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Aspectos generales en materia deprevencin de riesgos laborales.
Encargados COEXFrancisco HerreruelaGloria LorenzoSonia Ruiz de Len
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1 edicin: enero 2009
Francisco Herreruela Gloria Lorenzo Sonia Ruiz de Len Fundacin Laboral de la Construccin Tornapunta Ediciones, S.L.U.
ESPAA
Av. Alberto Alcocer, 46 B P 728016 MadridTl.: 91 398 45 00 Fax: 91 398 45 03
www.fundacionlaboral.org
ISBN: 978-84-96945-84-5Depsito Legal:
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Aspectos generales en materia de prevencinde riesgos laborales
Introduccin 5
Objetivos generales del curso 7
Conceptos preventivos bsicos: el trabajo 9y la salud. Los daos derivados del trabajo
Marco normativo bsico en materia 35
de prevencin de riesgos laborales
Gestin de la prevencin de riesgos laborales 65en la empresa
Gestin preventiva en las obras 97de construccin
Condiciones generales de implantacin 141
Medidas de emergencia 177
ndice de figuras 207
NDICE
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Introduccin
INTRODUCCIN
Con la finalidad de alcanzar la integracin de la prevencin en la pro-pia gestin empresarial, la seguridad y la salud en el trabajo ha deimplicar a todos los niveles jerrquicos.
En este sentido, es esencial que el encargado, como agente que tieneuna destacada labor durante la ejecucin de los trabajos, adquieraconocimientos en materia de prevencin de riesgos laborales tantopara comprender mejor los fundamentos de la gestin preventiva,como para tomar conciencia del papel que le corresponde asumir enel adecuado desarrollo de la misma.
Con dicho objetivo, este manual se encuadra en el itinerario forma-tivo que la Fundacin Laboral de la Construccin ha desarrolladoespecficamente para el encargado.
El texto est estructurado en 6 Unidades Didcticas.
En la Unidad Didctica 1 se abordan, de manera general, los aspec-tos formales de la relacin trabajo-salud, los efectos negativos quedicha relacin puede tener sobre el trabajador y las distintas tcnicaspreventivas utilizadas para la mejora de las condiciones de trabajo.
La Unidad Didctica 2 presenta la configuracin del marco norma-tivo bsico en materia de prevencin de riesgos laborales y destacatanto los fundamentos y principios que inspiran la Ley de Prevencinde Riesgos Laborales, como los derechos y obligaciones que se deri-
van de la misma. Por otra parte, da a conocer los aspectos funda-mentales de la normativa de prevencin de aplicacin especfica alsector de la construccin. Por ltimo, relaciona otras disposicionesde carcter tcnico en materia preventiva.
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La Unidad Didctica 3 se desarrolla en torno al nuevo enfoque que lacitada ley plantea en la proteccin de la seguridad y la salud de los
trabajadores, y por el cual se exige la implantacin de un adecuadosistema de gestin de la prevencin de riesgos laborales integradoen el sistema general de la gestin empresarial.
Dado que, por lo general, los trabajos de conservacin y de man-tenimiento de carreteras pueden considerarse asociados a activi-dades de construccin, y dado que en determinadas actividades demantenimiento de carreteras puede ser requerida la elaboracin deun proyecto de obra, la unidad didctica 4 se destina al estudio deaquellos aspectos fundamentales, incluidos los documentales, quees conveniente conocer sobre la gestin preventiva en las obras deconstruccin.
A travs de la Unidad Didctica 5 se incide en la importancia y lanecesidad de planificar y organizar los trabajos de conservacin yexplotacin de carreteras, a fin de combatir los riesgos laboralesdesde su origen. Adems, se explican los criterios y requisitos quedeben regir el proceso de organizacin de una obra tomando comobase las consideraciones relativas a la seguridad y la salud de lostrabajadores.
Finalmente, la Unidad Didctica 6 se refiere, en rasgos generales,tanto a las distintas situaciones de emergencia que pueden acon-tecer de forma ms frecuente en los trabajos de conservacin yexplotacin de carreteras, como a las actuaciones a considerar porel empresario en cada una de dichas situaciones. Asimismo, se sea-lan las obligaciones establecidas para el empresario en situacionesde riesgo grave e inminente para los trabajadores, y las normasgenerales de actuacin a tener en cuenta por stos en situacionesde emergencia y en caso de evacuacin.
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Objetivos
OBJETIVOS GENERALES DEL CURSO
Al finalizar el curso el alumno ser capaz de:
Conocer los conceptos preventivos fundamentales y la relacin exis-tente entre ellos.
Conocer la configuracin del marco normativo bsico en materiade prevencin de riesgos laborales as como alguna de la regla-mentacin de carcter tcnico con disposiciones en dicha materia.
Distinguir los aspectos generales de la Ley de Prevencin deRiesgos Laborales y los rasgos fundamentales de la normativa deprevencin de aplicacin especfica a los trabajos de conservacin
y explotacin de carreteras.
Asimilar que, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Prevencinde Riesgos Laborales, aparece un nuevo enfoque normativo quepersigue fomentar una autntica cultura de la prevencin a travsde la integracin de la actividad preventiva tanto en el conjunto delas actividades, como en todos los niveles jerrquicos de la empresa.
Distinguir los principales mecanismos y procedimientos a travs delos cuales resulta posible llevar a cabo la integracin de la preven-cin de riesgos laborales en el sistema general de gestin de la
empresa.
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Comprender cmo se canaliza la consulta y participacin de los tra-bajadores en materia de prevencin de riesgos laborales y cmo se
establecen los rganos de representacin especializada.
Conocer algunos de los aspectos bsicos de la gestin preventivaen las obras de construccin.
Diferenciar las obligaciones de los diversos agentes que intervie-nen en el proceso constructivo.
Comprender los criterios y requisitos que deben regir los procesosde planificacin y organizacin de los trabajos de conservacin yexplotacin de carreteras, tomando como base las consideracio-nes relativas a la seguridad y la salud de los trabajadores.
Identificar las distintas situaciones de emergencia que pueden acon-tecer de forma ms frecuente en los trabajos de conservacin yexplotacin de carreteras. Conocer, con carcter general, las actua-ciones a considerar tanto por el empresario, como por los trabaja-dores, en cada una de dichas situaciones.
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Objetivos 10
Mapa conceptual 11
1.1 Introduccin 12
1.2 El trabajo y la salud 13
1.3 Daos derivados del trabajo 17
1.4 Tcnicas preventivas 22
Resumen 27
Terminologa 31
NDICE
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OBJETIVOS
Al finalizar esta Unidad Didctica, el alumno ser capaz de:
Conocer la relacin trabajo-salud y comprender los factores queinfluyen en dicha relacin.
Diferenciar y saber aplicar con agilidad los conceptos de "peligro","riesgo" y "factor de riesgo".
Comprender las consecuencias que puede sufrir un trabajador porla materializacin de un riesgo distinguiendo entre un accidente detrabajo, una enfermedad profesional y los daos, tanto de natura-leza ergonmica como psicosocial.
Conocer las distintas disciplinas preventivas que existen para elestudio del anlisis de los riesgos y la relacin de aquellas con dichosriesgos.
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MAPA CONCEPTUAL
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1.1 INTRODUCCIN
La realidad laboral y social evidencia que el trabajo puede afectar ala salud de los trabajadores de manera negativa, manifestndose enforma de lesiones fsicas y psquicas.
Es necesario, por lo tanto, garantizar la seguridad y salud de los tra-bajadores en el trabajo.
En este sentido, el artculo 40.2 de la Constitucin Espaola enco-mienda a los poderes pblicos velar por la seguridad e higiene en eltrabajo.
Este mandato constitucional conlleva la necesidad de desarrollar unapoltica de proteccin de la salud de los trabajadores mediante la
prevencin de los riesgos derivados de su trabajo.
Para el logro de este objetivo es necesario conocer, tanto la natura-leza de dicho trabajo como todos aquellos aspectos del mismo quepueden influir en la aparicin de los riesgos.
A lo largo de la presente Unidad Didctica se abordan de manerageneral los aspectos formales de la relacin trabajo-salud, los efec-tos negativos que dicha relacin puede tener sobre el trabajador ylas distintas tcnicas preventivas utilizadas para la mejora de las con-diciones de trabajo.
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1.2 EL TRABAJO Y LA SALUD
La Organizacin Mundial de la Salud (OMS) define "salud" como "elestado de bienestar fsico, mental y social, y no slo la ausencia deenfermedad o dolencia".
La ausencia de enfermedad no es por s sola un factor determinantede salud; para que un individuo disponga de salud es necesario queexista, adems, un equilibrio entre su estado fsico, psquico y social.
Cuando se piensa en el trabajo se relaciona este concepto con la acti-vidad a travs de la cual se busca satisfacer una serie de necesida-des bsicas y llevar a cabo un desarrollo profesional y social.
Tomando como base esta primera aproximacin, es evidente queel trabajo, en principio, influye de manera positiva en la salud de aque-llas personas que, por medio de l, consiguen alcanzar sus necesi-dades personales y conseguir dicho estado de bienestar, en el que lasalud fsica, mental y social estn en equilibrio.
No obstante, esta reflexin requiere un anlisis ms exhaustivo puestoque la realidad, avalada por los elevados ndices de siniestralidadlaboral existentes, evidencia que el trabajo afecta tambin negati-vamente a la salud de los trabajadores. Si las condiciones en las quese lleva a cabo el trabajo no son las adecuadas, existe riesgo de sufrir
algn tipo de dao.
En aras de una efectiva proteccin de los trabajadores, deben con-templarse todos los aspectos del trabajo que puedan afectar a la salud.Para ello, es preciso tener en cuenta que la realizacin de una tareaproduce en el lugar donde sta se realiza modificaciones de diversanaturaleza (mecnicas, fsicas, qumicas, biolgicas, psicolgicas, socia-les, etc.) que pueden tener repercusiones sobre el trabajador.
Figura 1. Efectos del trabajo sobre la salud. Fuente: fondo documental FLC
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Por lo tanto, el trabajo y la salud estn estrechamente interrelacio-nados. Con objeto de clarificar la relacin trabajo-salud se analizan
a continuacin algunos de los conceptos fundamentales que deri-van de sta.
1.2.1 Condiciones de trabajo
Se entiende por "condicin de trabajo" cualquier caracterstica delmismo que pueda tener una influencia significativa en la generacinde riesgos para la seguridad y la salud del trabajador (artculo 4.7 dela Ley de Prevencin de Riesgos Laborales).
En funcin de su naturaleza, dichas condiciones de trabajo se clasi-fican en:
- Materiales: equipos y tiles de trabajo, medios auxiliares, caracte-rsticas de los lugares de trabajo (espacio, iluminacin, etc.) o insta-laciones de suministro de energa empleadas en la actividad laboral.
- Fsicas: ruidos, vibraciones, radiaciones y calor o fro a los que eltrabajador est expuesto en la ejecucin de su trabajo.
- Qumicas: elementos o compuestos qumicos presentes en el tra-bajo y con los que el trabajador tiene o podra tener contacto, inclui-dos los procedimientos para su utilizacin.
- Biolgicas: agentes biolgicos presentes en el trabajo (bacterias,hongos y virus) a los que el trabajador est o podra estar expuesto.
- Mentales y de relaciones interpersonales (psicosociales): relacio-nadas con las exigencias mentales de la tarea (nivel de atencin,ritmo, cantidad y complejidad de la tarea), as como con los aspec-tos organizativos y sociales del trabajo (consideracin del puestoen la empresa, posibilidades de promocin, autonoma sobre la rea-lizacin de su propio trabajo, horario, participacin en la toma dedecisiones, relaciones existentes con los compaeros, etc.).
Cuando se produce un desequilibrio en algunas de las condiciones
de trabajo o no se controlan lo suficiente, existe la posibilidad de quetal circunstancia afecte negativamente a la salud del trabajador.
As, la realizacin de un trabajo en unas condiciones materiales, fsi-cas, qumicas, biolgicas, ergonmicas o psicosociales inadecuadaspodra perjudicar la salud fsica, mental o social de dicho trabajador.
Las condiciones en las que se realiza el trabajo pueden influir demanera significativa en la generacin de riesgos que, si no se con-trolan, pueden provocar un dao en la salud del trabajador.
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De acuerdo con todo lo mencionado, es necesario estudiar y anali-zar las condiciones en las que se realiza el trabajo para poder detec-
tar los problemas y las necesidades y adoptar, en consecuencia, lassoluciones ms apropiadas. De esta forma se garantizan unas con-diciones adecuadas de seguridad y de salud para los trabajadores.
Con objeto de que el anlisis de las condiciones de trabajo sea lo msrealista y prctico posible, se deben tener en cuenta las novedadesen cuanto a los desarrollos productivos y organizativos de las empre-sas que podran dar lugar a la aparicin de nuevos problemas; dadoque, el mundo del trabajo, al igual que la sociedad en la que se des-arrolla, est inmerso en un proceso de cambio continuo.
Cuando en una empresa la organizacin, la tcnica, los materiales o
los equipos de trabajo cambian, las condiciones de seguridad y saludtambin lo hacen.
1.2.2 Concepto de salud
Volviendo a la definicin de salud dada por la OMS, cabe hacer lasiguiente reflexin:
Es este estado de bienestar algo comn para la generalidad de laspersonas o, por el contrario, existe un componente subjetivo ?que
depende de cada persona? al mismo tiempo que social o cultural?
Es decir, en las mismas condiciones de trabajo personas diferen-tes pueden manifestar distintos estados de bienestar? Puede lacapacidad de respuesta de cada persona frente a las exigencias deltrabajo influir en la salud?
Estas consideraciones pretenden nicamente destacar la dificultadde aplicar de manera unvoca (general) el trmino "salud" y la impor-tancia que tiene, para la proteccin de la salud del trabajador, quelas exigencias de la tarea no superen la capacidad de adaptacinde la persona al trabajo.
1.2.3 Riesgo laboral. Factor de riesgo
Antes de abordar las definiciones de "riesgo" y "factor de riesgo"es conveniente aclarar otro concepto ntimamente ligado a ellos, elde "peligro", considerado como "la propiedad o capacidad intrnsecade algo para ocasionar un dao".
Una mquina en movimiento constituye un peligro ya que tiene capa-cidad de ocasionar un dao.
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El trmino "riesgo laboral" se define reglamentariamente como "laposibilidad de que un trabajador sufra un determinado dao deri-
vado del trabajo" (artculo 4.2 de la Ley de Prevencin de RiesgosLaborales).
El riesgo de quedar atrapado o de sufrir un corte o un golpe con unamquina en movimiento existe cuando se da la posibilidad de que eltrabajador sufra un dao derivado del trabajo con dicha mquina.
Dependiendo de la probabilidad de que se materialice dicho riesgoas como de las consecuencias esperadas tras su materializacin elriesgo se califica, segn el mtodo general de evaluacin desarro-llado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,como: trivial, tolerable, moderado, importante e intolerable.
Figura 2. Relacin peligro-riesgo. Fuente: fondo documental FLC
A fin de determinar las acciones tendentes a evitar o reducir los ries-gos laborales y garantizar as la seguridad y salud del trabajador, esnecesario introducir el concepto de "factor de riesgo", que puededefinirse como aquella condicin de trabajo insuficientemente con-trolada que puede desencadenar que el riesgo se materialice (dejade ser una posibilidad y pasa a ser una realidad) y produzca un daoen la salud de los trabajadores.
Un trabajador padece lesiones internas y una conmocin como con-secuencia de haber sido atropellado por un vehculo que circulabapor un tramo de carretera con escasa visibilidad en el que se des-arrollaban trabajos de bacheo en la calzada sin sealizar. Esta falta
de sealizacin es un factor de riesgo que ha contribuido a que seproduzca dicho atropello.
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En la prctica los factores de riesgo nunca se presentan aisladamente;en el entorno de trabajo estn presentes varios factores de riesgo
al mismo tiempo, de forma que cuando se produce una alteracin enla salud de los trabajadores no se puede achacar a una sola causa,sino que son un conjunto de factores diferentes presentes en elambiente laboral.
Volviendo al ejemplo planteado anteriormente, la falta sealizacinde los trabajos es un factor de riesgo que por s solo no ha causadolos daos al trabajador accidentado; ha contribuido, adems, porejemplo, que no se haya procedido al cierre del carril afectado porlos trabajos, o que el citado trabajador no utilizara la ropa de pro-teccin de alta visibilidad prevista para este tipo de actividad.
1.3 DAOS DERIVADOS DEL TRABAJO
Los efectos negativos del trabajo sobre la salud de los trabajadoresse pueden manifestar en forma de daos, tales como: accidentesde trabajo, enfermedades profesionales y patologas, tanto de natu-raleza ergonmica como psicosocial, entre otros.
Los daos derivados del trabajo se presentan en forma de acciden-
tes de trabajo, enfermedades profesionales y patologas, tanto denaturaleza ergonmica como psicosocial, entre otros.
Se entiende por "daos derivados del trabajo" las enfermedades, pato-logas o lesiones sufridas con motivo u ocasin del trabajo (artcu-lo 4.3 de la Ley de Prevencin de Riesgos Laborales). Esta definicinse aleja de los conceptos meramente asistenciales o reparadoresde accidente de trabajo y de enfermedad profesional derivados, tantodel ordenamiento jurdico de la Seguridad Social como de la juris-prudencia (sentencias judiciales).
Es decir, la Ley de Prevencin de Riesgos Laborales (LPRL) consi-dera los daos derivados del trabajo como contingencias a evitar pre-viniendo su aparicin; mientras que la normativa de la SeguridadSocial tiene como fin la cobertura asistencial y reparadora frente alos antes mencionados accidentes de trabajo y enfermedades pro-fesionales.
1.3.1 Accidente de trabajo
La definicin legal de "accidente de trabajo" dada por la Ley Generalde la Seguridad Social (LGSS) es: "toda lesin corporal que el traba-jador sufra con ocasin o por consecuencia del trabajo que ejecutepor cuenta ajena".
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Asimismo, la norma legal que regula la cobertura de las contingen-cias profesionales de los trabajadores incluidos en el Rgimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propiao Autnomos (RETA), define el accidente de trabajo de un trabaja-dor autnomo como "el ocurrido como consecuencia directa e inme-diata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determinasu inclusin en el campo de aplicacin del rgimen especial".
En ambos casos se incluyen, expresamente, como accidentes de tra-bajo:
- Los acaecidos en actos de salvamento y otros de naturaleza an-loga cuando unos y otros tengan conexin con el trabajo.
- Las enfermedades (no incluidas en el siguiente apartado 1.3.2) que
contraiga el trabajador con motivo de la realizacin de su trabajo,siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusivala ejecucin del trabajo.
- Las enfermedades o los defectos padecidos con anterioridad porel trabajador que se agraven como consecuencia de la lesin cons-titutiva del accidente.
- Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en sunaturaleza, duracin, gravedad o terminacin por enfermedadesintercurrentes que constituyan complicaciones derivadas del pro-ceso patolgico determinado por el accidente mismo, o que ten-gan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en el quese haya situado al paciente para su curacin.
La LGSS incluye, adems, como accidente de trabajo los siguientessupuestos no contemplados en el RETA:
- Los que sufra el trabajador con ocasin o como consecuencia deldesempeo de cargos electivos de carcter sindical, as como losocurridos al ir o al volver del lugar en el que se ejerciten las fun-ciones propias de dichos cargos.
- Los ocurridos con ocasin o por consecuencia de las tareas que,aun siendo distintas de las de su categora profesional, ejecute el
trabajador en cumplimiento de las rdenes del empresario o espon-tneamente en inters del buen funcionamiento de la empresa.
Esta misma ley incluye, expresamente, como accidente de trabajo(denominado in itinere) las lesiones que sufra el trabajador al ir o alvolver del lugar de trabajo. El RETA sin embargo las excluye.
Para el caso de las lesiones que sufra el trabajador por cuenta ajenadurante el tiempo y en el lugar de trabajo la LGSS presume, salvoprueba de lo contrario, la relacin de causa-efecto entre stas y eltrabajo. En el RETA, sin embargo, debe probarse la conexin entre
dichas lesiones y el trabajo realizado por cuenta propia.
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En cuanto a la exclusin expresa de determinados supuestos comoaccidente de trabajo, tanto la LGSS como el RETA, no consideran
como tal los accidentes que sean debidos a:- Fuerza mayor extraa al trabajo, entendindose por tal aquella cuya
naturaleza no guarda ninguna relacin con el trabajo que se ejecu-taba al ocurrir el accidente. En ningn caso se consideran fuerzamayor extraa al trabajo la insolacin, el rayo y otros fenmenosanlogos de la naturaleza.
- Dolo o imprudencia temeraria del trabajador.
No puede considerarse fuerza mayor extraa al trabajo un vientofuerte si el posible accidente derivado de este fenmeno natural
pudiera evitarse paralizando la actividad.
Asimismo, en ambos casos se establece que no impide la calificacinde accidente de trabajo la concurrencia de culpabilidad civil o crimi-nal de un tercero, salvo que no guarde relacin alguna con el trabajo.
nicamente la LGSS expresa que la imprudencia profesional que esconsecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y que se deriva dela confianza que ste inspira no impide la calificacin de un accidentecomo de trabajo.
Es decir, se diferencia la imprudencia profesional de la imprudenciatemeraria.
En este sentido, para considerar que un accidente es debido a dolo oimprudencia temeraria la jurisprudencia es unnime al exigir que el acci-dentado haya asumido, libre y conscientemente, un riesgo excepcio-nalmente grave, con desprecio de cualquier medida protectora de suvida y ejecutando un acto provocador del siniestro. Pero tambin con-sidera que no puede haber temeridad en la imprudencia profesional.
Es importante tambin considerar la definicin de "accidente" desdeel punto de vista tcnico. En este sentido, se considera tal "todo
suceso anormal, no querido ni deseado, que se presenta de formabrusca e inesperada en el trabajo, interrumpiendo su normal conti-nuidad y pudiendo causar lesiones a los trabajadores o prdidas depatrimonio a la empresa".
A diferencia de las consideraciones anteriores, esta definicin tieneigualmente en cuenta aquellos sucesos que no producen lesiones,denominados "incidentes", por su potencialidad de generarlastomando como base que el mecanismo que las produce es igual alque provoca un accidente.
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Una carga que se estaba transportando con un camin gra caerepentinamente al suelo sin causar daos a un trabajador que, en ese
momento, se encontraba realizando tareas en el rea ubicada bajola carga. El citado trabajador se ha encontrado en una situacin dedao potencial de la que, por determinadas circunstancias, ha salidoileso. Si se repitiera la misma situacin, podra dicho trabajador sufriralgn dao? En caso afirmativo, el incidente anteriormente acaecidopasara a considerarse accidente de trabajo.
Es importante realizar un anlisis no slo de los accidentes de tra-bajo, sino tambin de los incidentes, ya que stos, en la mayora delos casos, son indicadores de la existencia de situaciones de riesgoque, si no se mejoran, pueden dar lugar a un accidente de trabajo.
1.3.2 Enfermedad profesional
En la prctica existen multitud de actividades en las que estn pre-sentes, tanto determinados agentes fsicos (ruido, vibraciones, radia-ciones, etc.), qumicos (polvo, humos, vapores, nieblas, etc.) o biol-gicos (virus, bacterias, hongos, etc.), como factores relacionados conla carga fsica de trabajo (posturas forzadas y movimientos repeti-tivos) que pueden suponer un riesgo para la seguridad y salud de lostrabajadores y, por lo tanto, exponer a quienes realizan dicha acti-
vidad a una enfermedad.
Cuando estas actividades y los agentes presentes en ellas se encuen-tran incluidos en el cuadro recogido por el Real Decreto 1299/2006,y la enfermedad es contrada como consecuencia del trabajo reali-zado, sta se denomina "enfermedad profesional".
As, la LGSS define el concepto de "enfermedad profesional" como"la contrada a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena,en las actividades que se especifican en el cuadro de enfermeda-des profesionales en el sistema de la Seguridad Social aprobado porel RD 1299/2006 y que estn provocadas por la accin de los ele-mentos o sustancias que en dicho cuadro se indican".
De la misma forma, la legislacin que regula la cobertura de las con-tingencias profesionales de los trabajadores incluidos en el RETAdefine "enfermedad profesional" como "la contrada a consecuenciadel trabajo ejecutado por cuenta propia en la actividad en virtud dela cual el trabajador est incluido en el campo de aplicacin del rgi-men especial, que est provocada por la accin de los elementos ysustancias y en las actividades contenidas en la lista de enfermeda-des profesionales con las relaciones de las principales actividadescapaces de producirlas, anexa al RD 1299/2006, de 10 de mayo, por
el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sis-tema de la Seguridad Social".
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RESUMEN
La ausencia de enfermedad no es por s sola un factor determinantede salud; para que un individuo disponga de salud es necesario que
exista, adems, un equilibrio entre su estado fsico, psquico y social.
Las condiciones en las que se realiza el trabajo pueden influir demanera significativa en la generacin de riesgos que, si no se con-trolan, pueden provocar un dao en la salud del trabajador.
El concepto de "peligro" es "la propiedad o capacidad intrnsecade algo para ocasionar un dao".
Se define "riesgo laboral" como "la posibilidad de que un trabaja-
dor sufra un determinado dao derivado del trabajo".
La calificacin del nivel de riesgo (trivial, tolerable, moderado,importante e intolerable) depende de la probabilidad de que sematerialice dicho riesgo, as como de las consecuencias esperadastras su materializacin.
El trmino "factor de riesgo" hace referencia a "aquella condicinde trabajo insuficientemente controlada que puede desencadenarun dao en la salud de los trabajadores".
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Los factores de riesgo nunca se presentan aisladamente; cuandose produce una alteracin en la salud de los trabajadores no se
puede achacar a una sola causa, sino que sern factores diferentespresentes en el ambiente laboral los que ocasionen esa prdida desalud.
Los daos derivados del trabajo se manifiestan en forma de acci-dentes de trabajo, enfermedades profesionales y patologas, tantode naturaleza ergonmica como psicosocial, entre otros.
La LGSS define el "accidente de trabajo" como "toda lesin corpo-ral que el trabajador sufra con ocasin o por consecuencia del tra-bajo que ejecute por cuenta ajena".
La legislacin que regula la cobertura de las contingencias profe-sionales de los trabajadores incluidos en el RETA define el "acci-dente de trabajo" como "el ocurrido a consecuencia directa e inme-diata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determinasu inclusin en el campo de aplicacin del rgimen especial".
Desde el punto de vista tcnico "accidente de trabajo" es "todosuceso anormal, no querido ni deseado, que se presenta de formabrusca e inesperada en el trabajo, interrumpiendo su normal conti-nuidad y pudiendo causar lesiones a los trabajadores o prdidas depatrimonio a la empresa".
Un accidente que no ocasiona lesiones a los trabajadores expues-tos se denomina "incidente". Su anlisis permite tanto identificarsituaciones de riesgo desconocidas o infravaloradas hasta esemomento como implantar medidas correctoras para su control, evi-tando as su posible evolucin hacia un accidente de trabajo.
Una "enfermedad profesional" es aquella enfermedad contrada aconsecuencia del trabajo ejecutado por cuenta propia en la activi-
dad en virtud de la cual el trabajador est incluido en el campo deaplicacin del RETA o por cuenta ajena (LGSS), en las actividadesque se especifican en el cuadro de enfermedades profesionales apro-bado por el RD 1299/2006 y que estn provocadas por la accin delos elementos o sustancias que en dicho cuadro se indican.
La realizacin de un esfuerzo fsico o mental excesivo (por encimade la capacidad del trabajador), as como una organizacin inade-cuada del trabajo que no satisfaga sus expectativas, pueden gene-rar daos de naturaleza ergonmica y psicosocial.
El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todaslas fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuirlos riesgos derivados del trabajo se conoce como "prevencin".
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Las tcnicas preventivas bsicas empleadas para la mejora de lascondiciones de trabajo son la seguridad en el trabajo, la higiene
industrial, la ergonoma y psicosociologa aplicada y la medicina deltrabajo.
La seguridad en el trabajo fundamenta su actividad en el control delos factores de riesgo que pueden generar un accidente de trabajoy que se hallan ligados, principalmente, a las condiciones materia-les del trabajo.
La higiene industrial est encaminada a prevenir las enfermedadesprofesionales a travs de la deteccin, valoracin y control de loscontaminantes fsicos, qumicos y biolgicos presentes en el
ambiente de trabajo.
La ergonoma acta sobre los factores de riesgo asociados conlas exigencias fsicas requeridas por la tarea para lograr la adap-tacin del trabajo al hombre.
La psicosociologa aplicada estudia las relaciones del trabajadorcon su trabajo, la empresa, los mandos, otros trabajadores, etc. paraalcanzar el nivel ideal de confort psicolgico y social.
La medicina del trabajo se ocupa, principalmente, de evitar o mini-mizar los efectos negativos del trabajo sobre la salud (medicina pre-ventiva), y no slo del diagnstico, tratamiento y seguimiento delos daos ocasionados por el trabajo (medicina asistencial).
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TERMINOLOGA
Accidente de trabajo:
Toda lesin corporal que el trabajador sufra con ocasin o por con-secuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena (LGSS). Accidenteocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que rea-liza por su propia cuenta y que determina su inclusin en el campode aplicacin del rgimen especial (RETA).
Desde el punto de vista preventivo algunos autores consideran acci-dente de trabajo cualquier suceso anormal no querido ni deseadoque se presenta de forma brusca e inesperada, interrumpe la conti-nuidad del trabajo y puede causar o no lesiones a las personas y gene-rar prdidas econmicas (en esta definicin se incluye el conceptode incidente).
Condicin de trabajo:
Cualquier caracterstica del mismo que pueda tener una influenciasignificativa en la generacin de riesgos para la seguridad y la saluddel trabajador.
Daos de naturaleza ergonmica:
Aquellos derivados de la realizacin de las tareas que exigen del tra-bajador que las lleva a cabo un esfuerzo fsico excesivo, por encimade sus capacidades.
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Medicina del trabajo:
Tcnica preventiva que se ocupa principalmente de evitar o mini-
mizar los efectos negativos del trabajo sobre la salud (medicina pre-ventiva) y no slo del diagnstico, tratamiento y seguimiento de losdaos ocasionados por el trabajo (medicina asistencial).
Peligro:
Propiedad o capacidad intrnseca de algo para ocasionar un dao.
Psicosociologa aplicada:
Tcnica preventiva que estudia las relaciones del trabajador con sutrabajo, la empresa, los mandos, otros trabajadores, etc. para alcan-zar el nivel ideal de confort psicolgico y social.
Riesgo laboral:
Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado dao deri-vado del trabajo.
Salud:
Estado de bienestar fsico, mental y social y no slo la ausencia deenfermedad o dolencia.
Seguridad en el trabajo:
Tcnica preventiva que fundamenta su actividad en el control de losfactores de riesgo que pueden generar accidentes de trabajo.
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