REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER
POPULARPARA LA DEFENSAUNIVERSIDAD EXPERIMENTAL DE LA
SEGURIDADGRUPO: 9PROCEDIMIENTO DE ATENCIN A REFUGIADOS Y REFUGIADAS
COMO FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS EN EL EJERCICIO DE SUS
FUNCIONESAutores:Daz, Jess Daniel C.I.19.444.058Gonzlez, Franklin
C.I.11.635.909Mr!ez, Jairo Jos" C.I.1#.8#8.985$rie%o,
&n'erl(er%) C.I.13.#83.*16+!iz, Denni, &-!ar-o
C.I.14.*68.*98JULIO 2015Abandonar su residencia y actividades
econmicas habitualesSu integridad fsica o libertad han sido
vulneradas o amenazadasExistencia de diversas situaciones como el
conficto armado, disturbios o tensiones internos, violencia
generalizadaViolaciones masivas a los Derechos umanos !DD" #a
$roteccin internacional incluye algo m%s &ue la $ro$ia
seguridad fsica#a condicin de refugiado la realiza el Estado
venezolano a trav's de la (omisin )acional de *efugiados #as
instancias regionales creadas $or la ley, llamadas Secretaras
+'cnicas *egionales#as solicitudes de refugio son sometidas ante la
(omisin )acional $ara los *efugiados y sus secretaras o ante las
o,cinas del A()-* Artculo 23. Artculo 23. Artculo 55.Artculo
55.Artculo 69.Artculo 69.#ey .rg%nica Sobre *efugiados . *efugiadas
/ Asilados . Asiladas !#.**AA"#ey .rg%nica Sobre *efugiados .
*efugiadas / Asilados . Asiladas
!#.**AA"Articulo01Articulo01Articulo02Articulo023ara considerarse
refugiado o asilado de la re$ublica 4olivariana de Venezuela deben
,5arse las condiciones ex$uestas en los siguientes Artculos De #a
#ey .rg%nica De *efugiado / Asilado Art06Art0 7Art 08Art 903ara
atender el re&uerimiento de refugiados o asilados en la
*e$:blica 4olivariana De Venezuela se crea una comisin y se nombran
funcionarios com$etentes $ara llevar a cabo esta labor, como
&ueda ex$resado En #os Articulos Siguientes De #a #ey .rganica
De *efugiados / Asilados;Articulo