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Boletín_Oficial_2.010-12-21

Apr 09, 2018

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  • 8/8/2019 Boletn_Oficial_2.010-12-21

    1/84

    PRESIDENCIA DE

    LA NACION

    SI LL y I

    Dr. Crs r ZSecretario

    DIIO IOL DL ISO OfIIL

    Dr. Jrg DurD FJDirector acional

    www.boletinofcial.ob.a

    e-mail: [email protected]

    egistro acional de la Propiedad Intelectual

    812.152

    DOIILIO LL

    Suipacha 767-1008O

    iudad utnoma de Buenos ires

    el. fax 52188400 lneas rotativas

    Precio $ 1,40

    Buenos ires,martes 21de diciembre de 2010

    o CXVmeo 32.052

    SumarioPg.

    Contina en pina 2

    DECRETOS

    CsJ D Mgsrur2022/2010Desgnase el Representante del Poder Ejecutivo Nacional. ......................................................... 1

    Msr D DFs2021/2010Desgnase el Comandante Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. .... 1

    Msr D JusC, sgurDD Y DrCHs HuMs1980/2010Autorzase la adquisicin de equipamiento tcnico destinado a la Prefectura Naval Argentina. .. 2

    1981/2010Dase por aprobada una designacin en la Direccin Nacional de Readaptacin Social de laSecretara de Justicia. ........................................................... .................................................... 2

    1977/2010Dase por prorrogada una designacin en la Direccin de Investigaciones de la Ocina Antico-rrupcin. ......................................................... ................................................................. .......... 3

    1978/2010Danse por prorrogadas designaciones de Directores y Delegado Tcnico de la Direccin Nacio-nal del Registro Nacional de Armas de la Secretara de Asuntos Registrales. ............................ 3

    1979/2010Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Informacin Financiera.......................... 4

    DECISIONES ADMINISTRATIVAS

    Msr D JusC, sgurDD Y DrCHs HuMs878/2010Aprubase la Licitacin Pblica de Etapa Unica Nacional N 04/10 para la adquisicin de veh-culos para la Polica Federal Argentina. Adjudicacin................................................................. 4

    PrsuPus876/2010Ministerio de Agricultura, Ganadera y Pesca. Modifcase el Presupuesto General de la Adminis-tracin Nacional para el Ejercicio 2010. ........................................................ ............................. 4

    882/2010Modifcase la distribucin del Presupuesto General de la Administracin Nacional para el Ejerci-cio 2010. .......................................................... ................................................................. ........ 5

    RESOLUCIONES

    Msr D DFs1633/2010-MDAprubase la Matriz Comn para la Estructura Orgnico-Funcional de la Conduccin Superiorde las Fuerzas Armadas. ....................................................... .................................................... 5

    CMuss543/2010-SCIDergase la Resolucin N 295/10 que estableci las normas sobre comercializacin, interme-diacin, distribucin y/o produccin de combustibles lquidos. ................................................... 7

    #I4173001I# % 1 %CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

    Decreto 2022/2010

    Desgnase el Representante del PoderEjecutivo Nacional.

    Bs. As., 20/12/2010

    VISTO la Ley N 24.937 Ley del Consejo de laMagistratura y el artculo 99 incisos 1 y 7de la CONSTITUCION NACIONAL, y

    CONSIDERANDO:

    Que resulta necesario designar un Repre-sentante titular del PODER EJECUTIVONACIONAL ante el CONSEJO DE LA MA-GISTRATURA, conforme lo establecido porel artculo 2, inciso 4) de la ley citada enel Visto.

    Que el doctor Hernn Luis ORDIALES porsu destacada trayectoria profesional yacadmica rene satisfactoriamente lascalidades necesarias para desempear elcargo.

    Que corresponde dejar sin efecto el Decre-to N 1666 del 15 de noviembre de 2006.

    Que la presente medida se dicta en uso delas atribuciones conferidas por el artculo99 incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NA-CIONAL.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Djase sin efecto el DecretoN 1666 del 15 de noviembre de 2006.

    Art. 2 Desgnase Representante del PO-DER EJECUTIVO NACIONAL ante el CONSEJODE LA MAGISTRATURA al doctor D. HernnLuis ORDIALES (DNI N 11.198.527).

    Art. 3 Comunquese, publquese, dsea la Direccin Nacional del Registro Ocial yarchvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Julio C. Alak.

    % 1 % #F4173001F#

    #I4172997I# % 1 %MINISTERIO DE DEFENSA

    Decreto 2021/2010

    Desgnase el Comandante Operaciondel Estado Mayor Conjunto de las Fuerza

    Armadas.

    Bs. As., 17/12/2010

    VISTO el Decreto N 727 del 12 de junio d2006, lo propuesto por el seor MINISTRDE DEFENSA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por Decreto N 727 del 12 de junio d2006 se establece que el ESTADO MAYOCONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAdispondr la conformacin de una instacia permanente encargada de la direcciy coordinacin de la actividad operacionala cual contar con un responsable a cago del comando operacional de los mediopuestos a su disposicin para el cumpmiento de la misin asignada.

    Que por razones de servicio, es necesrio reemplazar al seor Teniente GenerD. Daniel Oscar CAMPONOVO (L.E. N7.651.935), quien se desempea como Cmandante Operacional del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS AMADAS.

    Que en consecuencia se propone designcomo Comandante Operacional del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZA

    ARMADAS, al seor General de Brigada Gustavo Eduardo LUX (D.N.I. N 5.274.11

    Que el presente se dicta en uso de las atbuciones conferidas al PODER EJECUTIVNACIONAL por el artculo 21 del DecreN 727 del 12 de junio de 2006.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Cese en sus funciones a pardel 17 de diciembre de 2010, como Comandate Operacional del ESTADO MAYOR CONJUTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, el seor Tniente General D. Daniel Oscar CAMPONOV

    (L.E. N 7.651.935). Art. 2 Desgnase a partir del 17 de d

    ciembre de 2010, como Comandante Oper

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    artes 21 de diciembre de 2010 Pimea seccin BOLETIN OFICIAL N 32.052 2

    Pg.FD sDr D rDsruC383/2010-SHEstablcese que el Banco de la Nacin Argentina transferir los fondos correspondientes a lascuotas de programacin de la ejecucin de la Superintendencia de Servicios de Salud. ............ 7

    Ms Hrrs5733/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ................................................................. .................... 7

    5729/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .................................................................. ................... 8

    5730/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ....................................................... .............................. 8

    5719/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ........................................................ ............................. 9

    5720/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ......................................................... ............................ 9

    5721/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ......................................................... ............................ 10

    5722/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .......................................................... ........................... 10

    5723/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .......................................................... ........................... 11

    5724/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .......................................................... .......................... 11

    PrDuCC VC5731/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .......................................................... ........................... 12

    5732/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .......................................................... ........................... 12

    5741/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .......................................................... ........................... 13

    5742/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .......................................................... ........................... 13

    5743/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ........................................................... .......................... 13

    5752/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ........................................................... .......................... 14

    5753/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................ ......................... 14

    5754/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................ ........................ 15

    PrDuCC D gD V5760/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................ ......................... 15

    5761/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................ ......................... 15

    5738/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................. ........................ 16

    5739/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. .............................................................. ....................... 16

    5725/2010-ONCCA

    Autorzase el pago de compensaciones. .............................................................. ....................... 17

    5726/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................... ...................... 17

    5727/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................... ...................... 18

    5728/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ................................................................ .................... 18

    PrDuCC D grs Y gss5735/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ............................................................... ...................... 19

    5736/2010-ONCCA Autorzase el pago de compensaciones. ................................................................ ..................... 19

    Pgss1539/2010-ENARGASFjase la Tasa de Fiscalizacin y Control para el ao 2010. ........................................................ 20

    PsC18/2010-CFPEstablcese la Captura Mxima Permisible para el ao 2011 de determinadas especies. .......... 21

    sgurs855/2010-MEFPRgimen de Seguro de Vida Colectivo Obligatorio para todo el Personal del Estado Nacional.

    Prorrgase el plazo dispuesto por la Resolucin N 387/09. ...................................................... 22

    MPussGeneral 2974-AFIPProcedimiento. Impuesto al Valor Agregado. Impuesto a las ganancias. Operaciones de com-praventa de materiales a reciclar. Registro de Comercializadores de Materiales a Reciclar.Rgimen de retencin. Resolucin General N 2849. Su modicacin. ...................................... 22

    AVISOS OFICIALES

    Nuevos ............................................................... ................................................................. ...... 23

    Anteriores ........................................................... ................................................................. ......

    TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES 39

    CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 46

    cional del ESTADO MAYOR CONJUNTO DELAS FUERZAS ARMADAS, al seor Generalde Brigada D. Gustavo Eduardo LUX (D.N.I.N 5.274.116).

    Art. 3 Comunquese, publquese, dsea la Direccin Nacional del Registro Oficialy archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Arturo A. Puricelli.

    % 2 % #F4172997F#

    #I4172999I# % 2 %MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOSHUMANOS

    Decreto 1980/2010

    Autorzase la adquisicin de equipamien-to tcnico destinado a la Prefectura Naval

    Argentina.

    Bs. As., 13/12/2010

    VISTO el Expediente N 193.500/10, del regis-tro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGU-RIDAD Y DERECHOS HUMANOS, lo pro-puesto por la PREFECTURA NAVAL AR-GENTINA, los Decretos Nros. 1023 del 13de agosto de 2001 y 436 del 30 de mayo de2000 y sus respectivas modicaciones, y

    CONSIDERANDO:Que en el citado expediente se planteala necesidad de dotar a la PREFECTURANAVAL ARGENTINA, dependiente del MI-NISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD YDERECHOS HUMANOS, del equipamientotcnico de ltima generacin que comple-mente el esfuerzo humano para una e-ciente labor en el campo de la SeguridadInterior.

    Que dicho equipamiento rene las con-diciones para aumentar la calidad de se-guridad, reconocimiento, vigilancia y eldespliegue en el rea de la inteligencia cri-minal, como as tambin en tareas de bs-queda y salvamento en las reas del Ro dela Plata y Delta del Paran.

    Que ha tomado la intervencin que le com-pete la DIRECCION GENERAL DE ASUN-

    TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMNOS.

    Que la presente medida se dicta en uso dlas atribuciones conferidas por el artcu99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artculo 25, inciso d), apartado del Decreto N 1023/01.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Autorzase la adquisicin dequipamiento tcnico de ltima generacique realice el MINISTERIO DE JUSTICIA, SGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, destinada la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, dandestricto cumplimiento a los procedimientos dcontratacin previstos en el Decreto N 102del 13 de agosto de 2001, sus modicatorioscomplementarios.

    Art. 2 Autorzase al Ministro de JusticiSeguridad y Derechos Humanos a mantener ereserva las Especicaciones Tcnico Opertivas que considere necesarias, respecto dequipamiento referido en el artculo precedent

    Art. 3 Comunquese, publquese, dsela Direccin Nacional del registro Ocial y archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Anb

    D. Fernndez. Julio C. Alak.% 2 % #F4172999F

    #I4173000I# % 2 %MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOSHUMANOS

    Decreto 1981/2010

    Dase por aprobada una designacin en Direccin Nacional de Readaptacin Social de la Secretara de Justicia.

    Bs. As., 13/12/2010

    VISTO el Expediente N 200.582/10 del regitro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGRIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la LN 26.546, los Decretos Nros. 491 del 1

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    artes 21 de diciembre de 2010 Pimea seccin BOLETIN OFICIAL N 32.052 3

    de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Ley N 26.546 se aprob elPresupuesto de Gastos y Recursos de la

    Administracin Nacional para el Ejercicio2010.

    Que por el artculo 7 de la Ley N 26.546se estableci que las Jurisdicciones y En-tidades de la Administracin Nacional nopodrn cubrir los cargos vacantes nan-ciados existentes a la fecha de su sancinni los que se produzcan con posterioridada dicha fecha, salvo decisin fundada delJefe de Gabinete de Ministros o del PODEREJECUTIVO NACIONAL de conformidadcon lo dispuesto por el artculo 10 de esamisma ley.

    Que mediante el Decreto N 491/02 se es-tableci, entre otros aspectos, que todadesignacin de personal, en el mbito de la

    Administracin Pblica, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente, ser efectuada porel PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la Jurisdiccin correspondiente.

    Que el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGU-RIDAD Y DERECHOS HUMANOS solicitala cobertura transitoria de UN (1) cargo va-cante nanciado de la planta permanente dela DIRECCION NACIONAL DE READAPTA-CION SOCIAL de la SUBSECRETARIA DE

    ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRE-TARIA DE JUSTICIA de dicho Ministerio.

    Que la persona propuesta rene los co-nocimientos, experiencia e idoneidad ne-cesarios para el desempeo del cargo acubrir.

    Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta necesariodesignar a la persona que se propone concarcter de excepcin a lo dispuesto por elartculo 7 de la Ley N 26.546.

    Que la presente medida tiene por objetoasegurar el cumplimiento de los objetivosasignados a la DIRECCION NACIONAL DEREADAPTACION SOCIAL de la SUBSE-CRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIA-RIOS de la SECRETARIA DE JUSTICIA delMINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD YDERECHOS HUMANOS.

    Que se cuenta con el crdito necesario enel presupuesto del MINISTERIO DE JUSTI-CIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMA-NOS para atender el gasto resultante de lamedida que se aprueba por el presente.

    Que ha tomado intervencin el serviciopermanente de asesoramiento jurdico delmencionado Ministerio.

    Que la presente medida se dicta en virtudde las atribuciones emergentes del artcu-lo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NA-CIONAL y los artculos 7 y 10 de la LeyN 26.546, como as tambin en funcin delo dispuesto por el artculo 1 del DecretoN 491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por designada a partirdel 1 de septiembre de 2010 y por el trminode CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, a laseorita Ana Lucrecia MATA MISKOFF (D.N.I.N 30.986.261), en un cargo Nivel D, Grado0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), homologado por el Decre-to N 2098/08, de la planta permanente de laDIRECCION NACIONAL DE READAPTACIONSOCIAL de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOSPENITENCIARIOS de la SECRETARIA DE JUS-TICIA, del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURI-DAD Y DERECHOS HUMANOS, para cumplirfunciones de Asistente Tcnico, con carcterde excepcin a lo dispuesto por el artculo 7de la Ley N 26.546.

    Art. 2 El cargo involucrado en la pre-sente medida deber ser cubierto de confor-

    midad con los sistemas de seleccin vigentesy requisitos segn lo establecido en el artcu-lo 120 y en el Ttulo II Captulos III y IV del SIS -TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI-NEP), homologado por el Decreto N 2098/08,dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)das hbiles contados a partir del 1 de sep-tiembre de 2010.

    Art. 3 El gasto que demande el cumpli-miento de este acto ser atendido con cargoa las partidas especcas del presupuesto dela Jurisdiccin 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dsea la Direccin Nacional del Registro Ocial yarchvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.

    Anbal D. Fernndez. Julio C. Alak.% 3 % #F4173000F#

    #I4171315I# % 3 %MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOSHUMANOS

    Decreto 1977/2010

    Dase por prorrogada una designacin enla Direccin de Investigaciones de la Ofici-na Anticorrupcin.

    Bs. As., 13/12/2010

    VISTO el Expediente N 156.612/06 del regis-tro del ex MINISTERIO DE JUSTICIA Y DE-RECHOS HUMANOS, actual MINISTERIODE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOSHUMANOS, la Ley N 26.546, los DecretosNros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2024del 28 de diciembre de 2006, 1513 del 23de octubre de 2007, 1351 del 19 de agostode 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008,1286 del 16 de septiembre de 2009 y 2279del 28 de diciembre de 2009, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Ley N 26.546 se aprob el Pre-supuesto de Gastos y Recursos de la Admi-nistracin Nacional para el Ejercicio 2010.

    Que por el Decreto N 2024/06, prorrogadopor sus similares Nros. 1513/07, 1351/08,1286/09 y 2279/09 se design transito-riamente al doctor Patricio Jos O REI-LLY (D.N.I. N 22.293.135) en un cargo

    Nivel A - Grado 0 para cumplir funcionescomo Coordinador de Investigaciones deExigencias Ilegales de la DIRECCIONDE INVESTIGACIONES de la OFICINAANTICORRUPCION del MINISTERIO DEJUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOSHUMANOS.

    Que por razones de ndole operativa no seha podido tramitar el proceso de seleccinpara la cobertura del cargo en cuestin,razn por la cual el MINISTERIO DE JUS-TICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HU-MANOS solicita una nueva prrroga de ladesignacin transitoria que fuera dispuestapor el citado Decreto N 2024/06, prorroga-do por sus similares Nros. 1513/07, 1351/08,1286/09 y 2279/09.

    Que la presente medida tiene por objetoasegurar el cumplimiento de los objetivosasignados a la DIRECCION DE INVESTI-

    GACIONES de la OFICINA ANTICORRUP-CION del citado Ministerio.

    Que la cobertura del cargo en cuestin noconstituye asignacin de recurso extraordi-nario alguno.

    Que se cuenta con el crdito necesario enel presupuesto del MINISTERIO DE JUSTI-CIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMA-NOS para atender el gasto resultante de lamedida que se aprueba por el presente.

    Que ha tomado intervencin el serviciopermanente de asesoramiento jurdico delMINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDADY DERECHOS HUMANOS.

    Que la presente medida se dicta en virtudde las atribuciones emergentes del artculo99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIO-NAL y el ar tculo 1 del Decreto N 491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Dase por prorrogada, a partirdel 5 de agosto de 2010 fecha de su venci-miento y por el trmino de CIENTO OCHEN-TA (180) das hbiles, la designacin transito-ria del doctor Patricio Jos O REILLY (D.N.I.N 22.293.135) en un cargo Nivel A - Grado 0,para cumplir funciones de Coordinador de In-vestigaciones de Exigencias Ilegales de la DI-RECCION DE INVESTIGACIONES de la OFI-CINA ANTICORRUPCION del MINISTERIO DEJUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HU-MANOS dispuesta por el Decreto N 2024/06prorrogado por sus similares Nros. 1513/07,1351/08, 1286/09 y 2279/09.

    Art. 2 El cargo involucrado en este acdeber ser cubierto conforme los sistemas dseleccin vigentes y requisitos segn lo estblecido, respectivamente, en el artculo 120 en el Ttulo II Captulos III y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologadpor Decreto N 2098/08, dentro del plazo dCIENTO OCHENTA (180) das hbiles contadoa partir del 5 de agosto de 2010.

    Art. 3 El gasto que demande el cumpmiento de la presente medida ser atendidcon los crditos asignados a la Jurisdicci40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDADDERECHOS HUMANOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dsa la Direccin Nacional del Registro Ocial archvese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.

    Anbal D. Fernndez. Julio C. Alak.% 3 % #F4171315F

    #I4171316I# % 3 %MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 1978/2010

    Danse por prorrogadas designaciones de Directores y Delegado Tcnico de la DirecciNacional del Registro Nacional de Armas de la Secretara de Asuntos Registrales.

    Bs. As., 13/12/2010

    VISTO el Expediente N 163.772/08 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DRECHOS HUMANOS, la Ley N 26.546, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2001148 del 15 de julio de 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 1196 del 8 de septiembrde 2009 y 2126 del 21 de diciembre de 2009, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Ley N 26.546 se aprob el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administracin Nacional para el Ejercicio 2010.

    Que por el Decreto N 1148/08 se efectuaron diversas designaciones transitorias en DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS de la SUBSECRETARDE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

    Que por los Decretos Nros. 1196/09 y 2126/09 se prorrogaron las designaciones transitorias que fueran dispuestas por el citado Decreto N 1148/08.

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccipara la cobertura de los cargos referidos, razn por la cual el MINISTERIO DE JUSTICIASEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS solicita una nueva prrroga de las designaciontransitorias correspondientes.

    Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asig

    nados a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS de la SUBSCRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALdel MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

    Que resulta necesario efectuar la prrroga de las designaciones transitorias en cuesticon autorizacin excepcional por no reunir los interesados los requisitos mnimos estblecidos para el Nivel B en el artculo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLIC(SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICISEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervencin que le compete.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 9inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artculo 1 del Decreto N 491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Prorrganse a partir del 10 de septiembre de 2010 fecha de sus vencimientos

    y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, las designaciones transitorias efectuadaen la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS de la SUBSECRETARIA DASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS por conducto del Decreto N 1148/08, prorrogdas por sus similares Nros. 1196/09 y 2126/09, con autorizacin excepcional por no reunir los intersados los requisitos mnimos establecidos para el Nivel B en el artculo 14 del SISTEMA NACIONADE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, autorizndose los pagodel suplemento de la Funcin Ejecutiva, segn el detalle obrante en la planilla que como Anexo I foma parte integrante de la presente medida, conforme lo dispuesto por el citado Decreto N 2098/0

    Art. 2 Los cargos involucrados debern ser cubiertos de conformidad con los sistemas dseleccin vigentes y requisitos segn lo establecido, respectivamente, en el artculo 120 y en el Ttlo II, Captulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado pel Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles contados a pardel 10 de septiembre de 2010.

    Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de este acto ser atendido con cargo a lapartidas especcas del presupuesto de la Jurisdiccin 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAY DERECHOS HUMANOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Ocial y archvse. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Anbal D. Fernndez. Julio C. Alak.

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    ANEXO I

    MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

    SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

    SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

    DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

    APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO NNIVEL YGRADO

    FUNCIONEJECUTIVA

    FUNCION

    DEL BARRIO, ElenaIsabel Ins

    D.N.I. N 11.607.844 B - 0 II Director Tcnico Registral

    TRUCCO, Hctor Luis D.N.I. N 11.315.901 B - 0 II

    Director de

    Fiscalizacin y Control deGestin

    CASTAGNO, Santiago D.N.I. N 26.069.913 B - 0 IIIDelegado TcnicoAdministrativo

    % 4 % #F4171316F##I4171317I# % 4 %

    MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

    Decreto 1979/2010

    Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Informacin Financiera.

    Bs. As., 13/12/2010

    VISTO el Expediente N 160.158/07 del registro del ex MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOSHUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, laLey N 26.546, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1425 del 10 de octubrede 2007, 1864 del 11 de noviembre 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 626 del 26 demayo de 2009 y 141 del 26 de enero de 2010, y

    CONSIPERANDO:

    Que por la Ley N 26.546 se aprob el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Adminis-tracin Nacional para el Ejercicio 2010.

    Que por el Decreto N 1425/07, prorrogado por sus similares Nros. 1864/08, 626/09 y141/10 se efectuaron diversas designaciones transitorias en la UNIDAD DE INFORMACIONFINANCIERA del citado Ministerio.

    Que por razones de ndole operativa no se ha podido tramitar el proceso de seleccin parala cobertura de los cargos en cuestin, razn por la cual el MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, solicita las prrrogas de las designaciones transi-torias mencionadas precedentemente.

    Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asigna-dos a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del citado Ministerio.

    Que la presente medida no constituye asignacin de recurso extraordinario alguno, todavez que se cuenta con el crdito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTI-CIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante conforme laspartidas asignadas por la Ley N 26.546.

    Que ha tomado intervencin el servicio permanente de asesoramiento jurdico del MINIS-TERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artculo 99,inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artculo 1 del Decreto N 491/02.

    Por ello,

    LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

    Artculo 1 Danse por prorrogadas, a partir del 28 de agosto de 2010 fecha de sus venci-mientos y por el trmino de CIENTO OCHENTA (180) das hbiles, las designaciones transitoriasefectuadas en la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURI-DAD Y DERECHOS HUMANOS, por conducto del Decreto N 1425/07, prorrogado por sus similaresNros. 1864/08, 626/09 y 141/10 conforme el detalle obrante en la planilla que como Anexo I formaparte integrante del presente decreto, en los cargos all indicados.

    Art. 2 Los cargos involucrados en el artculo precedente, debern ser cubiertos de confor-midad con los sistemas de seleccin vigentes y requisitos segn lo establecido, respectivamente,en el artculo 120 y en el Ttulo II, Captulos III y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO(SINEP), homologado por Decreto N 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) hbilescontados a partir del 28 de agosto de 2010.

    Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente ser atendido con los crditosasignados a la Jurisdiccin 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Ocial y archve-se. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Anbal D. Fernndez. Julio C. Alak.

    ANEXO I

    MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

    UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

    APELLIDO/S Y NOMBRE/S DOCUMENTONIVEL YGRADO

    FUNCIONPRORROGA

    DESDE

    AUTUORI SILVERO, Jimenadel Carmen

    D.N. I. N 27.940.827 D - 0Asistente

    Administrativo28/08/10

    MORALES, Adr in Enrique D.N. I. N 30.468.019 D - 0Asistente

    Administrativo28/08/10

    GESTO, Mara Beln D.N.I. N 33.086.564 D - 0Asistente

    Administrativo28/08/10

    % 4 % #F4171317F#

    #I4171850I# % 4 %MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOSHUMANOS

    Decisin Administrativa 878/2010

    Aprubase la Licitacin Pblica de EtapaUnica Nacional N 04/10 para la adquisi-cin de vehculos para la Polica Federal

    Argentina. Adjudicacin.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N 767-01-0000349/09 delregistro de la POLICIA FEDERAL ARGEN-TINA, organismo dependiente del MINIS-TERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DE-RECHOS HUMANOS, los Decretos Nros.436 del 30 de mayo de 2000 y 1023 del 13de agosto de 2001 y sus respectivos modi-catorios y complementarios, y

    CONSIDERANDO:

    Que por el expediente citado en el Visto, laDIRECCION DE COMPRAS Y SERVICIOSGENERALES de la DIRECCION GENERALDE ADMINISTRACION de la SUBSECRE-TARIA DE COORDINACION del MINISTE-RIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERE-CHOS HUMANOS, tramit la LicitacinPblica de Etapa Unica Nacional N 04/10,con el objeto de concretar la adquisicinde vehculos hidrantes de accin rpida yautnoma multipropsito con destino a laPOLICIA FEDERAL ARGENTINA.

    Que el mencionado procedimiento de se-leccin fue autorizado por la ResolucinM.J.S. y D.H. N 880 del 20 de abril de 2010.

    Que en el acto de apertura de ofertas reali-zado el 3 de jun io de 2010, se obtuvo comonica propuesta la oferta presentada porla rma RDS S.A., de la que da cuenta el

    Acta de Apertura N 29/10.

    Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CION inform oportunamente la imposibili-dad de brindar el Precio Testigo solicitado.

    Que la POLICIA FEDERAL ARGENTINAemiti informe tcnico sobre la oferta re-cibida.

    Que la COMISION EVALUADORA DEOFERTAS del MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS,mediante Dictamen de Evaluacin N 31del 16 de junio de 2010 aconsej adjudicarla Licitacin Pblica de Etapa Unica Nacio-nal N 04/10, a favor de la rma RDS S.A.,por ajustarse en un todo a lo solicitado.

    Que ha tomado la intervencin que le com-pete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOSJURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA,SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

    Que la presente medida se dicta en usode las atribuciones conferidas por el art-

    culo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITU-CION NACIONAL y de conformidad con elartculo 35, inciso c) del Reglamento de laLey de Administracin Financiera y de losSistemas de Control del Sector Pblico Na-cional N 24.156 aprobado por el DecretoN 1344 del 4 de octubre de 2007 y el Ane-xo al referido artculo 35.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artculo 1 Aprubase lo actuado por elMINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DE-RECHOS HUMANOS en el trmite de la Licita-cin Pblica de Etapa Unica Nacional N 04/10,para la adquisicin de UN (1) vehculo hidrantede NUEVE MIL (9.000) litros de capacidad detanque y DOS (2) vehculos hidrantes de SEIS

    MIL (6.000) litros de capacidad, todos multipropsito de accin rpida y autnoma con destno a la POLICIA FEDERAL ARGENTINA.

    Art. 2 Adjudcanse, por ajustarse en utodo a lo solicitado, los renglones 1 y 2 de la Lcitacin Pblica mencionada en el artculo prcedente a la rma RDS S.A., por la suma totde DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MLLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCMIL CIENTO CINCUENTA (U$S 2.355.150,00)

    Art. 3 El gasto que demande el cumpmiento de la presente medida, se deber ateder con cargo a las partidas especcas dPresupuesto del MINISTERIO DE JUSTICISEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS aprbado para el presente ejercicio.

    Art. 4 Facltase a la DIRECCION DCOMPRAS Y SERVICIOS GENERALES de DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIOde la SUBSECRETARIA DE COORDINACIOdel MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDADDERECHOS HUMANOS, a emitir la respectivOrden de Compra.

    Art. 5 Comunquese, publquese, dsa la Direccin Nacional del Registro Ocial archvese. Anbal D. Fernndez. Julio C

    Alak.% 4 % #F4171850F

    #I4171847I# % 4 %PRESUPUESTO

    Decisin Administrativa 876/2010

    Ministerio de Agricultura, Ganadera Pesca. Modifcase el Presupuesto General de la Administracin Nacional para Ejercicio 2010.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0206094/2010 dRegistro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupueto General de la Administracin Nacionpara el Ejercicio 2010 aprobado por la LeN 26.546, distribuido por la Decisin Aministrativa N 2 de fecha 11 de enero d2010, y

    CONSIDERANDO:

    Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAY CALIDAD AGROALIMENTARIA, organmo descentralizado en la rbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERY PESCA, ha suscripto un Convenio dFinanciacin entre la COMUNIDAD EUROPEA y la REPUBLICA ARGENTINA, denminado Programa de Apoyo al Fortalecmiento Institucional del SENASA, NmeContable ALA/2006/18-398 y un ConvenFOCEM relativo al Proyecto Piloto Progrma de Accin MERCOSUR Libre de Fieb

    Aftosa (COF-PAMA) N 07/07.

    Que dichos convenios tienen como n apyar al fortalecimiento institucional del mecionado Organismo.

    Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAY CALIDAD AGROALIMENTARIA, possaldos remanentes de recursos en la Fuete de Financiamiento 21 - Transferencia

    Externas, los cuales surgen de la diferencentre los ingresos percibidos y los gastodevengados en ejercicios anteriores.

    Que con el objeto de incorporar estos sados remanentes para su utilizacin resulimprescindible modicar el PresupuesGeneral vigente del SERVICIO NACIONADE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMETARIA.

    Que dicha modicacin no implica incrmentos en los totales otorgados, por cuato se efectuar por compensacin entfuentes nancieras.

    Que la presente medida se dicta en ejecicio de las facultades conferidas por

    Artculo 37 de la Ley de Administracin Fnanciera y de los Sistemas de Control dSector Pblico Nacional N 24.156, sustuido por el Artculo 1 de la Ley N 26.124

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    artes 21 de diciembre de 2010 Pimea seccin BOLETIN OFICIAL N 32.052 5

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artculo 1 Modifcase el PresupuestoGeneral de la Administracin Nacional para elEjercicio 2010, aprobado por la Ley N 26.546,distribuido por la Decisin Administrativa N 2de fecha 11 de enero de 2010, de acuerdo co nel detalle obrante en las Planillas Anexas alpresente artculo que forman parte integrantedel mismo.

    Art. 2 Comunquese, publquese, dsea la Direccin Nacional del Registro Ocial yarchvese. Anbal D. Fernndez. AmadoBoudou. Julin A. Domnguez.

    NOTA: El Anexo no se publica. La documen-tacin no publicada puede ser consultada en laSede Central de esta Direccin Nacional (Sui-pacha 767 - Ciudad Autnoma de Buenos Aires)y en www.boletinocial.gob.ar

    % 5 % #F4171847F#

    #I4172416I# % 5 %PRESUPUESTO

    Decisin Administrativa 882/2010

    Modifcase la distribucin del Presupues-to General de la Administracin Nacionalpara el Ejercicio 2010.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Presupuesto General de la Administra-cin Nacional para el Ejercicio 2010, apro-bado por la Ley N 26.546 y distribuido porla Decisin Administrativa N 2 de fecha 11de enero de 2010, la Ley de AdministracinFinanciera y de los Sistemas de Control delSector Pblico Nacional N 24.156 y susmodicaciones, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante el Decreto N 894 de fecha22 de junio de 2010 se otorg desde marzode 2010 una compensacin no remunera-tiva y no bonicable al personal retirado ypensionado de las Fuerzas Armadas y deSeguridad del OCHO POR CIENTO CONVEINTIUN CENTESIMOS (8,21%) del haber

    de retiro o de pensin segn corresponda.Que por el Decreto N 883 de fecha 17 de

    junio de 2010 se dispuso un incrementosobre los haberes mensuales del personalen actividad de las Fuerzas Armadas y deSeguridad.

    Que por efecto del precitado decreto se re-componen en forma directa los haberes delos jubilados, retirados y pensionados delas Fuerzas Armadas y de Seguridad.

    Que por lo expuesto se procede a reforzarel presupuesto destinado a la atencin delas jubilaciones, retiros y pensiones delSERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, dela CAJA DE RETIROS, JUBILACIONESY PENSIONES de la POLICIA FEDERAL

    ARGENTINA ambos dependientes del MI-NISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD YDERECHOS HUMANOS y del INSTITUTODE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE

    RETIROS Y PENSIONES MILITARES de-pendiente del MINISTERIO DE DEFENSA.

    Que parte del refuerzo presupuestario senancia con una mayor recaudacin deaportes y contribuciones a la prevista enel presupuesto vigente correspondiente ala CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES YPENSIONES de la POLICIA FEDERAL AR-GENTINA y al SERVICIO PENITENCIARIOFEDERAL ambos dependientes del MINIS-TERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DE-RECHOS HUMANOS.

    Que resulta necesario incrementar el pre-supuesto de gastos en personal del INS-TITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARAPAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITA-RES y de la ADMINISTRACION NACIONALDE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) de-pendiente del MINISTERIO DE TRABAJO,

    EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a n deafrontar el costo del incremento salarialasignado por paritarias a partir de los me-ses de junio y agosto de 2010.

    Que por el Decreto N 459 de fecha 6 deabril de 2010 se cre el Programa Conec-tar Igualdad.Com.Ar con el n de propor-cionar UNA (1) computadora a alumnas,alumnos y docentes de educacin secun-daria de escuelas pblicas, de educacinespecial y de Institutos de Formacin Do-cente, capacitar a los docentes en el usode dicha herramienta y elaborar propues-tas educativas con el objeto de favorecer laincorporacin de las mismas en los proce-sos de enseanza y de aprendizaje.

    Que resulta necesario incrementar el pre-supuesto vigente de dicho programa a nde dar cumplimiento a lo dispuesto por elcitado decreto.

    Que mediante el Decreto N 933 de fecha29 de junio de 2010 se increment el valorde la prestacin del Subsidio de Conten-cin Familiar.

    Que a travs del Decreto N 1602 de fecha29 de octubre de 2009 se cre el Subsiste-ma no contributivo de Asignacin Universalpor hijo para Proteccin Social destinadoa los hijos de los trabajadores del sectorinformal, desempleados y del servicio do-mstico.

    Que por el Decreto N 1388 de fecha 29 de

    septiembre de 2010 se increment el mon-to de las Asignaciones Familiares por hijo,hijo con discapacidad y prenatal del rgi-men establecido por la Ley N 24.714.

    Que por las Resoluciones N 130 de fecha23 de febrero de 2010 y N 651 de fecha28 de julio de 2010 ambos de la ADMINIS-TRACION NACIONAL DE LA SEGURIDADSOCIAL (ANSeS) se establece el valor dela movilidad prevista en el Artculo 32 de laLey N 24.241 en OCHO POR CIENTO CONVEINTIUN CENTESIMOS (8,21%) para elmes de marzo de 2010 y DIECISEIS PORCIENTO CON NOVENTA CENTESIMOS(16,90%) desde el mes de septiembre de2010.

    Que los haberes de las Pensiones no Con-tributivas se encuentran atados al habermnimo del SISTEMA INTEGRADO PREVI-SIONAL ARGENTINO (SIPA).

    Que por lo expuesto corresponde reforzarel presupuesto del MINISTERIO DE DESA-RROLLO SOCIAL en la parte correspon-diente al Programa 23 - Atencin de Pen-siones no Contributivas.

    Que los mencionados incrementos se -nancian con una mayor recaudacin deaportes y contribuciones de la ADMINIS-TRACION NACIONAL DE LA SEGURIDADSOCIAL (ANSeS) a la prevista en el presu-puesto vigente.

    Que la presente medida se dicta en uso delas facultades conferidas por el Artculo 37de la Ley de Administracin Financiera y delos Sistemas de Control del Sector PblicoNacional N 24.156, sustituido por el Artcu-lo 1 de la Ley N 26.124.

    Por ello,

    EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

    Artculo 1 Modifcase la distribucindel Presupuesto General de la AdministracinNacional para el Ejercicio 2010, de acuerdoal detalle obrante en las Planillas Anexas alpresente artculo, que forman parte integrantedel mismo.

    Art. 2 Comunquese, publquese, dsea la Direccin Nacional del Registro Ocial yarchvese. Anbal D. Fernndez. AmadoBoudou.

    NOTA: El Anexo no se publica. La documen-tacin no publicada puede ser consultada en laSede Central de esta Direccin Nacional (Sui-pacha 767 - Ciudad Autnoma de Buenos Aires)y en www.boletinocial.gob.ar

    % 5 % #F4172416F#

    #I4171560I# % 5 %MINISTERIO DE DEFENSA

    Resolucin 1633/2010

    Aprubase la Matriz Comn para la Estructura Orgnico-Funcional de la Conduccin Superior de las Fuerzas Armadas.

    Bs. As., 13/12/2010

    VISTO las Leyes N 22.520 (T.O. Decreto N 438/92), N 23.554 y N 24.498, los Decretos N 72del 12 de junio de 2006, N 1691 del 22 de noviembre de 2006, lo propuesto por el Jefe dESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, y

    CONSIDERANDO:

    Que el Artculo 21 de la Ley N 23.554 determina que la organizacin y el funcionamientde las Fuerzas Armadas se inspirarn en criterios de organizacin y eciencia conjuntunicndose las funciones, actividades y servicios cuya naturaleza no sea especca duna sola fuerza.

    Que el artculo 5 de la Ley N 24.948 indica que tanto en las previsiones estratgicas comen la organizacin, equipamiento, doctrina y adiestramiento de las fuerzas armadas se daprioridad al accionar conjunto y a la integracin operativa.

    Que asimismo el artculo 8 de esta ltima ley prescribe que en la organizacin a den

    se debern suprimir comandos intermedios carentes de nalidad prctica, y que sdebern reducir al mnimo y normalizar las estructuras administrativas y burocrticade las fuerzas.

    Que el Decreto N 727/2006, reglamentario de la Ley de Defensa, en su artculo 13 acpig establece que corresponde al MINISTERIO DE DEFENSA aprobar la readecuacin de lestructuras orgnico-funcionales de las Fuerzas Armadas.

    Que en su artculo 18 este ltimo decreto adicionalmente instruye al ESTADO MAYOCONJUNTO a procurar la mxima integracin y estandarizacin del Conjunto de reglaprocesos, procedimientos, funciones, servicios y actividades relativos al uso o empleo eciente de los medios militares.

    Que en su artculo 24 la misma norma precisa que las FUERZAS ARMADAS estn dedcadas exclusivamente a alistar, adiestrar y sostener los medios puestos a su disposicin

    Que en el apartado referido a la Concepcin del Instrumento Militar y sus condiciones dempleo efectivo, el Decreto N 1691/2006 Directiva de Organizacin y Funcionamiende las FUERZAS ARMADAS, determina que el carcter ineludiblemente conjunto dInstrumento Militar implica a la doctrina, el planeamiento, el diseo de fuerzas, el adies

    tramiento y la operacin militar propiamente dicha, razn por la cual insta al avance en elaboracin del Planeamiento Estratgico Militar y de las readecuaciones necesarias de laestructuras orgnico-funcionales de las fuerzas.

    Que en el apartado referido a los Roles y Funciones del ESTADO MYOR CONJUNTy DE LAS FUERZAS ARMADAS, el mismo decreto indica que el sistema de Defensde la Nacin deber avanzar hacia la gestin integral y funcional del sistema militarmodificando y readecuando, en funcin de este objetivo instrumental, las estructra orgnico-funcionales militares pertinentes. Abundando, al respecto ms adelantque los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas realizarn las modicaciones y las readecuaciones necesarias en sus respectivas estructuras orgnicofuncionales con el objeto de asegurar la plena armona de funcionamiento, cuidandque el concepto de especificidad de cada Fuerza Armada no incida negativamenten la coordinacin de esfuerzos, la interoperabilidad y la efectiva integracin del Intrumento Militar.

    Que resulta conveniente acordar una matriz comn para la Estructura Orgnico-Funcionde la Conduccin Superior de las Fuerzas Armadas, la que aplicada a la realidad de cadfuerza debiera imponer que slo las especidades ciertas justiquen un apartamiento dun modelo homogneo.

    Que resulta oportuno adaptar y adoptar principios y criterios generales de organizaciaplicables a la Administracin Pblica Nacional que no atenten contra la ecacia y los imperativos particulares de la funcin militar.

    Que corresponde tener en cuenta aquellas especicidades derivadas de las tareas y responsabilidades particulares correspondientes al medio en el cual desarrollan su actividad

    Que resulta conveniente que el MINISTERIO DE DEFENSA supervise la evolucin de lmencionadas estructuras, a los efectos de asegurar su coherencia con los principios genrales de la Poltica de Defensa.

    Que el ESTADO MAYOR CONJUNTO ha asesorado al MINISTERIO DE DEFENSA con upropuesta ntegra que ha sido elaborada sobre la base de aportes efectuados por los ESTADOS MAYORES GENERALES DE LAS FUERZAS ARMADAS, en la bsqueda del mayconsenso posible.

    Que la propuesta del ESTADO MAYOR CONJUNTO no implica drsticas modificaciones en la creacin o supresin de organismos, sino ms bien ordenamientos pardefinir con mayor claridad en los tres ESTADOS MAYORES GENERALES, los respo

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    sables primarios del SOSTENIMIENTO (SJEMG de cada Fuerza), y del ALISTAMIENTOy ADIESTRAMIENTO (un solo COMANDANTE por Fuerza), agrupando las funcionesde SOSTENIMIENTO (personal, material, educacin, salud, etc.) en una Direccin Ge-neral para cada rea.

    Que cada Direccin General tendr en su mbito, la responsabilidad del planeamiento yejecucin en el corto plazo, y el planeamiento en el mediano plazo (a partir del 4 ao enadelante), para dar coherencia a los planes y programas de una misma rea, evitando laseparacin orgnica del corto y el mediano plazo, ntimamente ligados entre s, asignandoresponsabilidades a organismos diferentes, que a veces incluso dependen de instanciasdiferentes; teniendo en cuenta que cualquier proyecto de inversin, desde que se identica,formula, evala, aprueba, se gestiona su nanciamiento y nalmente se materializa, puedeabarcar de dos a cuatro aos o ms, segn la complejidad del proyecto.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA hatomado la intervencin que le compete.

    Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente medida en virtud delArtculo 13 inciso g) del Decreto N 727/06.

    Por ello,

    LA MINISTRADE DEFENSARESUELVE:

    Artculo 1 Aprubase la Matriz Comn para la Estructura Orgnico-Funcional de la Conduc-cin Superior de las Fuerzas Armadas, que obra en el Anexo 1 de la presente Resolucin.

    Art. 2 Aprubase la Estructura Orgnico-Funcional de la Conduccin Superior del EstadoMayor General del Ejrcito, la Armada y la Fuerza Area, que obra en el Anexo 2 de la presente Re-solucin. Las aperturas organizativas inferiores sern completadas por cada Estado Mayor General.

    Art. 3 Dispnese la entrada en vigencia de las Estructuras Orgnico-Funcionales aproba-das en la presente Resolucin para el da 1 de enero de 2011. Para ello, se instruye a los Jefes deEstado Mayor General de las Fuerzas Armadas a adecuar la doctrina y reglamentos de organizacincorrespondientes.

    Art. 4 Instryase al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas a adecuarla doctrina bsica conjunta en funcin de los criterios de estandarizacin acordados en la MatrizComn de la Estructura Orgnico-Funcional de la Conduccin Superior de las Fuerzas Armadas.

    Art. 5 Establcese que las modicaciones a las Estructuras Orgnico-Funcionales conte-nidas en Anexo II debern ser dispuestas por Resolucin Ministerial. Los Jefes de Estado Mayo-res Generales conservan la atribucin de adecuar las unidades organizativas inferiores, informandopreviamente al ESTADO MAYOR CONJUNTO y al MINISTERIO DE DEFENSA del ejercicio de estafacultad.

    Art. 6 Regstrese, comunquese, publquese en el Boletn Ocial y archvese. Nilda C.Garr.

    ANEXO 1

    ANEXO 2 - E

    ANEXO 2 - AR

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    artes 21 de diciembre de 2010 Pimea seccin BOLETIN OFICIAL N 32.052 7

    ANEXO 2 - FAA

    % 7 % #F4171560F#

    CONSIDERANDO:

    Que el Decreto N 1901 del 18 de diciem-bre de 2006 regula la Distribucin por Ajus-te de Riesgo de los Recursos del FondoSolidario de Redistribucin recaudados deacuerdo al Artculo 19, incisos a) y b) de laLey N 23.660 y al Artculo 22, inciso a) dela Ley N 23.661, con excepcin de aque-llos que se descuenten previamente paralos gastos operativos de la SUPERINTEN-DENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, orga-nismo descentralizado actuante en la r-bita del MINISTERIO DE SALUD, segn lodispone el Artculo 24, inciso b), apartado1 de la Ley N 23.661, y los que se asignena la ADMINISTRACION DE PROGRAMASESPECIALES, organismo descentralizadoactuante en la rbita del MINISTERIO DESALUD a travs de la Ley de Presupuestopara cada ao.

    Que el Artculo 8 de la Resolucin N 171del 18 de octubre de 1995 de la SECRE-TARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIODE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOSPUBLICOS prev que el BANCO DE LANACION ARGENTINA efectuar las trans-ferencias de fondos de la cuenta Fon-do Solidario de Redistribucin - DecretoN 292/95 a las cuentas de la ex ADMI-NISTRACION NACIONAL DEL SEGURODE SALUD, organismo descentralizadoactuante en la rbita del ex MINISTERIODE SALUD Y ACCION SOCIAL, segninstrucciones que en tal sentido impartirla SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

    de la SECRETARIA DE HACIENDA del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS YSERVICIOS PUBLICOS, en funcin de lascuotas de programacin de la ejecucinque se asignen a la mencionada Adminis-tracin.

    Que el Decreto N 1615 del 23 de diciem-bre de 1996 determina la creacin de laSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD, en el mbito del ex MINISTERIO

    DE SALUD Y ACCION SOCIAL, como oganismo descentralizado producto de fusin de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD, del ex INTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALEy de la ex Direccin Nacional de Obras Sociales.

    Que el Artculo 11 del Decreto N 1615/9prev que la SUPERINTENDENCIA DSERVICIOS DE SALUD se nanciar colos recursos previstos para los entes fusinados.

    Que los fondos disponibles en la cuenFondo Solidario de Redistribucin - Dcreto N 292/95 permiten que el BANCDE LA NACION ARGENTINA gire a la SPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD los importes correspondientes a lacuotas de programacin de la ejecuciasignadas a la misma.

    Que la presente resolucin se dicta en vtud de las facultades conferidas por el Arculo 5 del Decreto N 292 del 14 de agosde 1995.

    Por ello,

    EL SECRETARIODE HACIENDARESUELVE:

    Artculo 1 Establcese que el BANCO DLA NACION ARGENTINA transferir, con fec17 de diciembre de 2010, los fondos corre

    pondientes a las cuotas de programacin de ejecucin de la SUPERINTENDENCIA DE SEVICIOS DE SALUD, organismo descentralizadactuante en la rbita del MINISTERIO DE SALUD, por la suma de PESOS DOCE MILLONENOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUTROCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 12.943.433

    Art. 2 Comunquese, publquese, dsela Direccin Nacional del Registro Ocial y achvese. Juan C. Pezoa.

    % 7 % #F4171829F

    #I4172998I# % 7 %Secretara de Comercio Interior

    COMBUSTIBLES

    Resolucin 543/2010

    Dergase la Resolucin N 295/10 que

    estableci las normas sobre comerciali-zacin, intermediacin, distribucin y/oproduccin de combustibles lquidos.

    Bs. As., 20/12/2010

    VISTO el Expediente S01:0340948/2006 del Re-gistro del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION (actual MINISTERIO DEECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS), y

    CONSIDERANDO:

    Que con fecha 17 de agosto de 2010, elsuscripto dict la Resolucin S.C.I. N 295mediante la cual se aprobaron las normassobre comercializacin, intermediacin,distribucin y/o produccin de combusti-bles lquidos, contenidas en el Anexo queformaba parte integrante de dicha resolu-cin.

    Que la norma en cuestin fue dictada conel objetivo de lograr estabilidad en losprecios, componente ste fundamentalpara otorgar continuidad al proceso decrecimiento de la actividad econmica,as como para preservar el equilibrio ma-croeconmico ya alcanzado.

    Que en la actualidad se advierte que no seencuentran conguradas las mismas con-diciones de comercializacin vigentes a lafecha del dictado de la Resolucin S.C.I.N 295/2010, razn por la cual, correspon-de derogar la misma.

    Que la Direccin de Legales del Area deComercio Interior, dependiente de la Di-reccin General de Asuntos Jurdicos delMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS, ha tomado la intervencin quele compete.

    Que la presente medida se dicta en uso delas facultades conferidas por el inciso c) del

    Artculo 2 de la Ley N 20.680 y concor-dantes.

    Por ello,

    EL SECRETARIODE COMERCIO INTERIORRESUELVE:

    Artculo 1 Dergase la Resolucin S.I.C.N 295 del 17 de agosto de 2010.

    Art. 2 La presente medida comenzar aregir a partir del da siguiente de su publicacinen el Boletn Ocial.

    Art. 3 Comunquese, publquese, dse ala Direccin Nacional del Registro Ocial y ar-chvese. Mario G. Moreno.

    % 7 % #F4172998F#

    #I4171829I# % 7 %Secretara de Hacienda

    FONDO SOLIDARIO DEREDISTRIBUCION

    Resolucin 383/2010

    Establcese que el Banco de la Nacin Argentina transferir los fondos corres-pondientes a las cuotas de programacinde la ejecucin de la Superintendencia deServicios de Salud.

    Bs. As., 15/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0457908/2010 delRegistro del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS, la Ley N 23.661,los Decretos Nros. 292 del 14 de agostode 1995, 492 del 22 de setiembre de 1995,1615 del 23 de diciembre de 1996, 1901del 18 de diciembre de 2006, la Resolu-cin N 171 del 18 de octubre de 1995 de laSECRETARIA DE HACIENDA del entoncesMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS YSERVICIOS PUBLICOS, y

    #I4171802I# % 7 %Ocina Nacional de Control Comercial Agropecuario

    MOLINOS HARINEROS

    Resolucin 5733/2010

    Autorzase el pago de compensaciones.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0379165/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GNADERIA Y PESCA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Resolucin N 9 de fecha 11 de enero de 2007 y su complementaria N 40 dfecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCION, se cre un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo internotravs de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos dervados del trigo, maz, girasol y soja.

    Que por la Resolucin N 328 de fecha 3 de abril de 2007 de la OFICINA NACIONAL DCONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se incorpor al mecanismo de compensacines establecido por la Resolucin N 9/07 y su complementaria N 40/07 antes citadas,

    los establecimientos industriales que se dediquen a la molienda seca de maz para la prduccin de harina de maz, smola y grits destinada exclusivamente al consumo interno.

    Que por la mencionada Resolucin N 328/07 se jaron los parmetros para la determincin y pago de las compensaciones correspondientes.

    Que, en ese marco, la rma F Y A BASILE S.A.I.C.I., Clave Unica de Identicacin Tributa(C.U.I.T.) N 30-50076581-6, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N 191014245501420002094, de la Localidad de Chacabuco, Provincia de Buenos Aires, solicita compensaciones plas ventas de harina de maz, smola y grits realizadas durante los meses de enero, febrermarzo, abril, mayo y junio de 2010.

    Que el Area de Compensaciones de Granos de la citada Ocina Nacional evalu las solictudes presentadas por dicha rma y procedi a efectuar la liquidacin de las compensacines requeridas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes tcnicoobrantes a fojas 1/2, 19/20, 44/45, 68/69, 92/93 y 122/123.

    Que la Coordinacin de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente.

    Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar las compensaciones solicitadas, autorizndose el pago de las mismas.

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    artes 21 de diciembre de 2010 Pimea seccin BOLETIN OFICIAL N 32.052 8

    Que la Direccin de Asuntos Jurdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMER-CIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervencin que le compete.

    Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud delas facultades conferidas por el Decreto N 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por laResolucin N 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIORESUELVE:

    Artculo 1 Aprubanse las compensaciones solicitadas por la rma F Y A BASILE S.A.I.C.I.,Clave Unica de Identicacin Tributaria (C.U.I.T.) N 30-50076581-6, Clave Bancaria Uniforme

    (C.B.U.) N 191014245501420002096-4, de la Localidad de Chacabuco, Provincia de Buenos A irelas que ascienden a la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS TREINCON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 990.630,33), por los motivos expuestos en los considerandprecedentes.

    Art. 2 Autorzase el pago de las compensaciones consignadas al beneciario mencionaden el Anexo que forma parte de la presente, el que asciende a la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 990.630,33).

    Art. 3 El gasto que demande la implementacin de lo establecido por el Artculo de la presente medida, ser atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo Crdito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Ocial y archvese. Juan M. Campillo.

    ANEXO S01:0379165/2010

    PAGO COMPENSACIONES A MOLINOS DE MAIZ

    N Expediente Razn Social C.U.I.T. C.B.U.PERIODO 2010

    Localidad Provinciaenero febrero marzo abril mayo junio

    1 63973544979 F Y A BASILE S.A.I.C.I. 30-50076581-6 191014245501420002096-4 5.839,99 17.209,13 36.845,99 51.923,12 554.925,96 323.886,14 CHACABUCO BUENOS AIRES

    TOTAL 990.630,33

    % 8 % #F4171802F

    #I4171797I# % 8 %Ocina Nacional de Control Comercial Agropecuario

    MOLINOS HARINEROS

    Resolucin 5729/2010

    Autorzase el pago de compensaciones.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0371129/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Resolucin Conjunta N 57 y N 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINIS-TERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS, respectivamente, se cre un rgimen de compensacin para lospequeos y medianos productores de trigo y de maz cuya produccin no hubiera supe-rado las OCHOCIENTAS TONELADAS (800 t) anuales de trigo y las UN MIL DOSCIENTASCUARENTA TONELADAS (1240 t) anuales de maz, para el ciclo cosecha 2009/2010.

    Que por la Resolucin N 1213 de fecha 19 de abril de 2010 de la OFICINA NACIONAL DECONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, en virtud de lo dispuesto por el Artculo 5 de

    la Resolucin Conjunta N 57 y N 106/10 antes citada, se reglament el precitado rgimencompensatorio para la produccin de trigo, establecindose los requisitos a cumplimentarpara acceder al benecio y el procedimiento a seguir por los productores para cancelarlas deudas lquidas y exigibles con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PU-BLICOS, entidad autrquica en el mbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS, por impuestos, aportes y contribuciones a la seguridad social, con el monto apercibir por la compensacin.

    Que, en ese marco, el productor TAMOLA DIEGO ENRIQUE, Clave Unica de Iden-ticacin Tributaria (C.U.I.T.) N 20-05921118-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.)N 011042442004240017745-4, de la Localidad de GENERAL RAMIREZ, Provincia deENTRE RIOS, solicita compensacin por el trigo de su produccin comercializado en elmercado interno.

    Que cabe sealar que, conforme surge de la constancia DETALLE DE INCUMPLIMIENTOSRes. Conjunta 57/2010 (M.A.G. y P.) y 106/2010 (M.E.F.P.), aprobada por la ResolucinGeneral N 2824 de fecha 30 de abril de 2010 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE IN-GRESOS PUBLICOS, presentada por el productor antes mencionado, ste registra deudalquida y exigible con la Administracin Federal por la suma de PESOS TRES MIL TRES-CIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 3.387,68), habiendoprestado expresa conformidad para que la misma sea deducida del monto a percibir porla compensacin.

    Que, a fojas 10/29, el Area de Compensaciones Pequeos y Medianos Productores dela OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO evalu la solicitudpresentada por dicho productor y procedi a efectuar la liquidacin del benecio requeridode acuerdo a la normativa vigente, concluyendo que corresponde otorgar compensacinpor la suma total de PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SE-SENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 14.557,65), debiendo deducirse de la misma la suma dePESOS TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS($ 3.387,68) en concepto de deuda tributaria y a la seguridad social.

    Que la Coordinacin de Compensaciones de la citada Ocina Nacional intervino favora-blemente.

    Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la compensacin solicitada, autorizn-dose a deducir del monto de la misma la suma antes detallada y a efectuar el pago delremanente de sta al referido productor.

    Que la Direccin de Asuntos Jurdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMER-CIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervencin que le compete.

    Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud delas facultades conferidas por el Decreto N 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por el

    Artculo 5 de la Resolucin Conjunta N 57 y N 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MNISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIAFINANZAS PUBLICAS, respectivamente.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIORESUELVE:

    Artculo 1 Aprubase la compensacin solicitada por el productor de tri go TAMOLA DIEGENRIQUE, Clave Unica de Identicacin Tributaria (C.U.I.T.) N 20-05921118-9, Clave Bancaria Unforme (C.B.U.) N 011042442004240017745-4, de la Localidad de GENERAL RAMIREZ, Provincde ENTRE RIOS, la que corresponde al SETENTA POR CIENTO (70%) de su produccin del ciccosecha 2009/2010 y asciende a la suma total de PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENY SIETE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 14.557,65), por los motivos expuestos en los cosiderandos precedentes.

    Art. 2 Autorzase a deducir del monto establecido en el Artculo 1 de la presente resolucila suma total PESOS TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTVOS ($ 3.387,68), para cancelar la deuda tributaria y a la seguridad social que el beneciario registcon la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autrquica en el mbito dMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

    Art. 3 A esos efectos, el productor deber generar el Volante Electrnico de Pago (V.E.P

    previsto por el Artculo 11 de la Resolucin N 1213 de de fecha 19 de abril de 2010 de la OFICINNACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y presentarlo ante esta Ocina Naciondentro de los QUINCE (15) das posteriores a la publicacin de la presente medida.

    Art. 4 Cumplido que fuera lo indicado precedentemente, autorzase el pago del remanende la compensacin aprobada por el Artculo 1 de la presente al beneciario all detallado, pola suma de PESOS ONCE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y SIETE CENTAVO($ 11.169,97).

    Art. 5 El gasto que demande la implementacin de lo establecido por el Artculo 2 de presente medida, ser atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al CrditVigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Naciona

    Art. 6 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Ocial y archvese. Juan M. Campillo.

    % 8 % #F4171797F

    #I4171799I# % 8 %Ocina Nacional de Control Comercial Agropecuario

    MOLINOS HARINEROS

    Resolucin 5730/2010

    Autorzase el pago de compensaciones.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0405333/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GNADERIA Y PESCA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Resolucin Conjunta N 57 y N 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIAFINANZAS PUBLICAS, respectivamente, se cre un rgimen de compensacin para lpequeos y medianos productores de trigo y de maz cuya produccin no hubiera suprado las OCHOCIENTAS TONELADAS (800 t) anuales de trigo y las UN MIL DOSCIENTACUARENTA TONELADAS (1240 t) anuales de maz, para el ciclo cosecha 2009/2010.

    Que por la Resolucin N 1213 de fecha 19 de abril de 2010 de la OFICINA NACIONAL DCONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, en virtud de lo dispuesto por el Artculo 5 d

  • 8/8/2019 Boletn_Oficial_2.010-12-21

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    artes 21 de diciembre de 2010 Pimea seccin BOLETIN OFICIAL N 32.052 9

    la Resolucin Conjunta N 57 y N 106/10 antes citada, se reglament el precitado rgimencompensatorio para la produccin de trigo, establecindose los requisitos a cumplimentarpara acceder al benecio y el procedimiento a seguir por los productores para cancelarlas deudas lquidas y exigibles con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PU-BLICOS, entidad autrquica en el mbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASPUBLICAS, por impuestos, aportes y contribuciones a la seguridad social, con el monto apercibir por la compensacin.

    Que, en ese marco, el productor HEBEISEN NESTOR ORLANDO, Clave Unica de Iden-ticacin Tributaria (C.U.I.T.) N 20-11996197-2, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N011013512001351149183-4, de la Localidad de BARADERO, Provincia de BUENOS AIRES,solicita compensacin por el trigo de su produccin comercializado en el mercado interno.

    Que cabe sealar que, conforme surge de la constancia DETALLE DE INCUMPLIMIENTOS

    Res. Conjunta 57/2010 (M.A.G. y P.) y 106/2010 (M.E.F.P.), aprobada por la Resolucin Gene-ral N 2824 de fecha 30 de abril de 2010 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOSPUBLICOS, presentada por el productor antes mencionado, ste registra deuda lquida yexigible con la Administracin Federal por la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA YSIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 957,66), habiendo prestado expresa conformi-dad para que la misma sea deducida del monto a percibir por la compensacin.

    Que, a fojas 10/25, el Area de Compensaciones Pequeos y Medianos Productores dela OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO evalu la solicitudpresentada por dicho productor y procedi a efectuar la liquidacin del benecio requeri-do de acuerdo a la normativa vigente, concluyendo que corresponde otorgar compensa-cin por la suma total de PESOS DIEZ MIL SETENTA Y NUEVE CON TREINTA CENTAVOS($ 10.079,30), debiendo deducirse de la misma la suma de PESOS NOVECIENTOS CIN-CUENTA Y SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 957,66) en concepto de deudatributaria y a la seguridad social.

    Que la Coordinacin de Compensaciones de la citada Ocina Nacional intervino favora-blemente.

    Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la compensacin solicitada, autorizn-dose a deducir del monto de la misma la suma antes detallada y a efectuar el pago delremanente de sta al referido productor.

    Que la Direccin de Asuntos Jurdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMER-CIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervencin que le compete.

    Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud delas facultades conferidas por el Decreto N 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por el

    Artculo 5 de la Resolucin Conjunta N 57 y N 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MI-NISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA YFINANZAS PUBLICAS, respectivamente.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIORESUELVE:

    Artculo 1 Aprubase la compensacin solicitada por el productor de trigo HEBEISENNESTOR ORLANDO, Clave Unica de Identicacin Tributaria (C.U.I.T.) N 20-11996197-2, ClaveBancaria Uniforme (C.B.U.) N 011013512001351149183-4, de la Localidad de BARADERO,Provincia de BUENOS AIRES, la que corresponde al SETENTA POR CIENTO (70%) de su pro-duccin del ciclo cosecha 2009/2010 y asciende a la suma total de PESOS DIEZ MIL SETENTAY NUEVE CON TREINTA CENTAVOS ($ 10.079,30), por los motivos expuestos en los conside-randos precedentes.

    Art. 2 Autorzase a deducir del monto establecido en el Artculo 1 de la presente resolucin,la suma total PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($957,66), para cancelar la deuda tributaria y a la seguridad social que el beneciario registra con la

    ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autrquica en el mbito del MI-NISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

    Art. 3 A esos efectos, el productor deber generar el Volante Electrnico de Pago (V.E.P.)previsto por el Artculo 11 de la Resolucin N 1213 de de fecha 19 de abril de 2010 de la OFICINANACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y presentarlo ante esta Ocina Nacionaldentro de los QUINCE (15) das posteriores a la publicacin de la presente medida.

    Art. 4 Cumplido que fuera lo indicado precedentemente, autorzase el pago del remanente dela compensacin aprobada por el Artculo 1 de la presente al beneciario all detallado, por la suma dePESOS NUEVE MIL CIENTO VEINTIUNO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 9.121,64).

    Art. 5 El gasto que demande la implementacin de lo establecido por el Artculo 2 de lapresente medida, ser atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al CrditoVigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

    Art. 6 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Ocial y arch-vese. Juan M. Campillo.

    % 9 % #F4171799F#

    #I4171770I# % 9 %Ocina Nacional de Control Comercial Agropecuario

    MOLINOS HARINEROS

    Resolucin 5719/2010

    Autorzase el pago de compensaciones.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0394075/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Resolucin N 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DEECONOMIA Y PRODUCCION se cre un mecanismo destinado a otorgar compensacio-

    nes al consumo interno a travs de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maz, girasol y soja.

    Que, en ese marco, por la Resolucin N 2242 de fecha 6 de marzo de 2009 y sus modicatorias Nros. 3436 de fecha 23 de abril de 2009 y 4724 de fecha 1 de junio de 2009, todade la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se implemenun rgimen de compensaciones para aquellos molinos de trigo y/o usuarios de moliendque vendan en el mercado interno harina de trigo calidad triple cero (000) en forma msiva o con destino al sector manufacturero para la elaboracin de productos de consummasivo y que demuestren haber pagado el FAS terico de acuerdo a condiciones dcalidad, contemplndose la incidencia en el precio de compra del costo del ete segn ubicacin geogrca del establecimiento elaborador.

    Que por la mencionada Resolucin N 2242/09 y sus modicatorias, se jaron los parmetros para la determinacin y pago de las compensaciones correspondientes.

    Que, en ese contexto, la rma MORIXE HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAE INDUSTRIAL, Clave Unica de Identicacin Tributaria (C.U.I.T.) N 30-52534638-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N 017012472000000794896-1, de la Ciudad Autnoma dBuenos Aires, solicita compensacin por las ventas de harina de trigo calidad triple cer(000) realizadas durante el mes de junio de 2010.

    Que el Area de Compensaciones de Granos de la citada Ocina Nacional evalu la socitud presentada por dicha rma y procedi a efectuar la liquidacin de la compensacirequerida de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe tcnico obrana fojas 1/3.

    Que la Coordinacin de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente.

    Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la compensacin solicitada, autozndose el pago de la misma.

    Que la Direccin de Asuntos Jurdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervencin que le compete.

    Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud d

    las facultades conferidas por el Decreto N 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por laResoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 200ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIORESUELVE:

    Artculo 1 Aprubase la compensacin solicitada por la rma MORIXE HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, Clave Unica de Identicacin Tributaria (C.U.I.TN 30-52534638-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N 017012472000000794896-1, de la Ciuda

    Autnoma de Buenos Aires, la que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTODIEZ MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON SEIS CENTAVOS ($ 1.310.492,06), por los mtivos expuestos en los considerandos precedentes.

    Art. 2 Autorzase el pago de la compensacin consignada al beneciario mencionado en Anexo que forma parte de la presente, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON TRECIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON SEIS CENTAVOS ($ 1 .310.492,06)

    Art. 3 El gasto que demande la implementacin de lo establecido por el Artculo 2 de

    presente medida, ser atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al CrditVigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Naciona

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Ocial y archvese. Juan M. Campillo.

    ANEX

    ANEXO S01:0394075/2010

    PAGO COMPENSACIONES A MOLINOS DE TRIGO

    N Expediente Razn Social C.U.I.T. C.B.U.

    PERIODO2010

    Localidad Provincia

    junio

    1 S01-0262259-2010MORIXE HERMANOSSOCIEDAD ANONIMA

    COMERCIAL E INDUSTRIAL30-52534638-9 017012472000000794896-1 1.310.492,06

    CIUDADAUTONOMA

    BS. AS.

    CIUDADAUTONOMA

    BS. AS.

    TOTAL 1.310.492,06

    % 9 % #F4171770F

    #I4171772I# % 9 %Ocina Nacional de Control Comercial Agropecuario

    MOLINOS HARINEROS

    Resolucin 5720/2010

    Autorzase el pago de compensaciones.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0399039/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GNADERIA Y PESCA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Resolucin N 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DECONOMIA Y PRODUCCION se cre un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a travs de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maz, girasol y soja.

    Que, en ese marco, por la Resolucin N 2242 de fecha 6 de marzo de 2009 y sus modicatorias Nros. 3436 de fecha 23 de abril de 2009 y 4724 de fecha 1 de junio de 2009, toda

  • 8/8/2019 Boletn_Oficial_2.010-12-21

    10/84

    artes 21 de diciembre de 2010 Pimea seccin BOLETIN OFICIAL N 32.052 10

    de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se implementun rgimen de compensaciones para aquellos molinos de trigo y/o usuarios de moliendaque vendan en el mercado interno harina de trigo calidad triple cero (000) en forma ma-siva o con destino al sector manufacturero para la elaboracin de productos de consumomasivo y que demuestren haber pagado el FAS terico de acuerdo a condiciones decalidad, contemplndose la incidencia en el precio de compra del costo del ete segn laubicacin geogrca del establecimiento elaborador.

    Que por la mencionada Resolucin N 2242/09 y sus modicatorias, se jaron los par-metros para la determinacin y pago de las compensaciones correspondientes.

    Que, en ese contexto, la rma CANEPA HNOS. S.A.I.C.A. Y FINANCIERA, Clave Unicade Identicacin Tributaria (C.U.I.T.) N 30-53534705-7, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.)N 007006582000000159900-4, de la Localidad de Chivilcoy, Provincia de Buenos Aires,solicita compensacin por las ventas de harina de trigo calidad triple cero (000) realiza-das durante el mes de junio de 2010.

    Que el Area de Compensaciones de Granos de la citada Ocina Nacional evalu la soli-citud presentada por dicha rma y procedi a efectuar la liquidacin de la compensacinrequerida de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe tcnico obrantea fojas 1/2.

    Que la Coordinacin de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL CO-MERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente.

    Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la compensacin solicitada, autori-zndose el pago de la misma.

    Que la Direccin de Asuntos Jurdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMER-CIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervencin que le compete.

    Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud delas facultades conferidas por el Decreto N 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por lasResoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007,ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIORESUELVE:

    Artculo 1 Aprubase la compensacin solicitada por la rma CANEPA HNOS. S.A.I.C.A. YFINANCIERA, Clave Unica de Identicacin Tributaria (C.U.I.T.) N 30-53534705-7, Clave BancariaUniforme (C.B.U.) N 007006582000000159900-4, de la Localidad de Chivilcoy, Provincia de Buenos

    Aires, la que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA Y UN MILCUARENTA Y SEIS CON CINCO CENTAVOS ($ 1.961.046,05), por los motivos expuestos en losconsiderandos precedentes.

    Art. 2 Autorzase el pago de la compensacin consignada al beneciario mencionado enel Anexo que forma parte de la presente, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLONNOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL CUARENTA Y SEIS CON CINCO CENTAVOS ($ 1 .961.046,05).

    Art. 3 El gasto que demande la implementacin de lo establecido por el Artculo 2 de lapresente medida, ser atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al CrditoVigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Ocial y arch-vese. Juan M. Campillo.

    ANEXO

    ANEXO S01:0399039/2010

    PAGO COMPENSACIONES A MOLINOS DE TRIGO

    N Expediente Razn Social C.U.I.T. C.B.U.PERIODO 2010

    Loc al ida d Pr ovi nci ajunio

    1 S01-0255051/2010CANEPA HNOS. S.A.I.C.A.

    Y FINANCIERA3 0- 53 53 47 05 -7 0 07 00 65 82 00 00 00 15 99 00 -4 1 .9 61 .0 46 ,0 5 C HI VI LC OY B UE NO S A IR ES

    TOTAL 1.961.046,05

    % 10 % #F4171772F#

    Que, en ese contexto, la rma MOLINOMARO S.R.L., Clave Unica deIdenticacin Tributaria (C.U.I.T.) N30-71057823-7, Clave Bancaria Uniforme(C.B.U.) N 191037035503700046000-0,de la Localidad de BOMBAL, Provincia deSANTA FE, solicita compensacin por lasventas de harina de trigo calidad triple cero(000) realizadas durante el mes de agostode 2010.

    Que el Area de Compensaciones de Gra-nos de la citada Ocina Nacional evalu lassolicitud presentada por dicha rma y pro-cedi a efectuar la liquidacin de las com-

    pensacin requerida de acuerdo a la nor-mativa vigente, conforme surge del informetcnico obrante a fojas 1/3.

    Que la Coordinacin de Compensacionesde la OFICINA NACIONAL DE CONTROLCOMERCIAL AGROPECUARIO intervinofavorablemente.

    Que, en consecuencia, resulta procedenteaprobar la compensacin solicitada, autori-zndose el pago de la misma.

    Que la Direccin de Asuntos Jurdicos dela OFICINA NACIONAL DE CONTROL CO-MERCIAL AGROPECUARIO ha tomado laintervencin que le compete.

    Que el suscripto es competente para dic-tar el presente acto administrativo en vir tudde las facultades conferidas por el DecretoN 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 ypor las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de

    enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de2007, ambas del entonces MINISTERIO DEECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA OFICINA NACIONALDE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIORESUELVE:

    Artculo 1 Aprubase las compensacinsolicitada por la rma MOLINO MARO S.R.L., Cla-ve Unica de Identicacin Tributaria (C.U.I.T.)N 30-71057823-7, Clave Bancaria Uniforme(C.B.U.) N 191037035503700046000-0, de laLocalidad de BOMBAL, Provincia de SANTA FE,correspondiente al mes de agosto de 2010, la queasciende a la suma total de PESOS OCHOCIEN-TOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS NUEVE CONNOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 822.509,97), porlos motivos expuestos en los considerandos pre-cedentes.

    Art. 2 Autorzase el pago de la compen-sacin consignada al beneciario mencionadoen el Artculo 1, el que asciende a la suma to-tal de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIDOS MILQUINIENTOS NUEVE CON NOVENTA Y SIETECENTAVOS ($ 822.509,97).

    Art. 3 El gasto que demande la implemen-tacin de lo establecido por el Artculo 2 de lapresente medida, ser atendido mediante lacuenta habilitada a tal efecto, con cargo al CrditoVigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

    Art. 4 Comunquese, publquese, dse ala Direccin Nacional del Registro Ocial y ar-chvese. Juan M. Campillo.

    % 10 % #F4171774F#

    #I4171775I# % 10 %Ocina Nacional de Control Comercial

    Agropecuario

    MOLINOS HARINEROS

    Resolucin 5722/2010

    Autorzase el pago de compensaciones.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0300659/2010 delRegistro del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERIA Y PESCA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Resolucin N 9 de fecha 11 deenero de 2007 del entonces MINISTERIODE ECONOMIA Y PRODUCCION se creun mecanismo destinado a otorgar com-pensaciones al consumo interno a travsde los industriales y operadores que ven-

    #I4171774I# % 10 %Ocina Nacional de Control Comercial

    Agropecuario

    MOLINOS HARINEROS

    Resolucin 5721/2010

    Autorzase el pago de compensaciones.

    Bs. As., 14/12/2010

    VISTO el Expediente N S01:0386768/2010 delRegistro del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERIA Y PESCA, y

    CONSIDERANDO:

    Que por la Resolucin N 9 de fecha 11 deenero de 2007 del entonces MINISTERIODE ECONOMIA Y PRODUCCION se creun mecanismo destinado a otorgar com-pensaciones al consumo interno a travs delos industriales y operadores que vendanen el mercado interno productos derivadosdel trigo, maz, girasol y soja.

    Que, en ese marco, por la ResolucinN 2242 de fecha 6 de marzo de 2009 ysus modificatorias Nros. 3436 de fecha23 de abril de 2009 y 4724 de fecha 1

    de junio de 2009, todas de la OFICINANACIONAL DE CONTROL COMERCIALAGROPECUARIO, se implement un r-gimen de compensaciones para aquellosmolinos de trigo y/o usuarios de molien-da que vendan en el mercado internoharina de trigo calidad triple cero (000)en forma masiva o con destino al sec-tor manufacturero para la elaboracinde productos de consumo masivo y quedemuestren haber pagado el FAS teri-co de acuerdo a condiciones de calidad,contemplndose la incidencia en el pre-cio de compra del costo del flete segn laubicacin geogrfica del establecimientoelaborador.

    Que por la mencionada ResolucinN 2242/09 y sus modicatorias, se jaronlos parmetros para la determinacin ypago de las compensaciones correspon-dientes.

    dan en el mercado interno productos dervados del trigo, maz, girasol y soja.

    Que, en ese marco, por la ResoluciN 2242 de fecha 6 de marzo de 2009 y sumodicatorias Nros. 3436 de fecha 23 dabril de 2009 y 4724 de fecha 1 de junio d2009, todas de la OFICINA NACIONAL DCONTROL COMERCIAL AGROPECUARIse implement un rgimen de compensciones para aquellos molinos de trigo yusuarios de molienda que vendan en el mecado interno harina de trigo calidad tripcero (000) en forma masiva o con destinal sector manufacturero para la elaboracide productos de consumo masivo y que dmuestren haber pagado el FAS terico dacuerdo a condiciones de calidad, contemplndose la incidencia en el precio de compra del costo del ete segn la ubicacigeogrca del establecimiento elaborador

    Que por la mencionada ResoluciN 2242/09 y sus modicatorias, se jarolos parmetros para la determinacin y pagde las compensaciones correspondientes

    Que, en ese contexto, la rma MOLNO PANAMERICANO S.A., Clave Unide Identicacin Tributaria (C.U.I.T.) N30-70814329-0, Clave Bancaria Uniform(C.B.U.) N 011036302003630006541-0, dla Localidad de Metan, Provincia de Saltsolicita compensacin por las ventas dharina de trigo calidad triple cero (000realizadas durante el mes de mayo de 201

    Que el Area de Compensaciones de Grnos de la citada Ocina Nacional evalu solicitud presentada por dicha rma y procedi a efectuar la liquidacin de la compensacin requerida de acuerdo a la nomativa vigente, conforme surge del informtcnico obrante a fojas 1/3.

    Que la Coordinacin de Compensacionede la OFICINA NACIONAL DE CONTROCOMERCIAL AGROPECUARIO intervinfavorablemente.

    Que, en consecuencia, resulta procedenaprobar la compensacin solicitada, autrizndose el pago de la misma.

    Que la Direccin de Asuntos Jurdicos dla OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado intervencin que le compete.

    Que el suscripto es competente para di

    tar el presente acto administrativo en virtude las facultades conferidas por el DecreN 1067 de fecha 31 de agosto de 2005por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 1de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enede 2007, ambas del entonces MINISTERDE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    Por ello,

    EL PRESIDENTEDE LA OFICINA NACIONALDE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIORESUELVE:

    Artculo 1 Aprubase la compensacisolicitada por la rma MOLINO PANAMERICANO S.A., Clave Unica de Identicacin Tributria (C.U.I.T.) N 30-70814329-0, Clave BancarUniforme (C.B.U.) N 011036302003630006541-de la Localidad de Metan, Provincia de Saltcorrespondiente al mes de mayo de 2010, que asciende a la suma total de PESOS CIEN

    TO SESENTA MIL SEISCIENTOS NUEVE COSETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 160.609,73por los motivos expuestos en los considerados precedentes.

    Art. 2 Autorzase el pago de la compesacin consignada al beneciario mencionaden el Articulo 1, el que asciende a la suma totde PESOS CIENTO SESENTA MIL SEISCIETOS NUEVE CON SETENTA Y TRES CENTVOS ($ 160.609,73).

    Art. 3 El gasto que demande la implemetacin de lo establecido por el Artculo 2 de presente medida, ser atendido mediante cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crdi