BASES DEL CONCURSO DE AGRUPACIONES DE CARNAVAL PUENTE GENIL - 2020
BASES DEL CONCURSO DE
AGRUPACIONES DE CARNAVAL
PUENTE GENIL - 2020
Bases Concurso Carnaval 2020
El Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil a través de la Delegación de Festejos, convoca
el Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas de Puente Genil 2020, con arreglo a
las siguientes Bases:
CAPÍTULO I.- CLASES DE AGRUPACIONES PARTICIPANTES Las Agrupaciones que se inscriban para participar en el Concurso, serán encuadradas en
los dos grupos que a continuación se detallan, y deberán cumplir las normas que se
estipulan en éstas bases. Artículo 1. COMPARSAS. 1.1. Definición: Agrupaciones carnavalescas que interpretan su repertorio de manera
obligada a dos cuerdas de voces. Estarán formadas por un mínimo de 12 componentes y
un máximo de 18 (siendo esta clasificación inamovible). 1.2. Acompañamiento: Pueden acompañar musicalmente sus interpretaciones con
bombo, caja, tres guitarras españolas y pitos de “caña”. Cuando el tipo lo requiera podrá
usar otros instrumentos pero solamente en la presentación, popurrí y estribillo
1.3. Repertorio: Estará compuesto de presentación, 2 pasodobles, 2 cuplés con sus
respectivos estribillo, y popurrí.
Artículo 2. CHIRIGOTAS. 2.1. Definición: Agrupaciones formadas por un mínimo de 9 componentes y un máximo de
14 (siendo esta clasificación inamovible).
2.2. Acompañamiento: Pueden acompañar musicalmente sus interpretaciones con
bombo, caja, dos guitarras españolas y pitos de “caña”.
Cuando el tipo lo requiera podrá usar otros instrumentos pero solamente en la
presentación, popurrí y estribillo.
2.3. Repertorio: Estará compuesto de presentación, 2 pasodobles, 2 cuplés con su
repertorio, estribillo y popurrí.
Artículo 3. SUPLENTES. 3.1. Todas las agrupaciones podrán inscribir además un máximo de 2 suplentes.
3.2. Los cambios podrán realizarse en los descansos entre piezas, nunca cuando ya se
esté cantando alguna pieza del repertorio.
3.3. El incumplimiento de las normas de suplencia será penalizado como falta grave.
Artículo 4. FIGURANTES. Son aquellas personas que pueden estar en el escenario durante la interpretación del
repertorio de la Agrupación, sin cantar, hablar ni reproducir sonidos con instrumentos u
otros elementos. El incumplimiento de las normas de figuración acarrea la descalificación
de la agrupación.
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CAPITULO II. INSCRIPCIÓN Y REPERTORIO
Artículo 5. INSCRIPCIÓN.
5.1 Podrán participar en el concurso cuantas agrupaciones lo deseen, en las modalidades
de Comparsa y Chirigota, siempre que lo soliciten en el plazo establecido, en el modelo
oficial y ateniéndose a todo lo dispuesto en las presentes bases, siendo el número
máximo de agrupaciones inscritas admitidas de 8.
La solicitud de inscripción deberá acompañarse de un currículum de la Agrupación. En el
caso de que hubiera más agrupaciones inscritas de las previstas por la Organización, se
tendrá en cuenta en primer lugar el currículum presentado por las Agrupaciones
valorando, en segundo lugar se valorará positivamente a las Agrupaciones que
manifiesten la intención de participar del desfile de Carnaval de Puente Genil y en tercer
lugar el orden de inscripción. Las Agrupaciones de Puente Genil tendrán preferencia en la
inscripción. Solo participarán aquellas Agrupaciones que se encuentren inscritas en
tiempo y forma.
5.2 La inscripción debe realizarse en el modelo oficial facilitado por la Delegación de
Festejos del Ayuntamiento de Puente Genil (Anexo 1),-boletín de inscripción
cumplimentando todos sus apartados.
Para dar validez a la inscripción en el concurso, además del Anexo I, cada agrupación
debe adjuntar obligatoriamente la siguiente documentación:
a) Fotocopia D.N.I. del Representante Legal y/o en su caso fotocopia del C.I.F.
de la asociación o entidad que realiza la inscripción.
b) Fotocopia D.N.I. de todos los componentes de la Agrupación.
c) Currículo de la Agrupación para poder conocer la trayectoria de la agrupación por
parte de la Organización.
d) Anexo I: Boletín de Inscripción.
e) Anexo II: Autorización para asociaciones y entidades.
f) Anexo III: Ficha identificativa de la agrupación (completa).
g) Anexo IV: Datos bancarios.
La documentación deberá presentarse en plazo al Registro General del Ayuntamiento de
Puente Genil, por sede electrónica en catálogo de trámites - 0093 registro de entrada -
realizar trámite, para lo cual es imprescindible estar en posesión de certificación digital.
5.3 El Plazo de inscripción comienza el día de su publicación en la página web de este
Ayuntamiento y finalizará el día 31 de enero de 2020
5.4 Para cualquier consulta pueden dirigirse al teléfono 957609161.o a través de correo
electrónico [email protected]
5.5 Una vez cerrado el plazo de inscripción no se permitirá el cambio de modalidad o
título, excepto por la duplicidad de nombre entre dos agrupaciones en la misma edición,
en ese caso será obligatorio cambiar de título.
5.6 Se recomienda la entrega de libreto de letras.
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5.7 Cada grupo deberá contar obligatoriamente con la figura del Representante. Esta
persona (o aquella en quien delegue) será portavoz de la Agrupación ante los órganos
competentes y la organización del concurso. Artículo 6. TIPO Y REPERTORIO 6.1. TIPO: Se define como tipo tanto el título o nombre de la Agrupación como el disfraz
que se utilice y la puesta en escena de ésta.
En caso de que más de una Agrupación presente el mismo nombre, se aceptará la
primera inscrita, debiendo las demás notificar a la organización su nuevo nombre.
6.2. REPERTORIO: El Repertorio estará compuesto y se interpretará en el
siguiente orden:
Presentación, pasodoble, cuplés con sus respectivos estribillos y popurrí.
El repertorio será original en cuanto a música y letra, a excepción de la presentación y
popurrí que podrá ser libre en música.
CAPÍTULO III.- EL JURADO.
Artículo 7. COMPOSICIÓN DEL JURADO
7.1. Se establece un Jurado compuesto por: Presidente/a, Secretario/a y un máximo de
3 vocales. Todos los miembros del Jurado atenderán al sentido de confidencialidad que
requiera el cargo.
PRESIDENTE/A El nombramiento del/la Presidente/a del Jurado será designado por el Alcalde a propuesta
de la Delegación de Festejos del Ayuntamiento de Puente Genil.
Las funciones del/la presidente/a serán:
Cumplir y hacer cumplir las presentes bases del concurso.
Convocar y presidir el Jurado en todas las reuniones necesarias para el buen
desarrollo del concurso.
Actuar con voz y voto.
Elegir al resto de miembros del Jurado
SECRETARIO/A El Secretario/a será designado por el/la presidente/a, de entre vocales que componen
el Jurado. Las funciones del Secretario/a serán:
Dar fe de cuantos documentos fueran necesarios.
Levantar acta de las posibles incidencias del concurso.
Conocer con todo rigor las bases del concurso.
Auxiliar al Presidente/a en el exacto cumplimiento de las bases.
Efectuar, con el/la Presidente/a, el recuento de puntuaciones otorgadas a las Agrupaciones.
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VOCALES
Serán designados por el/la Presidente/a Tendrán voz y voto. La relación de candidatos
seleccionados como vocales se hará pública, como máximo, el día de celebración del
sorteo para el orden de actuaciones, con objeto de que cualquier agrupación de carnaval
pueda recusar dichos nombramientos por causa legítima. La organización resolverá en el
plazo de los tres días siguientes.
Al comienzo de la actuación de cada Agrupación, los vocales del Jurado recibirán del
Secretario/a las fichas de puntuaciones, que una vez cumplimentadas serán
devueltas obligatoriamente al mismo al término de la actuación de cada una de las
Agrupaciones.
Artículo 8. INCOMPATIBILIDADES DEL JURADO
8.1. Ser representante legal, autor, o componente de alguna Agrupación que concurse.
8.2. Ser familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos y
nietos) y afinidad (padres, hijos, hermanos y nietos del cónyuge) de algún componente de
cualquier agrupación que concurse.
Artículo 9. ACTUACIONES Y DELIBERACIONES DEL JURADO
9.1 El jurado quedará constituido oficialmente con la presencia del presidente/a y al
menos uno de los/las vocales.
9.2 Todas las deliberaciones del jurado tendrán carácter secreto. Una vez finalizada la
actuación de todas las Agrupaciones, el/la Presidente/a reunirá a todo el Jurado para
deliberar y determinar los premios en base a las puntuaciones obtenidas. El/la
Secretario/a realizará el recuento de puntos y elaborará el acta final con los premios
designados. Será obligatorio exponer las puntuaciones al público y medios de
comunicación, así como en un plazo de 48 horas por la web del Ayuntamiento para
conocimiento general. El fallo será inapelable, siempre y cuando se ajuste a lo
establecido en estas bases.
9.3. En ningún caso los miembros del jurado podrán prejuzgar o censurar letras, salvo en
aquellos casos en los que el jurado considere VIOLENCIA VERBAL (Insultos, ofensas,
palabras hirientes o calumnias).
CAPITULO IV SORTEO DEL CONCURSO
Artículo 10. SORTEO DEL CONCURSO.
10.1 El sorteo para fijar el orden de actuación para la final se realizará el día 3 de febrero
a las 13`00 h. en el Salón de actos de la Casa Ciudadana del Ayuntamiento de Puente
Genil (Parque de los Pinos). La organización permitirá el cambio entre Agrupaciones
siempre y cuando se realicen al menos 48 horas antes del comienzo de la función, dichos
cambios se harán con el consentimiento y aprobación de los representantes legales de
las Agrupaciones interesadas y se informe a la organización del concurso
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CAPITULO V. ACTUACIONES DE LAS AGRUPACIONES
Artículo 11. FASES DEL CONCURSO
11.1 El concurso solo constará de una fase (fase final) con 8 agrupaciones que se
celebrará el día 16 de febrero de 2020 con comienzo a las 16 horas del citado día hasta
su finalización, en el Teatro Circo de Puente Genil (Calle Jesús s/n).
Las agrupaciones participantes deberán estar en el Teatro con, al menos, media hora de
antelación a su intervención. Las dos primeras agrupaciones intervinientes de cada
modalidad deberán estar a las 15,30 horas en el Teatro La entrada al teatro circo para
todos los asistentes será gratuita y hasta completar aforo.
Los descansos serán los previstos por la Organización.
Artículo 12. DESARROLLO DEL CONCURSO. Las agrupaciones contarán con un máximo de TREINTA minutos de tiempo de actuación
en escena, a contar desde el comienzo de la interpretación con la presentación al final de
la interpretación del popurrí.
Las agrupaciones cuentan con un máximo de 10 minutos para efectuar el montaje de las
escenografías y otros 10 minutos para el desmontaje, que coincidirá con el desmontaje de
la agrupación anterior y el montaje de la siguiente.
Las agrupaciones durante su interpretación en escena, así como su estancia en el lugar
de celebración del concurso, deberán comportarse con la debida compostura y respeto
hacia el público, hacia las demás Agrupaciones y hacia los miembros del Jurado, y
deberán presentarse con 30 minutos de antelación al comienzo de la actuación. En caso
de incumplimiento la organización podrá penalizar o descalificar a la Agrupación.
Respecto a la actuación las Agrupaciones habrán de atender a las instrucciones del
regidor de escena, teniendo en cuenta los tiempos establecidos por este para el montaje y
desmontaje de forillos y atrezzo.
En caso de utilizar elementos escénicos de gran volumen o complejidad, se
recomienda contactar con la organización para hacerlos llegar al teatro en los días previos
a la actuación, pudiendo incluso hacer pruebas y mediciones de ubicación, evitando así
imprevistos indeseables.
Se ruega a las Agrupaciones no intenten acceder al teatro antes de una hora del
comienzo de su función, así como abandonar el teatro como máximo veinte minutos
después de la actuación para que las siguientes agrupaciones en actuar puedan tener su
camerino libre. También es de recibo avisar a las Agrupaciones de que el Teatro dispone
de cuatro camerinos, pero alguno de ellos no posee demasiada amplitud, no obstante
desde la organización se intentará cuadrar a las agrupaciones con mayor necesidad de
espacio en los camerinos más espaciosos.
El incumplimiento de las obligaciones y limitaciones temporales que se establecen en los
puntos anteriores podrá ser objeto de sanción conforme se recoge en el apartado
correspondiente a faltas y sanciones de las presentes bases. Para el control de los
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tiempos fijados, la organización instalará los medios técnicos
idóneos para que el Jurado pueda controlar que las prescripciones en cuanto a
limitaciones temporales se cumplen rigurosamente por las Agrupaciones.
Artículo 13. ACTUACIONES EN EL CONCURSO.
13.1. El/la Presidente/a del Jurado, entregará los impresos de votación a cada Vocal y la
primera Agrupación podrá iniciar su actuación. Los/las Vocales y el/la Presidente/a del
Jurado puntuarán en las casillas correspondientes, según su criterio personal, y con los
límites indicados en el artículo 14 sobre puntuaciones.
13.2. En ningún caso los miembros del Jurado podrán prejuzgar, censurar letras, prohibir
actuaciones, excepto en el caso en que por causa justificada decidan descalificar a
alguna Agrupación.
13.3. Una vez finalizada la actuación de la Agrupación, y debidamente rellenas las casillas
de votación, los vocales entregaran las fichas de votación al Presidente debidamente
firmadas, quien comprobará si se han rellenado correctamente y se entienden los
guarismos. Las fichas permanecerán en su poder no entregándose a ningún Vocal del
Jurado, hasta el momento de proceder al cómputo de puntuaciones.
13.4. Tanto las puntuaciones como las deliberaciones del Jurado, tienen carácter secreto,
y los miembros del mismo se abstendrán de hacerlas públicas.
Artículo 14. PUNTUACIONES.
Los miembros del Jurado puntuarán de la siguiente manera:
COMPARSAS.
Presentación 0 a 10 10
Pasodobles 0 a 20 x 2 40
Cuplés 0 a 9 x 2 18
Estribillos 0 a 3 x 2 6
Tipo 0 a 6 6
Popurrí 0 a 20 20
Total 100
CHIRIGOTAS.
Presentación 0 a 10 10
Pasodoble 0 a 10 x 2 20
Cuplés 0 a 18 x 2 36
Estribillo 0 a 4 x 2 8
Tipo 0 a 6 6
Popurrí 0 a 20 20
Total 100
Todos los miembros del Jurado, a excepción del secretario que actuará con voz y sin
voto, deben puntuar obligatoriamente. Las puntuaciones se realizarán por cada uno de los
miembros del Jurado. La suma de los puntos de cada uno de los miembros del Jurado
dará la puntuación total.
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Artículo 15. PUBLICACIÓN DE PUNTUACIONES
Una vez finalizado el concurso a los siete días se publicarán las puntuaciones
oficiales de todas las agrupaciones participantes.
Artículo 16. PREMIOS.
Se establecen los siguientes premios:
El Ayuntamiento de Puente Genil, Delegación Municipal de Festejos, en recuerdo y
homenaje a una de las personas que más han apostado por mantener vivo el Carnaval de
Puente Genil, y que trágicamente nos dejó en 2017, quiere nombrar los primeros premios
del concurso con su nombre, y así constará en los Diplomas que se entreguen a la
Chirigota y a la Comparsa ganadoras.
COMPARSAS:
PRIMER PREMIO:
PREMIO HOMENAJE A JOSÉ MANUEL DELGADO “CAPÓN”: 1000€ Y DIPLOMA
SEGUNDO PREMIO: 500€ Y DIPLOMA·
TERCER PREMIO: 300€ Y DIPLOMA
ACCESIT: 100€ Y DIPLOMA
CHIRIGOTAS:
PRIMER PREMIO:
PREMIO HOMENAJE A JOSÉ MANUEL DELGADO “CAPÓN”: 1000€ Y DIPLOMA
SEGUNDO PREMIO: 500€ Y DIPLOMA
TERCER PREMIO: 300€ Y DIPLOMA
ACCESIT: 100€ Y DIPLOMA
El premio se ingresará exclusivamente a nombre del representante a efectos fiscales de
la agrupación, en la cuenta bancaria aportada en la inscripción. Y estará sujeto a las
retenciones e impuestos que determine la legislación vigente.
PAGO DE LOS PREMIOS: Los premios serán abonados a sus ganadores una vez
aprobado y consiguiente entrada en vigor del presupuesto municipal del
Ayuntamiento de Puente Genil para 2020.
Artículo 18. ACLARACIONES SOBRE PREMIOS
Los Premios podrán ser declarados desiertos, si a juicio del Jurado, las
interpretaciones de las Agrupaciones no reuniesen los méritos suficientes.
No será obligatorio para los premiados en este Concurso de Carnaval acudir al desfile de
Carnaval.
Todas las Agrupaciones, están invitadas a participar en el desfile de Carnaval de Puente
Genil, que celebraremos el domingo día 23 de febrero a las 17:00 h con salida desde la
Plaza Ricardo Molina. Continuando por avenida Manuel Reina, Susana Benítez, Parejo y
Cañero hasta llegar al patio del colegio Compañía de María en torno a las 18:30 h, dónde
cada Agrupación interpretará 4 coplas de su repertorio.
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La Organización podrá modificar las presentes Bases, cuando las circunstancias así lo
aconsejen.
La mera participación de las Agrupaciones supone la aceptación de las presentes Bases y
de las decisiones del Jurado, que serán inapelables.
Artículo 19. FALTAS Y SANCIONES.
El Jurado del concurso es el órgano competente para aplicar los procedimientos
sancionadores que afecten al ámbito del concurso. Durante el concurso, el incumplimiento
de alguna de las normas del mismo será entendido como falta, que por su gravedad será
considerada y sancionada como sigue:
19.1 FALTAS LEVES
- Superar el tiempo de montaje y desmontaje de forillos y atrezzos, siendo la
sanción la reducción del 5% de la suma total de la puntuación.
- Interpretar los cuplés sin engarzar, siendo la sanción del 20% de la suma total
obtenida por la puntuación de los cuplés y estribillos.
- Superar el tiempo máximo de actuación en menos de 5 minutos, siendo la sanción
la reducción del 10% de la suma total de la puntuación.
19.2 FALTAS GRAVES
- Superar el tiempo máximo de actuación en más de cinco minutos, siendo la
sanción la reducción del 25% de la suma total de la puntuación.
- Alterar el orden de interpretación del repertorio, la sanción será la reducción del
20% del total de la puntuación obtenida.
- Infringir lo relativo a la utilización de voces e instrumentos musicales, siendo la
sanción la reducción del 20% del total de la puntuación obtenida.
19.3 FALTAS MUY GRAVES
- No estar presentes el número mínimo de componentes según modalidad 15
minutos antes del comienzo de la actuación.
- Infringir lo relativo a los figurantes, cuando estos canten.
- La infracción en lo relativo al número de componentes.
- Exceder en más de diez minutos el tiempo de actuación.
- Las agrupaciones que infrinjan lo relativo a los repertorios. Omitir alguna
composición.
- Dirigirse al público o a los miembros del jurado en tono grosero o despectivo.
- Alterar el orden público sobre el escenario o dentro del teatro donde se desarrolla
el concurso.
En el caso de las faltas muy graves, la sanción será la descalificación inmediata del
concurso. En este caso, el Presidente del Jurado podrá ordenar la bajada del
telón de inmediato. Igualmente el Jurado podrá inhabilitar hasta cinco años a las
agrupaciones que incumplan el apartado de faltas muy graves.
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Artículo 20. NOTIFICACIÓN DE SANCIONES.
Las sanciones se comunicarán por escrito por parte de el/la Secretario/a al representante
legal de la Agrupación que cometa la falta, dentro de las 24 horas siguientes a la
detección de la infracción. Igualmente y en el mismo plazo se hará pública la misma.
Artículo 21. COMPETENCIAS DE LA ORGANIZACIÓN
- Velará por el cumplimiento de la presente normativa sobre el concurso.
- Se encargará de anunciar las fechas de inscripción para el concurso.
- Se encargará de organizar el registro de las agrupaciones inscritas al concurso.
- Deberá anunciar públicamente las agrupaciones inscritas al concurso una vez
finalizado el plazo.
- Vigilará que no se produzcan repeticiones de "Títulos" en las inscripciones.
Caso de producirse aceptará el primer inscrito y comunicará el debido cambio de
nombre a la otra agrupación implicada.
- Realizará el sorteo del orden de actuación de las agrupaciones.
- Reconocerá la figura del representante legal de las agrupaciones y estará en continuo
contacto con él para informarle de cualquier cosa.
- Podrá realizar una reorganización de los premios en caso de no completar el número
de agrupaciones totales.
- Se encargará de que el Teatro esté abierto al menos una hora antes del comienzo de
la función.
- Deberá disponer como mínimo de: un técnico de sonido e iluminación, personal a la
entrada del teatro, personal para el control de camerinos (asignar camerinos, atender
a las agrupaciones…) personal para control de forillos y decorados. Todos ellos
tendrán que conocer todas y cada una de sus función para evitar pormenores durante
el desarrollo del concurso.
- Nombrar a los miembros del Jurado.
- Hacer pública la relación completa del jurado una vez el presidente lo haya nombrado.
- Entregar los premios a las agrupaciones al término de la final.
- Vigilará, estudiará y se pronunciará sobre las posibles incompatibilidades de los
miembros del jurado.
- La retirada inmediata de la Agrupación que haya cometido una falta muy grave
durante el desarrollo del concurso.
- Potestad para sancionar con hasta cinco años sin participar en el concurso a aquellas
agrupaciones que hayan cometido una falta muy grave durante el desarrollo del
concurso (esta norma incluye a componentes, autores y representante)
- Realizará el pago de los premios a las agrupaciones en un plazo máximo de dos
meses a la finalización del concurso.
- La luminotecnia y sonido será aportada e instalada por la organización.
Artículo 22. ACREDITACIÓN DE AUTOR
La organización reconocerá a efectos oficiales y de acreditación un autor por agrupación.
La acreditación es personal e intransferible, no pudiéndose ceder a ningún otro miembro
de la agrupación o fuera de ella y es válida para acceder a cualquier parte del teatro,
además, también se puede acceder al patio de butacas. Cada agrupación en el Anexo I
deberá indicar claramente quién a va a ser el autor autorizado.
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Artículo 23. DISPOSICIÓN FINAL
El incumplimiento de estas bases, así como la no observación de cualquiera de las
normas establecidas en ellas podrá ser objeto de su total descalificación, e incluso de
la pérdida de parte o todo el premio conseguido.
En caso de surgir algún problema o anomalía a lo largo del desarrollo del concurso, que
no estuviese contemplado en las presentes bases, solo y exclusivamente la organización
del concurso tendrá potestad para decidir una solución oportuna, siempre en beneficio del
concurso, previa consulta con el jurado.
La organización podrá establecer normas procedimentales que permitan el desarrollo del
concurso, en caso de ser necesario y que complementen estas bases.
La participación en el concurso implica la aceptación íntegra de las presentes bases, cuya
interpretación corresponde única y exclusivamente a la organización del concurso.
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NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: FIRMA
CORREO:
ANEXO I – BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN
1. DATOS DE LA AGRUPACIÓN
NOMBRE DE LA AGRUPACIÓN:
MODALIDAD:
AÑO ANTERIOR:
LOCALIDAD: PROVINCIA:
2. REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: CORREO:
DOMICILIO:
* Obligatorio adjuntar DNI del Representante Legal.
3. DIRECTOR
NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: CORREO:
4.- AUTOR ACREDITADO:
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NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: FIRMA
CORREO:
NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: FIRMA
CORREO:
5. AUTOR/ES DE LA MÚSICA
AUTOR 1 - DENOMINACIÓN DE LA COMPOSICIÓN:
AUTOR 2: DENOMINACIÓN DE LA COMPOSICIÓN:
NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: FIRMA
CORREO:
AUTOR 3: DENOMINACIÓN DE LA COMPOSICIÓN:
NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: FIRMA
CORREO:
6. AUTOR/ES DE LA LETRA
AUTOR 1: DENOMINACIÓN DE LA COMPOSICIÓN:
NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: FIRMA
CORREO:
AUTOR 2: DENOMINACIÓN DE LA COMPOSICIÓN:
NOMBRE:
DNI: TELÉFONO: FIRMA
CORREO:
AUTOR 3: DENOMINACIÓN DE LA COMPOSICIÓN:
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ANEXO II – AUTORIZACIÓN PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES
La asociación sin ánimo de lucro “
”
Con CIF y domicilio social en
calle_ nº de la localidad de ,
autoriza verse representada en el Concurso Oficial de Agrupaciones de Carnaval de Puente
Genil 2020 por la agrupación denominada “___________________________________________
___________________________________________” en la modalidad de __________________
(Se adjunta fotocopia del CIF de la Asociación).
Fdo. Presidente de la Asociación Sello de la Asociación
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ANEXO III – FICHA DE LA AGRUPACIÓN
NOMBRE DE LA AGRUPACIÓN:
MODALIDAD: LOCALIDAD:
1. DATOS GENERALES
Nombre Director: DNI:
Nombre R. Legal: DNI:
Autores letra: DNIS:
Autores música: DNIS:
2. COMPONENTES DE LA AGRUPACIÓN
Nº NOMBRE DNI VOZ/INSTRUMENTO 1 2 3 4 5 6 7 8 9
10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20
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3. FIGURANTES
Nº NOMBRE DNI VOZ/INSTRUMENTO 1 2 3 4 5 6 7 8 9
10 11 12 13 14 15
4. MAQUILLADORES/AS
Nº NOMBRE DNI VOZ/INSTRUMENTO 1 2 3 4
5. MONTADORES Y LUCES
Nº NOMBRE DNI VOZ/INSTRUMENTO 1 2 3
Firma del Representante Legal Firma del Director
E S
ANEXO IV– DATOS BANCARIOS PARA TRANSFERENCIAS DE PREMIOS
DATOS DEL ACREEDOR:
NOMBRE: DNI/CIF
DOMICILIO: LOCALIDAD: TFONOS DE CONTACTO: 1.- 2.-
EMAIL: NOMBRE DE LA AGRUPACIÓN:
ALTA DE DATOS BANCARIOS
N. C. ENTIDAD SUCURSAL D.C. NÚMERO DE CUENTA
BIC / SWIFT
A CUMPLIMENTAR POR LA ENTIDAD DE CRÉDITO:
CERTFICA: A petición de la persona o entidad reflejada en Datos de Acreedor (y a efectos del pago en cuenta de los importes que a la misma vaya a ordenar el Ayuntamiento de Puente Genil), la existencia de la cuenta referenciada en Alta de Datos Bancarios, abierta a nombre del titular que figura en el apartado Datos del Acreedor.
POR LA ENTIDAD DE CRÉDITO (Sello de la entidad bancaria)
En , a de_____________ de 202__.
EL REPRESENTANTE LEGAL