Repblica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educacin Universitaria,
Ciencia y TecnologaUniversidad Alejandro de Humboldt
Asignatura: Instituciones Financieras
Seccin: ABNO610CPBANCO CENTRAL DE VENEZUELA
Facilitador:
Autores:
Lic. Olimpia Rojas
Hernndez Miguel
Pariguan Mara.
C.I.19.398.791C.I.11.921.846
Caracas, Marzo de 2015
INDICE
1Introduccin.
2Banco Central de Venezuela.
3Historia del Banco Central de Venezuela (BCV)
6Bases legales del BCV.
6Las sedes del Banco Central de Venezuela.
8Misin del BCV.
9Visin del BCV.
10Objetivo y funciones.
12Plan estratgico institucional plurianual.
12Organizacin del BCV y aportes a la sociedad venezolana.
13Aportes socioeconmicos:
17Principios y valores.
17Principios.
18Valores.
21Polticas Cambiarias.
25CONCLUSIONES.
26ANEXOS.
27Referencia Bibliogrfica.
27Referencia Electrnica.
Introduccin
Los Bancos Centrales han evolucionado a lo largo del tiempo
hasta instituirse en autoridades independientes, dedicados a
mantener la estabilidad de los precios y la confianza en la moneda
calificados como un bien pblico fundamental. Existe un lazo
esencial entre la estabilidad de precios y el buen funcionamiento
de la democracia.
Por ello en Venezuela, durante el gobierno del presidente
Eleazar Lpez Contreras el 8 de septiembre de 1939 se decreta una
ley que autoriza la creacin de un banco central con el fin de
regular la circulacin monetaria y el crdito para evitar
fluctuaciones de gran escala en los activos lquidos, por otra parte
el mismo tendra como funcin principal regular y vigilar el comercio
de oro y divisas.
El Banco Central de Venezuela inicia sus actividades en octubre
de 1940 y el 1 de enero de 1941 comienza a operar , para ello se
hizo necesario la entrega del oro y los billetes que emitan el
Banco de Venezuela, Banco Mercantil y Agrcola, Banco de Maracaibo,
Banco Comercial de Maracaibo, Banco Venezolano de Crdito y el Banco
Caracas.
En el ao 1999 a raz del nuevo marco legal que establece la
constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela; fueron
definidos la naturaleza, objetivo, composicin y funciones del Banco
Central de Venezuela.
Los autores a manera documental darn a conocer la historia,
misin, visin; funciones y las principales polticas monetarias que
se manejan en la actualidad a travs del Banco Central de
Venezuela.
Banco Central de Venezuela Banco es una institucin de tipo
financiero que administra el dinero y utiliza l mismo para la
prestacin de servicios financieros. Estas instituciones, que
surgieron en el Renacimiento, se encargan de brindar servicios como
el prstamo de capital o el depsito de valores.
La palabra central, es lo perteneciente o relativo al centro.
Este concepto puede referirse a lo bsico o esencial de algo, al
espacio donde convergen acciones coordenadas o a aquello que est en
el medio o en el centro de algo.
De lo antes expuesto se concluye que El banco central, por lo
tanto; es un tipo de banco que acta como la entidad responsable de
la poltica monetaria de una nacin o de un grupo de ellas. Por sus
caractersticas, este banco tiene un funcionamiento muy diferente al
resto: interacta con el estado y con los otros bancos y no con
clientes particulares. En algunos pases, el banco central es una
entidad independiente del gobierno del pas al que pertenece. Se
trata de una institucin pblica regulada por estatutos y leyes y
cuyos beneficios son derivados al estado.
En Venezuela; la ley del banco central de Venezuela especifica
en su artculo Nro. 1 y 2 que, el Banco Central de Venezuela es una
persona jurdica de derecho pblico, de rango constitucional, de
naturaleza nica, con plena capacidad pblica y privada integrante,
del poder pblico nacional.
El Banco Central de Venezuela es autnomo para la formulacin y el
ejercicio de las polticas de su competencia, y ejerce sus funciones
en coordinacin con la poltica econmica general, para alcanzar los
objetivos superiores del estado y la nacin. En el ejercicio de sus
funciones, el Banco Central de Venezuela no est subordinado a
directrices del poder ejecutivo.Historia del Banco Central de
Venezuela (BCV)
La proposicin de crear el Banco Central de Venezuela se presenta
dentro de un ambiente de grandes cambios polticos, sociales y
econmicos coincidentes con una situacin mundial convulsionada. No
slo eran los inicios de la segunda guerra mundial, sino tambin y
por sobre todo, los comienzos del gran debate en el pas sobre el
rumbo poltico y econmico que deba seguirse despus de los 27 aos del
gobierno del general Juan Vicente Gmez. El nuevo gobierno elabor un
plan nacional llamado programa de febrero que contempl una serie de
medidas de poltica econmica, entre las cuales una de las ms
importantes fue la de fundar el Banco Central.
El Banco Central de Venezuela se cre mediante una ley promulgada
el 8 de septiembre de 1939, publicada en la Gaceta Oficial No.
19.974 durante la presidencia de Eleazar Lpez Contreras. Este hecho
tuvo una enconada oposicin por parte de sectores nacionales
conservadores, que no entendan los cambios experimentados tanto a
nivel internacional como a nivel nacional. Consideraban que era una
amenaza para la estabilidad monetaria de la nacin, dada su
asociacin con el peligro de un fcil e incontrolable financiamiento
del gasto pblico por parte del Banco Central. De tal confrontacin
surgieron demandas fallidas de inconstitucionalidad del proyecto
despus de promulgada la Ley por el congreso nacional; en medio de
una polmica recogida en los medios de comunicacin, as como tambin
la resistencia de un slo banco comercial para cumplir con la nueva
legislacin, que estableca la centralizacin y exclusividad de emisin
de billetes por el BCV y la obligacin de los bancos privados de
entregar el oro que respaldaba sus billetes en circulacin.
La emisin y circulacin de billetes en todo el territorio
nacional era derecho exclusivo del Banco Central. El BCV slo podra
poner en circulacin billetes y monedas: mediante la compra de oro,
de divisas y de la realizacin de las operaciones de crdito,
especificadas operaciones de crdito, especificadas en la ley, con
los bancos y con el pblico. Los billetes del Banco Central eran
convertibles en moneda legal venezolana, en barras de oro o en
letras o giros a la vista sobre fondos depositados en el
exterior.
El Banco estaba obligado a respaldar el 50 por ciento de los
billetes emitidos en oro amonedado, nacional o extranjero y en
barras depositadas en sus propias bvedas o en custodia en bancos en
el exterior, as como en depsitos a la vista en bancos forneos.
La Ley del BCV ha experimentado reformas a lo largo de la
historia en 1943, la fallida de 1948, las de 1960, 1974, 1983,
1984,1987, 1992 y por ltimo la de 2001 que es la vigente. Todas las
reformas respondieron a exigencias internas derivadas del acelerado
cambio experimentado por la nacin y a las nuevas orientaciones que
la banca central adoptaba en las economas ms desarrolladas, las
cuales resultaban de la estructuracin de un nuevo orden financiero
internacional.
El primer el cambio significativo de la Ley del BCV se produjo
en medio de la severa crisis econmica de los aos sesenta, cuando
tambin por iguales razones, se adecu la Ley general de bancos a la
necesaria transformacin que imponan las circunstancias
internacionales y nacionales por las que atravesaba el pas y el
mundo occidental. Se trataba no de modificar una ley aisladamente,
sino de modernizar la legislacin financiera del pas como parte del
proceso de cambio y transformacin poltico institucional que daba
inicio a la era de la democracia actual.
La otra reforma sustantiva que se produjo en su ley fue el 4 de
diciembre de 1992, la cual incorpor el principio de la autonoma en
la administracin del BCV y le dio al Banco Central el carcter de
persona jurdica pblica de naturaleza nica. Asimismo se elimin el
carcter corporativo que hasta la fecha mantena la composicin del
directorio, y en su lugar, se estableci un cuerpo colegiado de
siete miembros, un presidente y seis directores, designados por el
presidente de la repblica por un perodo de seis aos, que evita la
coincidencia con los perodos constitucionales. La designacin del
presidente se somete a la aprobacin de las dos terceras partes del
congreso, mientras que la representacin del ejecutivo en el
directorio se redujo a un director, el cual en ningn caso puede ser
el ministro de hacienda. Otro aspecto novedoso que introdujo la
reforma fue la prohibicin expresa de otorgar crdito directo al
gobierno nacional, y el establecimiento de una disposicin que
obliga a la repblica a reponer el patrimonio del banco cuando ste
incurra en prdidas debido a la aplicacin de sus polticas.
El marco normativo actual se ha adecuado a las nuevas
concepciones y corrientes existentes en la banca central de un
mundo globalizado, donde las instituciones de este carcter valoran
la autonoma como una manera de enfrentar los grandes cambios que
han ocurrido y que siguen ocurriendo en la esfera financiera,
bancaria y monetaria de un modo integrado. Es decir, sobre el BCV
recae una tarea muy bien delimitada con relacin a tres variables o
medios: el dinero, el crdito y la tasa de cambio, con miras a
contribuir al logro de tres supremos objetivos: la estabilidad de
la moneda, el equilibrio econmico y el desarrollo ordenado de la
economa. Las transformaciones en la misin y filosofa del Banco
Central vinieron acompaadas con cambios en los espacios y
edificaciones, dada la complejidad de las funciones, as como la
expansin de su influencia y cobertura, que implicaron la proyeccin
de ellas sobre la sociedad.Bases legales del BCV Por primera vez en
la historia constitucional venezolana, la Carta Magna de 1999 se
ocupa del Banco Central de Venezuela, y lo hace de forma detallada.
Esta constitucin, resultado de los debates realizados en el seno de
la Asamblea Nacional Constituyente y del voto mayoritariamente
afirmativo del pueblo venezolano en el referndum del 15 de
diciembre de 1999, sustituy a la Constitucin de 1961.
La Constitucin de 1999 se ocupa minuciosamente tanto de los
principios generales como de los pormenores del modelo econmico que
rige, a partir de su entrada en vigor, en Venezuela. Para ello
destina, adems de otras normas dispersas en el texto, los siete
artculos que componen el captulo dedicado a los derechos econmicos
y, principalmente, los dos captulos que conforman el Ttulo VI, Del
sistema socioeconmico, integrado por veintitrs artculos , varios de
ellos destinados a la configuracin constitucional del Banco Central
de Venezuela y a la coordinacin macroeconmica entre esta
institucin, nica formuladora y ejecutora de la poltica monetaria, y
el Ejecutivo, competente en la poltica fiscal. Con la regulacin de
la banca central, la Constitucin de 1999 reconoce la relevancia de
la institucin responsable de la poltica monetaria, y determina su
imbricada situacin en el complejo sistema de relaciones entre las
llamadas administraciones independientes y el Estado.
Las sedes del Banco Central de Venezuela
La primera sede que ocup el Banco Central estuvo ubicada entre
las esquinas de Veroes y Jesuitas. En este local abri sus puertas
al pblico el 15 de Octubre de 1940 y all se inici el proceso de
canje de billetes emitidos con anterioridad por los bancos
comerciales autorizados, por los nuevos billetes del Banco Central.
De esta manera se concret la centralizacin de las reservas
monetarias internacionales del pas. Posteriormente, el 1 de enero
de 1941 fue inaugurado el Banco Central oficialmente en acto
solemne que cont con la presencia del presidente de la repblica,
Gral. de Divisin Eleazar Lpez Contreras.
El 19 de octubre de 1943, se coloc la primera piedra para la
construccin de un edificio propio. El diseo de la obra le fue
confiado al arquitecto Gustavo Wallis L., quien concibi y construy
un edificio sobrio, elegante, funcional y de gran solidez. En menos
de cuatro lustros esta sede fue insuficiente dada la expansin de
las actividades provenientes del rpido crecimiento econmico del
pas, que demandaron una mayor capacidad de sus bvedas, as como a
las facilidades para la recepcin y entrega de numerario en
condiciones ptimas de seguridad.
Hacia la mitad de la dcada de los cincuenta surgi la necesidad
de un nuevo local. Se hizo un proyecto bajo la responsabilidad del
arquitecto Toms Sanabria, para construir un edificio en dos etapas.
En la primera se hara la sede para los ms altos niveles de decisin
del banco y tambin parte de las bvedas de seguridad y otros
servicios especficos de la Institucin. Se construy en el terreno
ubicado en el ngulo noroeste de la esquina de carmelitas, sobre la
avenida Urdaneta. Su diseo mereci el premio nacional de
arquitectura y el edificio fue inaugurado en 1965, con asistencia
del presidente de la repblica Dr. Ral Leoni. Tiene aproximadamente
27.000 metros cuadrados de construccin que comprenden cinco stanos
en la zona de estacionamiento, tres en la zona seguridad y de
oficinas, la planta baja, la mezzanina, tres pisos generales para
oficinas y un cuarto piso para comedores y sala de asambleas.
La segunda fase, abarcara una torre de vastas proporciones,
originalmente destinada a ser compartida con otros organismos
financieros afines al BCV, tales como la Bolsa de Valores de
Caracas, la Comisin Nacional de Valores y el Fondo de Inversiones
de Venezuela. La torre financiera, como fue denominada, se construy
y fue inaugurada por el presidente Rafael Caldera el 14 de
septiembre de 1973 con un total de 26 pisos sobre el nivel de la
calle, destinados a dependencias del BCV y a los organismos
financieros que inicialmente fueron ubicados en el edificio sede.
La edificacin est interconectada con el edificio sede con el cual
forma una sola unidad arquitectnica y funcional que embellece la
ciudad capital.
Misin del BCV El Banco Central de Venezuela tiene entre sus
objetivos ms significativos, lograr la estabilidad de precios y
preservar el valor interno y externo de la moneda como parte de las
polticas pblicas que contribuyen con el desarrollo humano integral
y el progreso armnico de la economa nacional, para alcanzar los
objetivos superiores del estado y la nacin. De all que estar
comprometido con la tarea del desarrollo y coadyuvar a los procesos
implcitos en ste, armonizndolos con los de las esferas monetaria y
cambiaria.
Asimismo, en el marco de la integracin Latinoamrica y caribea,
el Banco Central de Venezuela establece los mecanismos para
facilitar la coordinacin de polticas macroeconmicas con los bancos
centrales regionales.
Para lograr estos propsitos, el instituto tiene entre sus
funciones las de formular y ejecutar la poltica monetaria;
participar en el diseo y ejecutar la poltica cambiaria; regular la
moneda, el crdito y las tasas de inters; administrar las reservas
internacionales y estimar su nivel adecuado; velar por el
funcionamiento del sistema de pago; emitir especies monetarias y
asesorar a los poderes pblicos nacionales en las materias de su
competencia.
Visin del BCVEl Banco Central de Venezuela se proyecta como un
organismo:
1. Que armoniza la formulacin y ejecucin de las polticas de su
competencia con las necesidades del pas y los fines del Estado en
la regulacin de la economa y el desarrollo integral.
2. Que consolida su integracin con el proceso nacional para
cooperar con el desarrollo del pas.
3. Que afianza, con el desempeo de cada una de sus funciones y
responsabilidades, un modelo de comportamiento de alta
credibilidad, reputacin, prestigio y solidaridad.
4. Que desarrolla un ambiente de ejercicio de sus plenas
capacidades, de actuacin responsable, transparente, coordinada y
comprensible para la sociedad.
Para estos fines, dispondr de:
Un diseo de organizacin y funcionamiento gil, integral,
orientado a resultados y flexible que asegure una alta capacidad de
respuesta, el control de la gestin y la evolucin. Favorable de los
factores clave asociados con el cumplimiento de sus polticas y
evaluacin de su desempeo.
Un esquema de direccin institucional que facilite la consecucin
y calidad de los resultados, estimule las condiciones para la
interaccin y el dilogo con la sociedad y sus instituciones, y
contribuya a mantener un clima organizacional apropiado para el
buen funcionamiento interno.
Un equipo humano con vocacin de servicio, de reconocida
calificacin profesional y tcnica, altamente estimulado, bien
administrado, orientado al logro y con sensibilidad social.
Objetivo y funciones El objetivo fundamental del Banco Central
de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el
valor de la moneda.
El Banco Central de Venezuela contribuir al desarrollo armnico
de la economa nacional, atendiendo a los fundamentos del rgimen
socioeconmico de la Repblica.
El Banco Central de Venezuela colaborar, a la integracin
latinoamericana y caribea, estableciendo los mecanismos necesarios
para facilitar la coordinacin de polticas macroeconmicas.
Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central
de Venezuela tendr a su cargo las siguientes funciones:
Formular y ejecutar la poltica monetaria. Participar en el diseo
y ejecutar la poltica cambiaria. Regular el crdito y las tasas de
inters del sistema financiero.
Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema
financiero.
Centralizar y administrar las reservas monetarias
internacionales de la Repblica.
Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y
regulacin del mismo, en los trminos en que convenga con el
Ejecutivo Nacional.
Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del
pas y establecer sus normas de operacin.
Ejercer, con carcter exclusivo, la facultad de emitir especies
monetarias.
Asesorar a los poderes pblicos nacionales en materia de su
competencia.
Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la Repblica en
el Fondo Monetario Internacional, segn lo previsto en los acuerdos
correspondientes y en la ley.
Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del
oro.
Compilar y publicar las principales estadsticas econmicas,
monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de
pagos.
Efectuar las dems operaciones y servicios propios de la banca
central, de acuerdo con la ley.Plan estratgico institucional
plurianual La direccin y gestin interna del BCV se rigen a travs
del plan estratgico institucional plurianual, el cual contiene el
marco de accin estratgico de mediano plazo, propone los esfuerzos
vinculados con el perfeccionamiento de sus capacidades internas con
vistas a favorecer las exigentes funciones que constitucionalmente
le han sido encomendadas, y establece el conjunto de medidas
operativas para la ejecucin y seguimiento anual del plan. Asimismo,
y en el marco del desempeo de su papel dentro de la concepcin del
Estado, el BCV describe los aportes que realiza a la sociedad
venezolana.Organizacin del BCV y aportes a la sociedad
venezolana
Los aportes del Banco Central de Venezuela a la sociedad pueden
considerarse desde dos perspectivas complementarias: la primera,
socioeconmica, que se deriva del cumplimiento del primer objetivo
que establece la ley vigente y el cual representa el inters de la
nacin; la segunda, sociocultural, que resulta del compromiso que
tiene con la ciudadana.
Aportes socioeconmicos: La consideracin de la estabilidad de
precios y la preservacin del valor interno y externo de la moneda
como un mandato constitucional, no hace otra cosa que reconocer el
impacto desigual que el fenmeno inflacionario tiene sobre los
agentes econmicos y los sectores productivos. En este orden de
ideas, la inflacin constituye un impuesto regresivo que afecta, de
manera ms intensa, a los sectores menos favorecidos de la sociedad,
en la medida en que los sueldos y salarios, fuente principal de
ingresos de dichos sectores, son, en comparacin con los beneficios
y las rentas, menos capaces de ajustarse en entornos de
inestabilidad de precios.
Otra secuela perturbadora de la inflacin se refiere al sesgo a
corto plazo que se introduce en las decisiones de los agentes
econmicos; en efecto, en la medida en que el nivel y la
variabilidad de los precios se transforma en una incertidumbre, en
algunos casos insuperable, en las expectativas futuras de los
agentes econmicos, se disuade la formacin neta de capital y el
empleo productivo.
Estas consideraciones acentan la funcin social que tiene la
actuacin del Instituto en el logro de la estabilidad de precios y
la preservacin del valor de la moneda, y subrayan su importancia en
la contribucin con el desarrollo armnico de la economa nacional, la
promocin y defensa de la estabilidad econmica y el aseguramiento
del bienestar social.
Otro aporte socio econmico de suma importancia lo constituye la
asesora y la participacin del Instituto en determinados planes,
programas y proyectos de los poderes pblicos, lo cual determina la
presentacin de informes peridicos sobre la situacin y marcha de la
economa, y la remisin de recomendaciones de poltica econmica que
van desde requerimientos precisos, dictmenes, asistencia tcnica y
valoraciones acerca de asuntos de su competencia tcnica e
institucional, hasta medidas oportunas y urgentes, destinadas a
evitar obstculos en la marcha normal del BCV o en la vida econmica
y financiera del pas.
Para recapitular, el aporte socio econmico del Banco Central de
Venezuela se circunscribe, principalmente, al:
Perfeccionamiento de los instrumentos de poltica monetaria en el
logro de un bien pblico fundamental, como lo es la estabilidad de
precios, con lo cual asienta las bases para incrementar el
bienestar de la sociedad.
Conocimiento, manejo y participacin en los asuntos de tipo
econmico y financiero fundamentales para darle continuidad a la
contribucin que hace el Instituto con el fortalecimiento de la
economa nacional, a los fines de propiciar el crecimiento econmico
del pas y el bienestar social, incentivar el ahorro de la poblacin
y el funcionamiento adecuado del sistema financiero nacional.
Establecimiento de una fuente acreditada de informacin econmica
y estadstica. La responsabilidad de la delicada y trascendente
misin que cumple el organismo conlleva el conocimiento, seguimiento
y estudio del acontecer econmico y sus tendencias. Esto requiere la
preparacin y manejo de variadas y confiables fuentes de informacin
econmica, financiera, cambiaria, de precios, balanza de pagos y
social, que se organizan y analizan en instancias tcnicas de
investigacin altamente calificadas. A partir de ellas se genera una
valiosa literatura econmica y estadstica. Esta informacin se
difunde a travs de publicaciones especializadas que contribuyen con
la comprensin de los hechos y procesos econmicos; igualmente, sirve
de sustento a planes, programas y proyectos, diseados y ejecutados
por dependencias gubernamentales o por entidades de la economa
privada.
Mejoramiento de los mecanismos de comunicacin y relaciones del
Banco Central de Venezuela con la sociedad venezolana con los
poderes pblicos e instancias de control, para alcanzar un nivel de
transparencia que permita la difusin y el conocimiento de las
decisiones adoptadas y un fluido proceso de rendicin de
cuentas.
Aportes socioculturales:
El Banco Central de Venezuela realiza una serie de aportes a la
ciudadana como complemento de su actuacin como rgano especializado
del Estado.
En este orden de ideas, desde la perspectiva sociocultural,
refuerza el valor ciudadano de su gestin y participa en la
definicin de nuevos modelos de interrelacin con la sociedad,
poniendo a disposicin del pas una serie de contribuciones dirigidas
a promover los valores culturales, estimular y fomentar el estudio
de la ciencia econmica en sus manifestaciones tericas y aplicadas,
as como a la divulgacin del conocimiento de esta ciencia, en
particular cuando promueva el desarrollo humano y econmico.
Para el ejercicio de este cometido, el instituto realiza
distintos esfuerzos segn los mbitos de relacin en que desarrolla su
compromiso social, vale decir:
1. Relaciones acadmicas, educativas, interinstitucionales y
divulgativas.
Se dirigen a apoyar el fortalecimiento de las capacidades
institucionales de las universidades nacionales y de diversos
organismos del sector pblico, mediante la generacin, discusin e
intercambio de conocimiento y su interaccin con los hacedores de
poltica, la suscripcin de convenios de cooperacin con universidades
e instituciones pblicas y privadas y las acciones como editor
institucional, no slo con sus propios estudios, sino con la
publicacin de ttulos que abarcan varias disciplinas.
Del mismo modo, se contempla incrementar el conocimiento
econmico de la poblacin y consolidar acciones formativas y
divulgativas, entre las que se incluyen programas didcticos
dedicados a los nios y visitantes a las instalaciones del
Instituto, programas de pasantas, entre otros.
2. Relaciones culturales, recreativas y comunitarias
Se orientan a proveer a la poblacin de actividades
didctico-recreativas, promover los valores histrico-patrimoniales
del pas custodiados por el BCV y desarrollar, mantener y ofrecer
seguridad en las reas de uso comunitario construidas por el
instituto. Los resultados de la funcin sociocultural del organismo
se expresan en un patrimonio institucional que, a su vez, tiene
carcter nacional, representado por los bienes culturales y de
conocimiento que dispone el banco y se encuentran accesibles a
todos los venezolanos para ser utilizados como instrumentos de
crecimiento y desarrollo personal y profesional.
3. Contribuciones a instituciones sin fines de lucro
Se encaminan a consolidar la participacin ciudadana del Banco y
su compromiso por elevar la calidad de vida de los sectores ms
necesitados de la poblacin, a travs de contribuciones a
instituciones sin fines de lucro, como parte de la funcin social de
la institucin y se orienta y fortalece la presencia e imagen del
BCV como ciudadano institucional.Principios y valores El Banco
Central de Venezuela, en el ejercicio de sus funciones, se rige por
los principios de actuacin que definen su naturaleza jurdica. Sus
valores rectores son fiel reflejo de las conductas propias de la
funcin pblica y de la esencia misma de la comunidad
bancentralista.Principiosa. Responsabilidad pblica en el
cumplimiento de los compromisos y mantenimiento de las relaciones
que le corresponden como institucin.b. Lealtad y sentido de
compromiso con los fines fundamentales del Instituto.
c. Compromiso social y transparencia en la actuacin y gestin
institucionales.
d. Conducta tica, respeto a las normas y disposiciones en el
desempeo de las funciones.
e. Honradez y solidaridad de las acciones y conductas como
individuos y como institucin.
f. Respeto a la dignidad humana, profesional y trato no
discriminatorio en las relaciones con todos y cada uno de los
miembros de la institucin y la sociedad.Valoresa. Respuesta al
entorno en correspondencia con la misin del Banco y salvaguardando,
en todo momento y en cada actuacin, los intereses generales del
Estado.
b. Consistencia del mensaje y actuaciones coherentes en todos
los mbitos de intervencin.
c. Participacin, democratizacin y decisiones colegiadas en la
ejecucin de las acciones institucionales.
d. Vocacin de servicio y sensibilidad hacia las necesidades de
la colectividad.
e. Excelencia y motivacin al logro, como esfuerzo manifiesto y
permanente para el mantenimiento de las buenas relaciones
interpersonales y la obtencin de resultados del ms alto nivel de
calidad.
f. Creatividad e innovacin en la bsqueda persistente de
iniciativas, que permitan mejoras en los procesos
institucionales.Retos El cumplimiento de los objetivos
fundamentales del Instituto coloca al banco frente a 11 retos, los
cuales exigen el ms alto nivel de desempeo y de capacidades
institucionales, a saber:
a. Ejercer sus funciones, en coordinacin con la poltica econmica
nacional y recomendar las medidas que se estimen oportunas para
alcanzar los objetivos propuestos y los fines superiores del
Estado.
b. Contribuir activamente con el proceso de integracin
latinoamericana y caribea, que favorezca el establecimiento de
mecanismos que faciliten la coordinacin de polticas macroeconmicas
en pro de los intereses de la regin y del pas.
c. Procurar la transparencia, calidad, veracidad y oportunidad
de la informacin que acompaa el diseo de las polticas, tanto la que
sirve de fuente para el proceso de adopcin de decisiones como la
que se da a conocer al pblico, entes e instancias relacionadas con
las actuaciones del Instituto.
d. Profundizar en el conocimiento de los fenmenos econmicos
relacionados con las polticas monetaria y cambiaria bajo la
responsabilidad del Instituto y su relacin con las dems polticas
econmicas y sociales, particularmente lo correspondiente a la
dinmica petrolera y la integracin regional.
e. Ejecutar, eficiente y efectivamente, las operaciones
nacionales e internacionales vinculadas con su mbito de
competencia.f. Preservar la estabilidad y seguridad del sistema de
pagos y contribuir, junto con los organismos competentes, a la
fortaleza y modernizacin del sistema financiero.
g. Desarrollar un proceso de compromiso social, abierto y
transparente para el mantenimiento de una efectiva red de
relaciones de colaboracin con los organismos nacionales e
internacionales, agentes econmicos y sociales, en beneficio del
inters colectivo.
h. Asegurar la adaptacin y ajuste del modelo de gestin del BCV y
su funcionamiento a lo establecido en la Constitucin, la Ley del
Instituto, las mejores prcticas nacionales e internacionales, y los
principios de gestin que le son vinculantes.
i. Fortalecer la capacidad de anticipacin y respuesta del BCV
ante la creciente dinmica del entorno nacional e internacional.
j. Contar con una adecuada administracin de riesgo que permita
identificar impactos potenciales y crear las condiciones para
responder a eventos o situaciones que puedan afectar el
funcionamiento, amenazar la continuidad de las operaciones e
impactar el marco de actuacin del BCV.
k. Fortalecer el sistema de control interno a cargo de la
Administracin, los rganos de supervisin y auditora, afianzando el
enfoque integral y preventivo.
Factores clave
Abordar con xito el desafo que representa cada uno de los retos
del BCV exige la evolucin favorable de los siguientes elementos y
variables funcionales y operativas.De las polticas monetaria y
cambiariaPolticas Monetarias Expansiva: Tiene por objeto fomentar
el crecimiento econmico, la creacin de empleo; aumento del consumo
y la inversin; etc.
Restrictiva: Disminuye la oferta monetaria y aumenta el tipo de
inters; trayendo como consecuencia que el consumo o la inversin
disminuyas.
La evaluacin del desempeo reciente y previsto de la actividad
econmica, incluidas las presiones inflacionarias, para el segundo
semestre de 2013; el BCV contribuir a la estrategia general de
polticas que favorezca el impulso de la actividad econmica, a la
vez que permanecer atento a la evolucin de los precios. Por lo
tanto, proceder a ajustar los instrumentos a su disposicin de
acuerdo con la trayectoria de los principales indicadores de la
coyuntura econmica. Esto en el marco de una coordinacin efectiva
con el ejecutivo nacional, a los fines de realizar un seguimiento
de las polticas implementadas e introducir oportunamente los
correctivos requeridos.Polticas Cambiarias Entre las polticas
cambiarias podemos mencionar:
Sicad El ejecutivo nacional, por rgano del Ministerio del Poder
Popular de Finanzas, y el Banco Central de Venezuela, dictaron el
Convenio Cambiario N 22, publicado en la Gaceta Oficial de la
Repblica Bolivariana de Venezuela N 40.199 del 02 de julio de 2013,
mediante el cual se establece que el Sistema Complementario de
Administracin de Divisas (Sicad), administrado por el Banco Central
de Venezuela, atender de manera complementaria las solicitudes de
divisas requeridas para satisfacer las necesidades de la economa
nacional.
Dicho sistema funcionar bajo el mecanismo de subastas
especiales, las cuales podrn ser realizadas con posiciones
mantenidas por personas naturales y jurdicas del sector privado
interesadas en actuar como oferentes, la Repblica y este ente
emisor; as como por cualquier otro ente autorizado por el
Directorio del Banco Central de Venezuela.Simadi Es el nuevo
esquema cambiario cuyas siglas significan Sistema Marginal de
Divisas.
El Ministerio para la Economa, Finanzas y Banca Pblica y el
Banco Central de Venezuela (BCV) acordaron por intermedio del
Convenio Cambiario N 33, la forma como las personas naturales y
jurdicas podrn participar como oferentes o demandantes del recin
creado Sistema Marginal de Divisas (Simadi).
De esta manera, las personas naturales o jurdicas podrn utilizar
este mecanismo para comprar y vender divisas, as como ttulos
valores denominados en moneda extranjera, refiere el convenio, en
vigencia tras su publicacin en la Gaceta Oficial Extraordinaria N
6.171 correspondiente al 10 de febrero de 2015. Las operaciones se
llevarn a cabo por intermedio de la banca pblica o privada, casas
de cambio, operadores de valores autorizados y en la Bolsa Pblica
de Valores Bicentenaria. Para la instrumentacin de este convenio
cambiario, tanto la Superintendencia de las Instituciones del
Sector Bancario (Sudeban) como la Superintendencia Nacional de
Valores dictarn las instrucciones de carcter prudencial
correspondientes, en sus mbitos de competencia.De la gestin
institucional
a. Autonoma: el Banco Central de Venezuela cumplir con las
atribuciones y funciones asignadas en la Constitucin, su propia ley
y dems normas que lo rigen, y actuar en cooperacin con los rganos
del Poder Pblico que corresponda, as como con las instituciones e
instancias pertinentes.
b. Legitimidad y continuidad: la institucin actuar con apego a
la normativa, con el objeto de asegurar en forma permanente el
cumplimiento de los objetivos y polticas institucionales.
c. Relaciones nacionales e internacionales: se afianzar la
credibilidad, reputacin y prestigio del BCV segn lo establecen los
mandatos constitucionales y la Ley del Instituto, as como los
lineamientos generales contenidos en el Plan de Desarrollo Econmico
y Social de la Nacin, y aquellos que establezca la Alta
Administracin.d. Comunicaciones: las comunicaciones internas del
Instituto mantendrn y profundizarn el flujo continuo de mensajes y
contactos personales tendientes a reforzar la imagen e identidad
corporativas, as como el sentimiento de pertenencia y lealtad al
Banco.
e. Recursos humanos: la institucin contar con personal cuyos
valores, principios ticos y competencias tcnicas, gerenciales y
personales sean convergentes con los de la organizacin.
f. Tecnologa: el Banco Central de Venezuela fortalecer las
plataformas tecnolgicas; promover la elevacin de la calidad,
eficiencia y efectividad de los servicios informticos prestados y
atender los requerimientos de los usuarios, mediante su
participacin activa en la seleccin, desarrollo, implantacin y
aplicacin de tecnologas de informacin. De este modo, el Instituto
se situar como lder del sistema financiero en su mbito de
competencia.
g. Seguridad y resguardo: la institucin contar con un sistema
integral de proteccin, seguridad y resguardo propio que preserve el
desempeo del BCV como autoridad responsable y asegure la
continuidad operativa, para garantizar los principios de
transparencia, colaboracin y respeto a la dignidad humana, as como
la participacin y gestin de todas las unidades del Instituto.h.
Cultura organizacional: el Banco Central de Venezuela actuar
conforme a sus principios y valores rectores y propiciar el
intercambio espontneo de ideas, el trabajo en equipo y la
participacin asertiva, con lo cual afianza el sentido de identidad
organizacional en su personal, de comportamiento tico y solidario
como funcionario pblico, dentro de un clima armnico e inspirador,
que contribuya con la confianza y al logro de los objetivos
institucionales.CONCLUSIONES
De lo antes expuesto podemos decir; que el Banco Central de
Venezuela se cre mediante una ley promulgada el 8 de septiembre de
1939, publicada en la Gaceta Oficial No. 19.974 del 8 de septiembre
de 1939, durante la presidencia de Eleazar Lpez Contreras,
destacndose la acrrima oposicin por parte de sectores nacionales
conservadores, que consideraban que era una amenaza para la
estabilidad monetaria de la nacin, dada su asociacin con el peligro
de un fcil e incontrolable financiamiento del gasto pblico por
parte del Banco Central.
Uno de los objetivos del Banco Central de Venezuela es lograr la
estabilidad de precios y preservar el valor de la moneda. Por otra
parte el Banco Central de Venezuela se proyecta como un organismo
autnomo porque armoniza la formulacin y ejecucin de las polticas a
su cargo con las necesidades del pas y a los fines del estado; en
la regulacin y consolidacin de la economa y el desarrollo integral
del pas. Entre las principales funciones que tiene el banco central
podemos destacar las siguientes: la formulacin y ejecucin de las
polticas monetarias y cambiarias adecuadas para un mejor control de
la estabilidad econmica del pas; promover la adecuada liquidez del
sistema financiero; centralizar y administrar las reservas
monetarias internacionales de la repblica; la participacin en el
mercado de divisas, vigilancia y regulacin del mismo, en los
trminos en que convenga con el Ejecutivo Nacional; velar por el
correcto funcionamiento del sistema de pagos del pas y establecer
sus normas de operacin. Por otra parte las polticas monetarias y
cambiarias del Banco Central de Venezuela, se encuentran orientadas
a la reactivacin, mejora y desarrollo del aparato econmico y
productivo del pas; aplicando cuando las circunstancias as lo
ameriten polticas expansivas, restrictivas y cambiarias para
estabilizar los activos lquidos del pas, y aumentar
significativamente las reservas internacionalesANEXOSGrafico 1.
Polticas Monetarias Expansivas.
Grafico 2: Polticas Monetarias Restrictivas.
Referencia Bibliogrfica
1. Ley del Banco Central de Venezuela. Publicada en la Gaceta
Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 38.232 de fecha
mircoles 20 de julio de 2005.Referencia Electrnica1. Banco Central
de Venezuela. Disponibles en:http: http://www.bcv.org.ve/.
Consultada en: Marzo 2015.
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