LA ESTIGMATIZACIÓN DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS LÍDERES DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS, COMO FUNDAMENTO DE LOS OBSTÁCULOS PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA DE LOS MISMOS, A PARTIR DE LA LEY 1448 DE 2011. WILLIAM FERNEY GALLO NUMPAQUE DOCENTE LUZ ANGELA TABARES METODOLOGÍA VIII (ANTEPROYECTO TRABAJO DE GRADO) UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS DE COLOMBIA- BOGOTA FACULTAD DE SOCIOLOGÍA- BOGOTA 25 DE NOVIEMBRE 2015
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
LA ESTIGMATIZACIÓN DE LOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS
LÍDERES DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS, COMO FUNDAMENTO DE LOS
OBSTÁCULOS PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA DE LOS MISMOS, A
PARTIR DE LA LEY 1448 DE 2011.
WILLIAM FERNEY GALLO NUMPAQUE
DOCENTE
LUZ ANGELA TABARES
METODOLOGÍA VIII (ANTEPROYECTO TRABAJO DE GRADO)
UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS DE COLOMBIA- BOGOTA
FACULTAD DE SOCIOLOGÍA- BOGOTA 25 DE NOVIEMBRE 2015
1
TABLA DE CONTENIDO Pág.
Introducción…………………………………………………………………………….2
Planteamiento del Problema………………………………………………………….....3
Justificación……………………………………………………………………………..7
Pregunta de Investigación…………………………………………………………….....8
Objetivos………………………………………………………………………………...9
Estado del Arte…………………………………………………………………………..9
Marco Teórico………………………………………………………………………….14
Diseño Metodológico…………………………………………………………………..20
Bibliografía……………………………………………………………………………..23
2
Introducción
Los Derechos Humanos actualmente se han visto desdibujados en el contexto actual; los
conflictos armados, los intereses individuales, las dinámicas mundiales y las condiciones
geopolíticas a nivel nacional e internacional, han conllevado a supeditar la protección y
promoción de esas garantías mínimas sobre el individuo en su condición de ser humano.
De esta manera, los Derechos Humanos día a día van quedando opacados en un idealismo,
especialmente cuando estos son vulnerados por las lógicas dominantes y resultado de
estas prácticas surgen personas fuera del ente institucional que en voz de lucha y protesta,
buscan por medio de acciones legales trabajar por revindicar dichos Derechos.
Con esto en mente, la figura del Defensor de Derechos Humanos va jugar un papel clave,
en la construcción de otras formas de percibir y actuar en la sociedad ajena a la violencia.
Por ello, el presente trabajo pretende determinar la continua estigmatización sobre esta
población, tomando como base el ejercicio de los medios de comunicación,
particularmente, los medios escritos que a través de sus prácticas discursivas, pueden
influir directa o indirectamente, en la representación social de los Defensores de Derechos
Humanos.
Igualmente, los antecedentes históricos de la problemática, el análisis normativo de la
Ley 1448 de 2011, ley de víctimas y restitución de tierras y la revisión documental de la
prensa escrita de los medios de comunicación sobre el caso del asesinato de la líder de
restitución Ana Fabricia Córdoba, van hacer insumos de gran relevancia para llevar a
cabo esta investigación y profundizar en el tema objeto de estudio. Por tanto, es imperante
reflexionar acerca de este tema en particular en el contexto local, como también analizar
las implicaciones (positivas o negativas) que genera el ejercicio de esta labor social de
defensor de derechos humanos, aún más en un país que actualmente adelanta un proceso
de paz para mitigar el conflicto armado al interior de su territorio.
3
Planteamiento del problema
Para abordar dicha temática, es necesario, el contexto socio – histórico del proceso de
persecución y estigmatización de los y las defensores de derechos humanos líderes de
restitución de tierras, a partir de la vigencia e implementación de la Ley 1448/2011. Con
fundamento en lo anterior, es pertinente establecer que como consecuencia del accionar
tanto de miembros de los grupos guerrilleros, como de grupos paramilitares y del ejército,
“en los últimos 30 años (…) se han forzado a más de 4,8 millones de colombianos a
abandonar sus hogares, y se ha generado así la población de desplazados internos más
numerosa del mundo” (Human Righs Watch, 2013).
Paralelamente surge la Ley victimas de restitución de tierras -ley 1448 de 2011, por la
cual se dicta por disposiciones legales y constitucionales, donde “se establecen medidas
de reparación, asistencia y atención a las víctimas del conflicto armado” (Ley 1448/2011.
Art. 72 Inciso 2). Esta ley fue sancionada en el año 2011 por el congreso de la república
de Colombia durante el gobierno de Juan Manuel Santos Calderón como garantía
normativa frente a la reivindicación de las victimas inmersas en el conflicto armado, la
ley establece medidas tanto administrativas como jurídicas para que las víctimas del
conflicto armado puedan acceder a un proceso de restitución de tierras.
De esta manera, la Ley 1448 de 2011 plantea el diseño e implementación de una política
mixta de reparaciones, con una vertiente dirigida a la restitución de tierras por vía judicial,
y otra dirigida al diseño y reparación integral a las víctimas por vía administrativa, que
comprenderá el otorgamiento de una indemnización, medidas de rehabilitación, de
satisfacción y garantías de no repetición. Es así que el documento contiene mecanismos
jurídico-administrativos de corte cualitativo donde enfoca algunos aspectos sobre el
ejercicio de reparación y el enfoque diferencial sobre víctimas del conflicto armado, el
diseño de políticas y las sanciones correspondientes.
Actualmente en el País, el proceso de restitución ha sido paulatino, debido a las
condiciones sociales del momento. Si bien es cierto la ley plantea las estrategias de forma
efectiva en materia de reparación y restitución. Es importante considerar que la ley 1448,
plasma los elementos para que se ejecute de manera eficaz la restitución de las víctimas
y la reivindicación de derechos.
4
Es así, que esta investigación se centra, en la continua estigmatización y persecución de
los defensores de derechos humanos, líderes de restitución de tierras en Colombia y los
obstáculos existentes para su acceso efectivo a la justicia; específicamente a partir de la
Ley 1448 del 2011, Ley de Víctimas y Restitución de tierras.
El fenómeno del desplazamiento forzado, se ha configurado como una de las principales
problemáticas derivadas a raíz del conflicto armado colombiano, el cual se caracteriza
por constituir “el aumento de flujos migratorios Campo- Ciudad principalmente (…)”
(Silva, A.& Guataqui, J. 2008), en donde la Población víctima de este flagelo, se ve
obligada a salir de sus sitios de origen, por situaciones de orden público primordialmente.
El desplazamiento forzado interno, surge como una categoría dentro del sistema global
de migraciones, en respuesta a aquella movilización que no cruza fronteras; es decir, es
una movilización interna (Posada, 2009). Podría decirse, que las personas se ven
obligadas a migrar a un lugar donde no sean vulnerados sus derechos; donde no arriesguen
su integridad física. Particularmente en Colombia, tenemos una situación bastante
compleja de analizar y de abordar, debido al conflicto armado de larga duración que
hemos afrontado. La población víctima de conflicto, “se ha visto obligada a abandonar
cerca de 6 millones de hectáreas de tierra (…) gran parte de las cuales fueron usurpadas
por grupos armados, sus aliados y otros terceros.” (Human Righs Watch, 2013)
Como consecuencia del crecimiento paulatino de la problemática y en el marco de una
“justicia transnacional”, la cual se ve en principio materializada por la Ley 975 del 2005
y de manera posterior por otros referentes normativos (Centro Internacional de Justicia
Transicional, 2013), se crea en el primer gobierno de Juan Manuel Santos, la ley de
víctimas y restitución de tierras (Ley 1448/2011). Esta ley, nos define el desplazamiento
forzado como la migración de un individuo, dentro del territorio colombiano, el cual debe
abandonar “su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su
vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o
directamente amenazadas (…)” (Ley 448/2011. Art. 60 Parágrafo 2), todo lo anterior ha
causa directa del conflicto armado. Es importante comprender, que las víctimas de
“desplazamiento forzado” no solo sufrieron la vulneración de sus derechos al verse
obligadas a dejar sus territorios. Estas personas, se encuentran envueltas en otra
problemática más compleja, al tratar ubicarse en sus nuevos sitios de vivienda o en un
5
nuevo territorio, ya que este no corresponde a su “espacio geográfico originario, ni a sus
mismas condiciones y niveles de vida”; razón por la cual, se ven sometidas y obligadas a
vivir y constituir “nuevas formas de vida” en los centros urbanos (Gallego, 2009).
Los daños que sufren las víctimas del desplazamiento forzado en Colombia, traen grandes
implicaciones para su cotidianidad y sus relaciones sociales, familiares, laborales,
económicas entre otras. Es por esto que el debate se centra en un primer momento, en los
derechos a la reparación integral, a la verdad y la justicia de las mismas; y en una segunda
fase, a la restitución de tierras. El cuestionamiento y la reflexión en torno a la ley radican
en la efectividad o eficacia de esa respuesta estatal frente a esta problemática. Entonces:
“La tensión entre atender a las víctimas de desplazamiento y a la población
vulnerable, sumada al hecho de que el número de víctimas sigue aumentando, ha
puesto en primer plano el debate sobre cómo ajustar y reformular las políticas de
prevención y atención de los desplazados y sobre cómo evitar o mitigar sus efectos
sobre el desarrollo económico y social del país” (Bohada, M. 2010).
Frente al aspecto específico de la restitución de tierras, la Ley 1448 plantea una serie de
principios, instrumentos y procedimientos tanto administrativos como judiciales,
mediante los cuales se pretende garantizar “la restitución jurídica y material del inmueble
despojado, o en subsidio, la restitución por equivalente o el reconocimiento de una
compensación” (Ley 1448/2011. Art. 72 Inciso 2) a las víctimas de desplazamiento
forzado y despojo. A pesar de que con la ley se genera un logro importante en el
reconocimiento de los derechos de las víctimas, se evidencian una serie de factores que
obstaculizan la materialización de los efectos y objetivos de la misma, impidiendo así el
acceso efectivo a la justicia de las víctimas de desplazamiento forzado y de despojo.
(Corporación Viva la Ciudadanía, 2012)
Algunos de estos obstáculos, corresponden a varios factores como el desconocimiento de
la Ley 1448/2011 por parte de las víctimas, acompañado en algunos casos de amenazas y
hostigamientos por parte de los actores armados, quienes se acogen a esta normativa
“muchos de los desplazados que hasta el momento han intentado recuperar tierras a través
de la ley de víctimas y otros mecanismos de restitución, han sufrido abusos generalizados
vinculados con estos reclamos, incluidos asesinatos, nuevos incidentes de desplazamiento
forzado y amenazas de muerte”. (Human Righs Watch, 2013)
6
Esta clara muestra de persecución y hostigamiento a los reclamantes de tierras, se
constituye como uno de los mayores factores que influyen en que el proceso de restitución
avance de forma progresiva. Por otro lado, se puede identificar una desconfianza en la
administración de justicia por parte de las víctimas y de los líderes de restitución de
tierras, existiendo a su vez condiciones socio-económicas precarias que impiden acudir
al aparato de administración de justicia. (Corporación Viva la Ciudadanía, 2012). Frente
a la institucionalidad, se determina que existen trabas administrativas que impiden el
acceso a los beneficios de la ley, hay poco presupuesto destinado a respaldar la ejecución
de la misma, y hay una insuficiencia en el contenido de dicho precepto jurídico, relativo
a la cobertura y alcance frente a las víctimas del desplazamiento forzado. (Fundación
social, CODHES. 2011)
Frente a la eficacia de los mecanismos creados por la ley 1448/ 2011, con el fin de
adelantar el proceso de restitución de tierras, según el II Informe de la Comisión
Colombiana de Juristas, se puede decir que, aunque se ha generado un avance mínimo
con la implementación de la ley, en la práctica los recursos con que se cuentan son
insuficientes para que la restitución sea efectiva. “El fondo de la Unidad de Restitución
de Tierras, no dispone de predios para restituir en equivalencia ni de recursos para cubrir
las compensaciones, lo cual implica que las víctimas cuentan con mínimas posibilidades
de reasentamiento” (CCJ, 2013)
Es por esta razón, que emerge la figura de los “defensores y defensoras reclamantes de
tierra”, como consecuencia o efecto directo de la ineficacia del proceso de restitución de
tierras y por la insatisfacción de los derechos y garantías fundamentales de las víctimas
de desplazamiento forzado y despojo, a raíz del conflicto armado (Human Righs Watch,
2013). El “derecho a la tierra”, comienza a configurarse como una de las principales
reivindicaciones de las víctimas del conflicto y de los defensores de derechos humanos.
De manera casi simultánea, comienzan estas personas a ser el blanco de atentados,
hostigamientos y persecuciones. “La lucha por la tierra ahora está estrechamente ligada
con la vindicación de los derechos a la verdad y la reparación (…) De acuerdo a los
registros de diferentes organizaciones no gubernamentales, en el año 2011 fueron
asesinados al menos 28 personas, todas líderes campesinos, víctimas del desplazamiento
7
y despojo, vinculados a procesos de restitución de tierras” (Campaña por el derecho a
defender los Derechos Humanos en Colombia. 2011)
Es así que el fenómeno de la estigmatización se ha configurado contra estas personas a
nivel social y a su vez desde la relación con las conductas delictivas que se producen
contra este tipo de población. A partir del momento que empezó a regir la Ley 1448 y el
proceso de restitución de tierras, para el año 2011 fueron asesinados 53 líderes de
restitución, de los cuales 9 de ellos perdieron su humanidad, en el Urabá antioqueño
(Revista Semana, 2012. Párr.: 1).
Bien pareciera, por todo lo anterior, que este fenómeno al no mitigarse ni tener medidas
correspondientes por parte del estado colombiano, va seguir escalando de manera
significativa, y como resultado de ello, una continua vulneración de derechos humanos,
tanto a las personas que ejercen esta labor, como a las mismas víctimas del conflicto
armado que no han podido retornar a sus lugares de origen, dada la lógica de la violencia
y los intereses particulares de quienes participan en ella.
Por tanto, es probable que la implementación de la ley 1448 de 2011, genera mayor
actividad social por parte de los líderes de restitución debido a los diferentes obstáculos
que se presente del mismo proceso, lo cual para el caso de Fabricia Córdoba en Medellín.,
su labor le produjo a grupos ilegales y al mismo Estado inconformidad por el trabajo que
venía realizando en materia de restitución de tierras, lo anterior desencadeno una
persecución sistemática a ella y su familia, dando como resultado la muerte de manera
fulminante de esta líder social.
Justificación
La persecución y estigmatización hacia los defensores de derechos humanos, genera una
des-legitimidad hacia su labor social, frente a la sociedad. El componente de violencia
hacia esta población es cada vez más reacia, especialmente cuando estamos inmersos en
la lógica de un conflicto armado.
De este modo, es importante rescatar la figura del defensor líder, en el ejercicio de su
labor y en las condiciones de vulnerabilidad que se pueda encontrar, debido a las lógicas
dominantes de algunos sectores legales e ilegales que imperan en el contexto actual y que
obstaculizan el desarrollo de las actividades de la población objeto de estudio.
8
Cabe señalar la relevancia de analizar la situación de los defensores de derechos humanos,
puesto que estas personas se esfuerzan por promover y proteger los derechos civiles y
políticos como también la promoción de los derechos culturales, sociales y económicos,
especialmente en el marco del conflicto armado apoyando a las víctimas del mismo. Otra
labor de gran importancia es la de “(…) crear un espacio en el que se pueda ejercer y
proteger el derecho a disentir específicamente y a la libertad de expresión.“ (Amnistía
Internacional, 1999), ya que este derecho ha sido vulnerado de múltiples formas ya sea
por diversidad de pensamiento, afinidad política, etc.
Igualmente, este estudio puede ser utilizado como insumo académico sobre el tema de los
y las Defensores de derechos humanos, haciendo hincapié en el caso de Ana Fabricia
Córdoba como Defensora líder, en situación especial de riesgo, teniendo en cuenta que
su actividad como líder causo de manera fulminante su muerte y la de su familia de forma
sistemática y continua.
Por tanto, esta investigación puede contribuir a profundizar más en la problemática de
estudio, evidenciando las condiciones sociales, políticas y culturales en las cuales se
encuentra esta población, como también el grado de vulnerabilidad al cual están expuestos
por su labor como defensor, situándolo en una condición de riesgo inminente a este y a
su círculo más cercano.
Pregunta de investigación
¿Cómo influye el proceso de estigmatización en el asesinato de la líder de restitución de
tierras del Urabá antioqueño Ana Fabricia Córdoba en la generación de obstáculos para
el acceso a la justicia de la misma a partir de la ley 1448 del 2011?
Objetivo general
Comprender el proceso de estigmatización en el asesinato de la líder de restitución
de tierras Ana Fabricia Córdoba a partir de la vigencia e implementación de la
ley 1448 de 2011.
9
Objetivos específicos
Identificar el contexto socio – histórico y los principales obstáculos para el acceso
a la justicia del proceso estigmatización de la líder de tierras Ana Fabricia
Córdoba.
Determinar los medios o mecanismos de reproducción del estigma, frente a la
criminalización y muerte de la líder Ana Fabricia Córdoba.
Establecer los efectos producidos como consecuencia del proceso de
estigmatización de los defensores de derechos humanos. Caso de Ana Fabricia
Córdoba.
Estado del Arte
La continua violación sistemática a los Derechos Humanos, la represión por parte de
algunos actores (legales/ilegales) a quienes piense u opinen diferente se ha configurado
como una acción sistemática en diferentes partes del mundo. Sin embargo Colombia no
es la excepción frente a estos hechos, es por ello que a continuación se evidenciaran
estudios realizados previamente acerca del conflicto armado, desplazamiento forzado y
defensores de derechos humanos, quien por su labor social, son o han sido los más
afectados por esta lógica de la violencia.
Como antecedente, es importante resaltar las diferentes dinámicas violentas que han
devenido históricamente en algunos países, en materia de derechos humanos. Por ejemplo
Chile, bajo el régimen militar de Augusto Pinochet (1973-1990).
Según el Informe de Derechos Humanos de Chile (2015), asegura que bajo esta dictadura,
fueron desaparecidos 3000 personas, en el lapso de tiempo que el gobierno se mantuvo
en el poder. Personas que eran líderes sindicales, líderes políticos de izquierda y algunos
que fueron exiliados de su país.
“Durante la dictadura militar bajo el general Pinochet miles de personas fueron torturadas,
asesinadas, desaparecidas y exiliadas. Aunque la democracia ha vuelto al país, la
impunidad siguió imperando y la lucha por la verdad y justicia continúa” (Equipo Nizkor.
2015. Párr.:1). Por ende, a pesar de los esfuerzos realizados por revindicar a las víctimas
de esta dictadura, contemporáneamente todavía quedan secuelas de algunos hechos como
10
también la impunidad de los victimarios, autores materiales que en su mayoría
pertenecían a las Fuerzas Armadas Chilenas.
Aunque la coyuntura no se ha subsanado de fondo, todavía hay cierta polémica con el
cuerpo Armado de Chile, “los familiares de las víctimas de la represión piden que los
militares condenados sean degradados (…) “Estos tipos han abusado de la más absoluta
impunidad en estos 25 años” (Equipo Nizkor. 2015. Párr.:1).
Es así, que este informe de Derechos Humanos, está construido desde una perspectiva
histórica con base en algunos casos de la dictadura chilena, como también el recuento
mismo de este fenómeno, que permite detallar las causas e implicaciones sociales de la
dictadura militar y como se entiende actualmente en el ejercicio reivindicativo de
derechos y las exigencias por parte de la población chilena que todavía se siente afectada.
En el contexto colombiano se encuentra la investigación de la Economista María del
Pilar Bohada (2010), que pretende evaluar los efectos producidos por el desplazamiento
forzado en la ciudad de Pasto, especialmente en zonas de estrato 1 y 2, es por ello que el
análisis de este fenómeno es de suma importancia para poder comprender la situación de
vulnerabilidad en la que se encuentran las víctimas del conflicto armado colombiano.
Para el caso de la ciudad de Pasto, metodológicamente involucra dos aspectos: primero
sus condiciones geográficas y ubicación de la ciudad, donde cuenta con 382.610
habitantes y también concentra gran cantidad de víctimas del conflicto armado
(Bohada,2010).También se tuvo en cuenta las coyunturas que acaecía este territorio en
términos de acceso a recursos, protección, y ayuda a la población vulnerable, en esa lógica
era más factible acceder a los asentamientos de desplazados y víctimas.
Los hallazgos de mayor relevancia en Pasto se resumen de la siguiente forma: en
seguridad, se evidencia que la llegada de población desplazada a este tipo de lugares,
genera inseguridad asociándolos, con la delincuencia y con grupos al margen de la ley.
Por otra parte respecto a gastos alimentarios, es probable que la gente desplazada dependa
más de la ayuda alimentaria, dado que sus recursos económicos no alcanzan para subsistir
y el poco acceso a la moneda lo invierte en gran cantidad en recursos alimentarios, por
tanto son más vulnerables a este aspecto en su lugar de destino o asentamiento.
11
En infraestructura social, Bohada (2010) plantea que la lógica del conflicto y el
desplazamiento han generado una mirada positiva en este punto, “dado que las
condiciones sociales de los territorios en el caso de Pasto, potencializa la inversión de
recursos estatales, en la salud y en la educación, traducido en construcción de escuelas,
hospitales y casas”.
Frente al criterio sobre a confianza en las instituciones y la comunidad, la investigación
arroja que en primera medida el estado debe reconocer las víctimas del conflicto y darles
la reparación pertinente. Por otro lado las relaciones con la comunidad y la población
asentada es algo complejo dado sus condiciones de vulnerabilidad, sin embargo se trabaja
paulatinamente en algunos sectores de la región para lograr una total inclusión y
aceptación de los más vulnerados por parte de la población en general.
Por último, los aportes a esta investigación, se pueden abordar de la siguiente manera: en
primera medida se identifica un continuo rechazo y marginación hacia las víctimas del
conflicto armado colombiano, por ende es posible que esta situación también la vivan los
líderes de tierras y más aún dada su labor social en la defensa de los Derechos Humanos.
Ahora, este estudio también visibiliza las dinámicas que vive el desplazamiento forzado
en términos de la fragmentación de relaciones sociales, condiciones de vida y aspectos
culturales, la victimización constante por partes de grupos armados legales e ilegales, y
una continua persecución y al acceso efectivo al sistema institucional para revindicar sus
derechos.
Paralelamente está el informe sobre la situación de defensores de derechos humanos que
data acerca de la continua persecución a esta población entre los años de 1992 y 1999.
Situación por la cual muchas de estas personas han sido exterminadas o exiliadas del país.
Este informe se basa en el observatorio para la protección de los Defensores de Derechos
Humanos (1999), donde manifiesta que organizaciones de defensores de derechos
humanos y líderes vienen siendo víctimas del flagelo de la violencia y de la persecución
de actores del conflicto como: Fuerzas Armadas, Guerrilla y paramilitares.
Es así como la violencia reacia viene atentando con quienes promueven y garantizan los
derechos fundamentales de las personas, con base en este informe para 1997 las
acusaciones a miembros y organizaciones se hallan en directa relación con las amenazas,
persecuciones y la apertura de investigaciones judiciales y procesos por parte de la justicia
12
regional, “el allanamiento de las oficinas de diversas organizaciones, entre ellas la
Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS), la
Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz (CIJYP) y la Corporación Minga”
(Mejía,2000.Párr.:17).
Metodológicamente, este informe se diseña con la recolección de información de los
comunicados expedidos por el Observatorio para la Protección de los Defensores de los
Derechos Humanos, programa conjunto de la Federación Internacional para los Derechos
Humanos (FIDH) y de la Organización Mundial Contra la Tortura
(OMCT)”(Mejía,2000.Párr.:1). Así mismo almacena información de Fernando Mejía,
del año 1999 sobre la situación de Defensores de Derechos Humanos.
En ese orden de ideas, se le “recomienda al estado investigar y penalizar a los máximos
responsables de estos hechos, como también castigar a sus propios agentes estatales
quienes han cometido infracciones al derecho internacional humanitario y a los derechos
humanos” (Mejía,2000. Inciso No II), también reconocer la legitimidad de las
organizaciones su labor y el respaldo hacia las mismas en materia de defensa y promoción
de los derecho humanos.
Ahora bien, para el año 2011, La Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
presenta su informe, de la situación de los y las defensores de derechos humanos, en el
continente americano. Para el caso colombiano se puede rescatar lo siguiente: es necesario
dar un reconocimiento internacional del derecho a defender los derechos humanos, por
ende a partir de la declaración universal de los derechos humanos, es más que suficiente
para definir de manera oficial la defensa de los derechos humanos como un derecho en sí
mismo. Además “el sistema interamericano reconoce la labor de la defensa de los
derechos humanos debe ser un ejercicio que no debe tener ningún tipo de restricción
geográfica, política o social y que esta labor debe ser efectiva, reconocida e indiscutible”
(CIDH, 2011. Pág.: 6).
Además los defensores y defensoras de derechos humanos, enfrenta una serie de
obstáculos que intimidad y bloquean el ejercicio de su labor social en pro de la defensa
13
de los derechos humanos, de acuerdo al informe de la CIDH. (2011), lo más predominante
es: Asesinatos, desapariciones forzadas, agresiones, hostigamientos, actividades de
inteligencia e injerencias ilegales y criminalización de los defensores. Sin embargo es
visible que en algunos casos son los mismos agentes estatales quien atentan contra estas
personas quedando en total vulnerabilidad frente al sistema jurídico interno, recurriendo
así al derecho internacional para revindicar sus derechos vulnerados.
Este informe fue construido desde un enfoque cualitativo, con base en las visitas que
realizo las diferentes delegaciones de la CIDH y de naciones unidas a los países del
continente. 1 . Por tanto este informe sobre los y las defensores derechos humanos
evidencia la situación por la cual atraviesa este tipo de población, en cada uno de los
estados, su estado de vulnerabilidad y las acciones para la protección de los mismos.
En Colombia, es necesario destacar a los defensores de derechos humanos en especial
situación de riesgo; dichos grupos son: “líderes sindicales, líderes campesinos y
comunitarios, líderes indígenas y afro, operadores y operadoras de justicia, mujeres
defensoras de derechos humanos (CIDH, 2011, Pág.:102). Es así que los defensores son
víctima significativamente de violación al derecho a la vida, recomendando a los estados
adoptar medidas para la protección de dicho derecho.
Cabe señalar, que en el informe (CIDH, 2011) sobre la situaciones de vulnerabilidad de
derechos a los defensores son alarmantes, para el periodo 2006-2010 se presentaron 68
violaciones al derecho a la vida, de las cuales se encuentra 5 desapariciones forzadas, en
ese orden de ideas para el 2011 el primer trimestre la situación aumentada de manera
exacerbada con 96 casos de agresión a defensores de derechos humanos de los cuales 9
habían sido asesinados y 4 desaparecidos. Estos hechos acaecidos se concentran en el
Urabá Antioqueño, Cauca y Sucre principalmente con líderes y lideresas de desplazados,
delitos atribuidos en gran parte de agentes estatales, paramilitares desmovilizados,
seguidos de las FARC-EP y el ELN.
De esta manera, los aportes de este informe son de gran relevancia, dado que abre un
panorama al contexto colombiano sobre la vulnerabilidad de derechos que tienen los
defensores de derechos humanos. También se puede rescatar que el informe discrimina