Carrera 46 No. 20B – 99 Edificio COPER 4 piso 4261426 Extensión 38282 [email protected]www.ejercito.mil.co Bogotá, 21 de abril de 2020 ESTUDIOS PREVIOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 094- CENACPERSONAL-2020 CUYO OBJETO ES “CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EQUIPOS CCTV, SISTEMA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO, UPS Y BATERÍAS EN EL EDIFICIO COMANDO DE PERSONAL COPES, A EJECUTAR EN LA VIGENCIA 2020.” 1. ANTECEDENTES 1.1. ADQUISICIONES PREVIAS DE LAS ENTIDADES ESTATALES La CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ESPECIALIZADA DE PERSONAL no ha realizado contrataciones con igual objeto contractual, por tal razón no se encuentran datos que nos sirvan como antecedentes para el actual proceso contractual. ADQUISICIONES REALIZADAS POR OTRAS ENTIDADES CON LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Entidad y No. del Contrato Tipo de Contratación Objeto V/r del Contrato Pagos Adjudicatario F. Firma del Contrato, Lugar de Entrega y F. Entrega Garantías POLICIA NACIONAL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PN- DIJIN N. 03-7- 10076-19 Selección abreviada subasta inversa MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SISTEMAS DE SEGURIDAD DE LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL E INTERPOL $167.909.09,00 IVA INCLIUIDO PAGOS PARCIALES MÁXIMO NUEVE (9) MESES PROXEL COLOMBIA SAS 25 DE SEPTIEMBRE DE 2019 - BOGOTÁ CALIDAD DEL SERVICIO 50% CALIDAD DEL BIEN 50% PAGO DE SALARIOS PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES SOCIALES 5% CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE DE TELEMÁTICA Mínima cuantía MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO EQUIPOS CIRCUITO CERRADO DE TELEVISION (CCTV), SISTEMA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO, UPS Y BATERIAS DEL COPER $ 44.700.000,00 PAGO TOTAL SEGURIDAD PERCOL LTDA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2019- BOGOTÁ CALIDAD DEL SERVICIO 30% CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 20% PAGO DE SALARIOS PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES SOCIALES 10% FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA EJÉRCITO NACIONAL CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ESPECIALIZADA DE PERSONAL CENAC PERSONAL
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CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ESPECIALIZADA DE ...
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ESTUDIOS PREVIOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. 094-CENACPERSONAL-2020 CUYO OBJETO ES “CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EQUIPOS CCTV, SISTEMA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO, UPS Y BATERÍAS EN EL EDIFICIO COMANDO DE PERSONAL COPES, A EJECUTAR EN LA VIGENCIA 2020.”
1. ANTECEDENTES
1.1. ADQUISICIONES PREVIAS DE LAS ENTIDADES ESTATALES
La CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ESPECIALIZADA DE PERSONAL no ha realizado contrataciones con igual objeto contractual, por tal razón no se encuentran datos que nos sirvan como antecedentes para el actual proceso contractual.
ADQUISICIONES REALIZADAS POR OTRAS ENTIDADES CON LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
Entidad y No. del Contrato
Tipo de Contratación
Objeto V/r del Contrato Pagos Adjudicatario
F. Firma del Contrato, Lugar de Entrega y F.
Entrega
Garantías
POLICIA NACIONAL
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PN-DIJIN N. 03-7-
10076-19
Selección abreviada subasta inversa
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO SISTEMAS DE
SEGURIDAD DE LA DIRECCIÓN
DE INVESTIGACIÓN
CRIMINAL E INTERPOL
$167.909.09,00 IVA INCLIUIDO
PAGOS PARCIALES
MÁXIMO NUEVE (9)
MESES
PROXEL COLOMBIA
SAS
25 DE SEPTIEMBRE
DE 2019 - BOGOTÁ
CALIDAD DEL SERVICIO 50%
CALIDAD DEL BIEN 50%
PAGO DE SALARIOS PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES
SOCIALES 5%
CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE DE
TELEMÁTICA
Mínima cuantía
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO
EQUIPOS CIRCUITO
CERRADO DE TELEVISION
(CCTV), SISTEMA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO, UPS Y BATERIAS DEL
COPER
$ 44.700.000,00 PAGO TOTAL SEGURIDAD
PERCOL LTDA
27 DE SEPTIEMBRE
DE 2019- BOGOTÁ
CALIDAD DEL SERVICIO 30%
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 20%
PAGO DE SALARIOS PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES
SOCIALES 10%
FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA EJÉRCITO NACIONAL
CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ESPECIALIZADA DE PERSONAL
1.2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD Y ANÁLISIS DEL SECTOR El Ministerio de Defensa Nacional – Ejercito Nacional – Comando de Personal pretende satisfacer las necesidades
de Mantenimiento de los equipos activos del Edificio COPER, para garantizar la seguridad física de las instalaciones
y el acceso a las distintas aplicaciones con las que cuenta la fuerza, por lo tanto se requiere realizar un mantenimiento
preventivo y correctivo a los equipos que hacen parte que hacen parte integral de los sistemas de telecomunicaciones
y seguridad electrónica para garantizar el funcionamiento de los diferentes sistemas como son video vigilancia, control
de acceso, sala de videoconferencia y respaldo de energía UPS.
El Comando de Personal del Ejército Nacional, de acuerdo a la TOE tiene como misión ejecutar procesos de
administración y gestión de personal tendientes a optimizar el talento humano, con el fin de facilitar el cumplimiento
de los objetivos institucionales.
En desarrollo de la misión anterior, en el Edificio del Comando de Personal se desarrollan labores Administrativas, en
todos los pisos y el flujo de personal visitante y permanente diariamente oscila en más de 1500 personas, impactando
en el funcionamiento y desgaste las piezas de los equipos CCTV, sistema de seguridad y control de acceso, UPS y
baterías en el edificio, por esta razón y para garantizar las condiciones óptimas de servicio y seguridad del edificio, se
hace necesario realizar el mantenimiento a los equipos .
Por lo anterior el Comando de Personal requiere contratar los servicios de mantenimiento de los equipos CCTV,
sistema de seguridad y control de acceso, UPS y baterías del edificio COPER, con el fin de mantener el servicio y
funcionamiento de los equipos en un 100% de su capacidad para así mismo facilitar las labores administrativas que
se desarrollan en dicha Instalación.
. En
consideración de lo anterior, es claro que los equipos sufren desgaste en sus piezas y requieren ajuste en sus
mecanismos ya que han sufrido el deterioro normal por el uso, por lo tanto se vislumbra la necesidad de adecuar y
realizar los mantenimientos necesarios en virtud a los requerimientos derivados del tipo de servicio que estos equipos
prestan en el COPER.
Al ejecutar el mantenimiento de los equipos CCTV, sistema de seguridad y control de acceso, UPS y baterías en el
edificio se pretende optimizar el estado de conservación de los equipos que se encuentran en las instalaciones del
Edificio, con el fin de mantener el ritmo administrativo que se lleva en cada una de las direcciones del COPER.
Por lo
anterior, es prioridad garantizar que estos aparatos se mantengan en óptimas condiciones de funcionamiento,
mediante mantenimientos preventivos y correctivos, los cuales son necesarios para mitigar cualquier tipo de
emergencia que llegase a presentar en las instalaciones del Comando de Personal.
Durante el año 2019, se realizaron los mantenimientos preventivos y correctivos con el presupuesto asignado a cada
uno de los equipos CCTV, sistema de seguridad y control de acceso, UPS y baterías instalados en el edificio. Así las
cosas, para el año 2020, se continúa con la necesidad de realizar mantenimientos equipos CCTV, sistema de
seguridad y control de acceso, UPS y baterías en el edificio del Edificio COPER, con el fin de mantener en óptimas
condiciones para el servicio dichos equipos y así evitar en el futuro arreglos mayores que puedan causar hasta el
daño total de estos aparatos.
La necesidad se establece con fundamentos en los Planes de Necesidades No. 2020301000820593 - COPER- 2020
así:
ITE
M
CÓDIGO DANE
DESCRIPCIÓN DEL BIEN Y/O SERVICIO
UNIDAD MEDIDA
EXISTENCIAS (STOCK -
INVENTARIOS) NECESIDAD
NECESIDAD TOTAL
UNSPSC (CCE)
CÓDIGO MATERIAL
SAP (OPCIONAL)
CÓDIGO OTAN - NOC (OPCIONAL)
1 87153
8715303
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO EQUIPOS CCTV, SISTEMA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO, UPS Y BATERÍAS EN EL EDIFICIO COMANDO DE PERSONAL COPER”: DE ACUERDO A ESPECIFICACIÓNES DE LA FICHA TÉCNICA ANEXA MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-JEMGF-COPER–JEMPP-CEDE6 – ET – 005 / COM - 00
MESES 0 6 6 81111800 81112200 72103300
NA NA
2. ASPECTOS ECONÓMICOS
ANÁLISIS DEL SECTOR DESDE EL PUNTO DE VISTA ECONÓMICO
El Boletín Técnico Informativo del DANE correspondiente a marzi de 2020, revela la siguiente información respecto a la economía Colombiana. PRODUCTO INTERNO BRUTO:
Con información al 14 de marzo de 2020 se tiene que:
El Producto Interno Bruto crece 3,3% en el año 2019pr respecto al año 2018p; las actividades económicas que más contribuyen a esta dinámica son:
• Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y
almacenamiento; alojamiento y servicios de comida crece 4,9% (contribuye 0,9 puntos porcentuales a la variación
anual).
• Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; educación; actividades de
atención de la salud humana y servicios sociales crece 4,9% (contribuye 0,8 puntos porcentuales a la variación
anual).
• Actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades de servicios administrativos y de apoyo crece 3,7%
(contribuye 0,3 puntos porcentuales a la variación anual).
En el cuarto trimestre de 2019pr, el Producto Interno Bruto en su serie original crece 3,4% respecto al mismo periodo de 2018p. Las actividades económicas que más contribuyen a esta dinámica son:
• Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas; transporte y
almacenamiento; alojamiento y servicios de comida crece 4,7%.
• Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria; educación; actividades de
atención de la salud humana y servicios sociales crece 4,9%.
• Actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades de servicios administrativos y de apoyo crece 3,6%.
INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMIDOR
El comportamiento mensual del IPC total en marzo de 2020 (0,57%) se explicó principalmente por la variación mensual de las divisiones Alimentos y bebidas no alcohólicas y Alojamiento, agua, electricidad, gas y otros combustibles. Las mayores variaciones se presentaron en las divisiones Alimentos y bebidas no alcohólicas (2,21%) y Alojamiento, agua, electricidad, gas y otros combustibles (0,55%).
En febrero de 2020, la tasa de desempleo en el total de las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue 11,5%, la tasa global de participación 65,9% y la tasa de ocupación 58,3%. Para el mismo mes de 2019 se ubicaron en 12,4%, 65,8% y 57,6%, respectivamente.
Para el mes de febrero de 2020, la tasa de desempleo fue 12,2%, la tasa global de participación 63,2% y la tasa de ocupación 55,5%. En el mismo mes del año anterior estas tasas fueron 11,8%, 63,9% y 56,4%, respectivamente.
ANÁLISIS TÉCNICO Debido a los múltiples encadenamientos que tiene las empresas relacionadas con el diseño, construcción y mantenimientos de equipos en Colombia, los movimientos en su valor agregado se encuentran estrechamente relacionados con los movimientos que experimenta la economía como un todo, razón por la cual, las cifras más recientes de las variables líderes del sector evidencian una moderación en sus tasas de crecimiento en línea con la coyuntura económica por la que atraviesa el país. La actividad de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos fijos instalados como mecanismo para sostenimiento de
un edificio, es uno de los sectores más tradicionales que más vínculos muestra en la economía colombiana. Su desarrollo abarca distintos equipos requeridos en el sector comercial, agropecuario, administrativo, entre otros tanto para empresas privadas como para públicas, los cuales son necesarios para mantener en óptimas condiciones una edificación, por lo tanto necesitan de un adecuado mantenimiento para preservar la vida útil de los equipos. Para el mantenimiento de los ascensores del Comando de Personal es necesario tener en cuenta la tecnología con la que fue diseñada y fabricada esta maquinaria , para que así mismo se tenga en cuenta la calidad de los piezas y/o repuestos originales los cuales son recomendados para un óptimo funcionamiento por la casa matriz de fábrica, para la ejecución de esta partida es importante saber que el mantenimiento de un equipo fijo se compone de dos partes la preventiva que se encarga de conservar los equipos mediante la realización, revisión y reparación donde garantice su buen funcionamiento, este se debe realizar cuando el mismo se encuentre en actividad. El mantenimiento correctivo es aquel donde corregimos todos los defectos o daños que llegase a presentar durante la vida útil de los equipos, este consiste en localizar las averías para realizar las reparaciones de la máquina. Para las condiciones especiales de la entrega del servicio de mantenimiento para cada uno de los equipos CCTV, sistema de seguridad y control de acceso, UPS y baterías en el edificio del Edificio COPER a ejecutar se realizara con base a las necesidades impuestas y las que nazcan el momento de tal manera que el contratista deberá tener un tiempo mínimo de respuesta para atender la urgencia manifestada. Los servicios de mantenimiento que pretende contratar el COPER, es de fácil acceso en el mercado colombiano ofrece un alto número de proveedores para la comercialización de los productos objeto del presente proceso, existiendo un gran número de firmas en la capacidad técnica, jurídica y financiera capaces de resolver la necesidad manifestada, la cual se deberá suplir en la ciudad de Bogotá D.C. Los tiempos de entrega de las actividades de mantenimiento se medirán con base a la complejidad con que se presente el manifiesto, así mismo la novedad deberá quedar subsanada en el tiempo de respuesta requerido de tal manera que no afecte el correcto funcionamiento en las instalaciones. ANÁLISIS DEL SECTOR El sector en el que se enmarca el presente proceso de contratación es el Sector terciario o de servicios que incluye todas aquellas actividades que no producen una mercancía en sí, pero que son necesarias para el funcionamiento de la economía, (comercio, restaurantes, hoteles, transporte, servicios financieros, comunicaciones, servicios de educación, servicios profesionales, servicios de mantenimiento de obras y de producción), entre otras. El tercer sector se considera no productivo, puesto que no origina bienes tangibles pero contribuye a la formación del ingreso nacional y del producto nacional. El avance tecnológico en los equipos de cómputo es una constante que hace que las características técnicas desarrollen cambios considerables que vienen generando ventajas en el procesamiento y almacenamiento de la información, siendo este un conjunto que permite que las tareas de los funcionarios sean más rápidas y eficaces. Hoy en día esto hace que los equipos en su fabricación no se asimilen en características en un corto tiempo o en su similitud, esto se ve reflejado fácilmente en sus especificaciones; siendo esto existe una gran variedad oferentes en este tipo de equipos lo que hace variar los precios del mercado. El mercado de servicios de mantenimiento de sistemas de seguridad, es un sector amplio y suficiente para adquirir el servicio, las empresas debidamente constituidas, tienen la capacidad instalada, mano de obra técnica para brindar el
servicio de mantenimiento que requiere la Entidad. Inicialmente los CCTV (circuitos cerrados de televisión), se usaban como dispositivos de observación, pero actualmente conforman un sistema interactivo de entre las organizaciones, personas, entidades públicas y privadas, que brindan confianza y seguridad que cooperan con las necesidades actuales de la sociedad en materia de seguridad. Estos sistemas pueden ser de uso interno o externo en las organizaciones, que pueden ser controlados manualmente o a través de sistemas electrónicos, dando la posibilidad del envió de imágenes en tiempo real, directamente en las computadoras o equipos electrónicos e incluso grabar todos los movimientos y actividades en cualquier momento. El mercado se puede catalogar como amplio, pues no solamente se basa en las organizaciones públicas y privadas sino incluso a nivel local en los hogares que puedan requerir de una protección más amplia de sus bienes e intereses personales. DEFINICIÓN DEL SECTOR MANTENIMIENTO El área de mantenimiento es un sector que genera un aporte importante para la rentabilidad de las empresas, se encuentra dividido de la siguiente manera:
• Mantenimiento preventivo o basado en el tiempo: conjunto de acciones operativas destinadas a la conservación del equipo, maquinaria, procesos e instalaciones, mediante la realización de revisiones y reparaciones programadas, de tal forma que garanticen su buen funcionamiento y fiabilidad.
• Mantenimiento correctivo: Comprende operaciones que se debe llevar a cabo para la sustitución definida de una o más piezas de un sistema, ya sea por desgaste natural o incidente. El mantenimiento correctivo no es planificado ya que las causas que provocan los deterioros son impredecibles. Comprende operaciones de preservación simples o menores y el cambio de partes estándar que no involucren operaciones de montajes complejos. Teniendo en cuenta el sector característico de actividad económica, el sector es bastante amplio, se identifican cuatro (4) grandes áreas; mantenimiento del sector manufacturero (de plantas industriales, maquinaria industrial y mecánica), El mantenimiento en el sector energético (electricidad, gas, vapor y petróleo), el mantenimiento en el sector servicios (transporte, acueducto, comunicaciones, educación, salud, y seguridad), y por último en el sector comercial. El Subsector de Software y Servicios Informáticos se encuentra clasificado por el DANE como DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y PROCESAMIENTO DE DATOS. El sector de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), de acuerdo a la clasificación de bienes y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC) reúne todas aquellas actividades de investigación, desarrollo, fabricación, integración, instalación y comercialización de componentes, partes y productos entre otros; esta cadena vincula sectores desde la gestión y comercialización hasta la producción e importación, facilitando la operación entre los diferentes agentes internos y externos como los clientes y proveedores vinculados a la cadena productiva. El mercado para la adquisición de licencias está integrado por proveedores y comercializadores, quienes por lo general son canales autorizados del fabricante. El sector de Software y Servicios Informáticos (SSI) es un segmento de lo que actualmente se conoce como “Tecnologías de la Información y Comunicaciones” (TICs), este sector se comprende en la producción de:
• Servicios informáticos (incluyen tanto los servicios profesionales vinculados a instalación, mantenimiento,
desarrollo, integración, etc. de software, como los de soporte técnico de hardware).
DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y PROCESAMIENTO DE DATOS: En enero de 2020, los servicios de Desarrollo de sistemas informáticos y procesamiento de datos registraron un crecimiento de 16,7% en los ingresos nominales. Por su parte, el personal ocupado total presentó un crecimiento de 4,5%, en comparación con enero de 2019.
La variación de 16,7% en los ingresos totales, se explica por el incremento de 15,9% en los ingresos por servicios y de 34,5% en la venta de mercancías. Por su parte los otros ingresos presentaron una disminución de 41,6% en comparación con enero de 2019. La variación de 4,5% en el personal ocupado total, se explica por el incremento de 9,6% en el personal permanente. El personal temporal directo presentó una disminución de 10,9%, mientras que el personal temporal contratado a través de agencias presentó una variación de -0,04% en comparación con enero de 2019. 2.1 ASPECTOS FINANCIEROS Clasificación de Actividades Económicas CIIU Revisión 4 adaptada para Colombia. CIIU 4651 Comercio al por mayor de computadores, equipo periférico y programas de informática. Esta clase incluye: • El comercio al por mayor de computadores y equipo periférico.
• El comercio al por mayor de programas de informática. CIIU 4652 Comercio al por mayor de equipo, partes y piezas electrónicos y de telecomunicaciones. Esta clase incluye: • El comercio al por mayor de equipo, partes y piezas para instalaciones electrónicas como válvulas y tubos electrónicos, dispositivos de semiconductores, microchips, circuitos integrados y circuitos estampados. • El comercio al por mayor de partes y piezas de computadores. • El comercio al por mayor de dispositivos de almacenamiento de audio y de video vírgenes. • El comercio al por mayor de equipo telefónico, partes y accesorios, conmutadores y equipo de telecomunicaciones. CIIU 6201 Actividades de desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis, diseño, programación, pruebas) Esta clase incluye: • El análisis, diseño de la estructura, el contenido y/o escritura del código informático necesario para crear y poner en práctica programas de sistemas operativos, aplicaciones de programas informáticos (incluyendo actualizaciones y parches de corrección), también bases de datos. • El desarrollo de soluciones web (sitios y páginas web) y personalización de programas informáticos a clientes, es decir, modificar y configurar una aplicación existente a fin de que sea funcional con los sistemas de información de que dispone el cliente. CIIU 6110 Actividades de telecomunicaciones alámbricas Esta clase incluye: • La explotación y mantenimiento de los sistemas de conmutación y transmisión para proporcionar servicios de comunicaciones de punto a punto a través de líneas, por microondas o una combinación de líneas terrestres y por enlace satelital. • La explotación de sistemas de distribución por cable (por ejemplo, para distribución de datos y señales de televisión). • El suministro de servicios de telégrafos y otros servicios de comunicaciones no vocales que utilizan sus propias instalaciones. • Las instalaciones de transmisión que llevan a cabo las actividades relacionadas pueden basarse en una sola tecnología o una combinación de tecnologías. • Las compañías de telefonía local y de larga distancia. • La compra de derechos de acceso de la capacidad de la red a propietarios y operadores de redes y utilización de esa capacidad para suministrar servicios de telecomunicaciones a empresas y hogares.
• El suministro de acceso a internet por el operador de la infraestructura de telecomunicaciones alámbrica. • El suministro de la capacidad completa para la comunicación entre usuarios, incluidas las funciones del equipo terminal tales como los servicios de telefonía fija. CIIU 6120 Actividades de telecomunicaciones alámbricas Esta clase incluye: • La explotación, mantenimiento o facilitación del acceso a servicios de transmisión de voz, datos, texto, sonido y video utilizando infraestructura de telecomunicaciones inalámbrica. • El suministro de la capacidad completa para la comunicación entre usuarios, incluidas las funciones del equipo terminal tales como los servicios de telefonía móvil, los sistemas de radiomensajes o beeper y los sistemas de acceso troncalizado (Trunkig). • El mantenimiento y explotación de redes de radio búsqueda y telefonía móvil y otras redes de telecomunicaciones inalámbricas. • Los servicios de transmisión omni-direccional y la transmisión a través de ondas; puede, basarse en una sola tecnología o una combinación de tecnologías. • La compra de derechos de acceso y adquisición de la capacidad de la red a propietarios y operadores de redes y utilización de esa capacidad para suministrar servicios de telecomunicación inalámbrica (excepto telecomunicación satelital) a las empresas y hogares. • El suministro de acceso a internet por el operador de la infraestructura de telecomunicaciones inalámbrica. CIIU 6190 Otras actividades de telecomunicaciones Esta clase incluye: • El suministro de aplicaciones especializadas de telecomunicaciones, tales como la localización por satélite, telemetría de comunicaciones u operación de sistemas de rastreo a cambio de una retribución o por contrata, y utilización de estaciones de radar. • La explotación de las estaciones terminales de comunicaciones por satélite y las instalaciones asociadas operacionalmente conectadas con uno o más sistemas de comunicaciones terrestres y capaces de transmitir o recibir telecomunicaciones desde los sistemas satelitales. • El suministro de acceso a internet a través de las redes que no posee ni controla el proveedor de servicios de internet, tales como acceso telefónico a internet, suministro de servicios de telefonía por internet (VOIP: voz sobre protocolo de internet), entre otras. • El suministro de servicios de telefonía y acceso a Internet en instalaciones abiertas al público: - Los servicios prestados
por establecimientos denominados Café Internet en donde prima el servicio de internet. - Recarga en línea y pines de recarga para telefonía. - Los servicios prestados por las cabinas telefónicas. • El suministro de servicios de telecomunicaciones por las conexiones de las telecomunicaciones existentes: - Reventa de servicios telecomunicaciones (es decir, la compra y reventa de la capacidad de la red, sin prestación de servicios adicionales). - Los servicios auxiliares de ayuda cuyo objetivo es la seguridad de la vida humana, la seguridad del Estado o razones de interés humanitario tales como el Servicio Móvil Marítimo y el Servicio Móvil Aeronáutico. - Los servicios especiales de telecomunicaciones tales como el de Radioaficionados y de Banda Ciudadana. - Los servicios de telecomunicaciones no incluidos en ninguna de las clases anteriores. CIIU 6202 Actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas Esta clase incluye: • La planificación y el diseño de los sistemas informáticos que integran el equipo (hardware), programas informáticos (software) y tecnologías de las comunicaciones (incluye redes de área local [LAN], red de área extensa [WAN], entre otras). Las unidades clasificadas en esta clase pueden proporcionar los componentes de soporte físico y lógico (como pueden ser el hardware y software) como parte de sus servicios integrados o estos componentes pueden ser proporcionados por terceras partes o vendedores. En muchos casos las unidades clasificadas en esta clase suelen instalar el sistema, capacitar y apoyar a los usuarios del sistema. • Los servicios de gerencia y operación en sitio, de sistemas informáticos y/o instalaciones informáticas de procesamiento de datos de los clientes, así como también servicios de soporte relacionados. • Los servicios de consultoría en el diseño de sistemas de administración de información y en equipos de informática. • Los servicios de consultoría para sistemas de ingeniería y fabricación asistida por computador. • El servicio de análisis de requerimientos para la instalación de equipos informáticos.
CIIU 6209 Otras actividades de tecnologías de información y actividades de servicios informáticos Esta clase incluye: • La recuperación de la información de los ordenadores en casos de desastre informático. • Los servicios de instalación (configuración) de los computadores personales. • Los servicios de instalación de software o programas informáticos. CIIU 9511 Mantenimiento y reparación de computadores y de equipo periférico Esta clase incluye: • El mantenimiento y reparación de equipos electrónicos, como computadores, accesorios informáticos y equipos periféricos. • El mantenimiento y reparación de: - Computadores de escritorio. - Computadores portátiles. - Unidades de discos magnéticos, unidades de memoria USB y otros dispositivos de almacenamiento. - Unidades de disco óptico (CD-RW, CD-ROM, DVD-ROM, DVD-RW). - Impresoras. - Monitores. - Teclados. - Mouse, palancas de mando y accesorios. - Módems de computadores internos y externos. - Terminales informáticas especializadas. - Servidores informáticos. - Escáneres, incluidos lectores de código de barras. - Lectores de tarjetas inteligentes. - Cascos de realidad virtual. - Proyectores de
computador. • El mantenimiento y reparación de: - Terminales informáticas, como cajeros automáticos (ATM) y terminales de punto de venta (POS), no accionados mecánicamente. - Computadores de mano (asistentes digitales personales). CIIU 9512 Mantenimiento y reparación de equipos de comunicación Esta clase incluye:
• El mantenimiento y reparación de equipos de comunicaciones, tales como: - Teléfonos inalámbricos. - Teléfonos celulares. - Equipo de transmisión de datos/módems. - Máquinas de fax. - Equipos de transmisión de comunicaciones (por ejemplo, enrutadores, puentes, módems). - Emisores–receptores de radio. - Cámaras de televisión y video de uso comercial. 2.2. ESTUDIO DE LA DEMANDA ¿CÓMO HA ADQUIRIDO LA ENTIDAD ESTATAL EN EL PASADO ESTE BIEN, OBRA O SERVICIO? Teniendo en cuenta que la CENAC PERSONAL no ha realizado procesos de contratación con las mismas o similares especificaciones técnicas, el comité económico y técnico no tomará antecedentes para el presente proceso. ADQUISICIONES REALIZADAS POR OTRAS ENTIDADES CON CARACTERISTICAS TECNICAS SIMILARES
2.3 ANÁLISIS DE LA DEMANDA
De acuerdo a la información anteriormente mencionada se evidencia que la mayoría de los procesos con especificaciones técnicas similares a las del presente proceso, se han llevado a cabo mediante diferentes modalidades de selección. Así mismo se evidencia que existen varios proveedores que pueden satisfacer la necesidad y atender la demanda en el lugar donde es requerida y que teniendo en cuenta la información registrada en el SECOP el desempeño de los mismos ha sido recibido satisfactoriamente por parte de los supervisores. Por otro lado, el precio que ha pagado la Entidad por este tipo de adquisiciones ha sido variada teniendo en cuenta que cada proceso posee diferentes especificaciones técnicas, diferentes servicios y aumento o disminución de cantidades a adquirir.
Entidad y No. del
Contrato
Tipo de
ContrataciónObjeto V/r del Contrato Pagos Adjudicatario
De igual forma el comité económico estructurador realizó la respectiva consulta de procesos que ha llevado el sector privado con las mismas o similares especificaciones técnicas en la página de la Superintendencia de Sociedades, evidenciando que no se registra información alguna de procesos realizados por entidades privadas.
2.4 ANÁLISIS DE LA OFERTA. La cadena de valor del sector TIC se destacaba principalmente por la infraestructura que provee el acceso a los servicios de telecomunicaciones, el auge de contenidos y uso de aplicativos de software específicos donde la industria TI, tenía en el pasado una proporción pequeña del mercado. A partir de los años 2010 a 2014 el sector empezó a evolucionar y en la actualidad se pueden utilizar términos como el de Economía Digital e Internet de las Cosas para ofrecerle nuevos retos al mercado. La evidente transformación del sector TIC, hace que hoy su crecimiento se refleje de la manera como se mide actualmente dentro del Producto Interno Bruto (PIB). La cadena de valor del sector TIC en Colombia se compone de cinco grandes dimensiones, (1) la infraestructura que soporta la utilización de los servicios y productos, (2) la fabricación y/o venta de los bienes TIC, (3) la producción de los servicios de telecomunicaciones, donde el servicio de Internet comienza a ser el punto de surgimiento de una nueva industria, (4) la industria de las plataformas digitales. Toda la cadena de valor tiene como componente transversal el conjunto de actividades de investigación, desarrollo e innovación necesarias para la continua evolución del sector.
El sector de servicios funerarios se encuentra ubicado en el Macrosector de Servicios Sector Económico otras actividades de servicios personales. La oferta de los servicios se encuentra determinada en aquellas empresas, que tienen a cargo la prestación de los servicios requeridos para la presente contratación. A continuación, se muestran las empresas que relaciona la Superintendencia de Sociedades, las cuales suministran los elementos requeridos, de acuerdo a la actividad económica y el registro en el SECOPII, así:
Se realizó el análisis financiero del mercado tomando como fuente principal la información contenida en la base de datos del En el portal de información empresarial – (PIE) de la Superintendencia de Sociedades con corte a 31 de diciembre de 2018. Para determinar la muestra de 421 empresas se tomaron empresas clasificadas en los CIIU 4561 Comercio al por mayor de computadores, equipo periférico y programas de informática, CIIU 4652 Comercio al por mayor de equipo, partes y piezas electrónicos y de telecomunicaciones, CIIU 6201 Actividades de desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis, diseño, programación, pruebas), CIIU 6110 Actividades de telecomunicaciones alámbricas, CIIU 6120 Actividades de telecomunicaciones inalámbricas, CIIU 6190 Otras actividades de telecomunicaciones, CIIU 6202 Actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas, CIIU 6209 Otras actividades de tecnologías de información y actividades de servicios informáticos, CIIU 9511 Mantenimiento y reparación de computadores y de equipo periférico, CIIU 9512 Mantenimiento y reparación de equipos de comunicación.
Los siguientes indicadores fueron aplicados teniendo en cuenta la cuantía del proceso y los factores económicos del sector a desarrollar dicho proceso y tomando como referencia el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación que dispone “Los indicadores de capacidad financiera buscan establecer unas condiciones mínimas que reflejan la salud financiera de los proponentes. Estas condiciones muestran la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato que se desarrollará durante la vigencia 2020.
El resumen de los cálculos realizados consta en los ANÁLISIS DE INDICADORES FINANCIEROS EN EXCEL.
Nit Razón social
Indice de endeudamiento
Pasivo Total/Activo
Total
Razón de cobertura de
intereses Utilidad
Operacional /Gastos de Intereses
Rentabilidad del Activo
Utilidad Operacional/Activo
Rentabilidad del Patrimonio
Utilidad Operacional/Patrimonio
Capital de Trabajo Activo
Corriente - Pasivo
Corriente
800057965 VISION SOFTWARE SAS 0,754684474 4,254454895 3% 14% 8488199
830135305 OESIA COLOMBIA SA 0,883084691 3,688247231 433406
La Entidad efectúa el análisis a los indicadores financieros teniendo en cuenta la información financiera
solicitada en el pliego de condiciones. Los indicadores financieros aquí establecidos obedecen al análisis que
hace la entidad de conformidad con el Articulo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, así:
Requisitos Justificación
Capacidad Patrimonial
Se verifica la capacidad patrimonial con relación al presupuesto asignado para el proceso de selección para garantizar que en caso de incumplimiento, el contratista pueda responder con su patrimonio. Con lo anterior se mide la cantidad de recursos propios del proponente con lo cual también se puede asegurar la continuidad del proponente en el tiempo. Teniendo en cuenta la forma de pago y la naturaleza del proceso se requiere que el proponente cuente como mínimo con una capacidad patrimonial igual al 100% del presupuesto asignado para el proceso.
Capital de Trabajo
Se verifica el capital de trabajo con relación al presupuesto asignado para el proceso de selección para garantizar que el proponente cuente con la liquidez operativa necesaria para cumplir con el objeto contractual. El capital de trabajo también se verifica teniendo en cuenta la forma de pago del proceso que es contra entrega y requiere que el oferente cuente con la capacidad para atender los requerimientos de la entidad con recursos propios.
INDICADORES CAPACIDAD FINANCIERA
INDICADOR NORMA BASE QUE DETERMINA FORMULA PROBABILIDAD
DE RIESGO INDICADOR DEFINIDO PARA EL PROCESO
Liquidez
Art 2.2.1.1.1.5.3 Dcto 1082/20185
Capacidad del proponente para cumplir con sus
obligaciones de corto plazo
Activo Corriente/Pasivo corriente
>índice <Riesgo
> o = 1,52
Endeudamiento Grado de endeudamiento
en la estructura de financiación del proponente
Pasivo Total/Activo Total >índice >Riesgo
< o = 67%
Razón de Coberuta de
Intereses
Capacidad del proponente de cumplir sus obligaciones
financieras
Ganancia/Costos Financieros
>índice <Riesgo
> o =1,88
Capital de Trabajo Numeral 3
Art 2.2.1.1.1.5.3 Dcto 1082/2015
Representa la liquidez operativa (en términos
absolutos) del proponente.
Activo Corriente - Pasivo Corriente
> Indicador Positivo < Riesgo
100% del presupuesto asignado
Capacidad Patrimonial
Mide la cantidad de recursos propios del
proponente Activo Total - Pasivo Total
> Indicador Positivo < Riesgo
100% del presupuesto asignado
INDICADORES CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Rentabilidad sobre el
Patrimonio Art 2.2.1.1.1.5.3 Dcto 1082/20185
Capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el
patrimonio
Utilidad Operacional/Patrimonio
>índice <Riesgo
> o = 6%
Rentabilidad sobre el Activo
Capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el
Teniendo en cuenta la forma de pago y la naturaleza del proceso se requiere que el proponente cuente como mínimo con un capital de trabajo igual al 100% del presupuesto asignado para el proceso.
Nivel de Endeudamiento
Permite a la entidad verificar la solidez del oferente, medida desde su pasivo respecto de su activo, determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del proponente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos. Con este indicador se busca satisfacer las condiciones que la entidad considera que reflejan la fortaleza financiera de los proponentes y, en aras de garantizar la pluralidad de oferentes se determinó que el endeudamiento debe ser menor o igual al 67%.
Índice de Liquidez
Determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. Con este indicador se busca satisfacer las condiciones que la entidad considera que reflejan la fortaleza financiera de los proponentes y, en aras de garantizar la pluralidad de oferentes se determinó que el índice de liquidez debe ser mayor o igual a 1,52
Razón de Cobertura de Intereses
Refleja la capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. Con este indicador se busca satisfacer las condiciones que la entidad considera que reflejan la fortaleza financiera de los proponentes. El estudio arrojó a una razón de cobertura de intereses mayor o igual 1,88
Rentabilidad del Patrimonio
Determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente. Tomando como punto de referencia la muestra, buscando satisfacer las condiciones que la entidad considera reflejan la fortaleza financiera de los proponentes y, en aras de garantizar la pluralidad de oferentes se determinó que la rentabilidad sobre el patrimonio debe ser mayor o igual al 6%
Rentabilidad del Activo
Determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre los activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor capacidad organizacional del proponente. Tomando como punto de referencia la muestra, buscando satisfacer las condiciones que la entidad considera reflejan la fortaleza financiera de los proponentes y, en aras de garantizar la pluralidad de oferentes se determinó que la rentabilidad sobre el activo debe ser mayor o igual al 4%
2.6 INDICADORES CAPACIDAD FINANCIERA (CF): • INDICADORES CONTENIDOS EN EL RUP,
El M.D.N.- CENACPERSONAL efectuará la verificación de los indicadores financieros teniendo en cuenta la muestra de que se tomaron de los sectores: SERVICIOS, así:
CAPACIDAD FINANCIERA
CAPITAL DE TRABAJO = CT CT= Activo Corriente – Pasivo Corriente = a 100% del valor total del presupuesto asignado al proceso.
INDICE DE ENDEUDAMIENTO
Endeudamiento Total = PASIVO TOTAL x 100 < 67%
ACTIVO TOTAL En caso de uniones temporales o consorcios los indicadores se calcularán con base en la sumatoria en las clasificaciones del pasivo y el activo.
La capacidad patrimonial del proponente deberá ser igual al 100% del valor total del presupuesto asignado para el proceso.
La capacidad patrimonial del proponente se calculará teniendo en cuenta el total del patrimonio del proponente.
La información Financiera que se utilice para establecer La capacidad patrimonial para los oferentes nacionales y
extranjeros deberá corresponder a la solicitada en la “Información Financiera” del presente proceso.
ÍNDICE DE LIQUIDEZ
ACTIVO CORRIENTE >1.52
PASIVO CORRIENTE
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
UTILIDAD OPERACIONAL > 1.88
GASTOS DE INTERESES
Los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0) no podrán calcular el indicador de RAZON DE COBERTURA DE INTERESES, en este caso el oferente CUMPLE EL INDICADOR salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES. En caso de unión temporal se tomara en cuenta la sumatoria de las cuentas de los entados financieros y se calculara sobre cero (0). Nota: Cuando el proponente sea un consorcio o unión temporal, la capacidad financiera, es decir los indicadores financieros serán calculados con base en la sumatoria de las cuentas de los estados financieros individuales presentados y acreditados en el RUP. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL: RENTABILIDAD DE PATRIMONIO UTILIDAD OPERACIONAL > a 6% PATRIMONIO RENTABILIDAD DEL ACTIVO UTILIDAD OPERACIONAL > a 4% ACTIVO TOTAL Nota: La capacidad de Organización para Consorcios o Uniones Temporales será el resultado de la sumatoria de las cuentas de los estados financieros individuales cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión temporal, en todo caso deberá ser mayor o igual a la capacidad requerida.
Nota General: Para que un proponente se considere habilitado, se requiere que cumpla con los la totalidad de los indicadores exigidos en el presente proceso de selección.
Para el caso de consorcios o uniones temporales: Cuando el proponente este integrado por un consorcio o unión temporal (con domicilio en el país), cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente certificado de Registro Único de Proponentes para cumplir con las condiciones antes señaladas.
3. ASPECTOS REGULATORIOS
En virtud de lo previsto en el Artículo 2.2.1.1.1.6.1. del Decreto 1082 de 2015, de conformidad con el objeto del presente proceso el cual es “CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA EQUIPOS CCTV, SISTEMA DE SEGURIDAD Y CONTROL DE ACCESO, UPS Y BATERÍAS EN EL EDIFICIO COMANDO DE PERSONAL COPES, A EJECUTAR EN LA VIGENCIA 2020” y teniendo en cuenta sus especificaciones técnicas, los servicios que se pretenden adquirir se realiza el análisis del sector desde el punto de vista legal de acuerdo con la normatividad enunciada a continuación. En Colombia las normas reglamentarias nacionales versan sobre las redes, sistemas y servicios de telecomunicaciones, más no sobre las tecnologías o su mantenimiento, las cuales en sí mismas son neutrales y pueden ser aptas para la configuración de las redes y la prestación de los servicios de telecomunicaciones. Colombia mantiene una política de neutralidad tecnológica, donde la regulación es independiente de la tecnología de acuerdo a lo establecido en la ley 1341 de 2009, que regula todo lo relacionado con las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). De otra parte, en lo que atañe específicamente al sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), la Ley 1341 de 2009, define el marco general para la formulación de las políticas públicas que regirán dicho sector, en su artículo 2 establece que la investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las TIC son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, fin de contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los Derechos Humanos inherentes y la inclusión social. Asimismo, la Ley 1341 al listar en su artículo 4 las facultades de intervención del Gobierno en el sector TIC, para incentivar y promover el desarrollo de la industria de tecnologías de la información y las comunicaciones y contribuir al crecimiento económico, la competitividad, la generación de empleo y las exportaciones. Al regular el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Ley 1341 establece como función primordial del Fondo la de financiar los planes, programas y proyectos para facilitar acceso de todos los habitantes del territorio nacional a las TIC, para lo cual, entre otras actividades se le autoriza a financiar planes, programas y proyectos para promover la investigación, el desarrollo y la innovación de las Tecnologías de Información y las Comunicaciones dando prioridad al desarrollo de contenidos. Las normas atrás mencionadas constituyen el marco legal, para que a través de mecanismos asociativos o de administración por colaboración se pueda cumplir la función estatal de fomentar y apoyar la ciencia, la tecnología y la innovación. De esta manera se viene desarrollando el avance legislativo con relación a las tecnologías de la información y las comunicaciones y la intervención del estado con el fin de garantizar una libre leal competencia que incentiven la inversión actual y futura en el sector de las TIC y que permitan la concurrencia al mercado, con observancia del régimen de competencia, bajo precios de mercado y en condiciones de igualdad.
La Constitución Política de Colombia de 1991, y la Legislación Ambiental busca la protección y conservación del Medio Ambiente preservando de los Recursos Naturales. El desarrollo de este aspecto se presenta según la jerarquización de la normatividad vigente en nuestro País. Como el servicio a adquirir no genera ningún impacto ambiental ni se agota ningún recurso natural, para el presente proceso no se hace necesario el requerimiento de requisitos contemplados en las normas ambientales. El Decreto – Ley 019 de 2012, establece en el artículo 4º que las autoridades deben incentivar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a efectos de que los procesos administrativos se adelanten con diligencia, dentro de los términos legales y sin dilaciones injustificadas, es por ello que el desarrollo del proceso contractual estaría acorde con las normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención y la efectividad del control de la gestión pública que establece Ley 1474 de 2011. Igualmente, al presente proceso le es aplicable el previsto en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007), sus decretos reglamentarios, especialmente el Decreto 1082 de 2015, las leyes Civiles y Comerciales y demás normas que adicionen complementen o regulen la materia; así como la Ley 1474 del 12 de julio de 2011 y el Decreto 19 de 2012, tanto a las etapas contractuales, como a la selección del contratista. Con base en el análisis económico, se pone de manifiesto que los servicios a adquirir a través del proceso en curso, son ofertados en condiciones relativamente uniformes en el mercado; así mismo, las especificaciones técnicas cuentan con estándares que aseguran la existencia de pluralidad de oferentes, factores que implican y conllevan a que la futura contratación podrá ser ejecutada tanto por personas naturales debidamente inscritas en el registro mercantil y que acrediten con su idoneidad en el desarrollo del objeto contractual, como por personas jurídicas.
3.1 CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS. El Mantenimiento objeto del presente Proceso de Contratación está codificado en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) con el Tercer nivel, como se indica en la Tabla
Tabla 1 - Codificación de la obra pública en el sistema UNSPSC.
GRUPO SEGMENTOS FAMILIAS CLASE PRODUCTO
F ( SERVICIOS)
72000000 Servicios de Edificación,
construcciones y Mantenimiento
72100000 Servicio de mantenimiento y reparaciones de construcciones e
instalaciones
72103300 Servicios de mantenimiento y reparación de infraestructura
72103302 Mantenimiento o soporte de
equipo de telecomunicaciones
F (SERVICIOS)
81000000 Servicios basados en
Ingeniería, Investigación y Tecnología
81110000 Servicios informáticos
81111800 Servicios de sistemas y
administración de componentes de sistemas
81111812 Servicio de mantenimiento o soporte del hardware del
3.2 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON LAS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 3.3. NORMAS O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ITEM Nº 1: SISTEMAS DE SEGURIDAD FISICA: CCTV, SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO Y EQUIPOS ACTIVOS
COPER
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
1.1
Requerimiento General: 1.1 El contratista deberá prestar el servicio de soporte técnico (mantenimiento preventivo y/o correctivo y
configuraciones necesarias), para los sistemas de CCTV de Seguridad y Control de Acceso de los usuarios del Comando de Personal descritos a continuación:
TABLA DE EQUIPOS N° 1
SISTEMA CONTROL DE ACCESO
DESCRIPCIÓN CANTIDAD EQUIPOS
UBICACIÓN
TALANQUERA SOTANO Comando de Personal
Barreras Hidráulica marca CAME – GARD barrera modular para transito rápido (Servomotor) con pluma de 2, 5 m plegable a 1,4 m Tiempo de Apertura I/O Cierre 3/90o. Dispositivo de bloqueo mediante llave triangular, equipo electrónico, pistón de doble efecto, Detector Loop Incluido , Bobina de paso 200 x 100.
04
Carrera 50 N° 18-92, Cantón Militar Caldas, Edificio Comando de Personal, Bogotá D.C.
Lector de largo alcance, marca HD ICLASS SER 30 formato Wigand 26 Bits, lectura 30-70 Cm., lectura formato EM o estándar ISO 14443A Mfare con capacidad de 4K.
04
TORNIQUETE INGRESO PISOS
Torniquete marca CAME TWISTER con control de acceso integrado Bidireccional acero inoxidable AISI430I/O304, trípode de tres brazos en acero inoxidable, Altura96Cm., Largo 68Cm, Ancho 20.5 Cm, Peso: 50 kgs Aprox., Ancho de paso libre: 45 Cm.
04
Lector de proximidad marca HD ICLASS SER 10 formato Wigand 26 Bytes.
04
Software para gerenciamiento y administración de sistema de control de acceso: torniquetes, barreras vehiculares, arcos magnéticos y apertura de puertas (2 operadores manejo de visitantes).
Carrera 50 N° 18-92, Cantón Militar Caldas, Edificio Comando de Personal, Bogotá D.C.
SWITCH BLADE X908 Allied Telesis AT SBX908 01
Carrera 50 N° 18-92, Cantón Militar Caldas, Edificio Comando de Personal, Bogotá D.C.
SWITCH Allied Telesis X510-28GTX 01
Carrera 50 N° 18-92, Cantón Militar Caldas, Edificio Comando de Personal, Bogotá D.C.
1.
Niveles de Servicio: El contratista deberá colocar a disposición del Comando de Personal del Ejército Nacional durante el Tiempo de ejecución del contrato, el recurso físico y humano necesario de forma ilimitada a los incidentes, para cumplir con los niveles de servicio y compromisos para los bienes objeto del mantenimiento, en un modelo de 7X24, es decir, los siete días de la semana, las veinticuatro horas del día durante la ejecución del contrato y con un máximo tiempo de respuesta de seis (6) horas en sitio, el tiempo de solución será de 6 horas a partir de la solicitud de servicio, tras haberse solicitado por alguno de los funcionarios autorizados.
2.
Soporte técnico: El contratista, podrá registrar mediante el canal de comunicación definido, las fallas en algún equipo, requerimientos de soporte técnico y requerimientos de solución de problemas, para lo cual el contratista deberá proveer un número de registro y contará con mecanismo para efectuar seguimiento y escalamiento de solicitudes en el centro de soporte. Al inicio del contrato, el contratista deberá entregar un documento que explique el procedimiento a seguir durante un soporte técnico a realizar, donde relacione los números telefónicos fijo y celular de contacto, correo electrónico y personal a contactar en horario 7X24.
Una vez terminadas las labores de soporte técnico (mantenimiento preventivo y/o correctivo y configuraciones), el contratista debe entregar inmediatamente un reporte con la descripción de los procedimientos que se hayan realizado a cada equipo, detallando la causa y solución.
El contratista se obliga que al finalizar los servicios contratados no quedará, servicio alguno sin atender.
3.
Mantenimiento preventivo: Se deben realizar un (01) mantenimiento preventivo a nivel general: distribuidos de manera equitativa durante la
ejecución del contrato acordados con el supervisor del contrato. Para el mantenimiento se acordará un plan de
mantenimiento para la infraestructura, él se aplicará durante la ejecución del contrato y se deberá realizar con el
personal calificado y certificado para realizar las labores. Durante estos mantenimientos se deben realizar mínimo
las siguientes actividades:
▪ Limpieza externa e interna de los elementos objeto del contrato.
ITEM Nº 1: SISTEMAS DE SEGURIDAD FISICA: CCTV, SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO Y EQUIPOS ACTIVOS COPER
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
▪ Análisis de los eventos y alarmas.
▪ Corrección de errores del sistema.
▪ Suministrar todos los elementos necesarios para el servicio de mantenimiento preventivo de los equipos objeto
del contrato. Los elementos que se vayan a utilizar deben ser de primera calidad, validados y aprobados por el
supervisor del contrato.
▪ Realizar todas las actividades necesarias para garantizar el buen funcionamiento de los equipos objeto del
contrato y los elementos que lo componen.
▪ Una vez realizado el servicio de mantenimiento preventivo, el contratista debe entregar los equipos probados, a
satisfacción y en funcionamiento los equipos intervenidos.
▪ Presentar un informe a la entidad para conocer el estado de los equipos que fueron atendidos después de
efectuado el servicio de mantenimiento preventivo.
4.
Mantenimiento Correctivo:
Se deben realizar un (01) mantenimiento preventivo a nivel general: distribuidos de manera equitativa durante la
ejecución del contrato acordados con el supervisor del contrato. Para el mantenimiento se acordará un plan de
mantenimiento para la infraestructura, él se aplicará durante la ejecución del contrato y se deberá realizar con el
personal calificado y certificado para realizar las labores. Durante estos mantenimientos se deben realizar mínimo
las siguientes actividades:
Reemplazo de fuente de poder para switch core SwitchBlade x908, AT-PWR05-AC, El oferente que resulte adjudicatario deberá reemplazar y poner en funcionamiento la fuente de poder que se encuentra fuera de servicio en el centro de datos del edificio del COPER. El contratista deberá después de una falla o problema, realizará la recuperación del sistema averiado para que
opere satisfactoriamente utilizando los elementos necesarios (repuestos y/o consumibles). En caso de poderse
solucionar sin necesidad de repuestos deberá cubrir el diagnóstico, la formulación de alternativas de solución, la
implementación de la solución seleccionada, realización de pruebas, entrega a la Entidad de la documentación de
la solución y las recomendaciones a que diera lugar la solución realizada.
En caso de presentarse fallas en Equipos: (CCTV; Seguridad y control de acceso), se deberán efectuar los
mantenimientos correctivos en sitio todas las veces que el Comando de Personal lo requiera, de acuerdo a los
equipos relacionados en esta ficha técnica, sin que esto genere costos adicionales para el Ejército Nacional.
Se debe prestar el mantenimiento correctivo a todo costo con repuestos y/o consumibles nuevos y no re -
manufacturado, para los equipos y/o sistemas relacionados en esta ficha técnica (Sistemas de CCTV y control de
acceso).
El Comando de Personal – Ejército Nacional se reserva el derecho de aceptar marcas diferentes a la marca del
equipo que se va a reemplazar, en atención a que es completamente necesario que la marcas a los repuestos a
entregar por el futuro contratista correspondan única y exclusivamente a la marca del equipo en verificación y/o
arreglo, lo anterior a efectos de que el funcionamiento sea en condiciones óptimas con margen mínimo de error y
a fin de evitar fallas en los equipos a futuro. Que puedan generar detrimento.
ITEM Nº 1: SISTEMAS DE SEGURIDAD FISICA: CCTV, SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO Y EQUIPOS ACTIVOS COPER
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
Para ejecutar un mantenimiento correctivo se deberá tener en cuenta como mínimo los siguientes aspectos:
▪ Cada vez que la Entidad haga un requerimiento, se deberá asignar un número con la cual la entidad se pueda
comunicar de forma inmediata con el contratista para realizar el control y seguimiento del mismo. ▪ Garantizar el suministro, cambio e instalación de repuestos y/o consumibles que resulten del diagnóstico, sin
ningún costo. Los suministros y/o partes deben ser 100 % originales y compatibles con los elementos que son objeto de la presente contratación.
▪ Presentar un informe detallado que incluya el diagnóstico del problema, el procedimiento y la recomendación y/o acción a ejecutar.
▪ Cualquiera de los eventos anteriores se llevará a cabo cada vez que la Entidad lo necesite y lo estime conveniente.
▪ El oferente deberá anexar a la oferta certificación expedida por el fabricante donde se certifique que el oferente cuenta con un ingeniero nivel experto, en la marca Allied Telesis, toda vez que los equipos a diagnosticar son de esta marca para que realice las actividades de soporte y mantenimiento de los equipos activos switch relacionados en la tabla de equipos No.2. Los equipos switch que se encuentren en estado inactivo deberán quedar habilitados para operar con el protocolo IPV6.
4
Soporte técnico directo con el fabricante para sistema BOSCH ▪ La empresa adjudicataria suministrará para el Ejército Nacional contrato de actualización de software por 3 años a partir del año 2020, la empresa que resulte adjudicataria deberá instalar y poner en funcionamiento el licenciamiento adquirido en cada uno de los equipos que componen el sistema que se relaciona a continuación:
CANTIDAD ELEMENTO
1 BIS-SMA-BAS
1 BIS-SMA-AMPK
2 BIS-SMA-1CLI
1 BIS-SMA-ACE
1 BIS-SMA-1KC
1 BIS-SMA-VIE
42 BIS-SMA-1CHA
1 BIS-SMA-BVMS
Para este procedimiento el oferente anexara a la oferta hoja de vida de un ingeniero certificado BIS (Building Integration System) de la marca BOSCH, quien realizara la instalación y mantenimiento del sistema.
5
Confidencialidad: El oferente y los recursos humanos que formarán parte del grupo de trabajo deberán firmar al inicio del proyecto un acuerdo de confidencialidad donde garantizan la confidencialidad de la información Institucional a la cual tengan acceso directamente o por intermedio de terceros, así como la que genere, como producto de la ejecución del presente contrato, y por tanto en ningún caso podrá divulgarla, copiarla, reproducirla o suministrarla a terceros. Por lo anterior es indispensable que el oferente se comprometa a conocer, aceptar y ajustarse a las políticas de seguridad informática del Comando General de las Fuerzas Militares y del Ejército Nacional, así como aceptar y permitir que el Comando de Personal efectúe los estudios de seguridad al personal consultor que considere necesario, para garantizar la seguridad de su infraestructura computacional e información.
ITEM Nº 1: SISTEMAS DE SEGURIDAD FISICA: CCTV, SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO Y EQUIPOS ACTIVOS COPER
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
En tal virtud, adoptará todas las medidas necesarias para impedir la duplicación, sustracción, divulgación, alteración, ocultamiento o utilización indebida de información. Bajo ninguna circunstancia dicha información y/o documentación podrá ser utilizada por el consultor para fines distintos al desarrollo del contrato respectivo. Al finalizar la ejecución del proyecto toda la información y documentos entregados por el Comando de Personal, deberán ser retornados.
DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
2.1
Requerimiento General: El contratista deberá prestar el servicio de soporte técnico (mantenimiento preventivo y/o correctivo y configuraciones para los tableros eléctricos y breakers, UPS y baterías del Comando de Personal, que se relacionan a continuación:
DESCRIPCIÓN CANTIDAD UBICACIÓN
Tableros Eléctricos TABLESA TRF1-208V Tablero general de distribución Tablero TR2 208V-800A-25KA: Tablero regulado TR 208V-630A-25KA
03 Carrera 50 N° 18-92, Cantón Militar Caldas, Edificio Comando de Personal, Bogotá D.C.
DESCRIPCIÓN CANTIDAD UBICACIÓN
UPS trifásica en línea de 120kva 120.000 va y 96.000 w con 5 minutos de autonomía.
02 4. Carrera 50 N° 18-92, Cantón Militar Caldas, Edificio Comando de Personal, Bogotá D.C.
Tableros UPS 400V- 500A-254KA 02 Carrera 50 N° 18-92, Cantón Militar Caldas, Edificio Comando de Personal, Bogotá D.C.
2.2.
Niveles de Servicio: El contratista deberá colocar a disposición del Comando de Personal del Ejército Nacional durante el Tiempo de ejecución del contrato, el recurso físico y humano necesario, para cumplir con los niveles de servicio y compromisos para los bienes objeto del mantenimiento, en un modelo de 7X24, es decir, los siete días de la semana, las veinticuatro horas del día durante la ejecución del contrato y con un máximo tiempo de respuesta de dos (2) horas en sitio; el tiempo de solución será de 6 horas a partir de la solicitud de servicio, tras haberse solicitado por alguno de los funcionarios autorizados.
2.3.
Soporte técnico: 3.1 Atención ilimitada a incidentes en horario 7X24 a través del canal de comunicación definido, donde se registrarán, coordinarán y controlarán los requerimientos de servicios solicitados. El Contratista deberá colocar a disposición durante el tiempo de ejecución del contrato, el recurso físico y humano necesario, para cumplir con los Niveles de Servicio requeridos.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
La Entidad, podrá registrar mediante el canal de comunicación definido, las fallas en algún equipo, requerimientos de soporte técnico y requerimientos de solución de problemas, recibiendo del Contratista un número de registro y contará con mecanismo para efectuar seguimiento y escalamiento de solicitudes en el centro de soporte. Al inicio del contrato, el contratista deberá entregar un documento que explique el procedimiento a seguir durante un soporte técnico a realizar, donde relacione los números telefónicos fijo y celular de contacto, correo electrónico y personal a contactar en horario 7X24.
3.2 Una vez terminadas las labores de soporte técnico (mantenimiento preventivo y/o correctivo y configuraciones), el contratista debe entregar inmediatamente un reporte con la descripción de los procedimientos que se hayan realizado a cada equipo, detallando la causa y solución.
3.3 El contratista se obliga que al finalizar los servicios contratados no quedará servicio alguno sin atender.
2.4.
Personal Técnico: DIRECTOR DE PROYECTO El proponente anexará a la oferta hoja de vida de un Profesional Ingeniería de sistemas ó electrónico o afín de acuerdo a la SNIES, Postgrado de especialización o maestría o doctorado enfocado a la gerencia de telecomunicaciones, proyectos del área de las TIC o dirección de empresas y/o proyectos, Certificación PMP vigente y con mínimo un año de experiencia relacionada. deberá anexar las certificaciones antes mencionadas junto con la hoja de vida del profesional con la presentación de la oferta
LIDER TECNICO PARA INFRAESTRUCCTURA
El mantenimiento del sistema deberá ser realizado por personal calificado, el proponente anexará a la oferta hoja de vida de un Profesional ingeniero sistemas, telecomunicaciones o carreras afines SNIES, certificado nivel profesional en BVMS de la marca BOSCH, CCNA switching and routing, Certificación IPV6 silver, Certificación CAP de Allied telesis, y con mínimo un año de experiencia relacionada deberá anexar todas las certificaciones antes mencionadas junto con la hoja de vida del profesional con la presentación de la oferta.
Los gastos de transporte y demás deberán ser asumidos por el contratista, sin que esto genere costos adicionales para el Ejército Nacional.
El contratista debe proporcionar a sus empleados todas las herramientas necesarias para desarrollar sus labores de mantenimiento.
2.5.
Se deben realizar mínimo un (01) mantenimientos preventivos a nivel general, para lo cual se acordará un plan de mantenimiento para la infraestructura, el cual se aplicará durante la ejecución del contrato y se deberá contar con el personal calificado y Certificado, para realizar las labores; los mantenimientos deberán estar distribuidos de manera equitativa durante ejecución del contrato Durante los mantenimientos se deben realizar mínimo las siguientes actividades:
▪ Limpieza externa e interna de los elementos objeto del contrato.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
▪ Suministrar todos los elementos necesarios para el servicio de mantenimiento preventivo de los equipos objeto
del contrato. Los elementos que se vayan a utilizar deben ser de primera calidad.
▪ Realizar todas las actividades necesarias para garantizar el buen funcionamiento de los equipos objeto del
contrato y los elementos que lo componen.
▪ Una vez realizado el servicio de mantenimiento preventivo, el contratista debe entregar probado, a satisfacción
y en funcionamiento los equipos intervenidos.
▪ Presentar un informe a la Entidad para conocer el estado de los equipos que fueron atendidos después de
efectuado el Servicio de mantenimiento preventivo.
2.5.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO UPS
Debe contempla apagado general de la máquina, diagnóstico inicial, mediciones, reparaciones y repuestos, soportado con su respectivo informe debidamente documentado y soportado. El oferente deberá contemplar dentro de la oferta el cambio de Un (01) banco de baterías y mantenimiento preventivo y actualización del sistema a las dos (02) UPS descritas. DIAGNÓSTICO INICIAL El contratista debe realizar un diagnóstico inicial donde incluya lo siguiente: ▪ Verificar las condiciones ambientales y del estado de funcionamiento de las UPS, banco de baterías, panel remoto si existe. ▪ Inspección visual de conductores y terminales, filtros AC/DC, transformadores, ventiladores, BREAKERS, CONTACTORES y tarjetas de control, para asegurar su buen estado físico – mecánico. ▪ Inspección de conexiones eléctricas de baterías, filtros, transformadores, bobinas, BREAKERS, fusibles, terminales de entrada y salida, conexiones de distribución, para prevenir todo tipo de recalentamiento por mal contacto. MEDICIONES El contratista deberá realizar la medición de las variables operativas de las ups: voltajes AC de entrada-salida voltajes dc, voltaje neutro – tierra, corrientes de entrada y salida, corriente de retorno por tierra, frecuencias de entrada-salida.
El contratista deberá registrar el valor de variables adicionales, tales como potencias activas, reactivas, porcentaje de carga, factor de potencia, temperatura, THD, en el reporte de mantenimiento, al igual que los eventos históricos relevantes para el funcionamiento del sistema, que hubiesen ocurrido entre mantenimientos consecutivos, y que se encuentren almacenados en la memoria del equipo.
El contratista deberá realizar las siguientes actividades en la medición:
Verificación de la calibración del voltaje AC de salida y voltaje dc de baterías.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
Revisión eléctrica de condensadores, diodos, SCR´S, transistores, fusibles, BREAKERS, conexiones en borneras, que aseguren el buen desempeño de todos los componentes de potencia.
Verificación de las conexiones en los barrajes del rectificador, inversor, cargador de baterías e interruptor estático. Verificación de la MOTHER BOARD, tarjetas drivers y tarjetas de control.
Lectura de voltaje del banco de baterías y de cada una de las baterías. Se debe efectuar prueba de descargue de baterías según recomendación del fabricante. Se debe efectuar lectura de voltajes del rectificador e inversor. Se debe efectuar comprobación de lecturas, si hubiere lugar a ello, de voltímetros, amperímetros, frecuencímetros instalados en tableros que efectúen el monitoreo de la entrada y/o salida del conjunto ups banco de baterías.
Se debe efectuar la verificación de las alarmas sonoras y lumínicas del panel de control.
En los tableros el contratista debe efectuar labores de limpieza, revisión de componentes, verificación de sujeción de cables, verificación de cable, barras o mallas de tierra estado de componentes, que a grandes rasgos y para la generalidad de los tableros realizando lo siguiente:
- En el interior de los tableros, se hará remoción de polvo utilizando brocha y luego proceder a un aspirado. - Revisión y limpieza de contactores (entrehierros) e interruptores termo magnéticos. - Verificación del estado de borneras. - Verificación de la correcta sujeción de cables en borneros. - En el exterior de los tableros, retiro de polvo y pasada de paño seco. - Limpieza de bandeja porta conductores ubicada en recinto. - Prueba y revisión final del funcionamiento correcto del sistema. - Verificar voltajes fase a tierra, fase a fase, corrientes de fase, corrientes de los interruptores
termomagnéticos (ITM’s), temperaturas de los ITM’s en los cables. - Comprobar que los cables estén asegurados a los ITM’s y realizar el peinado de éstos usando cintillos de
plástico.
Nota: Cualquier componente en mal estado deberá ser reemplazado en el momento de la intervención sin generar costo adicional para el Ejército Nacional.
2.7.
2.7.1 MANTENIMIENTO CORRECTIVO: El contratista deberá realizar después de una falla o problema, la recuperación del sistema averiado para que opere
satisfactoriamente siempre y cuando no requieran repuestos (Los consumibles sí están incluidos). En caso de
poderse solucionar sin necesidad de repuestos deberá cubrir el diagnóstico, la formulación de alternativas de
solución, la implantación de la solución seleccionada, realización de pruebas, entrega a la Entidad de la
documentación de la solución y las recomendaciones a que diera lugar la solución realizada.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
En caso de presentarse fallas en los, tableros eléctricos, UPS y baterías, se deberán efectuar los mantenimientos
correctivos en sitio todas las veces que el Comando de Personal lo requiera, de acuerdo a los equipos relacionados
en el numeral 1, sin que esto genere costos adicionales para el Ejército Nacional.
El contratista debe prestar el mantenimiento correctivo con repuestos y/o consumibles nuevos y no re -
manufacturado, para los equipos y/o sistemas relacionados en el numeral 1, previo visto bueno del supervisor del
contrato.
El Comando de Personal – Ejército Nacional se reserva el derecho de aceptar marcas diferentes a la marca del
equipo que se va a reemplazar.
Para ejecutar un mantenimiento correctivo y preventivo, el contratista deberá tener en cuenta como mínimo los
siguientes aspectos:
▪ Contar con el personal calificado para realizar las actividades.
▪ Cada vez que la Entidad haga un requerimiento, se deberá asignar un número de llamada o caso para realizar
el control y seguimiento del mismo.
▪ Prestar el servicio de mantenimiento correctivo sin ningún costo para la entidad, cada vez que se requiera,
contempla todas las visitas de atención y diagnóstico de la falla, en sitio, por parte de personal calificado.
▪ Garantizar el suministro, cambio e instalación de consumibles que resulten del diagnóstico, sin ningún costo. Los
suministros y/o partes deben ser 100 % originales y compatibles con los elementos que son objeto de la presente
contratación.
▪ Presentar un informe detallado que incluya el diagnóstico del problema y la recomendación y/o acción a ejecutar.
▪ Se debe entregar por escrito el procedimiento para solicitudes de mantenimientos y/o soporte ofrecido.
▪ Cualquiera de los eventos anteriores se llevará a cabo cada vez que la Entidad lo necesite y lo estime
conveniente.
El mantenimiento correctivo debe incluir la revisión total de la UPS, cumpliendo los siguientes aspectos:
2.7.2 DIAGNÓSTICO INICIAL
• Verificar las condiciones ambientales y del estado de funcionamiento de las UPS´S, banco de baterías, panel remoto si existe.
• Inspección visual de conductores y terminales, filtros AC/DC, transformadores, ventiladores, BREAKERS, CONTACTORES y tarjetas de control, para asegurar su buen estado físico – mecánico.
• Inspección de conexiones eléctricas de baterías, filtros, transformadores, bobinas, BREAKERS, fusibles, terminales de entrada y salida, conexiones de distribución, para prevenir todo tipo de recalentamiento por mal contacto.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
• Realizar la medición de las variables operativas de las ups: voltajes AC de entrada-salida voltajes dc, voltaje neutro – tierra, corrientes de entrada y salida, corriente de retorno por tierra, frecuencias de entrada-salida. El contratista registrara el valor de variables adicionales, tales como potencias activas, reactivas, porcentaje de carga, factor de potencia, temperatura, THD, en el reporte de mantenimiento, al igual que los eventos históricos relevantes para el funcionamiento del sistema, que hubiesen ocurrido entre mantenimientos consecutivos, y que se encuentren almacenados en la memoria del equipo.
• Verificación de la calibración del voltaje AC de salida y voltaje dc de baterías.
• Revisión eléctrica de condensadores, diodos, SCR´S, transistores, fusibles, BREAKERS, conexiones en borneras, que aseguren el buen desempeño de todos los componentes de potencia.
• Verificación de las conexiones en los barrajes del rectificador, inversor, cargador de baterías e interruptor estático.
• Verificación de la MOTHER BOARD, tarjetas drivers y tarjetas de control.
• Lectura de voltaje del banco de baterías y de cada una de las baterías.
2.7.4 REPARACIONES Y REPUESTOS
• El contratista efectuara la reparación correspondiente, de acuerdo al diagnóstico efectuado de la ups, según el caso y en el sitio, dentro de la que incluye la entrega e instalación de repuestos tales como BREAKERS, ventiladores, HOLDER´S TANK inductor
• Las reparaciones deberán efectuarse en el lugar de ubicación, de lo contrario el proponente correrá con los costos de envíos, seguros y conexión.
Todo esto, sin generar costo adicional para el Ejército Nacional.
2.8.
Confidencialidad: El contratista y los recursos humanos que formarán parte del grupo de trabajo deberán firmar al inicio del proyecto un acuerdo de confidencialidad donde garantizan la confidencialidad de la información Institucional a la cual tengan acceso directamente o por intermedio de terceros, así como la que genere, como producto de la ejecución del presente contrato, y por tanto en ningún caso podrá divulgarla, copiarla, reproducirla o suministrarla a terceros. Por lo anterior es indispensable que el oferente se comprometa a conocer, aceptar y ajustarse a las políticas de seguridad informática del Comando General de las Fuerzas Militares y del Ejército Nacional, así como aceptar y permitir que el Comando de Personal efectúe los estudios de seguridad al personal consultor que considere necesario, para garantizar la seguridad de su infraestructura computacional e información.
En tal virtud, adoptará todas las medidas necesarias para impedir la duplicación, sustracción, divulgación, alteración, ocultamiento o utilización indebida de información. Bajo ninguna circunstancia dicha información y/o documentación podrá ser utilizada por el consultor para fines distintos al desarrollo del contrato respectivo. Al finalizar la ejecución del proyecto toda la información y documentos entregados por el Comando de Personal, deberán ser retornados.
2.9.
2.9.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO SALA DE MANDO Y CONTROL
En la Sala de Mando y Control COPER el contratista deberá efectuará labores de configuración y/o actualización de software en caso de requerirse, limpieza, revisión de componentes, verificación de sujeción de cables; para los elementos implican:
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
• Verificación y/o actualización del APP de automatización.
• Revisión y limpieza de los sistemas CISCO y POLYCOM (Cámaras, Micrófonos, cables, sistema de reproducción de sonido).
• Mantenimiento y Limpieza de las 04 pantallas (PANTALLA VIDEO WALL LG)
• Mantenimiento, limpieza y organización del gabinete (RACK) 2.9.2 DIAGNÓSTICO INICIAL
• Verificar las condiciones ambientales y del estado de funcionamiento de los equipos que conforman el sistema de comando y control del Comando de Personal.
2.9.3 MANTENIMIENTO CORRECTIVO:
• Verificación, actualización y/o ajuste de la APP “iViewer 4”.
• Verificación y/o ajuste de los sistemas de Videoconferencia CISCO y POLYCOM (Cámaras, Micrófonos, cables, sistema de reproducción de sonido).
• Mantenimiento de las 04 pantallas (PANTALLA VIDEO WALL LG)
• Mantenimiento y organización del gabinete (RACK)
• Verificación y revisión de las conexiones del cableado de audio y video.
2.9.4 REPARACIONES Y REPUESTOS
• El contratista efectuara la reparación correspondiente, de acuerdo al diagnóstico efectuado de la Sala de Mando y Control, según el caso y en el sitio, dentro de la que incluye la entrega e instalación de repuestos de los componentes del sistema.
• El contratista deberá entregar e instalar los repuestos originales necesarios para la corrección de los daños del sistema de videoconferencias con un mínimo de garantía de 12 meses.
• Las reparaciones deberán efectuarse en el lugar de ubicación, de lo contrario el proponente correrá con los costos de envíos, seguros y conexión.
Todo esto, sin generar costo adicional para el Ejército Nacional.
2.10.
2.10.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO ARCO DETECTOR RAPISCAN SYSTEMS METOR 6M
Para el mantenimiento preventivo del rapiscan el contratista debe tener en cuenta todas las medidas para su
correcto funcionamiento, incluyendo:
• Revisión general de los equipos.
• Desmonte, ajuste y verificación del normal funcionamiento de los componentes eléctricos
• Elaboración un reporte de actividades realizando las anotaciones respectivas.
• Elaboración en cada visita de un informe técnico sobre el trabajo realizando y las recomendaciones correspondientes para el normal funcionamiento de los equipos.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
Para la realización de los mantenimientos se entregará un cronograma en el cual quedaran registradas las fechas de cada mantenimiento para así poder disponer del tiempo necesario el contratista debe tener en cuenta y realizar lo siguiente:
• Seis (06) meses de garantía sobre el correcto funcionamiento del equipo después de la instalación final de sus partes.
• Los repuestos que se incluyan en el servicio deben ser originales y/o los recomendados por el fabricante. Se debe considerar como elementos o partes propias del servicio de mantenimiento, los cuales deben estar a disposición las veces que sean necesarias para el arco detector.
• Los demás mantenimientos correctivos que sean necesarios donde se incluya el cambio de accesorios para el correcto funcionamiento de los equipos.
• Dentro del valor del servicio están incluidas las piezas que se requieran por causas de degaste producido por el normal funcionamiento de los equipos, entre estas están: bujes rodamientos, cojinetes, bobinas, elementos rotatorios y componentes de control como imanes, interruptores, cables eléctricos, conectores, embobinados y contactos. Así mismo cambiara partes desgastadas y sus soportes a medida que ello sea necesario para obtener una operación correcta y normal.
• El contratista deberá entregar reporte de mantenimiento preventivo y correctivo con la firma del supervisor o quien haga sus veces.
Nota: Cualquier componente en mal estado deberá ser reemplazado en el momento de la intervención sin generar costo adicional para el Ejército Nacional.
2.11.
2.11.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SISTEMA CONTROLADOR DE TURNOS DIGITALES
Para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de sistema controlador de turnos digitales Quick Erp sección de
dispensador de turnos, el contratista debe incluir la corrección de errores, mejoras de las capacidades, eliminación de funciones obsoletas y optimización, cambio de contraseñas administrativas y de usuarios en caso de ser requerida por el cliente y/o usuario final.
2.11.2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SISTEMA CONTROLADOR DE TURNOS
DIGITALES: El contratista debe realizar:
• Mantenimiento completo de hardware, incluye limpieza profunda de las partes que intervienen, retirada de polvo.
• Limpieza de contactos electrónicos, revisión de partes defectuosas, corrección de errores en general.
• Hardware a intervenir: servidor y periféricos, monitores industriales, dispensador de turnos digitales, impresoras, unidades controladoras, Switch y red LAN en general.
• Revisión general de funcionamiento de sistema, levantamiento de información con usuarios del software, corrección de fallos o errores, actualización de versiones de software.
• Elaboración de documentación del respectivo mantenimiento, levantamiento de actas, registro fotográfico, entrega de correcciones y problema solucionados.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
Nota: Cualquier componente en mal estado deberá ser reemplazado en el momento de la intervención sin generar costo adicional para el Ejército Nacional.
2.12
2.12.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR Y MOTOR MARCA ACCESMATIC BULLDOZER 800. Para el mantenimiento preventivo de las puertas corrediza el contratista debe tener en cuenta todas las medidas
para su correcto funcionamiento, incluyendo: 2.12.2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR Y MOTOR MARCA ACCESMATIC BULLDOZER800: El contratista debe realizar:
• Revisión general de todos los mecanismos, realiza pruebas, verificación de la puesta a tierra y la alimentación eléctrica
• Revisión elementos físicos y mecánicos de puerta y motor
• Ajuste de tuercas y tornillos
• Comprobar el funcionamiento de los dispositivos de seguridad (fotocélulas, costa neumática, etc.) con los tiempos y modos descritos por los fabricantes.
• revisión y/o ajuste del sistema Eléctrico.
• Realizará todas las reparaciones necesarias incluyendo el cambio de piezas para garantizar el correcto funcionamiento de las puertas corredizas, sin repercutir ningún gasto adicional al contrato.
• Los repuestos que se incluyan en el servicio deben ser originales y/o los recomendados por el fabricante. Se debe considerar como elementos o partes propias del servicio de mantenimiento, los cuales deben estar a disposición las veces que sean necesarias.
• Una vez realizado el mantenimiento preventivo y correctivo el contratista en compañía del supervisor a cargo y operador del equipo debe realizar las pruebas correspondientes a fin de determinar el funcionamiento normal de las puertas.
• El contratista deberá entregar reporte de mantenimiento preventivo y correctivo con la firma del supervisor o quien haga sus veces.
Nota: Cualquier componente en mal estado deberá ser reemplazado en el momento de la intervención sin generar costo adicional para el Ejército Nacional.
2.13
2.13.1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR Para el mantenimiento preventivo de las talanqueras vehiculares el contratista debe tener en cuenta todas las
medidas para su correcto funcionamiento, incluyendo: 2.13.2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO: El contratista debe realizar lo siguiente:
• Revisión general de todos los mecanismos, realiza pruebas, verificación de la puesta a tierra y la alimentación eléctrica.
• Revisión y calibración de elementos físicos y mecánicos.
ITEM Nº. 2: MANTENIMIENTO TABLEROS ELÉCTRICOS, UPS, SUBESTACIÓN, BATERÍAS PUERTA CORREDIZA DE ACCESO VEHICULAR, BARRERA AUTOMÁTICA VEHICULAR, ARCO DETECTOR RAPISCAN, SALA DE
COMANDO Y CONTROL
NUM DESCRIPCIÓN DE REQUERIMIENTOS
• Revisión y lubricación de los elementos de engranaje.
• Revisión general del sistema eléctrico.
• Realizará todas las reparaciones necesarias incluyendo el cambio de piezas para garantizar el correcto funcionamiento de las talanqueras vehiculares, sin repercutir ningún gasto adicional al contrato.
• Los repuestos que se incluyan en el servicio deben ser originales y/o los recomendados por el fabricante. Se debe considerar como elementos o partes propias del servicio de mantenimiento, los cuales deben estar a disposición las veces que sean necesarias para el arco detector.
• Una vez realizado el mantenimiento preventivo y correctivo el contratista en compañía del supervisor a cargo y operador del equipo debe realizar las pruebas correspondientes a fin de determinar el funcionamiento normal de las puertas.
• El contratista deberá entregar reporte de mantenimiento preventivo y correctivo con la firma del supervisor o quien haga sus veces.
Nota: Cualquier componente en mal estado deberá ser reemplazado en el momento de la intervención sin generar
costo adicional para el Ejército Nacional.
3.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADICIONALES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
1. Las actividades correspondientes a los servicios a contratar incluyen el mantenimiento preventivo y correctivo a todo costo y mano de obra respectivamente. 2. El contratista garantizará la disposición de un personal mínimo para la ejecución del objeto contractual, del cual acreditará experiencia en actividades relacionadas con el servicio a contratar. 3. El oferente deberá aportar junto con su propuesta las hojas de vida del personal que ejecutará las labores de mantenimiento, acompañadas de los títulos académicos que acrediten la idoneidad de acuerdo con el punto anterior, y dos certificaciones laborales como mínimo en la que se acredite la experiencia relacionada con mantenimiento de circuito cerrado de televisión y control de acceso 4. El contratista adjudicatario deberá cumplir con los requerimientos y normatividad relacionada con seguridad industrial, trabajos en altura, reglamentación ambiental y todas aquellas disposiciones aplicables al objeto del contrato, las Consecuencias jurídicas, económicas o de cualquier otra índole derivada de su inobservancia serán asumidas exclusivamente por el prestador del servicio. 5. El contratista deberá garantizar técnicamente el servicio entregado por un tiempo no menor a 6 meses. 6. El contratista deberá entregar un informe de ejecución contractual incluyendo el registro fotográfico de las actividades desarrolladas, el cual será entregado al término del plazo de ejecución como requisito adicional para la firma del acta de recibo a satisfacción del servicio. 7. El contratista ejecutará el objeto contractual con sus propias herramientas y medios y será responsable de cualquier incumplimiento que se derive de la deficiente logística dispuesta para ejecutar dentro del plazo
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 80 de 1993, se garantiza la participación de los oferentes de los (bienes o servicios) de origen nacional, en condiciones competitivas de calidad, oportunidad y precio, toda vez que los (bienes o servicios) que se pretenden adquirir, pueden ser provistos por personas extranjeras y nacionales.
5. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA – FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA
SELECCIÓN
Atendiendo a la necesidad y especificaciones técnicas presentadas por el Gerente del Proyecto y el comité Técnico del proceso, la modalidad de selección del contratista será la Selección Abreviada De Menor Cuantía de conformidad con la regla general contenida en el Art. 24 de la Ley 80 de 1993, y en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2° del Art. 2 de la Ley 1150 de 2007 que establece: “…La escogencia del contratista se efectuara por regla general a través de selección abreviada, con las excepciones que se señalan en los numerales 2°, 3° y 4° del presente artículo…” atendiendo a la naturaleza del objeto a contratar y especialmente a la cuantía del proceso; así mismo, se dará aplicación a las disposiciones que sobre esta modalidad de selección se encuentren reglamentadas en el Decreto 1082 de 2015. Adicionalmente, se tendrán en cuenta como aspectos para la selección objetiva del contratista los factores calidad-precio soportados en puntajes señalados en el pliego de condiciones y en concordancia con lo previsto en el literal b) del numeral 2° del Art. 5 de la Ley 1150 de 2007. Es necesario tener en cuenta que le presupuesto asignado para adelantar el presente proceso de contratación asciende a la suma CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO PESOS MCTE. ($188.367.225,00). De acuerdo con lo anterior, jurídicamente se concluye que el procedimiento para la selección del contratista deberá efectuar mediante la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, en razón a la cuantía y naturaleza del objeto del proceso.
6. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
De acuerdo con el objeto a contratar y la naturaleza de las prestaciones, el contrato a celebrar se tipifica como un CONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS.
6.1 NORMAS APLICABLES
El marco legal del proceso de selección y del contrato que se derive de su adjudicación, está conformado por la Constitución Política de Colombia, las Leyes de la República de Colombia y en especial por:
• Código Civil
• Código General del Proceso
• Código de Comercio
• Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
• Resolución Ministerial 4519 del 27 de Mayo de 2016
• Resolución No. 6302 del 31 de julio de 2014 “Manual de Contratación del Ministerio de Defensa Nacional” (En lo que aplique).
• Directiva Permanente No. 15 del 10 de marzo de 2015 “Políticas de Contratación del Sector Defensa” (en lo que aplique)
• Manuales expedidos por Colombia Compra Eficiente (en lo que aplique)
• Y demás normas concordantes y pertinentes
7. NORMATIVIDAD SOBRE ESTUDIOS PREVIOS
Para la elaboración de los Estudios Previos se dio aplicación a lo establecido en los numerales 7 y 12 (Modificado por el Art. 87 de la Ley 1474 de 2011) del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, el Art. 8° de la Ley 1150 de 2007, Art. 10 de la Ley 1712 de 2014, los Arts. 2.2.1.1.1.7.1. y 2.2.1.1.2.1.1. Del Decreto 1082 de 2015, la Resolución 6302 de 2014 y demás normas complementarias y concordantes.
En desarrollo de la normativa enunciada, los estudios y documentos previos, estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones o del contrato, de manera que los proponentes o el eventual contratista respectivamente, puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como el de distribución de riesgos que la misma propone.
8. PRESUPUESTO ASIGNADO AL PROCESO DE CONTRATACIÓN, ANÁLISIS ECONÓMICO Y AVAL TÉCNICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
PRESUPUESTO ASIGNADO DE ACUERDO A LA DISTRIBUCIÓN DEL PLAN DE COMPRAS
El Gobierno Nacional mediante Decreto 2411 del 30 de Diciembre de 2019 liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020. De igual forma dicho presupuesto fue clasificado en el recurso 10, el cual respalda el presente proceso. La distribución de los recursos asignados por el Gobierno Nacional para el MDN-Ejército Nacional, fue realizada por el Comando Financiero y Presupuestal del Ejército, de acuerdo con las necesidades previamente establecidas, la cual se efectúa la distribución interna en el presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal que corresponda. El presupuesto asignado para adquirir los servicios objeto del presente proceso es hasta la suma de CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO PESOS MCTE. ($188.367.225,00), respaldados con el CDP No. 7920 de fecha 6 de abril de 2020, expedido por el jefe de presupuesto de la CENAC PERSONAL.
8.1 ANÁLISIS ECONÓMICO DE PROYECCIÓN DE PRECIOS Y CANTIDADES PRECIOS HISTÓRICOS El comité económico estructurador no tomará precios históricos teniendo en cuenta que la CENAC PERSONAL no ha realizado procesos de contratación con las mismas o similares especificaciones técnicas.
8.2. PRECIOS DE MERCADO De acuerdo a la necesidad planteada por el COPER, se adelantó el estudio de mercado, mediante SECOP II, en la opción solicitud de información a los proveedores, e invitación por correo institucional. Para el proceso objeto de estudio se encuentran 2834 empresas que pueden llegar a satisfacer la necesidad, de las cuales 5 empresas, cargaron cotización en el SECOP II:
Según la anterior información el comité técnico estructurador debidamente nombrado mediante acto administrativo, avala las cinco (5) cotizaciones, estableciendo que cumplen con las condiciones técnicas exigidas para el presente proceso.
8.3. ANÁLISIS DE COTIZACIONES De conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 2.2.1.1.2.1.1. Del Decreto 1082 de 2015 “Estudios y Documentos Previos”, el cual establece: “El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la Entidad debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. (…)”, se procedió a consolidar la información de las cotizaciones obtenidas por la CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE DE PERSONAL para los ítems objeto de adquisición, de la siguiente manera: El Comité Económico Estructurador, verificó a través del Registro Único Empresarial y Social - RUES de la Cámara de Comercio, que las empresas cotizantes tengan el estado de su matrícula “activa” y se encuentren con actividades similares que impliquen el desarrollo del objeto del presente proceso contractual.
ANÁLISIS DE PRECIOS COTIZADOS Las cotizaciones presentadas por las firmas registran precios bajo la condición 100% contra entrega las empresas REDNEET SAS, NETWORK & ACCESORIES SAS, PANATEL SAS, HELIOS T&I SAS, MEGEL.
8.4 PROYECCIÓN PRECIO REFERENCIA Y PRESUPUESTO ESTIMADO
Una vez verificadas las cotizaciones allegadas, el comité económico estructurador establece el precio de referencia incluido IVA bajo las siguientes condiciones: 1. Si el coeficiente de dispersión relativa entre las cotizaciones es mayor al treinta por ciento (30%), el criterio para establecer el precio de referencia será la MEDIA GEOMETRICA, MEDIANA, PROMEDIO, entre cotizaciones
1. Si el coeficiente de dispersión relativa entre las cotizaciones es menor al treinta por ciento (30%), el
criterio para establecer el precio de referencia será el MENOR VALOR.
NOTA: Los ítems subrayados en color verde no fueron tenidos en cuenta para hallar los precios de referencia ya que generaban dispersiones superiores al 70%, entre la variación del menor y el mayor valor
N o. ITEM U N ID A D Q R ED N EET SA SN ETW OR K &
A C C ESOR IES SA SPA N A TEL SA S HELIOS T&I SA S M EGEL
El presupuesto obtenido, arrojó un cálculo estimado de CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS CON DIECISIETE CENTAVOS M/CTE ($188.258.335,17).
Los interesados en participar en el presente proceso deberán ofertar conforme a lo exigido en el presente estudio previo,
N o. ITEM PROM EDIO M EDIANA M EDIA GEOM ÉTRICADESVIACIÓN
sin sobrepasar el precio de referencia para cada ITEM incluido IVA del 19%. De no ser así se entendería que se encuentra incurso en causal de rechazo.
8.5 CUBRIMIENTO DE LA NECESIDAD
Para determinar el cubrimiento de la necesidad, se tuvieron en cuenta la cantidad señaladas en el estudio previo la proyección del precio de referencia incluido IVA y presupuesto asignado para el proceso. Necesidad que se satisface de acuerdo con el cuadro que se indican a continuación:
Se cubrirá la necesidad hasta agotar el presupuesto asignado para la vigencia 2020, de acuerdo con el requerimiento del supervisor del contrato.
N o. ITEMTOTA L
N EC ESID A D
C A N TID A D ES
M IN IM A S A
A D QU IR IR
% C A N TID A D %
1MANTENIMIENTO PREVENTIVO SISTEMA CONTROL DE ACCESO
DE ACUERDO AL ANEXO TÉCNICO 28 SERVICIOS28 28 100% 28 0,00% $ 300.000,00 $ 8.400.000,00
2MANTENIMIENTO CORRECTIVO SISTEMA CONTROL DE ACCESO
DE ACUERDO AL ENEXO TÉCNICO 28 SERVICIOS28 28 100% 28 0,00% $ 275.000,00 $ 7.700.000,00
3MANTENIMIENTO PREVENTIVO SISTEMA CCTV Y SWITCH DE
Como se observa en la proyección estimada señalado en el anterior cuadro, se evidencia el siguiente balance de presupuesto:
TOTAL NECESIDAD $ 193.158.335
PRESUPUESTO ASIGNADO $ 188.367.225
CUBRIMIENTO DE LA NECESIDAD 98%
Con lo anterior se observa que en referencia al presupuesto asignado se establece una limitación para cubrir las cantidades requeridas en un 2% y un cubrimiento de la necesidad del 98%. 9. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE El MDN-EJERCITO NACIONAL-CENAC PERSONAL, en virtud de los Principios de eficiencia y transparencia establecidos en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, en desarrollo de la actividad contractual, requiere de la celebración de diferentes contratos, para el cabal cumplimiento de sus funciones. Los factores de escogencia de la oferta más favorable, se realizará a través de la verificación del cumplimiento de los aspectos jurídicos, técnicos y financieros y de igual forma, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.2. Del Decreto 1082 de 2015 que establece: “Ofrecimiento más favorable. La Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad selección del contratista.// En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas;(…)”, lo anterior, en concordancia con lo establecido en el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 que dispone: “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y
detallada de los mismos contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos.(…)”
El artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015 establece el procedimiento para la selección abreviada de menor cuantía, en los siguientes términos:
BIEN VIGENCIAPRESUPUESTO
ASIGNADO
PRESUPUESTO
ESTIMADO INCLUIDO
IVA
PRESUPUESTO NO
COMPROMETIDO
ELEMENTOS DE PROTECCION PARA
MOTOCICLISTAS CON DESTINO A LA
DIRECCIÓN DE PRESERVACIÓN DE
LA INTEGRIDAD Y SEGURIDAD DEL
EJÉRCITO
2020 $ 188.367.225 $ 188.258.335 $ 108.890
$ 188.367.225 $ 188.258.335 $ 108.890 VALOR TOTAL PRESUPUESTO
Además de las normas generales establecidas en el presente título, las siguientes reglas son aplicables a la selección abreviada de menor cuantía: 1. En un término no mayor a tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura del Proceso de Contratación los interesados deben manifestar su intención de participar, a través del mecanismo establecido para el efecto en los pliegos de condiciones. 2. Si la Entidad Estatal recibe más de diez (10) manifestaciones de interés puede continuar el proceso o hacer un sorteo para seleccionar máximo diez (10) interesados con quienes continuará el Proceso de Contratación. La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones si hay lugar a sorteo y la forma en la cual lo hará. 3. Si hay lugar a sorteo, el plazo para la presentación de las ofertas empezará a correr el día hábil siguiente a la fecha en la cual la Entidad Estatal informe a los interesados el resultado del sorteo. 4. La Entidad Estatal debe publicar el informe de evaluación de ofertas durante tres (3) días hábiles. Conforme a lo anterior, los siguientes constituyen los requisitos habilitantes:
9.1 DOCUMENTOS DE CONTENIDO JURÍDICO OBJETO DE VERIFICACIÓN
9.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el pliego de condiciones “Formulario 1 – Carta de Presentación de la Propuesta” y será suscrita por el proponente, representante legal del proponente o su apoderado. Si la propuesta es presentada en unión temporal o consorcio, deberá estar suscrita por su representante legal debidamente facultado en los términos de Ley.
• AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTA Y SUSCRIBIR EL CONTRATO
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la cual deberá ser previa a la fecha de presentación de la oferta. Cuando el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, mínimo por el valor del presupuesto oficial del proceso de selección. En el caso de consorcios, cada uno de los representantes legales de sus integrantes deberá estar facultado para contratar mínimo por la proporción en relación con la cantidad de sus integrantes frente al presupuesto oficial. Para las uniones temporales los representantes legales deberán estar facultados para contratar mínimo en proporción a su participación en dicha unión frente al valor de la propuesta. 9.1.2 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL 9.1.2.1 Personas Jurídicas Nacionales de Naturaleza Privada y/o Personas Naturales con Establecimientos de Comercio.
Se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza privada y/o personas naturales con establecimientos de comercio, aquellas entidades y/o establecimientos de comercio, constituidas con anterioridad a la fecha en la que venza el plazo para la presentación de propuestas dentro del presente proceso de selección conforme a la legislación colombiana y con domicilio en Colombia, con aportes de origen privado, las que deberán cumplir al momento de presentación de la propuesta con los siguientes requisitos: a. Acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio social y/o matrícula mercantil, b. con fecha de expedición igual o inferior a quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la propuesta. c. Acreditar un término mínimo de duración remanente de la sociedad y/o establecimiento de comercio de tres (3) años, contado a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes y servicios o de la vigencia del contrato. Nota: Para las personas naturales con establecimiento de comercio deberá presentar documento privado suscrito por el propietario en el cual se comprometa a mantener vigente el establecimiento de comercio por un término no inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. d. Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal y/o suplente para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato ofrecido. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar adicionalmente copia del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato, y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario, de conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 28 del Código de Comercio, modificado por el artículo 175 del Decreto Nacional 019 de 2012, el acta debe estar debidamente inscrita, registrada y ejecutoriada en el registro mercantil de la sociedad. e. Acreditar que el objeto social principal de la sociedad y la actividad comercial, para el caso de las personas naturales, se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato, según el tipo de sociedad comercial que se acredite, de manera que le permita a la persona jurídica y/o natural la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere. f. Acreditar la renovación de la matrícula mercantil, lo cual se verificará con el certificado de existencia y representación legal.
9.1.2.2 Personas Jurídicas Nacionales de Naturaleza Pública
Se considerarán personas jurídicas Nacionales de Naturaleza Pública, aquellas entidades conformadas bajo las leyes de la República de Colombia, que por virtud de la Ley o del acto que autorice su constitución y según la participación estatal que se registre en ellas, deban someterse al régimen de derecho público, trátese de entidades territoriales o descentralizadas funcionalmente de cualquier orden, las que deberán cumplir con los siguientes requisitos: a. Acreditar su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y representación se deriven de la Constitución o la ley. Para el efecto, deberán mencionarse los documentos y actos administrativos que conforme a la Ley, sean expedidos en cada caso por la autoridad competente, con las formalidades y requisitos exigidos por la ley para su eficacia y oponibilidad ante terceros, con fecha de expedición igual o inferior a un (1) mes anterior a la fecha de presentación de la propuesta. En todo caso, deberá mencionarse el documento mediante el cual se dio la autorización para la suscripción del contrato, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será responsabilidad de la
persona jurídica correspondiente, asegurarse de haber cumplido con todos los requisitos presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y para poder ejecutar adecuada y oportunamente las obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta. b. Acreditar que el ente público contratante tiene capacidad legal para la celebración y ejecución del contrato. c. Acreditar la suficiencia de la capacidad legal del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere. d. Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado, deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido (poder), que su representante o apoderado están expresamente facultados para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
9.1.2.3 Personas Jurídicas Públicas o Privadas de Origen Extranjero.
Para los efectos previstos en este numeral, se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las sociedades que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación Nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales. Las Propuestas de personas jurídicas de origen extranjero se someterán en todo caso a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual para su participación cumplirán con las siguientes condiciones: a. Acreditar su existencia y representación legal a efectos de lo cual presentará un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, con fecha de expedición igual o inferior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de la presentación de la propuesta, en el que conste su existencia, objeto y vigencia y el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades, en el cual se señale expresamente que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el contrato y comprometer a la entidad a través de su oferta. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se presentará adicionalmente copia del acta o documento en donde conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice al representante legal para presentar la Propuesta, la suscripción del Contrato y para actuar en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar Adjudicatario.
Nota: En caso que el documento expedido por la autoridad competente del país de su domicilio, no contenga toda la información requerida en el literal “a”; el proponente, deberá acompañar con el o los documentos públicos o privados mediante los cuales acredite el cumplimiento de lo exigido en el literal a. Nota 1: Los anteriores requisitos se acreditaran de conformidad con la Ley vigente del País de origen de la sociedad proponente. En todos los casos, los documentos expedidos en el exterior que acrediten las condiciones anteriores cumplirán todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia, con el propósito que puedan obrar como prueba conforme con lo dispuesto en el artículo 251 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), el artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 4300 del 24 de julio de 2012 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y las demás normas vigentes. Nota 2: El proponente extranjero y todos los integrantes de los oferentes plurales extranjeros deberán diligenciar el
manifestar en certificación adjunta a su propuesta que no tiene Sucursal en Colombia, ni ejerce actividades de comercio de carácter permanente en el país.
Nota 3: En caso que la ejecución del contrato comporte la permanencia de actividades en el territorio nacional por concurrir los elementos de permanencia, duración y estabilidad en la prestación del servicio, que impliquen el establecimiento en Colombia de una infraestructura y disposición de personas, el oferente adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo señalado en los artículo 471 y 474 del Código de Comercio y constituir una vez suscrito del Contrato, una sucursal en Colombia cuyo objeto social contemple la suscripción y ejecución del Contrato celebrado y que se mantenga vigente por el plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más según se establece en el numeral 1 del artículo 471 del Código de Comercio. La sucursal se deberá establecer de acuerdo con los parámetros previstos en las leyes civiles, comerciales y tributarias. El contratista deberá acreditar el cumplimiento de la presente obligación dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del contrato; el incumplimiento de estos compromisos será considerado como incumplimiento contractual y dará lugar a las sanciones establecidas en los términos del Contrato.
9.1.2.4 Apoderado, persona jurídica extranjera
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deberán acreditar en el país un apoderado con domicilio en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada y demás actos necesarios de acuerdo con el pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y en tal caso bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
En el evento que el Apoderado en Colombia de que trata este numeral, sea persona natural, deberá acreditar su condición de Abogado o Comerciante, con el documento respectivo vigente, expedido en Colombia.
El poder especial para representar al proponente extranjero deberá contener nota de presentación personal de conformidad con lo señalado en el inciso tercero del artículo 25 del Decreto Ley 019 de 2012 y la circular No. 17 de Colombia Compra Eficiente y cumplir con lo dispuesto en los artículos 74 y 251 del Código General del Proceso.
9.1.2.5 De los documentos expedidos en el exterior En todos los casos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior, con el propósito de que puedan obrar como prueba conforme con lo dispuesto en los artículos 74 y 251 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), en la Resolución 3269 del 14 de junio de 2016 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, el Artículo 480 del Código de Comercio y las demás normas vigentes sobre abolición de la legalización para documentos públicos extranjeros (apostille). En tratándose de los documentos de índole legal y técnico, la oportunidad para allegarlos en original se hará exigible para el adjudicatario, de manera que para efectos de presentar la propuesta el MDN-EJÉRCITO NACIONAL – CENACPER, aceptará documentos en copia simple. Igualmente, el proponente presentará la certificación del Registró Único de Proponentes, conforme a lo dispuesto en
el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado parcialmente por el artículo 221 del Decreto 0019 de 2012 y demás normas concordantes. En caso que al documento expedido en el exterior o en idioma extranjero, le sea aplicable un convenio o tratado internacional que verse sobre la supresión del requisito de legalización (Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961 o similares), el proponente deberá aportar los documentos idóneos y plenos de formalidades en original. Si se trata de documentos expedidos en el exterior o en idioma extranjero, que requieren de actos notariales o que se consideren documentos públicos, siéndoles aplicables la Ley 455 de 1998, deberá el proponente aportar el original del documento donde se distingan los sellos y firmas necesarios, requeridos y certificados, así como el “apostille” del aludido documento, de tal manera que lo certificado en el formato del apostille corresponda y se atribuible al documento expedido en el exterior o en idioma extranjero con traducción oficial. Para que un documento emitido por un “país que hace parte de la “Convención de la Haya” tenga validez en el territorio colombiano, debe estar apostillado por la entidad competente en el país en el que fue expedido. Una vez se haya realizado el trámite de apostilla ante la entidad competente del país, se podrá presentar el documento ante la entidad que lo requiera en Colombia. Para que un documento emitido por un “país que no hace parte de la Convención de la Haya” tenga validez en el territorio colombiano, debe:
• Avalar el documento ante la Entidad extranjera para su certificación
• Dirigir el documento al Ministerio de Relaciones Exteriores o quien haga sus veces en el país de origen
• Llevar los documentos al consulado colombiano en el país de origen, para avalar la firma del funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores o quien haga sus veces
• Terminar la cadena de legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, para acreditar la firma del Cónsul colombiano.
Si el documento a Apostillar o legalizar requiere presentarse en otro idioma diferente al castellano, deberá ser traducido por traductor oficial. El listado de traductores oficiales se encuentra en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual debe consultar el directorio de traductores oficiales. Una vez traducido el documento, deberá apostillarse o legalizarse la firma del traductor oficial. En caso de ausencia o falta de alguna de las formalidades exigidas por el ordenamiento jurídico, los actos que sustancian los documentos aportados en la propuesta, serán tenidos como INEXISTENTES conforme al artículo 898 del Código de Comercio. 8.1.2.6 Propuestas Conjuntas / Proponentes Plurales
Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura; en tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual deberá declararse de manera expresa en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las
reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o de la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido.
• Acreditar un término mínimo de duración del consorcio o de la unión temporal de tres (3) años, contados a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes o de la vigencia del contrato.
• Acreditar la existencia, representación legal y capacidad jurídica de las personas consorciadas o asociadas en unión temporal, y la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio o unión temporal, así como de la propuesta para la presentación, celebración y ejecución del contrato. Esto para significar que todos los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal deben desarrollar una actividad industrial o comercial directamente relacionada con el objeto del proceso.
• Acreditar que cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal tienen un término mínimo de duración de tres (3) años, contados a partir del vencimiento del plazo máximo para la entrega de los bienes o de la vigencia del contrato.
• La designación de un representante que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
• Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los consorcios o uniones temporales, deberán acreditarse mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida.
• Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, respecto de las personas jurídicas o naturales que se asocien en consorcio o en unión temporal para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos del presente pliego de condiciones. En todos los casos de propuestas presentadas por dos o más personas naturales y/o jurídicas, en las que no se exprese de manera clara y explícita la clase de asociación que se constituye (consorcio o unión temporal), se presumirá la intención de concurrir al proceso de selección en consorcio, con los efectos y consecuencias que dicha forma de asociación conlleve para los proponentes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993. En cualquier caso, se verificará que todos los miembros del Consorcio o la Unión Temporal desarrollen la actividad industrial o comercial directamente relacionada con el objeto del proceso. 9.1.2.7 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA La cual deberá constituirse por el 10% de la oferta, su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. La no presentación de la garantía de seriedad junto con la propuesta o la presentación de la misma con defectos sustanciales constituye causal de rechazo. La garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos, así: a. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. b. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. c. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
d. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
Cuando la propuesta se presente en Consorcio o Unión Temporal, la póliza deberá tomarse a nombre del consorcio o de la unión temporal, según el caso, con la indicación de cada uno de sus integrantes (no a nombre de sus representantes legales), y deberá expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte. De igual manera deberá establecer el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes conforme al acta de constitución. El proponente acepta que El MDN – Ejército Nacional- CENACPER le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando esta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al MDN – Ejército Nacional, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente”. Nota: La Entidad verificará la existencia, contenido y validez de la póliza de seriedad con la Compañía Aseguradora directamente. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, el proponente podrá otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, contrato de seguro contenido en una póliza, patrimonio autónomo y garantía bancaria. 9 .1.2.8 VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES JUDICIALES DEL OFERENTE De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 0019 de 2012, y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), el MDN – Ejército Nacional – CENAC PERSONAL realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que dispone el Gobierno Nacional para el efecto. La consulta deberá ser realizada por el Comité Jurídico Evaluador y en caso que el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, la propuesta será inhabilitada. 9.1.2.9 Verificación en el Registro Nacional de Medidas Correctivas de la Policía Nacional: De conformidad con lo previsto en los Artículos 182 y 183 del Código Nacional de Policía y Convivencia – Ley 1801 de 2016, la Entidad consultará el Registro Nacional de Medidas Correctivas con el fin de verificar que el proponente (persona natural) se encuentre al día en el pago de las multas establecidas en el citado Código (https://srvpsi.policia.gov.co/PSC/frm_cnp_consulta.aspx)
9.1.3 CONSTANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE APORTES PARAFISCALES PARA OFERENTES NACIONALES Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente deberá allegar una certificación expedida por el revisor fiscal, si es del caso, o del representante legal del proponente, y/o de contador público certificado, según resulte aplicable, en la cual se verifique que se encuentra al día en el pago al Sistema Integrado de Seguridad Social y Riesgos Laborales (en los casos que aplique, de acuerdo a lo contenido en la Ley 1607 de 2012 y Decreto 1828 de 2013, modificado por el Decreto 014 de 2014) Así mismo, deberá anexar copia de los pagos realizados en los dos (2) meses inmediatamente anteriores a la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, con las planillas donde conste el personal y el pago realizado. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 “Exoneraciones de Aportes” de la Ley 1607 de 2012, por medio de la cual se expiden normas en materia tributaria y se dicta otras disposiciones, que establece que la constancia de pago de los aportes fiscales será exigible hasta el momento en que el Gobierno Nacional implemente el Sistema de Retenciones. En el evento en que la sociedad tratándose de personas Jurídicas no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. Para el caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus miembros deberá presentar la certificación correspondiente. La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad.
Nota: Tratándose de proponentes – persona natural, deberá aportar las planillas o comprobantes de pago de estas obligaciones, correspondientes a los dos (2) meses inmediatamente anteriores al cierre del proceso.
9.1.3.1CERTIFICACIÓN DE RESPONSABILIDADES FISCALES DE LA CONTRALORÍA Al tenor del artículo 60 de la Ley 610 de 2000, y la Resolución No. 5149 de 2000, la Entidad verificará que el proponente no se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República del respectivo trimestre. En caso de ofertas conjuntas, se verificarán los antecedentes fiscales de cada una de las sociedades que la conforman así como sus representantes y del representante legal de la unión temporal o consorcio. Si el oferente es persona jurídica se verificarán los antecedentes tanto de la empresa, como el de su representante legal. 9.1.3.2 CERTIFICACIÓN ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
La Entidad verificará que el proponente no tenga antecedentes disciplinarios de acuerdo con el certificado expedido por la Procuraduría General de la Nación, en caso de ofertas conjuntas, se verificarán los antecedentes disciplinarios de cada una de las sociedades que la conforman su representante legal, y el representante legal de la unión temporal o consorcio.
Si el oferente es persona jurídica se verificarán los antecedentes disciplinarios tanto de la empresa, como el de su representante legal. 9.1.3.3 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN Y CLASIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES
El proponente (Personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras naturales con domicilio en Colombia o extranjeras jurídicas con sucursal en Colombia) deberá presentar con su oferta el Certificado de Inscripción y Clasificación en el Registro Único de Proponentes expedido por la respectiva Cámara de Comercio. Este certificado debe haber sido expedido dentro de los quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de las propuestas; cumpliendo con lo establecido en el artículo 6º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el Decreto Ley 0019 de 2012 y demás normas concordantes. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015, la persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP. La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento. El proponente o todos los miembros del consorcio o unión temporal, que vayan a proveer los bienes y/o servicios objeto del presente proceso de selección, trátese de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras (con domicilio o sucursal en Colombia), deberán encontrarse inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015. Adicionalmente, el proponente y todos los miembros del consorcio o unión temporal deberá (n) estar inscrito (s) en la (s) actividad (es), especialidad (es) y grupo (s) exigido (s) en pliego de condiciones. Tratándose de personas jurídicas extranjeras de naturaleza pública o estatal, no se requerirá su inscripción en el RUP. De no existir claridad en la documentación e información o que esta no repose en el documento RUP, la Administración podrá requerirla en cualquier momento para efectos de analizar la capacidad e idoneidad del proponente como requisitos habilitantes en el proceso de selección. Si a la fecha de presentación de la oferta, el RUP del proponente no se encuentra en firme, deberá acreditar que solicitó su renovación oportunamente o que su inscripción está en trámite, sin perjuicio que para el momento de finalizar el término de traslado de las evaluaciones, el RUP deba encontrarse en firme, lo cual deberá acreditar dentro de ese mismo término. 9.1.3.4 DILIGENCIAMIENTO FORMULARIO “COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN”
En el Formulario No. 5 “COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN”, se certifica el compromiso del oferente de NO ofrecer dádivas ni sobornos a ningún funcionario público y se acreditan los pagos en que incurrirá el oferente relacionados con la presentación de la propuesta. Este formulario deberá diligenciarse y presentarse por el oferente, debidamente suscrito por el representante legal o apoderado 9.1.4 DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO “PACTO DE INTEGRIDAD”
En cumplimiento de las disposiciones de la Directiva Permanente No. 15 de 2015, deberá presentarse el formulario No. 8 que incorpora el pacto de integridad debidamente suscrito por el representante legal o apoderado del proponente.
9.1.5 FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA DEL REPRESENTANTE LEGAL
El proponente deberá allegar junto con su oferta copia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal del proponente o del Representante Legal del proponente plural. 9.1.6 DOCUMENTOS DE CONTENIDO TÉCNICO OBJETO DE VERIFICACIÓN 9.1. 7 CUMPLIMIENTO NORMAS Y/O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El oferente acreditará que cumple con las Especificaciones Técnicas que son de obligatorio cumplimiento y que corresponden a los ítems ofertados, para tal efecto diligenciara correctamente el Formulario Nº 6 “Cumplimiento especificaciones técnicas”, el cual será verificado por el comité técnico evaluador.
9.1.7.8 VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA HABILITANTE DEL PROPONENTE
De conformidad con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y reglamentado por el artículo 2.2.1.1.1.5.3. Del Decreto 1082 de 2015, el oferente debe acreditar su experiencia habilitante de acuerdo con los siguientes parámetros: Información vigente y en firme contenida en el Registro Único de Proponentes “RUP”, en las condiciones señaladas en el presente proceso contractual y con los siguientes requisitos:
• El proponente deberá comprobar la experiencia establecida, en los tres códigos establecidos en clasificador de bienes y servicios, en el tercer nivel, así:
GRUPO SEGMENTOS FAMILIAS CLASE PRODUCTO
F ( SERVICIOS) 72000000 Servicios de Edificación,
construcciones y Mantenimiento
72100000 Servicio de mantenimiento y reparaciones de construcciones e
instalaciones
72103300 Servicios de
mantenimiento y reparación de infraestructura
72103302 Mantenimiento o soporte
de equipo de telecomunicaciones
F (SERVICIOS) 81000000 Servicios basados en
Ingeniería, Investigación y Tecnología
81110000 Servicios informáticos
81111800 Servicios de sistemas y
administración de componentes de
sistemas
81111812 Servicio de mantenimiento o soporte del hardware del
computador
F (SERVICIOS) 81000000 Servicios basados en
Ingeniería, Investigación y Tecnología
81110000 Servicios informáticos
81112200 Mantenimiento y
soporte de software
81112204 Mantenimiento de
software de sistemas operativos
El oferente deberá acreditar la celebración ejecución y liquidación de contratos cuyo objeto tenga relación directa y/o similar al mismo y la suma de los mismos deberá ser igual o superior al presupuesto asignado para este proceso
contractual, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes (s.m.m.l.v).
• En el caso de proponentes plurales (uniones temporales o consorcios), la experiencia deberá acreditarse en forma individual, es decir, por cada uno de sus integrantes, y la suma de los contratos celebrados deberá ser igual o superior al presupuesto asignado para este proceso contractual, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes (s.m.m.l.v). 9.4 VERIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA HABILITANTE PARA LOS OFERENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA Y PARA EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO. El proponente extranjero acreditará la experiencia requerida en el presente pliego de condiciones, mediante el diligenciamiento del formulario No. 3 “EXPERIENCIA DEL PROPONENTE”, en su parte de “ACREDITACIÓN EXPERIENCIA PARA OFERENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO EN COLOMBIA”. Para el caso de personas naturales y jurídicas extranjeras, la experiencia debe acreditarse mediante certificaciones que den cuenta de esta por el 100% del valor del presupuesto del proceso expresada en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) colombianos, por la ejecución de contratos y/o facturas. Para el efecto esta documentación deberá cumplir con los protocolos y formalidades para los documentos expedidos en el exterior. Las certificaciones que presenten los oferentes deben reunir los requisitos que se describen en el numeral anterior. 9.5 GARANTÍA TÉCNICA Y TÉRMINO DE RESPUESTA La garantía técnica entrara en vigencia a partir de la entrega recepción del Servicio, y por un término de SEIS (6) MESES en el evento en que se detecte alguna deficiencia en la calidad del servicio objeto de la presente contratación, el contratista debe proceder inmediatamente a realizar los correctivos pertinentes a su cargo y de ser el caso realizar un mantenimiento dentro de los cinco (5) días calendario siguientes al requerimiento que realice el Supervisor del Contrato. Si la Unidad detecta que cualquiera de los servicios no cumple con las características garantizadas o con las especificaciones técnicas, el contratista asumirá su costo y bajo su responsabilidad todas las medidas y ejecutará todos los cambios que sean pertinentes incluyendo los costos de suministro y todos los demás costos que puedan ser necesarios para hacer que el servicio adquirido cumpla con las especificaciones. Todas las piezas o repuestos defectuosos del objeto de esta contratación serán reemplazados por el contratista, sin costo adicional para la Unidad. Si después de ser notificado, el contratista rehúsa o descuida persistentemente tomar las acciones que sean requeridas para ajustar los servicios al cumplimiento de las características garantizadas o de las especificaciones, incluyendo el reemplazo total o parcial si es necesario, la Unidad podrá rechazar la totalidad del servicio y si es del caso hacer efectivas las garantías pactadas en el contrato. Para el presente proceso de selección el proponente deberá presentar la garantía técnica en documento independiente debidamente suscrito por el proponente. La garantía mínima requerida en este proceso debe cumplir con los siguientes requisitos:
• Que ampare el cumplimiento de las condiciones técnicas de los servicios adquiridos, responsabilizándose de
los reclamos por cualquier defecto de calidad en el mantenimiento instaurado.
• Que ampare cada uno de los requerimientos técnicos.
• Que ampare la calidad y correcto funcionamiento de las piezas y/o repuestos instalados originales
(recomendación casa fabricante)
• Que sea por el tiempo de ejecución del contrato y 6 meses más a partir de la firma del
Acta de recibo a satisfacción de los servicios.
9.6 TÉRMINO DE RESPUESTA DE LA GARANTÍA El proponente debe proceder inmediatamente a realizar los correctivos pertinentes a su cargo y dar respuesta al cambio de los bienes y/o servicios a entregar, por mala calidad, de ser el caso el contratista se compromete a hacer la reposición del servicio dentro de los cinco (5) días calendario siguientes al requerimiento que realice el Supervisor del Contrato o de forma inmediata ante hechos que requieran la urgente intervención del contratista los costos en que deba incurrir en el cumplimiento del deber de garantía técnica corren por cuenta del contratista. 9.7 ASPECTOS DE CONTENIDO TÉCNICO OBJETO DE PONDERACIÓN Las condiciones a evaluar por este aspecto se entienden adicionales (no tendrán ningún costo adicional) a los requerimientos mínimos exigidos al proponente, así:
ÍTEM FACTOR TÉCNICO PONDERABLE PUNTAJE
1 El oferente que ofrezca sin costo adicional para la fuerza, el suministro e instalación de 01 Lector Biométrico ICLASS SE RB25F BIOMETRIC que corresponde a las mismas características técnicas de los instalados en el Edificio COPER
200
2 El oferente que ofrezca sin costo adicional para la fuerza, 01 mantenimiento preventivo, adicional a los contratados, para las UPS relacionadas en el proceso.
100
9. 8 EVALUACIÓN LEY 816 DE 2003 “Apoyo a la industria nacional”
La evaluación del cumplimiento de la Ley 816 de 2003 “Apoyo a la Industria Nacional” y sus respectivos soportes emitidos por el ministerio de comercio, industria y turismos vigentes (cuando aplique), se evaluará de la siguiente manera, para lo cual el proponente deberá diligenciar el Formulario No. 5:
De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 816 de 2003, el puntaje que se aplicará como consecuencia de la protección a la industria nacional será el siguiente: Se le otorgará el 20 % de la totalidad del puntaje a oferentes de bienes y servicios de origen 100% nacional y oferentes de bienes y servicios extranjeros que acrediten reciprocidad; y un 5% de puntaje total a oferentes de bienes y servicios extranjeros acreditados (con componente nacional), constituyéndose este puntaje en el final para determinar el orden de elegibilidad de las propuestas.
Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado tanto en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. Este último caso se demostrará con informe de la respectiva misión diplomática colombiana, que se acompañará a la documentación que se presente, en los términos del CERTIFICADO “MISIÓN CONSULAR” que se establezca en el pliego de condiciones.
SERVICIOS ACREDITADOS: Son aquellos servicios profesionales, técnicos y operativos. El oferente deberá indicar en su oferta si incluirá componente nacional. En el evento en que exista dicho ofrecimiento por parte del oferente, éste tendrá la obligación de cumplir con el mismo en la ejecución del contrato, so pena de hacerse acreedor a las sanciones de ley contempladas en el contrato. El mínimo exigido de componente nacional será del 10% del valor en fábrica oferta. 10. DOCUMENTOS Y CRITERIOS DE VERIFICACIÓN FINANCIERA, ORGANIZACIONAL Y EVALUACIÓN ECONÓMICA
Se efectuará una verificación financiera, organizacional y evaluación económica a la oferta presentada, de conformidad con los documentos y criterios establecidos en el presente capítulo. 10.1 DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO Y ORGANIZACIONAL La información sobre la cual se calcularán tanto los indicadores financieros como la capacidad patrimonial y de organización corresponderá al Balance General y Estado de Resultados con corte a 31 de Diciembre de 2018 o con corte 31 de Diciembre de 2019. CONSIDERACIONES ADICIONALES La información certificada en el RUP quedará en firme diez (10) días hábiles después de la fecha de publicación, siempre que no sea objeto de recurso (Art. 6.3 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto 019 de 2012). A) Personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia. Cuando EL MDN- EJÉRCITO NACIONAL- CENAC PERSONAL, en desarrollo de la verificación financiera y evaluación económica requiera documentos adicionales del proponente, podrá solicitar los que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte requerido por EL MDN- EJÉRCITO NACIONAL-CENAC PERSONAL. Así mismo, de requerir aclaraciones que consideren necesarias, se velara que con ello no se violen los principios fundamentales de la contratación, garantizando por parte de la administración, que estás aclaraciones o documentos no modifiquen, adicionen o complementen la propuesta del proponente. Lo anterior con base en lo señalado en el MANUAL PARA DETERMINAR Y VERIFICAR LOS REQUISITOS HABILITANTES EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN de COLOMBIA COMPRA EFICIENTE; donde se establece que la entidad podrá exigir indicadores adicionales a los establecidos en el numeral tres (3) del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, con ocasión de la naturaleza o complejidad del proceso; para ello se hace necesario contar con la información financiera señalada anteriormente. B) Personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia. Los proponentes extranjeros deberán presentar:
1. El Balance General, el Estado de Resultados y las Notas explicativas a los mismos, correspondientes al corte de Ejercicio del último periodo contable, debidamente aprobados por el órgano competente y de conformidad con lo establecido en las leyes y normas del respectivo país. Este corte en todo caso no podrá exceder de un (1) año de la presentación de la oferta. “Para los casos en que el periodo contable sea diferente de un año, el proponente deberá aportar con su oferta la normatividad correspondiente con el cumplimiento de las formalidades para los documentos expedidos en el exterior.” En el evento de la presentación de ofertas por parte de empresas en calidad de subsidiarias o filiales, las mismas deberán presentar sus propios estados financieros, por lo que no se aceptarán los consolidados de las empresas matrices. 2. Estos estados financieros deben estar acompañados de los traducidos oficialmente al castellano y convertidos a pesos colombianos ($COP). 2. El Balance General debe ser presentado de la siguiente manera: ACTIVOS: Corrientes, Fijos, otros activos y Total PASIVOS: Corrientes, otros pasivos y Total PATRIMONIO: en las cuentas que lo conforman El Estado de Resultado debe contener puntualmente las siguientes cuentas: INGRESOS BRUTOS OPERACIONALES UTILIDAD OPERACIONAL GASTOS FINANCIEROS 4. De igual manera se requiere se allegue el dictamen a los estados financieros debidamente suscrito por el revisor fiscal del proponente o por una auditoría externa del país de origen con su correspondiente traducción oficial al castellano. 5. En documento independiente debidamente suscrito por el representante legal o el apoderado del proponente y un Contador público colombiano, se deberá manifestar que la clasificación de las cuentas y la conversión de los estados financieros a pesos Colombianos. DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO Y ORGANIZACIONAL INFORMACIÓN PARA EL SIIF El proponente deberá diligenciar y subir con su oferta el Formulario No. 7 “Datos Básicos Beneficiario en Cuenta” cuya minuta estará disponible en el sistema SECOP II y que contiene la siguiente información: PARA EL PAGO EN MONEDA NACIONAL
• Nombre o razón social del beneficiario
• Documento de identidad (Cédula, Nit, Pasaporte, Cédula de Extranjería)
• Número de la cuenta corriente o de ahorros expedida por la respectiva entidad bancaria a la cual se abonarán los recursos, en Colombia.
• Entidad Financiera en la cual posee la cuenta, indicando la ciudad donde se encuentre ubicada, en Colombia.
• Registro Único Tributario (Rut). En el evento de ser un Consorcio o Unión Temporal se deberá certificar un único número de cuenta bancaria, avalada por los integrantes del oferente plural. Lo anterior, teniendo en cuenta que el sistema integrado de información financiera – SIIF solo permite escoger una cuenta bancaria para registrar la obligación y orden de pago. CERTIFICACIÓN BANCARIA, expedida en original por la entidad respectiva, dentro de los 30 días anteriores a la fecha de presentación de la oferta. RUT- El proponente deberá aportar junto con su oferta copia del Registro Único Tributario. PROPUESTA ECONOMICA Los oferentes presentarán su oferta económica a través del formulario No.9, para lo cual deberán tener en cuenta lo
siguiente:
• Los oferentes deberán ofertar el valor unitario para cada uno de los ítems, sin sobrepasar el valor unitario de referencia.
• El oferente deberá ofertar la totalidad de los ítems, so pena de incurrir en causal de rechazo. 10.2 INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA Los siguientes indicadores fueron aplicados teniendo en cuenta la cuantía del proceso y los factores económicos del sector a desarrollar dicho proceso y tomando como referencia el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación que dispone “Los indicadores de capacidad financiera buscan establecer unas condiciones mínimas que reflejan la salud financiera de los proponentes. Estas condiciones muestran la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato”. INDICADORES CONTENIDOS EN EL RUP A. ÍNDICE DE LIQUIDEZ
El indicador de liquidez requerido se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
ACTIVO CORRIENTE > 1.52
PASIVO CORRIENTE
En el caso de proponentes en unión Temporal o consorcio, el índice de liquidez acreditada será igual a la sumatoria de los valores individuales de los activos corrientes sobre la sumatoria de los valores individuales de los pasivos corrientes.
El nivel de endeudamiento requerido se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: Endeudamiento Total = PASIVO TOTAL x 100 < 67% ACTIVO TOTAL En el caso de proponentes en unión Temporal o consorcio, el índice de endeudamiento acreditado será igual a la sumatoria de los valores individuales de los activos corrientes sobre la sumatoria de los valores individuales de los pasivos corrientes.
C. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
La razón de cobertura de intereses requeridos se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
UTILIDAD OPERACIONAL > 1.88
GASTOS FINANCIEROS
En el caso de proponentes en unión Temporal o consorcio, la razón de cobertura de intereses acreditado será igual a la sumatoria de los valores individuales de las ganancias sobre la sumatoria de los valores individuales de los costos financieros. NOTA: Al realizar la verificación de la razón de cobertura de interés, el proponente no presenta obligaciones financieras, registrando el saldo de su cuenta de COSTOS FINANCIEROS en cero ($0); se establecerá como CUMPLE para el caso del indicador en mención. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL D. RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO
La rentabilidad de patrimonio requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: UTILIDAD OPERACIONAL > a 6 % PATRIMONIO En el caso de proponentes en unión Temporal o consorcio, la rentabilidad del patrimonio será igual a la sumatoria de los valores individuales de los activos corrientes sobre la sumatoria de los valores individuales de los pasivos corrientes. E. RENTABILIDAD DEL ACTIVO
La rentabilidad del activo requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula UTILIDAD OPERACIONAL > a 4% ACTIVO TOTAL
En el caso de proponentes en unión Temporal o consorcio, la rentabilidad del activo será igual a la sumatoria de los
valores individuales de los activos corrientes sobre la sumatoria de los valores individuales de los pasivos corrientes D.CAPITAL DE TRABAJO = CT
CT= Activo Corriente – Pasivo Corriente > 100% del valor total del presupuesto asignado al proceso. En caso de uniones temporales o consorcios los indicadores se calcularán con base en la sumatoria en las clasificaciones del pasivo y el activo. El Capital de trabajo para Consorcios o Uniones Temporales será el resultado de la sumatoria de las cuentas de los estados financieros individuales cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión temporal, en todo caso deberá ser mayor o igual a la capacidad requerida. E. CAPACIDAD PATRIMONIAL DEL PROPONENTE La capacidad patrimonial requerida para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula: CP = P (VALOR DEL PATRIMONIO) La capacidad patrimonial del proponente deberá ser igual o superior al 100% del valor total del presupuesto asignado para el proceso. 1. El proponente sea un consorcio o unión temporal, la capacidad patrimonial será igual a la sumatoria de los valores patrimoniales individuales.
2. Cuando un proponente se presente para el mismo proceso, por si o por interpuesta persona ya sea en unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura; el cálculo del (indicador), se realizara mediante la verificación de la sumatoria del presupuesto asignado de los ítems ofrecidos por el proponente, independiente la figura bajo la cual presenta oferta y/o ofertas al proceso.
3. Cuando la entidad proponente sea un gobierno extranjero o alguna entidad estatal extranjera del orden nacional, no requerirá acreditar la capacidad patrimonial a que se refiere el presente numeral, siempre y cuando se anexe una carta de compromiso irrevocable e incondicional, emitida por el funcionario competente del país de origen, en la cual conste que su gobierno asume solidariamente las obligaciones económicas derivadas del contrato, documento que deberá ser aportado con el cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley colombiana para la oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el extranjero, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 65, 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil y demás normas vigentes.
Nota General: La información Financiera que se utilice para establecer La capacidad patrimonial para los oferentes nacionales y extranjeros deberá corresponder a la solicitada en la “Información Financiera” del presente proceso. Nota General: Para que un proponente se considere habilitado, se requiere que cumpla con los la totalidad de los indicadores exigidos en el presente proceso de selección. . 10.3. DOCUMENTOS ECONÓMICOS OBJETO DE CALIFICACIÓN 10.1.1 EVALUACION ECONÓMICA
Únicamente se CALIFICARÁN las ofertas hábiles, es decir aquellas que cumplan la totalidad de los requisitos de orden jurídico, técnico, de experiencia y financiero. Para el efecto se tomará la información consignada en lista de precios del SECOPII. A la oferta elegible que presente el Menor Valor Unitario Total se le asignará el mayor puntaje, es decir, 300 puntos, para la valoración de las demás ofertas se aplicará la siguiente fórmula. Puntaje Precio = (M * 300 / V) Dónde:
M= Oferta Menor Valor unitario Total
V = Valor Total de la oferta a evaluar, con dos decimales
11. ORDEN DE ELEGIBILIDAD La oferta obtendrá como puntaje total, la sumatoria de los puntajes de la calificación económica, técnica y el puntaje
de cumplimiento de la Ley 816 de 2003.
Se establecerá el orden debilidad de los proponentes, ordenando las propuestas según el puntaje total obtenido por
las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo
al siguiente, y así sucesivamente.
La valoración de las propuestas surtida conforme a lo previsto en los numerales anteriores será objeto del informe de
verificación, del cual se dará traslado a los diferentes proponentes, conforme a lo previsto en el pliego de condiciones.
La asignación de puntajes se determinará teniendo en cuenta los siguientes factores
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN VERIFICACIÓN
VERIFICACIÓN ASPECTOS JURÍDICOS HABILITADO / NO HABILITADO
VERIFICACIÓN ASPECTOS TÉCNICOS HABILITADO / NO HABILITADO
VERIFICACIÓN ASPECTOS FINANCIEROS Y DE ORGANIZACIÓN HABILITADO / NO HABILITADO
CALIFICACIÓN
PUNTAJE ECONÓMICO MÁXIMO A RECIBIR 300 PUNTOS
PUNTAJE TECNICO MÁXIMO A RECIBIR 300 PUNTOS
CUMPLIMIENTO DE LA LEY 816 DE 2003
20% BIENES Y SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL O QUE DEMUESTREN RECIPROCIDAD
120 PUNTOS
5% BIENES EXTRANJEROS CON COMPONENTE NACIONAL 30 PUNTOS
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL
720 PUNTOS (BIENES DE ORIGEN NACIONAL O QUE
DEMUESTREN RECIPROCIDAD) 630 PUNTOS (BIENES EXTRANJEROS CON
12. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR LA CORRECTA EJECUCIÓN Y EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO Este análisis se realiza sobre los riesgos previsibles, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, y el manual de aplicación que sobre éste respecto emitió Colombia compra Eficiente, se deberán incluir los soportes que permitan la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato. Los riesgos deben ser tipificados, estimados y distribuidos por parte de la Entidad, con el propósito de que los interesados los conozcan y con base en ello, determinen si se presentan o no al proceso de selección respectivo. En éste sentido se dará aplicación a lo consignado en el Manual para la identificación y cobertura del riesgo en los procesos de contratación M-ICR-01, expedido por Colombia Compra Eficiente y lo preceptuado en el CONPES 3714, de conformidad con la Matriz que con este propósito se establece: Este análisis se realiza sobre los riesgos previsibles, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, y el manual de aplicación que sobre éste respecto emitió Colombia compra Eficiente, se deberán incluir los soportes que permitan la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato. Los riesgos deben ser tipificados, estimados y distribuidos por parte de la Entidad, con el propósito de que los interesados los conozcan y con base en ello, determinen si se presentan o no al proceso de selección respectivo. En éste sentido se dará aplicación a lo consignado en el Manual para la identificación y cobertura del riesgo en los procesos de contratación M-ICR-01, expedido por Colombia Compra Eficiente y lo preceptuado en el CONPES 3714, de conformidad con la Matriz que con este propósito se establece:
13. RIESGOS JURIDICOS
COMPONENTE NACIONAL)
Nº 1 2 3
CLASE GENERAL GENERAL GENERAL
FUENTE INTERNO-EXTERNO EXTERNO EXTERNO
ETAPA PLANEACION-EJECUCIÓN EJECUCIÓN EJECUCIÓN
TIPO RIEGOS SOCIALES O
POLITÍCOS RIESGOS
REGULATORIOS RIESGOS DE LA NATURALEZA
DESCRIPCIÓN( que puede pasar y como puede ocurrir)
Cambio de régimen político
Ocurrencia de situaciones de orden público, paros o huelgas, o los efectos derivados y ocasionados por los mismos
Efectos desfavorables ocasionados por normas, disposiciones o directrices que adopte la Administración durante la ejecución del contrato y que sean aplicables al contrato, con excepción de normas tributarias.
Riesgos de fuerza mayor asegurables referidos al impacto adverso sobre la ejecución y/o operación del contrato por causas derivables de desastres naturales.
DESCRIPCIÓN( que puede pasar y como puede ocurrir)
Recursos humanos y/o Equipos técnicos inadecuados o insuficientes. Falta de planeación, recurso económico para la ejecución de las actividades de mantenimiento.
Incumplimiento del plazo y obligación contractual por parte del contratista. Podría ocurrir por el factor del tiempo ( temporada de lluvia), escases de material solicitado en las especificaciones técnicas, mala calidad de los elementos y/o materiales instalados
Propuesta del contratista por precios artificialmente bajos. El proponente establece precios por fuera del mercado que afectan intencionalmente y de mala fe, el valor del contrato
13.3 ANÁLISIS SOBRE LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS
DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO
DEL OFRECIMIENTO DEL CONTRATO
El artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, señala que los contratistas prestarán garantía única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. Los proponentes prestarán garantía de seriedad en los ofrecimientos hechos. De conformidad con el Art 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 del 2015, las garantías que los proponentes o contratista pueden otorgar son: contrato de seguro contenido en una póliza, patrimonio autónomo y garantía bancaria. Las garantías deberán cubrir los riesgos establecidos en los Art. 2.2.1.2.3.1.5, 2.2.1.2.3.1.6. y siguientes del Decreto 1082 del 2015 de acuerdo con el objeto del proceso.
Se exigirá la garantía única que cubra los amparos de cumplimiento, calidad del servicio, salarios y prestaciones sociales, responsabilidad civil extracontractual, la cual deberá ser aportada dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la firma del contrato y será aprobada por el Ordenador del Gasto, indicando como vigencia inicial la de la suscripción del contrato, que cubra los siguientes amparos:
GARANTÍAS
Cumplimiento del contrato: Su cuantía será equivalente al TREINTA por ciento (30%) del valor del contrato y cubrirá el plazo de ejecución del mismo y seis (6) meses más. Debe cubrir los perjuicios derivados de:
• El incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento sea imputable al contratista
• El cumplimiento tardío o defectuoso del contrato
• Los daños imputables al contratista por entregas parciales, cuando el contrato no prevé entregas parciales.
• El pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria
Calidad de los bienes y de los Servicios: Su cuantía será equivalente al TREINTA por ciento (30%) del valor total del contrato y cubrirá el plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un valor igual al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, por el término de ejecución del mismo y tres (3) años más.
Responsabilidad civil extracontractual: su cuantía será equivalente a Doscientos (200) SMMLV y su vigencia deberá ser igual al periodo de ejecución del contrato.
Las vigencias de todos los amparos iniciaran con la fecha de la firma del contrato. El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al CONTRATISTA de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. Dentro de los términos estipulados en el contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa de la CENAC PERSONAL. El CONTRATISTA deberá mantener vigente las garantías, amparos y pólizas a que se refiere esta cláusula y serán de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan. Si el CONTRATISTA no modifica las garantías, éstas podrán variarse por la aseguradora o banco a petición del CENAC PERSONAL y a cuenta del CONTRATISTA quien por la firma del contrato que se le adjudique autoriza expresamente a la CENAC PERSONAL para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor, sin que por ello se entienda que el CENAC PERSONAL asume la responsabilidad de la ampliación de los amparos y pago de las primas, los cuales son responsabilidad del contratista. En la garantía debe constar que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas, además la aseguradora debe renunciar el beneficio de excusión. Estos mecanismos de cobertura son requeridos por el CENAC PERSONAL, teniendo en cuenta que el objeto de las mismas, sirven para respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surgen a cargo del contratista frente a la administración y /o terceros, por razón de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
RESTABLECIMIENTO O AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA: De acuerdo con lo previsto en el Art. 2.2.1.2.3.1.18. del Decreto 1082 de 2015 cuando el contratista incumpla su obligación de obtenerla, ampliarla o adicionarla deberá restablecerla a más tardar dentro de los cinco días siguientes al requerimiento efectuado por el Ordenador del Gasto o Competente Contractual. En su defecto, la administración se reserva el derecho de solicitar unilateralmente al garante el restablecimiento de la garantía única establecida, aspecto que deberá ser previamente consignado en el contrato.
El contratista deberá mantener indemne al MDN-EJÉRCITO NACIONAL- CENAC PERSONAL, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones propias de éste, y que se originen como consecuencia de la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
14. OTROS ASPECTOS RELACIONADOS CON EL OBJETO CONTRACTUAL
14.1 PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución iniciará a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato (firma, registro presupuestal y aprobación de garantías) y finalizará el 30 de noviembre de 2020.
14.2 LUGAR DE ENTREGA Los servicios prestados para el Comando de Personal serán en las instalaciones del EDIFICIO COPER la formalización contable por intermedio de la CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ESPECIALIZADA
DE PERSONAL– ubicada en el Cantón Occidental del Ejercito; Carrera 46 No. 20b – 99 localidad de Puente
Aranda en la Ciudad de Bogotá. Todas las entregas y/o mantenimientos serán coordinadas a través del supervisor del contrato nombrado mediante resolución por el ordenador del gasto de la Central administrativa y contable de Personal Se debe elaborar un acta de recibo a satisfacción con el registro fotográfico de los mantenimientos adelantados, debidamente suscrita por el supervisor del contrato, el comité técnico evaluador y un delegado de la firma contratista. El transporte de los bienes que utilice el contratista para el servicio de mantenimiento objeto del contrato hasta el lugar de entrega, los seguros de transporte por robo, destrucción, pérdida de los mismos, serán asumidos por cuenta y riesgo del contratista y a favor de la entidad contratante, de la misma manera todos aquellos costos asociados al cumplimiento del objeto contractual 14.3 VALOR
Será el resultante en la resolución de adjudicación y hasta por el valor del presupuesto asignado. 14.4 FORMA DE PAGO
La CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE ESPECIALIZADA COPER PERSONAL cancelará el valor del contrato resultante mediante unos pagos parciales dentro de los sesenta (60) días siguientes a la presentación de las facturas la cual deberá ser dentro de los cinco primeros días del mes siguiente del recibo a satisfacción de los elementos, y previo cumplimiento de los siguientes requisitos: El acta de recibo a satisfacción e informe de supervisión, con cargo al presupuesto afectado en la vigencia 2020, sujeto a la asignación de PAC y recepción a satisfacción del objeto contractual y cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Situación de recursos por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección del Tesoro Nacional.(ASIGNACIÓN CUPO PAC)
2. Verificación por parte del MDN-Ejército Nacional del cumplimiento del contratista del pago de aportes parafiscales y los propios del SENA, ICBF y cajas de compensación familiar (cuando aplique de conformidad con lo establecido en el Decreto 1828 de 2013).
3. Informe del supervisor del contrato debidamente firmado 4. Presentación de la correspondiente factura de compra venta
5. Que se ejecuten los demás trámites administrativos correspondientes. NOTA: En el evento de causarse una prórroga en el plazo de ejecución del CONTRATO causa imputable al contratista, el pago se postergará en el mismo lapso de la prórroga. 14.5 VIGENCIA DEL CONTRATO – DURACIÓN
El plazo de duración del contrato será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más 14.6 MONEDA DEL CONTRATO
Pesos Colombianos. 14.6 CLAUSULA CONTRACTUAL DE CATALOGACIÓN CODIGOS NOC (Cuando aplique) El contratista adjudicatario deberá proporcionar en medio magnético y físico a la unidad ejecutora una lista de los bienes adjudicados, con la información técnica necesaria para la identificación de los artículos incluidos en el objeto del contrato, con el fin de actualizar la catalogación OTAN con sus códigos NOC (National Stock Number), así: 1.1 Nombre técnico del artículo asignado por el fabricante // Se debe asignar el nombre o denominación otorgado por el fabricante del o los artículos a suministrar. 1.2 Numero de parte, referencia, modelo asignado por el fabricante // Número de identificación asignado por el fabricante. 1.3 Ficha técnica del bien // Documento en forma de sumario que contiene la descripción de las características de un objeto, material, proceso o programa de manera detallada. En este se describe técnicamente el artículo. 1.4 Catálogo de partes // Documento que contiene la relación ordenada de los elementos pertenecientes a un mismo objeto a adquirir cuando este está compuesto por varias partes las cuales se deben relacionar para facilitar su localización. 1.5 Numero OTAN (National, stock, number) en caso de que los artículos a suministrar se encuentren catalogados, el estructurador debe consultar el catálogo de referencia de la OTAN para identificar si el artículo ya se encuentra catalogado. 1.6 La unidad ejecutora estipula la viabilidad de requerir los planos de ingeniería, dibujos técnicos o manual del fabricante de los bienes a adquirir de acuerdo a su necesidad. 1.7 Caducidad del bien a suministrar // hace referencia a la fecha de fabricación y fecha de vencimiento del artículo en el caso que aplique. 1.8 Equipo al que pertenece el bien a suministrar // en caso de que el articulo o bien a suministrar haga parte de un equipo o un sistema mayor, se debe entregar la identificación de ese equipo o sistema. 1.9 Disposición final al término del ciclo vida del bien a suministrar // relacionar las instrucciones claras para disposición final y definitiva del artículo, tratamiento que se le debe aplicar como residuo. 1.10 Condiciones de embalaje, almacenamiento y transporte del bien a suministrar // la descripción del acondicionamiento del articulo para proteger las características y la calidad de los productos que contiene, durante su manipulación y transporte. 14.7 ACUERDO INTERNACIONAL O TRATADO DE LIBRE COMERCIO
Dando aplicación a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.1. Numeral 8 del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con lo dispuesto en Colombia Compra Eficiente, no todas las contrataciones de las Entidades Públicas sujetas al Estatuto General de Contratación están sujetas también a las obligaciones de carácter internacional, derivadas de los Acuerdos o Tratados de Libre Comercio. Para que la contratación pública esté cubierta bajo las obligaciones internacionales es necesario i) que la entidad pública que realice la contratación se encuentre en los listados de entidades cubiertas, ii) que se superen los montos mínimos para que las normas
de contratación pública del capítulo sean aplicables (“los umbrales”) y iii) que la contratación no se encuentre cubierta bajo alguna exclusión de aplicabilidad o exención. Conforme a lo anterior, una vez verificado en la página web del Ministerio de Comercio Industria y Turismo y revisado los tratados internacionales y acuerdos comerciales vigentes para Colombia, se establece que el bien objeto del presente proceso de contratación, se encuentra cubierto por los siguientes acuerdos:
ACUERDO COMERCIAL
INCLUIDO MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL EJERCITO NACIONAL
PRESUPUESTO DEL PROCESO DE
CONTRATACION SUPERIOR AL
VALOR DEL ACUERDO
COMERCIAL
EXCEPCION APLICABLE AL PROCESO DE
CONTRATACION
PROCESO DE CONTRATACION CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL
ALIANZA PACÍFICO
CHILE SI NO NO NO
MÉXICO SI NO NO NO
PERÚ SI NO NO NO
CANADÁ SI NO NO NO
CHILE SI NO NO NO
COREA SI NO NO NO
COSTA RICA SI NO NO NO
ESTADOS AELC SI NO NO NO
ESTADOS UNIDOS SI NO NO NO
MÉXICO SI NO NO NO
TRIÁNGULO NORTE
EL SALVADOR
SI NO NO NO
GUATEMALA SI NO NO NO
HONDURAS NO NO NO NO
UNIÓN EUROPEA SI NO NO NO
El presente proceso se encuentra cobijado con los acuerdos comerciales mencionados anteriormente de tal forma que la Entidad Estatal debe dar a los bienes y servicios provenientes de dichos Estados, el mismo trato que da a los bienes y servicios colombianos.
ORIGINAL FIRMADO
Coronel CARLOS ENRIQUE BELTRAN BENITEZ Gerente de Proyecto.