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Anglo American School REGLAMENTOS INSTITUCIONALES Curso Lectivo 2017
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Anglo American School

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES

Curso Lectivo 2017

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Contenido REGLAMENTO DE DISCIPLINA ANGLO AMERICAN SCHOOL…………………………………………........................................................5

CAPÍTULO I ................................................................................................................................................................................................ 5

DISPOSICIONES GENERALES .............................................................................................................................................................. 5

CAPÍTULO II ............................................................................................................................................................................................... 7

PRINCIPIOS............................................................................................................................................................................................. 7

CAPÍTULO III ............................................................................................................................................................................................. 8

DERECHOS DEL ESTUDIANTE ............................................................................................................................................................. 8

CAPÍTULO IV ......................................................................................................................................................................................... 100

DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE ........................................................................................................................... 100

CAPÍTULO V........................................................................................................................................................................................... 122

FALTAS, VALORACIÓN Y ACCIONES CORRECTIVAS .................................................................................................................. 122

CAPÍTULO VI ......................................................................................................................................................................................... 166

DEL PROCEDIMIENTO ...................................................................................................................................................................... 166

CAPÍTULO VII .......................................................................................................................................................................................... 19

DE LOS PLAZOS, CADUCIDAD Y PRESCRIPCIÓN ........................................................................................................................... 19

CAPÍTULO VIII ....................................................................................................................................................................................... 200

NOTIFICACIONES .............................................................................................................................................................................. 200

CAPÍTULO IX ......................................................................................................................................................................................... 200

RECURSOS.......................................................................................................................................................................................... 200

CAPÍTULO X........................................................................................................................................................................................... 211

SOBRE LA EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS ......................................................................................................... 211

CAPITULO XI ......................................................................................................................................................................................... 222

VALORACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL COMPORTAMIENTO......................................................................................................... 222

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CAPÍTULO XII .......................................................................................................................................................................................... 27

TIPIFICACIÓN DE FALTAS ................................................................................................................................................................. 27

CAPÍTULO XIII ....................................................................................................................................................................................... 300

DISPOSICIONES FINALES ................................................................................................................................................................. 300

REGLAMENTO SOBRE EL UNIFORME ……………………………………………………………………………………………………...…311

LA PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS EDUCANDOS………………………………………………………….. .................................................................................................... ………………………….311

CAPÍTULO I ............................................................................................................................................................................................ 311

DISPOSICIONES GENERALES .......................................................................................................................................................... 311

CAPÍTULO II ........................................................................................................................................................................................... 322

SOBRE LA DESCRIPCIÓN DEL UNIFORME ..................................................................................................................................... 322

CAPÍTULO III ......................................................................................................................................................................................... 355

SOBRE LA PRESENTACIÓN PERSONAL.......................................................................................................................................... 355

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y NORMAS DE PROMOCIÓN…………………………………………………………………………...38

CAPÍTULO I .............................................................................................................................................................................................. 38

DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................................................................................................ 38

CAPÍTULO II ............................................................................................................................................................................................. 39

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS PARTICIPANTES .............................................................................................................. 39

CAPÍTULO III ........................................................................................................................................................................................... 48

VALORACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL APRENDIZAJE ..................................................................................................................... 48

CAPITULO IV ......................................................................................................................................................................................... 566

DE LA REPROGRAMACIÓN DE PRUEBAS ESCRITAS Y LABORATORIOS. ................................................................................. 566

CAPÍTULO V ......................................................................................................................................................................................... 57

DE LA PROMOCIÓN............................................................................................................................................................................. 57

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CAPÍTULO VI ......................................................................................................................................................................................... 611

DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS ................................................................................................................................................. 611

CAPÍTULO VII ........................................................................................................................................................................................ 622

OBJECIONES Y RECLAMACIONES .................................................................................................................................................. 622

CAPÍTULO VIII ....................................................................................................................................................................................... 633

DE LAS COMUNICACIONES AL HOGAR ......................................................................................................................................... 633

CAPÍTULO IX ......................................................................................................................................................................................... 655

DISPOSICIONES FINALES ................................................................................................................................................................. 655

ANEXOS…………………………………………………………………………………………………………………………………………….67

ANEXO I: CATEGORIZACIÓN DE FALTAS… ....................................................................................................................................... 67

ANEXO II: POLITICA DE MANEJO DE DROGAS ................................................................................................................................... 68

Instructivo para Revisión General ............................................................................................................................................................ 68

ANEXO III: Estrategia para la convivencia, el bienestar estudiantil y la construcción permanente de la cultura de paz……………………………75 ANEXO IV: Protocolo de intervención en caso de conductas disruptivas en la población Preescolar…………………………………………...…..80

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REGLAMENTO DE DISCIPLINA

ANGLO AMERICAN SCHOOL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. Esta reglamentación tiene por objeto:

a. Establecer las normas de convivencia en la comunidad estudiantil (entiéndase por comunidad estudiantil: estudiantes, personal docente y administrativo y padres de familia), con motivo de los procesos de enseñanza y de aprendizaje que se ofrecen en la Institución.

b. Guiar la adecuación de la conducta de los estudiantes a las normas morales, jurídicas y sociales en que

se asienta el proceso educativo.

c. Crear el ambiente adecuado y propicio para desarrollar los procesos de enseñanza y de aprendizaje que se ofrecen.

d. Proteger la integridad física y moral de todas las personas.

e. Proteger los bienes de las personas así como los de la Institución.

f. Identificar las conductas inadecuadas de los estudiantes, para aplicar las medidas correctivas que fueren

necesarias.

g. Establecer las medidas formativas y correctivas, así como los procedimientos para su aplicación.

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ARTÍCULO 2. Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a los estudiantes de la Institución, y a sus respectivos

padres o encargados desde la aceptación de su matrícula y mientras conserven la condición de tales. ARTÍCULO 3. Los padres de familia o encargados del estudiante, expresarán en el acto de matrícula y como requisito de ésta,

el conocimiento de estas disposiciones y su plena aceptación, como fundamento necesario para el proceso educativo.

Conductas Esperadas del Estudiante

•Articulos 9 y 10 del Reglamento de Disciplina

Medidas Correctivas

Aplicables

•Articulo 15 del Reglamento de Disciplina

Procedimiento Disciplinario

•Articulos 19 al 25 del Reglamento de Disciplina

•Reglamento Evaluación y Normas de Promoción (Nota de Conducta)

Normas de Uniforme y Presentacion

Personal

•Reglamento de Uniforme y Presentación Personal

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CAPÍTULO II

PRINCIPIOS

ARTÍCULO 4. El proceso educativo postula el respeto y la vigencia del orden constitucional costarricense y su sistema político. ARTÍCULO 5. El proceso educativo propende a la consecución de los fines establecidos para la educación costarricense. ARTÍCULO 6. El proceso de enseñanza impulsará el reconocimiento y expresión de los valores sociales, espirituales,

intelectuales, cívicos, éticos, estéticos y de salud física y mental de los educandos y en conformidad con la visión de persona y sociedad expresadas en la filosofía del proyecto educativo que ofrece la Institución, para el l ogro de las siguientes metas:

a) Propiciar una formación integral a los jóvenes, de manera que puedan desarrollar sus capacidades

humanas, intelectuales, espirituales, culturales y sociales.

b) Promover en los estudiantes el respeto y tolerancia a las creencias y valores religiosos presentes en la comunidad educativa.

c) Ofrecer a sus estudiantes los fundamentos morales y éticos que los harán conscientes de su función como

ciudadanos costarricenses, exponiéndoles los problemas nacionales y mundiales para que puedan conocerlos, analizarlos y criticarlos procurando su solución.

d) Promover en los estudiantes el desarrollo de valores y estrategias para desenvolverse en el mundo de

hoy con responsabilidad y honestidad.

e) Orientar a los estudiantes para que se conozcan mejor a sí mismos, descubran sus talentos y reconozcan las oportunidades de auto realización en su vida.

f) Cultivar en los estudiantes el amor y el compromiso a la Patria, de modo que sepan apreciar sus valores

y se preocupen por encontrar y superar sus deficiencias.

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g) Promover en los estudiantes una actitud crítica frente a la multiplicidad de información, perspectivas a las que se enfrentan diariamente y que les permita analizar detenidamente los problemas que tengan que afrontar libres de todo prejuicio.

h) Desarrollar una mentalidad que conduzca al fortalecimiento de la vivencia cristiana, respeto al pluralismo

religioso e ideológico y a la formación de una actitud positiva y crítica ante las ideas de los demás.

i) Promover hábitos de salud física y mental, así como también la honradez, la puntualidad, la paciencia, la sinceridad, el buen uso de su tiempo, la cortesía, la responsabilidad, la eficiencia, la templanza, el altruismo, el respeto a la dignidad humana, la sensibilidad y el amor a la libertad.

j) Propiciar en los estudiantes y la Comunidad Educativa estrategias que conduzcan al fortalecimiento de la

resiliencia (capacidad para salir adelante a pesar de las adversidades a las que se enfrenten) y la resolución alternativa de conflictos, como herramientas para la construcción de su proyecto de vida.

CAPÍTULO III

DERECHOS DEL ESTUDIANTE ARTÍCULO 7. La Institución reconoce al estudiante todos los derechos inherentes a la persona, su dignidad esencial, conforme

al orden jurídico vigente en el país. ARTÍCULO 8. En cuanto al proceso educativo, son derechos fundamentales del estudiante:

a. Recibir, los servicios educativos que se ofrecen en la Institución de acuerdo con la oferta vigente y las posibilidades reales de la institución y su proyecto educativo.

b. Recibir un trato basado en el respeto tanto de los profesores y funcionarios de la Institución como de sus

compañeros.

c. La tutela y el respeto de todos los derechos, garantías y deberes que el Estado costarricense reconoce, así como su defensa mediante los instrumentos que las leyes proveen.

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d. Utilizar, conforme a la normativa específica, los servicios y las instalaciones de la Institución.

e. Ser respetados en su integridad física, emocional y moral.

f. Participar en los procesos de elección que se establezcan, para la conformación de delegaciones culturales, deportivas, religiosas o de cualquier índole, cuando ostenten la representación de la Institución. En el caso de los estudiantes que aspiren a integrar el Gobierno Estudiantil, deberán cumplir con las mismas condiciones establecidas para los estudiantes que deseen ser parte de la Directiva de Sección. Estas condiciones deben prevalecer durante todo el período del cargo asumido, de lo contrario se perderá el derecho de seguir ejerciendo el puesto.

Condiciones para ser parte de la Directiva de Sección

Tener buena conducta, igual o superior a 85 en su nota anual del año anterior.

Obtener calificaciones superiores o iguales a 80 en todas las asignaturas durante los últimos 2 semestres.

Tener cualidades de liderazgo positivo, que genere en el grupo actitudes motivadas al bien común y al

éxito.

Ser honesto.

Ser responsable.

Ser respetuoso con los compañeros, profesores, personal administrativo y de mantenimiento.

Utilizar vocabulario correcto con todos los miembros de la comunidad educativa.

Tener buen comportamiento en cualquier lugar que se encuentre.

Ser un estudiante que respete todos los estatutos morales, disciplinarios y académicos que la Institución

dicte.

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CAPÍTULO IV

DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE ARTÍCULO 9. El estudiante debe asumir, en todo momento y lugar, una conducta y un comportamiento que lo dignifiquen como

persona y que enaltezca el buen nombre de la Institución y de la comunidad en general. ARTÍCULO 10. Son deberes y obligaciones del estudiante:

a. Cumplir todos y cada uno de los deberes inherentes a su condición de estudiante, así como los consignados en éste y los demás Reglamentos de la Institución.

b. Contribuir a mantener el ambiente requerido por el educador, para que los procesos de enseñanza y de

aprendizaje se realicen satisfactoriamente, mediante una conducta y participación responsable. c. Asistir con puntualidad a las actividades escolares y comprometer su atención, participación y esfuerzo

en el proceso de aprendizaje

d. Colaborar y participar en las lecciones o actividades académicas, curriculares o cocurriculares, según las instrucciones que al efecto reciba.

e. Mantener las normas de consideración y respeto en sus relaciones con compañeros, profesores, las

autoridades de la Institución y, en general, con todos los miembros de la Comunidad Educativa.

f. Respetar las normas de convivencia social, dentro y fuera de la Institución, valorando y reconociendo en los demás, los derechos que le asisten como persona.

g. Actuar, en todo momento y lugar, con la dignidad y decoro que le imponen las normas de urbanidad

vigentes en la sociedad costarricense.

h. Respetar, en su integridad física, emocional y moral, a sus compañeros, al personal docente y al personal administrativo de la Institución y, en general, a todos los miembros de la Comunidad Educativa dentro y fuera de la Institución.

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i. Cumplir con el calendario institucional, con los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades

académicas, así como con las disposiciones reglamentarias sobre la presentación personal y el uso del uniforme de Anglo American School.

j. Utilizar los medios de comunicación electrónica de manera apropiada respetando la integridad de sus

compañeros y el personal de la institución tanto en horas lectivas como fuera de ellas

k. Cumplir con los lineamientos que dicte la Institución para el uso apropiado de equipo tecnológico (teléfonos celulares, tabletas etc…)

l. Respetar los bienes y la privacidad de sus compañeros, del personal docente y del personal

administrativo.

m. Cuidar y conservar los bienes de la Institución, sus edificaciones, instalaciones, equipo, material y mobiliario, así como cumplir sus normas de ornato, aseo y limpieza.

n. Cumplir con las orientaciones, directrices o indicaciones que emanen de las autoridades de la Institución.

o. Colaborar solidariamente con sus compañeros de sección prestándoles la ayuda necesaria y

desinteresada para que logren un mejor aprovechamiento escolar observando siempre las disposiciones de conducta.

p. Participar en todos los actos religiosos (siempre y cuando su credo lo permita) y los de formación

ciudadana que programe la Institución.

q. En el caso de Primaria portar diariamente y en buen estado el Cuaderno de Comunicaciones o Cuaderno de Copia de Tareas para la realización de trámites o gestiones ante la Institución.

r. En el caso de Primaria entregar, en forma inmediata, el Cuaderno de Comunicaciones o Cuaderno de

Copia de Tareas cuando sea requerido por algún profesor o autoridad institucional.

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s. En el caso de Primaria informar a sus padres o encargados la existencia de informes o anotaciones en el Libro de Comunicaciones o Cuaderno de Copia de Tareas así como otros comunicados, y cuando así se le indique regresarlos debidamente firmados en el plazo establecido.

t. Portar o traer durante actividades curriculares y extracurriculares, con motivo del proceso educativo,

solamente aquellos implementos, materiales y equipos que expresamente fueren requeridos o fueren de utilización necesaria y autorizada.

Sin perjuicio de lo dispuesto por este Reglamento en relación con el incumplimiento de deberes, la Institución no asume ninguna responsabilidad por la pérdida, o sustracción de los objetos, equipos electrónicos valores, adornos, joyas o de cualquier material en las instalaciones del Centro Educativo o durante actividades extracurriculares.

CAPÍTULO V

FALTAS, VALORACIÓN Y ACCIONES CORRECTIVAS ARTÍCULO 11. El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones que consigna el artículo 10 anterior, así como las

conductas contrarias a los principios arriba enumerados, constituyen una falta. ARTÍCULO 12. Las faltas darán lugar a la aplicación de acciones correctivas de acuerdo con su gravedad, por la contumacia

del comportamiento y con las circunstancias en que se diere la conducta. La aplicación de dichas acciones correctivas se realizará indistintamente del orden en que aparecen en el Artículo 15.

ARTÍCULO 13. En la apreciación de la gravedad de la falta, deberá tomarse en consideración los intereses de la Comunidad

Estudiantil y la seguridad de sus integrantes, así como los de la comunidad en general. ARTÍCULO 14. Las acciones correctivas estarán destinadas al logro de las modificaciones deseables en la conducta del

educando, a la consecución de los objetivos asignados al proceso educativo que ofrece la Institución y a tutelar los intereses de la Comunidad Estudiantil.

ARTÍCULO 15. Las acciones correctivas, sin perjuicio de las previstas en el Reglamento de Evaluación y Normas de Promoción,

consistirán en:

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a) Llamada de atención y/o anotación en los libros de observaciones u otro instrumento dispuestos para tales

efectos. Dicha llamada de atención y/o anotación corresponderá a una deducción máxima de 3 puntos en la nota de conducta del Semestre.

b) Amonestación escrita con constancia en el expediente del estudiante, por parte de las autoridades

institucionales pertinentes. Dicha amonestación escrita corresponderá a una deducción de puntos en la nota de conducta que irá desde un mínimo de 4 puntos hasta un máximo de 25 puntos por una sola falta, de acuerdo a la tipificación que corresponda. Para efectos de determinar el monto de la pérdida de puntos se consideran los siguientes elementos: gravedad de la falta, número de personas afectadas, nivel de afectación a las víctimas, y contumacia de la conducta. En cada caso en que exista un rango de puntos por rebajar, la autoridad que sanciona justificará en resolución razonada, el número de puntos rebajados.

c) Permanencia en la Institución durante el horario lectivo regular (suspensión interna), por el período de tiempo

y días que las autoridades institucionales lo consideren pertinentes. Durante este período los estudiantes cumplirán con las tareas asignadas por el Comité de Disciplina y/o la Dirección Docente. Dicha medida irá acompañada de la pérdida de puntos de la nota de conducta desde un mínimo de 4 puntos hasta un máximo de 25 puntos de acuerdo a la tipificación que corresponda. Para efectos de determinar el monto de la pérdida de puntos se consideran los siguientes elementos: gravedad de la falta, número de personas afectadas, nivel de afectación a las víctimas, y contumacia de la conducta.

d) Suspensión de asistencia a las lecciones, actividades o pérdida de puntos, según lo dicte el Comité de

Disciplina y/o la Dirección Docente. La pérdida de puntos de la nota de conducta será de un mínimo de 4 puntos hasta un máximo de 25 puntos de acuerdo a la tipificación que corresponda. Para efectos de determinar el monto de la pérdida de puntos se consideran los siguientes elementos: gravedad de la falta, número de personas afectadas, nivel de afectación a las víctimas, y contumacia de la conducta.

e) Suspensión interna de las actividades escolares hasta por un mes, dictada por el Director del respectivo nivel.

Esta suspensión implicará que el estudiante se presentará a la institución de manera regular, pero cumpliendo un régimen especial de trabajo individual. La medida se comunicará por escrito al hogar indicando el lapso de la misma. Dicha medida irá acompañada de la pérdida de puntos de la nota de conducta desde un mínimo de 10 puntos hasta un máximo de 25 puntos de acuerdo a la tipificación que corresponda. Para efectos de determinar el monto de la

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pérdida de puntos se consideran los siguientes elementos: gravedad de la falta, número de personas afectadas, nivel de afectación a las víctimas, y contumacia de la conducta.

f) Expulsión del estudiante. Como consecuencia de la pérdida de puntos de la nota de conducta desde un mínimo de

4 puntos hasta un máximo de 25 puntos de acuerdo a la tipificación que corresponda. Para efectos de determinar el monto de la pérdida de puntos se consideran los siguientes elementos: gravedad de la falta, número de personas afectadas, nivel de afectación a las víctimas, y contumacia de la conducta. Como consecuencia de conductas que afecten el bienestar emocional de forma recurrente de alguno de sus compañeros o miembros de la comunidad estudiantil

g) Participación en giras o actividades fuera de la institución. La participación de los estudiantes en las giras y/o

cualquier actividad de este tipo dependerá que cumpla con los requisitos dispuestos por la Dirección.

ARTICULO 16. Medida Especial para la preservación del aprendizaje

La medida se aplicará a aquel estudiante que, a criterio del profesor, esté interrumpiendo la clase o impidiendo el desarrollo normal de la misma en perjuicio de sus compañeros.

a. Paso 1 –El estudiante recibirá una advertencia verbal.

b. Paso 2- Si el estudiante persiste en la misma actitud, el profesor lo acompañará a la Dirección Docente, indicándole

que espere a ser llamado por el Director, Subdirector o miembro del Comité de Disciplina. A la persona que esté en ese momento en recepción el profesor le indicará que está trayendo al estudiante porque “no está permitiendo dar la clase y está perjudicando a sus compañeros”. Acto seguido el profesor retornará al aula. En el caso de las materias de Tecnología, Música o Arte, el profesor avisará por teléfono a la Dirección solicitando que se venga a recoger al estudiante. En este paso, el estudiante recibe una amonestación de 1 a 3 puntos (anotación individual en la Plataforma virtual Cloud Campus correspondiente.

c. Paso 3- En la primera oportunidad disponible, el estudiante será pasado a la oficina del Director, Subdirector o

miembro del Comité de Disciplina y se procederá a llamar a la familia para informarles de la situación y coordinar el retiro del estudiante de la institución por el resto del día.

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d. Paso 4- Si por alguna circunstancia el estudiante no puede ser recogido por la familia de manera pronta, el Director, Subdirector o miembro del Comité de Disciplina lo llevará un sitio específicamente designado con todos sus materiales y le indicará que aproveche el tiempo ya sea leyendo material de clase, trabajando en prácticas o en otros deberes escolares. El estudiante no podrá salir del espacio designado hasta que sea recogido por su familia o hasta la hora de salida. En caso de que la medida coincida con horas de recreo el estudiante podrá disfrutar de las mismas pero en un horario diferente al de su nivel. La Dirección coordinará la supervisión del estudiante durante estos lapsos.

e. Paso 5- El estudiante que sea retirado del aula por interrumpir lecciones y perjudicar a sus compañeros, perderá el

puntaje correspondiente al trabajo en clase de ese día, y los quices, pruebas cortas, prácticas calificadas o similares que debe hacer en clase en ese día en particular, los realizará bajo supervisión en un recinto aparte. En el caso de tareas y proyectos deberá entregarlos al profesor, antes de retirarse del aula o de la Institución.

Esta medida se toma con el único fin de no perjudicar a los estudiantes que si desean continuar con su proceso de aprendizaje.

ARTICULO 17 Medida de Salvaguarda

En caso de que un estudiante exhiba comportamientos que pongan en riesgo su propia integridad física o emocional, así como la del resto de los miembros de la comunidad educativa, la primera medida del proceso interno, para el resguardo de sus derechos y aquellos de la comunidad, será separarlo inmediatamente del grupo, coordinando con su familia para que sea retirado de la institución y reciba la asistencia que resulte necesaria. La institución coordinará con el hogar aquellas informaciones y/o reportes necesarios para la continuación del procedimiento indicado y sus medidas, ya sean precautorias, disciplinarias o académicas.

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CAPÍTULO VI

DEL PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 18. Las faltas en que incurrieren los estudiantes, serán objeto de acción correctiva por parte del educador, del Comité

de Disciplina o del Director o Subdirector, según la gravedad de la falta. ARTÍCULO 19. El Comité de Disciplina estará integrado en la siguiente forma:

o En I y II Ciclos de la Educación General Básica, por el Subdirector de Primaria, quien lo presidirá y tres educadores designados por el Director de nivel. Para sesionar el Comité deberá contar con la presencia de por lo menos dos de sus miembros.

o En III Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada, por cinco educadores designados por el Director, uno por cada nivel. Para sesionar el Comité deberá contar con la presencia de por lo menos tres de sus miembros.

ARTÍCULO 20. El Comité de Disciplina, integrado en la forma que indica el artículo anterior, será el encargado de realizar la

respectiva investigación mediante el procedimiento que se establece en los artículos 21 a 26, realizar una valoración objetiva de la prueba recibida y proponer las acciones correctivas que estime pertinentes y adecuadas en el caso de faltas graves o muy graves.

El Comité de Disciplina también funcionará como segunda instancia cuando el estudiante exprese inconformidad

con las medidas correctivas que tome un docente en relación a faltas leves. ARTÍCULO 21. Cuando se presencie o sorprendiere en falta grave o muy grave al estudiante, sea dentro del aula o fuera de

ella, durante aquellas actividades programadas ya sea en la institución o en otro lugar, se procederá de inmediato a promover el inicio del debido proceso con miras a establecer la acción correctiva en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 anterior.

Para tal fin se rendirá un informe escrito al Comité de Disciplina, con una descripción de los hechos y las

circunstancias con indicación de testigos si los hubiere. Este informe deberá ser entregado, a más tardar, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comisión de la falta.

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ARTÍCULO 22. Recibido el informe escrito al cual se refiere el artículo anterior o cuando llegare a su conocimiento una presunta falta de algún estudiante, el Comité de Disciplina presidirá la investigación conducente a la verificación de los hechos y a la identificación de los participantes según las disposiciones establecidas en esta reglamentación.

Como parte de esa investigación se procederá a solicitar a los estudiantes involucrados como testigos, una explicación, verbal y escrita, referente a las conductas, a los hechos y a las circunstancias presuntamente constitutivos de la falta. Dicha explicación se hará constar por escrito y se llevará a cabo en presencia de los padres de familia o encargado del estudiante. Los estudiantes tendrán el derecho de abstenerse de declarar si así lo desean. En este caso, deberán hacer constar por escrito su voluntad de abstenerse a declarar.

ARTÍCULO 23. El Comité de Disciplina procederá una vez establecida la veracidad de los hechos denunciados, así como la

identidad del supuesto estudiante involucrado y si procede el proceso disciplinario, a informar a los padres de familia o encargado del estudiante considerado como presunto responsable de la falta cometida, de la apertura del proceso, enviando por medio de una comunicación escrita el traslado. Dicho traslado tiene como objetivo informar a los padres de familia o encargado del estudiante los detalles de la supuesta falta cometida, así como de la posible sanción a la que se puede ver sometido el estudiante. Se incluirá en este traslado copia de expediente disciplinario y se le confiere a los padres de familia o encargado del estudiante un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente de recibir el traslado, para que presenten la defensa y las pruebas de descargo que consideren pertinentes.

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ARTÍCULO 24. Cuando, el estudiante aceptare, pura y simplemente, haber cometido la falta, se procederá a aplicar la acción

correctiva que se considere pertinente. Dicha aceptación solo tendrá validez cuando la misma sea emitida en presencia de los padres del menor o de su encargado cuando el estudiante sea menor de edad. Para tal fin se levantará el acta respectiva donde se recoja la aceptación del menor y firmen todos los presentes salvo el estudiante. En los casos en que el estudiante fuera mayor de edad, no será necesaria la presencia de los padres o encargados, bastando la declaración rendida.

ARTÍCULO 25. Cuando el estudiante negare la comisión de la presunta falta o introduzca elementos o circunstancias diferentes

a los ya considerados, el Comité de Disciplina procederá a:

1) Revisar el informe escrito relativo a los hechos, requerido previamente al denunciante. 2) Requerir de los testigos ofrecidos su manifestación relativa a los hechos.

Reporte de presunta comision de una falta

Verificacion de los hechos

Apertura del proceso disciplinario y envío del traslado

Identificacion de los participantes

Citar a padres para las declaraciones de estudiantes testigos

Informe Escrito para reportar presunta falta (grave o muy grave)

Descipcion de los hechos

Identificacion de

estudiantes implicados en la comision de

la presunta falta

Identificacion de testigos

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

3) Requerir de las autoridades técnicas y administrativas los informes que juzgue pertinentes en relación con

los antecedentes del estudiante y sus referencias psicológicas y familiares, así como pruebas físicas especializadas.

4) Previo análisis y valoración de las pruebas recibidas, determinará la existencia de la falta, identificará al

responsable y establecerá las acciones correctivas que a su juicio correspondan, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 anterior, las que recomendará al respectivo Director.

6) Recibido en tiempo los descargos se procederá a evacuar la prueba de descargo ofrecida.

ARTÍCULO 26. Recibido el informe y las recomendaciones el Comité de Disciplina procederá a dictar la resolución

correspondiente. ARTÍCULO 27. Cuando se impusiere la acción correctiva contenida en los incisos e), f), g), y h) del artículo 15, se autorizará que

el estudiante ejecute dentro del período de suspensión las pruebas o exámenes que se practiquen o, en su caso,

programarlas para su realización en fecha posterior. La aplicación de las pruebas se realizará de acuerdo a las

condiciones que dicte la Dirección Docente.

CAPÍTULO VII

DE LOS PLAZOS, CADUCIDAD Y PRESCRIPCIÓN ARTÍCULO 28. Las acciones correctivas por las faltas en que incurra el estudiante, deberán ser acordadas y dispuestas dentro

de los 90 días naturales siguientes a la conclusión de la investigación conducente a su comprobación por parte del docente, o del Comité de Disciplina.

ARTÍCULO 29. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, no podrá abrirse una investigación por parte del Comité de

Disciplina si hubieren transcurrido más de treinta días desde que la presunta falta se cometió hasta el momento en que la misma se denuncia, cuando esta sea una falta leve. En el caso de faltas graves o muy graves podrán ser investigadas en cualquier momento del curso lectivo en que presuntamente fueron cometidas. En aquellos

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

casos en que en un periodo de vacaciones o días feriados queden en medio de un proceso sancionatorio, los plazos establecidos en este reglamento, para investigar, sancionar y ejecutar actos dentro del proceso, se entenderán como suspendidos.

CAPÍTULO VIII

NOTIFICACIONES ARTÍCULO 25. Las notificaciones y acciones correctivas que se apliquen a los estudiantes, se notificarán al padre de familia por

medio escrito o por medio del correo electrónico proporcionado por los padres en el proceso de matrícula. Se enviará copia de los mismos al expediente personal del estudiante.

CAPÍTULO IX

RECURSOS ARTÍCULO 31. Cuando el Comité de Disciplina proceda en conformidad con los incisos d), e), f), g) y h) del artículo 15, su

decisión podrá ser apelada ante el superior inmediato, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación a los padres de familia. El recurso podrá plantearlo el propio estudiante, sus padres o encargados, por medios físicos o digitales, pero con la debida firma de quien hace la apelación.

ARTÍCULO 32. Recibido el recurso a que se refiere el artículo anterior, el superior inmediato procederá a requerir la información

del caso y podrá citar al padre de familia o encargado, al respectivo profesor, al psicólogo y al estudiante si lo considera oportuno. Oídas las explicaciones, resolverá el caso a la brevedad posible.

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CAPÍTULO X

SOBRE LA EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS ARTÍCULO 33. Las acciones correctivas en “faltas graves” y en “faltas muy graves”, no se ejecutarán mientras no adquieran su

firmeza mediante la resolución del respectivo recurso o una vez vencido el plazo para interponerlo. ARTÍCULO 34. Toda acción correctiva derivada de la aplicación de este Reglamento, implicará la presentación de las disculpas

y satisfacciones de orden personal y social por parte del estudiante, así como la reparación de los daños o reposición de los bienes cuando así corresponda.

ARTÍCULO 35. Cuando la acción correctiva consista en la suspensión del estudiante, las ausencias no se descontarán en la

calificación de Conducta conforme se establece en el Reglamento de Evaluación y Normas de Promoción ARTÍCULO 36. Cuando la acción correctiva consistiere en suspensión, sea a determinadas actividades o a determinados días

lectivos, el Comité de Disciplina podrá solicitar a los educadores la asignación de determinadas tareas especiales que debe cumplir el estudiante durante ese período de suspensión.

ARTÍCULO 37. Concluido el período de suspensión, el cumplimiento de las tareas asignadas al estudiante se comprobará

mediante su revisión y calificación, cuando así corresponda, o será evaluado mediante una prueba especial con el fin de asegurar su adecuada reinserción al proceso educativo.

ARTÍCULO 38. El Director condicionará la matrícula para el curso lectivo siguiente a aquellos estudiantes que hubieren sido

objeto de reiteradas acciones correctivas, previa valoración de cada caso, o bien a los estudiantes que estén aplazados en su nota de conducta (ver artículo 48).

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CAPITULO XI

VALORACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL COMPORTAMIENTO ARTÍCULO 39. El comportamiento del estudiante se considerará y evaluará integralmente desde el punto de vista moral, social

e individual. Para este efecto se tomarán en consideración los siguientes aspectos:

a. Adecuación de su conducta a las normas morales, jurídicas y de urbanidad dentro o fuera de la Institución.

b. Responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes escolares.

b. Presentación personal y uso adecuado del uniforme. c. Participación y comportamiento adecuado en actos cívicos, institucionales, comunales y religiosos. d. Asistencia y puntualidad a sus lecciones y actividades de la Comunidad Educativa.

ARTÍCULO 40. La calificación del comportamiento se hará durante cada semestre, utilizando los instrumentos diseñados para tal fin y la escala numérica de uno a cien, en conformidad con las disposiciones establecidas en los siguientes artículos.

ARTÍCULO 41. Sin perjuicio del procedimiento establecido en el Reglamento de Disciplina, para las faltas que ameriten acciones

correctivas diferentes, cuando un profesor constate una conducta indebida del estudiante, procederá a consignarlo en los formularios establecidos al efecto. Estas anotaciones incidirán negativamente en la calificación del comportamiento del infractor como pérdida de puntos en el rubro que corresponda.

ARTÍCULO 42. Para los efectos del artículo anterior, las autoridades institucionales podrán establecer parámetros y referencias

que orienten a los educadores en la valoración de las faltas, las que, a su vez, hará del conocimiento de los educandos y de los padres de familia.

ARTÍCULO 43. La Institución mantendrá un sistema de información periódica a los padres de familia con relación a las

anotaciones registradas.

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ARTÍCULO 44. Al concluir cada período escolar se procederá a obtener una calificación integral del comportamiento, en la siguiente forma:

1. En el I y II Ciclos de la Educación General Básica:

a. El profesor guía calculará la calificación correspondiente con base en las anotaciones que se hubieren practicado en el cuaderno de observaciones. El promedio de las calificaciones otorgadas equivale a un 95% de la calificación que asigna a cada uno de los estudiantes. El promedio que aquí se obtenga constituye la calificación parcial obtenida por el estudiante, la cual es revisada por el Comité de Disciplina quienes tendrán la potestad de modificarla en un máximo de 5 puntos hacia arriba.

b. El profesor guía vinculado a la Sección calculará el referido promedio para cada estudiante el que, a su

vez, equivaldrá al 95% de la calificación. c. Previa inducción y dentro del mismo período, cada escolar, mediante una auto-evaluación sobre cada

uno de los aspectos por evaluar, establecerá la calificación que se asigna, con un equivalente del.5%.

2. En el III Ciclo de la Educación General Básica y en la Educación Diversificada: Al finalizar cada semestre se otorgará a los estudiantes una calificación del comportamiento (o nota de

conducta), según el procedimiento siguiente:

a. Cada profesor vinculado por la docencia al estudiante, informará la calificación correspondiente con base en las anotaciones que hubiere registrado en la plataforma virtual Cloud Campus. El promedio de las calificaciones otorgadas equivale a un 100% de la calificación que se asigna a cada uno de los estudiantes, la cual es revisada por la Dirección Docente que tendrán la potestad de modificarla hacia arriba en un máximo de 5 puntos.

b. El profesor guía vinculado a la sección calculará el referido promedio para cada estudiante el que, a su

vez, equivaldrá al 100% de la calificación.

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ARTÍCULO 45. De la calificación obtenida mediante el procedimiento señalado en el artículo anterior, se rebajarán los puntos correspondientes a inasistencia e impuntualidad, según lo dispuesto en el artículo siguiente, así como las que correspondan a otras anotaciones que no estén registradas en el plataforma virtual Cloud Campus, según los parámetros establecidos.

ARTÍCULO 46. La pérdida de puntos por impuntualidad o inasistencia se determinará así:

a. La ausencia injustificada a un día lectivo o actividad escolar programada representará en todos los ciclos el rebajo de un punto por día.

b. La ausencia superior a un día lectivo, durante días lectivos regulares, actividades escolares programadas

o en periodos de exámenes, se justificará únicamente por motivos de salud con el debido dictamen médico o comprobante correspondiente. No se justificarán ausencias por motivos de viajes de placer. La justificación de la ausencia quedará sujeta al criterio del Comité de Disciplina en y deberá presentarse por escrito o por medio de la plataforma virtual Cloud Campus.

c. En el I y II Ciclos de la Educación General Básica: se calificará de llegada tardía la impuntualidad para el

inicio de cada lección o actividad programada, durante los primeros 5 minutos. Posterior a este lapso se considerará como ausencia injustificada, en cuyo caso se rebajará 1 punto de la nota de conducta por cada ausencia injustificada. En el III Ciclo de la Educación General Básica y en la Educación Diversificada: se calificará de llegada tardía la impuntualidad para el inicio de cada lección o actividad programada, durante los primeros 10 minutos. Posterior a este lapso se considerará como “escapada”, en cuyo caso se rebajará 5 puntos de la nota de conducta. La Tardía no se justificará sin el debido dictamen médico, o comprobante correspondiente. La justificación de la misma quedará sujeta al criterio del Comité de Disciplina y deberá presentarse por medio de la plataforma virtual Cloud Campus.

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d. La suma de 5 tardías injustificadas se considerará contumacia y el estudiante se hará acreedor de una boleta informativa. En caso de reincidencia, el Comité de Disciplina establecerá la acción correctiva a seguir.

e. Se calificará como “escapada” la ausencia absoluta a lecciones y otras actividades durante un lapso igual

o superior a 10 minutos, si el estudiante se encuentra en la Institución y no cuenta con excusa o autorización escrita por parte de una autoridad competente. Cada “escapada” representará el rebajo de 5 puntos de la nota de Conducta y el envío de la Notificación de Faltas correspondiente.

f. En el III Ciclo de la Educación General Básica y en la Educación Diversificada: Las tardías injustificadas en el primer periodo del día se contabilizarán con un rebajo de 1 punto en la nota de conducta de cada semestre. A partir del segundo período las tardías injustificadas se contabilizarán con un rebajo de 2 puntos en la nota de conducta en cada semestre.

ARTÍCULO 47. La conducta meritoria de los educandos, mediante una anotación positiva, también se registrará para aumentar

puntos en la nota de conducta. Se establecerán procedimientos y formas de compromiso para favorecer la calificación de su comportamiento según lo consideren pertinente las autoridades institucionales y/o lo solicite el estudiante.

a. Anotación positiva en la Plataforma virtual Cloud Campus:

Ante una conducta loable o admirable por parte de los estudiantes, los docentes o administrativos, podrán consignar una anotación positiva en el Plataforma virtual Cloud Campus. Cada anotación positiva representará desde un punto en la nota de conducta, hasta un máximo de 5 puntos de la nota final de conducta.

b. Programa de Seguimiento: Con el propósito de modificar las conductas inadecuadas en los estudiantes, el Departamento de Psicopedagogía del nivel respectivo, junto con el profesor guía, llevarán a cabo el Programa de seguimiento semanal. El cumplimiento completo y consecutivo con las hojas de seguimiento será un elemento a considerar en la nota final de conducta del estudiante.

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c. Notificaciones de Logros: En Educación General Básica y Educación Diversificada, se utilizarán las boletas de logros para resaltar actitudes y conductas más allá de las esperadas, que implicarán un aumento de dos puntos o más, si así lo considerara el docente, administrativo, el Comité de Disciplina o el Director respectivo, en la nota de conducta. Estas boletas serán asignadas según méritos de los estudiantes, tendrán reconocimiento y felicitación pública y tendrán carácter definitivo.

d. Valoración de Conducta: La nota final de Conducta de cualquier estudiante, podrá ser sometida a consideración extraordinaria por parte de cualquier docente, Comité de Disciplina y/o administrativo, lo que implicará un aumento de dos puntos o más en la nota final de Conducta, siempre y cuando exista acuerdo y consenso en cuanto a los logros del estudiante referentes a conductas positivas.

ARTÍCULO 48. El estudiante que en su promedio anual obtenga una calificación inferior a la establecida para la promoción de conducta, verá su matrícula condicionada para el curso lectivo siguiente. Por lo tanto, la permanencia del estudiante en la institución será valorada por el Comité de Disciplina y la Dirección Docente.

ARTÍCULO 49. El estudiante aplazado en conducta en un semestre perderá la condición de estudiante regular de la Institución y su matrícula estará condicionada a aprobar la nota de conducta en el semestre subsiguiente para el curso lectivo. El estudiante aplazado en conducta no podrá representar a la institución en ninguna actividad extracurricular (Selecciones deportivas, concursos etc…) hasta que recupere la nota.

ARTÍCULO 50. Al estudiante del último nivel que aplace la nota de conducta en el segundo semestre o en el promedio

anual, se le aplicará una Suspensión Interna, para lo cual el Comité de Disciplina y la Dirección Docente

establecerán los lineamientos según cada uno de los casos. El estudiante no podrá asistir a las actividades

programadas por la Institución, hasta el acto de Graduación. ARTÍCULO 51. Salvo por errores materiales o aritméticos la calificación del comportamiento es invariable.

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CAPÍTULO XII

TIPIFICACIÓN DE FALTAS ARTÍCULO 52. El Centro Educativo Anglo Americano considera como “faltas leves” las estipuladas a continuación:

a. Irrespetar a alguno de los miembros de la Comunidad Educativa. b. Interrumpir el trabajo del docente, de los compañeros o de otros funcionarios de la Institución. c. Emplear vocabulario y gestos vulgares y soeces. d. Tirar basura fuera de los recipientes destinados para este fin. e. Ocultar bienes en perjuicio de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. f. Irrespetar las indicaciones y órdenes de los docentes u otras autoridades de la Institución en relación con el

desarrollo de las actividades regulares del aula o la Institución. g. En el caso de Primaria utilizar el Cuaderno de Comunicación al hogar para cualquier uso que no sea el de la

comunicación bidireccional hogar-escuela. h. Accesar la zona de parqueo durante recreos y horas lectivas. i. En I y II Ciclo de Educación Básica es prohibido portar el celular en todo momento. En Secundaria no se

puede utilizar, sin autorización, dentro del salón de clases en actividades curriculares y extracurriculares, dispositivos electrónicos, teléfonos celulares u otros artefactos. Esta falta significará una boleta automática de 5 puntos. El uso de relojes inteligentes durante lecciones está totalmente prohibido en toda la Institución.

j. Efectuar ventas, distribución de papelería y otros, en las instalaciones de la Institución o en los trayectos que

viajan en bus sin previa autorización.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

k. Acumular, para Secundaria, la contumacia de cinco anotaciones bajo un mismo rubro de faltas, en un mismo semestre.

l. Otras faltas leves que mediante un análisis analógico partiendo de conductas o situaciones contenidas en el

reglamento, se lleguen a imponer. ARTÍCULO 53. El Centro Educativo Anglo Americano considera como “faltas graves” todas las estipuladas a continuación, más

todas aquellas que las Autoridades Institucionales así lo decidan:

a. Reincidir en la comisión de dos “faltas leves” en semestre. b. Incurrir en acciones y actitudes de indisciplina, así como las frases y hechos irrespetuosos cometidos contra

cualquier miembro de la comunidad educativa. c. Destruir, dañar, o sustraer bienes pertenecientes a la Institución, al personal docente, a otros estudiantes o

cualquier otro miembro relacionado con la Institución. Incluye leyendas en rótulos colocados dentro de la institución.

d. Efectuar actos vandálicos como pintar paredes, pupitres, pegar rótulos no autorizados por la Dirección. e. Escenificar públicamente o a través de medios digitales o redes sociales conductas contrarias a los hábitos

y costumbres sociales y a lo estipulado en este reglamento. f. Escaparse de la institución. g. Rayar, manchar o ensuciar paredes, mobiliario o equipo propiedad o no de la Institución, así como dañar las

áreas del jardín u ornato. h. Traer o portar objetos punzo cortantes, armas de proyectiles, explosivos u otro tipo de artículo que atente

contra el bienestar físico y moral de la población institucional.

i. Portar medicamentos no permitidos por las autoridades institucionales dentro del Centro Educativo.

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j. Otras faltas muy que mediante un análisis analógico partiendo de conductas o situaciones contenidas en el reglamento, se lleguen a imponer.

ARTÍCULO 54. El Centro Educativo Anglo Americano considera como “faltas muy graves” todas las estipuladas a continuación,

más todas aquellas que las Autoridades Institucionales así lo decidan:

a. Reincidir en la comisión de dos de “faltas graves” en un mismo semestre. b. Agredir física, emocional o verbalmente, ya sea de forma individual o grupal, contra cualquier miembro de la

comunidad educativa, como por ejemplo el acoso y la intimidación o “bullying”, utilizando cualquier medio de comunicación o en forma personal.

c. Agredir de forma escrita o emocional utilizando cualquier medio de comunicación electrónica, fotografías

tanto dentro como fuera del horario lectivo. d. Incurrir en acciones discriminatorias por razones de raza, credo, género, discapacidad o cualquier otra

contraria a la dignidad humana. e. Sustraer, alterar o falsificar cualquier documento oficial o firma. f. Destruir deliberadamente, de forma parcial o total los bienes que le pertenezcan a la Institución o a otros

miembros de la comunidad educativa. g. Utilizar, objetos punzo cortantes, armas de proyectiles, explosivos u otro tipo de artículo que atente contra el

bienestar físico y moral de la población institucional. h. Portar, traficar o divulgar material pornográfico, de violencia o cualquier otro acto contrario a los hábitos y

costumbres sociales. i. Sustraer documentos, materiales, mobiliario u objetos personales y demás bienes que pertenezcan a la

Institución o a otros miembros de la comunidad educativa.

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j. Consumir, portar, distribuir o inducir a otros al uso o estar bajo los efectos de cualquier tipo de droga, incluyendo el alcohol dentro de la Institución o en otras actividades extra curriculares a las que sean convocados, o bien cuando porten el uniforme oficial en cualquier lugar público. En tal efecto el padre de familia o encargado deberá retirar al estudiante de la Institución o del lugar de la actividad.

k. Incitar a los compañeros a que participen en acciones que perjudiquen la salud y la seguridad, individual o

colectiva. l. Otras faltas muy graves que mediante un análisis analógico partiendo de conductas o situaciones contenidas

en el reglamento, se lleguen a imponer.

CAPÍTULO XIII

DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 55. Será responsabilidad de los Directores organizar la entrega del presente Reglamento. Será responsabilidad de

los estudiantes y sus padres de familia o encargados su conocimiento. ARTÍCULO 56. Los asuntos no previstos en esta reglamentación serán resueltos mediante la aplicación de la doctrina y filosofía

institucional, y a través de procesos de analogía con normas que sí se encuentran contenidas en el Reglamento. ARTÍCULO 57. Las reformas o modificaciones se harán coincidir con la iniciación del curso lectivo, pero, si durante el desarrollo

de éste fuere imperiosa su reforma o modificación, éstas entrarán a regir quince días naturales después de su comunicación a los padres de familia o encargados de los estudiantes y a los propios estudiantes.

ARTÍCULO 58. Por realizar la matrícula, el padre, madre o encargado acepta haber leído o entendido y estar de acuerdo con

todo lo estipulado en este reglamento. Se le concede el plazo improrrogable de 3 días hábiles posteriores a haber realizado el pago de la matrícula, para solicitar la devolución de la misma en el caso de no aceptar su contenido.

ARTICULO 59. El presente Reglamento rige a partir del curso lectivo del dos mil diecisiete.

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REGLAMENTO SOBRE EL UNIFORME Y

LA PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS EDUCANDOS

ANGLO AMERICAN SCHOOL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Este Reglamento tiene por objeto establecer el uniforme, las normas relativas a su uso y a la presentación

personal de los educandos, en las actividades propias del proceso educativo que se ofrece en el Centro Educativo Anglo Americano.

ARTÍCULO 2. El uniforme escolar y la presentación personal del estudiante conforme a esta normativa, constituyen elementos

incorporados al modelo curricular que se sigue y son presupuestos necesarios para el logro de fines y objetivos formativos y específicos, en los procesos de enseñanza y de aprendizaje de la Institución.

ARTÍCULO 3. El padre de familia o encargado del estudiante, al formalizar la matrícula de éste, acepta la obligación y la

responsabilidad de garantizar a la Institución, que su hijo o representado utilizará el uniforme en la forma establecida y vigilará que su presentación personal corresponda a lo estipulado.

ARTÍCULO 4. Las autoridades institucionales, el personal de docencia y los propios educandos, vigilarán el cumplimiento

estricto de esta normativa.

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CAPÍTULO II

SOBRE LA DESCRIPCIÓN DEL UNIFORME ARTÍCULO 5. El uniforme escolar de la Institución se describe así:

1. Para el Nivel de Educación Preescolar.

Camiseta Celeste para Pre-Maternal, Camiseta amarilla para Maternal, camiseta roja para Pre-kínder, verde para Kínder, anaranjada para Preparatoria, con el logotipo (diseño de la Institución).

Pantaloneta azul (diseño exclusivo de la Institución)

Medias azules o del color de la camiseta.

Zapatos o tenis azules o negros (sin adornos o dibujos). No se permiten botas o botines, ni tenis con rodines.

Sudadera y/o buzo diseño exclusivo de la Institución. 2. Para I y II Ciclo de la Educación General Básica.

a) Niñas y Niños:

Camisa tipo polo azul, con cuello y puños azul oscuro, con escudo bordado, diseño exclusivo

de la Institución. Faldas por fuera con un largo mínimo de 15 centímetros de la cintura hacia abajo.

Los alumnos de sexto grado utilizarán la camisa tipo polo y la sudadera diseñadas exclusivamente

para este nivel.

Pantalón largo azul oscuro estrictamente estilo colegial a la cintura, no estilo tubo sino holgado

y recto. No se permite el uso de buzo o licras. La medida del ancho de la tela que sobra después

de la parte del cuerpo indicada, debe ser al menos de: 4 cm en rodilla, 3 cm en pantorrilla y 7cm

en tobillo. No puede ser de tela de mezclilla y deben permanecer en buen estado durante el curso

lectivo (no deben estar desteñidos, ni rotos, ni con el ruedo suelto). La ropa interior no debe ser

visible bajo ninguna circunstancia. Pantalones cortos azul oscuro, de primer a tercer grado, las

niñas pueden utilizar enagua pantalón, sin paletones.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Medias azules lisas (no se permiten calcetas).

b) Niñas:

Zapatos negros, sin tacón, ni adornos de ninguna clase, (no se permite tipo sueco, abierto atrás, botas o botines, tenis con rodines, ni zapatos tipo crocs. Tampoco zapatos con puntas u ornamentos metálicos.) Los zapatos deben estar en buen estado, sin rasguños o cortes.

Solo se permitirá sudadera con el diseño exclusivo de la Institución. c) Niños:

Zapatos negros tipo mocasín o de amarrar. (No se permite tipo sueco, abierto atrás, botas o botines, ni o tenis con rodines, ni zapatos tipo crocs. Tampoco zapatos con puntas u ornamentos metálicos. Los zapatos deben estar en buen estado, sin rasguños o cortes.

Solo se permitirá sudadera de diseño exclusivo de la Institución.

3. III Ciclo de la Educación General Básica y Educación Diversificada.

a) Mujeres y Varones:

Camisa tipo polo rojo, con cuello y puños azul oscuro, con escudo bordado, diseño exclusivo

de la Institución. Faldas por fuera con un largo mínimo de 15 centímetros de la cintura hacia abajo.

Los alumnos de undécimo año utilizarán la camisa tipo polo y la sudadera diseñadas

exclusivamente para este nivel.

Pantalón largo azul oscuro estrictamente estilo colegial a la cintura, no estilo tubo sino holgado

y recto. La medida del ancho de la tela que sobra después de la parte del cuerpo indicada, debe

ser al menos de: 4 cm en rodilla, 3 cm en pantorrilla y 7cm en tobillo. No puede ser de tela de

mezclilla y deben permanecer en buen estado durante el curso lectivo (no deben estar desteñidos,

ni rotos, ni con el ruedo suelto). La ropa interior no debe ser visible bajo ninguna circunstancia.

Medias azules lisas (no se permiten calcetas).

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b) Mujeres:

Zapatos o tenis completamente negros, sin tacón ni adornos de ninguna clase, (no se permite tipo

sueco, abierto atrás, botas o botines ni tenis de colores, ni zapatos tipo crocs estilo clásico u

original.) Los zapatos deben estar limpios y en buen estado, sin rasguños o cortes.

Solo se permitirá sudadera de diseño exclusivo de la Institución.

c) Varones:

Zapatos o tenis completamente negros. (No se permite tipo sueco, abierto atrás, botas o botines, ni ningún tipo tenis con rodines, ni zapatos tipo crocs estilo original o clásico. Tampoco zapatos con puntas u ornamentos metálicos. Los zapatos deben estar limpios, en buen estado, sin rasguños o cortes.

Solo se permitirá sudadera de diseño exclusivo de la Institución.

4. Educación Física para I y II Ciclo de la Educación General Básica.

Camiseta diseño exclusivo de la Institución.

Pantaloneta azul diseño exclusivo de la Institución. Se permitirá el uso de lycra azul bajo la pantaloneta. La ropa interior no debe ser visible bajo ninguna circunstancia.

Medias blancas, azules o negras, a una altura mínima que cubra los tobillos.

Zapatos: tenis con soporte en la suela Se permitirá el uso de gorra, únicamente en las lecciones de Educación Física.

Se puede usar solamente el buzo y/o la lycra autorizados por la Institución.

5. Educación Física para III Ciclo de la Educación General Básica y en la Educación Diversificada:

Camiseta diseño exclusivo de la Institución.

Pantaloneta azul diseño exclusivo de la Institución. La ropa interior no debe ser visible, bajo

ninguna circunstancia.

Medias blancas, azules o negras, a una altura mínima que cubra los tobillos.

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Zapatos: tenis deportivas con soporte en la suela de color blanco, azul, gris, negro o sus

combinaciones. Se permitirá el uso de gorra, únicamente en las lecciones de Educación Física.

Se puede usar el buzo o la lycra autorizados por la Institución o buzo o licra azul oscuro, pero que

su largo sea hasta el tobillo.

ARTÍCULO 6. Se prohíbe el uso de botas o botines como parte del uniforme escolar descrito en el artículo anterior, salvo que por condiciones físicas o de salud debidamente acreditadas se requiera de la utilización de calzado especial.

ARTÍCULO 7. Podrá utilizarse una camiseta bajo la camisa del uniforme, siempre que ésta sea de color blanco y de manga

corta, sin elementos decorativos de ninguna especie. Siempre deberá utilizarse con las faldas por dentro. ARTÍCULO 8. Los estudiantes del I y II Ciclo de la Educación General Básica, utilizarán el uniforme de Educación Física en

todas las actividades escolares el día en que deban atender esta disciplina. ARTÍCULO 9. Salvo lo dispuesto en el artículo anterior, el estudiante que transite por la Institución o se presente a otras

lecciones con el uniforme de Educación Física, incurre en falta y se hará acreedor de las medidas correctivas que contempla el Reglamento.

ARTÍCULO 10. La Administración podrá autorizar la utilización de distintivos para grupos o delegaciones especiales de la

Institución.

CAPÍTULO III

SOBRE LA PRESENTACIÓN PERSONAL ARTÍCULO 11. Es obligación de los escolares presentarse, en todas las actividades promovidas y autorizadas por la Institución,

con el uniforme correspondiente. En el caso contrario se realizará una anotación en plataforma virtual Cloud Campus, con un rebajo para primaria de 1 punto y para secundaria con un rebajo de 3 puntos.

ARTÍCULO 12. El uniforme deberá utilizarse conforme a su concepción y descripción. Las justificaciones a las faltas de uniforme

quedan sujetas a la disponibilidad de existencias de mercadería en la Asociación Solidarista de la institución y quedan a criterio del Comité de Disciplina. Las faldas de la camiseta tipo polo se llevarán fuera del pantalón, el largo de las mismas no podrá ser menor de 15 cm. por debajo de la cintura. Se prohíbe la utilización de cualquier

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

otro aditamento visible y no autorizado expresamente. La ropa interior no debe ser visible bajo ninguna circunstancia.

ARTÍCULO 13. Los varones deberán presentarse con su cabellera debidamente recortada, en la frente el largo no debe cubrir

las cejas, el corte del cabello será en disminución constante en los laterales y en la parte trasera de la cabeza, de modo que no se prolongue sobre el cuello de la camisa, que no cubra las orejas. En caso de personas con cabello crespo la altura del mismo no debe exceder los 3 centímetros de altura.

Las mujeres usarán su cabello con peinados sencillos, podrán utilizar lazos o prensas, también sencillos, de

color negro, gris, azul, rojo o blanco y sus combinaciones. En general, se prohíbe el rapado parcial del cabello o con diseños, salvo con propósitos terapéuticos, evidentes

y manifiestos, o debidamente acreditados, así como la decoloración o tintes en el cabello y peinados o cortes llamativos. La disposición final en cuanto al corte del cabello lo tendrá la Dirección, con el objetivo de una mejor presentación del educando.

ARTÍCULO 14. Salvo cuando expresamente así se requiera, se prohíbe a los educandos utilizar, durante las actividades

institucionales, cualquier tipo de maquillaje, comprendiendo la pintura de uñas o de labios, los tintes y los adornos, entre estos, aretes, pulseras, esclavas, anillos, tatuajes. No obstante, podrán utilizar un reloj de pulsera sencillo y las señoritas un par de aretes pequeños que no sobrepasen el lóbulo de la oreja y una pulsera. Está totalmente prohibido el uso de “piercing”.

ARTÍCULO 15. Los varones no utilizarán bigote o barba. Cuando su desarrollo lo exija deberán presentarse debidamente

rasurados.

ARTÍCULO 16. Sin perjuicio de la aplicación del Reglamento de Disciplina Estudiantil, el incumplimiento de las normas de presentación personal, dará lugar a la suspensión o retiro inmediato de la actividad en que se sorprendiere al infractor o a negarle el acceso y participación cuando la infracción se constate en forma previa. En cualquiera de los casos corresponde el envío de la Notificación de Faltas con la acción correctiva respectiva.

ARTÍCULO 17. Para toda actividad académica cuya naturaleza requiera de vestimenta especial o casual se requerirá, previamente la autorización expresa de la Dirección. En las actividades denominadas “Jeans Day”, los estudiantes deben aportar una contribución establecida cuyos fondos son destinados al Gobierno Estudiantil o para realizar alguna labor social. Los estudiantes que no deseen hacer la contribución deben presentarse con

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

uniforme, de lo contrario se consignará una falta de uniforme, con un rebajo de 3 puntos en la nota de conducta en Secundaria y de 1 punto en Primaria.

ARTÍCULO 18. Para toda actividad cuya naturaleza no requiera el uso de uniforme o esté autorizado el uso de ropa particular,

se acatará la siguiente disposición: Las mujeres no pueden utilizar:

Blusas sin mangas, transparentes, con la espalda y hombros descubiertos, con escote pronunciado, de un largo que muestre la piel, aunque tengan puesto un abrigo

Licras, legins o pantalones ajustados que marquen la ropa interior, que tengan alguna parte rota o rasgada

“Shorts”, manganos, pescadores, enaguas de ningún largo, enagua/pantalón de ningún largo.

Prendas que dejen al descubierto la ropa interior

Sandalias tipo chancleta

Los hombres no pueden utilizar:

Camisas o camisetas sin mangas, transparentes, de un largo que muestre la piel

Pantalones cortos de ningún tipo, ajustados que marquen la ropa interior, que tengan alguna parte rota o rasgada

Prendas que dejen al descubierto la ropa interior

Sandalias tipo chancleta

ARTÍCULO 19. En caso fortuito o de fuerza mayor que imposibilite el uso del uniforme por parte de un educando, sus padres, encargados o representantes, deberán gestionar por medio de la plataforma virtual Cloud Campus, la autorización correspondiente ante el profesor miembro del Comité de Disciplina encargado del correspondiente nivel, lo cual no implica necesariamente que el permiso sea concedido.

ARTICULO 20. El presente Reglamento rige a partir del curso lectivo del dos mil dieciséis y sólo podrá ser reformado, parcial o

totalmente, por decisión del Comité de Disciplina, la Dirección Docente y Dirección Administrativa del Centro Educativo Anglo Americano.

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y NORMAS DE

PROMOCIÓN ANGLO AMERICAN SCHOOL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Esta reglamentación tiene por objeto regular el proceso de evaluación y establecer las normas de promoción,

dentro del proceso de enseñanza y de aprendizaje que se ofrece en el Centro Educativo Angloamericano. ARTÍCULO 2. El Centro Educativo Angloamericano, como institución privada, establece la evaluación como un proceso

inherente y esencial a los servicios educativos que brinda, con el fin de alcanzar los siguientes objetivos:

a. Ejercer un riguroso control sobre los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

b. Determinar el nivel de logro de los objetivos programáticos propuestos en cada estudiante.

c. Disponer de la información necesaria conducente a la formulación de las acciones correctivas pertinentes.

d. Identificar las potencialidades y las limitaciones del estudiante a los efectos de escoger la mediación pedagógica apropiada.

e. Definir la promoción del estudiante.

ARTÍCULO 3. Para el logro de los objetivos propuestos, la evaluación será continua, integral, participativa y requiere del concurso especial del estudiante, de sus padres de familia o encargados y de los educadores, en conformidad con lo dispuesto en la presente reglamentación.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

ARTÍCULO 4. Como actividad permanente y continua, el principal responsable del proceso de evaluación será el profesor de la correspondiente asignatura o área de actividad.

ARTÍCULO 5. No obstante, el proceso de evaluación para el cabal cumplimiento de sus propósitos requiere, además, de la

obligada participación y colaboración, según las funciones y atribuciones que se definen, de:

a. El educador.

b. El educando.

c. El profesor guía.

d. El Comité de Evaluación.

e. El Director. f. El Departamento de Psicología

g. El padre de familia o encargado del educando.

CAPÍTULO II

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS PARTICIPANTES

EL EDUCADOR

ARTÍCULO 6. Con respecto a la evaluación, el educador vinculado directamente con el estudiante o en los procesos de mediación pedagógica y de aprendizaje, tiene las siguientes funciones y atribuciones:

a. Diseñar y aplicar la evaluación según los lineamientos establecidos institucionalmente.

Proceso de Evaluación

El educador

El educando.

El profesor guía.

El Comité de Evaluación.

El Director.

El Departament

o de Psicología

El padre de familia o

encargado del educando.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

b. Comunicar a sus estudiantes en la primera sesión de trabajo del respectivo período, los procedimientos, los criterios y las técnicas que se seguirán en materia de evaluación. Entregar a los estudiantes los porcentajes de evaluación al inicio del curso lectivo.

c. Informar a sus estudiantes, durante las dos primeras semanas del respectivo período las actividades

complementarias que deberán desarrollar, así como los criterios de evaluación o comprobación que se seguirán.

d. Informar a sus estudiantes, en la primera sesión de trabajo, los criterios en los que se basará la calificación

del trabajo en clase.

e. Elaborar los instrumentos de evaluación y someterlos a su aprobación cuando corresponda a su Coordinador, y al menos a un miembro de su Departamento correspondiente. Los instrumentos de evaluación no podrán ser variados sin previa autorización de los órganos antes nombrados.

f. Entregar a los estudiantes las pruebas debidamente calificadas, dentro de los ocho días hábiles siguientes

a su aplicación. Cada docente entrega la prueba. g. Revisar con los estudiantes en el acto de entrega de resultados, las respuestas correctas. h. Mantener comunicación directa y sostenida, durante el curso lectivo, con los padres de familia de los

estudiantes, con el fin de dar seguimiento tanto académico como disciplinario.

i. Conocer y resolver las objeciones que formulen los estudiantes o los padres de familia, dentro del plazo que fija este Reglamento. (tres días hábiles)

j. Remitir al Coordinador, en primera instancia y al Comité de Evaluación, en segunda instancia, cuando el

estudiante o padre de familia persistiere en su disconformidad, la respectiva prueba, así como las objeciones formuladas, para su revisión y decisión.

k. Otras que se deriven de esta reglamentación.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

EL EDUCANDO ARTÍCULO 7. El educando tiene con respecto a la evaluación las siguientes obligaciones y atribuciones:

a. Asumir, con responsabilidad y entrega, el cumplimiento de sus obligaciones y deberes estudiantiles.

b. Ejecutar y entregar en forma personal las pruebas en conformidad con los criterios y procedimientos de evaluación que se establezcan.

c. Cumplir con todas las responsabilidades que se le encomienden y acatar las instrucciones y directrices

que se le impartan. d. Plantear, ante el respectivo educador, en forma personal o con el concurso de sus padres o encargados,

las objeciones que estime pertinentes con respecto a las calificaciones que se le otorguen, dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega de resultados.

e. Plantear por escrito ante el Coordinador respectivo, en primera instancia y al Comité de Evaluación, en

segunda instancia, en forma personal o con el concurso de sus padres o encargados, las objeciones que estime pertinentes cuando la resolución obtenida en el inciso d) de este mismo artículo no sea satisfactoria, dentro de los tres días hábiles siguientes. En el caso de pruebas parciales o semestrales estas objeciones deben presentarse no más de tres días después de haber recibido la resolución correspondiente.

EL PROFESOR GUÍA ARTÍCULO 8. El profesor guía será aquel funcionario a cuyo cargo esté la orientación y consejería de una sección o grupo de

estudiantes del I, II y III Ciclo de la Educación General Básica o de la Educación Diversificada. ARTÍCULO 9. Corresponde al Profesor Guía o al educador responsable de la sección en otros niveles, sin perjuicio de otras

asignaciones, el cumplimiento de las siguientes funciones y atribuciones en materia de evaluación:

a. Dar a conocer a los estudiantes el presente Reglamento de Evaluación y Normas de Promoción.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

b. Analizar el Reglamento y hacer conciencia en los estudiantes sobre la trascendencia del proceso de evaluación.

c. Aclarar las dudas que formulen los padres de familia sobre el contenido de este Reglamento, haciendo

especial énfasis en sus funciones, derechos, deberes y atribuciones.

d. Orientar a los estudiantes sobre los procedimientos a seguir para plantear sus objeciones o reclamos derivados de la aplicación de esta normativa.

e. Estimular e inducir a los estudiantes al estudio, asumiendo con una actitud proactiva el proceso

de enseñanza y de aprendizaje. f. Llevar un control actualizado de la asistencia puntual y regular de los educandos e informar a los padres

de familia cuando hay irregularidades al respecto.

g. Otras que se deriven del presente Reglamento o que expresamente sean asignadas por la Dirección y/o el Comité de Evaluación o que estén descritas en los otros Reglamentos Institucionales.

EL COMITÉ DE EVALUACIÓN ARTÍCULO 10. Habrá un Comité de Evaluación para conocer y resolver asuntos relativos al I y II Ciclo de la Educación General

Básica y un Comité de Evaluación para los asuntos relativos al III Ciclo de la Educación General Básica y de la Educación Diversificada.

Cada uno de los Comités estará integrado por tres profesionales de la docencia, designados por la Dirección.

ARTÍCULO 11. El Comité de Evaluación tendrá a su cargo las siguientes funciones y atribuciones:

a. Velar por un adecuado proceso de evaluación en el ámbito institucional.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

b. Proponer a la Dirección los métodos, las técnicas de medición y evaluación correspondientes, de acuerdo con la naturaleza de la materia por evaluar o con el nivel escolar que corresponda, con el fin de que sean analizados para su posterior implementación.

c. Brindar el asesoramiento requerido al personal en materia de evaluación.

d. Promover la capacitación de los educadores en el campo de la medición y la evaluación educativa.

e. Proponer las medidas correctivas para el logro de los objetivos con base en los resultados de las pruebas

de diagnóstico y las de rendimiento aplicadas en la Institución.

f. Vigilar en conjunto con el Departamento de Psicopedagogía la correcta ejecución de las adecuaciones curriculares autorizadas por los servicios especializados de la Institución, para educandos con necesidades educativas especiales.

g. Asesorar a las autoridades institucionales, cuando éstas lo soliciten, para la correcta resolución de las

objeciones que formulen los estudiantes, los padres de familia o encargados.

h. Proponer a la aprobación de la Dirección el calendario de aplicación de las evaluaciones parciales, acumulativas o comprensivas en Primaria y las semestrales en Secundaria.

i. Elaborar, cuando se le requiera, los horarios para la aplicación de pruebas, así como la asignación de los

profesores para su vigilancia. j. Revisar y aprobar los rubros y porcentajes de evaluación, en III Ciclo de Educación General Básica y

Educación Diversificada, para cada uno de los semestres. k. Constatar la validez de la justificación emitida por el Comité de Disciplina para reprogramaciones de

pruebas y/o evaluaciones y emitir la respectiva notificación a los padres de familia o encargados. En el caso de que la justificación remitida no cumpliere con los criterios aceptados por el Comité de Disciplina, no se procederá con la reprogramación de las pruebas no realizadas según la calendarización original.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

l. En el III Ciclo y Educación Diversificada, reprogramar las Pruebas Parciales y Semestrales, después del periodo de aplicación respectivo y validar su correspondiente ejecución.

m. Citar a padres de familia o encargados como testigos de investigación sobre aparentes casos de fraude

o anomalías de evaluación.

n. Otras que expresamente le encomiende la Dirección.

EL DIRECTOR ARTÍCULO 12. Habrá un Director de Educación Prescolar, un Director de Educación Primaria, a cuyo cargo estará el I y II Ciclo

de la Educación General Básica, un Director de Secundaria a cuyo cargo estará el III Ciclo de la Educación General Básica y la Educación Diversificada, que velarán por el buen desempeño de todos los ciclos de enseñanza.

ARTÍCULO 13. Son funciones y atribuciones de cada uno de los directores, en materia de evaluación:

a. Divulgar las normas, criterios y procedimientos generales de evaluación entre los estudiantes, el personal docente y los padres de familia o encargados.

b. Establecer las formas y los procedimientos de control y coordinación que aseguren el adecuado proceso

de evaluación.

c. Proveer, cuando así se requiera, la asesoría técnica al Comité de Evaluación y a todo el personal docente para el mejor cumplimiento de sus funciones y atribuciones, sea con personal de la Institución o con profesionales externos.

d. Analizar, periódicamente, el rendimiento escolar y velar porque se cumplan los procesos de recuperación

en beneficio de los educandos.

e. Conocer y resolver los recursos que ante él se formulen en materia de evaluación.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

f. Replantear la política y el planeamiento institucionales con base en los resultados de la evaluación diagnóstica.

g. Nombrar y remover, cuando corresponda, a los integrantes del Comité de Evaluación.

DEPARTAMENTO DE PSICOPEDAGOGÍA ARTÍCULO 14. El Psicólogo es aquel funcionario a cuyo cargo está promover el crecimiento personal-social de los educandos.

El Pedagogo es quien vela por la correcta y oportuna aplicación de las adecuaciones curriculares en el área académica.

Es por lo anterior que ejercerán, en materia de evaluación, las siguientes funciones:

a. Participar y colaborar en el proceso de evaluación de los aprendizajes y del comportamiento de los educandos.

b. Comunicar a los respectivos profesores, la naturaleza, las formas y los procedimientos que se determinen,

para adecuar el proceso a los estudiantes con necesidades educativas especiales.

c. Velar por la correcta ejecución de las adecuaciones recomendadas para educandos con necesidades educativas especiales.

d. Informar al educando y al hogar sobre sus actitudes, acciones y, en general, sus conductas meritorias, en

los casos que lo requieran. e. Colaborar en la elaboración del instrumento para la calificación de los atributos socio-afectivos y éticos

(comportamiento).

f. Recopilar y mantener un análisis permanente sobre el rendimiento académico de los educandos y dar especial seguimiento a aquellos cuyas calificaciones estén bajo los mínimos establecidos.

g. Recopilar y ejercer un riguroso control sobre los elementos y/o informes que tengan incidencia negativa

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

en la calificación del comportamiento de los estudiantes.

h. Aconsejar al educando en la selección de las opciones educativas más adecuadas a sus aptitudes y potencialidades.

i. Otras que expresamente le encomiende el Director.

EL PADRE DE FAMILIA O ENCARGADO DEL ESTUDIANTE ARTÍCULO 15. El padre de familia o encargado del estudiante, es el principal responsable de la educación y formación de sus

hijos y tiene, en consecuencia, el deber fundamental de apoyar a la Institución en general y al educador, en especial, en la consecución de los fines y objetivos del proceso de aprendizaje.

ARTÍCULO 16. Son deberes y obligaciones del padre de familia o encargado del estudiante:

a. Fortalecer las virtudes y los valores que deben formar la personalidad integral de sus hijos. b. Supervisar el uso adecuado de la tecnología y de las redes sociales.

c. Velar porque sus hijos dispongan de los materiales requeridos para el proceso de aprendizaje.

d. Supervisar el cumplimiento de los deberes académicos del estudiante, en especial, aquellos que deben

ejecutarse en el hogar, tales como: tareas, proyectos, asignaciones de todo tipo y las actividades ubicadas en la plataforma Anglo Virtual.

e. Cumplir con las indicaciones que expresamente se le formulen, con el fin de lograr un mejor desarrollo de

las potencialidades de sus hijos o superar las deficiencias o limitaciones que se detecten.

f. Vigilar el cumplimiento, conforme a las directrices expresamente formuladas, del estudio dirigido para desarrollar en el hogar cuando las autoridades institucionales así lo dispongan.

g. Mantenerse informados acerca de la oportunidad, cantidad y calidad del desarrollo de los programas

educativos.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

h. Mantener comunicación directa y sostenida, durante el curso lectivo, con los docentes y el personal de

psicopedagogía con el fin de lograr el desarrollo integral óptimo de sus hijos. Debe comunicar oportunamente de cualquier cambio en su información de contacto a la Dirección correspondiente.

i. Formular por escrito las objeciones que estime pertinentes a las calificaciones otorgadas a sus hijos,

dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrega de los resultados, conforme a las disposiciones que regulan la materia y según lo estipula este Reglamento.

j. Firmar los instrumentos de evaluación ya calificados, cuando así corresponda.

k. Informar previamente a las autoridades institucionales sobre la inasistencia de sus hijos o encargados a

actividades escolares, cuando ello esté motivado en hechos y circunstancias previstas o programadas, con la mayor antelación posible, en ningún caso, con menos de tres días hábiles.

m. Enviar solicitud para justificar las ausencias y llegadas tardías de sus hijos a través de la plataforma Cloud

Campus, dentro de los tres días hábiles siguientes a la impuntualidad o inasistencia, lo cual no implica necesariamente que la justificación sea aceptada. No obstante, salvo fuerza mayor o caso fortuito, si la inasistencia fuere a una prueba corta o quiz programado, la solicitud de justificación deberá hacerse directamente con el profesor de materia el mismo día de forma escrita o presencial. Si la prueba fuere de período (parciales o semestrales) deberá acompañarse de los documentos probatorios correspondientes según los requerimientos del Comité de Disciplina, dentro de los tres días hábiles siguientes.

n. Asistir a las citas o convocatorias que se le formulen para actividades institucionales.

o. Participar en todas aquellas convocatorias y actividades organizadas y en las que se requiera su

presencia.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

CAPÍTULO III

VALORACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL APRENDIZAJE ARTÍCULO 17. El curso lectivo estará dividido de la siguiente forma: en Preescolar Primaria y Secundaria en dos períodos y,

en cada uno de los cuales el educando será evaluado y calificado en relación con cada uno de los componentes o asignaturas del plan de estudios, en conformidad con esta normativa. La asistencia regular y puntual del estudiante durante el curso lectivo será un elemento que afectará el proceso de aprendizaje y de la apropiación de los contenidos correspondientes a su nivel. En ese tanto las ausencias injustificadas no deben sobrepasar el 20% del total de días de asistencia del curso lectivo correspondiente. Se insta a los padres de familia o encargados a no programar viajes durante el curso lectivo ni durante el periodo de pruebas de convocatorias.

ARTÍCULO 18. Para los efectos de este reglamento, el aprendizaje se valorará mediante la utilización de la escala numérica de

uno a cuatro en todos los niveles del I Ciclo de la Educación General Básica y de uno a cien en todos los niveles del II Ciclo de la Educación General Básica. En el III Ciclo y en la Educación Diversificada el aprendizaje se valorará mediante la utilización de la escala numérica de cero a cien. Las materias especiales de todos los niveles de la Institución tendrán una evaluación de acuerdo con los parámetros para cada una de ellas según el nivel.

ARTÍCULO 19. La calificación a la que se refiere el artículo anterior, será el resultado de las siguientes ponderaciones, las cuales

solo podrán variar con expresa autorización del Comité de Evaluación, y el Director Docente.

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Instrumento de evaluación

Criterios

Quiz

De 1% a 5% cada uno para un máximo de 10%

Prueba corta

De 10% cada una para un máximo de 25%

Prueba parcial

Uno de séptimo a décimo de 20% a 25%

Prueba semestrales

Una prueba cada semestre de 25%

Pruebas preparatorias (solo para undécimo año)

En el primer semestre tres pruebas de 5%, 10% y 15% respectivamente para un máximo de 25% y en el segundo semestre tres pruebas de 20%, 25% y 25% respectivamente para un máximo de 80%.

En el III Ciclo de la Educación General Básica y en el nivel de Décimo año de la Educación Diversificada, cada profesor, al inicio del respectivo período escolar informará las ponderaciones que se seguirán para l as tareas, las pruebas y el trabajo en clase. Las evaluaciones escritas de período (quices, pruebas cortas, parciales y semestrales) tendrán una ponderación no mayor al 65% de la nota final del semestre. El restante 35% corresponderá a rubros como tareas, prácticas evaluadas, trabajo en clase, participación, proyectos, y otros que se consideren pertinentes de acuerdo con la naturaleza de la asignatura. En Educación Diversificada en el nivel de Undécimo año, cada profesor al inicio del respectivo período escolar informará las ponderaciones que se seguirán para las pruebas y trabajo en clase, que contemplan los contenidos por evaluar en las Pruebas Nacionales de Bachillerato. Las evaluaciones escritas sumativas de período (quices, pruebas cortas, parciales, preparatorias y semestrales) durante el primer semestre tendrán una ponderación no mayor al 70% de la nota final del semestre. El restante 25% del primer semestre corresponderá a rubros como tareas, prácticas evaluadas, trabajo en clase, participación, proyectos, y otros que se consideren pertinentes de acuerdo con la naturaleza de la asignatura. En el segundo semestre las evaluaciones escritas de período (quices, pruebas cortas, parciales y preparatorias) tendrán una ponderación no mayor al 80% de la nota final del semestre. El restante 20% del segundo semestre corresponderá a rubros como tareas, prácticas evaluadas,

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

trabajo en clase, participación, y otros que se consideren pertinentes de acuerdo con la naturaleza de la asignatura. En el caso de Proyecto MATEM, en los niveles de Décimo, y Undécimo en las asignaturas de Pre-Cálculo y Cálculo, así como en el Proyecto Aprendizaje de la Química en Educación Media y Superior de la UNA, los lineamientos de evaluación se definirán en concordancia con lo establecido por el proyecto respectivo y el departamento correspondiente. En Secundaria, la evaluación de las materias del departamento de Especiales y el curso de Expresión Oral se evaluará mediante una escala numérica del 1 al 100 y se mantienen las mismas normas de promoción para III Ciclo para Educación Básica y Educación Diversificada. El rubro de trabajo en clase no puede exceder el 65% de la nota semestral del curso. Las plataformas Anglo Virtual y Cloud Campus servirán como herramienta de apoyo e instrumento de evaluación para I Ciclo y II Ciclo de la Educación Primaria, para el III Ciclo para Educación Básica y para la Educación Diversificada, de acuerdo con lo estipulado en los reglamentos institucionales y del protocolo de uso de la plataforma Anglo Virtual establecido en la misma.

ARTÍCULO 20. En el III Ciclo de Educación General Básica y en Educación Diversificada la evaluación del laboratorio se regirá por los criterios establecidos por el Departamento de Ciencias. Dichos criterios serán comunicados a padres de familia y estudiantes oportunamente a través de un instructivo que estará consignado en el sílabo de curso y será publicado en los medios de comunicación autorizados en Secundaria.

ARTÍCULO 21. Los trabajos de investigación o proyectos, para todos los niveles, sean éstos individuales o en grupo, se regularán

de acuerdo con los siguientes criterios: a. El profesor que asigne el proyecto deberá dar un instructivo completo y explícito con todo lo que el o los

estudiantes deben cumplir. b. El profesor proporcionará una rúbrica o lineamientos específicos sobre cómo se evaluará el trabajo al

momento de asignarlo al estudiante.

c. El profesor deberá guiar permanentemente el desarrollo del trabajo y abrirá espacios de revisión previa a la

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

entrega final del trabajo con el fin de asegurarse, y de asegurar a los propios estudiantes, que el trabajo avanza apropiadamente, que cumple con lo que se pide y que todos los miembros del grupo, si así es el caso, están cumpliendo con sus responsabilidades de forma equitativa y justa.

d. En Primaria los trabajos que sean entregados de forma tardía serán recibidos y revisados. Se entiende por

entrega tardía aquella que no se realice en el periodo correspondiente a la fecha de entrega estipulada por el docente como día de entrega. La entrega en el mismo día señalado pero que no se dé en el periodo correspondiente se considerará como entrega tardía. El proyecto que no se entrega después de 3 días hábiles de la fecha de entrega tendrá un 0 en su calificación. La no entrega será evaluada con un “0”. En Secundaria, en casos de entrega tardía se rebajará un porcentaje que corresponderá al 20% de la nota total del proyecto o trabajo asignado por cada día de atraso. Se entiende por día de atraso, cada día hábil posterior a la fecha de entrega establecido para el proyecto o trabajo indistintamente de si el estudiante tenga o no clase asignada para la materia correspondiente al proyecto o trabajo. Sin excepción, aun cuando sea de forma tardía y no tengan puntuación, todos los trabajos deberán ser entregados al docente con el fin de asegurarse que el estudiante cumpla con los objetivos de aprendizaje propuestos.

e. Cuando el proyecto de investigación sea realizado de forma grupal, se recomienda que los estudiantes

aporten además una crónica del proceso de elaboración del trabajo de investigación que indique claramente cada responsabilidad asignada y cada aporte de los miembros del grupo.

f. Los grupos para trabajos de investigación, salvo en casos muy justificados, deberán estar conformados por

un máximo de tres a cinco personas.

g. En caso de sospecha de copia o plagio, la calificación quedará pendiente hasta que el profesor o el Comité de Evaluación determine la veracidad de los hechos. En caso de que se confirme la copia o el plagio y se consigne un 1 en la calificación, el estudiante podrá recurrir a una apelación ante el Director para que este valore la situación en segunda instancia.

h. Se entenderá por plagio lo siguiente: la copia total o parcial de la información contenida en un documento sin

hacer la referencia respectiva a su origen. En caso que se determine que un estudiante ha plagiado un trabajo asignado ya sea en todo o parcialmente, el docente procederá a poner una nota de uno (1) en la nota del proyecto.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

i. En caso de sospecha de colusión, la calificación quedará pendiente hasta que el profesor o el Comité de Evaluación determine la veracidad de los hechos. En caso de que se confirme la colusión se sancionará al estudiante con 10 puntos menos de la calificación obtenida. El estudiante podrá recurrir a una apelación ante el Director para que este valore la situación en segunda instancia.

j. Se entenderá por colusión el comportamiento de un estudiante que contribuye a la conducta improcedente

de otro, al permitirle que copie su trabajo o lo presente como si fuera propio.

k. Tanto en el I como en el II Ciclo, el estudiante al que se le comprobase plagio, deberá corregirlo según los señalamientos del profesor con el fin de que se dé el aprendizaje.

ARTÍCULO 22. Cuando la naturaleza de determinada asignatura o componentes del plan de estudios lo requiera, podrán

establecerse ponderaciones diferentes a las consignadas en el artículo anterior. Para ese efecto el profesor respectivo propondrá al respectivo Coordinador de Departamento, Director o Comité de Evaluación los cambios específicos que requiera. Deberá garantizarse la comunicación previa de los mismos tanto a los educandos, como a sus padres o encargados.

ARTÍCULO 23. Las pruebas, sean estas pruebas cortas, parciales o semestrales, tendrán por objeto evaluar, en forma parcial o

acumulativa, la materia desarrollada durante el respectivo período, a juicio del educador. Deberán ser anunciadas, junto con los temas por evaluar, con una antelación no inferior a ocho días naturales.

En Primaria si el estudiante se ausenta a una práctica calificada, el estudiante debe realizarla el día que regresa con la docente correspondiente.

No obstante, con el fin de evaluar el seguimiento y repaso de los temas vistos en clase, el docente podrá evaluar

en quices (sean estos orales, escritos o de ejecución) con previo aviso de tres días hábiles cuando se trate de evaluaciones breves y de corta duración, y si no están calendarizadas en la planificación académica semestral. Adicionalmente, el profesor deberá anotar la fecha establecida para su prueba en la plataforma virtual Cloud Campus para evitar choques con otras evaluaciones. Cuando el quiz sea de carácter formativo el mismo se podrá aplicar en cualquier momento y sin previo aviso. En el caso de Primaria, el valor de la prueba deberá estar prestablecida en el rubro correspondiente a evaluaciones cortas. En el caso de Secundaria este tipo de evaluaciones tendrán un valor de 1% a 5% de la nota y este rubro no podrá superar un 10% de la nota final de la materia. Si el docente decide usar este recurso evaluativo, deberá incluirlo en los rubros correspondientes que entrega al Comité de Evaluación y hacerlo de conocimiento de sus estudiantes al inicio del semestre.

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En Secundaria, en las materias de idiomas (Inglés, Español y Francés) en cada prueba escrita parcial o semestral, se tomará en cuenta el uso correcto del idioma en las respuestas del estudiante. Para tal fin los errores ortográficos identificados por el docente al momento de revisar la prueba serán penalizados con 0.25 puntos hasta un máximo de 5 puntos de la nota final de la prueba correspondiente. En Primaria, esta disposición solo se aplicará en las pruebas de Español y Writing para 5to y 6tos grados, si aplica.

ARTÍCULO 24. En Secundaria el tiempo probable para la ejecución de una evaluación se establece de la siguiente forma: Quices máximo 40 minutos, pruebas cortas y parciales máximo 75 minutos, semestrales máximo 160 minutos y

pruebas preparatorias máximo 180 minutos. En Primaria el tiempo probable para la ejecución de una evaluación no será superior a ochenta minutos. No

obstante, con previa recomendación del Departamento de Psicopedagogía, el tiempo probable de ejecución de la prueba puede ser variado por el docente según las necesidades de la materia específica.

ARTÍCULO 25. En III Ciclo y Educación Diversificada, cuando el estudiante se ausentare el día que deba realizar un quiz o

prueba corta programada aplicarán los criterios de los artículos 34 y 36. En caso de que el estudiante no cuente con el aval para aplicarle la prueba se procederá a consignar un uno (1) en la calificación de la misma.

ARTÍCULO 26. Los estudiantes tendrán la posibilidad de eximirse de las pruebas finales del último período escolar, previamente

establecido por el Comité de Evaluación, según el nivel académico en que se encuentre. En Primaria, los estudiantes no se podrán eximir, sin excepción. En Secundaria, sin excepción, requerirán una nota mínima de 90 en el promedio del primer y segundo semestre y un promedio anual igual o mayor a 92. . Asimismo, se requerirá una nota de conducta igual o superior a 90 en ambos semestres. Se le informará al estudiante su condición de eximido con una semana de antelación con la condición de que su nota de conducta no baje del mínimo de 90 requerido hasta el día anterior de aplicarse la respectiva prueba SEMESTRAL del II SEMESTRE. En caso de que algún Departamento considere inconveniente ejecutar la exención en una determinada asignatura y nivel, deberá contar con el visto bueno del Comité de Evaluación y notificarlo a los estudiantes y padres de familia concernientes al inicio del curso lectivo. Quedan excluidas las asignaturas correspondientes al proyecto curricular universitario MATEM (Pre cálculo en 10º y Cálculo en 11º). En caso de que el estudiante se exima, la nota que se consignará como examen semestral será 100.

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ARTÍCULO 27. No se ejecutarán más de dos pruebas por día, sean cuales fueren. Asimismo, no se podrán programar más de tres asignaciones (pruebas, trabajos, tareas, proyectos, reportes, etc) para una misma fecha. Su contenido deberá estar referido a materia vista y estudiada con una antelación no inferior a ocho días naturales en Primaria y cinco días naturales en Secundaria con relación a la fecha de su ejecución.

ARTÍCULO 28. Las pruebas parciales, preparatorias y semestrales, sean éstas regulares o de reposición, se iniciarán a la hora

programada y no se permitirá la ejecución a aquellos estudiantes que se presentaren con una impuntualidad superior a la hora de salida autorizada. El Comité de Evaluación se reserva el derecho de autorizar tiempo extra según la justificación presentada por el padre de familia o encargado.

En Primaria si el estudiante no se presenta a la fecha de reposición de la prueba sin una justificación médica perderá el total de los puntos de la prueba.

ARTÍCULO 29. Los profesores organizarán la ejecución de la prueba de modo que satisfagan los elementos de validez,

confiabilidad, seguridad y tiempo establecido. Girarán las instrucciones pertinentes, las que deberán ser obedecidas por los educandos.

ARTÍCULO 30. En I Ciclo, cuando el estudiante se ausentare el día en que debe entregar una tarea, un proyecto, un trabajo,

una presentación, etc., éste debe ser entregado 3 días hábiles después de presentarse en la institución. En 4to y 5to cuando el estudiante se reincorpore a la lección de la materia respectiva. En 6to grado de acuerdo al cronograma o cuando se reincorpore a la lección de la materia respectiva. En Secundaria dicha entrega se debe realizar una vez que el estudiante se reincorpore a clase indistintamente de si el estudiante tenga o no clase asignada para la materia correspondiente al proyecto o trabajo. . Las pruebas cortas programadas a las cuales se haya ausentado el estudiante, se regirán por lo establecido en el artículo 25.

En los trabajos en grupo, la ausencia de uno o varios de sus integrantes, no calificará como excusa para el

incumplimiento de entrega o presentación parcial o total del trabajo asignado. ARTÍCULO 31. Cuando un estudiante realiza fraude durante la aplicación de la prueba será remitido al Comité de Evaluación

el cuál valorará lo ocurrido. De comprobarse el fraude implicará la pérdida del total de puntos de la misma. Si el estudiante intenta cometer fraude durante una prueba pero no logra llevarlo a cabo se le rebajarán 10 puntos del puntaje total de la prueba

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ARTÍCULO 32. Se calificará de fraude lo estipulado a continuación. En todos los incisos que se detallan, bastará con que así lo indique el profesor responsable de la ejecución de la prueba.

a. En II Ciclo de Educación General Básica, el portar documentos, anotaciones en cualquier forma o lugar, la

colocación de libros, cuadernos o materiales en posiciones sospechosas durante la ejecución de la prueba, el docente le quitará el examen y la evidencia del fraude, levantará un acta de lo sucedido, y procederá a informar al Comité de Evaluación.

b. En II Ciclo de Educación General Básica, en caso de que se sorprendiera a un estudiante copiando durante

una prueba, el docente le marcará la parte del examen donde se está cometiendo fraude y procederá a informar al Comité de Evaluación quien a su vez informará a los padres de familia. El copiar durante la prueba implicará para el facilitador y el que copia la pérdida de la misma y su calificación será automáticamente un uno. En I ciclo, implicará un 1 en la parte que está siendo evaluada.

c. En I Ciclo, si se comprueba que un estudiante, una vez que haya recibido de vuelta su examen corregido por

el docente, ha cambiado una respuesta errónea a su favor, se sancionará con un 1 en la parte que fue alterada. En II Ciclo y en Secundaria, si se comprueba que un estudiante después de ser su examen devuelto por la maestra es alterado se sancionará con 10 puntos menos de la nota obtenida.

d. En III Ciclo de Educación General Básica y Educación Diversificada, el portar celulares, dispositivos electrónicos o digitales, documentos, anotaciones en cualquier forma o lugar, la colocación de libros, cuadernos o materiales en posiciones sospechosas durante la ejecución de la prueba, copia parcial o total, por cualquier medio, implicará la pérdida de la misma y su calificación será automáticamente un uno en la prueba correspondiente.

e. En III Ciclo de Educación General Básica y Educación Diversificada, la conversación, diálogo, la gesticulación

y mirar a otros estudiantes o exámenes que no le pertenezcan tendrá como consecuencias la eliminación de la prueba. . El ambiente durante la prueba deberá mantenerse hasta que todos los estudiantes la hayan finalizado. Por tanto, el profesor encargado de la aplicación podrá proceder según lo descrito anteriormente si algún estudiante no mantiene el comportamiento debido durante todo el tiempo de aplicación. Estas anotaciones se deberán comunicar al Comité de Evaluación que a su vez procederá a comunicarlo al profesor guía, al profesor responsable de la prueba, así como al hogar. La anotación debe hacerse en el examen, en

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todos los casos el estudiante debe tener conocimiento de la misma. De persistir el comportamiento, el profesor procederá a eliminar la prueba de los involucrados, siendo la calificación de la misma un uno.

f. En Secundaria es responsabilidad del docente a cargo de la aplicación de las pruebas leer las instrucciones

claramente antes del inicio de la ejecución de la misma, incluidas las que correspondan al orden y el no uso de correctores líquidos o tachones en cada caso.

g. Todas las anomalías sucedidas relacionadas al proceso de evaluación deberán ser informadas de inmediato

y por escrito al Comité de Evaluación y Dirección Docente quienes procederán conforme lo establece este reglamento.

ARTÍCULO 33. En Secundaria, el profesor que sorprendiere a uno o varios estudiantes en el intento de consumar un fraude o

en su realización procederá de acuerdo con lo estipulado en el artículo 31 y 32. Cuando el profesor sorprendiese a uno o varios estudiantes consumando fraude en una prueba o se percate que el fraude se ha realizado, de inmediato procederá a retirar la prueba, consignará por escrito en la misma el hecho que la motiva e informará a la Dirección para los efectos respectivos.

Si existiera evidencia de fraude masivo, es decir, de traspaso de información por cualquier vía de un grupo a

otro, la prueba perderá por tanto su validez. Deberá reprogramarse una nueva prueba si el caso lo requiere o anularse en forma definitiva de acuerdo con el criterio del profesor de la asignatura y del Comité de Evaluación.

CAPITULO IV

DE LA REPROGRAMACIÓN DE PRUEBAS ESCRITAS Y LABORATORIOS. ARTICULO 34. Si el estudiante se ausenta el día que se realiza una prueba parcial, preparatoria o semestral, la misma será

reprogramada por el Comité de Evaluación únicamente con la debida documentación que justifique la ausencia, previo visto bueno del Comité de Disciplina. Se consigna como excepción a este artículo el caso de la reprogramación de las pruebas preparatorias las cuales se reprogramarán de forma automática la lección siguiente en la materia correspondiente. Si el estudiante no se presenta en la fecha que se reprogramó la prueba perderá la totalidad de puntos de la misma.

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ARTICULO 35. En Primaria de segundo a sexto grado las pruebas se reprogramarán en un horario de lunes a miércoles después

de clases. En el caso de los estudiantes de primer grado, sus pruebas se reprogramarán dentro del horario lectivo regular.

En Secundaria, las pruebas se reprogramarán en un horario de lunes a jueves después de clases y los días

sábados de 8:00 a 12 md. Solo en el caso de los estudiantes que cuenten con una adecuación no significativa de supervisión del docente durante la realización de pruebas, se procederá a reprogramar en tiempo lectivo regular. En todos los demás casos los estudiantes no contarán con la presencia del docente de la materia durante el examen de reprogramación.

ARTICULO 36. Los quices, pruebas cortas, exposiciones o presentaciones orales se reprogramarán en la lección

correspondiente de cada materia el día que el estudiante se reincorpore de nuevo a clases, en tanto su ausencia haya sido previamente justificada por el Comité de Disciplina. La justificación de la ausencia debe ser entregada al Comité de Disciplina dentro de las 24 horas siguientes a más tardar para poder proceder con la reprogramación correspondiente una vez que el estudiante se reincorpore de nuevo a clases. En el caso de que la ausencia no sea justificada por el Comité de Disciplina al no tratarse de un motivo válido, el profesor no reprogramará la evaluación correspondiente y por lo tanto al estudiante se le consignará un uno (1) como su calificación en dicha evaluación. Asimismo, no se adelantarán evaluaciones bajo ninguna circunstancia excepto en aquellos casos que sean avalados por el Comité de Evaluación.

En Primaria si la prueba parcial es un proyecto el estudiante lo debe realizar con la docente. ARTICULO 37. En el caso de los laboratorios, se deberá presentar la justificación de la ausencia correspondiente al

Departamento de Ciencias y será este departamento quien lo reprograme.

CAPÍTULO V

DE LA PROMOCIÓN ARTÍCULO 38. En el I Ciclo de la Educación General Básica y en las materias especiales de todos los niveles, el estudiante que

obtuviere un promedio anual igual o superior a 2.5 en cada rubro de cada materia, tendrá la condición de aprobado y el derecho de ingresar al año escolar inmediato superior.

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En el II y III ciclo de la Educación General Básica, el estudiante que obtuviera un promedio anual igual o superior

a 70 en cada asignatura del plan de estudios, tendrá la condición de aprobado y el derecho a ingresar al año inmediato superior, salvo lo dispuesto en el artículo 40.

ARTÍCULO 39. En la Educación Diversificada, el estudiante que obtuviera un promedio anual igual o superior a 75 en cada

asignatura del plan de estudios, tendrá la condición de aprobado o egresado, si así corresponde, salvo lo dispuesto en el artículo 51.

ARTÍCULO 40. Con respecto a las normas de promoción además de lo establecido en los artículos precedentes se seguirán las

siguientes disposiciones:

a. El estudiante que no alcanzare en el promedio anual, el mínimo que se establece en los artículos precedentes, tendrá la condición de aplazado en la respectiva asignatura.

b. El estudiante de I Ciclo de la Educación General Básica y en las materias especiales de todos los niveles que

obtuviere un promedio anual inferior a 2.5 en 1 o 2 rubros de cada materia, se le recomendará por medio de una carta, reforzar dichos rubros quedando copia en el expediente del estudiante. Si el estudiante obtiene un 1 en uno o dos rubros en el segundo semestre tendrá la condición de aplazado en el segundo semestre deberá presentar un examen de convocatoria en diciembre.

c. El estudiante I Ciclo de la Educación General Básica que obtuviere un promedio anual inferior a 2.5 en 3 o

más rubros de cada materia, tendrá la condición de aplazado y deberá realizar (si aplica) un examen de acuerdo al temario específico que el docente de la materia le entregue. En las materias especiales, tendrá la condición de aplazado quien obtenga un promedio menor a 2.5 en 1 ó 2 rubros según corresponda.

d. En II Ciclo, el estudiante que no alcanzare la calificación mínima correspondiente al último período de 70,

independientemente de su promedio anual, tendrá derecho de realizar dos convocatorias.

e. En el III Ciclo de la Educación General Básica y en Educación Diversificada, el estudiante que no alcanzare la calificación mínima en el segundo semestre de un curso lectivo, independientemente de si su promedio anual es igual o superior a la calificación mínima establecida para ser promovido, presentará un examen de convocatoria en el mes de diciembre con el contenido de la materia vista únicamente en dicho semestre en

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la respectiva asignatura. En caso de no obtener la nota mínima de aprobación deberá presentar exámenes de convocatoria con contenido anual de la asignatura, en el mes de enero inmediato siguiente del curso lectivo. El estudiante que no alcanzare la calificación mínima establecida para ser promovido en el promedio anual de la asignatura de un curso lectivo, presentará un examen de convocatoria con el contenido anual de la asignatura en el mes de enero inmediato siguiente del curso lectivo.

ARTÍCULO 41. En el mes de enero inmediato siguiente a la conclusión del curso lectivo, se harán las convocatorias para los

estudiantes aplazados a los efectos de definir su promoción. Se tendrá por aprobado el estudiante que en alguna de estas convocatorias, alcance en la prueba la calificación mínima de 70 o 75, según corresponda. Los estudiantes que no alcancen la calificación mínima en la segunda convocatoria, así como los que no concurrieren a ellas sin causa justificada, se tendrán por reprobados, debiendo repetir el respectivo año escolar.

ARTÍCULO 42. Los estudiantes aplazados en más de tres asignaturas, incluyendo Conducta, adquieren, por ese sólo hecho, la

condición de reprobado, debiendo repetir el respectivo año escolar. Su permanencia en la Institución y su matrícula respectiva para el siguiente año quedarán sujetas a lo que disponga la Dirección considerando la opinión de los profesores, el Departamento de Psicopedagogía y los Comités de Disciplina y Evaluación. En el caso de reprobar Conducta su matrícula queda condicionada según lo establece el Reglamento de Disciplina.

ARTÍCULO 43. El contenido de las pruebas de aplazados será determinado por el educador de la materia, lo que expresamente

comunicará, por escrito, a los estudiantes aplazados, al concluir el respectivo curso lectivo. ARTÍCULO 44. La calificación anual definitiva del estudiante que aprobare en convocatorias de aplazados, en la respectiva

asignatura, será la mínima para su promoción. ARTÍCULO 45. Los educadores deberán entregar personalmente a los estudiantes el resultado obtenido en la prueba de

aplazados, mostrándosele, debidamente calificada y con el señalamiento de los errores, dentro de los tres días hábiles siguientes a su aplicación. Los estudiantes, sus padres o encargados tienen derecho a revisar la prueba ejecutada cuando así lo soliciten, en presencia del profesor o del servidor que éste designe, pudiendo obtener fotocopia de la misma, previa solicitud al profesor.

ARTÍCULO 46. Dentro del término indicado en el artículo precedente, el profesor debe entregar las pruebas de aplazados al

Director, salvo que, por circunstancias especiales requiera de una ampliación del plazo y así lo autorice la Dirección.

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ARTICULO 47. En Primaria, se entregará un certificado de cuadro de honor a final del año a los estudiantes cuyo promedio

general incluyendo todas las materias académicas y especiales sea el siguiente:

a) Primer Ciclo: promedio anual general superior o igual a 3.90. Los estudiantes de Primer Ciclo no podrán tener una nota igual o inferior a 2 en los dos primeros semestres. El promedio anual de conducta debe ser igual o superior a 90. No podrá tener más de 5 faltas de tareas a lo largo inclusive.

b) En el Segundo Ciclo, Promedio anual general superior o igual a 95 se le otorgará el “Cuadro de Honor”. Los

estudiantes de segundo ciclo para obtener cuadro de honor deberán además tener todas las notas en todas las materias iguales o superiores a 85.Su nota promedio anual de conducta debe ser superior o igual a 90 (se permite redondear de 89.5 hacia arriba) Adicionalmente no podrán tener más de 5 faltas de tareas inclusive en el año.

c) En sexto grado las normas para ser abanderado serán las siguientes:

a. Los estudiantes deben tener un promedio general del primer y segundo semestre de 95. b. La nota mínima de conducta durante el primer y segundo semestre debe ser mayor o igual a 90. c. No debe presentar más de 5 faltas de tarea totales durante el primer y segundo semestre.

d) En el III Ciclo y en la Educación Diversificada, los estudiantes podrán obtener un certificado de “Cuadro de

Honor” en cada semestre cuando cumplan con las siguientes condiciones: a. Primer Cuadro de Honor, para aquellos estudiantes que obtengan un promedio semestral igual o superior

a 95 en cada una de las asignaturas que se evalúan con escala de 1 a 100. a. Segundo Cuadro de Honor para aquellos estudiantes que obtengan un promedio semestral igual o superior

a 90 pero inferior a 95 en cada una de las asignaturas que se evalúan con escala de 1 a 100.

b. Cuadro de Honor en conducta para aquellos estudiantes que obtengan un promedio semestral de conducta igual a 100.

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c. Para efectos de la Graduación de Primaria el otorgamiento de las “Bandas Blancas” corresponderá a aquellos estudiantes que hayan obtenido cuadro de honor en sexto grado.

d. Para efectos de la Graduación de Honor en Secundaria (Bachillerato) se otorgan a aquellos estudiantes que en todas las notas de los exámenes de bachillerato hayan obtenido una nota igual o mayor a 90, de acuerdo con el acta que para tal efecto emita el MEP.

e. Para efectos de la Graduación de Secundaria el Certificado de Perseverancia se otorgará a los estudiantes de 11mo que hayan ingresado a la institución desde Prescolar y que hayan culminado todo su proceso escolar en la institución.

CAPÍTULO VI

DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS ARTÍCULO 48. Las acciones correctivas referentes a los procesos de enseñanza y de aprendizaje, consistirán en estrategias

pedagógicas que con carácter general o individual, se establezcan para el mejor logro de los fines y objetivos de los procesos dichos.

ARTÍCULO 49. Las acciones correctivas se basarán en los resultados obtenidos en procesos de evaluación desarrollados

conforme a este Reglamento. ARTÍCULO 50. Las acciones correctivas que con carácter individual se adopten consistirán en:

a. Seguimiento pedagógico especial dentro del aula o dentro de la Institución.

b. Seguimiento pedagógico especial en el Hogar

c. Recomendación al padre de familia o encargado conducente a la incorporación del estudiante en servicios educativos especializados acordes con sus condiciones personales.

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ARTÍCULO 51. Será responsabilidad exclusiva del educador, aplicar durante sus lecciones, las estrategias pedagógicas especiales para el educando, que han sido establecidas junto con el Departamento de Psicología, profesionales competentes y/o la Dirección respectiva.

ARTÍCULO 52. Cuando el educador actuare en conformidad con el artículo precedente, deberá informar lo que corresponda, al

padre de familia o encargado del estudiante para su conocimiento, apoyo y colaboración. ARTÍCULO 53. Las acciones correctivas de carácter general serán responsabilidad del educador, cuando se refieran a los

estudiantes a su cargo. No obstante, deberán ser informadas al Director y/o Departamento de Psicopedagogía para su conocimiento, seguimiento y control.

ARTÍCULO 54. Las acciones correctivas relativas al desarrollo socio-afectivo y ético (comportamiento) del educando se

establecerán en conformidad con la normativa contenida en el Reglamento de Disciplina. ARTÍCULO 55. De acuerdo con el artículo 47 de la ley 7600, los responsables de determinar y aplicar una adecuación curricular

no significativa son los docentes a cargo de la asignatura. Queda claro además que la aplicación de una adecuación curricular no implica necesariamente la aprobación del curso, pues en esto influyen también otros factores que tienen que ver con el esfuerzo y estudio personal del estudiante, así como del aprovechamiento del tiempo, el apoyo de sus padres o encargados y cualquier otro tipo de ayuda interna o externa a la Institución.

CAPÍTULO VII

OBJECIONES Y RECLAMACIONES ARTÍCULO 56. Las divergencias que se presentaren entre docentes y estudiantes, o entre los docentes y los padres de familia

o encargados de los estudiantes, dentro del proceso de evaluación o con motivo de la aplicación del presente Reglamento, serán resueltas con base en la doctrina, los principios y los fines asignados al proceso educativo que se ofrece, los criterios técnicos y científicos de la materia aquí regulada y con la rectitud con que deben actuar las partes involucradas en el proceso educativo.

ARTÍCULO 57. Los educandos, los padres de familia o encargados, deben plantear en primer término su disconformidad con

las decisiones o actuaciones ante la autoridad institucional o de docencia que las adopte o las realice. Se

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

procurará la solución armoniosa de las discrepancias y siguiendo siempre el orden de instancias correspondientes, a saber: docente de la asignatura, coordinador de Departamento, Comité de Evaluación, y finalmente la Dirección.

ARTÍCULO 58. Las reclamaciones se formularán por escrito, a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha en que se

comunicó el acto que motiva la disconformidad. Ésta deberá contener los motivos que justifican el reclamo y que sustenten la petición.

ARTÍCULO 59. Cuando la resolución favorable a las pretensiones del padre de familia o del educando no fuere posible por

razones técnicas o jurídicas, las que puntualizará por escrito el funcionario o educador, se pondrá el asunto sin más trámite en conocimiento, siguiendo siempre el orden de instancias correspondientes, a saber: docente de la asignatura, coordinador de Departamento, Comité de Evaluación, y finalmente la Dirección.

CAPÍTULO VIII

DE LAS COMUNICACIONES AL HOGAR ARTÍCULO 60. Sin perjuicio de otros medios idóneos, la Institución mantendrá comunicación con los padres de familia o

encargados de los educandos a través de los siguientes medios:

a. Informe Académico (Nota) b. Informe periódico (“Progress Report”) o Informe al hogar c. Cuaderno de Copia de Tareas o correo electrónico d. Instrumentos de Evaluación Calificados e. Entrevista personal y/o telefónica cuando lo amerite f. Medios electrónicos o digitales avalados por la institución.

Los padres o encargados, así como los propios estudiantes tienen la responsabilidad de revisar, firmar y

responder periódicamente ante estas comunicaciones según lo establecido en los artículos 64, y 65. ARTÍCULO 61. Al concluir cada período en que se divide el año lectivo, la Institución entregará al padre de familia o encargado

del educando, el Informe Escolar, en el que consignará:

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a. El rendimiento académico progresivo del educando en cada asignatura del plan de estudios con base en la evaluación del aprendizaje.

b. La valoración del desarrollo socio-afectivo y ético del estudiante expresada como la calificación del

comportamiento.

c. Las potencialidades o limitaciones del estudiante y sus necesidades de atención especial cuando corresponda.

d. El reconocimiento al que se haya hecho acreedor el estudiante por sus méritos especiales.

e. La condición final de aprobación o reprobación del año escolar.

ARTÍCULO 62. En el caso de II Ciclo y toda la Secundaria, se contará con un sistema de información digital avalado por la

institución, que tendrá, entre otros, los siguientes propósitos:

a. Identificar al estudiante y consignar los datos fundamentales relativos a sus padres, dirección de domicilio y otros medios de comunicación.

b. Servir de identificación y registro de firmas de los padres de familia.

c. Consignar, por parte de los padres o encargados, las justificaciones a las inasistencias reportadas, así

como medio probatorio de la oportunidad en que tal obligación se incumple.

d. Gestionar ante la Institución permisos, entrevistas o reposición de pruebas.

e. Informar sobre la asignación de trabajos o tareas, así como sus fechas de entrega.

f. Convocar o citar a los padres de familia para que se presenten en la Institución, salvo cuando se trate de reuniones generales en que se podrá usar otro medio idóneo.

g. Informar sobre actitudes, acciones y, en general, conductas meritorias del estudiante.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

h. Informar sobre conductas indebidas del estudiante.

i. Cualquier otro asunto que los profesores o las autoridades institucionales estimen conveniente. ARTÍCULO 63. Los instrumentos de evaluación calificados se remitirán a los padres de familia o encargados con el educando

para su conocimiento, lo que hará constar mediante su firma. Se retornarán al respectivo profesor para su control, por el mismo medio.

ARTÍCULO 64. Los informes que se envíen a los padres de familia, así como los que se realicen mediante el envío de los

instrumentos de evaluación, se tendrán por notificados para todo efecto al día siguiente de la fecha que consigne la comunicación o se entregue el instrumento al estudiante. Es obligación del padre de familia, requerir diariamente a sus hijos sobre este particular.

ARTÍCULO 65. Por entrevista personal se entenderá el acto en cuya virtud, el educador o los funcionarios competentes de la

Institución, intercambian verbalmente, con los padres de familia o encargados, información relativa al estudiante, con el propósito de aunar esfuerzos para el mejor aprovechamiento del proceso por parte del escolar.

ARTICULO 66 El Comité de Evaluación comunicará al hogar mediante una boleta de notificación las reprogramaciones de

pruebas parciales y semestrales. La misma le será entregada al estudiante con antelación y es obligación del padre de familia velar por el cumplimiento del estudiante sobre este particular.

CAPÍTULO IX

DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 67. Los estudiantes, cuando corresponda, se someterán a las pruebas de acreditación que establezca el Ministerio

de Educación Pública. ARTÍCULO 68. Los asuntos no previstos en esta reglamentación serán resueltos mediante la aplicación de la doctrina y la

filosofía institucional; supletoriamente, conforme a al análisis analógico de elementos contenidos en el reglamento.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

ARTÍCULO 69. Las reformas o modificaciones a este Reglamento se harán coincidir con el inicio del curso lectivo. Cuando esto no fuere posible, se dispondrán pero entrarán a regir quince días naturales después de su comunicación a los padres de familia o encargados de los estudiantes y a estos.

ARTÍCULO 70. El presente Reglamento rige a partir del curso lectivo del dos mil dieciséis, y sólo podrá ser reformado, parcial o

totalmente, por decisión de las Direcciones Docentes y Dirección Administrativa de Anglo American School.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

ANEXOS ANEXO I: CATEGORIZACIÓN DE FALTAS El presente Anexo tiene por objetivo: a) Establecer las faltas consideradas por las Autoridades Institucionales como “faltas leves”, “faltas graves” y “faltas muy graves”,

para el curso lectivo del 2017.

b) Identificar ciertas conductas indebidas de los estudiantes, para aplicar las medidas correctivas que fueren necesarias para proteger la integridad física y moral de los miembros de la Comunidad Educativa.

c) Tipificar el peso de las posibles faltas del estudiante de acuerdo con la siguiente tabla:

Tipo de Falta Deducción de Puntos de la

Nota de Conducta.

Anotaciones en Plataforma virtual Cloud Campus

Perdida de 1 a 3 puntos

Falta Leve Perdida de 4 a 9 puntos

Falta Grave Perdida de 10 a 17 puntos

Falta Muy Grave Perdida de 18 a 25 puntos

La pérdida de puntos de la nota de conducta irá acompañada de la aplicación de las medidas correctivas establecidas en el artículo 15 del Reglamento de Disciplina. La determinación de la cantidad de puntos perdidos se regirá por lo dispuesto en los artículos 12 y 15 del Reglamento de Disciplina.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

ANEXO II: POLITICA DE MANEJO DE DROGAS

Anglo American School está consciente de la posibilidad de que sus estudiantes puedan consumir drogas ilegales o alcohol. En casos en que se logré demostrar que un estudiante ha consumido drogas ilegales, drogas legales de prescripción a terceros, alcohol u otras sustancias que pretendan

la alteración de la conciencia, se procederá de inmediato a notificar a los padres de familia o encargados y a convocar a una reunión con el fin de determinar las circunstancias concretas relativas al consumo. En dicha reunión también se determinará las medidas necesarias a tomar ante la

situación de consumo. La institución podrá solicitar la realización de pruebas periódicas con el fin de constatar que el estudiante no esté consumiendo drogas, así como exigir que el estudiante inicio un proceso de seguimiento médico o psicológico y de tratamiento de adicciones.

En el caso de que se compruebe que un estudiante esté incurriendo en el trasiego de drogas en la institución o con otros estudiantes, se procederá

de forma inmediata con la expulsión del estudiante de la institución. Anglo American School tiene un política de cero tolerancia en relación con el tema del trasiego de drogas por parte de estudiantes.

Anglo American School también procederá a hacer inspecciones o revisiones periódicas no anunciadas y de manera general o a seleccionada grupos

de estudiantes de manera aleatoria durante el curso lectivo. Estas inspecciones o revisiones tienen como fin garantizar el ambiente de aprendizaje y seguridad de los estudiantes en las instalaciones de la institución.

Instructivo para Revisión General

Objetivo

El presente instructivo tiene por objetivo estandarizar los diferentes pasos que conlleva la ejecución de una revisión general a la población estudiantil

del Anglo American School.

Fundamentación La decisión de la aplicación de una Revisión General será tomada y anunciada por la Dirección Docente luego de la consulta correspondiente con la Comisión Docente de la Junta Directiva y el Director Administrativo de la Institución.

El personal participante en la medida deben tener plena conciencia que la institución está debidamente autorizada para realizarla cuando así lo estime conveniente de acuerdo con la legislación nacional vigente. La práctica de una Revisión General es un procedimiento común y rutinario a

nivel institucional.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Indicaciones Generales:

El término Revisión General implica lo siguiente:

La revisión del contenido de maletines, salveques, bolsos o cualquier otro similar que porten los estudiantes de la institución al momento

de aplicar la medida. También incluye la revisión del contenido de los bolsillos de los estudiantes a nivel de pantalones o sweaters,

incluyendo la posibilidad de solicitar a que los estudiantes retiren sus zapatos durante la revisión.

Adicionalmente, una revisión general también incluye verificar qué es lo que los estudiantes están guardando en los casilleros que les fueron

asignados o de cualquier bolso que se encuentre frente a ellos.

Una revisión general involucra a todos los estudiantes que se someterán a la inspección y que se encuentren presentes en la institución en el día que se aplique la medida, sin excepción. En el caso de estudiantes que lleguen tarde al Colegio, deberán reportarse al aula correspondiente.

La Revisión General implica la suspensión de lecciones regulares mientras esta se aplica. Tampoco se autorizará la salida de los estudiantes del

aula en la que se encuentren bajo ninguna circunstancia. Esto incluye autorizaciones para salir al baño o a la enfermería, salvo en casos de extrema urgencia. La decisión de permitir a un estudiante solo la podrá tomar el Director, así como de las medidas que deberá cumplir el estudiante.

Restricción de Ingreso de Padres de Familia o terceras personas al Colegio durante Revisión. Durante la Revisión General no se autorizará la entrada de Padres de Familia o de terceras personas en las instalaciones del Colegio salvo que hayan

sido convocados expresamente. Debe notificarse a los encargados de los portones correspondientes para que estén atentos a esta medida. En caso de que un padre de familia requiera ingresar al Colegio el encargado del portón deberá informar de inmediato a la Dirección del Colegio para que

ésta proceda de conformidad. Se considerará solicitar al padre de familia que espere en la Biblioteca.

Recomendaciones, advertencias y prohibiciones importantes para los funcionarios que aplican una Revisión General.

Aplicación de la medida en parejas Se recomienda que al momento de aplicar una revisión general, los funcionarios siempre lo hagan en parejas. Lo anterior con el fin de cumplir los

siguientes objetivos:

Al momento de realizar la revisión, es necesario que mientras un funcionario la aplica a cada estudiante, el otro funcionario esté al cuidado

de lo que hacen los demás estudiantes para evitar el ocultamiento o destrucción de lo que se busca.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

El segundo funcionario servirá como testigo y respaldo sobre la manera en que se realizó la revisión así como garante de los hallazgos que

se hagan.

Recomendación de minimizar la portación de efectos personales:

Durante la aplicación de una revisión general se recomienda a los funcionarios no cargar ni bolsos, maletines u otros objetos que no sean estrictamente necesarios para la revisión. Se recomienda que tengan a disposición algún implemento de escritura y hojas o un cuaderno para tomar

nota de cualquier situación o hallazgo durante la revisión general. También se les recomienda contar con una bolsa de plástico transparente con el fin de poder depositar en ella cualquier hallazgo hecho durante la requisa y un marcador para rotular con el nombre del estudiante la bolsa con el

hallazgo.

Prohibición de salida de Estudiantes durante la Revisión: Mientras se está aplicando la revisión correspondiente, las lecciones regulares están suspendidas, y por ningún motivo debe el funcionario autorizar

la salida de estudiantes del aula hasta que la revisión haya concluido. Solo en casos de extrema urgencia se permitirá la salida de estudiantes, pero antes de hacerlo el funcionario debe solicitar la autorización del

Director quien determinará las condiciones en las que el estudiante podrá salir.

Prohibición de uso de celulares u otros equipos electrónicos durante la Revisión Al igual que en una situación de clase regular, durante una Revisión General los estudiantes tendrán prohibido usar sus celulares o cualesquiera

otros dispositivos electrónicos. Todos estos equipos deben permanecer apagados. Por la naturaleza misma de la Revisión, no se puede permitir a un estudiante transmitir o recibir información durante la aplicación de la medida.

Prohibición de Requisa personal a estudiantes.

La Revisión General bajo ninguna circunstancia autoriza al funcionario que la aplique a hacer una requisa personal del estudiante. La integridad física del estudiante debe ser respetada en todo momento. Al estudiante se le puede solicitar que muestre el contenido de sus bolsillos.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Prohibición de insertar manos en bolsillos y cómo manejar el tema de los abrigos. Bajo ninguna circunstancia debe el funcionario insertar sus manos en los bolsillos del pantalón de un estudiante. En el caso de abrigos, el

funcionario estará autorizado a solicitar al estudiante que se retire la prenda y que luego se la pase para ser revisada. Solo en ese momento podrá el funcionario insertar sus manos en los bolsillos de la prenda.

Necesidad de requisa personal ante sospecha de ocultamiento

En caso de sospecha que el estudiante esté ocultando algo en su cuerpo o ropa, el funcionario deberá reportarlo a la Dirección del Colegio, quien procederá a contactar a la familia del estudiante para solicitar su colaboración en el proceso de revisión. Bajo ninguna circunstancia se autorizará

una requisa personal del estudiante por parte de funcionarios de la institución sin la autorización explícita y la presencia de los padres o encargados del estudiante. Si los padres se rehúsan a permitir la revisión, se les deberá informar que esa acción condiciona la matrícula del año siguiente.

Obligatoriedad de la presencia del Estudiante durante la Revisión General

Revisión de pertenencias del estudiante por parte del estudiante. Al momento de hacer la revisión de sus pertenecías, de su casillero o del contenido de sus bolsillos, el estudiante involucrado debe estar presente.

En principio se le pedirá que sea el mismo estudiante el que abra sus pertenencias y las saque de sus maletines, salveques, bolsos o bolsillos. Se recomienda que los funcionarios que apliquen la medida no introduzcan sus manos en los salveques a menos que sea estrictamente necesario y

que no sean ellos quienes saquen el contenido de los mismos.

Revisión de casilleros de estudiantes. Aunque siempre se recomienda la presencia del estudiante durante la revisión de casilleros, en este caso el funcionario sí está autorizado a sacar las

pertenencias del estudiante del casillero para revisarlas. También puede solicitar al estudiante que sea él quien le entregue las pertenencias para hacer la inspección del caso.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Obligatoriedad del estudiantado de colaborar con la Revisión General.

Un estudiante en principio NO PUEDE NEGARSE a colaborar en el proceso de Revisión General,

Protocolo ante negativa del Estudiante a colaborar con la revisión No obstante, si en algún caso un estudiante se negare a cooperar, el funcionario que aplique la medida procederá de la siguiente forma:

Se mantendrá al estudiante en constante supervisión.

Se reportará a la Dirección la negativa del estudiante para que se tomen las medidas correspondientes.

Se aislará al estudiante en un punto seguro previamente designado y bajo supervisión constante de un funcionario de la institución hasta

que se contacte a la familia por parte de la Dirección del Colegio.

Se procederá con la revisión general del estudiante en presencia de sus padres o encargados.

En caso que la familia no desee cooperar con la medida, el Colegio valorará la continuidad del estudiante en la institución.

Procedimiento para la aplicación de la Revisión General

La Dirección informará a los docentes y demás personal de la institución sobre la aplicación de la medida. Dicho anuncio puede darse momentos antes de la aplicación de la medida o con antelación, según lo determine la Dirección luego de valorar la situación específica. Al momento de

anunciar la aplicación de la medida, la Dirección informará a los funcionarios si la Revisión General tiene un objetivo específico o si la misma tiene carácter preventivo.

Una vez establecidas las parejas de trabajo para la Revisión General y su área de responsabilidad concreta, los funcionarios procederán de la siguiente forma:

1. Ambos funcionarios entrarán al aula asignada y verificaran la presencia de los estudiantes durante ese periodo en el aula. Para ello tomaran

asistencia y levantarán un acta de los estudiantes presentes y ausentes. Ambos funcionarios firmaran la hoja de asistencia.

2. Luego de tomar asistencia, los funcionarios anunciaran a los estudiantes que se estará realizando una revisión general de sus pertenencias y

posteriormente de los casilleros. Les solicitarán su colaboración y les harán las siguientes advertencias:

a. No se podrá salir del aula mientras se esté realizando la revisión. Una vez concluida la revisión en el aula se proseguirá con la

revisión individual de los casilleros.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

b. En caso que los estudiantes pregunten sobre la razón de la medida, solo se les indicará que la misma responde a una medida decidida

por el Colegio para ese día. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA SE DEBEN DAR EXPLICACIONES CONCRETAS SOBRE EL PORQUÉ DE LA

MEDIDA EN ESE MOMENTO.

c. También se anunciará que la revisión que se hará será minuciosa y que incluirá la solicitud de que los estudiantes vacíen el contenido

de sus bolsillos y se retiren sus zapatos o zapatillas. Se les aclarará a los estudiantes que no se van a estar haciendo requisas

personales.

Revisión individual de las pertenencias de los estudiantes.

3. Una vez hechas las advertencias anteriores a los estudiantes, uno de los funcionarios se apostará en un punto donde pueda controlar el

comportamiento del grupo, mientras que el otro funcionario procederá con la revisión individual minuciosa de las pertenencias de cada

estudiante.

4. La revisión iniciará con solicitar a cada estudiante que de manera ordenada e individual vacíe el contenido de sus bolsos o maletines y que

muestre el contenido del mismo al funcionario revisor. En caso que el estudiante tenga billeteras, carteras o similares igualmente debe

abrirlos y mostrar su contenido al revisor. El funcionario revisor podrá tomar libros, cuadernos, portafolios y similares para abrirlos y

revisarlos. Igualmente deberá hacer con cualquier envase o similar que encuentre, cerciorándose que el contenido del mismo sea el que

corresponda al envase.

5. En ese mismo momento, el funcionario procederá a solicitar al estudiante que vacíe el contenido de sus bolsillos para la inspección

correspondiente.

6. En caso de encontrar algún elemento sospechoso, el funcionario revisor debe inmediatamente tomar nota del nombre del estudiante y

reportar a su compañero sobre el hallazgo. En ese momento, puede consultar al estudiante sobre el hallazgo y su procedencia. En todo

caso, debe tomar nota de la respuesta del estudiante, en particular si el estudiante admite o no que lo hallado le pertenece o no.

7. En caso de localizar algún elemento que concuerde con el objetivo de la Revisión General, el funcionario revisor debe colocar el elemento

en la bolsa plástica que se le suministrará para tal fin, levantando un acta donde indique la fecha, hora, lugar, una descripción de lo encontrado

y el nombre del estudiante a quien se le encontró. Dicha acta deberá ser firmada por ambos funcionarios. La evidencia recolectada deberá

ser colocada en una bolsa plástica debidamente rotulada con el nombre del estudiante. La evidencia será llevada directamente a la oficina

de la Dirección, junto con el acta correspondiente.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

8. Acto seguido, se detendrá el proceso de revisión y el funcionario acompañará al estudiante involucrado al lugar previamente señalado por

la Dirección donde el estudiante aguardará a que lleguen los padres o encargados. En este lugar, el estudiante siempre estará supervisado

por un funcionario de la institución.

9. Mientras tanto, el funcionario que se queda en el aula mantendrá una supervisión constante del resto del grupo y les indicará que esperen el

retorno de su compañero para proseguir con la Revisión. También deberá advertirles que se reserven comentarios y que esperen en silencio.

10. Una vez concluida la revisión de las pertenencias de los estudiantes, se procederá con la revisión individual de los casilleros.

Revisión individual de los casilleros de los estudiantes

11. Para tal fin, el funcionario revisor pedirá a cada estudiante que salga individualmente y que le abra su casillero para proceder a la revisión.

Mientras tanto el segundo funcionario se mantendrá supervisando el aula con el resto del grupo.

12. La revisión de casilleros procederá en los mismos términos que la revisión de las pertenencias del estudiante en el aula en cuanto a la

presencia del estudiante y la forma de proceder en caso que la revisión arroje un resultado positivo.

13. Si el estudiante alega que no tiene la llave del casillero, se buscará la copia del mismo en la dirección. En caso de no existir una copia de

la llave, el funcionario revisor podrá solicitar la apertura del mismo a la Dirección. El costo correspondiente a la reparación y cambio de

llavín correrá por cuenta del estudiante quien deberá cancelarlo posteriormente.

14. En el caso de maletines o bolsos que estén encima de los lockers, los mismos se llevarán al aula correspondiente y se procederá a hacer la

inspección en presencia del propietario. Si nadie reclama el maletín o bolso, se llevará el mismo a la dirección para la revisión

correspondiente.

Finalización del proceso de Revisión. 15. Concluida la revisión de pertenencias y casilleros, los funcionarios agradecerán a los estudiantes por su colaboración. Uno de los

funcionarios debe reportar la conclusión de la revisión al Director y seguir las indicaciones que éste establezca. Esto puede ser retomar las

lecciones o autorizar la salida de los estudiantes a recreo.

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

ANEXO III

Estrategia para la convivencia, el bienestar estudiantil y la construcción permanente de la cultura de paz

Niveles de Prevención/Intervención

UNIVERSAL

PRIMARIA

(todo el colegio)

• CONVIVENCIAS

• PROFESORES GUÍA

• MOMENTOS GUÍA

MODELOS DE VALORES

• CAMPAMENTOS

• SEMANA DE LA PAZ

• CAPACITACIÓN DOCENTE

SELECTIVA

SECUNDARIA

• PROFESORES GUÍA reunión semanal

• ATENCIÓN A ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA

• COMITÉ DE DISCIPLINA

INDICADA

TERCIARIA

• COMITÉ DE DISCIPLINA

• PROTOCOLO

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Cuando se presenten situaciones de acoso físico, verbal, psicológico o cibernético, y las mismas lleguen a conocimiento de la institución se procederá de la siguiente manera:

Procedimiento en casos de conductas disruptivas

Paso 1

Referencia de la

situación a

Psicóloga y

Comité de

Disciplina

La referencia puede proceder de:

• el estudiante (denuncia)

• el profesor (informe)

• el Departamento de Psicología cuando detecta

alguna situación (informe)

• los Padres solicitan intervención (denuncia)

• la Dirección (informe)

Dicha referencia se hará de conocimiento del

Departamento de Psicología o del Comité de Disciplina.

Interviene:

Cualquier miembro del

personal docente o

administrativo, padres de

familia o estudiantes.

Plan de acción una vez detectada una conducta disruptiva – Terciaria/Indicada

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Procedimiento en casos de conductas disruptivas

Paso 2

Investigar

1) Se inicia la investigación con una entrevista al

estudiante o estudiantes involucrados.

2) Se analizan los hechos para ver si procede:

a. Referir al Comité de Disciplina.

b. Realizar un proceso de mediación entre los

estudiantes.

c. Analizar si se requiere continuar con los

siguientes pasos del protocolo.

Interviene:

Miembro del Comité de Disciplina o

Psicóloga.

3. Ante la posible existencia de una falta se tomará la

declaración del denunciado en presencia de su padre

o encargado.

Interviene:

Psicóloga

o Comité de

Disciplina 4. Entrevistas a testigos (cuando existan y por separado)

y recabación de otros indicios si existen (grabaciones

de video, mensajes, etc.)

5. Reunión Psicóloga – Comité de Disciplina para

establecer un plan de acción (si el caso lo amerita).

NOTA: si un miembro del personal observa y reporta las acciones

agresivas de un estudiante, se le solicitará un informe escrito al

funcionario y se dan los hechos por ciertos (presunción de veracidad).

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Procedimiento en casos de conductas disruptivas

Paso 3 Comunicar

1) Se diseña un plan de intervención y se aplican

medidas formativas.

Interviene:

Psicología o Comité de

Disciplina 2) Comunicación por escrito de las medidas

formativas y correctivas a los padres del

denunciado.

3) Comunicación por medio del correo

electrónico

sobre el estatus del proceso a los padres del

denunciante.

Paso 4

Seguimiento

1) Dar seguimiento a la intervención. Interviene:

Psicóloga y Comité de

Disciplina

2) Comunicación con profesionales externos (de

ser necesario).

Interviene:

Psicóloga

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Comportamiento: Amenazar, excluir, insultar o agredir físicamente

Primera vez Segunda vez Tercera vez

La Institución se reserva la potestad de no seguir estrictamente de manera lineal (1ª a 3ª vez) este protocolo según sea

la naturaleza de la falta que se presente. Una vez reportada la misma queda en el expediente y dará pie a reincidencia.

Conversar con el

estudiante

(generar

reflexión)

Disculparse con el

ofendido, si el

ofendido lo desea.

Comunicar al

hogar la situación

y la respectiva

consecuencia

según la

naturaleza de la

falta.

Notificación telefónica a los padres de familia del

estudiante sobre la reincidencia en la conducta

disruptiva por parte del estudiante.

Disculparse con el ofendido si el ofendido lo desea.

Establecimiento de medidas cautelares.

Comunicación al hogar sobre la situación y la

respectiva consecuencia según la naturaleza de la

falta.

Condicionar apoyo psicológico externo (presentar

comprobante de citas cada quince días por un

periodo de seis meses; en éste plazo se realizará una

evaluación para determinar si se continúa con el

proceso terapéutico. Además es necesaria la

comunicación constante con la Institución).

Notificación a la familia del

estudiante sobre la suspensión

del estudiante como medida

preventiva.

Iniciar con el proceso

disciplinario correspondiente.

Condicionar apoyo

psicológico externo (presentar

comprobante de citas cada

quince días por un periodo

indefinido; en éste plazo se

realizará una evaluación para

determinar si se continúa con

el proceso terapéutico.

Además es necesaria la

comunicación constante con la

Institución).

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

ANEXO IV

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN CASO DE CONDUCTAS DISRUPTIVAS EN LA POBLACIÓN DE

PREESCOLAR DE LA ESCUELA ANGLO AMERICANA

2017

JUSTIFICACIÓN

Davis (2008) menciona que en la escuela es el lugar donde mayoritariamente se puede dar la intimidación. Esto

debido a que los niños interactúan con otros, que no siempre, escogerían para compartir su tiempo. El acoso o

intimidación involucra conductas de asedio, persecución, agresión, hostigamiento y exclusión, enfocadas a lastimar

física y/o emocionalmente a la víctima (Sanmartín, 2007). Considerando estas características, además de que esto

sucede mayoritariamente en periodos donde no hay supervisión adulta, es que se prefiere no usar el término

hostigamiento, acoso o bullying en el nivel de preescolar.

En niños de edad preescolar, la intencionalidad deliberada es aún cuestionada, y los momentos de supervisión

son durante el cien por ciento del tiempo. Aunado a esto, se tiene que a este nivel, debido a la edad de los niños y a la

etapa de desarrollo en que éstos se encuentran, el proceso formativo está apenas iniciando. Así, se prefiere la

utilización del término “conductas disruptivas”. Las mismas serán entendidas como conductas inapropiadas que no se

ajustan a las normas de convivencia institucionalmente aceptadas (INECO, s.f). Para encuadrar las mismas dentro del

tema de intimidación en cuestión, se considerarán las siguientes conductas a nivel de preescolar:

Lastimar físicamente a algún compañero

Amenazar a otros niños

Ser constantemente hostil hacia las figuras de autoridad

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Tener conductas ofensivas o hirientes hacia los demás

En resumen, transgredir las reglas de convivencia. Considerando todo lo anterior, se hace claramente necesario

el establecimiento de políticas y programas dirigidos a prevenir y detener la presencia de conductas de este tipo

desde los primeros niveles.

Esta propuesta debe estar diseñada y adecuada a la realidad de cada centro educativo en particular, y por

supuesto, considerar el proceso de desarrollo en que se encuentran los estudiantes meta. Por ello, son dos

las áreas de intervención que se deben considerar: un aspecto preventivo, de formación (de especial interés en los

niveles menores) y que en preescolar refleja un amplio porcentaje del trabajo a realizar, y también un plan de acción

cuando las situaciones ya se han presentado y se vuelven más agudas o crónicas. El presente documento aborda

ambos aspectos.

En el caso de preescolar, esto cobra especial relevancia considerando que “una intervención temprana y

efectiva puede evitar mucho daño social” (Davis, 2008, p. 27).

Además del abordaje directo con los estudiantes, también es importante la formación permanente de profesores

y padres en la detección de signos y abordaje de la situación. Por ello, el trabajo institucional debe incluir también a

estas dos poblaciones.

En síntesis, es fundamental generar intervenciones especiales con todos los niños involucrados (víctimas y

provocadores), favorecer una fuerte cooperación casa-escuela y educar activamente a todos los involucrados

(estudiantes, padres y personal) sobre el problema.

PREVENCIÓN

Considerando que el nivel de preescolar es donde los niños inician sus primeros pasos en el sistema educativo, y

por su edad, es donde más reciben estimulación para el desarrollo de las habilidades de convivencia básica para el

resto de su vida, es por eso que esta área es de especial atención.

El grueso de las intervenciones con los niños en general, y de manera particular con los que presentan algún tipo

de manifestación conductual que con el tiempo se pueda convertir en acoso, se hace a nivel preventivo. En este

sentido, y para lograr estos objetivos, se interviene en tres áreas:

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

Con las docentes, capacitándolas para que puedan abordar el tema en sus respectivas aulas.

Con los padres de familia y / o otros familiares, considerando que son quienes tienen a cargo el cuido de los niños

y con quienes establecen las primeras y más sólidas relaciones afectivas y disciplinarias, y cuya participación es

indispensable para lograr el objetivo propuesto.

Con los estudiantes (desde prematernal hasta preparatoria), reforzando el desarrollo de las habilidades sociales

necesarias para su asertivo desempeño cotidiano, que fomente una sana convivencia y pueda a futuro,

minimizarse la posibilidad de una situación de acoso escolar.

Con las docentes

A este nivel, se trabaja de manera constante en varios niveles:

1. Ofreciendo herramientas teóricas y prácticas (por medio de la capacitación) que puedan implementar en su

trabajo cotidiano con los niños, para abordar las temáticas relacionadas, a saber: desarrollo de habilidades sociales,

resolución de conflictos y mecanismos disciplinarios efectivos.

Para ello se han programado charlas con profesionales externos, así como actividades más de generación con

personal docente de la institución, moderados por el personal de psicología.

2. Incorporando a las teachers asistentes (como responsables de planear y ejecutar) y a las teachers guía (como

supervisoras y colaboradoras que refuerzan los temas trabajados), en coordinación por parte del Departamento de

Psicología, en la creación y puesta en marcha del programa de desarrollo de habilidades para la vida y reforzamiento

de valores. El mismo está dirigido a todos los estudiantes de Preescolar (este proyecto se detallará más adelante en el

apartado referido a los estudiantes).

3. Promoviendo actividades entre el personal docente, de tipo lúdico que permitan favorecer un clima de

cordialidad y convivencia sana que modele el proceder como facilitadores de estas habilidades sociales. Entre las

mismas se encuentran los correos de amistad, dinámicas de convivencia en algunas reuniones de personal, creando y

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Anglo American School – Reglamentos Institucionales Curso Lectivo 2017

rotulando el preescolar con mensajes orientados a promover un sano ambiente (ver Anexo 1), para que las maestras

transmitan el mensaje de manera constante a sus estudiantes, etc…

4. Atendiendo con material personalizado, las demandas personales y profesionales que las teachers manifiesten

a la psicóloga, ofreciendo así un espacio de contención y apoyo (con herramientas teóricas y prácticas) que

favorezca ambientes conductuales y emocionales de clase más equilibrados. Esto tanto con atención preventiva a

nivel grupal, como en pequeños grupos o individual, si fuera el caso.

Con los padres de familia

A este nivel, el trabajo preventivo adquiere especial importancia. Considerando que el énfasis está en el aspecto

formativo a este nivel, el compromiso del hogar es fundamental. La institución apoya:

1. Ofreciendo espacios de capacitación (charlas) en temas que les permitan el desarrollo de habilidades en sus

hijos y el refuerzo de áreas relacionadas como lo son: manejo de límites, resolución de conflictos, habilidades sociales,

etc…

2. Se ha iniciado el uso de la plataforma Cloud Campus, como departamento de Psicopedagogía en el área de

Preescolar, para establecer una comunicación adicional con los padres de familia. Por este medio, se iniciará con la

publicación de material en temas de interés (previamente detectados), que puedan ofrecer estrategias de apoyo a los

padres de familia. Se busca el refuerzo del trabajo preventivo que se realice a nivel institucional.

3. Atención específica de casos que presentan alguna conducta disruptiva que sea necesario contener de

manera temprana (en que los padres lo soliciten o que la psicóloga y teacher lo detecten). A este nivel se realizan

constantes reuniones, se da seguimiento, se proporciona material de apoyo y se mantiene cercana comunicación con

los padres involucrados (quedando registro en los respectivos expedientes, Anexo 3), con el fin de evitar que se

conviertan en casos que requieran un plan de acción más específico (como se detallará más adelante).

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Con los estudiantes

Aquí se concentra el grueso del trabajo realizado, por la facilidad de supervisión y contención adulta que ofrece

el trabajo con niños de edad preescolar, así como la disposición de los niños por aprender sobre nuevas habilidades. A

continuación el detalle:

1. Desarrollo del programa de valores y destrezas para la vida tales como; ser proactivo, ser empático, resolución

de problemas, etc.

La psicóloga del preescolar ha creado un programa orientado al desarrollo de habilidades sociales que se ha

entrelazado con el objetivo institucional de promover el desarrollo de valores con los estudiantes.

El mismo es planeado y supervisado en conjunto con las maestras asistentes de cada uno de los niveles, con el fin

de crear actividades adecuadas para cada grupo de estudiantes.

Se desarrolla con los niños una vez a la semana una clase exclusiva para aprender sobre la habilidad y se

refuerza de manera constante con el grupo a lo largo de las rutinas cotidianas.

2. Preparación institucional (con actividades exclusivas del preescolar y otras compartidas) de la semana de la

Paz (mes de mayo).

Durante toda esta semana, se desarrollan actividades grupales compartidas y exclusivas por nivel, que modelen

a los niños diversos aspectos relacionados con la sana convivencia. Además, se desarrolla una asamblea que modela

la importancia de practicar en nuestro diario vivir, hábitos de demuestren situaciones pacíficas y solidarias.

3. Trabajo preventivo con niños (agrupados por nivel o de manera individual), que han presentado algunas de las

conductas disruptivas.

Después de unas semanas de iniciado el curso lectivo, y tras monitorear las conductas de los niños, se analiza con

las teacher guía, cuáles niños podrían asistir a sesiones de trabajo regular para reforzar su área de habilidades sociales.

Se decide si el trabajo se realizará en pequeños grupos o de manera individual (según amerite el caso), se comunica a

los padres de familia y tras su aprobación, se inicia el trabajo personalizado.

El mismo consiste en una atención personalizada brindada semanalmente por parte de la psicóloga, en la que se

refuerza el desarrollo de habilidades sociales por medio del planeamiento de actividades según las necesidades.

Se brinda constante seguimiento del desempeño del niño comunicando a la teacher y a los padres de familia,

evaluando objetivos alcanzados y áreas que requieren mayor refuerzo.

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4. Atención de casos y acompañamiento a Teachers en situaciones más aisladas que se presentan diariamente.

PLAN DE ACCIÓN (Boleta de Conducta para el expediente)

A continuación se detallará el procedimiento a seguir en casos donde se presente de manera reiterada, alguna

(s) de la (s) conducta (s) disruptiva (s) que se indicaron en la justificación del presente protocolo. Cabe destacar que

cada caso se toma como INDIVIDUAL y ÚNICO y no necesariamente se sigue un camino lineal por cada uno de los

pasos siguientes. Se puede omitir o regresar en los pasos, según la necesidad identificada.

Paso 1 Referencia o reporte de la situación a la psicóloga

La maestra es la primera persona que detecta el comportamiento disruptivo. Ella aplica sus propios recursos

dentro de la clase para manejarlo. Si la frecuencia e intensidad de la conducta van en aumento, la maestra tiene la

responsabilidad de comunicarlo a la psicóloga.

Manejo de una situación donde media la agresión física

1. Como primera acción se aplica un tiempo fuera (se retira al niño de la situación por algunos minutos, permanece

solo y sentado por este espacio de tiempo y posteriormente, el adulto acompaña la reflexión y medidas reparadora

que se llevarán a cabo).

2. Debe haber una consecuencia inmediata y una reparación moral de la falta con la víctima.

3. Se reporta a los padres de familia, con el fin de iniciar el registro de la conducta.

4. Se da seguimiento para identificar si la conducta se repite. En ese caso se registra la frecuencia e intensidad para

continuar con los siguientes pasos y para tener registro en expediente.

5. Se aplica un Plan de Acción (boleta de conducta) si la conducta agresiva provocó importantes daños. El mismo

incluye la participación de los padres de familia en la reparación. Este documento se archiva en el expediente del

estudiante (Ver Anexo 2).

6. Si las conductas son reincidentes, se lleva un registro anecdótico en expediente para poder evidenciar la

importancia de otras estrategias o medidas adicionales.

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Paso 2 Inicio en la aplicación de las medidas correctivas

En conjunto; maestra y psicóloga, crearán un plan de acción con medidas variadas para buscar disminuir la conducta

y finalmente, extinguirla. El plan es adecuado a cada estudiante, según las necesidades personales, pero incluye

estrategias como:

Uso de modificadores de conducta (sólo en la escuela o en coordinación en el hogar).

Adecuaciones dentro del aula: ubicarlo en un lugar especial, permitirle tener “su propio espacio”, uso de estímulos

especiales, manejarlo de manera más independiente respecto al resto del grupo, ofrecerle al niño “un rol especial

positivo” dentro de la clase.

Establecer un plan de cuido que ofrezca una supervisión especial en los momentos de mayor riesgo (por ejemplo

los recreos).

Colaboración especial en ciertos momentos que le permitan al niño “salirse o romper con momentos críticos”. Esto

funciona como distracción y a la vez, escape.

Inclusión del niño en los grupos de trabajo de habilidades sociales facilitados semanalmente por la psicóloga. Previa

autorización de los padres de familia, se trabaja con el niño en grupos pequeños (por nivel) para procurar el

refuerzo de las áreas que requieren mayor apoyo.

Paso 3 Involucramiento directo de la Dirección

Cuando la aplicación de las medidas anteriores no produce los efectos esperados, con previo reporte a la Dirección

(desde el paso 1 conoce la situación), la misma interviene en el caso. Esto se realiza por dos motivos: búsqueda de

nuevas estrategias de control y contacto con padres de familia.

Paso 4 Reajuste de las medidas

En conjunto con Dirección, maestra y psicóloga, se establecen nuevas medidas que permitan mayor control de la

conducta.

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Incremento del tiempo en el que el niño tiene una supervisión más personalizada.

Permitir la salida regular y planeada de los espacios problema (por ejemplo los recreos), como medida de

protección a los otros y disminución de estímulos para el niño.

No asistencia a ciertas actividades o lugares identificados.

Paso 5 Formalización de la comunicación con padres de familia

Todo el trabajo realizado desde el paso 1, es comunicado a los padres de familia en una reunión formal con la

Dirección, maestra y psicóloga. Se recomienda el inicio de seguimiento con profesional externo.

El plan de acción institucional es expuesto y se solicita apoyo en el hogar, brindando las recomendaciones del caso

que vayan siendo necesarias. Todo esto es registrado en el expediente del niño (Ver Anexo 2).

Paso 6 Otras medidas adicionales

Con el seguimiento del caso, se analizará si es necesario realizar recomendaciones extra al hogar o tomar medidas más

sustanciales. Todas ellas están dirigidas a controlar el ambiente alrededor del niño, al tiempo que se trabaja con él en la

adquisición de mayores habilidades sociales, y se realizan con total conocimiento previo por parte de los padres de

familia. Estas medidas podrían incluir:

Solicitud y compromiso en el inicio de un proceso de acompañamiento profesional externo, o de ser requerido, de

una asistente permanente dentro de la institución. Aquí ya el seguimiento externo es una condición requerida.

Salida por un tiempo o permanente de algún club (si ahí se está presentando el problema).

Intervenir (por separado) con otros padres de familia si la situación se ha difundido y se deben “sostener” algunos

otros casos a raíz de la presencia de estas conductas.

Reducir los periodos de permanencia del niño dentro de las clases regulares: retrasar la entrada, adelantar la salida,

o aplicación de un horario especial para minimizar la posibilidad de incidentes.

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BIBLIOGRAFÍA

Davis, S. (2008). Crecer sin miedo: estrategias positivas para controlar el acoso escolar o bullying. Grupo editorial Norma.

Bogotá.

INECO (s.f). ¿Qué es una conducta disruptiva? ¿Cuándo hay un trastorno en la conducta? Tomado de

http://www.ineco.org.ar/pacientes/departamentos-medicos/item/983-qu-es-una-conducta-disruptiva-cundo-hay-un-

trastorno-en-la-conducta

Sanmartín, J. (2007). Violencia y acoso escolar, En: Mente y Cerebro.

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ANEXO 1 MENSAJES INSTITUCIONALES

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ANEXO 2 PLAN DE ACCIÓN (Boleta de Conducta para el Expediente)

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Plan de Acción (Boleta de conducta para el Expediente) Estudiante: ______________________________ Nivel: ___________

Teacher: _____________________________

1. ¿Cuál es el problema? (teacher)

2. ¿Qué causó el problema? (estudiante y teacher)

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3. ¿Qué plan usaremos para resolver el problema? (padres y estudiante)

Fecha _________________________________

Firma Teacher _________________________________

Firma padre de familia _________________________________

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ANEXO 3 BOLETA DE REUNIÓN CON

PADRES DE FAMILIA

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BOLETA DE REUNIÓN

Fecha: __________________________________

Nombre del niño(a):________________________________________ Nivel:_______

Presentes en la reunión:

_____ Directora _____ Maestra _____ Psicóloga ___Pedagoga

_____ Padre _____Madre _____Invitado ________________

Reunión solicitada por: ____________________________________

Puntos a discutir:

1. _________________________________________________________________________

2. _________________________________________________________________________

3. _________________________________________________________________________

4. _________________________________________________________________________

Comentarios, Acuerdos y Recomendaciones:

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_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________________________________

___________________________________________________________

Firmas:

_________________ _________________ __________________ ________________

Directora Maestra Psicóloga Psicopedagoga

________________ ________________ ________________

Padre Madre Invitado