Procesos y contextos educativos COFPYD 2014 – 2015 Centro Asociado de Cádiz MANUEL MIGUEL GONZÁLEZ MARTÍNEZ Correo electrónico: [email protected]
Procesos y contextos
educativos
COFPYD 2014 – 2015
Centro Asociado de Cádiz
MANUEL MIGUEL
GONZÁLEZ MARTÍNEZ
Correo electrónico:
SITUACIÓN ACTUAL DE LA
FORMACIÓN PROFESIONAL EN ESPAÑA.
EN ESTA SECCIÓN:
INTRODUCCION: Contextualización Antecedentes
RESUMEN BREVE Contexto
Las nuevas modalidades de Formación Profesional: La FP Básica y la FP Dual
ESTUDIO Y ANÁLISIS EDUCATIVO La LOMCE y la FP
VALORACION: Consecuencias educativas.
REFERENCIAS Bibliografía
Webgrafía
FASE I
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Antecedentes
Los antecedentes fundamentales de esta Ley Orgánica son la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOE), que ha sido modificada por la LOMCE en determinados aspectos mediante un
artículo único y las leyes orgánicas 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la 39/2007, de 19
de noviembre, de la Carrera Militar, y la 8/1995, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la
Educación (LODE), que se modifican con menor intensidad (Estructura y organización del sistema
educativo en la LOMCE, 2014). La base de esta ley era llevar a cabo un proyecto de escolarización
sin exclusiones, basada en una serie de principios tales como el planteamiento participativo de los
centros, creando por entonces un esfuerzo compartido que se traduciría en la colaboración entre
familia/profesor y centro docente, dándolo así una cierta importancia a las administraciones
educativas públicas.
Contexto
En pos de atajar las altas tasas de fracaso y abandono escolar temprano en España que rondan el
26,5%, frente al 13,5% UE y la elevada tasa de paro juvenil que supera el 50% (Estadísticas Eurostat,
2014), se reforma la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006.
Sin embargo, se ha de tener en cuenta que la LOMCE no establece una nueva ley de educación
propiamente dicha; sino que modifica a la LOE. De hecho, es una ley de artículo único; eso sí, un
artículo único que introduce 109 modificaciones y disposiciones que también deben tenerse en
cuenta. Por tanto, nuestro sistema educativo en la actualidad, se encuentra regulado por dos leyes
orgánicas: la LOE y la LOMCE, de manera que actualmente conviven ambas.
Las nuevas modalidades de Formación Profesional: La FP Básica y la FP Dual
En el preámbulo, se afirma que uno de los objetivos de la LOMCE es «revitalizar la opción del
aprendizaje profesional». Para alcanzar esa meta, «se crea un nuevo título de Formación Profesional
Básica, se flexibilizan las vías de acceso desde la Formación Profesional Básica hacia la de Grado
Medio y desde ésta hacia la de Grado Superior, se prioriza la contribución a la ampliación de las
competencias en Formación Profesional Básica y de Grado Medio, se regula la Formación
Profesional dual y se completa con materias optativas orientadas a los ciclos de grado superior y al
tránsito a otras enseñanzas» (LOMCE, 2014).
Los ciclos de dos años de duración de la Formación Profesional Básica serán «de oferta obligada y
carácter gratuito» (Art. 3.1. que añade un nuevo apartado al artículo 3 de la LOE), destinados al
RESUMEN BREVE
INTRODUCCION: Contextualización
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alumnado de entre quince y diecisiete años que no ha podido superar la ESO (Art. 1.34, que modifica
el artículo 41 de la ESO). Quienes aprueben, recibirán el título Profesional Básico del ciclo cursado,
lo que les permitirá acceder a la Formación Profesional de grado medio (Art. 1.38, que modifica el
artículo 44 de la LOE) (LOMCE, 2014).
En cuanto a la Formación Profesional dual, en el artículo 1.36, que añade el artículo 42 bis a la LOE,
la define como: “el conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las
empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de
enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo” (LOMCE, 2014).
La LOMCE y la FP
Los puntos clave de la reforma que afectan a la Formación Profesional, son los siguientes:
Reválidas: Los que hayan aprobado 4º ESO (16 años), tendrán que aprobar la reválida (con un
mínimo de un 5 sobre 10) para obtener el título de enseñanza obligatoria; pudiendo entonces optar a
Enseñanzas Aplicadas (FP). Los que habiendo aprobado 2º de bachillerato no pasen la reválida,
podrán acceder a la FP de grado superior.
Especialización: Se promueve la especialización de los centros en determinadas áreas (por ejemplo,
la vía hacia la FP o al bachillerato en la ESO). En la FP media habrá materias instrumentales
adaptadas al sector profesional correspondiente, facilitándose la continuidad en la superior a través de
materias optativas.
Itinerarios: Los estudiantes empezarán a elegir algunas asignaturas optativas dirigidas hacia la FP en
3º de ESO (14 años), lo que supone, en realidad, un paso más en la LOE. Los alumnos que ya hayan
repetido dos veces 2º de ESO (ocurrirá con tres asignaturas suspensas o dos, si estas son Matemáticas
y Lengua) podrán pasar a la nueva FP Básica (que sustituye a los actuales Programas de Cualificación
Profesional Inicial y que pasan a ser de dos años completos, considerados como educación básica,
obligatoria y gratuita), a los que se accederá generalmente al final de 3º (también previsto en la LOE).
Estos programas son alternativas de dos años a la ESO en las se aprenden los rudimentos de un oficio
(consiguen un certificado de profesionalidad del Ministerio de Trabajo). Los alumnos que aprueben
estos cursos tendrán acceso directo a la FP de grado medio (otra rectificación a la LOE) y podrán
presentarse a la reválida de la ESO para obtener el título.
Regulación de la Formación Profesional dual: Se combina de forma flexible el aprendizaje en el
aula con las prácticas en empresas y una beca salario para los estudiantes, siendo posible ajustar las
horas, repartiéndolas bien diariamente o concentrándolas en un periodo del año, en función de la
demanda del sector económico: industria, hostelería, servicios a empresas, etc.
ESTUDIO Y ANÁLISIS EDUCATIVO
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El objeto de esta exposición no es otro que llevar a cabo una breve reflexión acerca de lo
aprendido sobre el contexto de la docencia de la FP en la actualidad.
Habría que tener en cuenta que las reválidas pueden cortar la progresión del alumno y ahondar en la
segregación que producen las otras medidas, como ocurre en los itinerarios, por ejemplo. La FPB, no
admite adaptaciones curriculares individuales; lo que da a pensar que no se ha tenido tampoco en
cuenta los alumnos con necesidades educativas especiales.
Por otra parte, sería conveniente considerar que el modelo Dual necesita de empresas interesadas en
ofrecer y tutorizar plazas la formación-aprendizaje financiadas con becas-salario.
Todos los módulos que componen los ciclos son técnicamente obligatorios; pero no toda la etapa lo
es (hasta los 16 años). La permanencia no está más garantizada que en los anteriores programas; y el
problema del abandono escolar temprano continuará: Una vez más, la FP se devalúa, volviéndose a
apostar por otras ramas de la enseñanza.
Bibliografía
Ramallo Cuesta, Julia (2014). Tema 1. Evolución histórica del sistema educativo actual [Material
de clase]. Procesos y contextos educativos. COFPYD. UNED, centro asociado de Asturias.
Quirós Quirós, Juan Carlos (2014a). Tema 2. La formación profesional en España [Material de
clase]. Orientación Profesional. COFPYD. UNED, centro asociado de Asturias.
Quirós Quirós, Juan Carlos (2014b). Tema 3. La formación profesional inicial o del sistema
educativo [Material de clase]. Orientación Profesional. COFPYD. UNED, centro asociado de
Asturias.
Webgrafía
Estructura y organización del sistema educativo en la LOMCE (13 de febrero de 2014). En
ANPE Cantabria. Recuperado el 8 de Diciembre de 2014, de
http://anpecantabria.org/wp/estructura-del-sistema-educativo-en-la-lomce/
Estadísticas regionales sobre la educación (y empleo), datos de marzo de 2014. En Eurostat.
Recuperado el 8 de Diciembre de 2014, de
http://epp.eurostat.ec.europa.eu/statistics_explained/index.php/Education_statistics_at_regional_level/es
LOMCE. Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa. (n.d.). En Wikipedia.
Recuperado el 18 de Noviembre de 2014, de
http://es.wikipedia.org/wiki/Ley_Org%C3%A1nica_para_la_Mejora_de_la_Calidad_Educativa
REFERENCIAS
VALORACIÓN. Consecuencias educativas