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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DIA 20 DE ENERO DE 2012/01 ALCALDE PRESIDENTE D. Antonio Gutiérrez Limones CONCEJALES GRUPO SOCIALISTA Dª Miriam Burgos Rodríguez D. Rafael Chacón Sánchez Dª María José Borge Montero D. Salvador Escudero Hidalgo Dª Ana Belén González Pérez Dª Gloria Marín Gil Dª María Dolores Gutiérrez Peral D. José Manuel Rodríguez Martín Dª Laura Ballesteros Núñez D. Clemente Jesús Olivero Mejías D. José Antonio Montero Romero GRUPO POPULAR Dª Mª del Carmen Rodríguez Hornillo Dª Mª del Águila Gutiérrez López D. Francisco Bautista Fernández Dª Sandra González García D. Luciano Borrego Borrego Dª Rosalía Fdez.-Llebrez Arriaga Dª. Rosario Ordóñez Pardo Dª Elena Ballesteros Marín GRUPO ANDALUCISTA Dª María Dolores Aquino Trigo D. Ramón Ramos Gandul GRUPO DE IULV-CA D. Alberto Jesús Miranda Oliva INTERVENTOR D. Francisco Sánchez-Nieves Martínez SECRETARIO GENERAL D. Fernando Manuel Gómez Rincón En la ciudad de Alcalá de Guadaíra, y en la sala de plenos de su palacio municipal, siendo las doce horas y cinco minutos del día veinte de enero de dos mil doce, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, don Antonio Gutiérrez Limones, se reúnen los señores al margen expresados, miembros de la Corporación Municipal, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno, convocada por la presidencia, y para la que han sido debidamente citados. Dejaron de asistir, excusando su ausencia, los señores concejales don Enrique Pavón Benítez (PSOE) y don Miguel Ángel Castillo Jiménez (PP). Declarada abierta y pública la sesión por la presidencia a la hora indicada y previa comprobación por el secretario de la Corporación del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada la sesión, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día: 1º APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
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Oct 30, 2018

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENODEL AYUNTAMIENTO EL DIA 20 DE ENERO DE 2012/01

ALCALDE PRESIDENTED. Antonio Gutiérrez Limones

CONCEJALESGRUPO SOCIALISTA

Dª Miriam Burgos RodríguezD. Rafael Chacón SánchezDª María José Borge MonteroD. Salvador Escudero HidalgoDª Ana Belén González PérezDª Gloria Marín GilDª María Dolores Gutiérrez PeralD. José Manuel Rodríguez MartínDª Laura Ballesteros NúñezD. Clemente Jesús Olivero MejíasD. José Antonio Montero Romero

GRUPO POPULARDª Mª del Carmen Rodríguez HornilloDª Mª del Águila Gutiérrez LópezD. Francisco Bautista FernándezDª Sandra González GarcíaD. Luciano Borrego BorregoDª Rosalía Fdez.-Llebrez ArriagaDª. Rosario Ordóñez PardoDª Elena Ballesteros Marín

GRUPO ANDALUCISTADª María Dolores Aquino TrigoD. Ramón Ramos Gandul

GRUPO DE IULV-CAD. Alberto Jesús Miranda Oliva

INTERVENTORD. Francisco Sánchez-Nieves Martínez

SECRETARIO GENERALD. Fernando Manuel Gómez Rincón

En la ciudad de Alcalá deGuadaíra, y en la sala de plenos de supalacio municipal, siendo las docehoras y cinco minutos del día veinte deenero de dos mil doce, bajo lapresidencia del Sr. Alcalde, donAntonio Gutiérrez Limones, se reúnenlos señores al margen expresados,miembros de la CorporaciónMunicipal, al objeto de celebrar enprimera convocatoria sesión ordinariadel Pleno, convocada por lapresidencia, y para la que han sidodebidamente citados.

Dejaron de asistir, excusando suausencia, los señores concejales donEnrique Pavón Benítez (PSOE) y donMiguel Ángel Castillo Jiménez (PP).

Declarada abierta y pública lasesión por la presidencia a la horaindicada y previa comprobación por elsecretario de la Corporación delquórum de asistencia necesario paraque pueda ser iniciada la sesión, seprocede a conocer de los siguientesasuntos incluidos en el orden del día:

1º APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

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CELEBRADA EL DÍA 23 DE DICIEMBRE DE 2011.- Por el señorpresidente se pregunta si algún miembro de los asistentes tiene que formularalguna observación al acta de la sesión anterior celebrada con carácterextraordinario el día 23 de diciembre de 2011. No produciéndose ningunaobservación ni rectificación es aprobada por unanimidad.

2º CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍAY CONCEJALES DELEGADOS.- El Ayuntamiento Pleno quedó debidamenteenterado de las resoluciones de la Alcaldía y de los señores concejales-delegadosque a continuación se indican:

- Resoluciones de la Alcaldía números 675 al 709, correspondientes almes de diciembre de 2011; y números 1 al 20, correspondientes al mesde enero de 2012.

- Resoluciones del presidente de la Gerencia Municipal de ServiciosUrbanos números 740 al 786, correspondientes al mes de diciembre de2011; y número 1 al 9, correspondientes al mes de enero de 2012.

- Resoluciones de la señora concejal-delegada del Área de PolíticasEstratégicas, números 107 al 170, correspondientes al mes dediciembre de 2011.

- Resoluciones de la señora concejal-delegada del Área de Gobernanza yEvaluación números 1.057 al 1.295, correspondientes al mes dediciembre de 2011; y número 1 al 67, correspondientes al mes deenero de 2012..

- Resoluciones del señor concejal-delegado del Área de Territorio yPersonas números 738 al 926, correspondientes al mes de diciembrede 2011; y número 1 al 20, correspondientes al mes de enero de 2012.

3º PROPUESTA SOBRE NOMBRAMIENTO DE VOCALES ENEL CONSEJO RECTOR DEL CONSORCIO DE LA UNIDADTERRITORIAL DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL YTECNOLÓGICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA.- Examinado el expedienteque se tramita para nombrar vocales en el Consejo Rector del Consorcio de laUnidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alcalá deGuadaíra, y resultando:

1º De conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 de los estatutosdel consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y

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Tecnológico de Alcalá de Guadaíra, el Consejo Rector de dicho consorcio estáintegrado, entre otros, por cuatro vocales designados por este Ayuntamiento.

2º Habiéndose realizado por esta Alcaldía tras las últimas eleccioneslocales una modificación tanto en la estructura de la organización municipal, comoen la distribución de las competencias delegadas en los distintos concejales-delegados, es necesario sustituir a los actuales vocales que este Ayuntamientotiene designados en el referido órgano colegiado.

En consecuencia con lo anterior, y conforme a lo preceptuado en elartículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídicode las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 denoviembre, relativo al nombramiento de representantes de la Corporación enórganos colegiados, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés desus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y con los doce votosa favor de los señores concejales del grupo municipal Socialista (12), los nuevevotos en contra de los señores concejales de los grupos municipales Popular (8:doña Mª del Carmen Rodríguez Hornillo, doña Mª del Águila Gutiérrez López, donFrancisco Bautista Fernández, doña Sandra González García, don Luciano BorregoBorrego, doña Rosalía Fernández.-Llebrez Arriaga, doña Rosario Ordóñez Pardo ydoña Elena Ballesteros Marín) y de IULV-CA (1: don Alberto Jesús Miranda Oliva),y la abstención de los señores concejales del grupo municipal Andalucista (2), pormayoría absoluta, acuerda:

Primero.- Nombrar vocales, en representación de este Ayuntamiento, enel Consejo Rector del consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y DesarrolloLocal y Tecnológico de Alcalá de Guadaíra a los siguientes concejales de estaCorporación:

Doña María José Borge Montero

Doña Miriam Burgos Salgado.Don Salvador Escudero HidalgoDoña Ana Belén González Pérez.

Segundo.- Notificar este acuerdo al consorcio de la Unidad Territorialde Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alcalá de Guadaíra para suconocimiento y efectos oportunos.

4º EXPEDIENTE C-2011/25 DE CONTRATACIÓN DELSUMINISTRO DE VEHÍCULOS EN RÉGIMEN DE RENTING PARADIVERSOS SERVICIOS MUNICIPALES: DECLARACIÓN DEDESIERTO.- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa deGobernanza y Evaluación, de fecha 16 de enero de 2012, sobre expediente que se

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tramita para aprobar la declaración de desierto del procedimiento de adjudicaciónconvocado para la contratación del suministro de vehículos en régimen de rentingpara diversos servicios municipales.

Visto lo anterior, toma la palabra el señor concejal del grupo municipalAndalucista, don Ramón Ramos Gandul, quien, entre otras cosas, dice: Desdeel Partido Andalucista queríamos que se tomara una valoración más profunda sobre estetipo de contrato, el cual ha quedado desierto. Y no es la primera vez que queda desiertoeste tipo de contratos. Ante la problemática que existe en todas las empresas, creemosque habría que valorar el hecho de que este Ayuntamiento sea un cliente potencial y losproveedores no quieran participar. Dejo una pregunta sobre la mesa, que si estamosperdiendo la credibilidad ante los proveedores.

Tras la deliberación anterior, y resultando:

1º. El Pleno de la Corporación, en la sesión celebrada el día 21 de octubrede 2011, aprobó el expediente de contratación C-2011/029 incoado paraadjudicar por tramitación anticipada, mediante procedimiento abierto, elsuministro de vehículos en régimen de renting para diversos servicios municipales.El plazo de duración del contrato era de 60 meses.

2º. El correspondiente anuncio de licitación se publicó en el DOUEnúmero 2011/S 210-342444 de fecha 2 de noviembre de 2.011, y el BOE 297 de10 de diciembre de 2.011, finalizando el plazo de presentación de ofertas el 27 dediciembre de 2.011. Durante el plazo hábil abierto no se presentó ningunaproposición.

En consecuencia con lo anterior, y visto lo dispuesto en el art. 135 de laLey 30/2007, de 30 de octubre de, Contratos del Sector Público, aplicable a lapresente contratación, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés desus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad,acuerda:

Primero.- Declarar desierto el procedimiento de adjudicación convocadopara la contratación del suministro de vehículos en régimen de renting paradiversos servicios municipales.

Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal,a la Oficina Municipal Presupuestaria, a Recursos Humanos, al Servicio deContratación, y al responsable municipal del contrato.

5º PROPUESTA SOBRE APROBACIÓN DE LA ORDENANZAMUNICIPAL REGULADORA DE LA DENOMINACIÓN Y

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ROTULACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS Y NUMERACIÓN DE EDIFICIOSEN EL MUNICIPIO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA: APROBACIÓNINICIAL.- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Gobernanzay Evaluación, de fecha 16 de enero de 2012 sobre el expediente que se tramitapara aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal reguladora de la Denominacióny Rotulación de Vías Públicas y Numeración de Edificios.

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señoresconcejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporteinformático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:08 h.)por este orden: doña María Dolores Aquino Trigo del grupo municipalAndalucista, don Salvador Escudero Hidalgo del grupo municipal Socialista (2),y doña María del Carmen Rodríguez Hornillo del grupo municipal Popular.

Tras la deliberación de los señores concejales, y resultando:

1º. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por elReal Decreto 1690/1986, de 11 de julio, los Ayuntamientos mantendránactualizada la nomenclatura y rotulación de las vías públicas, y la numeración delos edificios, informando de ello a todas las Administraciones Públicas interesadas.

2º. Deberán también mantener la correspondiente cartografía o, en sudefecto referencia precisa de las direcciones postales con la cartografía elaboradapor la Administración competente.

3º. Por lo tanto, conforme a la Resolución de 1 de abril de 1997, conjuntadel Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General deCooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a losAyuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (Boletín Oficial delEstado, de 11 de abril de 1997, mediante Resolución de 9 de abril de 1997, de laSubsecretaría de la Presidencia del Gobierno), se ha elaborado la OrdenanzaMunicipal reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías Públicas yNumeración de Edificios, la cual se estima conforme, por lo que de conformidadcon el artículo 49 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local es procedente someterla a su aprobación con arreglo al siguienteprocedimiento:

a) Aprobación inicial por el Pleno.

b) Información pública y audiencia a los interesados por plazo mínimo detreinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

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c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentrodel plazo y aprobación definitiva por el Pleno.

En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación osugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entoncesprovisional”.

4º. De conformidad con el art. 22.2.d) de la citada Ley 7/1.985, de 2 deabril, reguladora de las Bases de Régimen Local el órgano competente para laadopción del acuerdo es el Pleno Corporativo y según el art. 47.1 de la misma ley,el quórum de aprobación es de mayoría simple del número de miembrospresentes.

Por todo lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia deveintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y porunanimidad, acuerda:

Primero.- Aprobar inicialmente la referida Ordenanza Municipalreguladora de la Denominación y Rotulación de Vías Públicas y Numeración deEdificios, en los términos cuyo texto consta en el expediente de su razón.

Segundo.- Someter este acuerdo a información pública y audiencia de losinteresados mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la provinciay tablón de anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de treinta días para lapresentación de reclamaciones y sugerencias que serán resueltas por el Pleno. Enel supuesto de que no se presenten reclamaciones durante el indicado plazo, esteacuerdo se entenderá definitivamente adoptado.

6º APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUALDEL PLAN DE SECTORIZACIÓN DEL SUO 22 “SUNP R5” (EXP.1/2012-URPS).- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa deTerritorio y Personas, de fecha 17 de enero de 2012 sobre el expediente que setramita para aprobar inicialmente una modificación puntual del Plan deSectorización del SUO 22 SUNP R5.

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señoresconcejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporteinformático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:10 h.)por este orden: doña María del Carmen Rodríguez Hornillo del grupomunicipal Popular, doña María Dolores Aquino Trigo del grupo municipalAndalucista, y don Rafael Chacón Sánchez del grupo municipal Socialista.

Tras la deliberación de los señores concejales, y resultando:

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1º. El Plan General de Ordenación Urbana (en adelante PGOU) vigente enAlcalá de Guadaíra delimita el sector de Suelo Urbanizable No Sectorizado SUNP-R5 “Carretilla-Pirotecnia”, con una superficie total de 79 Has., con el objetivo deposibilitar el desarrollo ordenado de una zona limítrofe con el suelo urbano yocupado en parte por la parcelación “La Pirotecnia.

2º. El Plan de Sectorización del Sector SUNP R5 (Expte. 2/2005-URPS) fueaprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación delTerritorio y Urbanismo con fecha 24 de noviembre de 2006. Posteriormente, alAyuntamiento Pleno en sesión celebrada el 22 de febrero de 2007 aprobó unTexto Refundido del citado Plan actualmente vigente.

3º. El Plan de Sectorización delimita dos sectores (S1 y S2), ordenandopormenorizadamente el Sector 1 -coincidente en principio con una única unidadde ejecución- y estableciendo como sistema de actuación el de compensación.Respecto del Sector 2, remite su ordenación al correspondiente Plan Parcial.

4º. Con fecha 16 de julio de 2009 el Ayuntamiento Pleno aprobó eldocumento de Adaptación Parcial del PGOU a la LOUA, en virtud de la cual elSector 1 del SUNP R5 pasa a denominarse SUO-22 (Suelo Urbanizable Ordenado)"S1/SUNP R5" incluido en el Área de Reparto nº 14. Consta igualmente aprobadoinicialmente por el Ayuntamiento Pleno con fecha 3 de diciembre de 2009 eldocumento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Alcalá deGuadaíra, así como el Estudio de Impacto Ambiental, redactado a iniciativa de esteAyuntamiento por la entidad Territorio y Ciudad S.L., en los términos que constaen el expediente nº 02/2009-URMP.

5º. Por lo que respecta a la ejecución del planeamiento del Sector 1 (SUO-22 conforme a la Adaptación Parcial), consta constituida la Junta de Compensacióncon fecha 21 de diciembre de 2007 (Expte. 4/2006 URJC) y aprobado el Proyectode Urbanización con fecha 11 de abril de 2008 (Expte. 2/2006 URPU). Por suparte, el Proyecto de Reparcelación fue aprobado por Asamblea de la Junta deCompensación de fecha 18 de diciembre de 2008, constado informe dedeficiencias emitido por los Servicios Técnicos municipales de fecha 17 dediciembre de 2008 (Expte. 11/2008-URPR), sin que conste la ratificación municipaldel mismo.

6º. A consecuencia de la paralización de las obras de urbanización por laJunta de Compensación, mediante Asamblea General Extraordinaria celebrada eldía 26 de marzo de 2009, se aprueba la propuesta relativa a la ejecuciónindependiente, por el Ayuntamiento o sociedad instrumental que éste designe, delas obras de urbanización de la Parcelación La Pirotecnia, sufragándose por lasaportaciones pendientes de abonar por los parcelistas y por el importe total de

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los costes de urbanización correspondientes al Ayuntamiento en el Sectorcompleto, que serán adelantados a tal fin.

7º. En cumplimiento de dicho acuerdo, la Junta de Gobierno Local confecha 27 de noviembre de 2009 aprobó el Proyecto de Redelimitación deUnidades de Ejecución en el SUO 22 "S1/SUNPR5", que divide el Sector 1 en dosUnidades de Ejecución, fijándose como límite de una de ellas (UE 1) el de laparcelación, salvo ajustes precisos para la efectiva redelimitación, de forma quequedan incluidas las fincas titularidad de los parcelistas en una de las Unidades deEjecución delimitadas, a fin de satisfacer los compromisos asumidos en losconvenios suscritos respecto a la ejecución prioritaria de la urbanización de dichaparcelación. Para tal unidad de ejecución se estableció como sistema de actuaciónel de cooperación, manteniéndose el de compensación para la UE 2. Elprocedimiento de redelimitación de unidades de ejecución fue tramitado conarreglo a lo dispuesto en el artículo 106 de la LOUA, en base a la remisiónefectuada en tal sentido por los artículos 36.1.in fine y 18.1 de la LOUA.

8º. El Proyecto de Reparcelación de la UE 1 del SUO 22 "S1/SUNPR5”,tramitado conforme al procedimiento establecido al efecto por el sistema decooperación, ha sido aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Localcon fecha 26 de noviembre de 2010.

9º. Presentado a inscripción el Proyecto de Reparcelación, fue calificadonegativamente por el Registrador interino del Registro de la Propiedad nº 2 deAlcalá de Guadaíra el 15 de junio de 2011, advirtiendo determinados defectostanto de contenido como de tramitación procedimental.

10º. Sometido el proyecto a calificación sustitutoria, ésta es emitida por elRegistrador de la Propiedad 01-I y Mercantil de Bienes Muebles de Sevilla confecha 22 de julio de 2011, acordando suspender el despacho del título (Proyectode Reparcelación), solo por el defecto procedimental inicialmente advertido,referido éste al procedimiento para la aprobación de la redelimitación de unidadesde ejecución. Dicho defecto, en síntesis, pone de manifiesto la inidoneidad delprocedimiento llevado a cabo por este Ayuntamiento, considerando tanto elRegistrador sustituido como el sustituto que el procedimiento por el que elAyuntamiento de Alcalá de Guadaíra ha redelimitado la única unidad de ejecucióndel sector en dos unidades de ejecución, no se ajusta a la normativa aplicable porcuanto que la competencia para ello correspondería al mismo órgano que aprobóel planeamiento pormenorizado y delimitó la única Unidad de Ejecución del Sector1, ésto es, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo queaprobó el Plan de Sectorización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo36.1 de la LOUA y la doctrina jurisprudencial referida. Incluso en el supuesto deque se estime como procedimiento adecuado el establecido en el artículo 106debe la LOUA, consideran que tampoco se da cumplimiento a la normativa

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aplicable por cuanto la modificación de la unidad de ejecución no derivaría de laaceptación de alegaciones durante los trámites de información pública y audiencia.

11º. Considerando este Ayuntamiento errónea la interpretación delRegistrador, elevó consulta a la Dirección General de Urbanismo de la Consejeríade Obras Públicas y Vivienda con fecha 4 de agosto de 2011, siendo contestadacon fecha 10 de agosto en los siguientes términos: “En este sentido, para laredelimitación de la unidad de ejecución propuesta no es necesario acudir alprocedimiento de innovación del instrumento de planeamiento, sino que puede realizarsemediante el procedimiento previsto en el artículo 106 de la LOUA, siendo decompetencia municipal su aprobación, precisando para su plena eficacia la publicacióndel acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

12º. Y tal ha sido el procedimiento llevado a cabo por este Ayuntamientoconforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la LOUA con los siguientestrámites: aprobación inicial del expediente de redelimitación de unidades deejecución mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 de junio de2009, sometimiento a información pública mediante publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Sevilla nº 206 de 5 de septiembre de 2009 y en el diarioEl Correo de Andalucía de 7 de septiembre y audiencia a los propietariosafectados por plazo común de veinte días, acuerdo de aprobación definitiva por laJunta de Gobierno Local de fecha 27 de noviembre de 2009, notificación a lospropietarios afectados y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevillanº 31 de 8 de febrero de 2010.

13º. En todo caso, con fecha 9 de agosto de 2011 el Ayuntamiento deAlcalá de Guadaíra interpuso recurso ante la Dirección General de los Registros ydel Notariado contra la calificación negativa del Proyecto de Reparcelación encuanto al defecto confirmado por la nota de calificación del Registrador sustitutoreferido al procedimiento de redelimitación de unidades de ejecución.Expresamente en el recurso se justifica la legalidad del procedimiento llevado acabo por este Ayuntamiento en base a lo dispuesto en los artículos 36.1, 18.1 y106 de la LOUA, en los mismos términos que se pronuncia la Dirección Generalde Urbanismo en la contestación a la consulta evacuada.

14º. Dicho recurso ha sido desestimado de manera expresa con fecha 8 denoviembre de 2011, aun cuando notificado de manera extemporánea a esteAyuntamiento y sin que en sus Fundamentos de Derecho se haya analizado lodispuesto en el artículo 36.1. in fine de la LOUA -invocado por este Ayuntamientoen su recurso- que prevé expresamente la modificación de la delimitación deunidades de ejecución contenida en el instrumento de planeamiento por elprocedimiento del artículo 106.

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15º. No obstante no ser firme la desestimación del recurso interpuestopor cuanto cabe recurso ante la jurisdicción civil, es intención municipal procedera la subsanación del vicio advertido por Registrador de la Propiedad en su nota decalificación del proyecto de reparcelación de la UE1 del SUO 22 "S1/SUNPR5”incluyendo en el instrumento de planeamiento aplicable (Plan de Sectorización) laredelimitación de unidades de ejecución ya aprobadas.

Visto todo lo anterior y en base al documento redactado por la ArquitectaMunicipal, Jefa de Servicio de fecha 12 de enero de 2012, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros dederecho, en votación ordinaria, por unanimidad, y, por tanto, con el quórumleglamente exigido, acuerda:

Primero.- Aprobar inicialmente la referida modificación puntual del Plande Sectorización del SUO 22 “SUNP R5” al objeto de recoger documentalmentela redelimitación de unidades de ejecución del sector aprobada por la Junta deGobierno Local en sesión de fecha 27 de noviembre de 2009, conforme aldocumento elaborado por la Arquitecta Municipal, Jefa de Servicio de fecha 12 deenero de 2012.

Segundo.- Someter este acuerdo a un periodo de información pública deUN MES en el B.O.P. de Sevilla, en uno de los diarios de mayor difusión de lamisma y en el tablón de edictos de la Corporación, de conformidad con loestablecido en los artículos 32.1, 36 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía.

7º RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR D. ***CONTRA LA RESOLUCIÓN EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LALEGALIDAD URBANÍSTICA ADOPTADO POR EL PLENOMUNICIPAL EL 15 DE JULIO DE 2011 SOBRE EXPEDIENTE DEPROTECCIÓN DE LEGALIDAD (EXPDTE 17/2011-URPL).- NOTA:Este acuerdo contiene datos de carácter personal objeto de protección, por loque su contenido se omite en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El acta íntegra, conreproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, se expone en el tablón de anunciosde este Ayuntamiento hasta un mes desde su aprobación por el Pleno de laCorporación.

8º RATIFICACIÓN DE CONVENIOS URBANÍSTICOS PARA ELDESARROLLO DE LOS CONCIERTOS DE COLABORACIÓNSUSCRITOS PARA FACILITAR LA FORMULACIÓN Y EJECUCIÓNDE LA REVISIÓN DEL PGOU DE ALCALÁ DE GUADAÍRA (EXPTE.-3/2011-URCU).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácter personal

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objeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimiento de laLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de CarácterPersonal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, seexpone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mes desde suaprobación por el Pleno de la Corporación.

9º EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDADURBANÍSTICA POR ACTUACIONES SIN CONTAR CON LAPRECEPTIVA LICENCIA EN TERRENOS SITUADOS JUNTO A LACARRETERA ***, CUYA REFERENCIA CATASTRAL ES ***,CORRESPONDIENTE CON LA FINCA REGISTRAL *** (EXPDTE.65/2011-URPL).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácter personalobjeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimiento de laLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de CarácterPersonal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, seexpone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mes desde suaprobación por el Pleno de la Corporación.

10º EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LEGALIDADURBANÍSTICA EN TERRENOS SITUADOS JUNTO A LACARRETERA ***, CORRESPONDIENTE CON PARTE DE LAPARCELA *** CUYA REFERENCIA CATASTRAL ES ***, PORACTUACIONES SIN CONTAR CON LA PRECEPTIVA LICENCIA(EXPDTE. 57/2011-URPL).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácterpersonal objeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimientode la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos deCarácter Personal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquíomitido, se expone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mesdesde su aprobación por el Pleno de la Corporación.

11º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR SOBREORDENANZAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE TAXIS.- Llegado aeste punto, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de susveinticinco miembros de derecho, a propuesta del grupo municipal Popular, y porunanimidad, acuerda retirar este asunto del orden del día.

12º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL IULV-CA CONTRALOS DESAHUCIOS POR MOTIVOS ECONÓMICOS.- Dada cuenta de lapropuesta a que se refiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión

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Informativa de Territorio y Personas, de fecha 17 de enero de 2012 que copiadaliteralmente, dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS establece en suartículo 25 que “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que leasegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, elvestido, la vivienda, la asistencia médica...” y el PACTO INTERNACIONAL DEDERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, recoge en su artículo 11 que“Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a unnivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y viviendaadecuados”.

En el marco constitucional español, el derecho a la vivienda se configura como unprincipio rector de la política social y económica, obligando a los poderes públicos no sóloa respetar el propio derecho, sino también a dotarlo de un contenido prestacional que logarantice, alzándose como uno de los límites que legítimamente han de acotar la funciónsocial de la propiedad privada, garantizada por el artículo 33 de la CARTA MAGNA.Asimismo, el ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA DE 2007 reconoce en suartículo 25, entre el resto de derechos sociales, “la obligación de los poderes públicos defavorecer el acceso en condiciones de igualdad a una vivienda digna y adecuada,estableciendo las medidas necesarias a tal fin”.

Más recientemente, el Parlamento de esta Comunidad Autónoma ha aprobadouna Ley reguladora del Derecho a la Vivienda, cuyo artículo 2 se expresa en lossiguientes términos:

“Son titulares del derecho a una vivienda digna y adecuada las personas físicascon vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía en lascondiciones establecidas en esta Ley, sin que en el ejercicio de tal derecho puedan sufrirdiscriminación de ningún tipo, debiendo favorecerse este ejercicio en igualdad deoportunidades entre hombres y mujeres.

Este derecho comporta la satisfacción de las necesidades habitacionales de sustitulares y de quienes con ellos convivan, de forma que se posibilite una vidaindependiente y autónoma y se favorezca el ejercicio de los derechos fundamentales”.

Sin embargo, la vigencia de tales normas parece no escapar del papel. Laactuación de las Administraciones no ha sido suficiente para dotar de contenido elcarácter prestacional del derecho a la vivienda. Pero más grave aún es la inexistentereacción de los poderes públicos para proteger a los titulares del mismo, forzado aconvertirse en un derecho vacío y sin contenido frente al de la propiedad privada, paracuya efectividad se articulan los desequilibrados mecanismos de la ejecución hipotecaria.

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II. Con el estallido de la crisis y el aumento del paro, centenares de miles defamilias han llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus necesidades másbásicas. La legislación vigente, que permite que las entidades financieras se adjudiquenlas viviendas por el 50% del valor de tasación, no sólo es anómala y no tienecomparación con las legislaciones de otros países de nuestro entorno, sino que ademásera desconocida por las familias cuando firmaron los contratos hipotecarios. Hecho quese suma a la publicidad engañosa con la que se comercializaron la mayoría de esashipotecas, a la sobrevaloración en las tasaciones y al lenguaje de difícil comprensiónutilizado en los contratos que ahora se descubre que en muchos casos escondía todo tipode cláusulas abusivas, como es el caso de las cláusulas suelo.

Consideramos inadmisible y totalmente injusto que en un Estado social ydemocrático de Derecho, todas las consecuencias de la crisis recaigan sobre la parte másvulnerable del contrato hipotecario y en cambio las entidades financieras, en buenamedida responsables de la actual situación económica, reciban ayudas millonarias quesalen de los impuestos, sin tener que asumir ninguna responsabilidad, al mismo tiempoque siguen generando miles de millones de beneficios anuales. Según los datos delConsejo General del Poder Judicial, sólo entre 2007 y 2010 en el Estado Español sehabrán producido cerca de 300.000 ejecuciones hipotecarias, y que las previsiones dicenque entre 2011 y 2012 se podría llegar a la cifra de 500.000.

Cuando esto sucede, las familias no sólo se enfrentan a la pérdida de su viviendasino también a una condena financiera de por vida: la entidad bancaria interpone unademanda y se inicia el proceso de ejecución hipotecaria que finaliza con la subasta delinmueble. Si la subasta queda desierta (cosa que en el actual contexto de crisis sucedeen más del 90% de los casos), con la ley vigente la entidad bancaria se adjudica lavivienda por el 50% del valor de tasación y sigue reclamando el pago de la deudarestante más los intereses y costas judiciales, a las personas en situación de insolvencia,mediante el embargo de nóminas, cuentas, etc., así como embargos a los avalistas. Esdecir, además de perder la vivienda, miles de familias se enfrentan a una condenafinanciera de por vida que se traduce en una condena a la exclusión social y la economíasumergida.

III. Todo lo aquí expuesto depende de una normativa de alcance estatal, perocuyos efectos dramáticos se concretan en el ámbito municipal, puesto que es a losayuntamientos a donde se dirigen mayoritariamente las personas y familias afectadas enbusca de ayuda. Así, los ayuntamientos se convierten en doblemente perjudicados: enprimer lugar porque se vulneran los derechos fundamentales de sus ciudadanos; ensegundo lugar, porque en pleno contexto de crisis, cuando los recursos son más escasosque nunca, reciben todas las peticiones de ayuda de las personas y familiasempobrecidas.

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IV. Considerando que los ayuntamientos tienen la obligación de mantener laseguridad y el orden en el conjunto del territorio municipal así como velar por elbienestar del conjunto de la ciudadanía local, el grupo municipal de IU Alcalá deGuadaíra propone al pleno de esta Corporación la adopción de los siguientes

ACUERDOS

1.- Solicitar al Gobierno que apruebe una modificación de la regulaciónhipotecaria que incluya la figura de la dación en pago, de manera que, en los casos deresidencia habitual, si el banco ejecuta la hipoteca y se queda con la vivienda, la totalidadde la deuda (principal, más intereses y costas judiciales) quede liquidada, tal y comosucede en otros países de la UE o en EEUU.

2.- Instar al mismo Gobierno a aprobar una moratoria o implementar lasmedidas necesarias para paralizar los desahucios de las familias en situación deinsolvencia sobrevenida e involuntaria. Para los miles de desahucios ya producidos, que seaprueben con carácter de urgencia medidas destinadas a que los miles de pisos vacíosque están acumulando las entidades financieras como consecuencia de esos embargossean puestos inmediatamente a disposición de las familias desahuciadas y sin recursosen régimen de alquiler social, no superando nunca el 30% de la renta familiar disponible.

3.- Más allá de las medidas de competencia estatal, estudiar las medidas aemprender a nivel municipal para paralizar los desahucios, creando una comisiónespecial mixta en la que participen representantes del pleno municipal y de lasasociaciones de afectados y vecinales. El objetivo principal de dicha comisión será buscaralternativas que eviten los desahucios por motivos económicos. En los casos que no seaposible, garantizar el realojo digno de las familias afectadas.

4.- Dar traslado de estos acuerdos al Consejo de Ministros, y en especial alMinisterio de Economía y al Ministerio de Justicia, así como a los grupos parlamentariosdel Congreso y el Senado, al Parlamento Autonómico y a las asociaciones vecinales delmunicipio.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señoresconcejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporteinformático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:25 h.)por este orden: don Alberto Jesús Miranda Oliva del grupo municipal deIULV-CA (2), doña María Dolores Aquino Trigo del grupo municipalAndalucista (2), doña María del Carmen Rodríguez Hornillo del grupomunicipal Popular (2), y don Rafael Chacón Sánchez del grupo muicipalSocialista (2).

Durante el debate del presente asunto, por la señora concejal del grupomunicipal Andalucista, doña María Dolores Aquino Trigo, se propuso

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modificar la parte dispositiva de la referida propuesta, que fue aceptada por elgrupo municipal de IULV-CA, añadiendo un nuevo punto en los siguientestérminos:

Implantación de un sistema de mediación previa al inicio del procedimientojudicial, que contemple un sistema de pagos extraordinario para familias insolventes yminimicen los embargos y desahucios.

Igualmente, durante el citado debate, por el señor concejal del grupomunicipal Socialista, don Rafael Chacón Sánchez, se propuso modificar laparte dispositiva de la referida propuesta, que fue aceptada por el grupo municipalde IULV-CA, en los siguientes términos:

1.- No varía.

2.- Instar al Gobierno de la Nación para que acuerde con las entidadesfinancieras fórmulas que permitan la moratoria en los pagos, y la refinanciación dela deuda, que eviten futuros desahucios de familias en situación de insolvenciasobrevenida e involuntarias.

3.- Promover en los planes de vivienda estatales y autonómicos la puesta adisposición de parte de las viviendas en stocks propiedad de las entidadesfinancieras, para su uso en régimen de alquiler por las familias desahuciadas ensituación de insolvencia, y de las que por su situación económica así lorequiriesen, fijándose el precio del alquiler en función de los ingresos familiares,no superando éste el 30% de los mismos.

4.- Dar cuenta a la Comisión Informativa de Territorio y Personas, de loscasos de desahucio que hayan acudido a la Delegación de vivienda, salvaguardandola identidad de estas familias.

5.- Dar traslado de estos acuerdos al Gobierno de la Nación, y alGobierno Andaluz, así como a la Delegación de Vivienda de este Ayuntamiento.

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Plenodel Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros dederecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

Primero.- Solicitar al Gobierno que apruebe una modificación de laregulación hipotecaria que incluya la figura de la dación en pago, de manera que,en los casos de residencia habitual, si el banco ejecuta la hipoteca y se queda conla vivienda, la totalidad de la deuda (principal, más intereses y costas judiciales)quede liquidada, tal y como sucede en otros países de la UE o en EEUU.

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Segundo.- Instar al Gobierno de la Nación para que acuerde con lasentidades financieras fórmulas que permitan la moratoria en los pagos, y larefinanciación de la deuda, que eviten futuros desahucios de familias en situaciónde insolvencia sobrevenida e involuntarias.

Tercero.- Solicitar la implantación de un sistema de mediación previa alinicio del procedimiento judicial, que contemple un sistema de pagosextraordinario para familias insolventes y minimicen los embargos y desahucios.

Cuarto.- Promover en los planes de vivienda estatales y autonómicos lapuesta a disposición de parte de las viviendas en stocks propiedad de las entidadesfinancieras, para su uso en régimen de alquiler por las familias desahuciadas ensituación de insolvencia, y de las que por su situación económica así lorequiriesen, fijándose el precio del alquiler en función de los ingresos familiares,no superando éste el 30% de los mismos.

Quinto.- Dar cuenta a la Comisión Informativa de Territorio y Personas,de los casos de desahucio que hayan acudido a la Delegación de vivienda,salvaguardando la identidad de estas familias.

Sexto.- Dar traslado de estos acuerdos al gobierno de la nación, y algobierno andaluz, así como a la Delegación de Vivienda de este Ayuntamiento.

13º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR SOBREPRESUPUESTO MUNICIPAL 2012.- Dada cuenta de la propuesta a que serefiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión Informativa deGobernanza y Evaluación, de fecha 16 de enero de 2012, que copiada literalmente,dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El presupuesto municipal es un arma política que marca los objetivos y las metasde un Gobierno para su ciudad, en él vienen reflejados los ingresos que se esperanconseguir y los gastos que como máximo se van a realizar durante el ejercicio enproyectos, equipamientos, infraestructuras y obras públicas. De esa manera se vamoldeando la ciudad, se van resolviendo sus carencias paliando déficit estructurales,económicos, culturales y sociales debe servir para promocionar sus potencialidadespropiciando y patrimonializando las oportunidades de desarrollo convirtiéndola en elproyecto de ciudad que todos sus ciudadanos desean. Es siempre el reflejo también deuna gestión de gobierno, de su eficacia, de su apuesta por el bien de los ciudadanos ydel cumplimiento de sus obligaciones.

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La ley de Haciendas Locales obliga a las corporaciones locales a presentar antesdel 31 de Diciembre los presupuestos del año siguiente, así como el avance de laliquidación del año que termina.

El Gobierno Municipal de Gutiérrez Limones a fecha de hoy todavía no hapresentado el presupuesto del año 2012, incumpliendo la ley y perjudicando de maneraclara a los ciudadanos alcalareños, justificando de esta manera la falta de eficacia, lamala gestión de sus deberes públicos.

Con un gobierno municipal con mayoría absoluta, concejales liberados y conplena dedicación y un buen numero de asesores de confianza con unos salarios muy porencima de lo que el buen sentido y la oportunidad de una situación económico-financieraaconsejan, no tiene este gobierno municipal ninguna justificación para no presentar lospresupuestos de forma inmediata.

Por todo ello, es por lo que presentamos al pleno de la corporación la siguiente,

PROPUESTA

1.- Instar al Sr. Alcalde a la presentación del presupuesto 2012 del Ayuntamientode Alcalá de Guadaíra de forma urgente.

2.- Se proceda a los demás trámites que con relación a la propuesta seanpertinentes.”

Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señoresconcejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporteinformático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:40 h.)por este orden: doña Elena Ballesteros Marín del grupo municipal Popular (2),don Alberto Jesús Miranda Oliva del grupo municipal de IULV-CA, doñaMaría Dolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista (2), y doñaGloria Marín Gil del grupo municipal Socialista.

Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Plenodel Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros dederecho, en votación ordinaria y con los nueve votos a favor de los señoresconcejales de los grupos municipales Popular (8) y de IULV-CA (1), y los catorcevotos en contra de los señores concejales de los grupos municipales Socialista(12) y Andalucista (2), por mayoría absoluta, acuerda no aprobar la citadapropuesta.

14º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL IULV-CA SOBRELOS CERCADILLOS.- Llegado este punto, el Pleno del Ayuntamiento con la

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asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, a propuesta delgrupo municipal de IULV-CA y por unanimidad, acuerda retirar este asunto delorden del día.

15º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR SOBRELA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE ANDALUCÍA.- Llegado este punto, elPleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticincomiembros de derecho, a propuesta del grupo municipal Popular y porunanimiadad, acuerda retirar este asunto del orden del día para ser tratado enesta sesión, previa declaración de urgencia y antes de pasar al turnos de ruego deruegos y preguntas, como moción conjunta de todos los grupos municipales.

16º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL IULV-CA SOBREDEMOCRACIA PARTICIPATIVA.- Llegado este punto, el Pleno delAyuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros dederecho, a propuesta del grupo municipal de IULV-CA y por unanimidad,acuerda retirar este asunto del orden del día.

17º ASUNTOS URGENTES.- Conforme a lo establecido en el artículo91.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasCorporaciones Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 denoviembre, ( ROF) una vez concluido el examen de los asuntos no comprendidosen el orden del día que acompañaba a la convocatoria y antes de pasar al turno deruegos y preguntas, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés desus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria, por unanimidad, y,por tanto, con el voto favorable de la mayoría prevista en el artículo 47.2 de laLey 7/1985, de 2 de abril, acuerda, previa especial declaración de urgencia,conocer del siguiente asunto no comprendido en la convocatoria:

17º1 PROPUESTA CONJUNTA DE LOS GRUPOSMUNICIPALES SOCIALISTA, POPULAR, ANDALUCISTA E IULV-CA SOBRE EL DÍA DE ANDALUCÍA.- Por la señora concejal del grupomunicipal Popular, doña María del Carmen Rodríguez Hornillo, se da cuenta de lapropuesta a que se refiere este punto, que copiada literalmente, dice como sigue:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 28 de febrero se celebra el Día de Andalucía, una fecha muy importante paratodos los ciudadanos que vivimos y sentimos la comunidad andaluza. Dicha jornada, secelebra en cada ciudad tanto por instituciones públicas como por colectivos privados.

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Todos y cada uno de estos, tienen una forma particular y diferente deconmemorar esta jornada, fomentando en todos los casos la participación de laciudadanía y resaltando la historia y los valores de la Comunidad Andaluza.

En Alcalá de Guadaíra, también se viene celebrando el Día de Andalucía conactos itinerantes por los barrios y con participación distinta e incluso en alguna ocasiónse ha tenido que suspender por inclemencias meteorológicas y la finalidad es justamentelo contrario, alentar la participación ciudadana.

Debido a la opinión unánime de todos los grupos que constituyen estaCorporación que entendemos la importancia de este día y en aras de mejorar loexistente hasta ahora, creemos que es el momento de plantear esta propuesta.

Por todo ello, elevamos al Pleno la siguiente,

PROPUESTA

1.- Constituir una Comisión integrada por todos los grupos políticos conrepresentación en el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra para estudiar y acordar lacelebración institucional de los actos conmemorativos del Día de Andalucía.

2.- Se proceda a los demás trámites que con relación a la propuesta seanpertinentes.”

Visto lo anterior, toma la palabra la señora concejal portavoz del grupomunicipal Andalucista, doña María Dolores Aquino Trigo, quien, entre otrascosas, dice: Es una propuesta conjunta, pero quería manifestar que para nosotros el Díade Andalucía, el día nacional, es el 4 de diciembre, y lo seguiremos así reclamando ycelebrando anualmente, más allá de que consideramos oportuna la propuesta y así, portanto, la firmamos conjuntamente.

Tras la deliberación anterior, el Pleno del Ayuntamiento con la asistenciade veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y porunanimidad, acuerda aprobar la citada propuesta en los términos que ha quedadoredactada.

18º. RUEGOS Y PREGUNTAS.- Por los señores concejales que acontinuación se indican se procede a formular los ruegos y preguntas siguientes:

El señor concejal portavoz del grupo municipal de IULV-CA, don AlbertoJesús Miranda Oliva, quien, entre otras cosas, dice: Primero. Izquierda Unida traíahoy al pleno una moción por una problemática en la barriada Los Cercadillos, en la que

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planteábamos que se diera solución al defectuoso cerramiento de una nave en la calleAlcalá de Júcar con su cruce en Alcalá la Real y Alcalá del Río. Y dado que elprocedimiento de subsanación de esta cuestión ya estaba iniciado, Izquierda Unida retirasu moción al respecto y pregunta para ser contestado a la mayor brevedad posible:¿cuándo estima el equipo de gobierno que comenzará la intervención en dicha nave,poniendo solución a los graves problemas de seguridad que padecen los vecinos?

Segundo. Los trabajadores de Owen Illinois han alcanzado un preacuerdo con laempresa en relación a los despidos que la misma planteaba hace tan solo unos meses. ElComité de Empresa que ha liderado las conversaciones ha conseguido reducir de 120despidos a tan solo 75, además las condiciones son las mejores posibles dentro de lo quecabía para los trabajadores. Se ha aprobado la propuesta de indemnización de 45 díaspor año trabajado, además de contemplar indemnizaciones por despido de 10.000euros para los que lleven poco tiempo y tengan que salir de la empresa. La empresa secompromete además a ofertar vacantes en otras plantas del grupo en Europa, que estánen la República Checa, Italia, Gran Bretaña, Alemania y Francia, 53, 13, 11, 8 y 5, yposibilidad de algunos en la planta de Barcelona. Se ha establecido además un convenioespecial con la Seguridad Social para los prejubilados a partir de los 57 años de edadhasta los 65 años y para los mayores de 55 años. Además la empresa se compromete aabrir una bolsa de trabajo para ocupar las vacantes, si así se produjera, además decursos de formación. Esta propuesta ha sido conseguida por el Comité de Empresa yaprobada por 200 de 230 trabajadores, es decir, tiene el apoyo mayoritario de losobreros de la fábrica, con lo que, en cierta medida, se da solución al planteamiento. Portodo ello, Izquierda Unida quiere felicitar desde aquí al comité de empresa, consiguiendode lo malo, lo menos malo, y en una época en la que los sindicatos reciben tantascríticas, romper una lanza en su favor en una cuestión de tanta importancia para losciudadanos de Alcalá de Guadaíra y desde aquí pedimos que esta felicitación se hagaextensiva desde el propio Consistorio.

La señora concejal portavoz del grupo municipal Andalucista, doña MaríaDolores Aquino Trigo, quien, entre otras cosas, dice: Nos unimos a esafelicitación.

Tres preguntas sobre infraestructuras y equipamiento de la ciudad. Harinera delGuadaíra: ¿cuándo se abrirá a la ciudad de Alcalá de Guadaíra? Igual, el Centro deInterpretación del Castillo. Y, en tercer lugar, ¿qué actividad se está desarrollando en elCentro de Interpretación de Turismo Sostenible de nuestra ciudad ?.

El señor concejal del grupo municipal Andalucista, don Ramón RamosGandul, quien, entre otras cosas, dice: El grupo Andalucista ha tenido conocimientode que existen problemas en las instalaciones eléctricas en la zona de La Nocla. Esosproblemas se agudizan en momentos puntuales, tanto cuando hace mucho frío comocuando hace mucho calor. Rogamos que el delegado competente medie entre la

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empresa suministradora, Endesa, y los propios vecinos, para intentar solventar eseproblema lo antes posible.

La señora concejal portavoz del grupo municipal Popular, doña María delCarmen Rodríguez Hornillo, quien, entre otras cosas, dice: Hoy se celebra elDía Mundial del Cáncer. Es oportuno que desde esta Corporación nos unamos a este díay nos solidaricemos con los enfermos que lo padecen.

Y no habiendo más asuntos de que tratar se levanta la sesión por lapresidencia a las trece horas del día de la fecha, redactándose esta acta paraconstancia de todo lo acordado, que firma la presidencia, conmigo, el secretario,que doy fe.

Vº BºEL ALCALDE