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ANEXO B FÓRMULAS MAGISTRALES VACUNAS INDIVIDUALIZADAS ANTIALÉRGICAS Y BACTERIANAS VISADOS SIN CUPÓN PRECINTO El presente Anexo recoge las condiciones económicas de la dispensación de las fórmulas magistrales. Se regula por lo establecido en la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, con la modificación introducida por Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social; en el Real Decreto 83/1993, de 22 de enero y sus posteriores desarrollos; en la Orden Ministerial de 14 de febrero de 1997; en el Real Decreto 1663/98, de 24 de julio. Asimismo deberán cumplir en la elaboración de fórmulas magistrales, transcurridas los periodos transitorios para su aplicación, los requisitos técnicos que se establecen en el Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero y demás normativa que se establezca al respecto. 1. FÓRMULAS MAGISTRALES INCLUIDAS EN LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA. 1.0 Desde la fecha de la firma del presente Concierto, y hasta la entrada en vigor del Formulario Nacional, las fórmulas magistrales dispensables con cargo al SESCAM serán las que se elaboren con principios activos contenidos en el LISTADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS de la Tabla B1, en la forma galénica que garantice la eficacia, seguridad y calidad de la fórmula y con las limitaciones que se especifican en dicho listado . 2. FÓRMULAS MAGISTRALES EXCLUIDAS DE LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA. 1.0 Fórmulas magistrales en cuya prescripción no conste la composición cualitativa y cuantitativa y/o no se haga referencia a la Farmacopea vigente en España. 2.0 Fórmulas magistrales que hayan sido elaboradas incumpliendo la legislación vigente. 3.0 Quedan excluidos igualmente las fórmulas magistrales de productos dietéticos, de régimen, aguas mineromedicinales, vinos medicinales, elixires, dentífricos, cosméticos, artículos de confitería medicamentosa, jabones medicinales y demás productos análogos.
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Sep 24, 2018

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ANEXO B

FÓRMULAS MAGISTRALES

VACUNAS INDIVIDUALIZADAS ANTIALÉRGICAS Y BACTERIANAS

VISADOS SIN CUPÓN PRECINTO

El presente Anexo recoge las condiciones económicas de la dispensación de las

fórmulas magistrales. Se regula por lo establecido en la Ley 25/1990, de 20 de

diciembre, del Medicamento, con la modificación introducida por Ley 24/2001, de

27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social; en el Real

Decreto 83/1993, de 22 de enero y sus posteriores desarrollos; en la Orden

Ministerial de 14 de febrero de 1997; en el Real Decreto 1663/98, de 24 de julio.

Asimismo deberán cumplir en la elaboración de fórmulas magistrales, transcurridas

los periodos transitorios para su aplicación, los requisitos técnicos que se

establecen en el Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero y demás normativa que

se establezca al respecto.

1. FÓRMULAS MAGISTRALES INCLUIDAS EN LA PRESTACIÓN

FARMACÉUTICA.

1.0 Desde la fecha de la firma del presente Concierto, y hasta la entrada en

vigor del Formulario Nacional, las fórmulas magistrales dispensables con

cargo al SESCAM serán las que se elaboren con principios activos contenidos

en el LISTADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS de la Tabla B1, en la forma

galénica que garantice la eficacia, seguridad y calidad de la fórmula y con

las limitaciones que se especifican en dicho listado .

2. FÓRMULAS MAGISTRALES EXCLUIDAS DE LA PRESTACIÓN

FARMACÉUTICA.

1.0 Fórmulas magistrales en cuya prescripción no conste la composición

cualitativa y cuantitativa y/o no se haga referencia a la Farmacopea vigente

en España.

2.0 Fórmulas magistrales que hayan sido elaboradas incumpliendo la legislación

vigente.

3.0 Quedan excluidos igualmente las fórmulas magistrales de productos

dietéticos, de régimen, aguas mineromedicinales, vinos medicinales, elixires,

dentífricos, cosméticos, artículos de confitería medicamentosa, jabones

medicinales y demás productos análogos.

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4.0 Fórmulas magistrales en cuya elaboración haya sido utilizada una

especialidad farmacéutica, con las excepciones que, en caso de necesidad de

formulación pediátrica, se acuerden en Comisión Mixta Provincial de

Farmacia.

5.0 Fórmulas magistrales cuya composición, dosis y forma farmacéutica sea

idéntica a la de alguna especialidad farmacéutica registrada y comercializada

en el mercado. En caso de que el farmacéutico, por error, facture dichas

fórmulas magistrales, se abonará el preparado de menor precio.

6.0 Fórmulas magistrales cuya composición se corresponda con formulaciones

retiradas por motivos sanitarios o a través de Programas de Selección y

Revisión de Medicamentos del Ministerio de Sanidad y Consumo

(PROSEREME) y/o fórmulas magistrales cuya composición se corresponda

con especialidades no financiadas por el Sistema Nacional de Salud.

7.0 Fórmulas magistrales que no incluyan al menos uno de los principios activos

del Listado de productos formulables como principios activos.

3. ELABORACIÓN Y DISPENSACIÓN.

1.0 El proceso de preparación de las fórmulas magistrales se realizará según las

normas técnicas y científicas del arte.

2.0 Las fórmulas magistrales se dispensarán en los envases adecuados a su

composición, debiendo estar correctamente etiquetados de acuerdo con lo

establecido en el R.D. 175/2001, con los siguientes datos:

• A.S.S.S.

• FÓRMULA MAGISTRAL: composición (cualitativa y cuantitativa) y excipientes

de declaración obligatoria

• FORMA FARMACÉUTICA, VÍA DE ADMINISTRACIÓN Y CANTIDAD

DISPENSADA.

• MÉDICO PRESCRIPTOR (nombre y nº de colegiado).

• NOMBRE DEL PACIENTE.

• FECHA DE ELABORACIÓN.

• PLAZO DE VALIDEZ.

• CONDICIONES DE CONSERVACIÓN (si procede).

• FARMACIA (nombre, número, dirección y teléfono).

• NÚMERO REGISTRO DEL LIBRO RECETARIO.

• OBSERVACIONES (si procede).

• PVP-IVA.

• ADVERTENCIA: Manténgase fuera del alcance de los niños.

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3.0 Cuando la dimensión del envase no permita la inclusión de todos estos

datos, éstos se entregarán en hoja aparte, debiendo figurar

obligatoriamente en el envase:

- Composición (cualitativa y cuantitativa) de, al menos, los principios activos y

excipientes de declaración obligatoria.

- Nombre del paciente.

- Vía de administración, fecha de elaboración y plazo de validez.

- Número y nombre de la oficina de farmacia.

- Número Registro del libro recetario.

4.0 Asimismo, figurarán aquellos datos que el farmacéutico crea imprescindibles

para el correcto uso del medicamento. Análogamente a las especialidades

farmacéuticas, se informará al beneficiario en los casos en que se utilicen

excipientes de declaración obligatoria, según la legislación vigente.

4. VALORACIÓN.

1.0 Las fórmulas magistrales se valorarán de acuerdo con las normas que se

establezcan en este Concierto. A la entrada en vigor del Formulario Nacional,

se adaptará el procedimiento de valoración en lo que se estime necesario.

2.0 Se consideran englobados en el importe de las fórmulas magistrales, el

precio de las materias primas, material de acondicionamiento y honorarios

profesionales, así como los correspondientes impuestos.

5. APORTACIÓN.

La aportación de los beneficiarios con derecho a prestación farmacéutica en la

dispensación de fórmulas magistrales será, en cada momento, la que determine la

Administración.

6. FACTURACIÓN.

Las fórmulas magistrales se facturarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo F

de este Concierto.

7. LISTADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS FORMULABLES COMO PRINCIPIOS

ACTIVOS.

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1.0 El listado unificado de productos químicos formulables como principios

activos se incorpora como Tabla B1 en este apartado. Los productos

químicos no serán dispensados a granel.

2.0 Fijación de precios del listado unificado de productos químicos.

1.0.0. La determinación del precio de los productos incluidos en el listado se

efectuará a partir de los comprobantes o certificados originales

acreditativos de los precios de coste emitidos por proveedores

representativos, preferentemente en el ámbito de gestión del SESCAM

(Centros Farmacéuticos, Cooperativas Farmacéuticas, Almacenes de

Distribución Farmacéutica, y Almacenes de Productos Químicos).

2.0.0. Para la modificación de los precios del listado de productos químicos y

fijación de precios de productos de nueva inclusión se seguirán las

mismas pautas.

3.0 Revisión de los precios y productos del listado unificado de productos

químicos:

Será competencia de la Comisión Mixta Central de Farmacia, en el primer

semestre de cada año, a propuesta del grupo técnico de trabajo que al

efecto se constituya, la aprobación de la modificación de los precios del

listado de productos químicos (Tabla B1) , la inclusión o exclusión de

productos químicos, así como la fijación de precios de productos de nueva

inclusión, de acuerdo con las pautas establecidas en el punto 7.2.

8. NORMAS DE VALORACIÓN DE FÓRMULAS MAGISTRALES.

1.0 Fijación de honorarios profesionales:

1.0.0. Los honorarios se fijarán de conformidad con los distintos apartados de

la tabla adjunta, en donde se agrupan por formas farmacéuticas que

requieren tiempo y responsabilidades semejantes. Como criterio para la

valoración de cada Grupo se mantiene el Factor P (constante), seguido

de un coeficiente multiplicador diferente para cada uno de los Grupos.

2.0.0. Hasta 31 de diciembre de 2003 se asigna al Factor P el valor de 1,8

euros.

3.0.0. Dicho "Factor" será revisable anualmente y se considerará con 4

decimales mediante redondeo. La revisión será automática, efectuándose

de acuerdo con el incremento del conjunto de las retribuciones íntegras

del personal en activo del Sector Público no sometido a la legislación

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laboral que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado,

entrando en vigor el 1 de enero de cada año.

4.0.0. Factor P = Factor P año anterior (1 + % de incremento/100)

2.0 Procedimiento de valoración:

1.0.0. En las valoraciones que se indican en la tabla adjunta se consideran

incluidos, con carácter transitorio, los precios de los materiales de

acondicionamiento de la fórmula (envase, etiquetas...). No obstante, la

Comisión Mixta Central de Farmacia revisará el procedimiento de

valoración actual de las fórmulas magistrales y lo modificará, en su caso,

para calcular su precio de facturación.

2.0.0. Excepcionalmente, las fórmulas magistrales fotosensibles y aquellas

otras de características especiales, según los criterios que figuran en la

Tabla B1, no tendrán incluido en su valoración el precio del envase

especial. El valor de este envase especial se sumará al resultante de la

valoración de la fórmula. Los precios de los envases especiales son los

que figuran en la Tabla B3 adjunta.

3.0.0. El precio de facturación se calculará añadiendo al precio de los principios

activos que figura en la Tabla B1, el de los excipientes de valoración

adjunta que figura en la Tabla B2 y sumando el resultado de multiplicar:

Factor P x coeficiente de valoración.

4.0.0. El farmacéutico deberá consignar al dorso de la receta el precio de

facturación desglosado de la siguiente forma:

5.0.0. Honorarios Profesionales + principios activos + excipientes + envase

(en su caso) + IVA.

6.0.0. En cada fórmula magistral, según la Tabla B4 adjunta, se fija un máximo

a elaborar expresado en unidades, gramos o c.c. No se abonarán

cantidades superiores a las fijadas.

7.0.0. Por tanto, la valoración de las fórmulas magistrales deberá efectuarse de

acuerdo con el siguiente procedimiento:

1) Se tomará el precio de principios activos y excipientes, según tablas

B1 y B2 adjuntas de valoración respectivamente.

2) Se calculará el valor de honorarios profesionales, según Tabla B4.

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3) Si procede, se pondrá el precio del envase conforme a los criterios

establecidos en las tarifas de envases que figuran en la Tabla B3.

4) Finalmente, al resultado de los tres apartados anteriores, se le

aplicará el valor del IVA correspondiente.

9. ACTUALIZACIÓN DE ESTE ANEXO

El contenido de este Anexo, en lo referente a fórmulas magistrales podrá ser objeto

de actualización por acuerdo de la Comisión Mixta Central de Farmacia. Asimismo,

la Comisión Mixta Provincial, por causa justificada, podrá autorizar a una

determinada oficina de farmacia, la realización de una fórmula magistral concreta

para un paciente determinado, aunque esta no se ajuste en su contenido a lo

establecido en este Anexo.

10. VACUNAS INDIVIDUALIZADAS ANTIALÉRGICAS Y BACTERIANAS.

1.0 Son dispensables con cargo al SESCAM las vacunas individualizadas

antialérgicas y vacunas individualizadas bacterianas que se elaboren por

laboratorios farmacéuticos registrados y autorizados para la preparación de

especialidades farmacéuticas por la Dirección General de Farmacia y

Productos Sanitarios, del Ministerio de Sanidad y Consumo y, en el caso de

las vacunas individualizadas antialérgicas, tengan en su composición los

alergenos que a continuación se citan: ácaros, polvo, pólenes, hongos,

epitelios y mezclas de antígenos compatibles (hongos-polvo y ácaros-polvo).

2.0 Asimismo son dispensables con cargo al SESCAM todas las vacunas

individualizadas bacterianas, y aquellas vacunas individualizadas

antialérgicas que en su composición entren alergenos distintos a los

anteriormente citados, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos

con carácter general.

3.0 Las vacunas individualizadas antialérgicas y vacunas individualizadas

bacterianas que estén autorizadas para su dispensación con cargo al

SESCAM, llevarán una etiqueta cuya finalidad será unirse a la receta oficial

en el momento de la dispensación.

4.0 Durante la vigencia del presente Concierto, para la dispensación de todas las

vacunas individualizadas antialérgicas y vacunas individualizadas

bacterianas, será preciso el previo visado de Inspección de Servicios

Sanitarios. Cualquier modificación sobre este requisito será comunicada por

el SESCAM, con suficiente antelación, a los Colegios de Farmacéuticos de

Castilla La Mancha.

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5.0 Para que las recetas oficiales en las que se prescriban vacunas

individualizadas antialérgicas o vacunas individualizadas bacterianas, sean

dispensadas con cargo al SESCAM, en la prescripción se especificarán cada

uno de los antígenos con su composición cualitativa y cuantitativa. En caso

de que en las recetas no conste la composición cualitativa y cuantitativa, el

farmacéutico adherirá a las mismas, en el momento de la facturación, copia

o fotocopia del documento de solicitud al laboratorio preparador, o, en su

defecto,el farmacéutico adherirá la etiqueta autoadhesiva al dorso de la

receta en la que figure el o los alergenos correspondiente/s a la vacuna

individualizada antialérgica o vacuna individualizada bacteriana, de forma

cuali y cuantitativa.

6.0 A efectos de aportación y facturación las vacunas individualizadas

antialérgicas y vacunas individualizadas bacterianas, tendrán la misma

consideración que las fórmulas magistrales.

11. VISADOS SIN CUPÓN-PRECINTO.

1.0 Los productos sin cupón-precinto y sometidos a visado de Inspección de

Servicios Sanitarios, tendrán la aportación que expresamente determine la

Administración, debiendo ser comunicado con la suficiente antelación a los

Colegios de Farmacéuticos de Castilla La Mancha.

2.0 La Comisión Mixta Central podrá establecer un precio máximo de facturación

de las medias de compresión normal autorizadas con visado de inspección.

3.0 A efectos de facturación, estas recetas deberán llevar justificante de la

dispensación (fragmento del cartonaje en que figure el nombre y precio del

producto, en caso de que figure), salvo en los supuestos en que se

compruebe existencia de imposibilidad material, y la correspondiente

etiqueta adhesiva o sello, como indica el Anexo F.

4.0 Estas recetas se facturarán en el apartado de “recetas provistas de etiqueta

autoadhesiva o sello”, según lo previsto en el Anexo F.

TABLA B1 : LISTADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS FORMULABLES COMO PRINCIPIOS ACTIVOS

PRINCIPIO ACTIVO COMENTARIO TIPO VIA ENV. EUR/GR

ACETOHIDROXAMICO, ACIDO ecm 2,7610

CIS-RETINOICO, ACIDO Via oral. ECM ecm vo x 27,1650

ISOTRETINOINA Via oral. ECM ecm vo x 24,8000

RETINOICO, ACIDO (13-CIS) Via oral. ECM ecm vo x 24,8000

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VITAMINA A ACIDA (13-CIS) Via oral. ECM ecm vo x 24,8000

5AMINOSALICILICO, ACIDO 0,4979

ACEITE DE CADE Solamente asociado a otros principios activos x 0,0125

ACEITE DE ENEBRO Solamente asociado a otros principios activos x 0,0125

ACETATO VITAMINA A Como monofármaco via sistémica vs x 0,0942

ACETAZOLAMIDA 0,6974

ACETILCISTEINA Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª ed 0,2423

ACETILSALICILICO, ACIDO 0,0114

ACETOTARTRATO DE ALUMINIO, SOLUCIÓN DE. (Agua de Burow) Como astringente en úlceras varicosas 0,0200

ACICLOVIR 6,3710

ADRENALINA, CRISTAL x 9,5650

ALOPURINOL 13,3300

ALQUITRAN HULLA 0,0104

ALQUITRAN VEGETAL 0,0088

ALUMINIO, FOSFATO Como monofármaco ó asociado a otros antiácidos 0,0129

ALUMINIO, HIDROXIDO GEL Como monofármaco ó asociado a otros antiácidos 0,0143

ALUMINIO, HIDROXIDO POLVO Como monofármaco o asociado a otros antiácidos 0,0134

ALUMINIO, SILICATO Como monofármaco o asociado a otros antiácidos 0,0026

AMANTADINA, CLORHIDRATO 0,4125

AMBROXOL Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

0,9626

AMILOCAINA, CLORHIDRATO x 0,2619

AMINOACETICO, ACIDO vs 0,0140

AMINOBENZOICO, ACIDO Solo asociado a otros principios activos en procesos patológicos que requieran fotoprotección

x 0,0633

AMINOFILINA x 0,0770

AMINOSALICILICO, ACIDO x 0,4254

AMIODARONA, CLORHIDRATO 1,7017

AMITRIPTILINA 0,8489

AMONIO, CLORURO 0,0102

AMOXICILINA, TRIHIDRATO Como monofármaco 0,2347

AMPICILINA, TRIHIDRATO Como monofármaco 0,1992

ANTRALINA x 1,5618

ARGININA, CLORHIDRATO Como monofármaco y solamente por vía parenteral x 0,0991

ARNICA, EXTRACTO FLUIDO x 0,0393

ASA 0,4979

ASCORBICO, ACIDO Solamente por vía inyectable o como exc. x 0,0245

ASPARTICO, ACIDO vs x 0,0283

ASTEMIZOL 8,4951

ATAPULGITA COLOIDAL 0,0015

ATENOLOL 2,1056

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ATROPINA, SULFATO (Dosificación en mcg) Como monofármaco x 1,4589

AZUFRE COLOIDAL 0,0130

AZUFRE LAVADO 0,0024

AZUFRE PRECIPITADO 0,0039

AZUFRE SUBLIMADO 0,0018

AZUL DE METILENO Solamente por vía sistémica o como exc. 0,1345

AZULENO 25% HIDROSOLUBLE Solamente asociado a otros principios activos 0,1890

BACITRACINA Como monofármaco x 1,0116

BALSAMO DE TOLU Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

0,0603

BALSAMO DE TOLU, EXTRACTO FLUIDO Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

x 0,0164

BALSAMO DEL PERU Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

x 0,0730

BALSAMO DEL PERU, EXTRACTO FLUIDO Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

x 0,0289

BARBITAL Como monofármaco 0,0233

BECLOMETASONA, DIPROPIONATO Como monofármaco x 44,1900

BELLADONA, EXTRACTO BLANDO ACUOSO x 0,2092

BELLADONA, EXTRACTO FLUIDO Solamente por vía sistémica y no formulable en laxantes x 0,0415

BELLADONA, POLVO Solamente por vía sistémica y no formulable en laxantes x 0,0210

BELLADONA, TINTURA Solamente por vía sistémica y no formulable en laxantes x 0,0212

BENCIDAMINA, CLORHIDRATO 0,2554

BENCILO, BENZOATO Solo en concentraciones del 10-30% vt 0,0137

BENZOCAINA Via mucosa, no formulable en antihemorroidales x 0,1096

BETAINA 0,0034

BETAMETASONA Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina para admon. oftálmica

x 11,4003

BETAMETASONA, 17-21-DIPROPIONATO Como monofármaco x 8,5000

BETAMETASONA, 17-VALERATO Como monofármaco x 9,0020

BETAMETASONA, DIPROPIONATO Como monofármaco x 10,0200

BETAMETASONA, VALERATO Como monofármaco x 11,7900

BIFONAZOL Como monofármaco 1,7627

BIOAZUFRE FLUIDO 0,0386

BIOAZUFRE, POLVO 0,0206

BIOTINA (Dosificación en mcg) Como monofármaco x 10,9470

BISMUTO, SUBCITRATO 2,1486

BISMUTO, SUBNITRATO x 0,0621

BORICO, ACIDO POLVO Para uso otológico y como exc. 0,0045

BREA ENEBRO Solamente asociado a otros principios activos x 0,0125

BREA HULLA 0,0360

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BREA VEGETAL 0,0230

BROMHEXINA, CLORHIDRATO Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

0,2008

BROMOCRIPTINA, MESILATO 51,5668

BUMETANIDA x 7,3625

BUTILESCOPOLAMINA, BROMURO Como monofármaco x 3,8675

BUTILMETOXIDIBENZOILMETANO Solo asociado a otros principios activos en procesos patológicos que requieran fotoprotección

0,2038

CAFEINA ANHIDRA 0,0413

CAFEINA DIFFUCAPS RETARD 0,0964

CAFEINA, CITRATO 0,0441

CALCIO, ACETATO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0078

CALCIO, CARBONATO PRECIPITADO Como monofármaco ó asociado a otros antiácidos 0,0059

CALCIO, CITRATO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0254

CALCIO, CLORURO ANHIDRO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D o 0,0117

CALCIO, CLORURO CRISTAL Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D o 0,0034

CALCIO, DOBESILATO 0,1393

CALCIO, FOSFATO DIBASICO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0067

CALCIO, FOSFATO MONOBASICO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0169

CALCIO, FOSFATO TRIBASICO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0061

CALCIO, GLICEROFOSFATO POLVO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0301

CALCIO, GLUCONATO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0163

CALCIO, HIDROXIDO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0083

CALCIO, LACTATO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0117

CALCIO, SULFATO Como monofármaco ó asociado a otras sales de Ca ó Vit D 0,0042

CANRENONA vt 3,9560

CAOLIN Como monofármaco o asociado a otros antiácidos 0,0026

CAPSICUM, OLEORRESINA 0,9670

CAPTOPRILO 2,6200

CARBAMAZEPINA 0,5758

CARBOCISTEINA Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

0,1243

CARBON ACTIVADO Solo como antídoto 0,0221

CARBON ADSORBENTE Solo como antídoto 0,0221

CARBOXIMETILCISTEINA Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

0,1243

CARISOPRODOL Como monofármaco 0,1089

CEFALEXINA, MONOHIDRATO Como monofármaco x 0,6021

CEFALOTINA Como monofármaco 2,3635

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CELULOSA DEAE 0,3678

CELULOSA, FOSFATO 0,1284

CIANOCOBALAMINA (Dosificación en mcg) Como monofármaco x 10,3203

CICLOPIROX ETANOLAMINA Como monofármaco 2,7616

CIMETIDINA 0,1584

CIPROHEPTADINA, CLORHIDRATO Como antihistamínico vs 0,4853

CIPROTERONA, ACETATO vs 37,0630

CISTEAMINA 0,1461

CISTEINA, CLORHIDRATO vs x 0,1437

CLINDAMICINA, CLORHIDRATO Como monofármaco 3,1654

CLIOQUINOL Solamente asociado a otros principios activos vt x 0,0782

CLOBETASOL, PROPIONATO Como monofármaco x 21,4000

CLOFIBRATO x 0,0258

CLONIDINA, CLORHIDRATO (Dosificación en mcg) x 6,9976

CLORAL, HIDRATO x 0,0554

CLORANFENICOL, PALMITATO Como monofármaco x 0,1633

CLORANFENICOL, SUCCINATO Como monofármaco x 0,2085

CLORAZEPATO DIPOTASICO 0,7649

CLORDIAZEPOXIDO Como monofármaco x 0,2352

CLORFENAMINA, MALEATO Como monofármaco x 0,1388

CLOROIODOQUINA Solamente asociado a otros principios activos vt x 0,0782

CLOROTIAZIDA 0,1132

CLORPROMAZINA, CLORHIDRATO Como monofármaco o asociado con ansiolíticos x 0,0376

CLORPROPAMIDA Como principio activo sin asociar 0,0301

CLORTALIDONA 0,6016

CLOTRIMAZOL Como monofármaco 0,3089

CLOXACILINA SODICA Como monofármaco 0,3700

COALTAR 0,0104

COBRE, SULFATO CRISTAL 0,0405

COBRE, SULFATO POLVO 0,0427

COCAINA, CLORHIDRATO x 0,5222

CODEINA Como monofármaco ó asociado a otros analgésicos a dosis > 30 mg.

x 1,2417

CODEINA, FOSFATO Como monofármaco 0,8691

COLECALCIFEROL Como monofármaco ó asociado a sales de Ca ox 4,7129

CRISAROBINA x 0,3350

CRISOFANICO, ACIDO x 0,0473

CROMOGLICATO DISODICO 1,6700

D CICLOSERINA 3,5108

DESOXIMETASONA Como monofármaco 27,2817

DEXAMETASONA Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina admon. Oftálmica

x 5,7600

DEXAMETASONA, FOSFATO SODICO Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina admon. Oftálmica

x 7,9237

DEXPANTENOL Solamente por vía parenteral 0,0484

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DEXTROMETORFANO, BROMHIDRATO Como monofármaco 0,5800

DIAZEPAM Como monofármaco x 0,1230

DICLORISONA, 21 ACETATO Como monofármaco 22,5300

DICLORISONA, ACETATO Como monofármaco 6,4832

DICLOXACILINA SODICA Como monofármaco 0,2918

DIETILAMINOETILCELULOSA 0,3678

DIETILESTILBESTROL vs x 17,5717

DIFENHIDRAMINA, CLORHIDRATO Como monofármaco vs x 0,0928

DIFENILHIDANTOINA 0,0821

DIFILINA x 0,0571

DIFLUCORTOLONA, VALERATO Como monofármaco 38,7339

DIHIDROXIPROPILTEOFILINA x 0,0571

DILTIAZEM, CLORHIDRATO x 7,0483

DIMETICONA Solamente asociado con antieméticos 0,0494

DIMETILPOLISILOXANO Solamente asociado con antieméticos x 0,0494

DIOCTILSULFOSUCCINATO SODICO Solamente para uso otológico 0,0047

DIPIRONA x 0,0416

DIPROFILINA x 0,0571

DITRANOL x 1,5618

DOCUSATO SODICO Solamente para uso otológico 0,0047

DOMPERIDONA 7,3690

DOXICICLINA Como monofármaco x 0,5016

DROSERA, EXTRACTO FLUIDO Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

0,0881

DROSERA, TINTURA Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

x 0,0515

ECONAZOL, NITRATO Como monofármaco 0,9458

EDETATO DISODICO No formulable en colirios 0,0573

EDETICO, ACIDO No formulable en colirios 0,0574

EDTA No formulable en colirios 0,0574

EFEDRINA, CLORHIDRATO Como monofármaco x 0,1670

EPINEFRINA x 9,5650

ERGOCALCIFEROL Como monofármaco ó asociado a sales de Ca ox 16,6334

ERGOTAMINA, TARTRATO x 171,7304

ERITROMICINA BASE Como monofármaco x 0,3200

ERITROMICINA, ESTOLATO Como monofármaco x 0,2395

ESCOPOLAMINA, BROMURO Coomo monofármaco x 4,2775

ESCOPOLAMINA, BUTILBROMURO Como monofármaco x 3,8675

ESPIRONOLACTONA x 1,1144

ESTRADIOL 17-ALFA vs x 62,7200

ESTRADIOL 17-BETA Se admite por vía transdérmica, en forma de gel, a concentraciones máximas de hasta un 0,06% vs x 20,0328

ESTREPTOMICINA, SULFATO Como monofármaco 0,1102

ESTROGENOS CONJUGADOS vs 12,4710

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ESTRONA vs x 18,8030

ETILENDIAMINOTETRACETICO, ACIDO No formulable en colirio 0,0574

ETINILESTRADIOL (Dosificación en mcg) vs x 4,4873

FAMOTIDINA 6,0858

FENACETINA 0,0163

FENAZONA 0,0204

FENAZOPIRIDINA, CLORHIDRATO 0,2248

FENILALANINA vs 0,1787

FENILBUTAZONA Como monofármaco 0,0484

FENILEFRINA, CLORHIDRATO x 0,6294

FENILISOHIDANTOINA 0,3794

FENILPROPANOLAMINA, CLORHIDRATO x 0,1907FENILPROPANOLAMINA, CLORHIDRATO DIFFUCAPS x 0,1209

FENITOINA 0,0821

FENOBARBITAL Como monofármaco 0,0653

FENOXIBENZAMINA, CLORHIDRATO 0,7864

FITOMENADIONA Como monofármaco x 0,0526

FLUFENAMICO, ACIDO 2,8267

FLUMETASONA, PIVALATO Como monofármaco x 40,0014

FLUOCINOLONA, ACETONIDO Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina para admon. oftálmica

x 8,9200

FLUOROURACILO x 1,9844

FOLICO, ACIDO Como monofármaco ó asociado con sales de hierro x 0,3136

FOSFATO MONOSÓDICO (Cápsulas, papeles, soluciones), como acidificante de orina en personas trasplantadas renales

0,0150

FUROSEMIDA x 0,2992

GENTAMICINA, SULFATO Como monofármaco o asociado a corticoides para uso oftálmico 0,8095

GLICERINA Solamente por vía oral ó exc. 0,0550

GLICOCOLA vs 0,0140

GLUCOSA ANHIDRA Solamente por vía parenteral ó exc. 0,0037

GLUTAMINA Como monofármaco y por vía parenteral 0,0688

GOMA GUAR 0,0078

GOMENOL Como monofármaco para utilizacion en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

0,0314

GRISEOFULVINA 0,3715

GUAYACOL CRISTAL Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas, según la CIE 9ª edición

x 0,0500

GUAYAZULENO Solamente asociado a otros principios activos 0,1890

HALCINONIDA Como monofármaco 31,8000

HIDRALAZINA, CLORHIDRATO 0,2056

HIDROCLOROTIAZIDA 0,0750

HIDROCORTISONA BASE Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina para admon. oftálmica

x 2,5200

HIDROCORTISONA, ACETATO Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina para admon. oftálmica

x 2,2900

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HIDROXIPROGESTERONA 11-ALFA vs x 3,6400

HIDROXIPROGESTERONA 17-ALFA vs x 3,0632

HIDROXIZINA, CLORHIDRATO 0,4735

HIERRO, GLUCONATO Como monofármaco ó asociado a fólico x 0,0114

HIERRO, OXALATO Como monofármaco ó asociado a fólico x 0,0037

HIERRO, SULFATO CRISTAL (Ferroso) Como monofármaco ó asociado a fólico 0,0160

HISTAMINA, CLORHIDRATO 12,9471

HOMATROPINA, METILBROMURO Como monofármaco x 1,3454

ICTAMOL 0,0359

ICTIOL 0,0359

IDOXURIDINA x 2,8835

IDU x 2,8835

IMIPRAMINA, CLORHIDRATO x 2,9543

INDOMETACINA Como monofármaco x 0,0988

IODO METALOIDE Solamente asociado a otros principios activos vs ox 0,0951

IODOCLORHIDROXIQUINOLEINA Solamente asociado a otros principios activos vt x 0,0782

IPECACUANA, EXTRACTO FLUIDO 0,2611

IPECACUANA, TINTURA 0,0790

ISOLEUCINA vs 0,2475

ISONIAZIDA x 0,0792

KETOCONAZOL Como monofármaco x 1,3970

KETOPROFENO Como monofármaco 0,6016

KETOTIFENO, FUMARATO Como monofármaco 29,9281

L-CISTEINA vs x 0,1437

LEUCINA vs 0,0720

LEVODOPA x 1,5534

LEVOTIROXINA (Dosificación en mcg) x 7,1529

L-GLUTAMINA Como monofármaco y por vía parenteral 0,0688

LIDOCAINA, CLORHIDRATO Via mucosa, no formulable en antihemorroidales 0,1008

LIOTIRONINA (Dosificación en mcg) x 17,1889

LISINA, CLORHIDRATO vs 0,0375

L-ISOLEUCINA vs 0,2475

LITIO, BENZOATO 0,0496

LITIO, CARBONATO 0,0231

L-LEUCINA vs 0,0720

LOBELIA, EXTRACTO FLUIDO 0,0412

LOPERAMIDA 2,1486

L-PROLINA vs 1,8185

L-TREONINA vs 0,1224

MAGNESIO, CARBONATO Como monofármaco ó asociado a otros antiácidos 0,0077

MAGNESIO, CLORURO o 0,0063

MAGNESIO, GLICEROFOSFATO 0,0349

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MAGNESIO, HIDROXIDO Como monofármaco ó asociado a otros antiácidos 0,0138

MAGNESIO, OXIDO Como monofármaco ó asociado a otros antiácidos 0,0111

MAGNESIO, SULFATO POLVO Como monofármaco en dosis > 15 g y solamente papeles 0,0058

MAGNESIO, TRISILICATO Como monofármaco ó asociado a otros antiácidos 0,0072

MANITOL 0,0117

MEBENDAZOL 0,1586

MEDROXIPROGESTERONA, ACETATO Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina para admon. oftálmica

x 8,5000

MENADIONA Como monofármaco 0,2578

MEPROBAMATO 0,0452

MERCURIO, OXIDO AMARILLO Solamente asociado a otros principios activos y para uso oftálmico ox 0,1037

MESALAZINA 0,6474

METADONA, CLORHIDRATO x 0,4714

METAMIZOL MAGNESICO x 0,0688

METAMIZOL SODICO x 0,0416

METENAMINA 0,0069

METFORMINA Como principio activo sin asociar 0,2836

METILNICOTINATO 0,0902

METILPREDNISOLONA 6-ALFA Como monofármaco x 12,2629

METILROSANILINA 0,1056

METILSALICILATO ox 0,0128

METILTESTOSTERONA vs 1,6151

METILTIONINA, CLORURO Solamente por vía sistémica o como exc. 0,1345

METIONINA vs x 0,0700

METOCLOPRAMIDA, CLORHIDRATO x 0,2601

METOXALENO x 4,9179

METOXIPSORALENO-8 x 4,9179

METRONIDAZOL x 0,2350

MICONAZOL, NITRATO Como monofármaco 0,7164

MORFINA, CLORHIDRATO x 1,1109

NAFAZOLINA, CLORHIDRATO Solamente en asociaciones de uso oftálmico x 0,9737

NAFTALAN Solamente asociado a otros antipsoriásicos 0,0033

NALIDIXICO, ACIDO Como monofármaco x 0,4332

NAPROXENO Como monofármaco 0,3821

NEOMICINA, SULFATO Como monofármaco x 0,2402

NEOMICINA, UNDECILINATO Como monofármaco 0,3088

NICARDIPINO, CLORHIDRATO 2,8914

NICERGOLINA 10,2288

NICLOSAMIDA x 0,9454

NICOTINAMIDA Como monofármaco x 0,0388

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NICOTINATO DE METILO 0,0902

NICOTINICO, ACIDO x 0,0270

NIFEDIPINA 0,7426

NISTATINA Como monofármaco x 0,6385

NITROFURANTOINA Como monofármaco x 0,1263

NITROGLICERINA AL 2% Al 0,2 % en pomada para tratamiento de fístulas anales. 0,4116

NORAMIDOPIRINMETANOSULFONATO MAGNESICO x 0,0688

NORAMIDOPIRINMETANOSULFONATO SODICO x 0,0416

NORETISTERONA, ACETATO vs x 7,0690

NORTRIPTILINA x 1,2462

NOSCAPINA 0,1839

OCTILDIMETILPABA Solo asociado a otros principios activos en procesos patológicos que requieran fotoprotección

0,1958

OCTILMETOXICINAMATO Solo asociado a otros principios activos en procesos patológicos que requieran fotoprotección

0,0614

OMEPRAZOL SÓDICO (uso pedátrico) 2,2500

ORNITINA, CLORHIDRATO Como monofármaco y por vía parenteral 0,1451

OXANDROLONA Con visado de Inspección 64,0000

OXAZEPAM Como monofármaco 0,7460

OXIFENBUTAZONA 0,1672

OXITETRACICLINA, CLORHIDRATO Como monofármaco o asociado a corticoides para uso oftálmico x 0,1582

PABA Solo asociado a otros principios activos en procesos patológicos que requieran fotoprotección

x 0,0633

P-AMINOBENZOICO, ACIDO Solo asociado a otros principios activos en procesos patológicos que requieran fotoprotección

x 0,0633

PANTENOL Solamente por vía parenteral 0,0484

PAPAVERINA BASE Como monofármaco x 0,5283

PAPAVERINA, CLORHIDRATO Como monofármaco x 0,2748

PARACETAMOL x 0,0178

PAS x 0,4254

PEMOLINA MAGNESICA 0,3794

PERHIDRONAFTALENO Solamente asociado a otros antipsoriásicos 0,0033

PILOCARPINA, CLORHIDRATO Solamente para colirios x 6,0010

PIPERAZINA, CITRATO x 0,0140

PIRACETAM 0,0433

PIRAZINAMIDA x 0,1840

PIRIDOXINA, CLORHIDRATO Como monofármaco o asociado a ISONIAZIDA x 0,1290

PIROXICAM Como monofármaco 0,4942

PIRVINIO, PAMOATO x 0,3978

PLATA, NUCLEINATO ox 0,4507

PLATA, VITELINATO ox 0,4507

PODOPHYLLUM PELTATUM, RESINA x 0,8080

POLIGALA PAIS, EXTRACTO FLUIDO Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas,según la CIE 9ª edición

0,0304

Page 17: ANEXO B FÓRMULAS MAGISTRALES VACUNAS …sescam.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/... · activos que figura en la Tabla B1, el de los excipientes de ... la

POLIGALA, TINTURA Como monofármaco para utilización en EPOC y enfermedades asociadas,según la CIE 9ª edición

x 0,0149

POLIMIXINA, SULFATO Como monofármaco x 8,3289

POTASIO, BICARBONATO 0,0098

POTASIO, BITARTRATO 0,0041

POTASIO, CITRATO 0,0143

POTASIO, CLORURO 0,0158

POTASIO, HIDROXIDO No formulable como reblandecedores del cerumen 0,0281

POTASIO, IODURO Solamente por vía sistémica vs x 0,0777

POTASIO, SULFOGUAYACOLATO x 0,0272

PREDNISOLONA Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina para admon. oftálmica

x 2,1270

PREDNISONA Como monofármaco o asociado con gentamicina, tobramicina y tetraciclina para admon. oftálmica

x 1,8126

PROBENECIDA 0,7710

PROCAINA, CLORHIDRATO Vía mucosa, no formulable en antihemorroidales x 0,0610

PROGESTERONA Se admite por vía transdérmica vs x 0,7530

PROLINA vs x 1,8185

PROMETAZINA, CLORHIDRATO Solamente por vía sistémica x 0,1336

PROPAFENONA 1,7189

PROPIFENAZONA 0,0337

PROPRANOLOL x 0,1668

PROTIONAMIDA x 0,4369

QUIMOTRIPSINA x 3,1093

QUINIDINA, SULFATO 6,0333

QUINIDINA, SULFATO BASICO 6,0333

QUININA, CLORHIDRATO x 0,2688

QUININA, SALICILATO x 0,4031

QUININA, SULFATO x 0,2415

RANITIDINA 0,3400

REGALIZ, EXTRACTO BLANDO Solamente asociado a otros antiácidos x 0,0920

REGALIZ, EXTRACTO SECO Solamente asociado a otros antiácidos x 0,1167

REGALIZ, TINTURA Solamente asociado a otros antiácidos x 0,0159

RESERPINA x 0,6652

RETINOICO, ACIDO (All-trans) En orabase para tratamiento de liquen plano oral 7,1300

RETINOL Como monofármaco vía sitémica vs x 0,0769

RETINOL, ACETATO Como monofármaco vía sistémica vs x 0,0942

RETINOL, PALMITATO Como monofármaco vía sistémica vs x 0,1719

RIBOFLAVINA Como monofármaco x 0,1296

RIFAMPICINA Como monofármaco x 0,5980

RUTOSIDO x 0,1370

SALBUTAMOL, SULFATO Como monofármaco x 2,5844

SALICILAMIDA x 0,0543

SALICILATO DE METILO ox 0,0128

Page 18: ANEXO B FÓRMULAS MAGISTRALES VACUNAS …sescam.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/... · activos que figura en la Tabla B1, el de los excipientes de ... la

SALICILICO, ACIDO Como monofármaco ó asociado con un antipsoriásico y en concentraciones hasta el 10%

0,0127

SAUCO, FLOR 0,0282

SODIO, BICARBONATO 0,0067

SODIO, CITRATO CRISTAL 0,0070

SODIO, CLORURO No formulable en colirios 0,0052

SODIO, FLUORURO Solamente por vía oral y en concentraciones > 6 mg/dosis 0,0306

SODIO, FOSFATO TRIBASICO 0,0093

SODIO, HIPOSULFITO CRISTAL 0,0066

SODIO, IODURO x 0,1037

SODIO, SALICILATO x 0,0174

SODIO, TIOSULFATO 0,0066

SODIO, VALPROATO 0,5157

SUBCITRATO DE BISMUTO Como monofármaco 2,1486

SUCRALFATO 0,1193

SULFACETAMIDA SODICA Como monofármaco x 0,0342

SULFADIACINA Como monofármaco x 0,0471

SULFADIAZINA Como monofármaco x 0,0471

SULFAFURAZOL Como monofármaco x 0,0344

SULFAMETOXAZOL Como monofármaco o asociado a trimetropin x 0,0761

SULFAMETOXIPIRIDAZINA Como monofármaco x 0,0610

SULFANILAMIDA Como monofármaco x 0,0262

SULFAPIRIMIDINA Como monofármaco x 0,0471

SULFATIAZOL Como monofármaco x 0,0371

SULFISOXAZOL Como monofármaco x 0,0344

SULISOBENZONA Solo asociado a otros principios activos en procesos patológicos que requieran fotoprotección

0,1712

SULPIRIDE Como monofármaco o asociado con ansiolíticos 0,1882

TARDOAK 0,2201

TEOFILINA ANHIDRA Como monofármaco 0,0605

TEOFILINA RETARDADA MICRONIZ.(563 mg/g) Como monofármaco x 0,0992

TEOFILINATO DE COLINA Como monofármaco x 0,0558

TERBUTALINA Como monofármaco x 6,9744

TERPINA 0,0138

TESTOSTERONA, PROPIONATO x 1,5800

TETRACAINA, CLORHIDRATO Via mucosa, no formulable en antihemorroidales x 0,2078

TETRACICLINA, CLORHIDRATO Como monofármaco o asociado a corticoides para uso oftálmico x 0,1063

TIABENDAZOL 0,2583

TIACETAZONA 0,1220

TIAMINA, CLORHIDRATO Como monofármaco x 0,0856

Page 19: ANEXO B FÓRMULAS MAGISTRALES VACUNAS …sescam.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/... · activos que figura en la Tabla B1, el de los excipientes de ... la

TIAMINA, MONONITRATO Como monofármaco x 0,2482

TIOSULFATO SODICO 0,0066

TIOXOLONA 0,3074

TIROTRICINA Como monofármaco 0,8162

TIROXINA (Dosificación en mcg) x 14,4550

TOCOFEROL, ACETATO Como monofármaco ó exc. 0,0638

TOCOFEROL, SUCCINATO Como monofármaco ó exc. x 0,3212

TOLBUTAMIDA Como principio activo sin asociar 0,0428

TOLNAFTATO Como monofármaco 1,2457

TREONINA vs 0,1224

TRIAMCINOLONA BASE Como monofármaco 10,2489

TRIAMCINOLONA, ACETONIDO Como monofármaco o asoc. a queratolíticos en tratamiento psoriasis en concentracion hasta el 0,5%

6,9500

TRIAMTERENO x 0,3209

TRIIODOTIRONINA (Dosificación en mcg) x 17,1889

TRIMETILPSORALENO x 6,3790

TRIMETROPRIMA Como monofármaco o asociado a sulfametoxazol 0,1332

TRIOXALEN x 6,3790

TRIOXISALENO x 6,3790

TRIPELENAMINA, CLORHIDRATO x 0,1825

TRIPOTASIO DICITRATO DE BISMUTO Como monofármaco 2,1486

TRIPSINA 0,4389

TRIPTOFANO vs x 0,2812

TRIS 0,1113

TROMETAMOL 0,1113

TUMENOL 0,0359

UNDECILENICO, ACIDO x 0,0406

UREA Como principio activo (queratolítico) asociado a otros principios activos (corticosteroides) 0,0091

UROTROPINA 0,0069

VALERIANA, EXTRACTO FLUIDO 0,0400

VALERIANA, TINTURA x 0,0217

VALPROATO SODICO 0,5157

VERAPAMILO 1,1517

VERDE DE METILO 3,3361

VERONAL Como monofármaco 0,0233

VINCAMINA 2,4919

VIOFORMO Solamente asociado a otros principios activos vt x 0,0782

VIOLETA DE GENCIANA 0,1056

VITAMINA A, ACETATO Como monofármaco vía sistémica vs x 0,0942

VITAMINA A, HIDROSOLUBLE Como monofármaco vía sistémica vs x 0,0769

VITAMINA A, PALMITATO Como monofármaco vía sistémica vs x 0,1719

VITAMINA B1 Como monofármaco x 0,0856

Page 20: ANEXO B FÓRMULAS MAGISTRALES VACUNAS …sescam.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/... · activos que figura en la Tabla B1, el de los excipientes de ... la

VITAMINA B12 (Dosificación en mcg) Como monofármaco x 10,3203

VITAMINA B2 Como monofármaco x 0,1413

VITAMINA B6 Como monofármaco o asociado a ISONIAZIDA x 0,1169

VITAMINA C Solamente por vía inyectable o como exc. x 0,0245

VITAMINA D2 Como monofármaco ó asociado a sales de Ca ox 16,6334

VITAMINA D3 Como monofármaco ó asociado a sales de Ca ox 4,7129

VITAMINA E OLEOSA Como monofármaco ó exc. x 0,0882

VITAMINA E, ACETATO Como monofármaco ó exc. 0,0638

VITAMINA E, SUCCINATO Como monofármaco ó exc. x 0,3212

VITAMINA H (Dosificación en mcg) Como monofármaco x 10,9470

VITAMINA K3 HIDROSOLUBLE Como monofármaco x 0,0526

VITAMINA PP Como monofármaco x 0,0388

XILOCAINA Via mucosa, no formulable en antihemorroidales 0,0581

ZINC, ACETATO 0,0105

ZINC, GLUCONATO 0,0151

ZINC, SULFATO CRISTAL Como monofármaco vs 0,0198

ZINC, SULFATO DIFFUCAPS Como monofármaco vs 0,3600

ZINC, SULFATO POLVO Como monofármaco vs 0,0208

TABLA B2: PRECIO DE LOS EXCIPIENTES

EXCIPIENTES Euros

- SOLUCIONES Y SUSPENSIONES ESTÉRILES: 0,29/10 mls - SOLUCIONES Y SUSPENSIONES NO ESTERILES (EXCEPTO JARABES):

Acuosas Hidroalcóholicas (no acuosas)

0,54/100 ml o fracción 1,80/100 ml o fracción

- JARABES: 1,68/100 ml o fracción - PASTAS Y POMADAS ANHIDRAS: 1,20/100 g o fracción - EMULSIONES Y GELES (excepto colodiones): 1,68/100 ml o fracción - POLVOS Y GRANULADOS: 0,60/100 g o fracción - SUPOSITORIOS Y ÓVULOS: 0,03/Unidad - CAPSULAS ENTÉRICAS: 0,03/Unidad - CAPSULAS : 0,006/Unidad

TABLA B3: TARIFAS DE LOS ENVASES

FORMAS FARMACEUTICAS LIQUIDAS Euros

Frasco plastico blanco opaco 50 cc 0,25 Frasco plastico blanco opaco 125 cc 0,35 Frasco plastico blanco opaco 250 cc 0,37 Frasco plastico topacio 30 cc 0,22 Frasco plastico topacio 60 cc 0,26 Frasco plastico topacio 125 cc 0,40 Frasco plastico topacio 250 cc 0,44 Frasco cristal topacio 30 cc 0,25

Page 21: ANEXO B FÓRMULAS MAGISTRALES VACUNAS …sescam.castillalamancha.es/sites/sescam.castillalamancha.es/files/... · activos que figura en la Tabla B1, el de los excipientes de ... la

Frasco cristal topacio 60 cc 0,26 Frasco cristal topacio 125 cc 0,33 Frasco cristal topacio 250 cc 0,39

FORMAS FARMACEUTICAS SEMISÓLIDAS Euros Envase de 20 cc 0,39 Envase de 40 cc 0,43 Envase de 60 cc 0,58 Envase de 100 cc 0,58 Envase de 120 cc 0,59 Envase de 200 cc 0,73

CAPSULAS Euros Envase de 50 0,31 Envase de 100 0,41

INYECTABLES Euros Envase 0,36

COLIRIOS Euros Frasco Esteril 0,60

Los envases de plastico topacio, se utilizaran para las formulas fotosensibles en general (formulas en las que intervengan principios activos señalados con “X”) Los envases de cristal topacio, se utilizaran para las formulas en las que

intervengan productos señalados con “OX y O”

TABLA B4: HONORARIOS PROFESIONALES

FORMA FARMACÉUTICA Máximo

< 10

Unidades

> 10

Unidades Inyectables (soluciones,suspensiones) 25 P x 8 0,4 x P Colirios y pomadas oftálmicas 1 P x 8 Óvulos y supositorios 25 P x 4 0,1 x P Papeles, sellos 50 P x 3 0,1 x P Cápsulas 100 P x 4 0,1 x P Cápsulas entéricas 100 P x 6 0,2 x P

Gramos o mililitros FORMA FARMACÉUTICA

Máximo < 100 > 100

Pastas y pomadas anhidras 250 P x 4 0,010 x P Granulados, emulsiones y geles 250 P x 4 0,013 x P Polvos compuestos 250 P x 2 0,003 x P Suspensiones 250 P x 3 0,007 x P Soluciones estériles 1000 P x 5 0,005 x P Soluciones 1000 P x 3 0,005 x P Enemas * 1000 P x 4 0,005 x P

(*) El volumen total máximo será de 1000 ml pudiendo ir distribuido en varios envases (ej: enemas de 100 ml podrán ir en una receta hasta 10 enemas, que se tasarán sobre 1000 ml).