seguros y bancos. Es decir, es uno de los más frecuentes pero que menos se leen entre los consumidores. La Profeco cuenta con el Registro Públi- co de Contratos de Adhesión –RPCA- en el que, previo análisis de los contratos de adhesión presentados por los proveedo- res, otorga su inscripción en dicho registro. En el RPCA existen contratos tipo, es decir, un modelo de contrato que ha sido publicado por la Procuraduría Federal del Consumidor en el Diario Oficial de la Federación; o que ha sido elaborado por la Profeco y que a propuesta suya o a pe- tición del proveedor puede ser adoptado por éste; o que ha sido elaborado por una cámara de una rama comercial o indus- trial y propuesto para su adopción a sus agremiados y/u otros participantes de la industria. Los contratos tipo pueden ser la opción más rápida, ya que en la trami- tación de estos contratos no es necesario que Profeco realice el análisis del modelo de contrato presentado por el proveedor. Hay dos modalidades de Registro de Con- tratos de Adhesión ante Profeco: Obligato- rio y Voluntario. El Registro obligatorio de contratos de bibliográfico PROFECO PUBLICACIÓN DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN (CEDOC) JUL-SEP / 2018 Contrato de Adhesión Este tipo de contrato es uno los más po- lémicos porque una de las partes firman- tes no puede negociar ninguna de las cláusulas que lo componen. Por este motivo se dice que existe una desigualdad evidente de una de las partes en los con- tratos de adhesión y puede llegar a darse el caso de que existan cláusulas abusivas. En nuestro país, existen modelos de con- trato de Adhesión tipo elaborados por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) de tal manera que un proveedor es capaz de elegir el que más se ajusta a sus necesidades. Un contrato de adhesión de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consu- midor, es el documento elaborado uni- lateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la presta- ción de un servicio, aun cuando dicho do- cumento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato. Un ejemplo de contrato de adhesión son los conocidos popularmente como “con- tratos de suministro de servicios públi- cos” como el del agua, luz, telefonía, pero no son los únicos. También responden a este tipo de contratos la mayoría de los adhesión (C.A.) previsto por Profeco es el registro de modelos de contrato de adhe- sión que de manera obligatoria deberán llevar a cabo los proveedores ante la Pro- curaduría Federal del Consumidor, cuan- do así lo establezca la Ley Federal de Pro- tección al Consumidor, la Norma Oficial Mexicana o cualquier otro ordenamiento legal aplicable. En estos casos, Profeco revisa que los contratos de adhesión no contengan cláu- sulas abusivas o lesivas e inequitativas a los intereses de los consumidores. Los proveedores pueden solicitar el Regis- tro voluntario de sus modelos de contratos de adhesión, siempre y cuando Profeco es- time que sus efectos no lesionan el interés de las y los consumidores. FUENTE: https://www.gob.mx/profeco https://www.modelocontrato.net/contrato- de-adhesion.html CONSULTADA EL: 06/08/2018 Puedes ver una cápsula al respecto en la liga: https://www.youtube.com/ watch?v=Xxaa8WkXj40 PARA REFLEXIONAR Función de la publicidad en la generación de “necesidades”. ¿La asociación de imágenes desea- bles con productos posibles, incre- menta el deseo de obtenerlos? ¿Es tan imperiosa la necesidad de X, que necesito endeudarme para obtenerlo si no cuento con los medios para comprarlo? Creciente interés en la satisfacción de de- seos y obtención de placeres por parte de los consumidores que se relacionan con satisfacciones de tipo emocionales y estéticas derivadas de las experiencias de consumo. “La estetización de la vida cotidiana”. Pone en primer plano la importan- cia del estilo, la bús- queda permanente de nuevas modas, nuevos estilos, nuevas sensaciones y experiencias. ¿Por qué? ¡Encuentra las respuestas acerca de este y otros temas de interés, en el libro La era del Consumo de Luis Enrique Alonso, publicado por Siglo XXI! Disponible en el Cedoc.
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seguros y bancos. Es decir, es uno de los más frecuentes pero que menos se leen entre los consumidores.
La Profeco cuenta con el Registro Públi-co de Contratos de Adhesión –RPCA- en el que, previo análisis de los contratos de adhesión presentados por los proveedo-res, otorga su inscripción en dicho registro.
En el RPCA existen contratos tipo, es decir, un modelo de contrato que ha sido publicado por la Procuraduría Federal del Consumidor en el Diario Oficial de la Federación; o que ha sido elaborado por la Profeco y que a propuesta suya o a pe-tición del proveedor puede ser adoptado por éste; o que ha sido elaborado por una cámara de una rama comercial o indus-trial y propuesto para su adopción a sus agremiados y/u otros participantes de la industria. Los contratos tipo pueden ser la opción más rápida, ya que en la trami-tación de estos contratos no es necesario que Profeco realice el análisis del modelo de contrato presentado por el proveedor.
Hay dos modalidades de Registro de Con-tratos de Adhesión ante Profeco: Obligato-rio y Voluntario.
Este tipo de contrato es uno los más po-lémicos porque una de las partes firman-tes no puede negociar ninguna de las cláusulas que lo componen. Por este motivo se dice que existe una desigualdad evidente de una de las partes en los con-tratos de adhesión y puede llegar a darse el caso de que existan cláusulas abusivas. En nuestro país, existen modelos de con-trato de Adhesión tipo elaborados por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) de tal manera que un proveedor es capaz de elegir el que más se ajusta a sus necesidades.
Un contrato de adhesión de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consu-midor, es el documento elaborado uni-lateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la presta-ción de un servicio, aun cuando dicho do-cumento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato.
Un ejemplo de contrato de adhesión son los conocidos popularmente como “con-tratos de suministro de servicios públi-cos” como el del agua, luz, telefonía, pero no son los únicos. También responden a este tipo de contratos la mayoría de los
adhesión (C.A.) previsto por Profeco es el registro de modelos de contrato de adhe-sión que de manera obligatoria deberán llevar a cabo los proveedores ante la Pro-curaduría Federal del Consumidor, cuan-do así lo establezca la Ley Federal de Pro-tección al Consumidor, la Norma Oficial Mexicana o cualquier otro ordenamiento legal aplicable.
En estos casos, Profeco revisa que los contratos de adhesión no contengan cláu-sulas abusivas o lesivas e inequitativas a los intereses de los consumidores.
Los proveedores pueden solicitar el Regis-tro voluntario de sus modelos de contratos de adhesión, siempre y cuando Profeco es-time que sus efectos no lesionan el interés de las y los consumidores.
Puedes ver una cápsula al respecto en la liga: https://www.youtube.com/watch?v=Xxaa8WkXj40
PARA REFLEXIONARFunción de la
publicidad en la generación de
“necesidades”. ¿La asociación de imágenes desea-
bles con productos posibles, incre-menta el deseode obtenerlos?
¿Es tan imperiosala necesidad
de X, quenecesito
endeudarmepara obtenerlo
si no cuentocon los medios
para comprarlo?
Creciente interés en la satisfacción de de-seos y obtención de placeres por parte
de los consumidores que se relacionan
con satisfacciones de tipo emocionales y estéticas derivadas de las experiencias
de consumo.
“La estetización de la vida cotidiana”.
Pone en primerplano la importan-
cia del estilo, la bús-queda permanente de nuevas modas,
nuevos estilos, nuevas sensaciones
y experiencias.¿Por qué?
¡Encuentra las respuestas acerca de este y otros temas de interés, en el libro La era del Consumo de Luis
Enrique Alonso, publicado por Siglo XXI! Disponible en el Cedoc.
bibliográfico
PUBLICACIÓNDELCENTRODEDOCUMENTACIÓN(CEDOC)
en la web
¡Navegaensusitioweb!
En la página http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/web/home/aecosan_inicio.htm descubre la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN ), sus actividades relacio-nadas con el consumo, la seguridad alimentaria y la promoción de la
nutrición saludable, así como el papel clave de su Laboratorio.
VISITAhttps://www.gob.mx/profeco/galerias/segunda-cumbre-del-con-sumidor-del-g20-panel-seguridad-de-productos-retos-emergen-tes, donde encontrarás imágenes de la participación del titular de la Procuraduría Federal del Consumidor en las actividades de la Segunda Cumbre del Consumidor G20 en el panel “Seguridad de Productos (Retos emergentes)”.
En esta Cumbre el Lcdo. Rogelio Cerda Pérez habló sobre las re-formas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, del fortaleci-miento de la seguridad de productos en México y de la cooperación en este tema con otros países.
EXPECTATIVA DEL CONSUMIDOR.AUTOR: WEINGARTEN, CELIA.
EDITORIAL: ASTREAAÑO DE EDICIÓN: 2004
PÁGINAS: 136
bibliográficas
En este libro se analiza la influencia de las marcas co-merciales y el rol de los medios de comunicación en el consumo cultural e indiscriminado de la adolescen-cia, estudiando la forma en que la audiencia adolescente recibe los significados consumistas en serie. Se dejan al descubierto las estrategias resultantes de la acción con-junta entre publicidad, persuasión y marketing como agentes mediadores del consumo.
Sara Osuna Acedo, es especialista en educación para el consumo en materia de publicidad, e-learning y conver-gencia de medios digitales en entornos virtuales. Ha rea-lizado investigaciones diversas en torno a la educación en valores y a la educación sobre consumo responsable en la adolescencia, entre las que cabe destacar su propia tesis doctoral.
TEMA: CONSUMOTÍTULO: PUBLICIDAD Y CONSUMO
EN LA ADOLESCENCIA.AUTOR: OSUNA ACEDO, SARA.
EDITORIAL: ICARIAAÑO DE EDICIÓN: 2008
PÁGINAS: 269
En esta obra, la doctora Weingarten aborda el tema de los derechos económicos en expectativa, desde una óptica nueva y trascendente como fuente de atribución de responsabilidad objetiva por el quebrantamiento de los derechos de los consumidores.
La idea de los derechos en expectativa de los consumidores es realmente importante en el nuevo derecho del siglo XXI, y científicamente ideal cuando se conexiona con los actos pro-pios, de tal forma que la estructura encuentre un encastre perfecto en el sistema de reparación de los nuevos daños que se generan en esta posmodernidad.
Los sistemas bancarios, redes de empresa o grupos econó-micos y nuevas formas de comercialización encuentran en la obra un tratamiento profundo y enriquecido desde la socioeconomía y demás aspectos vinculados al análisis epistemológico, no del derecho dogmático decimonónico, sino del real.
La obra se integra por siete capítulos, organizados en tres secciones: en la primera se consideran temas como el de los consumidores de la tercera edad, los consumidores en edad me-diana y los nuevos grupos de consumi-dores o neotribus; en ellos se conjun-ta información relevante relacionada con la modificación en los estilos de vida y causas del comportamiento del consumidor que deben ser tomadas en cuenta por la empresas y su mezcla de marketing.
En la segunda parte, se analiza el comportamiento del consumidor fren-te a la apertura del mercado en rela-ción con las creencias religiosas.
En la tercera parte se discuten diferen-tes tópicos de actualidad relacionados con el consumidor y el abstencionismo, el del ahorro y el del consumidor verde.
bibliográfico
PUBLICACIÓNDELCENTRODEDOCUMENTACIÓN(CEDOC)
Los puedes solicitar en el CentrodeDocumentación para consulta o préstamo a domicilio;de lunesaviernes, en un horario de9:00a16:00hrs.
bibliográficas
CONTENIDO:
Capítulo I. De la averiguación en general; de la averiguación previa; Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la averiguación previa; códigos de procedimientos penales.
Capítulo II. La norma jurídico-penal; su estructura–el tipo: nullum crimen sine tipo. Tipo, tipicidad, y cuerpo del delito. Autoría, antijuricidad, imputabilidad, culpabilidad, su relación con la responsabilidad. Nuevos códigos penales.
Capítulo III. El tipo rector de la investigación; criminalística; relación con el procedimiento penal; lugar de los hechos; plani-temetría, fotografía y otras; balística, dactiloscopia y otras; en el laboratorio.
Capítulo IV. Ministerio público y policía técnica (judicial); el delito: su prueba; en el ejercicio de la acción procesal penal.
Capítulo V. El expediente; mundo del juez; la resolución consti-tucional; fundamentación y motivación.
Capítulo VI. Causas de atipicidad-no cuerpo del delito; causas de justificación: excluyentes de responsabilidad; causas de inculpabilidad; excluyentes de responsabilidad.
Capítulo VII. Acuerdo de inicio de averiguación previa. Consig-nación. Auto de formal prisión. Estudio de personalidad (para efectos de la prisión preventiva como medida de seguridad).
TEMA: DerechoTÍTULO: Averiguación previa.AUTOR: Barrita López, Fernando A.EDITORIAL: PorrúaAÑO DE EDICIÓN: 2000PÁGINAS: 156
TEMA: DESARROLLO HUMANOTÍTULO: COMPORTAMIENTO
HUMANO EN EL TRABAJOAUTOR: DAVIS, KEITH
EDITORIAL: MCGRAW HILLAÑO DE EDICIÓN: 2002
PÁGINAS: 622
Algunas de las características más importantes de esta obra son:
Un capítulo sobre el comportamiento organizacional en el ámbito internacional, donde se destacan algunas formas en que el
comportamiento humano varía según las culturas.
Destacan dos capítulos, uno acerca de las teorías motivacionalesy otro que trata de la aplicación de los sistemas de premios
que usan las organizaciones. Un enfoque sobre el papel quecumple la cultura organizacional.
TEMA: DESARROLLO HUMANOTÍTULO: SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN. ENTRE LO FALAZ Y LO POSIBLE.AUTOR: CROVI DRUETA, DELIA.EDITORIAL: LA CRUJÍAAÑO DE EDICIÓN: 1999PÁGINAS: 391
La existencia de la Sociedad de la Información y el Conocimiento y las caracte-rísticas que adquiere su construcción en los países periféricos se manifiesta en las distintas dimensiones que se insertan en la necesidad de contar con po-líticas públicas que contesten y contengan el rápido avance del sector privado.
Incorporada por los Estados a sus agendas como promesa de desarrollo, la solución al problema de la brecha digital se ha plasmado hasta ahora en propuestas que colocan en un nivel subalterno la necesidad de dotar a las personas de las capacidades cognitivas de hacer uso de la información para mejorar su calidad de vida. El proyecto “México ante la Sociedad de la In-formación y el Conocimiento”, en el cual se inscribe este libro, acepta la existencia de este tipo de sociedad en tanto ha sido impuesta por los discur-sos hegemónicos como ideal de desarrollo. Surge, entonces, la necesidad de explicar, analizar desde una perspectiva crítica este proceso tan complejo, en construcción pero irreversible.