1 BASES SUBASTA PÚBLICA N° 001-2017 ELPU SUBASTA DE VEHÍCULOS Y BIENES DE SEGUNDO USO (EN DESUSO) EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DE PUNO S.A.A. “ELECTROPUNO S.A.A.” 1. OBJETIVO. Proceder a la venta mediante el procedimiento de Subasta Pública de los Vehículos y Bienes de Segundo Uso (chatarra) por la Empresa ELECTROPUNO S.A.A, en adelante la empresa 2. BASE LEGAL Decreto de Urgencia N° 020-2006 Decreto de Urgencia N° 021-2006 Procedimiento PR-S2-AGP-00-01, Altas, Bajas y Venta de Bienes Resolución N° 66 y 67 – 2017 ELPU/GG Aprobación de Baja y autorización de Subasta 3. LINEAMIENTOS GENERALES En aplicación del procedimiento PR-S2-AGP-00-01, en las presentes Bases se establece los lineamientos a seguir para la venta de bienes obsoletos y/o chatarra, mediante la modalidad de Subasta Pública, la misma que fueron autorizado según Resolución N° 66 y 67-2017 ELPU/GG. La Subasta Pública estará a cargo de un Comité de Venta de Bienes, en adelante El Comité. 1. El Comité está integrado por tres representantes nombrados por la empresa. 2. Es atribución exclusiva del Comité interpretar las Bases y resolver todo lo previsto en ellas. 3. El Comité se reserva el derecho de no responder consultas que no se refieran a las Bases. 4. El Comité podrá a sola decisión y discreción, dejar sin efecto, suspender o variar la ejecución de la Subasta en cualquier etapa de su realización, sin que estas decisiones puedan generar reclamo alguno de ninguna naturaleza por parte de los postores. 5. EL Comité designa para dirigir la presente Subasta Pública al Martillero Público señor José Carlos E. Chirinos Escobedo con registro N° 65, quien está debidamente registrado y habilitado. La Subasta se llevara a efecto bajo la modalidad de puja a viva voz. Los vehículos y los bienes en desuso puestos a la venta se transfieren Ad Corpus, es decir, “Donde Están y Como Están” con todos los derechos que corresponden. Asimismo, los vehículos cuyas ventas se regulan por estas Bases se transfieren con los pagos del Impuesto al Patrimonio Vehicular que le corresponden al día y en la situación legal que se describe en el respectivo asiento registral. La empresa vendedora de ser el caso, se compromete a realizar todas las acciones y/o gestiones concernientes al saneamiento por evicción, conforme a ley, de los vehículos materia de Subasta Pública, asumiendo el costo que de ello se derive. De tal manera que los adjudicatarios puedan
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BASES SUBASTA PÚBLICA N° 001-2017 ELPU
SUBASTA DE VEHÍCULOS Y BIENES DE SEGUNDO USO (EN DESUSO)
EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD DE PUNO S.A.A.
“ELECTROPUNO S.A.A.”
1. OBJETIVO.
Proceder a la venta mediante el procedimiento de Subasta Pública de los Vehículos y Bienes
de Segundo Uso (chatarra) por la Empresa ELECTROPUNO S.A.A, en adelante la empresa
2. BASE LEGAL
Decreto de Urgencia N° 020-2006
Decreto de Urgencia N° 021-2006
Procedimiento PR-S2-AGP-00-01, Altas, Bajas y Venta de Bienes
Resolución N° 66 y 67 – 2017 ELPU/GG Aprobación de Baja y autorización de Subasta
3. LINEAMIENTOS GENERALES
En aplicación del procedimiento PR-S2-AGP-00-01, en las presentes Bases se establece los
lineamientos a seguir para la venta de bienes obsoletos y/o chatarra, mediante la modalidad
de Subasta Pública, la misma que fueron autorizado según Resolución N° 66 y 67-2017
ELPU/GG.
La Subasta Pública estará a cargo de un Comité de Venta de Bienes, en adelante El Comité.
1. El Comité está integrado por tres representantes nombrados por la empresa.
2. Es atribución exclusiva del Comité interpretar las Bases y resolver todo lo previsto en ellas.
3. El Comité se reserva el derecho de no responder consultas que no se refieran a las Bases.
4. El Comité podrá a sola decisión y discreción, dejar sin efecto, suspender o variar la ejecución
de la Subasta en cualquier etapa de su realización, sin que estas decisiones puedan generar
reclamo alguno de ninguna naturaleza por parte de los postores.
5. EL Comité designa para dirigir la presente Subasta Pública al Martillero Público señor José
Carlos E. Chirinos Escobedo con registro N° 65, quien está debidamente registrado y
habilitado.
La Subasta se llevara a efecto bajo la modalidad de puja a viva voz.
Los vehículos y los bienes en desuso puestos a la venta se transfieren Ad Corpus, es decir,
“Donde Están y Como Están” con todos los derechos que corresponden. Asimismo, los
vehículos cuyas ventas se regulan por estas Bases se transfieren con los pagos del Impuesto al
Patrimonio Vehicular que le corresponden al día y en la situación legal que se describe en el
respectivo asiento registral.
La empresa vendedora de ser el caso, se compromete a realizar todas las acciones y/o gestiones
concernientes al saneamiento por evicción, conforme a ley, de los vehículos materia de Subasta
Pública, asumiendo el costo que de ello se derive. De tal manera que los adjudicatarios puedan
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realizar la inscripción de su derecho de propiedad en el Registro de Propiedad Vehicular sin
ningún tipo de impedimento.
La secuencia de actividades se realizará de acuerdo al cronograma de Actividades del Anexo 01
Los plazos señalados en estas Bases deben entenderse como días calendario, salvo expresa
mención en contrario.
El listado de los vehículos, se detallan en el Anexo 2,
El listado de los Bienes de Segundo Uso (en desuso), se detallan en el Anexo 3.
La convocatoria a Subasta Pública se realizará mediante avisos en un Diario de circulación
nacional y otro de la localidad en la que se encuentran los bienes materia de transferencia.
4. DE LOS POSTORES
Las personas que deseen participar como Postores deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
Tener Capacidad para contratar
Haber Adquiridos las bases
Presentar las garantía establecida en la presente base
Señalar su domicilio actual.
Para Los postores de compra de materiales de Segundo Uso (chatarra) deberán adjuntar
además:
La empresa Postora deberá contar con los registros de DIGESA de empresa Prestadora
de Residuos Sólidos (EPS-RS), y/o de empresa comercializadora de Residuos Sólidos
(EC-RS) autorizada para transportar segregar almacenar y acondicionar residuos sólidos
peligrosos de origen industrial (puede adjuntar ambos registro o cualquiera de ellos).
El registro de DIGESA deberá estar vigente, por lo menos hasta el 31 de mayo del 2017
y se debe adjuntar copia simple al momento de inscribirse.
No pueden ser postores en la subasta:
a. Los trabajadores que hubieran intervenido directamente en el proceso de baja, valorización
y Miembros del Comité de Altas y Bajas y de Venta de Bienes así como sus parientes hasta
cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad señalados en los artículos
1366º y 1367º del Código Civil.
b. Aquellos postores que hayan interpuesto denuncias policiales y/o tengan procesos
judiciales en giro contra ELECTROPUNO S.A.A. y/o con el estado.
Por el solo hecho de comprar las Bases y participar en la Subasta Pública, el postor declara
conocer y someterse a las condiciones establecidas en las mismas.
No se aceptará, bajo ninguna circunstancia, que participe en la subasta una persona distinta a
la persona que se ha registrado; si ello ocurriera, su propuesta no será admitida, excepto que
el postor designe un representante mediante carta poder legalizada ante notario público.
No se exigirá mínimo de postores, ni de ofertas por los vehículos para que la Subasta sea
considerada válida.
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5. CALENDARIO DE ACTIVIDADES
5.1 LA PUBLICACION
La publicación del cronograma se realizara en un diario de nivel nacional y un diario local.
5.2 VENTA ENTREGA DE BASES
Los interesados deben adquirir las bases de Subasta en la fecha y direcciones siguientes:
a) Fecha: De acuerdo al cronograma anexo 01
b) Lugar de entrega de las bases:
En Puno: Jr. Mariano H. Cornejo N°160
c) El precio de venta de bases S/. 15.00 (quince con 00/100 Soles) incluido IGV.
5.3 VISITAS DE OBSERVACION DE LOS LOTES A SUBASTAR
Es potestad de cada postor visitar o no el lote a subastar
1. Los interesados en adquirir los vehículos podrán visitarlos en el lugar donde se
encuentran, el hecho de no inspeccionar los vehículos no habilita la presentación
de un reclamo posterior ya que se presume, de pleno derecho, que los interesados
han realizado su propia apreciación, directa o a través de un tercero.
2. No serán aceptados reclamos posteriores respecto del estado y situación de los
bienes. Tampoco serán admisibles ajustes de valor por causa de desconocimiento
de información o estado de los vehículos ni por otra circunstancia, por cuanto el
mismo se ofrece en el estado en que se encuentra y Ad Corpus, de conformidad
con el artículo 1577° del Código Civil.
5.4 INCRIPCION DE POSTORES
El registro del postor se efectuará en el momento que realice la compra de las Bases de la
subasta con los documentos solicitados en el requisito N° 5.5
5.5 CONSULTAS Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS
Los adquirientes de las bases podrán efectuar, por escrito, cualquier consulta con respecto
a la Subasta Pública materia de estas en las fechas señalada en el Cronograma del Anexo 1.
Dichas consultas deberán hacerlas consignando en el asunto “Consultas Subasta Pública N°
001-2017-ELPU; mediante carta dirigida al Presidente del Comité de Venta, remitida a
ELECTROPUNO, sito en Jr. H Cornejo N° 160 Puno y/o a la vez deberá remitirlas al correo
electrónico: [email protected]; además deberá indicarse el nombre de la
persona a quien se debe dirigir la absolución de la consulta, su número de teléfono o celular
y su correo electrónico.
Las consultas presentadas serán absueltas en los plazos indicados en el Cronograma del
Anexo 01, mediante comunicación que se remitirá a cualquiera de los medios de
comunicación señalados en el párrafo anterior, en donde se los considerarán válidamente