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Código de Conducta de Negocios y Ética Publicado: Junio, 2011 Calle Josep Saltó i Carreras, nº 20-22, local 3, Rubí, Spain +34 93 572 52 04 www.rgisinv.com
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Código de Conducta de Negocios y Ética · hacen uso del trabajo infantil ni ... no modifica la relación laboral entre usted y ... conducta específica cumple con los estándares

Oct 30, 2018

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Código de Conducta de Negocios y

Ética

Publicado: Junio, 2011

Calle Josep Saltó i Carreras, nº 20-22, local 3, Rubí, Spain +34 93 572 52 04

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TABLA DE CONTENIDOS

INTRODUCCION/DECLARACIÓN GENERAL .................................................................... 1 Política De Responsabilidad Social De La Empresa ................................................................................................... 1 El Presente Código No Es Un Contrato Laboral ......................................................................................................... 2

CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO ........................................................................................ 3 Comprender El Código .............................................................................................................................................. 3 Violaciones Del Código .............................................................................................................................................. 3 Informe De Violaciones; Confidencialidad ................................................................................................................ 4 Nueva Aceptación Por Parte Del Empleado .............................................................................................................. 5

CONDUCTA Y PRÁCTICAS EMPRESARIALES ................................................................. 6 Precision Y Mantenimiento De Registros Empresariales .......................................................................................... 6 Esta política se aplica no sólo a los documentos en papel, sino también a los documentos y los datos almacenados electrónicamente, tales como correos electrónicos, documentos de tratamiento de texto, hojas de cálculo, libros, imágenes y archivos de audio. .......................................................................................................... 7 La Propiedad De La Compañía .................................................................................................................................. 7 Fraudes Y Robos ........................................................................................................................................................ 7 Prevención De Blanqueo De Dinero .......................................................................................................................... 8 Politica De Privacidad ................................................................................................................................................ 9 Información Confidencial .......................................................................................................................................... 9 Propiedad Intelectual .............................................................................................................................................. 10

CONFLICTOS DE INTERESES ....................................................................................... 12 Guia General ........................................................................................................................................................... 12 Parientes Y Otras Personas Cercanas ...................................................................................................................... 12 Oportunidades De La Empresa ............................................................................................................................... 13 Empleo Externo, Afiliaciones Y Otras Actividades................................................................................................... 13 Aceptar Regalos, Propinas Y Entrentenimiento ...................................................................................................... 14 Dar Regalos, Propinas Y Atenciones ........................................................................................................................ 14 Tratos Justos ........................................................................................................................................................... 14 Conflictos En Las Relaciones Con Los Proveedores O Prestadores De Servicios ..................................................... 14

ANTIMONOPOLIO Y COMPETENCIA DESLEAL ............................................................. 16 Antimonopolio ........................................................................................................................................................ 16

MEDIOAMBIENTE .......................................................................................................... 19

RELACIONES CON AGENCIAS GUBERNAMENTALES Y OTRAS ORGANIZACIONES

EXTERNAS .................................................................................................................... 20 Generalmente ......................................................................................................................................................... 20 Contribuciones Políticas Y Actividades.................................................................................................................... 20 Contratación Pública ............................................................................................................................................... 20 Contratación Pública Y La Libertad De Información Legislativa .............................................................................. 21 Cumplimiento De Las Leyes De Lucha Contra La Corrupcion .................................................................................. 21 Respuestas Al Gobierno Y Otras Investigaciones .................................................................................................... 23 Relaciones Con Los Medios De Comunicación ........................................................................................................ 23

HACER NEGOCIOS A NIVEL INTERNACIONAL ............................................................. 24 Generalmente ......................................................................................................................................................... 24 Control En La Exportación Y Leyes Sancionadoras .................................................................................................. 24 Importaciones ......................................................................................................................................................... 25 Prohibición De Cooperar Con Ciertos Boicots Internacionales ............................................................................... 25

DISPOSICIONES VARIAS .............................................................................................. 27 Relaciones Personales ............................................................................................................................................. 27

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Drogas y Alcohol ..................................................................................................................................................... 27 ANEXO A ....................................................................................................................... 28

PROCEDIMIENTOS DE DENUNCIA ................................................................................ 28 1.0 Propósito ................................................................................................................................................... 28 2.0 Alcance de la Aplicación ............................................................................................................................ 28 3.0 Responsabilidad de los Empleados – Reportar una Conducta .................................................................. 28 3.1 Reportar .................................................................................................................................................... 28 (1) Vicepresidente Senior de Recursos Humanos de RGIS; ................................................................................. 28 (2) Cualquier otra persona designada e identificada por RGIS como autorizada para recibir dichos reportes; o 29 (3) Oficina General de Consejo. ........................................................................................................................... 29 3.2 Confidencialidad ........................................................................................................................................ 29 4.0 Procedimientos para Entregar los Reportes .............................................................................................. 29 4.1 Reportes Generales ................................................................................................................................... 29 4.2 Reportes en Conexión con Asuntos de Contabilidad ................................................................................. 29 5.0 Infringir esta Política.................................................................................................................................. 30

ANEXO B ....................................................................................................................... 31

RGIS POLÍTICA ANTI-CORRUPCIÓN ............................................................................. 31

DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA .................................................................................. 32

PROPÓSITO ................................................................................................................... 32

APLICABILIDAD ............................................................................................................ 32

Expectativas sobre los Gerentes de la Compañía ................................................................................................. 32

Situaciones que Involucran problemas con FCPA ................................................................................................. 33 ACTA DE PRÁCTICAS DE CORRUPCIÓN EXTRANJERA (FCPA) DE ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA ................................................................................................................. 34

Previsiones Anti - Corrupción ............................................................................................................................... 34

Terceras Partes .................................................................................................................................................... 35

Previsiones de Contabilidad ................................................................................................................................. 36

La Compañía no tolerará anotaciones falsas, erróneas o inexactas en los reportes y registros. El Personal de la Compañía que falsifique los registros de contabilidad será sancionado ............................................................... 36 LA LEY DE SOBORNO U. K. ("BA") ............................................................................... 36

LA PREVENCIÓN DEL IRLANDÉS ACT ENMIENDA LA CORRUPCIÓN .......................... 38

Lucha contra el Soborno Disposiciones ................................................................................................................ 38 ESTRUCTURA DE CONFORMIDAD INTERNA ................................................................ 38

Funcionario de Conformidad ............................................................................................................................... 38

Responsabilidades del Personal ........................................................................................................................... 38 FORMATO DE CONFORMIDAD: CÓDIGO DE CONDUCTA DE NEGOCIOS Y ÉTICA ....... 40

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INTRODUCCION/DECLARACIÓN GENERAL

Mantener las buenas relaciones a través de prácticas éticas en cada transacción comercial constituye una responsabilidad hacia nuestros clientes, empleados, proveedores y el resto de personas relacionadas con nuestro negocio. Como un principio de buena gestión, la Empresa considera que la ética comercial, la honestidad y la integridad forman la base de cualquier relación comercial. El presente Código de Conducta y Ética Empresarial es aplicable a todos los directores, funcionarios y resto de empleados asalariados de RGIS Holdings, LLC así como sus filiales. Al menos que el contexto exija lo contrario, en el presente documento nos referiremos a dichas personas como «empleados» y a RGIS Holdings, LLC y sus filiales como "RGIS" o la "Compañía" de manera colectiva. Constituye una condición previa de trabajo que cada uno de los empleados se adhieran al presente Código de Conducta y Ética Empresarial así como a las políticas de la empresa actuando de manera ética en todo momento. Si tiene alguna pregunta acerca de la aplicación o el significado de cualquier sección del presente Código, deberá ponerse en contacto bien con la Oficina del Jurista de empresa para Europa en el número +44 (0) 1926 888882 (Reino Unido) o enviando un correo electrónico a [email protected] o bien con el Director de Recursos Humanos para Europa.

Política De Responsabilidad Social De La Empresa

Reconocemos que nuestras actividades empresariales tienen un impacto en el ámbito medioambiental y social, por lo que aceptamos la responsabilidad de llevar a cabo dichas actividades empresariales de una manera socialmente responsable. Nuestras iniciativas actuales pretenden promover un enfoque eficaz socialmente responsable. Las prácticas que figuran a continuación establecen el modo a seguir para lograr nuestros objetivos en el futuro:

cumplir o superar los requisitos legales o reglamentos teniendo como objetivo el cumplimiento de los acuerdos internacionales cuando sean relevantes para nuestro negocio;

desempeñar nuestra labor comercial como un miembro responsable de la sociedad comprometido con la mejora continua en todos los aspectos de nuestra tarea

proporcionar un entorno de trabajo seguro y saludable para todos nuestros empleados, donde podamos trabajar para eliminar cualquier tipo de lesión e incidente

economizar en el uso de los recursos naturales y trabajar para minimizar el impacto sobre el medio ambiente

respetar los derechos humanos y garantizar que nuestros proveedores no hacen uso del trabajo infantil ni forzado

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proporcionar información sobre nuestras políticas y mantener una comunicación sincera con todas las partes interesadas

garantizar que ningún solicitante de empleo o trabajador, directa o indirectamente, sufra cualquier tipo de discriminación ilegal o acoso por razón de, o en base a, su raza, color, credo religioso, sexo, orientación sexual o afectiva, discapacidad, estado civil, edad, país de origen, ascendencia, información genética o por prestar servicios en las Fuerzas Armadas o por su condición de veterano, así como cualquier otra característica protegida por la ley en vigor.

garantizar la igualdad de oportunidades laborales sin distinción de raza, color, credo religioso, sexo, orientación sexual o afectiva, discapacidad, estado civil, edad, país origen, ascendencia, información genética, por servicio prestado en las Fuerzas Armadas o por condición de veterano, así como cualquier otra característica protegida por la legislación aplicable. Aunque el presente documento no pueda considerarse un contrato de trabajo entre la Compañía y sus empleados, consideramos el principio de igualdad de oportunidades un elemento vital en el proceso de empleo y el sello distintivo de una buena gestión

El Presente Código No Es Un Contrato Laboral

Rogamos tenga en cuenta que el presente Código no es un contrato laboral y, por lo tanto no modifica la relación laboral entre usted y la Compañía. El presente Código no pretende crear una obligación legalmente aplicable por parte de la Compañía. Nos reservamos el derecho de agregar, modificar o suprimir las disposiciones del Código en cualquier momento y sin previo aviso.

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Cumplimiento del Código

El del Código es obligatorio en todo momento - la ignorancia de sus disposiciones no es excusa. Toda conducta ilegal o no ética deberá ser notificada inmediatamente de la manera descrita a continuación

Comprender El Código

La Compañía se toma el presente Código de Conducta muy en serio. Todo empleado deberá actuar conforme a los patrones éticos establecidos en el presente Código estando obligado a informar oportunamente de cualquier posible violación que pudiera presenciar o de la que tuviera conocimiento en materia contable, de auditoría contable, acoso moral o sexual, discriminación, vulneración del derecho a la intimidad, prohibición de sobornos, prevención de riesgos laborales, confidencialidad, robos y hurtos, fraude, indisciplina o desobediencia en el trabajo (includyendo las faltas de puntualidad y asistencia, ofensas verbales o físicas a directivos, otros empleados o clientes), conflicto de intereses, competencia desleal y blanqueo de dinero, establecidos, entre otros, en la normativa societaria, el Plan General Contable y demás normativa contable, la Constitución española, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Igualdad y las disposiciones que los desarrollan, así como del presente Código de Conducta. Obrar del modo mencionado no constituye un acto desleal, sino muestra su sentido de la responsabilidad y equidad hacia sus compañeros de trabajo, nuestros clientes, proveedores y socios. No tomaremos represalias contra quien, de buena fe, denuncie una posible violación. . Del mismo modo, no toleraremos ningún tipo de hostigamiento, intimidación o represalia hacia quien informe sobre una sospecha de violación. Es más, existen leyes federales para la protección del "denunciante" diseñadas que amparan a los empleados de la discriminación o el acoso sufridos por revelar información a la Compañía o a las autoridades gubernamentales bajo determinadas circunstancias.

El presente Código describe los principios generales de conducta ética y legal en el ámbito

empresarial abrazados por la Compañía. Es responsabilidad de los empleados leer atentamente y comprender el presente Código. No esperamos que el presente Código de respuesta a cualquier pregunta posible que un empleado pudiera tener a lo largo de su labor empresarial. Por consiguiente, el presente Código deberá aplicarse haciendo uso del sentido común y juicio crítico. Es más, es posible que bajo determinadas circunstancias la legislación del país local establezca requerimiento que difieran del presente Código. Se espera de todos nuestros empleados que obedezcan las leyes locales del país y las políticas de conducta empresarial vigentes en el área donde llevan a cabo los negocios de la Compañía.

En caso de que a un empleado le preocupe una situación ética o no esté seguro de si una conducta específica cumple con los estándares de conducta de la Compañía, éste tendrá igualmente la responsabilidad de hacer a sus supervisores o directores cualquier pregunta que

consideren necesaria para comprender el comportamiento que la Compañía espera de él. Si le incomoda dirigirse a un supervisor o director, deberá contactar deberá contactar con la Oficina del Jurista de empresa para Europa o con el Director de Recursos Humanos para Europa.

Violaciones Del Código

Los empleados que no cumplan estas normas, así como los supervisores que no logren detectar o no informen de irregularidades, podrán ser sujetos a acciones disciplinarias

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incluyendo el despido. A continuación se detallan ejemplos de conducta que pueden dar lugar a medidas disciplinarias: acciones que violen la política de la Compañía;

pedir a otros que violen la política de la Compañía;

imposibilidad de destapar una violación ya conocida o bajo sospecha cometida contra la política de la empresa

imposibilidad a la hora de cooperar con la Compañía en la investigación de posibles violaciones de una política de la misma

represalias tomadas por parte de un empleado contra otro por haber informado sobre una cuestión de integridad;

o imposibildad de demostrar el liderazgo y la diligencia necesarios para garantizar el cumplimiento de las políticas de la empresa y la legislación aplicable

Es importante entender que tanto la Compañía como los empleados involucrados en la violación de algunas de estas normas podrían estar sujetos a responsabilidad civil y daños, a sanción regulatoria y/o a prosecución criminal

Informe De Violaciones; Confidencialidad

La Compañía ha establecido los siguientes procedimientos para que los empleados los utilicen por si necesitan ayuda con algún asunto en potencia o para informar sobre una violación del Código o cualquier otro problema. Si cree que usted mismo u otro empleado podría haber violado el Código, alguna ley aplicable, norma o reglamento, tiene la responsabilidad de informar inmediatamente de tal violación a su supervisor, gerente o a un representante del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa. Del mismo modo, si usted es supervisor o gerente y un empleado le informa sobre cualquier actividad que él o ella considera podría violar el Código, o que usted considera podría violar el Código, deberá informar sin demora sobre dicho asunto a través del sitio web de ética de RGIS en www.rgis.ethicspoint.com o consultando los números telefónicos que aparecen en el sitio web de ética de RGIS www.rgis.ethicspoint.com y siga las instrucciones de marcación internacional.

La Compañía ha establecido además procedimientos de denuncia (Whistleblower, en inglés) para atender las quejas y preocupaciones de los empleados, socios y terceros referidas al infringimiento de las leyes, reglamentos o códigos éticos, incluyendo aquellas quejas que se refieren a la evasión de los controles contables internos, ya ocurra bajo sospecha, en intento o sea real, así como las quejas referidas a violaciones de las políticas contables de la Compañía. Los Procedimientos de Denuncia (Whistleblower Procedures en inglés) se encuentran adjuntos al presente Código de Conducta y Etica Empresarial como Exhibit A. Aquellas quejas sujetas a tales Procedimientos de Denuncia deberán realizarse de manera confidencial o anónima a través del sitio web de ética de RGIS en www.rgis.ethicspoint.com o consultando los números telefónicos que aparecen en el sitio web de ética de RGIS www.rgis.ethicspoint.com y siga las instrucciones de marcación internacional.

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Todos los informes y consultas serán tratados de manera confidencial en la mayor medida posible según las circunstancias. A pesar de los mejores esfuerzos de la Compañía en mantener la confidencialidad, puede haber circunstancias -de acuerdo con la legislación aplicable o en virtud de un proceso judicial- en las que la empresa se vea en la obligación de

divulgar comunicaciones confidenciales. En determinados casos, permanecer en el anonimato podría dificultar el seguimiento y la garantía de resolución de una investigación referida a un empleado. Como se ha dicho anteriormente, ningún empleado sufrirá represalias o castigo alguno por notificar de buena fe una conducta no ética o illegal llevada a cabo por otro empleado conforme a lo dispuesto en el presente Código, ni por presentarse a alertar a la Compañía de cualquier situación problemática.

Nueva Aceptación Por Parte Del Empleado

Todo empleado asalariado deberá firmar un certificado que confirme haber leído y entendido el presente Código. Asimismo se exigirá a todos los empleados con el título de

Area Manager o superior una certificación anual de cumplimiento del Código. A pesar de todo, el hecho de no haber leído el Código o firmado un certificado de confirmación no le exhime del deber de su cumplimiento

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Conducta y Prácticas Empresariales

Los empleados deberán familiarizarse con cada una de las prácticas y procedimientos de la compañía. Si no está seguro de cómo se aplican éstas a su caso – pregunte

Precision Y Mantenimiento De Registros Empresariales

Todo registro y notificación de información llevados a cabo en nombre de la empresa, ya sea

para fin nuestro o para terceros, deberá hacerse de manera precisa y honesta. Cada uno de los libros, facturas, registros, cuentas, fondos y activos de la Compañía deberán crearse y conservarse para que reflejen de manera justa y exacta las transaciones subyacentes y la gestión empresarial de la Compañía de modo razonablemente detallado. Está prohibido realizar registros que oculten intencionadamente o disimulen la naturaleza verdadera de cualquier transación de la Compañía.

Los empleados que estén encargados de preparar la memoria financiera de la Compañía deberán hacerlo de conformidad con nuestra política interna de control y trasparencia y cumpliendo los principios de contabilidad generalmente aceptados u otros estándares de contabilidad vigentes así como otras leyes, normas y regulaciones, a fin de que nuestra memoria financiera refleje material, entera y justamente las transaciones empresariales y la situación económica de la Compañía. Además, es fundamental que las memorias financieras y documentos relacionados estén libres de errores materiales. En particular, la Compañía prohíbe que cualquier empleado realice a propósito, u induzca a otros a que realicen, una declaración engañosa, incompleta o falsa ante un contable o abogado en relación con cualquier auditoría, catalogación o examen llevados a cabo por una entidad gubernamental o reglamentaria.

La política de la Compañía prohíbe a todo empleado falsificar, o inducir a otros a falsificar, cualquier registro ya sea de manera directa o indirecta. Prohíbe asimismo revelar o mantener oculto o sin registro la contabilidad, fondos o activos de la Compañía, así como cualquier cuenta con propósitos fraudulentos. Se deberán conservar los registros cumpliendo los requisitos legalmente aplicables, de regulación o contrato, así como de conformidad con la Política de Conservación de Registros de la Compañía

La destrucción o falsificación de cualquier documento potencialmente relevante a una supuesta violación de la ley o a una investigación gubernamental podrá conducir a un proceso legal por obstrucción de la justicia. Por lo tanto, si un empleado tiene motivos para creer que se ha cometido una violación de la ley (o se han realizado alegaciones) o cree inminente una investigación criminal y/o regulatoria por parte del gobierno, deberá guardar toda aquella información (incluyendo información informática) que sea o pudiera ser relevante a la investigación del asunto en cuestión, independientemente de si la investigación es llevada a cabo por la Compañía o una autoridad gubernamental

Además, si un empleado cree que los libros y registros de la Compañía no están siendo llevados cumpliendo dichos requisitos, el empleado deberá informar directamente del

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asunto a un supervisor, gerente o miembro de la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa.

Esta política se aplica no sólo a los documentos en papel, sino también a los documentos y los datos almacenados electrónicamente, tales como correos electrónicos, documentos de tratamiento de texto, hojas de cálculo, libros, imágenes y archivos de audio.

La Propiedad De La Compañía

Cada uno de los empleados deberá proteger los activos de la Compañía y asegurarse de su uso eficiente. Unicamente los empleados autorizados o sus representantes podrán utilizar los activos de la empresa, ya sean los activos tangibles o intangibles, y se utilizarán sólo con fines empresariales legítimos:

Está prohibido robar o apropiarse indebidamete de los bienes de la empresa a sabiendas, incluyendo los cualquier información confidencial de la empresa, por cualquier motivo. Los empleados no podrán utilizar activos ni información confidencial de la Compañía con fines indecorosos, desautorizados o ilegales. Los empleados no están autorizados a retirar o disponer de cualquier cosa de valor que pertenezca a la Compañía sin haber recibido previamente el consentimiento de la Compañía por escrito. La participación en actividades ilícitas o la posesión de artículos o sustancias ilegales por parte de un empleado, ya sean propiedad de la empresa o se trate de un negocio o no, podrá poner en peligro su puesto de trabajo dentro de la Compañía.

A la finalización de su relación laboral con la Compañía, fuera por la razón que fuese, el empleado deberá devolver a ésta cada uno de los bienes de la misma, incluyendo aunque sin limitación, objetos tangibles tales como ordenadores, teléfonos móviles, buscapersonas y todos aquellos documentos (incluyendo aunque sin limitación, documentos o datos guardados en archivos, discos duros, discos, CD Roms, discos ZIP, correos electrónicos y todo documento independientemente de su formato, ya sea éste electrónico o no; y todo todo documento que haya sido retirado de la Compañía, o guardado en la oficina del empleado, o en su hogar, o en los sistemas informáticos caseros, o cuentas de correo privadas, incluyendo originales, copias y duplicados) que estén en poder de los empleados y tengan relación alguna con la Compañía (exceptuando documentos procedentes del archivo personal del empleados o los referidos a su salario)

Fraudes Y Robos

La política de la Compañía prohibe la actividad fraudulenta y establece procedimientos a seguir para asegurarse de que incidentes relacionados con fraude y robo sean inmediatamente investigados, notificados y, en caso necesario, perseguidos. La actividad fraudulenta abarca acciones llevadas a cabo por un empleado que perjudiquen a proveedores y clientes, así como acciones que perjudiquen a la Compañía y a sus empleados.

Es responsabilidad de cada uno de los empleados notificar de cualquier robo o acto de conducta ilícita presenciado a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa. Se deberá contactar con la Oficina del Jurista de empresa para Europa o con el Director de Recursos Humanos para Europa antes de emprender

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cualquier acción contra aquella persona que haya sido acusada de perpetrar la supuesta

violación. Las acusaciones, de ser probadas, podrán dar lugar al despido del trabajador, la participacion de los organismos policiales locales, y a acciones destinadas a recuperar los bienes de la Compañía. Ningún empleado o representante está autorizado a firmar una acusación penal en nombre la Compañía sin haber obtenido previamente por escrito el consentimiento de la Oficina del Jurista de empresa para Europa.

Prevención De Blanqueo De Dinero

La Compañía se compromete a cumplir plenamente con cada una de las leyes de blanqueo de dinero vigentes en Europa, los Estados Unidos y en el mundo entero. Con tal fin, cada unidad de negocio de la Compañía deberá obtener información y documentación suficiente sobre los posibles clientes, socios de empresas conjuntas y afiliados para cerciorarse de su participación en actividades económicas legítimas y de la legítimidad de la fuente de sus fondos.

Cada una de las unidades de negocio deberá identificar todo tipo de pagos asociados con el blanqueo de dinero (como por ejemplo, órdenes de pago múltiples o cheques de viaje, grandes cantidades de dinero en efectivo o cheques en nombre de un cliente tercero desconocido) y cumplir las reglas que restringen o prohiben su aceptación.

En caso de que un empleado sospeche de cualquier actividad que pudiera estar relacionada con el blanqueo de dinero, deberán comunicar sus sospechas inmediatamente a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa antes de

seguir adelante con la transación. Bajo ninguna circunstancia podrá un empleado participar en una actividad de blanqueo de dinero.

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Politica De Privacidad

Es política de la empresa obedecer todas las leyes de privacidad y protección de datos en vigor, así como regulaciones y tratados con el fin de proteger la información personal que la Compañía reúne o conserva sobre empleados o clientes.

Los empleados deberán tener cuidado de proteger la información individualmente identificable relativa a empleados o clientes de ser usada o desvelada indebida o ilegalmente. Los empleados no podrán adquirir, recopilar, usar, procesar, transmitir ni divulgar información privada acerca de otros empleados o clientes en formas que sean incompatibles con las políticas de privacidad de la Compañía o con cualquier ley o regulación en vigor. La información individualmente identificable incluye, sin limitación, el nombre de la persona, sexo, dirección postal, número de la seguridad social o cualquier otro número emitido por el estado, número de teléfono, dirección de correo electrónico así como cualque otra

información similar. Asimimo es confidencial el salario del empleado, informes médicos o sanitarios así como aquella información procedente del historial del empleado

Información Confidencial

La Compañía posee activos muy valiosos en su información no pública, confidencial y reservada, incluyendo información relacionada con presentes o futuros proyectos de la Compañía, así como sus proveedores, distribuidores, competidores y clientes (“Información Confidencial). Secretos comerciales” y “saber hacer” son ejemplos de Información Confidencial, aunque la categoría general es más amplia. La Información Confidencial incluye, aunque no se limita a

Software informático, sistemas, bases de datos, documentación y todos aquellos datos contenidos en la misma, incluyendo, sin limitación, información asociada a la RM-1 o equipos similares de recopilación de datos así como las funciones TCA reservadas de la empresa;

Datos financieros (incluyendo inversiones, beneficios, precios, costes y contabilidad);

Marketing, publicidad así como programas y estrategias de venta; Fusión, adquisición o venta de subsidiaria;

Información personal (incluyendo indemnización, contratación y formación); y

Planes estratégicos de negocio.

Se espera de los empleados de la Compañía que protejan la confidencialidad de toda aquella Información Confidencial, independientemente de si ha sido obtenida de, o en relación a, la Compañía y/o sus proveedores, distribuidores, compradores, competidores, clientes o no, e independientemente de si han firmado un acuerdo formal de confidencialidad con la misma o no. Los empleados no están autorizados a revelar (ni siquiera a la familia) o usar Información Confidencial para cualquier fin que se desvíe de lo estrictamente imprescindible dentro de la Compañía. Del mismo modo, los empleados no tratarán de obtener, conocer o usar Información Confidencial alguna que no sea necesaria para el ejercicio de sus propias funciones laborales. Dicha obligación permanecerá en vigor

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durante la totalidad de la relación laboral del empleado con la Compañía e incluso después de la misma y en todo momento.

Los empleados no podrán discutir asuntos confidenciales en presencia, o dentro del campo auditivo, de personas no autorizadas, como por ejemplo en ascensores (incluso si son de la Compañía), restaurantes, taxis, aviones u otras zonas públicas. Los teléfonos móviles y otros medios de comunicación no seguros deberán usarse con precaución.

En caso de que un empleado considere apropiado revelar o usar Información Confindencial fuera de la Compañía, ya sea por razones comerciales o porque la ley así lo requiera, deberá ponerse en contacto primero con la Oficina del Jurista de empresa para Europa antes de revelar o usar tal información para discutir las medidas de protección oportunas

Toda empresa considera su información confidencial valiosa en extremo. Los empleados no deberán intentar obtener información confidencial alguna de ningún tercero, incluyendo a proveedores, distribuidores, compradores, clientes o competidores, sin haber contactado previamente a la Oficina del Jurista de empresa para Europa.

La Compañía respeta la información confidencial de sus competidores. Bajo ninguna circunstancia ocultará o falsificará un empleado su identidad real o sus intenciones para obtener información confidencial de terceros:

Propiedad Intelectual

La Compañía posee activos de gran valor en sus patentes, inventos, tecnología, conocimientos técnicos, obras protegidas por derechos de autor, marcas registradas, logotipos, diseño de productos, nombres de dominios, Información Confidencial y otras formas de propiedad intelectual. Por consiguiente, los empleados deberán cumplir los requisitos y procedimientos de la Compañía para proteger y preservar la totalidad de dicha propiedad intelectual.

De conformidad con un acuerdo firmado en el primer día de trabajo, cada empleado se compromete a ceder a la Compañía todos los derechos de patente relacionados con cualquier materia patentable que haya sido inventada o descubierta en el ejercicio de sus funciones, en horas de trabajo y/o haciendo uso de los recurso de la Compañía.

La Compañía es la única propietara de los derechos de autor de todas las obras de autoría realizadas por los empleados en el transcurso de su cargo, independientemente de si tales obras fueron creadas o no en la oficina, en el hogar del empleado o en algún otro sitio en la medida en que esté permitido por ley.

La Compañía es la única propietaria de todos los derechos de propiedad intelectual contenidos en su Información Confidencial así como en sistemas, marcas registradas, logotipos, diseño de productos y nombres de dominio usados por la Compañía.

Todo producto y material perteneciente a la Compañía podrá ser publicado, distribuido y/o vendido solo si llevan las notificaciones e inscripciones requeridas y recomendadas por ley (p.ej.: ©, ®, TM o con una nota que diga “patente” o “patente pendiente”). El uso de tales notificaciones e inscripciones ayuda a proteger los derechos de propiedad intelectual de la infracción por parte de terceros

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Derechos de terceros. La Compañía respeta los derechos de propiedad intelectual de sus competidores. Los empleados no están autorizados a copiar, modificar, usar o distribuir (ni siquiera a través de internet o por medios electrónicos) software informático, bases de datos, sitos webs o documentos escritos (revistas u otros artículos inclusive), la propiedad intelectual que no pertenezca a la Compañía o no esté autorizada para tal uso, sin haber consultado previamente con la Oficina del Jurista de empresa para Europa o con el Director de Recursos

Humanos para Europa. Dicha prohibición se aplica también a la distribución de tales materiales, aunque sea meramente interna. La Compañía tiene numerosos acuerdos con terceros en relación al uso de la propiedad intelectual de éstos, y se espera que cada uno de los empleados acate sus cláusulas. empleados no deberán retirar derechos de autor, marcas registradas o avisos de patentes de los materiales que usen.

Derechos Internacionales. Las leyes de propiedad intelectual difieren en cada país; los empleados deberán pedir consejo a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa antes de emprender actividad alguna que haya sido discutida en el presente documento cuando se encuentren fuera de su país de origen.

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Conflictos de Intereses Evite los conflictos de intereses en el ejercicio de sus obligaciones y pida consejo a sus supervisores o a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa en caso de conflicto real o potencial

Guia General

Se produce un "conflicto de intereses" cuando el interés privado de un individuo interfiere de alguna forma con los intereses de la Compañía en su conjuntoPuede surgir una situación conflictiva cuando un empleado toma medidas o tiene intereses que pueden dificultar el desempeño de su trabajo de manera objetiva y eficazTambién pueden surgir conflictos de intereses cuando un empleado o miembro de su familia recibe beneficios personales indebidos como resultado de su posición en la Compañía. Realizar préstamos a, o garantías de obligaciones de, tales personas son motivo de especial preocupación.

Las decisiones y acciones empresariales deberán basarse en los intereses que mejor convengan a la Compañía y a la totalidad de sus miembros. Las relaciones con proveedores, contratistas, clientes y competidores potenciales o existentes no deberán afectar el juicio independiente y sentido común de la Compañía. Los empleados no podrán tener, a menos que lo notifiquen previamente a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa, intereses externos que puedan entrar en conflicto, o parezcan entrar en conflicto, con los intereses principales de la Compañía. Se espera de los empleados que actúen exclusivamente en beneficio de la Compañía y no se dejen influenciar por intereses personales que puedan resultar de otros asuntos privados o relativos a negocios. Los conflictos de intereses se deberán evitar sin excepción alguna y, en caso de ser inevitables, deberán ser dados a conocer a la Compañía lo antes posible. Si no está seguro de que sus acciones o relaciones puedan presentar un conflicto de intereses, póngase en contacto con su supervisor o con la Oficina del Jurista de empresa para Europa o con el Director de Recursos Humanos para Europa, para que le oriente.

Cualquier conflicto de intereses real o potencial que involucre a un funcionario ejecutivo o a un director deberá ser aprobado por nuestra Junta Directiva o un comité designado para ello

Parientes Y Otras Personas Cercanas

Los conflictos de intereses pueden surgir al hacer negocios o competir con organizaciones

donde parientes de los empleados tengan una participación o interés laboral. Parientes son los cónyuges, parejas de hecho, hijos propios, adoptados o hijastros, tutelados, nietos, padres, abuelos, hermanos, suegros, tíos y tías, sobrinos y sobrinas así como los primos. Los empleados no podrán hacer negocios en nombre de la Compañía ni usar su influencia para que la Compañía haga negocios con sus parientes o con organizaciones de las que un empleado o pariente de éste sea socio, a menos que el funcionario ejecutivo encargado del departamento del empleado en cuestión y la Oficina del Jurista de empresa para Europa o el Director de Recursos Humanos para Europa hayan dado su consentimiento expresamento y por escrito previamente.

Los empleados no podrán solicitar o aceptar préstamos o garantías de obligaciones de la Compañía para sus familiares y la solicitud de préstamos para sí mismos quedará sujeto a los previsto en la normativa laboral aplicable. Los empleados no podrán solicitar o aceptar préstamos o garantías de obligaciones (excepto aquellos procedentes de instituciones

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financieras sin la concesión de favores) para sí mismos ni sus familiares, de ninguna persona privada, organización o empresa que haga (o desee hacer) negocios con la Compañía. Los empleados deberán informar sin demora a sus supervisores o a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa de cualquier oferta del tipo anteriormente mencionado, incluso si se negó a aceptarla

Oportunidades De La Empresa

De acuerdo con la política de la Compañía los empleados no podrán aprovecharse de oportunidades personales surgidas mediante el uso de la propiedad de la Compañía, información o posición; ni usar la propiedad, información o posición para provecho propio. Los empleados tienen el deber para con la Compañía de fomentar sus intereses legítimos cuando la oportunidad se presente.

Empleo Externo, Afiliaciones Y Otras Actividades

Ningún empleado podrá trabajar para otros empresarios de forma directa o indirecta o por cuenta propia cuando ello constituya concurrencia desleal con RGIS. Cualquier actividad externa llevada a cabo por un empleado que no sea gerente de la Empresa, como por ejemplo la ejecución de un segundo empleo, o cualquier actividad de beneficencia o voluntariado, deberá mantenerse completamente separada de las actividades llevadas a cabo por el empleado en la Compañía.Los empleados no harán uso de los clientes de la empresa, proveedores, horario, nombre, influencia, recursos, instalaciones, materiales o servicios de otros empleados para actividades externas a menos de que exista una autorización expresa de la Compañía, incluyendo las relacionadas con el trabajo voluntario, de beneficencia o de otro tipo. Antes de iniciar cualquier actividad externa que pueda tener una influencia adversa en el rendimiento de un empleado en la Compañía, deberá comunicarle sus planes a su supervisor para confirmar que la actividad propuesta no va en contra de los intereses de la Compañía. No se permitirá un conflicto directo entre su segundo trabajo u otras actividades y su trabajo en la Compañía pudiendo dar lugar al despido. Los empleados no podrán adquirir, ya sea de manera directa o indirecta, un interés económico significativo en cualquier entidad comercial que haga o pretenda hacer negocios con la Compañía o pertenezca a la competencia, a menos que la Oficina del Jurista de empresa para Europa o el Director de Recursos Humanos para Europa haya dado su consentimiento expreso por escrito previamente. Como guía, se define "un interés financiero significativo" como la participación por parte de un empleado y/o sus familiares de más del 1% de las acciones en circulación/valor del capital de una empresa o una participación que represente más del 5% de los activos totales del empleado y/o sus familiares.

Es más, los empleados no podrán llevar a cabo ninguna de las siguientes acciones sin revelar el hecho por escrito a un supervisor inmediato o a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa.

• Aceptar oportunidades de negocio, comisiones, recompensas u otros incentivos ya sea de manera directa o indirecta, procedentes de personas o empresas que sean clientes, distribuidores o socios comerciales de la Compañía.

• Adquirir propiedad de la empresa o servicios en condiciones distintas de las disponibles para el público en general o de las autorizadas expresamente por la Compañía.

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• Participar en cualquier actividad con clientes, distribuidores u otras personas o entidades con las que la Compañía haga negocios o intente hacer negocios, cuando dicha actividad pueda aparentemente comprometer el juicio del empleado o su leatad hacia la Compañía.

Asimismo, si un familiar del empleado trabaja para una empresa que es competencia de la Compañía, dicha circunstancia deberá ponerse en conocimiento de la Oficina del Jurista de empresa para Europa o del Director de Recursos Humanos para Europa sin demora.

Aceptar Regalos, Propinas Y Entrentenimiento

Los empleados no deberán aceptar directa ni indirectamente regalos, que puedan influenciar real o aparentemente decisiones empresariales. Los empleados no deberán solicitar nunca regalos ni favores de personas, empresas o sociedades con las que la empresa hace o podría hacer negocios. En la medida en que un empleado esté recibiendo atenciones de parte de terceros con los que la empresa hace o podría hacer negocios, deberá existir un objetivo comercial claro no podrá existir intención alguna, ni siquiera aparentemente, de

influencia indebida. Se deberán evitar y declinar regalos, propinas o atenciones que pudieran influenciar manera real o aparente las decisiones comerciales del empleado. Podrán aceptarse aquellos regalos, propinas y atenciones que reflejen conductas de cortesía habituales y una práctica comercial responsable.

Algunos casos rechazar un regalo valioso podría resultar insultante a la persona que lo ofreció. Es es el caso de empleados que están en calidad de invitados en otro país y el regalo se ofrece como parte de un acto público o por otra costumbre. En tales casos, el empleado que recibió el regalo podrá aceptarlo en nombre de la Compañía, informará a un supervisor y lo devolverá a la Compañía.

Dar Regalos, Propinas Y Atenciones

Igualmente, los empleados no deberán, directa ni indirectamente, dar u ofrecer regalos, propinas que pudieran influenciar real o aparentemente decisiones empresariales de manera indecorosa. En la medida en que un empleado ofrezca atenciones a terceros con los que la empresa haga o pudiera hacer negocios, deberá existir un objetivo comercial claro y no podrá existir intención alguna, real o aparente, de influencia indebida.Está prohibido dar regalos, propinas o atenciones que pudieran influenciar indebidamente, ya sea real o aparentemente, las decisiones comerciales del empleado de manera indecorosa. Son aceptables aquellos regalos, propinas y atenciones que reflejan conductas de cortesía habituales y una práctica comercial responsable.

Tratos Justos

Todo empleado deberá esforzarse en realizar tratos justos con los clientes de la compañía,

proveedores, competidores y empleados. Ningún empleado deberá aprecharse injustametne de nadie haciendo uso de la manipulación, el encubrimiento, el abuso de información privilegiada, la tergiversación de hechos materiales o cualquier otra práctica desleal.

Conflictos En Las Relaciones Con Los Proveedores O Prestadores De Servicios

La Compañía alienta las buenas relaciones con los proveedores. Sin embargo, los empleados no podrán beneficiarse personalmente, ya sea directa o indirectamente, de

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cualquier compra de productos o servicios para la Compañía o desde la Compañía. Los empleados cuyas responsabilidades incluyan la compra (ya sea de mercancías, accesorios, servicios, bienes inmobiliarios u otros), o que tengan contacto con proveedores o prestadores de servicios, no deberán aprovechar su posición para obtener beneficios personales. Del mismo modo, cuando quiera que sea necesario contratar los servicios de una persona o empresa para asesorar o reprensentar a la Compañía, deberá prestarse atención especial y asegurarse se que no surjan conflictos de intereses entre la Compañía y la persona o empresa a contratar. Bajo ninguna circunstancia deberá empleado alguno recibir dinero en efectivo o equivalentes al efectivo de proveedores, consultorores, representantes u otros prestadores de servicios, ya sea directa o indirectamente.

Es una práctica empresarial aceptada que los distribuidores repartan muestras a los compradores potenciales de acuerdo con la ley aplicable. Según la política de la Compañía, se podrán aceptar tales productos en pequeñas cantidades, en la medida en que ello sea necesario para realizar una evaluación razonada de los nuevos productos, únicamente por parte de los empleados encargados de procurar tales productos.

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Antimonopolio y Competencia Desleal

Realice tratos justos con cada uno de sus clientes, proveedores y competidores. La Compañía está comprometida con los principios de la empresa libre y competitiva

Antimonopolio

Es política de la empresa obedecer las leyes antimonopolio que se aplican a nuestras operaciones en todo el mundo. El principio que subyace bajo dichas leyes es que una persona que compra un producto en el mercado debería ser capaz de seleccionar entre una variedad de productos a precios competitivos sin sufrir restricción artificial alguna, como por ejemplo fijación de precios, monopolios ilegales y cárteles así como boicots y asociaciones. Creemos en los principios de la empresa libre y competitiva y estamos firmemente comprometidos con los mismos.

Ciertas violaciones de las leyes antimonopolio son punibles como delitos penales. Los gobiernos y la Comisión Europea también puede solicitar medidas cautelares civiles y sanciones. Además, en los EE.UU., por ejemplo, los particulares perjudicados podrán demandar por el triple de los daños reales causados por alguna violación de las leyes antimonopolio, además de la adjudicación de los honorarios del abogado y los costos de entablar un pleito.A la luz de todas estas consideraciones, el cumplimiento de las leyes antimonopolio es extremadamente importante para la Compañía y todos sus empleados.

Las leyes antimonopolio y de libre competencia son muy complejas y voluminosas, y varían de país a país. El breve resumen de la ley que se presenta a continuación pretende ayudar a los empleados a reconocer situaciones que planteen posibles conflictos con la ley antimonopolio y de libre competencia con el fin de que puedan ser asesorados a continuación en la Oficina del Jurista de empresa para Europa o del Director de Recursos Humanos para Europa.

• Está prohibido discutir sobre cualquiera de los siguientes temas con los competidores, ya sea en relación con la Compañía o productos de la competencia:precios pasados, actuales o futuros, políticas de precios, tarifas de arrendamiento, ofertas, descuentos, promociones, beneficios, costes, márgenes, nuevos productos o procesos no revelados públicamente con anterioridad, términos o condiciones de venta, regalías, garantías, elección de clientes o mercados

territoriales. Se podrá discutir sobre detalles específicos de dicha información con los competidores cuando sean nuestros proveedores. Con todo, se deberá limitar tales discusiones a lo estrictamente necesario en el contexto de proveedor/distribuidor. Los empleados podrán discutir con un proveedor (que sea casualmente también un competidor) sus precios así como términos y condiciones de venta a la Compañía

• Los empleados no podrán hablar ni ponerse de acuerdo con competidor alguno sobre los precios que la Empresa y el competidor impondrá a un cliente o clientes, ni sobre otros términos (como por ejemplo, tipo de crédito) o condiciones de venta

• Unicamente podrán obtenerse precios competitivos de fuentes diferentes a las de la compentencia, como por ejemplo de listas públicas o clientes mutuos (pero

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no se podrá utilizar a los clientes deliberadamente como un medio de transmisión para pasar información a los competidores)

• Si en alguna reunión comercial de la asociación en la que estén presentes competidores de la Compañía o representantes de la misma, un empleado tiene conocimiento de cualquier discusión formal o informal acerca de los temas expuestos a continuación, el empleado deberá abandonar inmediatamente la reunión e informar a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de

Recursos Humanos para Europa. Dichos temas incluyen.

• Precios;

• Descuentos;

• Exclusión de miembros;

• Condiciones Generales de venta;

• Mercado geográfico o prioridades/asignación del mercado de productos

• Licitación de contratos específicos o clientes;

• Negativa a admitir miembros o hacer tratos con un cliente; o

• Estandarización de términos, garantías o especificaciones de los productos entre los miembros

• Pida consejo a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa y al gestor de ventas senior encargado antes de negarse a vender algo a un cliente o un cliente potencial. Si bien que la Compañía es libre de seleccionar sus propios clientes, la negativa a vender da lugar a menudo a violaciones reales o supuestas de las leyes antimonopolio.

• Pida lo antes posible consejo a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa si desea evaluar la propuesta de una fusión, adquisición o empresa conjunta.

• Va contra la política de la empresa hacer nuestros pedidos a un proveederor basándose en el acuerdo del proveedor de hacernos pedidos a nosotros.

• Está prohibido menospreciar injustamente o socavar los productos o servicios de un competidor, ya sea mediante publicidad, demostración, comentarios despectivos o insinuaciones.

• Es política de la empresa tratar a todos los clientes y proveedores de manera justa y sin discriminacin.

• caso de obtener por error información que pudiera constituir un secreto comercial o ser información confidencial de otro negocio, o en caso de que los empleados tengan dudas sobre la legalidad de algún proceso de recopilación de la información,

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deberán contactar lo antes posible a la Oficina del Jurista de empresa para Europa o al Director de Recursos Humanos para Europa.

La ley prohíbe los métodos de competencia desleal así como los actos y prácticas desleales o fraudulentas. Dichas leyes, como por ejemplo las leyes antimonopolio, están destinadas a proteger a competidores y clientes. Si bien es imposible hacer una lista de todos los tipos de conducta prohíbidos, se exponen a continuación algunos ejemplos.

• Sobornos comerciales o pagos realizados con el fin de inducir negocios o violaciones de contratos de terceros;

• Obtener secretos comerciales de un competidor para beneficio propio de la Compañía mediante soborno, robo o cualquier otro medio indebido;

• Realizar afirmaciones o comparaciones falsas, engañosas o denigrantes acerca de la competencia, sus productos o servicios; y

• Realizar afirmaciones acerca de los propios servicios sin tener una base razonable para ello.

Concretamente, todas aquellas declaraciones públicas realizadas por o en nombre de la Compañía, incluyendo aquellas relacionadas con la publicidad, material de promoción, muestras de ventas, garantías y avales, deberán ser siempre veraces y tener una base razonable y real no pudiendo inducir a error ni ser fácilmente susceptibles de malinterpretación intencionadamente.

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Medioambiente

La Compañía está comprometida con la excelencia medioambiental y la mejora de las condiciones laborales.Un lugar de trabajo seguro y saludable beneficia a todos los empleados

La Compañía se compromete a alcanzar la excelencia medioambiental. La Compañía se esfuerza por minimizar el impacto adverso y el daño causado al medioambiente así como a las comunidades donde lleva a cabo sus negocios. Nuestro objetivo consiste en garantizar que las instalaciones y operaciones de la Compañía se ajusten a los estándares medioambientales exigidos a nivel federal, estatal y local. Nos hemos propuesto llegar a ser líderes en la gestión responsable del medioambiente. Para ello, cada uno de los empleados de la Compañía deberá participar y aceptar su responsabilidad para lograr alcanzar el objetivo de explotar nuestra empresa de manera segura desde el punto de vista ecológico.

Los empleados deberán tratar de minimizar el impacto medioambiental causado por los productos, procesos y servicios de la Compañía. Las instalaciones deberán cumplir con las leyes mediambientales no pudiendo funcionar sin los permisos, autorizaciones y controles medioambientales requeridos.

Es política de la Compañía proporcionar a cada uno de sus empleados un lugar de trabajo seguro y saludable. La Compañía se compromete con el medioambiente y se espera que todos los empleados apoyen las prácticas responsables para con el mediambiente así como las iniciativas llevadas a cabo por la Compañía para proteger a nuestras comunidades. Para apoyar dichas políticas, los empleados deberán acatar todas las normas, reglamentos y prácticas en vigor relacionadas con el medioambiente, la salud y la seguridad, y deberán asimismo asumir la responsabilidad de tomar las precauciones necesarias para protegerse a sí mismos, sus compañeros de trabajo y las comunidades en las que llevamos a

cabo nuestros negocios. Si bien no se espera de los empleados que sean expertos en materia de salud y seguridad ni de medioambiente, sí se espera de ellos que entiendan las exigencias requeridas en sus respectivas áreas de responsabilidad y que informen de accidentes o prácticas y condiciones no seguras a sus supervisores u otras personadas ercargadas. La compañía se asegurará de que se lleven a cabo las acciones oportunas con el fin de corregir las condiciones inseguras.

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Relaciones con Agencias Gubernamentales y Otras Organizaciones Externas

Preste especial atención en el trato con las autoridades gubernamentales.

Generalmente

La Compañía deberá poner especial cuidado en el cumplimiento de todas sus obligaciones legales y contractuales aplicables a las transacciones que se realicen con las autoridades gubernamentales. Basándose en esta legislación, las autoridades gubernamentales pueden incluir instancias, organismos o instituciones de un gobierno - incluso una entidad de propiedad estatal. La violación de tales leyes puede resultar en sanciones y multas, así como en la inhabilitación o suspensión de contratos con el gobierno, o en un posible proceso penal de empleados en particular o de la Compañía.

Contribuciones Políticas Y Actividades

Los empleados deberán obedecer todas las leyes en vigor al promover la posición de la Compañía de cara a las autoridades gubernamentales. Los empleados no deberán utilizar los fondos de la Compañía para hacer cualquier contribución política, includendo la contribución a un partido político, comité, organización o candidato.

Para la Compañía es importante mantener una buena comunicación y relación con las autoridades estatales, autonómicas y municipales, funcionarios electos y nombrados. Los funcionarios públicos son clientes de la empresa y la comunicación con ellos requiere un enfoque cuidadoso y coordinado por parte de la empresa aprobado por la dirección y de conformidad con todas las leyes, normas y reglamentos en vigor.

Se alienta a los empleados a participar en la actividad políticaVotar, expresar puntos de vista sobre las políticas públicas, apoyar a y cooperar con los candidatos y partidos políticos así como pretender cargos públicos son algunas de las formar que los empleados pueden escoger para su participación. En lo que concierne a asuntos personales cívicos y políticos, los empleados deberán dejar claro en todo momento que sus opiniones y acciones son propias y no de la Compañía. Los empleados no deberán presionar a sus compañeros de trabajo en nombre de una política pública, candidato o partido político durante la jornada de trabajo. La Compañía no pretende limitar las actividades de tiempo libre en las que los empleados pudieran participar, ni los regalos o contribuciones que voluntariamente éstos pudieran hacer usando sus propios fondos; siempre y cuando dichas actividades, regalos o contribuciones sean compatibles con la ley y no expongan a la empresa a una responsabilidad potencial. Los empleados que pretendan ocupar cargos electivos o acepten cargos por nombramiento, deberán notificar a su gerente con antelación e indicarle cómo afectarán las funciones de dicho cargo en la ejecución de su trabajo

Contratación Pública

Es política de la empresa vender a todos los clientes, includendo a las entidades que estén relacionadas con el gobierno, de una manera ética, honesta y justa. A continuación se enumeran algunos de los requisitos clave a tener en cuenta a la hora de hacer negocios con el gobierno:

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• Representar con precisión qué servicios de la empresa son objeto de contratos con el gobierno;

• Ofrecer servicios de gran calidad a precios justos y razonables;

• No ofrecer ni aceptar incentivos, sobornos, regalos o gratificaciones de otro tipo;

• No solicitar ni obtener información de propiedad o de selección del origen de manos de funcionarios del gobierno antes de la adjudicación de un contrato

• Contratar a actuales o anteriores funcionarios del gobierno sólo de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables; y

• Cumplir con las leyes y reglamentos en vigor garantizando la conducta ética de los participantes en la contratación establecida por los organismos federales, estatales y municipales

Los empleados deberán adherirse de manera estricta a la legislación contra el soborno en vigor, como el Acta Antisoborno de los EE.UU de 1986, que prohíbe a los contratistas y subcontratistas del gobierno dar o recibir cualquier cosa de valor con el fin de recibir un trato especial; así como el Acta de Prácticas Corruptas en el Extranjero ("FCPA") en EE.UU, la Ley de Soborno del Reino Unido ("BA") y leyes similares en otros países que prohíban proporcionar algo de valor a funcionarios nacionales o extranjeros, candidatos políticos, o miembros de partidos políticos con el fin de obtener o mantener negocios, como se explica en la siguiente sección

Contratación Pública Y La Libertad De Información Legislativa

En el supuesto de que la Compañía licíte para un contrato, o celebre un contrato, con un organismo público, los miembros del mismo podrían tener derecho a exigir detalles acerca del contrato o la propuesta de licitación de la CompañíaRevelar la presente información podría implicar revelar información que la Compañía considera confidencial o secreta desde el punto de vista comercial. Por consiguiento, los empleados deberán ser conscientes de ello al negociar o celebrar contratos con entidades públicas. En la medida que sea posible, los empleados deberán tratar que los organismos públicos les garanticen que cualquier información confidencial y/o secreta desde el punto de vista comercial revelada durante el proceso de negociación o en el contrato, no será dada a conocer públicamente en virtud de la Libertad de Información Legislativa

Cumplimiento De Las Leyes De Lucha Contra La Corrupcion

Ha sido y continúa siendo política de la empresa llevar a cabo operaciones y actividades en todos los países en total conformidad con la letra y el espíritu de las leyes que prohíben el soborno de funcionarios públicos, empleados, funcionarios de partidos políticos y candidatos políticos, tanto en los Estados Unidos como en el extranjero, includendo la Ley de Prácticas de Corrupción en el Extranjero de los EE.UU. (FCPA) y la Ley del Soborno ("BA").en el Reino Unido y el Código Penal español. Ningún directivo de la empresa, empleado, delegado, distribuidor o asesor podrá ofrecer o efectuar pagos, ni proporcionar o prometer cosa de valor alguna, a funcionarios del gobierno, empleados, candidatos políticos, o miembros de un partido político o tercero particular con el fin de inducirlos a influir en cualquier acto o decisión del gobierno ayudando así a la Compañía o a cualquiera de sus filiales o subgrupos a obtener o retener un negocio. Es más, la política de la empresa obliga a todo directivo, empleado,

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delegado, distribuidor y asesor a mantener los libros, registros y cuentas de tal modo que reflejen con exactitud e imparcialidad todas las transacciones y disposiciones de activos de la

Compañía.

Existe la posibilidad de que la actividad entre las empresas también caiga bajo el ámbito de aplicación de la legislación contra la corrupción. Por consiguiente, a la hora de relacionarse con quienes la Compañía hace o pudiera hacer negocios, los empleados deberán tener cuidado de que regalos, propinas, atenciones, u otro tipo de ventajas otorgadas o recibidas, no influyan indebidamente en las decisiones empresariales de manera real ni aparente.

Asimismo es importante señalar que la legislación contra el soborno puede también destapar pagos corruptos realizados por delegados, subcontratistas o terceros que actúen en nombre de la empresa si dicho acto tiene por objeto obtener ventajas para la Compañía.La Compañía podrá ser responsable de tales actos ante la ley, incluso no teniendo conocimiento nadie dentro de la empresa de tales acciones. Por ello, es vital que los empleados cumplan con la política anticorrupción de la Compañía.

Las consecuencias de no cumplir con dichas leyes podrían ser desastrosas para la Compañía y sus empleados. Una violación cometida por un empleado de la Compañía podría resultar en millones de libras o euros en multas para la Compañía y someter a dicho empleado y a la empresa a posibles juicios, multas de carácter penal y encarcelamiento

El interés por la lucha contra la corrupción puede aparecer en una serie de diferentes contextos, como por ejemplo los relacionados con las siguientes actividades

Al proporcionar viajes, alojamiento, comidas, entretenimiento, o favores de cortesía similares a funcionarios públicos

Al ofrecer regalos a funcionarios o empleados del gobierno;

Al hacer aportaciones de tipo económico a funcionarios gubernamentales, partidos políticos o candidatos políticos.

Al trabajar con reguladores del gobierno para obtener licencias, permisos o autorizaciones de otro tipo.

Al proporcionar pagos para facilicitación de trámites a los funcionarios públicos ;

Al buscar y aplicar contratos gubernamentales;

Al dar empleo a funcionarios del gobierno; y

Al usar a terceras partes para ayudar en la actividades mencionadas.

Como demuestra esta lista, las cuestiones éticas y de corrupción abarcan una amplia gama de actividades en conexión con las agencias gubernamentales.Por consiguiente, el personal de la empresa deberá conocer y cumplir con sus obligaciones en virtud de la

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política anticorrupción de la Compañía (que se adjunta al presente Código de Conducta), la FCPA, la BA y otras leyes similares en cada una de los aspectos de su trabajo

Antes de ofrecer o entregar obsequios, viajes, algún tipo de entretenimiento, facilitar pagos u ofrecer y entregar cualquier otra cosa de valor, por pequeña que ésta sea, a cualquier tercero, incluido a un funcionario público, empleado gubernamental, candidato político o miembro de partido político, o empleados o representantes de cualquier entidad empresarial los empleados deberán cumplir con las políticas de la empresa y seguir los procedimientos adecuados

Respuestas Al Gobierno Y Otras Investigaciones

Es política de la empresa cooperar con todas las solicitudes razonables llevadas a cabo por cualquier corte, tribunal, árbitro, agencia, comisión, funcionario o cualquier otra autoridad federal, nacional, estatal, provincial, regional, condal, urbana o local así como otras subdivisiones políticas, ya sean extranjeras o nacionales. Antes de llevar a cabo cualquier acción, los empleados deberán reenviar inmediatamente dichas solicitudes a la Oficina del Jurista de empresa para Europa, incluyendo aquéllas en las que los funcionarios del gobierno deseen realizar entrevistas o acceder a las instalaciones de la empresa y a sus documentos. En caso de no estar seguro sobre los procedimientos seguidos por su unidad de negocio para responder a tales solicitudes, notifíquelo a la Oficina del Jurista de empresa para Europa inmediatamente y espere sus instrucciones antes de seguir adelante. Además, los empleados no están normalmente autorizados a ponerse en contacto con entidad regulatoria ni autoridad gubernamental alguna en nombre la Compañía sin previo permiso escrito de la Oficina del Jurista de empresa para Europa. En caso de que una agencia oficial del gobierno haga una visita sorpresa a una oficina de la empresa con objeto de realizar una inspección o investigación, el funcionario deberá ser llevado ante el gerente encargado de la oficina, el cual deberá verificar la identidad del funcionario y revisar todos los documentos (por ejemplo, un citación u orden) que indiquen la autoridad del funcionario para inspeccionar la oficina o los registros que figuran en la misma. El gerente deberá pedir al funcionario que espere unos instantes y mientras tanto informar a su supervisor y contactar, en ese momento, a la oficina de la Compañía del Jurista de empresa para Europa o a los abogados locales de la Compañía para recibir instrucciones adicionales.Aquellos empleados que no trabajen en la Oficina del Consejero Empleados de la Casa de Europa pero que se ocupen de los entes reguladores y las autoridades gubernamentales de forma rutinaria como parte de sus funciones, deberán dirigirse a la Oficina del Jurista de empresa para Europa cuando la solicitud o contacto quede fuera del curso ordinario de los negocios o pueda suponer alguna acción legal o disciplinaria.

Del mismo modo, todas las investigaciones o los documentos procedentes de cualquier abogado o representante legal que no esté asociado con la Compañía deberá ser inmediatamente remitido a la Oficina del Jurista de empresa para Europa

Relaciones Con Los Medios De Comunicación

Con el fin de asegurar un manejo profesional y coherente, todas las peticiones realizadas por los medios de comunicación deberán ser remitidas al Director General (CEO). Los empleados no deberán hablar con los medios de comunicación sin la previa autorización del Director

General o su designado, o de nuestro director financieroTodo empleado que haya recibido un permiso de comuncación deberá limitar sus comentarios a su área específica de conocimiento.

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Hacer negocios a nivel internacional

La Compañía opera a nivel mundial. Asegúrese de leer y entender las directrices RGIS sobre lucha contra la corrupción adjuntas al presente Código de Conducta y de comprender los requisitos adicionales que puedan aplicarse a las actividades en el extranjero.

Generalmente

Si bien la Compañía debe adaptarse a las costumbres comerciales y prácticas de mercado en los mercados mundiales, todos sus empleados independientemente del país en el que se hallen deberán obedecer las leyes, reglamentos y normas. Eso incluye las leyes de lucha contra la corrupción discutidas anteriormente, así como exportaciones, sanciones, importaciones, y las leyes contra el boicot discutidas anteriormente. Todos los empleados asimismo deberán respetar las leyes, cultura y costumbres de los países donde opera la Compañía llevando a cabo las actividades de la misma en el extranjero de tal manera que contribuyan a su desarrollo en tales lugares, siempre y cuando dichas actividades sean compatibles con las leyes nacionales de los EE.UU. y el Reino Unnido.

Control En La Exportación Y Leyes Sancionadoras

Todos los empleados y agentes de la Compañía y sus filiales en el extranjero deberán cumplir escrupulosamente con la letra y el espíritu de las leyes estadounidenses y británicas sobre control de exportaciones y sanciones, así como con las leyes de control de exportación y de

sanción de otros países donde la compañía opere. En general, las leyes de exportación restringen el traslado de cierto tipo de bienes, tecnología, servicios o software a través de fronteras o a ciudadanos de otros países dependiendo de la naturaleza del objeto, el país de destino, el uso final o su destinatario. Las leyes sancionadoras podrían imponer restricciones adicionales en las realciones con ciertas personas o países por razones de política exterior. A continuación se incluyen ejemplos de exportaciones.

El envío de la gestión del inventario inalámbrico, el seguimiento de equipos o el hecho de llevarlos consigo cuando viaja a otro país.

Llevar un ordenador o blackberry de un país a otro;

Permitir a un ciudadano de otro país la descarga de software;

Enviar por correo electrónico descripciones detalladas de tipo técnico o datos a un ciudadano de otro país independientemente de donde se encuentre situado;

Participar en teleconferencias, reuniones o inventarios donde se discute sobre información técnica entre gente de diferentes países;

Asistir asistencia técnica a ciudadanos de países extranjeros.

Por regla general la Compañía no exporta bienes físicos (p.j.; servidores inalámbricos) de un país a otro. En caso de que sea necesario exportar bienes físicos de un país a otro, los empleados de la Compañía deberán consultar a la Oficina del Jurista de Empresa para Europa

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antes de hacerlo con el fin de asegurarse el cumplimiento de las leyes de control de exportaciones y de sanción.

Las leyes de control de las exportaciones se pueden aplicar también a la prestación de servicios así como al traspaso o publicación de datos técnicos, incluyendo material escrito como por ejemplo folletos; pero también la aplicación de conocimientos técnicos en el trascurso de una discusión con un ciudadano de otro país. Actos tan simples como el envío de un correo electrónico, un fax o el hecho de permitir que un extranjero se dé una vuelta y observe algunos procesos podría constituir la base de una violación de las leyes de control de exportaciones. Si un empleado de la empresa piensa que quizás tenga que trabajar con ciudadanos de un país extranjero en un proyecto, o quizás necesite transferir datos técnicos o software, o si no está seguro de si será necesario realizar una exportación de datos técnicos o software, el empleado deberá pedir consejo en la Oficina del Jurista de empresa para Europa para que le orienten antes de iniciar dicha actividad.

Importaciones

Existen complejas reglamentos que se aplican a la importación de mercancías en varios países incluyendo al Reino Unido y a los Estados Unidos. Por la violación de dichos reglamentos se aplican importantes sanciones. Por consiguiente, no se deberán importar bienes ni servicios sin la participación de la Oficina del Jurista de empresa para Europa.

Prohibición De Cooperar Con Ciertos Boicots Internacionales

Todos los empleados y delegados de la Compañía alrededor del mundo están obligados a cumplir con las leyes estadounidenses vigentes así como con las acciones de las Naciones Unidas relativas a las actividades que prohíben los boicots ecónomicos extranjeros.

Los reglamentos contra el boicot del Departamento de Comercio estadounidense y del Servicio de Rentas Internas prohíben a las Compañías de los Estados Unidos y a consorcios extranjeros controlados por Compañías estadounidenses participar en boicots no sancionados relativos a productos o servicios. Aunque los reglamentos relativos a las actividades proscritas son complejos y muy extensos, dichos reglamentos prohíben generalmente a las entidades e individuos relevantes de apoyar un boicot de cualquier país

extranjero donde los Estados Unidos no reconozca el boicot. Las actividades prohíbidas relacionadas con boicots incluyen:

Negarse a hacer negocios, o acerptar no hacer negocios, con países boicoteados y sus ciudadanos o empresas inluídas en la “lista negra”por hacer negocios con tales países.

Proporcionar información sobre las relaciones pasadas, presentes o probables de la Compañía o de cualquier persona con países boicoteados o empresas incluídas en la lista negra.

Proporcionar información sobre la raza, religión, sexo, país de origen de cualquier persona, así como su pertenencia o apoyo a organizaciones caritativas que apoyen al país boicoteado.

Discriminar a personas o empresas basándose en su raza, religión, sexo o país de origen.

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Pagar, cancelar o confirmar letras de crédito que contengan condiciones o exigencias prohibidas por las leyes o los reglamentos contra el boicot.

Detectar solicitudes de apoyo a un boicot prohibido puede ser a menudo una tarea compleja y difícil. Dicho lenguaje puede aparecer en contratos, órdenes de compra, facturas, letras de crédito o documentos de embarque enviados en un correo electrónico o de forma oral en reuniones o teleconferencias. Los empleados de la Compañía deberán prestar atención al buscar cláusulas de este tipo y comentar cualquier duda acerca de si el lenguaje constituye una solicitud prohibida y/o que deba ser notificada a la Oficina del Jurista de empresa para Europa

La ley requiere asimimo que las solicitudes de información de apoyo a un boicot prohibido sean comunicadas al gobierno de Estados Unidos. Cualquiera de estas solicitudes deberá ser dirigida inmediatamente a la Oficina del Jurista de empresa para Europa donde le aconsejarán sobre los requisitos de la presentación de informes y los procedimientos a seguir.

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Disposiciones Varias

Relaciones Personales

Todos los empleados deben asegurarse de que sus relaciones personales con los compañeros de trabajo no afecten el ambiente de trabajo.

Drogas y Alcohol

El cumplimiento absoluto con la política de Lugar de Trabajo Libre de Drogas de la Compañía es una condición para el empleo. La posesión, uso, venta o intercambio de drogas u otras sustancias controladas son un riesgo para la Compañía, el empleado, otros individuos, y bajo ciertas circunstancias, una violación de la ley. La Compañía no tolerará el conocimiento del abuso de ninguna droga ilegal, alcohol u otras sustancias controladas. A menos de que estén prescritas por un médico, la posesión y uso de drogas en la Compañía, durante viajes pagados por la Compañía y eventos de la Compañía es sujeto de una acción disciplinaria incluyendo el despido. Cualquier lugar donde se realice trabajo de la Compañía es considerado un lugar de trabajo libre de drogas. Esto significa que los empleados no pueden, por ninguna razón, producir ilegalmente, distribuir, poseer o usar ninguna sustancia controlada excepto las prescritas por un médico. Algunos ejemplos de sustancias controladas incluyen (nota: esta lista no incluye todas):

• Narcóticos (heroína, morfina, etc.); • Cannabis (marihuana, hashish); • Estimulantes (cocaína, pastillas de dietas, etc.); • Depresivos (tranquilizantes); • Alucinógenos (PCP, LSD, etc.); • Éxtasis; y • Metanfetamina

Es responsabilidad del empleado ingresar a un programa de rehabilitación antes de que los problemas de drogas y alcohol afecten a su prestación laboral y/o conduzcan a una acción disciplinaria.

Se requiere a todos los empleados que hagan constar que han sido informados de la política anterior y están de acuerdo en acatarla totalmente.

El involucramiento con drogas ilegales fuera del trabajo puede tener un impacto en la salud y seguridad del lugar de trabajo. La embriaguez habitual o toxicomanía son causa de despido disciplinario si repercuten negativamente en el trabajo.

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ANEXO A

PROCEDIMIENTOS DE DENUNCIA

1.0 Propósito

El propósito de esta política es promover que los empleados reporten cualquier infracción relevante de la noramtiva o del Código de Conducta de Negocios y Ética en las materias que aquí se identifican a los gerentes senior correspondientes de RGIS Especialistas en Inventarios S de RL de CV, sin temer a represalias.

2.0 Alcance de la Aplicación

Esta política aplica para todos los miembros de RGIS Especialistas en Inventarios S de RL de CV, todos los grupos y regiones del negocio, todas las filiales y empresas en las cuales de RGIS Especialistas en Inventarios S de RL de CV (en adelante referida como “RGIS”) tenga una participación de al menos el 50% y/o la facultad de designar los órganos de administración

Se entiende por “empleado” (a los efectos de esta política únicamente) todos los empleados de RGIS a tiempo completo o a tiempo parcial, con contrato indefinido o temporal.

Las filiales de RGIS pueden, cuando sea necesario, establecer sus propios procedimientos de denuncia para implementar y cumplir con esta política y deben cubrir las previsiones de la misma en los programas de capacitación. Además, las filiales de RGIS pueden adoptar políticas de denuncia adicionales y de no represalias y procedimientos para cumplir con los requerimientos regulatorios y legales aplicables locales. Donde dichas políticas adicionales tengan procesos de reporte específico para ciertas categorías de conducta (como discriminación o acoso), se solicita a los empleados a utilizar dichos procedimientos de reporte específico con carácter preferente a los procedimientos de reporte establecidos en esta Política.

3.0 Responsabilidad de los Empleados – Reportar una Conducta

Todos los empleados están obligados a reportar inmediatamente cualquier conducta de otros empleados de RGIS que crean razonablemente que infringe las obligaciones en materia contable, de auditoría contable, acoso moral o sexual, discriminación, vulneración del derecho a la intimidad, prohibición de sobornos, prevención de riesgos laborales, confidencialidad, robos y hurtos, fraude, indisciplina o desobediencia en el trabajo (includyendo las faltas de puntualidad y asistencia, ofensas verbales o físicas a directivos, otros empleados o clientes), conflicto de intereses, competencia desleal y blanqueo de dinero, establecidos, entre otros, en la normativa societaria, el Plan General Contable y demás normativa contable, la Constitución española, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Igualdad y las disposiciones que los desarrollan, así como el presente Código de Conducta de Negocios y Ética de RGIS.

3.1 Reportar

Los empleados deben reportar cualquier conducta oralmente o por escrito a su jefe inmediato o al siguiente superior gerente y/o a alguno de los siguientes individuos:

(1) Vicepresidente Senior de Recursos Humanos de RGIS;

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(2) Cualquier otra persona designada e identificada por RGIS como autorizada para recibir dichos reportes; o

(3) Oficina General de Consejo.

Si algún empleado se siente incómodo de reportarlo con su jefe inmediato o el siguiente jefe, debe reportarlo directamente con las personas identificadas arriba (1)-(3) sin involucrar a dichos gerentes.

Al efectuar el reporte, el denunciante deberá identificarse adecuadamente, evitándose en lo posible las denuncias anónimas

Cada entidad de RGIS establecerá los procedimientos para la documentación de reportes, de manera apropiada, en atención a cualquiera de las personas identificadas arriba (1)-(3).

3.2 Confidencialidad

Se adoptarán medidas para mantener de manera confidencial la identidad del empleado que presente la denuncia. Bajo ciertas circunstancias, sin embargo, la identidad del empleado puede ser obvia durante la investigación o puede ser necesario revelarla, por ejemplo, en procedimientos regulatorios. De acuerdo con esto, no es posible para RGIS dar una garantía total de confidencialidad.

4.0 Procedimientos para Entregar los Reportes

4.1 Reportes Generales

Las personas mencionadas en la sección 3.1 arriba deben investigar de manera inmediata cualquier reporte que reciban y tomar acciones que consideren apropiadas en esas circunstancias, incluyendo notificar a la Oficina General de Consejo y arreglar las investigaciones de otras funciones dentro de RGIS o terceras partes, según corresponda.

4.2 Reportes en Conexión con Asuntos de Contabilidad

Cuando las personas mencionadas en la sección 3.1 reciban un reporte en conexión con cuestiones de contabilidad cuestionables, controles de contabilidad interna o asuntos e auditoría (colectivamente llamados “asuntos de contabilidad”) deben referirlos inmediatamente con el CFO con copia al Consejo General de Consejo. Los asuntos de contabilidad incluyen, pero no se limitan a lo siguiente:

• Fraude o error deliberado en la preparación, evaluación, revisión o auditoría de estados financieros de RGIS;

• Fraude o error deliberado para registrar o mantener reportes financieros de RGIS; • Deficiencias o incumplimiento de los controles internos de contabilidad de RGIS; • Distorsión o falsedad para o por un gerente o contador respecto de los asuntos

contenidos en los registros o reportes financieros o reportes de auditoría de RGIS; o • Desviación total o parcial de la condición financiera de RGIS.

El Comité de Auditoría será responsable de investigar cualquier reporte hecho y tomar acciones que consideren apropiadas en las circunstancias, incluyendo arreglar las investigaciones por otras funciones dentro de RGIS o terceras partes.

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5.0 Infringir esta Política

La infracción de esta política puede resultar en responsabilidad penal, civil o administrativa o en responsabilidad civil o tener efectos adversos para la reputación de RGIS. Por lo tanto, la infracción de esta política puede constituir una falta de conducta considerable y ocasionar una medida disciplinaria, incluyendo el despido.

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ANEXO B

RGIS POLÍTICA ANTI-CORRUPCIÓN

RGIS Spain S.L.

Calle Josep Saltó i Carreras, nº 20-22, local 3, Rubí, Spain

+34 93 572 52 04

www.rgisinv.com

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Declaración de la política

La política de RGIS Especialistas en Inventarios S de RL de CV (“RGIS” o la “Compañía”) es conducir las operaciones mundiales de manera ética y de acuerdo con las leyes aplicables de EUA y extranjeras. Este documento establece la política de RGIS contra la corrupción y el soborno (Política Anti-Corrupción”). El cumplimiento de esta Política Anti-Corrupción es obligatorio. La Política Anti-Corrupción aplica para todos los funcionarios de la Compañía, directores, empleados, agentes y representantes y todas las personas contratadas (directa o indirectamente) para desempeñar un trabajo para la Compañía, incluyendo empleados de cualquier entidad afiliada, subsidiaria u otra controlada por la Compañía, personal temporal, agentes no empleados, que actúan a nombre de la Compañía, y personal por contrato, sin importar donde radiquen (llamados colectivamente “Personal de la Compañía”). A pesar del enfoque internacional de esta Política Anti-Corrupción, aplica igualmente para empleados que nunca hayan salido de EUA, para la Compañía y sus ubicaciones internacionales. La Compañía no autorizará, involucrarse o tolerar ninguna práctica que no cumpla con esta Política Anti-Corrupción.

PROPÓSITO

Esta Política Anti-Corrupción establece los estándares éticos de conducta y prácticas que deben seguirse para cierto tipo de transacciones, particularmente el regalar objetos de valor, incluyendo dinero, regalos, comidas, viajes, hospedaje, entretenimiento y beneficios similares; contribuciones de caridad y contribuciones políticas. Dichas transacciones pueden ser sujetas a y deben cumplir con la legislación contra el soborno de todo el mundo, incluido, la FCPA Acta de Prácticas de Corrupción Extranjera de los EUA anti soborno, el Reino Unido el soborno Ley ("BA ") y la irlandesa Prevención de la Corrupción (enmienda), 2001 (" PCAA ") aplicable a la Compañía y al Personal de la Compañía. La FCPA, la BA y las leyes de otros países que han sido firmadas en la Convención contra el Soborno de Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones de Negocios Internacionales de la OCDE presentan como un delito el regalar objetos de valor a funcionarios públicos, para asegurar que no haya una ventaja inapropiada. Bajo muchas de estas leyes, incluida la FCPA, la BA y la PCAA, las compañías y los individuos pueden cometer un delito incluso si el pago es realizado en un país diferente. Usted verá a continuación que, si bien los EUA "FCPA" se aplica únicamente a la corrupción de los funcionarios del Reino Unido "BA" y los irlandeses "PCAA" Arets más amplio y también puede applyies a las relaciones con clientes y proveedores.

Aplicabilidad

La Política Anti-Corrupción cubre todas las transacciones realizadas por la Compañía y el Personal de la Compañía en cualquier parte del mundo.

Expectativas sobre los Gerentes de la Compañía

Como gerente de la Compañía debe:

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Asegurar que todo el personal que supervise entienda sus obligaciones en la Política Anti-Corrupción y en cualquier procedimiento aplicable;

Crear un ambiente que permita y motive al personal a expresar sus preocupaciones;

Nunca solicitar – directa o indirectamente – que el personal de la Compañía realice un negocio a cualquier costo, especialmente si involucra las obligaciones éticas que se tienen en la Política Anti-Corrupción o en la ley;

Analizar cualquier hecho, patrón, situación, solicitud o cualquier otro asunto relativo a una transacción existente que indique una posible causa de corrupción (“Banderas Rojas”) y detener o reportar las violaciones a la Política Anti Corrupción o a la ley del Personal de la Compañía que usted supervise; y

Responder, según corresponda, a las preguntas y preocupaciones relacionadas con la Política Anti Corrupción y los Procedimientos, o que refieran al Personal a otra compañía, incluyendo el Departamento Legal Europea en +44 1926 888 882 o [email protected].

Situaciones que Involucran problemas con FCPA

Pueden surgir problemas con FCPA en diferentes contextos, incluyendo, por ejemplo, las siguientes actividades:

Dar viajes, hospedaje, comidas, entretenimiento o beneficios similares a Funcionarios Extranjeros;

Dar regalos a Funcionarios Extranjeros;

Hacer contribuciones a Funcionarios Extranjeros, partidos políticos, o candidatos;

Dar contribuciones de caridad y a programas de responsabilidad social;

Trabajar con reguladores del gobierno para obtener licencias, permisos y otras autorizaciones;

Buscar e implementar contratos de gobierno;

Emplear Funcionarios Extranjeros; y

Usar cualquier empresa conjunta, afiliado, distribuidor, agente, consultor, o cualquier otra tercera parte contratada para actuar a nombre de la Compañía para ayudar en las actividades anteriores.

Como lo muestra esta lista, los asuntos de corrupción y ética abarcan un amplio rango de actividades. Como consecuencia, el Personal de la Compañía debe estar al tanto y cumplir con las obligaciones de FCPA, BA, PCAA y leyes similares, la Política Anti Corrupción y cualquier procedimiento anti corrupción en todos los aspectos de trabajo.

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Es su responsabilidad para entender si un posible curso de acción puede equivaler a la corrupción. En caso de duda, comuníquese con el Departamento Legal Europea en +44 1926 888882 o [email protected].

Como se explicará con más detalle más adelante en esta política, la empresa puede ser responsable por las acciones de terceros cuando se involucran en prácticas corruptas. En consecuencia, personal de la empresa debe llevar a cabo la diligencia debida en todos los terceros con anterioridad a su participación. El personal de la empresa no puede contratar a un tercero, si hay alguna razón para sospechar que un tercero puede intentar hacer un pago a un funcionario extranjero. Todos los terceros contratados por la Compañía deben estar de acuerdo de cumplir con la Política Anti-Corrupción.

Personal de la empresa deben ser conscientes de que el peligro de la corrupción o el soborno es mayor en algunas partes del mundo entonces en otros. Si bien la empresa El personal debe estar al acecho de banderas rojas donde sea que estén empleados deben ser especialmente conscientes del riesgo en los países donde la corrupción es muy común.

Acta de Prácticas de Corrupción Extranjera (FCPA)

de Estados Unidos de américa

Previsiones Anti - Corrupción

La FCPA prohíbe ofrecer o hacer regalos de valor, directa o indirectamente, a cualquier Fuera de EE.UU. Funcionario para obtener o mantener un negocio, o cualquier otra ventaja inapropiada, o cuando la oferta, pago o regalo intente:

Influir una acción deseada;

Inducir un acto que viole las ley;

Provocar que una persona se detenga al cometer una violación a la ley;

Asegurar cualquier ventaja inapropiada; o

Influir la decisión del gobierno o de algún instrumento del gobierno.

Como esto lo indica, la FCPA no sólo prohíbe los pagos en efectivo. Prohíbe la transferencia, autorización promesa de “cualquier valor”. Esta frase, como la utiliza la FCPA es muy amplia y puede incluir acciones en una compañía, dividendos, futuros u opciones, promesas de trabajo en el futuro, préstamos en términos favorables, seguros, activos fijos, como vehículos o equipo, propiedades, incluyendo edificios o tierras, donaciones, y viajes, hospedaje, comidas o entretenimiento. De manera importante, bajo este estatuto, no hay umbral monetario. Los pagos de cualquier monto pueden ser considerados corrupción, dependiendo de las circunstancias. Para una referencia más sencilla, en esta Política Anti Corrupción, el término “Pago” abarca “todo lo de valor”.

El término Fuera de EE.UU. Funcionario también es amplio. Bajo la interpretación del Departamento de Justicia de la FCPA, un “Fuera de EE.UU. funcionario” puede incluir, entre otros, un empleado de una agencia de gobierno o cuerpo legislativo; un empleado del gobierno o de una compañía controlada; o un empleado de una organización internacional pública como la Organización de las Naciones Unidas o el Banco Mundial. La FCPA también prohíbe los Pagos corruptos a partidos políticos, funcionarios de partidos y candidatos. Tomando en cuenta

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lo anterior, la Política Anti Corrupción adopta la siguiente definición de “Fuera de EE.UU. Funcionario”:

(i) cualquier funcionario, agente o empleado de algún gobierno que no sea el de EUA, departamento, agencia o instrumento incluyendo empresas totalmente o mayoritariamente propiedad del estado.;

(ii) cualquier funcionario, agente o empleado de cualquier organización pública internacional, como las Naciones Unidas o el Banco Mundial;

(iii) cualquier persona actuando con alguna capacidad legal o a nombre de cualquier gobierno o departamento, agencia, instrumento u organización pública, incluso so esa persona no trabaja directamente para el gobierno o para una organización pública internacional;

(iv) cualquier partido político ajeno a Estados Unidos de América;

(v) cualquier funcionario de un partido político ajeno a EUA;

(vi) cualquier candidato a funcionario político extranjero;

(vii) cualquier hijo, esposo(a) o cualquier otro familiar cercando a los individuos identificados arriba; o

(viii) cualquier otra persona que sepa o tenga razones para pensar que hará una oferta o promesa de Pago violando las leyes anti corrupción y regulaciones, incluida la FCPA.

Es su responsabilidad entender si aquellos con los que interactúa se consideran Fuera de EE.UU. Funcionarios. Cuando tenga duda, contacte el In-House Counsel Europa el +44 1926

888 882 o por correa electrónico [email protected].

En resumen, el Personal de la Compañía no puede ofrecer nada a un Fuera de EE.UU. Funcionario en correspondencia a un trato favorable. El Personal de la Compañía debe cumplir con la Política Anti Corrupción antes de ofrecer o brindar cualquier valor a un Fuera de EE.UU. Funcionario.

Terceras Partes

La Compañía puede ser responsable por Pagos hechos por terceras partes (por ejemplo, agentes, consultores, distribuidores o subcontratistas) a Fuera de EE.UU. Funcionarios. El Personal de la Compañía no está autorizado para dar Pagos a Fuera de EE.UU. Funcionarios indirectamente a través de terceras partes. El Personal de la Compañía debe conducirse con diligencia con todas las terceras partes, antes de contratarlas. El Personal de la Compañía no está autorizado para contratar a una tercera parte si hay algún motivo de sospecha de que esa tercera parte pueda intentar hacer un Pago a un Fuera de EE.UU. Funcionario. Todas las terceras partes contratadas por la Compañía deben estar de acuerdo primero en acatar la Política Anti Corrupción.

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Previsiones de Contabilidad

La FCPA solicita que todas las compañías públicas de EUA cumplan con las reglas de contabilidad de la Comisión de Seguridad e Intercambio (“SEC”). La FCPA prohíbe la falsificación de los registros y reportes requeridos para ser guardados por compañías públicas y hacer cualquier estado falso o erróneo u omisiones de hechos materiales a los contadores o auditores en conexión con la preparación de los archivos requeridos.

Si bien la Compañía no es una compañía pública, es política de la Compañía solicitar la implementación y mantenimiento de los controles de contabilidad internos bajo principios de contabilidad sólidos. Todos los pagos hechos de acuerdo con esta Política Anti Corrupción y cualquier Procedimiento deben ser registrados a tiempo y con exactitud en los reportes y registros de la Compañía. Todas las entradas deben incluir el detalle razonable para que los reportes de contabilidad reflejen exactamente las transacciones. Por lo menos, todas las transacciones financieras deben estar autorizadas por los gerentes de la Compañía, registradas de acuerdo con los principios de contabilidad aceptados y ser periódicamente auditados para descubrir y corregir cualquier discrepancia, error y omisión.

La Compañía no tolerará entradas falsa, engañosa, inexacta y en los libros de la compañía y registros. Personal de la empresa que falsifican los registros contables de la empresa estarán sujetos a procedimientos disciplinarios whichill graves puede resultar en el despido.

La Compañía no tolerará anotaciones falsas, erróneas o inexactas en los reportes y registros. El Personal de la Compañía que falsifique los registros de contabilidad será sancionado

Los individuos que violen las previsiones anti corrupción de la FCPA, pueden ser sujetos a responsabilidad legal. Las violaciones son castigadas por multas de hasta U.S. $250,000 por violación, encarcelamiento hasta por cinco años por violación o ambos. Se pueden evaluar penas civiles. Las violaciones de los individuos pueden hacer sujeto a la Compañía de multas significativas y otras penalidades.

LA LEY DE SOBORNO U. K. ("BA")

A. Lucha contra el Soborno Disposiciones

El Baño del Reino Unido soborno Ley de 2010 recibió la sanción real el 08 de abril 2010 y es probable que entren en vigor a finales de 2010. Se prohíbe el ofrecimiento o la concesión de una ventaja económica o de otro tipo con la intención de inducir a otra persona para realizar determinadas funciones o actividades "mal" o para recompensar a esa persona para hacerlo.

El BA también prohíbe la recepción de una ventaja financiera u otro la intención de que ciertas funciones o actividades deben ser realizadas "mal" como resultado.

Al igual que la FCPA, el BA no sólo prohíben los pagos de dinero en efectivo sino que prohíbe la entrega o recepción de una ventaja o la promesa de dar esta ventaja. Ejemplos de lo que podría constituir una ventaja son similares a los expuestos anteriormente en relación con la

FCPA (página atsee 3). Al igual que con la FCPA no existe un umbral monetario. El pago de cualquier cantidad se podría considerar sobornos, según las circunstancias.

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Las funciones o actividades cubiertas por las disposiciones contra la corrupción no sólo incluye las funciones o actividades de carácter público, sino también las actividades relacionadas con un negocio. Esto significa que los tipos de conducta empresarial cCertain normal se puede considerar el soborno en el marco del BA en determinadas circunstancias. Consiguiente, los empleados deben tener cuidado al suministrar o aceptar regalos, propinas y el entretenimiento. También debe usted mismo si un miembro del público razonable consideraría el regalo, gratificación y entretenimiento que se trate razonable o incorrecto. Si tiene alguna duda acerca de si un regalo, gratificación o forma particular de entretenimiento es conveniente contactar con el Departamento Legal Europea en +44 1926 888882 o [email protected] de orientación.

El BA también prohíbe el soborno de fuera del Reino Unido los funcionarios públicos. En el marco del BA no U.K. funcionario público es sobornado a donde les ofrecen o reciben un beneficio financiero o de otro tipo y la ventaja se da con la intención de influir en el funcionario público y obtener o retener negocios.

B. Delito Penal Corporativa

Organizaciones Comerciales también puede ser culpable de un delito penal en virtud de la Licenciatura en que una persona asociada con los sobornos de otro organismo, con la intención de obtener o mantener una ventaja de negocio y la empresa no puede demostrar que tenía los procedimientos adecuados para prevenir los sobornos que se pagan.

Una organización comercial será responsable en virtud de esta disposición por los actos de sus empleados no sólo, sino también los agentes, filiales y terceros externos, como sub-contratistas. Una empresa puede ser responsable cuando uno ofrece tercero da un soborno para obtener una ventaja para la organización. Cuando esto sucede, la compañía puede ser culpable de un delito incluso si no hay nadie dentro de la empresa sabía de la corrupción.

C. Terceros

Al igual que con la FCPA la compañía puede ser responsable por las acciones de terceros (por ejemplo, agentes, consultores, distribuidores, o subcontratistas).

D. Ámbito geográfico de BA

Los actos de corrupción cometidos fuera del Reino Unido pueden ser delitos tipificados en la BA. Además, el delito penal de las sociedades se aplicará a las empresas comerciales que tienen una presencia comercial en el Reino Unido (con independencia de que el soborno se paga en relación con ese negocio).

E. Responsabilidad de los directores de la compañía

Si la sociedad comete un delito en virtud del presente acto funcionarios de alto rango de la compañía puede ser personalmente responsable en virtud del derecho penal si el delito se llevó

a cabo con su consentimiento o connivencia.

F. Penalidades

Las personas que violen las disposiciones de la BA de lucha contra la corrupción pueden estar sujetos a responsabilidad penal. Violaciónes se castigan con una multa ilimitada por cada violación, prisión de hasta diez años o ambos. violaciónes de un individuo también podrán someter a la Compañía a importantes multas y otras sanciones.

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LA PREVENCIÓN DEL IRLANDÉS ACT ENMIENDA LA

CORRUPCIÓN

Lucha contra el Soborno Disposiciones

Las disposiciones de la Ley irlandesa son muy similares a las de la Ley de Inglés en que prohíbe a las personas de manera corrupta dar o aceptar cualquier regalo o una ventaja como un premio o incentivo para llevar a cabo una acción o no llevar a cabo una acción.

Al igual que con el "BA" ciertos tipos de conducta empresarial normal, como la concesión o recepción de regalos propinas, entretenimiento o se podría considerar el soborno en la Ley y de las directrices expuestas en la página 5 se aplica también a la Ley irlandesa. Del mismo modo, la compañía puede ser responsable de los actos de terceros que actúan como agentes en su nombre. Un delito se haya cometido bajo la Ley si cualquier elemento de la corrupción ocurrido en Irlanda.

Cabe señalar que en virtud de la Ley irlandesa existe una presunción de corrupción en determinadas circunstancias, incluida la falta de publicidad de las donaciones políticas. También existe una presunción de corrupción cuando una persona da una ventaja a un funcionario público y la persona en cuyo nombre se le dio la ventaja había un interés por el Oficial Público tomar ciertas decisiones. Un ejemplo de los tipos de decisiones a las que se refiere esta disposición incluye las decisiones de planificación, o de las decisiones en relación con la concesión o denegación de las licencias o permisos.

Estructura de conformidad interna

Funcionario de Conformidad

Como empleado de RGIS con responsabilidad de administración día a día y supervisando esta Política Anti Corrupción, el In-House Counsel Europa, Da Elise Cordier, +44 1926 888 882, [email protected], debe ser el principal punto de contacto para el Personal de la Compañía que tenga problemas con la conformidad.

Responsabilidades del Personal

Se espera que el Personal de la Compañía este al pendiente de las Banderas Rojas y reporte inmediatamente cualquier posible violación a la Política Anti Corrupción. La Compañía toma todos los reportes como una falta de conducta potencial seriamente. Se harán investigaciones inmediatas sobre todos los reportes para determinar si hay una violación a la Política Anti Corrupción o a la ley y se llevarán a cabo las acciones necesarias. Si se le pide participar en una investigación, coopere totalmente y responda a las preguntas honestamente. Un reporte honesto de un empleado o su participación en una investigación o pueden ser la base para ninguna acción adversa.

Adicionalmente, se espera que el Personal de la Compañía cumpla con las siguientes obligaciones:

Asista a sesiones de capacitación relacionadas con la Política Anti Corrupción y sobre la aplicación de la FCPA y BA.

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Tome las medidas necesarias para asegurar que cualquier parte que actúe en nombre de la Compañía entiende los principios y la importancia de la Política Anti Corrupción.

Mantener registros en tiempo, exactos y completos de todos los gastos de los fondos de la Compañía.

Entender y respetar las políticas de otras compañías y agencias del gobierno con las que la Compañía haga negocios.

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FORMATO DE CONFORMIDAD: CÓDIGO DE CONDUCTA DE NEGOCIOS Y ÉTICA

Acepto que he recibido y revisado el Código de Conducta de Negocios y Ética de la Compañía. Entiendo totalmente que, como empleado, tengo la obligación de cumplir estrictamente estas políticas y principios y me acepto expresamente cumplir íntegramente este Código de Conducta. Avalo y certifico que excepto lo que se especifica abajo, no tengo conocimiento de ninguna oferta, pago, promesa de pago, autorización de pago, regalo, promesa de darlo o autorización para regalar cualquier elemento de valor u ofrecer directa o indirectamente a un funcionario externo, partido político o candidato o a cualquier persona, bajo el conocimiento de que tanto dinero como objetos de valor para obtener o retener un negocio o dar pagos para obtener un fallo favorable de una legislación, regulación o reglas que pudieran beneficiar a la Compañía.

Avalo y certifico que, de acuerdo con la política de la Compañía y para mis intereses, todos los registros, reportes y cuentas de las que soy responsable o de las que estoy al corriente por mis responsabilidades en la empresa, reflejan de manera exacta y adecuada todas las transacciones y disposiciones de los activos de la Compañía. Cuando tenga conocimiento de una posible violación a la Política de la Compañía, me compromete a reportarlo de acuerdo con los procedimientos del Código de Conducta.

Fecha Nombre Impreso Firma del Empleado División/Número de Distrito