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Organización de Aviación Civil Internacional Aprobado y publicado por decisión del Consejo de la OACI Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea Edición de 2005-2006 Doc 9284 AN/905 SUPLEMENTO
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9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Dec 20, 2014

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Page 1: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Organización de Aviación Civil Internacional

Aprobado y publicadopor decisión del Consejo de la OACI

Instrucciones Técnicas parael transporte sin riesgosde mercancías peligrosaspor vía aérea

Edición de 2005-2006

Doc 9284

AN/905

SUPLEMENTO

© OACI 2005ISSN 1727-0065

3/05, S/P1/180; 11/05, S/P2/75

Núm. de pedido 9284SUImpreso en la OACI

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Los pedidos deben dirigirse a las direcciones siguientes junto con la correspondiente remesa (mediante giro bancario, cheque u ordende pago) en dólares estadounidenses o en la moneda del país de compra. En la Sede de la OACI también se aceptan pedidos pagaderoscon tarjetas de crédito (American Express, MasterCard o Visa).

International Civil Aviation Organization. Attention: Document Sales Unit, 999 University Street, Montréal, Quebec, Canada H3C 5H7Teléfono: +1 (514) 954-8022; Facsímile: +1 (514) 954-6769; Sitatex: YULCAYA; Correo-e: [email protected]; World Wide Web: http://www.icao.int

Alemania. UNO-Verlag GmbH, August-Bebel-Allee 6, 53175 BonnTeléfono: +49 (0) 228-94 90 2-0; Facsímile: +49 (0) 228-94 90 2-22; Correo-e: [email protected]; World Wide Web: http://www.uno-verlag.de

Camerún. KnowHow, 1, Rue de la Chambre de Commerce-Bonanjo, B.P. 4676, Douala / Teléfono: +237 343 98 42; Facsímile: + 237 343 89 25;Correo-e: [email protected]

China. Glory Master International Limited, Room 434B, Hongshen Trade Centre, 428 Dong Fang Road, Pudong, Shangai 200120Teléfono: +86 137 0177 4638; Facsímile: +86 21 5888 1629; Correo-e: [email protected]

Egipto. ICAO Regional Director, Middle East Office, Egyptian Civil Aviation Complex, Cairo Airport Road, Heliopolis, Cairo 11776Teléfono: +20 (2) 267 4840; Facsímile: +20 (2) 267 4843; Sitatex: CAICAYA; Correo-e: [email protected]

Eslovaquia. Air Traffic Services of the Slovak Republic, Letové prevádzkové sluzby Slovenskej Republiky, State Enterprise, Letisko M.R. Stefánika,823 07 Bratislava 21 / Teléfono: +421 (7) 4857 1111; Facsímile: +421 (7) 4857 2105

España. A.E.N.A. — Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, Calle Juan Ignacio Luca de Tena, 14, Planta Tercera, Despacho 3. 11,28027 Madrid / Teléfono: +34 (91) 321-3148; Facsímile: +34 (91) 321-3157; Correo-e: [email protected]

Federación de Rusia. Aviaizdat, 48, Ivan Franko Street, Moscow 121351 / Teléfono: +7 (095) 417-0405; Facsímile: +7 (095) 417-0254

Francia. Directeur régional de l’OACI, Bureau Europe et Atlantique Nord, 3 bis, villa Émile-Bergerat, 92522 Neuilly-sur-Seine (Cedex)Teléfono: +33 (1) 46 41 85 85; Facsímile: +33 (1) 46 41 85 00; Sitatex: PAREUYA; Correo-e: [email protected]

India. Oxford Book and Stationery Co., Scindia House, New Delhi 110001 o 17 Park Street, Calcutta 700016Teléfono: +91 (11) 331-5896; Facsímile: +91 (11) 51514284

India. Sterling Book House — SBH, 181, Dr. D. N. Road, Fort, Bombay 400001Teléfono: +91 (22) 2261 2521, 2265 9599; Facsímile: +91 (22) 2262 3551; Correo-e: [email protected]

Japón. Japan Civil Aviation Promotion Foundation, 15-12, 1-chome, Toranomon, Minato-Ku, TokyoTeléfono: +81 (3) 3503-2686; Facsímile: +81 (3) 3503-2689

Kenya. ICAO Regional Director, Eastern and Southern African Office, United Nations Accommodation, P.O. Box 46294, NairobiTeléfono: +254 (20) 7622 395; Facsímile: +254 (20) 7623 028; Sitatex: NBOCAYA; Correo-e: [email protected]

México. Director Regional de la OACI, Oficina Norteamérica, Centroamérica y Caribe, Av. Presidente Masaryk No. 29, 3er. Piso,Col. Chapultepec Morales, C.P. 11570, México, D.F.Teléfono: +52 (55) 52 50 32 11; Facsímile: +52 (55) 52 03 27 57; Correo-e: [email protected]

Nigeria. Landover Company, P.O. Box 3165, Ikeja, LagosTeléfono: +234 (1) 4979780; Facsímile: +234 (1) 4979788; Sitatex: LOSLORK; Correo-e: [email protected]

Perú. Director Regional de la OACI, Oficina Sudamérica, Apartado 4127, Lima 100Teléfono: +51 (1) 575 1646; Facsímile: +51 (1) 575 0974; Sitatex: LIMCAYA; Correo-e: [email protected]

Reino Unido. Airplan Flight Equipment Ltd. (AFE), 1a Ringway Trading Estate, Shadowmoss Road, Manchester M22 5LHTeléfono: +44 161 499 0023; Facsímile: +44 161 499 0298 Correo-e: [email protected]; World Wide Web: http://www.afeonline.com

Senegal. Directeur régional de l’OACI, Bureau Afrique occidentale et centrale, Boîte postale 2356, DakarTeléfono: +221 839 9393; Facsímile: +221 823 6926; Sitatex: DKRCAYA; Correo-e: [email protected]

Sudáfrica. Avex Air Training (Pty) Ltd., Private Bag X102, Halfway House, 1685, JohannesburgTeléfono: +27 (11) 315-0003/4; Facsímile: +27 (11) 805-3649; Correo-e: [email protected]

Suiza. Adeco-Editions van Diermen, Attn: Mr. Martin Richard Van Diermen, Chemin du Lacuez 41, CH-1807 BlonayTeléfono: +41 021 943 2673; Facsímile: +41 021 943 3605; Correo-e: [email protected]

Tailandia. ICAO Regional Director, Asia and Pacific Office, P.O. Box 11, Samyaek Ladprao, Bangkok 10901Teléfono: +66 (2) 537 8189; Facsímile: +66 (2) 537 8199; Sitatex: BKKCAYA; Correo-e: [email protected]

1/06

Catálogo de publicacionesy ayudas audiovisuales de la OACI

Este catálogo anual comprende los títulos de todas las publicaciones y ayudas audiovisuales disponibles.En los suplementos al catálogo se anuncian las nuevas publicaciones y ayudas audiovisuales, enmiendas,suplementos, reimpresiones, etc.

Puede obtenerse gratuitamente pidiéndolo a la Subsección de venta de documentos, OACI.

Publicado por separado en español, chino, francés, inglés y ruso, por la Organización de Aviación Civil Internacional.

Toda la correspondencia, con excepción de los pedidos y suscripciones, debe dirigirse al Secretario General.

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Organización de Aviación Civil Internacional

Aprobado y publicado pordecisión del Consejo de la OACI

Instrucciones Técnicas parael transporte sin riesgosde mercancías peligrosaspor vía aérea

Edición de 2005-2006

Doc 9284

AN/905

SUPLEMENTO

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� OACI 2005

Publicado en 2005 por laOrganización de Aviación Civil Internacional999 University StreetMontreal, Quebec, Canada.Esta publicación no puede reproducirse en formatotal ni parcial, mediante ningún procedimiento, sinautorización previa por escrito de la OACI.

Las denominaciones empleadas en esta publicación yla forma en que aparecen presentados los datos quecontiene no implican, de parte de la OACI, juicioalguno sobre la condición jurídica de ninguno de lospaíses, territorios, ciudades o áreas, o de susautoridades, ni respecto a la delimitación de susfronteras o límites.

Impreso en la OACI.

Page 5: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-(i)

EDICIÓN DE 2005-2006

PREÁMBULO

Este suplemento de las Instrucciones Técnicas proporcionainformación sobre el transporte sin riesgos de mercancías peli-grosas por vía aérea, que interesa primordialmente a los Estados.En general, la información contenida en este volumen complementao explica más a fondo la información básica proporcionada en lasInstrucciones Técnicas.

Sin embargo, conviene señalar que aunque la informacióncontenida en este volumen está principalmente concebida para losEstados, probablemente muchos usuarios de las InstruccionesTécnicas desearán tenerla a su disposición. Con la publicación de

esta información en un volumen aparte, no se pretende en modoalguno restringir ni circunscribir su divulgación a cualquier personaque pueda tener interés en ella, sino más bien simplificar lasInstrucciones Técnicas y hacerlas más comprensibles suprimiendo lainformación que el usuario habitual no necesita ni desea.

Puesto que la información contenida en este volumen com-plementa la facilitada en las Instrucciones Técnicas, las disposi-ciones del presente volumen guardan relación con aquellas partes ycapítulos de ese documento, con las cuales está ligada la informacióncomplementaria.

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S-(iii)

EDICIÓN DE 2005-2006

ÍNDICE

Nota.— Los números de las partes y de los capítulos en este Suplemento son los mismos que los de las partes y capítulos de las InstruccionesTécnicas, con las cuales se relaciona esta información complementaria. Cuando no se proporcione información suplementaria respecto adeterminada parte o capítulo de las Instrucciones Técnicas, la parte o capítulo correspondiente no aparecerá en este suplemento. No obstante,puede proporcionarse información suplementaria en una parte determinada o capítulo del Suplemento que no corresponda a parte o capítuloalguno de las Instrucciones Técnicas.

Página Página

Parte S-1. GENERALIDADES(Información suplementaria de la Parte 1

de las Instrucciones Técnicas)

Capítulo 1. Alcance y campo de aplicación . . . . . S-1-1-1

1.1 Información general que ha de propor-cionarse al Estado para la tramitaciónde las dispensas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-1-1-1

1.2 Recomendaciones generales que hayque considerar cuando se otorgueuna dispensa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-1-1-1

1.3 Solicitudes de enmienda de lasInstrucciones Técnicas . . . . . . . . . . . . . . . . S-1-1-1

Capítulo 2. Restricciones de mercancíaspeligrosas en las aeronaves — Animales vivosinfectados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-1-2-1

Parte S-3. LISTA DE MERCANCÍASPELIGROSAS Y EXCEPCIONES

RELATIVAS A CANTIDADES LIMITADAS

(Información suplementaria de la Parte 3de las Instrucciones Técnicas)

Capítulo 1. Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-3-1-1

1.1 Lista suplementaria de mercancíaspeligrosas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-3-1-1

1.2 Limitaciones cuantitativas e instruc-ciones de embalaje . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-3-1-1

1.3 Sustancias a temperatura elevada,fundidas o calientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-3-1-1

Capítulo 2. Lista de mercancías peligrosas . . . . . S-3-2-1

Capítulo 3. Disposiciones especiales . . . . . . . . . . . S-3-3-1

Parte S-4. INSTRUCCIONESDE EMBALAJE

(Información suplementaria de la Parte 4de las Instrucciones Técnicas)

Capítulo 1. Características de los embalajes . . . . S-4-1-1

Capítulo 2. Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-2-1

Capítulo 3. Clase 1 — Explosivos . . . . . . . . . . . . . S-4-3-1

3.1 Objetos grandes y robustos . . . . . . . . . . . . . S-4-3-13.2 Instrucciones de embalaje . . . . . . . . . . . . . . S-4-3-1

Capítulo 4. Clase 2 — Gases . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-4-1

Capítulo 5. Clase 3 — Líquidos inflamables . . . . S-4-5-1

Capítulo 6. Clase 4 — Sólidos inflamables;sustancias que presentan riesgo de combustiónespontánea; sustancias que en contacto conel agua emiten gases inflamables . . . . . . . . . . . . . . . S-4-6-1

6.1 Requisitos especiales para las sustanciasde reacción espontánea y análogas dela División 4.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-6-1

6.2 Instrucciones de embalaje . . . . . . . . . . . . . . S-4-6-1

Capítulo 7. Clase 5 — Sustancias combu-rentes; peróxidos orgánicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-7-1

Capítulo 8. Clase 6 — Sustancias tóxicas ysustancias infecciosas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-8-1

Capítulo 10. Clase 8 — Sustancias corrosivas . . . S-4-10-1

Capítulo 12. Cisternas móviles . . . . . . . . . . . . . . . S-4-12-1

12.1 Generalidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-12-112.2 Diseño, construcción, aprobación y

colocación de marcas . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-12-112.3 Otras condiciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-4-12-112.4 Placas de las cisternas móviles . . . . . . . . . . S-4-12-212.5 Documentación adicional . . . . . . . . . . . . . . S-4-12-212.6 Responsabilidades especiales contraídas

por el explotador al aceptar mercancíaspeligrosas en cisternas móviles . . . . . . . . . . S-4-12-2

Page 7: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-(iv) Índice

Página Página

EDICIÓN DE 2005-2006

Parte S-6. NOMENCLATURA,MARCAS, REQUISITOS Y ENSAYOS

DE LOS EMBALAJES(Información suplementaria de la Parte 6

de las Instrucciones Técnicas)

Capítulo 1. Claves designadoras de los tiposde embalaje . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-6-1-1

Capítulo 6. Procedimientos de ensayo paralos embalajes que contengan animales vivosinfectados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-6-6-1

Parte S-7. OBLIGACIONES DEL ESTADO(Información suplementaria de la Parte 7

de las Instrucciones Técnicas)

Capítulo 2. Almacenamiento y carga . . . . . . . . . . S-7-2-1

2.1 Transporte de material radiactivo . . . . . . . . S-7-2-12.2 Carga en aeronaves de pasajeros . . . . . . . . . S-7-2-1

Capítulo 4. Suministro de información . . . . . . . . S-7-4-1

4.1 Accidentes e incidentes relacionadoscon mercancías peligrosas . . . . . . . . . . . . . . S-7-4-1

4.2 Notificación de accidentes . . . . . . . . . . . . . S-7-4-1

4.3 Investigación de accidentes . . . . . . . . . . . . . S-7-4-14.4 Informes de accidentes . . . . . . . . . . . . . . . . S-7-4-24.5 Incidentes relacionados con mercancías

peligrosas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-7-4-24.6 Verificación del cumplimiento . . . . . . . . . . S-7-4-2

Capítulo 5. Inspecciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-7-5-1

5.1 Orientación a los Estados sobre lasinspecciones relativas a mercancíaspeligrosas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-7-5-1

5.2 Organización y procedimientos . . . . . . . . . S-7-5-15.3 Inspección de los envíos . . . . . . . . . . . . . . . S-7-5-15.4 Manual de operaciones y otras

instrucciones al personal . . . . . . . . . . . . . . . S-7-5-15.5 Instrucción del personal . . . . . . . . . . . . . . . S-7-5-15.6 Programas de instrucción . . . . . . . . . . . . . . S-7-5-25.7 Avisos de advertencia a los pasajeros . . . . . S-7-5-25.8 Resultados de las inspecciones . . . . . . . . . . S-7-5-25.9 Frecuencia de las inspecciones . . . . . . . . . . S-7-5-2

Parte S-8. CONCIENCIACIÓNDE LOS PASAJEROS

Capítulo 1. Orientación para la preparaciónde un programa destinado a crear concienciaen los pasajeros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S-8-1-1

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EDICIÓN DE 2005-2006

Parte S-1GENERALIDADES

(INFORMACIÓN SUPLEMENTARIADE LA PARTE 1 DE LAS

INSTRUCCIONES TÉCNICAS)

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S-1-1-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 1ALCANCE Y CAMPO DE APLICACIÓN

1.1 INFORMACIÓN GENERALQUE HA DE PROPORCIONARSE AL ESTADO

PARA LA TRAMITACIÓNDE LAS DISPENSAS

Cuando se solicite alguna dispensa de un Estado, se sugiereque, de ser pertinente, se suministre por lo menos la informaciónsiguiente, antes de prestar consideración al otorgamiento de ladispensa:

a) la razón por la cual es indispensable que el artículo o lasustancia sea transportado por vía aérea;

b) una declaración exponiendo los motivos por los cuales elsolicitante cree que la propuesta (incluso toda medida decontrol de seguridad indicada por el propio solicitante)logrará un grado de seguridad equivalente al previsto enestas Instrucciones;

c) la denominación, clasificación y número ONU del artículoexpedido con los datos técnicos completos de justificación;

d) los embalajes propuestos;

e) la cantidad que se ha de transportar;

f) toda manipulación especial necesaria e información especialpara casos de emergencia;

g) nombre y dirección del consignador y del consignatario;

h) los aeropuertos de salida y de destino y las fechas pro-puestas de transporte y de encaminamiento.

1.2 RECOMENDACIONES GENERALESQUE HAY QUE CONSIDERAR

CUANDO SE OTORGUE UNA DISPENSA

1.2.1 Cuando un Estado haya de otorgar una dispensa, sesugiere que, de ser pertinente, se consideren los puntos siguientescomo requisitos mínimos aplicables a las dispensas:

a) debería notificarse a las autoridades de los aeropuertospertinentes de dicho Estado;

b) en lo posible, el método de embalaje que ha de utilizarsedebería ser tal como se indica en la lista suplementaria demercancías peligrosas. El embalaje debería proporcionar,por lo menos, un nivel de seguridad equivalente al que senecesita con el fin de satisfacer los requisitos pertinentes delas Partes 4 y 6 de las Instrucciones Técnicas; y

c) al documento de transporte de mercancías peligrosas queacompaña a las mercancías, deberían agregarse copias de losdocumentos pertinentes de dispensa.

1.2.2 Cuando un Estado otorgue una dispensa, ésta deberácontener, como mínimo, los datos siguientes:

a) el número ONU, denominación del artículo expedido yclasificación de las mercancías;

b) el embalaje y la cantidad aplicables;

c) la información especificada en los incisos 1.1 f) a 1.1 h)precedentes; y

d) la duración de la validez de la dispensa, que normalmenteno debería exceder del lapso de dos años a partir de la fechade otorgamiento.

Deberá suministrarse copia de la dispensa al explotador interesado.

1.2.3 La responsabilidad de obtener la dispensa o dispensasindicadas podrá recaer en el Estado, en el explotador o en elexpedidor, según los procedimientos nacionales que aplique cadaEstado. Independientemente de quién sea responsable, el explotadordeberá contar con la confirmación de que se han obtenido todas lasdispensas necesarias antes de aceptar las mercancías para suexpedición.

Nota.— Por lo general, cada dispensa debería otorgarse parauna ocasión determinada, pero puede ser necesario otorgardispensas que abarquen ocasiones múltiples o comprendan avarios expedidores.

1.3 SOLICITUDES DE ENMIENDA DELAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS

Cuando reciba una solicitud de enmienda de las InstruccionesTécnicas, todo Estado debería:

1) examinar la solicitud para determinar si está completa(véase la información requerida en la Parte 1;1.5 de lasInstrucciones Técnicas);

2) verificar la validez de los datos presentados en la solicitud;

3) comparar los datos con otros datos pertinentes disponibleso iniciar la búsqueda de los datos adicionales que seannecesarios; y

4) si se determina que la solicitud es fundada y válida,presentar a la OACI una propuesta concreta de enmienda delas Instrucciones Técnicas.

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S-1-2-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 2RESTRICCIONES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

EN LAS AERONAVES — ANIMALES VIVOS INFECTADOS

2.1 La utilización de animales vivos sólo debe considerarsecuando se trate del transporte de alguna sustancia infecciosa, cuandodicha sustancia no pueda transportarse por ningún otro medio. Losanimales infectados sólo pueden transportarse cuando los Estadosinteresados conceden la correspondiente dispensa. Los animalesinfectados deberán transportarse en un embalaje a prueba degérmenes, que ofrezca tantas garantías como el que se utiliza para eltransporte de animales gnotobióticos (libres de gérmenes). Estosenvíos deben declararse y etiquetarse de la siguiente manera: “Animalvivo” y “Sustancia infecciosa”.

2.2 Cuando un recipiente vacío haya de devolverse al expe-didor, se deberá desinfectar/esterilizar debidamente antes de trans-portarlo. Además, deben quitarse, borrarse o hacerse invisibles todaslas etiquetas (“Animal vivo” y “Sustancia infecciosa”). (Véasetambién la Parte S-6;6)

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EDICIÓN DE 2005-2006

Parte S-3

LISTA DE MERCANCÍAS PELIGROSASY EXCEPCIONES RELATIVASA CANTIDADES LIMITADAS

(INFORMACIÓN SUPLEMENTARIADE LA PARTE 3 DE LAS

INSTRUCCIONES TÉCNICAS)

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EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 1GENERALIDADES

1.1 LISTA SUPLEMENTARIADE MERCANCÍAS PELIGROSAS

1.1.1 Con la aprobación específica de la autoridad nacionalque corresponda, se puede permitir el transporte aéreo de ciertasmercancías peligrosas que, de por sí, esté prohibido; esas mer-cancías se identifican en la Tabla 3-1 de las Instrucciones Técnicasporque en la columna 7 figuran las disposiciones especiales A1, A2o A109. Estas mercancías peligrosas se enumeran también en laTabla S-3-1, junto con información adicional que se utilizará conlas debidas aprobaciones de la autoridad nacional que corresponda.

1.1.2 También puede solicitarse el transporte, en virtud de ladispensa prevista en la Parte 1;2.2 de las Instrucciones Técnicas, deotras mercancías peligrosas que se indican como prohibidas en lascolumnas 9 a 12 de la Tabla 3-1, sin hacer referencia a lasdisposiciones especiales A1, A2 o A109. Esas mercancías peli-grosas se enumeran en la Tabla S-3-1 junto con cualquier informa-ción adicional disponible, para ayudar a expedir la dispensa.La exclusión de artículos o sustancias en la Tabla S-3-1, o la faltade información completa en la misma, evidenciada por lapalabra “Prohibido” en la misma columna o columnas que en laTabla 3-1, no eliminan el requisito de dispensa por parte detodos los Estados interesados; en ese caso, la autoridad nacionalque corresponda elaborará las condiciones de la dispensa, la cualdeberá basarse en el principio de que el nivel de seguridad duranteel transporte deberá ser equivalente al nivel de seguridad queproporcionan las Instrucciones Técnicas. Cuando una entrada de laTabla S-3-1 lleva un número entre paréntesis después de la palabra“Prohibido”, el mismo remite a una Instrucción de embalaje quedebería especificarse al otorgar una dispensa.

1.1.3 En caso de que haya disposiciones especiales aplicablesa las entradas de la Lista suplementaria de mercancías peligrosas(Tabla S-3-1), las mismas se indican en la columna 7; cuando setrata de disposiciones especiales suplementarias a las utilizadas enla Tabla 3-1 (o sea, las numeradas de A200 en adelante), figuran,con su correspondiente explicación, en la Tabla S-3-4.

1.2 LIMITACIONES CUANTITATIVASE INSTRUCCIONES DE EMBALAJE

1.2.1 Cuando los Estados concedan la dispensa para eltransporte de las mercancías peligrosas indicadas como “Prohibido”en las columnas 9 a 12 de la Tabla 3-1 de las InstruccionesTécnicas, salvo de las indicadas en 1.2.2 y 1.2.3, las limitacionescuantitativas que se sugiere permitir se indican en las Tablas S-3-2y S-3-3 para algunas clases y divisiones. En la medida de loposible, se indican en las columnas 9 a 12 de la Tabla S-3-1 loscorrespondientes números de instrucción de embalaje y en laParte S-4 figuran en detalle los requisitos pertinentes, cuando hayande agregarse a los estipulados en las Instrucciones Técnicas.

1.2.2 En el caso de la disposición especial A1, es posibletransportar las mercancías peligrosas en aeronaves de pasajeros,previa aprobación de la autoridad que corresponda del Estado deorigen, siempre que la cantidad por bulto no exceda de la indicadaen la Tabla S-3-1 y que el embalaje sea conforme a la instrucciónde embalaje prescrita en dicha Tabla. Los requisitos de las instruc-ciones de embalaje se indican en detalle en la Parte S-4, salvo queaparezcan ya en las Instrucciones Técnicas. Es necesario adjuntara la expedición una copia del documento de aprobación en el quese indiquen las limitaciones cuantitativas y las condiciones deembalaje. En tales casos, no se requiere aprobación para el trans-porte en aeronaves de carga.

1.2.3 En el caso de la disposición especial A2, es posibletransportar las mercancías peligrosas en aeronaves de pasajeros ycarga, previa aprobación de la autoridad que corresponda del Estadode origen, siempre que la cantidad por bulto no exceda de laindicada en la Tabla S-3-1 y que el embalaje sea conforme a lainstrucción de embalaje prescrita en dicha Tabla. Los requisitos delas instrucciones de embalaje se indican en detalle en la Parte S-4,salvo que figuren ya en las Instrucciones Técnicas. El envío deberáir acompañado de un ejemplar del documento o documentos deaprobación, en el que se indiquen las limitaciones cuantitativas y lascondiciones de embalaje y etiquetas.

1.2.4 En el caso de la disposición especial 109, es posibletransportar las mercancías peligrosas en aeronaves de carga con laaprobación previa de la autoridad que corresponda del Estado deorigen, siempre que la cantidad por bulto no exceda de la indicadaen la Tabla S-3-1 y que el embalaje sea conforme a la instrucciónde embalaje prescrita en la Tabla S-3-1. Los requisitos de lainstrucción de embalaje se indican en detalle en la Parte S-4, salvoque figuren ya en las Instrucciones Técnicas. El envío debería iracompañado de un ejemplar del documento o documentos deaprobación, en el que se indiquen las limitaciones cuantitativas y lascondiciones de embalaje y etiquetas.

1.3 SUSTANCIAS A TEMPERATURAELEVADA, FUNDIDAS O CALIENTES

Las sustancias que se transporten o se entreguen para eltransporte en estado líquido a 100�C, o a temperaturas superiores,o en estado sólido a 240�C o a temperaturas superiores, no deberántransportarse por vía aérea, salvo dispensa de los Estados intere-sados — véase la Parte 1;1.1.2 b) de las Instrucciones Técnicas. Sivan a transportarse tales sustancias y en la denominación delartículo expedido no se indica su elevada temperatura (por ejemplo,utilizando el término “fundido” o “a temperatura elevada” comoparte de la denominación del artículo expedido), la palabra“caliente” deberá ir inmediatamente a continuación de la denomi-nación del artículo expedido que figure en el documento detransporte de mercancías peligrosas.

Page 13: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

EDICIÓN DE 2005-2006

S-3-2-1

Capítulo 2LISTA DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

Tabla S-3-1. Lista suplementaria de mercancías peligrosas

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo de

embalajeONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

AAcetaldehído 1089 3 Líquido inflamable AU 1

US 3A1 I 306 (1 L) 304 30 L

Acetileno disuelto 1001 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 15 kg

+ Acetileno exento de solvente 3374 2.1 Gas inflamable AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A1 PROHIBIDO 200 15 kg

Ácido bromhídrico de unaconcentración superior al 49%

1788 8 Corrosivo AU 1US 3

A2 II 809 (1 L) 813 (30 L)

Ácido cianhídrico en soluciónacuosa, con un máximo del 20% decianuro de hidrógeno

1613 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Ácido clórico en solución acuosade una concentración máxima del10%

2626 5.1 Comburente AU 1US 3

A2 II 501 (1 L) 506 (5 L)

Ácido cloroacético fundido 3250 6.1 8 Tóxico y Corrosivo II PROHIBIDO PROHIBIDO

Ácido clorosulfónico (con o sintrióxido de azufre)

1754 8 Corrosivo I PROHIBIDO PROHIBIDO

Ácido estífnico humidificado con unmínimo del 20%, en masa, de agua ode una mezcla de alcohol y agua

0394 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Ácido estífnico seco o humidificadocon menos del 20%, en masa, deagua o de una mezcla de alcohol yagua

0219 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Ácido 5-mercaptotetrazol-1-acético 0448 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO(114 b))

114 b) 75 kg

Ácido nitrante, mezcla de con másdel 50% de ácido nítrico †

1796 8 5.1 Corrosivo y Comburente A34 I PROHIBIDO 809 2,5 L

Ácido nitrante, mezcla de con unmáximo del 50% de ácido nítrico †

1796 8 Comburente AU 1US 3

A1 II PROHIBIDO 809 2,5 L

Ácido nitrante agotado, mezcla decon más del 50% de ácido nítrico †

1826 8 5.1 Corrosivo y Comburente A34 I PROHIBIDO 809 2,5 L

Page 14: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-2 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Ácido nitrante agotado, mezcla decon más del 50% de ácido nítrico †

1826 8 Corrosivo AU 1US 3

A1A34

II 809 (1 L) 813 30 L

Ácido nítrico, excepto el fumanterojo, con más del 70% de ácido nítrico

2031 8 5.1 Corrosivo y Comburente I PROHIBIDO 809 2,5 L

Ácido nítrico, excepto el fumanterojo, con un máximo del 70% de ácidonítrico

2031 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 807 (1 L) 813 30 L

Ácido nítrico fumante rojo 2032 8 5.16.1

Corrosivo y Comburentey Tóxico

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Ácido nítrico, excepto el fumante rojocon más del 70% de ácido nítrico

2031 8 5.1 Corrosivo y Comburente I PROHIBIDO 809 2,5 L

Ácido perclórico con más del 50%pero no más del 72%, en masa, deácido

1873 5.1 8 Comburente y Corrosivo I PROHIBIDO 501 2,5 L

Ácido perclórico con un máximo del50%, en masa, de ácido

1802 8 5.1 Corrosivo y Comburente AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Ácido pícrico seco o humidificadocon menos del 30%, en masa, deagua

0154 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Ácido selénico 1905 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 I 810 (1 kg) 811 25 kg

Ácido sulfúrico agotado † 1832 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 A34

II 809 (1 L) 813 30 L

Ácido sulfúrico fumante † 1831 8 6.1 Corrosivo y Tóxico AU 1US 3

A2 I 807 (0,5 L) 809 (2,5 L)

Ácido tetrazol-1-acético 0407 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO(114 b))

114 75 kg

Ácido trinitrobencenosulfónico 0386 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Ácido trinitrobenzoico seco ohumidificado con menos del 30%, enmasa, de agua

0215 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Acrilonitrilo estabilizado 1093 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Acroleína estabilizada 1092 6.1 3 Tóxico y Líquidoinflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Aerosoles inflamables (fluido paraarranque de motores)

1950 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 203 (75 kg) 203 150 kg

Aerosoles inflamables, quecontengan gases tóxicos

1950 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

PROHIBIDO PROHIBIDO

Aerosoles inflamables corrosivos, quecontengan sustancias comprendidasen la Clase 8, Grupo de embalaje II

1950 2.1 8 Gas inflamable yCorrosivo

PROHIBIDO PROHIBIDO

Aerosoles inflamables, que conten-gan sustancias comprendidas en laDivisión 6.1, Grupo de embalaje II

1950 2.1 6.1 Gas inflamable yTóxico

PROHIBIDO PROHIBIDO

Aerosoles ininflamables, (dispositivosde gas lacrimógeno)

1950 2.2 6.1 Gas no inflamable yTóxico

AU 1US 3

A1 212 (75 kg) 212 50 kg

Page 15: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Aerosoles ininflamables, quecontengan gas tóxico

1950 2.3 Gas tóxico PROHIBIDO PROHIBIDO

Aerosoles ininflamables, que conten-gan sustancias comprendidas en laDivisión 6.1, Grupo de embalaje II(aparte de los dispositivos de gaslacrimógeno)

1950 2.2 6.1 Gas no inflamable yTóxico

PROHIBIDO PROHIBIDO

Aerosoles ininflamables, que conten-gan sustancias comprendidas en laClase 8, Grupo de embalaje II

1950 2.2 8 Gas no inflamable yCorrosivo

PROHIBIDO PROHIBIDO

Aire líquido refrigerado 1003 2.2 5.1 Gas no inflamable yComburente

AU 1US 3

A1 202 (75 kg) 202 150 kg

Alcohol alílico 1098 6.1 3 Tóxico y Líquidoinflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Alcoholes inflamables tóxicos,n.e.p.*

1986 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

A3 I PROHIBIDO 303 30 L

Aldehídos inflamables tóxicos,n.e.p.*

1988 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

A3 I PROHIBIDO 303 30 L

Aleaciones de magnesio en polvo 1418 4.3 4.2 Peligroso mojado yCombustión espontánea

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Aleación pirofórica, n.e.p.* 1383 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Aleación pirofórica de calcio 1855 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Algodón húmedo 1365 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Alilamina 2334 6.1 3 Tóxico y Líquidoinflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Aliltriclorosilano estabilizado 1724 8 3 Corrosivo yLíquido inflamable

AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Almizcle de xileno 2956 4.1 Sólido inflamable A20A200A215

III PROHIBIDO (423) PROHIBIDO (423)

� Alquilos de aluminio 3051 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Alquilos de litio líquidos 2445 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Alquilos de litio sólidos 3433 4.2 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Alquilos de magnesio 3053 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

>

Amiltriclorosilano 1728 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

� Amoníaco anhidro 1005 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A1A126

Véase 213 200 25 kg

� Amoníaco en solución acuosa dedensidad relativa inferior a 0,880 a15oC, con más del 50% de amoníaco

3318 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A1A126

Véase 213 200 25 kg

Page 16: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-4 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Amoníaco en solución acuosa dedensidad relativa inferior a 0,880 a15oC, con más del 35% pero no másdel 50% de amoníaco

2073 2.2 Gas no inflamable AU 1US 3

A1 200 (75 kg) 200 150 kg

>

Arsina 2188 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Artificios de pirotecnia † 0333 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Artificios de pirotecnia † 0334 1.2G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Artificios de pirotecnia † 0335 1.3G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Artificios de pirotecnia † 0336 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Artificios manuales de pirotecniapara señales †

0191 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Asbesto azul (crocidolita) † 2212 9 Varias A61 II PROHIBIDO PROHIBIDO

Asbesto pardo (amosita, misorita) † 2212 9 Varias A61 II PROHIBIDO PROHIBIDO

� Azida de bario humidificada con unmínimo del 50%, en masa, de agua

1571 4.1 6.1 Sólido inflamable yTóxico

BE 3 A140 I PROHIBIDO (416) 416 0,5 kg

Azida de bario seca o humidificadacon menos del 50%, en masa, deagua

0224 1.1A 6.1 Explosivo y Tóxico A40 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

Azida de plomo humidificada con unmínimo del 20%, en masa, de agua ode una mezcla de alcohol y agua

0129 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

Azodicarbonamida 3242 4.1 Sólido inflamable A60 II PROHIBIDO PROHIBIDO

Azufre fundido 2448 4.1 Sólido inflamable III PROHIBIDO PROHIBIDO

BBario, aleaciones pirofóricas de 1854 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Baterías que contienen sodio † 3292 4.3 Peligroso mojado A94 II PROHIBIDO 433 Sin limi-tación

Bengalas aéreas † 0420 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Bengalas aéreas † 0421 1.2G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Bengalas aéreas † 0093 1.3G Explosivo AU 2 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Bengalas aéreas † 0403 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Bengalas de superficie † 0418 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Bengalas de superficie † 0419 1.2G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Bengalas de superficie † 0092 1.3G Explosivo AU 2 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Bombas con carga explosiva † 0034 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Bombas con carga explosiva † 0033 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Bombas con carga explosiva † 0035 1.2D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Page 17: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-5

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Bombas con carga explosiva † 0291 1.2F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Bombas de iluminación parafotografía †

0038 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Bombas de iluminación parafotografía †

0037 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Bombas de iluminación parafotografía †

0039 1.2G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Bombas de iluminación parafotografía †

0299 1.3G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Bombas fumígenas no explosivasque contienen un líquido corrosivo, sindispositivo iniciador

2028 8 Corrosivo II PROHIBIDO 801 50 kg

Bombas que contienen un líquidocon carga explosiva †

0399 1.1J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Bombas que contienen un líquidoinflamable con carga explosiva †

0400 1.2J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Borohidruro alumínico 2870 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Borohidruro alumínicoen dispositivos

2870 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Borohidruro de litio 1413 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Borohidruro potásico 1870 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Borohidruro sódico 1426 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

� Bromo 1744 8 6.1 Corrosivo y Tóxico AU 1US 3US 8

A2 I 807 (0,5 L) 809 (2,5 L)

Bromoacetato de etilo 1603 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

AU 1US 3

A2 II 610 (5 L) 612 (60 L)

Bromo en solución 1744 8 6.1 Corrosivo y Tóxico AU 1US 3US 8

A1 I 807 (0,5 L) 809 (2,5 L)

Bromoacetona 1569 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

AU 1US 3

A2 II 610 (5 L) 612 (60 L)

Bromotrifluoretileno 2419 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Bromuro de alilo 1099 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Bromuro de cianógeno 1889 6.1 8 Tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 I 608 (1 kg) 608 (15 kg)

Bromuro de hidrógeno anhidro 1048 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Bromuro de metilmagnesio en éteretílico

1928 4.3 3 Peligroso mojado yLíquido inflamable

I PROHIBIDO 409 1 L

� Bromuro de metilo con un máximodel 2% de cloropicrina

1062 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A2A126

Véase 213 207 (25 kg)

Page 18: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-6 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Bromuro de vinilo estabilizado 1085 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

� Bromuro de xililo 1701 6.1 Tóxico AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A1 II 610 (5 L) 612 60 L

Butadienos estabilizados 1010 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Butano 1011 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Butileno 1012 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Butiltriclorosilano 1747 8 3 Corrosivo yLíquido inflamable

AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

5-terc-Butil-2,4,6-trinitro-m-xileno 2956 4.1 Sólido inflamable A20A100A215

III PROHIBIDO (423) PROHIBIDO (423)

CCabezas de cohete con cargaexplosiva †

0286 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cabezas de cohete con cargaexplosiva †

0287 1.2D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cabezas de cohete con cargaexplosiva †

0369 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cabezas de cohete con cargadispersora o carga expulsora †

0370 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cabezas de cohete con cargadispersora o carga expulsora †

0371 1.4F Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cabezas para torpedos concarga explosiva †

0221 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Calcio pirofórico 1855 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Carbón animal o vegetal 1361 4.2 Combustión espontánea A2A3

IIIII

PROHIBIDOPROHIBIDO

PROHIBIDOPROHIBIDO

Carburo cálcico 1402 4.3 Peligroso mojado US 4 I PROHIBIDO 412 15 kg

Cargas de demolición † 0048 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cargas de profundidad † 0056 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cargas explosivas † 0043 1.1D Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Cargas explosivas de plásticoligado

0457 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cargas explosivas de plásticoligado

0458 1.2D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cargas explosivas de plásticoligado

0459 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Page 19: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-7

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Cargas explosivas paramultiplicadores †

0060 1.1D Explosivo PROHIBIDO (132) PROHIBIDO (132)

Cargas explosivas para sondeos † 0374 1.1D Explosivo PROHIBIDO (134) PROHIBIDO (134)

Cargas explosivas para sondeos † 0296 1.1F Explosivo PROHIBIDO (134) PROHIBIDO (134)

Cargas explosivas para sondeos † 0375 1.2D Explosivo PROHIBIDO (134) PROHIBIDO (134)

Cargas explosivas para sondeos † 0204 1.2F Explosivo PROHIBIDO (134) PROHIBIDO (134)

Cargas explosivas para usos civilessin detonador †

0442 1.1D Explosivo PROHIBIDO (137) PROHIBIDO (137)

Cargas explosivas para usos civilessin detonador †

0443 1.2D Explosivo PROHIBIDO (137) PROHIBIDO (137)

Cargas explosivas para usos civilessin detonador †

0444 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (137) 137 75 kg

Cargas huecas sin detonador † 0059 1.1D Explosivo AU 2US 3

A109 137 (25 kg) 137 (75 kg)

Cargas huecas sin detonador † 0439 1.2D Explosivo PROHIBIDO (137) PROHIBIDO (137)

Cargas huecas sin detonador † 0440 1.4D Explosivo 1.4 AU 1US 3

A1 137 (25 kg) 137 75 kg

Cargas propulsoras † 0271 1.1C Explosivo PROHIBIDO (143) PROHIBIDO (143)

Cargas propulsoras † 0415 1.2C Explosivo PROHIBIDO (143) PROHIBIDO (143)

Cargas propulsoras † 0272 1.3C PROHIBIDO (143) PROHIBIDO (143)

Cargas propulsoras † 0491 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (143) 143 75 kg

Cargas propulsoras de artillería † 0279 1.1C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cargas propulsoras de artillería † 0414 1.2C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cargas propulsoras de artillería † 0242 1.3C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos combustibles vacíossin fulminante †

0446 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (136) 136 75 kg

Cartuchos combustibles vacíossin fulminante †

0447 1.3C Explosivo PROHIBIDO (136) PROHIBIDO (136)

Cartuchos de accionamiento † 0381 1.2C Explosivo PROHIBIDO (134) PROHIBIDO (134)

Cartuchos de accionamiento † 0275 1.3C Explosivo AU 2 PROHIBIDO (134) 134 75 kg

Cartuchos de accionamiento † 0276 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (134) 134 75 kg

Cartuchos de agrietamientoexplosivos sin detonador, parapozos de petróleo †

0099 1.1D Explosivo AU 2US 3

A109 PROHIBIDO 134 (75 kg)

Cartuchos de gas* (tóxico) sindispositivo de descarga, irrellenables

2037 2.3 Gas tóxico A2 Véase 213 Véase 213

Cartuchos de gas* (tóxico ycorrosivo) sin dispositivo de descarga,irrellenables

2037 2.3 8 Gas tóxico y corrosivo A2 Véase 213 Véase 213

Cartuchos de gas* (tóxico einflamable) sin dispositivo dedescarga, irrellenables

2037 2.3 8 Gas tóxico y Gasinflamable

A2 Véase 213 Véase 213

Page 20: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-8 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Cartuchos de gas* (tóxico, inflamabley corrosivo) sin dispositivo dedescarga, irrellenables

2037 2.3 2.18

Gas tóxico, Gasinflamable y Corrosivo

A2 Véase 213 Véase 213

Cartuchos de gas* (tóxico ycomburente) sin dispositivo dedescarga, irrellenables

2037 2.3 5.1 Gas tóxico yComburente

A2 Véase 213 Véase 213

Cartuchos de gas* (tóxico,comburente y corrosivo) sin dispositivode descarga, irrellenables

2037 2.3 5.18

Gas tóxico, Comburentey Corrosivo

A2 Véase 213 Véase 213

Cartuchos de señales † 0054 1.3G Explosivo AU 2 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Cartuchos de señales † 0312 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Cartuchos fulgurantes † 0049 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Cartuchos fulgurantes † 0050 1.3G Explosivo AU 2 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Cartuchos para armas con cargaexplosiva †

0006 1.1E Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas con cargaexplosiva †

0005 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas con cargaexplosiva †

0321 1.2E Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas con cargaexplosiva †

0007 1.2F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas con cargaexplosiva †

0412 1.4E Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cartuchos para armas con cargaexplosiva †

0348 1.4F Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas, con proyectil inerte †

0328 1.2C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas, conproyectil inerte †

0339 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cartuchos para armas, conproyectil inerte †

0417 1.3C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas de pequeñocalibre †

0417 1.3C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas de pequeñocalibre †

0339 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cartuchos para armas de pequeñocalibre, sin bala †

0327 1.3C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas de pequeñocalibre, sin bala †

0338 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cartuchos para armas, sin bala † 0326 1.1C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas, sin bala † 0413 1.2C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas, sin bala † 0327 1.3C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cartuchos para armas, sin bala † 0338 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cartuchos para perforaciónde pozos de petróleo †

0277 1.3C Explosivo PROHIBIDO (134) PROHIBIDO (134)

Page 21: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-9

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Cartuchos para perforaciónde pozos de petróleo †

0278 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (134) 134 75 kg

Cartuchos vacíos con fulminante † 0379 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (136) 136 75 kg

Catalizador de metal humidificadocon un excedente visible de líquido

1378 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A1 II 418 (15 kg) 416 50 kg

� Catalizador de metal seco 2881 4.2 Combustión espontánea A3 I PROHIBIDO PROHIBIDOA36 II 418 (15 kg) 416 50 kg

Cebos del tipo de cápsula † 0377 1.1B Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Cebos del tipo de cápsula † 0378 1.4B Explosivo 1.4 PROHIBIDO (133) 133 75 kg

Cebos tubulares † 0319 1.3G Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Cebos tubulares † 0320 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (133) 133 75 kg

Celuloide, desechos de 2002 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A3

III 422 (25 kg) 421 (100 kg)

Cerillas de encendido universal,véase Fósforos de encendidouniversal

Cerillas resistentes al viento, véaseFósforos resistentes al viento

Cesio 1407 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Cianhidrina de la acetona,estabilizada

1541 6.1 Tóxico AU 1US 3US 4US 8

A1 I 610 (1 L) 605 30 L

Cianógeno licuado 1026 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

� Cianuros de bromobencilo líquidos 1694 6.1 Tóxico AU 1US 3

A1A29

I 610 (1 L) 605 30 L

Cianuro de hidrógeno en soluciónacuosa, con un máximo del 20% decianuro de hidrógeno

1613 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cianuro de hidrógeno en soluciónalcohólica, con un máximo del 45%de cianuro de hidrógeno

3294 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cianuro de hidrógeno estabilizadocon menos del 3% de agua

1051 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cianuro de hidrógeno estabilizadocon menos del 3% de agua yabsorbido en una materia porosainerte

1614 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Ciclobutano 2601 2.1 3 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Ciclohexeniltriclorosilano 1762 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Ciclohexiltriclorosilano 1763 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Ciclonita desensibilizada 0483 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Page 22: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-10 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Ciclonita humidificada con unmínimo del 15%, en masa, de agua

0072 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Ciclopropano 1027 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Ciclotetrametilentetranitraminadesensibilizada

0484 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Ciclotetrametilentetranitraminahumidificada con un mínimo del 15%, en masa, de agua

0226 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Ciclotrimetilentrinitraminadesensibilizada

0483 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 a) o c))

PROHIBIDO(112 a) o c))

Ciclotrimetilentrinitramina humidificada con un mínimo del 15%, en masa, de agua

0072 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Cinc en polvo 1436 4.3 4.2 Peligroso mojado yCombustión espontánea

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Circonio, desechos de 1932 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A3

III 422 (25 kg) 421 (100 kg)

Circonio en polvo seco 2008 4.2 Combustión espontánea A3 I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Circonio en suspensión en líquidoinflamable †

1308 3 Líquido inflamable AU 1US 3

A3A1

A108

I 302 (1 L) 303 30 L

Cloro 1017 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Cloroacetato de metilo 2295 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Cloroacetofenona líquida 3416 6.1 Tóxico AU 1US 3

A1 II 610 (5 L) 612 60 L

Cloroacetofenona sólida 1697 6.1 Tóxico AU 1US 3

A1 II 614 (25 kg) 616 100 kg

Cloroacetona estabilizada 1695 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

AU 1US 3

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloroacetonitrilo 2668 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

AU 1US 3US 8

A2 II PROHIBIDO PROHIBIDO

1-Cloro-1,1-difluoretano 2517 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

2-Cloroetanal 2232 6.1 PROHIBIDO PROHIBIDO

Clorofeniltriclorosilano 1753 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Cloroformiato de alilo 1722 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloroformiato de bencilo 1739 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 I 807 (0,5 L) 809 2,5 L

Cloroformiato de etilo 1182 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Page 23: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-11

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

� Cloroformiato de isopropilo 2407 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

AU 1CA 7GB 3NL 1US 3US 8

A2 I 603 (0,5 L) 604 (2,5 L)

Cloroformiato de metilo 1238 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Cloroformiato de n-butilo 2743 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

US 8 II PROHIBIDO PROHIBIDO

� Cloroformiato de n-propilo 2740 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

US 8 I PROHIBIDO 605 (2,5 L)

Cloropicrina 1580 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloropreno estabilizado 1991 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

1-Cloropropano 1278 3 Líquido inflamable AU 1US 3

A1 II 306 (5 L) 308 60 L

Clorosilanos que reaccionan con elagua, inflamables, corrosivos,n.e.p.

2988 4.3 38

Peligroso mojado yLíquido inflamable y

Corrosivo

I PROHIBIDO 408 1 L

Clorotioformiato de etilo 2826 8 3 Corrosivo y Líquidoinflamable

II PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloruros de azufre 1828 8 Corrosivo AU 1US 3US 8

A1 I 807 (0,5 L) 809 2,5 L

Cloruro de alilo 1100 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Cloruro de bromo 2901 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Cloruro de cianógeno, estabilizado 1589 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Cloruro de cloroacetilo 1752 6.1 8 Tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 I 610 (0,5 L) 612 (2,5 L)

Cloruro de etilo 1037 2.1 Gas inflamable AU 1 A1 200 (5 kg) 200 150 kUS 3 oUS 4 214 0,3 kg

Cloruro de fenilcarbilamina 1672 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloruro de hidrógeno anhidro 1050 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Cloruro de hidrógeno líquidorefrigerado

2186 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloruro de metanosulfonilo 3246 6.1 8 Tóxico y Corrosivo US 8 A2 I 603 (0,5 L) 604 (2,5 L)

Cloruro de metilo 1063 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 100 kg

Cloruro de nitrosilo 1069 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Page 24: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-12 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Cloruro de picrilo 0155 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Cloruro de sulfurilo 1834 8 Corrosivo I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloruro de tiofosforilo 1837 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Cloruro de tionilo 1836 8 Corrosivo AU 1US 3

A2 I 807 (0,5 L) 809 (2,5 L)

Cloruro de tricloroacetilo 2442 8 Corrosivo AU 1US 3

A2 II 809 (1 L) 813 (30 L)

Cloruro de trifluoroacetilo 3057 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Cloruro de trimetilacetilo 2438 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Cloruro de vinilo estabilizado 1086 2.1 Gas inflamable AU 1US 3US 4

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Cohetes con cabeza inerte † 0502 1.2C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con cabeza inerte † 0183 1.3C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con carga explosiva † 0181 1.1E Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con carga explosiva † 0180 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con carga explosiva † 0182 1.2E Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con carga explosiva † 0295 1.2F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con carga expulsora † 0436 1.2C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con carga expulsora † 0437 1.3C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes con carga expulsora † 0438 1.4C Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cohetes de combustible líquidocon carga explosiva †

0397 1.1J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Cohetes de combustible líquidocon carga explosiva †

0398 1.2J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Cohetes lanzacabos † 0238 1.2G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Cohetes lanzacabos † 0240 1.3G Explosivo AU 2 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Cohetes lanzacabos † 0453 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Componentes de cadenas deexplosivos, n.e.p.* †

0461 1.1B Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Componentes de cadenas deexplosivos, n.e.p.* †

0382 1.2B Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Componentes de cadenas deexplosivos, n.e.p.* †

0383 1.4B Explosivo 1.4 JP 18 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

>>

Conjuntos de detonadores noeléctricos para voladuras †

0360 1.1B Explosivo PROHIBIDO (131) PROHIBIDO (131)

Conjuntos de detonadores noeléctricos para voladuras †

0361 1.4B Explosivo 1.4 PROHIBIDO (131) 131 75 kg

Page 25: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-13

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Copra † 1363 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

� Crotonaldehído estabilizado 1143 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

AU 1US 3US 4US 8

A2 I 603 (1 L) 604 (30 L)

DDecaborano 1868 4.1 6.1 Sólido inflamable y

TóxicoAU 1US 3

A1 II 416 (15 kg) 418 50 kg

Depósitos de carburante parasistemas motores hidráulicos deaeronaves (con mezclas de hidrazinaanhidra e hidrazina de metilo)(carburante M86)

3165 3 6.18

Líquido inflamable yTóxico y Corrosivo

AU 1US 3

A1A48

I 301 (42 L) 301 42 L

Desechos grasientos de algodón 1364 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Detonadores eléctricos paravoladuras †

0030 1.1B Explosivo PROHIBIDO (131) PROHIBIDO (131)

Detonadores eléctricos paravoladuras †

0255 1.4B Explosivo 1.4 PROHIBIDO (131) 131 75 kg

Detonadores no eléctricos para voladuras †

0029 1.1B Explosivo PROHIBIDO (131) PROHIBIDO (131)

Detonadores no eléctricos para voladuras †

0267 1.4B Explosivo 1.4 PROHIBIDO (131) 131 75 kg

Detonadores para municiones † 0073 1.1B Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Detonadores para municiones † 0364 1.2B Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Detonadores para municiones † 0365 1.4B Explosivo 1.4 PROHIBIDO (133) 133 75 kg

Deuterio comprimido 1957 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Diazodinitrofenol humidificado conun mínimo del 40%, en masa, de aguao de una mezcla de alcohol y agua

0074 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

Diborano 1911 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Dibromuro de etileno 1605 6.1 Tóxico US 4 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Diceteno estabilizado 2521 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Diclorofenilfosfina 2798 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 808 (1 L) 812 30 L

Diclorofeniltriclorosilano 1766 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Diclorosilanos 2189 2.3 2.18

Gas tóxico yGas inflamable

y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

� Dietilcinc 1366 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Page 26: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-14 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Dietildiclorosilano 1767 8 3 Corrosivo yLíquido inflamable

AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

� Difenilaminocloroarsina líquida 1698 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Difenilcloroarsina sólida 3450 6.1 Tóxico I PROHIBIDO 608 50 kg

Difenilcloroarsina 1699 6.1 Tóxico I PROHIBIDO 608 15 kg

Difenildiclorosilano 1769 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

� Difenilmagnesio 2005 4.2 Combustión espontánea A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

1,1-Difluoretano 1030 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

1,1-Difluoretileno 1959 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Difluorometano 3252 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Difluoruro de oxígeno comprimido 2190 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y

Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Dimetilamina anhidra 1032 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

� Dimetilcinc 1370 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Dimetileterato de trifluoruro de boro 2965 4.3 38

Peligroso mojado yLíquido inflamable y

Corrosivo

I PROHIBIDO 408 1 L

Dimetilhidrazina asimétrica 1163 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Dimetilhidrazina simétrica 2382 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

US 4 I PROHIBIDO PROHIBIDO

2,2-Dimetilpropano 2044 2.1 3 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

DINGU 0489 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Dinitrato de dietilenglicol desensibi-lizado con un mínimo del 25%, enmasa, de flemador no volátil insolubleen agua

0075 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO (115) PROHIBIDO (115)

Dinitro-o-cresolato sódico seco ohumidificado con menos del 15%,en masa, de agua

0234 1.3C Explosivo A208 PROHIBIDO (114) PROHIBIDO (114)

Dinitrofenol seco o humidificado conmenos del 15%, en masa, de agua

0076 1.1D 6.1 Explosivo y Tóxico PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Dinitrofenolatos de metalesalcalinos, secos o humidificados conmenos del 15%, en masa, de agua

0077 1.3C 6.1 Explosivo y Tóxico PROHIBIDO (114) PROHIBIDO (114)

Dinitroglicoluril 0489 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Dinitrorresorcinol seco ohumidificado con menos del 15%, enmasa, de agua

0078 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Page 27: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-15

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Dinitrosobenceno 0406 1.3C Explosivo PROHIBIDO(114 b))

PROHIBIDO(114 b))

Dinitrotoluenos fundidos 1600 6.1 Tóxico II PROHIBIDO PROHIBIDO

Dióxido de azufre 1079 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Dióxido de nitrógeno 1067 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Dipicrilamina 0079 1.1D Explosivo US 6 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Dispersión de compuestoorganometálico que reacciona conel agua, inflamable, n.e.p.*

3207 4.3 3 Peligroso mojado yLíquido inflamable

A3 I PROHIBIDO 409 1 L

Dispositivos activados por el agua*con carga dispersora, carga expulsorao carga propulsora †

0248 1.2L Explosivo PROHIBIDO (144) PROHIBIDO (144)

Dispositivos activados por el agua*con carga dispersora, carga expulsorao carga propulsora †

0249 1.3L Explosivo PROHIBIDO (144) PROHIBIDO (144)

Dispositivos portadores de cargashuecas cargados para perforación depozos de petróleo, sin detonador †

0124 1.1D Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Dispositivos portadores de cargashuecas cargados para perforación depozos de petróleo, sin detonador †

0494 1.4D Explosivo 1.4 A24 PROHIBIDO (101) 101 300 kg

Disulfuro de carbono 1131 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Dodeciltriclorosilano 1771 9 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

EEpibromhidrina 2558 6.1 Tóxico y

Líquido inflamableI PROHIBIDO PROHIBIDO

Espoletas detonantes † 0106 1.1B Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Espoletas detonantes † 0107 1.2B Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Espoletas detonantes † 0257 1.4B Explosivo 1.4 PROHIBIDO (141) 141 75 kg

Espoletas detonantes condispositivos de protección †

0408 1.1D Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Espoletas detonantes condispositivos de protección †

0409 1.2D Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Espoletas detonantes condispositivos de protección †

0410 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (141) 141 75 kg

Estibina 2676 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Page 28: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-16 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Estifnato de plomo humidificadocon un mínimo del 20%, en masa, deagua o de una mezcla de alcohol yagua

0130 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

Etano 1035 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Etano líquido refrigerado 1961 2.1 Gas inflamable PROHIBIDO PROHIBIDO

Éter diclorodimetílico simétrico 2249 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Éter dimetílico 1033 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Éter etilmetílico 1039 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Éter perfluoroetilvinílico 3154 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Éter perfluorometilvinílico 3153 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Etilacetileno estabilizado 2452 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Etilamina 1036 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Etildicloroarsina 1892 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Etildiclorosilano 1183 4.3 38

Peligroso mojado,Líquido inflamable y

Corrosivo

I PROHIBIDO 409 1 L

Etilenclorhidrina 1135 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Etilenimina estabilizada 1185 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Etileno, acetileno y propileno enmezcla líquida refrigerada, con unmínimo del 71,5% de etileno, unmáximo del 22,5% de acetileno y unmáximo del 6% de propileno

3138 2.1 Gas inflamable PROHIBIDO PROHIBIDO

Etileno 1962 2.1 3 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Etileno líquido refrigerado 1038 2.1 Gas inflamable PROHIBIDO PROHIBIDO

Etilfenildiclorosilano 2435 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Etilmercaptano 2363 3 Líquido inflamable AU 1US 3

A1 I 306 (1 L) 308 30 L

+ Explosivo desensibilizado,líquido, n.e.p.*

3379 3 Líquido inflamable A133 I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Explosivo desensibilizado,sólido, n.e.p.*

3380 4.1 Líquido inflamable A133 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Explosivos para voladuras, tipo A † 0081 1.1D Explosivo PROHIBIDO (116) PROHIBIDO (116)

Explosivos para voladuras, tipo B † 0082 1.1D Explosivo PROHIBIDO (116) PROHIBIDO (116)

Explosivos para voladuras, tipo B † 0331 1.5D Explosivo 1.5 A107 PROHIBIDO (116) PROHIBIDO (116)

Page 29: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-17

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Explosivos para voladuras, tipo C † 0083 1.1D Explosivo A212 PROHIBIDO (116) PROHIBIDO (116)

Explosivos para voladuras, tipo D † 0084 1.1D Explosivo PROHIBIDO (116) PROHIBIDO (116)

Explosivos para voladuras, tipo E † 0241 1.1D Explosivo PROHIBIDO (116) PROHIBIDO (116)

Explosivos para voladuras, tipo E † 0332 1.5D Explosivo 1.5 A207 PROHIBIDO (116) PROHIBIDO (116)

FFenilmercaptano 2337 6.1 3 Tóxico y

Líquido inflamableUS 4 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Feniltriclorosilano 1804 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Fenol fundido 2312 6.1 Tóxico II PROHIBIDO PROHIBIDO

Fibras de origen animal, n.e.p.,impregnadas de aceite

1373 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Fibras de origen vegetal, n.e.p.,impregnadas de aceite

1373 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Fibras sintéticas, n.e.p.,impregnadas de aceite

1373 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

� Flúor comprimido 1045 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Fluoruro de carbonilo 2417 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Fluoruro de etilo 2453 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Fluoruro de hidrógeno anhidro 1052 8 6.1 Corrosivo y Tóxico AU 1US 3

A2 807 (0,5 L) 809 (2,5 L)

Fluoruro de metilo 2454 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Fluoruro de perclorilo 3083 2.3 5.1 Gas tóxico yComburente

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Fluoruro de sulfurilo 2191 2.3 Gas tóxico AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Fluoruro de vinilo estabilizado 1860 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Formiato de alilo 2336 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Fosfato de tributilo 3254 4.2 2.1 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Fosfina 2199 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Fósforo amarillo bajo agua 1381 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

PROHIBIDO PROHIBIDO

Fósforo amarillo en solución 1381 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

PROHIBIDO PROHIBIDO

Page 30: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-18 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Fósforo amarillo seco 1381 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

PROHIBIDO PROHIBIDO

Fósforo blanco bajo agua 1381 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

PROHIBIDO PROHIBIDO

Fósforo blanco en solución 1381 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Fósforo blanco fundido 2447 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Fósforo blanco seco 1381 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Fósforos de encendido universal † 1331 4.1 Sólido inflamable AU 1US 3

A2A125

III 402 (25 kg) 402 (100 kg)

Fósforos resistentes al viento † 2254 4.1 Sólido inflamable AU 1US 3

A2A125

III 402 (25 kg) (402) (100 kg)

Fosfuro alumínico 1937 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuro cálcico 1360 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuro de cinc 1714 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuro de estroncio 2013 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuro de magnesio y aluminio 1419 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuros estánnicos 1433 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuro magnésico 2011 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuro potásico 2012 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosfuro sódico 1432 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

I PROHIBIDO 412 15 kg

Fosgeno 1076 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Fotopólvora † 0094 1.1G Explosivo PROHIBIDO (113) PROHIBIDO (113)

Fotopólvora † 0305 1.3G Explosivo PROHIBIDO (113) PROHIBIDO (113)

Frigoríficos que contienen gaslicuado inflamable no tóxico

3358 2.1 Gas inflamable A103 PROHIBIDO PROHIBIDO

Fulminato de mercuriohumidificado con un mínimo del20%, en masa, de agua o de unamezcla de alcohol y agua

0135 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

GGalleta de pólvora humidificada conun mínimo del 17%, en masa, dealcohol †

0433 1.1C Explosivo A211 PROHIBIDO (111) PROHIBIDO (111)

Page 31: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-19

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Galleta de pólvora humidificada conun mínimo del 25%, en masa,de agua †

0159 1.3C Explosivo A211 PROHIBIDO (111) PROHIBIDO (111)

Gas comprimido inflamable, n.e.p.* 1954 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas comprimido tóxico, n.e.p.* 1955 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas comprimido tóxico corrosivo,n.e.p.*

3304 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas comprimido tóxico, inflamablen.e.p.*

1953 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas comprimido tóxico,comburente, n.e.p.*

3303 2.3 5.1 Gas tóxico yComburente

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas comprimido tóxico,comburente, corrosivo, n.e.p.*

3306 2.3 5.18

Gas tóxico,Comburente y

Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas comprimido tóxico, inflamable,corrosivo, n.e.p.*

3305 2.3 2.18

Gas tóxico yGas inflamable y

Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas de hulla comprimido † 1023 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Gas de petróleo comprimido † 1071 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Gases de petróleo licuados 1075 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 KG) 200 150 kg

Gas lacrimógeno, sustancia líquida,n.e.p.*

1693 6.1 Tóxico A1A36

II 609 (2,5) 611 (5 L)

� Gas lacrimógeno, sustancia sólida,n.e.p.*

3448 6.1 Tóxico AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A1A36

III

613 (5 kg) 607615

15 kg25 kg

Gas licuado inflamable, n.e.p.* 3161 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas licuado tóxico comburente,n.e.p.*

3307 2.3 5.1 Gas tóxico yComburente

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas licuado tóxico comburente,corrosivo, n.e.p.*

3310 2.3 5.18

Gas tóxico,Comburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas licuado tóxico corrosivo,n.e.p.*

3308 2.3 8 Gas tóxico yCorrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas licuado tóxico inflamable,corrosivo, n.e.p.*

3309 2.3 2.18

Gas tóxico yGas inflamable y

Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas licuado tóxico inflamable,n.e.p.*

3160 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Gas licuado tóxico, n.e.p.* 3162 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Page 32: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-20 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Gas líquido refrigerado,comburente, n.e.p.*

3311 2.2 5.1 Gas noinflamable yComburente

AU 1US 3

A2 202 (75 kg) 202 (75 kg)

Gas líquido refrigerado, inflamable,n.e.p.*

3312 2.1 Gas inflamable PROHIBIDO PROHIBIDO

Gas natural comprimido con altaproporción de metano

1971 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas natural líquido refrigerado conalta proporción de metano

1972 2.1 Gas inflamable PROHIBIDO PROHIBIDO

Gas refrigerante R 32 3252 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas refrigerante R 40 1063 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 100 kg

Gas refrigerante R 41 2454 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas refrigerante R 142b 2517 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas refrigerante R 143a 2035 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas refrigerante R 152a 1030 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas refrigerante R 161 2453 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Gas refrigerante R 1132a 1959 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

� Generadores de oxígeno químicos(incluso cuando están incorporados enequipo conexo, como tableros deservicio a los pasajeros (PSU) yequipo respiratorio portátil (PBE),etc.) †

3356 5.1 Comburente A1A111A116A144A201

II 524 (25 kg B) 523 25 kg B

Germano 2192 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Granadas de mano o de fusil, concarga explosiva †

0284 1.1D Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Granadas de mano o de fusil, concarga explosiva †

0292 1.1F Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Granadas de mano o de fusil, concarga explosiva †

0285 1.2D Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Granadas de mano o de fusil, concarga explosiva †

0293 1.2F Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Granadas de ejercicios de mano ode fusil

0452 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (141) 141 75 kg

Granadas de ejercicios de mano ode fusil

0372 1.2G Explosivo PROHIBIDO (156) PROHIBIDO (156)

Granadas de ejercicio de mano o defusil

0318 1.3G Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Page 33: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-21

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Guanilnitrosaminoguaniliden-hidrazina humidificada con unmínimo del 30%, en masa, de agua

0113 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

Guanilnitrosaminoguaniltetracenohumidificado con un mínimo del30%, en masa, de agua o de unamezcla de alcohol y agua

0114 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

HHafnio en polvo seco 2545 4.2 Combustión espontánea A3 I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Haluros de alquilos de aluminiolíquidos

3052 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Haluros de alquilos de aluminiosólidos

3461 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

>>

Hexaclorociclopentadieno 2646 6.1 Tóxico US 4 PROHIBIDO PROHIBIDO

Hexadeciltriclorosilano 1781 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Hexafluoracetona 2420 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3US 8

A2 Véase 213 Véase 213

Hexafluoruro de selenio 2194 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Hexafluoruro de telurio 2195 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Hexafluoruro de tungsteno 2196 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Hexanitrato de manitolhumidificado con un mínimo del40%, en masa, de agua o de unamezcla de alcohol y agua

0133 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Hexanitrodifenilamina 0079 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Hexanitroestilbeno 0392 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Hexil 0079 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Hexiltriclorosilano 1784 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Hexógeno desensibilizado 0483 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Hexógeno humidificado con unmínimo del 15%, en masa, de agua

0072 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Hexolita seca o humidificada conmenos del 15%, en masa, de agua

0118 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Page 34: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-22 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Hexotol seco o humidificado conmenos del 15%, en masa, de agua

0118 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Hexotonal 0393 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b))

PROHIBIDO(112 b))

Hidrazina en solución acuosa con 2030 8 6.1 Corrosivo y Tóxico AU 1 A1 I PROHIBIDO 809 (2,5)un mínimo del 37% en masa US 3 A7

A36IIIII

808818

(1 L)5 L

812820

30 L60 L

Hidrógeno comprimido 1049 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Hidrógeno líquido refrigerado 1966 2.1 Gas inflamable PROHIBIDO PROHIBIDO

Hidruro alumínico 2463 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Hidruro cálcico 1404 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Hidruro de litio 1414 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Hidruro de litio y aluminio 1410 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

+ Hidrógeno en un dispositivode almacenamiento con hidrurometálico

3468 2.1 Gas inflamable A143 PROHIBIDO PROHIBIDO

Hidruro etéreo de litio y aluminio 1411 3 Peligroso mojado yLíquido inflamable

I PROHIBIDO 409 1 L

Hidruro magnésico 2010 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Hidruro sódicoalumínico 2835 4.3 Peligroso mojado AU 1US 3

A1 II 416 (15 kg) 418 50 kg

Hidruro sódico 1427 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

� Hidruros de alquilos de aluminio 3076 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

A142 I PROHIBIDO PROHIBIDO

>>

Hidruros metálicos que reaccionancon el agua, n.e.p.*

1409 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

Hierro esponjoso agotado †(procedente de la purificación del gasde hulla)

1376 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A3

III 422 (25 kg) 421 (100 kg)

Hierro pentacarbonilo 1994 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Hipoclorito de terc-butilo 3255 4.2 8 Combustión espontáneay Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

HMX desensibilizada 0484 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

HMX humidificada con un mínimo del15%, en masa, de agua

0226 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

IInflamadores † 0121 1.1G Explosivo PROHIBIDO (142) PROHIBIDO (142)

Inflamadores † 0314 1.2G Explosivo PROHIBIDO (142) PROHIBIDO (142)

Page 35: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-23

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Inflamadores † 0315 1.3G Explosivo PROHIBIDO (142) PROHIBIDO (142)

Inflamadores † 0325 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (142) 142 75 kg

Infladores de bolsas inflables 0503 1.4G Explosivo 1.4 A32A56

PROHIBIDO 135 75 kg

Insecticida gaseoso inflamable,n.e.p.*

3354 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Insecticida gaseoso tóxicoinflamable, n.e.p.*

3355 2.3 2.1 Gas tóxico y Gas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Insecticida gaseoso tóxico, n.e.p.* 1967 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Isobutano 1969 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Isobutileno 1055 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Isocianato de ciclohexilo 2488 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

US 8 I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Isocianato de n-butilo 2485 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

AU 1US 3US 8

A1 I 610 (1 L) 605 (30 L)

Isocianato de terc-butilo 2484 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Isocianato de etilo 2481 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

US 8 I PROHIBIDO 304 30 L

Isocianato de fenilo 2487 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable y

Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Isocianato de metilo 2480 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Isocianato de metoximetilo 2605 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

US 8 A2 I PROHIBIDO 303 (30 L)

Isocianato de n-propilo 2482 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Isotiocianato de alilo estabilizado 1545 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

AU 1US 3

A1 II 610 (5 L) 612 60 L

Isotiocianato de metilo 2477 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

AU 1US 3US 8

I PROHIBIDO PROHIBIDO

LLíquido a temperatura elevada,n.e.p., a una temperatura igualo superior a 100oC e inferiora su punto de inflamación(comprendidos los metales fundidos,las sales fundidas, etc.)

3257 9 Varias A205 III PROHIBIDO PROHIBIDO

Page 36: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-24 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Líquido a temperatura elevada,inflamable, n.e.p., de punto deinflamación superior a 60,5oC, a unatemperatura igual o superior al puntode inflamación

3256 3 Líquido inflamable III PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido comburente corrosivo,n.e.p.*

3098 5.1 8 Comburente y Corrosivo A3 I PROHIBIDO 501 2,5 L

Líquido comburente tóxico, n.e.p.* 3099 5.1 6.1 Comburente y Tóxico A3 I PROHIBIDO 501 2,5 L

Líquido comburente, n.e.p.* 3139 5.1 Comburente A3 I PROHIBIDO 501 2,5 L

Líquido corrosivo comburente,n.e.p.*

3093 8 5.1 Corrosivo y Comburente I PROHIBIDO 809 2,5 L

Líquido corrosivo que reaccionacon el agua, n.e.p.*

3094 8 4.3 Corrosivo y Peligroso mojado

I PROHIBIDO 809 1 L

Líquido de reacción espontánea de tipo B*

3221 4.1 Sólido inflamable A215 PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido de reacción espontánea de tipo B, temperatura regulada*

3231 4.1 Sólido inflamable A214A215

PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido de reacción espontánea de tipo C, temperatura regulada*

3233 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido de reacción espontánea de tipo D, temperatura regulada*

3235 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido de reacción espontánea de tipo E, temperatura regulada*

3237 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido de reacción espontánea de tipo F, temperatura regulada*

3239 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

� Líquido inflamable, tóxico,corrosivo, n.e.p.*

3286 3 6.18

Líquido inflamable yTóxico y Corrosivo

I PROHIBIDO 303 2,5 L

Líquido inflamable, tóxico, n.e.p.* 1992 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

A3 I PROHIBIDO 303 30 L

Líquido pirofórico inorgánico,n.e.p.* †

3194 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido pirofórico orgánico,n.e.p.* †

2845 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Líquido que reacciona con el agua,n.e.p.*

3148 4.3 Peligroso mojado A3 I PROHIBIDO 408 1 L

Líquido que reacciona con el agua,corrosivo, n.e.p.*

3129 4.3 8 Peligroso mojado yCorrosivo

A3 I PROHIBIDO 408 1 L

Líquido que reacciona con el agua,tóxico, n.e.p.*

3130 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

A3 I PROHIBIDO 408 1 L

� Líquido tóxico comburente, n.e.p.* 3122 6.1 5.1 Tóxico y Comburente A4A137

I PROHIBIDO 604 2,5 L

+ Líquido tóxico por inhalación,n.e.p.*, con toxicidad por inhalacióninferior o igual a 200 ml/m3 y conconcentración saturada de vaporsuperior o igual a 500 CL50

3381 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

Page 37: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-25

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

+ Líquido tóxico por inhalación,n.e.p.*, con toxicidad por inhalacióninferior o igual a 1000 ml/m3 y conconcentración saturada de vaporsuperior o igual a 10 CL50

3382 6.1 Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación,comburente, n.e.p.*, con toxicidadpor inhalación inferior o igual a200 ml/m3 y con concentraciónsaturada de vapor superior o iguala 500 CL50

3387 6.1 5.1 Tóxico y Comburente I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación,comburente, n.e.p.*, con toxicidadpor inhalación inferior o igual a1000 ml/m3 y con concentraciónsaturada de vapor superior o iguala 10 CL50

3388 6.1 5.1 Tóxico y Comburente I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación,corrosivo, n.e.p.*, con toxicidad porinhalación inferior o igual a 200 ml/m3

y con concentración saturada de vaporsuperior o igual a 500 CL50

3389 6.1 8 Tóxico y Corrosivo I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación,corrosivo, n.e.p.*, con toxicidad porinhalación inferior o igual a 1000 ml/m3

y con concentración saturada de vaporsuperior o igual a 10 CL50

3390 6.1 8 Tóxico y Corrosivo I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación,inflamable, n.e.p.*, con toxicidad porinhalación inferior o igual a 200 ml/m3

y con concentración saturada de vaporsuperior o igual a 500 CL50

3383 6.1 8 Tóxico y Líquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación,inflamable, n.e.p.*, con toxicidad porinhalación inferior o igual a 1000 ml/m3

y con concentración saturada de vaporsuperior o igual a 10 CL50

3384 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación, quereacciona con el agua, n.e.p.*, contoxicidad por inhalación inferior o iguala 200 ml/m3 y con concentraciónsaturada de vapor superior o iguala 500 CL50

3385 6.1 4.3 Tóxico yPeligroso mojado

I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Líquido tóxico por inhalación, quereacciona con el agua, n.e.p.*, contoxicidad por inhalación inferior o iguala 1000 ml/m3 y con concentraciónsaturada de vapor superior o iguala 10 CL50

3386 6.1 4.3 Tóxico yPeligroso mojado

I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Líquido tóxico que reacciona con elagua, n.e.p.*

3123 6.1 4.3 Tóxico y Peligroso mojado

A4A137

I PROHIBIDO 604 1 L

Litio 1415 4.3 Peligroso mojado AU 1US 3

A1 II 416 (15 kg) 418 50 kg

MMagnesio en polvo 1418 4.3 4.2 Peligroso mojado y

Combustión espontáneaA3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Page 38: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-26 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Mecha de combustión rápida † 0066 1.4G Explosivo 1.4 AU 1US 3

A1 140 (25 kg) 140 75 kg

Mechas de ignición † 0316 1.3G Explosivo PROHIBIDO (141) PROHIBIDO (141)

Mechas de ignición † 0317 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (140) 140 75 kg

Mecha de ignición tubular conenvoltura metálica †

0103 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (140) 140 75 kg

Mecha detonante con envolturametálica †

0290 1.1D Explosivo PROHIBIDO (139) PROHIBIDO (139)

Mecha detonante con envolturametálica †

0102 1.2D Explosivo PROHIBIDO (139) PROHIBIDO (139)

Mecha detonante de efectoreducido con envoltura metálica †

0104 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (140) 140 75 kg

Mecha detonante flexible † 0065 1.1D Explosivo AU 2US 3

A109 PROHIBIDO 139 (75 kg)

Mecha detonante flexible † 0289 1.4D Explosivo 1.4 AU 1US 3

A1 139 (25 kg) 139 75 kg

Mecha detonante perfilada flexible † 0288 1.1D Explosivo PROHIBIDO (138) PROHIBIDO (138)

Mecha detonante perfilada flexible † 0237 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (138) 138 75 kg

Mecha no detonante † 0101 1.3G Explosivo PROHIBIDO (140) PROHIBIDO (140)

� Mercaptanos líquidos inflamablestóxico, n.e.p.*

1228 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

AU 1US 3

A1A3A36

II 306 (1 L) 308 60 L

Metacrilonitrilo estabilizado 3079 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

US 8 I PROHIBIDO 303 (30 L)

Metal pirofórico, n.e.p.* 1383 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Metales alcalinos, aleación líquidade, n.e.p.

1421 4.3 Peligroso mojado A84 I PROHIBIDO 409 1 L

Metales alcalinos, amalgama de,líquida

1389 4.3 Peligroso mojado A84 I PROHIBIDO 409 1 L

� Metales alcalinos, amalgama sólidade

3401 4.3 Peligroso mojado A84 I PROHIBIDO 412 15 kg

Metales alcalinos, dispersión de 1391 4.3 Peligroso mojado A63A84

I PROHIBIDO 409 1 L

� Metales alcalinotérreos, amalgamalíquida de

1392 4.3 Peligroso mojado A85 I PROHIBIDO 412 15 kg

+ Metales alcalinotérreos, amalgamasólida de

3402 4.3 Peligroso mojado A85 I PROHIBIDO 412 15 kg

Metales alcalinotérreos, dispersiónde

1391 4.3 Peligroso mojado A63A85

I PROHIBIDO 409 1 L

Metano comprimido 1971 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

� Metano líquido refrigerado GNL 1972 2.1 Gas inflamable PROHIBIDO PROHIBIDO

Metilamina anhidra 1061 2.1 Gas inflamable AU 1US 3US 4

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Page 39: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-27

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Metil clorometil éter 1239 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Metilclorosilano 2534 2.3 2.18

Gas tóxico y Gasinflamable y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Metildiclorosilano 1242 4.3 38

Peligroso mojado yLíquido inflamable y

Corrosivo

I PROHIBIDO 409 1 L

2-Metil-2-heptanotiol 3023 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

US 8 PROHIBIDO PROHIBIDO

Metilhidrazina 1244 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Metilmercaptano 1064 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Metiltriclorosilano 1250 3 8 Líquido inflamable yCorrosivo

AU 1US 3

A1 I 306 (0,5 L) 304 2,5 L

Metil vinil cetona estabilizada 1251 6.1 38

Tóxico y Líquidoinflamable y Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Mezcla antidetonante paracarburantes de motores †

1649 6.1 Tóxico AU 1US 3

A1A129A127

I 610 (1 L) 605 30 L

Mezcla de ácido clorhídrico y ácidonítrico

1798 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 I 807 (0,5 L) 809 2,5 L

Mezcla de ácido fluorhídrico y ácidosulfúrico

1786 8 6.1 Corrosivo y Tóxico AU 1US 3

A1 I 807 (0,5 L) 809 2,5 L

Mezcla de bromuro de metilo ydibromuro de etileno, líquida

1647 6.1 Tóxico AU 1US 3US 8

A2 I 610 (1 L) 605 (30 L)

Mezcla de ciclonita yciclotetrametilentetranitraminadesensibilizadas con un mínimo del10%, en masa, de flemador

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla de ciclonita yciclotetrametilentetranitraminahumidificadas con un mínimo del15%, en masa, de agua

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla deciclotrimetilentrinitraminay ciclotetrametilentetranitraminadesensibilizada con un mínimodel 10%, en masa, de flemador

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla deciclotrimetilentrinitraminay ciclotetrametilentetranitraminahumidificada con un mínimo del 15%,en masa, de agua

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla de cloropicrina y bromurode metilo con un mínimo del 2% decloropicrina

1581 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Mezcla de cloropicrina y cloruro demetilo

1582 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Page 40: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-28 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

� Mezcla de cloropicrina, n.e.p. 1583 6.1 Tóxico AU 1 A2 I PROHIBIDO PROHIBIDOUS 3 A3

A137IIIII

609611

(5 L)(60 L)

611618

(60 L)(220 L)

Mezcla de cloruro de metilo ycloruro de metileno

1912 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1A52

200 (5 kg) 200 150 kg

Mezcla de hexógeno yciclotetrametilentetranitraminadesensibilizadas, con un mínimo del10%, en masa, de flemador

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla de hexógeno yciclotetrametilentetranitraminahumidificadas, con un mínimo del15%, en masa, de agua

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla de hidrocarburos gaseososcomprimidos, n.e.p.*

1964 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Mezcla de hidrocarburos gaseososlicuados, n.e.p.*

1965 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Mezcla de hidrógeno y metano,comprimida

2034 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

� Mezcla de mercaptanos líquidosinflamables tóxicos, n.e.p.*

1228 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

AU 1US 3

A1A3A36

II 306 (1 L) 308 60 L

Mezcla de óxido de etileno ydióxido de carbono, con más del 9%pero un máximo del 87% de óxido deetileno

1041 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 25 kg

Mezcla de óxido de etileno ydióxido de carbono, con más del87% de óxido de etileno

3300 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 4US 8

A1 Véase 213 209 25 kg

Mezcla de óxido nítrico y tetróxidode dinitrógeno

1975 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Mezcla de RDX y ciclotetra-metilentetranitraminadesensibilizadas, con un mínimo del10%, en masa, de flemador

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla de RDX y ciclotetra-metilentetranitraminahumidificadas, con un mínimo del15%, en masa, de agua

0391 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Mezcla de TNT y hexanitroestilbeno 0388 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Mezcla de TNT y trinitrobenceno 0388 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Mezcla de TNT con trinitrobencenoy hexanitroestilbeno

0389 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Mezcla de tetrafosfato de hexaetiloy gas comprimido

1612 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Mezcla de trinitrotolueno contrinitrobenceno yhexanitroestilbeno

0389 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Page 41: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-29

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Mezcla de trinitrotolueno yhexanitroestilbeno

0388 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c)

Mezcla de trinitrotolueno ytrinitrobenceno

0388 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

+ Mezcla estabilizada de butadienose hidrocarburos, que contengan másdel 40% de butadienos

1010 2.1 Gas inflamable AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A1 PROHIBIDO 200 150 kg

Mezcla estabilizada demetilacetileno y propadieno †

1060 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Minas con carga explosiva † 0137 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Minas con carga explosiva † 0138 1.2D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Minas con carga explosiva † 0136 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Minas con carga explosiva † 0294 1.2F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Módulos de bolsas inflables 0503 1.4G Explosivo 1.4 A32A56

PROHIBIDO 135 75 kg

Monocloruro de yodo 1792 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 815 15 kg 817 50 kg

Mononitrato-5-de isosorbida 3251 4.1 Sólido inflamable A20A110

III PROHIBIDO (423) PROHIBIDO (423)

Monóxido de carbono comprimido 1016 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Monóxido de carbono e hidrógenoen mezcla, comprimido

2600 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Motores de cohete † 0280 1.1C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Motores de cohete † 0281 1.2C Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Motores de cohete † 0186 1.3C Explosivo AU 2 PROHIBIDO (130) 130 220 kg

Motores de cohete de combustiblelíquido †

0395 1.2J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Motores de cohete de combustiblelíquido †

0396 1.3J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Motores de cohete que contenganlíquidos hipergólicos, con o sincarga expulsora †

0322 1.2L Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Motores de cohete que contenganlíquidos hipergólicos, con o sincarga expulsora †

0250 1.3L Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

� Motores de combustión internapropulsados por gas inflamable

3166 9 Varias A67A70A87

A118A120A134

PROHIBIDO(900)

900 Sin limi-tación

Muestras de explosivos,* exceptolos explosivos iniciadores

0190 Explosivo A222 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Page 42: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-30 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Muestra de gas no sometido apresión tóxico inflamable, n.e.p., norefrigerado líquido

3168 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A1 206 (1 L) 206 1 L

Muestra de gas no sometido apresión tóxico, n.e.p., no refrigeradolíquido

3169 2.3 Gas tóxico AU 1US 3

A1 206 (1 L) 206 1 L

� Muestra química tóxica 3315 6.1 Tóxico A106 I Véase 623 Véase 623

Multiplicadores con detonador † 0225 1.1B Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Multiplicadores con detonador † 0268 1.2B Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Multiplicadores sin detonador † 0042 1.1D Explosivo PROHIBIDO (132) PROHIBIDO (132)

Multiplicadores sin detonador † 0283 1.2D Explosivo PROHIBIDO (132) PROHIBIDO (132)

Municiones de ejercicios † 0488 1.3G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones de ejercicios † 0362 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Municiones de prueba 0363 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

� Municiones fumígenas con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0015 1.2G Explosivo A132 PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

� Municiones fumígenas con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0016 1.3G Explosivo A132 PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

� Municiones fumígenas con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0303 1.4G Explosivo 1.4 A132 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Municiones fumígenas de fósforoblanco con carga dispersora, cargaexpulsora o carga propulsora †

0245 1.2H Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones fumígenas de fósforoblanco con carga dispersora, cargaexpulsora o carga propulsora †

0246 1.3H Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones iluminantes con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0171 1.2G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones iluminantes con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0254 1.3G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones iluminantes con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0297 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Municiones incendiarias con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0009 1.2G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones incendiarias con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0010 1.3G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones incendiarias con o sincarga dispersora, carga expulsora ocarga propulsora †

0300 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Municiones incendiarias de fósforoblanco con carga dispersora, cargaexpulsora o carga propulsora †

0243 1.2H Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Page 43: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-31

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Municiones incendiarias de fósforoblanco con carga dispersora, cargaexpulsora o carga propulsora †

0244 1.3H Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones incendiarias en formade líquido o de gel, con cargadispersora, carga expulsora o cargapropulsora †

0247 1.3J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Municiones lacrimógenas con cargadispersora, carga expulsora o cargapropulsora †

0018 1.2G 6.18

Explosivo, Tóxico yCorrosivo

PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones lacrimógenas con cargadispersora, carga expulsora o cargapropulsora †

0019 1.3G 6.18

Explosivo, Tóxico yCorrosivo

PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Municiones lacrimógenas con cargadispersora, carga expulsora o cargapropulsora †

0301 1.4G 6.18

Explosivo 1.4 y Tóxico yCorrosivo

PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Municiones lacrimógenas noexplosivas sin carga dispersora nicarga expulsora, sin cebo

2017 6.1 8 Tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A1 II 600 (15 kg) 600 50 kg

Municiones tóxicas* con cargadispersora, carga expulsora o cargapropulsora †

0020 1.2K 6.1 Explosivo y Tóxico PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Municiones tóxicas* con cargadispersora, carga expulsora o cargapropulsora †

0021 1.3K 6.1 Explosivo y Tóxico PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Municiones tóxicas no explosivassin carga dispersora ni cargaexpulsora, sin cebo

2016 6.1 Tóxico AU 1US 3

A1 II 600 (15 kg) 600 100 kg

NNaftaleno fundido 2304 4.1 Sólido inflamable III PROHIBIDO PROHIBIDO

Níquel carbonilo 1259 6.1 3 Toxico y Líquidoinflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Nitrato amónico con más del 0,2%de materias combustibles, incluyendocualquier sustancia orgánica calculadacomo carbono, con exclusión decualquier otra sustancia añadida

0222 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

� Nitrato amónico líquido (solución concentrada caliente)

2426 5.1 Comburente A129 PROHIBIDO PROHIBIDO

Nitrilos inflamables tóxicos, n.e.p.* 3273 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Nitrato de urea seco o humidificadocon menos del 20%, en masa, deagua

0220 1.1D Explosivo A209 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Nitrito de etilo en solución 1194 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

AU 1US 3

A2 I 306 (1 L) 304 (5 L)

Nitroalmidón seco o humidificado conmenos del 20%, en masa, de agua

0146 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Page 44: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-32 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

5-Nitrobenzotriazol 0385 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Nitrocelulosa humidificada con unmínimo del 25%, en masa, de alcohol

0342 1.3C Explosivo A213 PROHIBIDO(114 a))

PROHIBIDO(114 a))

Nitrocelulosa plastificada con unmínimo del 18%, en masa, deplastificante

0343 1.3C Explosivo A213 PROHIBIDO (111) PROHIBIDO (111)

Nitrocelulosa seca o humidificadacon menos del 25%, en masa, deagua (o de alcohol)

0340 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 a) o b))

PROHIBIDO(112 a) o b))

Nitrocelulosa sin modificar oplastificada con menos del 18%,en masa, de plastificante

0341 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b))

PROHIBIDO(112 b))

Nitroglicerina desensibilizada conun mínimo del 40%, en masa, deflemador no volátil insoluble en agua

0143 1.1D 6.1 Explosivo y Tóxico A211A217

PROHIBIDO (115) PROHIBIDO (115)

Nitroglicerina en mezcladesensibilizada líquida, n.e.p.*, conno más del 30%, en masa, denitroglicerina

3357 3 A17 II PROHIBIDO PROHIBIDO

Nitroglicerina en mezcladesensibilizada líquida inflamable,n.e.p.*, con no más del 30% denitroglicerina en masa

3343 3 Líquido inflamable A204 PROHIBIDO PROHIBIDO

Nitroglicerina en mezcladesensibilizada, sólida, n.e.p.* conun mínimo del 2% y un máximo del10%, en masa, de nitroglicerina

3319 4.1 Sólido inflamable AU 1US 3

A1A68

435 (0,5 kg) 435 0,5 kg

Nitroglicerina en soluciónalcohólica, con más del 1% pero nomás del 5% de nitroglicerina

3064 3 Líquido inflamable BE 3 II PROHIBIDO 311 5 L

Nitroglicerina en soluciónalcohólica, con más del 1% pero nomás del 10% de nitroglicerina

0144 1.1D Explosivo PROHIBIDO (115) PROHIBIDO (115)

Nitroguanidina seca o humidificadacon menos del 20%, en masa, deagua

0282 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Nitromanita humidificada con unmínimo del 40%, en masa, de agua ode una mezcla de alcohol y agua

0133 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Nitrometano 1261 3 Líquido inflamable AU 1US 3

A1A39

II 305 (5 L) 307 60 L

Nitrotriazolona 0490 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Nitrourea 0147 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b))

PROHIBIDO(112 b))

Nitruro de litio 2806 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 411 15 kg

Noniltriclorosilano 1799 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

NTO 0490 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Page 45: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-33

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

OObjetos EEI † 0486 1.6N Explosivo 1.6 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0462 1.1C Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0463 1.1D Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0464 1.1E Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0465 1.1F Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0354 1.1L Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0466 1.2C Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0467 1.2D Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0468 1.2E Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0469 1.2F Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0355 1.2L Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0470 1.3C Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0356 1.3L Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0350 1.4B Explosivo 1.4 A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0351 1.4C Explosivo 1.4 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

Objetos explosivos, n.e.p.* 0352 1.4D Explosivo 1.4 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

Objetos explosivos, n.e.p.* 0471 1.4E Explosivo 1.4 JP 18 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

Objetos explosivos, n.e.p.* 0472 1.4F Explosivo 1.4 A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos explosivos, n.e.p.* 0353 1.4G Explosivo 1.4 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

Objetos explosivosextremadamente insensibles †

0486 1.6N Explosivo 1.6 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos fuente de calor, equipos quefuncionan a pilas y que, de seractivados accidentalmente, generanun calor extremo y pueden causar unincendio, tales como linternassubmarinas o equipo para soldar

9 A93 PROHIBIDO PROHIBIDO

Objetos pirofóricos † 0380 1.2L Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Objetos pirotécnicos para usostécnicos †

0428 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Objetos pirotécnicos para usostécnicos †

0429 1.2G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Objetos pirotécnicos para usostécnicos †

0430 1.3G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Objetos pirotécnicos para usostécnicos †

0431 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Page 46: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-34 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Octadeciltriclorosilano 1800 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Octitriclorosilano 1801 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Octógeno desensibilizado 0484 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Octógeno humidificado con unmínimo del 15%, en masa, de agua

0266 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Octol seco humidificado con menosdel 15%, en masa, de agua

0266 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Octolita seca o humidificada conmenos del 15%, en masa, de agua

0266 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Octonal 0496 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112) b) o c))

� Ortosilicato de metilo 2606 6.1 3 Tóxico yLíquido inflamable

US 8 I PROHIBIDO 604 (30 L)

Oxibromuro de fósforo 1939 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 815 (15 kg) 817 50 kg

Oxibromuro de fósforo fundido 2576 8 Corrosivo II PROHIBIDO PROHIBIDO

Oxicloruro de fósforo 1810 8 Corrosivo AU 1US 3US 8

A2 II 809 (1 L) 813 30 L

Óxido de etileno 1040 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 4US 8

A1A133

Véase 213 209 25 kg

Óxido de etileno con nitrógenohasta una presión total de 1 MPa a50oC

1040 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 4

A1 Véase 213 209 25 kg

Óxido de etileno y óxido depropileno en mezcla, con un máximodel 30% de óxido de etileno

2983 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 304 30 L

Óxido de hierro agotado †(procedente de la purificación del gasde hulla)

1376 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A3

III 422 (25 kg) 421 (100 kg)

Óxido nítrico comprimido 1660 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Óxido nítrico y dióxido de nitrógenoen mezcla

1975 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

Óxido nitroso líquido refrigerado 2201 2.2 5.1 Gas no inflamabley Comburente

AU 1US 3

A2 202 (75 kg) 202 (150 kg)

Oxígeno comprimido 1072 2.2 5.1 Gas no inflamable yComburente

A202 200 75 kg 200 150 kg

Oxígeno líquido refrigerado 1073 2.2 5.1 Gas no inflamabley Comburente

AU 1US 3

A2 202 (75 kg) 202 (150 kg)

Oxitricloruro de vanadio 2443 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Page 47: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-35

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

PPapel tratado con aceites nosaturados, no completamente seco(incluso el papel carbón)

1379 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Pentaborano 1380 4.2 6.1 Combustión espontáneay Tóxico

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Pentabromuro de fósforo 2691 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 815 (15 kg) 817 50 kg

Pentacloruro de fósforo 1806 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 815 (15 kg) 817 50 kg

Pentafluoruro de antimonio 1732 8 6.1 Corrosivo y Tóxico AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Pentafluoruro de bromo 1745 5.1 6.18

Comburente y Tóxicoy Corrosivo

AU 1US 3

A2 I 522 (0,5 L) 501 (2,5 L)

Pentafluoruro de cloro 2548 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Pentafluoruro de fósforo 2198 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Pentafluoruro de yodo 2495 5.1 6.18

Comburente y Tóxicoy Corrosivo

A2 I PROHIBIDO 501 (2,5 L)

Pentolita seca o humidificada conmenos del 15%, en masa, de agua

0151 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Perclorato amónico 0402 1.1D Explosivo A22 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Perclorometil mercaptano 1670 6.1 Tóxico US 4 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Péroxido de hidrógeno en soluciónacuosa con un mínimo del 40% y unmáximo del 60% de peróxido dehidrógeno (estabilizada según seanecesario)

2014 5.1 8 Comburente y Corrosivo AU 1US 3

A2A75

II 501 (1 L) 506 (5 L)

Peróxido de hidrógeno en soluciónacuosa estabilizada con más del60% de peróxido de hidrógeno

2015 5.1 8 Comburente y Corrosivo I PROHIBIDO PROHIBIDO

Peróxido de hidrógeno estabilizado 2015 5.1 8 Comburente y Corrosivo I PROHIBIDO PROHIBIDO>>>>

� Peróxido orgánico de tipo C,líquido, de temperatura regulada*

3113 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

� Peróxido orgánico de tipo C, sólido,de temperatura regulada

3114 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

Page 48: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-36 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

� Peróxido orgánico de tipo D,líquido, de temperatura regulada*

3115 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

� Peróxido orgánico de tipo D, sólido,de temperatura regulada*

3116 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

� Peróxido orgánico de tipo E,líquido, de temperatura regulada*

3117 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

� Peróxido orgánico de tipo E, sólido,de temperatura regulada*

3118 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

� Peróxido orgánico de tipo F,líquido, de temperatura regulada*

3119 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

� Peróxido orgánico de tipo F, sólido,de temperatura regulada*

3120 5.2 Peróxido orgánico AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A203 PROHIBIDO PROHIBIDO

Peróxido potásico 1491 5.1 Comburente AU 1US 3

A1 I 509 (1 kg) 512 15 kg

Peróxido sódico 1504 5.1 Comburente AU 1US 3

A1 I 509 (1 kg) 512 15 kg

Petardos de señales paraferrocarriles, explosivos †

0192 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Petardos de señales paraferrocarriles, explosivos †

0492 1.3G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Petardos de señales paraferrocarriles, explosivos †

0493 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Picramato de circonio seco ohumidificado con un máximo del 20%,en masa, de agua

0236 1.3C Explosivo PROHIBIDO (114) PROHIBIDO (114)

Picramato sódico humidificado conun mínimo del 20%, en masa, de agua

1349 4.1 Sólido inflamable AU 1BE 3US 3

A1A40

I 416 (1 kg) 412 15 kg

Picramato sódico seco ohumidificado con menos del 20%, enmasa, de agua

0235 1.3C Explosivo PROHIBIDO (114) PROHIBIDO (114)

Picramida 0153 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Page 49: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-37

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Picrato amónico seco o humidificadocon un máximo del 10%, en masa, deagua

0004 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Picrato de plata humidificado conun mínimo del 30%, en masa, de agua

1347 4.1 Sólido inflamable BE 3 A40 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Picrita seca o humidificada conmenos del 20%, en masa, de agua

0282 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Plaguicida a base de derivados delácido fenoxiacético, líquido tóxicoinflamable*, de punto de inflamacióninferior a 23�C

3346 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de derivados dela cumarina, líquido inflamabletóxico*, de punto de inflamacióninferior a 23�C

3024 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de carbamatos,líquido inflamable tóxico*, de puntode inflamación inferior a 23�C

2758 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de cobre, líquidoinflamable tóxico*, de punto deinflamación inferior a 23�C

2776 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de dipiridilo,líquido inflamable tóxico*, de puntode inflamación inferior a 23�C

2782 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

� Plaguicida a base de fosfuroalumínico

3048 6.1 Tóxico A128 I PROHIBIDO 616 15 kg

Plaguicida a base de mercuriolíquido inflamable tóxico*, de puntode inflamación inferior a 23�C

2778 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de nitrofenolessustituidos, líquido inflamabletóxico*, de punto de inflamacióninferior a 23�C

2780 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de organoestaño,líquido inflamable tóxico*, de puntode inflamación inferior a 23�C

2787 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base deorganofósforo, líquido inflamabletóxico*, de punto de inflamaciónmáximo de 23�C

2784 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de piretroide,líquido inflamable tóxico*, de puntode inflamación inferior a 23�C

3350 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base detiocarbamatos, líquido inflamabletóxico*, de punto de inflamacióninferior a 23�C

2772 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida a base de triazina,líquido inflamable tóxico*, de puntode inflamación inferior a 23�C

2764 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida arsenical, líquidoinflamable tóxico*, de punto deinflamación inferior a 23�C

2760 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Page 50: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-38 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Plaguicida líquido inflamable tóxicon.e.p.*, de punto de inflamacióninferior a 23�C

3021 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plaguicida orgánico clorado,líquido inflamable tóxico*, de puntode inflamación inferior a 23�C

2762 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

I PROHIBIDO 303 30 L

Plásticos a base de nitrocelulosaque pueden calentarseespontáneamente, n.e.p.*

2006 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2 III 422 (25 kg) 421 (100 kg)

Polvo de magnesio, véaseFotopólvora

Pólvora negra comprimida † 0028 1.1D Explosivo PROHIBIDO (113) PROHIBIDO (113)

Pólvora negra en grano muygrueso †

0028 1.1D Explosivo PROHIBIDO (113) PROHIBIDO (113)

Pólvora negra en grano o en polvo † 0027 1.1D Explosivo PROHIBIDO (113) PROHIBIDO (113)

Pólvora sin humo † 0160 1.1C Explosivo PROHIBIDO(114 b))

PROHIBIDO(114 b))

Pólvora sin humo † 0161 1.3C Explosivo PROHIBIDO(114 b))

PROHIBIDO(114 b))

Potasio 2257 4.3 Peligroso mojado AU 1US 3

A1 I 416 (1 kg) 412 15 kg

� Potasio metálico, aleacioneslíquidas de

1420 4.3 Peligroso mojado AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A1 I 416 (1 kg) 409 1 L

+ Potasio metálico, aleacionessólidas de

3403 4.3 Peligroso mojado AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A1 I PROHIBIDO 412 15 kg

� Potasio y sodio, aleacioneslíquidas de †

1422 4.3 Peligroso mojado AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

I PROHIBIDO 409 1 L

+ Potasio y sodio, aleacionessólidas de

3404 4.3 Peligroso mojado AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

I PROHIBIDO 412 15 kg

Pretensores de cinturones deseguridad

0503 1.4G Explosivo 1.4 A32A56

PROHIBIDO 135 75 kg

Propadieno estabilizado 2200 2.1 3 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Propano 1978 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Propileno 1077 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Page 51: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-39

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Propiltriclorosilano 1816 8 3 Corrosivo y Líquidoinflamable

AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Propionitrilo 2404 3 6.1 Líquido inflamable yTóxico

AU 1US 3

A1 II 305 (1 L) 307 60 L

Propulsor líquido † 0497 1.1C Explosivo A206 PROHIBIDO (115) PROHIBIDO (115)

Propulsor líquido † 0495 1.3C Explosivo A206 PROHIBIDO (115) PROHIBIDO (115)

Propulsor sólido † 0498 1.1C Explosivo PROHIBIDO(114 b))

PROHIBIDO(114 b))

Propulsor sólido † 0499 1.1C Explosivo PROHIBIDO(114 b))

PROHIBIDO(114 b))

Propulsor sólido † 0501 1.4C Explosivo PROHIBIDO(114 b))

PROHIBIDO(114 b))

Proyectiles con carga dispersorao carga expulsora †

0346 1.2D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga dispersorao carga expulsora †

0426 1.2F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga dispersorao carga expulsora †

0434 1.2G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga dispersorao carga expulsora †

0347 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Proyectiles con carga dispersorao carga expulsora †

0427 1.4F Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga dispersorao carga explusora †

0435 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Proyectiles con carga explosiva † 0168 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga explosiva † 0167 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga explosiva † 0169 1.2D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga explosiva † 0324 1.2F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles con carga explosiva † 0344 1.4D Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

Proyectiles inertes con trazador † 0424 1.3G Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Proyectiles inertes con trazador † 0425 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (130) 130 75 kg

RRecipientes pequeños quecontienen gas* (tóxico) sin dispositivode descarga, irrellenables

2037 2.3 Gas tóxico A2 Véase 213 Véase 213

Recipientes pequeños quecontienen gas* (tóxico y corrosivo)sin dispositivo de descarga,irrellenables

2037 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo A2 Véase 213 Véase 213

Recipientes pequeños quecontienen gas* (tóxico e inflamable)sin dispositivo de descarga,irrellenables

2037 2.3 2.1 Gas tóxico y Gasinflamable

A2 Véase 213 Véase 213

Page 52: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-40 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Recipientes pequeños quecontienen gas* (tóxico inflamable ycorrosivo) sin dispositivo de descarga,irrellenables

2037 2.3 2.18

Gas tóxico, Gasinflamable y Corrosivo

A2 Véase 213 Véase 213

Recipientes pequeños quecontienen gas* (tóxico y comburente)sin dispositivo de descarga,irrellenables

2037 2.3 5.1 Gas tóxico yComburente

A2 Véase 213 Véase 213

Recipientes pequeños quecontienen gas* (tóxico, comburente ycorrosivo) sin dispositivo de descarga,irrellenables

2037 2.3 5.18

Gas tóxico, Comburentey Corrosivo

A2 Véase 213 Véase 213

Rubidio 1423 4.3 Peligroso mojado I PROHIBIDO 412 15 kg

RDX desensibilizada 0483 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

RDX humidificada con un mínimo del15%, en masa, de agua

0072 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

SSales metálicas deflagrantes dederivados nitrados aromáticos,n.e.p.

0132 1.3C Explosivo PROHIBIDO(114 b))

PROHIBIDO(114 b))

Sedimentos ácidos † 1906 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Seleniuro de hidrógeno anhidro 2202 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Señales de socorro para barcos † 0194 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Señales de socorro para barcos † 0195 1.3G Explosivo AU 2 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Señales fumígenas † 0196 1.1G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Señales fumígenas † 0313 1.2G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Señales fumígenas † 0487 1.3G Explosivo PROHIBIDO (135) PROHIBIDO (135)

Señales fumígenas † 0197 1.4G Explosivo 1.4 PROHIBIDO (135) 135 75 kg

Silano 2203 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A2 200 (5 kg) 200 (150 kg)

Sodio 1428 4.3 Peligroso mojado AU 1US 3US 4

A1 I 416 (1 kg) 412 15 kg

Sólido a temperatura elevada,n.e.p., a una temperatura igual osuperior a 240oC

3258 9 Varias A205 III PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido comburente inflamable,n.e.p.*

3137 5.1 4.1 Comburente ySólido inflamable

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido comburente que puedecalentarse espontáneamente,n.e.p.*

3100 5.1 4.2 Comburente yCombustión espontánea

III

PROHIBIDOPROHIBIDO

PROHIBIDOPROHIBIDO

Page 53: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-41

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Sólido comburente que reaccionacon el agua, n.e.p.

3121 5.1 4.3 Comburente yPeligroso mojado

III

PROHIBIDOPROHIBIDO

PROHIBIDOPROHIBIDO

Sólido de reacción espontánea detipo B*

3222 4.1 Sólido inflamable A215 PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido de reacción espontánea detipo B, temperatura regulada*

3232 4.1 Sólido inflamable A214A215

PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido de reacción espontánea detipo C, temperatura regulada*

3234 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido de reacción espontánea detipo D, temperatura regulada*

3236 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido de reacción espontánea detipo E, temperatura regulada*

3238 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido de reacción espontánea detipo F, temperatura regulada*

3240 4.1 Sólido inflamable A214 PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido inflamable comburente,n.e.p.*

3097 4.1 5.1 Sólido inflamable yComburente

A3 II PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido inflamable orgánico fundido,n.e.p.*

3176 4.1 Sólido inflamable A3 IIIII

PROHIBIDOPROHIBIDO

PROHIBIDOPROHIBIDO

Sólido pirofórico inorgánico,n.e.p.* †

3200 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Sólido pirofórico orgánico, n.e.p.* † 2846 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

� Sólido que puede calentarse espon-táneamente, comburente, n.e.p.*

3127 4.2 5.1 Combustión espontáneay Comburente

AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A2A3

IIIII

PROHIBIDOPROHIBIDO

PROHIBIDOPROHIBIDO

� Sólido que reacciona con el agua,comburente, n.e.p.*

3133 4.3 5.1 Peligroso mojado yComburente

A2A3

IIIII

PROHIBIDOPROHIBIDO

PROHIBIDOPROHIBIDO

Sólido que reacciona con el agua,corrosivo, n.e.p.*

3131 4.3 8 Peligroso mojado yCorrosivo

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Sólido que reacciona con el agua,inflamable, n.e.p.*

3132 4.3 4.1 Peligroso mojado ySólido inflamable

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Sólido que reacciona con el agua,tóxico, n.e.p.*

3134 4.3 6.1 Peligroso mojado yTóxico

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Sólido que reacciona con el agua,que puede calentarse espontánea-mente, n.e.p.*

3135 4.3 4.2 Peligroso mojado yCombustión espontánea

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Solución de compuesto organo-metálico que reacciona con el agua,inflamable, n.e.p.*

3207 4.3 3 Peligroso mojado yLíquido inflamable

A3 I PROHIBIDO 409 1 L

Sólido que reacciona con el agua,n.e.p.*

2813 4.3 Peligroso mojado A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

Soluciones amoniacalesfertilizantes que contengan amoníacolibre

1043 2.2 Gas no inflamable AU 1US 3

A1 200 (75 KG) 200 150 kg

Sulfato de dimetilo 1595 6.1 8 Tóxico y Corrosivo I PROHIBIDO PROHIBIDO

Page 54: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-42 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Sulfuro de carbonilo 2204 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 8

A1 PROHIBIDO 200 25 kg

Sulfuro de dipicrilo humidificadocon un mínimo del 10% en masa, deagua

2852 4.1 Sólido inflamable BE 3 A40 I PROHIBIDO 416 0,5 kg

Sulfuro de dipicrilo seco ohumidificado con menos del 10%, enmasa, de agua

0401 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Sulfuro de hidrógeno licuado 1053 2.3 2.1 Gas tóxico yGas inflamable

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Superóxido potásico 2466 5.1 Comburente AU 1US 3

A1 I 509 (1 kg) 512 15 kg

Superóxido sódico 2547 5.1 Comburente AU 1US 3

A1 I 509 (1 kg) 512 15 kg

Sustancias EMI, n.e.p.* † 0482 1.5D Explosivo 1.5 A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0473 1.1A Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0474 1.1C Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0475 1.1D Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0476 1.1G Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0357 1.1L Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0358 1.2L Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0477 1.3C Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0478 1.3G Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0359 1.3L Explosivo A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0479 1.4C Explosivo 1.4 JP 18 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0480 1.4D Explosivo 1.4 JP 18 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

Sustancias explosivas, n.e.p.* 0485 1.4G Explosivo 1.4 JP 18 A62 PROHIBIDO (101) 101 75 kg

Sustancias explosivas muyinsensibles, n.e.p.* †

0482 1.5D Explosivo 1.5 A62 PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Sustancia metálica que reaccionacon el agua, n.e.p.*

3208 4.3 Peligroso mojado A3 I PROHIBIDO 412 15 kg

Sustancia metálica que reaccionacon el agua y que puede calentarseespontáneamente, n.e.p.*

3209 4.3 4.2 Peligroso mojado yCombustión espontánea

A3 I PROHIBIDO 412 15 kg

+ Sustancia organometálica líquidapirofórica*

3392 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Sustancia organometálica líquidapirofórica, que reacciona con elagua*

3394 4.2 4.3 Combustión espontáneay Peligroso mojado

I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Sustancia organometálica líquidapirofórica, que reacciona con elagua*

3398 4.3 Peligroso mojado A3 I PROHIBIDO 408 1 L

Page 55: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-43

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

+ Sustancia organometálica líquida,que reacciona con el agua,inflamable*

3399 4.3 3 Peligroso mojado yLíquido inflamable

AU 1CA 7GB 3IR 3NL 1US 3

A2A3

I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Sustancia organometálica sólida,pirofórica*

3391 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Sustancia organometálica sólida,pirofórica, que reacciona con elagua*

3393 4.2 4.3 Peligroso mojado yCombustión espontánea

I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Sustancia organometálica sólida,que reacciona con el agua*

3395 4.3 Peligroso mojado A3 I PROHIBIDO PROHIBIDO

+ Sustancia organometálica sólida,que reacciona con el agua,inflamable*

3396 4.3 4.1 Peligroso mojado ySólido inflamable

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

+ Sustancia organometálica sólida,que reacciona con el agua, quepuede calentarseespontáneamente*

3397 4.3 4.2 Peligroso mojado yCombustión espontánea

A3 I PROHIBIDO 411 15 kg

TTejidos de origen animal, n.e.p.,impregnados de aceite

1373 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Tejidos de origen vegetal, n.e.p.,impregnados de aceite

1373 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Tejidos sintéticos, n.e.p.,impregnados de aceite

1373 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Tetraceno humidificado con unmínimo del 30%, en masa, de agua ode una mezcla de alcohol y agua

0114 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

Tetracloruro de titanio 1838 8 Corrosivo AU 1US 3US 8

A2 II 809 (1 L) 813 (30 L)

Tetracloruro de vanadio 2444 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 I 807 (0,5 L) 809 2,5 L

Tetrafluoretileno estabilizado 1081 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Tetrafluoruro de azufre 2418 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3US 8

A2 Véase 213 200 25 kg

Tetrafluoruro de silicio 1859 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3US 8

A1 Véase 213 200 25 kg

Tetrametilsilano 2749 3 Líquido inflamable AU 1US 3

A1 I 306 (1 L) 304 30 L

Tetranitrato de pentaeritrita con unmínimo del 7%, en masa, de cera

0411 1.1D Explosivo A210 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Page 56: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-44 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Tetranitrato de pentaeritritadesensibilizado con un mínimo del15%, en masa, de flemador

0150 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetranitrato de pentaeritrita enmezcla desensibilizada sólida,n.e.p., con más del 10% pero no másdel 20% de PETN, en masa

3344 4.1 Sólido inflamable A218 PROHIBIDO PROHIBIDO

Tetranitrato de pentaeritritahumidificado con un mínimo del25%, en masa, de agua

0150 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetranitrato de pentaeritritol, con unmínimo del 7%, en masa, de cera

0411 1.1D Explosivo A20 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetranitrato de pentaeritritoldesensibilizado, con un mínimo del15%, en masa, de flemador

0150 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetranitrato de pentaeritritolhumidificado, con un mínimo del25%, en masa, de agua

0150 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetranitroanilina 0207 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetranitrometano 1510 5.1 6.1 Comburente y Tóxico I PROHIBIDO PROHIBIDO

1H-Tetrazol 0504 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112 c)) PROHIBIDO (112 c))

Tetrilo 0208 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetróxido de dinitrógeno 1067 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Tiodiclorofenilfosfina 2799 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 808 (1 L) 812 30 L

Tiofosgeno 2474 6.1 Tóxico AU 1US 3US 8

A2A113

II 610 (5 L) 612 (60 L)

Titanio en polvo seco 2546 4.2 Combustión espontánea A3 I PROHIBIDO PROHIBIDO

TNPE con un mínimo del 7%, enmasa, de cera

0411 1.1D Explosivo A210 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

TNPE desensibilizado con unmínimo del 15%, en masa, deflemador

0150 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

TNPE humidificado con un mínimodel 25%, en masa, de agua

0150 1.1D Explosivo A211 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

TNT seco o humidificado con menosdel 30%, en masa, de agua

0209 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Torpedos con carga explosiva † 0451 1.1D Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Torpedos con carga explosiva † 0329 1.1E Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Torpedos con carga explosiva † 0330 1.1F Explosivo PROHIBIDO (130) PROHIBIDO (130)

Torpedos de combustible líquidocon o sin carga explosiva †

0449 1.1J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Page 57: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 2 S-3-2-45

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Torpedos de combustible líquidocon cabeza inerte †

0450 1.3J Explosivo PROHIBIDO (101) PROHIBIDO (101)

Torta oleaginosa con más del 1,5%de aceite y un máximo del 11% dehumedad

1386 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A48

A216

III 407 (25 kg) 407 (100 kg)

Torta oleaginosa con un máximo del1,5% de aceite y un máximo del 11%de humedad

2217 4.2 Combustión espontánea AU 1US 3

A2A55

III 419 (25 kg) 420 (100 kg)

Trazadores para municiones † 0212 1.3G Explosivo PROHIBIDO (133) PROHIBIDO (133)

Trazadores para municiones † 0306 1.4 Explosivo 1.4 PROHIBIDO (133) 133 75 kg

Tribromuro de boro 2692 8 Corrosivo AU 1US 3US 8

A2 I 807 (0,5 L) 809 (2,5 L)

Tribromuro de fósforo 1808 8 Corrosivo AU 1US 3

A1 II 809 (1 L) 813 30 L

Tributilfosfano 3254 4.2 Combustión espontánea I PROHIBIDO PROHIBIDO

Triclorosilano 1295 4.3 38

Peligroso mojado yLíquido inflamable y

Corrosivo

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Tricloruro de arsénico 1560 6.1 Tóxico US 4 I PROHIBIDO PROHIBIDO

Tricloruro de boro 1741 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Tricloruro de fósforo 1809 6.1 8 Tóxico y Corrosivo AU 1US 3US 8

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Tricloruro de titanio en mezclapirofórica

2441 4.2 8 Combustión espontáneay Corrosiva

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Tricloruro de titanio pirofórico 2441 4.2 8 Combustión espontáneay Corrosiva

I PROHIBIDO PROHIBIDO

Trifluorocloroetileno estabilizado 1082 2.3 2.1 Tóxico yGas inflamable

AU 1US 3US 8

A2 Véase 213 Véase 213

1,1,1-Trifluoretano 2035 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Trifluoruro de boro 1008 2.3 8 Gas tóxico y Corrosivo AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Trifluoruro de bromo 1746 5.1 6.18

Comburente y Tóxicoy Corrosivo

AU 1US 3

A2 I 522 (0,5 L) 501 (2,5 L)

Trifluoruro de cloro 1749 2.3 5.18

Gas tóxico yComburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Trimetilamina anhidra 1083 2.1 Gas inflamable AU 1US 3US 4

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

Trinitroanilina 0153 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Trinitroanisol 0213 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Page 58: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-3-2-46 Parte S-3

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

Trinitrobenceno seco o humidificadocon menos del 30% en masa, de agua

0214 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Trinitroclorobenceno 0155 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Trinitro-m-cresol 0216 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Trinitrofenetol 0218 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Trinitrofenilmetilnitramina 0208 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Trinitrofenol seco o humidificado conmenos del 30%, en masa, de agua

0154 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Trinitrofluorenona 0387 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Trinitronaftaleno 0217 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Trinitrorresorcinato de plomohumidificado con un mínimo del 20%de agua, en masa, de agua o de unamezcla de alcohol y agua

0130 1.1A Explosivo A211 PROHIBIDO(110 a) o b))

PROHIBIDO(110 a) o b))

Trinitrorresorcinol humidificado conun mínimo del 20%, en masa, de aguao de una mezcla de alcohol y agua

0394 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 a))

PROHIBIDO(112 a))

Trinitrorresorcinol seco ohumidificado con menos del 20%, enmasa, de agua o de una mezcla dealcohol y agua

0219 1.1D Explosivo PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Trinitrotolueno seco o humidificadocon menos del 30%, en masa, deagua

0209 1.1D Explosivo A208 PROHIBIDO (112) PROHIBIDO (112)

Trióxido de azufre estabilizado 1829 8 Corrosivo AU 1US 3US 8

A2 I 824 (1 kg) 817 (25 kg)

Trióxido de nitrógeno 2421 2.3 5.18

Gas tóxico y Comburente y Corrosivo

AU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Tritonal 0390 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

Tetrilo 0208 1.1D Explosivo PROHIBIDO(112 b) o c))

PROHIBIDO(112 b) o c))

VVelas lacrimógenas 1700 6.1 4.1 Tóxico y

Sólido inflamableAU 1US 3

A1 II 601 (15 kg) 601 50 kg

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Capítulo 2 S-3-2-47

DenominaciónNúm.ONU

Claseo

división

Riesgossecun-darios Etiquetas

Discre-pancias

esta-tales

Disposi-cionesespe-ciales

Grupo deembalaje

ONU

Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

Instruc-ciones

deembalaje

Cantidadneta

máximapor bulto

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

EDICIÓN DE 2005-2006

� Vehículo propulsado por gasinflamable

3166 9 Varias A67A70A87

A118A120A134

PROHIBIDO (900) 900 Sin limi-tación

Vinil metil éter estabilizado 1087 2.1 Gas inflamable AU 1US 3

A1 200 (5 kg) 200 150 kg

� Viniltriclorosilano 1305 3 8 Líquido inflamable yCorrosivo

AU 1US 3

A1 I 306 (0,5 L) 304 2,5 L

YYoduro de hidrógeno anhidro 2197 2.3 8 Gas tóxico y

CorrosivoAU 1US 3

A2 Véase 213 Véase 213

Yoduro de metilo 2644 6.1 Tóxico US 4 II PROHIBIDO PROHIBIDO

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EDICIÓN DE 2005-2006

Tabla S-3-2. Limitaciones cuantitativas (sin riesgos secundarios)

Cantidad máxima por bulto

Clase/DivisiónGrupo deembalaje

Estadofísico Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

1.1, 1.2, 1.3 prohibido prohibido1.4 B prohibido 75 kg1.4 C prohibido 75 kg1.4 D prohibido 75 kg1.4 E prohibido 75 kg1.4 F prohibido prohibido1.4 G prohibido 75 kg1.4 S 25 kg 100 kg1.5 D prohibido prohibido1.6 N prohibido prohibido

2.1* 5 kg 150 kg2.2** 75 kg 150 kg2.3* véase 213 véase 213

3 I 1 L 30 LII 5 L 60 LIII 60 L 220 L

4.1 Isegún se indica en la Tabla 3-1de las Instrucciones Técnicas

II 15 kg 50 kgIII 25 kg 100 kg

4.2 I líquido prohibido prohibidosólido prohibido prohibido

II líquido 1 L 5 Lsólido 15 kg 50 kg

III líquido 5 L 60 Lsólido 25 kg 100 kg

4.3 I líquido prohibido 1 Lsólido prohibido 15 kg

II líquido 1 L 5 Lsólido 15 kg 50 kg

III líquido 5 L 60 Lsólido 25 kg 100 kg

5.1 I líquido prohibido 2,5 Lsólido 1 kg 15 kg

II líquido 1 L 5 Lsólido 5 kg 25 kg

III líquido 2,5 L 30 Lsólido 25 kg 100 kg

5.2según se indica en la Tabla 3-1de las Instrucciones Técnicas

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Cantidad máxima por bulto

Clase/DivisiónGrupo deembalaje

Estadofísico Aeronaves de pasajeros Aeronaves de carga

EDICIÓN DE 2005-2006

6.1 (i) I líquido prohibido prohibidosólido prohibido 15 kg

6.1 (d y o) I líquido 1 L 30 Lsólido 5 kg 50 kg

6.1 II líquido 5 L 60 Lsólido 25 kg 100 kg

III líquido 60 L 220 Lsólido 100 kg 200 kg

8 I líquido 0,5 L 2,5 Lsólido 1 kg 25 kg

II líquido 1 L 30 Lsólido 15 kg 50 kg

III líquido 5 L 60 Lsólido 25 kg 100 kg

9según se indica en la Tabla 3-1de las Instrucciones Técnicas

* No se aplica a los aerosoles** No se aplica a los gases licuados refrigerados

(i) inhalación(d) dérmico(o) oral

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EDIC

IÓN

DE 2005-2006

Tabla S-3-3. Limitaciones cuantitativas (con riesgos secundarios)

Clase/división

Grupo deembalaje

Estadofísico

Clase o división de riesgo secundario

2.1 3 4.1 4.2 4.3 5.1 6.1 8

Cantidad máxima por bulto en aeronaves de pasajeros/carga

2.1 X X X X X † †2.2* X X X X X 75 kg/150 kg † †2.3 véase 213 X X X X véase 213 X véase 213

3 I X X — † † prohibido/30 L 0,5 L/2,5 LII X X — † † 1 L/60 L 1 L/5 LIII X X X † † 60 L/220 L 5 L/60 L

4.1 I X X † † † † †II X X — — prohibido/prohibido 15 kg/50 kg 15 kg/50 kgIII X X — — prohibido/prohibido 25 kg/100 kg 25 kg/100 kg

4.2 I líquido X prohibido/prohibido X prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibidosólido X X prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibido

II líquido X prohibido/prohibido X prohibido/prohibido prohibido/prohibido 1 L/5 L 1 L/5 Lsólido X X 5 kg/15 kg — prohibido/prohibido 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg

III líquido X X X prohibido/prohibido prohibido/prohibido 5 L/60 L 5 L/60 Lsólido X X 15 kg/50 kg — prohibido/prohibido 25 kg/100 kg 25 kg/100 kg

4.3 I líquido X † X — † prohibido/1 L prohibido/1 Lsólido X X prohibido/15 kg prohibido/15 kg prohibido/prohibido prohibido/15 kg prohibido/15 kg

II líquido X † X — † 1 L/5 L 1 L/5 Lsólido X X 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg prohibido/prohibido 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg

III líquido X † X — † 5 L/60 L 5 L/60 Lsólido X X 25 kg/100 kg 25 kg/100 kg prohibido/prohibido 25 kg/100 kg 25 kg/100 kg

5.1 I líquido X † X — † prohibido/2,5 L prohibido/2,5 Lsólido X X prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibido 1 kg/15 kg 1 kg/15 kg

II líquido X † X — † 1 L/5 L 1 L/5 Lsólido X X — prohibido/prohibido prohibido/prohibido 5 kg/25 kg 5 kg/25 kg

III líquido X † X — † 2,5 L/30 L 2,5 L/30 Lsólido X X — — — 25 kg/100 kg 25 kg/100 kg

6.1 (i) I líquido X prohibido/prohibido X prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibido prohibido/prohibidosólido X X prohibido/15 kg prohibido/15 kg prohibido/15 kg prohibido/15 kg prohibido/15 kg

6.1 (d y o) I líquido X 1 L/30 L X — prohibido/1 L prohibido/2,5 L 0,5 L/2,5 Lsólido X X 1 kg/15 kg 5 kg/15 kg 5 kg/15 kg 1 kg/15 kg 1 kg/25 kg

6.1 II líquido X 5 L/60 L X — 1 L/5 L 1 L/5 L 1 L/30 Lsólido X X 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg 5 kg/25 kg 15 kg/50 kg

8 I líquido X 0,5 L/2,5 L X 0,5 L/2,5 L prohibido/1 L prohibido/2,5 L 0,5 L/2,5 Lsólido X X 1 kg/25 kg 1 kg/25 kg 1 kg/25 kg 1 kg/15 kg 1 kg/25 kg

II líquido X 1 L/30 L X 1 L/30 L 1 L/5 L 1 L/30 L 1 L/30 Lsólido X X 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg 15 kg/50 kg

III líquido X — X — — — 5 L/60 Lsólido X X — — — — 25 kg/100 kg

* No es aplicable a los gases licuados refrigerados.— Indica que se trata de una combinación incorrecta, según la Tabla 3-1 de las Instrucciones Técnicas.X Indica que se trata de una combinación imposible.† Las sustancias o artículos que combinen esos riesgos tienen que considerarse separadamente.

(i) inhalación(d) dérmico(o) oral

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EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 3DISPOSICIONES ESPECIALES

Junto a las entradas de la Lista suplementaria de mercancías peligrosas (Tabla S-3-1), la columna 7 indica las disposiciones especialesaplicables. Si estas disposiciones no figuran en la Tabla 3-2 de las Instrucciones Técnicas, se encontrarán en la Tabla S-3-4, que sigue.

Tabla S-3-4. Disposiciones especiales

Disposiciones especiales suplementarias

A200 Puede prescindirse del rótulo “explosivo” (Figura 5-2) si la sustancia está empacada en un bidón de cartón (1G), que puede estarrevestido, y cuyo contenido máximo no exceda de 50 kg. Sin embargo, si la sustancia está empacada de tal manera que la etiquetade “explosivo” es necesaria, está enteramente prohibido transportarla según la Parte 1;2.1.

A201 El transporte de generadores de oxígeno químicos en aeronaves de pasajeros sólo puede ser aprobado cuando se trata de suministrargeneradores de remplazo con fines de aeronavegabilidad para que una aeronave en tierra (AOG) pueda reanudar las operacionesnormales y, además, únicamente cuando no es posible suministrar los generadores a la AOG por otro medio de transporte(comprendido el transporte en aeronave de carga).

A202 Para los fines de mantener vivos animales acuáticos durante el transporte, la autoridad que corresponda de los Estados de origen,destino y del explotador podrá aprobar el transporte de un cilindro que contenga oxígeno comprimido, ONU 1072, con las válvulasabiertas para suministrar una cantidad controlada de oxígeno a través de un regulador introducido en el agua que contiene los animalesacuáticos. El cilindro o la válvula del cilindro debe estar provisto de un dispositivo de cierre propio para evitar la liberación nocontrolada de oxígeno en el caso de que el regulador se rompa, dañe o sufra una falla de funcionamiento. El cilindro de oxígeno debecumplir aquellas partes de la Instrucción de embalaje 200 que se aplican, excepto por lo que respecta a la necesidad de que lasválvulas estén cerradas. Además, se aplicarán las condiciones mínimas siguientes:

a) el contenedor de agua con el cilindro de oxígeno acoplado (unidad de transporte) debe estar concebido y construido para resistirtodas las cargas previstas;

b) el contenedor de agua debe ensayarse inclinado a un ángulo de 45� en cuatro direcciones desde la posición vertical, durante unmínimo de 10 minutos en cada dirección y con el suministro de oxígeno en funcionamiento, sin que se produzcan fugas de agua;

c) el cilindro y el regulador de oxígeno deben estar sujetos y protegidos dentro del equipo;

d) el regulador de oxígeno utilizado debe tener un régimen máximo de caudal que no exceda de 5 litros por minuto;

e) el régimen de caudal de oxígeno al contenedor debe limitarse al suficiente para mantener vivos los animales acuáticos;

f) la cantidad de oxígeno suministrada no debe exceder del 150% del oxígeno requerido para la duración normal del transporte aéreo;y

g) sólo podrá transportarse un cilindro por cada 15 metros cúbicos de volumen bruto de la bodega de carga. El régimen de caudalde oxígeno procedente del cilindro no deberá bajo ninguna circunstancia exceder de un litro por minuto por cada cinco metroscúbicos de volumen bruto de la bodega de carga.

A203 Las temperaturas de control y emergencia para los peróxidos orgánicos específicos y los preparados de peróxidos orgánicos queanteriormente aparecían enunciados por su nombre en estas Instrucciones y que ahora están comprendidos por esta entrada, se indicanen 2.5.3.2.4 de las Recomendaciones del Comité de Expertos de las Naciones Unidas sobre el Transporte de Mercaderías Peligrosas(Doc ONU ST/SG/AC.10/1). Esta tabla se reproduce en las Instrucciones Técnicas, al final de la Parte 2, Capítulo 5.

A204 Estas sustancias pueden clasificarse y transportarse sólo si así lo autorizan las autoridades nacionales que corresponden basándoseen los resultados de la serie de pruebas 2 y la prueba 6 (c) de la serie de pruebas 6 relativa a la preparación de bultos para eltransporte. La autoridad nacional que corresponde debe asignar el grupo de embalaje según los criterios de la Parte 2;3 y el tipo debulto utilizado para la prueba de la serie 6 (c).

A205 Esta designación solo ha de utilizarse cuando la sustancia no satisfaga los criterios de ninguna otra clase.

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EDICIÓN DE 2005-2006

A206 A menos que se demuestre mediante ensayo que la sensibilidad de la sustancia estando congelada no es superior a la de su estadolíquido, la sustancia debe permanecer líquida durante las condiciones normales de transporte. No debe congelarse a una temperaturasuperior a �15�C.

A207 La palabra agente puede sustituir a explosivo cuando lo aprueben las autoridades que corresponda de todos los Estados interesados.

A208 Esta sustancia puede clasificarse en la División 4.1, con tal que tenga por lo menos el 10% de agua respecto a la masa, y que lacantidad por bulto no exceda de 500 g.

A209 Esta sustancia puede clasificarse en la División 4.1, con tal que tenga por lo menos el 10% de agua en relación con la masa y quela cantidad por bulto no exceda de 11,5 kg.

A210 La sustancia inhibidora tiene que ser mucho menos sensible que el PETN seco.

A211 Esta sustancia, cuando contiene menos alcohol, agua o flemador que el especificado, no debe transportarse a menos que la autoridadnacional competente la autorice expresamente.

A212 Todo explosivo para voladuras, tipo C que contenga cloratos, debe separarse de los explosivos que contengan nitrato amónico u otrassales amónicas.

A213 La nitrocelulosa que contenga al menos un 25% de alcohol en cuanto a la masa o menos del 18% de sustancia plastificante en cuantoa la masa y hasta un máximo del 12,6% de nitrógeno por masa seca, embalada en recipientes construidos de modo que no sea posibleque ocurra una explosión debido al aumento de la presión interna, pueden clasificarse debidamente en la División 4.1 — número ONU2556 o 2557.

A214 Las temperaturas de control y de emergencia para las sustancias de reacción espontánea específicas figuran en 2.4.2.3.2.4 de lasRecomendaciones del Comité de Expertos de las Naciones Unidas relativas al transporte de mercancías peligrosas (décima ediciónrevisada) (Documento de la ONU ST/SG/AC.10/1). Esta lista se reproduce en la Parte 2; Tabla 2-6.

A215 En determinadas circunstancias, esta sustancia puede manifestar un comportamiento explosivo, que puede eliminarse utilizando losembalajes apropiados. Los bultos que contengan esta sustancia deberían llevar la etiqueta de riesgo secundario de explosivos, salvoque la autoridad nacional pertinente manifieste su conformidad basándose en los resultados de ensayos que indiquen que la sustancia,tal como está embalada, no presenta ese comportamiento explosivo en las condiciones normales de transporte. Esto, junto conel embalaje apropiado y la limitación de cantidad, deberá ser certificado por la autoridad que corresponda del Estado de origen.

A216 Esta sustancia debe clasificarse con el número ONU 1373, si contiene más del 5% de aceite animal o vegetal.

A217 La lactosa, glucosa o algún material similar, puede utilizarse como flemador siempre que la sustancia contenga un mínimo del 90%,en masa, de flemador. La autoridad nacional que corresponda puede autorizar la clasificación de estas mezclas en la División 4.1basándose en un ensayo de la Serie 6 (c) de por lo menos tres bultos tal como se presentan para el transporte. Las mezclas con unmínimo de 98%, en masa, de flemador no están sujetas a estas Instrucciones. No es necesario que los bultos con mezclas con unmínimo de 90%, en masa, de flemador lleven una etiqueta de riesgo secundario “Tóxico”.

A218 Esta sustancia no debe transportarse en virtud de las disposiciones de la División 4.1, salvo si lo autorizan específicamente lasautoridades nacionales competentes (véase ONU 0143).

A219 No se utiliza.

A220 No se utiliza.

A221 No se utiliza.

A222 Las muestras de sustancias o artículos explosivos nuevos o existentes sólo pueden transportarse en las condiciones específicamenteestipuladas por las autoridades pertinentes de todos los Estados interesados, a los efectos de su ensayo, clasificación, investigacióny desarrollo técnico, control de calidad o como muestra comercial. Las muestras de explosivos no humedecidas ni desensibilizadasdeben limitarse a 10 kg en bultos pequeños, conforme a lo estipulado por las autoridades nacionales pertinentes. Las muestrasexplosivas humedecidas o desensibilizadas deben limitarse a 25 kg.

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EDICIÓN DE 2005-2006

Parte S-4INSTRUCCIONES DE EMBALAJE

(INFORMACIÓN SUPLEMENTARIADE LA PARTE 4 DE LAS

INSTRUCCIONES TÉCNICAS)

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S-4-1-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 1CARACTERÍSTICAS DE LOS EMBALAJES

Los embalajes especificados en las instrucciones de embalajesiguientes, con excepción del Capítulo 12, deben satisfacer lascondiciones aplicables de la Parte 6 de las Instrucciones Técnicas ode la Parte S-6 de este Suplemento.

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S-4-2-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 2GENERALIDADES

Las instrucciones de embalaje que se indican en las columnas 9 a12 de la Lista suplementaria de mercancías peligrosas (Tabla S-3-1)deben aplicarse cuando se aprueben mercancías peligrosas para eltransporte según las disposiciones especiales A1 y A2.

Si una instrucción de embalaje no apareciera en las páginassiguientes, se encontrará en la Parte 4 de las Instrucciones Técnicas.El sistema de numeración y el formato utilizado para las instruccionesde embalaje se explica en la Parte 4, Capítulo 2, de las InstruccionesTécnicas.

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EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 3CLASE 1 — EXPLOSIVOS

3.1 OBJETOS GRANDES Y ROBUSTOS

3.1.1 La autoridad que corresponda del Estado de origen podrá aprobar el transporte de objetos grandes y robustos que no pueden embalarseconforme a los requisitos de la Parte 6, Capítulos 1 a 4 de las Instrucciones Técnicas cuando deban transportarse vacíos, sin limpiar y sin embalar.

3.1.2 Al proceder de este modo, la autoridad que corresponda del Estado de origen deberá tener en cuenta que:

a) los objetos grandes y robustos deben ser lo suficientemente resistentes como para soportar los choques y las actividades de carga propias deltransporte, incluyendo el transbordo entre unidades de transporte y entre unidades de transporte y almacenes, así como todo traslado de unapaleta para su subsiguiente manipulación manual o mecánica;

b) todos los cierres y aberturas deberán estar sellados de modo que no se produzca pérdida alguna de su contenido que pueda deberse, en lascondiciones normales de transporte, a vibraciones o cambios de temperatura, humedad o presión (resultantes de la altitud, por ejemplo). Nodeberá adherirse al exterior de los objetos grandes y robustos residuo alguno de sustancia peligrosa;

c) las partes de los objetos grandes y robustos que estén en contacto directo con mercancías peligrosas:

i) no deberán verse afectadas o debilitadas de forma significativa por dichas mercancías peligrosas; y

ii) no deberán causar un efecto peligroso, por ejemplo, catalizando una reacción o reaccionando con las mercancías peligrosas;

d) los objetos grandes y robustos que contengan líquidos deberán estibarse y sujetarse de modo que no se produzcan fugas ni deformacionespermanentes del objeto durante el transporte;

e) los objetos grandes y robustos deberán sujetarse de modo que no se aflojen en las condiciones normales de transporte.

3.1.3 Se aplicarán todas las disposiciones pertinentes de las Instrucciones. El envío deberá ir acompañado de una copia de la aprobación.

Nota.— Entre los objetos grandes y robustos pueden incluirse sistemas flexibles de contención de combustible, equipo militar, maquinaria oequipo que contenga mercancías peligrosas que excedan los límites fijados para cantidades limitadas.

3.2 INSTRUCCIONES DE EMBALAJE

110 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 110(Método de embalaje ONU EP 10) 110

a) Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Sacosde cauchode plásticode telade tela cauchutadade tela revestida o forrada de plástico

Recipientesde metalde plástico

Sacosde cauchode plásticode tela cauchutadade tela revestida o forrada deplástico

Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de plástico, de tapa amovible (1H2)

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EDICIÓN DE 2005-2006

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Los embalajes intermedios deben estar rellenos de material saturado con agua, como solución anticongelante o material deacolchamiento humidificado.

— Los embalajes exteriores deben estar rellenos de material saturado con agua, como solución anticongelante o material deacolchamiento humidificado. Los embalajes exteriores deben estar construidos y sellados de manera de evitar la evaporaciónde la solución humidificadora, excepto cuando la sustancia núm. ONU 0224 se transporta seca.

b) Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Sacosde caucho conductorde plástico conductor

Recipientesde caucho conductorde maderade metalde plástico conductor

Separacionesde cartónde maderade metalde plástico

Cajasde madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera reconstituida (4F)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para los núms. ONU 0074, 0113, 0114, 0129, 0130, 0135 y 0224, deben satisfacerse las condiciones siguientes:

a) los embalajes interiores no deben contener más de 50 g de sustancia explosiva (cantidad correspondiente a las sustancias enseco);

b) los compartimientos entre separaciones no deben contener más de un embalaje interior, firmemente ajustado; yc) el embalaje exterior debe estar dividido en 25 compartimientos como máximo.

111 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 111(Método de embalaje ONU EP 11)

111

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Hojasde plásticode tela cauchutada

Sacosde papel impermeablede plásticode tela cauchutada

Innecesarios Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de aluminio, de tapa amovible (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico, de tapa amovible (1H2)

Cajasde acero (4A)de aluminio (4B)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico expandido (4H1)de plástico rígido (4H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para el núm. ONU 0159, no se requieren embalajes interiores cuando se utilizan bidones de metal (1A2 ó 1B2) o de plástico(1H2) como embalaje exterior.

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EDICIÓN DE 2005-2006

112 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 112(Método de embalaje ONU EP 12)

112

a) sólido humidificado de la división 1.1D

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Recipientesde metalde plástico

Sacosde papel multicapa, resistentes al aguade plásticode tejido de plásticode telade tela cauchutada

Recipientesde metalde plástico

Sacosde plásticode tela revestida o forrada deplástico

Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de aluminio, de tapa amovible (1B2)de fibra (1G)de plástico, de tapa amovible (1H2)

Cajasde acero (4A)de aluminio (4B)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredesno tamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico expandido (4H1)de plástico rígido (4H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para los núms. ONU 0004, 0076, 0078, 0154, 0219 y 0394, los embalajes no deben contener plomo.— No se requieren embalajes intermedios si se utilizan bidones estancos como embalaje exterior.— Para los núms. ONU 0072 y 0226, no se requieren embalajes intermedios.

b) sólido seco, excepto polvo de la división 1.1D

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Sacosde papel multicapa, resistentes al aguade papel kraftde plásticode tejido de plásticode telade tela cauchutada

Sacos (solamente para el núm. ONU 0150)

de plásticode tela revestida o forrada deplástico

Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de aluminio, de tapa amovible (1B2)de cartón (1G)de plástico, de tapa amovible (1H2)

Cajasde acero (4A)de aluminio (4B)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico expandido (4H1)de plástico rígido (4H2)

Sacosde papel multicapa, resistentes alagua (5M2)de película de plástico (5H4)(5H2/3)de tela, no tamizantes (5L2)de tela, resistentes al agua (5L3)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para los núms. ONU 0004, 0076, 0078, 0154, 0216, 0219 y 0386, los embalajes no deben contener plomo.— Respecto del núm. ONU 0209, se recomiendan sacos no tamizantes (5H2) para el TNT en forma de copos o pepitas en estado

seco y con una masa neta máxima de 30 kg.— Para los núms. ONU 0222 y 0223, no se requieren embalajes interiores cuando el embalaje exterior es un saco.

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EDICIÓN DE 2005-2006

c) para polvo seco y sólido de la división 1.1D

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Recipientesde cartónde maderade metalde plástico

Sacosde papel multicapa, resistentes al aguade plásticode tejido de plástico

Recipientesde metalde plástico

Sacos (solamente para el núm.ONU 1050)

de papel multicapa, resistentes al agua con forrointeriorde plástico

Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de aluminio, de tapa amovible (1B2)de cartón (1G)

Cajasde acero (4A)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico rígido (4H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para los núms. ONU 0004, 0076, 0078, 0154, 0216, 0219 y 0386, los embalajes no deben contener plomo.— Para el núm. ONU 0209, se recomiendan sacos no tamizantes (5H2) para el TNT en forma de copos o pepitas en estado seco

y con una masa neta máxima de 30 kg.— No se requieren embalajes interiores si se utilizan bidones como embalaje exterior.— Estos bultos deben ser no tamizantes.

113 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 113(Método de embalaje ONU EP 13)

113

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Hojasde papel kraftde papel parafinado

Recipientesde cartónde maderade metalde plástico

Sacosde papelde plásticode tela cauchutada

Innecesarios Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de aluminio, de tapa amovible (1B2)de cartón (1G)

Cajasde acero (4A)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico rígido (4H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:— Para los núms. ONU 0094 y 0305, no deben empacarse más de 50 g de sustancia en un embalaje interior.— Para el núm. ONU 0027, no se necesitan embalajes interiores cuando se utilizan bidones como embalaje exterior.— Los bultos deben ser no tamizantes.— Sólo pueden utilizarse hojas para el núm. ONU 0028.

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EDICIÓN DE 2005-2006

115 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 115(Método de embalaje ONU EP 15)

115

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Recipientesde metalde plástico

Bidonesde metal

Sacosde plástico en recipientes de metal

Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de aluminio, de tapa amovible (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)

Cajasde cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para los núms. ONU 0075, 0143, 0495 y 0497, cuando se utilizan cajas como embalaje exterior, los embalajes interiores debenestar provistos de tapas de cierre atornilladas y la capacidad de cada uno de ellos no debe superar los 5 litros. Los embalajesinteriores deben estar rodeados de material de acolchamiento absorbente e incombustible. La cantidad de material deacolchamiento absorbente debe ser suficiente para absorber el líquido contenido. Los recipientes de metal deben estar separadosentre sí con material de acolchamiento. La masa neta del propulsor está limitada a 30 kg para cada bulto cuando se utilizan cajascomo embalaje exterior.

— Para los núms. ONU 0075, 0143, 0495 y 0497, cuando se utilizan bidones como embalaje exterior y los embalajes intermediosson bidones, éstos deben estar rodeados de material de acolchamiento incombustible en cantidad suficiente para absorber ellíquido contenido. Puede utilizarse un embalaje compuesto formado por un recipiente de plástico dentro de un bidón de metalen lugar de los embalajes interiores e intermedios. El volumen neto del propulsante en cada bulto no debe superar los 120 litros.

— Para el núm. ONU 0144, debe colocarse material de acolchamiento absorbente.— Los recipientes de metal como embalajes interiores deben utilizarse únicamente para el núm. ONU 0144.— Para los núms. ONU 0075, 0143, 0495 y 0497, deben utilizarse sacos como embalajes intermedios cuando se utilizan cajas como

embalaje exterior.— Para los núms. ONU 0075, 0143, 0495 y 0497, deben utilizarse bidones como embalajes intermedios cuando se utilizan bidones

como embalaje exterior.— Para el núm. ONU 0144, no se requieren embalajes intermedios.— Las cajas de cartón (4G) deberían utilizarse únicamente para el núm. ONU 0144.— Para el núm. ONU 0144, no se permiten bidones de aluminio, de tapa amovible (1B2)

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EDICIÓN DE 2005-2006

116 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 116(Método de embalaje ONU EP 16)

116

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Hojasde papel parafinadode papel, resistentes al aguade plástico

Recipientesde cartón, resistentes al aguade madera, no tamizantesde metalde plástico

Sacosde papel, resistentes al agua y aceitesde plásticode tejido de plástico, tamizantesde tela, revestida o forrada de plástico

Innecesarios Bidonesde acero, de tapa amovible (1A2)de aluminio, de tapa amovible (1B2)de cartón (1G)de plástico, de tapa amovible (1H2)

Cajasde acero (4A)de aluminio (4B)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico rígido (4H2)

Jerricanesde acero, de tapa amovible (3A2)de plástico, de tapa amovible (3H2)

Sacosde papel multicapa, resistentesal agua (5M2)de película de plástico (5H4)de tejido de plástico (5H1/2/3)de tela, no tamizantes (5L2)de tela, resistentes al agua (5L3)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para los núms. ONU 0082, 0241, 0331 y 0332, no se necesitan embalajes interiores cuando se utilizan bidones estancos de tapaamovible como embalaje exterior.

— Para los núms. ONU 0082, 0241, 0331 y 0332, no se requieren embalajes interiores cuando el explosivo está contenido en unmaterial impermeable.

— Para el núm. ONU 0081, no se requieren embalajes interiores cuando está contenido en un envase de plástico rígido impermeablea los ésteres nítricos.

— Para el núm. ONU 0331, no se requieren embalajes interiores cuando se utilizan sacos (5H2), (5H3) o (5H4) como embalajeexterior.

— Los sacos (5H2 ó 5H3) deberían utilizarse únicamente para los núms. ONU 0082, 0241, 0331 y 0332.— Para el núm. ONU 0081, no deben utilizarse sacos como embalaje exterior.

132 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 132(Método de embalaje ONU EP 32)

132

a) Objetos compuestos de envolturas cerradas de metal, de plástico o de cartón, que contienen un explosivo detonante, ocompuestos de explosivos detonantes plásticos.

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Innecesarios Innecesarios Cajasde acero (4A)de aluminio (4B)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)de madera natural, de paredes notamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico rígido (4H2)

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EDICIÓN DE 2005-2006

b) Objetos sin envolturas cerradas

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Hojasde papelde plástico

Recipientesde cartónde metalde plástico

Innecesarios Cajasde acero (4A)de aluminio (4B)de cartón (4G)de madera contrachapada (4D)tamizantes (4C2)de madera natural, ordinarias (4C1)de madera reconstituida (4F)de plástico rígido (4H2)

144 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 144(Método de embalaje ONU EP 44)

144

Embalajes interiores Embalajes intermedios Embalajes exteriores

Recipientesde cartónde metalde plástico

Separaciones en el embalaje exterior

Innecesarios Cajasde acero (4A)de aluminio (4B)de madera contrachapada (4D), conforro metálicode madera natural, ordinarias (4C1), con forro metálicode madera reconstituida (4F) con forrometálicode plástico expandido (4H1)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE O EXCEPCIONES:

— Para los núms. ONU 0248 y 0249, los embalajes deben estar protegidos para evitar que entre agua. Cuando se transportan sinempacar DISPOSITIVOS ACTIVADOS POR EL AGUA, los mismos deben estar provistos de dos elementos independientesde protección, por lo menos, que impidan la entrada de agua.

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S-4-4-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 4CLASE 2 — GASES

207 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 207 207Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

El bromuro de metilo o este producto con un máximo del 2% de cloropicrina en volumen, puede transportarse con tal que seempaque como sigue:

a) En latas interiores de metal (IP.3), estañadas o revestidas de material apropiado y con presión cóncava en los extremos, deuna capacidad máxima de 0,5 kg, que tienen que ir empacadas de manera compacta para evitar el movimiento, en bidonesde acero (1A2), jerricanes de acero (3A2), bidones de aluminio (1B2), cajas de madera (4C1 ó 4C2), de maderacontrachapada (4D), de madera reconstituida (4F), de cartón prensado (4G) o de plástico (4H1), (4H2), bidones de maderacontrachapada (1D) o bidones de cartón (1G) del Grupo de embalaje II. Al llenarlas hay que dejar un espacio libre mínimodel 12% a la temperatura de 21�C. Las latas tienen que poder resistir una presión manométrica interior de 900 kPa.

b) En cilindros de gas comprimido autorizados para el bromuro de metilo, con válvulas y accesorios protegidos por una tapa oalgún otro dispositivo apropiado. La densidad de llenado tiene que proporcionar un espacio libre mínimo del 12% al 21�C.Si los cilindros no están protegidos con una tapa u otro dispositivo apropiado (por ejemplo, extintores de incendios), tienenque envasarse debidamente en embalajes resistentes.

213 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 213 213Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

En una aeronave pueden transportarse pequeños volúmenes de los gases correspondientes a la División 2.3, incluso mezclasde gases, en las siguientes condiciones:

1. El volumen máximo de gas permitido por bulto debe determinarse utilizando la fórmula siguiente:

Masa permitida � 10�3 (MMR) (LC50)

donde:

MMR = masa molecular relativaLC50 expresada en mL/m3 tal como se define en la Parte 2, Capítulo 6, de las Instrucciones TécnicasMasa permitida expresada en gramos.

Para las mezclas de gases tóxicos, cuando se desconozca la LC50 de la mezcla o su masa por unidad de volumen atemperatura y presión normales, se empleará la siguiente fórmula para determinar la masa permitida de la mezcla:

masa del ingrediente 1 + masa del ingrediente 2 + Masa del ingrediente N � 1

10-3 (MMR)1(LC50)1 10-3 (MMR)2(LC50) 2 10-3 (MMR)n(LC50)n

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EDICIÓN DE 2005-2006

donde:

TPN significa temperatura y presión normales(MMR) = masa molecular relativa del ingrediente 1 ... n

Esta última fórmula no tiene en cuenta los posibles efectos sinérgicos de la mezcla y no debería usarse cuando los efectostóxicos no sean meramente acumulativos.

2. El gas debe estar contenido en cilindros de gas que satisfagan los requisitos de la Instrucción de embalaje 200 o enampollas de vidrio IP.8, siempre que sean compatibles con el gas.

El volumen máximo de gas permitido en una ampolla de vidrio se determina mediante la fórmula precedente, pero ademásestá limitado a 100 g como máximo.

3. La ampolla de vidrio o el cilindro de gas deben embalarse de manera compacta para evitar el movimiento, en un recipienteexterior metálico a presión que contenga material absorbente y de acolchamiento inerte. Los recipientes exterioresmetálicos a presión deben diseñarse de modo que retengan la cantidad total de gas en caso de fugas de la ampolla ocilindro. El recipiente exterior metálico a presión debe satisfacer los requisitos de la Instrucción de embalaje 200. Debentomarse precauciones especiales para evitar la corrosión de la pared interna de los recipientes exteriores metálicos apresión.

4. El recipiente exterior metálico a presión debe ir empacado de manera compacta, para evitar el movimiento, en un embalajeexterior resistente.

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S-4-5-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 5CLASE 3 — LÍQUIDOS INFLAMABLES

304 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 304 304Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza el aluminio) Aluminio de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.3 IP.3A IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) de embalaje

1194 1 2,5 2,5 0,5 13

EXTERIORES:

Cajas

de cartón prensado (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

13 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente enrecipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.

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S-4-5-2 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

306 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 306 306Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) Aluminio de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.3A IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) (L) de embalaje

1089 0,5 No 1 1 0,5 131194 0,5 No 1 1 0,5 131250 0,5 0,5 0,5 No 0,5 51278 1 2.5 2.5 No 0,51305 0,5 0,5 0,5 No 0,5 5,13

2363 0,5 0,5 0,5 0,5 0,5 2,132749 0,5 No 1 No 0,5 5,13

EXTERIORES:

Cajas

de cartón prensado (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

2 Los embalajes interiores de plástico deben empacarse en recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes decolocarlos en los embalajes exteriores.

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.13 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en

recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.

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S-4-6-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 6

CLASE 4 — SÓLIDOS INFLAMABLES;SUSTANCIAS QUE PRESENTAN RIESGO

DE COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA;SUSTANCIAS QUE EN CONTACTO CON EL AGUA

EMITEN GASES INFLAMABLES

6.1 REQUISITOS ESPECIALES PARA LAS SUSTANCIASDE REACCIÓN ESPONTÁNEA Y ANÁLOGAS DE LA DIVISIÓN 4.1

6.1.1 Los embalajes de las sustancias de reacción espontánea y análogas de la División 4.1 que presenten algún riesgo secundario de explosión,deberán ajustarse a lo estipulado en la Parte 4;3.2.1 y 3.2.2 y en la Parte 5;2.4.3 de las Instrucciones Técnicas, y en la Parte S-4;3.1.2, 3.1.3 y 3.1.4del presente Suplemento.

6.1.2 Cuando se agrupen varios bultos en un contenedor de carga o en un dispositivo de carga unitarizada, el tipo de los bultos, su cantidady el método de estiba no deben provocar ningún riesgo de explosión. Cuando no sea posible eliminar el riesgo de explosión de un conjunto de bultos,la autoridad nacional que corresponda deberá imponer condiciones especiales.

6.2 INSTRUCCIONES DE EMBALAJE

402 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 402 402Los fósforos que no requieran frotador especial, los fósforos para las lanchas salvavidas y similares (fósforos resistentes al

viento que no son de seguridad) deberán ser de un tipo tal que no se puedan inflamar instantáneamente en las condicionesnormales de transporte o cuando se les someta, en el laboratorio, a una temperatura de 93,3�C, durante ocho horas consecutivas.Estos fósforos deberán empacarse de modo compacto en el bulto para evitar cualquier movimiento que pudiera provocar suinflamación por fricción. Deberán embalarse de conformidad con las condiciones generales de embalaje previstas en la Parte 4,Capítulo 1 de las Instrucciones Técnicas y embalarse en recipientes sólidos y estancos de plástico moldeado o de metal, provistosde un fondo o tapa con rosca que contengan no más de 50 fósforos por embalaje interior. Cada embalaje interior deberáembalarse en una caja de cartón cerrada con cinta adhesiva, que contenga como máximo 36 de estas cajas, bien envueltas conpapel de embalaje para hacer un paquete cerrado con cinta adhesiva. Tales recipientes interiores deberán embalarsecuidadosamente, a su vez, en bidones de acero (1A2), jerricanes de acero (3A2), bidones de aluminio (1B2), cajas de madera(4C1, 4C2), de madera contrachapada (4D) o de madera reconstituida (4F) o bidones de madera contrachapada (1D) del Grupode embalaje II, forrados interiormente de papel.

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S-4-6-2 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

416 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 416 416Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Sacos de Ampollaso loza Plástico el aluminio) Aluminio plástico de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.3A IP.5 IP.8 particularesONU (kg) (kg) (kg) (kg) (kg) (kg) de embalaje

1349 0,5 0,5 No No No 0,51415 0,5 No 0,5 No No 0,5 5,10,221420 0,5 No 0,5 No No 0,5 5,221428 0,5 No 0,5 No No 0,5 5,221868 1 No 2,5 2,5 No 0,5

2257 0,5 No 0,5 No No 0,5 5,222835 1 1 1 1 No 0,5

EXTERIORES:

Cajas

de cartón prensado (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.10 Sólo se permiten las cápsulas de cobre cuando la sustancia no está dispersada.22 Si se trata de materiales en dispersión en algún líquido orgánico, éste debe tener un punto de inflamación superior a 50�C.

418 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 418 418Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Sacos de Ampollaso loza el aluminio) plástico de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.3 IP.5 IP.8 particularesONU (kg) (kg) (kg) (kg) de embalaje

1378 0,5 0,5 No 0,5 92881 0,5 0,5 No 0,5 9

Page 81: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 6 S-4-6-3

EDICIÓN DE 2005-2006

EXTERIORES:

Cajas

de cartón prensado (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

9 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material de acolchamientoen recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de meterlos en los embalajes exteriores.

421 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 421 421Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Todos los embalajes tienen que satisfacer los requisitos de calidad aplicables al Grupo de embalaje II.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

Vidrio Ampollaso loza Plástico Metal de vidrio

Núm. IP.1 IP.2 IP.3, IP.3A IP.8ONU (kg) (kg) (kg) (kg)

1376 2,5 No 10 0,51932 2,5 2,5 10 0,52002 No No 10 No2006 No No 10 No

EXTERIORES:

Cajas

de cartón prensado (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico expandido (4H1)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de plástico (1H2)de madera contrachapada (1D)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

EMBALAJES ÚNICOS:

Bidones Bidones Jerricanes Bidones Jerricanes CompuestosNúm. de acero de aluminio de acero de plástico de plástico (de plástico)ONU 1A1, 1A2 1B1, 1B2 3A1, 3A2 1H1, 1H2 3H1, 3H2 — todos

1376 Sí Sí Sí No No No1932 Sí Sí Sí Sí Sí Sí2002 Sí Sí Sí No No No2006 Sí Sí Sí No No No

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S-4-6-4 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

422 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 422 422Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Todos los embalajes tienen que satisfacer los requisitos de calidad aplicables al Grupo de embalaje II.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

Vidrio Ampollaso loza Plástico Metal de vidrio

Núm. IP.1 IP.2 IP.3, IP.3A IP.8ONU (kg) (kg) (kg) (kg)

1376 1 No 5 0,51932 1 1 5 0,52002 No No 5 No2006 No No 5 No

EXTERIORES:

Cajas

de cartón prensado (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)

Jerricanes

de acero (3A2)

423 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 423 423Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

La cantidad neta máxima por bulto no debe exceder de 15 kg.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

Sacos de plástico (IP.5) 1 kg

EXTERIORES:

Bidón de cartón (1G)

EMBALAJES ÚNICOS:

Bidonesde cartón (1G) de paredes no tamizantesde cartón (1G) con forro o revestimiento interior de plástico

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S-4-7-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 7CLASE 5 — SUSTANCIAS COMBURENTES;

PERÓXIDOS ORGÁNICOS

501 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 501 501Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) de embalaje

1745 No No 1 0,1 6,81746 No No 1 0,1 6,82626 0,5 0,5 0,5 0,5 5

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.6 Las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en recipientes metálicos o de plástico rígido bien

ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.8 Cuando se permiten los embalajes interiores de metal, sólo pueden utilizarse los cilindros de gas apropiados u otras

bombonas de presión.

506 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 506 506Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

Page 84: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-4-7-2 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) de embalaje

2626 1 1 1 0,5 5

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.

509 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 509 509Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) de vidrio

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.8ONU (kg) (kg) (kg) (kg)

1491 0,5 0,5 0,5 0,51504 0,5 0,5 0,5 0,52466 0,5 0,5 0,5 No2547 0,5 0,5 0,5 No

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

Page 85: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 7 S-4-7-3

EDICIÓN DE 2005-2006

522 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 522 522Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

Metal(excluyendo Ampollasel aluminio) de vidrio Condiciones

Núm. IP.3 IP.8 particularesONU (L) (L) de embalaje

1745 0,5 0,1 6,81746 0,5 0,1 6,8

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

6 Las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en recipientes metálicos o de plástico rígido bienajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.

8 Cuando se permiten los embalajes interiores de metal, sólo pueden utilizarse los cilindros de gas apropiados u otrasbombonas de presión.

524 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 524 524Los generadores de oxígeno químicos deben embalarse de conformidad con la Instrucción de embalaje 523. Además, cada

bulto que se presenta para el transporte debe superar con éxito el siguiente ensayo de exposición al fuego.

Procedimiento de ensayo:

El bulto, preparado para el transporte, se somete a un ensayo de exposición al fuego de conformidad con este procedimiento.Se monta una estructura cuadrada de 0,9 m con varas de sección cuadrada de 30 a 50 mm de madera secada al aire. Las varas demadera se disponen en siete capas con una distancia entre varas igual al espesor de las varas empleadas. Cada capa se instalaperpendicularmente respecto de la capa inferior. A 150 mm sobre la estructura de madera, en patas de fierro en ángulo y acero yaltura adecuada, se instala una rejilla cuadrada de 1,0 m de malla metálica abierta fabricada con varillas de acero de 6,0 mm encentros de 50 mm. El bulto que se somete a ensayo se instala en el centro de la rejilla. Se enciende la estructura de maderamediante cuatro dispositivos de encendido, instalados en cada uno de los ángulos en la parte inferior de la estructura. Losdispositivos de encendido consisten en una tela de algodón enrollada en forma de un cilindro de 150 mm de largo por 25 mm dediámetro dentro de una bolsa de plástico y empapado en hexano. Opcionalmente pueden considerarse como instrumentos deensayo termocuplas revestidas dentro del bulto y protegidas fuera del bulto mediante un revestimiento. Estas termocuplasrevestidas se utilizan para registrar la temperatura dentro del bulto durante el ensayo.

Para encender sucesivamente los dispositivos de encendido se utiliza una antorcha de propano. El ensayo se prolonga por10 minutos después de que la estructura de madera está completamente envuelta. Se considera que la estructura estácompletamente envuelta cuando arde la superficie cuadrada superior completa.

Condición para superar con éxito el ensayo:

Ninguno de los generadores se activa a raíz de la exposición al fuego en el plazo de 8 minutos después del momento en que laestructura de madera llega a estar completamente envuelta.

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S-4-8-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 8CLASE 6 — SUSTANCIAS TÓXICAS

Y SUSTANCIAS INFECCIOSAS

610 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 610 610Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) Aluminio de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.3A IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) (L) de embalaje

1541 0,5 0,5 0,5 No 0,5 61545 0,5 No 1 No 0,5 51569 0,5 0,5 1 No 0,5 2,131603 0,5 0,5 1 No 0,5 2,131647 0,5 0,5 0,5 No 0,25 6,8

1649 0,5 No 0,5 No 0,5 6,81694 0,5 No 0,5 No 0,5 6,81697 0,5 No 1 No 0,5 131701 0,5 0,5 1 No 0,5 2,5,13

1752 0,5 0,5 0,5 No 0,5 2,5,132474 1 1 2,5 No 0,5 52485 1 1 1 1 0,5 5,13

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

2 Los embalajes interiores de plástico deben empacarse en recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados, antes decolocarlos en los embalajes exteriores.

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.6 Las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en recipientes metálicos o de plástico rígido bien

ajustados antes de colocarlas en los embalajes exteriores.8 Cuando se permiten los embalajes interiores de metal, sólo pueden utilizarse los cilindros de gas apropiados u otras

bombonas de presión.13 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en

recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.

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S-4-8-2 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

612 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 612 612Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) de embalaje

1569 1 1 2,5 0,5 2,131603 1 1 2,5 0,5 2,131752 2,5 2,5 2,5 0,5 2,5,13

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

EMBALAJES ÚNICOS:

CilindrosBidones Jerricanes Bidones Jerricanes Compuestos (como los Condiciones

Núm. de acero de acero de plástico de plástico (de plástico) permitidos particularesONU 1A1 3A1 1H1 3H1 — todos en la PI 200) de embalaje

1603 Sí Sí Sí Sí Sí Sí1752 Sí Sí Sí Sí Sí Sí 5

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

2 Los embalajes interiores de plástico deben empacarse en recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes decolocarlos en los embalajes exteriores.

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o estar protegidos contra la corrosión.13 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en

recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.

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Capítulo 8 S-4-8-3

EDICIÓN DE 2005-2006

614 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 614 614Deberán satisfacerse las condiciones generales, relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza el aluminio) de vidrio

Núm. IP.1 IP.3 IP.8ONU (kg) (kg) (kg)

1697 1 2,5 0,5

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)

Jerricanes

de acero (3A2)

623 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 623 623Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes deberán incluir elementos tales como sellos, revestimiento o envolturas de seguridad que sirvan de indicaciónen caso de manipulación indebida.

Los envíos de muestras químicas tóxicas líquidas o sólidas deberán prepararse de manera que lleguen a su destino en buenascondiciones y no presenten peligro alguno para las personas durante la expedición. Deberán empacarse ajustándose ya sea aa) o b) a continuación y las autoridades pertinentes del Estado del fabricante deberán aprobar la construcción del embalaje ylos ensayos correspondientes. El embalaje deberá haberse diseñado para el transporte de muestras químicas destinadas alanálisis en relación con la aplicación de la Convención sobre las Armas Químicas.

a) Las muestras químicas deben embalarse en embalajes interiores, que a su vez se embalan en un embalaje intermedio. Elembalaje intermedio debe embalarse en un embalaje exterior.

i) El embalaje interior debe constar de recipientes primarios, embalajes secundarios y carbón activo en gránulos omaterial absorbente inactivo, según sea apropiado, de acuerdo con lo siguiente:

1) los recipientes primarios deben corresponder a uno de los siguientes:

i) frasco con material puro y de un contenido máximo de 1,25 g; o

ii) frasco con material diluido y de un contenido máximo de 50 g; o

iii) tubo de absorción de vapor con un contenido máximo de 10 miligramos;

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S-4-8-4 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

2) los embalajes secundarios estancos deben ir en embalajes intermedios. Los embalajes secundarios deben contenerun máximo de dos recipientes primarios;

3) El carbón activo en gránulos o material absorbente inactivo, según sea apropiado, debe colocarse entre el recipienteprimario y el embalaje secundario. Si hay dos recipientes primarios, deben envolverse individualmente para evitarque haya contacto entre ellos. La cantidad de carbón activo en gránulos o material absorbente inactivo, según seaapropiado, debe ser suficiente para absorber por completo el contenido de todos los recipientes primarios.

Debe comprobarse por medio de ensayos que los recipientes primarios o los embalajes secundarios pueden soportar conéxito un ensayo de presión hidrostática de 250 kPa.

ii) El embalaje intermedio debe ser un bidón de acero (1A2) con un máximo de cuatro embalajes secundarios y unacantidad suficiente de carbón activo en gránulos o material absorbente inactivo, según sea apropiado, para absorberel contenido completo de todos los recipientes primarios. El carbón activo en gránulos o material absorbenteinactivo, según sea apropiado, debe colocarse entre los embalajes secundarios y el embalaje intermedio. Si hay másde un embalaje secundario en un embalaje intermedio, cada embalaje secundario debe envolverse individualmentepara evitar que haya contacto entre ellos.

iii) El embalaje exterior debe constar de una caja de madera que contenga una caja metálica con aislamiento térmico(corcho comprimido). El embalaje intermedio debe asegurarse firmemente en su lugar dentro del embalaje exterior.En un embalaje exterior podrá colocarse un máximo de dos embalajes intermedios.

El prototipo del embalaje intermedio debe someterse a prueba para demostrar que puede superar el ensayo de caída libre yel de penetración de la Parte 6;7.16.2 a) y b) y el ensayo térmico de la Parte 6;7.16.3 a). El contenido no deberá filtrarsehacia el exterior a causa de los ensayos.

b) Las muestras químicas deben empacarse en embalajes que consten de un embalaje interior, un embalaje intermedio y unbidón de acero (1A2) como embalaje exterior. Los componentes del embalaje deben ajustarse a lo siguiente:

1) El embalaje interior debe incluir recipientes primarios de vidrio resistente a los choques o de otro material de igualresistencia como mínimo, contenidos en un recipiente secundario. Cada recipiente primario no puede contener más de50 mililitros de muestra.

2) Debe demostrarse por medio de ensayos que cada recipiente secundario puede soportar un ensayo de presiónhidrostática de 250 kPa. El embalaje secundario debe contener material absorbente en cantidad suficiente para absorberpor completo el contenido de todos los recipientes primarios. El embalaje secundario podrá contener un máximo de7 recipientes primarios. Antes de cada expedición, el embalaje secundario deberá someterse a un ensayo de estanquidadsometiéndolo a una presión de 100 kPa y comprobando si hay pérdidas con un dispositivo que las detecte a razón de10�3 atm-cm3/seg.

3) Sometido a ensayos, el embalaje intermedio con el embalaje interior instalado debe superar el ensayo de caída de laParte 6;7.16.2 a), el ensayo de penetración de la Parte 6;7.16.2 b) y el ensayo térmico de la Parte 6;7.16.3 a). Elcontenido no debe filtrarse. Después de superar los ensayos anteriores, el embalaje interior debe pasar con éxito elensayo de estanquidad prescrito en ISO/TR 4826-1979 (E) con un régimen de pérdida máximo de 10�6 atm-cm3/seg.

4) El bidón de acero (1A2) que se utiliza como embalaje exterior debe satisfacer las condiciones de embalaje quecorresponden al Grupo de embalaje I para sólidos y debe superar un ensayo de presión interna de 100 kPa. El embalajeintermedio debe asegurarse firmemente dentro del embalaje exterior.

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S-4-10-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 10CLASE 8 — SUSTANCIAS CORROSIVAS

807 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 807 807Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) Aluminio de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.3A IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) (L) de embalaje

1052 No No 0,5 No No 81739 0,5 0,5 No No 0,25 61744 0,5 0,5 No No 0,25 2,131786 No 0,5 0,5 No No 2,51798 0,5 No No No 0,25 13

1828 0,5 0,5 0,5 0,5 0,25 5,71831 0,5 0,5 0,5 No 0,25 2,5,131836 0,5 0,5 0,5 0,5 0,25 2,7,132444 0,5 0,5 0,5 No 0,25 5,132692 0,5 0,5 0,5 No 0,25 2,5,13

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

2 Los embalajes interiores de material plástico deben empacarse en recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustadosantes de colocarlos en los embalajes exteriores.

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.6 Las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en recipientes metálicos o de plástico rígido bien

ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.7 Si se utiliza aluminio puro o aleaciones de aluminio, estos deben ser anticorrosivos.8 Cuando se permiten los embalajes interiores de metal, sólo pueden utilizarse los cilindros de gas apropiados u otras

bombonas de presión.13 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en

recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.

Page 91: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-4-10-2 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

809 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 809 809Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) Aluminio de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.3A IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) (L) de embalaje

1052 No No 1 No No 81724 1 1 1 No 0,5 51728 1 1 1 No 0,5 51732 1 1 1 1 0,5 2,5,7,13,211747 1 1 1 No 0,5 5

1753 1 1 1 No 0,5 51762 1 1 1 No 0,5 51763 1 1 1 No 0,5 51766 1 1 1 No 0,5 51767 1 1 1 No 0,5 5

1769 1 1 1 No 0,5 51771 1 1 1 No 0,5 51781 1 1 1 No 0,5 51784 1 1 1 No 0,5 51799 1 1 1 No 0,5 5

1800 1 1 1 No 0,5 51801 1 1 1 No 0,5 51802 1 1 No No 0,5 —1804 1 1 1 No 0,5 51808 1 1 1 No 0,5 —

1810 1 1 1 No 0,5 51816 1 1 1 No 0,5 51831 1 1 1 No 0,5 2,5,131832 1 1 1 No 0,5 51836 1 1 1 1 0,5 2,7,13

1837 1 1 1 No 0,5 51838 1 1 No No 0,5 2,131906 1 1 1 No 0,5 52435 1 1 1 No 0,5 52442 1 1 1 No 0,5 2,5,132443 1 1 1 No 0,5 2,5,13

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

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Capítulo 10 S-4-10-3

EDICIÓN DE 2005-2006

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

2 Los embalajes interiores de material plástico deben empacarse en recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustadosantes de colocarlos en los embalajes exteriores.

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.7 Las ampollas de vidrio tienen que empacarse, con material absorbente, en recipientes metálicos bien ajustados antes de

colocarlos en los embalajes exteriores.8 Cuando se permiten los embalajes interiores de metal, sólo pueden utilizarse los cilindros de gas apropiados u otras

bombonas de presión.13 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en

recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.21 Se permiten los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio si el artículo está exento de ácido

fluorhídrico.

813 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 813 813Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.8 particularesONU (L) (L) (L) (L) de embalaje

2442 2,5 2,5 2,5 0,5 2,5,13

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

EMBALAJES ÚNICOS:

CilindrosBidones Jerricanes Bidones Jerricanes Compuestos (como los Condiciones

Núm. de acero de acero de plástico de plástico (de plástico) permitidos particularesONU 1A1 3A1 1H1 3H1 — todos en la PI 200) de embalaje

2442 Sí Sí Sí Sí Sí Sí 5

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

2 Los embalajes interiores de material plástico deben empacarse en recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustadosantes de colocarlos en los embalajes exteriores.

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o estar protegidos contra la corrosión.13 Los embalajes interiores de vidrio o de loza y las ampollas de vidrio tienen que empacarse con material absorbente en

recipientes metálicos o de plástico rígido bien ajustados antes de colocarlos en los embalajes exteriores.

Page 93: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-4-10-4 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

815 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 815 815Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.8 particularesONU (kg) (kg) (kg) (kg) de embalaje

1792 1 2,5 No 0,5 —1806 1 2,5 2,5 0,5 51939 1 2,5 No 0,5 —2691 1 2,5 2,5 0,5 5

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.

824 INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE 824 824Deberán satisfacerse las condiciones generales relativas a los embalajes de la Parte 4, Capítulo 1, de las Instrucciones

Técnicas.

Los embalajes únicos no están permitidos.

EMBALAJES COMBINADOS:

INTERIORES:

MetalVidrio (excluyendo Ampollaso loza Plástico el aluminio) de vidrio Condiciones

Núm. IP.1 IP.2 IP.3 IP.8 particularesONU (kg) (kg) (kg) (kg) de embalaje

1829 0,5 0,5 0,5 0,5 5

Page 94: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 10 S-4-10-5

EDICIÓN DE 2005-2006

EXTERIORES:

Cajas

de cartón (4G)de madera (4C1, 4C2)de madera contrachapada (4D)de madera reconstituida (4F)de plástico sólido (4H2)

Bidones

de acero (1A2)de aluminio (1B2)de cartón (1G)de madera contrachapada (1D)de plástico (1H2)

Jerricanes

de acero (3A2)de plástico (3H2)

CONDICIONES PARTICULARES DE EMBALAJE:

5 Los embalajes de acero deben ser anticorrosivos o protegidos contra la corrosión.

Page 95: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-4-12-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 12CISTERNAS MÓVILES

Partes de este capítulo resultan afectadas por la discrepancia estatal US 6; véase la Tabla A-1

Nota.— Este capítulo no tiene uno correspondiente en lasInstrucciones Técnicas.

12.1 GENERALIDADES

12.1.1 Sólo podrán transportarse en cisternas móviles lasmercancías peligrosas que tengan riesgos de nivel correspondiente alos Grupos de embalaje II o III y cumplan con los criterios de lasclases y divisiones siguientes:

— Clase 3— División 4.1, sustancias que no sean de reacción espontánea— División 4.3, sustancias que no sean líquidas— División 5.1, sustancias que no sean líquidas— División 6.1— Clase 8— Clase 9

12.1.2 Las cisternas móviles podrán utilizarse para el trans-porte de mercancías peligrosas de conformidad con las disposicionesdel presente capítulo solamente cuando se cumplan las condicionessiguientes:

a) el transporte se realiza únicamente en aeronaves de carga;

b) se obtiene la aprobación de la autoridad competente delEstado de origen;

c) la instrucción de embalaje indicada para la sustancia en lacolumna 11 de la Tabla 3-1 de las Instrucciones Técnicasautoriza que las sustancias se transporten en bidones de acerocomo embalajes únicos; y

d) en el caso de mercancías peligrosas líquidas, el CódigoMarítimo Internacional de mercancías peligrosas (IMDG) dela Organización Marítima Internacional (OMI) autoriza eltransporte de la sustancia en cuestión en cisternas móviles.

12.1.3 Para los fines de las Instrucciones Técnicas y delpresente Suplemento, se entiende por cisterna móvil aquella concapacidad superior a 450 L cuyo casco está provisto de los elementosde servicio y estructurales necesarios para el transporte de mercancíaspeligrosas, que tiene elementos de estabilización externos al casco yque no se asegura permanentemente a bordo de la aeronave. Debepoder llenarse y vaciarse sin necesidad de retirar sus elementosestructurales y debe poder alzarse estando lleno para introducirlo enla aeronave y sacarlo de la misma.

12.1.4 Además de las disposiciones que contienen las Ins-trucciones Técnicas y el presente Suplemento, y a menos que seestipule lo contrario, toda cisterna móvil que satisfaga la definiciónde “contenedor” que se da en el Convenio internacional sobre laseguridad de los contenedores (CSC) 1972, deberá reunir lascondiciones aplicables enmendadas de dicho Convenio.

12.2 DISEÑO, CONSTRUCCIÓN,APROBACIÓN Y COLOCACIÓN DE MARCAS

12.2.1 Generalidades

12.2.1.1 Toda cisterna móvil debe ser diseñada, construida,aprobada, sometida a ensayo y marcada conforme a lo dispuesto enel Código IMDG, en las Instrucciones Técnicas y en el presenteSuplemento.

12.2.1.2 Las cisternas móviles cuya utilización se autorice deconformidad con dichas disposiciones, deberán:

— estar hechas de acero;

— ser aprobadas de acuerdo con las disposiciones de aprobacióndel Código IMDG;

— si se utilizan para líquidos, no tener abertura en el fondo;

— si se utilizan para líquidos, tener por lo menos un dispositivode alivio de presión accionado por resorte precedido deun disco frangible de conformidad con 6.7.2.8.3 delCódigo IMDG; y una presión de prueba mínima que deberáser la que exija el Código T asignado a la sustancia enparticular en el Código IMDG, teniendo presente la presióndel vapor y otras propiedades de la sustancia de que se trate,pero que nunca debera ser inferior a:

a) cuando se trate de líquidos:

1) 400 kPa en el caso de los líquidos que no entrañen unriesgo secundario en el Grupo de embalaje III de laClase 3 y de la División 6.1;

2) 600 kPa en el caso de todos los demás líquidos;

b) cuando se trate de sólidos, 265 kPa.

12.3 OTRAS CONDICIONES

12.3.1 Las condiciones pertinentes de la Parte 4, Capítulo 1 delas Instrucciones Técnicas deberán satisfacerse cuando se trans-porten mercancías peligrosas en cisternas móviles.

12.3.2 Al llenar una cisterna móvil con líquido, debe hacersede forma que la cantidad transvasada a una temperatura mediabruta de referencia de 50�C, no exceda del 95%. No se podrá ofrecerpara el transporte ninguna cisterna móvil que contenga líquido de unaviscosidad inferior a 2 680 centistokes con una temperatura de 20�Csi tiene una cantidad transvasada de más del 20% pero menos del80%, salvo cuando el casco de la cisterna móvil esté divididamediante particiones o placas de sobrecarga en secciones de unacapacidad de no más de 7 500 L.

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S-4-12-2 Parte S-4

EDICIÓN DE 2005-2006

12.3.3 La masa bruta de una cisterna móvil llena de mercancíaspeligrosas, no deberá exceder de la masa máxima bruta que haya demarcarse en cisterna móvil.

12.4 PLACAS DE LAS CISTERNAS MÓVILES

12.4.1 Placas obligadas

12.4.1.1 Se fijarán placas en cada lado y en cada extremo de lascisternas móviles señalando la clase de peligro que presentan lasmercancías en la cisterna móvil.

12.4.1.2 Las placas reunirán las condiciones que se especificanen 12.4.2 y corresponderán a la clase de peligro o división demercancías peligrosas de la cisterna móvil.

12.4.1.3 El requisito de la Parte 5;2.4.1 de las InstruccionesTécnicas de marcar el número de la ONU en el bulto y lascondiciones de etiquetado que se establecen en la Parte 5;3.1de las Instrucciones Técnicas no se aplican a las cisternas móvilesque lleven las placas prescritas en las presentes disposiciones.

12.4.1.4 Es necesario exhibir las placas correspondientes acualquiera de las etiquetas de riesgo secundario que aparecen en laTabla 3-1 de las Instrucciones Técnicas.

12.4.2 Especificaciones en materiade placas

12.4.2.1 Toda placa debe:

a) ser cuadrada, con los lados a 45�, y tener las dimensionesmínimas de 250 mm de lado, con una línea del mismo colorque el símbolo que represente, que se extienda a 12,5 mm delinterior del borde y corra paralela al mismo;

b) corresponder en cuanto a color y símbolo a la etiqueta de laclase o división a la que pertenezcan las mercancías peli-grosas en cuestión; y

c) exhibir en la manera que se prescribe en la Parte 5;3.4.1.1 delas Instrucciones Técnicas para la etiqueta correspondiente,el número de clase o división de las mercancías peligrosas encuestión, con cifras de no menos de 25 mm de altura.

12.4.2.2 Las placas que se utilicen para indicar un riesgosecundario deberán:

a) ser de la forma descrita en 12.4.2.1 a);

b) corresponder a la etiqueta de riesgo secundario que apareceen la Tabla 3-1 de las Instrucciones Técnicas;

c) no llevar el número de clase o división ni el número de laONU.

12.4.2.3 Todas las placas deben poder resistir los efectos de laintemperie sin perder mucho su claridad.

12.4.2.4 El número de la ONU de las mercancías peligrosasdebe aparecer en la mitad inferior de la placa, en cifras en negro deno menos de 65 mm de altura sobre fondo blanco. Otra posibilidadsería representar el número en cifras del mismo color y tamaño enun tablero naranja rectangular de no menos de 120 mm de alturapor 300 mm de anchura, con un borde negro de 10 mm, y colo-carlo inmediatamente adyacente a la placa.

12.5 DOCUMENTACIÓN ADICIONAL

Deberán cumplirse los requisitos relativos al documento detransporte de mercancías peligrosas contenidos en la Parte 5;4.1 delas Instrucciones Técnicas. Cuando las mercancías peligrosas seexpidan en cisternas móviles con aprobación de las autoridadescompetentes del Estado de origen, el envío deberá ir acompañado deuna copia del documento de aprobación, consignando todas lascondiciones de transporte pertinentes al caso.

12.6 RESPONSABILIDADES ESPECIALESCONTRAÍDAS POR EL EXPLOTADOR

AL ACEPTAR MERCANCÍAS PELIGROSAS EN CISTERNAS MÓVILES

No se podrán aceptar mercancías peligrosas para su transporteen cisternas móviles antes de que haya habido un acuerdoprevio entre el expedidor y el explotador. Antes de aceptar elenvío, el explotador debe asegurarse de que se satisfacen todas lascondiciones aplicables de la Parte 7 de las Instrucciones Técnicasespecialmente las de 7;2.4.2 relativas a la seguridad de losbultos que contienen mercancías peligrosas, cerciorándose tambiénde que se ha expedido la aprobación necesaria para efectuar eltransporte. También deberá tenerse en cuenta el efecto delmovimiento dentro del tanque de la sustancia que se transporta, encondiciones de transporte normales y adversas. No se permite llenaro vaciar las cisternas móviles cuando se hallen a bordo de laaeronave.

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EDICIÓN DE 2005-2006

Parte S-6

NOMENCLATURA, MARCAS, REQUISITOSY ENSAYOS DE LOS EMBALAJES

(INFORMACIÓN SUPLEMENTARIADE LA PARTE 6 DE LAS

INSTRUCCIONES TÉCNICAS)

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S-6-1-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 1

CLAVES DESIGNADORASDE LOS TIPOS DE EMBALAJE

La letra “W”, colocada inmediatamente después de la clave deembalaje marcada en éste, significa que el embalaje, si bien es delmismo tipo indicado por la clave, está fabricado a base decaracterísticas distintas de las previstas en la Parte 6;3.1 y que seconsidera equivalente en el sentido de que el embalaje:

1) es por lo menos tan eficaz como el correspondiente quesatisface todas las especificaciones de la Parte 6;3.1aplicables a esa clave de embalaje;

2) lo aceptan las autoridades que corresponda de los Estadosinteresados; y

3) ha superado todos los ensayos aplicables previstos en laParte 6, Capítulo 4, de las Instrucciones Técnicas.

El transporte de esos embalajes por vía aérea está supeditado a laaprobación por escrito del Estado de origen.

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S-6-6-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 6

PROCEDIMIENTOS DE ENSAYOPARA LOS EMBALAJES QUE CONTENGAN

ANIMALES VIVOS INFECTADOS

Se deben ensayar los embalajes para los animales vivos demanera que proporcionen un stándard de seguridad equivalente alo que se refiere a la Parte 6;6.1 de las Instrucciones Técnicas. Sedeberán llevar a cabo los ensayos de caída y perforación equiva-lentes a los de la Parte 6;6.2 y 6.3 de las Instrucciones Técnicas,remplazándose el animal vivo por una muestra apropiada (dummy)de masa similar.

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EDICIÓN DE 2005-2006

Parte S-7OBLIGACIONES DEL ESTADO

(INFORMACIÓN SUPLEMENTARIADE LA PARTE 7 DE LAS

INSTRUCCIONES TÉCNICAS)

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S-7-2-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 2ALMACENAMIENTO Y CARGA

2.1 TRANSPORTE DE MATERIALRADIACTIVO

La autoridad competente debería asegurar que el envío, laaceptación para el transporte y el transporte de material radiactivo esténsujetos a un programa de protección radiológica según se describe enlas Instrucciones Técnicas. La autoridad competente debería realizarlos arreglos necesarios para que se efectúen evaluaciones periódicas delas dosis de radiación recibidas por las personas a causa del transportede material radiactivo, a fin de cerciorarse de que el sistema deprotección y seguridad cumple con el Volumen núm. 115 de laColección Seguridad del OIEA, Normas básicas internacionales deseguridad para la protección contra las radiaciones ionizantes, Viena(1996).

2.2 CARGA EN AERONAVESDE PASAJEROS

2.2.1 En la Parte 7;2.1 de las Instrucciones Técnicas se estableceque pueden transportarse mercancías peligrosas únicamente en loscompartimientos de carga de la cubierta principal que cumplen con lascondiciones de certificación de los compartimientos de carga de laClase B o de la Clase C. No obstante, ocasionalmente puede sernecesario transportar mercancías peligrosas en aeronaves que no tienenestos compartimientos, por ejemplo, cuando estas aeronaves prestanservicios a zonas distantes donde no se dispone de otro medio detransporte. En tales circunstancias, el Estado de origen puede aprobarel transporte de las mercancías peligrosas de conformidad con lospárrafos siguientes.

2.2.2 Las mercancías peligrosas pueden ser únicamente de lasclases o divisiones siguientes:

División 1.4S

División 2.1 — Aerosoles únicamente

� División 2.2 (excepto ONU 2037, ONU 2073 y ONU 2857)

� Clase 3 (excepto ONU 1112, ONU 2047, ONU 2059, ONU 2332,ONU 3054 y ONU 2269)

� División 4.1 (excepto ONU 1309, ONU 1313, ONU 1314,ONU 1318, ONU 1324, ONU 1330, ONU 1338, ONU 1353,ONU 1869, ONU 2000, ONU 2213, ONU 2714, ONU 2715,ONU 2878, ONU 3089 y ONU 3241)

� División 5.1 (excepto ONU 1458, ONU 1459, ONU 1467,ONU 1481, ONU 1482, ONU 1483, ONU 2427, ONU 2428,ONU 2429, ONU 2469, ONU 2726, ONU 2984, ONU 3210,ONU 3211, ONU 3213, ONU 3215, ONU 3216, ONU 3218 yONU 3219)

� División 6.1 (excepto ONU 1549, ONU 1550, ONU 1551,ONU 1556, ONU 1557, ONU 1593, ONU 1599, ONU 1655,ONU 1686, ONU 1690, ONU 1710, ONU 1812, ONU 1887,ONU 1888, ONU 1897, ONU 1935, ONU 2024, ONU 2025,ONU 2026, ONU 2074, ONU 2077, ONU 2233, ONU 2501,ONU 2505, ONU 2515, ONU 2609, ONU 2655, ONU 2656,ONU 2674, ONU 2713, ONU 2747, ONU 2785, ONU 2788,ONU 2821, ONU 2831, ONU 2853, ONU 2854, ONU 2855,ONU 2856, ONU 2871, ONU 2874, ONU 3141, ONU 3144,ONU 3146, ONU 3283 y ONU 3293)

División 6.2

Clase 7 — Bultos exceptuados de material radiactivo y bultosasignados a la Categoría I-Blanca únicamente

� Clase 8 (excepto ONU 1731, ONU 1740, ONU 1755, ONU 1757,ONU 1783, ONU 1787, ONU 1788, ONU 1789, ONU 1814,ONU 1819, ONU 1824, ONU 1848, ONU 1908, ONU 2430,ONU 2496, ONU 2508, ONU 2564, ONU 2578, ONU 2585,ONU 2586, ONU 2672, ONU 2677, ONU 2679, ONU 2681,ONU 2693, ONU 2790, ONU 2803, ONU 2809, ONU 2837,ONU 2869, ONU 3145, ONU 3253 y ONU 3320)

� Clase 9 (excepto ONU 1931, ONU 1941, ONU 1990, ONU 2211,ONU 2590, ONU 3268, ONU 3314, ONU 3316, ONU 3363 yONU 8000)

� 2.2.3 Cuando se asigna un grupo de embalaje, las mercancíaspeligrosas consideradas en 2.2.2 quedan restringidas a aquellas delGrupo de embalaje III únicamente.

2.2.4 Las mercancías peligrosas deben ajustarse plenamente atoda otra condición que figure en las Instrucciones Técnicas y:

a) deben ir en embalajes combinados; y

b) la cantidad por bulto no debe exceder aquella que se permitepara el transporte en aeronaves de pasajeros, de conformidadcon la Tabla 3-1.

2.2.5 Los manuales de operaciones y otros manuales pertinentesdeben contener procedimientos concretos en caso de incidentes quepuedan ocurrir durante el vuelo.

2.2.6 El explotador debe notificar con antelación al Estado dedestino la intención de transportar mercancías peligrosas de confor-midad con estas condiciones.

2.2.7 Se debe llevar a bordo de la aeronave un ejemplar de laaprobación.

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S-7-4-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 4SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

4.1 ACCIDENTES E INCIDENTES RELACIONADOSCON MERCANCÍAS PELIGROSAS

4.1.1 La eficacia y la posible necesidad de modificar losreglamentos y métodos aplicables a las mercancías peligrosas sólopuede apreciarse si se investigan, notifican y analizan los acci-dentes e incidentes relacionados con mercancías peligrosas.

4.1.2 Todo Estado debería instituir procedimientos quepermitan investigar y recopilar datos sobre los accidentes e inci-dentes relacionados con mercancías peligrosas que se produzcan ensu territorio y que hayan afectado el transporte de mercancíaspeligrosas con origen o destino en otro Estado.

4.1.3 Todo Estado debería instituir procedimientos quepermitiesen investigar y recopilar datos sobre los accidentes eincidentes relacionados con mercancías peligrosas que se produzcanen su territorio en circunstancias distintas de las descritas en 4.1.2.

4.2 NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES

4.2.1 Envío

El Estado en que ocurra algún accidente relacionado conmercancías peligrosas enviará la notificación correspondiente delmismo, en el plazo más breve posible y por el medio más adecuadoy expedito de que disponga:

a) al Estado de origen;

b) al Estado de matrícula; y

c) al Estado del explotador.

4.2.2 Forma de presentación y contenido

La notificación debe hacerse en lenguaje claro y contener lainformación siguiente en la medida en que se tenga a mano, perosin demorarla por falta de datos completos:

a) la abreviatura de identificación DGACD;

b) la referencia a toda notificación enviada de conformidadcon lo previsto en el Anexo 13 (ACCID);

c) la fecha y hora (UTC) del accidente;

d) el nombre del explotador afectado;

e) el nombre del expedidor afectado;

f) la descripción de las mercancías peligrosas en cuestión;

g) una breve descripción del accidente;

h) el número de personas que hayan sufrido heridas graves omortales y la magnitud de los daños ocasionados a lapropiedad;

i) la información relativa a todo peligro aún presente quepudiera constituir un riesgo para la seguridad, la salud o elmedio ambiente, como consecuencia del accidente;

j) una indicación del alcance que tendrá la investigación quellevará a cabo o proponga delegar el Estado en que hayaocurrido el accidente; y

k) la denominación de la dependencia oficial encargada de lainvestigación.

El Estado en que haya ocurrido el accidente debe enviar, lo antesposible, los detalles omitidos en la notificación y toda informaciónadicional pertinente de que disponga.

4.2.3 Información

Al recibir la notificación, el Estado de origen enviará lo antesposible, al Estado en que haya ocurrido el accidente, toda infor-mación pertinente que posea, relativa a las mercancías peligrosas deque se trate. El Estado de origen también informará al Estado enque haya ocurrido el accidente si tiene previsto enviar algúnrepresentante a la investigación que se haga. En caso afirmativo,debería indicar la fecha probable de llegada de su representanteacreditado.

4.3 INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

4.3.1 Responsabilidad del Estado en que ocurraun accidente relacionado con mercancías peligrosas

El Estado en que ocurra un accidente relacionado con eltransporte de mercancías peligrosas con origen o destino en otroEstado, investigará las circunstancias en que se produjo dichoaccidente. Ese mismo Estado tendrá a su cargo la investigación,aunque, previo acuerdo, puede delegar total o parcialmente larealización al Estado de matrícula, al Estado del explotador o alEstado de origen. Aún cuando el accidente relacionado conmercancías peligrosas no corresponda a lo descrito, el Estado en elque ocurra investigará las circunstancias en que se produjo.

4.3.2 Relación con las investigacionesde accidentes de aviación

Cuando exista certeza o sospecha de que un accidente deaviación, tal como se define en el Anexo 13 al Convenio deChicago, es imputable al transporte de mercancías peligrosas, lainvestigación relativa a las mercancías peligrosas constituirá partede la investigación del accidente de aviación, bajo la coordinacióndel investigador encargado.

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S-7-4-2 Parte S-7

EDICIÓN DE 2005-2006

4.3.3 Participación de otros Estadosen la investigación de accidentes

relacionados con mercancías peligrosas

a) El Estado de matrícula, el Estado del explotador y elEstado de origen pueden designar sendos representantesacreditados para que participen en la investigación de acci-dentes relacionados con mercancías peligrosas.

b) El Estado de matrícula, el Estado del explotador y elEstado de origen enviarán sendos representantes acredi-tados cuando el Estado en que haya ocurrido el accidentesolicite expresamente su participación.

4.4 INFORMES DE ACCIDENTES

4.4.1 Preparación del informe

El Estado que tenga a cargo la investigación de algún accidenteimputable al transporte de mercancías peligrosas debería presentarel informe de notificación de accidentes/incidentes imputables altransporte de mercancías peligrosas del modo que juzgue másconveniente. El informe debería contener datos suficientes paraevaluar la causa del accidente y precisar todo aspecto de especialinterés para los demás Estados.

4.4.2 Distribución del formulariode notificación de accidentes

El Estado que lleve a cabo la investigación debería enviar elformulario de notificación de accidentes/incidentes relacionados conel transporte de mercancías peligrosas, lo antes posible:

a) al Estado en que ocurrió el accidente;

b) al Estado de origen;

c) al Estado de matrícula;

d) al Estado del explotador;

e) a todo otro Estado que haya facilitado información per-tinente; y

f) a la OACI.

4.5 INCIDENTES RELACIONADOSCON MERCANCÍAS PELIGROSAS

4.5.1 El Estado en que ocurra un incidente relacionado conel transporte de mercancías peligrosas con origen o destino en otroEstado, deberá investigar las circunstancias del incidente en lamedida que corresponda, según su gravedad. Deberá remitirse a laOACI y a los demás Estados interesados una notificación delincidente. Los incidentes relacionados con mercancías peligrosaspodrán notificarse en un formulario colectivo, que debería contenerlos datos suficientes para evaluar los motivos del o los incidentesy precisar todo aspecto que asuma interés especial para los demásEstados.

4.5.2 El Estado en que ocurra un incidente relacionado conmercancías peligrosas en circunstancias distintas de las prece-dentes, debería instituir una investigación de las circunstancias delincidente. Debería notificarse a la OACI de los resultados de lainvestigación, incluyéndolos en el formulario colectivo autorizadoen 4.5.1.

4.6 VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO

La autoridad competente debería verificar el cumplimiento de lasInstrucciones Técnicas. La forma de cumplir con esta responsa-bilidad incluye el establecimiento y ejecución de un programa decontrol del diseño, fabricación, ensayos, inspección y man-tenimiento de los embalajes, la clasificación de las mercancíaspeligrosas y la preparación, documentación, manipulación y estibade los bultos por los remitentes y transportistas, para disponer asíde pruebas de que se cumplen en la práctica las disposiciones de lasInstrucciones Técnicas.

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S-7-5-1

EDICIÓN DE 2005-2006

+ Capítulo 5INSPECCIONES

5.1 ORIENTACIÓN A LOS ESTADOS SOBRELAS INSPECCIONES RELATIVAS

A MERCANCÍAS PELIGROSAS

5.1.1 En el Anexo 18 al Convenio de Chicago, Transporte sinriesgos de mercancías peligrosas por vía aérea se exige, entre otrascosas, que los Estados instituyan procedimientos para la inspección,a fin de lograr que se cumplan sus disposiciones aplicables altransporte de mercancías peligrosas por vía aérea. La siguienteorientación se ofrece principalmente para ayudar en la inspecciónde los explotadores y de los agentes de servicios de escala, aunquese reconoce que, en algunos Estados, puede ser posible realizarinspecciones de los agentes y expedidores de carga aérea. Para losfines de esta orientación, y con miras a que haya armonía con laterminología empleada en el Anexo 18, el término “inspección”debería considerarse como sinónimo de “auditoría”.

5.1.2 Existen diversos aspectos relacionados con el transportede mercancías peligrosas por vía aérea que pueden ser objeto deinspección.

5.2 ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS

5.2.1 El objetivo de la inspección es evaluar la idoneidad dela organización y procedimientos establecidos por el explotador yde las instalaciones y servicios proporcionados para la tramitaciónde mercancías peligrosas, teniendo en cuenta el carácter y lamagnitud de la operación. Si el explotador utiliza un agente deservicios de escala, debe verificarse el enlace existente entre ellospara confirmar que cada uno sabe lo que el otro espera de él.

5.2.2 La inspección debe confirmar que el explotador cuentacon suficientes recursos para la operación prevista y que haidentificado a aquellas personas que tienen responsabilidadesespecíficas, haciendo que tomen conciencia de las mismas.Garantiza que los manuales de referencia estén actualizados y adisposición del personal que necesitará utilizarlos. Se verifica laforma en que se realiza la carga y la estiba en las aeronaves, paraasegurar que se haga conforme a los requisitos.

5.2.3 En el Adjunto I se reproduce un formulario adecuadopara este tipo de inspección.

5.3 INSPECCIÓN DE LOS ENVÍOS

5.3.1 El objetivo de verificar los envíos de mercancíaspeligrosas es el de determinar que, en la medida en que puedecomprobarse a partir de una verificación externa, los bultos y susdocumentos conexos cumplen con los requisitos; también tiene porobjeto determinar, en la medida de lo posible, que la documentaciónconexa (p. ej., carta de porte aéreo, documento de transporte de

mercancías peligrosas, lista de verificación para la aceptación demercancías, notificación por escrito al piloto al mando) cumple contodos los requisitos aplicables. Las inspecciones se realizan en loslocales del explotador o del agente de servicios de escala y despuésde que las mercancías peligrosas han sido aceptadas para eltransporte, o mientras siguen estando al cuidado del explotador odel agente de servicios de escala.

5.3.2 Tanto los envíos de exportación como los deimportación deben inspeccionarse pero insistiendo en los deexportación, ya que, si se determina que un envío no cumple conlos requisitos, pueden tomarse medidas para evitar que se cargue enuna aeronave y puede investigarse cómo fue entregado para eltransporte y aceptado en el Estado en el que se encontró. Tambiénhay que inspeccionar los envíos de importación, ya que, aunque sehayan transportado por vía aérea, si se encuentran pruebas deincumplimiento de los requisitos es necesario notificar al Estado enel que las mercancías fueron originalmente cargadas en la aeronave.

5.4 MANUAL DE OPERACIONESY OTRAS INSTRUCCIONES AL PERSONAL

5.4.1 Durante la inspección de la organización y proce-dimientos mencionada anteriormente, debería verificarse el Manualde operaciones y las demás instrucciones al personal. En lasInstrucciones Técnicas se exige que el Manual de operaciones uotros manuales contengan determinada información, cuando elexplotador se propone transportar mercancías peligrosas. Además deesta información, en el Manual de operaciones deben figurarsuficientes textos de orientación e instrucciones para que todos losinteresados (tanto el personal de tierra como la tripulación de vueloy de cabina) cumplan con sus responsabilidades. La verificación delManual de operaciones tiene por objeto confirmar que la infor-mación proporcionada es adecuada, completa y está actualizada; asícomo que el agente de servicios de escala tiene copias de las partespertinentes del Manual u otras instrucciones referentes a la políticay procedimientos de los explotadores.

5.4.2 Aun cuando el explotador no tenga la intención detransportar mercancías peligrosas, el Manual de operaciones debeverificarse para asegurarse de que contenga información acerca dela política del explotador en materia de mercancías peligrosas einstrucciones sobre el transporte de pasajeros con mercancíaspeligrosas.

5.5 INSTRUCCIÓN DEL PERSONAL

La inspección relativa a la instrucción tiene por objeto confirmarque todo el personal pertinente del explotador o del agente deservicios de escala ha recibido entrenamiento, que la instrucción hasido al nivel exigido y que se ha impartido dentro de los plazosrequeridos.

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S-7-5-2 Parte S-7

EDICIÓN DE 2005-2006

5.6 PROGRAMAS DE INSTRUCCIÓN

5.6.1 En las Instrucciones Técnicas se exige que todos losprogramas de instrucción del personal del explotador esténaprobados. La inspección tiene por objeto confirmar quela instrucción se ajusta a los requisitos de las InstruccionesTécnicas.

5.6.2 Dependiendo de la importancia del explotador y delas responsabilidades de su personal, podrá haber diversosprogramas de instrucción diferentes. Aun cuando el explotadorno transporte mercancías peligrosas, los programas de instrucciónsiguen siendo necesarios tanto para el personal de operacionescomo para el personal de tierra encargado del despacho de lospasajeros y su equipaje. La instrucción en mercancías peligrosasdestinada a dicho personal podrá estar incluida, por ejemplo, en lainstrucción en procedimientos de seguridad operacional y deemergencia.

5.7 AVISOS DE ADVERTENCIAA LOS PASAJEROS

En las Instrucciones Técnicas se exige colocar, de formaprominente y en número suficiente, avisos en los que se advierta alos pasajeros de las mercancías peligrosas que está prohibidotransportar en el equipaje, de modo que éstos los vean según vansiguiendo los trámites normales de salida. El método de inspecciónde los avisos consiste en verificar las zonas de las terminales en lasque el explotador (o el agente de servicios de escala) expide billetes,tiene los mostradores de presentación de los pasajeros y los

reúne para embarcar en una aeronave. En el Adjunto II de estecapítulo, se reproduce un formulario adecuado para este propósito.

5.8 RESULTADOS DE LAS INSPECCIONES

Los resultados de la inspección relativa a mercancías peligrosasse consignan de forma a preparar un registro de lo que se vio yobservó en aquel momento. El registro debería ser suficientementeexhaustivo para identificar cualesquiera fallas o deficiencias, ya queéstas deberán indicarse en la solicitud que se envíe al explotadorpara que tome medidas correctivas. En la solicitud al explotadordebería figurar un cronograma para la adopción de medidascorrectivas.

5.9 FRECUENCIA DE LAS INSPECCIONES

En las Instrucciones Técnicas no se especifica la frecuencia detales inspecciones. Con todo, en el Manual sobre procedimientospara la inspección, certificación y supervisión permanente de lasoperaciones (Doc 8335), producido por la OACI, se recomiendaque todos los aspectos significativos de los procedimientos ymétodos del explotador sean objeto de inspección por lo menos unavez al año. En consecuencia, los Estados deberían considerarla posibilidad de someter a inspección, como mínimo una vezal año, todos los aspectos relativos a mercancías peligrosas deun explotador que transporte mercancías peligrosas como carga.Los explotadores que opten por no transportar mercancíaspeligrosas como carga podrán ser objeto de inspección con menorfrecuencia.

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Capítulo 5 S-7-5-3

EDICIÓN DE 2005-2006

ADJUNTO I AL CAPÍTULO 5

FORMULARIO DE AUDITORÍA DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

Nombre del explotador:

Inspector:

Fecha(s) de inspección:

Lugar:

Principal personal afectadodel explotador/agentede servicios de escala:

El objetivo de la auditoría es demostrar que el explotador ha establecido procedimientos, por su cuenta o por intermedio de su agente o agentesde servicios de escala, para asegurar la tramitación y manipulación correctas de las mercancías peligrosas.

Si se identifican casos de incumplimiento durante la auditoría, éstos se consignarán frente al correspondiente requisito, en la sección de“Incumplimiento”. Cuando exista un caso de incumplimiento de un requisito que no figure, éste se añadirá en el espacio proporcionado a talefecto. Las observaciones que no constituyan incumplimiento de un requisito o procedimiento se consignarán en la sección “Observaciones”.

Al final de la auditoría se analizarán con el explotador los casos de incumplimiento y las observaciones, con objeto de asegurarse de que seentiendan bien y de que se comprenda la necesidad de tomar medidas dentro de los plazos aplicables. A continuación, el inspector y la personaresponsable del explotador deberían firmar el formulario en los espacios proporcionados a tal efecto. El original se dejará a la persona responsable,y el inspector conservará una copia.

Nivel 1: significa cualquier incumplimiento de las Instrucciones Técnicas que reduciría el nivel de seguridad y probablemente pondría en peligroa la aeronave o a su personal. Dependiendo de la gravedad del incumplimiento de Nivel 1, debería considerarse la posibilidad de prohibir queel explotador transporte las mercancías peligrosas hasta que se hayan tomado medidas correctivas.

Nivel 2: significa cualquier incumplimiento de las Instrucciones Técnicas que podría reducir el nivel de seguridad y poner en peligro a la aeronaveo a su personal. El plazo para la adopción de medidas correctivas concedido por la administración de aviación nacional debería ser adecuado ala índole del incumplimiento y, en cualquier caso, no debería exceder inicialmente de tres meses.

Nivel 3: significa cualquier observación destinada a que se proporcione información de antecedentes. El Nivel 3 no debe incluir información quesugiera el incumplimiento de los requisitos de las Instrucciones Técnicas. En el caso del Nivel 3, no es necesario tomar medida normativa alguna.

ReferenciaCAA Resumen del requisito

Referencia alas Instrucciones

Técnicas AuditadoIncum-

plimiento NivelDetalles del incumplimiento

(continúe más abajo, de ser necesario)

1 Permisos, aprobaciones o exenciones(disponibles y correctos) de mercancíaspeligrosas

N/A � � Verificar que la aprobación seaadecuada para el Estado

2 Suministro de información a losagentes de servicios de escala

7;4.2 � � Verificar que se proporcionanmanuales, instrucciones al personal,etc.

3 Información sobre mercancíaspeligrosas contenida en el Manual deoperaciones u otros manuales

7;4.2 � � Verificar que se cuenta con lainformación, y que ésta es correcta yestá actualizada

4 Suministro de los manuales einstrucciones pertinentes al personal decarga y operaciones

7;4.2 � � Verificar que se proporcionanmanuales, instrucciones al personal,etc.

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S-7-5-4 Parte S-7

ReferenciaCAA Resumen del requisito

Referencia alas Instrucciones

Técnicas AuditadoIncum-

plimiento NivelDetalles del incumplimiento

(continúe más abajo, de ser necesario)

EDICIÓN DE 2005-2006

5 Ejemplares actualizados de laspublicaciones de referencia demercancías peligrosas(p. ej., OACI/IATA)

1;1.2 � � Verificar el ejemplar disponible y suedición

6 Procedimientos para la carga y estibade equipo médico para un paciente, ysuministro de información a losagentes de servicios de escala

7;4.2 � � Verificar el procedimiento disponible

7 Cumplimiento de los requisitosaplicables a las aeronaves mixtas en lasque la bodega de la cubierta principalno es como mínimo de Clase B(exención, aprobación o prohibición) ysuministro de información a losagentes de servicios de escala

7;2.1 � � Verificar el cumplimiento, sicorresponde

8 Procedimientos de notificación delpiloto al mando a los servicios detránsito aéreo en caso de emergenciaen vuelo

7;4.3 � � Verificar la disponibilidad

9 Información de orientación sobrerespuesta de emergencia a bordo de laaeronave

7;4.8 � � Verificar la disponibilidad

10 Procedimientos para la notificación deaccidentes e incidentes relacionadoscon mercancías peligrosas y demercancías peligrosas no declaradas odeclaradas falsamente, y enlace entre elagente de servicios de escala/explotador

7;4.4 y 7;4.5 � � Verificar el arreglo concertado entre elexplotador y el agente de servicios deescala para asegurar la notificación alas autoridades que corresponda

11 Procedimientos para la notificacióninmediata a la autoridad quecorresponda de las mercancíaspeligrosas a bordo de una aeronave encaso de accidente o incidente deaviación

7;4.6 � � Verificar el arreglo concertado entre elexplotador y el agente de servicios deescala para asegurar la notificación alEstado en el que ocurrió el accidente

12 Idoneidad y nivel de la instrucciónimpartida a la tripulación de vuelo

1;4.1.2 � � Se verificarán

13 Idoneidad y nivel de la instrucciónimpartida a la tripulación de cabina(incluida la instrucción en respuesta deemergencia)

1;4.1.2 � � Se verificarán

14 Idoneidad y nivel de la instrucciónimpartida al personal de tierra(incluida la instrucción en respuesta deemergencia)

1;4.1.2 � � Se verificarán

15 Mantenimiento de registros deinstrucción en mercancías peligrosas

1;4.2.4 � � Se verificará

16 Actualización de la instrucciónimpartida al personal de tierra

1;4.2.2 � � Se verificará

Page 108: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 5 S-7-5-5

ReferenciaCAA Resumen del requisito

Referencia alas Instrucciones

Técnicas AuditadoIncum-

plimiento NivelDetalles del incumplimiento

(continúe más abajo, de ser necesario)

EDICIÓN DE 2005-2006

17 Actualización de la instrucciónimpartida a la tripulación devuelo/cabina

1;4.2.2 � � Se verificará

18 Instrucción del personal de seguridadempleado por el explotador (tanto parala carga como para los pasajeros)

1;4.1.1 g) � � Se verificará, si corresponde

19 Conocimiento por parte del personal demantenimiento de los requisitosrelativos a artículos de sustitución oinservibles

1;2.2.2 y 1.2.2.3

� � Se verificará

20 Suministro de información/instrucciones sobre mercancíaspeligrosas y pasajeros al personal derecepción de los pasajeros

7;4.2 y 7;6.1 � � Verificar los manuales, información,etc. pertinentes a disposición delpersonal de recepción de los pasajeros

21 Medidas para garantizar que seproporcione información sobremercancías peligrosas con los billetesexpedidos a los pasajeros

7;5.1.2 a) � � Confirmar que se proporcionainformación, por ejemplo, en el puntode venta de billetes del aeropuerto

22 Procedimientos para el tratamiento ynotificación de los pasajeros conmercancías peligrosas no permitidas(incluido el enlace con el personal deseguridad)

7;4.5 � � Verificar el arreglo concertado entre elexplotador y el agente de servicios deescala para garantizar la notificaciónal Estado en el que se hayandescubierto las mercancías peligrosas

23 Avisos sobre mercancías peligrosas enel punto de aceptación de la carga

7;4.7 � � Verificar la colocación del aviso oavisos

24 Avisos sobre mercancías peligrosas enlos mostradores de venta de billetes,mostradores de presentación y zonasde embarque (incluyendo medidas paragarantizar que los agentes de serviciosde escala los coloquen)

7;5.1.2 b) � � Verificar la colocación del aviso oavisos

25 Idoneidad y utilización de las listas deverificación para la aceptación demercancías

7;1.1 y 7;1.3 � � Verificar la utilización e idoneidad dela lista de verificación

26 Conservación de formularios deverificación para la aceptación demercancías, documentos de transportede mercancías peligrosas(declaraciones del expedidor) yNOTOC

7:4.10 � � Verificar que los documentos seconservan como mínimo tres meses

27 Manipulación de bultos de mercancíaspeligrosas (incluyendo lasDivisiones 4.1 y 5.2) en el almacén

7;2.3 y 7;2.13 � � Verificar que los bultos se manipulancorrectamente

28 Preparación y construcción de laspaletas y dispositivos de cargaunitarizada por lo que respecta a lasegregación y separación de lasmercancías peligrosas

7;2.2, 7;2.8,7;2.9 y7;2.11

� � Verificar que las mercancíaspeligrosas están segregadas deconformidad con las InstruccionesTécnicas

Page 109: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-7-5-6 Parte S-7

ReferenciaCAA Resumen del requisito

Referencia alas Instrucciones

Técnicas AuditadoIncum-

plimiento NivelDetalles del incumplimiento

(continúe más abajo, de ser necesario)

EDICIÓN DE 2005-2006

29 Marcas y etiquetas de los dispositivosde carga unitarizada

7;2.7 � � Verificar que las etiquetas de losdispositivos de carga unitarizada estánmarcadas correctamente (p. ej., conclase/división)

30 Inspecciones de averías y fugasinmediatamente antes de la carga einmediatamente después de la descarga

7;3.1 � � Verificar que se realizan lasinspecciones

31 Procedimientos para retirar de laaeronave los bultos que presentenaverías o fugas, y para la inspección delas aeronaves a fin de determinar elgrado de contaminación; yprocedimientos para ladescontaminación

7;3.1 y 7;3.2 � � Verificar que el personal conoce losprocedimientos aplicables

32 Procedimientos para la carga y estibade sillas de ruedas para los pasajeros(incluyendo la notificación al piloto almando)

8;1.1.2 j) � � Verificar el procedimiento (personalde recepción de los pasajeros)

33 Carga correcta de las mercancíaspeligrosas (incluida la segregación,sujeción y accesibilidad)

7;2 � � Verificar (mediante observación, deser posible) la carga correcta de lasmercancías peligrosas

34 Suministro de NOTOC y deinformación a la tripulación de vuelo(incluyendo firma del formulario)

7;4.1 � � Verificar que se han llenadocorrectamente (incluyendofirma/alguna otra indicación)

35 Accesibilidad de las NOTOC (o de lainformación que figura en las mismas)en tierra en los puntos de salida y dellegada prevista, durante toda laduración del vuelo

7;4.1.6 � � Verificar la accesibilidad

36 Accesibilidad del documento detransporte de mercancías peligrosas/declaraciones del expedidor durantetodo el viaje

7;1.1.2 � � Verificar la accesibilidad

Page 110: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 5 S-7-5-7

EDICIÓN DE 2005-2006

ReferenciaCAA

Detalles del incumplimiento(continuación de la tabla que antecede)

Observaciones adicionales

Descripción

1

2

3

4

5

Firma del inspector Fecha

Firma de la persona responsable* Fecha

* Firma de la persona responsable indica que los casos de incumplimiento se han explicado, no necesariamente que la persona responsableo el explotador interesado esté de acuerdo con dichos casos de incumplimiento.

Page 111: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-7-5-8 Parte S-7

ADJUNTO II AL CAPÍTULO 5

INFORME DE LA INSPECCIÓN RELATIVA A MERCANCÍAS PELIGROSAS —AVISOS EN LA TERMINAL DE PASAJEROS

AEROPUERTO: TERMINAL:

FECHA Y HORA DE LA INSPECCIÓN: INSPECTOR:

Núm. de losmostradores

(si corresponde)/Núms. de las

puertas(si corresponde)/

Mostrador deventa de billetes

Agente de serviciosde escala o

explotador (cuandosea independiente)

* Explotadores(únicamente cuando

se identifique porvuelo o comomostrador depresentación)

* Utilizadosen aquel

momento (� o X)

Notas/comentarios sobre prominenciay suficiencia

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

(* indicar el explotador sólo si se aplica “����” y el agente de servicios de escala está recibiendo pasajeros para eseexplotador; si no es así, dejar en blanco el espacio para el explotador)

Page 112: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 5 S-7-5-9

Núm. de losmostradores

(si corresponde)/Núms. de las

puertas(si corresponde)/

Mostrador deventa de billetes

Agente de serviciosde escala o

explotador (cuandosea independiente)

* Explotadores(únicamente cuando

se identifique porvuelo o comomostrador depresentación)

* Utilizadosen aquel

momento (� o X)

Notas/comentarios sobre prominenciay suficiencia

12

13

14

15

16

17

18

19

20

Todos los avisos son suficientes y prominentes, no es preciso tomar otras medidas.

Firmado: Fecha:

No todos los avisos son suficientes y prominentes, es preciso tomar otras medidas.

Firmado: Fecha:

(* indicar el explotador sólo si se aplica “����” y el agente de servicios de escala está recibiendo pasajeros para eseexplotador; si no es así, dejar en blanco el espacio para el explotador)

Page 113: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

EDICIÓN DE 2005-2006

Parte S-8CONCIENCIACIÓN DE LOS PASAJEROS

Page 114: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-1-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Capítulo 1

ORIENTACIÓN PARA LA PREPARACIÓNDE UN PROGRAMA DESTINADO A CREAR

CONCIENCIA EN LOS PASAJEROS

1.1 Los Estados deben asegurar que la información sepublique de tal manera que se advierta a los pasajeros sobre lostipos de mercancías peligrosas que está prohibido que transportena bordo de las aeronaves. Las organizaciones o empresas a las quese exige proporcionar información son las siguientes:

— explotadores y sus agentes de despacho; y

— agentes de viaje que participan en el transporte de pasajerospor vía aérea.

1.2 A fin de preparar texto adecuado para utilizarlo en losbilletes de los pasajeros y en avisos en los aeropuertos, en laTabla S-8-1 figuran los instrumentos propuestos para divulgar lainformación y se señala el emplazamiento correspondiente. Elasterisco en algunas de las entradas indica que se trata de losrequisitos mínimos de las Instrucciones Técnicas, Parte 5.

1.3 Además de la información obligatoria que deben divulgarlos explotadores, los Estados deberían alentar a todas las entidadesque participan en el transporte por vía aérea de pasajeros aaumentar la conciencia pública con respecto a los riesgos que

plantean las mercancías peligrosas en el transporte aéreo. Elsuministro de esta información al público que viaja puede efectuarsecon la ayuda de los agentes de viajes, organizadores de viajesturísticos, autoridades aeroportuarias y explotadores de serviciosaéreos, al igual que mediante su publicación en periódicos, revistas,publicaciones de carácter comercial, hojas informativas, sitios web,y exposiciones en eventos o conferencias comerciales.

1.4 Hay un conjunto de elementos que pueden utilizarse conel objeto de transmitir información fácil de entender con respectoa las restricciones o prohibiciones relativas al transporte de mer-cancías peligrosas en el equipaje de mano y el equipaje facturadode los pasajeros o sobre sí. Entre estos elementos se incluyencarteles, folletos, vitrinas, medios electrónicos, prospectos, sitiosweb y artículos o boletines informativos. A cada una de estasformas de establecer comunicación puede asignársele el instrumentode difusión de conciencia pública que resulte más adecuado. En laTabla S-8-1 se propone una guía para asignar los instrumentos deconcienciación a los medios más adecuados para transmitir lainformación; además, se sugieren lugares donde emplazar cartelesy vitrinas, y donde distribuir folletos, prospectos y otros elementosde información destinados a la creación de conciencia pública.

Page 115: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-1-2 Parte S-8

EDICIÓN DE 2005-2006

Tabla S-8-1. Orientación para crear conciencia en los pasajeros

Instrumentos para crear conciencia en los pasajeros Medios de comunicación Emplazamiento/Técnicas de distribución

Inserciones en los billetes Agentes de viajes Al emitir los billetes

Organizadores de viajes turísticos Al emitir los billetes

Explotadores de servicios aéreos* Al emitir los billetes

Carteles (véase el Apéndice 1) Aeropuertos Áreas de manipulación de equipajeÁreas de aceptación de pasajerosSalas de espera en áreas de embarqueÁreas de inspección de seguridadSalones para pasajeros frecuentes

Explotadores de servicios aéreos* Áreas de aceptación de pasajerosÁreas de presentación con estacionamientocon valet Salones para pasajeros frecuentesÁreas de inspección de seguridadSalas de espera en áreas de embarque

Zonas de presentación fuera del aeropuerto(estaciones de ferrocarriles, hoteles, etc.)*

Puntos de presentación de los pasajeros

Organizadores de viajes turísticos Oficinas

Agentes de viajes Oficinas

Eventos comerciales/conferencias Exposiciones

Folletos (véase el Apéndice 2) Agentes de viajes Al emitir los billetes

Organizadores de viajes turísticos Al emitir los billetes

Aeropuertos Presentación permanente

Explotadores de servicios aéreos Al emitir los billetes

Eventos comerciales/conferencias Exposiciones

Vitrinas (véase el Apéndice 3) Aeropuertos Áreas de inspección de seguridadÁreas de aceptación de pasajerosÁreas de manipulación de equipaje

Quioscos o puestos con personal Aeropuertos Áreas de aceptación de pasajerosÁreas de manipulación de equipaje

Prospectos (véase el Apéndice 4) Inspectores de mercancías peligrosas Durante las inspeccionesPresentación sobre la creación de concienciaen los pasajeros

Eventos comerciales/conferencias Exposiciones

Recomendaciones generales Explotadores Información en los horariosRevistas de a bordo

Aduanas e inmigración Folletos

Relaciones Exteriores Solicitudes de pasaporte

Información sobre seguridad de lospasajeros en relación con eltransporte de mercancías peligrosas(véase el Apéndice 5)

Sitio web Internet

Page 116: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Capítulo 1 S-8-1-3

Instrumentos para crear conciencia en los pasajeros Medios de comunicación Emplazamiento/Técnicas de distribución

EDICIÓN DE 2005-2006

Boletines informativos(véase el Apéndice 6)(En respuesta a: acontecimientosestacionales, asuntos relativos aseguridad, cambios dereglamentación)

Periódicos, revistas, publicaciones decarácter comercial, boletines

(Determinado por la publicación)

Medios electrónicos Entrevistas en radio y televisión

Anuncios comerciales (pagados ygratuitos)

Vídeos Aeropuertos Salas de espera en áreas de embarqueSalones para pasajeros frecuentes

Explotadores de servicios aéreos Salas de espera en áreas de embarqueSalones para pasajeros frecuentes

* Indica que se trata de un requisito mínimo de las Instrucciones Técnicas, Parte 7.

Page 117: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

EDICIÓN DE 2005-2006

Apéndices a la Parte S-8

CONCIENCIACIÓN DE LOS PASAJEROS

Las ilustraciones de los apéndices son sólo un ejemplo del material que puede utilizarse en unprograma de concienciación del público viajero.

Las ilustraciones de los apéndices pueden obtenerse dirigiéndose a la secretaria del Grupo deexpertos sobre mercancías peligrosas de la OACI, correo electrónico: [email protected], oescribiendo a:

Chief, Dangerous Goods StandardsTransport Canada Building4th Floor, Tower C, Place de Ville330 Sparks StreetOttawa, OntarioCanada K1A 0N8

Comunicándose con la secretaria del Grupo de expertos sobre mercancías peligrosas puedenobtenerse además las direcciones de los sitios web con información acerca de concienciación de lospasajeros. Se insta a los Estados a enviar muestras de las ilustraciones que forman parte de sumaterial didáctico de concienciación de los pasajeros cuya distribución a otros Estados, porintermedio de la OACI, están dispuestos a permitir.

Page 118: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-A1-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Ciertas cosasno están hechaspara volar

Some thingswere never

meant to fly!

Ask firstFor Safety’s sake

Por su seguridad,pregunte primero

Apéndice 1

CARTEL PARA CREAR CONCIENCIA EN LOS PASAJEROS

Nota.— Los carteles pueden imprimirse en formatos de distinto tamaño (p. ej. 20 cm × 31 cm, 43 cm × 60 cm, × 75 cm, etc.)

Page 119: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-A2-1

EDIC

IÓN

DE 2005-2006

Apéndice 2

FOL

LE

TO PA

RA

CR

EA

R C

ON

CIE

NC

IA E

N L

OS PA

SAJE

RO

S

— —

¿QUÉ SE ME PERMITE LLEVAR EN EL EQUIPAJE?

Sustancias tóxicas –herbicidas, insecticidas

Sustancias inflamables–gasolina, líquidospirofóricos, pintura,diluyentes, fósforos deencendido universal,encendedores

Gases – cilindros degas comprimido opara acampada,aerosol irritante (mace)o rociador de pimiento

Explosivos – artificiosde pirotecnia, bengalas

Sustancias corrosivas –acumuladores deelectrólitro líquido paravehículos, mercurio

Recuerde que ésta no es la listacompleta de mercancías peligrosas

Algunos artículos aparentemente inofensivos pueden resultarpeligrosos. Durante el vuelo, las variaciones de temperaturay presión de aire pueden provocar el derramamiento o laignición de algunos artículos. Por razones de seguridad, nodeben transportarse mercancías peligrosas en el equipajede los pasajeros.

JAMÁS LLEVE A BORDO:

vinos y licores en envases de menos de

5 litros. No más de 5 litros por persona.

Artículos médicos y de aseo personal

(comprendidos los aerosoles) – rociadores

capilares, desodorante, perfumes y lociones

para después de afeitarse, en envases de

hasta 500 g o 500 ml cada uno, hasta

un total de 2 kg o 2 litros

EN SU EQUIPAJE DE MANO O EQUIPAJE

FACTURADO PUEDE LLEVAR:

un termómetro que contenga mercurio,

dentro de su estuche protector

fósforos de seguridad o encendedores

sólamente cuando los lleva usted mismo (el

encendedor puede contener únicamente

líquido absorbido o gas licuado, pero tenga

en cuenta que las recargas están prohibidas)

sillas de rueda accionadas con acumuladores

como equipaje facturado únicamente, pero

diríjase anticipadamente a su línea aérea

para verificar si se aplican condiciones

especiales

TAMBIÉN PUEDE LLEVAR:

Ciertas cosasno están hechaspara volar

Some thingswere never

meant to fly!

Ask firstFor Safety’s sake

Por su seguridad,pregunte primero

Page 120: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-A3-1

EDICIÓN DE 2005-2005

INFORMACIÓN SOBRE SEGURIDADINFORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD

Apéndice 3VITRINA

Nota.— Los artículos siguientes pueden exhibirse en vitrinas

— Cocina de acampada— Cilindros de propano— Artificios de pirotecnia— Cartuchos

— Peróxido de hidrógeno— Fósforos y encendedores— Líquido para encendedores— Imanes

— Insecticidas, herbicidas— Pinturas— Disposiciones de la OACI para los

pasajeros— Etiquetas, carteles

Page 121: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-A4-1

EDICIÓN DE 2005-2006

a) Alfombrillas de ratón

EXPLOSIVOS

GASES

LÍQUIDOSINFLAMABLESSólido inflamable, sustancia

que presenta riesgo de com-

bustión espontánea, sustan-

cia que en contacto con el

agua emite gas inflamable

(sustancias que reaccionan

con el agua)SUSTANCIASCOMBURENTES YPERÓXIDOS ORGÁNICOS

SUSTANCIAS

TÓXICAS E

INFECCIOSAS

MATERIALES

RADIACTIVOS

CORROSIVOS

MERCANCÍAS

PELIGROSAS VARIAS

ETIQUETAS DE

MANIPULACIÓN

EXCLUSIVAMENTE

EN AERONAVES DE

CARGA

POSICIÓN

DEL BULTO

MATERIAL

MAGNETIZADO

b) Llaveros

Apéndice 4

ARTÍCULOS PARA CREAR CONCIENCIAEN LOS PASAJEROS

Page 122: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-A4-2 Apéndice 4

EDICIÓN DE 2005-2006

Clase 1 - Sustancias y objetos explosivos

Clase 7 - Material radiactivoTodo material cuya actividad específica es superior a 70 kBq/kg.

1.1 - Riesgo de explosión masiva.1.2 - Riesgo de proyección, pero sin riesgo de explosión masiva.1.3 - Riesgo de incendio con riesgo de que se produzcan pequeños

efectos de onda explosiva o de proyección, o ambos efectos,pero sin riesgo de explosión masiva.

1.4 - Pequeño riesgo, los efectos se limitan en su mayor parte al embalaje.1.5 - Riesgo de explosión masiva, pero son sustancias muy insensibles.1.6 - Objetos extremadamente insensibles que no presentan riesgo

de explosión masiva.

Clase 8 - Sustancias corrosivasSustancias que producen necrosis visible de la piel o que corroen elacero o el aluminio.

Clase 9 - Mercancías peligrosas variasObjetos y sustancias que al transportarlos por vía aérea encierranpeligros no previstos en las otras clases.

ETIQUETAS DE MANIPULACIÓN

EXCLUSIVAMENTE ENAERONAVES DE CARGA

POSICIÓNDEL BULTO

MATERIALMAGNETIZADO

Clase 2 - Gases2.1 - Gases inflamables.2.2 - Gases inflamables no tóxicos.2.3 - Gases tóxicos.

Clase 3 - Líquidos inflamablesLíquidos que despiden vapores inflamables a temperaturas que noexceden de 60,5C° en crisol cerrado.

Clase 4 - Sólidos inflamables, sustancias que presentan riesgo decombustión espontánea; sustancias que en contacto con el aguaemiten gases inflamables4.1 - Sólido inflamable.4.2 - Sustancia que presenta riesgo de combustión espontánea.4.3 - Sustancia que en contacto con el agua emite gas inflamable.

Clase 5 - Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos5.1 - Sustancias que, sin ser de por sí necesariamente combustibles

pueden generalmente, liberando oxígeno, causar o facilitar lacombustión de otras sustancias.

5.2 - Sustancias térmicamente inestables que pueden descomponerseautoacelerada y exotérmicamente. Pueden tener una o más de laspropiedades siguientes: descomponerse con explosión; quemarserápidamente; ser sensibles al impacto o al rozamiento; reaccionarpeligrosamente con otras sustancias; afectar a la vista.

Clase 6 - Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas6.1 - Sustancias que son tóxicas por inhalación, por contacto con la

epidermis o por ingestión.6.2 - Sustancias que contienen microorganismos viables que son

infecciosos o que se supone que son infecciosos para losseres humanos o para los animales.

MARCAS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍASPELIGROSAS POR VÍA AÉREA

PELIGRO

M A T E R I A LM A G N E T I Z A D O

MANTÉNGASE ALEJADO DEL DECTECTOR DE LA BRÚJULAPROHIBIDO EN AERONAVES DE PASAJEROS

RÓTULO

7 7

RADIACTIVOCONTENIDO.............................CONTENTSACTIVIDAD...............................ACTIVIDY

7

RADIACTIVOCONTENIDO.............................CONTENTSACTIVIDAD...............................ACTIVIDY

ÍNDICE DE TRANSPORTE INDEX

7

RADIACTIVOCONTENIDO.............................CONTENTSACTIVIDAD...............................ACTIVIDY

ÍNDICE DE TRANSPORTE INDEX

INFECCIOSA INFECTIOUSEn caso de averías o fugas,adviértase inmediatamente alas autoridades sanitariaso

CANUTEC613-996-6666

In case of damage or leakageimmediately notify localauthoritiesor

c) Tarjetas comerciales plegables

Page 123: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-A5-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Apéndice 5SITIO WEB SOBRE MERCANCÍAS PELIGROSAS

La información siguiente puede incorporarse en un sitio web:

— Información general sobre el programa de la aviación civil delEstado para el transporte de mercancías peligrosas

— Disposiciones relativas a las mercancías peligrosas transpor-tadas por los pasajeros

— Novedades e información

— Enmiendas de la reglamentación

— Problemas actuales

— Boletín sobre el transporte de mercancías peligrosas

— Acontecimientos en el transporte de mercancías peligrosaspor vía aérea

— Enlaces con otros sitios web relacionados con mercancíaspeligrosas (gobierno, asociaciones, industria), por ejemplo:

— sitio de la OACI— sitio de la IATA

— Preguntas más frecuentes y sus respuestas

— Lista de contactos en relación con mercancías peligrosas

— Material para crear conciencia en los pasajeros

— Contactos con el gobierno

— Manual elemental sobre mercancías peligrosas con losiguiente:

— Definiciones relativas a mercancías peligrosas

— Reglamento nacional para el transporte de mercancíaspeligrosas por vía aérea

— Capacitación

— Clasificación, denominaciones del artículo expedido ynúmeros ONU

— Limitaciones en cuanto a cantidad

— Normas relativas a embalaje

— Marcas y etiquetas

— Documentación

Page 124: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

S-8-A6-1

EDICIÓN DE 2005-2006

Apéndice 6BOLETINES INFORMATIVOS

AVISODespacho de pasajeros

El verano ya está a la vuelta de la esquina y muchas personas que gustan del camping viajarán por vía aérea para llegar a su destino. Lasdirectrices siguientes destinadas a los empleados de las agencias de viajes tienen por objeto ayudarlos a establecer procedimientos para aceptarel equipaje cuando se trata de equipo de acampada que puede transportarse en el equipaje facturado o de mano.

EQUIPO DE ACAMPADA TRANSPORTE PROHIBIDO O AUTORIZADO A BORDO

Cilindros de propano, butano Prohibido en el equipaje facturado o de mano.

Líquidos inflamables (queroseno, bencina blanca,naftaleno, gasóleo, etc.)

Prohibido en el equipaje facturado o de mano.

Gel de encendidoCombustible sólido

Prohibido en el equipaje facturado o de mano.

Equipo diseñado para contener líquido inflamable(cocinillas y bombonas)

Prohibido en el equipaje facturado o de mano si contiene mercancías peligrosas.

Los envases vacíos que previamente han contenido sustancias peligrosas debenmanipularse del modo que se manipula un envase lleno con esa sustancia,salvo cuando se han adoptado las medidas necesarias para anular el riesgo.

Si se ha eliminado el riesgo, el transporte del equipo en cuestión quedaautorizado.

Equipo que contiene líquido inflamable (motores decombustión interna)

Prohibido en el equipaje facturado o de mano.

Fósforos de seguridad o encendedor Se autoriza únicamente cuando los lleva la persona. Está prohibido el transportepor vía aérea de fósforos de encendido universal.

Baterías, pilas secas (alcalinas, de níquel-cadmio, delitio)

Autorizado.

Rociador de pimiento (aerosoles, oleorresina decapsicum)

Prohibido en el equipaje facturado o de mano.

Tenga en cuenta que la persona que no cumpla con las disposiciones del reglamento relativo al transporte de mercancías peligrosas esculpable de:

a) una infracción que castiga la ley y quedará sujeta, por condena sumaria, al pago de una multa que no exceda de $50 000 por laprimera infracción, y que no exceda de $100 000 por cada infracción subsiguiente; o

b) una infracción procesable y quedará sujeta a encarcelamiento por un plazo que no exceda de dos años.

Además, el explotador debe notificar todo caso en que se descubran en el equipaje de los pasajeros mercancías peligrosas no declaradaso declaradas erróneamente.

— FIN —

Page 125: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

PUBLICACIONES TÉCNICAS DE LA OACI

Este resumen explica el carácter, a la vez que describe,

en términos generales, el contenido de las distintas series

de publicaciones técnicas editadas por la Organización de

Aviación Civil Internacional. No incluye las publicaciones

especializadas que no encajan específicamente en una de

las series, como por ejemplo el Catálogo de cartas aero-

náuticas, o las Tablas meteorológicas para la navegación

aérea internacional.

Normas y métodos recomendados internacionales. El

Consejo los adopta de conformidad con los Artículos 54,

37 y 90 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional,

y por conveniencia se han designado como Anexos al

citado Convenio. Para conseguir la seguridad o regularidad

de la navegación aérea internacional, se considera que

los Estados contratantes deben aplicar uniformemente las

especificaciones de las normas internacionales. Para con-

seguir la seguridad, regularidad o eficiencia, también se

considera conveniente que los propios Estados se ajusten a

los métodos recomendados internacionales. Si se desea

lograr la seguridad y regularidad de la navegación aérea

internacional es esencial tener conocimiento de cualesquier

diferencias que puedan existir entre los reglamentos y

métodos nacionales de cada uno de los Estados y las

normas internacionales. Si, por algún motivo, un Estado no

puede ajustarse, en todo o en parte, a determinada norma

internacional, tiene de hecho la obligación, según el

Artículo 38 del Convenio, de notificar al Consejo toda

diferencia o discrepancia. Las diferencias que puedan

existir con un método recomendado internacional también

pueden ser significativas para la seguridad de la navegación

aérea, y si bien el Convenio no impone obligación alguna

al respecto, el Consejo ha invitado a los Estados contra-

tantes a que notifiquen toda diferencia además de aquéllas

que atañan directamente, como se deja apuntado, a las

normas internacionales.

Procedimientos para los servicios de navegaciónaérea (PANS). El Consejo los aprueba para su aplicación

mundial. Comprenden, en su mayor parte, procedimientos

de operación cuyo grado de desarrollo no se estima sufi-

ciente para su adopción como normas o métodos recomen-

dados internacionales, así como también materias de un

carácter más permanente que se consideran demasiado

detalladas para su inclusión en un Anexo, o que son

susceptibles de frecuentes enmiendas, por lo que los proce-

dimientos previstos en el Convenio resultarían demasiado

complejos.

Procedimientos suplementarios regionales (SUPPS).

Tienen carácter similar al de los procedimientos para los

servicios de navegación aérea ya que han de ser aprobados

por el Consejo, pero únicamente para su aplicación en las

respectivas regiones. Se publican englobados en un mismo

volumen, puesto que algunos de estos procedimientos

afectan a regiones con áreas comunes, o se siguen en dos

o más regiones.

Las publicaciones que se indican a continuación se

preparan bajo la responsabilidad del Secretario General,

de acuerdo con los principios y criterios previamente

aprobados por el Consejo.

Manuales técnicos. Proporcionan orientación e infor-

mación más detallada sobre las normas, métodos recomen-

dados y procedimientos internacionales para los servicios

de navegación aérea, para facilitar su aplicación.

Planes de navegación aérea. Detallan las instalaciones

y servicios que se requieren para los vuelos internacionales

en las distintas regiones de navegación aérea establecidas

por la OACI. Se preparan por decisión del Secretario

General, a base de las recomendaciones formuladas por las

conferencias regionales de navegación aérea y de las

decisiones tomadas por el Consejo acerca de dichas reco-

mendaciones. Los planes se enmiendan periódicamente

para que reflejen todo cambio en cuanto a los requisitos, así

como al estado de ejecución de las instalaciones y servicios

recomendados.

Circulares de la OACI. Facilitan información especia-

lizada de interés para los Estados contratantes. Comprenden

estudios de carácter técnico.

Page 126: 9284 Instrucciones Técnicas Mercancías Peligrosas por Vía Aérea

Organización de Aviación Civil Internacional

Aprobado y publicadopor decisión del Consejo de la OACI

Instrucciones Técnicas parael transporte sin riesgosde mercancías peligrosaspor vía aérea

Edición de 2005-2006

Doc 9284

AN/905

SUPLEMENTO

© OACI 2005ISSN 1727-0065

3/05, S/P1/180; 11/05, S/P2/75

Núm. de pedido 9284SUImpreso en la OACI

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