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Avances en la aplicación de las Políticas de Seguridad y salud en el trabajo
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Avances PSST Domingo CT CGTP

Nov 06, 2015

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    Avances en la aplicacin de las Polticas de Seguridad y salud en el trabajo

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    Antecedentes

  • Antecedentes

    Uno de los hechos laborales ms importantes suscitados en el pas en los ltimos veinte aos, fue la expedicin de la Ley N 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, promulgada apenas hace dos aos y despus de un siglo de la primera Ley de Accidentes de Trabajo N 1378.

    La Ley es la primera en su gnero y constituye el pilar bsico del nuevo derecho de seguridad y salud en el trabajo en el Per, de cuya fuente emanara la nueva jurisprudencia administrativa y judicial en el mbito de la prevencin de riesgos.

  • Antecedentes

    La Ley surgi como producto de la evaluacin de las difciles condiciones de seguridad y salud imperante en los centros de trabajo en el pas.

    Gracias al impulso programtico de la CGTP desde el 2011, la Ley dio paso a nuevos determinantes, a la razn jurdica y a un nuevo sistema de ordenamiento de las relaciones laborales en funcin de los riesgos inherentes a ella, centrada en la defensa de la vida y la salud de la persona humana.

  • Antecedentes

    La Ley representa el hito ms alto alcanzado en la evolucin del pensamiento preventivo y en el desarrollo de la conciencia social sobre la dimensin humana del trabajo.

    Es expresin del progreso de una nueva cultura de la prevencin de riesgos en todos los niveles del trabajo humano, sea pblico o privado, y compatible a los nuevos y modernos modos de organizacin y contenido del trabajo en el Per.

    Su determinismo ha sido reconocido por los voceros de los diferentes sectores econmicos del pas.

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    Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

  • El Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Fue creada por la Ley y es una de las reas donde se viene avanzando en forma discutida, consultada y gracias al impulso principalmente de las organizaciones laborales y del Estado.

    A la fecha ya tiene operativo su Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo como mxima instancia tripartita de concertacin en materia de seguridad y salud en el trabajo, contando como Secretaria Tcnica del mismo al Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo.

    Donde estamos trabajando de forma consensuada para adecuar la Ley en beneficio del pas.

  • El Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Este Consejo Nacional cuenta adems con diversas Comisiones tcnicas en asuntos especficos, como la Comisin de Historias Clnicas, la Comisin de Formacin de Formadores, la Comisin de Profesionales de Seguridad y Salud en el Trabajo, debiendo instalarse prximamente la Comisin de Convenios OIT.

  • El Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    A la fecha se encuentran instalados un total de 9 Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo en las Regiones: Lambayeque, Cajamarca, San Martin, Provincias de Lima, Lima Metropolitana, Provincia Constitucional del Callao, Arequipa, Moquegua y Tacna.

    A la vez se encuentran en proceso de instalacin las Regiones de La Libertad, Junn, Ica, Apurmac, Cusco y Puno; faltando las instalaciones de los Consejos en las Regiones de Tumbes, Piura, Amazonas, Loreto, Ancash, Hunuco, Pasco, Ucayali, Huancavelica, Ayacucho y Madre de Dios.

  • El Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Aunque los recursos son escasos para apoyar la implementacin de los Consejos Regionales en las regiones donde an no existe, sin embargo su implementacin depender esencialmente de la exigencia y del impulso que impregnen en sus relaciones las organizaciones de trabajadores en cada regin.

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    Poltica Nacional de Seguridad Y salud en el trabajo

  • Poltica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Sin duda una de las acciones ms importantes emprendidas por el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo fue la aprobacin consensuada de la Poltica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo el 2 de mayo del 2013 mediante Decreto Supremo N 002-2013-TR, el cual ha sido validado en diversos talleres, encontrndose expedita su aprobacin en el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual desarrolla los seis ejes estratgicos de la Poltica aprobada.

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    Sistema de gestin de seguridad y salud en el trabajo de los centros de trabajo

  • Los Sistemas de gestin de seguridad y salud en el trabajo en los centros de trabajo

    Desde la promulgacin de la Ley y su Reglamento, el Decreto Supremo N 005-2012-TR, se ha venido avanzando en forma heterognea y lenta en la implementacin de los diversos componentes de los Sistemas de gestin de seguridad y salud en el trabajo en los diferentes centros de trabajo del pas, faltando as mismo la implementacin de los Programas anuales del SST en los Centros laborales, as como falta ms fiscalizacin de la existencia de los mismos.

  • Los Sistemas de gestin de seguridad y salud en el trabajo en los centros de trabajo

    No obstante uno de los aspectos ms avanzados es la diseminacin de los Reglamentos Internos de Seguridad y Salud en el Trabajo, principalmente en las empresas privadas, debido a la preexistencia de reglamentos, aunque buena parte de ellas tiene pendiente su adecuacin a la nueva ley.

    A la fecha se desconoce cuantos comits de SST se han instalado en los centros de trabajo pblico y privado, en estos dos ltimos dos aos, por lo que urge un monitoreo al respecto.

  • Los Sistemas de gestin de seguridad y salud en el trabajo en los centros de trabajo

    Se advierte a la vez mucha resistencia de parte de los empleadores para implementar los programas de capacitacin en seguridad y salud en el trabajo para sus trabajadores, debido a que su inversin es responsabilidad de los empleadores.

    Por otro lado no se ha avanzado ms en la implementacin de los exmenes medico ocupacionales que exige el sistema de gestin en los centros de trabajo, luego de promulgada la Resolucin Ministerial N 312-2011-MINSA.

  • Los Sistemas de gestin de seguridad y salud en el trabajo en los centros de trabajo

    Asimismo recin se ha iniciado el proceso de implementacin de los Registros obligatorios del sistema de gestin de seguridad y salud en el trabajo en la mediana y gran empresa, y en las entidades pblicas, al haberse publicado recientemente los 11 formatos referenciales mediante la RM N 050-2013-TR, as como los Registros Simplificados del Sistema de Gestin del SST en el sector de la micro y pequea empresa, pese haberse publicados los formatos referenciales en la RM N 082-2013-TR.

  • Los Sistemas de gestin de seguridad y salud en el trabajo en los centros de trabajo

    Finalmente an no se ha avanzado en la implementacin de las Auditorias del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo en los centros de trabajo como lo exige el artculo 43 de la Ley.

    An se encuentra pendiente de regulacin por parte del Ministerio de Trabajo la creacin del Registro de Auditores del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo, as como la periodicidad que las auditorias.

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    Sistema de registro nico de accidentes y enfermedades ocupacionales

  • Sistema de registro nico de accidentes y enfermedades ocupacionales

    La implementacin del Sistema de registro nico de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, dispuesta por la Ley, an se encuentra en su fase de diseo y definicin a nivel multisectorial.

    Para ello se expidi la RS N 069-2013-PCM, mediante el cual se crea la Comisin Tcnica Multisectorial, de naturaleza temporal y adscrita al MTPE, con el objetivo de elaborar la propuesta del Registro nico de Informacin sobre accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales.

  • Sistema de registro nico de accidentes y enfermedades ocupacionales

    A la Comisin se le concedi un plazo de 120 das hbiles para presentar la propuesta del Registro nico de Informacin al Despacho Ministerial del MTPE, el cual venci en setiembre del 2013.

    Con la implementacin del Registro nico, se perfeccionara el mecanismo de reporte, se ampliara la base de la informacin y se mejorara el Boletn Estadstico del MTPE, que seala que:

    - en el 2011 se reportaron 4,732 accidentes de trabajo

    - en el 2012 se reportaron 15,508 accidentes

    - entre enero y julio del 2013 se han reportado 10,167 accidentes de trabajo.

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    Sistema de inspeccin del trabajo en seguridad y salud en el trabajo

  • Sistema de inspeccin del trabajo en seguridad y salud en el trabajo

    De acuerdo a la Ley, el MTPE, con su Sistema de Inspeccin del Trabajo, tiene ahora la responsabilidad de fiscalizar el cumplimiento de las leyes y reglamentos relativos a la Seguridad y Salud en el Trabajo en todos los sectores del pas. Esta fortaleza se ve debilitada ante la carencia de inspectores

  • Sistema de inspeccin del trabajo en seguridad y salud en el trabajo

    No se espera que esta situacin sea revertida en el corto plazo con la implementacin de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacin Laboral (SUNAFIL), creada recientemente mediante la Ley N 29981, debido a la poca asignacin presupuestal que se est asignando en el proyecto de Presupuesto de la Repblica del 2014.

    Segn fuentes del propio MTPE, el Sistema Nacional de Inspecciones contaba con 414 inspectores y 25 supervisores a julio del 2012 a nivel nacional, el cual solo cubre el 15% de la demanda inspectiva total (957,980 asalariados).

  • Sistema de inspeccin del trabajo en seguridad y salud en el trabajo

    No obstante, cabe resaltar que se ha incrementado el nmero de inspecciones en materia de seguridad y salud en el trabajo en los ltimos dos aos.

    Segn los anuarios estadsticos del MTPE, en el 2011 se realizaron 4,331 inspecciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, de los cuales el 55.2% fueron en Lima, 5.3% fue en Pasco, 5.2% en Arequipa, 4.7% fue en Loreto y 3.4% en Apurmac, mientras que en el 2012 se realizaron 15,374 inspecciones en la misma materia, de los cuales el 61.3% fueron en Lima, 16.4% fue en San Martin, 6% en Moquegua, 3.2% fue en el Callao y 2.1% en Lambayeque.

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    Avances en la aplicacin del tipo penal

  • Avances en la aplicacin del tipo penal

    Sin duda, una de los mayores aportes de la Ley fue el establecimiento del tipo penal contra los riesgos y daos derivados de la infraccin de las normas de seguridad y salud en el trabajo, en resguardo de los bienes jurdicos de la vida, la salud y la integridad fsica del trabajador, mediante la creacin del nuevo artculo 168-A del Cdigo Penal.

  • Avances en la aplicacin del tipo penal

    No obstante, no se cuenta con reportes en el pas sobre el nmero de expedientes iniciados en el Ministerio Publico dirigidos a la investigacin de actos que hayan puesto en riesgo la vida, salud e integridad fsica de los trabajadores, ni de investigacin de accidentes de trabajo con consecuencia de muerte o lesiones graves en agravio de los trabajadores.

    Tampoco se cuenta con reportes sobre el nmero de procesos de instruccin aperturados por los jueces penales en los diferentes distritos judiciales del pas por delito contra la seguridad y salud en el trabajo.

  • Avances en la aplicacin del tipo penal

    Precisamente, segn el Anuario Estadstico del MTPE, desde que entr en vigencia la Ley:

    - entre setiembre y diciembre del 2011 fallecieron 59 trabajadores por accidentes de trabajo

    - en el 2012 fallecieron 189 trabajadores, de los cuales un 96% fueron varones, 87 de los cuales ocurrieron en Lima.

    - solo entre enero y julio del 2013 fallecieron 118 trabajadores por accidentes de trabajo.

    Es decir desde que entr en vigencia la Ley, han fallecido 366 trabajadores por accidentes de trabajo mortales.

  • Avances en la aplicacin del tipo penal

    Tambin llama la atencin que no se hayan ejecutados acciones de capacitacin en Lima y en los distritos judiciales para capacitar, especializar y perfeccionar a los jueces y fiscales en la aplicacin del tipo penal contra la seguridad y salud en el trabajo.

    Esta es una responsabilidad del Ministerio Publico y el Poder Judicial, en el cual pueden colaborar las Universidades pblicas y privadas del pas y los organismos de cooperacin.

  • Avances en la aplicacin del tipo penal

    En este contexto, resulta inoportuno y descolocado que tempranamente se hayan alentado iniciativas legales desde los gremios empresariales, para modificar el artculo 168-A del Cdigo Penal, cuando no se conoce siquiera un balance sobre las dificultades de su aplicacin en los procesos de investigacin e instruccin penal.

  • Avances en la aplicacin del tipo penal

    Es contraproducente que la iniciativa para modificar el articulo 168-A del Cdigo Penal lo haya alentado el propio Ministerio de Trabajo, quien encabeza el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y que por tanto debe asumir un rol ms equilibrado y razonable en la promocin del cumplimiento de la ley y en desarrollo de todas las acciones orientadas a asegurar el fortalecimiento, sensibilizacin y soporte en la aplicacin del nuevo tipo penal.

    Por ello esperamos que esta situacin no prospere.

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    Muchas Gracias

    CGTP

    Domingo Cabrera Toro Secretario Nacional de Seguridad y Bienestar Miembro del Consejo Nacional del SST Secretario General de la Confederacin de Trabajadores Estatales del Per - CTE-Per