.. .' . ':: ., .... ;: . . : O'., li.' ..•. 32479 3. LA Empresa flcil1tari 11 C0llI1tj Interc.ntros y a los Sind1catos mis representd1vos. la 1nfOl'W\l.c1Ófl rehth. al "ÍIIII!ro de cargos fuera de conv.nio, con indicación de haberes asignados geniricaMnte a c.d. cargo. ell&tSuJ. za. 'tI6EMel! Quedan exc 1vi dos de l presente Co!'! ... en i o: lOS acuerdos conten; dos en el presente Convenio Ca lecti '1'0 tendrÍln fuerza normatha y ooHgar41'1 /,l Telefónica y a sus !lIIpleados en todo el territorio del Estado Español. 24235 RESOLUCION de 14 de septiembre de 1989, de la Direc- ción General de Trabajo, por la que se la in.serip- ción en el Registro v publicación del Convenio ColectiVO de la «Compaflía Telefónica Nacional de España). Visto el texto del Convenio Colectivo de la Empresa Telefónica Nacional de España», que fue suscrito con fecha 20 de Jumo de 1989, de una parte, por miembros del Intercentros de la citada Compañia, en representación del colectIvo y de otra, por la Dirección de la Empresa, en de la misma, y de conforrmdad con lo dispuesto en el artIculo 90, 2y 3, de la Ley 8/1980, de JO de marzo. del Estatuto de los y en el Real Decreto J040/1981, de 22 de mayo, sobre regIstro y depOSito de Convenios Colectivos de Trabajo, Esta Dirección General acuerda: Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con nottficaclón a la Comisión Negociadora. Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletin Oficial del Estado». Madrid, 14 de septiembre de 1989.-EI Director general, Carlos Navarro López. ASPECTOS EeONC'UeOS PAlA El Aio 1. 989 El presente Convenio Colect1 ...o inicia,., su vigench el dta 1 de ene"o de 1.989, por un periodo de dos años. con txce¡x::i6tl de mater 1as para las que se estab 1ezcan pI uos di st 1ntos, siendo p,.orrogable tácitamente de año ..n a;'io. salvo que una de las partes formule denuncia del mismo dentro de los tres IIltses anteriores a JI. fecha de su ... encimiento o de cualquiera de sus prórroglS. 1. Los empleados que ocupen puestos de Alta Dirección o de responsabi 1idad, entendiendOu por tales los que ostenten cargo dir.,ectho de Director General, S-eretari0 General, Subdi rector Genera 1. Di rector de Depart_nto o cM Servicio, Subdirector de DepArt_nto o ser... 1cto y Director y Subdirector Provinchl. durAnte ,1 t1t1lpO 1M permanencia en tal sitUAción. En caso de que ces." ." su condición de cargo directivo, volverán .. quedAr 1nclu1dos en el imbito del Convenio. Z. Los Jefes de s.cc1Ón. Jefes Prov1nchles y Expertos as1l11i lados, en tAnto ..antengan la situación de fuera de convenio quedar"n excluidos del 1I1Sl1O, si bien podrán incorporarse mediante dKlarlciÓll tndividu.I del 1nteri!S.do. Durante el año 1.989 el personal de Telefón1ca percibiri los sueldos base que. para las distintas categorias l&borales. ftqurAn e" Cliusula 3', CtleIC[PTOS [eOJQUeOS Sueldo DaS!: CONVENIO COLECTIVO 1989/90 DE LA COMPAÑIA TELEFONICA NACIONAL DE ESPAñA Cliusula 1'. MIno PERSOfW. y TERRITOlIAL Lunes 16 octubre 1989 24234 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL funcionamiento, sin que la misma especificara la capacidad máxima de la Sección aludida; Resultando que el expediente ha sido tramitado reglamentariamente por la Dirección Provincial del Depanamento de Cáceres, acompañando el informe de la Inspección Técnica de Educación y Ciencia que estima la capacidad máxima para la citada Sección en 120 puestos escolares; Resultando que la Subdirección General de Régimen Jurídico de los Centros, en fecha 10 de enero de 1989, concede a los interesados el tramite de vista )' audiencia que dispone el articulo 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Resultando que, transcunido el plazo concedido al efecto, no se ha fonnulado alegación alguna por parte de los interesados; Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (<<BoleHo Oficial del Estado)) del 4), reguladora del Derecho a la Educación; el Decreto ]855/1974, de 7 de junio (<<Boletín Oficial del EstadO» de 10 de julio), sobre el régimen jurídico de las autorizaciones de Centros no estatales de enseñanza; el Decreto 707/1976, de 5 de marzo (<<Boletín Oficial del EstadO» de 12 de abril), sobre la ordenación de la Formación na!; la Orden de 14 de agosto de 1975 «((Boletín Oficial del Etado» del 26); la Ley de Procedimiento Administrativo, y demás disposiciones aplicables; Considerando que en la tramitación de este expediente se ha dado adecuado cumplimiento a todos los trámites procedimentales exigidos por la vigente; ConSIderando que, según se desprende de los informes emitidos por la Dirección Provincial de Educación y Ciencia en Cáceres, la Sección de Formación Profesional, dependiente del Centro privado (Santiago y Santa Margarita», dispone de unas instalaciones que, a tenor de lo estipulado en la Orden de 14 de agosto de 1975, permiten fijar su capacidad máxima en 120 puestos escolares, Este Ministerio ha dispuesto fijar la capacidad máxima de la Sección de Formación Profesional, dependiente del Centro privado. denominado y Santa MargaritID>, sito en Trujillo (Cáceres), calle Marqués de Albayda, numero 1, cuya titularidad la ostenta la Cooperativa de Padres de Alumnos del Colegio y Santa Margarita», en 120 puestos escolares para impartir enseñanzas de Formación Profesional, Rama (ElectricidacD), profesión Electrónica; Rama «Automoción», pro- fesión Mecánica del Automóvil; Rama «Administrativa y Comercial», profesión Administrativa, y Rama ((Construcciones y Obras), profesión Albañilería. Contra la presente Orden los interesados podrán interponer recurso de reposición, ante el excelentísimo seiior Ministro de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en la vigente Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos. Madrid, 27 de septiembre de 1989.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988), el Secretario de Estado de Educación, Alfredo Pérez Rubal· caba. Madrid, 4 de septiembre de 1989.-EI Subsecretario, Segismundo Crespo Valera. Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares. RESOLUCION de 4 de septiembre de 1989, de la Subsecre- taria, por la que se emplaza a los interesados en el recurso eontencioso-administrativo número 10/1989, interpuesto ante la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid. Ante la Sala Segunda de lo Comencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid se ha interpuesto por doña Francisca San José Carriedo y otros, funcionaria de la Seguridad Social destinada en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Servicios Sociales de Valladolid, el recurso contencioso·administrativo numero 10/1989, contra las Resoluciones de esta Subsecretaría, de 29 de febrero de 1988, sobre adjudicación de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social, por el procedimiento de acoplamiento baremado, y de 7 de noviembre por la que se resuelven los recursos contra el acoplamiento del Instituto Nacional de Servicios Sociales. En cumplimiento de lo ordenado por el ilustrísimo señor Presidente de dicha Sala, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los posibles interesados en el mantenimiento de las Resoluciones impugnadas, que {)stenten derechos derivados de las mismas, para que comparezcan, si es de su interés, ante la referida Sala, sin que su personación en autos pueda retrotraer ni interrumpir el curso de los mismos. BOE núm. 248
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BOE núm. 248 32479interesados en el mantenimiento de las Resoluciones impugnadas, que {)stenten derechos derivados de las mismas, para que comparezcan, si es de su interés, ante
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32479
3. LA Empresa flcil1tari 11 C0llI1tj Interc.ntros y a los
Sind1catos mis representd1vos. la 1nfOl'W\l.c1Ófl rehth. al
"ÍIIII!ro de cargos fuera de conv.nio, con indicación de
haberes asignados geniricaMnte a c.d. cargo.
ell&tSuJ. za. 'tI6EMel!
Quedan exc 1vi dos de l presente Co!'! ...en io:
lOS acuerdos conten; dos en el presente Convenio Ca lecti '1'0
tendrÍln fuerza normatha y ooHgar41'1 /,l Telefónica y a sus !lIIpleados en
todo el territorio del Estado Español.
24235 RESOLUCION de 14 de septiembre de 1989, de la Dirección General de Trabajo, por la que se disp~ne la in.seripción en el Registro v publicación del Convenio ColectiVO dela «Compaflía Telefónica Nacional de España).
Visto el texto del Convenio Colectivo de la Empresa «ComJ?3-ñ~aTelefónica Nacional de España», que fue suscrito con fecha 20 de Jumode 1989, de una parte, por miembros del C~mité Intercentros de lacitada Compañia, en representación del colectIvo la~ral afeeta~o, y deotra, por la Dirección de la Empresa, en r~presentaclOnde la misma, yde conforrmdad con lo dispuesto en el artIculo 90, aparta~os 2 y 3, dela Ley 8/1980, de JO de marzo. del Estatuto de los 'TrabaJador~s,. y enel Real Decreto J040/1981, de 22 de mayo, sobre regIstro y depOSito deConvenios Colectivos de Trabajo,
Esta Dirección General acuerda:Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio O?lecti~oen el
correspondiente Registro de este Centro directivo, con nottficaclón a laComisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletin Oficial del Estado».
Madrid, 14 de septiembre de 1989.-EI Director general, CarlosNavarro López.
ASPECTOS EeONC'UeOS PAlA El Aio 1. 989
El presente Convenio Colect1 ...o inicia,., su vigench el dta 1
de ene"o de 1.989, por un periodo de dos años. con txce¡x::i6tl de aq~lhs
mater 1as para las que se estab 1ezcan pI uos di st1ntos, siendop,.orrogable tácitamente de año ..n a;'io. salvo que una de las partes
formule denuncia del mismo dentro de los tres IIltses anteriores a JI.
fecha de su ...encimiento o de cualquiera de sus prórroglS.
1. Los empleados que ocupen puestos de Alta Dirección o deresponsabi 1idad, entendiendOu por tales los que ostenten
cargo dir.,ectho de Director General, S-eretari0 General,
Subdi rector Genera 1. Di rector de Depart_nto o cM
Servicio, Subdirector de DepArt_nto o ser...1cto yDirector y Subdirector Provinchl. durAnte ,1 t1t1lpO 1M
permanencia en tal sitUAción. En caso de que ces." ." su
condición de cargo directivo, volverán .. quedAr 1nclu1dos
en el imbito del Convenio.
Z. Los Jefes de s.cc1Ón. Jefes Prov1nchles y Expertos
as1l11i lados, en tAnto ..antengan la situación de fuera de
convenio quedar"n excluidos del 1I1Sl1O, si bien podrán
incorporarse mediante dKlarlciÓll tndividu.I del
1nteri!S.do.
Durante el año 1.989 el personal de Telefón1ca percibiri los
sueldos base que. para las distintas categorias l&borales. ftqurAn e"
Cliusula 3', CtleIC[PTOS [eOJQUeOS
Sueldo DaS!:
CONVENIO COLECTIVO 1989/90 DE LA COMPAÑIATELEFONICA NACIONAL DE ESPAñA
Cliusula 1'. MIno PERSOfW. y TERRITOlIAL
Lunes 16 octubre 1989
24234
MINISTERIO DE TRABAJOY SEGURIDAD SOCIAL
funcionamiento, sin que la misma especificara la capacidad máxima dela Sección aludida;
Resultando que el expediente ha sido tramitado reglamentariamentepor la Dirección Provincial del Depanamento de Cáceres, acompañandoel informe de la Inspección Técnica de Educación y Ciencia que estimala capacidad máxima para la citada Sección en 120 puestos escolares;
Resultando que la Subdirección General de Régimen Jurídico de losCentros, en fecha 10 de enero de 1989, concede a los interesados eltramite de vista )' audiencia que dispone el articulo 91 de la Ley deProcedimiento Administrativo;
Resultando que, transcunido el plazo concedido al efecto, no se hafonnulado alegación alguna por parte de los interesados;
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (<<BoleHo Oficial delEstado)) del 4), reguladora del Derecho a la Educación; el Decreto]855/1974, de 7 de junio (<<Boletín Oficial del EstadO» de 10 de julio),sobre el régimen jurídico de las autorizaciones de Centros no estatalesde enseñanza; el Decreto 707/1976, de 5 de marzo (<<Boletín Oficial delEstadO» de 12 de abril), sobre la ordenación de la Formación Profesio~
na!; la Orden de 14 de agosto de 1975 «((Boletín Oficial del Etado» del26); la Ley de Procedimiento Administrativo, y demás disposicionesaplicables;
Considerando que en la tramitación de este expediente se ha dadoadecuado cumplimiento a todos los trámites procedimentales exigidospor la le~slación vigente;
ConSIderando que, según se desprende de los informes emitidos porla Dirección Provincial de Educación y Ciencia en Cáceres, la Secciónde Formación Profesional, dependiente del Centro privado (Santiago ySanta Margarita», dispone de unas instalaciones que, a tenor de loestipulado en la Orden de 14 de agosto de 1975, permiten fijar sucapacidad máxima en 120 puestos escolares,
Este Ministerio ha dispuesto fijar la capacidad máxima de la Secciónde Formación Profesional, dependiente del Centro privado. denominado(~antiago y Santa MargaritID>, sito en Trujillo (Cáceres), calle Marquésde Albayda, numero 1, cuya titularidad la ostenta la Cooperativa dePadres de Alumnos del Colegio (~antiago y Santa Margarita», en 120puestos escolares para impartir enseñanzas de Formación Profesional,Rama (ElectricidacD), profesión Electrónica; Rama «Automoción», profesión Mecánica del Automóvil; Rama «Administrativa y Comercial»,profesión Administrativa, y Rama ((Construcciones y Obras), profesiónAlbañilería.
Contra la presente Orden los interesados podrán interponer recursode reposición, ante el excelentísimo seiior Ministro de Educación yCiencia, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en la vigenteLey de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.Madrid, 27 de septiembre de 1989.-P. D. (Orden de 26 de octubre
de 1988), el Secretario de Estado de Educación, Alfredo Pérez Rubal·caba.
Madrid, 4 de septiembre de 1989.-EI Subsecretario, SegismundoCrespo Valera.
Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.
RESOLUCION de 4 de septiembre de 1989, de la Subsecretaria, por la que se emplaza a los interesados en el recursoeontencioso-administrativo número 10/1989, interpuestoante la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo dela Audiencia Territorial de Madrid.
Ante la Sala Segunda de lo Comencioso-Administrativo de laAudiencia Territorial de Madrid se ha interpuesto por doña FranciscaSan José Carriedo y otros, funcionaria de la Seguridad Social destinadaen la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Servicios Socialesde Valladolid, el recurso contencioso·administrativo numero 10/1989,contra las Resoluciones de esta Subsecretaría, de 29 de febrero de 1988,sobre adjudicación de puestos de trabajo de la Administración de laSeguridad Social, por el procedimiento de acoplamiento baremado, y de7 de noviembre por la que se resuelven los recursos contra elacoplamiento del Instituto Nacional de Servicios Sociales.
En cumplimiento de lo ordenado por el ilustrísimo señor Presidentede dicha Sala, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los posiblesinteresados en el mantenimiento de las Resoluciones impugnadas, que{)stenten derechos derivados de las mismas, para que comparezcan, si esde su interés, ante la referida Sala, sin que su personación en autospueda retrotraer ni interrumpir el curso de los mismos.
BOE núm. 248
Lunes 16 octubre 1989
Quebranto de moneda.
,'.•Vi
:j.'
BüE núm. 248
Pl us de product1 vi dad:
Cliusul& 41 • FONDOS SOCI.... ES T ACTIVIDADES SOCIG-RECREATI'IAS
El control y la gestión de las prestaciones se llevara a cabO
por el Com1t! ¡ntercentros y Sindicatos má! representativos, para 10
cual dispondrán de los n'ledios nUmanosy materiales necesados ,1 IIItnOS
Si finalizado el año el ¡PC real al 31-12-90 más un punto,
fuese super10r al incremento aplicado a .,rime:os d. año, se efectuará
una revisión salarial- tan pronto se constate oficialmente dicha
circunstancia en el e:w:ceso sobre la cifra aplicada. Tal incremento se
¿¡Donara con efecto de primeros de enero de 1.990, sirviendo por
consiguiente como base de calculo para el incremento salarhl de 1.991.
[sta revisión salarial se aplicará en una sola paga durante el pri1lltr
trimestre de 1.991.
Se Icuerda el abono de un plus de productividad de 12.5OC
pesetas, de una sola vez. a tOdos los elIPleados fijos y contratado!
Este plus, que se abon... de una sola vez, s. incorporará a los
sueldos a 31-12·69, formando parte, por coñs1gu1ente, de la mua
sllarial de 1.989, a efectos de servir d. cálculo par... el incr.....nto de
1.990.
Para llevarlo a cabo, durante el pr1l11er tr111ltstre de 1.990,
ta:'l pronto se conozcan las cifras ofic1ale~. se incrementará la lIIua
salarial en un porcentaje equivalente al 90\ del registrado por el ¡PC a
31-12~89 con respecto al 31-12-88.
El mencionado plus se abonará en el mes de septiembre de
1.989 en proporci6n al tiempo de situacHm en activo en el pertodo
comprendido entre el de enel'"O y el 31 de agosto de 1.989. Los
empleados Que en el expresado periodo nayan trabajadO en jornada
reducida, percibirán la parte proporcional correspondiente.
Forma de abono: la revisión sa1ari41 se aplicará en una 541&
paga durante el primer trillllstre de 1.990.
Revisión salarial para 1.989:
telllPoralllltnte Que se encuentren en la s1tuaci6r. de activo a partir de l.
f; rma de1 presente Conveni o.
En el cuo de que el Indice de Precios al ConsllllO (IPCl,
est...blecido por el INE, registrara a 31-12·89 un incremento sobre el
31-12-88 superior al 5,as, se efectuara una revisión salarial tan pronto
se constate oficialmente d1cl'll circunstancia, en el exceso sobre d1che
cifr .... hl incremento se abonará con efecto··de primero de enero de
1.969, sirviendo por consiguiente como blSe de calculo para el
incremento salarial de 1.990 y para llevarlo a cabo se tomarán como
referencia los salarios o tablas utilizados para realizar los alllltntos
pactados en dichO año.
ASPECTOS (talOntOS PARA El. AÑO 1.990
Para el segundo año de vigencia del .presente Convenio se
garantiza un inCl'"emento de la muasalar1al superior en un punto al IPC
real que se registl'"e al 31-12·90 con respecto al 31·12-89. La
distribuci6n de este incrertento entre los distintos co~tos de 1... lIIaU
salarial se efectuará con criterios anilogos a los aplicados efI 1.989 •
a partir
cltlgorh
4.105 ptu.
2.700 otas.1.120 pUs.
Oteta int.r.prov;ncial
Dieta prOvincial
plus comida
El valor de los nuevos bienios que s. deve"qlJ.n
1-1-1.989 sara del 2,u del s~ldo base de ,.
14$ tablas salariales adjuntas (Anexo 1J. Los nuevos sueldos suponen un
1nCl"lt!IIento de1 6.51 con respecto a los de 1.988.
32480
Gratificaciones Convenio:
Ant; qüedad:
Horas en domingos y festivos.
Dos domingos consecutivos.
Se inCrl!rnentarin en un 5,St los i~ol'"tes COl'"respondientes a
.988 de los pluses y compensaciones Siguientes:
• Plus de Nochebuena y Nochevieja.
- Oomic'i liacion bancaria de cobro de recibos.
Desplazamientos fuen. de jornada.
Plus de Navidad y ""o Nuevo.
Plus de t!'"ansporte.
80lsa ordinaria de vlclciones.
COrrespond1 ente.
Compensac i 01'1 de pl'"ofesores Idscr1 tos, ca llboradores y
alWll'los empleados.
• Plus de entrada 't salida turnos nocturnos.
Incentivo de operlci6n.
- Trabajos en antena.
S. incrementara el illll)orte de cada un. de ellas en un 6t.. conrespecto. las de T.988.
d.,
S. 1ncrement.,.¡n los importes de 1.$ II1sau en un 5,51: conr'sp«:to. las de 1.988.
Ayudu esco1er e 1nfanti 1:
')tres ¡¡luns y compensaciones:
Dietas y plus COII1d&:
Las euant1as de las dietas y del plus c0lI1da queda" fijadas
en las siguientes cantidades:
BOE núm. 248 Lunes 16 octubre 1989 32481 .~
en 1., euant1a de los hoy eX1SUntu. tanto @fI los l)epar-t...,.tos
Centrales como el'! las diteroe"tes DirecClones Provinciales.
La Empres. correra con los gastos Que se originen por .1
mantenimiento, control, láIrlín'istracion y gestión de este capitulo.
La dtstribución del ITlOnto total de los fondoS se hara poI" la
Representación dI' 10$ TrabaJadores.
la cu¡nt'h de los fondos se fija para 1.989 en 70S 1Ili11ones
de pesetas.
los criterios de adjudicación de estas prestaciones seranoefinidos por la Representi,c'ión de los Trabajldores. respetando los
actuales compromiSQs contraidos por la Empresa (lnterl!ses prestiJ/llCls
vivienda) huta su extincion o UlOrt1zac;ón.
Economatos adscritos: el illlporte de loslII;SI!Os -que asc;enGe
~ 1.988 I 86 millones de Ptas. sel"; adlll1nistraOo por la Representación
de los Trabajadores, siendo a cargo d~ la Empresa el importe que resulte
superior a la media {coste tarjetas/nÜHro d. beneficiarios a la fecha
de efect1'4'idad del Convento} de los economatos adscritos.
~ara los economatos propiedad de Telefóntca se buscar;n las
fónnulas necesarias para adaptarlos anus de 1.992 a la normativa de La
Comunidad Eurol>l!:a ~ esta lIIaUria, conjuntamente con la Representación
de Jos Trabajadores.
Las jorna"s de Of)eradoras/es flecesarh.s/os en sib-ados y
domil"lgos o festivos para la prestación del servicio en cada Centro de
Op@ración. se deterlllinarin, de acuerdo a la siguiente fÓf'llllula;
JO(s) [JII(s) x TItO + /11I + lA
T x ca
DollIi ngos y fest 1'4'os:
JO(l") tJIl(f} x TND + /11I + TA
T xCO
Siendo:
JO(s) Jornadas de Operadoras/es necesarias ~ d,bados.
JO(f) • Jornadas de Operadoras/es necesarias en dOlllingos 1
festivos.
CM(s) • Oemal"lda media {11l1ladu o conferencias prOMClto
silbados} •
CJIl(f) • Demanda ~dia (llamadas o conferencias pr0llltd10domingos y hstivos).
TMO ~iernpo ~dio de operación por llaMada o
conferencia ellpresada en segundos.
,.
...
'~'.
Avales adqu1sicion viv1enda: se aUlll!ntar; la cuantia actual
del aval hasta 3.000.000.- ptas., COlllO mlx1111O.
Ant1cipo de tres fllensua1idades de carict,r nonnal: SIt fija un
cupo de 140 s....anales suprimiendo 14 declaración de Il'IOt1vos.
Anticipo de tres mensualidades con carácter urgente: se
fijaran los criterios concesion, reduciindose a 15 dias el plazo de
~studio y conces10n.
T
co
•
EQutvalel"lte al ti!lnpo de trabajo efectivo por
jornada, expresado en segundos. despues de
descontar los descansos y pausas reglamentariu.
Coeficiente d. ocupaciól't (ocupación media por
operadorla y llora).
Opera<loras/es nKesarias/os p..ra la atención del
servlcio el"l el periodo d'~ madrugada (l a 7).
..~
I
Actividades socio-recreativas: la 01recc10n de la ~reSl.
estudiara las iniciat1vas que por parte de las4l0c1ac1ones de los
trabajadores le sean presentadu, cuyo coste, en su caso, sera as~tdo
por la propia Empresa.
La Dirección de h. Empresa se COllIpromete a estudiar en el
plan de vacaciones las situaciones upeciales 1M hijos de tlIlPl ..dos encuanto al desplazamiento.
Cl¡ulula 51. JOR~. TIJQOS Y VACACIOtE'S
Se mantlene la jornada de trabajo de 37 horas y 30 nrInutos
semanales para todos los grupos laborales; distribuyindose en Jos dhs
de la sernal"la en la forma c¡ue actualmente se viene realizando.
Jornada grupo S~ (operacion):
El personal del grupo S' (operación ~ 002, 003, 004 Y 009),
ellcepto el adscrito al servicio internacional roas y 008), realizari h
jornada de 35 horas sl!!l"ana1es de lunes a viernes, a partir de la fecha
de la firma del presente COl'lvenio.
TA Operadoras/es l"Iecenrias/os para realizar los
trabajos auxiliares propios del serviCiO.
Se procurara que a todo el pe:rSOl"lal que trabaje en domingo.
le corresponda hacerlo tllllDien el sibado anterior.
Con el fin de reducir al 1111nillO l"Iecesario el nUmero de
guardias que pudiese corresponder al personal de operacion e 11"1fonllación
(grupo 8~), se posibilitará entre la Direcc10n y la Representación de
los Trabajadores a nivel provincial, los Icwrdos oportunos, Uni~Oo
si~re en cuenta la plantilla y la demanda de serviCiO uistente I!fl
cada IIlOIIlI!nto.
los turnos seran pactados a nivel provincial con los
correspondientes Comites de EJIlpresa. los turnos de 19 a 1 y 1 a 7 se
mantendran de 6 horas aplicándose el criterio habitual, COlllO hasta
anora. respecto a 1010 turnos nocturnos. En estos casos, cuando el
trabajo se realice en pantallas de visua1izadon, se dtsfrutará de dos
pausas de quince minutos, distribuid..s equttat1vlllllnte, no pudiendo
aCl.Glularse entre si, ni al descanso regl ....ntario,
l.OS sábados (excepto en el servicio internacional), dOllingos
y festivos traoajados se cOl!lperlurin COI"I un dh de descanso,
perc itli ~n elo se ¡ a compen sac i 6r1 ~onómi c a cor"espondi ente a 1a de mayor
cuantia 0~1 resto de os grupos latlorales.
'.'
.'
,..
32482 Lunes 16 octubre 1989 BOE núm. 248'.,.:
El personal con jornada de 7 horas diarias, cuyo trabajo se
realice con pantallas de visualización, clisfrutara de IJn descanso
reglamentario de ]0 minutos y tres pausas de 15 mi/lutos. dist,.ibuidf,S
eQuitativamente, no pudiendo acumularse entre si n; al descanso
reglamentario. El personal con jornada reclucida disfrutara dl! una pAusa
de 15 minutos, aaemils del descanso reg16111entari1).
Para la prl!staClon de servicio en Navidad y Mo Nu.vo se
pactaran tUI""OS especiales para la atenci6n de los servicios ,"'n;1II05
rlKeur;os. con \!1 Comite· de Empreu. Ten'iendo derecho a dos dias de
libranza. y el plus co,:respondiente o tres dhs de libran:r:a el personal
que rulice toda o parU de su jornada los dlas Z5 'O 1. Asimismo, el
personal Que trabaje los d115 24 d. d;ci~r. o 31 a partir de las 21
horas, undd derecho al plus correspondi ente.
El importe anual del incentivo de operacion que se percibe
actualmente, se incluirl en el sueldo base, a partir de 1-9-89 con 105
i~ortes que figuran al final dl!l Anexo 1.
Ka Sl!rl nKesal"io ningün t1po de idl!nt1ficac:ion que no sea la
del propio servicio.
Se creará una COII'Iisi6n qUI! antes del 31-12-89 estudiará la
problellli.tica específica del servicio internacional (005 y 008). Y en
particular con la reducción de jornada a 35 tloras stlllanales de lunes a
Vlernes.
Acl.lflulllciOn de descansos: todo el personal qlJt tenga derKtlo
a dtas de descanso, por haber trabajado en sibados, dcaingos y festivos,
podri aCl.lllularlos con un mixtmo de cinco dias. sitlllPre y cuando no se
perjudique el disfrutl! de las vacadones de otros tllPlead05 Y las
necesidades del servicio 10 peMllitan. Las posibles discrepancias que
puedan surgir a nivel provincial por la aplicacHm de esta nOMIII. serin
negociadas por el Comite de Empresa y la rep..esentación 11t la Dirección.
Los tu..nos se publicaran con cuat ..o s@lllanas de antelaci6n.
Ourante las gua.. dias de dOlllingos y festivos entrara tuilitn
el grupo dI! redes (asistet'lcia ticnica y constrvact6n .phnta exterior),
estableciendose para ello un calenda.. io ..otator10 entre tOdO el
colKtivo. Solo se reparadn las avedas urgentes.
Vacaciones:
LOS empleados de los Servicios de COIIlIrcial, Mantenimiento de
Planta, Asistencia Técnica y Operaci6n e Información de las capitales de
1as provi ncias de Gerona, Barcelona, Tarragona, Castellón, Valencta,
Alicante, Murcia, Almerh. Granada, Málaga, Cidil, \1uelva, Baleares, Las
PalmlS y Santa Cruz de Tenerife y sus 10c.l1dadls costeras, que, a
petición propia y según las necesidAdes de la Empresa, disfruten la
totalida.d de sus vacaciones, bien de manera continUlda o en las dos
fracciOf\U.de 20 y 10 dias en los IIlIlses n.o. cOlflP..endtdos entre el 1 de
junio 1 el 30 de septiembre, tendrir. derecho a una bolsa extraordinaria
de vacaciones de 40.000 pesetas., sea cual fuere el mes en qlJt las
disfruten. En el Supuesto de q"" sólo se Cisfruta... el periodo de 20
dias en los meses no comprendidos entre las fechas indicadas, la bol51
extraordinaria de vacaciones seri de 25.000 pesetas.
La bolsa ordinaria de vacaciones, qlJt experi_nu el
incremento indicado en aspectos econÓll1cos, continuari abonindou par.
el resto de empludos Clue soliciten vacaciones fuera de los ..ses de
junio a septiembre, I!n las IIlhmas condiciones actuallllntl regl,llaclas.
Por lactancia: se extendera el de..echo a la macre o padr.
adoptante.
Por exámenes: se cOt'\ce'derá permiso con sueldo para 1.
asistencia a las pruebas parciales liber.to.. ias pal"a la obtención de
cualquhr titulo académico o profesional.
Se com::ederá permiso con sueldo pDr enferll'oldad grave ylo
inte..veneiones c:¡uirürglcas, siendo su duración 11e 2 • S dias.
Se concedera permiso sin sueldo de 1 a 6 MeSlS al ."0 con
reserva de plaza, ..egulado por loS &rts. 134 a 138 ancos inclusive de la
vigente Normativa Laboral, previo infOMIII de la Direccion de la ~reu
y Camite correspondÍl!r1te asi COll'lO de las ;ecciones S1ndicales de los
Sindicatos mis representativos.
riestas locales:
Se concedera reducción de dos horas en l. jornad. laboral
durante 5 dfis, al a"o.
Si por rllOneS de servic10 no se pu<liera disfrutar de 11
citada reducción, se acordarán a nhel provincial, con el C0IIl1U de
EMpresa y los Sindicatos mis representantivos otras fórmulas concrltls
oe Aplicación.
Jornada p.rtida en tratlljos de instalaciones y .ver1l5 y servicios de
atención al püb11co:
Padra establecerse jornada partida parl todo .1 personal que
voluntariamente 10 acepte y SI lIIantlnciri lfI dtcha jornada partida por
periodos de seis meses renovables voluntart ...ntl.
se establecen, con efectos. plrtil" de la f11"111 del presente
Convento, los importes siguientes, CC*l plus de jornada partidl por elh
efectivo de trabajo:
1.500,· ptas. para las capitales de las provinehs dI
reeStI"{¡cturaci ones o rtorga"; lit; ones que· supongan ·CUlb1 os en las
condiciones de trabajo desde el punto de vista de h. salud.
Si el riesgo de accidentes fuera inminente, la paral1uc1ón
de laS actividades podrá ser acordad. por decisión de los órganos
competentes de la EIllpresa en materia de seguridad e higiene s~ün
procedimiento del articulo 19.5 del Estatu¡o de los Trabajadores.
Los Comites de S.H.T impulse.. í" l....aHzaciÓn de los
estudios e investigilciones necesarias para tene.. conOC;lIlhnto pennanentt
y actuaHzado de los riesgos existentes en los puestos de trabajo.
Todos los proyeetos con llltlllOria, doclllltntación gráfica y
aquellos otros que puedan llflP 11 car riesgo correspondientes a los
trabajOS de planta exterior, deberin contar con un preceptivo estudío de
st9urtdad que incluya la ordenación del proceso de trabajo.
se mantiene la vigencia de la cláusula octlva del Convenio
Colectlvo 1.987-1.988, salvo en los apartados IllOdificados en la presente
cliusul ••
El plazo lIIixilllO para la teMllinación del ""'pa de riesgos
"tipo", actu.a1mente en perlodl.l de elaboradon, seri el 30-9-89. A partir
de esta fecha y en plazo mixilllO de dos ailes, estarán confeccionfldos
BüE núm. 248 Lunes 16 octubre 1989 32487
SI! faei litará a 1a Representac; 6n de los Trabajadores. para su discus1élt1
antes de su puesta en práctica.
El reconocimiento ~d1co per'16d1co se real1uri mediante un
nuevo d1n~o basado en el an¡11S1s de riesgos. bien sean éstos la.baral.so genéricca {edad, suo. herencia, anUcedentes. etc.l. para un. IIWJorprotección de la salud y prevención de la enfel'"llledad. de tcxlos los
trae"jaderes.
Se hara unarevh16n c&rd10v&$cuhir (con Le.G.l I todos los
trabajadores lIltyO"t5 de 40 all05 o a aquellos en que c11n1cantente esté
indicado lo juicio."medico.
Se hará una .ud1ometrh anual I todQs los trabajadores que
teng.n 1"1 esgo ¡cú,t1co o en aque 11 os casos donde e1f ni eatIIl!nte esté
ind1cado a Juicio medico.
Se hará un. exploración g1necol691ca anual.nte, de caricter
voluntario, a todas las trabajadoras ruyores de 35 a"os o a aquellas que
GRUPO 06 REDES5L'1Dl:liPO 7 ENCARCJIOOS DE GRliPO DE REDES
0617 .. ENCARGA.OO DE ~t!PO DE REDES ~Yal
06:!74 ENCARGAOO DE GRL'PO DE REDES PRI~IPAL DE 16n6]74 o.cARGAOO DE Gl:UPO DE REDES PRI~IPAL DE :006.J74~ DE C1l:L'PO DE REDES PIH:«:IPAL DE ].06~74~ DE GRUPO DE REDES DE 1"06674~ DE GRUPO DE REDES DE 2" !. Jaros)06673~ DE Ql;uro I)E REDES DE 211- ] .lños)
07164 ENCAIlGAO) Att1INI!mlATIVO MA~
07264~ AD1INIS'I'RATIVO PRINCIPAL DE l.07J64 ENCARGAOO AD1INI!mlATIVO PRINCIPAL DE :107464 E:NCARGAOO AO'«NIS'I'RATI\'tl DE 1107564 E:NCARGAOO Att1INIS'I'RATIW DE 2'07664 EN::'.ARGAOO AD1INIS'I'RATIm DE 3.
06164 ENCAflG\OO BRIGADAS Ml\.YaI.06264 EN:AFlGAOO IlRIG\DAS PRINCIPAL DE 1"06364 ENCARCAOO BRIGJ'.DII.S PIlINCIPAL DE 2"06464 ENCARCAOO .BRIGADAS DE: 1"06564 rn::AAGAOO BRICADAS DE 2006664 0lCARGA!X) BIUQ.DAS DE: 34
0569] MfX:ANlCú ENI1IADA i- 3 años~
05692 ,"1EeANICú~ ( N. I. )
Ql:UPO 07 ArMINISTRATI\QS Y SERV. DE AfOlA5tJlal.UPO 7 StlPERVISCRES
0619.J ~, EMPAIl'WX:fl:. COOO. ~YOR
06294 CEI.ACCR. EMP~, COND. PRINCIPAL DE l.06394 C'E:IAl:al.. EMPAU9.OCfI. COND. PRI~IPA.L DE 2'06494 CEIXCI'l. EMP~. CCN). DE l'G6594 ~. EMP~. CCtlD. DE 2"06694 CEl.AlXfl. EMPA1J'IjI,[Ql, cetro.~ (. 3 años)0669] CEIAD:lR. EMP~. COOO.~ (- 3 ailos)06692 CEIAlXII.. EMP~, a::M\. ENTRADA 1 :-l.I.)
GRUPO 06 RfDES5tJE(;RUFQ 8 AUXII,.IARES TEoiICOS DE REDES
06184 AUXILIAR TEC'JICD DE RED MA'im06284 AUXILIAR ~ICO DE RED PRINCIPAL DE 1.06384 AUXIUAR ~ICO DE RfD PRINCIPAL DE 2106484 AUXILIAR TEOlICO DE RfD DE U
06584 AUXILIAR TEOlICO DE REO DE 2.06684 AUXILIAR TEO'lICD DE REO E':N1'RADA. (. 3 aflos)0668] ,.l;L'XILIAR TEe'NICO DE RED ENl'RADA (- .3 aros)06682 AL"XILIAA TECNICO DE REO ENI'RAOA. ! N.I.I
GRUPO 07 ArMINISTP.ATIVOS Y SERV. DE~StJl:'Gl.UPO 6 ENCARGAOOS
07174 SUPDN1sx:R SERVICIO~ MAYal.07274 StlPERV!sx:R SEJN'ICIO AI'aWXlS PRINCIPAL DE l'07374 SlJPElrVI3:fl SERVICIO~ PRINCIPAL DE 2"
07474 SUPmvIsal sorvICIO AB:fiAC()S DE l.07574 Sl!PERV1sal SEJWICIO A.EONAtOS DE :'07674 SUPERVIsa!: SERVICIO A.fOIlAtOS DE 3"
03114 Tln.'IAOO AUXILIAR o ~CD K\YCRQ32H TIT'~'LAOO At.:XILIAA. o TEClICD PRINCIPAL DE 1103314 Tln'IAOO AUXILIAR o rEOUa:> PRINCIPAL DE 2.03414 TlnJLAOO AUXILIAR o TEonco DE 1.0351~ ",ITtJI.ACX) AUXILIAR o TEX:::-nco DE 2.03614 TI'I'UtAOO AUXILIAR o TEOllCO ENI'RAJ:lA. (~ 3 aflosl03613 TITUtAOO AUXILIAR o TECNIOO Em'RAOA 1_ 3 aflosl03612 TITUIAOO AUXILIAR o TEaUCO ENI'RADA I N.!.l
0517~ OPE:RAD:;t;l ~Iro MAYOR05274 OPE:RAD:;t;l TECNlro PRINCIPAl. DE 1.05]74 OPERAr::C1I. n:c-nro PRI~IPAL DE 2'05474 OPE:RAD:;t;l TEOIICO PRINCIPAL DE ].
05574 OPf.llAD:fI TEa"ICO DE 1105674 OPf.llAD:fI TEC'NIro DE 2. (. J años)0567] OPERAr::C1I. TEOHro DE ;:. (- 3 aros)05672 OPERAD:lR TEC'fICO DE 2f. ( :-l. I. )
04104 OELINF.AN!'E. DIB. FUI'CGIAfO ~'tCfl
04204 DELlNEAN'rE. ors,~ PRINCIPAL DE l'04)04 DELINEANI"E. DIB, fO'I"CGUl.FO PRINCIPAL DE 20OU04 DELIr..'E>..VI'E, DIB, roro:::Rb,fO DE LO04504 DELINEAN'I'E. DIB,~ DE ;,>0 •• J ..00$)
0~503 DELINEANTE. DIB.~ DE :0 {- J año,,;)n~60~ DELI""'E'AVI'E, DIB.~~ (. 3 años I
O~6üJ OELI"'EAA'1't, DrB. fUI'OJiI.AFO D"m~ (- 3 años)0.;60:' DELI:''''E'A'1I'E, 018, f'O'I'CGl.AfU DI'I'RADA I N.I, l
32496
GRUPO 03 TI'I'tJlACOS AUXILIARES Y TE:CNIrosS~UPO 3 GES'It:RES ~IALE5
03L;4 GE~ ~IAL MA.'ial03234 Gt:sl'al. ('()!oQClAL PRINCIPAL DE 1i!03334 GESTCfl: ~IAL PRINCIPAL DE 2103434 GESTOil o::MEltCIAL DE 1tl03534 GESrm C01ERClAL DE 240363"4 GES'Ial. C01ERCIAI. DE~ (. ] años)036)3 GESTCfl: C01ERCIAL DE ENl'1lADA 1- 3 ai'los 103632 GESTOil CO'1ERCIAL DE~ ( N.I.)
GRL'I?O 05 EQUIPOSSL1QWPO 8 A.UXILlARES TEaneas DE PlANTA
05184 '\L"XILIAR TECUro DE PlANTA MAYCR85:84 AL"XILIAR TEenOO OE PlANTA PRINCIPAL DE l.05384 AL'XILIAR TEOHO) DE PlANTA PRINCIpAL DE 2'05~84 AUXILIAR TEOHO) DE PlANTA DE l.055B4.l;CXILIAR TECHOJ DE PlANTA DE 2'05684 AUXILIAR 1'EOfIro DE PtA.VI'A~ (. aros)0568] AUXILIAR TEOJICO DE PlANTA~ (- aros)
GRUPO 05 EQUIPOSSl.1EGRl!PO 9 :'1EeANICOS
r)5194 71ECVaCO C'1I'I.YCIl05194 ~~'<ICO PRINCIPAl,. DE lOn5]94 ~o..~ICO PRINCIPAL DE 2.05494 MECANICO DE l.D5594 :1ECANICú DE 2.05694 MECANICú ENrRADA ( • .3 CIilo$1
071B.J REPRESOlI'~ SOl""ICIO~ ;1AYOfl07384 REPRES~"TAA"I'E SERVICIO.~ PRINCIP.t..L DEr)7]8.J REPRESDrrA. TE SOlVIClO ,\OClNAOClS PRINCIPAL DE()?48~ REPRESD-"TA. TE sffiVIClO ,.l;OONAOOS DE 14(J7S84 REPRESD1T;... "TE SffiVICIO.~ DE :;40768~ REPRESE:l!.:wrr SERVICIO.~ DE ].
07194 JEfE DE ~I>OO07294 SL'BJEfE DE :'ID):XIAOOD7]94 OfICIAL DE 1"D7494 OfICIAL DE 2" l· 3 anos)0749] OfICIAL DE 2. (~ ] años)07594-'\UXILIAR DE l.
142.488l t 1]7.669:;t 13],013
l26,]8]12::'.109117,979
133,013126.38]1::'2,109117,979111. 510110.160
151.750146.618141.659B4.599130.047125,648
141.659134.599lJO.047125,648118,759117.321
159.998 170.400154.587 164.637 14104 SL"BALTER'ú .'P.YO'l149.359 159.069 14204 SL'BALTER.~ PRINeIP.ru. DE "144.308 153.689 1"?O4 SLl3ALTER.'ú PRI~CIP.-\L DE ,.139.428 148.491 14404 SU3ALTER-.o DE )'
133.331 141.998 ~"50-l SL'BALTER."IJ DE 2'it14604 SL"BALTER.~ DE """"'" ,- ) ""o,"14603 SL'BALTER.'.,() DE "'"""""" ,- ) ai'\os)l-U.02 SL'"MLTERfIO DE E:mW>'> ,
18104 RADIOTELEFClUSTA MAYal18204 RADIC1I'ELEFONISTA PRINCIPAL DE 1"18304 RAOIOTELEFO'HSTA PRINCIPAl. DE 2"18404 RADlorELEf'ONISTA DE 1418504 RADIOTEU:FONISTA DE 2"16604 RADIOTELEFONISTA DE EN!'RADA (. 3 al'los)13603 RADIO'I'ELEf'CNISTA DE~ j - 3 años)1860.2 RADIO'I'ELEf'ONISTA DE EN!'RADA ( N. l. f
12472 OfICIAL DE 2' AUWDJES , N.I.l12574 A\."l.lOANI'[ DE AI.K1loC'ENtS12674 A'1'tlDIWI'E DE ENI'RADIlr.~ (+ ) .u.o.)12673 Awo.wrE DE ENI'RADA AU1ACENES (- 3 .u.o.)12672 A'1'lIr.lI\N'f'E DE EN'IRAOA.~ , N.I.)
171 04 RADIOTI:UGRAFISTA ~ '{QR
17::'04 RADIO'I'EI..EG\AFlSTA PRINCIPAL DE 1"17)04 RADIC1T'El..EGR.\FISTA PRly.::IPAl. DE 2i17404 RADI~ISTA DE l.17504 RADICYITI.EX:ORAFIS!'A DE 2417604 RAOIl1r'EJ..E.CRAFIST.r.. DE~ (. .iooSI
17603 RADICJt"EU):;RAfISTA DE~ (- ,ros)1760;: RAOI~IsrA DE ENTRADA ( ~·I_1
08264 JEFA PRINCIPAL DE Ho8J64 J'EF.~ PRINCIPAL DE 2'"08464 JITA DE 1"08564 JEfA OC 2"08664 JEFA DE ].
GlUPO 08 oPEltI\CIONSlJ1Gl.l:PO 8 TE'LEf'CNISTAS
07694 AUXILIAR DE 2. (. 3 años)0769:: .'\L'XILLVI DE :-t (- :: aflosla7692 AVXIUAR DE 2. ( ~. 1 . )
BOE núm. 248
~l'PO 06 Of'ERAClOOSl'EGlUPO 6 JEFAS
08174 SUPERVISORA DE OPEllJ\ClúN \"\Il.'fal:OS274 SUPEFVISCRllo DE OPDW:ICN PRINCIPAL DE 1"0837-1 SL'PERVIseR.'. DE OPERACION PRINCIPAL DE ;:408474 SUPElN'ISOAA DE OPEllACIOO DE l'08574 SL'PElNt~ DE OPElW:ION DE ;:.08674 SVPmvISOAA DE OPE1W:ICN DE J'
rooroo
GltJPO 08 OPfJlAClOOSua::;RlJPO 7 SUPfJWISClRAS DE OPDW:IaI
08184 TELEFOOISTA !1A.YOR08::84 TELEFOOISTA PRINCIPAL DE l'
g:~g: ~~~~:i~~~:t ~ j:08584 '1"ELEE'O'iISTA DE lfo08684 TELEftNlSTA DE 21 (+ J ~)08683 TELEFClUSTA DE 21 (- 3 ai'\osl08682 TE'LEf'CNISI'A DE 21 ( N. 1.1
GlUPO 10~ DE ~ERV. DE vt'HIC'tlSUl'G'lUPO g.
to164 ESCAflG1>.[X) DE_cor-;SEF\'. DE \"'EHICL1.DS ~Yr)fl 150.137 159.89610::'6.. ~DEC'Of'I;SERV. DE \'Ullct"tDS PRI:lC. DE ). 145.059 1~,488UJ364 r;-.;c.!\RCArX) DE CONSERv. DE VEHlct'tDS PRI:IC. DE " 140.153 149.16310464 E"CARGACO DE CONSERV. DE \TIiICl'LOS DE 14 135.413 144.2151056.;1 e-:c.~ DE CONSERV. DE \'tHICl'LDS DE ,. 130.833 139,33810664 E:"c.>.RGAOO DE CONSERV. DE \CllICl"tOS DE J' 125.898 134.062
GlePO 11 OFICIOSSLlDlL'PO 6 D;CAAGAD::IS OFICIOS
11164~ MAYOR OFICIOSU264~ PRINCIPAL DE 14 OFICIOS11364 E:NCARGAOO PRINCIPAL DE 24 OFICIOS11464 E!«:ARC.AOO DE 1" OFICIOS11 564 ENCMGAOO DE 2" OFICIa;;11664 ENCARGAOO DE 3" OFICIOS
11174 OFICI~ C'V\~ OFICIOS11.274 OFICIAL PRINCIPAL OFICIOS11374 OFICIAL DE U OFICIOSU414 OnCL!>,L DE 24 OfICIOS ( • .3 arosl11473 OFICIAL DE 2" OFICIOS (- 3 ai"lotll11472 OFICIAL DE 2. OFICIOS { N.I.)11574 A'l'Ul:WlI'E DE OFICIOS11674 A\"tJDAm'E DE ENI'RADA OFICIOS ¡. 3 arosl11673 A'I1.JDANTE DE E:N"rAADA OFICIOS I -3 ai'lo1l l1167.2 .:"¡,'il'DANI'E DE ENI'RAOA OFICIOS ( N. 1.1
1::'164~r9.~ AU1A~
12264~ PRINCIPAL DE 14~1.2364~ PRINCIPAL DE 21 AlWIC'ENES1:>464 ENCARGAl:O DE 1.~1:>564 DOCARGAOO DE 2• .IW1ACD'lES1::'664 ENCAACAOO DE 3" 1ú.1'1o\CENES
GllJllQ 1.2 AI11ACEMSStJEG:lUPO 7 OFICIAL~
12174 OFICIAL r9.YOR DE AU>W:ENES1::274 OFICIAL PRINCIPAL DE AU1ACEM:S12374 OFICIAL DE 14~1.2474 OFICIAL DE .24 ALMACENES (. 3 ai"losl12473 OFICIAL DE 24 AIJiII.C.'ENES (- J ai'los)
<>lUPO 40 INfl:Rt9.TICOS1.24.741 132.850 SUB:><UPO 6 TEO/lCOS DE SI~120.522 128.357
m.882116.446 124,016 40164 n:auro DE SI~ !1I\'iOR 261.861112.508 119.822 40264 TEQlICO DE SIS"I'l:1"Sl\.S PRINCIPAL DE ). 253.005 269.451106.190 113.093 40364 TrOnco DE SI~ PR1NCIP.'U.. DE " 244.449 260.33994.930 101.101 40464 TE~ICO DE sr~ DE 14 231. 17<;1 246.20610e.703 115.769 40~64 TEC!"ICO DE SIS1'D"\1>,S DE 2" 217.943 232.110102.154 108.795 4066-1 TEC"lICO DE SISTEW'.S :lE ~4 210.572 224.260%.417 102.68586,412 92.029
GRcro " r"f"CJfM"t.TIcx)sSl-aAll'PO 7 A.'<>.LIST.~ DE srSTU<AS
40174 ~-....u.lsrA DE S[S'T'E.'1I\S '1AYeil: 244.449 260.339040274 ..>.JIlALISTA DE sIS'I'D1AS PRI:lCIPA.L DE ). 231. 179 246.206147.971 157.59040~74 3,KALIST,~ DE SI~ PRI~CIP,1>,L DE " 217.870 232.032142.967 152.260 40474 .'\.."A.LIST..\. DE SIS'I'D1AS DE 14 205.547 218.908138.132 147.111~0574 .:"'',;ALIsr~ DE SIS'ID'IAS DE ::'<1 191.801 2Q.4.269133.460 142.135 40674 ':"'<A.LIST.3, DE SIST01AS DE "'"""""" (. , arIOS) 181.345 193.133128.946 137.328 40673 ..1JIlALISn DE SISTe1t\S DE """"" (- 3 añosl 171. 729 182.892123.193 131.2{)1 4067:!!I.'lM.IST1\ DE SI~ r.E """"""" , 'l.I.1 155.031 165.109
163.891 174.544 08664 nF.... DE J'155.502 165,610141. 977 151.206
SL'"El.LC6 DEL. C7<L"PO DE OPERACICJ« A PARTm DE 1 DE SE"I'IEl1!1U: DE 1.989
138,184132.757128,267123.929ll9,738112,809106.534
95,380
152.383147,229142.250136.247131.639127 .187
156,]98151.109144,616
="
Poseen autonomh orginica y funcional para garantizar su
ObJetividad, independ.ncia y disponibilidad.
EsUn formados por personal d. plantilla de Telefónica de
Espal'la, S.A. En caso nec.sari0 podran ~dir asesorlllli'nto a
personal esp.ciallllente c-.alificado.
No estan integrados en ningún departamento de la Compai'Ha.
3. l. AUTONOMIA DE LOS TRIBUNALES DE CONVOCATORIAS
NORMAS GENERALES SOBRE ACTUACION DE LOS TRIBUNALES
Con la finalidad de realizar la selección de las personas que
promocionaran o ingresaran como empleados fijos de plantilla, en
Telef6niC4 dl!! España, S.A., u constituyen los tribunales de ulección
bajo los principios de igualdad d. opol"tunidades, objet1v1ded y
transparencia de los procesos, a los cuales se"les dotara de los llltd10s
adecuados para el desempeño de sus funciones.
Pal"a unifical" los criterios de actuación y functonlllliento de
los mismos se establecen las siguientes nor!lll.S •
DE CONVOCATORIAS REGULARES
2. AMBno OE APLICACION
NORMAS DE ACTUACION DE TRIBUNALES
1. aBJE~¡VO.
Afectan estas normas a todos los miemtlros de tribunales de
con ...ocatorias qu. se constit-.yan a ni .... l central, pl"o... inc1a.' o local, ya
tengan caricter de actuación integral o se conf1gurl!!n como tr1b-.nales de
... igilancia, uf COlllO a los tlIlPl.ldOS y opos'itores ajenos que participen
en las con...ocatorias.
GlUPO 08 OPERACII>lSL'EGl.UPO _7 SUPERV1~ DE OPDlACICfIl
08184 m..EFOOIST.'o "9t."tCIl08:lB4 "I'ELErc:t.lISTA PRl.~IPAL DE l'08384 TELEFaJI!>"1'.:\ PRINCIPAL DE ;?i108484 "I'EUFCtJISTA PRINCIpAL DE 3'08584 TELEFansrA DE 1108684 TELEFa.:ISTA DE 2' (. 3 ~$ >
08683 m..EFCtJI!>"1'.' DE 21 (- 3 aflos)0868:? TELEF'CNIS'I1!. DE 2' ( ~.I.)
GRL"PO oa OPEllACIa>!SL'lGl:LW . 8- TD.Erc:t.lISTAS
3. DISPOSICIONES GENERALES
08174 5L'PDlV15at' DE OP~!a>! !'9.Yal08274 SL'PERVIsatA DE OPDlAClOO PRI~IPA.L DE 10108374 SL'PERV1~ DE OPERAClOO PRI~:PA.L DE 2'08474 SCPDlV1salA DE OPERAClOO DE l'08574 SL'PDlV1sa:tA. DE OPDlACla>! DE :l'06674 SL'PERV1~ DE OPEJW:la>! DE 3'
~058~ .'I."A.LfS'rA-~DE ~"..0684 A'iALIST~-PRCGlAMAOOR ::lE c-J1'RADA-lOéB~,,-w..ISTA-~ DE ENTRADA4068~ _,,"".~.L1STA-~ DE E:'mWlPt.
eroloo
GRCfQ .:.3 0PE:RAOClRES DE :..PLIC\CIONES
GRL'PO .H IN~TlCOS
SmG!.lJro 7 ~ES
-13~o'¡ ,,['(R..',[OFl DE -'J'LIC'IClcx-.'ES 'VIYOfI~:;~O-4 OP~ DE!;PLICrlClr.NES PRI"CrpAL DE 14-4:;:;0-4 0P~ DE .\PLICACIet..'ES i'RI"CIP.O!U. DE ~4
~J-4r,-4 OPERA[(JR DE .>J>LIC''ICla."ES DE t~
":;50~ 0PERAD::fI DE -'J'LIo.clOO'ES DE :?4.. 360.. OPffiAD)R DE APLICACIONES DE Do"TRADA (- .).OOs I43603 OP~ DE .>J>LIC,,"CIONES DE Do"'rRAOl\ 1- MIos)4360~ DPER\CU< DE M'LID.CIONES DE~ I N.l.)
GRt:PO 41 I:m:JRM.l\TICOSSl.'B:JRlJfO 6 ~S DE SIS"1'D'9l.S
4117 ..~ M.l\YOflU174~ PRINCIPAL DE 1.4.HJ74p~ PRINCIPAL DE 1<141474~OE 1"HS74~DE21
'+1674~ DE EJ'n'RADA (. ) años)41673~ DE ENI'RADA 1-- 3 años)-l1672~ DE ENI'RA[l¡\ ( S.t.)
GRIJPO 42 OPElVIlDRES DE SlSItM\S
42104 oPEFlA[:(II: DE SISTfWIS ~YOR
-12204 OPF.ll.AI:al: DE SI~ PRINCIPAL DE 1".+]304 OP~ DE SISTIM".S f'fllNClP~ DE 1442404 OPEllAlXlA DE SISTEM/'.S DE 1.442504 OP~ DE SISTEW\.S DE 2"4:604 OPERADJR DE SI~ DE B'TR'J:lA (. 3 anos I.. :603 OPERArOP DE SIS'TEl'1AS 8E Em'R.I,DA I ~ J .::.l'los).. 2M)] npE'?ACQR DE <;¡srF:1A.S DE C'.íR'>DA ¡ __ . J.l
41164~ DE: SISTEM".S ~'{Cfl
'¡1~64 PRCCRAMAOCIl: DE SISTEMAS PRINCIPAL DE 1 i1o
H315.,l~ DE SISTEMi\S PRI!«:IP,&,L DE 24'+1464~ DE SI~ DE 1.J 1564~ DE SISItWIS DE 2.-11664p~ DE SISItWIS DE )' l· 3 anos).+166)~ DE SISTEM/'S DE )/1 1- 3 amsl-.\1661~ DE SISTE:1i'S DE 301 ( N.I.I
axJ I en SUfliX) 89
".HO" OPERADOR r~TICO ~YCfl
.... 204 OPERADOR 1:-;'~TlCO PRINCIPAL DE 144430.. OPER.\IXll: I~Fa:lMA.TlCO PRlNeIP_-\l. DE 2-14440.. OPERADOR r~~TlCO DE 14....504 OPERADOR I~TICO DE 24~460" OPERAIX:fl I~TICO DE~ (. ) anos]44603 OPEllAOClR INF'CIlW.TlCO DE ENrRADA 1- 1 ...nos)..4602 OPEllAOClR INFCflMA.TlCO DE 00lW)A l S.L>
08164 JtF~ "P,YOO08264 JtFA PRI~IPA.L DE l'08364 .JEfA PRISC!PAL DE ~t
45104 A'11..'DI>w.""rE INFalW\TlCO Ml'lYOR45204 AYl'DAl'l!"E INFall'1A.TlCO PRI~IPAL DE 1".. 5304 ,'1YlT.lo~.N'TE INF'CH'Vl.TICO PRINCIPAL DE 2".. 5 ..0... AYUDAI'n'E INFalMATlCO DE 14.. 5::'04 >,Yl'Q,\,"ITE INftR'lATlCO DE 201~S¿O .. XIl."['\'\.'I1'E I~TlCO DE )'Nr'RADA (. 3 ¿u'>os).. 5603 >,yt'DA.'I1'E I~TlCO DE ENI'RAOA (- 3 años)"')6n: Wl'DANTE I~TICO DE E'n'RADA ( N.1. I
3.3. COMPETENC rAS
Atender';; asimismo las reclamaciones e imprevistos que se
prodUZcan dentro de los plazos reglllllentarios.
Para cumplir con su función pr1..oritar1a el tribunal elegirá
las pruebas de seleCCión, las condiciones de aplicación y
los criterios de evaluación de las mismas. aten1endose I
las bases de cada convocatoria. ."
.-':-.c
.',
velar por la objetividad y t .. ansparencia de todo el
proceso selectho.
Co14bo.. ar en la cor..ección lie las pruebas de
conoc 1m1 entos ut i 1izadas.
rea 1i z.ar.
Establl!ce" los criterios de puntuaclón y
calificación.
Generales para todos los miemtlros del tribunal ucepto
el Secrl!Urio:
32499
Colaberar en el dise~o y elaboración de las pruebas a
Funcionl!S
Lunes 16 octubre 1989
3.2. i'"UNCIQN
La función prtoritaria del trihunal conS1S!e en seleccionar
a los candidatos lilas idóneos para el puesto de trabajo.
primando Sletnpre la calidad de la selKción sobre la
necesidad de cubrir la tOU.lidal3 de las Ylcantes.
ROE núm. 248
Es competencia del tribunal· la convocatoria de las
reuniones, la confecci6n del orden del dfa, el desarrollo
del proceso, sujeto en el t1elllPO a la programación y
prev1siones del area de Recursos HlIIanos y la decisión
definitiva en cuanto a los candidatos con nivel de aptitud.
. Cump 1i r 1as bases de 1a con'locatori a.
Firmar todas las actas d. las distintas reuniones del
tri bunal .
.!".
"
. ....- Del Presidente:
El tribunal tiene el deber de mantener una estricta reserva
sobre las pruebas de eximen, la identidad de los candidatos
durante la correción de las pruebas y respecto a las
decisioMS que tome hasta la publicac1ón oficial de las
listas definitivas de seleccionados.
Con'locar y moderar las reuniones del tribunal.
Ve lar por el CUlllP l1mi ento de 1as bases de la
con'loc ato.. i a.
Las reuniones de los tribunales tendrán lugar en salas
especfficas de la EmpreSl y deberán contar con los iMd10s
necesarios para garanttzar la confidencialidad de los
procesos de selección.
4. COMPOSrC¡OPj
4. l .E1 tribunal estad compuesto por un Presidente, un
Vi cepres idente, los Vaca1es de la EmpreSA y un
Secretario, asf como los Vocales Representantes de los
TrabaJadOres, que prestaran una dediCaCión prioritaria a
las tareas de selección.
Resolver 1a convocatoria en loo:.. plazos previstos y
firmar las actas y 11stas de aspirantes con n;"'e1 de
aptitud suficiente.
~ Del Yicepresidente:
Ademas oe suplir al Presidente en las ausencias de
este, tendrá las mismas funciones que cualquier 'local.
De 105 Vocales de 11 ~s.:
Ademas oe las funciones genericas de todos los ..1el1Dros
del tribunal, tendran las siguientes:
~.
¡;
'.''..,'"
~iO podra pertenecer al tribunal nlngun mii!lllDrO incurso en
cLral qui!r Causa de incompat.ilbilidad recogidas en laiegislación '1igente.
• Diseñar y corregir las pruebas de conocill1entos.
• Prestar asesoramiento en las pruebas cual1f1cat1'las. '.
4 2. E1 Presi dente, ¡ 1 cepres i dente, Voca les :1 secretari o seran
nombrados por el :Jepartamento de Gesti6n y Administración
de Recursos Humanos a propuesta de las areu de la
OrganiZación de la Empresa que tengan prevista la
incorporación de recursos hlllanos.
El Vicepresidente y Secretll"io estaran enmarcadas
necesariamente en el irea de .Recursos Humanos.
De los Vocales ~I"tsentantes de los Trabaj.oorn:
Ademas de las funciones genericas de cualquier 'mielllbro
del trio"nal, tendrán como función especifica el
representar los trabajadores en el proceso de
se ll!cC i ón para 9ar ant i zar, co 1eg; adamente con e1 resto
del tribunal, el co ..recto desarrollo del mismo.
- Del 5ecl"tUrto:
Los Vocales en Representaci6n de los TrabajadQres seran
designados.uno por el Comité Intercentros o Comites de
Empresa segun el antJito de la convocatoria y uno mas por
cada uno de los Sindicatos mas representativos.
';'endra como funciones genericas la realización de tOdas
las gestiones administrativas y de apoyo al tribunal.
Además tendra 1as funciones especfficas siguientes:
Una vez recibido el nOlltlru1.nto por cada
Custodia d. lIS Pl"uttUIS y docUllltntos antes y desp...'s
del ex_no
. Confección de las instrucciones dt ex_no
;;..
" . >.. , 'oc
de
'{~a~:~:/::¿"
~~j>:
"~~¡:~.:,;~'"
:~~.
nÜllll!!ro
BOE núm.
La lista ele aspirantes con nh,1 dlt lpt1tud .
L.a lista de sele<;ciontldos.
presentados a cada una de las pruebas y resultados .
Una estadistica del numero de aspirantes,
Tomando como referencia la fecha de publicaci6n de la
última lista de seleccionados, se abrirl un plazo de 15
dhs naturales para recibir las reclam&ciones. Para ello
los o.pllrtlllltntos Centrales y 1as Di rece1 ones
Provinciales daran las miximas facilidades los
opositores para el curso de las posibles reclamaciones
al Presidente de la convocator1a d. que se trate.
Transcurrido ,1 plazo citado, en el caso de que existan
recTlllIlaciones. el tribunal se reunirA con carieter
elltraord1 nar1 o para ana 11 zar y jeti di r sobre Jas mismas.
Acto seguido se disolveri el tribunal.
s.s. TRATAMIENTOS DE LAS RECLAMACIONES'e
Lunes 16 octubre 1989
se
el,..
provinciales
tribunalel
brevedad posible en
conVOCAda
Secntar1o.
tribunal.s1"'e
uno dt sus mi eIllbros.
constituiri .. la l114yor
una primera reunión
President... trads del
Coo"d1"1,16"
,,191"nc1 •.
• Confección del acta de la convocatorh.
S.l.CONSTITUCION
S. FUNCIOfWilIENTO
32500
Madrid, 28 de septiembre de 1989.-EI Director general, CarlosNavarro López.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA «MISTRAL,SOCIEDAD ANONIMA" (PERSONAL DE FLOTA)
.,;.
:.;,
RESOLUC10N de 28 de septiembre de 1989, de la Dirección General de TrabaJO. por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicaCIón del COm'enio Colectivo dela Empresa «Mistral. Sociedad Anónima!} (Personal deFlota).
24236
Visto el texto del Convenio Colectivo de la Empresa «Mistral,Sociedad Anónima» (Personal de Flota), que fue suscrito con fecha 16de septiembre de 1989, de una parte. por el Delegado de Personal de lacitada razón social en representación del colectivo laboral afectado y, deotra, por la Dirección de la Empresa, en representación de la misma. yde conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, dela Lev 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y enel Reál Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito deConvenios Colectivos de trabajo.
Esta Dirección General acuerda:
Primero.-Ordcnar la inscripción del citado Convenio Colectivo en elcorrespondiente Registro de este Centro directivo. con notificación a laComisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del EstadQ).
Artículo 1.0 VIgenCIa -El presente Convemo ColectiVO tendra unavigencia de tres años, desde el J de enero de 1989 hasta el 31 dediciembre de 1991 y se prorrogará automáticamente si no se hubieradenunciado con tres meses de antelación.
An. 2.° Amhito de aplicación.-EI Convenio afectará a todo elpersonal de «MistraL Sociedad Anónima». que preste sus servicios en suflota.
An. 3.° Aumento ~·alaria/.-Se pacta la tabla saJarial vigente en elano 1989. Asimismo. el incremento salarial para los anos 1990 y 1991será el resultado de aplicar a las tablas del año 1989 el IPC previsto porel Gobierno más un punto para el primer año y para el año 1991 seaplicará el mismo incremento a las tablas del año 1990.
An.4.0 Grupos projl'sionales.-Se establecen cuatro grupos profesio~nales diferentes:
Titulados de puente.Titulados de máquinas.Titulados radioelectrónicos.!t.1aeslranzas :,.' subalternos.
La Sociedad determinará, en función del título, competencia vaptitudes. el puesto a cubrir dentro del grupo profesional por el personalde la plantilla, pudiendo ser modificado en los posteriores periodos deembarque según las necesidades del servicio. El trabajador cobrará encada puesto de trabajo lo establecido en la tabla salarial adjunta, segúnel puesto que desempe::le.
. Lll5 actas de las reuniones.
, Las tlases de la convocatoria.
El área de RecLJrsos HlJIIlanos dispondr. la publicaci6n y
difLJsión de las listas.
El tribunal, respetando en tod.. caso el nÚllllro de plazas
a Cutlrir, procedera. LJna vez finalizado el proceso de
selección. a confeccionar la lista de seleccionados.
i nc l LJyendo en su caso la li sta de reserva.
las reuniones posteriores en cada sesión, no pudiendo
haber modificación de fechas de las mhmu s1n consultl a
todo el tribunal.
Constituido el tribunal, seri fijad. l. fecha y hora di
L.as 1i stas de las puntuac; ones parei a1es de cada
candidato par grupos y subgrupoS.
El documento llamado actas de la convocatoria estar.
cMpuesto por:
Un ejemplar de las plantillas de correcci6n de las
prUebas.
. Un ejernp1ar de cada prueba uti11 zada.
- L.as actas de cada reunión sef'in confeccionadas por el
Secretario de la convocatoria y firmadas por todo el