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GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Ao de la promocin de la Industria
Responsable y del Compromiso Climtico
PROCESO DE SELECCIN RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230) N
002-2014-GRA/CE II CONVOCATORIA
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
COMIT ESPECIAL LEY N 29230
BASES ADMINISTRATIVAS PROCESO DE SELECCIN DE LA EMPRESA PRIVADA
PARA EL
FINANCIAMIENTO Y EJECUCIN DE PROYECTO DE INVERSIN PBLICA
II CONVOCATORIA
PROCESO DE SELECCIN
RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230) N 002-2014-GRA/CE
FINANCIAMIENTO Y EJECUCIN DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL
SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE
RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN,
DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI
- REGIN ANCASH CODIGO SNIP N 241274
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PROCESO DE SELECCIN RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230) N
002-2014-GRA/CE II CONVOCATORIA
INDICE
1. OBJETO Y CARACTERSTICAS DEL PROCESO DE SELECCIN PBLICO 1.1
Objeto del Proceso de Seleccin 1.2 Terminologa y Definiciones 1.3
Marco legal del Proceso de Seleccin 1.4 Facultades del Comit
Especial y del Gobierno Regional de Ancash 2. GENERALIDADES DEL
PROCESO 2.1 Representante Legal 2.2.1 Designacin y Facultades 2.2.2
Formalidades del Poder del Representante Legal 2.2 Circulares 2.3
Lmites en la Responsabilidad por Informacin Suministrada 2.3.1
Decisin Independiente de los Postores 2.3.2 Limitacin de
Responsabilidad 2.3.3 Aceptacin del Postor 2.4 Proyecto del
Convenio 3. ETAPAS DEL PROCESO 3.1 Convocatoria 3.2 Expresin de
Inters 3.3 Formulacin y Absolucin de Consultas 3.4 Presentacin de
Propuestas, Apertura de Sobres y Evaluacin de Propuestas 3.5
Presentacin de los Sobres N 1, N 2 y N 3 y Apertura de los Sobres N
1 y N 2 3.6 Apertura del Sobre N 3 4. PROYECTOS DE INVERSIN PBLICA
CON PARTICIPACIN DEL SECTOR PRIVADO. 5. PROCESO DE SELECCIN
DESIERTO 6. PRESENTACIN DEL RECURSO DE APELACIN 7. GARANTAS 8.
SUSCRIPCIN DEL CONVENIO - FECHA DE CIERRE 9. AVANCES DEL PROYECTO
10. LIQUIDACIN DEL PROYECTO 11. VIGENCIA DEL CONVENIO 12.
JURISDICCIN Y COMPETENCIA 13. DISPOSICIONES FINALES
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FORMULARIOS Formulario N 1: Modelo de Declaracin Jurada Promesa
Formal de Consorcio. Formulario N 2: Modelo de Declaracin Jurada
sobre la Composicin de Empresas y Postores. Formulario N 3: Modelo
de Declaracin Jurada de Sujecin a las Bases. Formulario N 4: Modelo
de Carta de Declaracin de Estados Financieros y Tcnicos. Formulario
N 5: Modelo de Garanta de Fiel Cumplimiento Formulario N 6: Modelo
de Carta de Presentacin de la Oferta Econmica. Formulario N 7:
Modelo de Garanta de Apelacin contra la Adjudicacin de la Buena
Pro. Formulario N 8: Compromiso de Contratacin de Constructor.
Formulario N 9: Declaracin Jurada respecto al Contrato de Ejecucin
del Proyecto. Formulario N10: Proyecto de Convenio. Formulario N
11: Carta de Acreditacin ANEXOS Anexo 1: Cronograma del Proceso de
Seleccin. Anexo 2: Relacin de Bancos Locales Autorizados para
Emitir las Garantas establecidas en las Bases. Anexo 3: Trminos de
Referencia. Anexo 4: Contenido de los Sobres. Anexo 5: Metodologa
de Calificacin de la Propuesta Tcnica y Econmica. Anexo 6: Estudio
de Preinversin que sustenta la Declaratoria de Viabilidad del
Proyecto. Anexo 7: Definiciones. Anexo 8: Disponibilidad del
terreno. Anexo 9: Documentos que sustenten el costo de los estudios
de Preinversin Anexo 10: Cronograma tentativo de ejecucin
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1. OBJETO Y CARACTERSTICAS DEL PROCESO DE SELECCIN
1.1. Objeto del Proceso de Seleccin El objeto del Proceso es
seleccionar a la(s) Empresa(s) Privada(s) que se encarguen del
financiamiento, ejecucin del proyecto priorizado denominado
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU -
CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN,
PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN ANCASH CODIGO SNIP N 241274 (en
adelante el Proyecto), en el marco de la Ley N 29230 Ley que
Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con Participacin del
Sector Privado y su Reglamento, conforme a los Trminos de
Referencia (Anexo N 3) y al estudio de preinversin que sustenta la
declaratoria de viabilidad del Proyecto a ejecutar en el Sistema de
Inversin Pblica - SNIP (Anexo N 6).
Podrn participar Empresas Privadas en consorcio, sin que ello
implique crear una persona jurdica diferente. Para tal efecto, ser
necesario acreditar la existencia de una promesa formal de
consorcio, la que se perfeccionar antes de la suscripcin del
Convenio.
1.2. Terminologa y Definiciones
Toda mencin a clusula(s), numeral(es), inciso(s), formulario(s)
o anexo(s), se entender referida a los de las presentes Bases,
salvo indicacin expresa de lo contrario. Los encabezados slo son
utilizados a efecto referencial.
Los trminos consignados en estas Bases tendrn los significados
que se indican en el Anexo N 7 (Definiciones).
1.3. Marco Legal del Proceso de Seleccin
Ley N 27867, Ley Orgnica de Gobiernos Regionales, y sus
modificatorias. Ley N 29230, Ley que Impulsa la Inversin Pblica
Regional y Local con
Participacin del Sector Privado, y sus modificatorias. Decreto
Supremo N 005-2014-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N
29230,
Ley que Impulsa la Inversin Pblica Regional y Local con
Participacin del Sector Privado.
Decreto Legislativo N 1017 Ley Contrataciones del Estado.
Decreto Supremo N 184-2008-EF Reglamento de la Ley de
Contrataciones del
Estado. Directivas OSCE. Ley N 27806 Ley de Transparencia y
Acceso a la Informacin Pblica. Cdigo Civil vigente. Acuerdo de
Consejo Regional N 09-2014-GRA/CR de fecha 06 de Febrero del
2014
y Acuerdo de Consejo Regional N 075-2014-GRA/CR de fecha 08 de
Mayo del 2014, mediante el cual se prioriz el Proyecto de Inversin
Pblica MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL
TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN,
PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN ANCASH CODIGO SNIP N 241274 para ser
ejecutado en el marco de la Ley N 29230.
Resolucin Ejecutiva Regional N 433-2014-GRA/PRE, de fecha 12 de
Setiembre de 2014, mediante la cual se design a los miembros del
Comit Especial (en adelante el Comit) encargado del proceso de
seleccin de la empresa que financiar y se encargar de ejecutar el
Proyecto en el marco de la Ley N 29230.
Resolucin Ejecutiva Regional N 518-2014-GRA/PRE, de fecha 24 de
Setiembre de 2014 mediante la cual el Presidente Regional aprob las
Bases del Proceso de Seleccin de la empresa que financiar y se
encargar de la ejecucin el Proyecto en el marco de la Ley N
29230.
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Las referidas normas incluyen sus modificatorias, de ser el
caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la
especialidad de las normas previstas en las presentes Bases
1.4. Facultades del Comit Especial
1.4.1. Conforme al Reglamento de la Ley N 29230 y la Resolucin
Ejecutiva Regional
N 433-2014-GRA/PRE de fecha 12 de Setiembre de 2014, el COMIT se
encargar de la organizacin y ejecucin del proceso de seleccin,
hasta el otorgamiento de la Buena Pro o cancelacin del proceso, de
ser el caso, siendo competente para elaborar las Bases y someterlas
a su aprobacin, convocar al proceso, absolver consultas y
observaciones, integrar las Bases, evaluar las propuestas, otorgar
la Buena Pro y todo acto que sea necesario para el desarrollo del
proceso de seleccin, hasta el otorgamiento de la Buena Pro. Es el
rgano autorizado para promover, programar, dirigir, regular,
modificar, supervisar, controlar y dictar las disposiciones que
resulten pertinentes o que estime necesarias para la ejecucin del
proceso y resolver todo lo que no se encuentre previsto en las
Bases o en las normas legales aplicables.
1.4.2. El COMIT puede prorrogar los plazos mencionados en estas
Bases; asimismo, en cualquier momento y sin expresin de causa,
puede suspender o dejar sin efecto el presente Proceso de Seleccin,
an luego de adjudicada la buena pro y hasta antes de la fecha
prevista para el cierre, si as lo estimare conveniente, sin
incurrir en responsabilidad alguna como consecuencia de ello.
1.4.3. La sola presentacin de una oferta de un Postor, no obliga
al COMIT a aceptarla. La sola presentacin de su expresin de inters
por parte del Postor, implica la aceptacin y sometimiento
incondicional por parte de ste, a lo dispuesto en las presentes
bases y todos sus documentos ampliatorios o modificatorios.
1.4.4. Salvo lo expresamente establecido en sentido contrario en
estas Bases, con relacin al presente Proceso de Seleccin, las
decisiones del COMIT, del Gobierno Regional de Ancash o de
cualquier rgano del Gobierno Regional en relacin con este Proceso,
son definitivas, no darn lugar a indemnizacin de clase alguna y no
son susceptibles de impugnacin en el mbito administrativo, judicial
o arbitral. En consecuencia, por la sola participacin en el Proceso
de Seleccin. Las personas que estn comprendidas bajo los alcances
de estas Bases renuncian a interponer cualquier recurso de
impugnacin contra tales decisiones.
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2. GENERALIDADES DEL PROCESO
2.1. Representante Legal
2.1.1. Designacin y Facultades Cada Postor podr designar hasta
dos representantes legales para que lo representen, conjunta o
individualmente, conforme a lo dispuesto en este numeral, con
domicilio y telfono establecidos, en lo posible, en la ciudad de
Huaraz o Independencia, as como su direccin de correo electrnico y
documento nacional de identidad vigente.
Esta(s) persona(s) deber(n) contar con facultades
suficientemente amplias para obligar y representar al Postor en
todos los actos o asuntos relacionados con el presente Proceso de
Seleccin. Es decir, que el representante pueda presentar la Carta
de Expresin de Inters, los Sobres N 1, 2 y 3 ante el COMIT,
responder en nombre del Postor todas las preguntas que el COMIT
formule, recibir circulares y cualquier documento que emita el
COMIT, firmar, en nombre y representacin de su poderdante, todos
los documentos que as requieran las Bases, incluyendo
especficamente la facultad de formular y suscribir los formularios
de presentacin de las propuestas y suscribir el Convenio de
Inversin Pblica Regional.
En caso que el Postor sea un Consorcio, la designacin deber ser
efectuada a travs de los representantes legales de los integrantes
del Consorcio que cuenten con facultades para ello. Facultades que
debern acreditarse con la copia legalizada notarial del poder. Los
poderes de los representantes legales de los integrantes del
Consorcio debern observar las mismas formalidades que los poderes
del representante legal del Postor de acuerdo a las presentes
Bases.
Las notificaciones dirigidas al Postor se efectuarn remitindolas
a cualquiera de los representantes legales, mediante:
a) Correo Electrnico o Facsmil, con confirmacin de transmisin
completa
expedida por el destinatario de la comunicacin respectiva a
travs de otro correo electrnico o facsmil, en cuyo caso se entender
recibida en la fecha que se complete la transmisin del
remitente.
b) Por carta entregada por mensajera o por conducto notarial, en
cuyo caso se
entender recibida la notificacin en la fecha de su entrega,
entendindose en estos casos, por bien efectuada y eficaz cualquier
notificacin realizada en el domicilio sealado por el representante
legal.
c) Los documentos presentados en los Sobres N1, 2 y 3 y, en
general, todos los documentos que un Postor presente en el Proceso
de Seleccin debern estar firmados por el representante legal de
quien presente dichos documentos, encontrndose debidamente
facultado para ello, conforme a los numerales 2.1.1 y 3.5.5 de las
Bases.
2.1.2. Formalidades del poder del Representante Legal
Los poderes otorgados, nicamente debern constar por escritura
pblica o en copia certificada notarialmente del rgano societario
correspondiente por el cual se otorgan. Sin embargo, a la fecha de
cierre, el adjudicatario de la buena pro deber acreditar la
inscripcin en los Registros Pblicos correspondiente, de los poderes
de ste.
El poder mediante el cual se nombra al representante legal deber
contener las facultades de representacin respectivas y ser
presentado en el Sobre N 1.
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El nombramiento de un nuevo representante legal slo entrar en
vigor a partir de la fecha en que el COMIT reciba los documentos
que acrediten debidamente este hecho.
2.2. Circulares
Si el COMIT considerara necesario aclarar, modificar o
complementar las Bases, emitir una Circular, que ser remitida a
todos los postores, dirigida a los representantes legales y enviada
al domicilio sealado. Las circulares emitidas por el COMIT integran
las presentes Bases, siendo jurdicamente vinculantes para todos los
postores; y sern publicadas en la Pgina Web del Gobierno Regional
de Ancash
2.3. Lmites en la responsabilidad por informacin
suministrada
2.3.1. Decisin independiente de los postores
Todos los Postores debern basar la decisin de presentar o no sus
propuestas tcnicas y econmicas, en funcin a sus propias
investigaciones, estudios, exmenes, inspecciones, visitas,
entrevistas y otros. En tal sentido, es obligacin y responsabilidad
de cada uno de ellos revisar y evaluar las caractersticas
particulares del proyecto y adoptar las decisiones que consideren
pertinentes, a su propio y entero riesgo.
2.3.2. Limitacin de responsabilidad
El Estado Peruano, el Gobierno Regional Ancash y el COMIT, no
garantizan, ni expresan implcitamente, la totalidad, integridad,
fiabilidad o veracidad de la informacin, verbal o escrita, que se
suministre a los efectos de o dentro del Proceso de Seleccin. En
consecuencia, ninguna de las personas que participen en el Proceso
de Seleccin, podr atribuir responsabilidad a cualquiera de las
partes mencionadas o a sus representantes, agentes o dependientes,
por el uso que pueda darse a dicha informacin o por cualquier
inexactitud, insuficiencia, defecto, falta de actualizacin o por
cualquier otra causa no expresamente contemplada en este
numeral.
2.3.3. Aceptacin del Postor La sola presentacin de la expresin
de inters por parte del representante y/o apoderado legal de la
Empresa o Consorcio, implica el pleno conocimiento, aceptacin y
sometimiento incondicional a todo lo establecido en las Bases, las
mismas que tienen jurdicamente carcter vinculante para aqullos, as
como su renuncia irrevocable e incondicional, de la manera ms
amplia que permitan las leyes aplicables, a plantear, ante
cualquier fuero o autoridad, cualquier accin, reclamo, demanda,
denuncia o solicitud de indemnizacin contra el Estado Peruano o
cualquier dependencia, organismo, funcionario o empleado de ste; el
Gobierno Regional, sus integrantes y asesores.
2.4. Proyecto de Convenio
Los trminos y condiciones bajo los cuales se regir el
financiamiento y ejecucin del Proyecto, se fijarn en el proyecto de
convenio que forma parte integrante de las presentes Bases.
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3. ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN
3.1. Convocatoria La convocatoria del presente proceso de
seleccin es publicada por nica vez en el Diario Oficial El Peruano
y en otro de circulacin regional/local, as como en la Pgina Web del
Gobierno Regional de Ancash y en la Pgina Web de PROINVERSIN. Las
Bases sern publicadas en la web del Gobierno Regional Ancash y los
interesados pueden obtenerlas previo registro de sus datos y correo
electrnico.
3.2. Expresin de Inters
A efectos de poder participar en el Proceso de Seleccin, las
empresas privadas de manera individual o en consorcio, a travs de
su representante y/o apoderado legal, debern presentar su expresin
de inters al COMIT, conforme al modelo adjunto al documento de
Convocatoria, dentro del plazo de diez (10) das hbiles siguientes a
la fecha de publicacin de la Convocatoria, en la Mesa de Partes del
Gobierno Regional de Ancash - en el Campamento Vichay Bajo S/N.,
Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz - Regin Ancash.
3.3. Formulacin y Absolucin de Consultas y Observaciones
Las consultas y observaciones a las Bases, se realizarn en
idioma espaol, por escrito, va fax o correo electrnico, dentro del
mismo plazo previsto en el Cronograma para presentar las
expresiones de inters.
Las consultas y observaciones solo podrn ser presentadas por
quienes hayan presentado su expresin de inters, dirigidas al COMIT,
especficamente:
Seor Presidente del Comit Especial - Ley N 29230 Domicilio Legal
: Campamento Vichay Bajo S/N., Distrito de
Independencia, Provincia de Huaraz Nombre de la Entidad :
Gobierno Regional de Ancash RUC N : 20530689019 Telfono : (043)
424937 Correo electrnico : [email protected] Pgina Web :
www.regionancash.gob.pe.
Asimismo, las empresas privadas participantes en el proceso de
seleccin podrn solicitar la aclaracin a cualquier punto de las
Bases o plantear solicitudes respecto de ellas, a travs de
consultas.
Las respuestas del COMIT, a las solicitudes de aclaracin,
consultas y observaciones que se efecten, podrn modificar o ampliar
las Bases, pasando a formar parte de las mismas; y sern dadas a
conocer mediante circular a todos los participantes del proceso.
Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por falta de
consultas u observaciones, no podr ser invocado como causal de
apelacin.
3.4. Integracin de las Bases
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del
proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones,
aclaraciones, precisiones y/o modificaciones producidas como
consecuencia de la absolucin de las consultas y observaciones.
Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en
ninguna otra va ni modificadas de oficio por autoridad
administrativa alguna, bajo responsabilidad.
El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en
consideracin los siguientes plazos:
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002-2014-GRA/CE II CONVOCATORIA
Seores Gobierno Regional de Ancash Direccin: Campamento Vichay
Bajo S/N, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz Att. Comit
Especial Ley N29230 Proceso Seleccin RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230)
N 002-2014-GRA/CE Objeto del Proceso.- Seleccin de la Empresa que
financiar y se encargar de la ejecucin del proyecto: MEJORAMIENTO
DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN
LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE
BOLOGNESI - REGIN ANCASH CODIGO SNIP N 241274 SOBRE N 1:
CREDENCIALES NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE FOLIOS DE
C/EJEMPLAR (..)
a) Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente
de vencido el plazo para formularlas.
b) Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
concluido el plazo de
la absolucin de consultas y observaciones a las Bases.
Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el portal institucional de la Entidad,
conforme lo establecen los numerales 10.6.2 y 10.7.2 del artculo 10
del Reglamento, segn corresponda.
3.5. Presentacin de Propuestas, Apertura de Sobres y Evaluacin
de Propuestas
3.5.1. Las propuestas se entregan en tres sobres: Sobre 1
Credenciales, Sobre N
2:Propuesta Tcnica y Sobre N3: Propuesta Econmica, cuyos
contenidos se describen en el Anexo N4.
Las propuestas slo podrn ser presentadas por la Empresa Privada
o Consorcio que haya presentado su expresin de inters en la
ejecucin del Proyecto.
La Empresa Privada podr presentar sus propuestas por medio de su
representante legal acreditado con copia simple del documento
registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su
apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el
representante legal, a la que se adjuntar el documento registral
vigente que consigne la designacin del representante legal,
expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario
a la presentacin de propuestas. (Formulario N 11) En el caso de
consorcios, las propuestas pueden ser presentadas por el
representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por
ste, conforme a lo siguiente:
a) En el caso que el representante comn del consorcio presente
la propuesta, ste
debe presentar copia simple de la promesa formal de
consorcio.
b) En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3.5.2. Los sobres debern ser presentados al COMIT, cerrados y
claramente marcados
en el anverso, indicando el nmero de sobre que le corresponde,
as como el nombre del postor, en cada uno de ellos, con los
siguientes rotulados:
SOBRE N 1: CREDENCIALES
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Seores Gobierno Regional de Ancash Direccin: Campamento Vichay
Bajo S/N, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz Att. Comit
Especial Ley N29230 Proceso Seleccin RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230)
N 002-2014-GRA/CE Objeto del Proceso.- Seleccin de la Empresa que
financiar y se encargar de la ejecucin del proyecto: MEJORAMIENTO
DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN
LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE
BOLOGNESI - REGIN ANCASH CODIGO SNIP N 241274 SOBRE N 2: PROPUESTA
TECNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR
(..)
Seores Gobierno Regional de Ancash Direccin: Campamento Vichay
Bajo S/N, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz Att. Comit
Especial Ley N29230 Proceso Seleccin RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230)
N 002-2014-GRA/CE Objeto del Proceso.- Seleccin de la Empresa que
financiar y se encargar de la ejecucin del proyecto: MEJORAMIENTO
DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN
LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE
BOLOGNESI - REGIN ANCASH CODIGO SNIP N 241274 SOBRE N 3: PROPUESTA
ECONMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DE POSTOR N DE FOLIOS DE C/EJEMPLAR
(..)
SOBRE N 2: PROPUESTA TCNICA SOBRE N 3: PROPUESTA ECONMICA
3.5.3. Los documentos debern ser presentados en idioma espaol,
salvo que excepcionalmente el COMIT admita la presentacin en otro
idioma. En caso de adjuntarse folletos o catlogos redactados en
otro idioma y siendo los mismos no exigidos en las Bases, el COMIT
podr solicitar al postor su traduccin al Espaol. Si existiera
alguna discrepancia entre los textos en diferentes idiomas de
cualquier documento, prevalecer el texto en espaol.
3.5.4. Toda la informacin presentada en los sobres deber ser
legible y foliada en forma correlativa y rubricada en cada folio
por el Representante Legal acreditado del Postor, debidamente
facultado para tal efecto. Asimismo, se deber incluir una relacin
detallada de todos los documentos incluidos en cada sobre.
3.5.5. La documentacin contenida en los sobres deber ser
presentada en original y una copia simple, marcadas como Original,
y Copia 1 en la primera pgina, debiendo cada juego ser foliado
correlativamente y firmado por el Representante Legal.
3.5.6. El Postor ser responsable por los costos o gastos
directos e indirectos en que incurra relacionados con la preparacin
de los sobres. El Estado Peruano o cualquier dependencia oficial o
funcionario involucrado, el Gobierno Regional de Ancash, el COMIT,
no sern responsables en ningn caso por dichos costos, cualquiera
sea la forma en que se realice el Proceso de Seleccin.
3.5.7. En caso de existir discrepancia entre una cifra expresada
en nmeros y otra cifra expresada en letras, prima la expresada en
letras.
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3.5.8. Cada documento presentado por el Postor tendr el carcter
de declaracin jurada. Si el COMIT, detectara alguna falsedad o
fraude en los documentos presentados, se le descalificar, sin
perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar. Asimismo, se
le podr ejecutar la Garanta de Fiel Cumplimiento del Convenio, si
la falsedad o fraude se detectara despus de firmado el convenio,
sin perjuicio de rescindir o resolver la relacin contractual.
3.6. Presentacin de los Sobres N 1, N 2 y N 3 y Apertura de los
Sobres N1, N 2 y N3
En caso que una nica Empresa Privada presente su expresin de
inters en la ejecucin del Proyecto y se seguir el procedimiento
siguiente:
3.6.1. La presentacin de los sobres N 1, N 2 y N 3 se llevar a
cabo ante el COMIT,
el(los) da(s) previsto(s) en el Cronograma del presente Proceso
de Seleccin, a la hora y lugar establecidos. El COMIT otorgar hasta
treinta minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el
cumplimiento del acto.
Despus del plazo sealado, no se admitir la entrega de documentos
adicionales, ni la modificacin de las propuestas presentadas.
3.6.2. Si al momento de la evaluacin del Sobre N 1, los
documentos requeridos
adolecen de defecto subsanable, a criterio del COMIT, que
implica un error no sustancial, el COMIT proceder a comunicar al
Postor para que en el plazo de (2) dos das subsane los defectos
incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera subsanado la
deficiencia el Postor quedar automticamente descalificado y se le
devolver sus sobres N2 y N3 sin abrir. Se consideran nicamente como
defectos subsanables, los siguientes casos:
- Falta de Foliado - Falta de Sello - Falta de Firma
- Falta de fotocopias (nicamente en el ejemplar denominado como
Copia 1).
3.6.3. El Sobre N 2 que no incluya lo solicitado en el Anexo N 4
de las Bases, invalidar la Propuesta Tcnica y ser devuelto al
Postor con el Sobre N 3, este ltimo sin abrir.
3.6.4. La evaluacin de la propuesta y verificacin de que los
documentos presentados
por el postor cumplen con los requisitos legales, tcnicos y
econmicos establecidos en las Bases del presente proceso de
seleccin, ser realizada por el COMIT dentro de los dos (2) das
siguientes de presentada la misma, a la hora y lugar que comunicar
a travs de circular. Si dicha evaluacin y verificacin resulta
favorable, el COMIT proceder a la adjudicacin directa mediante el
otorgamiento de la Buena Pro luego de culminada la evaluacin y
verificacin, levantndose el acta respectiva. La Buena Pro queda
consentida con su otorgamiento.
3.6.5. No ser considerada como una propuesta econmica vlida,
aquella en la que el
monto de inversin propuesto exceda en ms del diez (10) por
ciento (%) del costo total referencial de la inversin, o sea menor
en ms del diez (10) por ciento (%) con respecto al costo total
referencial de la inversin establecido en los Trminos de Referencia
(Anexo N 3) y con el cual se convoc el proceso. En caso que ms de
una Empresa Privada presente su expresin de inters en la ejecucin
del Proyecto, se seguir el procedimiento siguiente:
3.6.6. La presentacin de los sobres N 1, N 2 y N 3 se llevar a
cabo ante el COMIT,
en presencia de Notario Pblico o Juez de Paz cuando en la
localidad no hubiere
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el primero, el da previsto en el Cronograma del presente Proceso
de Seleccin, a la hora y lugar que oportunamente se comunicar a los
postores mediante circular. El COMIT otorgar hasta treinta (30)
minutos de tolerancia a partir de la hora fijada para el
cumplimiento del acto pblico. Culminado dicho plazo, se proceder a
dar inicio al acto con los Postores que se encuentren presentes.
Despus del citado plazo, no se admitir la participacin de ms
postores ni la entrega de documentos adicionales, ni la modificacin
de las propuestas presentadas.
3.6.7. El Presidente del COMIT o su alterno, iniciar el acto de
recepcin de sobres e
invitar a los postores a entregar los sobres correspondientes.
Una vez que los postores hayan hecho entrega de sus sobres, en
presencia de Notario Pblico, se proceder a la apertura y
verificacin de la documentacin contenida en el Sobre N 1, en el
mismo orden en que fueron presentados. El Notario Pblico visar al
margen de los documentos presentados. Si se encuentra que algn
documento necesario no ha sido incluido, de acuerdo al Anexo N 4,
el Postor quedar automticamente descalificado y se le devolver sus
Sobres N 2 y N 3 sin abrir.
3.6.8. Si al momento de la evaluacin del Sobre N 1, alguno de
los documentos
requeridos adolece de defecto subsanable, a criterio del COMIT,
que implica un error no sustancial, el COMIT proceder a comunicar
al Postor para que en el plazo que se le indique subsane los
defectos incurridos. Si venciera dicho plazo sin que se hubiera
subsanado la deficiencia, el Postor quedar automticamente
descalificado y se le devolver sus sobres N 2 y N 3 sin abrir.
Se consideran nicamente como defectos subsanables, los
siguientes casos:
- Falta de Foliado - Falta de Sello - Falta de Firma
- Falta de fotocopias (nicamente en el ejemplar denominado como
Copia 1).
3.6.9. Luego se proceder a la apertura del Sobre N2 de los
postores cuyos Sobres N 1 hayan sido declarados aptos. El Notario
Pblico, visar al margen los documentos presentados y el COMIT
proceder a su revisin. En el mismo acto, el Notario Pblico proceder
a firmar y sellar el Sobre N 3, que pasarn a su custodia hasta su
apertura. Se levantar un acta de lo acontecido, que ser suscrita
por los miembros del COMIT, el Notario Pblico y los postores que as
lo deseen.
3.6.10. Los Sobres N 2 que no incluyan lo solicitado en el Anexo
N 4 de las Bases, invalidarn la Propuesta Tcnica y sern devueltos
al Postor con el Sobre N 3, este ltimo sin abrir.
3.6.11. A fin de facilitar el examen, verificacin y comparacin
de datos y requisitos del
Sobre N 2, el COMIT podr solicitar a cualquier Postor que aclare
la informacin contenida en la Propuesta Tcnica del Sobre N 2
mediante escrito. La solicitud de aclaracin y la respuesta
correspondiente se har por escrito hasta el plazo que se le
indique, bajo apercibimiento de quedar excluido de la
evaluacin.
3.6.12. El presidente del COMIT o su alterno, anunciar la
relacin de los postores que
fueron declarados aptos luego de haberse evaluado la propuesta
tcnica y que por tanto pasan a la etapa siguiente del proceso de
seleccin.
Luego, se proceder a devolver los Sobres N 3 sin abrir, a los
Postores cuyos puntajes de la Propuesta Tcnica no hubiesen
alcanzado el puntaje mnimo de (60) sesenta puntos, los mismos que
quedarn descalificados.
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3.6.13. Acto seguido, el Notario Pblico proceder a abrir el
Sobre N 3 de los postores aptos, uno por uno, en el mismo orden en
que fueron recibidos, establecindose el orden de mritos final de la
evaluacin y, procedindose a adjudicar la Buena Pro, levantndose el
acta correspondiente.
3.6.14. El COMIT calificar las propuestas tcnicas y econmicas de
acuerdo al Anexo
N 5 (Metodologa de calificacin de las propuestas Tcnicas y
Econmicas)
3.6.15. En el supuesto de empate entre dos o ms postores, los
postores que empataron tendrn un plazo de (2) dos das hbiles para
presentar una nueva oferta econmica, la que no podr ser de un monto
mayor al inicialmente presentado.
Las nuevas ofertas debern presentarse en un nuevo Sobre N3
cerrado, cumpliendo con las mismas formalidades establecidas para
la presentacin de la Oferta Econmica. El procedimiento del acto
pblico para la presentacin de las nuevas ofertas econmicas estar
sujeto a los mismos trminos y condiciones de la oferta econmica
original.
3.6.16. No ser considerada como una Propuesta Econmica vlida,
aquella en la que
el monto de inversin propuesto exceda en ms del diez por ciento
(10%) del costo total referencial de la inversin, o sea menor en ms
del diez por ciento (10%) con respecto al costo total referencial
de la inversin establecido en los Trminos de Referencia (Anexo N 3)
y con el cual se convoc el proceso.
4. PROCESO DE SELECCIN DESIERTO El proceso de seleccin ser
declarado desierto, cuando no se hubiese presentado expresiones de
inters o cuando no quede vlida o no se presente ninguna
propuesta.
En caso de no presentarse ninguna propuesta o que el proceso de
seleccin se declare desierto por cualquier razn, el COMIT podr
convocar a un nuevo proceso de seleccin.
5. RECURSO DE APELACIN
5.1. A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos
dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la
convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del
convenio, conforme a lo establecido en el numeral 10.8 del artculo
10 del Reglamento.
El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto en todos
los casos por el Consejo Directivo de PROINVERSIN.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la
nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el
Consejo Directivo de PROINVERSIN.
Dicho recurso deber presentarse por escrito debidamente
sustentado, dentro de los ocho (08) das hbiles siguientes de
otorgada la Buena Pro.
Ningn recurso de apelacin se considerar vlidamente interpuesto y
carecer de todo efecto, si el Postor no cumple los plazos
estipulados o no adjunta necesariamente la Garanta para la Apelacin
a que hace referencia el numeral 7.3 dentro del mismo plazo sealado
anteriormente.
5.2. El Consejo Directivo de PROINVERSIN resolver el Recurso de
Apelacin dentro del
plazo mximo de siete (7) das hbiles de admitido el mismo.
5.3. En caso se declare fundado en todo o en parte el Recurso de
Apelacin, el Gobierno Regional de Ancash devolver la Garanta para
la Apelacin al postor respectivo, no generando intereses a su
favor. En ese caso, se comunicar a todos los postores la
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modificacin del resultado de evaluacin y el nuevo resultado de
la adjudicacin de la buena pro, de ser el caso, con lo que queda
finalizado el proceso de seleccin y se proceder a devolver las
respectivas cartas fianzas.
5.4. En caso se declare infundado o improcedente el Recurso de
Apelacin, o an si el postor desistiera de presentarlo, la Garanta
para la Apelacin que se menciona en el Numeral 7.3 ser
ejecutada.
6. GARANTAS
6.1. Las garantas sern cartas fianzas bancarias que debern ser
extendidas conforme a los modelos indicados en los Formularios N 5
y N 7 segn corresponda, por uno o ms bancos locales sealados en el
Anexo 2.
En el caso de consorcio, es necesario que la carta fianza que se
emita mencione expresamente a todas y cada una de las empresas
privadas que lo conforman.
6.2. La Garanta de Fiel Cumplimiento ascender al monto de S/.
376,701.97 (Son:
Trescientos Setenta y Seis Mil Setecientos Uno con 97/100 Nuevos
Soles), equivalente al 4% del costo total de la inversin y deber
mantenerse vigente durante el plazo y en las condiciones
establecidas en el Convenio, con el objeto de asegurar el
cumplimiento de las obligaciones de la Empresa Privada. Esta
garanta ser entregada con los documentos requeridos para la firma
del Convenio, conforme al Formulario 5.
La Garanta de Fiel Cumplimiento, estar vigente por un ao
adicional a la correspondiente conformidad de recepcin por parte
del Gobierno Regional de Ancash, y ser devuelta previa renovacin de
la Garanta de Fiel Cumplimiento por un monto que represente el 1%
del costo total referencial de la Inversin.
6.3. La Garanta para la Apelacin ascender a S/. 282,526.48 (Son:
Doscientos Ochenta y
Dos Mil Quinientos Veintisis con 48/100 Nuevos Soles),
(equivalente al 3% del costo total de la inversin) y deber
mantenerse vigente al menos por (30) treinta das hbiles, contados
desde su fecha de emisin, la cual deber ser en fecha similar a la
interposicin del recurso de apelacin. Cualquier incumplimiento de
las obligaciones recogidas en las presentes Bases o generadas a
partir del proceso de seleccin en cuestin dar lugar a la ejecucin
de la garanta correspondiente, sin perjuicio de las
responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar.
7. SUSCRIPCIN DEL CONVENIO - FECHA DE CIERRE
7.1. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el
otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (07) das hbiles
siguientes, el postor ganador deber presentar al Gobierno Regional
de Ancash la documentacin para la suscripcin del convenio prevista
en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (03) das hbiles
siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir
a la Entidad para suscribir el Convenio, en el lugar y hora que se
indicar por circular y se llevar a cabo, cuando corresponda, ante
Notario Pblico, quien certificar los actos a que se refiere el
numeral siguiente.
7.2. En la Fecha de Cierre el adjudicatario entregar al Gobierno
Regional de Ancash, los siguientes documentos:
7.2.1. Presentacin por parte del adjudicatario de la
documentacin que acredite la
inscripcin en la Oficina Registral correspondiente de los
poderes de sus representantes legales, que suscribieron las
propuestas y suscribirn el Convenio.
7.2.2. Para el caso de Consorcio deber presentar los poderes de
sus Representantes Legales inscritos en los registros
correspondientes y la copia legalizada del
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documento constitutivo del Consorcio, que estn acordes a lo
sealado en la declaracin jurada del Formulario N1.
7.2.3. Garanta de Fiel Cumplimiento de Convenio, segn Formulario
N 5 y de acuerdo con el Numeral 6.2 de las Bases.
7.2.4. Si fuera el caso, la empresa o consorcio adjudicatario de
la Buena Pro deber presentar el Contrato debidamente suscrito con
la Constructora, cumpliendo con las condiciones establecidas en las
Bases.
7.2.5. La presentacin por parte del Adjudicatario que suscriba
el Convenio, respecto de la empresa y los integrantes del consorcio
y de la constructora, segn sea el caso, de la constancia de no
estar inhabilitado para participar en procesos de seleccin ni para
contratar con el Estado que emite el OSCE. Este requisito no es
obligatorio para el Adjudicatario o Empresa Privada si su giro de
negocios no es la construccin, pero s es obligatorio, para la
empresa constructora o socia.
7.3. Siempre que el adjudicatario haya entregado los documentos
antes sealados, en la fecha
de Cierre se le entregar al adjudicatario un ejemplar del
Convenio debidamente firmado por el Representante Legal del
Gobierno Regional de Ancash o quien ste delegue.
7.4. Si el adjudicatario no cumple oportunamente con entregar
los documentos a que se refieren los prrafos precedentes o no se
presenta a firmar el Convenio, el COMIT podr, a su sola discrecin,
otorgar un plazo adicional para su entrega o revocar la Buena Pro y
adjudicrsela al Postor que qued en segundo lugar, y as
sucesivamente. Si el COMIT opta por la revocatoria, ejecutar la
Garanta de Fiel Cumplimiento. Asimismo, se dispondr la ejecucin de
la referida garanta si se detectara que el adjudicatario brind
informacin inexacta a travs de los documentos presentados durante
el Proceso de Seleccin.
8. AVANCES DEL PROYECTO
De conformidad con el artculo 19 del Reglamento, en caso de
Proyectos cuya ejecucin demande plazos mayores de seis (06) meses,
se podr realizar la entrega de los CIPRL, trimestralmente, por
avances de obra, de acuerdo a los criterios y etapas del Proyecto,
que sern establecidos en el convenio que se suscriba y conforme al
expediente tcnico de obra. Para efectos de la emisin de los CIPRL
por avance de obra, la Entidad deber contar con la siguiente
documentacin:
1. Conformidad de Calidad de Obra. (Para la Etapa materia del
CIPRL). 2. Informe del funcionario responsable del rea usuaria
emitiendo su conformidad de la
prestacin efectuada. 3. Acta de Recepcin de Obra (Conformidad de
la recepcin) (Para la Etapa materia del
CIPRL). 4. Registro en el Mdulo de Deuda-Direccin Nacional del
Endeudamiento Pblico de la
Formalizacin de la Operatividad de endeudamiento interno. 5.
Registros SIAF-SP. 6. Convenio de Inversin Pblica Regional con
participacin del sector privado y de ser el
caso la Adenda correspondiente..
Los criterios para el avance fsico del Proyecto, deber guardar
relacin con el Expediente Tcnico de obra.
El Gobierno Regional de Ancash deber determinar los criterios
para definir las etapas del Proyecto. En el respectivo Convenio que
se suscriba con la Empresa Privada se sealar, de comn acuerdo, cada
una de las etapas para la entrega de los CIPRL.
9. LIQUIDACIN DEL PROYECTO
El procedimiento para la liquidacin de obra que deber
observarse, es el que es regulado por las normas supletorias
aplicables y compatibles a este proceso.
No proceder la liquidacin mientras existan controversias
pendientes de resolver.
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Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuada la
emisin del CIPRL, culmina el convenio y se cierra el expediente
respectivo.
10. VIGENCIA DEL CONVENIO El convenio tiene vigencia desde el da
siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que
la liquidacin quede consentida y se emita el CIPRL
correspondiente.
11. JURISDICCIN Y COMPETENCIA
Las presentes bases y los documentos que las integran se regirn
e interpretarn de acuerdo a las leyes peruanas. Los postores y el
adjudicatario, se someten y aceptan irrevocablemente la jurisdiccin
y competencia de los jueces y tribunales de la ciudad de Huaraz,
para los conflictos que pudiesen suscitarse con respecto a estas
bases.
12. DISPOSICIONES FINALES
En caso que no se contraponga a la naturaleza, objeto y
finalidad de la Ley N29230 y su Reglamento, a todos los dems
aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se
aplicar supletoriamente el Decreto Legislativo N1017 y su
Reglamento, y disposiciones sustitutorias, as como por las
disposiciones legales vigentes. Se aplicarn, en principio, las
disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean
compatibles con la naturaleza de este proceso, salvo en aquellos
supuestos que impliquen la erogacin de mayores fondos pblicos
(prestaciones adicionales), en los que se aplicarn las
disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecucin de
obras.
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FORMULARIO N 1 (Solo para casos de Consorcio)
DECLARACIN JURADA DE PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Slo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Seores COMIT ESPECIAL PROCESO DE SELECCIN RGIMEN ESPECIAL (LEY N
29230) N 002-2014-GRA/CE
Presente.-
De nuestra consideracin,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en
forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de
seleccin, para presentar una propuesta conjunta al PROCESO DE
SELECCIN RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230) N 0002014-GRA/CE,
responsabilizndonos solidariamente por todas las acciones y
omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a
formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aqu
establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada
consorciado).
Designamos al Sr.
[..................................................], identificado
con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N [CONSIGNAR NMERO
DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante comn del consorcio
para efectos de participar en todas las etapas del proceso de
seleccin y para suscribir el convenio correspondiente con la
Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro
domicilio legal comn en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de
Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]
[ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de
Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]
[ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ... .. Nombre, firma, sello y DNI del
Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1
Representante Legal Consorciado 2 Nota: Las firmas de los
representantes legales en esta declaracin jurada debern ser
legalizadas por Notario Pblico o Juez de Paz Letrado.
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FORMULARIO N 2 (Solo para casos de Consorcio)
DECLARACIN JURADA Por medio de la presente declaramos bajo
juramento que el porcentaje de participacin de cada uno de nuestros
accionistas o socios o integrantes es el siguiente: En el caso de
Postores que son Personas Jurdicas:
Accionistas o socios Porcentaje de Participacin en el Postor
(solo aquellos con ms del 5%)
1.
2.
3.
4.
5.
6.
TOTAL
En el caso del Postor que es Consorcio:
Integrantes Porcentaje de participacin en el Consorcio y en cada
empresa conformante del
Consorcio (siempre que supere el 5%)
1.
2.
3.
4.
5.
6.
TOTAL
Lugar y fecha: ..............de............. de 2014. Entidad
.....................................................
Postor
Nombre
.............................................................
(Representante Legal del Postor)
Firma
.............................................................
(Representante Legal del Postor) Nota: Las firmas de los
representantes legales debern ser legalizadas por Notario Pblico o
Juez Letrado.
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FORMULARIO N 3
DECLARACIN JURADA Por medio de la presente y con carcter de
declaracin jurada manifestamos a ustedes: 1. Que, somos empresas o
sociedades debidamente constituidas y vlidamente existentes
conforme a las Leyes del pas o lugar de constitucin, y que los
representantes legales que participan en el proceso de seleccin se
encuentran vlidamente premunidos con facultades suficientes para
representarnos en todos los actos y declaraciones que deben
efectuarse como consecuencia del proceso de seleccin.
2. Que, nos sometemos irrevocablemente a todos y cada uno de los
trminos y condiciones establecidos en las Bases y dems documentos
de la referencia y acataremos todas las resoluciones, circulares y
comunicaciones en general que el COMIT encargado formule en relacin
con el Proceso de Seleccin materia de las Bases. Asimismo, nos
comprometemos a ejecutar todas las acciones que sean necesarias
para cumplir lo exigido por ustedes en las Bases, as como en el
Convenio y los Trminos de Referencia.
3. Que, entendemos que la ejecucin del Proyecto estar
supervisado por una entidad privada contratada por el Gobierno
Regional Ancash de acuerdo a lo establecido en la Ley y el
Reglamento, por lo que nos comprometemos a brindar todas las
facilidades del caso para que la misma pueda cumplir efectivamente
sus funciones dentro del marco de las referidas normas.
4. Que, no nos encontramos sancionados o condenados por
sentencia firme o laudo arbitral definitivo, desfavorable, recado o
derivado de un proceso judicial o proceso arbitral iniciado por el
Estado o por el Gobierno Regional de Ancash, en va de demanda o de
reconvencin, relativos al incumplimiento de sus obligaciones
contractuales con alguna entidad del Estado. Y no estamos incursos
dentro de los alcances del Artculo 1366 del Cdigo Civil, ni
comprendidos en alguno de los supuestos establecidos en el artculo
10 del Decreto Legislativo N 1017.
5. Que, no somos Empresas o sociedades vinculadas a cualquier
otra persona jurdica o integrante de un consorcio que se presente
al presente Proceso de Seleccin, ni de cualquier otra Empresa
Vinculada a ellos.
6. Que, somos empresas o sociedades debidamente constituidas y
vlidamente existentes conforme a las leyes del pas o lugar de su
constitucin y que los Representantes Legales que participan en el
proceso de seleccin estn vlidamente premunidos con facultades
suficientes para representarnos en todos los actos y declaraciones
que deben efectuarse como consecuencia del Proceso de Seleccin.
7. Que, acataremos los trminos y condiciones establecidos por
ustedes en lo que respecta a la utilizacin de la informacin que se
proporcione durante la vigencia de nuestro Convenio y en general,
mientras dure el Proceso de Seleccin, manteniendo estricta reserva
sobre la informacin obtenida.
8. Que, nos sometemos a las leyes y dems normas vigentes en la
Repblica del Per as como a la jurisdiccin de los jueces y
tribunales de la ciudad de Huaraz, a efectos de someter cualquier
controversia que se pudiese generar en aplicacin de lo dispuesto
por las bases del Proceso de Seleccin en la referencia, renunciando
a cualquier reclamo que pudiera ser formulado por la va
diplomtica.
9. Que, los integrantes de nuestro Consorcio respondern
solidariamente por las obligaciones emanadas de las Bases, de su
Propuesta Econmica, as como del Convenio (SOLO APLICABLE A
CONSORCIOS)
Los impedimentos sealados en los numerales precedentes alcanzan
a los miembros integrantes de los Postores, en caso stos se
presenten en Consorcio. Se suscribe la presente con carcter de
declaracin jurada irrevocable e incondicional. Atentamente, Las
firmas de los representantes legales debern ser legalizadas por
Notario Pblico o Juez Letrado.
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FORMULARIO N 4
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIN DE INFORMACIN FINANCIERA Y
TECNICA
[INDICAR LUGAR Y FECHA] Seores COMIT ESPECIAL LEY N 29230
Gobierno Regional de Ancash Presente.-
Postor:..........................................
.....................................
_______________________________________________________________________
Ref.: Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el
financiamiento y ejecucin del Proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE
CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN
ANCASH, con cdigo SNIP N 241274 De acuerdo a lo previsto en el
Numeral 3.5 de las Bases del Proceso de Seleccin, por medio de la
presente cumplimos con acreditar los requisitos financieros para la
precalificacin en el proceso de la referencia. A. PATRIMONIO NETO
DEL POSTOR
PATRIMONIO NETO S/. [ ]*
(*) El monto que se coloque en esta tabla deber ser el mismo que
aparezca en la tabla B
B. PATRIMONIO NETO Y PORCENTAJE DE PARTICIPACIN EN LA
EMPRESA,
DE LOS ACCIONISTAS O INTEGRANTES DE LA EMPRESA POSTORA:
Accionista o Integrante
Nota 1 S/Patrimonio Neto(Nota 2)
Participacin
TOTAL (Llevar este total a la Seccin A)
100%
Nota 1: Marque una X si la cifra del Patrimonio Neto pertenece a
una Empresa
vinculada y complete adicionalmente la SECCIN D. Nota 2: Si las
cifras originales estn expresadas en moneda distintas al Nuevo Sol,
indicar
el tipo de cambio utilizado.
C. IMPUESTO A LA RENTA PAGADO:
La Empresa. declara bajo juramento que durante el ejercicio
fiscal 2013 ha procedido al pago de S/. [INDICAR MONTO EN NMEROS Y
LETRAS] por concepto de Impuesto a la Renta.
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Adicionalmente se incluye la Declaracin Jurada presentada ante
la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (SUNAT)
correspondiente al ao 2013 de la misma forma que informacin
relevante de empresas que podran empezar a pagar Impuesto a la
Renta en el pas a mediano plazo.
D. EXPLICACIN DE LA RELACIN ENTRE EL POSTOR, EL ACCIONISTA O
INTEGRANTES DEL POSTOR En caso de que la cifra del participante,
accionista o de uno de sus integrantes corresponda a otra persona,
debe explicarse a continuacin la relacin que causa que tal empresa
sea empresa Accionista o Integrante el Postor.
E. REQUISITOS TECNICOS:
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que el
Postor, las empresas integrantes del Postor o la empresa ejecutora
a ser contratada, posee(n) experiencia adquirida dentro de los
ltimos 10 aos en la ejecucin de Proyectos que se sealan a
continuacin:
Experiencia en ejecucin de Proyectos en general (*)
Datos de la empresa ejecutora
Tipo de Actividad Ao de inicio de actividades e informacin
econmica relevante
(Nmero de Proyectos) proyectos ms importantes y nmero de
personal ocupado en cada una de ellos
Monto acumulado en estos contratos (expresado en Nuevos
Soles)
(*) En caso que la experiencia sea de una empresa ejecutora
distinta al postor, adjuntar informacin sustentadora (Actas,
liquidaciones, certificados, constancias o Currculum Vitae,
otros)
Replicar el cuadro en cuantas actividades crea conveniente.
Experiencia en ejecucin de similares Proyecto a ejecutar
Tipo de Actividades
Ao de inicio de las actividades
Monto de contratos realizados en los ltimos ()aos
Nombre y Firma
.................................................... Representante
Legal del Postor Entidad
............................................
Postor Nota: Las firmas de los Representantes Legales debern ser
legalizadas por Notario Pblico.
-
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FORMULARIO N 5
MODELO DE GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO [INDICAR
LUGAR Y FECHA] Seores GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Presente.-
Referencia: Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el
financiamiento y ejecucin del Proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE
CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE
BOLOGNESI - REGIN ANCASH, con cdigo SNIP N 241274
De nuestra consideracin:
Por la presente otorgamos fianza solidaria, irrevocable, sin
beneficio de excusin, incondicional y de realizacin automtica,
hasta por la suma de S/. 376,701.97 (Son: Trescientos Setenta y
Seis Mil Setecientos Uno con 97/100 Nuevos Soles) en favor del
Gobierno Regional de Ancash, para garantizar el correcto y oportuno
cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas por
nuestros clientes seores..............................., en virtud
del Convenio para la ejecucin del proyecto de la referencia. Esta
fianza tendr un plazo de vigencia dedas calendario (Duracin del
plazo de ejecucin del proyecto) contados a partir de su fecha de
emisin y, se har efectiva en el caso que nuestros afianzados no
cumplan con cualquiera de los compromisos y obligaciones derivados
del Convenio. Esta garanta deber renovarse de acuerdo a las
condiciones previstas en el Convenio. Queda expresamente entendido
por nosotros que esta fianza ser ejecutada por el Gobierno Regional
Ancash de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 1898 del
Cdigo Civil Peruano vigente.
Para que nosotros procedamos a honrar esta fianza, bastar un
simple requerimiento del Presidente, o quien haga sus veces,
realizado por conducto notarial en nuestras oficinas en la direccin
indicada lneas abajo.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la fianza en un
plazo mximo de 72 horas, contado a partir de la fecha de recepcin
de la carta notarial de requerimiento. Toda demora de nuestra parte
en honrar el pago dar origen al pago de intereses compensatorios en
favor de ustedes que se calcularn sobre la base de la mayor Tasa
Activa en Moneda Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia
de Banca y Seguros del Per ms un spread de 3.0%. Tales intereses se
devengarn a partir de la fecha en quesea exigido el pago y hasta la
fecha efectiva del pago.
Las obligaciones contradas en virtud a la presente garanta no se
vern afectadas por cualquier disputa entre ustedes y nuestros
clientes. Los trminos utilizados en esta Carta Fianza tienen el
mismo significado que los trminos definidos en las Bases del
Proceso de Seleccin. Atentamente,
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FORMULARIO N 6
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIN DE OFERTA ECONMICA [INDICAR LUGAR
Y FECHA] Seores COMIT ESPECIAL - LEY N 29230 Gobierno Regional de
Ancash Presente.- Postor:
..........................................................................................
Ref. : Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el
financiamiento y ejecucin del Proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE
CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN
ANCASH, con cdigo SNIP N 241274 De acuerdo a lo indicado en el
punto 3.5.1 de las Bases del Proceso de Seleccin, nos es grato
hacerles llegar nuestra Oferta Econmica, en los siguientes trminos:
El monto de inversin propuesto para la ejecucin del Proyecto
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU -
CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN,
PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN ANCASH, alcanza la suma de S/. .
Este monto incluye todos los impuestos, tributos, gastos generales,
gastos laborales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones,
pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al siguiente
Presupuesto detallado: (Adjuntar Tabla con Presupuesto detallado
conforme a lo establecido en los Trminos de Referencia). Declaramos
que nuestra Oferta Econmica tiene el carcter de irrevocable y que
mantendr su plena vigencia hasta 30 das hbiles posteriores a la
Fecha de Cierre, comprometindonos a prorrogarla obligatoriamente si
el COMIT as lo dispusiera. Declaramos conocer que nuestra Oferta
Econmica se incorporar al Convenio en todos sus trminos y
condiciones y sin excepcin alguna. Entidad
..................................................... Postor Nombre
.............................................................
Representante Legal del Postor Firma
............................................................
Representante Legal del Postor
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FORMULARIO N 7
MODELO DE GARANTA DE APELACIN CONTRA LA ADJUDICACIN DE LA BUENA
PRO
[INDICAR LUGAR Y FECHA]. Seores COMIT ESPECIAL LEY N 29230
Gobierno Regional de Ancash Presente.-
Ref.: Proceso de Seleccin de la Empresa Privada para el
financiamiento y ejecucin del Proyecto MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE
CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN
ANCASH, con cdigo SNIP N 241274.
Carta Fianza Bancaria N...............................
Vencimiento: .................................... De nuestra
consideracin: Por la presente y a la solicitud de nuestros
clientes, seores ., constituimos fianza solidaria, irrevocable,
incondicional y de realizacin automtica, sin beneficio de excusin,
ni divisin, hasta por la suma de S/. (), a favor del Gobierno
Regional de Ancash, para garantizar a nuestros afianzados en el
pago de esa suma en cualquiera de los supuestos indicados en el
segundo prrafo de esta carta fianza. Esta fianza deber encontrarse
vigente hasta treinta (30) das hbiles contados a partir de la fecha
de otorgamiento de la Buena Pro; y se har efectiva en caso el
recurso de apelacin interpuesto fuera declarado infundado o
improcedente por el Consejo Directivo de PROINVERSIN. Queda
expresamente entendido por nosotros que esta fianza podr ser
ejecutada por el Gobierno Regional de Ancash, de conformidad con lo
dispuesto por el Artculo 1898 del Cdigo Civil Peruano. Se conviene
expresamente que para que procedamos a honrar esta fianza, bastar
un simple requerimiento va notarial en nuestras oficinas sitas en
la direccin indicada lneas abajo. Nos comprometemos a pagar el
monto total de la fianza en un plazo mximo de 24 horas, contado a
partir de la fecha de recepcin de la carta notarial de
requerimiento. Toda demora de nuestra parte en honrar el pago dar
origen al pago de intereses compensatorios en favor de ustedes que
se calcularn sobre la base de la mayor Tasa Activa en Moneda
Nacional (TAMN) publicada por la Superintendencia de Banca y
Seguros del Per ms un spread de 3.0%. Tales intereses se devengarn
a partir de la fecha en que sea exigido el pago y hasta la fecha
efectiva del pago. Atentamente,
En caso de consorcio la Carta Fianza debe emitirse consignando
el nombre de todas las Empresas Privadas
que lo integran.
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FORMULARIO N 8
COMPROMISO DE CONTRATACIN DE LA EMPRESA EJECUTORA (En caso se
subcontrate a un Constructor)
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento lo
siguiente: Que, hemos firmado un compromiso de contratar con..
(Empresa ejecutora que acredit la experiencia con relacin al
Proyecto, en adelante la Empresa Ejecutora), mediante el cual en la
eventualidad de resultar favorecidos con la Adjudicacin de la Buena
Pro conforme a lo establecido en las Bases, nos obligamos a
celebrar un contrato para la ejecucin del Proyecto. Queda
expresamente establecido que la empresa ejecutora se responsabiliza
solidariamente con el Adjudicatario que suscribe el Convenio
respecto de los vicios ocultos que puedan surgir a raz de la
ejecucin del Proyecto hasta por siete (07) aos contados a partir de
la entrega, por parte del Gobierno Regional de Ancash, del
documento de conformidad de obra. Lugar y fecha: .. Entidad
......................................... Participante Nombre
......................................... Representante Legal del
Participante Firma .........................................
Representante Legal del Participante Entidad
........................................ Representante Legal de
Nombre ....................................... Representante Legal
de Firma ....................................... Representante
Legal de Entidad ......................................
Representante Legal de Nombre
...................................... Representante Legal de Firma
..................................... Representante Legal de
Nota: Las firmas de los Representantes Legales debern ser
legalizadas por Notario Pblico.
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FORMULARIO N 9
DECLARACIN JURADA RESPECTO AL CONTRATO DE EJECUCIN DE
PROYECTO
(En caso se subcontrate a una Empresa Ejecutora) Por la presente
y en relacin al Contrato de Ejecucin del Proyecto, el Postor y la
Empresa Ejecutora declaran bajo juramento que las disposiciones que
contendr como mnimo el Contrato de Ejecucin del Proyecto son las
siguientes:
1. Organizacin y Poderes Que, la empresa ejecutora es una
persona jurdica debidamente constituida, vlidamente existente,
debidamente inscrita en el registro correspondiente, de acuerdo con
las leyes de su jurisdiccin de constitucin u organizacin, para
suscribir el contrato de ejecucin del Proyecto y para cumplir con
las obligaciones establecidas en el mismo.
2. Capacidad
Que, la empresa ejecutora est debidamente capacitada y es
competente para llevar a cabo sus negocios, operaciones cotidianas,
y aquellas otras operaciones contempladas en el contrato de
ejecucin del Proyecto.
3. Autorizacin
Que, la empresa ejecutora cuenta con la capacidad y
representacin suficiente para suscribir y cumplir el contrato de
ejecucin del Proyecto. La suscripcin y cumplimiento del contrato de
ejecucin ha sido debidamente autorizado de conformidad con sus
reglamentos internos o normas societarias correspondientes,
mediante toda accin social necesaria. Ninguno de los actos
requeridos para este propsito ha sido modificado o cancelado, y
dichos actos tienen plena vigencia.
4. Inexistencia de conflictos
Que, la suscripcin, entrega y cumplimiento del contrato de
ejecucin del Proyecto por parte de la empresa ejecutora y la
realizacin de los actos contemplados en el mismo, no incumplen
ninguna disposicin de las normas legales aplicables, as como
tampoco algn acuerdo societario, o contraviene disposicin alguna
del estatuto de la empresa ejecutora.
5. Responsabilidad solidaria
Que, la empresa ejecutora se responsabiliza solidariamente con
el adjudicatario por los vicios ocultos que puedan surgir a raz de
la ejecucin del Proyecto, hasta por cinco (05) aos contados a
partir de la entrega del documento de recepcin del Proyecto,
conforme a lo previsto en el Convenio y la Propuesta Tcnica del
Adjudicatario. En tal sentido, sealamos conocer y aceptar las
consecuencias del incumplimiento del presente compromiso y/o de la
falta de veracidad de las declaraciones arriba sealadas.
Lugar y fecha: . Entidad .................................
Participante Nombre ................................ Representante
Legal del Participante
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Firma ................................... Nombre
................................... Representante Legal de Firma
.................................. Entidad
................................. Constructor Nombre
.............................. Representante Legal del Participante
Firma ................................. Nombre
............................. Representante Legal de Firma
................................
Nota: Las firmas de los Representantes Legales debern ser
legalizadas por Notario Pblico.
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FORMULARIO N 10 FORMATO DE CONVENIO
CONVENIO DE INVERSIN PBLICA REGIONAL.
Conste por el presente documento, el Convenio de Inversin Pblica
Regional para el financiamiento y ejecucin del Proyecto SNIP N
241274 MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL
TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN,
PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN ANCASH, que celebra de una parte el
Gobierno Regional de Ancash , en adelante LA ENTIDAD, con RUC N [],
con domicilio legal en [], representada por [PRESIDENTE REGIONAL],
identificado con DNI N []; y de otra parte [] [EN CASO DE CONSORCIO
CONSIGNAR EL NOMBRE DE TODAS Y CADA UNA DE LAS EMPRESAS QUE LO
INTEGRAN], con RUC N [................], con domicilio legal en
[.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento
N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [],
debidamente representado por su Representante Legal,
[.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la
Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la
ciudad de [], a quien en adelante se le denominar la EMPRESA
PRIVADA en los trminos y condiciones siguientes:
CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES 1.1 Mediante Acuerdo de Consejo
Regional N 09-2014-GRA/CR de fecha 06 de Febrero del 2014
y Acuerdo de Consejo Regional N 075-2014-GRA/CR de fecha 08 de
Mayo del 2014, el Gobierno Regional de Ancash, prioriz el Proyecto:
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU -
CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE CHIQUIAN, DISTRITO DE CHIQUIAN,
PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN ANCASH, para su financiamiento y
ejecucin en el marco de la Ley N29230 y su Reglamento.
1.2 Con Informe Previo N 00031 de fecha 14 de Abril del 2014, la
Contralora General de la Repblica, emite pronunciamiento al
respecto, conforme al numeral 10.3 del artculo 10 del Reglamento
(en caso no se hubiere recibido pronunciamiento expreso de la
Contralora General de la Repblica, se deber dejar constancia de
ello, indicando el documento con el que la Entidad solicito dicho
informe previo).
1.3 Declaratoria de viabilidad del Proyecto, la misma que como
anexo integra el presente
Convenio.
1.4 Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro del
Proceso de
Seleccin RGIMEN ESPECIAL (LEY N 29230) N 002-2014-GRA/CE para
el
financiamiento y ejecucin de la obra MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
DE AGUA DEL
SISTEMA DE RIEGO CANAL TUCU - CHIQUIAN EN LA LOCALIDAD DE
CHIQUIAN,
DISTRITO DE CHIQUIAN, PROVINCIA DE BOLOGNESI - REGIN ANCASH,
a
[CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e
importe
constan en los documentos integrantes del presente convenio.
CLUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente convenio tiene por objeto,
que la EMPRESA PRIVADA [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA EMPRESA O
CONSORCIO], financie y ejecute [INCLUIR MANTENIMIENTO DE
CORRESPONDER] el Proyecto [INDICAR NOMBRE DEL PROYECTO], conforme a
las condiciones tcnicas y econmicas previstas en las Bases,
Propuesta Tcnica y Econmica y Acta de Otorgamiento de la Buena Pro,
que integran el presente Convenio.
CLUSULA TERCERA: COSTO TOTAL DE LA INVERSIN El costo total de la
inversin objeto del presente Convenio, est compuesto por el monto
de inversin determinado en el estudio de preinversin con el que se
declar la viabilidad del PROYECTO, el monto a ejecutar asciende a
la suma de S/. 9417,549.10 (Son: Nueve Millones Cuatrocientos
Diecisiete Mil Quinientos Cuarenta y Nueve con 10/100 Nuevos
Soles).
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La EMPRESA PRIVADA acepta y declara que el costo total incluye
todo concepto necesario para la completa y correcta ejecucin del
Proyecto, de acuerdo con lo detallado en las Bases. En ese sentido,
sin carcter limitativo, la EMPRESA PRIVADA deja expresa constancia
que dentro del costo total indicado estn incluidos todos los
conceptos mencionados en los Trminos de Referencia que forman parte
de las Bases y cualquier otro costo o gasto necesario para la
correcta y total ejecucin del Proyecto hasta su culminacin. Las
variaciones o modificaciones que tenga el Proyecto durante la fase
de inversin se incorporan al costo total referencial de inversin,
sujetndose a las disposiciones del SNIP, conforme a lo establecido
en el artculo 12 del Reglamento de la Ley N 29230. El costo total
de inversin no incluye indemnizaciones, multas o sanciones y
conceptos similares derivados de la ejecucin del Proyecto, los
cuales debern ser asumidos por la EMPRESA PRIVADA.
CLUSULA CUARTA: DEL PLAZO DE EJECUCIN DEL PROYECTO
"El plazo de vigencia de Convenio es de cuatrocientos cincuenta
(450) das calendario, el mismo que se computa desde el da siguiente
de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 14.1 del
artculo 14 del Reglamento. El plazo de ejecucin del PROYECTO se
descompone en lo siguiente:
El plazo para la elaboracin del Expediente Tcnico por parte de
la EMPRESA PRIVADA, es de noventa (90) das calendario la misma que
ser supervisada por LA ENTIDAD.
El plazo de ejecucin del PROYECTO se fija en trescientos (300)
das calendario, el mismo que empieza a regir desde el da siguiente
en que se cumplan las siguientes condiciones:
Que se tenga aprobado el Expediente Tcnico por LA ENTIDAD.
Que se designe la Entidad Privada Supervisora por parte de LA
ENTIDAD; y,
Que LA ENTIDAD, haga entrega del terreno o se seale el lugar
donde se ejecutar el PROYECTO, en ambos casos el plazo ser exigible
siempre y cuando existan las condiciones para el inicio de la
ejecucin del PROYECTO.
Cabe precisar que LA ENTIDAD cuenta con un plazo mximo de quince
(15) das calendario para aprobar el Expediente Tcnico.
Asimismo, la EMPRESA PRIVADA cuenta con un plazo mximo de
treinta (30) das calendario, contados desde el da siguiente de la
recepcin de la Obra sin observaciones por parte de LA ENTIDAD, para
elaborar el Expediente de Liquidacin de las obras, el mismo que
deber ser aprobado por LA ENTIDAD, quien a su vez deber emitir la
conformidad de obra, en un plazo no mayor de quince (15) das
calendario
CLUSULA QUINTA: AVANCES DEL PROYECTO
De conformidad con el artculo 19 del Reglamento y en la medida
que el plazo de ejecucin del PROYECTO es mayor de seis (06) meses,
LA ENTIDAD y la EMPRESA PRIVADA acuerdan emitir y entregar CIPRLs
trimestrales por avance de obra. El avance de obra ser definido
conforme al cronograma que ser aprobado en el Expediente Tcnico de
la Obra; cronograma que ser incluido como un anexo ms del Convenio.
Para efectos de la emisin de los CIPRL por avance de obra, se debe
precisar que la Entidad deber contar con la siguiente
documentacin:
a. Conformidad de Calidad de Obra.
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b. Acta de Recepcin de Obra (Conformidad de la recepcin, para la
Etapa materia del CIPRL).
c. Registro en el Mdulo de Deuda-Direccin Nacional del
Endeudamiento Pblico de la Formalizacin de la Operatividad de
endeudamiento interno.
d. Registros SIAF-SP. e. Convenio de Inversin Pblica Regional
y/o Local con participacin del sector privado y de
ser el caso la Adenda correspondiente.
CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONVENIO El presente
convenio est conformado por las Bases integradas, la oferta
ganadora
1 y los
documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan
obligaciones para las partes, as como el Expediente Tcnico de
Obra.
CLUSULA STIMA: GARANTAS La EMPRESA PRIVADA entreg a la
suscripcin del convenio la respectiva garanta solidaria,
irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusin, ni divisin y
de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD,
por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del convenio
2: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL
TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE].
Cantidad que
es equivalente al cuatro por ciento (4%) del Costo Total de
Inversin. La Carta Fianza deber ser renovada anualmente por un
monto equivalente al 4% del Costo Total de Inversin remanente cuya
ejecucin est pendiente.
La Garanta de Fiel Cumplimiento deber estar vigente por un ao
adicional a la correspondiente conformidad de recepcin por parte de
LA ENTIDAD. La renovacin de la Garanta de Fiel Cumplimiento despus
de la correspondiente conformidad de recepcin ser por un monto que
represente el 1% del Costo Total de Inversin y podr ser ejecutada
en caso se presenten deficiencias relacionadas con la ejecucin del
Proyecto materia del presente Convenio. La Carta Fianza deber ser
renovada dentro del plazo de quince (15) das calendarios previos al
trmino de su vigencia, en tanto se encuentre pendiente el
cumplimiento de obligaciones. De no renovarse dentro de este plazo,
LA ENTIDAD podr solicitar su ejecucin.
La devolucin de esta garanta se realizar dentro de los diez (10)
das calendario, contados luego de transcurrido el ao adicional a la
correspondiente declaracin de conformidad por parte de LA
ENTIDAD.
CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN LA
ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas ante el
incumplimiento de la EMPRESA PRIVADA de las obligaciones del
Convenio o si LA EMPRESA PRIVADA no hubiera llevado a cabo su
renovacin en caso de existir obligaciones cuyo cumplimiento est
pendiente.
CLUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL PROYECTO La conformidad del
Proyecto ser dada con la suscripcin del Acta de Recepcin,
siguindose el procedimiento establecido en el artculo 17 del
Reglamento y, cuando corresponda, ser aplicable el proceso
establecido en el artculo 19 del Reglamento.
CLUSULA DCIMA: SUPERVISIN DE LA EJECUCIN DEL PROYECTO
1 La oferta ganadora comprende a las propuestas tcnica y
econmica del postor ganador de la Buena Pro.
2 La garanta de fiel cumplimiento deber ser emitida por una suma
equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total
de inversin y tener vigencia hasta el consentimiento de la
liquidacin final. De manera excepcional, respecto de aquellos
convenios que tengan una vigencia superior a un (1) ao, las
Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la
garanta de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) ao, con el
compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la
liquidacin final.
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10.1 La Entidad Privada Supervisora, contratada por El Gobierno
Regional de Ancash, efectuar la verificacin de la ejecucin del
Proyecto y de sus respectivas etapas, de ser el caso, conforme a lo
establecido en el Expediente Tcnico, en los trminos de referencia,
en las BASES y en la propuesta presentada por la EMPRESA PRIVADA,
as como en el Plan de Trabajo correspondiente. Asimismo, se dedicar
al seguimiento del cumplimiento del cronograma de avance de la
ejecucin del Proyecto por parte de la EMPRESA PRIVADA.
10.2 La Entidad Privada Supervisora deber dar la conformidad de
la calidad del Proyecto tras la culminacin del mismo o a la
culminacin de cada una de las etapas del Proyecto, de ser el
caso.
10.3 La Entidad Privada Supervisora del Proyecto asumir las
atribuciones que el Gobierno Regional de Ancash, determine en los
trminos de referencia y en las Bases del proceso de seleccin que
dar mrito a su contratacin con arreglo a lo dispuesto en la Ley y
su Reglamento, copia de las cuales debern ser entregadas a la
EMPRESA PRIVADA.
10.4 Gobierno Regional de Ancash, deber pronunciarse sobre la
conformidad de recepcin del Proyecto o de cada una de las etapas
del Proyecto y/o de las actividades de mantenimiento ejecutadas por
la EMPRESA PRIVADA de acuerdo a las Bases y a los trminos del
presente Convenio. Dichas conformidades sern una condicin necesaria
para la emisin de los respectivos CIPRL y se tendr por otorgada
para todos los efectos legales si transcurrido el plazo legal no
hubiera el pronunciamiento del Gobierno Regional de Ancash.
10.5 Las conformidades de recepcin y de calidad, debern ser
otorgadas ambas dentro de un plazo no mayor de veinte (20) das
hbiles siguientes a la culminacin del Proyecto o de la etapa del
Proyecto cuando corresponda. Y la conformidad de las actividades de
mantenimiento deber realizarse en un plazo mximo de diez (10) das
siguientes a la culminacin de cada periodo de mantenimiento
previsto en las Bases y el presente Convenio.
CLUSULA DCIMO PRIMERA: DE LOS FUNCIONARIOS RESPONSABLES En el
cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 17.2 del artculo 17 del
Reglamento, la ENTIDAD designa a los funcionarios siguientes:
[INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES]
Responsable de la recepcin del Proyecto y la conformidad de la
calidad del Proyecto. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR
NOMBRES] Responsable de la conformidad del mantenimiento, en caso
corresponda. [INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES]
Responsable de solicitar la emisin de los CIPRL a la DGETP del MEF
[INDICAR EL CARGO DEL FUNCIONARIO, NO INDICAR NOMBRES] Responsable
de realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el
SIAF. El incumplimiento de las funciones asignadas acarrea las
responsabilidades y sanciones respectivas, conforme a ley. CLUSULA
DCIMO SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA EMPRESA PRIVADA La EMPRESA
PRIVADA, asume sus obligaciones conforme a las condiciones tcnicas
y econmicas previstas en las Bases, Propuesta Tcnica y Econmica,
Acta de Otorgamiento de la Buena Pro y el presente Convenio.
CLUSULA DCIMO TERCERA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD La ENTIDAD adems
de las obligaciones establecidas en los Trminos de Referencia y en
las Bases que forman parte del presente Convenio, deber cumplir con
las obligaciones y responsabilidades que se establecen en la Ley N
29230, su Reglamento y el presente Convenio.
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CLUSULA DCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La
EMPRESA PRIVADA, declara bajo juramento ser responsable por la
calidad ofrecida de la obra, adems de las obligaciones establecidas
en los Trminos de Referencia de las Bases y el presente Convenio.
Ni la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra, ni el consentimiento
de la liquidacin de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a
reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos. El plazo
mximo de responsabilidad de la EMPRESA PRIVADA es de siete (07)
aos.
CLUSULA DCIMO QUINTA: PENALIDADES La EMPRESA PRIVADA incurrir en
penalidad, sin perjuicio de lo establecido en las Bases que forman
parte del presente Convenio, cuando no haya concluido en la fecha
establecida los trabajos contemplados en el cronograma, previa
notificacin realizada por va notarial por parte de LA ENTIDAD con
quince (15) das hbiles de anticipacin. La penalidad se genera
automticamente por cada da calendario de retraso injustificado en
la ejecucin de las prestaciones objeto del convenio, hasta alcanzar
como monto mximo el equivalente al diez por ciento (10%) del monto
total de inversin pactado en el convenio. En todos los casos, la
penalidad se aplicar y se calcular de acuerdo a la siguiente
frmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en das Donde, F = 0.15 para plazos mayores a sesenta
(60) das o; Esta penalidad ser deducida con cargo a la ejecucin de
la Garanta de Fiel Cumplimiento del Convenio, sin perjuicio de que
la ENTIDAD exija el resarcimiento de los daos y perjuicios que se
produzcan, mediante la accin legal correspondiente, si fuese
necesario. La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto
por la Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, el Cdigo
Civil y dems normas aplicables, segn corresponda. En caso que se
llegase a cumplir el monto mximo de la penalidad (10%), la ENTIDAD
podr resolver el Convenio por incumplimiento sujetndose al
procedimiento establecido en el numeral 15.2 de la Clusula Dcimo
Cuarta del presente Convenio
CLUSULA DCIMO SEXTA: RESOLUCIN DEL CONVENIO 16.1La ENTIDAD podr
resolver el Convenio por las causales siguientes: a) Incumplimiento
injustificado de sus obligaciones derivadas del presente Convenio,
legales o
reglamentarias, a cargo de la EMPRESA PRIVADA, o de su
contratista ejecutor de la infraestructura del Proyecto, pese a
haber sido requerido para ello.
b) Cuando la EMPRESA PRIVADA no cuente con capacidad econmica o
tcnica para continuar con la ejecucin del Proyecto a su cargo, pese
a haber sido requerida para corregir tal situacin.
c) Cuando la EMPRESA PRIVADA haya llegado a acumular el monto
mximo de la penalidad, a que se refiere la Clusula precedente, en
la ejecucin y/o mantenimiento del Proyecto.
d) Cuando la EMPRESA PRIVADA haga abandono injustificado del
Proyecto y de su mantenimiento, de ser el caso.
e) Cuando la EMPRESA PRIVADA suspenda los trabajos por ms de
veinte (20) das calendario, sin autorizacin escrita de la entidad
privada supervisora o del GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH.
f) Negligencia reiterada de parte de la EMPRESA PRIVADA o de su
contratista ejecutor de la infraestructura del Proyecto, en el
cumplimiento de las especificaciones, planos, instrucciones de la
entidad privada supervisora y del GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH y
otras obligaciones derivadas del presente Convenio.
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g) Otras sealadas en la normatividad vigente.
16.2 Cuando se presente cualquiera de las causales, la ENTIDAD
cursar carta notarial a la EMPRESA PRIVADA para que subsane el
incumplimiento en un plazo no mayor de quince (15) das calendario,
bajo apercibimiento de resolucin del Convenio. Si vencido dicho
plazo el incumplimiento contina, mediante Carta Notarial se
resolver el Convenio.
En tal supuesto, la ENTIDAD ejecutar la Garanta de Fiel
Cumplimiento del Convenio que la EMPRESA PRIVADA hubiera otorgado,
sin perjuicio de la indemnizacin por los daos y perjuicios
ulter