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Ética y Derechos Humanos
Tema I – Características de la ética
Cultura occidental: conjunto de países de varios de continentes
cuyas lenguas y culturas
tienen su origen en las civilizaciones griega y romana.
Éthos: se refería a las costumbres que eran obligatorias en la
sociedad griega.
Carácter: conjunto de cualidades y disposiciones psicológicas y
de personalidad que
distinguen a un individuo de los demás.
Ética espontanea: es cuando se aplican juicios de valor en las
actividades cotidianas.
Ética sistemática: es cuando se aplican juicios de valor
mediante un proceso
metodológico, analítico y crítico.
La ética como ciencia y como arte
Positivismo: corriente de pensamiento creada por Comte, quien
afirma que la ciencia debe
basarse en los hechos y sus relaciones.
Arte: virtud, habilidad y disposición para realizar alguna
actividad. Es el acto o facultad
mediante los cuales, valiéndose de la materia, el hombre imita o
expresa lo
material/inmaterial de manera real/ficticia de algo que
exterioriza del interior.
Ciencias teóricas: son las que tienen como objeto contemplar la
verdad.
Ciencias prácticas: son las que tendrán de encontrar la verdad y
orientarla hacia la acción.
ÉTICA
CIENCIA
ARTE
GRIEGOS ÉTHOS
ROMANOS MORES
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La ética como ciencia
Ética normativista: son las normas a las que debe ajustarse la
conducta del individuo
debido a los diversos ámbitos en los que se desarrolla.
El papel de la ética es explicar, fundamentar, plantear y,
finalmente, resolver
problemas en torno a la moral; es aquí donde está su carácter
científico.
La ética, al categorizarse como ciencia requiere de las
condiciones siguientes:
Objetividad: pretende explicar los hechos tal como son, sin la
intervención de
elementos subjetivos como las emociones, ideológicas o
tendencias.
Racionalidad: existe un proceso que va desde los conceptos, pasa
por juicios y
arriba al racionamiento.
Sistematización: el conjunto de saberes de una ciencia es el
resultado de un sistema
de ideas relacionadas lógicamente entre sí.
Metodología: proceso para llegar a la verdad.
El método de la ciencia
El método de la ética no puede ser exclusivamente inductivo, ni
exclusivamente deductivo:
es analítico-deductivo, porque en la ética tenemos que conocer
la realidad con todas sus
variantes mediante el método experimental.
Tema II- Clasificación de las normas
Los elementos esenciales de la moral son:
Es un conjunto de normas: es un sistema del cual el hombre no
podrá prescindir.
Regulan la conducta del hombre: tienen el objeto de que el
hombre las utilice en sus
relaciones sociales.
Se realizan de manera consciente y libre: el individuo las
interioriza para que a
través de ellas realice el valor de lo bueno., vinculándose de
esta forma la moral con
la bondad.
Presenta dos planos, uno normativo y el otro fáctico o de
hechos.
Plano normativo de la moral: es el conjunto de reglas que la
sociedad impone al
individuo en función del deber ser.
Plano fáctico de la moral: se refiere a lo que en realidad hace
el individuo comparado con
lo que le impone la sociedad.
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Moralidad: es la moral que rige la conducta de un individuo en
la vida cotidiana y que en
ocasiones rompe con lo establecido en la sociedad.
Ley natural
La diferencia entre norma y ley radica en que, la norma se rige
principalmente al intelecto y
permite distinguir una coa de otra, en tanto que la ley se
dirige a la voluntad, imponiéndole
a ésta la obligación de conformarse a la norma.
Leyes físicas: son las que comprenden los fenómenos naturales y
se cumplen de manera
necesaria.
Ley natural: es la que se refiere al curso necesario de la
propia naturaleza sin establecer
distinción entre las leyes física y moral.
Reglas técnicas
Reglas técnicas: son una serie de procedimientos que se
requieren para lograr los fines
dados.
Normas jurídicas
Las normas jurídicas presentan las siguientes
características:
a) Coercibles: se refiere a que pueden ser exigidas mediante el
empleo de la fuerza.
b) Heterónomas: implica que su origen proviene de una voluntad
ajena a la de
aquellos que deben cumplirlas.
c) Bilaterales: quiere decir que frente al sujeto obligado por
la norma existe otro
facultado para exigir el cumplimiento de su obligación.
d) Exteriores: implica que lo importante es la relación u
obediencia a lo establecido
por la norma, sin tomar en consideración el parecer u opinión de
quien la cumple.
Las normas jurídicas son de las más importantes tanto a nivel
individual como para la
sociedad, ya que son las que dan origen y razón de ser al
derecho, que al igual que la ética,
trata de determinar la conducta de las personas con el objetivo
de que viva en armonía.
Norma Aplicación por
fuerza
En cuanto a su
creación
Una o más
personas
Voluntad del
hombre
Sanciones
Jurídica Coercible Heterónoma Bilateral Exterior Penadas
Moral No coercible Voluntad interna Unilateral Interior Sin
sanción
Técnica Necesarias Voluntad ajena Bilateral Exterior Sin
sanción
Social No coercible Voluntad interna Multilateral Exterior
Aislamiento
social
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Normas religiosas
Presuponen la aceptación de la voluntad de un Ser Supremo que
determina la realización de
nuestras acciones.
Ética religiosa: determina la existencia de una autoridad
omnipotente que señala lo que es
bueno o malo y su desobediencia es pecado.
Ética humanista: el hombre determina sus propias normas mediante
la razón y la
discusión.
Normas sociales
Normas sociales/convencionalismos sociales: son normas que se
aplican en el trato y
convivencia social.
Normas morales
La norma moral busca la realización del hombre como un fin. Para
lograr este propósito
cada individuo deberá basarse en un primer principio moral: “Haz
el bien y evita el mal”.
Tema III – El objeto de la ética y su relación con la moral
Objeto material de la ética: es el objeto al que se dedica el
estudio de la ética.
Objeto formal de la ética: se refiere a las características de
la cosa objeto de estudio.
Diferencia entre ética y moral
Preceptos morales: son los principios que se transmiten en la
familia, escuela o la
sociedad.
Principios éticos: es cuando aceptamos por nuestra propia
voluntad ciertos valores que nos
parecen buenos.
Inmoral: es la persona que actúa contra la norma del bien, es
decir, contra la moral.
Amoral: es la persona que carece de sentido moral y valor
moral.
Moral: se refiere al acto humano en su relación con la norma del
bien, identificándose con
la ética.
Concepto: es una limitación de la realidad captada por los
sentidos y percibida con
precisión.
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Conocimiento holístico: implica percibir la realidad en todos
sus aspectos y relaciones sin
sustituirla por conceptos.
Ética y normas jurídicas
Los derechos humanos también se definen como el conjunto de
derechos fundamentales
que tiene el individuo por e solo hecho de ser humano y que le
sirven para hacerlos valer
frente a los abusos del poder.
Los autores dividen a los derechos subjetivos públicos en dos
clases: garantías
individuales y garantías sociales.
Las garantías individuales, su vez, se dividen en garantías de
igualdad, libertad y
seguridad.
Garantías de igualdad: son la facultad mínima con que cuenta
todo individuo de tener la
misma condición, oportunidad o posición, comparado con otros
sujetos, frente al Estado.
Garantías de libertad: facultades mínimas que tiene el individuo
para hacer u omitir de
manera licita algo que no está prohibido ni ordenado por la
ley.
Garantías de seguridad: consisten en la facultad y certeza que
se da a las personas de que
se les respeten determinados derechos esenciales a su vida en la
sociedad. La ley protege a
todos los ciudadanos porque no pueden ser molestados ni en su
familia u hogar.
Garantías sociales: son las normas que el Estado concede como
garantía mínima a las
mayorías de población que están desprotegidas económicamente. Se
enfocan en los
problemas agrarios, la tenencia de la tierra y la propiedad de
la misma.
Tema IV – Actos humanos
Actos humanos: son los que precede de la voluntad deliberada del
hombre y se realiza por
su libre voluntad.
Actos del hombre: son los que se realizan sin conciencia, es
decir, se hacen por necesidad
o instinto.
Tipos de actos humanos
Actos éticamente buenos: son los que resultan acordes con la
naturaleza humana.
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Actos éticamente malos: son aquellos que no resultan adecuados a
la naturaleza humana ni
a su fin último. Son los que están en contra de la naturaleza
humana y rompen los esquemas
jurídicos y sociales.
Características de los actos humanos
Consentimiento directo: es cuando al realizar la acción se
consigue el objetivo deseado.
Consentimiento indirecto: sucede cuando al realizar la acción,
ésta conlleva una serie de
efectos anexos.
Características de los actos humanos:
Inteligencia: se refiere a que los actos humanos se realizan a
partir del uso de la
razón del sujeto que realiza la acción.
Voluntad: todo acto implica que el sujeto lo realice con pleno
convencimiento de
sus efectos, por lo que la voluntad del individuo, genera que
consiga el objetivo
determinado.
Imputabilidad: se refiere a que un acto puede atribuírsele a una
persona, quien es
responsable de los efectos de dicha acción.
Deliberación: es la acción de escoger una alternativa de varias
opciones y percibir
los aspectos positivos o negativos que se generan del hecho de
realizar determinada
acción.
Consentimiento: implica la capacidad del individuo para
consentir o aceptar
realizar una acción.
Tipo de actos
Humanos
Ilícitos Lícitos
Malos Buenos
Del hombre
Comer Dormir
No se reflexiona
si se hace o no
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Efectos de los actos humanos
Acto voluntario directo: es cuando se realiza una acción para
conseguir un fin y con él
lleva otro u otros efectos adicionales.
Acto voluntario indirecto: cuando al realizar una acción, aparte
del efecto que se persigue
de modo directo, se siguen otro u otros efectos adicionales que
no se pretenden, sino solo se
toleran por venir inseparablemente unido/unidos al primero.
Acto voluntario de doble efecto: sucede cuando al realizar un
acto, lleva anexos otros
efectos, uno bueno y otro malo.
Para que sea éticamente lícito realizar este tipo de acciones,
es precio que se den
cuatro condiciones:
1. Que el objeto del acto sea en sí mismo bueno, o al menos
indiferente.
2. Que el primer efecto inmediato que se produce sea el bueno y
e malo sea solo sus
consecuencia necesaria.
3. Que el que actúa se proponga el fin bueno, es decir, el
resultado del efecto bueno y
no el malo que solamente lo tolera.
4. Que exista un motivo proporcionado para permitir el efecto
malo.
Acto voluntario in causa: sucede cuando al realizar ciertas
acciones de efectos previsibles
se conocen las consecuencias que lo proceden.
En el acto voluntario in causa existen los dos factores del acto
humano:
conocimiento (se sabe lo que se hace y sus posibles
consecuencias), y decisión de la
voluntad (se arriesga a provocar los posibles efectos malos que
sigan de la acción).
Moralidad del acto humano
La bondad de un acto la componen diversos factores:
Objeto de una acción: es la acción misma, es decir, aquello que
se hace con conocimiento
y conforme o no con la ley natural.
Intención: es el objetivo que persigue quien realiza la
acción.
Circunstancias: son elementos que contribuyen a agraviar a
disminuir la bondad o maldad
de la acción.
Se pueden considerar como circunstancias los siguientes
elementos:
-
Consecuencias o efectos: se refiere al aspecto futuro del
acto.
Quién o quiénes realizan la acción: se refiere o implica conocer
el sujeto o los
sujetos que llevaron a cabo el acto bueno o malo.
Modo en que se realizó la acción: se refiere a conocer la manera
en la que se llevó
a cabo el acto.
Qué es lo que se realiza: es tener conocimiento de la acción que
se realizó.
Dónde ocurrió el acto: implica identificar el lugar geográfico
en el que se llevó a
cabo la acción.
Los medios con los que se realiza: se refiere a identificar los
instrumentos o
elementos que utilizó la persona para realizar el acto.
Cuándo ocurre ésta: implica conocer el espacio temporal o la
fecha en que se hizo
el acto.
Tema V – El bien
Diversas acepciones del concepto bien
Bien físico: consiste en la integridad de las partes de un ser y
en una competencia de
actividad.
Bien ontológico/metafísico: se refiere a que todo ser, por el
solo hecho de serlo, tiene en sí
una bondad y es bueno para alguna cosa.
Bien moral: se refiere al bien que está limitado a la
conducta.
Bien aparente: es el que toma como verdadero sin serlo, es algo
que parece bueno en lo
superficial, pero en esencia es malo.
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Bien verdadero: busca la consecución de un bien absolutamente
necesario.
Bien instrumental: sirve como medio para buscar otro elemento
mejor, es decir, no
funciona por amor al bien mismo, sino como medio para conseguir
otro más deseable.
Bien placentero: es aquel que nos atrae de la manera más viva,
por la satisfacción y el
placer que nos procura, sin considerar si habrá de ser o no
provechoso para nuestro ser.
Bien apropiado: contribuye a la perfección de nuestro ser en su
conjunto, porque es
adecuado al individuo, esta acepción hace referencia a los
valores que son parte de un
individuo y que lo mejoran como persona.
Bien intrínseco: es el que además de ser apropiado, es bueno en
sí mismo como valor
independiente debido a que se refiere a lo justo, honorable,
noble, virtuoso, entre otros
valores que mejoran la condición humana.
Filosofía hedonista: corriente filosófica que consideraba que en
la vida todo debía ser
placer.
Filosofía utilitaria: corriente que tenía como principio que
toda conducta debería tener un
uso útil y necesario.
Falacia naturalista: se refiere a una afirmación que es falsa
por las características de su
naturaleza.
El bien como fin
Aristóteles afirmo que “El bien es aquello que todas las cosas
persiguen”.
Cambio: es un proceso al que está expuesta toda la materia para
cambiar y tener un fin.
Teleología: corriente filosófica que afirma que todo en el
universo tiene un fin.
Teoría mecanicista: corriente de pensamiento que afirma que
todos los cambios ocurren
por el azar.
Actividad teleológica: es la actividad natural de cada cosa, es
decir, son los cambios que
ocurren a algo por si solos.
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El bien como deber ser
El primer deber del hombre es perfeccionar su esencia como tal,
ya que él es un bien en sí
mismo, y los preceptos morales precisamente permiten llevar a
cabo este propósito o fin.
En este sentido se debe seguir el bien moral, para de esa forma
vivir una vida buena y
realizarse como personas.
El deber ser siempre impone a los individuos una serie de
lineamientos a seguir, a
diferencia del ser, que es el simple hecho de pertenecer o ser
parte del universo, mientras
que el deber ser impone normas y conductas a seguir.
Tema VI - El Valor
Axiología: rama de la filosofía que estudia los valores
morales.
El problema de la definición del valor
Enfoque subjetivista del valor: el valor corriente que considera
los valores de la forma en
que los individuos los asimilan.
Enfoque objetivista del valor: considera que los valores son
independientes al individuo,
son inmutables y absolutos.
Características de los valores
Polaridad: los valores se dan en pares, ya sea positivo o
negativo.
Inherencia: los valores no existen en sí mismos, sino que se dan
siempre en un
sujeto.
Transcendencia: los valores nunca se realizan perfectamente, no
se identifican con
los objetos, están más allá de ellos.
Preferencia: es la atracción que el valor ejerce sobre nosotros,
siempre existe una
actitud de aceptación o rechazo frente a otros valores.
Jerarquía: los valores se ordenan por su importancia, hay
valores superiores e
inferiores.
Heterogeneidad: los valores se diferencian cualitativamente,
debido a que
dependen del sujeto que los realiza.
Objetividad: los valores se dan en los objetos pero siempre por
y para el hombre.
Jerarquía de los valores
Max Scheler propone los siguientes criterios de ordenación para
los diferentes valores:
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Duración: se considera un valor superior a otros si posee mayor
duración, o el bien
donde se ubica el valor puede durar un mayor tiempo que
otro.
Divisibilidad: los valores son superiores en cuanto menos puedan
dividirse.
Fundamentación: es superior aquel valor que fundamenta a
otro.
Satisfacción: aquel valor que satisface más, es superior a
otros.
Relatividad: el valor es superior cuando se relaciona con los
aspectos superiores de
la persona que complementa.
Max Scheler propone la siguiente tabla de valores:
Lo agradable y desagradable.
Lo noble y lo vulgar.
Valores espirituales.
Valores de lo santo.
Valores
religiosos Sagrado - Profano
Valores
espirituales
Morales
Intelectuales
Estéticos
Justo - Injusto
Bueno - Malo
Verdadero - Falso
Evidente - Dudoso
Bello - Feo
Elegante - Tosco Valore vitales
Sano – Enfermo
Fuerte - Débil
Valore útiles Caro – Barato
Útil - Inútil
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Valor moral
El valor moral es el que hace a un hombre bueno, en el sentido
total de la palabra.
Las características del valor moral son:
Solo puede darse en seres libres y en actos voluntarios o
humanos.
Los valores morales son universales, es decir, son válidos para
todos en iguales
condiciones.
Los valores morales se justifican a sí mismos.
El valor moral tiene supremacía sobre cualquier otro valor.
Implica obligación.
Tema VII – Libertad
Libertad: es la capacidad que tiene el individuo de poder
autodeterminarse como
verdadero autor de su conducta.
Autodeterminación
Autodeterminación: es cuando el individuo tiene el pleno dominio
de poder decidir acerca
de su propia conducta sin ninguna intervención externa.
Responsabilidad moral: es la posibilidad de decidir y actuar con
libertad, con el
conocimiento de que es responsable de las consecuencias de su
conducta.
Teorías sobre la libertad de autodeterminación
Determinismo absoluto: teoría que sostiene que la conducta del
hombre ya está
determinada por el principio de causalidad.
Teoría del libertarismo: afirma que la conducta del hombre es
una autodeterminación del
yo e identifican con este concepto la libertad.
Teoría de la conducta determinada: sostiene que la conducta del
hombre está
determinada, pero esta determinación no impide la libertad, sino
que es la condición
necesaria de ella.
Clases de libertad
De acuerdo con Rubén Sanabría, las clases de libertad son:
Libertad física: libertad corporal de actuar.
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Libertad de coacción: ausencia de cualquier determinación
proveniente de causas
externas a la voluntad.
Libertad de elección o psicológica: no basta que el sujeto no
esté determinado por
nada.
Libertad ética o moral: capacidad de elegir entre el bien y el
mal con plena
conciencia.
Libertad existencial: trasciende y comprende los niveles
anteriores.
Coacción: fuerza que se ejerce sobre una persona para que
realice alguna conducta incluso
contra su voluntad.
Límites y condicionamientos de la libertad
1. Ignorancia: ausencia de conocimientos. Se le considera un
obstáculo a la libertad,
porque para elegir es necesario conocer.
a) Ignorancia culpable: es cuando se ignora lo que se debe
saber.
b) Ignorancia no culpable: sucede cuando no se sabe lo que no se
debe saber.
2. Miedo: es la aprensión de un mal inminente. Cuando es una
emoción, es un
trastorno del apetito sensible, cuando es un reflejo que produce
temor.
3. Violencia: es una fuerza externa, física o psíquica ante la
cual es difícil o imposible
resistirse.
4. Desajustes psíquicos: los problemas psíquicos debilitan la
libertad cuando la
persona se siente atada a ciertos patrones de conducta o pautas
de defensa como la
ansiedad y la angustia.
Garantías de libertad en México
Algunos autores clasifican a las garantías de libertad de la
siguiente manera:
Corporales: está prohibida la esclavitud y que no se permite ni
válido ningún trato
que tenga como objeto privar de la libertad a alguien.
De educación: la ley fundamental señala en su artículo 3 que la
educación debe ser
libre y ajena a la imposición de una creencia religiosa y que
debe ser basada en la
ciencia.
Laborales: todo individuo tiene la libertad de ejercer la
profesión u oficio que
cualquiera y con la remuneración necesaria.
De prensa y de ideas: los individuos tienen la libertad de
manifestar lo que quieran
por cualquier medio.
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De reunión y asociación: las personas tienen la libertad de
reunión para los
objetivos que requieran, siempre y cuando sea de manera pacífica
y por escrito.
Transitar y poseer armas: todos pueden circular de manera libre
por todo el
territorio nacional sin que sea limitado, además las personas
pueden poseer armas,
con el permiso específico y con fines lícitos.
Tema VIII – Obligación moral
Norma: es una serie de reglas que se dirigen al intelecto y
permite distinguir una cosa de la
otra.
Ley: es la regla que se impone a la voluntad para obligarla a
ajustarse a la norma.
Características de la ley
Son una ordenación porque se trata de un mandato, una orden
emanada de la
voluntad de un superior que obliga a un inferior con necesidad
moral.
La ley es de razón, porque proviene de un proceso mental basado
en la recta razón.
Es congruente con otras leyes y derechos; debe dar a cada quien
lo suyo, es decir,
debe de ser justa, su observancia debe ser efectiva y útil en
razón al bien que
persigue.
Decimos que la ley es para el bien común, porque persigue el
bienestar de una
comunidad en su totalidad y no para los individuos como
tales.
Ha de ser promulgada, lo que implica que debe hacerse pública
para que todo el
mundo pueda conocerla.
Debe provenir de aquel que cuida de la comunidad, es decir, debe
ser creada por el
legislador.
Por su naturaleza, la ley debe ser imperativa, razonable, útil
para la comunidad, promulgada
y autoritaria.
Leyes físicas: son las que están predeterminadas, es decir, que
expresan o se dan por
relaciones de causalidad.
Ley natural: es la que está constituida y tiene sus raíces en la
naturaleza humana.
Fagothey resume los conceptos relativos a la ley moral natural
de la siguiente
forma:
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1. Ha de ser una ley.
2. Ha de ser una ley moral.
3. Ha de ser una ley natural.
Cuando no cumplimos alguna obligación, se da un remordimiento,
en el que hay dos
facetas: remordimiento psíquico se manifiesta como un estado de
ánimo, como un
sentimiento de pena. En el remordimiento ético hay un
sentimiento de pena, pero
merecida, motivado por el incumplimiento del deber.
Propiedades de la obligación
Obligación moral: es la presión que ejerce la razón sobre la
voluntad enfrente de un valor
para comportarse de determinada manera:
La obligación se da de dos formas:
Obligación absoluta: cuando el hombre percibe por medio de su
razón el valor moral entre
muchos otros valores, en el ejercicio pleno de su libertad y
autonomía, sabe que el valor
ético se impone absolutamente por encima de todos los demás
valores.
Obligación incondicional: el valor moral no puede condicionarse
a ningún otro, de manera
que la obligación se presenta a la conciencia en forma de
disyunción o de condición.
Responsabilidad
Responsabilidad: es la disposición de quien se sabe que es causa
de una acción y de las
consecuencias de ésta.
Para que exista la responsabilidad deben darse los siguientes
supuestos:
a) Un sujeto consiente y libre para actuar o no actuar.
b) Una norma moral.
c) Un acto.
d) Las consecuencias de este acto.
Tipos de sanción
Sanción: es la promesa de recompensa al observar la ley o la
amenaza de castigo cuando se
rompe la ley.
La sanción puede contemplarse desde dos perspectivas: como
sanción antecedente y
consecuente.
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Sanción antecedente: cuando motiva a la gente a cumplir la ley o
cuando le proscribe el
vulnerarla.
Sanción consecuente: cuando premia o castiga después que la ley
haya sido cumplida o
violada.
Existen diversas clases de sanciones:
Sanción natural: cuando la consecuencia del acto realizado es
producto del mimo
incumplimiento o violación de la ley.
Sanción positiva: cuando proviene de una voluntad ajena a la
nuestra que no tiene algún
tipo de relación natural con el acto violado.
Sanción perfecta: cuando otorga a nuestra voluntad racional una
motivación suficiente
para observar la ley al mismo tiempo establece una igualdad
entre el mérito y la
recompensa.
Sanción imperfecta: cuando de alguna forma es débil o injusta o
puede reunir estas dos
posibilidades.
Tema IX – Conciencia
Proceso de la conciencia
Conciencia: es la capacidad que permite a las personas juzgar
acerca de la maldad o
bondad de sus actos.
Existen tres elementos a los que se refiere el término
conciencia:
1. Al intelecto como facultad de formar juicios acerca de los
actos individuales buenos
o malos.
2. Al proceso de razonamiento que sigue el intelecto para llegar
a semejante juicio.
3. Al juicio mismo, que es la conclusión del proceso
discursivo.
Conciencia Intelecto Deductivo
lógico
Premisa mayor
Premisa menor Conclusión
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Sindéresis: es un principio moral general formado en la mente
por medio de los hábitos y
constituye la base de la conducta.
La premisa mayor, es un principio moral general (sindéresis). La
premisa menor es el
acto particular a realizar aquí y ahora.
Clasificación de la conciencia
Cuando hacemos lo que nuestra conciencia aprueba o desaprueba,
para tener una mayor
seguridad en nuestra forma de actuar, se dan dos normas
fundamentales:
1. Obedece siempre a una conciencia cierta.
2. No actúes nuca con una conciencia dudosa.
Conciencia y crisis moderna
Nuestra conciencia puede actuar de tres maneras:
a) Razón: se identifica como conciencia de lo universal.
b) Reflexión: como conciencia de sí misma.
c) Apreciación: cuando se identifica como conciencia de los
valores.
Anomia: se refiere a una sociedad desorganizada debido a la
ausencia, contradicción o
incongruencia de las normas sociales.
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Tema X – Los derechos humanos
Concepto y antecedentes
Derechos humanos: son las facultades y libertades civiles,
políticas, sociales y culturales
que garantiza el Estado para todos los individuos por el hecho
de ser humanos.
Declaración de los Derechos del Hombre
y del ciudadano
→ Estados Unidos, 1787
Declaración de los Derechos del Hombre
y del ciudadano
→ Francia, 1789
Declaración Universal de los Derechos
Humanos
→ ONU, 1948
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos
→ México, 1917
Universalización de los valores humanos
Existen tres niveles de comportamiento al respecto:
Nivel preconvencional
Quien vive en este nivel juzga siempre según su propio egoísmo,
no tiene otra forma de
mirar la realidad, ni conoce otra medida. Es bueno solo lo que
va bien con su egoísmo.
Nivel convencional
Quien vive en este nivel tiene por justas las normas de su
propia comunidad y solo ellas, o
no mira a las demás comunidades con la misma objetividad que la
suya.
Nivel posconvencional
Universalidad: es un principio de los derechos humanos que se
refiere a que en todo lugar
y tiempo se deben hacer validad.
Quien no se sitúa en este nivel no ha aprendido a distinguir
entre las normas de
nuestra comunidad concreta y principios universalistas que
tienen en cuenta a todo la
humanidad desde los cuales podemos poner en cuestión todo lo
demás. Estos últimos son
los que legitiman las instituciones democráticas.
Testimonialidad: se refiere a que los derechos se deben llevar a
la práctica y no solo
decirlos verbalmente.
-
Amparo: es un recurso que puede usar todo individuo cuando sea
afectado en sus derechos
humanos y contra algún abuso de autoridad.
Principio de universalidad axiológica: implica que los valores
humanos se deben aplicar
a todo mundo, sin excepción alguna. Si no valen para todos, no
valen para ninguno.
Generaciones de los derechos humanos
Tras la terminación de la segunda guerra mundial, la declaración
universal de los derechos
humanos (1949), que con el curso del tiempo ha ido
desarrollándose hasta el punto de que
hoy hablamos de tres generaciones.
Primera generación
Los derechos humanos de la primera generación son las libertades
civiles o libertades y la
libertad política. Estos derechos son valores de libertad.
Libertades civiles: son las facultades que tienen los ciudadanos
para expresarse, asociarse,
transitar y trabajar libremente.
Libertad política: es la facultad de los individuos de
participar en la política de manera
directa o a través de sus representantes.
Estos fueron los primeros que exigió y formulo el pueblo en la
Asamblea Nacional durante
la Revolución Francesa (s. XVIII). Como resultado de esas
luchas, esas exigencias fueron
consagradas como auténticos derechos y difundidos
internacionalmente, entre los cuales
figuran:
Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin
distinción de raza,
color, idioma, posición social o económica.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la
seguridad jurídica.
Los hombres y mujeres poseen iguales derechos.
Nadie está sometido a esclavitud o servidumbre.
Nadie será sometido a tortura, ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes,
ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada,
familiar, domicilio o
correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su
residencia.
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a
buscar asilo y a
disfrutar de él, en cualquier país.
-
Los hombres y mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el
número de hijos que
desean.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de
religión.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y
expresión de ideas.
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de
asociación pacífica.
Segunda generación
Estos derechos se agrupan bajo la expresión “libertades respecto
de” o “liberación”. Estos
derechos son valores de igualdad.
Los derechos de la segunda generación, también se denominan
derechos
económicos, sociales o culturales.
Se demanda un Estado de bienestar que implemente acciones,
programas y
estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de
manera efectiva, y son:
Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la
satisfacción de los
derechos económicos, sociales y culturales.
Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas
y satisfactorias.
Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa
de sus intereses.
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure a ella y a su
familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia
médica y los servicios
sociales necesarios.
Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a
cuidados y
asistencias especiales.
Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas
modalidades.
La educación primaria y secundaria es obligatoria y
gratuita.
Tercera generación
Los derechos humanos de la tercera generación exigen aún más que
los restantes de la
solidaridad internacional. Exigen la colaboración internacional
y llevan al cosmopolitismo.
Estos derechos son valores de solidaridad. Entre otros
destacan:
La autodeterminación.
La independencia económica y política.
La identidad nacional y cultural.
La paz.
La coexistencia pacífica.
El entendimiento y confianza.
La cooperación internacional y regional.
La justicia internacional.
-
El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
La solución de los problemas alimenticios, demográficos,
educativos y ecológicos.
El medio ambiente.
El patrimonio común de la humanidad.
El desarrollo que permita una vida digna.
Mandatos absolutos y prudenciales
Deberes absolutos: son los que deben ser obedecidos sin
excepción porque prohíben
atentar contra un valor absoluto.
Mandatos positivos: son los que admiten gradaciones y
excepciones.
Tema XI – Protección de los derechos humanos
Amnistía Internacional
Visión: un mundo en el que todos las personas disfruten en
plenitud de sus derechos
humanos.
Misión: consiste en investigar y realizar acciones que pongan
fin a los abusos contra los
derechos humanos.
Amnistía internacional: es un organismo de nivel mundial que
tiene más de cuatro
décadas en la lucha contra las violaciones a los derechos
humanos.
-
Tortura: aplicar a una persona diversos tipos de padecimientos
corporales o psíquicos con
el fin de persuadirlo para que haga o diga algo.
Presos de conciencia: se les llama así a los que están presos
por su tendencia política o
ideológica, así como a los encarcelados por su orientación
sexual.
Métodos
AI es un organismo que es parte de la ONU, por lo que trabaja de
manera independiente
con los gobiernos, sin embargo, esto no significa que no
colabore con ellos o no los
consulte/asesore en la lucha contra el atropello de los derechos
humanos.
AI se dirige de manera directa a gobiernos, organizaciones
intergubernamentales,
grupos políticos armados, empresas y otros agentes no
estatales.
Para sacar a luz abusos contra los derechos humanos de forma
precisa, rápida y
persistente, lo realiza mediante la investigación sistemática e
imparcial de violaciones de
los derechos humanos. Además da a conocidos por el público en
general y por las
instituciones o gobiernos para que terminen con esos abusos.
Opinión pública: se refiere a la opinión de la sociedad que
puede ser utilizada para
presionar a los gobiernos a realizar alguna acción.
En resumen, los métodos de la Amnistía Internacional son
tres:
1. Consulta.
2. Asesoría.
3. Publicación de atropellos a derechos humanos.
Estas formas van dirigidas a:
-
Empresas.
Gobiernos.
Organismos intergubernamentales.
Grupos políticos.
Organizaciones no gubernamentales
Las Naciones Unidas cuentan con el apoyo de grupos civiles que a
veces incluso arriesgan
su vida en la promoción de los derechos humanos. Estos grupos
junto con las Naciones
Unidas trabajan para presionar a los gobiernos para que respeten
los derechos
fundamentales.
Asimismo, son una muy importante fuente de información para la
labor de las
Naciones Unidas, desempeñando una función activa en relación con
la labor de la Comisión
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Su presencia ha sido notable desde la redacción de la Carta de
las Naciones
Unidas, donde 40 organizaciones no gubernamentales y varias
delegaciones, especialmente
de países pequeños, presionaron para lograr la inclusión de los
derechos humanos en dicho
documento.
Tema XII – Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)
Estructura de la CNDH
Presidencia
El presidente de la CNDH ejerce la representación legal del
organismo y es el responsable
de formular los lineamientos generales para las actividades
administrativas y dictar las
medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor
desempeño de las funciones del
organismo.
Celebra acuerdos de coordinación y convenios de colaboración con
autoridades y
organismos de defensa de derechos humanos, así como con
instituciones académicas y
asociaciones culturales.
El presidente de la CNDH aprueba y emite recomendaciones
publicas autónomas y
formada las propuestas para lograr una mejor protección de los
derechos humanos en el
país.
Requisitos:
1. Mexicano por nacimiento.
2. Estar en pleno uso de los derechos políticos y civiles.
3. Tener más de 35 años de edad.
4. Gozar de buena reputación.
5. No haber sido condenado por delito intencional que amerite
pena corporal.
-
Consejo consultivo
El consejo consultivo de la CNDH se integra por 10 consejeros
que son elegidos por el
voto de las 2/3 partes de los miembros presentes de la cámara de
senadores, o, en sus
recursos, por la Comisión Permanente del H. Congreso de la
Unión, con la misma votación
calificada.
Sus cargos son honorarios y el presidente es también el
presidente de la CNDH. El
consejo cuenta con un secretario técnico, quien es designado por
el propio Consejo a
propuesta del presidente de la CNDH.
Las funciones del Consejo, destacan:
1. Establecer los lineamientos generales de actuación de la
comisión nacional.
2. Aprobar el reglamento interno de la comisión nacional.
3. Aprobar las normas de carácter interno relacionadas con la
comisión nacional.
4. Opinar sobre el proyecto de informe anual del presidente de
la comisión nacional.
5. Solicitar al presidente de la comisión nacional información
adicional sobre los
asuntos que se encuentren en trámite o haya resuelto la comisión
nacional.
6. Conocer el informe del presidente de la comisión nacional
respecto al ejercicio
presupuestal.
El consejo funciona en sesiones ordinarias o extraordinarias, y
toma sus decisiones por
la mayoría de votos de sus miembros presentes. Las sesiones
ordinarias se verifican cuando
menos una vez al mes. Las sesiones extraordinarias pueden
convocarse por el presidente de
la comisión nacional o mediante la solicitud que a éste formulen
por lo menos 3 miembros
del consejo.
Secretaria ejecutiva
La secretaria ejecutiva es el área encargada de dar seguimiento
a la agenda internacional en
materia de derechos humanos para recomendar al consejo
consultivo y al presidente de la
CNDH las políticas generales que en esta materia habría de
seguir la CNDH ante las
instancias regionales e internacionales, así como con organismos
no gubernamentales
internacionales.
Tiene facultades y obligaciones en el ámbito interno. Para la
consecución de sus
labores, cuenta con un área de asuntos internacionales que
coordina el seguimiento de la
agenda internacional sobre los derechos humanos.
También es el área que promueve y desarrolla las actividades de
seguimiento,
cooperación, intercambio de información y experiencias con
instituciones nacionales de
promoción y defensa de los derechos humanos.
Ombudsman: es como se denomina a las personas que están a cargo
de las oficinas que
defienden los derechos humanos.
-
En periodos mensuales, la SE publica la Carta de Novedades en su
versión en
español y Newsletter en su versión en inglés. En este boletín se
presentan las
recomendaciones que la CNDH emite.
La dirección de Enlace y Cooperación, es su responsabilidad la
investigación en materia de
los derechos humanos de los grupos vulnerables. Para lograr
esto, la SE y la de DEC
promueven la cooperación nacional e internacional mediante
convenios de colaboración
con otras instituciones homologas o con asociaciones privadas o
fundaciones con el fin de
proveer a la CNDH de recursos extrapresupuestales.
Otra de las labores de la SE en el seguimiento de la agenda
internacional es la de la
promoción de los derechos humanos, esto a través de la Dirección
de Análisis y
Divulgación, que además se encarga de la realización del ciclo
anual de conferencias sobre
derechos humanos.
Dirección General de Quejas y Orientación
Las funciones de la Dirección General de Quejas y Orientación
son las siguientes:
1. Recibir y registrar los escritos de queja por presuntas
violaciones a los derechos
humanos.
2. Despachar toda la correspondencia concerniente a la atención
de las quejas.
3. Realizar las labores de orientación al público cuando de la
queja se desprenda
fehacientemente que no se trata de violaciones a los derechos
humanos.
4. Turnar a las vestiduras generales los escritos de queja,
inmediatamente después de
que se hayan registrado.
5. Operar y administrar el banco de datos en el que se registren
todas las acciones
llevadas a cabo por la Comisión Nacional.
6. Presentar al presidente de la comisión nacional los informes
periódicos y los
proyectos anuales sobre el avance en la tramitación de los
expedientes.
7. Coordinar sus labores con los responsables de las visitaduras
generales.
8. Informar a los quejosos los datos generales sobre los avances
de sus expedientes.
9. Administrar el archivo general de la comisión nacional en
cuanto a los expedientes
concluidos.
10. Analizar toda la correspondencia que se recibe en las
oficinas de la comisión
nacional y turnarla a los órganos o dependencias administrativas
a ellos dirigidos.
Funciones de la CNDH
Atribuciones
Recibir quejas por presuntas violaciones a los derechos
humanos.
Conocer e investigar a petición de parte o de oficio.
-
Formular recomendaciones públicas no vinculatorias así como
denuncias y quejas
ante las autoridades respectivas.
Acudir ante los organismos internacionales de protección de los
derechos humanos,
ante el incumplimiento de las recomendaciones de la comisión o
cuando se cometan
violaciones graves a los derechos humanos.
Sustanciar y resolver el incidente de presentación de personas
en los términos de la
presente ley.
Sin menoscabo de la ley, procurar la conciliación entre los
quejosos y las
autoridades o servidores públicos señalados como presuntos
responsables.
Promover la observancia de los derechos humanos en el estado y
en los municipios.
Formular y proponer programas y acciones que impulsen el
cumplimiento en el
estado de los tratados en materia de derechos humanos de los que
México forma
parte.
Formular y proponer políticas públicas en materia de derechos
humanos.
Promover y fomentar la investigación científica, el estudio, la
enseñanza y
divulgación de los derechos humanos en el ámbito estatal y
municipal.
Elaborar y ejecutar programas preventivos, formativos y de
difusión en materia de
derechos humanos.
Promover la participación del sector público, social y privado,
en la formulación y
ejecución de los programas preventivos, formativos y de difusión
en materia de
derechos humanos.
Celebrar convenios y acuerdos de coordinación y colaboración
tendientes al
cumplimiento de sus fines con instituciones públicas y
privadas.
Realizar visitas periódicas, con la finalidad de verificar y
supervisar el irrestricto
respeto a los derechos humanos en:
a) Establecimientos del sector público estatal y municipal
destinados a la detención
preventiva, custodia y de readaptación social.
b) Orfanatos, asilos, hospicios, albergues, hospitales y
similares.
c) Zonas rurales.
Expedir y modificar su reglamento.
El procedimiento de queja
Debe ser breve y sencillo, gratuito.
Solo estará sujeto a ciertas formalidades para la
investigación.
Escrita o verbal; en casos urgentes, podrá enviarse por
teléfono, fax, o cualquier
medio de comunicación, a ratificarse los posteriores 5 días.
La comisión procurara confidencialidad.
-
Conciliación: procedimiento en el que la CNDH propone al
agraviado y las autoridades
responsables llegar a un acuerdo para terminar con el
conflicto.
Autoridades responsables: son los que la CNDH ha resuelto
declarar como culpables de
la denuncia que realizó algún ciudadano al que se afectaron sus
derechos humanos.
Recomendaciones
Recomendaciones: son documentos que emite la CNDH a las
autoridades responsables
para que restituyan los derechos humanos a los agraviados.
Las recomendaciones contendrán los siguientes elementos:
1. Nombre del quejoso, autoridad/servidor público responsable,
número del
expediente, lugar y fecha.
2. Descripción de los hecho violatorios de los derechos
humanos.
3. Análisis de evidencias que demuestren la violación de los
derechos humanos.
4. Descripción de la situación jurídica generada por la
violación de los derechos
humanos y del contexto en que los hechos se presentaron.
5. Observaciones, adminicularían de pruebas y razonamientos
lógico-jurídicos y de
equidad en los que se soporte la convicción sobre la violación
de derechos humanos.
6. Recomendaciones.
Las recomendaciones se notificaran en un plazo de 3 días.
La autoridad responsable tendrá 10 días después de la
notificación para aceptarla o
no.
Si la respuesta es positiva, tendrá 15 días para responder la
aceptación.
Acuerdos de no responsabilidad
Acuerdos de no responsabilidad: documento que expide la oficina
de derechos humanos
en el que se establece la autoridad no violó los derechos
humanos.
Los acuerdos de no responsabilidad contendrán los siguientes
elementos:
1. Nombre del quejoso, autoridad señalada como responsable,
número de expediente
de la queja, lugar y fecha.
2. Descripción sucinta de los hechos que fueron alegados como
violatorios de los
derechos humanos.
3. Relación de las evidencias y medios de convicción que
demuestren la no violación
de derechos humanos o la inexistencia de las evidencias en que
se soporta la queja.
4. Análisis de los motivos de la resolución.
-
5. Conclusiones.
Los recursos de queja e impugnación
Recurso de impugnación: es un recurso que tiene el quejoso para
impugnar alguna
decisión que la oficina de derechos humanos haya hecho de manera
negativa.
Plazo: 10 días hábiles.
En resumen, las funciones de la CNDH son: