Auto de cierre de investigación sumaria sobre el avance e impacto del proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar 201750033309900015E de 2017 Bogotá D.C., septiembre de 2017 De conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 119 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 7 del Acuerdo 207 de 2006.
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Auto de cierre de investigación sumaria sobre el avance e impacto del proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar
201750033309900015E de 2017
Bogotá D.C., septiembre de 2017
De conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 119
del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 7
del Acuerdo 207 de 2006.
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033309900015E
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Contenido
1. Antecedentes y actuaciones .................................................................................................. 2
2. Análisis de los hechos frente a las normas vigentes y la probidad ....................................... 3
2.1 Antecedentes del Proyecto cable Aéreo de Ciudad Bolívar .......................................... 3
2.2. Contrato de obra No. 1630 de 2015 suscrito entre el IDU y la Unión Temporal Cable
Tabla 2. Estado actual del contrato de obra 1630 de 2015 IDU-Unión Temporal cable Bogotá 8
Tabla 3. Avance de obra por frente de trabajo 17
Tabla 4. Avance de la obra: Estaciones 19
Tabla 5. Avance en el componente de rampas para PcD 22
Tabla 6. Avance en los biciparqueaderos 23
Tabla 7. Avance en proceso de reasentamiento de familias con ocasión del proyecto
Transmicable 26
Tabla 8. Equipamientos a construir con ocasión del proyecto Transmicable 36
Tabla 9. Lista de Líderes de Ciudad Bolívar entrevistados 42
Ilustración 1. Registro fotográfico Estación No. 1 Mirador El Paraíso 20
Ilustración 2. Registro fotográfico Estación No. 2 Juan Pablo II 20
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Ilustración 3. Registro fotográfico Estación No. 3 Manitas 21
Ilustración 4. Avance en la construcción de pilonas o torres 27
Ilustración 5. Ubicación de los equipamientos a construir en el área de influencia de
Transmicable 38
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Introducción
El documento presenta el resultado de la Investigación Sumaria de Oficio No.
201750033309900015E de acuerdo con los siguientes antecedentes:
En el marco del Comité de Coordinación de la Delegada para la Atención de Quejas y
Reclamos, realizado el día 10 de mayo de 2017, se solicitó la apertura de investigación
sumaria de oficio relacionada con el proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar.
La Veeduría Distrital con el fin de conocer el avance en el cumplimiento de las
obligaciones y compromisos de las entidades competentes, frente a la ejecución del
proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar abrió el expediente de investigación sumaria
de oficio No. 201750033309900015E de 2017.
El presente informe recoge la actuación adelantada de forma ordenada y sistemática, con
el análisis del acopio probatorio, las conclusiones y recomendaciones que pretenden
conducir a una mejor gestión pública distrital y poner en conocimiento de la entidad
investigada las recomendaciones realizadas, a fin de que se tomen los correctivos
necesarios dentro de la misma y se fijen unos plazos para su implementación.
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Veeduría Delegada para la Atención de Quejas y Reclamos
Radicado: 20175000005583
Expediente: 201750033309900015E
Entidad(es) Investigada(s): IDÚ, SDM, Transmilenio, entre otras
Fecha de Radicación: Mayo 10 de 2017
1. Antecedentes y actuaciones
El día 10 de mayo de 2017 con radicado No.20175000005583 por decisión del Comité de
Coordinación, se ordenó la apertura de la investigación sumaria de oficio
No.201750033309900015E dado el impacto que genera para la ciudad, la ejecución del
proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar.
Objeto de la investigación: Establecer el avance, cumplimiento de los compromisos
institucionales en la ejecución del proyecto Transmicable, con el fin de formular las
recomendaciones pertinentes, y/o poner en conocimiento de las autoridades competentes las
presuntas irregularidades encontradas.
En desarrollo de la investigación, la comisionada desarrolló las siguientes actuaciones:
1. Mediante radicado No.201750000746812 del 8 de agosto de 2017, se solicitó al Instituto
Distrital de Desarrollo Urbano (IDU), información relacionada con la ejecución del proyecto
Cable Aéreo de Ciudad Bolívar.
2. El día 15 de agosto de 2017, se realizó visita administrativa al IDU, diligencia que fue
atendida por el Doctor Edgar Francisco Uribe Ramos, Director de Infraestructura y Transporte
y la Doctora Mercy Carina Martínez, gerente del proyecto.
3. El día 16 de agosto de 2017, se realizó visita administrativa a la Secretaría Distrital de
Movilidad (SDM), diligencia que atendieron las ingenieras Sonia Gaona Uscátegui y Adriana
Rodríguez Fonseca, profesionales especializadas de la Dirección de Transporte e
Infraestructura.
4. El 17 de agosto de 2017, se realizó visita de campo a la localidad Ciudad Bolívar en
donde se realizó reunión con líderes de la zona de influencia del proyecto. La visita fue atendida
por la Unión Temporal Cable Bogotá, contratista del proyecto y por la interventoría del mismo.
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5. El 24 de agosto de 2017, se realizó visita administrativa a Transmilenio, con el fin de
recaudar información del proyecto; esta diligencia fue atendida por el ingeniero Yerson
Martínez, gerente de Transmicable.
2. Análisis de los hechos frente a las normas vigentes y la probidad
2.1 Antecedentes del Proyecto cable Aéreo de Ciudad Bolívar
La administración distrital ha implementado distintas alternativas de solución para atender las
necesidades de demanda de transporte público. Entre los años 2000 y 2006 se culminó la primera
y segunda fase del sistema Transmilenio, que sirvieron de motor de transformación del sistema
de transporte público colectivo tradicional que predominaba en la ciudad. A pesar de las obras
y la configuración de redes de transporte masivo y de los sistemas de alimentación, no se dio
continuidad completa en zonas periféricas de la ciudad con condiciones topográficas agrestes,
en las que se dificulta el acceso y predominan los sistemas tradicionales de transporte público,
tal como se consigna en el documento anexo técnico de los estudios, diseños y construcción de
obra civil, suministro, montaje y puesta en funcionamiento del componente electromecánico de
un sistema de transporte de pasajeros por cable aéreo tipo mono cable desenganchable, en la
localidad de Ciudad Bolívar, en Bogotá D.C., elaborado por el IDU en 2014.
El mismo documento refiere que las zonas periféricas de la ciudad se caracterizan por presentar
altas densidades poblacionales que las constituyen como centros generadores de viajes, por ello
se hizo necesario que la Administración Distrital evaluara medios de transporte público
alternativos cuya tecnología pudiese ofrecer una mayor eficiencia en las condiciones
topográficas predominantes, que disminuyera los tiempos de desplazamiento, redujera la
emisión de contaminantes, optimizando el consumo de recursos (no renovables y renovables),
la reutilización y reciclaje de sus componentes y minimizara la producción de ruido y
contaminación visual; además, que satisfaciera las necesidades básicas de movilidad y acceso
de las personas al transporte en la ciudad de manera segura y eficiente; así las cosas y basados
en la experiencia obtenida en Medellín, se seleccionó como tecnología factible el sistema de
transporte por Cable Aéreo.
En el primer estudio, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, DAPD (hoy
Secretaría Distrital de Planeación) y la Universidad Nacional de Colombia en el 2000, se
analizaron posibles alternativas de transporte por cable o rieles en la localidad de Ciudad Bolívar
para sub-zonas definidas.
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Posteriormente, en el año 2007 la empresa de Transporte Masivo del Tercer Milenio
Transmilenio S.A. (TMSA) realizó una evaluación del sistema de transporte masivo y en el
estudio denominado “Una Mirada a Fase I y Fase II” en el que se evidenciaron los sectores de
la ciudad que no tenían cobertura del sistema; se evaluaron los medios de transporte alternativos
con potencialidad a ser implementados en dichos sectores de la Ciudad. Los análisis
concluyeron que era factible estudiar un sistema de transporte público de pasajeros por cable en
las localidades de Ciudad Bolívar, Usme, Rafael Uribe, San Cristóbal y Usaquén.
En el año 2009, mediante el Contrato Interadministrativo No.1463 CN2099-0237 del 03 de
noviembre de 2009 suscrito con la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá
(ETMVA), la Administración Distrital emprendió los estudios de caracterización y perfil de un
sistema de transporte público por cable aéreo en la Ciudad de Bogotá, atendiendo las
necesidades de movilización de personas que habitan en sectores periféricos de la ciudad, que
cuentan con condiciones de accesibilidad complejas y falencias en la continuidad de las redes
de transporte disponibles. Estos estudios se desarrollaron con la intención de identificar la
viabilidad técnica y de costos preliminares, para implementar líneas de transporte público por
cable para las localidades de Usaquén, Santa Fe, Chapinero, San Cristóbal, Usme y Ciudad
Bolívar, y definir una priorización de implementación para las líneas factibles empleando
métodos de análisis multicriterio.
De los análisis y procedimientos técnicos empleados, se encontró que la línea con mayor nivel
de prioridad correspondía a la definida para Ciudad Bolívar y en segundo lugar se posicionó la
planteada para la localidad de San Cristóbal. Frente a lo anterior, y tal como se acordó en los
términos del convenio, la ETMVA efectuó los estudios de nivel de perfil para la línea con mayor
puntaje en el proceso de priorización (Ciudad Bolívar).
La ejecución de los estudios se sustentó en el marco de integración de los diferentes sistemas y
medios de transporte de la ciudad, bajo un esquema de planificación articulado, para generar la
reorganización del Distrito a nivel urbano, en aras de favorecer a la población que habita en las
periferias con respecto a los costos de desplazamiento que asumen, la seguridad de los sistemas,
la reducción de la segregación, la calidad ambiental, la eficiencia y confiabilidad de los
servicios.
Como política del Gobierno Nacional, el Consejo Nacional de Política Económica y Social
(CONPES) estableció en el documento 3677 de 2010 “Conpes de movilidad integral para la
región capital Bogotá – Cundinamarca” que la implementación de una red de transporte por
Cable Aéreo en los sectores periféricos del Distrito articulada con el Sistema Integrado de
Transporte Público, se fundamenta en la necesidad de lograr una integración, no solo a nivel de
transporte, sino a nivel de planeación urbana que garantice sostenibilidad ambiental y social.
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La justificación del proyecto es señalada en el mismo anexo técnico y se enmarca dentro de los
objetivos propuestos por el Plan Maestro de Movilidad y el Plan de Desarrollo 2012–2016, en
los cuales la Secretaría Distrital de Movilidad adelantó los estudios que permitirán mejorar la
accesibilidad y conectividad de los sectores periféricos y rurales de la ciudad con las distintas
centralidades, evaluando la posibilidad de implementar modos de transporte público alternativos
tales como el Sistema de Transporte Público de Pasajeros por Cable Aéreo; sistema que fue
definido como un proyecto de atención prioritaria dentro de la administración y que hace parte
del denominado “Sistema Integrado de Transporte Público” como eje estructurante del territorio
(Instituto Distrital de Desarrollo Urbano, 2014 p. 2-3).
El área de Influencia general del proyecto es en la localidad de Ciudad Bolívar; esta localidad
ubicada al sur de la ciudad limita al norte con la localidad de Bosa, al sur con la localidad de
Usme; al oriente con las localidades de Tunjuelito y Usme y al Occidente con el municipio de
Soacha. La localidad posee una extensión territorial de 12.998 hectáreas, de las cuales 2.088,
pertenecen al área urbana. Su topografía es en un 90 % montañosa.
Ciudad Bolívar es la localidad más extensa del distrito, está organizada administrativamente en
326 barrios y 8 UPZ y en ella habita una población aproximada de 675 mil habitantes. Allí se
evidencian situaciones de inequidad social, precariedad del espacio público, deficiencia de
transporte, inseguridad y deterioro ambiental; lo cual se refleja en los distintos indicadores
socioeconómicos que calcula el Distrito. Lo anterior hizo que se priorizara la intervención
pública distrital para la construcción de un sistema de transporte público de pasajeros que
supliera en parte las necesidades y limitaciones de los habitantes de esta parte de la ciudad.
(Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, 2015).
El área de influencia directa del proyecto Cable Aéreo, hoy Transmicable, específicamente se
localiza en las UPZ (67) Lucero y UPZ (66) San Francisco, conformada por los siguientes
barrios: Las Acacias, Candelaria La Nueva, Gibraltar, Colmena, La Casona, Juan José Rondón,
San Luis Sur, San Fernando Sur, Santa Inés de la Acacia, Millán, Los Sauces, Puerta del Llano,
Sauces, Hortalizas y El Recuerdo. La UPZ (67) Lucero, conformada por los siguientes barrios:
Álvaro Bernal Segura, Lucero Alto, Lucero Medio, Lucero Bajo, Domingo Laín, El Bosque, El
Castillo, El Mirador, Estrella del Sur, El Triunfo, Gibraltar Sur, Juan Pablo II, La Alameda, La
Cabaña, La Escala, Las Manitas, Los Alpes, El Satélite, La Torre, Los Andes de Nutibara, La
Estrella de Lagos, Ciudad Milagros, Compartir, Buenavista, Marandú, Meissen, Brisas del
Volador, México, Nueva Colombia, Naciones Unidas, Tierra Linda, Vista Hermosa, Villa
Gloria y Capri (Instituto Distrital de Desarrollo Urbano, 2014 p. 4).
Teniendo en cuenta estos antecedentes, la Administración Distrital adelantó el Contrato para la
construcción del proyecto integral Cable Aéreo de Ciudad Bolívar, hoy Transmicable.
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2.2.Contrato de obra No. 1630 de 2015 suscrito entre el IDU y la Unión Temporal Cable
Bogotá
Tabla 1. Contrato de obra No. 1630 de 2015
Licitación Pública No. IDU-LP-SGI-032-2014
Objeto Desarrollar los estudios. diseños y construcción de obra
civil, suministro, montaje y puesta en funcionamiento y
mantenimiento del componente electromecánico, de un
sistema de transporte de pasajeros por cable aéreo tipo
mono cable desenganchable, en la localidad de Ciudad
Bolívar, en Bogotá, DC.
Contratista Unión Temporal Cable Bogotá-NIT No. 900869173-0
Interventor Consorcio Inter Cable Ciudad Bolívar
Valor inicial $ 164. 300.000.000
Valor total $ 170.656.283.770,00
Presupuesto estudios, diseños y
aprobaciones
$2.579.906.918,00
Presupuesto etapa preliminares $ 257.243.789,00
Presupuesto construcción obra civil $78.237.660.394,00
Presupuesto para el componente
ambiental
$2.213.204.804,00
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Presupuesto para el componente social
$ 537.510.984,00
Presupuesto para el Plan de Manejo de
Tráfico (PMT)
$248.583.619,00
Presupuesto para ajustes obras y
compensaciones
$6.808.369.792,00
Presupuesto para el suministro del
componente electromecánico para un
sistema de transporte de pasajeros por
Cable aéreo.
$24.135.083,00 Euros
Montaje, pruebas, capacitación y puesta
a punto del componente
electromecánico de un sistema de
transporte de pasajeros por cable aéreo
tipo mono cable
$6.210.645.123,00
Valor mantenimiento anual $1.311.000.216
Plazo inicial Treinta y cinco meses (35)
Plazo etapa de diseño 8 meses (04/09/2015 al 03/05/2016)
Plazo etapa preliminares 1 mes (04/05/2016 al 03/06/2016)
Plazo etapa de mantenimiento 12 meses
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Fecha de inicio: 4 de septiembre de 2015
Fecha inicial de terminación 3 de agosto de 2016
Estado físico contractual Ejecutadas las etapas de estudios, diseños, aprobaciones
y preliminares. En ejecución la etapa de construcción del
proyecto cable aéreo en la Localidad de Ciudad Bolívar
iniciada el 04/06/2016. Avance general de la obra: 67%
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en el contrato No. 1630 de 2015
En visita administrativa al IDU del 15 de agosto de 2017, se preguntó si el Proyecto había
presentado modificaciones, adiciones, suspensiones o prórrogas, la Doctora Mercy Carina
Martínez, gerente del proyecto, manifestó que durante la ejecución de las obras de construcción
del contrato IDU 1630 de 2015 Transmicable, se han surtido las siguientes modificaciones:
(Martínez, Acta de visita administrativa al IDU, 2017).
Tabla 2. Estado actual del contrato de obra 1630 de 2015 IDU-Unión Temporal cable Bogotá
Descripción Valor Fecha Observación Justificación
Contrato Inicial $164.300.000.000 16/07/2015 Equivalentes a
254985,6441 salarios
mínimos legales
mensuales vigentes para
el año 2015
Adición N°1 y
Modificatorio No. 1
$6.356.283.770 28/12/2015 Modificó la cláusula
décima del contrato,
denominada PLAZO y
se adicionó la suma de
$6356.283.77
Un monto de
$4.711.283.770 que
se provisionó por el
riesgo cambiarlo, de
acuerdo con lo
establecido en la
matriz de riesgo
numeral 8 y 10, y 2.
Un valor de
$1.645.000.000 que
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se provisionó para
los traslados de las
redes de Condensa
que interfieran con el
trazado del proyecto
Modificatorio N-2 05/09/2016 Modificó la cláusula
cuarta: FORMA DE
PAGO, la cláusula
séptima: INTERESES
DE MORA, y la
cláusula octava:
ANTICIPO PARA LA
CONSTRUCCION DE
LAS OBRAS CIVILES
Prórroga No.1,
Adición No. 2 y
Modificatorio No. 3
$ 39.063.036.656 27/12/2017 Se prorrogó en 9 meses
y 21 días, se modifican
las cláusulas 4 y 10 y
adiciona el valor en
$39.063.036.656
Modificatorio No.4 y
autorización y
aceptación de una
cesión.
12/06/2017 Por el cual se modifica
la Cláusula Vigésima
Quinta del contrato y se
autorizó y se aceptó la
cesión de la
participación de un
integrante de la Unión
Temporal.
Modificatorio No.5 21/06/2017 Termina la prórroga 1
adición 2 y
modificatorio 3
Prórroga No.2,
Adición No.3 y
Modificatorio No. 6
$ 39.431.324.072 21/06/2017 Se prorrogó en 9 meses
y 21 días se modifican
las ' cláusulas 4 y 10 y
1) un monto de
$11.880.482.842, el
cual se provisiona
para cubrir las
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10
adiciona el valor en
$39.431.324.072
mejoras del
componente
electromecánico, 2)
un valor de $
16.539.815.386 el
cual se provisiona
para cubrir las obras
de la ampliación del
túnel de conexión,
baños y ciclo
parqueaderos, 3) un
valor de $
193.421.164 el cual
se provisiona para
cubrir los diseños de
la ampliación del
túnel de conexión,
baños y Ciclo
parqueaderos, 4) un
valor de $
10.817.604.680 el
cual se provisiona
por el riesgo
cambiado de
acuerdo a lo
establecido en la
matriz de riesgo
numeral 8 y 10.
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en la información suministrada por el IDU en
visita administrativa del 15 de agosto de 2017.
La información contractual se encuentra debidamente publicada en el portal de contratación, de
acuerdo con lo establecido por el Decreto 1082 de 2015, que indica que los documentos que
hagan parte del proceso contractual se publicarán dentro de los tres días siguientes después de
su expedición, lo cual se verificó en la página del Secop I, así mismo estos se ajustan a lo
establecido en el estatuto de la contratación estatal.
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Del mismo modo, la licitación pública era el mecanismo idóneo de acuerdo con lo establecido
en el estatuto de contratación estatal, ya que es la regla general por el presupuesto que se está
ejecutando y el objeto contratado.
El pliego de condiciones, durante el proceso de contratación tuvo 9 adendas, 8 de ellas
modificaban el cronograma contemplado por el IDU, las cuales cumplen con los tiempos
estipulados en la ley 80 de 1993 y en el Decreto 1082 de 2015.
2.3.Estudios y diseños del Cable Aéreo de Ciudad Bolívar
Es importante señalar que la Veeduría Distrital ha venido haciendo acompañamiento,
seguimiento y control a este proyecto. En este sentido, desde 2015 ha entregado a la
administración distrital, observaciones y recomendaciones en cumplimiento de su función
preventiva.
Con base en el informe de seguimiento a la ejecución del contrato IDU 1630 de 2015 Cable
Aéreo de Ciudad Bolívar de septiembre de 2015 a noviembre de 2016, elaborado por la Veeduría
Delegada para la Contratación de la Veeduría Distrital-, el Distrito contaba con los estudios
técnicos a nivel de factibilidad del proyecto, los cuales habían sido contratados, a través de la
Secretaría Distrital de Movilidad, mediante el contrato interadministrativo de consultoría
No.20121531 de noviembre de 2012, suscrito con la Empresa de Transporte Masivo del Valle
de Aburra Ltda. el cual tenía como objeto “Realizar los estudios técnicos y diseños a nivel de
factibilidad para el sistema de transporte público urbano de pasajeros por cable aéreo de las
líneas desde el Portal Tunal hasta el sector Mirador/Paraiso en la localidad Ciudad Bolívar y
desde el Portal 20 de Julio hasta el Sector de Moralba/Altamira en la localidad de San Cristóbal”.
En cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo correspondientes al programa “Movilidad
Humana”, en el mes de diciembre de 2014 el IDU ordenó la apertura de la Licitación Pública
IDU-LP-SGI-032-2014, que tenía por objeto contratar “Estudios, Diseños y Construcción de
Obra Civil, Suministro, Montaje y Puesta en Funcionamiento y Mantenimiento del Componente
Electromecánico, de un Sistema de Transporte de Pasajeros por Cable Aéreo Tipo Mono cable
Desenganchable en la Localidad de Ciudad Bolívar”, adjudicándose el 26 de junio de 2015 a la
UNIÓN TEMPORAL CABLE BOGOTÁ (UTCB) integrada por: Doppelmayr Colombia S.A.S,
con una participación del 50%, Constructora Colpatria S.A. con una participación del 25% e
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ICEIN Ingenieros Constructores S.A.S, dando lugar al contrato de obra 1630 de 2015 suscrito
el 16 de julio de 2015 por valor de $164.300.000.000, el cual inició el 4 de septiembre de 2015,
esto en razón de la demora en la aprobación de las garantías, así como de las hojas de vida del
personal que haría parte del proyecto.
El plazo de ejecución establecido fue de 35 meses discriminados en cuatro etapas así:
Etapa 1: Estudios y Diseños: 5 meses
Etapa 2: Etapa Preliminar: 1 mes
Etapa 3: Etapa de Construcción: 17 meses
Etapa 4: Etapa de Mantenimiento: 12 meses
La interventoría del proyecto está a cargo del CONSORCIO INTERCABLE CIUDAD
BOLÍVAR, integrado por las firmas Estudios Técnicos y Asesorías S.A. (ETA S.A.) e
Interventorías y Proyectos S.A.S. (INTERPRO S.A.S), contratada mediante el contrato de
interventoría 1653 de 2015, suscrito el 5 de agosto y con fecha de inicio 4 de septiembre de
2015.
El 28 de diciembre de 2015 se suscribió la modificación 1 y adición 1 al contrato de obra 1630
de 2015, mediante la cual se amplió en tres meses el plazo para la etapa de Estudios y Diseños,
en razón a que el contratista había presentado al IDU una propuesta con una serie de mejoras al
componente electromecánico, la cual debía ser aprobada por Transmilenio S.A. y así poder
continuar con los diseños de las áreas de parqueo y equipamiento especial. Este cambio se
realizó sin modificar el plazo total del contrato, el cual se mantuvo en 35 meses, acordando que
el contratista daría inicio a la etapa de construcción en la medida que fuera teniendo las
aprobaciones de los estudios requeridos. Al mismo tiempo el IDU autorizó adicionar el valor
del contrato por $6.356.283.770 con el fin de cubrir las eventualidades derivadas por la variación
de la divisa (euro) en la cual se debe pagar el componente electromecánico.
El 5 de mayo de 2016 se firmó el acta No. 8 de recibo y aprobación de diseños e inicio de la
etapa de preliminares de obra y el 5 de junio se dio inicio a la etapa de construcción. Respecto
de esta acta, se le dio alcance a la misma mediante el acta No. 13 del 15 de septiembre de 2016,
completando la entrega de algunos estudios que se encontraban pendientes de definición.
El 5 de septiembre de 2016 se suscribe la Modificación 2, mediante la cual se corrigen las
condiciones contractuales aclarando que TRANSMILENIO S.A., es el pagador del contrato y
no el IDU, en virtud de lo establecido en el Convenio Interadministrativo 020 de 2001, por lo
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que se ajustan todos aquellos apartes del contrato en los cuales figura el IDU como pagador y
se cambia por TRANSMILENIO S.A., en concordancia con el convenio en cuestión (Veeduría
Distrital, 2016).
En una primera visita administrativa realizada por la Veeduría Delegada para la Contratación,
de la Veeduría Distrital, el 24 de noviembre de 2016, el contratista presentaba un avance del
4,5% frente a un 8,2% proyectado según la última reprogramación aprobada. De acuerdo con lo
informado por la Interventoría en ese momento se encontraba en proceso de revisión y
aprobación de una nueva reprogramación en razón a las cantidades ejecutadas de algunos ítems
que se fueron ajustando durante la ejecución de las obras, teniendo como razón de ser de estos
ajustes contar con una línea base que dé cuenta de la situación real del proyecto.
Hasta ese entonces el contratista se encontraba adelantando la construcción de las estaciones
Portal Tunal, Juan Pablo II y Manitas, teniendo pendiente por iniciar labores en la estación
Illimaní, en razón a que el IDU aún se encontraba en el proceso de adquisición de algunos
predios requeridos en este punto. Según lo estimado por el Contratista, se esperaba estar
iniciando obra en ese último sector en febrero de 2017.
Igualmente de las 24 torres que forman parte del componente de obra civil se observó que 3
estaban concluidas (Torres 1, 4 y 7); en 4 se había terminado la labor de cimentación (pilotaje o
caissons) y se encontraban ejecutando las obras para la construcción de los pedestales o dados
de soporte (Torres 3, 5, 11 y 12); en 7 se avanzaba en la construcción de la cimentación (Torres
6, 8, 10, 13 a 16) y 10 torres se encontraban pendientes por iniciar (Torres 2, 9 y 17 a 24)
principalmente por la falta de disposición de algunos predios requeridos que impedían iniciar
labores en dichos frentes.
Aunque se había venido realizando la entrega de algunos predios por parte del IDU al
Contratista, en el momento de la visita (24 de noviembre de 2016), no se contaba con la totalidad
de los mismos, según lo informado por la Dirección Técnica de Construcciones, ya que el
proyecto requiere de 176 predios, los cuales se encontraban ofertados en su totalidad, de éstos
la Dirección Técnica de Predios había recibido 134 inmuebles, de los cuales 130 ya habían sido
cancelados. Los demás estaban pendientes debido a procesos jurídicos y administrativos que se
encuentran en curso tendientes al pago y entrega.
Para esa época, los mayores inconvenientes que se habían presentado frente a la adquisición
predial estaban relacionados con la titulación de los inmuebles tales como: Sucesiones ilíquidas,
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033309900015E
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posesiones, falsas tradiciones y condiciones resolutorias de subsidios de vivienda no levantadas,
y en otros casos se han presentado inconvenientes relacionados con: Patrimonios de familia,
embargos, préstamos hipotecarios vigentes e inconformidad con los avalúos practicados.
Según el IDU, se tenía previsto disponer de la totalidad de los predios entre los meses de febrero
y abril de 2017.
Respecto del componente electromecánico, se observó que el fabricante austriaco, la firma
Doppelmayr ya había realizado un primer envío de elementos concernientes a los soportes y
pernos que conectan las pilonas metálicas con las torres de concreto. En el mes de diciembre de
2016 se tenía contemplado un segundo envío de elementos, correspondientes a la Estación Tunal
y se tenía proyectado para febrero de 2017 el envío de 12 de las 24 pilonas metálicas, entregas
que se encontraban ajustadas al cronograma del proyecto.
Fruto del acompañamiento en la etapa previa del proyecto, la Veeduría Distrital mediante
radicado No. 20146000082451 del 28 de octubre de 2014, presentó al IDU una serie de
observaciones y recomendaciones frente al proyecto de pliego de condiciones, publicados en el
Portal de Contratación a la Vista en la página web www.bogota.gov.co/contratacion y de
Colombia Compra Eficiente, entre ellas:
Etapas de estudios, diseños y construcción en un mismo contrato: Revisando el
objeto de la licitación se observa que se está incluyendo en un mismo contrato las etapas
de estudios, diseños y construcción, estableciéndose un presupuesto oficial total de obra,
elaborado por el consultor de la etapa de factibilidad, a partir de unos ítems y cantidades
de obra estimados.
Al comparar esta forma de contratación con experiencias anteriores, se observó que no era
recomendable adelantar procesos con estas características debido al grado de incertidumbre que
generaba el hecho de estimar tantos valores como ítems y cantidades de obra para estructurar el
presupuesto, el cual podrá resultar más alto a lo estimado inicialmente.
Esta situación ya se había presentado en contratos celebrados por el IDU en el pasado, donde se
incluyeron las etapas de estudios, diseños y obra en el mismo contrato, y el valor de las obras
resultó ser mayor al estimado, como en el caso de las obras de la intersección de la Calle 94 con
Avenida Carrera 9a y la Intersección de la Avenida Carrera 9a con Carrera 11, situaciones que
fueron advertidas en su momento por este órgano de control.
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En aquella ocasión, la Veeduría Distrital recomendó separar la etapa de estudios y diseños de la
etapa de construcción y adelantar un proceso de selección aparte para la etapa de consultoría y
una vez se tengan los productos definitivos adelantar la licitación para la ejecución de la obra, a
partir de ítems y cantidades más ajustados a la realidad, reduciendo de esta forma el riesgo de
sobrecostos del proyecto (Veeduría Distrital, 2014).
Plazos: El contratista deberá garantizar que al finalizar el mes veinte (20), el sistema se
encuentre en funcionamiento, traslapando la etapa de montaje, pruebas y puesta a punto
(Dos (2) meses), con la etapa de construcción.
La Veeduría Delegada para la Contratación observó que el IDU propuso traslapos entre etapas,
dos meses entre la etapa de estudios y diseños y la de construcción, y dos meses entre las etapas
de construcción y montaje, pruebas y puesta a punto.
Basándose en experiencias anteriores, el traslapo de dos meses entre estudios y diseños y
construcción no es muy aconsejable, ni funciona en la práctica, esto se hace evidente en el caso
de los proyectos de valorización que incluían también una etapa de estudios y diseños de seis
meses que tenían un traslapo de cuatro meses con la etapa de construcción. De acuerdo con el
seguimiento realizado por la Veeduría Distrital a estos proyectos, se encontró que, en ese tiempo
de estudios y diseños, las obras de construcción fueron mínimas (casi nulas), ocasionando
inconvenientes para la ejecución de las mismas, provocado prórrogas y adiciones, situación que
fue advertida en su momento por este órgano de control.
Adicionalmente, un plazo de 5 meses para la etapa de estudios y diseños puede resultar corto,
lo cual se ha podido evidenciar en otros proyectos que han tenido plazos de estudios y diseños
similares, ya que cumplidos los 5 meses de lista la etapa, los estudios y diseños no se
encontraban definidos ni aprobados en su totalidad por las empresas de servicios públicos (ESP)
y/o entidades distritales competentes, retrasando el inicio de la las actividades de construcción
y dando como resultado suspensiones y prórrogas, afectando el cumplimiento en la entrega de
las obras.
Por las situaciones descritas anteriormente, la Veeduría Distrital recomendó al IDU revisar este
aspecto y separar las etapas, y si era el caso revalorar el plazo de ejecución del contrato, en
especial en la etapa de diseños, considerando los tiempos reales que se necesitaban para llevar
a cabo estos trabajos y en especial los trámites requeridos con cada una de las EPS y las
entidades distritales mencionadas en los pliegos, las cuales tienen que ver con la expedición de
permisos, licencias y aprobaciones para el proyecto, reduciendo de entrada el riesgo de tener
que prorrogar y adicionar los contratos de obra e interventoría en un futuro.
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Adicionalmente se propuso programar una jornada de socialización interinstitucional temprana
de este proyecto, con todas las empresas y entidades que tengan que ver con la expedición de
permisos, licencias y aprobaciones para el proyecto, con el propósito de que se establezcan los
procedimientos necesarios y se fijen los tiempos de, trámite para los mismos, logrando así sumar
el compromiso de estas Entidades Distritales, con la ejecución del proyecto.
Además, recomendó reconsiderar los traslapos de dos meses, entre la etapa de estudios y diseños
y la etapa de construcción, y la etapa de construcción y montaje dado que en la práctica este tipo
de traslapos no funcionan.
Predios: Según lo establecido en el anexo técnico, antes de la iniciación de las obras, el
IDU haría entrega al Contratista de los predios requeridos para el desarrollo del proyecto,
de conformidad con lo establecido en el Manual de Gestión Contractual.
Para esa época, la Veeduría Distrital recomendó conocer el estado de este proceso de adquisición
predial, puesto que de no contar con la disponibilidad del espacio requerido se podría estar
afectando la ejecución de las actividades en la etapa de construcción, ocasionando posibles
suspensiones o prorrogas.
Adicionalmente, se sugirió al IDU que incluyera en la matriz de riesgos del proceso un riesgo
que sea asumido por la entidad, donde se contemple la demora en la ejecución de la obra por la
entrega tardía de predios al contratista, estableciendo su tratamiento o mitigación y la forma
como se monitoreará este riesgo.
Acuerdos comerciales
De acuerdo con el "Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de
contratación", expedido por Colombia Compra Eficiente en septiembre 9 de 2014, a los procesos
para servicios de construcción a partir de $14.010.191.000,00 a nivel municipal le son aplicables
los acuerdos de Chile, Liechtenstein, Noruega, Suiza y la Unión Europea y para cualquier
presupuesto el Acuerdo Comercial con Guatemala y la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría
de la CAN, por lo que se solicita la revisión del cuadro presentado frente al numeral 1.2.2.,
página 30 y de ser el caso, aplicar los ajustes que correspondan.
Así las cosas, y dado que la Veeduría Distrital en su misión de promover la transparencia y
prevenir la corrupción en la gestión pública distrital desde 2014 advirtió al IDU sobre la
presencia de situaciones que pudieran impactar negativamente el proyecto Cable Aéreo de
Ciudad Bolívar si llegaren a materializarse, para 2017, este ente de control consideró importante
conocer el avance del proyecto ya en la etapa de construcción, y cómo el IDU ha dado alcance
a las observaciones y recomendaciones entregadas en la etapa previa de la misma.
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3. Avance del proyecto Cable Aéreo Ciudad Bolívar en 2017
El proyecto consta de la construcción e implantación de cuatro (4) Estaciones del sistema:
· Estación Transferencia al sistema BRT Transmilenio en el Portal Tunal
· Estación Intermedia I en el barrio Juan Pablo II
· Estación Intermedia II – Estación motriz, en el sector de Manitas-Villa Gloria
· Estación de Retorno en el barrio Mirador de Quiba/Paraíso.
La construcción de cimentación para 24 pilonas.
El suministro, montaje y puesta a punto para funcionamiento del sistema electromecánico para
el proyecto de cable aéreo para Ciudad Bolívar está compuesto por una instalación de
telecabinas del tipo MGD (Góndola Monocable Desenganchable), con una capacidad de 3.600
pasajeros/hora y que se compone de dos circuitos, para lo cual se empleará una polea de doble
garganta. La longitud total del trazado es de 3352,42m y el desnivel total acumulado de 261m.
El proyecto incluye el diseño y construcción de las obras de espacio público, urbanismo, drenaje
y redes necesarias, así como las medidas de mitigación de impactos sociales y ambientales
asociados al mismo.
Para la implementación de este proyecto, se requiere considerar la reubicación y el traslado de
las redes que se vean afectadas por la implantación de las nuevas estructuras.
Con el fin de verificar los avances del proyecto a agosto de 2017, mediante visita administrativa
a la Subdirección de Infraestructura del IDU realizada por este ente de control el 15 de agosto
de 2017, y atendida por la Doctora Mercy Carina Martínez, Gerente del Proyecto, se solicitó
información relacionada con las estaciones, la accesibilidad para las personas con discapacidad,
los tramos o red para el parqueo de bicicletas, predios y su plan de reasentamiento, planes de
manejo de tráfico, señalización y desvíos, obras de mejoramiento de espacio público, plan de
manejo ambiental y social e instalaciones, adecuaciones o traslados de redes de servicios
públicos.
De igual forma, en visita de campo a la zona de influencia del proyecto, el 17 de agosto de 2017,
este órgano de control solicitó información acerca del avance general de la obra; la Unión
Temporal Cable Bogotá, UTCB (contratista), suministró la siguiente información:
Tabla 3. Avance de obra por frente de trabajo
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Frente de
trabajo
Estación Tunal Estación
Juan Pablo II
Estación
Manitas
Estación
Illimaní
Inicio-
Construcción.
Gestión predial
100% 95% 40% 35%
Preliminares de
obra
100% 100% 100% 100%
Cimentación
(mástiles y
estructura
principal
96% 100% 97% 61%
Estructura
(mástiles y
estructura
principal)
96% 99% 66% 48%
Instalación del
componente
electromecánico
98% 43% 0% 0%
Cubierta 94% 2% 0% 0%
Redes 42% 37% 0% 3%
Acabados 75% 22% 0% 0%
Urbanismo 0% 18% 0% 0%
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en la información suministrada por la Unión
Temporal Cable Bogotá en visita de campo del 17 de agosto de 2017
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En la visita atendida por la Doctora Martínez, el IDU señaló que el avance general de la obra es
del 67% y por frentes de estaciones se tiene el siguiente avance:
Tabla 4. Avance de la obra: Estaciones
General de la obra Corte: 14 de agosto de
2017
Planeado Ejecutado
Estación Tunal 92,60% 89,50%
Juan Pablo II 80,43% 77,46%
Manitas 53,17% 49,29%
Illimaní 22,57% 22,38%
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en la información suministrada por el IDU
mediante visita administrativa del 15 de agosto de 2017.
Con el fin de verificar de manera más detallada el avance de la obra, El IDU allegó material
fotográfico que da cuenta del avance de la obra, como se muestra a continuación:
La Estación Portal Tunal es una estación extrema de retorno con tensión, en la cual se hace la
transferencia del cable al sistema BRT- Transmilenio, ubicada en el sitio de menor cota del
sistema, posee un sistema de tensión hidráulico que compensa los cambios de esfuerzos en el
cable debidos a fluctuaciones originadas en el cambio de la cantidad de usuarios o alargamientos
mecánicos del cable. En esta estación se tiene el garaje del sistema, que permite guardar la
totalidad de las cabinas que prestan el servicio comercial y ejecuta automáticamente la
sincronización de la salida e ingreso de éstas a la línea.
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Estación No. 1. Mirador El Paraíso (Illimaní)
Ilustración 1. Registro fotográfico Estación No. 1 Mirador El Paraíso
Fuente. Registro fotográfico IDU suministrado mediante correo electrónico de agosto de 2017
La Estación Mirador/Paraíso en términos electromecánicos posee la misma función de la
estación portal Tunal, permite el retorno de los vehículos hacia la otra vía, para así completar el
ciclo de operación. En su plataforma electromecánica posee un sistema de tensión hidráulico
que compensa los cambios de esfuerzos en el cable debido a fluctuaciones originadas en el
cambio de la cantidad de usuarios.
Estación No. 2 Juan Pablo II
Ilustración 2. Registro fotográfico Estación No. 2 Juan Pablo II
Fuente. Registro fotográfico IDU suministrado mediante correo electrónico de agosto de 2017
La Estación Juan Pablo II es una estación intermedia de paso, que permite el tránsito de los
vehículos por medio de equipos electromecánicos hacia la siguiente estación.
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Estación No. 3. Manitas
Ilustración 3. Registro fotográfico Estación No. 3 Manitas
Fuente. Registro fotográfico IDU de agosto de 2017
La Estación Manitas/Villa Gloria es la estación motriz. Posee los equipos de tracción del
sistema, entre ellos, motores principales, reductor, cardanes de transmisión de potencia y volante
principal doble garganta, encargada de trasmitir el movimiento a los dos circuitos del cable de
acero. En esta estación estará la cabina de control del sistema, donde se ubica la persona
encargada de las decisiones operativas.
Si bien se observa un avance significativo frente a la obra en general y en las estaciones, cabe
señalar que la Veeduría Distrital, advirtió en el año 2015, mediante el Informe “Como avanza
el Distrito en Movilidad 2015”, que el IDU debía pronunciarse rápidamente sobre el proceso de
contratación que se llevaría a cabo para adelantar la ampliación del Portal Tunal, dado que el
mismo IDU mediante comunicación con radicado No. 20152200037042 de 14 de mayo de 2015,
indicó que:
Los altos índices de ocupación que presenta actualmente el Portal Tunal han generado
problemas de capacidad en las zonas de plataformas, tanto en el componente troncal como
en el de alimentación, así como en el patio, en las zonas de estacionamiento y
mantenimiento de los vehículos. Por lo anterior se requiere en el corto plazo la ampliación
del Portal para aumentar la capacidad y satisfacer las estimaciones de aumento de la
demanda, especialmente las asociadas a la futura entrada en operación del cable Aéreo de
Ciudad Bolívar que llegará a alimentar dicha infraestructura, y de las troncales Avenida
Boyacá y Avenida Villavicencio. De acuerdo con los estudios de factibilidad que se
encuentra elaborando el IDU, se ampliará la capacidad del Portal Tunal mediante la
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construcción de una nueva plataforma contigua a la actual y ante la escasez de suelo se
encuentra analizando y evaluando diferentes alternativas de ampliación de las áreas de
estacionamiento (Negrillas fuera de texto) (Veeduría Distrital, 2015).
En visita de campo a la localidad Ciudad Bolívar efectuada el 17 de agosto del presente año,
específicamente en el Portal Tunal, no se observaron obras que dieran cuenta de dicha
ampliación; así mismo dentro de la revisión documental del material acopiado, no se
encontraron soportes de estudios, o diseños para dicha ampliación.
En relación con la accesibilidad para las personas con discapacidad (PcD), quien atendió la
visita, respondió que el avance de ejecución de rampas del proyecto es el siguiente:
Tabla 5. Avance en el componente de rampas para PcD
Rampas Corte: 14 de agosto de
2017
Planeado Ejecutado
Estación Tunal 30,00% 30,00%
Juan Pablo II 0,00% 0,00%
Manitas 0,00% 0,00%
Illimaní 0,00% 0,00%
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en la información suministrada por el IDU
mediante visita administrativa del 15 de agosto de 2017.
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El IDU aclaró que si bien es cierto no se muestra avance en la ejecución de rampas en las
estaciones Juan Pablo II, Manitas e Illimaní, esto no se debe a retrasos, sino a que estas obras
son las últimas que se construyen. Por lo tanto, se tiene proyectado que a mediados del 2018 se
entreguen ya instaladas dentro del proyecto.
Así mismo, en visita de campo a la zona de influencia del proyecto, realizada el 17 de agosto de
2017, y en diálogo con la Unión Temporal Cable Bogotá (UTCB), se aclaró que se tienen
proyectadas las instalaciones de las plazoletas de acceso para las personas con movilidad
reducida; adicionalmente, en el Portal Tunal ya se cuenta con las condiciones de acceso para
esta población. Para las PcD visual, se contará con una ruta táctil y para las PcD auditiva se
tendrá la correspondiente señalización visual. (Umaña, Acta de visita de campo a la localidad
de Ciudad Bolívar, 2017)
Frente a los tramos o red para el parqueo de bicicletas, el avance es el siguiente:
Tabla 6. Avance en los biciparqueaderos
Bici-parqueaderos Corte: 14 de agosto de
2017
Planeado Ejecutado
Estación Tunal 0,00% 0,00%
Juan Pablo II 0,00% 0,00%
Manitas 0,00% 0,00%
Illimaní 0,00% 0,00%
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en la información suministrada por el IDU
mediante visita administrativa del 15 de agosto de 2017.
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La Veeduría Distrital cuestionó en visita administrativa a Transmilenio S.A., del 24 de agosto
de 2017 acerca de la falta de avance en la red de biciparqueaderos y según el ingeniero Yerson
Carrillo, Gerente de Transmicable y quien atendió la diligencia, las rampas y los más de 500
biciparqueaderos son obras que están proyectadas para el 2018, una vez entre en funcionamiento
el sistema (Carrillo, Acta de visita administrativa a Transmilenio S.A., 2017).
En cuanto a los predios, es de recalcar que, según lo establecido en el anexo técnico, antes de la
iniciación de las obras, el IDU haría entrega al Contratista de los predios requeridos para el
desarrollo del proyecto, de conformidad con lo establecido en el Manual de Gestión Contractual.
Al respecto, según el informe de la Contraloría Distrital, tres (3) meses después de iniciada la
etapa de construcción del proyecto cable aéreo Ciudad Bolívar, el IDU aún no había adquirido
44 de los 176 predios necesarios para la ejecución del contrato de obra No. 1630 de 2015
(Contraloría de Bogotá, 2016, p. 81)
Frente a dicho hallazgo administrativo, el IDU manifestó que:
De la totalidad de los 176 predios y 5 cesiones necesarios para el proyecto, entregó 63
predios al contratista y tiene 67 más para entrega inmediata. Anotando que debido a
externalidades no previsibles ni gobernables para la Entidad, se han presentado algunos
atrasos insuperables en la gestión adquisitiva de 44 predios como por ejemplo los predios
de la Estación Illimani con situaciones de falsa tradición, bloqueo de folio por parte de la
Oficina de Registro Zona Sur; finalizando que no se han materializado demoras o atrasos
que puedan ser imputables a la gestión predial ni se han generado demoras en la
construcción de las obras del proyecto Cable aéreo Ciudad Bolívar.
Con el fin de verificar que el hallazgo frente a la adquisición total de los predios ya se encuentre
superado, este órgano de control indagó en el IDU a través de visita administrativa del 15 de
agosto de 2017; la entidad en cabeza de la Doctora Mercy Carina Martínez, gerente de
Transmicable señaló:
A la fecha y de conformidad con la reserva vial del proyecto establecida en la
Resolución 1550 del 13 de diciembre de 2013, ya se tienen recibidos la totalidad de
los predios (176).
Sin embargo, señaló, que de acuerdo con la necesidad presentada por el contratista
de obra para ejecutar obras de estabilización y geotecnia se solicitó la adquisición
de 7 predios nuevos de los cuales la Dirección Técnica de Predios identificó 2
predios de propiedad del Distrito y 5 predios para comprar de los cuales ya se cuenta
con 4 avalúos comerciales y la respectiva reserva aprobada mediante Resolución
1318 del 08 de agosto de 2017, los recursos necesarios para la gestión de estos
Auto de cierre de investigación sumaria No. 201750033309900015E
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predios ya fueron girados por Transmilenio S.A para realizar las respectivas ofertas
de compra (Martínez, Acta de visita administrativa al IDU, 2017 p. 6).
Frente al plan de reasentamiento y compensaciones respectivas, a lo largo del trazado de las
unidades identificadas como poseedoras, estas fueron incluidas en un primer programa de
reasentamiento bajo la Resolución 42973 de 2015 “Por medio del cual se adopta y reglamenta
el programa de reasentamiento para las unidades sociales poseedoras residentes asentadas dentro
de la reserva vial del proyecto Cable Aéreo Ciudad Bolívar” contemplada en el Acuerdo Distrital
489 de 2012 “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y Ambiental y de
obras públicas para Bogotá D.C. 2012-2016 Bogotá Humana”.
Del mismo modo, para el mes de noviembre de 2016, se expidió la Resolución 010487 de 2016,
modificatoria de la Resolución 42973 de 2015 que posibilita el ingreso de las unidades sociales
que no habían sido consideradas en el primer programa de reasentamiento.
Para ambos casos se tramitaron los reconocimientos económicos correspondientes a prima de
reasentamiento y factores de compensación social según aplicara, tales como factor de vivienda
de reposición, factor de movilización, factor de pérdida de ingresos por renta, factor de pérdida
de ingresos por actividad productiva, factor adicional trámites y factor de reasentamiento de
emergencia; todos ellos pagados según parámetros dispuestos en el Decreto 329 de 2006. Cabe
resaltar que entre la primera y segunda resolución, varias unidades sociales recibieron concepto
a favor por parte de los juzgados en los que instauraron demandas de pertenencia. (Martínez,
Acta de visita administrativa al IDU, 2017 p. 3-4).
Según la Doctora Martínez, a la fecha, se está realizando los últimos pagos por concepto de
trámites adicionales, siendo un factor que solo puede reconocerse al presentar los soportes de
pago en lo que respecta a gastos de escrituración del predio de reposición en el que se
reasentaron las familias.
La Veeduría Distrital además indagó sobre las familias que se han reubicado en el marco del
proceso de adquisición de predios y si se han presentado dificultades con el reasentamiento de
estas; al respecto el IDU señaló que el número de unidades sociales reasentadas son 361,
distribuidas en las siguientes tenencias:
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Tabla 7. Avance en proceso de reasentamiento de familias con ocasión del proyecto
Transmicable
Unidad Descripción
113 Propietarios
48 Poseedores
24 Tenedores
174 Arrendatarios
1 Sub arrendatario
1 Usufructuario
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en la información suministrada por el IDU
mediante visita administrativa del 15 de agosto de 2017.
El IDU aclara que a lo largo del proyecto se han emitido 3 Resoluciones de Modificación Censal:
64148 de 2015; 10061 de 2016 y la 2851 de 2017, cada una de las cuales ha reportado
actualizaciones, modificaciones, inclusiones o exclusiones, dependiendo de los cambios en el
diseño del trazado; formalización de tenencias de poseedores a propietarios; cambio de unidades
sociales arrendatarias antes de la entrega formal del predio o fallecimientos de los titulares que
se iban a compensar.
En cuanto a las viviendas ubicadas en zonas de riesgo y en estado de ilegalidad que se
encontraban en el área de influencia del proyecto, el IDU señaló que las viviendas identificadas
en condición de ilegalidad según se referencia en estudio de títulos son aquellas asociadas a las
unidades sociales poseedoras; puesto que dichos predios no presentaban coincidencia entre el
residente que ejercía actos de señor y dueño y las personas que figuraban como titulares ante
escrituras. Por tanto, desde el área de gestión social se reportan 48 predios correspondientes a
los poseedores que permanecieron en dicha tenencia hasta el momento de entrega del predio al
instituto. No se consideran aquellos que en el proceso de negociación formalizaron su condición
de propietarios.
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Es así que frente al cumplimiento del marco normativo relacionado con la adquisición y
negociación de predios, el IDU se ha ceñido a lo contemplado en Acuerdo 10 de 2000 “Por el
cual se regula el pago de compensaciones por el IDU y se dictan otras disposiciones”, con el fin
de facilitar los procesos de negociación de los predios, regulando el pago de compensaciones,
el cual es reglamentado mediante el Decreto 323 de 2001 de la Alcaldía Mayor, y el cual indica
que corresponde al IDU previa la realización del estudio socioeconómico que antecede a la
iniciación de los proyectos, establecer el Plan de Gestión Social para facilitar el reasentamiento
de la población ubicada en los estratos uno y dos y reconocer compensaciones cuando haya
lugar. Así mismo, ha dado cumplimiento al Decreto 296 de 2003, el cual establece los criterios,
parámetros y factores del programa de reasentamiento.
Sin embargo y dado el hallazgo de la Contraloría Distrital, relacionado con la falta oportuna de
adquisición de predios antes del inicio de las obras, y el cual fue mencionado en la página 24,
de este informe, la Veeduría Distrital presentará una recomendación en relación con el
cumplimiento del principio de planeación en el desarrollo de proyectos de esta envergadura por
parte del IDU.
En cuanto al espacio público ejecutado del proyecto, se informa que a la fecha se encuentra
terminado el espacio público de las Torres 1, 2 y 8. En cuanto a las demás Pilonas, se informa
que se encuentran en proceso de intervención.
Ilustración 4. Avance en la construcción de pilonas o torres
Torre 1 en Estación Tunal
Torre 2 en separador acceso Transmilenio
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Torre 3 Av. Villavicencio costado norte con
costado occidental de Río Tunjuelo
Torre 4 en Avenida Villavicencio Costado
sur costado occidental Rio Tunjuelo
Torre 5 en Parques del Tunal
Torre 6 en Barrio San Francisco
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Torre 7 Barrio Las Acacias
Torre 8 Bahía Barrio Colmena III
Torre 9 Barrio Compartir
Torre 10 en Barrio Compartir
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Torres 11 y 12 en Estación No. 2 Juan Pablo
II
Torre 13 en Estación Juan Pablo II
Torre 14 en Barrio Juan Pablo II, predio no
entregado en demolición
Torre 15 Plazoleta del Sapo en Barrio Juan
Pablo II
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Torre 16 Parque Juanchito Pipón en Barrio
Juan Pablo I
Torre 17 en Barrio Manitas
Torres 18 en Barrio Manitas
Torre 19 en Barrio Manitas
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Torre 20 en Barrio Manitas
Torre 24 en Estación Mirador
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en el material fotográfico enviado por el IDU-
Comité CREA mediante correo institucional del 22 de agosto de 2017
En la torre 21, solo se evidencia el 2% de avance en obras de explanación lo que incluye
demolición, excavación y transporte; y en los componentes de cimentación, pedestales,
instalación del componente electromecánico, redes eléctricas y obras de urbanismo, no hay
avances. En las torres 22 y 23 frente a los mismos componentes el avance es del 0%. Lo anterior
con base en la información suministrada por la Unión Temporal Cable Bogotá en visita
administrativa del 17 de agosto de 2017 (Umaña, Acta de visita de campo a la localidad de
Ciudad Bolívar, 2017 p. 11).
Frente a las instalaciones, adecuaciones o traslado de redes de servicios públicos que se vean
afectadas de manera directa con el proyecto, el IDU señaló que se encuentra pendiente la
subterranización de la torre 5 y la torre 20 por parte de Codensa.
Con relación a los Planes de Manejo de Tráfico (PMTs), el contratista deberá realizar el Plan de
Manejo de Tránsito completo, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo 2, del pliego de
condiciones del contrato de obra 1630 de 2014, y deberá contar con la aprobación de la
Interventoría y la viabilidad de la Secretaria Distrital de Movilidad, adicionalmente el alcance
definido supone análisis puntuales de parámetros de tránsito para la solución de diseño definitiva
adoptada. El Objetivo principal es definir los requerimientos técnicos mínimos que se deberán
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tener en cuenta en la etapa de obra para la elaboración del Plan de Manejo de Tránsito,
estableciendo una guía para la protección de los usuarios, la señalización de las obras y la
divulgación de información de los desvíos durante la ejecución de obras en el espacio de uso
público, así como determinar los resultados mínimos aceptables en cuanto al manejo del impacto
de la intervención sobre el tránsito vehicular y peatonal en la ciudad. Así mismo, con base en
los parámetros establecidos, se deberá elaborar e implementar el Plan de Manejo de Tránsito,
Señalización para la etapa de construcción.
El IDU informó en la visita administrativa ya señalada, que a la fecha en la torre 5 se emitió el
PMT por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para la subterranización de las
redes eléctricas aéreas y a la fecha, el PMT se encuentra vigente y se está en espera de que
CODENSA realice la maniobra, una vez se realice, inicia el PMT del desvió para la construcción
de la torre 5.
En visita administrativa a la SDM, efectuada el 16 de agosto del presente año, se allegó el
consolidado de los PMT (que se anexan a este informe) y se informó que a través de la Gerencia
Única de Planes de Manejo de Tránsito (GUPT) se han revisado la totalidad de los planes de
manejo de tránsito solicitados por la firma Unión Temporal Cable Bogotá y se han emitido los
conceptos correspondientes.
4. Compromisos Institucionales frente a la ejecución del proyecto Transmicable de
Ciudad Bolívar
Con el fin de conocer qué otras entidades, además del IDU, tienen compromisos o
responsabilidades en la ejecución del proyecto, y en este sentido cómo ha sido la articulación y
coordinación entre las mismas, en visita administrativa al IDU, del 15 de agosto de 2017, la
Doctora Mercy Carina Martínez, gerente de Transmicable, manifestó:
Dentro de la dinámica de ejecución del proyecto, diferentes entidades participan
paralelamente a su desarrollo, entre estas se relacionan las siguientes quienes tienen
compromisos con el proyecto, así:
Secretaria Distrital de Movilidad: Con esta entidad se han tramitado todos los
Planes de Manejo de Tráfico que requiere el proyecto sin contratiempos, en la
actualidad se encuentra en proceso de elaboración el plan de manejo para la
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construcción del Túnel que conecta la estación Tunal de Cable con la plataforma del
portal Tunal.
Transmilenio: Por ser la entidad encargada de la operación, se realizan reuniones
periódicas para la definición y coordinación de las actividades de obra. Así como
diferentes actividades, como la que se encuentra prevista a partir del 5 de septiembre
de 2017 que es la capacitación del personal encargado de la supervisión de la
operación. Para el seguimiento a estos compromisos, se realizan comités de
Transmilenio todos los viernes y reuniones específicas con el equipo de cable cada
dos semanas. Se tiene previsto realizar las actividades de capacitación del
componente electromecánico al equipo encargado de la supervisión de la operación
para el día 25 de septiembre de 2017 hasta el 13 de octubre de 2017, esto fue
notificado por la interventoría a través del oficio 20175260557232 del 10/08/2017.
Posterior a esto se realizará una capacitación práctica con duración de 5 meses que
se encuentra por definir.
Secretaria Distrital de Planeación: En las áreas adquiridas para la construcción
del proyecto, existen unas áreas remanentes sobre las cuales diferentes entidades del
Distrito plantean la construcción de unos equipamientos los cuales se encuentran en
etapa de factibilidad. Los predios correspondientes a las áreas remanentes fueron
entregados oficialmente al IDU el día 31 de julio de 2017.
Secretaria Distrital de Ambiente: Ha establecido los lineamientos ambientales
para adelantar la construcción de las pilonas 3 y 4, así como la instalación de los
postes para su energización por encontrarse estos elementos en el corredor ecológico
del río Tunjuelo, así como los permisos para la tala de los individuos arbóreos en el
corredor del proyecto. En la actualidad no se encuentran trámites pendientes. Los
trámites sobre los lineamientos ambientales han sido aprobados durante la etapa de
estudios y diseños aprobados por la interventoría mediante oficio No.
20165260387562 del 25 de mayo de 2016 desarrollada desde el mes de agosto de
2015 hasta mayo de 2016. En el caso de la energización de las torres 3 y 4, fueron
aprobados el 14 de agosto de 2017 a través del oficio 2017EE131651.
Jardín Botánico: Con esta entidad se coordinan ajustes al diseño paisajístico. El
proyecto de paisajismo de las estaciones ya se encuentra aprobado. En la actualidad
no se encuentran trámites pendientes.
CODENSA: Se realizan actividades de traslado de redes por interferencia del
corredor del proyecto (protección o retiro de redes de Media Tensión debajo del
paso del cable), en total se proyectaron 12 interferencias de las cuales se encuentra
en proceso de ejecución la subterranización de las redes en los pilones 5 y 20. Las
maniobras pendientes por CODENSA correspondientes a las torres 5 y 20 de
acuerdo a visita en campo realizada el 10 de agosto de 2017, se tiene prevista su
ejecución para la primera semana de septiembre de 2017.
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ETB: Se requerían 8 maniobras de traslado, en la actualidad se encuentran
pendientes el retiro de un poste en la estación Illimaní, la reubicación de un poste
en la torre 21 y la subterranización de una red en la torre 16. De acuerdo a oficio
No. 20173460741831 del 04/08/2017 se solicita la ejecución de las maniobras para
la torre 21, estación Illimaní y la torre 16. Se tiene prevista su ejecución en la primera
semana de septiembre de 2017.
EAB: Se encuentran ya revisados y aprobados los diseños y en la actualidad se
encuentran en elaboración de actas de cruce de cuentas.
GAS NATURAL: Se requerían tres (3) traslados de tubería los cuales fueron
ejecutados en su totalidad. Actualmente se encuentran en elaboración las actas de
cruce de cuentas.
De igual forma, en visita administrativa a Transmilenio el 24 de agosto de 2017, dicha entidad
señaló que las responsabilidades en la ejecución de las obras del Transmicable, se enmarcan en
las funciones establecidas en el convenio interadministrativo número 020 del 2001, celebrado
entre el instituto de Desarrollo Urbano y la Empresa de Transporte del Tercer Milenio –
Transmilenio S.A.
El convenio 020 establece de forma general un esquema de cooperación interinstitucional,
donde el IDU realiza las labores necesarias para contratar y ejecutar los procesos de diseño y
construcción de las obras de infraestructura necesarias para el desarrollo del sistema de
transporte masivo de Bogotá. Por otra parte, Transmilenio S.A. tiene las obligaciones del manejo
presupuestal requerido para el desarrollo de dichas obras.
En este sentido y una vez finalizadas las obras de infraestructura que se encuentra desarrollando
el IDU, Transmilenio S.A., iniciará la operación comercial del sistema, para lo cual se encuentra
actualmente desarrollando la estructuración técnica, legal y financiera para la operación del
sistema TransMiCable, lo que permitirá establecer las condiciones necesarias para dar inicio a
la operación comercial una vez se finalicen las obras de construcción.
Por otra parte, la Alcaldía Mayor de Bogotá, ha definido el desarrollo de un proyecto integral
de equipamientos urbanos a lo largo de la línea del cable, proyecto que cuenta con la articulación
de diversas entidades de la Alcaldía para el desarrollo de equipamientos que suplan diversas
necesidades de la localidad de Ciudad Bolívar. Para el desarrollo de este proyecto integral
Transmilenio S.A., y el IDU se encuentran apoyando junto con la Secretaría de Planeación y
Hábitat, las actividades necesarias para el desarrollo de los diversos proyectos.
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En la referida visita administrativa, la Veeduría Distrital indagó acerca de la articulación y
coordinación entre el IDU, la SDM y Transmilenio frente a la ejecución del proyecto. El
ingeniero Yerson Carrillo quien atendió la diligencia, señaló:
La articulación entre las entidades se desarrolla en diversos niveles, en primera instancia y
como se mencionó previamente, Transmilenio e IDU cuentan con el convenio
interadministrativo número 020 del 2001, por medio del cual se desarrollan las obras
necesarias para el sistema de transporte masivo. Por otra parte, Transmilenio y la Secretaría
de Movilidad sostienen mesas de trabajo regulares que permiten establecer las condiciones
normativas que garanticen la operación del sistema.
Así mismo, IDU y la Secretaría de Movilidad trabajan articuladamente en el desarrollo y
aprobación de los planes de manejo de tráfico y diversos permisos requeridos para el
desarrollo de la obra (Carrillo, Acta de visita administrativa a Transmilenio S.A., 2017).
La SDM en visita administrativa del 16 de agosto de 2017, señaló con respecto a la articulación,
que esta se hace a través de diferentes instancias como los Comités Sectoriales Administrativos
de Movilidad y la Junta Directiva del IDU donde tiene asiento el Secretario de Movilidad
(Gaona Uscátegui, 2017 p. 2).
Así mismo, y como lo señaló Transmilenio S.A., una vez sea entregado el proyecto, se tiene
proyectada la construcción e instalación de equipamientos en las zonas remanentes de dicho
proyecto, entre ellos, se encuentran:
Tabla 8. Equipamientos para construir con ocasión del proyecto Transmicable
Ubicación Responsable Equipamiento
(Cantidad)
Torre 6 — torre 15 SDG 2 salones comunitarios
Torre 7 SDIS Centro Día para Adulto
Mayor
Torre 8-torre 9-torre 15-
torre 16-torre 21
IDRD Gimnasio al aire libre
(3), canchas múltiples
(2) y Juegos Infantiles
(1)
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Torre 10 —Torre 20 IDARTES Centros culturales,
recreativos y
deportivos (2)
Torre 14 IPES Plaza comercial
Estación 2 Manitas SDG Supercade
Estación 3 Illimaní SDCRD Biblioteca
Estación 3 Illimaní IDT Punto de atención
turística
Fuente. Elaborado por la Veeduría Distrital con base en la información suministrada por el
IDU en visita administrativa del 15 de agosto de 2017
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Ilustración 5. Ubicación de los equipamientos a construir en el área de influencia de
Transmicable
Fuente. SDP.
Es de señalar que en la visita de campo realizada a la zona de influencia del proyecto, este ente
de control no observó ninguna clase de construcción o adecuación de equipamientos paralelos
a Transmicable; es por ello que en las visitas administrativas realizadas tanto al IDU, a la SDM,
como a Transmilenio, se indagó acerca de las razones por las cuales no se ha avanzado en su
ejecución.
Al respecto, quien atendió la diligencia por parte del IDU señaló que los equipamientos
anteriormente mencionados, en la actualidad se encuentran en etapa de factibilidad. A su vez,
estos no hacen parte de las obligaciones contractuales del proyecto, sino que son obras
adicionales del proyecto integral y en el cual concurren las entidades ya relacionadas. Dichas
obras se empezarán a construir una vez el IDU entregué la obra, lo que se tiene contemplado
para junio de 2018. Se proyecta que los equipamientos a cargo del IDRD se entreguen a la par
del proyecto, pues corresponden a remodelación de infraestructuras ya existentes. Para los
demás proyectos, es necesario que, para la fecha de entrada en operación del cable, se cuente
con la disposición de los predios remanentes. (Martínez, Acta de visita administrativa al IDU,
2017).
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Así mismo Transmilenio S.A., indicó que en articulación con la SDP y el DADEP se presentó
un borrador de Decreto “Por el cual se autoriza la destinación de predios sobrantes o
remanentes de las obras de infraestructura del Sistema Integrado de Transporte Público de la
ciudad de Bogotá D.C., para la construcción de equipamientos públicos y se dictan otras
disposiciones”, con el fin de avanzar en dichas obras. Dicho borrador fue presentado a la
Secretaría Jurídica de la Alcaldía Mayor de Bogotá y actualmente está en ajustes y revisión de
esa dependencia (Carrillo, Acta de visita administrativa a Transmilenio S.A., 2017).
Lo anterior dado que la normativa dispone que los predios sobrantes de obras de infraestructura,
solo se permiten para programas de vivienda de interés social.
Aunque es claro que los nuevos equipamientos no se construyen paralelamente al proyecto
Transmicable, este órgano de control considera que frente a la construcción, adecuación y puesta
en funcionamiento de estos en la zona de influencia, se podría presentar un retraso, dado que a
la fecha no se cuenta con la disposición o uso del suelo de los predios remanentes; y si se espera
que hasta junio de 2018 se inicien estas obras, ello podría acarrear un impacto negativo frente a
la utilización eficiente y racional del Proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar.
A este respecto, cabe señalar lo que la Corte Constitucional manifestó en la Sentencia C- 795
de 2000:
La función del ordenamiento territorial comprende una serie de acciones, decisiones y
regulaciones que definen de manera democrática, participativa, racional y planificada, el
uso y desarrollo de un determinado espacio físico territorial con arreglo a parámetros y
orientaciones de orden demográfico, urbanístico, rural, ecológico, biofísico, sociológico,
económico y cultural. Se trata ni más ni menos, de definir uno de los aspectos más
trascendentales de la vida comunitaria como es su dimensión y proyección espacial (Corte
Constitucional, 2000 M.P. Alfredo Beltrán Sierra)
Este órgano de control considera fundamental conocer cómo el Distrito financiará los recursos
para la construcción de la infraestructura alrededor del cable, y si las entidades distritales tienen
previstos los rubros para la construcción, mantenimiento, adecuación y funcionamiento de estos
espacios.
Así mismo se podría estar presentando un retraso para que las entidades responsables de la
ejecución de las obras establezcan el presupuesto de las siguientes vigencias y apropien desde
ya los recursos necesarios para los estudios, diseños, construcción, operación, mantenimiento y
administración de estos y la proyección de los tiempos que serán necesarios para tal fin.
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De este modo, la administración distrital estaría vulnerando el principio de planeación el cual
dispone que se deben prever y decidir las acciones que transformarán la situación actual en una
situación futura deseable y posible, utilizando eficiente y racionalmente los recursos
disponibles. Así mismo se estaría lesionando lo contemplado en el artículo 6 de la Ley 388 de
1997 que refiere a la planificación económica, social y física para orientar el desarrollo del
territorio, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo, para lo cual
debe definir los programas y proyectos que concretan esos propósitos; así mismo, el artículo
8 de la misma ley, dispone que el ordenamiento del territorio es una función pública que se
ejerce mediante la acción urbanística de las entidades distritales y municipales, referida a las
decisiones administrativas y a las actuaciones urbanísticas que le son propias, relacionadas con
el ordenamiento de su territorio y la intervención en los usos del suelo (Congreso de la
República, 1997).
5. Impacto del proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar
Para la Veeduría Distrital es importante destacar los objetivos inicialmente proyectados frente
al proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar, con el fin de verificar si se está dando cumplimiento
a los mismos. Según el documento de estudios y diseños del proyecto, los objetivos fueron:
Optimizar los medios de transporte para la adecuada y eficaz movilidad y accesibilidad de los habitantes de las UPZ’s Lucero y San Francisco caracterizadas por su uso
residencial. Movilizar a la población hacia el Portal Tunal, disminuyendo los tiempos de
desplazamiento.
Conectar el sistema de transporte masivo Transmilenio con el sistema de Cable en la localidad de Ciudad Bolívar.
Promover el desarrollo urbanístico, social, económico y ambiental del área de influencia.
Generar la infraestructura necesaria para cubrir la demanda de viajes, requeridas para el correcto funcionamiento de la Localidad.
Fortalecer las condiciones de movilidad, accesibilidad y habitabilidad de la localidad de Ciudad Bolívar.
Contribuir a organizar y redistribuir las rutas del Sistema Integrado de Transporte
Masivo – SITP, actualmente en circulación en la zona de influencia directa del proyecto.
Ejercer una incidencia positiva para futuros proyectos de integración modal propuesto por el Plan Maestro de Movilidad.
Impulsar el acceso y conectividad con proyectos futuros de escala local y regional (Instituto Distrital de Desarrollo Urbano, 2014 p.10)
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Adicionalmente, se citan los siguientes beneficios globales:
Accesibilidad: La población de la zona podrá acceder en una mejor forma, al uso de los
sistemas de transporte disponibles.
Movilidad: La disminución en los tiempos de desplazamiento y cambios modales entre los sitios de origen y destino de los usuarios que se benefician por la construcción del proyecto,
permiten incrementar su productividad.
Desarrollo Económico: Generación de empleo por la construcción del cable.
Seguridad Vial: Desarrollo de una infraestructura acorde con las necesidades de la ciudad,
implementando con las obras, las medidas que sobre seguridad vial la SDM apruebe para
los corredores y los andenes.
De manera general el Cable a Ciudad Bolívar tendrá capacidad para movilizar 3.600 personas
por hora/sentido reduciendo notablemente los tiempos de recorrido, que pasarían de una hora
en buses y busetas a 13,5 minutos. El recorrido será de 3,2 kilómetros, tendrá cuatro estaciones
de embarque y desembarque. Al final del día en un recorrido de 27 minutos ida y vuelta, les
ahorrará a los usuarios entre media y una hora diaria de recorrido. La estructura contará con 160
cabinas, cada una para movilizar 10 pasajeros.
5.1. Impacto económico y social del proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar
La construcción del cable aéreo en la localidad de Ciudad Bolívar impactará el sector de la
construcción en la ciudad en los años 2016 y 2017. De acuerdo con ejercicios realizados por el
Observatorio de Desarrollo Económico, el impacto en el PIB de la ciudad será mínimo, por las
magnitudes macroeconómicas de la capital; pues recordemos que el Producto Interno Bruto de
Bogotá para el año 2013 es de aproximadamente 174 billones de pesos a precios corrientes, sin
embargo, la inversión del cable aéreo sí se vería reflejada en el sector de las obras civiles, en
aproximadamente un punto adicional de crecimiento. Lo anterior, teniendo en cuenta que la
construcción en su conjunto participa en el PIB de la ciudad con 6.4%, discriminado en
construcción de edificaciones (4,6%) y construcción de obras civiles (1,8%) (Secretaría Distrital
de Desarrollo Económico, 2015). .
De manera general y de acuerdo con el Plan Maestro de Movilidad, el impacto social se enmarca
en los beneficios de la población por las medidas en transporte motorizado y no motorizado,
evaluados en términos de disminución de accidentalidad, aumento en la velocidad, disminución
del tiempo de desplazamiento y mejoramiento en la calidad de vida (Secretaría Distrital de
Planeación, 2013)
El impacto del proyecto en términos de calidad de vida, se ha estimado de manera que permita
la integración de todos los estratos socioeconómicos de Ciudad Bolívar, cuya población
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mayoritaria se ubica en los estratos 1 a 3. Este proyecto consolidará e impactará la valorización,
el desarrollo urbano y la renovación de zonas destinadas a vivienda, servicios e industrias
(Secretaría Distrital de Planeación, 2013 p. 9 y 15).
Visto lo señalado por la SDDE y la SDP, y dado que los habitantes del sector son los finalmente
afectados por la ejecución de esta clase de proyectos, puesto que sobre ellos es quien recae el
impacto producido; la Veeduría Distrital quiso constatar con algunos líderes de la localidad, la
percepción que tienen y cuál creen que será el impacto económico y social del proyecto.
Tabla 9. Lista de Líderes de Ciudad Bolívar entrevistados
Barrio/Entidad Líderes entrevistados
Juan Pablo II Tránsito Molina
Israel Rivera
María Rodríguez Barreto
Manitas Alfonso Mateus
UTCB Sonia Iveth Umaña/Residente social
IDU Fernanda Bello
UTCB Luisa Fernanda Yañez/Residente social
Interventoría Nubia Frayle
Guía Cívico UTCB Carlos Umaña
Fuente. Acta de visita administrativa del 17 de agosto de 2017 a la localidad de Ciudad Bolívar.
En cada uno de los predios que se encuentran a lo largo del trazado del cable, recaerán los
impactos negativos y positivos a causa de la ejecución de la obra, dentro de los cuales se
encuentran trasformaciones en el diario vivir o cotidianidad, generación de empleo, etc.
Los líderes entrevistados, viven en el sector aproximadamente hace 37 años. Según ellos, entre
los aspectos más relevantes al ejecutar la obra, están el mejoramiento de la movilidad, la
accesibilidad al transporte, el desarrollo urbano, el tiempo de desplazamiento, valorización del
suelo, embellecimiento del sector, generación de empleo, unión de la comunidad, turismo,
conectividad entre barrios y arraigo. Además, el costo del pasaje y la seguridad durante la
ejecución de la obra.
Creen que el sentido de pertenencia es un factor que aumentará debido a que se infunde entre
los habitantes el cuidado hacia el Cable, debido a que ellos son conscientes de que les mejorará
su calidad de vida en cuanto a aspectos ambientales, de movilidad y el urbanismo.
En visita de campo efectuada por este órgano de control a la localidad el 17 de agosto de 2017,
los líderes comunitarios manifestaron que tienen expectativas frente a la generación de empleo
y creación de negocios familiares, entre ellos, restaurantes, hoteles, misceláneas, muestra de
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artesanías de la localidad, entre otros (Umaña, Acta de visita de campo a la localidad de Ciudad
Bolívar, 2017 p. 5-6).
Perciben que así como el proyecto genera y será fuente de empleo, también ha hecho que
muchos vendedores ambulantes se estén instalando en la zona de influencia, ocasionando
proliferación de basuras y frente a lo cual la administración debe implementar las acciones
necesarias para que este problema no se agrave más adelante.
También sienten que el proyecto podría generar la llegada de habitantes de otras localidades de
Bogotá e inclusive de otras zonas del país dado el impacto económico y cultural que tendrá.
Ven como aspecto positivo que en el barrio Manitas actualmente solo existe una ruta de
transporte del SITP y que en la hora pico se colapsa, por ello el Cable mejorará mucho esta
problemática. También refieren que ninguna de las calles en el barrio Manitas está pavimentada
y que ya, en un mes inician las obras de pavimentación y embellecimiento de las mismas.
Hacen un llamado a la administración distrital para que una vez empiece a funcionar el proyecto,
se vincule laboralmente al gran número de jóvenes bachilleres que residen en Ciudad Bolívar y
se articulen acciones con la SDDE, la SED, SCRD, IDARTES, SDT, el IPES y el SENA para
garantizar la empleabilidad de este sector de la población.
Así mismo señalan que frente a los transportadores que operan de forma ilegal, se implementen
acciones necesarias y urgentes dado que ellos llegan a las zonas más apartadas de la localidad a
donde el SITP y ningún bus llega; con la entrada en operación del Cable Aéreo, se tendrían que
implementar nuevas rutas, para facilitar la llegada de la población a las estaciones, entre ellas:
San Francisco- Manitas.
Juan Pablo II a San Francisco.
Villas del Diamante
Nutibara
La Esmeralda
Villa Gloria.
En cuanto al componente electromecánico, el IDU manifestó que se tendrá acceso de personas
con movilidad reducida pues el sistema cuenta con sillas abatibles para que las personas con
movilidad reducida (en silla de ruedas) puedan acceder al sistema. Así mismo se tendrá acceso
de bicicletas pues el sistema permite transportar hasta tres bicicletas en una cabina.
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En relación con este aspecto, la Veeduría Distrital preguntó a la Unión Temporal Cable Bogotá
(UTCB) si se cuenta con el diagnóstico de las PcD que residen en Ciudad Bolívar, con el fin de
prever la demanda de esta población un vez inicie la operación del Cable, frente a lo cual no se
suministró información.
La Veeduría Distrital también indagó con el contratista (UTCB), acerca de cuántos empleos se
habían generado con ocasión de la obra; al respecto, la residente social de UTCB Sonia Iveth
Umaña, manifestó:
Se contrataron 715 personas: 325 para mano de obra calificada y que pertenecen a la
localidad de Ciudad Bolívar de los estratos 1, 2 y 3; 390 personas con mano de obra no
calificada que también pertenecen a la localidad (Umaña, Acta de visita de campo a la
localidad de Ciudad Bolívar, 2017 p. 5-6).
Dado que la generación de empleo es uno de los indicadores más importantes en el desarrollo
económico de un territorio, y en vista que desde los mismos pliegos de condiciones del proyecto
se tenía contemplada la vinculación laboral de personas residentes de la zona, este órgano de
control considera que el IDU ha dado cumplimiento a lo señalado en la Directiva 001 de 2011
relacionada con la “Democratización de las oportunidades económicas en el Distrito Capital y
promoción de estrategias para la participación real y efectiva de las personas naturales
vulnerables, marginadas y/o excluidas de la dinámica productiva de la ciudad” (Alcaldía
Mayor de Bogotá, 2011).
5.2. Impacto ambiental del proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar
Para ejecutar los proyectos de infraestructura la Ley 99 de 1993 dispone que debe realizarse un
estudio de impacto ambiental, el cual debe contener la información sobre la localización del
proyecto, y los elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos del medio que puedan sufrir
deterioro por la respectiva obra o actividad, y la evaluación de los impactos que puedan
producirse. Además, debe incluir el diseño de los planes de prevención, mitigación, corrección
y compensación de impactos y el plan de manejo ambiental de la obra o actividad.
Según el IDU, la Secretaría Distrital de Ambiente de acuerdo a lo establecido en el Decreto
1076 de 2015 que es el Decreto Único Reglamentario del Sector de Ambiente y Desarrollo
sostenible, Artículos 2.2.2.3.5.1 y 2.2.2.3.2.3, el proyecto Transmicable no requiere del trámite
de licencia ambiental ante la Autoridad Nacional de Licencia Ambientales ANLA ni ante la
Corporación Autónoma Regional, por lo tanto tampoco de la presentación de un Estudio de
Impacto Ambiental del cual saldría el Plan de Manejo Ambiental. Además, como también se
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establece en el Decreto en mención en su Artículo 2.2.2.3.1.1 Definiciones, el Plan de Manejo
Ambiental será el documento de manejo y control de proyectos que estén amparados por algún
régimen de transición, como el proyecto tampoco cumple con este requerimiento, no es exigible
la elaboración de este documento.
No obstante, en la etapa de estudios y diseños del proyecto Metro para Bogotá, la Secretaría de
Movilidad celebró contrato de consultoría No. 20121531 (CN2012-0186 para Metro) con la
Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá quien en el marco del contrato elaboró el
Estudio de Impacto Ambiental para el Transmicable, con el fin de contar con una línea base
ambiental de la zona donde se implantaría el proyecto (Martínez, Acta de visita administrativa
al IDU, 2017 p. 4-5).
El impacto al medio ambiente será positivo en la medida que se reducirán alrededor de 150.000
toneladas de CO2 por año, pues se calcula que se propiciarán las condiciones para retirar de la
ciudad cerca de 37.500 automóviles al año, lo que equivale a neutralizar el efecto negativo en
emisiones de los carros nuevos que entran cada año al tráfico de Bogotá aproximadamente en
un 25% (Secretaría Distrital de Planeación, 2013 p. 9 y 15).
Con el fin de conocer la percepción que tienen los líderes de la localidad en relación con las
posibles afectaciones al medio ambiente que pudieran ocasionarse con la construcción del
proyecto, la Veeduría Distrital en visita de campo recogió la siguiente información:
Con la construcción del Cable, no se afectará el medio ambiente de la localidad, pero sí podemos
hacer alertas preventivas, entre ellas:
En el barrio Manitas pasa la quebrada Limas, que está a 120 metros de la estación Manitas.
Actualmente está quebrada está contaminada. Y a 15 metros de la estación Manitas se
encuentra un pozo de agua que si podría verse afectado por el flujo de personas que
transitarían cerca del mismo cuando entre en funcionamiento la obra (Umaña, Acta de visita
de campo a la localidad de Ciudad Bolívar, 2017 p. 5).
La Veeduría Distrital también indagó en el IDU sobre la estructura ecológica principal
comprendida por la quebrada Limas, La Honda y el parque Illimaní, y si dicha estructura tendría
alguna afectación con motivo del proyecto Transmicable .
La Doctora Martínez, gerente de Transmicable señaló que el Cable es un proyecto lineal,
puntual, que está compuesto por 24 torres y 4 estaciones, esto hace que no se requiera la
intervención de un área extensiva para su construcción y posterior operación, traduciéndose esto
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en que no generará afectación a la estructura ecológica principal mencionada, además, en las
etapas constructiva y operativa no se hará uso del agua de las quebradas, no se generarán
vertimientos domésticos ni industriales; no se construirán obras en zona de ronda o de ZMPA
de las quebradas, no se realizará tala o traslado de especies arbóreas ubicadas en el área de las
quebradas o del parque y por operar con energía eléctrica y no se generará contaminación
atmosférica (Martínez, Acta de visita administrativa al IDU, 2017 p. 12-13 )
De acuerdo al material acopiado, no se evidencian afectaciones al medio ambiente con ocasión
del proyecto; sin embargo, se presentarán algunas recomendaciones para que la SDA tenga en
cuenta lo manifestado por los líderes comunitarios en relación con la protección y conservación
de los cuerpos de agua existentes cerca a la zona de influencia del proyecto.
Finalmente, este órgano de control preguntó a Transmilenio S.A., sobre las estrategias o
campañas pedagógicas que se piensan implementar con la ciudadanía en relación con el cuidado
y conservación de Transmicable.
Frente a ello, la entidad manifestó que actualmente Transmilenio y el IDU trabajan de manera
conjunta en el desarrollo de proyectos y programas de educación y sensibilización con el sistema
TransmiCable. Así mismo, se han establecido dos líneas adicionales de trabajo en materia de
cultura ciudadana y educación TransmiCable, la primera en concordancia con el IDPAC y el
desarrollo de los equipamientos complementarios y la segunda con la definición de obligaciones
contractuales dentro de las responsabilidades del operador del cable.
Lo anterior permitirá que se cuente con un trabajo importante en cultura y educación durante la
construcción del sistema, así como durante la operación comercial del mismo.
6. Conclusiones
1. A la fecha, el IDU ha adelantado significativamente la construcción del Cable Aéreo de
Ciudad Bolívar, observándose un 67% de avance en la obra. Sin embargo, se debe
avanzar en las obras de explanación para la construcción de la torres 21, 22 y 23, que
incluye demolición, excavación y transporte y en los componentes de cimentación,
pedestales, instalación del componente electromecánico, redes eléctricas y obras de
urbanismo.
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2. Si bien es cierto el IDU, a la fecha ha adquirido la totalidad de los predios para el
desarrollo del proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar, según el informe de la
Contraloría Distrital, se halló que tres (3) meses después de iniciada la obra, no se actuó
con la suficiente eficiencia y oportunidad en la adquisición de los predios, por parte de
la entidad.
3. Faltando 10 meses (plazo programado para la entrega del cable), no se cuenta con la
disposición normativa que permita el uso del suelo en los predios remanentes del
proyecto Cable Aéreo de Ciudad Bolívar para la construcción de los nuevos
equipamientos, con lo cual se podría afectar la ruta contractual de la ejecución de dichos
proyectos en el 2018.
4. No se evidencian acciones de coordinación interinstitucional para acometer las obras de
infraestructura complementarias por lo que se podría concluir la construcción del cable
y no necesariamente avanzar al mismo ritmo en la ejecución de las mismas
7. Recomendaciones
De tipo Administrativo:
Para el IDU
1. Atender lo contemplado en el principio de planeación para futuros proyectos de
infraestructura, antes de iniciar las obras, disponiendo de los predios necesarios para la
ejecución de las actividades de obra y con ello evitar atrasos, demoras, contratiempos y
costos adicionales a los proyectos.
2. Avanzar en la construcción de las torres 21, 22 y 23 frente a las obras de explanación lo
que incluye demolición, excavación y transporte y en los componentes de cimentación,
pedestales, instalación del componente electromecánico, redes eléctricas y obras de
urbanismo, no hay avances.
3. Conminar al Comité de Reasentamiento del IDU, para que realice el respectivo control
y seguimiento de los programas implementados con ocasión de la construcción del
proyecto Transmicable y la evaluación de situaciones particulares que se hayan
presentado.
Para Transmilenio S.A
1. Analizar la conveniencia de implementar nuevas rutas que alimenten la llegada de
usuarios a las estaciones de Transmicable, como lo proponen los líderes de la localidad
Ciudad Bolívar, entre ellas:
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San Francisco- Manitas.
Juan Pablo II a San Francisco.
Villas del Diamante
Nutibara
La Esmeralda
Villa Gloria.
2. Dados los índices de ocupación del portal Tunal reconocidos por el mismo IDU, y que
generarían problemas de congestión en las zonas de plataforma, se recomienda avanzar
en el proceso de contratación de los estudios, diseño y construcción para la ampliación
del Portal Tunal; de esta manera se podría contar con dicha ampliación una vez entre en
funcionamiento el Cable Aéreo proyectado según el IDU, para junio de 2018.
3. Para la entrada en funcionamiento de Transmicable, articular con la SDS las acciones
necesarias para contar con el diagnóstico real de las PcD residentes en la localidad y dar
cumplimiento a las normas de accesibilidad al medio físico (NTC 41 39, 4140,
4141,4142, 4143,4144, 4695, 5610, 4902, 4774,4279) vigentes, la Guía de movilidad
peatonal, la Guía de movilidad reducida, la Guía de diseño accesible y funcional entre
otras, los Decretos 1660 de 2003 y 1538 de 2005, y el compendio de normas NTC
capítulo accesibilidad al medio físico del ICONTEC, contemplando las actualizaciones
y la NTC 5610.
Para la Secretaría Jurídica de la Alcaldía Mayor de Bogotá
1. Avanzar en la expedición del Decreto ““Por el cual se autoriza la destinación de predios
sobrantes o remanentes de las obras de infraestructura del Sistema Integrado de
Transporte Público de la ciudad de Bogotá D.C., para la construcción de equipamientos
públicos y se dictan otras disposiciones”, con el fin de cumplir con los compromisos
establecidos por las entidades distritales en la construcción, adecuación y puesta en
funcionamiento de los equipamientos en la zona de influencia de Transmicable en la
localidad de Ciudad Bolívar.
Para la SDA
1. Una vez entre en operación el Cable Aéreo de Ciudad Bolívar y con la instalación de los
nuevos equipamientos que prestarán servicios a la ciudadanía, se recomienda realizar
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una evaluación ambiental, orientada a prevenir, mitigar, corregir o compensar los
impactos y efectos ambientales que se puedan causar, incluyendo los planes de
seguimiento, monitoreo y contingencia en la estructura ecológica principal comprendida
por la quebrada Limas, La Honda y el parque Illimaní.
2. Dinamizar, si es pertinente, a través de Transmicable y en articulación con la SDM y
Transmilenio, la recuperación de la Quebrada Limas en lo medioambiental, recreativo,
y cultural, dado que, según los líderes de la localidad, esta se encuentra actualmente
contaminada.
Para la SDDE
1. Para 2018, una vez entre en funcionamiento el Cable Aéreo de Ciudad Bolívar, se
recomienda contar con un estudio del impacto económico que tendrá este proyecto en la
construcción, generación de empleo y alternativas laborales para los residentes de la
localidad.
2. Una vez empiece a funcionar Transmicable, coordinar y articular acciones con la SED,
SCRD, IDARTES, SDT, el IPES y el SENA para garantizar la empleabilidad del gran
número de jóvenes bachilleres que residen en la localidad de Ciudad Bolívar con el fin
de que este sector de la población se vincule laboralmente.
Para la Secretaria General
1. Establecer una instancia de coordinación y seguimiento para la realización de las obras
complementarias en la que se verifiquen los avances y se asegure el cumplimiento de los
cronogramas previstos. Dicha instancia debe además facilitar la consecución de
permisos, trámites y demás aspectos necesarios para el logro de los proyectos.
DECISIÓN
En mérito de los expuesto, el Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos, en
cumplimiento de las facultades otorgadas mediante el artículo 7 del Acuerdo 207 de 2006
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RESUELVE
PRIMERO. Cerrar la investigación sumaria No. 201750033309900015E.
SEGUNDO. Oficiar al IDU, para dar a conocer las recomendaciones formuladas.
TERCERO. Oficiar a Transmilenio S.A., con el fin de dar a conocer las recomendaciones
formuladas.
CUARTO. Oficiar a las SDDE y SDA, Secretaría Jurídica y Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, con el fin de dar a conocer las recomendaciones formuladas.
QUINTO. Remitir copia del Auto de Cierre al Alcalde Mayor de Bogotá, con el fin de dar a
conocer las recomendaciones formuladas.
SEXTO. Trasladar al equipo de Seguimientos de la Veeduría Delegada para la Atención de
Quejas y Reclamos para el respectivo seguimiento.
CÚMPLASE
JUAN CARLOS RODRÍGUEZ ARANA
Veedor Delegado para la Atención de Quejas y Reclamos
Aprobó: Juan Carlos Rodríguez Arana
Revisó: Diana de la Rosa Victoria Bonilla
Elaboró: Sulma Melo
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8. Referencias
.
Alcaldía Mayor de Bogotá. (31 de enero de 2011). Directiva 001. Democratización de las
oportunidades económicas en el D.C. y promoción de estrategias para la participación
real y efectiva de las personas naturales vulnerables, marginadas y/o excluídas de la
dinámica productiva de la ciudad. . Bogotá, Colombia: Registro Distrital 4697.
Carrillo, Y. (24 de agosto de 2017). Acta de visita administrativa a Transmilenio S.A. (S.
Melo Ríos, Entrevistador)
Congreso de la República. (18 de julio de 1997). Ley 388 . Por la cual se modifica la ley 9 y la
ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones. Bogotá, Colombia: Diario oficial No.
43.091.
Contraloría de Bogotá. (2016). Informe de auditoría de desempeño IDU. Bogotá, Colombia.
Corte Constitucional. (junio de 2000). Sentencia C-795. Bogotá, Colombia.
Gaona Uscátegui, S. (16 de agosto de 2017). Acta de visita administrativa a la Secretaría
Distrital de Movilidad. (S. Melo Ríos, Entrevistador)
Instituto Distrital de Desarrollo Urbano. (2014). Anexo técnico Licitación Pública IDU-LP-
SGI-CABLE 2014. Bogotá, Colombia.
Instituto Distrital de Desarrollo Urbano. (16 de Julio de 2015). Contrato 1630. Contrato de
obra No. 1630 de 2015 celebrado entre el IDU y la Unión Temporal Cable Bogotá.
Bogotá, Colombia.
Martínez, M. C. (15 de agosto de 2017). Acta de visita administrativa al IDU. (S. Melo Ríos,
Entrevistador)
Observatorio de Desarrollo Económico- Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. (2015).
Impacto de la construcción del cable aéreo en Ciudad Bolívar. Bogotá, Colombia.
Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. (25 de Marzo de 2015). Impacto de la
construcción del Cable Aéreo en Ciudad Bolívar. Bogotá, Colombia.
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Umaña, S. I. (17 de agosto de 2017). Acta de visita de campo a la localidad de Ciudad Bolívar.
(S. Melo Ríos, Entrevistador)
Veeduría Distrital. (28 de Octubre de 2014). Proceso Preventivo Licitación Pública SGI-032-
2014 cuyo objeto es "ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCION DE OBRA
CIVIL, SUMINISTRO, MONTAJE, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO Y
MANTENIMIENTO DEL COMPONENTE ELECTROMECÁNICO, DE UN
SISTEMA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CABLE. Bogotá, Colombia.
Veeduría Distrital. (2015). Cómo avanza el Distrito en Movilidad. Bogotá, Colombia.
Veeduría Distrital. (2016). INFORME DE SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN DEL
CONTRATO IDU 1630 DE 2015 “CABLE AÉREO DE CIUDAD BOLIVAR”
(Septiembre 2015 a Noviembre 2016). Bogotá, Colombia.