Excluir la cláusula antielusión para proteger la seguridad jurídica de los contribuyentes. Facilitar los criterios contables para los contri- buyentes. Mantener la opción del ÚĜÏƋ±ĵåĹ ĀŸÏ±Ĭ a partir de ingresos de 100 mdp. ĜĵŞĬĜĀϱų ĬŅŸ Ƌų´ĵĜƋåŸ de los contribuyentes fomentando su integración a la formalidad. Modernizar y agilizar åĬ āƚģŅ Úå ĜĹüŅųĵ±ÏĜņĹ entre la autoridad y los usuarios a través del uso de nuevas tecnologías (Buzón tributario). Limitar la responsabilidad solidaria de los accionistas para que éste sólo aplique cuando exista un control efectivo de la sociedad. Sancionar a quienes expidan o adquieran ÏŅĵŞųŅƱĹƋåŸ ĀŸÏ±ĬåŸ ŸĜĵƚĬ±ÚŅŸţ Incentivar la participación del contribuyente en la entrega de información correcta. %ĜƴåųŸĜĀϱų Ĭ±Ÿ üŅųĵ±Ÿ Úå Ş±čŅ de las contri- buciones, incorporando tarjetas de crédito y de débito. Permitir que los requerimientos para la devolu- ción se realicen por medio de Internet. Obligar a quienes tengan una cuenta a su ĹŅĵÆųå åĹ Ĭ±Ÿ åĹƋĜÚ±ÚåŸ ĀűĹÏĜåų±Ÿ Ņ ŸŅÏĜå- dades cooperativas de ahorro y préstamo, a estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Señalar que las personas físicas o morales que quieran contratar adquisiciones, arrenda- mientos, servicios u obra pública con el Estado deberán estar al corriente con sus ŅÆĬĜč±ÏĜŅĹåŸ ĀŸÏ±ĬåŸţ Propiciar que el Servicio de Administración ųĜÆƚƋ±ųĜ± Šeš ĵåģŅųå ŸƚŸ Şų´ÏƋĜϱŸ Úå ƴåųĜĀ- cación de cumplimiento de las obligaciones ĀŸÏ±ĬåŸ FĵŞŅĹåų ĜĹüų±ÏÏĜŅĹåŸ Ƽ Ÿ±ĹÏĜŅĹåŸ a quienes pretendan realizar deducciones de forma indebida sobre donativos. Establecer las reglas de operación para efectuar los embargos. X± ųåüŅųĵ± ±Ĭ ņÚĜčŅ 8ĜŸÏ±Ĭ Úå Ĭ± 8åÚåų±ÏĜņĹ ŧƚå ĬÄŸ ÚĜŞƚƋ±ÚÄŸ {F ±ŞųŅƱĵŅŸØ ŸĜĵŞĬĜĀϱ åĬ ޱčŅ Úå ĜĵŞƚåŸƋŅŸ ÏŅĹ åĬ ƚŸŅ Úå Ĺƚåƴ±Ÿ ƋåÏĹŅĬŅčĝ±ŸØ ÆƚŸÏ± ÏŅĵƱƋĜų Ĭ± åƴ±ŸĜņĹ ĀŸÏ±ĬØ åŸƋ±ÆĬåÏå ųåčĬ±Ÿ claras y preserva la seguridad jurídica de los contribuyentes. CON ESTA REFORMA SE CONSIGUE: