cobranzas.
La congresista ALCORTA SUERO propuso que en el contrato se
especifique la aceptación del consumidor a recibir
información.
El congresista SHEPUT MOORE recomendó modificar la propuesta
sobre
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el artículo 61 del Código de Protección y Defensa del
Consumidor, respecto de los
procedimientos de cobranzas, la cual, según consideró, generaría
una imagen
negativa del deudor.
El congresista CASTRO GRÁNDEZ, presidente de la
dictaminadora,
solicitó que el proyecto ingrese a un cuarto intermedio, pedido
aceptado por la
Presidencia.
Finalmente, el congresista DEL CASTILLO GÁLVEZ informó que
el
Poder Ejecutivo había presentado el proyecto 2375, de similar
propósito a la
materia discutida; y la Presidencia consideró que podría
acumularse al dictamen.
-=o=-
El PRESIDENTE puso en debate la fórmula sustitutoria del
Proyecto de
Ley 1718/2017-PE, presentado por el Poder Ejecutivo con carácter
de urgencia,
contenido en el dictamen en mayoría de la Comisión de Economía,
en virtud del
cual se regula la obtención de inmuebles requeridos para la
ejecución de obras de
infraestructura priorizadas.
Nota: La materia está relacionada con el tema 20 de la Agenda
Legislativa
2017-2018.
Constaba el dictamen en minoría de la Comisión de Economía
suscrito
por la congresista Glave Remy, publicado en el Portal del
Congreso el 2 de
noviembre de 2017; y los dictámenes en mayoría y en minoría
—suscrito por
el congresista Quintanilla Chacón— de la Comisión de
Descentralización,
publicados en el Portal del Congreso el 18 y 31 de octubre de
2017,
respectivamente.
Asimismo, la Junta de Portavoces, con fecha 2 de noviembre de
2017,
acordó la ampliación de agenda.
El congresista ALCALÁ MATEO, vicepresidente de la Comisión
de
Economía, sustentó el proyecto destacando la deficiencia del
procedimiento para
la obtención de bienes inmuebles por los procedimientos
burocráticos, la
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deficiente gestión y la duplicidad respecto de la tasación y
elaboración de los
expedientes técnicos.
En tal contexto, anunció que el proyecto se orientaba a
optimizar el
procedimiento para obtener bienes inmuebles requeridos para
proyectos de
infraestructura, para lo cual aludió, entre otros objetivos, a
la eliminación y
disminución de duplicidad de funciones y a la reducción del
plazo en el proceso
de obtención de inmuebles a nivel macro y micro.
Asimismo, informó que se excluían del ámbito de aplicación de
la
propuesta los inmuebles que se encontraban en áreas declaradas
intangibles,
áreas naturales protegidas, inmuebles que forman parte del
patrimonio
cultural de la nación y aquellos en propiedad o posesión de
pueblos indígenas
u originarios.
De otro lado, señaló que se proponía crear el Proyecto Especial
de Acceso
a Predios para Proyectos de Inversión Priorizados (APIP), como
un proyecto de la
Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN).
Por último, precisó que dicha entidad aplicaría un procedimiento
ad hoc
para el cumplimiento de sus funciones y que se le exoneraría de
los alcances de
las restricciones establecidas en la Ley de Presupuesto del
Sector Público para el
Año Fiscal 2018.
La congresista GLAVE REMY, en sustento del dictamen en minoría
de la
Comisión de Economía, consideró que el Poder Ejecutivo había
pretendido crear
una entidad que sanearía rápidamente los terrenos para facilitar
la inversión
privada, pretensión que fue modificada al establecerse en el
dictamen que los
terrenos sean destinados también para obra pública declarada de
interés.
Además, demostró su discrepancia con que el APIP se encuentre
bajo el
marco de PROINVERSIÓN, al indicar que esta última era una
agencia orientada
a la inversión privada, planteando, en tal sentido, que se
encuentre adscrito a la
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), ente que se
encarga del
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ÁREA DE REDACCIÓN DE ACTAS
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saneamiento de la propiedad estatal y de ordenar, integrar y
simplificar los
procedimientos de adquisición, administración, disposición,
registro y supervisión
de los bienes estatales.
Asimismo, señaló que las funciones de la APIP colisionarían con
las
competencias de gobiernos regionales en materia de saneamiento
de bienes de los
pueblos indígenas y comunidades campesinas; en tal sentido,
propuso incluir
como ente rector a la SBN y establecer el derecho a la consulta
previa cuando se
identifique que una obra de infraestructura priorizada afecte
derechos colectivos
de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas.
El congresista TRUJILLO ZEGARRA, presidente de la Comisión
de
Descentralización, al sustentar el dictamen en mayoría, recalcó
que el propósito
del proyecto era regular los procedimientos para la obtención de
inmuebles para
la ejecución de obras de infraestructuras priorizadas,
procedimientos encontrados
burocráticos, según sostuvo.
En tal sentido, precisó que se planteaba un texto sustitutorio
que excluía del
ámbito de aplicación de la norma a los inmuebles que se
encontraban en territorios
de propiedad o posesión de las comunidades campesinas.
Asimismo, subrayó que se disponía que la extensión de la
vigencia del APIP
se formalice mediante ley y, entre otros puntos, indicó que el
ministro de
Economía y Finanzas informaría anualmente ante la Comisión de
Economía los
resultados logrados en cumplimiento del objeto de la ley.
Por último, consideró que, ante la similitud de los dictámenes
de ambas
comisiones, se podría generar un texto de consenso.
-
Asumió la presidencia el congresista Mario Mantilla Medina.
-
En este estado, el congresista QUINTANILLA CHACÓN, autor del
dictamen en minoría de la Comisión de Descentralización,
solicitó diferir su
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fundamentación, pedido asentido por la Presidencia.
La congresista FORONDA FARRO aseveró que los fundamentos del
dictamen eran similares a los del Decreto Legislativo 1333,
derogado por el
Congreso; precisó que el proyecto, si bien excluía de sus
alcances a los pueblos
indígenas y los de aislamiento voluntario, no consideraba que el
Ministerio de
Cultura carecía de una base de datos de sus territorios; y
discrepó que la APIP
pueda definir respecto de propiedades dentro de las comunidades
y no por consulta
previa.
Finalmente, solicitó vía cuestión previa que el proyecto se
derive para su
estudio a la Comisión de Pueblos Andinos.
El congresista VIOLETA LÓPEZ enfatizó que el proyecto se
orientaba a la
promoción de la defensa de los intereses del Estado con el
desarrollo de la
infraestructura; y aclaró que sus efectos alcanzaban también a
las obras de
infraestructura pública.
Fue interrumpido por la congresista GLAVE REMY, quien afirmó
que
inicialmente el proyecto no incluía la obra pública, al reiterar
su planteamiento
para que la APIP sea adscrita a la SBN.
-
Reasumió la Presidencia el congresista Luis Galarreta
Velarde.
-
El congresista REÁTEGUI FLORES discrepó del propósito de la
iniciativa
respecto a la creación de la APIP, al recomendar que la SBN se
encargue de los
procedimientos requeridos para los fines del proyecto; asimismo,
enfatizó en que
la transferencia de recursos para el financiamiento de los
alcances de la norma sea
aprobada por ley del Congreso.
Fue interrumpido por la congresista GLAVE REMY, quien recalcó
su
postura de que la SBN realice el saneamiento físico legal de los
inmuebles y no
excluir la consulta previa respecto de terrenos de los pueblos
indígenas.
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Vía interrupción, la congresista FORONDA FARRO demandó que
se
incorpore en el dictamen el derecho a la consulta previa.
El congresista GARCÍA BELAÚNDE inquirió sobre el criterio que
se
emplearía para priorizar una obra pública y sostuvo que las
comunidades
campesinas eran manejadas por personas inescrupulosas, en tanto
que la
propuesta las facultaba a la toma de decisiones sobre el destino
de sus
propiedades.
Además, consideró que la Superintendencia Nacional de los
Registros
Públicos podría ser parte o asumir las funciones de acceso a
predios para obras
priorizadas; y discrepó de que el Estado solvente la defensa
legal de los servidores
públicos que cometan errores o actos que podrían ser de
corrupción.
Fue interrumpido por la congresista ALCORTA SUERO, quien aludió
a las
complicaciones en materia de diseño de límites de comunidades
campesinas.
La congresista MONTENEGRO FIGUEROA propuso modificar el
artículo
del proyecto que excluye del ámbito de la norma a los inmuebles
que se encuentran
en tierras y territorios de propiedad de comunidades campesinas
y manifestó su
acuerdo en fortalecer la SBN.
El congresista ARANA ZEGARRA, afirmando que el presente
dictamen
contenía los fundamentos del Decreto Legislativo 1333, el cual
fuera derogado por
el Congreso, se adhirió a la cuestión previa para que el
proyecto pase a la Comisión
de Pueblos Andinos.
Entre otros puntos, solicitó el debate del Proyecto de
Resolución Legislativa
del Congreso 5/2016-CR, que proponía modificar artículos del
Reglamento del
Congreso para incorporar el procedimiento de consulta previa a
los pueblos
indígenas u originarios sobre medidas legislativas que les
afecten.
El congresista QUINTANILLA CHACÓN, en sustento del dictamen
en
minoría de la Comisión de Descentralización del cual era autor,
aseveró que
Nuevo Perú era partidario de la inversión privada y sugirió,
respecto a los
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terrenos que se excluyen en el ámbito de la norma, la exclusión
de tierras,
territorios e inmuebles de los pueblos indígenas u originarios,
comunidades
campesinas y nativas que se encuentren en estado de
aislamiento.
Asimismo, planteó que la priorización de los proyectos se
otorgue mediante
un mecanismo planificado del Ministerio de Economía y Finanzas;
y sugirió que
la iniciativa pase a la Comisión de Pueblos Andinos conforme
había sido
solicitado.
Fue interrumpido por el congresista LESCANO ANCIETA, quien
se
pronunció a favor de la consulta previa en los actos de
disposición de los terrenos
comunales; y discrepó del contenido de la propuesta respecto de
la reubicación de
poblaciones y las tasaciones para el pago de los terrenos, así
como del debate del
proyecto cuando aún se discutía el decreto legislativo que
versaba sobre similar
materia.
El congresista ALCALÁ MATEO, vicepresidente de la Comisión
de
Economía, aduciendo que se mejoraría el texto final del
dictamen, solicitó que el
proyecto ingrese a un cuarto intermedio.
El PRESIDENTE dejó constancia de que el tema discutido se
refería a un
proyecto de ley, caso distinto del referido a la derogatoria del
decreto legislativo
aludido por el anterior orador.
El congresista TRUJILLO ZEGARRA, presidente de la Comisión
de
Descentralización, coincidió con el pedido de cuarto intermedio
solicitado.
El PRESIDENTE señaló que, dado que los presidentes de las
comisiones
dictaminadoras habían solicitado el ingreso del proyecto a un
cuarto intermedio,
luego de retornar a la discusión se consultaría la cuestión
previa planteada.
Al insistir en su pedido, la congresista FORONDA FARRO demandó
votar
la cuestión previa que había formulado, para que el proyecto
pase a la Comisión
de Pueblos Andinos.
Al voto de manera nominal fue rechazada dicha cuestión previa,
por 20
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votos en contra, 4 votos a favor y 1 abstención.
El PRESIDENTE indicó que, al haberlo solicitado los presidentes
de las
comisiones informantes, el Proyecto de Ley 1718 ingresaba a un
cuarto
intermedio.
-
VOTACIÓN DE LA CUESTIÓN PREVIA PLANTEADA POR LA
CONGRESISTA FORONDA FARRO
CONGRESISTAS QUE VOTARON EN CONTRA:
Mantilla Medina (miembro nato); Alcorta Suero, Alcalá Mateo,
Becerril
Rodríguez, Reátegui Flores, Salaverry Villa, Salazar De La
Torre, Sarmiento
Betancourt, Takayama Jiménez, Ushñahua Huasanga, Bartra Barriga,
Arimborgo
Guerra, Violeta López, Sheput Moore, Heresi Chicoma, Del
Castillo Gálvez y
García Belaúnde (miembros titulares); y Torres Morales, Cuadros
Candia y
Noceda Chiang (miembros suplentes).
CONGRESISTAS QUE VOTARON A FAVOR:
Arana Zegarra, Quintanilla Chacón y Glave Remy (miembros
titulares); y
Foronda Farro (miembro suplente).
CONGRESISTA QUE SE ABSTUVO:
Mulder Bedoya (miembro nato).
-=o=-
El PRESIDENTE, vencido el cuarto intermedio abierto en la sesión
de la
Comisión Permanente del 21 de febrero de 2018, cedió el uso de
la palabra al
congresista Mulder Bedoya, autor del Proyecto de Ley
2133/2017-CR, en virtud
del cual se proponía regular el gasto de publicidad del Estado
peruano.
Al respecto, recordó que la Junta de Portavoces, con fecha 9 de
enero de
2018, acordó la exoneración de dictamen de la Comisión de
Transportes y la
ampliación de agenda.
Constaba la cuestión previa del congresista Quintanilla Chacón,
en el
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ÁREA DE REDACCIÓN DE ACTAS
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sentido de que el proyecto 2133 pase a la Comisión de
Constitución y retorne a la
Comisión de Transportes.
El congresista MULDER BEDOYA, autor del proyecto, sostuvo que
la
iniciativa había generado diversas contradicciones; anunció que
se habían
agregado tres artículos a la fórmula original, que disponían la
excepción de la
disposición de publicidad en medios privados en casos de
desastres o emergencias
nacionales y de las campañas de educación electoral por parte de
los entes
electorales; además del marco regulatorio de las excepciones y
la publicación de
contratos.
Por otra parte, hizo de conocimiento un reporte periodístico
sobre el alto
índice de conexiones de internet de los sectores de la
ciudadanía que garantizaban,
según adujo, el acceso a la información de los usuarios; y
solicitó finalmente la
votación del proyecto.
El congresista GARCÍA BELAÚNDE preguntó si se había acumulado
al
proyecto en discusión el Proyecto de Ley 1791, de similar
materia, que había
presentado la bancada de Acción Popular.
El PRESIDENTE indicó que había sido acumulado el Proyecto de Ley
1791.
El congresista VILLANUEVA MERCADO, autor del proyecto
acumulado, puntualizó que su propuesta establecía límites al
gasto de
publicidad del Estado.
Fue interrumpido por el congresista MULDER BEDOYA, quien
declaró
su conformidad con que se establezcan los límites propuestos al
gasto de
publicidad.
El congresista ARANA ZEGARRA sostuvo que las instituciones
de
diversos niveles de gobierno asignaban recursos para publicidad
en función del
tipo de respaldo político que se quería lograr en los medios de
comunicación;
consideró que cuando se produzcan desastres naturales o de
emergencia nacional
deberían tener publicidad gratuita; y demandó discutir un
problema que, desde su
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perspectiva, distorsiona la libertad de prensa, como es la
concentración de los
medios de comunicación.
Por último, planteó, en nombre del Grupo Parlamentario Frente
Amplio
por Justicia, Vida y Libertad, que el proyecto retorne a la
Comisión de
Transportes.
La congresista CUADROS CANDIA denunció el derrame de
petróleo
producido en la zona del Bajo Urubamba y, saludando a las
comunidades
indígenas de dicha zona que se encontraban en el hemiciclo,
formuló diversos
pedidos a favor de dichas comunidades y anunció que dicha
delegación sostendrá
una reunión al día siguiente en la Comisión de Energía y
Minas.
El congresista SHEPUT MOORE manifestó que el proyecto
atentaba
contra la libertad de expresión y el derecho de un gobierno a
informar; y
consideró que la norma privilegiaba a los medios informativos
del Estado y
que las redes digitales no brindaban cobertura en sectores a los
que el gobierno
desearía llegar.
En tal contexto, entre otros puntos, solicitó que el proyecto
retorne a la
Comisión de Transportes.
Fue interrumpido por la congresista MONTENEGRO FIGUEROA,
quien
solicitó que conste su voto a favor del proyecto 1718; y la
Presidencia aclaró que
dicho proyecto había ingresado a un cuarto intermedio.
Asimismo, vía interrupción, la congresista FORONDA FARRO
manifestó
su solidaridad con la lucha de los pueblos indígenas; indicó que
la Comisión de
Pueblos Andinos se sumaría a la reunión de los pueblos indígenas
en la Comisión
de Energía; y consideró que la Presidencia del Congreso debería
emitir un
pronunciamiento sobre el particular.
La congresista ALCORTA SUERO descartó que el proyecto viole
la
libertad de expresión y manifestó que, en casos de desastre o
emergencia
nacional, los medios informativos estaban obligados a contribuir
con los
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-19-
comunicados en sus medios de información.
Además, cuestionó el gasto efectuado por el Ministerio de
Educación por
concepto de auditorías; y entre otras consideraciones y
propuestas, manifestó que
el Estado sí podía hacer inversión publicitaria dirigida a un
grupo objetivo.
Fue interrumpida por el congresista SHEPUT MOORE, quien sostuvo
que
los gastos de comunicación de un gobierno se dirigían a la
ciudadanía según los
objetivos planteados y no tenían relación con gastos de
auditoría, y que las cuentas
de la red social Facebook podrían ser mayormente falsas;
finalmente, reiteró su
pedido de que el proyecto retorne a comisiones.
-
Asumió la Presidencia el congresista Mario Mantilla Medina.
-
El congresista QUINTANILLA CHACÓN sugirió el pronunciamiento de
la
Comisión de Constitución, en razón de que se estaría
introduciendo una
prohibición que colisionaría con la libertad de expresión e
información y
recomendó que el Estado reserve para su uso, en situaciones de
emergencia
nacional, parte del espectro radioeléctrico cuando firme los
contratos de
concesión, actos que, según adujo, también merecerían los
pronunciamientos de
las comisiones de Constitución y de Transportes.
Asimismo, aconsejó que, antes de prohibirla, se regule la
publicidad; y
propuso que la iniciativa retorne a la Comisión de Transportes y
pase a la
Comisión de Constitución, a los efectos de enriquecer el
texto.
El congresista VIOLETA LÓPEZ recordó que aún se encontraba
pendiente
la votación de la cuestión previa, presentada en la sesión
anterior, para que el
proyecto pase a la Comisión de Constitución y retorne a la
Comisión de
Transportes.
Además, señaló que la norma violaba los derechos de información
de los
ciudadanos a campañas sanitarias u otras realizadas por el
Estado, siendo esta
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-20-
obligación transversal a todos los niveles de gobierno; y, entre
otras
consideraciones, sugirió que la propuesta debía ser dictaminada
por las comisiones
de Constitución y de Justicia.
Fue interrumpido por la congresista ALCORTA SUERO, quien
preguntó si
había algún congresista presente vinculado a un medio de
comunicación.
En interrupción, el congresista MULDER BEDOYA contradijo lo
señalado
por el anterior orador que solicitaba el retorno del proyecto a
comisiones.
-
Reasumió la Presidencia el congresista Luis Galarreta
Velarde.
-
El congresista APAZA ORDÓÑEZ expresó su respeto al derecho de
los
ciudadanos a las libertades de expresión y de empresa sin
condiciones; denunció
que algunos parlamentarios tenían vinculación directa o son
propietarios de
medios de información; y criticó que la representación de
algunos niveles de
gobierno busque información conveniente a sus intereses.
Fue interrumpido por la congresista ALCORTA SUERO, quien afirmó
que
el propósito del debate era aprobar una ley objetiva que no esté
en beneficio del
gobierno y precisó que el Estado no debería pagar las
informaciones cuando
acontezca alguna emergencia nacional o ante la ocurrencia de un
hecho social de
importancia.
Vía interrupción, la congresista FORONDA FARRO recomendó que
las
excepciones de publicidad se amplíen a otros casos de
emergencia; y denunció
que, como cuestión crucial y de fondo, se debería tratar lo
relativo a la
concentración de los medios de comunicación.
La congresista ARAMAYO GAONA manifestó que el proyecto en
debate
estaba relacionado con la libertad de empresa de los medios de
comunicación;
propuso la modificación del artículo 3 en coherencia con lo
formulado en el objeto
de la ley; enfatizó que eran grupos de medios de comunicación
los que se
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-21-
beneficiaban de la propaganda contratada por el Estado; y
recomendó que las
excepciones para contratar la publicidad estén sujetas a
control.
La congresista GLAVE REMY precisó que el proyecto no aludía
al
derecho de las personas a la información, sino al derecho de
publicidad por parte
del Estado; criticó la premura en el debate del proyecto al
sostener que no se había
analizado los alcances de la norma en Nuevo Perú, su grupo
parlamentario, al cual
representaba en la Comisión Permanente.
Entre otras consideraciones, inquirió sobre el criterio que
determinaría el
monto máximo a gastar en publicidad por la institución y convino
en que la
iniciativa vuelva a comisiones.
Fue interrumpida por el congresista MULDER BEDOYA, quien
recordó
que el proyecto fue discutido en comisiones.
Vía interrupción, la congresista ALCORTA SUERO puntualizó que
el
proyecto había sido debatido en comisiones e indicó que la
publicidad de las
campañas sociales era obligación del Estado.
El congresista BECERRIL RODRÍGUEZ aseveró que el dictamen se
estudió en comisiones y descartó que atente contra la libertad
de expresión; afirmó
que, con mayor énfasis, era en el interior del país donde
impunemente se ejercitaba
este tipo de prácticas, y aludió al gasto realizado por un
anterior ministro de
Educación en favor de medios de comunicación, hecho que impidió
una real
fiscalización a su gestión, según sostuvo.
El congresista GARCÍA BELAÚNDE aseguró que el proyecto
pretendía
regular la publicidad contratada por el Estado y leyó un informe
de la Relatoría
Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión
Interamericana de Derechos
Humanos, el cual sostenía que cuando el Estado asignaba recursos
en forma
discriminatoria a los medios de comunicación se violaba el
derecho fundamental
a la libre expresión.
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El congresista VILLANUEVA ARÉVALO puntualizó que los gastos
del
Estado por concepto de publicidad eran altos y mal usados y
planteó que la
autoridad de cada municipio informe sobre el cometido de la
publicidad.
De otro lado, manifestó que se debería considerar la posibilidad
de atender
la necesidad de publicidad de los gobiernos locales y regionales
que no pueden
contar con un medio informativo del Estado.
Fue interrumpido por el congresista SHEPUT MOORE, quien señaló
que
en la propuesta no se aludía a la Ley 28874, que regula la
publicidad estatal,
recalcando que el proyecto merecía mayor estudio.
Vía interrupción, la congresista ALCORTA SUERO aclaró que la
propuesta se había presentado hacía algunos meses, descartando
que su debate esté
relacionado al momento político actual.
El congresista MULDER BEDOYA, autor del proyecto, puntualizó que
en
el artículo 5 del proyecto, respecto de las prohibiciones, se
establecían los
porcentajes de los gastos por concepto de publicidad; así como
el de contratar
servicios de publicidad con medios que no cuenten con
inscripción en el Registro
Nacional de Proveedores.
El congresista QUINTANILLA CHACÓN informó que se inhibiría
de
votar al revelar que era miembro de la Federación de Periodistas
del Perú, filial
Juliaca, y que sus padres son propietarios de una radioemisora
en Juliaca, Puno.
El PRESIDENTE indicó que se procedería a votar las cuestiones
previas
planteadas por los congresistas Quintanilla Chacón y Violeta
López, para que el
proyecto retorne a la Comisión de Transportes y pase a las
Comisiones de
Constitución y de Justicia.
Consultada nominalmente la Comisión Permanente, fue rechazada
la
citada cuestión previa, por 18 votos en contra, 5 votos a favor
y 2 abstenciones.
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VOTACIÓN DE LA CUESTIÓN PREVIA PARA QUE EL PROYECTO
RETORNE A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES Y PASE A LAS
COMISIONES DE CONSTITUCIÓN Y DE JUSTICIA
CONGRESISTAS QUE VOTARON EN CONTRA:
Mantilla Medina, Acuña Núñez y Mulder Bedoya (miembros
natos);
Alcorta Suero, Alcalá Mateo, Becerril Rodríguez, Reátegui
Flores, Salaverry
Villa, Salazar De La Torre, Sarmiento Betancourt, Takayama
Jiménez, Ushñahua
Huasanga, Bartra Barriga, Arimborgo Guerra y Villanueva Arévalo,
(miembros
titulares); y Noceda Chiang, Apaza Ordóñez y Velásquez Quesquén
(miembros
suplentes).
CONGRESISTAS QUE VOTARON A FAVOR:
Violeta López, Sheput Moore, Heresi Chicoma, Glave Remy y
García
Belaúnde (miembros titulares).
CONGRESISTAS QUE SE ABSTUVIERON:
Quintanilla Chacón (miembro titular); y Foronda Farro (miembro
suplente).
-
Al voto, de manera nominal, fue aprobado en primera votación el
proyecto
por 20 votos a favor, 4 votos en contra y 3 abstenciones.
El PRESIDENTE recordó que, de conformidad con el artículo 78
del
Reglamento del Congreso de la República, el texto aprobado sería
materia de
segunda votación transcurridos siete días calendario, salvo que
la Junta de
Portavoces acuerde la exoneración de dicho trámite.
El texto aprobado en primera votación es el siguiente:
«LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE REGULA EL GASTO DE PUBLICIDAD DEL ESTADO
PERUANO
Artículo 1. Publicidad solo en medios del Estado
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A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, todas las
entidades públicas,
incluidas las de derecho privado y las que estén en regímenes
especiales, así como
las empresas del Estado, los gobiernos locales y los regionales
podrán publicitar
sus tareas de gestión únicamente en los medios de comunicación
del Estado a tarifa
de costo.
Artículo 2. Difusión libre en red digital
Dichas entidades públicas deberán igualmente suscribir cuentas
en las principales
aplicaciones de redes sociales, en especial, aquellas que tengan
mayor difusión y
número de usuarios y consignar en ellas sus comunicados, avisos
y demás temas
de difusión social.
Artículo 3. Prohibición
Queda prohibida toda publicidad en medios privados, bajo
responsabilidad. No se
considera como tal el trabajo periodístico tales como
reportajes, entrevistas,
conferencias de prensa y similares, las que se pueden
desarrollar libremente sin
que suponga pago alguno al medio de comunicación. La infracción
a este precepto
será considerado delito de malversación.
Artículo 4. Excepciones
Se exceptúan de la prohibición los casos de desastres o
emergencias nacionales
declarados por decreto de urgencia, las campañas de educación
electoral por parte
de los entes electorales una vez convocadas las elecciones.
Artículo 5. Marco regulatorio de las excepciones
En los casos permitidos por el artículo 4, se establecen las
siguientes
prohibiciones:
a) Consignar nombres o imágenes que identifiquen a alguna
autoridad o
funcionario o servidor público. Esta prohibición alcanza
igualmente a los
casos de publicidad propalada en medios del Estado o en la red
digital a que
se refieren los artículos 1 y 2.
b) Acordar precios superiores a las tarifas comerciales del
medio. En ningún
caso el monto contratado puede ser mayor al 10% del total
facturado por el
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-25-
medio de publicidad siempre y cuando no supere el 0.25% de la
partida de
bienes y servicios de la entidad.
c) Contratar servicios de publicidad con medios que no cuenten
con inscripción
en el Registro Nacional de Proveedores ni con personas naturales
ni jurídicas
que no cuenten con autorización del servicio de radiodifusión
vigente.
d) Contratar servicios de publicidad estatal con medios que
mantengan deudas
tributarias exigibles en cobranza coactiva.
Artículo 6. Publicación de contratos
Las entidades o dependencias a las que se refiere el artículo 1,
bajo responsabilidad
del titular del pliego que corresponda, deben publicar los
contratos de publicidad,
incluyendo anexos y adendas, así como los criterios de
selección, en su respectiva
página web institucional, en el plazo máximo de cinco (5) días
hábiles siguientes
a su suscripción.
Comuníquese, etc.».
-
PRIMERA VOTACIÓN DE LOS PROYECTOS 2133 Y 1791
CONGRESISTAS QUE VOTARON A FAVOR:
Galarreta Velarde, Mantilla Medina, Acuña Núñez y Mulder
Bedoya
(miembros natos); Alcorta Suero, Alcalá Mateo, Becerril
Rodríguez, Reátegui
Flores, Salaverry Villa, Salazar De La Torre, Sarmiento
Betancourt, Takayama
Jiménez, Ushñahua Huasanga, Bartra Barriga, Arimborgo Guerra y
Villanueva
Arévalo (miembros titulares); y Torres Morales, Noceda Chiang,
Apaza Ordóñez
y Velásquez Quesquén (miembros suplentes).
CONGRESISTAS QUE VOTARON EN CONTRA:
Violeta López, Sheput Moore, Heresi Chicoma y García
Belaúnde
(miembros titulares).
CONGRESISTAS QUE SE ABSTUVIERON:
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Quintanilla Chacón y Glave Remy (miembros titulares); y Foronda
Farro
(miembro suplente).
-=o=-
El PRESIDENTE sometió a debate la fórmula sustitutoria de los
Proyectos
de Ley 865/2016-CR, 1519/2016-CR, 1589/2016-CR, 1700/2016-CR,
1959/2017-
CR y 2036/2017-CR, contenida en el dictamen en mayoría de la
Comisión de
Defensa del Consumidor, por la que se proponía modificar la Ley
30021, Ley de
promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y
adolescentes,
incorporando el semáforo nutricional.
Constaban el dictamen en minoría de la Comisión de Defensa
del
Consumidor, suscrito por las congresistas Foronda Farro y
Montenegro Figueroa,
publicado en el Portal del Congreso el 20 de febrero de 2018; y
en mayoría de la
Comisión de Salud, con una fórmula sustitutoria, publicado en el
Portal del
Congreso el 31 de enero de 2018.
La Junta de Portavoces, con fecha 28 de febrero de 2018, acordó
la
exoneración de dictamen de la Comisión de Producción respecto
del Proyecto
1519 y la ampliación de agenda.
El congresista CASTRO GRÁNDEZ, presidente de la Comisión de
Defensa
del Consumidor, auxiliado con la proyección de imágenes, informó
que, para la
elaboración del dictamen, diversas instituciones relacionadas a
la materia habían
remitido sus opiniones.
Asimismo, señaló que el etiquetado de alimentos en países de la
región no
era uniforme; e indicó que el proyecto promovía un semáforo
nutricional
sustentado en valores diarios de referencia que elabora el
Ministerio de Salud
sobre la base de las recomendaciones de la Organización Mundial
de la Salud
(OMS) y de la Organización de las Naciones Unidas para la
Alimentación y la
Agricultura (FAO).
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-27-
Entre otros puntos, puntualizó sobre las características del
octógono
aprobado en la comisión, las cuales, según sostuvo, informaban
respecto de la
existencia y cantidad de nutrientes críticos; así como el nivel
alto, medio o bajo
del nutriente; ofrecía recomendaciones al consumidor y señalaba
porcentajes de
consumo.
Asimismo, precisó que la propuesta establecía que el Ministerio
de Salud
apruebe, en un plazo máximo de 90 días calendario, el reglamento
de la norma o
adecúe el Decreto Supremo 017-2017-SA, bajo responsabilidad de
los
funcionarios encargados.
Los congresistas FORONDA FARRO y LESCANO ANCIETA, autor del
proyecto 1589, expresaron consideraciones en contra del
contenido del dictamen.
En su intervención, el congresista LESCANO ANCIETA solicitó
como
cuestión previa que se suspenda el debate, puesto que no se
encontraba presente
en la sesión ningún directivo de la Comisión de Salud que
sustente el dictamen de
dicha comisión.
-
Asumió la Presidencia el congresista Richard Acuña Núñez.
-
El PRESIDENTE suspendió el debate al advertir que,
efectivamente,
ningún directivo de la Comisión de Salud se encontraba en la
sesión para sustentar
el dictamen emitido por dicho órgano parlamentario.
-=o=-
El PRESIDENTE sometió a debate el Proyecto de Ley
2452/2017-PE,
presentado con carácter de urgencia por el Poder Ejecutivo, por
el que se autoriza
una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector
Público para el Año
Fiscal 2018, para financiar proyectos de inversión en materia de
saneamiento
urbano.
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La Junta de Portavoces, con fecha 28 de febrero de 2018, acordó
la
exoneración del trámite de envío a comisión respecto del
proyecto 2452 y la
ampliación de agenda.
El congresista VIOLETA LÓPEZ, vicepresidente de la Comisión
de
Presupuesto, sustentó la iniciativa explicando los alcances de
la solicitud
formulada por el Poder Ejecutivo, cuyos recursos, según sostuvo,
se orientarían a
la ejecución de proyectos de agua y saneamiento de alto
contenido social.
Los congresistas ESPINOZA CRUZ, GLAVE REMY —quien preguntó
sobre los trabajos que se dejarían de ejecutar con la
transferencia—, ALCALÁ
MATEO, MONTENEGRO FIGUEROA y FORONDA FARRO expresaron sus
posiciones y comentarios en favor de la aprobación de la
iniciativa.
En su intervención, la congresista ESPINOZA CRUZ afirmó que
los
médicos de la Morgue Central de Lima se encontraban en huelga y
pidió que se
considere su voto a favor del proyecto 704.
El congresista VIOLETA LÓPEZ, vicepresidente de la Comisión
de
Presupuesto, aseveró que la transferencia de los recursos
asignados al Ministerio
de Transportes y Comunicaciones componía parte de una partida
correspondiente
a la Línea 2 del Metro de Lima que no se iba a ejecutar.
La congresista SALAZAR DE LA TORRE formuló preguntas respecto
del
presupuesto solicitado como transferencia y consultó sobre los
trabajos que se
dejarían de ejecutar.
Adicionalmente, los congresistas GLAVE REMY, VILLANUEVA
ARÉVALO y VELÁSQUEZ QUESQUÉN adujeron comentarios a favor de
la
aprobación del proyecto.
El congresista VIOLETA LÓPEZ, vicepresidente de la Comisión
de
Presupuesto, recalcó que los recursos que se solicitaba
transferir no serían
ejecutados en el presente año y que se reorientarían a proyectos
de altísima
expectativa ciudadana.
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-29-
El PRESIDENTE dispuso la votación del proyecto, recordando que,
de
conformidad con el inciso d) del artículo 81 del Reglamento del
Congreso, su
aprobación requería del voto a favor de por lo menos los tres
quintos del número
legal de los miembros de la Comisión Permanente.
Consultada de manera nominal la Comisión Permanente, fue
aprobado el
proyecto por 26 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna
abstención.
El PRESIDENTE recordó que el proyecto no requería segunda
votación.
El texto aprobado es el siguiente:
« LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE AUTORIZA UNA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL
PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2018,
PARA FINANCIAR PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE
SANEAMIENTO URBANO
Artículo 1. Objeto
La presente ley tiene por objeto establecer medidas para el año
fiscal 2018,
orientadas al cierre de brechas en infraestructura en agua y
saneamiento, con la
finalidad de ejecutar proyectos de inversión.
Artículo 2. Financiamiento de proyectos de inversión
Dispónese que, con cargo al monto de la emisión interna de bonos
aprobada por
la primera disposición complementaria transitoria de la Ley
30695, Ley de
Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que
forma parte del
monto de operaciones de endeudamiento a que se refiere el
literal a) del numeral
4.2 del artículo 4 de la citada ley, se destinará el monto de
QUINIENTOS
VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL
QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 527 373 520,00) para
financiar los
proyectos de inversión incluidos en el Anexo No 1 de la presente
ley, a cargo del
pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
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Artículo 3. Transferencia de partidas del Ministerio de
Transportes y
Comunicaciones a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción
y
Saneamiento
3.1 Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto
del Sector Público
para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de QUINIENTOS
VEINTISIETE
MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 527 373 520,00), del pliego 036:
Ministerio
de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego 037:
Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar cinco (5)
proyectos de
inversión en materia de saneamiento urbano, según el detalle que
se indica
en el Anexo N° 1 de la presente ley, conforme a lo
siguiente:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 012: MTC- Autoridad Autónoma del Sistema
Eléctrico
de Transporte Masivo Lima y Callao - AATE
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0148: Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo
Ambiental en el Transporte Urbano
PROYECTO 2233850: Construcción de la Línea 2 y Ramal Av.
Faucett-
Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y
Callao provincias de Lima y Callao, departamento
de Lima
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 3: Recursos por Operaciones Oficiales de
Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6. Adquisición de Activos No Financieros 527 373 520,00
===========
TOTAL EGRESOS 527 373 520,00
===========
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
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PLIEGO 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento
UNIDAD EJECUTORA 004: Programa Nacional de Saneamiento
Urbano
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 3: Recursos por Operaciones Oficiales de
Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6. Adquisición de Activos No Financieros 99 203 560,00
UNIDAD EJECUTORA 006: Agua Segura para Lima y Callao
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0082: Programa Nacional de Saneamiento
Urbano
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 3: Recursos por Operaciones Oficiales de
Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6. Adquisición de Activos No Financieros 428 169 960,00
===========
TOTAL EGRESOS 527 373 520,00
===========
3.2 Para efectos de lo establecido en el numeral 3.1 del
presente artículo, se
exceptúa al pliego 036 Ministerio de Transportes y
Comunicaciones de lo
dispuesto en el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley 28411,
Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto.
3.3 El Anexo N° 1 a que se refiere el numeral 3.1 del presente
artículo, se publica
en el portal institucional del Ministerio de Economía y
Finanzas
(www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la
presente ley en
el diario oficial El Peruano.
Artículo 4. Procedimiento para la aprobación institucional
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4.1 Los titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la
presente
transferencia de partidas, aprueban mediante resolución la
desagregación de
los recursos autorizados en el numeral 3.1 del artículo 3 de la
presente norma,
a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de
la vigencia
del presente dispositivo legal. Copia de la resolución será
remitida dentro de
los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el
numeral 23.2
del artículo 23 de la Ley 28411, Ley General del Sistema
Nacional de
Presupuesto.
4.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la
transferencia de
partidas de los recursos distintos a fuente de financiamiento
Recursos
Ordinarios, se presentan en Anexo No 2 que forman parte de la
presente
norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas
y
Subespecífica; y, se presentará junto con la resolución a la que
se hace
referencia en el párrafo precedente.
4.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los
pliegos involucrados
solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las
codificaciones
que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas
Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
4.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los
pliegos involucrados
instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las
correspondientes
“Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran,
como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 5. Limitación al uso de los recursos
Los recursos transferidos mediante el numeral 3.1 del artículo 3
de la presente ley
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines
distintos para los cuales
son transferidos.
Comuníquese, etc.».
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-33-
ANEXO No 1
TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE
PROYECTOS
DE INVERSIÓN EN MATERIA DE SANEAMIENTO URBANO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES
DE
CRÉDITO
No CÓDIGO
SNIP
CÓDIGO
DGPP PROYECTO DE INVERSIÓN
MONTO
(S/)
1 274554 2260867
MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE
EVACUACIÓN, TRATAMIENTO Y
DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS
SERVIDAS DE LAS CIUDADES DE
SULLANA Y BELLAVISTA,
PROVINCIA DE SULLANA - PIURA
99,203,560
2 95668 2403504
SECTORIZACION DEL SISTEMA DE
AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DE LA PARTE
ALTA DE CHORRILLOS MATRIZ
PROCERES - CHORRILLOS
191,299,531
3 135337 2399586
ESQUEMA ANEXO 22-PAMPA DE
JICAMARCA DE CANTO GRANDE -
SECTORIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE
LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO - DISTRITO DE
SAN ANTONIO DE HUAROCHIRI
143,003,106
4 135204 2400301
ESQUEMA CARAPONGO -
AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE
AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DE LOS
SECTORES 136 Y 137 DISTRITO DE
LURIGANCHO
66,504,328
5 312093 2302266
AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE
AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DE LA
QUEBRADA DE MANCHAY 3ERA.
ETAPA, DISTRITO DE PACHACAMAC,
PROVINCIA DE LIMA, REGIÓN LIMA
27,362,995
TOTAL 527,373,520
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DEPARTAMENTO DE RELATORÍA, AGENDA Y ACTAS
ÁREA DE REDACCIÓN DE ACTAS
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ANEXO No 2
Fuente de Financiamiento Clasificador
de Ingresos Concepto Monto (S/)
3. Recursos por Operaciones
Oficiales de Crédito 1.8.2 2.1 1 Bonos del Tesoro Público
527,373,520
TOTAL 527,373,520
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VOTACIÓN DEL PROYECTO 2452
CONGRESISTAS QUE VOTARON A FAVOR:
Mantilla Medina y Acuña Núñez (miembros natos); Alcorta Suero,
Alcalá
Mateo, Reátegui Flores, Salaverry Villa, Salazar De La Torre,
Sarmiento
Betancourt, Takayama Jiménez, Ushñahua Huasanga, Bartra Barriga,
Arimborgo
Guerra, Violeta López, Sheput Moore, Heresi Chicoma, Montenegro
Figueroa,
Quintanilla Chacón, Glave Remy y García Belaúnde (miembros
titulares); y
Martorell Sobero, Tapia Bernal, Torres Morales, Noceda Chiang,
Foronda Farro,
Espinoza Cruz y Velásquez Quesquén (miembros suplentes).
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Durante la votación del anterior proyecto reasumió la
Presidencia el
congresista Luis Galarreta Velarde.
-=o=-
El PRESIDENTE, al advertir la presencia del congresista Tapia
Bernal,
vicepresidente de la Comisión de Salud, dispuso continuar el
debate del proyecto
de Ley de promoción de la alimentación saludable para niños,
niñas y
adolescentes, incorporando el semáforo nutricional (Proyecto 865
y otros).
El congresista TAPIA BERNAL, vicepresidente de la Comisión de
Salud,
al sustentar el proyecto informó que, para la elaboración del
dictamen, la comisión
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había contado con las opiniones de los ministerios de Salud, de
Agricultura y
Riego, de la Producción, de Desarrollo e Inclusión Social, de
Comercio Exterior
y Turismo, y de Economía y Finanzas; así como de instituciones
afines al
contenido de la propuesta.
Asimismo, comunicó que la Comisión de Salud, con la finalidad de
analizar
el proyecto, convocó a una Mesa de Trabajo en la que
participaron diversas
instituciones y se logró el consenso para establecer una lucha
frontal contra el
sobrepeso y la obesidad, debido a su alto impacto en la salud
pública.
Sostuvo además que la aprobación del proyecto permitirá
fortalecer la
implementación de la Ley de Alimentación Saludable en beneficio
de los niños;
y, entre otras consideraciones, precisó que en un plazo dentro
de los 30 días útiles
contados a partir de la entrada en vigencia de la ley sería
aprobado el manual de
advertencias publicitarias que establece el reglamento de la
ley.
Los congresistas SALAVERRY VILLA, autor del proyecto 1519,
SARMIENTO BETANCOURT, MONTENEGRO FIGUEROA, OLAECHEA
ÁLVAREZ CALDERÓN, ESPINOZA CRUZ, GLAVE REMY, FORONDA
FARRO, LESCANO ANCIETA, CEVALLOS FLORES y HERESI CHICOMA,
autor del proyecto 865, expresaron diversos comentarios,
posiciones y propuestas
con relación al dictamen.
En su intervención, la congresista ESPINOZA CRUZ planteó
como
cuestión previa que el proyecto retorne a la Comisión de Defensa
del Consumidor,
pedido al que se sumaron los congresistas Glave Remy, Lescano
Ancieta, Cevallos
Flores y Olaechea Álvarez Calderón.
La congresista FORONDA FARRO, en sustento del dictamen en
minoría
de la Comisión de Defensa del Consumidor que había suscrito,
afirmó que el uso
de los rombos generaba confusión, contrariamente al etiquetado,
que, en su
concepto, ofrecía una información clara a los consumidores.
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De otro lado, aludió a las observaciones de la Defensoría del
Pueblo
respecto al reconocimiento del sistema octogonal en las
advertencias publicitarias;
así como a considerar el archivo de los proyectos referidos al
etiquetado de
alimentos procesados y bebidas no alcohólicas; y abstenerse de
modificar la Ley
30021 respecto a las advertencias publicitarias.
Descartando ser obstruccionista, pidió respeto a la propuesta de
las figuras
octogonales como formas de publicidad; y respaldó el
planteamiento de que el
dictamen retorne a comisiones, y que, en esa instancia, se
archive el proyecto.
El congresista CASTRO GRÁNDEZ, presidente de la Comisión de
Defensa
del Consumidor, anunció que se incluiría modificaciones al
artículo 2 del proyecto
respecto al ámbito de aplicación de las disposiciones contenidas
en la presente ley.
El PRESIDENTE dispuso votar la cuestión previa de la
congresista
Espinoza Cruz, para que el proyecto retorne a la Comisión de
Defensa del
Consumidor.
Consultada la Comisión Permanente, fue rechazada en votación
nominal,
por 11 votos en contra, 6 votos a favor y ninguna abstención, la
cuestión previa
para que el proyecto retorne a la Comisión de Defensa del
Consumidor.
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VOTACIÓN DE LA CUESTIÓN PREVIA PARA QUE EL
PROYECTO 865 Y OTROS RETORNEN A LA COMISIÓN DE
DEFENSA DEL CONSUMIDOR
CONGRESISTAS QUE VOTARON EN CONTRA:
Mantilla Medina (miembro nato); Alcalá Mateo, Reátegui Flores,
Salaverry
Villa, Sarmiento Betancourt, Takayama Jiménez, Arimborgo Guerra
y Heresi
Chicoma (miembros titulares); y Martorell Sobero, Torres Morales
y Noceda
Chiang (miembros suplentes).
CONGRESISTAS QUE VOTARON A FAVOR:
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Arana Zegarra, Montenegro Figueroa, Villanueva Arévalo,
Quintanilla
Chacón y Glave Remy (miembros titulares); y Foronda Farro
(miembro suplente).
Seguidamente, fue aprobado el proyecto en primera votación por
11 votos
a favor, 8 votos en contra y ninguna abstención.
El PRESIDENTE anunció que, de conformidad con el artículo 78
del
Reglamento del Congreso de la República, el texto aprobado sería
materia de
segunda votación transcurridos siete días calendario, salvo que
la Junta de
Portavoces acuerde la exoneración de dicho trámite.
El texto aprobado en primera votación es el siguiente:
«LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 30021, LEY DE PROMOCIÓN DE LA
ALIMENTACIÓN SALUDABLE PARA NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES, INCORPORANDO EL SEMÁFORO NUTRICIONAL
Artículo 1. Modificación de los artículos 2, 4, 6, 9, 10 y 11 de
la Ley 30021,
Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas
y
adolescentes
Modifícanse los artículos 2, 4, 6, 9, 10 y 11 de la Ley 30021,
Ley de promoción
de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes,
los cuales quedan
redactados de la siguiente manera:
“Artículo 2.- Ámbito de aplicación
Las disposiciones contenidas en la presente ley son de
aplicación a todas las
personas naturales y jurídicas que comercialicen, importen,
suministren y
fabriquen alimentos procesados, así como al anunciante a dichos
productos.
Están excluidos de lo señalado en el párrafo anterior los
alimentos y las
bebidas no alcohólicas en estado natural, no sometidas a proceso
de
industrialización, los alimentos de procesamiento primario o
mínimo, los
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alimentos de preparación culinaria, sucedáneos de la leche
materna y
alimentos para regímenes especiales, conforme a la legislación
de la
materia”.
“Artículo 4.- Promoción de la educación nutricional
[…]
4.3 El Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud difunden
y
promocionan a nivel nacional, en los medios de comunicación
masiva,
la tabla nutricional, el Semáforo Nutricional, las ventajas de
la
alimentación saludable y el consumo de alimentos naturales con
alto
contenido nutricional”.
“Artículo 6.- Los ambientes y la promoción de una
alimentación
saludable
[…]
6.1 Las instituciones de educación básica regular pública y
privada en todos
sus niveles y en todo el territorio nacional, promueven los
“kioscos y
comedores escolares saludables”, conforme a las normas que, para
este
efecto, dicta el Ministerio de Educación, en coordinación con
el
Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura y Riego, el
Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, los gobiernos locales y los
gobiernos
regionales.
[…]”.
“Artículo 9.- Principio de veracidad publicitaria
[…]
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Todas las empresas que produzcan o importen alimentos procesados
están
obligadas a poner a disposición del público toda la información
relevante de
sus productos mediante cualquier medio que permita su fácil
comprensión y
que sea complementario al etiquetado y la publicidad. Para ello
se podrán
utilizar herramientas tecnológicas como páginas web, códigos
QR,
aplicaciones, entre otras que cumplan dicha función”.
“Artículo 10.- Tablas nutricionales
Los productos alimenticios procesados para consumo humano cuya
venta
esté destinada al consumidor final, deberán incluir
obligatoriamente una tabla
nutricional con información de los nutrientes que contienen,
ubicada en el
panel posterior del etiquetado del producto.
El Ministerio de Salud aprobará el diseño de la tabla
nutricional teniendo en
cuenta las mejores prácticas a nivel internacional, las
recomendaciones de la
Organización Mundial de la Salud/ Organización Panamericana de
la Salud
(OMS/OPS), y, la Organización de las Naciones Unidas para la
Alimentación
y la Agricultura (FAO), contenidas en el Codex Alimentarius.
La información nutricional de cada nutriente señala la cantidad
de porciones
totales que contiene el envase. La porción individual es
establecida por el
Ministerio de Salud.
La tabla nutricional indica el porcentaje que aporta el
nutriente crítico que
contenga el producto, en relación al Valor Diario de Referencia
– VDR”.
“Artículo 11.- Fiscalización y sanción
La autoridad encargada del cumplimiento de lo establecido en los
artículos
8, 10 y 10-A de la presente ley, en cuanto a publicidad, es la
Comisión de
Fiscalización de la Competencia Desleal del Instituto Nacional
de Defensa
de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
(Indecopi)
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y las respectivas comisiones de las oficinas regionales, en las
que se hubieran
desconcentrado sus funciones, aplicando para el efecto lo
establecido en el
Decreto Legislativo 1044, Ley de Represión de la Competencia
Desleal.
[…]”.
Artículo 2. Incorporación del literal n) al artículo 8 y el
artículo 10-A a la Ley
30021, Ley de promoción de la alimentación saludable para niños,
niñas y
adolescentes
Incorpóranse el literal n) al artículo 8 y el artículo 10-A a la
Ley 30021, Ley de
promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y
adolescentes, los
cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
“Artículo 8.- Publicidad de alimentos y bebidas no
alcohólicas
La publicidad que esté dirigida a niños, niñas y adolescentes
menores de 16
años y que se difunda por cualquier soporte o medio de
comunicación social
debe estar acorde a las políticas de promoción de la salud, no
debiendo:
[…]
n) Incluir imágenes que puedan inducir a error al consumidor
respecto a la
naturaleza del producto, inclusive en lo que respecta a su
etiquetado”.
“Artículo 10-A.- Semáforo Nutricional
Todos los productores, comercializadores o importadores de
productos
procesados deberán incluir de manera gráfica un Semáforo
Nutricional que
resalte el valor energético en calorías y contenido de
nutrientes críticos:
grasas, grasas saturadas, azúcares y sal.
El Semáforo Nutricional está sustentado en los Valores Diarios
de Referencia
que elabora el Ministerio de Salud en base a las recomendaciones
de la
Organización Mundial de la Salud (OMS), y la Organización de las
Naciones
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Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), contenidas
en el Codex
Alimentarius. El Semáforo Nutricional contiene la información
por porción
resaltando con un color rojo, amarillo o verde el nutriente
según su aporte.
Si el nutriente crítico aporta el 25% o más del Valor Diario de
Referencia –
VDR corresponde el color rojo; si se encuentra más del 10% y
menos del
25% corresponde el color amarillo y si el aporte es igual o
menor al 10%
corresponde al color verde.
Asimismo se consignará la frase: “Evitar su consumo
excesivo”,
especificándose la cantidad de porciones individuales que
contiene el
producto de acuerdo al siguiente ejemplo:
Si el producto contiene grasas trans deberá advertirlo en su
etiqueta de
manera destacada, conforme lo establezca el reglamento.
El Semáforo Nutricional, cuyo tamaño no menor de 10% ni mayor
del 15%
de la etiqueta según se establezca en el reglamento, se ubicará
en la parte
superior izquierda del panel frontal del etiquetado del
producto.
Artículo 3. Declaratoria de Interés
Declárase de preferente interés nacional la ejecución de la
Encuesta Nacional del
Estado Nutricional y de Consumo de la Población Peruana.
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El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), con
la participación del
Ministerio de Salud evalúa y prepara el cuestionario para la
Encuesta Nacional del
Estado Nutricional y de Consumo de la Población Peruana.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Reglamentación
En un plazo máximo de noventa (90) días calendario el Ministerio
de Salud
aprueba el Reglamento o adecua el Decreto Supremo 017-2017-SA
bajo
responsabilidad de los funcionarios encargados, el cual será
refrendado por los
ministros de Salud, de Economía y Finanzas, de la Producción, de
Desarrollo e
Inclusión Social y de Comercio Exterior y Turismo.
SEGUNDA. Vigencia de la norma
Lo dispuesto en el artículo 2 de la presente ley, entra en
vigencia a los sesenta (60)
días calendario luego de la entrada en vigencia del
reglamento.
TERCERA. Determinación de las porciones
Las porciones son establecidas por el Ministerio de Salud y
actualizadas en base
al estudio científico sobre la realidad nutricional del país que
se realizará por una
comisión conformada por el Ministerio de Salud, Ministerio de
Desarrollo e
Inclusión Social, Ministerio de la Producción y representantes
de la sociedad civil,
en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de aprobado
el reglamento de
la presente ley.
CUARTA. Programa de Educación
El Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de
Salud, formula
dentro de un plazo no mayor de noventa (90) días calendario
posteriores a la
publicación del reglamento de la presente ley, un Programa de
Educación que
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comprenda a todos los niveles de educación básica regular, sobre
las
características e importancia del etiquetado establecido en los
artículos 10 y 10-A
de la presente ley, el mismo que será difundido mediante una
campaña informativa
en las instituciones educativas públicas y privadas.
QUINTA. De los acuerdos, tratados internacionales y normas
supranacionales
La Ley 30021 y sus normas reglamentarias deberán estar en
concordancia con las
disposiciones y obligaciones derivadas de acuerdos y tratados
internacionales de
los cuales el Perú es parte, así como las normas supranacionales
aplicables al Perú.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
ÚNICA. De las porciones individuales y Valores Diarios de
Referencia
En tanto no exista el estudio científico sobre la realidad
nutricional del país a que
hace referencia la tercera disposición complementaria final de
la presente ley, las
porciones se sustentarán en las directrices y recomendaciones
formuladas por el
Codex Alimentarius.
Asimismo, hasta que el Ministerio de Salud no establezca los
Valores Diarios de
Referencia-VDR, el Semáforo Nutricional se sustentará en los
valores
establecidos en el Codex Alimentarius.
Comuníquese, etc.».
-
PRIMERA VOTACIÓN DEL PROYECTO 865 Y OTROS
CONGRESISTAS QUE VOTARON A FAVOR:
Mantilla Medina (miembro nato); Alcalá Mateo, Reátegui Flores,
Salaverry
Villa, Sarmiento Betancourt, Takayama Jiménez y Arimborgo Guerra
(miembros
titulares); y Martorell Sobero, Torres Morales, Noceda Chiang y
Velásquez
Quesquén (miembros suplentes).
CONGRESISTAS QUE VOTARON EN CONTRA:
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Acuña Núñez (miembro nato); Heresi Chicoma, Arana Zegarra,
Montenegro Figueroa, Quintanilla Chacón y Glave Remy (miembros
titulares); y
Foronda Farro y Espinoza Cruz (miembros suplentes).
-=o=-
En votación a mano alzada, se acordó por unanimidad las
siguientes
modificaciones a la Subcomisión de Acusaciones
Constitucionales
correspondientes al Periodo Anual de Sesiones 2017-2018:
Sale el congresista Costa Santolalla (No agrupado). Ingresa el
congresista
Violeta López (Grupo Parlamentario Peruanos Por el Kambio).
Sale el congresista Alcalá Mateo (Grupo Parlamentario Fuerza
Popular).
Ingresa la congresista Chacón De Vettori (Grupo Parlamentario
Fuerza
Popular).
Sale la congresista Ponce Villarreal de Vargas (Grupo
Parlamentario Fuerza
Popular). Ingresa la congresista Salazar De La Torre (Grupo
Parlamentario
Fuerza Popular).
-
El PRESIDENTE, ante el pedido de la congresista GLAVE REMY,
indicó
que en el Pleno se trataría la ampliación del número de
integrantes de la
Subcomisión de Acusaciones Constitucionales con la finalidad de
que ingresen los
representantes del Grupo Parlamentario Nuevo Perú.
-=o=-
En votación a mano alzada, se acordó la dispensa del trámite de
sanción
del acta para ejecutar lo acordado en la presente sesión.
-=o=-
Durante la sesión, la Presidencia saludó a jefes de comunidades
del Bajo
Urubamba, del distrito de Megantoni, de la provincia de La
Convención, en el
departamento de Cusco, quienes se encontraban presentes en las
galerías.
-=o=-
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Después de lo cual, el PRESIDENTE levantó la sesión.
Eran las 15:46 h.