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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC COMIT ESPECIAL LEY N
29230
BASES INTEGRADAS DEL PROCESO DE SELECCIN DE LA
EMPRESA PRIVADA PARA EL FINANCIAMIENTO Y EJECUCIN
DE PROYECTO DE INVERSIN PBLICA
PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N 001-2015-MDC/CE
FINANCIAMIENTO Y EJECUCIN DEL PROYECTO: CONSTRUCCION DE PISTAS Y
VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO,
DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI -
ANCASH, con Cdigo SNIP N 294748
Aprobadas mediante Resolucin de la Direccin de Inversiones
Descentralizadas N 002-2014-PROINVERSIN-DID
Formuladas en Enero 2015
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INDICE
1. OBJETO Y CARACTERSTICAS DEL PROCESO DE SELECCIN PBLICO 1.1
Objeto del Proceso de Seleccin 1.2 Terminologa y Definiciones 1.3
Marco legal del Proceso de Seleccin 1.4 Facultades del Comit
Especial y de la Municipalidad Distrital de Colquioc. 2.
GENERALIDADES DEL PROCESO 2.1 Representante Legal 2.2.1 Designacin
y Facultades 2.2.2 Formalidades del Poder del Representante Legal
2.2 Circulares 2.3 Lmites en la Responsabilidad por Informacin
Suministrada 2.3.1 Decisin Independiente de los Postores 2.3.2
Limitacin de Responsabilidad 2.3.3 Aceptacin del Postor 2.4
Proyecto del Convenio 3. ETAPAS DEL PROCESO 3.1 Convocatoria 3.2
Expresin de Inters 3.3 Formulacin y Absolucin de Consultas 3.4
Presentacin de Propuestas, Apertura de Sobres y Evaluacin de
Propuestas 3.5 Presentacin de los Sobres N 1, N 2 y N 3 y Apertura
de los Sobres N 1 y N 2 3.6 Apertura del Sobre N 3 5. PROCESO DE
SELECCIN DESIERTO 6. PRESENTACIN DEL RECURSO DE APELACIN 7.
GARANTAS 8. SUSCRIPCIN DEL CONVENIO - FECHA DE CIERRE 10.
LIQUIDACIN DEL PROYECTO 11. VIGENCIA DEL CONVENIO 12. JURISDICCIN Y
COMPETENCIA 13. DISPOSICIONES FINALES FORMULARIOS Formulario N 1:
Modelo de Declaracin Jurada Promesa Formal de Consorcio. Formulario
N 2: Modelo de Declaracin Jurada sobre la Composicin de Empresas y
Postores. Formulario N 3: Modelo de Declaracin Jurada de Sujecin a
las Bases. Formulario N 4: Modelo de Carta de Declaracin de Estados
Financieros y Tcnicos. Formulario N 5: Modelo de Garanta de Fiel
Cumplimiento Formulario N 6: Modelo de Carta de Presentacin de la
Oferta Econmica. Formulario N 7: Modelo de Garanta de Apelacin
contra la Adjudicacin de la Buena Pro. Formulario N 8: Compromiso
de Contratacin de Constructor. Formulario N 9: Declaracin Jurada
respecto al Contrato de Ejecucin del Proyecto. Formulario N10:
Proyecto de Convenio.
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Formulario N 11: Carta de Acreditacin ANEXOS Anexo 1: Cronograma
del Proceso de Seleccin. Anexo 2: Relacin de Bancos Locales
Autorizados para Emitir las Garantas establecidas en las Bases.
Anexo 3: Trminos de Referencia. Anexo 4: Contenido de los Sobres.
Anexo 5: Metodologa de Calificacin de la Propuesta Tcnica y
Econmica. Anexo 6: Estudio de Preinversin que sustenta la
Declaratoria de Viabilidad del Proyecto. Anexo 7: Definiciones.
Anexo 8: Disponibilidad del terreno. Anexo 9: Documentos que
sustenten el costo de los estudios de Preinversin Anexo 10:
Cronograma tentativo de ejecucin
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1. OBJETO Y CARACTERSTICAS DEL PROCESO DE SELECCIN 1.1 Objeto
del Proceso de Seleccin El objeto del Proceso es seleccionar a
la(s) Empresa(s) Privada(s) que se encarguen
del financiamiento, ejecucin del proyecto priorizado, en el
marco de la Ley N 29230 Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional
y Local con Participacin del Sector Privado y su Reglamento,
conforme a los Trminos de Referencia (Anexo N 3) y al estudio de
preinversin que sustenta la declaratoria de viabilidad del Proyecto
a ejecutar en el Sistema de Inversin Pblica - SNIP (Anexo N 6).
Podrn participar Empresas Privadas en consorcio, sin que ello
implique crear una
persona jurdica diferente. Para tal efecto, ser necesario
acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que
se perfeccionar antes de la suscripcin del Convenio.
IMPORTANTE:
De conformidad con la Dcima Primera Disposicin Complementaria y
Final del
Reglamento, en el proceso de seleccin de la Empresa Privada,
podr incluirse a ms de un PIP, debiendo indicar ello en la
Convocatoria y en las Bases del proceso. Dichos PIP debern contener
un enfoque territorial de acuerdo a lo establecido por el SNIP, y/o
comprender intervenciones de naturaleza similar.
Cuando el proceso se desarrolle bajo los alcances de la Dcima
Primera Disposicin Complementaria y Final del Reglamento, se podr
celebrar un solo convenio o ms de un convenio, dependiendo de la
naturaleza y/o complejidad de los proyectos incluidos. En las Bases
deber especificarse tanto el valor referencial de cada Proyecto
cuanto el valor referencial del proceso de seleccin.
1.2 Terminologa y Definiciones Toda mencin a clusula(s),
numeral(es), inciso(s), formulario(s) o anexo(s), se entender
referida a los de las presentes Bases, salvo indicacin expresa de
lo contrario. Los encabezados slo son utilizados a efecto
referencial.
Los trminos consignados en estas Bases tendrn los significados
que se indica en el
Anexo N 7 (Definiciones). 1.3 Marco Legal del Proceso de
Seleccin
Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades. Ley N 29230, Ley
que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con
Participacin del Sector Privado, y sus modificatorias. Decreto
Supremo N 0-2014-EF, Reglamento de la Ley N 29230. Acuerdo de
Concejo Municipal N 023-2014-MDC/CM, de fecha 18 de julio de
2014,
mediante el cual se prioriz el proyecto: CONSTRUCCION DE PISTAS
Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO,
DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH - SNIP 294748 (en
adelante el Proyecto), para ser ejecutado en el marco de la Ley N
29230.
Resolucin de Alcalda N 092-2014MDC/A, de fecha 24 de Julio de
2014, mediante la cual se designa a los miembros del Comit Especial
responsables del proceso de seleccin de la empresa que se encargar
del financiamiento, ejecucin, del Proyecto en el marco de la Ley N
29230.
Resolucin de Alcalda N012 2015-MDC/A, de fecha 16.01.2015,
mediante la cual se aprueba las Bases del proceso de seleccin de la
empresa que se encargar del financiamiento, ejecucin del Proyecto
en el marco de la Ley N 29230. Las referidas normas incluyen sus
modificatorias, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber
considerarse la especialidad de las normas previstas en las
presentes Bases
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1.4 Facultades del Comit Especial 1.4.1 Conforme al Reglamento
de la Ley N 29230 y la Resolucin de Alcalda N 092-
2014MDC/A, de fecha 24 de Julio de 2014, el COMIT se encargar de
la organizacin y ejecucin del proceso de seleccin, hasta el
otorgamiento de la Buena Pro o cancelacin del proceso, de ser el
caso, siendo competente para elaborar las Bases y someterlas a su
aprobacin, convocar al proceso, absolver consultas y observaciones,
integrar las Bases, evaluar las propuestas, otorgar la Buena Pro y
todo acto que sea necesario para el desarrollo del proceso de
seleccin, hasta el otorgamiento de la Buena Pro. Es el rgano
autorizado para promover, programar, dirigir, regular, modificar,
supervisar, controlar y dictar las disposiciones que resulten
pertinentes o que estime necesarias para la ejecucin del proceso y
resolver todo lo que no se encuentre previsto en las Bases o en las
normas legales aplicables.
1.4.2 El COMIT puede prorrogar los plazos mencionados en estas
Bases; asimismo, en
cualquier momento y sin expresin de causa, puede suspender o
dejar sin efecto el presente Proceso de Seleccin, an luego de
adjudicada la buena pro y hasta antes de la fecha prevista para el
cierre, si as lo estimare conveniente, sin incurrir en
responsabilidad alguna como consecuencia de ello.
1.4.3 La sola presentacin de una oferta de un Postor, no obliga
al COMIT a aceptarla. La
sola presentacin de su expresin de inters por parte del Postor,
implica la aceptacin y sometimiento incondicional por parte de ste,
a lo dispuesto en las presentes bases y todos sus documentos
ampliatorios o modificatorios.
1.4.4 Salvo lo expresamente establecido en sentido contrario en
estas Bases, con relacin al
presente Proceso de Seleccin, las decisiones del COMIT en
relacin con este Proceso, son definitivas, no darn lugar a
indemnizacin de clase alguna y no son susceptibles de impugnacin en
el mbito administrativo, judicial o arbitral. En consecuencia, por
la sola participacin en el Proceso de Seleccin. Las personas que
estn comprendidas bajo los alcances de estas Bases renuncian a
interponer cualquier recurso de impugnacin contra tales
decisiones.
2. GENERALIDADES DEL PROCESO 2.1 Representante Legal 2.1.1
Designacin y Facultades
Cada Postor podr designar hasta dos representantes legales para
que lo representen, conjunta o individualmente, conforme a lo
dispuesto en este numeral, con domicilio y telfono establecidos, en
lo posible, en la ciudad de Huaraz, as como su direccin de correo
electrnico y documento nacional de identidad vigente.
Esta(s) persona(s) deber(n) contar con facultades
suficientemente amplias para obligar y representar al Postor en
todos los actos o asuntos relacionados con el presente Proceso de
Seleccin. Es decir, que el representante pueda presentar la Carta
de Expresin de Inters, los Sobres N 1, 2 y 3 ante el COMIT,
responder en nombre del Postor todas las preguntas que el COMIT
formule, recibir circulares y cualquier documento que emita el
COMIT, firmar, en nombre y representacin de su poderdante, todos
los documentos que as requieran las Bases, incluyendo
especficamente la facultad de formular y suscribir los formularios
de presentacin de las propuestas y suscribir el Convenio de
Inversin Pblica Regional y/o Local. En caso que el Postor sea un
Consorcio, la designacin deber ser efectuada a travs de los
representantes legales de los integrantes del Consorcio que cuenten
con facultades para ello. Facultades que debern acreditarse con la
copia legalizada notarial del poder. Los poderes de los
representantes legales de los integrantes del Consorcio debern
observar las mismas formalidades que los poderes del representante
legal del Postor de acuerdo a las presentes Bases.
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Las notificaciones dirigidas al Postor se efectuarn remitindolas
a cualquiera de los representantes legales, mediante:
a) Correo Electrnico o Facsmil, con confirmacin de transmisin
completa
expedida por el destinatario de la comunicacin respectiva a
travs de otro correo electrnico o facsmil, en cuyo caso se entender
recibida en la fecha que se complete la transmisin del
remitente.
b) Por carta entregada por mensajera o por conducto notarial, en
cuyo caso se entender recibida la notificacin en la fecha de su
entrega, entendindose en estos casos, por bien efectuada y eficaz
cualquier notificacin realizada en el domicilio sealado por el
representante legal.
c) Los documentos presentados en los Sobres N1, 2 y 3 y, en
general, todos los documentos que un Postor presente en el Proceso
de Seleccin debern estar firmados por el representante legal de
quien presente dichos documentos, encontrndose debidamente
facultado para ello, conforme a los numerales 2.1.1 y 3.5.5 de las
Bases.
2.1.2 Formalidades del poder del Representante Legal
Los poderes otorgados, nicamente debern constar por escritura
pblica o en copia certificada notarialmente del rgano societario
correspondiente por el cual se otorgan. Sin embargo, a la fecha de
cierre, el adjudicatario de la buena pro deber acreditar la
inscripcin en los Registros Pblicos correspondiente, de los poderes
de ste. El poder mediante el cual se nombra al representante legal
deber contener las facultades de representacin respectivas y ser
presentado en el Sobre N 1. El nombramiento de un nuevo
representante legal slo entrar en vigor a partir de la fecha en que
el COMIT reciba los documentos que acrediten debidamente este
hecho.
2.2 Circulares
Si el COMIT considerara necesario aclarar, modificar o
complementar las Bases, emitir una Circular, que ser remitida a
todos los postores, dirigida a los representantes legales y enviada
al domicilio sealado. Las circulares emitidas por el COMIT integran
las presentes Bases, siendo jurdicamente vinculantes para todos los
postores; y sern publicadas en la Pgina Web de la Municipalidad
Distrital de Colquioc.
2.3 Lmites en la responsabilidad por informacin suministrada
2.3.1 Decisin independiente de los postores
Todos los Postores debern basar la decisin de presentar o no sus
propuestas tcnicas y econmicas, en funcin a sus propias
investigaciones, estudios, exmenes, inspecciones, visitas,
entrevistas y otros. En tal sentido, es obligacin y responsabilidad
de cada uno de ellos revisar y evaluar las caractersticas
particulares del proyecto y adoptar las decisiones que consideren
pertinentes, a su propio y entero riesgo.
2.3.2 Limitacin de responsabilidad
El Estado Peruano, Municipalidad Distrital de Colquioc y el
COMIT, no garantizan, ni expresan implcitamente, la totalidad,
integridad, fiabilidad o veracidad de la informacin, verbal o
escrita, que se suministre a los efectos de o dentro del Proceso de
Seleccin. En consecuencia, ninguna de las personas que participen
en el Proceso de Seleccin, podr atribuir responsabilidad a
cualquiera de las partes mencionadas o a sus representantes,
agentes o dependientes, por el uso que pueda darse a dicha
informacin o por cualquier inexactitud, insuficiencia, defecto,
falta de actualizacin o por cualquier otra causano expresamente
contemplada en este numeral.
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2.3.3 Aceptacin del Postor La sola presentacin de la expresin de
inters por parte del representante y/o apoderado legal de la
Empresa o Consorcio, implica el pleno conocimiento, aceptacin y
sometimiento incondicional a todo lo establecido en las Bases, las
mismas que tienen jurdicamente carcter vinculante para aqullos, as
como su renuncia irrevocable e incondicional, de la manera ms
amplia que permitan las leyes aplicables, a plantear, ante
cualquier fuero o autoridad, cualquier accin, reclamo, demanda,
denuncia o solicitud de indemnizacin contra el Estado Peruano o
cualquier dependencia, organismo, funcionario o empleado de ste; la
Municipalidad Distrital de Colquioc, sus integrantes y
asesores.
2.4. Proyecto de Convenio Los trminos y condiciones bajo los
cuales se regir el financiamiento y construccin
del Proyecto, se fijarn en el proyecto de convenio que forma
parte integrante de las presentes Bases.
3. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN 3.1. Convocatoria La
convocatoria del presente proceso de seleccin es publicada por nica
vez
en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacin local,
as como en la Pgina Web de la Municipalidad Distrital de Colquioc y
en la Pgina Web de PROINVERSIN. Las Bases sern publicadas en la web
de la Municipalidad Distrital de Colquioc y los interesados pueden
obtenerlas previo registro de sus datos y correo electrnico.
3.2 Expresin de Inters A efectos de poder participar en el
Proceso de Seleccin, las empresas privadas de
manera individual o en consorcio, a travs de su representante
y/o apoderado legal, debern presentar su expresin de inters al
COMIT, conforme al modelo adjunto al documento de Convocatoria,
dentro del plazo de diez (10) das hbiles siguientes a la fecha de
publicacin de la Convocatoria, en la Mesa de Partes de la
Municipalidad Distrital de Colquioc, ubicada en el Jr. Ricardo
Palma S/N Chasquitambo Bolognesi - Ancash.
3.3 Formulacin y Absolucin de Consultas y Observaciones Las
consultas y observaciones a las Bases, se realizarn en idioma
espaol, por
escrito, va fax o correo electrnico, dentro del mismo plazo
previsto en el Cronograma para presentar las expresiones de
inters.
Las consultas y observaciones solo podrn ser presentadas por
quienes hayan presentado su expresin de inters, dirigidas al COMIT,
especficamente:
Seor Presidente del Comit Especial - Ley N 29230 Jr. Ricardo
Palma S/N Chasquitambo Bolognesi - Ancash Telfono: Cel. 961 074
210, RPM: #961 074 210 Correo electrnico: [email protected]
Pgina Web: http://www.municolquioc.gob.pe/ Asimismo, las empresas
privadas participantes en el proceso de seleccin podrn solicitar la
aclaracin a cualquier punto de las Bases o plantear solicitudes
respecto de ellas, a travs de consultas.
Las respuestas del COMIT, a las solicitudes de aclaracin,
consultas y observaciones que se efecten, podrn modificar o ampliar
las Bases, pasando a formar parte de las mismas; y sern dadas a
conocer mediante circular a todos los participantes del proceso.
Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por falta de
consultas u observaciones, no podr ser invocado como causal de
apelacin.
3.4 Integracin de las Bases
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Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del
proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones,
aclaraciones, precisiones y/o modificaciones producidas como
consecuencia de la absolucin de las consultas y observaciones.
Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en
ninguna otra va ni modificadas de oficio por autoridad
administrativa alguna, bajo responsabilidad. El Comit Especial
integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los
siguientes plazos:
a) Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente
de vencido el
plazo para formularlas.
b) Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
concluido el plazo de la absolucin de consultas y observaciones a
las Bases.
Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el portal institucional de la Entidad,
conforme lo establecen los numerales 10.6.2 y 10.7.2 del artculo 10
del Reglamento, segn corresponda.
3.5 Presentacin de Propuestas, Apertura de Sobres y Evaluacin de
Propuestas 3.5.1. Las propuestas se entregan en tres sobres: Sobre
1 Credenciales, Sobre N
2:Propuesta Tcnica y Sobre N3: Propuesta Econmica, cuyos
contenidos se describen en el Anexo N4. Las propuestas slo podrn
ser presentadas por la Empresa Privada o Consorcio que haya
presentado su expresin de inters en la ejecucin del Proyecto. La
Empresa Privada podr presentar sus propuestas por medio de su
representante legal acreditado con copia simple del documento
registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su
apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el
representante legal, a la que se adjuntar el documento registral
vigente que consigne la designacin del representante legal,
expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario
a la presentacin de propuestas. (Formulario N 11) En el caso de
consorcios, las propuestas pueden ser presentadas por el
representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por
ste, conforme a lo siguiente:
a) En el caso que el representante comn del consorcio presente
la propuesta, ste debe
presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
b) En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3.5.2. Los sobres debern ser presentados al COMIT, cerrados y
claramente marcados en el anverso, indicando el nmero de sobre que
le corresponde, as como el nombre del postor, en cada uno de ellos,
con los siguientes rotulados: SOBRE N 1: CREDENCIALES Seores
Municipalidad Distrital de Colquioc. Direccin Jr. Ricardo Palma
S/No Chasquitambo Bolognesi Ancash. Att. Comit Especial Ley N 29230
Proceso: PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE
Objeto del Proceso.-
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Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin
del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA
ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI -
ANCASH SOBRE N 1: CREDENCIALES NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE
FOLIOS DE C/EJEMPLAR (..) SOBRE N 2: PROPUESTA TCNICA Seores
Municipalidad Distrital de Colquioc Direccin Jr. Ricardo Plama S/N
Chasquitambo Bolognesi Ancash. Att. Comit Especial Ley N 29230
Proceso: PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE
Objeto del Proceso.- Seleccin de la Empresa Privada para el
financiamiento y ejecucin del CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN
LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE
COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH SOBRE N 2: PROPUESTA TCNICA NOMBRE /
RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR (..) SOBRE N 3:
PROPUESTA ECONMICA Seores Municipalidad Distrital de Colquioc
Direccin Jr. Ricardo Plama S/N Chasquitambo Bolognesi Ancash. Att.
Comit Especial Ley N 29230 Proceso: PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN
ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE Objeto del Proceso.- Seleccin de la
Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto
CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y
PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH
SOBRE N 3: PROPUESTA ECONMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE
FOLIOS DE C/EJEMPLAR (..) 3.5.3. Los documentos debern ser
presentados en idioma espaol, salvo que excepcionalmente el COMIT
admita la presentacin en otro idioma. En caso de adjuntarse
folletos o catlogos redactados en otro idioma y siendo los mismos
no exigidos en las Bases, el COMIT podr solicitar al postor su
traduccin al Espaol. Si existiera alguna discrepancia entre los
textos en diferentes idiomas de cualquier documento, prevalecer el
texto en espaol. 3.5.4. Toda la informacin presentada en los sobres
deber ser legible y foliada en forma correlativa y rubricada en
cada folio por el Representante Legal acreditado del Postor,
debidamente facultado para tal efecto. Asimismo, se deber incluir
una relacin detallada de todos los documentos incluidos en cada
sobre. 3.5.5. La documentacin contenida en los sobres deber ser
presentada en original y una copia simple, marcadas como Original,
y Copia 1 en la primera pgina, debiendo cada juego ser foliado
correlativamente y firmado por el Representante Legal. 3.5.6. El
Postor ser responsable por los costos o gastos directos e
indirectos en que incurra relacionados con la preparacin de los
sobres. El Estado Peruano o cualquier dependencia oficial o
funcionario involucrado, la Municipalidad Distrital de Colquioc, el
COMIT, no sern
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responsables en ningn caso por dichos costos, cualquiera sea la
forma en que se realice el Proceso de Seleccin. 3.5.7. En caso de
existir discrepancia entre una cifra expresada en nmeros y otra
cifra expresada en letras, prima la expresada en letras. 3.5.8.
Cada documento presentado por el Postor tendr el carcter de
declaracin jurada. Si el COMIT detectara alguna falsedad o fraude
en los documentos presentados, se le descalificar, sin perjuicio de
las acciones legales a que hubiera lugar. Asimismo, se le podr
ejecutar la Garanta de Fiel Cumplimiento del Convenio, si la
falsedad o fraude se detectara despus de firmado el convenio, sin
perjuicio de rescindir o resolver la relacin contractual. 3.6.
Presentacin de los Sobres N 1, N 2 y N 3 y Apertura de los Sobres
N1, N 2 y N3 En caso que una nica Empresa Privada presente su
expresin de inters en la ejecucin del Proyecto, se seguir el
procedimiento siguiente: 3.6.1. La presentacin de los sobres N 1, N
2 y N 3 se llevar a cabo ante el COMIT,
el(los) da(s) previsto(s) en el Cronograma del presente Proceso
de Seleccin, a la hora y lugar establecidos. El COMIT otorgar hasta
treinta minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el
cumplimiento del acto. Despus del plazo sealado, no se admitir la
entrega de documentos adicionales, ni la modificacin de las
propuestas presentadas.
3.6.2. Si al momento de la evaluacin del Sobre N 1, los
documentos requeridos adolecen de defecto subsanable, a criterio
del COMIT, que implica un error no sustancial, el COMIT proceder a
comunicar al Postor para que en el plazo de (2) dos das subsane los
defectos incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera
subsanado la deficiencia el Postor quedar automticamente
descalificado y se le devolver sus sobres N2 y N3 sin abrir. Se
consideran nicamente como defectos subsanables, los siguientes
casos:
- Falta de Foliado - Falta de Sello - Falta de Firma - Falta de
fotocopias (nicamente en el ejemplar denominado como Copia 1).
3.6.3. El Sobre N 2 que no incluya lo solicitado en el Anexo N 4 de
las Bases, invalidar la
Propuesta Tcnica y ser devuelto al Postor con el Sobre N 3, este
ltimo sin abrir. 3.6.4 La evaluacin de la propuesta y verificacin
de que los documentos presentados por el
postor cumplen con los requisitos legales, tcnicos y econmicos
establecidos en las Bases del presente proceso de seleccin, ser
realizada por el COMIT dentro de los dos (2) das siguientes de
presentada la misma, a la hora y lugar que comunicar a travs de
circular. Si dicha evaluacin y verificacin resulta favorable, el
COMIT proceder a la adjudicacin directa mediante el otorgamiento de
la Buena Pro luego de culminada la evaluacin y verificacin,
levantndose el acta respectiva. La Buena Pro queda consentida con
su otorgamiento.
3.6.5. No ser considerada como una propuesta econmica vlida,
aquella en la que el monto
de inversin propuesto exceda en ms del diez (10) por ciento (%)
del costo total referencial de la inversin, o sea menor en ms del
diez (10) por ciento (%) con respecto al costo total referencial de
la inversin establecido en los Trminos de Referencia (Anexo N 3) y
con el cual se convoc el proceso.
En caso que ms de una Empresa Privada presente su expresin de
inters en la ejecucin del Proyecto, se seguir el procedimiento
siguiente:
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3.6.6. La presentacin de los sobres N 1, N 2 y N 3 se llevar a
cabo ante el COMIT, en presencia de Notario Pblico o Juez de Paz
cuando en la localidad no hubiere el primero, el da previsto en el
Cronograma del presente Proceso de Seleccin, a la hora y lugar que
oportunamente se comunicar a los postores mediante circular. El
COMIT otorgar hasta treinta (30) minutos de tolerancia a partir de
la hora fijada para el cumplimiento del acto pblico. Culminado
dicho plazo, se proceder a dar inicio al acto con los Postores que
se encuentren presentes. Despus del citado plazo, no se admitir la
participacin de ms postores ni la entrega de documentos
adicionales, ni la modificacin de las propuestas presentadas.
3.6.7. El Presidente del COMIT o su alterno, iniciar el acto de
recepcin de sobres e
invitar a los postores a entregar los sobres correspondientes.
Una vez que los postores hayan hecho entrega de sus sobres, en
presencia de Notario Pblico, se proceder a la apertura y
verificacin de la documentacin contenida en el Sobre N 1, en el
mismo orden en que fueron presentados. El Notario Pblico visar al
margen de los documentos presentados. Si se encuentra que algn
documento necesario no ha sido incluido, de acuerdo al Anexo N 4,
el Postor quedar automticamente descalificado y se le devolver sus
Sobres N 2 y N 3 sin abrir.
3.6.8. Si al momento de la evaluacin del Sobre N 1, alguno de
los documentos requeridos
adolece de defecto subsanable, a criterio del COMIT, que implica
un error no sustancial, el COMIT proceder a comunicar al Postor
para que en el plazo que se le indique subsane los defectos
incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera subsanado la
deficiencia, el Postor quedar automticamente descalificado y se le
devolver sus sobres N 2 y N 3 sin abrir, en el acto de apertura del
Sobre N 3.
Se consideran nicamente como defectos subsanables, los
siguientes casos: - Falta de Foliado - Falta de Sello - Falta de
Firma - Falta de fotocopias (nicamente en el ejemplar denominado
como Copia 1). 3.6.9. Luego se proceder a la apertura del Sobre N2
de los postores cuyos Sobres N 1 hayan sido declarados aptos. El
Notario Pblico, visar al margen los documentos presentados y el
COMIT proceder a su revisin. En el mismo acto, el Notario Pblico
proceder a firmar y sellar el Sobre N 3, que pasarn a su custodia
hasta su apertura. Se levantar un acta de lo acontecido, que ser
suscrita por los miembros del COMIT, el Notario Pblico y los
postores que as lo deseen. 3.6.10 Los Sobres N 2 que no incluyan lo
solicitado en el Anexo N 4 de las Bases, invalidarn la Propuesta
Tcnica y sern devueltos al Postor con el Sobre N 3, este ltimo sin
abrir. 3.6.11. A fin de facilitar el examen, verificacin y
comparacin de datos y requisitos del Sobre N 2, el COMIT podr
solicitar a cualquier Postor que aclare la informacin contenida en
la Propuesta Tcnica del Sobre N 2 mediante escrito. La solicitud de
aclaracin y la respuesta correspondiente se har por escrito hasta
el plazo que se le indique, bajo apercibimiento de quedar excluido
de la evaluacin. 3.6.12 El presidente del COMIT o su alterno,
anunciar la relacin de los postores que fueron declarados aptos
luego de haberse evaluado la propuesta tcnica y que por tanto pasan
a la etapa siguiente del proceso de seleccin. Luego, se proceder a
devolver los Sobres N 3 sin abrir, a los Postores cuyos puntajes de
la Propuesta Tcnica no hubiesen alcanzado el puntaje mnimo de (60)
sesenta puntos, los mismos que quedarn descalificados. 3.6.13 Acto
seguido, el Notario Pblico proceder a abrir el Sobre N 3 de los
postores aptos, uno por uno, en el mismo orden en que fueron
recibidos, establecindose el orden de mritos final de la evaluacin
y, procedindose a adjudicar la Buena Pro, levantndose el acta
correspondiente.
-
3.6.14 El COMIT calificar las propuestas tcnicas y econmicas de
acuerdo al Anexo N 5 (Metodologa de calificacin de las propuestas
Tcnicas y Econmicas) 3.6.15 En el supuesto de empate entre dos o ms
postores, los postores que empataron tendrn un plazo de (2) dos das
hbiles para presentar una nueva oferta econmica, la que no podr ser
de un monto mayor al inicialmente presentado. Las nuevas ofertas
debern presentarse en un nuevo Sobre N3 cerrado, cumpliendo con las
mismas formalidades establecidas para la presentacin de la Oferta
Econmica. El procedimiento del acto pblico para la presentacin de
las nuevas ofertas econmicas estar sujeto a los mismos trminos y
condiciones de la oferta econmica original. 3.6.16 No ser
considerada como una Propuesta Econmica vlida, aquella en la que el
monto de inversin propuesto exceda en ms del diez por ciento (10%)
del costo total referencial de la inversin, o sea menor en ms del
diez por ciento (10%) con respecto al costo total referencial de la
inversin establecido en los Trminos de Referencia (Anexo N 3) y con
el cual se convoc el proceso. 5. PROCESO DE SELECCIN DESIERTO El
proceso de seleccin ser declarado desierto, cuando no se hubiese
presentado expresiones de inters o cuando no quede vlida o no se
presente ninguna propuesta. En caso de no presentarse ninguna
propuesta o que el proceso de seleccin se declare desierto por
cualquier razn, el COMIT podr convocar a un nuevo proceso de
seleccin. 6. RECURSO DE APELACIN 6.1. A travs del recurso de
apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo
del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos
emitidos antes de la celebracin del Convenio, conforme a lo
establecido en el numeral 10.8 del artculo 10 del Reglamento.
El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto en todos
los casos por el Consejo Directivo de PROINVERSIN.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la
nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el
Consejo Directivo de PROINVERSIN. Dicho recurso deber presentarse
por escrito debidamente sustentado, dentro de los ocho (08) das
hbiles siguientes de otorgada la Buena Pro. Ningn recurso de
apelacin se considerar vlidamente interpuesto y carecer de todo
efecto, si el Postor no cumple los plazos estipulados o no adjunta
necesariamente la Garanta para la Apelacin a que hace referencia el
numeral 7.3 dentro del mismo plazo sealado anteriormente.
6.2. El Consejo Directivo de PROINVERSIN resolver el Recurso de
Apelacin dentro del
plazo mximo de siete (7) das hbiles de admitido el mismo. 6.3.
En caso se declare fundado en todo o en parte el Recurso de
Apelacin, la Entidad
Pblica devolver la Garanta para la Apelacin al postor
respectivo, no generando intereses a su favor. En ese caso, se
comunicar a todos los postores la modificacin del resultado de
evaluacin y el nuevo resultado de la adjudicacin de la buena pro,
de ser el caso, con lo que queda finalizado el proceso de seleccin
y se proceder a devolver las respectivas cartas fianzas.
-
6.4. En caso se declare infundado o improcedente el Recurso de
Apelacin, o an si el
postor desistiera de presentarlo, la Garanta para la Apelacin
que se menciona en el Numeral 7.3 ser ejecutada.
7. GARANTAS 7.1. Las garantas sern cartas fianzas bancarias que
debern ser extendidas conforme a
los modelos indicados en los Formularios N 5 y N 7 segn
corresponda, por uno o ms bancos locales sealados en el Anexo
2.
En el caso de consorcio, es necesario que la carta fianza que se
emita mencione
expresamente a todas y cada una de las empresas privadas que lo
conforman. 7.2. La Garanta de Fiel Cumplimiento ascender al monto
de S/
(..con ./100 Nuevos Soles), equivalente al 4% del costo total de
la inversin y deber mantenerse vigente durante el plazo y en las
condiciones establecidas en el Convenio, con el objeto de asegurar
el cumplimiento de las obligaciones de la Empresa Privada. Esta
garanta ser entregada con los documentos requeridos para la firma
del Convenio, conforme al Formulario 5. La Garanta de Fiel
Cumplimiento, estar vigente por un ao adicional a la
correspondiente conformidad de recepcin por parte de la
Municipalidad Distrital de Colquioc, y ser devuelta previa
renovacin de la Garanta de Fiel Cumplimiento por un monto que
represente el 1% del costo total referencial de la Inversin.
7.3. La Garanta para la Apelacin ascender al monto equivalente
al 3% del costo total
de la inversin y deber mantenerse vigente al menos por (30)
treinta das hbiles, contados desde su fecha de emisin, la cual
deber ser en fecha similar a la interposicin del recurso de
apelacin. Cualquier incumplimiento de las obligaciones recogidas en
las presentes Bases o generadas a partir del proceso de seleccin en
cuestin dar lugar a la ejecucin de la garanta correspondiente, sin
perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere
lugar.
8. SUSCRIPCIN DEL CONVENIO - FECHA DE CIERRE 8.1. Una vez que
quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de
la
Buena Pro, dentro de los siete (07) das hbiles siguientes, el
postor ganador deber presentar a la Entidad Pblica la documentacin
para la suscripcin del Convenio prevista en las Bases. Asimismo,
dentro de los tres (03) das hbiles siguientes a la presentacin de
dicha documentacin, deber concurrir a la Entidad para suscribir el
Convenio, en el lugar y hora que se indicar por circular y se
llevar a cabo, cuando corresponda, ante Notario Pblico, quien
certificar los actos a que se refiere el numeral siguiente.
8.2. En la Fecha de Cierre el adjudicatario entregar a la
Municipalidad Distrital de
Colquioc, los siguientes documentos: 8.2.1. Presentacin por
parte del adjudicatario de la documentacin que acredite la
inscripcin en la Oficina Registral correspondiente de los
poderes de sus representantes legales, que suscribieron las
propuestas y suscribirn el Convenio.
8.2.2. Para el caso de Consorcio deber presentar los poderes de
sus Representantes
Legales inscritos en los registros correspondientes y la copia
legalizada del documento constitutivo del Consorcio, que estn
acordes a lo sealado en la declaracin jurada del Formulario N1.
8.2.3. Garanta de Fiel Cumplimiento de Convenio, segn Formulario
N 5 y de acuerdo con
el Numeral 7.2 de las Bases.
-
8.2.4. Si fuera el caso, la empresa o consorcio adjudicatario de
la Buena Pro deber presentar el Contrato debidamente suscrito con
la Constructora, cumpliendo con las condiciones establecidas en las
Bases
| 8.2.5. La presentacin de la constancia de no estar
inhabilitado para participar en procesos
de seleccin ni para contratar con el estado, que emite el OSCE,
NO ES REQUISITO para el adjudicatario o empresa privada si su giro
de negocios no es la construccin, debe ser si, para la empresa
constructora o socia..
8.3. Siempre que el adjudicatario haya entregado los documentos
antes sealados, en la
fecha de Cierre se le entregar al adjudicatario un ejemplar del
Convenio debidamente firmado por el Representante Legal de la
Municipalidad Distrital de Colquioc o quien ste delegue.
8.4. Si el adjudicatario no cumple oportunamente con entregar
los documentos a que se
refieren los prrafos precedentes o no se presenta a firmar el
Convenio, el COMIT podr, a su sola discrecin, otorgar un plazo
adicional para su entrega o revocar la Buena Pro y adjudicrsela al
Postor que qued en segundo lugar, y as sucesivamente. Si el COMIT
opta por la revocatoria, ejecutar la Garanta de Fiel Cumplimiento.
Asimismo, se dispondr la ejecucin de la referida garanta si se
detectara que el adjudicatario brind informacin inexacta a travs de
los documentos presentados durante el Proceso de Seleccin.
10. LIQUIDACIN DEL PROYECTO
El procedimiento para la liquidacin de obra que deber
observarse, es el que es regulado por las normas supletorias
aplicables y compatibles a este proceso.
No proceder la liquidacin mientras existan controversias
pendientes de resolver.
Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuada la
emisin del CIPRL, culmina el convenio y se cierra el expediente
respectivo.
11. VIGENCIA DEL CONVENIO
El convenio tiene vigencia desde el da siguiente de la
suscripcin del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin
quede consentida y se emita el CIPRL correspondiente.
12. JURISDICCIN Y COMPETENCIA
Las presentes bases y los documentos que las integran se regirn
e interpretarn de acuerdo a las leyes peruanas. Los postores y el
adjudicatario, se someten y aceptan irrevocablemente la jurisdiccin
y competencia de los jueces y tribunales de la Provincia de
Bolognesi Ancash para los conflictos que pudiesen suscitarse con
respecto a estas bases.
13. DISPOSICIONES FINALES
En caso que no se contraponga a la naturaleza, objeto y
finalidad de la Ley N29230 y su Reglamento, a todos los dems
aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se
aplicar supletoriamente el Decreto Legislativo N1017 y su
Reglamento, y disposiciones sustitutorias, as como por las
disposiciones legales vigentes.
IMPORTANTE: Se aplicarn, en principio, las disposiciones de la
normativa de contrataciones
del Estado que sean compatibles con la naturaleza de este
proceso, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogacin de
mayores fondos pblicos (prestaciones adicionales), en los que se
aplicarn las disposiciones de dicha normativa que regulan la
ejecucin de obras.
-
FORMULARIO N 1 (Solo para casos de Consorcio)
DECLARACIN JURADA DE PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Slo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Seores COMIT ESPECIAL PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N
01-2015-MDC/CE Presente.- De nuestra consideracin, Los suscritos
declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable,
durante el lapso que dure el proceso de seleccin, para presentar
una propuesta conjunta al PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N
01-2015-MDC/CE: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES
SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC -
BOLOGNESI - ANCASH, responsabilizndonos solidariamente por todas
las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a
formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aqu
establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada
consorciado). Designamos al Sr.
[..................................................], identificado
con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N [CONSIGNAR NMERO
DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante comn del consorcio
para efectos de participar en todas las etapas del proceso de
seleccin y para suscribir el convenio correspondiente con la
Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro
domicilio legal comn en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]
[ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL
CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]
[ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ] TOTAL: 100% [CONSIGNAR
CIUDAD Y FECHA] ... .. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre,
firma, sello y DNI DNI del Representante Legal Consorciado 1
Representante Legal Consorciado 2 Nota: Las firmas de los
representantes legales en esta declaracin jurada debern ser
legalizadas por Notario Pblico o Juez de Paz Letrado.
-
FORMULARIO N 2 (Solo para casos de Consorcio)
DECLARACIN JURADA Por medio de la presente declaramos bajo
juramento que el porcentaje de participacin de cada uno de nuestros
accionistas o socios o integrantes es el siguiente: En el caso de
Postores que son Personas Jurdicas:
Accionistas o socios Porcentaje de Participacin en el Postor
(Solo aquellos con ms del 5%)
1. 2. 3. 4. 5. 6.
TOTAL En el caso del Postor que es Consorcio:
Integrantes Porcentaje de participacin en el Consorcio
y en cada empresa conformante del Consorcio (siempre que supere
el 5%)
1. 2. 3. 4. 5. 6.
TOTAL Chasquitambo: ..............de............. de 2015.
Entidad MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC.
Postor Nombre
.............................................................
(Representante Legal del Postor) Firma
.............................................................
(Representante Legal del Postor) Nota: Las firmas de los
representantes legales debern ser legalizadas por Notario Pblico o
Juez Letrado.
-
FORMULARIO N 3
DECLARACIN JURADA Por medio de la presente y con carcter de
declaracin jurada manifestamos a ustedes: 1. Que, somos empresas o
sociedades debidamente constituidas y vlidamente
existentes conforme a las Leyes del pas o lugar de constitucin,
y que los representantes legales que participan en el proceso de
seleccin se encuentran vlidamente premunidos con facultades
suficientes para representarnos en todos los actos y declaraciones
que deben efectuarse como consecuencia del proceso de seleccin.
2. Que, nos sometemos irrevocablemente a todos y cada uno de los
trminos y
condiciones establecidos en las Bases y dems documentos de la
referencia y acataremos todas las resoluciones, circulares y
comunicaciones en general que el COMIT encargado formule en relacin
con el Proceso de Seleccin materia de las Bases. Asimismo, nos
comprometemos a ejecutar todas las acciones que sean necesarias
para cumplir lo exigido por ustedes en las Bases, as como en el
Convenio y los Trminos de Referencia.
3. Que, entendemos que la ejecucin del Proyecto estar
supervisado por una entidad
privada contratada por La Municipalidad Distrital de Colquioc de
acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento, por lo que nos
comprometemos a brindar todas las facilidades del caso para que la
misma pueda cumplir efectivamente sus funciones dentro del marco de
las referidas normas.
4. Que, no nos encontramos sancionados o condenados por
sentencia firme o laudo
arbitral definitivo, desfavorable, recado o derivado de un
proceso judicial o proceso arbitral iniciado por el Estado o por La
Municipalidad Distrital de Colquioc, en va de demanda o de
reconvencin, relativos al incumplimiento de sus obligaciones
contractuales con alguna entidad del Estado. Y no estamos incursos
dentro de los alcances del Artculo 1366 del Cdigo Civil, ni
comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artculo
10 del Decreto Legislativo N 1017.
5. Que, no somos Empresas o sociedades vinculadas a cualquier
otra persona jurdica o
integrante de un consorcio que se presente al presente Proceso
de Seleccin, ni de cualquier otra Empresa Vinculada a ellos.
6. Que, somos empresas o sociedades debidamente constituidas y
vlidamente
existentes conforme a las leyes del pas o lugar de su
constitucin y que los Representantes Legales que participan en el
proceso de seleccin estn vlidamente premunidos con facultades
suficientes para representarnos en todos los actos y declaraciones
que deben efectuarse como consecuencia del Proceso de Seleccin.
7. Que, acataremos los trminos y condiciones establecidos por
ustedes en lo que
respecta a la utilizacin de la informacin que se proporcione
durante la vigencia de nuestro Convenio y en general, mientras dure
el Proceso de Seleccin, manteniendo estricta reserva sobre la
informacin obtenida.
8. Que, nos sometemos a las leyes y dems normas vigentes en la
Repblica del Per as
como a la jurisdiccin de los jueces y tribunales de la Provincia
de Bolognesi - Ancash, a efectos de someter cualquier controversia
que se pudiese generar en aplicacin de lo dispuesto por las bases
del Proceso de Seleccin en la referencia, renunciando a cualquier
reclamo que pudiera ser formulado por la va diplomtica.
Los impedimentos sealados en los numerales precedentes alcanzan
a los miembros integrantes de los Postores, en caso stos se
presenten en Consorcio.
-
Se suscribe la presente con carcter de declaracin jurada
irrevocable e incondicional. Atentamente, Nota: Las firmas de los
representantes legales debern ser legalizadas por Notario Pblico o
Juez Letrado.
-
FORMULARIO N 4
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIN DE INFORMACIN FINANCIERA Y
TECNICA Chasquitambo, .. de Enero de 2015 Seores COMIT ESPECIAL LEY
N 29230 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC Presente.-
Postor:..........................................
..................................... Ref.: Proceso de Seleccin de
la Empresa Privada para el financiamiento y ejecucin del Proyecto:
CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y
PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH
De acuerdo a lo previsto en el Numeral 3.5 de las Bases del Proceso
de Seleccin, por medio de la presente cumplimos con acreditar los
requisitos financieros para la precalificacin en el proceso de la
referencia. A. PATRIMONIO NETO DEL POSTOR PATRIMONIO NETO S/. [ ]*
(*) El monto que se coloque en esta tabla deber ser el mismo que
aparezca en la tabla B B. PATRIMONIO NETO Y PORCENTAJE DE
PARTICIPACIN EN LA EMPRESA, DE
LOS ACCIONISTAS O INTEGRANTES DE LA EMPRESA POSTORA: Accionista
o Integrante
Nota 1 S/Patrimonio Neto(Nota 2)
Participacin
TOTAL (Llevar este total a la Seccin A)
100%
Nota 1: Marque una X si la cifra del Patrimonio Neto pertenece a
una Empresa
vinculada y complete adicionalmente la SECCIN D. Nota 2: Si las
cifras originales estn expresadas en moneda distintas al Nuevo
Sol,
indicar el tipo de cambio utilizado. C. IMPUESTO A LA RENTA
PAGADO: La Empresa. declara bajo juramento que durante el ejercicio
fiscal 2013 ha procedido al pago de S/. [INDICAR MONTO EN NMEROS Y
LETRAS] por concepto de Impuesto a la Renta. Adicionalmente se
incluye la Declaracin Jurada presentada ante la Superintendencia
Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT) correspondiente al ao
2013 de la misma forma que informacin relevante de empresas que
podran empezar a pagar Impuesto a la Renta en el pas a mediano
plazo. D. EXPLICACIN DE LA RELACIN ENTRE EL POSTOR, EL ACCIONISTA
O
INTEGRANTES DEL POSTOR En caso de que la cifra del participante,
accionista o de uno de sus integrantes corresponda a otra persona,
debe explicarse a continuacin la relacin que causa que tal empresa
sea empresa Accionista o Integrante el Postor.
E. REQUISITOS TECNICOS:
-
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que el
Postor, las empresas integrantes del Postor o la empresa ejecutora
a ser contratada, posee(n) experiencia adquirida dentro de los
ltimos 10 aos en la ejecucin de Proyectos que se sealan a
continuacin: Experiencia en ejecucin de Proyectos en general
(*)
Datos de la empresa ejecutora
Tipo de Actividad Ao de inicio de actividades e informacin
econmica relevante
(Nmero de Proyectos) proyectos ms importantes y nmero de
personal ocupado en cada una de ellos
Monto acumulado en estos contratos (expresado en Nuevos
Soles)
(*) En caso que la experiencia sea de una empresa ejecutora
distinta al postor, adjuntar informacin sustentadora (Actas,
liquidaciones, certificados, constancias o Currculum Vitae, otros)
Replicar el cuadro en cuantas actividades crea conveniente.
Experiencia en ejecucin de similares Proyecto a ejecutar
Tipo de Actividades Ao de inicio de las actividades Monto de
contratos realizados en los ltimos ()aos
Nombre y Firma
.................................................... Representante
Legal del Postor
Entidad.....................................................
Postor Nota: Las firmas de los Representantes Legales debern ser
legalizadas por Notario Pblico.
-
FORMULARIO N 5
MODELO DE GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
Chasquitambo, de Enero de 2015 Seores MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
COLQUIOC. Presente.- Referencia :
Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento
y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS
CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC
- BOLOGNESI - ANCASH
De nuestra consideracin: Por la presente otorgamos fianza
solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusin, incondicional y
de realizacin automtica, hasta por la suma de S/. . (..con /100
Nuevos Soles), en favor de la MUNICIPALIDAD DISTRTITAL DE COLQUIOC,
para garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada
una de las obligaciones asumidas por nuestros clientes
seores..............................., en virtud del Convenio para
la ejecucin del proyecto de la referencia. Esta fianza tendr un
plazo de vigencia de 150 das calendario (Duracin del plazo de
ejecucin del proyecto) contados a partir de su fecha de emisin y,
se har efectiva en el caso que nuestros afianzados no cumplan con
cualquiera de los compromisos y obligaciones derivados del
Convenio. Esta garanta deber renovarse de acuerdo a las condiciones
previstas en el Convenio. Queda expresamente entendido por nosotros
que esta fianza ser ejecutada por el Municipalidad Distrital de
Colquioc de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 1898 del
Cdigo Civil Peruano vigente. Para que nosotros procedamos a honrar
esta fianza, bastar un simple requerimiento del Representante
Legal, o quien haga sus veces, realizado por conducto notarial en
nuestras oficinas en la direccin indicada lneas abajo. Nos
comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un plazo
mximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de recepcin de la
carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte en
honrar el pago dar origen al pago de intereses compensatorios en
favor de ustedes que se calcularn sobre la base de la mayor Tasa
Activa en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia
de Banca y Seguros del Per ms un spread de 3.0%. Tales intereses se
devengarn a partir de la fecha en quesea exigido el pago y hasta la
fecha efectiva del pago. Las obligaciones contradas en virtud a la
presente garanta no se vern afectadas por cualquier disputa entre
ustedes y nuestros clientes. Los trminos utilizados en esta Carta
Fianza tienen el mismo significado que los trminos definidos en las
Bases del Proceso de Seleccin. Atentamente,
-
FORMULARIO N 6
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIN DE OFERTA ECONMICA Chasquitambo,
de Enero de 2015 Seores COMIT ESPECIAL - LEY N 29230 MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE COLQUIOC. Presente.- Postor:
..........................................................................................
Referencia :
Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento
y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS
CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC
- BOLOGNESI - ANCASH
De acuerdo a lo indicado en el punto 3.5.1 de las Bases del
Proceso de Seleccin, nos es grato hacerles llegar nuestra Oferta
Econmica, en los siguientes trminos: El monto de inversin propuesto
para la ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN
LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE
COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, alcanza la suma de S/. (con ./100
Nuevos Soles). Este monto incluye todos los impuestos, tributos,
gastos generales, gastos laborales, utilidad, seguros, transporte,
inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al
siguiente Presupuesto detallado: (Adjuntar Tabla con Presupuesto
detallado conforme a lo establecido en los Trminos de Referencia).
Declaramos que nuestra Oferta Econmica tiene el carcter de
irrevocable y que mantendr su plena vigencia hasta 30 das hbiles
posteriores a la Fecha de Cierre, comprometindonos a prorrogarla
obligatoriamente si el COMIT as lo dispusiera. Declaramos conocer
que nuestra Oferta Econmica se incorporar al Convenio en todos sus
trminos y condiciones y sin excepcin alguna. Entidad
..................................................... Postor Nombre
.............................................................
Representante Legal del Postor Firma
............................................................
Representante Legal del Postor
-
FORMULARIO N 7
MODELO DE GARANTA DE APELACIN CONTRA LA ADJUDICACIN DE LA BUENA
PRO
Chasquitambo, de . del 2015 Seores COMIT ESPECIAL LEY N 29230
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC Presente.- Referencia :
Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el financiamiento
y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS
CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC
- BOLOGNESI - ANCASH
Carta Fianza Bancaria N...............................
Vencimiento: .................................... De nuestra
consideracin: Por la presente y a solicitud de nuestros clientes,
seores.., constituimos fianza solidaria, irrevocable, incondicional
y de realizacin automtica, sin beneficio de excusin, ni divisin,
hasta por la suma equivalente al 3% del costo total de inversin, a
favor de la Municipalidad Distrital de Colquioc, para garantizar a
nuestros afianzados en el pago de esa suma en cualquiera de los
supuestos indicados en el segundo prrafo de esta carta fianza. Esta
fianza deber encontrarse vigente hasta treinta (30) das hbiles
contados a partir de la fecha de otorgamiento de la Buena Pro; y se
har efectiva en caso el recurso de apelacin interpuesto fuera
declarado infundado o improcedente por el Consejo Directivo de
PROINVERSIN. Queda expresamente entendido por nosotros que esta
fianza podr ser ejecutada por La Municipalidad Distrital de
Colquioc, de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 1898 del
Cdigo Civil Peruano. Se conviene expresamente que para que
procedamos a honrar esta fianza, bastar un simple requerimiento va
notarial en nuestras oficinas sitas en la direccin indicada lneas
abajo. Nos comprometemos a pagar el monto total de la fianza en un
plazo mximo de 24 horas, contado a partir de la fecha de recepcin
de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte
en honrar el pago dar origen al pago de intereses compensatorios en
favor de ustedes que se calcularn sobre la base de la mayor Tasa
Activa en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia
de Banca y Seguros y AFP ms un spread de 3.0%. Tales intereses se
devengarn a partir de la fecha en que sea exigido el pago y hasta
la fecha efectiva del pago. Atentamente,
IMPORTANTE:
En caso de consorcio la Carta Fianza debe emitirse consignando
el nombre de todas las Empresas Privadas que lo integran.
-
FORMULARIO N 8
COMPROMISO DE CONTRATACIN DE LA EMPRESA EJECUTORA (En caso se
subcontrate a un Constructor)
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento lo
siguiente: Que, hemos firmado un compromiso de contratar con..
(Empresa ejecutora que acredit la experiencia con relacin al
Proyecto, en adelante la Empresa Ejecutora), mediante el cual en la
eventualidad de resultar favorecidos con la Adjudicacin de la Buena
Pro conforme a lo establecido en las Bases, nos obligamos a
celebrar un contrato para la ejecucin del Proyecto. Queda
expresamente establecido que la empresa ejecutora se responsabiliza
solidariamente con el Adjudicatario que suscribe el Convenio
respecto de los vicios ocultos que puedan surgir a raz de la
ejecucin del Proyecto hasta por siete (07) aos contados a partir de
la entrega, por parte de la Municipalidad Distrital de Colquioc,
del documento de conformidad de obra. Lugar y fecha: .. Entidad
......................................... Participante Nombre
......................................... Representante Legal del
Participante Firma .........................................
Representante Legal del Participante Entidad
........................................ Representante Legal de
Nombre ....................................... Representante Legal
de Firma ....................................... Representante
Legal de Entidad ......................................
Representante Legal de Nota: Las firmas de los Representantes
Legales debern ser legalizadas por Notario Pblico.
-
FORMULARIO N 9
DECLARACIN JURADA RESPECTO AL CONTRATO DE EJECUCIN DE PROYECTO
(En caso se subcontrate a una Empresa Ejecutora)
Por la presente y en relacin al Contrato de Ejecucin del
Proyecto, el Postor y la Empresa Ejecutora declaran bajo juramento
que las disposiciones que contendr como mnimo el Contrato de
Ejecucin del Proyecto son las siguientes:
1. Organizacin y Poderes Que, la empresa ejecutora es una
persona jurdica debidamente constituida, vlidamente existente,
debidamente inscrita en el registro correspondiente, de acuerdo con
las leyes de su jurisdiccin de constitucin u organizacin, para
suscribir el contrato de ejecucin del Proyecto y para cumplir con
las obligaciones establecidas en el mismo.
2. Capacidad
Que, la empresa ejecutora est debidamente capacitada y es
competente para llevar a cabo sus negocios, operaciones cotidianas,
y aquellas otras operaciones contempladas en el contrato de
ejecucin del Proyecto.
3. Autorizacin
Que, la empresa ejecutora cuenta con la capacidad y
representacin suficiente para suscribir y cumplir el contrato de
ejecucin del Proyecto. La suscripcin y cumplimiento del contrato de
ejecucin ha sido debidamente autorizado de conformidad con sus
reglamentos internos o normas societarias correspondientes,
mediante toda accin social necesaria. Ninguno de los actos
requeridos para este propsito ha sido modificado o cancelado, y
dichos actos tienen plena vigencia.
4. Inexistencia de conflictos
Que, la suscripcin, entrega y cumplimiento del contrato de
ejecucin del Proyecto por parte de la empresa ejecutora y la
realizacin de los actos contemplados en el mismo, no incumplen
ninguna disposicin de las normas legales aplicables, as como
tampoco algn acuerdo societario, o contraviene disposicin alguna
del estatuto de la empresa ejecutora.
5. Responsabilidad solidaria
Que, la empresa ejecutora se responsabiliza solidariamente con
el adjudicatario por los vicios ocultos que puedan surgir a raz de
la ejecucin del Proyecto, hasta por siete (07) aos contados a
partir de la entrega del documento de recepcin del Proyecto,
conforme a lo previsto en el Convenio y la Propuesta Tcnica del
Adjudicatario. En tal sentido, sealamos conocer y aceptar las
consecuencias del incumplimiento del presente compromiso y/o de la
falta de veracidad de las declaraciones arriba sealadas.
Lugar y fecha: . Entidad .................................
Participante Nombre ................................ Representante
Legal del Participante Firma
...................................
-
Nombre ................................... Representante Legal
de Firma .................................. Entidad
................................. Constructor Nombre
.............................. Representante Legal del Participante
Firma ................................. Nombre
............................. Representante Legal de Firma
................................ Nota: Las firmas de los
Representantes Legales debern ser legalizadas por Notario
Pblico.
-
FORMULARIO N 10 CONVENIO PROYECTO DE CONVENIO DE INVERSIN PBLICA
LOCAL
Conste por el presente documento, el Convenio de Inversin Pblica
Local para el financiamiento y ejecucin del Proyecto CONSTRUCCION
DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE
CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, con cdigo
SNIP N 294748, que celebra de una parte la Municipalidad Distrital
de Colquioc, en adelante LA ENTIDAD, con RUC N 20205785486, con
domicilio legal en el Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo Distrito
de Colquioc, Provincia de Bolognesi - Regin Ancash, representada
por su Alcalde, el seor Alejandro Manuel Diaz Trujillo,
identificado con DNI N31682483; y de otra parte [], con RUC N
[................], con domicilio legal en [.....................],
inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro
de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado
por su Representante Legal, [.....................], con DNI N
[..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del
Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en
adelante se le denominar la EMPRESA PRIVADA en los trminos y
condiciones siguientes: CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1 Mediante Acuerdo de Concejo Municipal N 023-2014-MDC/CM, de
fecha 18 de Julio de 2014; la Municipalidad Distrital de Colquioc
prioriz el Proyecto: CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES
SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC -
BOLOGNESI - ANCASH, para su financiamiento y ejecucin en el marco
de la Ley N29230 y su Reglamento.
1.2 Con Informe Previo N 128-2014/CG/CPRE de fecha 20 de Octubre
de 2014, la Contralora General de la Repblica, emite
pronunciamiento al respecto, conforme al numeral 10.3 del artculo
10 del Reglamento (en caso no se hubiere recibido pronunciamiento
expreso de la Contralora General de la Repblica, se deber dejar
constancia de ello, indicando el documento con el que la Entidad
solicito dicho informe previo).
1.3 Declaratoria de viabilidad del Proyecto, la misma que como
anexo integra el presente Convenio.
1.4 Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro del
PROCESO DE SELECCIN: REGIMEN ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE para el
financiamiento y ejecucin de la obra CONSTRUCCION DE PISTAS Y
VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE CHASQUITAMBO,
DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, a [CONSIGNAR NOMBRE DEL
GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los
documentos integrantes del presente convenio.
CLUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente convenio tiene por objeto,
que la EMPRESA PRIVADA, financie y ejecute el Proyecto CONSTRUCCION
DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES SANTA ROSA Y PALILLOS DE
CHASQUITAMBO, DISTRITO DE COLQUIOC - BOLOGNESI - ANCASH, conforme a
las condiciones tcnicas y econmicas previstas en las Bases,
Propuesta Tcnica y Econmica y Acta de Otorgamiento de la Buena Pro,
que integran el presente Convenio. El cumplimiento de la obligacin
derivada del presente Convenio, se efectuar de acuerdo con lo que
se detalla en los Trminos de Referencia que forman parte de las
Bases y en la Propuesta de la EMPRESA PRIVADA, las mismas que son
concordantes con las caractersticas solicitadas en las Bases.
CLUSULA TERCERA: COSTO TOTAL DE LA INVERSIN (OPCIN B: CASOS EN LOS
QUE EL PROYECTO FUE PRIORIZADO POR LA ENTIDAD PBLICA) OPCIN B1: El
costo total de la inversin objeto del presente Convenio, est
compuesto por el monto de inversin determinado en el estudio de
preinversin con el que se
-
declar la viabilidad del PROYECTO a ejecutar o, en caso la
Entidad Pblica cuente con el Expediente Tcnico o Estudio
Definitivo, segn corresponda, con el monto considerado en stos, de
acuerdo a lo sealado en el numeral 11.3 del artculo 11 del
Reglamento de la Ley N 29230, y asciende a la suma de S/ ( con /100
Nuevos Soles). La EMPRESA PRIVADA acepta y declara que el costo
total incluye todo concepto necesario para la completa y correcta
ejecucin del Proyecto, de acuerdo con lo detallado en las Bases. En
ese sentido, sin carcter limitativo, la EMPRESA PRIVADA deja
expresa constancia que dentro del costo total indicado estn
incluidos todos los conceptos mencionados en los Trminos de
Referencia que forman parte de las Bases y cualquier otro costo o
gasto necesario para la correcta y total ejecucin del PROYECTO
hasta su culminacin. Las variaciones o modificaciones que tenga el
PROYECTO durante la fase de inversin se incorporan al costo total
referencial de inversin, sujetndose a las disposiciones del SNIP,
conforme a lo establecido en el artculo 12 del Reglamento de la Ley
N 29230. El costo total de inversin no incluye indemnizaciones,
multas o sanciones y conceptos similares derivados de la ejecucin
del PROYECTO, los cuales debern ser asumidos por la EMPRESA
PRIVADA.
CLUSULA CUARTA: DEL PLAZO DE EJECUCIN DEL PROYECTO El plazo de
vigencia de Convenio es de doscientos cincuenta y cinco (255) das
calendario, el mismo que se computa desde el da siguiente de
suscrito el mismo. El plazo de ejecucin del PROYECTO se descompone
de la siguiente manera:
a) El plazo de elaboracin del Expediente Tcnico se fija en
sesenta (60) das calendario.
b) El plazo de ejecucin del PROYECTO se fija en ciento veinte
(120) das calendario, el mismo que empieza a regir desde el da
siguiente en que se cumplan las siguientes condiciones:
Que se tenga aprobado el Expediente Tcnico por LA ENTIDAD. Que
se designe la Entidad Privada Supervisora por parte de LA ENTIDAD;
y, Que LA ENTIDAD, haga entrega del terreno o se seale el lugar
donde se ejecutar el PROYECTO, en ambos casos el plazo ser exigible
siempre y cuando existan las condiciones para el inicio de la
ejecucin del PROYECTO.
c) Asimismo, LA EMPRESA PRIVADA cuenta con un plazo mximo de
sesenta (60) das
calendario, contados desde el da siguiente de la recepcin de la
Obra sin observaciones por parte de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
COLQUIOC, para elaborar el Expediente de Liquidacin de la obra, el
mismo que deber ser aprobado por LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
COLQUIOC, quien a su vez deber emitir la conformidad de obra, en un
plazo no mayor de quince (15) das calendario.
CLUSULA QUINTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONVENIO El presente
convenio est conformado por las Bases integradas, la oferta
ganadora1 y los documentos derivados del proceso de seleccin que
establezcan obligaciones para las partes, as como el Expediente
Tcnico de Obra y Expediente de Mantenimiento, cuando corresponda.
CLUSULA SEXTA: GARANTAS La EMPRESA PRIVADA entreg a la suscripcin
del convenio la respectiva garanta solidaria, irrevocable,
incondicional, sin beneficio de excusin, ni divisin y de realizacin
automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los
conceptos, importes y
1 La oferta ganadora comprende a las propuestas tcnica y
econmica del postor ganador de la Buena Pro.
-
vigencias siguientes: De fiel cumplimiento del convenio2: S/ a
travs de la GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO cuya Cantidad que es
equivalente al cuatro por ciento (4%) del Costo Total de Inversin.
La Carta Fianza deber ser renovada anualmente por un monto
equivalente al 4% del Costo Total de Inversin remanente cuya
ejecucin est pendiente.
La Garanta de Fiel Cumplimiento deber estar vigente por un ao
adicional a la correspondiente conformidad de recepcin por parte de
LA ENTIDAD. La renovacin de la Garanta de Fiel Cumplimiento despus
de la correspondiente conformidad de recepcin ser por un monto que
represente el 1% del Costo Total de Inversin y podr ser ejecutada
en caso se presenten deficiencias relacionadas con la ejecucin del
Proyecto materia del presente Convenio.
La Carta Fianza deber ser renovada dentro del plazo de quince
(15) das calendarios previos al trmino de su vigencia, en tanto se
encuentre pendiente el cumplimiento de obligaciones. De no
renovarse dentro de este plazo, LA ENTIDAD podr solicitar su
ejecucin.
La devolucin de esta garanta se realizar dentro de los diez (10)
das calendario, contados luego de transcurrido el ao adicional a la
correspondiente declaracin de conformidad por parte de LA
ENTIDAD.
CLUSULA STIMA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN LA
ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas ante el
incumplimiento de la EMPRESA PRIVADA de las obligaciones del
Convenio o si LA EMPRESA PRIVADA no hubiera llevado a cabo su
renovacin en caso de existir obligaciones cuyo cumplimiento est
pendiente.
CLUSULA OCTAVA: CONFORMIDAD DEL PROYECTO La conformidad del
Proyecto ser dada con la suscripcin del Acta de Recepcin,
siguindose el procedimiento establecido en el artculo 17 del
Reglamento y, cuando corresponda, ser aplicable el proceso
establecido en el artculo 19 del Reglamento.
CLUSULA NOVENA: SUPERVISIN DE LA EJECUCIN DEL PROYECTO
9.1 La Entidad Privada Supervisora, contratada por la Entidad
Pblica, efectuar la verificacin de la ejecucin del Proyecto y de
sus respectivas etapas, de ser el caso, conforme a lo establecido
en el Expediente Tcnico, en los trminos de referencia, en las BASES
y en la propuesta presentada por la EMPRESA PRIVADA, as como en el
Plan de Trabajo correspondiente. Asimismo, se dedicar al
seguimiento del cumplimiento del cronograma de avance de la
ejecucin del Proyecto por parte de la EMPRESA PRIVADA.
9.2 La Entidad Privada Supervisora deber dar la conformidad de
la calidad del Proyecto
tras la culminacin del mismo o a la culminacin de cada una de
las etapas del Proyecto, de ser el caso.
9.3 La Entidad Privada Supervisora del Proyecto asumir las
atribuciones que la
Municipalidad Distrital de Colquioc, determine en los trminos de
referencia y en las Bases del proceso de seleccin que dar mrito a
su contratacin con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su
Reglamento, copia de las cuales debern ser entregadas a la EMPRESA
PRIVADA.
9.4 El Municipalidad Distrital de Colquioc deber pronunciarse
sobre la conformidad de
recepcin del Proyecto o de cada una de las etapas del Proyecto
y/o de las actividades
2 La garanta de fiel cumplimiento deber ser emitida por una suma
equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto
total de inversin y tener vigencia hasta el consentimiento de la
liquidacin final. De manera excepcional, respecto de aquellos
Convenios que tengan una vigencia superior a un (1) ao, las
Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la
garanta de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) ao, con el
compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la
liquidacin final.
-
de mantenimiento ejecutadas por la EMPRESA PRIVADA de acuerdo a
las Bases y a los trminos del presente Convenio. Dichas
conformidades sern una condicin necesaria para la emisin de los
respectivos CIPRL y se tendr por otorgada para todos los efectos
legales si transcurrido el plazo legal no hubiera el
pronunciamiento del Municipalidad Distrital de Colquioc.
9.5 Las conformidades de recepcin y de calidad, debern ser
otorgadas ambas dentro de
un plazo no mayor de veinte (20) das hbiles siguientes a la
culminacin del Proyecto o de la etapa del Proyecto cuando
corresponda. Y la conformidad de las actividades de mantenimiento
deber realizarse en un plazo mximo de diez (10) das siguientes a la
culminacin de cada periodo de mantenimiento previsto en las Bases y
el presente Convenio.
CLUSULA DCIMA: DE LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES En el
cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 17.2 del artculo 17 del
Reglamento, la ENTIDAD designa a los funcionarios siguientes:
- Sub Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano Rural,
Responsable de la
recepcin del Proyecto y la conformidad de la calidad del
Proyecto.
- Gerente Municipal, Responsable de solicitar la emisin de los
CIPRL a la DGETP del MEF
- Asesor Contable responsable de la Planificacin y Presupuesto
de la
Municipalidad Distrital de Colquioc Colquioc, Responsable de
realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el
SIAF.
El incumplimiento de las funciones asignadas acarrea las
responsabilidades y sanciones respectivas, conforme a ley.
CLUSULA DCIMO PRIMERA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA PRIVADA La
EMPRESA PRIVADA, asume sus obligaciones conforme a las condiciones
tcnicas y econmicas previstas en las Bases, Propuesta Tcnica y
Econmica, Acta de Otorgamiento de la Buena Pro y el presente
Convenio.
CLUSULA DCIMO SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD La ENTIDAD
adems de las obligaciones establecidas en los Trminos de Referencia
y en las Bases que forman parte del presente Convenio, deber
cumplir con las obligaciones y responsabilidades que se establecen
en la Ley N 29230, su Reglamento y el presente Convenio.
CLUSULA DCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La
EMPRESA PRIVADA, declara bajo juramento ser responsable por la
calidad ofrecida de la obra, adems de las obligaciones establecidas
en los Trminos de Referencia de las Bases y el presente
Convenio.
Ni la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra, ni el
consentimiento de la liquidacin de obra, enervan el derecho de LA
ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios
ocultos.
El plazo mximo de responsabilidad de la EMPRESA PRIVADA es de
siete (07) aos.
CLUSULA DCIMO CUARTA: PENALIDADES La EMPRESA PRIVADA incurrir en
penalidad, sin perjuicio de lo establecido en las Bases que forman
parte del presente Convenio, cuando no haya concluido en la fecha
establecida los trabajos contemplados en el cronograma, previa
notificacin realizada por va notarial por parte de LA ENTIDAD con
quince (15) das hbiles de anticipacin.
La penalidad se genera automticamente por cada da calendario de
retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del
convenio, hasta alcanzar como monto mximo el equivalente al diez
por ciento (10%) del monto total de inversin pactado en el
-
convenio. En todos los casos, la penalidad se aplicar y se
calcular de acuerdo a la siguiente frmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en das Donde, F = 0.15
para plazos mayores a sesenta (60) das o; F = 0.40 para plazos
menores o iguales a sesenta (60) das.
Esta penalidad ser deducida con cargo a la ejecucin de la
Garanta de Fiel Cumplimiento del Convenio, sin perjuicio de que la
ENTIDAD exija el resarcimiento de los daos y perjuicios que se
produzcan, mediante la accin legal correspondiente, si fuese
necesario. La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto
por la Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, el Cdigo
Civil y dems normas aplicables, segn corresponda.
En caso que se llegase a cumplir el monto mximo de la penalidad
(10%), la ENTIDAD podr resolver el Convenio por incumplimiento
sujetndose al procedimiento establecido en el numeral 15.2 de la
Clusula Dcimo Quinta del presente Convenio
CLUSULA DCIMO QUINTA: RESOLUCIN DEL CONVENIO 15.1La ENTIDAD podr
resolver el Convenio por las causales siguientes:
a) Incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas
del presente Convenio,
legales o reglamentarias, a cargo de la EMPRESA PRIVADA, o de su
contratista ejecutor de la infraestructura del Proyecto, pese a
haber sido requerido para ello.
b) Cuando la EMPRESA PRIVADA no cuente con capacidad econmica o
tcnica para continuar con la ejecucin del Proyecto a su cargo, pese
a haber sido requerida para corregir tal situacin.
c) Cuando la EMPRESA PRIVADA haya llegado a acumular el monto
mximo de la penalidad, a que se refiere la Clusula precedente, en
la ejecucin y/o mantenimiento del Proyecto.
d) Cuando la EMPRESA PRIVADA haga abandono injustificado del
Proyecto y de su mantenimiento, de ser el caso.
e) Cuando la EMPRESA PRIVADA suspenda los trabajos por ms de
veinte (20) das calendario, sin autorizacin escrita de la entidad
privada supervisora o de la Municipalidad Distrital de
Colquioc.
f) Negligencia reiterada de parte de la EMPRESA PRIVADA o de su
contratista ejecutor de la infraestructura del Proyecto, en el
cumplimiento de las especificaciones, planos, instrucciones de la
entidad privada supervisora y de la Municipalidad Distrital de
Colquioc y otras obligaciones derivadas del presente Convenio.
g) Otras sealadas en la normatividad vigente. 15.2 Cuando se
presente cualquiera de las causales, la ENTIDAD cursar carta
notarial a la EMPRESA PRIVADA para que subsane el incumplimiento en
un plazo no mayor de quince (15) das calendario, bajo
apercibimiento de resolucin del Convenio. Si vencido dicho plazo el
incumplimiento contina, mediante Carta Notarial se resolver el
Convenio.
En tal supuesto, la ENTIDAD ejecutar la Garanta de Fiel
Cumplimiento del Convenio que la EMPRESA PRIVADA hubiera otorgado,
sin perjuicio de la indemnizacin por los daos y perjuicios
ulteriores que pueda exigir.
15.3 La EMPRESA PRIVADA podr resolver el Convenio en el supuesto
previsto en el penltimo prrafo del numeral 12.1 del artculo 12 del
Reglamento de la Ley N 29230. En este caso, la EMPRESA PRIVADA
resolver el Convenio mediante Carta Notarial cursada a la
Municipalidad Distrital de Colquioc, en un plazo no mayor de quince
(15) das hbiles contados desde la fecha en que tom conocimiento del
incremento en el monto.
-
15.4 El caso fortuito o fuerza mayor, conforme a lo dispuesto
por el artculo 1315 del Cdigo Civil, podr suspender o interrumpir
el plazo de ejecucin del Proyecto. CLUSULA DCIMO SEXTA: MARCO LEGAL
DEL CONVENIO Slo en lo no previsto en este convenio, en la Ley
N29230 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N005-2014-EF,
sern de aplicacin supletoria las disposiciones pertinentes de la
Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, as como el Cdigo
Civil vigente, cuando corresponda. En todo caso, el Convenio y
todas las obligaciones derivadas de l, se regirn por la legislacin
de la Repblica del Per. CLUSULA DCIMO STIMA: SOLUCIN DE
CONTROVERSIAS3 Todas las controversias que pudieran suscitarse
entre LA ENTIDAD y la EMPRESA PRIVADA referidas al cumplimiento,
ejecucin y/o interpretacin del presente Convenio sern resueltas en
lo posible por trato directo entre LA ENTIDAD y la EMPRESA PRIVADA
y sus representantes, conforme a las reglas de la buena fe y comn
intencin de las PARTES. De no llegar a ningn acuerdo, tanto la
ENTIDAD, como la EMPRESA PRIVADA, convienen que cualquier
controversia o reclamo que surja de, o se relacione con el
cumplimiento, ejecucin y/o interpretacin del presente Convenio, ser
resuelto de manera definitiva mediante arbitraje de derecho
conforme a las reglas del Centro de Conciliacin y Arbitraje de la
Cmara de Comercio de Lima, a cuyas normas ambas PARTES se someten
incondicionalmente, siendo de aplicacin supletoria el Decreto
Legislativo que norma el arbitraje. El laudo arbitral emitido
obligar a las PARTES y pondr fin al procedimiento de manera
definitiva, siendo el mismo inapelable, tiene el valor de cosa
juzgada y se ejecuta como una sentencia y es de obligatorio
cumplimiento desde su notificacin a las PARTES. CLUSULA DCIMO
OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIN DEL CONVENIO Las
partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las
notificaciones que se realicen durante la ejecucin del presente
Convenio: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: Jr. Ricardo Palma S/N
Chasquitambo, Distrito de Colquioc,
Provincia de Bolognesi, Departamento de Ancash. DOMICILIO DE LA
EMPRESA PRIVADA: . La variacin del domicilio aqu declarado de
alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte,
formalmente y por escrito, con una anticipacin no menor de quince
(15) das calendario. CLUSULA DCIMO NOVENA: LOS ANEXOS DE CONVENIO
19.1 Forman parte del CONVENIO los siguientes documentos: 19.1.1
Informe de declaracin de viabilidad del PROYECTO. 19.1.2 Las
Propuestas presentadas por la EMPRESA PRIVADA. 19.1.3 Las BASES del
Proceso de Seleccin Rgimen Especial N 01-2015-MPC/CE (Ley
N 29230), Convocatoria, incluyendo sus Terminos de Referencia, y
de haberlos tambin, los documentos de Absolucin de Consultas y
Aclaraciones a las BASES.
3 Podr adicionarse la informacin que resulte necesaria para
resolver las controversias que se susciten durante la
ejecucin del Convenio. Por ejemplo, para la suscripcin del
convenio y, segn el acuerdo de las partes podr establecerse que el
arbitraje ser institucional o ante el Centro de Conciliacin de la
Cmara de Comercio, debiendo indicarse el nombre del centro de
arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deber
indicarse si la controversia se someter ante un tribunal arbitral o
ante un rbitro nico.
-
19.1.4 El Acta de Adjudicacin de Buena Pro. 19.1.5 Perfil del
Proyecto de Inversin Pblica Viabilizado. 19.1.6 Expediente de
Solicitud de Informe Previo e Informe de Implementacin de
Recomendaciones al Informe Previo. 19.2 Para efectos de la
interpretacin del CONVENIO, primar lo dispuesto en el mismo,
en la Ley 29230 y su Reglamento y, en forma supletoria, los
Terminos de Referencia de las BASES. La propuesta presentada por la
EMPRESA PRIVADA y las BASES en dicho orden de prelacin.
CLUSULA VIGESIMA: AVANCES DEL PROYECTO
En la medida que el plazo de ejecucin del PROYECTO demanda un
plazo mayor de seis (06) meses, LA ENTIDAD y la EMPRESA PRIVADA
acuerdan emitir y entregar CIPRLs trimestrales por avance de obra,
ello de conformidad con lo establecido en el artculo 19 del
Reglamento.
Para tales efectos, LA ENTIDAD gestionar, de manera oportuna, la
obtencin de los siguientes documentos:
- Conformidad de recepcin y conformidad de la calidad respecto
del avance de obra
emitido por la entidad privada supervisora. - Informe del
funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de
la
prestacin efectuada. - Conformidad de calidad de Obra. (para la
etapa materia del CIPRL). - Acta de recepcin parcial de Obra
(Conformidad de la recepcin parcial, siempre y
cuando la seccin est terminada). - Registro en el Mdulo de Deuda
Direccin Nacional del Endeudamiento Pblico de la
Formalizacin de la Operatividad de Endeudamiento Interno. -
Registro SIAF SP. - Convenio de Inversin Pblica Regional y/o Local
con participacin del sector privado y
de ser el caso de la Addenda correspondiente. - Entre otros. De
acuerdo con las Bases, la propuesta tcnica y econmica y las
disposiciones del presente convenio, las partes lo firman por
duplicado en seal de conformidad en la ciudad de Chasquitambo al
[CONSIGNAR FECHA]. LA ENTIDAD LA EMPRESA PRIVADA
-
FORMATO SNIP 09
-
FORMULARIO N 11
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIN Chasquitambo, de enero de 2015
Seores: COMIT ESPECIAL PROCESO DE SELECCIN REGIMEN ESPECIAL N
01-2015-MDC/CE Presente.- [CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (EMPRESA
PRIVADA Y/O CONSORCIO)], N RUC, debidamente representado por su
[CONSIGNAR REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE EMPRESA PRIVADA O DEL
REPRESENTANTE COMN EN CASO DE CONSORCIO, AS COMO SU NOMBRE
COMPLETO], identificado con DNI N [], tenemos el agrado de
dirigirnos a ustedes, en relacin con el PROCESO DE SELECCIN REGIMEN
ESPECIAL N 01-2015-MDC/CE, a fin de acreditar a nuestro apoderado:
[CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI N [], quien
se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a
realizar todos los actos vinculados al proceso de seleccin. Para
tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente
del suscrito.
..... Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o comn, segn corresponda
IMPORTANTE: El presente formulario ser utilizado cuando el
representante legal de la Empresa
Privada o el representante comn del consorcio no concurra
personalmente al proceso de seleccin
-
ANEXO N 1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUIOC COMIT ESPECIAL LEY N
29230
PROCESO DE SELECCIN DE EMPRESAS PRIVADAS PARA EJECUTAR
PROYECTOS
EN EL MARCO DE LA LEY N 29230
CRONOGRAMA DEL PROCESO
Actividades
De
Hasta
1. Convocatoria y publicacin de Bases,
incluyendo el formato de Convenio
21-01-2015 21-01-2015
2. Recepcin de expresiones de inters de empresas (*)
22-01-2015 02-02-2015
3. Presentacin de consultas y observaciones a las Bases (**)
02-02-2015 02-02-2015
4. Absolucin de consultas y observaciones a las Bases
09-02-2015 09-02-2015
5. Integracin de Bases y su publicacin en el Portal
Institucional
10-02-2015 10-02-2015
6. Presentacin de Propuestas, a travs de los Sobre N1, 2 y
3.
18-02-2015 11:00 hrs 18-02-2015
7. Evaluacin y Calificacin de Propuestas Tcnica y Econmica
18-02-2015 18-02-2015
8. Resultados de la Evaluacin y Calificacin de las propuestas en
el Portal Institucional
18-02-2015 18-02-2015
9. Otorgamiento de la Buena Pro 18-02-2015 18-02-2015
10. Suscripcin del Convenio entre la Entidad Pblica y la Empresa
Privada (en cuanto se haya completado la documentacin
respectiva)
19-02-2015 02-03-2015
*En la oficina del Comit Especial Ley N 29230, ubicadas en el
Jr. Ricardo Palma S/N Chasquitambo Colquioc Bolognesi - Ancash, en
el siguiente horario: 9:00 a 5:00p.m. **Por escrito en las Oficinas
del Comit Especial Ley N 29230, ubicadas en en el Jr. Ricardo Palma
S/N Chasquitambo Colquioc Bolognesi - Ancash, en el siguiente
horario: 9:00 a 5:00p.m.
-
ANEXO N 2
BANCOS LOCALES AUTORIZADOS PARA EMITIR LAS GARANTAS ESTABLECIDAS
EN LAS BASES
Las garantas debern ser emitidas por empresas que se encuentren
bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y autorizadas para
emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de
bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el
Banco Central de Reserva del Per BANCO DE CREDITO DEL PERU BBVA
BANCO CONTINENTAL BANCO INTERNACIONAL DEL PERU SA.-INTERBANK BANCO
SCOTIABANAK BANCO FINANCIERO HSBC BANK BANCO INTERAMERICANO DE
FINANZAS-BIF BANCO CITIBANK BANCO SANTANDER PERU S.A. MIBANCO-
BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. BANCO WIESE SUDAMERIS S.A. DEUTSCHE
BANK
-
ANEXO N 3
TERMINOS DE REFERENCIA
1. CARACTERSTICAS DEL PROYECTO El proyecto se encuentra
localizado en la localidad Chasquitambo, Distrito de Colquioc,
Provincia de Bolognesi Ancash, SNIP N 294748. Actualmente la Ficha
SNIP04 cuenta con Registro de Viabilidad, cuenta con el Formato
SNIP 09. 2. DE