Acuerdo Final 24.08.2016 Página 171 de 297 6. Implementación, verificación y refrendación El Gobierno Nacional y las FARC-EP, adoptan el siguiente acuerdo de creación de la “Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR)”, dando cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo General de 26 de agosto de 2012. 6.1 Mecanismos de implementación y verificación a. Al día siguiente de la firma del Acuerdo Final se creará la “Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias”, integrada por tres representantes del Gobierno Nacional y tres representantes de las FARC EP o del partido político que surja de su tránsito a la vida legal. La duración de la Comisión podrá ser hasta de 10 años, acordándose un primer periodo de funcionamiento hasta enero de 2019, fecha a partir de la cual los integrantes de la Comisión decidirán sobre su prorroga. Estará integrada por representantes de alto nivel del Gobierno designados por el Presidente y por plenipotenciarios de las FARC-EP en la Mesa Conversaciones de La Habana. b. Objetivos de la Comisión. Resolución de diferencias; seguimiento a los componentes del Acuerdo y verificar su cumplimiento; impulso y seguimiento a la implementación legislativa de los acuerdos; informes de seguimiento a la implementación; recibir insumos de instancias encargadas de implementación. c. La implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de paz deberá efectuarse de buena fe, atendiendo a la reciprocidad en el cumplimiento de las obligaciones aceptadas por las partes, promoviendo la integración de las poblaciones, comunidades, territorios y regiones en el país, en particular de las más afectadas por el conflicto y las que han vivido en condiciones de pobreza y marginalidad. La implementación contemplará medidas y mecanismos que permitan que la participación ciudadana incida efectivamente en las decisiones de las autoridades públicas correspondientes y promuevan el diálogo entre los diferentes sectores de la sociedad, la construcción de confianza y la inclusión social. Contará con acompañamiento técnico, información y metodologías para asegurar la eficacia de la participación en la definición de prioridades y en la formulación de proyectos. Será el resultado de una labor que implica el concurso y compromiso de todos y todas: las distintas instituciones del Estado, las autoridades territoriales, los agentes, organizaciones y movimientos sociales, las comunidades, los partidos políticos incluyendo el movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, los excombatientes de las FARC-EP y los ciudadanos/as en general. No obstante lo anterior, el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones de Paz. 6.1.1 Plan Marco de Implementación de los Acuerdos Tras la firma del Acuerdo Final y con el fin de garantizar la implementación de todo lo acordado - políticas, normas, planes, programas- y facilitar su seguimiento y verificación, la Comisión de Implementación,
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6.Implementación,verificaciónyrefrendaciónEl Gobierno Nacional y las FARC-EP, adoptan el siguiente acuerdo de creación de la “Comisión deImplementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias(CSVR)”,dandocumplimientoaloestablecidoenelAcuerdoGeneralde26deagostode2012.6.1Mecanismosdeimplementaciónyverificación
a. Al día siguiente de la firma del Acuerdo Final se creará la “Comisión de Implementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias”, integradaportresrepresentantesdelGobiernoNacionalytresrepresentantesdelasFARCEPodelpartidopolíticoquesurjadesutránsitoalavidalegal.LaduracióndelaComisiónpodráserhastade10años,acordándoseunprimerperiododefuncionamientohastaenerode2019,fechaapartirdelacuallosintegrantesdelaComisióndecidiránsobresuprorroga.
b. ObjetivosdelaComisión.Resolucióndediferencias;seguimientoaloscomponentesdelAcuerdo
y verificar su cumplimiento; impulso y seguimiento a la implementación legislativa de losacuerdos;informesdeseguimientoalaimplementación;recibirinsumosdeinstanciasencargadasdeimplementación.
c. Laimplementacióndelosacuerdosalcanzadosenelprocesodepazdeberáefectuarsedebuena
La implementación contemplarámedidas ymecanismos que permitan que la participación ciudadanaincida efectivamente en las decisiones de las autoridades públicas correspondientes y promuevan eldiálogoentrelosdiferentessectoresdelasociedad,laconstruccióndeconfianzaylainclusiónsocial.
Contará con acompañamiento técnico, información y metodologías para asegurar la eficacia de laparticipaciónenladefinicióndeprioridadesyenlaformulacióndeproyectos.
Será el resultado de una labor que implica el concurso y compromiso de todos y todas: las distintasinstitucionesdelEstado,lasautoridadesterritoriales,losagentes,organizacionesymovimientossociales,las comunidades, lospartidospolíticos incluyendoelmovimientopolíticoquesurjadel tránsitode lasFARC-EPalaactividadpolíticalegal,losexcombatientesdelasFARC-EPylosciudadanos/asengeneral.Noobstanteloanterior,elGobiernoNacionalseráelresponsabledelacorrectaimplementacióndelosacuerdosalcanzadosenelprocesodeconversacionesdePaz.
6.1.1PlanMarcodeImplementacióndelosAcuerdosTraslafirmadelAcuerdoFinalyconelfindegarantizarlaimplementacióndetodoloacordado-políticas,normas, planes, programas- y facilitar su seguimiento y verificación, la Comisión de Implementación,
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SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePaz ydeResolucióndeDiferencias (CSVR)discutirá yaprobará, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su constitución, un Plan Marco para laImplementación de los Acuerdos sobre la base del borrador que será presentado por el GobiernoNacional.ElPlanMarcocontendráel conjuntodepropósitosyobjetivos,metasyprioridadese indicadores, lasrecomendacionesdepolítica ymedidasnecesariaspara la implementaciónde todos los acuerdos, asícomosupriorizaciónysecuencia-cronograma-einstitucionesresponsables.
ElPlanMarcocontemplarádemaneraprioritarialasnecesidadesprácticasyestratégicasdelasmujeres,identificandolasmúltiplesdiscriminacionesquedebenseratendidasparalaejecucióndelosacuerdos.Ademásrespectoalaimplementacióndelosacuerdos,impulsarápolíticaspúblicas,programasyreformasque tengan en cuenta las particularidades de las mujeres, incluyendo indicadores de impacto quepermitanidentificarelavancedelaimplementaciónconenfoquedegéneroyétnico.
ElPlanMarcotendráunavigenciadediez(10)añosyunaprimerafasedeimplementaciónprioritariaqueseextenderáhastael20demayode2019;serárevisadoanualmenteporlaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR)conelfindehacerlosajustesalosquehayalugar.Alamayorbrevedadyparapermitireliniciodelaimplementación,setramitaráyaprobaráenelConsejoNacionaldelaPolíticaEconómicaySocialunDocumentoCONPESsobreelPlanMarcodeImplementación,enlostérminosaprobadosporlaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinal de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR), el cual será contentivo además de los recursosindicativosnecesariosparasufinanciación,asícomodesusfuentes.ConbaseenloestablecidoenelPlanMarco,enadelanteyporlossiguientesdosperíodospresidencialestras laterminacióndelactual,comopartedelaelaboracióndelPlanNacionaldeDesarrollosedeberáincluiruncapítulocorrespondientealPlanCuatrienaldeImplementacióndelosAcuerdos.Paraelloatravésdelprocedimientolegislativoespecialparalapazprevistoenelactolegislativo01de2016 se tramitarán las reformas constitucionales o legales necesarias para que el Plan Plurianual deInversionesseaincorporadoalPlanNacionaldeDesarrollodelarespectivavigencia.EnelmismosentidoseharánlosajustesnecesariosalPlanNacionaldeDesarrolloVigente.ConelfindegarantizarlaimplementacióndelasprimerasmedidasapartirdelaentradaenvigordelAcuerdoFinal,elGobiernoNacionalelaboraráunlistadodemedidasdeimplementacióntemprana(D+1hastaD+180)quepresentaráalaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR),dentrodelos15díassiguientesalafirmadelAcuerdoFinal.6.1.2.MedidasparaincorporarlaimplementacióndelosacuerdosconrecursosterritorialesConelfindecontribuiragarantizarlaimplementacióndelosacuerdosyarticularlosesfuerzosentrelosdistintosnivelesdeGobierno:
• Se tramitarán las reformas normativas necesarias con el fin de que los planes de desarrollodepartamentales y municipales incorporen medidas para garantizar la implementación de los
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acuerdos, incluyendo en los territorios priorizados los planes de acción para la transformaciónregionaldelosPDET.
• SepromoveránmecanismosymedidasparaqueconrecursosdelSistemaGeneraldeParticipacionesy el Sistema General de Regalías se contribuya a financiar la implementación de los acuerdos,incluyendolosterritoriospriorizadoslosplanesdeacciónparalatransformaciónregionaldelosPDET.
• Losplanesdedesarrollodepartamentalesymunicipales serán insumospara la formulaciónde losplanescuatrienalesylosplanesplurianualesquehacenpartedelPlanMarcodeimplementación.Delamismamanera, se adoptaránmedidasparapromoverque losplanesdedesarrollo territorialesincorporenaquelloselementosqueasegurenlaconsistenciaconelPlanMarcodeImplementación.Enaquelloscasosenquelasestrategiasterritorialesinvolucrendosomásdepartamentos,comoeselcasodelPDET,sedeberánajustarlosplanesrespectivosparaasegurarlaconcurrenciadeesfuerzosyrecursosenlaszonaspriorizadas.
6.1.3.Otrasmedidasparacontribuiragarantizarlaimplementacióndelosacuerdos• Se promoverá la participación del sector empresarial en la implementación de los acuerdos para
• Los recursos económicos aportados por la cooperación internacional, organismos multilaterales,sectorprivadoparalaimplementaciónseagregaranalosfondosdispuestosporelgobiernoparaesosfines.
• En la implementaciónde todo loacordado segarantizaráel interés superiorde losniños,niñas yadolescentesasícomosusderechosysuprevalenciasobrelosderechosdelosdemás.
ReconociendolascapacidadesdiferenciadasdelasregionesyconelobjetodepromoverlaparticipacióndelascomunidadesenlaejecucióndeproyectosenelmarcodelaimplementacióndelosAcuerdos,elGobiernoNacionalpondráenmarchalasreformasnecesariasconelfindeposibilitarlacontrataciónconlasorganizacionessocialesycomunitarias,coneldebidoacompañamientotécnico,especialmenteenlaszonasquehansidoprioridadesparaponerenmarchalosPDET.6.1.5.SistemaIntegradodeInformaciónymedidasparalatransparenciaparalaImplementaciónConel findecontribuira la trasparencia, facilitarel seguimientoyverificacióndelPlanMarcopara laimplementaciónyde losrecursos invertidos,enparticularelseguimientoporpartede laComisióndeImplementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias
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(CSVR), así como hacer los ajustes correspondientes para el cumplimiento de las metas el GobiernoNacional se compromete a la creación de un Sistema Integrado de Información y a garantizar latransparencia en la implementación del Acuerdo Final, previniendo cualquier forma de corrupción ydandogarantíasalaciudadaníasobrelaejecucióndelosrecursos.
• Mapasinteractivosdeseguimiento:sehabilitaráunportalwebquecontengamapasdeseguimientocontodalainformaciónsobrelaimplementacióndelosproyectos:suscostos,suestadodeavance,su localización geográfica, entre otros, de manera que cualquier ciudadana o ciudadano puedaconstatareldestinode los recursosy retroalimentarelSistemaencasodeque la informaciónnocorrespondaalestadodeimplementacióndelosproyectos.
• Mecanismosderendiciónperiódicadecuentas:sepondránenmarchadiferentesmecanismosderendición de cuentas incluyendo audiencias públicas, en los diferentes niveles y por parte de lasentidadesdelnivelnacionalyterritorial.Enparticularsepromoveráladifusiónenformamasivadeinformaciónatravésde losmedios localesdecomunicación, incluyendoemisorascomunitarias, ladistribucióndeboletinesylaexposiciónderesultadosenlugarespúblicos.
• Veedurías ciudadanas y observatorios de transparencia: en concordancia con lo acordado en elpunto2.2.5seestableceráunplandeapoyoalacreaciónypromocióndeveeduríasyobservatoriosdetransparenciaenespecialenlaszonasdondeseimplementenlosPDET.
• Herramientas de las nuevas tecnologías de información: asociadas al Sistema Integrado deInformación,comoporejemploatravésdelatelefoníamóvil,paragarantizarquecualquierciudadanoo ciudadana pueda acceder a la información pública, y que permita y promuevamecanismos decolaboraciónydedenuncia.
• Fortalecimiento de los mecanismos de control interno: se brindará asistencia técnica a lasautoridadesterritorialesparaelfortalecimientodelosmecanismosdecontrolinternoparalosefectosdelaimplementacióndeloacordado.
• Acompañamientoespecialde losórganosde control: Se solicitaráun control y acompañamientoespecialdelosórganosdecontrolalaejecucióndelosrecursosparaimplementacióndelosplanesyproyectoscontempladosenlosacuerdosenlosterritorios.
• Hacer seguimiento a todos los componentes del Acuerdo Final y verificar su cumplimiento,respetando lo establecido respecto a acompañamiento internacional y sin perjuicio de lasfuncionesdelMM&V.Enparticular,laCSVRdeberá:
o HacerseguimientoyverificarelcumplimientodeloscompromisosestablecidosenlalíneadetiempodelAcuerdoFinal.
o Constatarqueelcontenidodetodoslosproyectosdedecreto,leyoactolegislativoqueseannecesariosparaimplementarelAcuerdoFinal,correspondaaloacordado,antesdequeseanexpedidosopresentados,segúnseaelcaso,porPresidentedelaRepública.Paraestos efectos se tendrá en cuenta el listado indicativo y no exhaustivo de proyectosincluidocomoanexodelpresenteacuerdo.
o Proponerborradoresdenormasquedebanseracordadaspara la implementacióndelAcuerdoFinal.
o Organizar un sistema de comisiones temáticas y territoriales para el ejercicio de susfunciones,quepermitalaparticiónciudadana.
o Producir informes periódicos que evidencien demanera diferencial los avances de laimplementación.Demaneraocasional,podrágenerarreportestemáticos,especializadosoterritorialesrelacionadosconloscomponentesdelosacuerdos.
• LaCSVRpodrárecibirinsumosdelasdistintasinstanciasencargadasdelaimplementacióndelosacuerdos así como de organizaciones, universidades, centros de investigación, observatoriostantonacionalescomoterritoriales.
laCSVRrealizarádemaneraperiódicasesionesampliadasalasquepodráinvitaralConsejoNacionalparalaReconciliaciónylaConvivenciayacualquierrepresentacióndelasociedadcivilqueseacuerde.LaCSVRpresentaráalConsejoyaotrosrepresentantesdelasociedadcivil losavancesenla implementaciónyrecibirátodalainformaciónquequieranaportarle.6.1.7.2.UbicaciónyTemporalidadLaCSVRpodrásesionarinicialmenteenLaHabana.SusedeseráBogotá.LaCSVRsesionarádeformaregularconelpresenteformatohastatantotermineelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(D+180).Despuésseguiráoperandoporelperiodoestablecidoenesteacuerdo.6.1.8.IniciodelaimplementacióndelAcuerdoFinalConformea loestablecidoenelAcuerdode11demayode2016,elAcuerdoFinalseráfirmadocomoAcuerdoEspecialdelartículo3comúndelasConvencionesdeGinebraydepositadotrassufirmaanteelConsejo Federal Suizo en Berna. A continuación, por el Presidente de la República se efectuará unadeclaraciónunilateraldelEstadoantelasNacionesUnidascomunicandodichoAcuerdoFinalysolicitandola incorporacióndelmismoa undocumentodel Consejo de Seguridadde lasNacionesUnidas en lostérminosestablecidosenelAcuerdodefecha11demayode2016.6.1.9.PrioridadesparalaimplementaciónnormativaConformealosacuerdosalcanzadoshastalafechaenlaMesadeConversaciones,yenespeciallosdelosdías 11 mayo y 19 de agosto de 2016, el Gobierno Nacional garantizará el siguiente calendario deimplementaciónlegislativa:De forma prioritaria y urgente se tramitarán los siguientes proyectos normativos conforme alprocedimientoestablecidoenelActolegislativo1de2016:
a. Ley de amnistía y Acto legislativo de incorporación de la Jurisdicción Especial para la PAZ, laConstituciónPolítica,segúnacuerdosde11demayoy19deagostode2016.
b. LeydeaprobacióndelAcuerdoFinal,segúnacuerdode11demayode2016.
c. Lastresnormasanterioressetramitaránsimultáneamente.
d. ActolegislativodeincorporacióndelAcuerdoFinalalaConstituciónPolítica,segúnacuerdode11
demayode2016.
e. Acto legislativoynormasdeorganizaciónsobre laUnidaddeBúsquedadePersonasdadopordesaparecidasenelcontextoyenrazóndelconflictoarmado.
f. Leysobre laUnidadpara la investigaciónydesmantelamientode lasorganizacionescriminales
g. Leydetratamientopenaldiferenciadoparadelitosrelacionadosconloscultivosdeusosilícito,cuando los condenados o procesados sean campesinos no pertenecientes a organizacionescriminales,leyenlaqueseincluirátratamientopenaldiferenciadoparamujeresensituacióndepobreza,concargasfamiliares,condenadascondelitosrelacionadoscondrogasnoconexoscondelitosviolentosyquenoformenpartedeestructurasdirectivasdeorganizacionescriminales,conformealasrecomendacionesefectuadasporlaOrganizacióndeEstadosAmericanos.
h. SuspensióndeórdenesdecapturadeintegrantesdelasFARC-EPopersonasacusadasdeserloo
decolaborarcondichaorganizacióny suspensiónde losprocedimientosdeextradiciónde losanteriores hasta entrada en vigencia de la ley de amnistía y de la norma constitucional deprohibicióndelaextradiciónestablecidaenelnumeral72delaJurisdicciónEspecialparalaPaz.AdopcióndemedidassobreelestatutojurídicocivildetodoslosintegrantesdelasFARCEPquepermitanlaaplicaciónestrictadeloestablecidoenelnumeral72delaJurisdicciónEspecialparalaPaz.
i. Reformaconstitucionalylegalsobregarantíasyparticipaciónparaelnuevopartidoomovimiento
políticoquesurjadeltránsitodelaFARC-EPalavidapolíticalegal,incluyendolamodificacióndela segunda frase del articulo 67 transitorio de la Constitución Política para garantizar laparticipaciónpolítica.
j. Normasymedidasnecesariasparalaimplementaciónyverificacióndelosacuerdos,incluyendo
lorelativoanormasdefinanciación.
k. Normas o reformas constitucionales o legales necesarias para que el Plan Cuatrienal deImplementación,consucorrespondientePlanPlurianualdeInversionesseaincorporadosalPanNacionaldeDesarrollodelarespectivavigencia.
6.1.10. Calendario de implementación normativa durante los primeros 12 meses tras la firma delacuerdofinal,conformealoestablecidoenelactolegislativo1de2016
a. Leyesy/onormasparalaimplementacióndeloacordadoenelmarcodelaReformaRuralIntegralylasustitucióndeloscultivosdeusoilícito.
b. Ley y/o normas de desarrollo sobre participación política: creación de circunscripciones
d. Leyy/onormasdedesarrolloparareformadelaextinciónjudicialdedominio.
e. ReformadelSistemadealertastempranas.
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f. Leyy/onormasdedesarrolloparalareformadelSistemadealertastempranas.
g. Ley y/o normas de desarrollo sobre Sistema Integral de Garantías de seguridad para laorganizaciónpolíticaquesurjadelosacuerdosdepaz.
h. Modificaciones de la Ley 1448 de 2011, de Víctimas y Restitución de Tierras, con base en lo
acordado en el punto 5.1.3.7 del acuerdo de “Víctimas”, teniendo en cuenta el principio deuniversalidad y conformea los estándares internacionales, para ampliar el reconocimientodetodaslaspersonasvíctimasdeinfraccionesalDerechoInternacionalHumanitarioodeviolacionesgravesymanifiestasalasnormasinternacionalesdederechoshumano,ocurridasconocasióndelconflictoarmadointerno.
i. Leyesy/onormasdedesarrollosobreReincorporacióneconómicaysocial.
j. Leyesy/onormasdedesarrollosobregarantíasypromocióndelaparticipacióndelaciudadanía
k. Leyy/onormasparalaadopcióndemedidasparacombatirlacorrupción.
l. Organización de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la noRepetición.
m. Normasparalacreación,promociónyfortalecimientodelosmecanismosdeControlyveeduríaciudadanasydeobservatoriosdetransparencia.
n. Reformasconstitucionalesy legalesrelativasa laorganizaciónyrégimenelectoralconespecialatenciónsobrelabasedelasrecomendacionesqueformulelaMisiónElectoral.
a. RespectoalaszonaspriorizadasparalosPDETyplanesdeaccióninmediata:
Definir de acuerdo con los criterios establecidos las zonas en las cuales se implementaráninicialmentelos16ProgramasdeDesarrolloconEnfoqueTerritorial.En la medida en que se avance en la implementación de los PDET en las zonas priorizadas elGobierno,sujetoaladisponibilidadderecursos,podráponerenmarchaotrosPDETenzonasquecumplanloscriteriosestablecidosenelacuerdo.Todoloanteriorsinperjuiciodelcompromisodeimplementarlosplanesnacionalesentodoelterritorionacional.En aquellosmunicipios nopriorizadospor ahorapara la implementaciónde los PDETdonde seestablezcan Zonas Veredales Transitorias para la Normalización y Puntos Transitorios para laNormalización se implementaráunplandeacción inmediataque coordineyejecuteacciones y
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proyectosparareactivarsocialyeconómicamenteesosterritorios.Demaneracoordinadaconlasautoridadeslocales,sepondránenmarchadiferentesmedidasqueincluyenaccioneshumanitariasylaidentificaciónyejecucióndeproyectosquemejorenlascondicionesdevidadelaspoblacionesruralesquehabitanesosmunicipiosyqueseencuentranencondicionesdealtavulnerabilidad.Excepcionalmente, y sujeto a la disponibilidad de recursos, en el marco de la Comisión deSeguimientosepodránproponerotrosmunicipiosocomunidadesconpoblaciónvulnerablequecumplanloscriteriosdelacuerdoparalaimplementacióndeestosplanesdeaccióninmediata.
b. DefinicióndelaInstitucionalidaddelaszonasnopriorizadasc. Delimitacióndelascircunscripcionesespecialesdepazycriteriosparalaadopcióndelasreglas
i. Elaboración del Protocolo de Seguridad para la Implementación del Esfuerzo Conjunto deSustituciónVoluntariadeCultivosdeUsoIlícitos.
j. ZonaspriorizadasparalosPDETyplanesdeaccióninmediata:
Definir de acuerdo con los criterios establecidos las zonas en las cuales se implementaráninicialmentelos16ProgramasdeDesarrolloconEnfoqueTerritorial.En lamedida enque se avance en la implementaciónde los PDET en las zonas priorizadas elGobierno,sujetoaladisponibilidadderecursos,podráponerenmarchaotrosPDETenzonasquecumplanloscriteriosestablecidosenelacuerdo.Todoloanteriorsinperjuiciodelcompromisodeimplementarlosplanesnacionalesentodoelterritorionacional.
EnaquellosmunicipiosnopriorizadosporahoraparalaimplementacióndelosPDETdondeseestablezcanZonas Veredales Transitorias para la Normalización y Puntos Transitorios para la Normalización seimplementaráunplandeaccióninmediataquecoordineyejecuteaccionesyproyectosparareactivarsocialyeconómicamenteesosterritorios.Demaneracoordinadaconlasautoridadeslocales,sepondránenmarcha diferentesmedidas que incluyen acciones humanitarias y la identificación y ejecución deproyectosquemejorenlascondicionesdevidadelaspoblacionesruralesquehabitanesosmunicipiosyqueseencuentranencondicionesdealtavulnerabilidad.Excepcionalmente,ysujetoaladisponibilidadde recursos, en el marco de la Comisión de Seguimiento se podrán proponer otros municipios ocomunidadesconpoblaciónvulnerablequecumplanloscriteriosdelacuerdoparalaimplementacióndeestosplanesdeaccióninmediata.
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6.1.12.CapítuloÉtnico6.1.12.1.ConsideracionesQue el Gobierno Nacional y las FARC-EP reconocen que los pueblos étnicos han contribuido a laconstruccióndeunapazsostenibleyduradera,alprogreso,aldesarrolloeconómicoysocialdelpaís,yque han sufrido condiciones históricas de injusticia, producto del colonialismo, la esclavización, laexclusiónyelhabersidodesposeídosdesustierras,territoriosyrecursos;queademáshansidoafectadosgravementeporelconflictoarmadointernoysedebenpropiciarlasmáximasgarantíasparaelejerciciopleno de sus derechos humanos y colectivos en el marco de sus propias aspiraciones, intereses ycosmovisiones.Considerandoquelospueblosétnicosdebentenercontroldelosacontecimientosquelesafectanaellosyasustierras,territoriosyrecursosmanteniendosusinstituciones,culturasytradiciones,esfundamentalincorporarlaperspectivaétnicaycultural,paralainterpretacióneimplementacióndelAcuerdoFinalparalaTerminacióndelConflictoylaConstruccióndeunaPazEstableyDuraderaenColombia.6.1.12.2.PrincipiosEnlainterpretacióneimplementacióndetodosloscomponentesdelAcuerdoFinalparalaTerminacióndelConflictoylaConstruccióndeunaPazEstableyDuraderaenColombiaconunenfoqueétnico,incluyenloscontempladosenelordenamientojurídicodelmarcointernacional,constitucional,jurisprudencialylegal,especialmenteelprincipiodenoregresividad,reconocidoenelPactoInternacionaldelosDerechosEconómicos,SocialesyCulturales,asícomolosprincipiosyderechosreconocidosenlaConvenciónsobrelaEliminacióndeTodaslasFormasdeDiscriminacióncontralaMujer-CEDAW,ConvenciónInternacionalsobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial -CERD, Declaración de Acción deDurban,laDeclaracióndelasNacionesUnidassobreDerechosdelosPueblosIndígenas,elConvenio169delaOITsobreDerechosdelosPueblosIndígenasyTribales.En la interpretación e implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y laConstruccióndeunaPazEstableyDuraderaenColombia,conenfoqueétnicosetendráencuentaentreotros los siguientes principios a la libre determinación, la autonomía y el gobierno propio, a laparticipación,laconsultayelconsentimientopreviolibreeinformado;alaidentidadeintegridadsocial,económica y cultural, a los derechos sobre sus tierras, territorios y recursos, que implican elreconocimientodesusprácticasterritorialesancestrales,elderechoalarestituciónyfortalecimientodesu territorialidad, los mecanismos vigentes para la protección y seguridad jurídica de las tierras yterritoriosocupadosoposeídosancestralmentey/otradicionalmente.6.1.12.3.Salvaguardasygarantías SalvaguardassubstancialesparalainterpretacióneimplementacióndelAcuerdoFinaldelConflictodeunaPazEstableyDuraderaenColombia.Serespetaráelcarácterprincipalynosubsidiariodelaconsultaprevialibreeinformadayelderechoalaobjeción cultural comogarantíadeno repetición, siemprequeprocedan.En consecuencia, la fasedeimplementación de los acuerdos, en lo que concierne a los pueblos étnicos, se deberá cumplir
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garantizandoelderechoalaconsultaprevialibreeinformadarespetandolosestándaresconstitucionaleseinternacionales.Seincorporaráunenfoquetrasversalétnico,degénero,mujer,familiaygeneración.Enningúncaso la implementaciónde losacuerdos iráendetrimentode losderechos de lospueblosétnicos.
a. EnmateriadeReformaRuralIntegral
En la implementacióndel puntoRRI se garantizarán la perspectiva étnica y cultural, las condicionesjurídicasvigentesdelapropiedadcolectiva,losmecanismosparalaprotecciónyseguridadjurídicadelastierrasyterritoriosocupadosoposeídosancestralmentey/otradicionalmente.Seobservarántambiénlaintegralidaddelaterritorialidadysusdimensionesculturalesyespirituales,laprotecciónreforzadaalospueblosenriesgodeextinciónysusplanesdesalvaguardas.AccesoatierrasincluyendoelFondodeTierras.Seincluiránalospueblosétnicoscomobeneficiariosde lasdiferentesmedidasacordadasdeaccesoatierrassindetrimentode losderechosadquiridos.Laadjudicacióndeprediosyprocedimientosdeformalizaciónseharácondestinoalaconstitución,creación,saneamiento,ampliación,titulación,demarcación,restituciónyresolucióndeconflictosdeusoytenenciadelastierras.Seentenderáparaelcasodelospueblosétnicosquelafunciónecológicadelapropiedadylas formas propias y ancestrales de relacionamiento con el territorio se anteponen a la noción deinexplotación. En la creación de mecanismos de resolución de conflictos de tenencia y uso y defortalecimiento de la producción alimentaria participarán los pueblos y comunidades étnicas con susorganizacionesrepresentativascuandosetratedeconflictosquecomprometansusderechos.
• LosProgramasdeDesarrolloconEnfoqueTerritorial(PDET),cuyarealizaciónestéproyectadohacerse en territorios de comunidades indígenas y afrocolombianas, deberán contemplar unmecanismoespecialdeconsultaparasuimplementación,conelfindeincorporarlaperspectivaétnicayculturalenelenfoqueterritorial,orientadosalaimplementacióndelosplanesdevida,etnodesarrollo,planesdemanejoambientalyordenamientoterritorialosusequivalentesdelospueblosétnicos.
c. EnmateriadeGarantíasdeSeguridaddelpunto3.4Para el diseño e implementación del Programa de Seguridad y Protección para las comunidades yorganizaciones en los territorios se incorporará perspectiva étnica y cultural. Se garantizará elfortalecimientodelossistemasdeseguridadpropiosdelospueblosétnicos,reconocidosanivelnacionaleinternacionalcomolaGuardiaindígenaylaGuardiacimarrona.
d. Enmateriadesolucióndelproblemadedrogasilícitas.• Se garantizará la participación efectiva y consulta de las comunidades y organizaciones
representativasdelospueblosétnicoseneldiseñoyejecucióndelPNIS,incluyendolosplanesdeatención inmediata respectode los Territorios de los pueblos étnicos. En cualquier caso, el PNISrespetaráyprotegerálosusosyconsumosculturalesdeplantastradicionalescatalogadascomodeuso ilícito. En ningún caso se impondrán unilateralmente políticas de uso sobre el territorio y losrecursosnaturalespresentesenello.
• Enlapriorizacióndelosterritoriosseatenderáalasrealidadesdelosterritoriosdepueblosétnicos,se tendránencuenta los territoriosafectadosporcultivosdeuso ilícitode lospueblosétnicosenriesgodeexterminiofísicoyculturaloenriesgodeextinción,asícomolosterritoriosdelospueblosétnicosensituacióndeconfinamientoodesplazamiento.
• El Programa de Desminado y Limpieza de las áreas del territorio nacional se desarrollará enconcertaciónconlospueblosétnicosysusorganizacionesrepresentativas.SeatenderádemaneraprioritarialoscasosdelpuebloEMBERAubicadoenelmunicipiodePuertoLibertadorenCórdobaeItuango en Antioquia, los del Pueblo JIW ubicado en el municipio de San José del Guaviare enGuaviare, el pueblo Nukak departamento del Guaviare, en losmunicipios deMapiripán y PuertoConcordia enelMeta, así comoenelmunicipiode Tumaco ríoChagüí y el del PuebloAwáeneldepartamentodeNariño.TambiénloscasosdelosConsejosComunitariosAltoMirayFronterayríoChagüíyelmunicipiodeBuenosAires,veredaLaAlsaciaeneldepartamentodelCauca.
• Comoungestodevoluntaddepaz,reparaciónyhumanidad,elGobiernoNacional,lasFARC-EPylasorganizacionesrepresentativasdelospueblosétnicossecomprometenadesarrollarunprogramadeasentamiento, retorno, devolución y restitución de los territorios del pueblo indígena Nukak, elpuebloEmberaKatíodelAlto San Jorge resguardoCañaveral, así comodel territoriodelConsejoComunitarioAltoMirayfronterayCurvaradóyJiguamiandó.
e. Enmateriade víctimasdel conflicto: “Sistema Integral deVerdad, Justicia,ReparaciónyNo
el ejercicio de las funciones jurisdiccionales de las autoridades tradicionales dentro de su ámbitoterritorialdeconformidadconlosestándaresnacionaleseinternacionalesvigentes.
• En el diseño de los diferentes mecanismos judiciales y extrajudiciales acordados respecto a lospueblosétnicosseincorporarálaperspectivaétnicaycultural.Serespetaráygarantizaráelderechoalaparticipaciónyconsultaenladefinicióndeestosmecanismos,cuandocorresponda.
• SeconcertaráconlasorganizacionesrepresentativasdelospueblosétnicosunprogramaespecialdearmonizaciónparalareincorporacióndelosdesvinculadospertenecientesadichosPueblos,queoptenpor regresar a sus comunidades,paragarantizarel restablecimientode la armoníaterritorial.Seconcertaráunaestrategiapedagógicaycomunicativadedifusióndelosprincipiosdenodiscriminaciónracialyétnicadelasmujeres,jóvenesyniñasdesvinculadasdelconflicto.
f. EnmateriadeImplementaciónyVerificación
• Se crearáuna Instancia Especial deAltonivel conPueblosÉtnicosparael seguimiento de la
implementacióndelosacuerdos,queseacordaráentreelGobiernoNacional,lasFARC-EPylasorganizacionesrepresentativasdelosPueblosÉtnicos.Lainstanciatendrálasfuncionesdeactuarcomo consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión deImplementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución deDiferencias (CSVR). Lo anterior sin detrimento de las funciones y atribuciones que tenganinstanciasdegobiernopropioydeparticipaciónqueyaexisten.
• Las fuentes de financiación para la implementación de los acuerdos no involucrarán aquellosacuerdosenmateriapresupuestalqueya sehayan realizadoentreelGobiernoNacional y losPueblos Indígenasyafrocolombianos, consignadosenelPlanNacionaldeDesarrollovigenteydemáspolíticasconsultadasyconcertadas.
Elpunto6delAcuerdoGeneralparaelfindelconflicto,quetratasobrelaimplementación,verificaciónyrefrendación,señalaquealafirmadelacuerdofinal,sedainicioalaimplementacióndetodoslospuntosacordados.Sobreestabase,elGobiernoylasFARC-EP,acuerdanlacreacióndeunmecanismodeverificacióndelosacuerdos que tendrá un componente internacional, que a su vez, es parte del mecanismo deimplementación de los acuerdos y tendrá como propósito comprobar el estado y avances de laimplementación de los mismos, identificar retrasos o deficiencias, brindar oportunidades demejoramientocontinuo,asícomocontribuirafortalecersuimplementación.Enestemecanismolaverificaciónconsistiráenelanálisisdelainformaciónrecolectadaduranteelprocesodemonitoreo,conelfindeconstatarelcumplimientoonodelosacuerdos.Establecerácuálessonlosavancesenlaimplementación,cuálessonlostemasendesarrolloycuálessonlospuntosdediscusiónycontroversia, para que producto de esa caracterización y elementos de juicio, soportada en laconstatacióndedatosyhechos,seevalúeelcumplimientodeloacordadoylasmedidasdesoluciónquetengancomofinúltimo,sudebidaimplementación.
• Enfoque intersectorial e integral: el proceso de verificación se apoyará en la informaciónsuministradaporelcomponenteinternacionaldeacompañamiento,elcomponentetécnicoylaque suministren los representantes delGobiernoNacional y las FARC-EP, y los voceros de lasorganizacionessociales.
acceso a la información requerida en materia de implementación de los acuerdos, que seencuentre en las agencias, entidades del estado y mecanismos técnicos de recolección de
• Transparencia:elcomponenteinternacionalsolicitaráalGobiernoNacionalyalasagenciasquerealizan el acompañamiento internacional, para efectos del proceso de verificación, informessobrelosavancesdelaimplementacióndelosacuerdos,enloquecorrespondealadestinacióneinversióndelosrecursospúblicosparalaimplementacióndelosmismos.Asímismoyaefectosde cumplir con sus tareas de verificación, el componente internacional podrá igualmentecoordinarconlosórganosdecontroldelEstado.
• Territorialidad: los mecanismos de verificación y monitoreo tendrán especial énfasis en la
a. Realizarán los pronunciamientos públicos, en relación con los avances que se registren en laimplementacióndelosacuerdosypuntosdediscusiónycontroversia,todoelloencoordinacióncon laComisiónde Implementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias,enadelantelaCSVR.
b. En relación con los puntos de discusión y controversia que adviertan dificultad en laimplementación de los acuerdos, los notables, en coordinación con los representantes de lospaíses que hacen parte del componente internacional de verificación, presentaránrecomendacionesdesolución.
• Componenteinternacionaldeverificación:elcomponenteinternacionaldeverificaciónquehacepartedelaCSVR,estaráintegradoporunrepresentantedecadaunodelospaíses:Cuba,Noruega,Venezuela y Chile, que como garantes y acompañantes han estado presentes a lo largo delprocesodediálogoparaponerfinalconflicto.Suparticipaciónsedesarrollarásinperjuiciodelastareasdeacompañamientoquecumplanparalaimplementacióndelosacuerdos.
Elcomponentefuncionaráconlossiguientescriterios:
a. SeajustaráalosprotocolosestablecidosporlaCSVRparalaverificacióndelaimplementaciónde
c. Comprobaráelcumplimientodelosprotocolosdeimplementaciónyverificación.
d. Podráconsultarainstitutosconcapacidadenelterrenouotrasinstitucionesyorganizacionesdelasociedadcivilquepuedanaportaralaverificacióndelaimplementacióndelosacuerdos.
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e. Coordinará sus actividades con los criterios de funcionamiento y alcance que la CSVR le haya
f. RendirásusobservacionesdecumplimientoalaCSVRdurantelosprimeros18mesesyposteriora ello, se realizarán semestralmente, basándose en los informes del Instituto Kroc. LasobservacionesdecumplimientoserántransmitidasalaCSVRyalosnotables.• Componente técnico:El Instituto Kroc, con sujeción a los criterios y líneas de acción que
a. Diseñarálametodologíaparaidentificarlosavancesdelosacuerdos.
b. Aportarálasbuenasprácticasyexperienciasparaunseguimientoefectivoalaimplementacióndelosacuerdos.
c. Brindaráelsoportetécnicodeseguimiento,verificaciónyacompañamientoalaimplementacióndelosacuerdos.
d. Construiráconrigormetodológicounmodelodeevaluaciónyseguimientoquepermitamedirelcumplimientodelosacuerdos,losuficientementeprecisoyquepermitaentiemporeal,latomadedecisionesylosajustes,todoelloenelmarcodeunalógicademejoramientocontinuodelascapacidadesdeejecuciónenlaconstruccióndelapaz.
e. Suesfuerzodetrabajotécnicopodrásercomplementadoconlasbuenasprácticasyexperienciasde otras instituciones e institutos que sean convenidos por el componente internacional deverificaciónyaprobadosporlaCSVR.
f. Losinformes,matricesyproductosgeneradosporelInstitutoKroc,tendráncomodestinatarioelComponente Internacional de Verificación y la CSVR, de conformidad con los criterios deconfidencialidadqueallíseestablezcan.
g. Lasactividadesdeacompañamientointernacionalylosinformesdeloscomponentestemáticos,serántenidosencuentacomouninsumoparaasegurarelseguimientoobjetivoalcumplimientodelaimplementacióndelosacuerdos.
6.2.3.MisiónpolíticadeverificacióndelasNacionesUnidasElGobiernoNacionalylasFARC-EPsolicitaránalasNacionesUnidasatravésdelaAsambleaGeneral,unaMisiónPolítica conelmandatodeverificar la reincorporaciónde las FARC-EPy la implementacióndemedidasdeprotección y seguridadpersonal y colectiva.Dichamisión iniciará sus actividadesuna vezconcluyaelmandatodelamisióndeverificacióndecesealfuegoydehostilidadesbilateralydefinitivo.Reconociendolaimportanciadecontarconunmecanismointernacionaldeverificaciónqueasegurelaimplementación de lo pactado en materia de reincorporación y garantías de seguridad, el GobiernoNacionalylasFARC-EPconsideranqueelsistemadeverificaciónquesepongaenmarchadebeasegurarsufuncionamientoporunperíododetres(3)años,renovablessifueranecesario.
a. Reincorporaciónpolíticab. GarantíasparaelnuevopartidoomovimientopolíticoquesurjadeltránsitodelasFARC-EPala
vidapolítica.c. Reincorporacióneconómicaysocial
Acuerdo 3.4. Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables dehomicidiosymasacresoqueatentancontradefensores/asdederechoshumanos,movimientossocialesomovimientospolíticos, incluyendo las organizaciones criminales quehayan sidodenominadas comosucesorasdelparamilitarismoy sus redesdeapoyo, y lapersecuciónde las conductas criminalesqueamenacenlaimplementacióndelosacuerdosylaconstruccióndelapaz.LoscontenidosdelAcuerdoquedeberánserverificadosespecialmenteson:
a. Medidasdeprotección,seguridadpersonalycolectivab. SistemaIntegraldeSeguridadparaelEjerciciodelaPolítica,enespecialparalosintegrantesde
territorios.d. La Misión deberá ser de carácter político y estar compuesta por personal desarmado y con
experienciasenDerechosHumanos.
6.2.4.CalidadesdelverificadorElverificador,entendidoparaefectosdeesteacuerdo,comotodoparticipantequeintegreelmecanismo,deberácomprometerseconlaconfidencialidaddetodoelprocesodelaimplementacióndelosacuerdos,estará fuera de la controversia y opinión pública respetando los criterios y orientaciones que para elprocesodecomunicacióndetermineelmecanismo,yentodocaso,propenderáporencontrarsolucionesque puedan contribuir al mejoramiento continuo en la implementación de los acuerdos para laconstruccióndelapaz.
ElGobiernodelaRepúblicadeColombiarenovaráelactualmandatodelAltoComisionadodelasNacionesUnidasparalosDerechosHumanos(ONUderechoshumanos)porunperiodode3añosquepodráserrenovable. Así mismo, solicitará que dentro del informe que anualmente presenta su oficina sobreColombia,incluyauncapítuloespecialenrelaciónconlaimplementacióndelosacuerdosenmateriadederechoshumanos.
La CSVR previa evaluación de la conveniencia y necesidades de verificación, recomendará al señorPresidentedelaRepúblicalafinalizacióndesufuncionamiento.
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6.3.Componentedeacompañamientointernacional
Elacompañamientointernacionalincluidoenelpunto6delAcuerdoGeneralparaelFindelConflicto,quetratasobrelaimplementación,verificaciónyrefrendación,seentiendecomoelapoyoenexperiencias,recursos, monitoreo y buenas prácticas, para contribuir a la implementación de los acuerdos y laconstruccióndelapaz.El acompañamiento internacional es un esfuerzode contribuciónpara fortalecer las garantías para elcumplimientodelosacuerdos.DeberárespetarelordenconstitucionalylegaldeColombia,elrespetoporlasoberaníainterna,yeldeberdegarantizarlosderechoshumanosdelosciudadanos.Setratadeapoyaryrespaldarlosesfuerzosconjuntosparalograrconéxitolaimplementacióndelosacuerdos.Elacompañamientointernacionalenlostérminoscomosedefineenesteacuerdo,tendráconexiónconlaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR),enadelantelaCSVR.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPacuerdanlossiguientescriteriosparaconcretarelacompañamientointernacional:6.3.1.CriteriosgeneralesSobrelabasedelosprincipiosinternacionalesdeigualdadsoberana,arreglodecontroversiaspormediospacíficos, mantenimiento de la paz, respeto a la jurisdicción interna de los Estados y respeto por elDerechoInternacionaldelosDerechosHumanos,elacompañamientointernacionalseenmarcaráenlossiguientescriteriosgenerales:• Soberanía:elacompañamientointernacionaldeberácomprendersecomoelapoyoalosesfuerzosde
Colombiaparalograrconcabaléxito,laimplementacióndelosacuerdosylaconstruccióndelapaz,respetando y acogiendo en todo caso, el principio de soberanía frente a sus decisiones en laimplementacióndelosacuerdos.ElacompañamientointernacionaligualmentecontribuiráaquelosdeberesyresponsabilidadesdelEstadodefinidosenelacuerdofinalgaranticenlosderechosdelosciudadanos.
• Imparcialidad: se fundaráenel respetoy laconfianzapor la institucionalidad,elcontenidode losacuerdos, y los valores democráticos, como garantía para que la implementación de losmismos,contribuyaalaconstruccióndelapaz.
• Ofertadeexperiencia,capacidadtécnicayrecursos:elapoyodelacompañamiento internacional,radica en la disposición de compartir buenas prácticas, transferir conocimiento, experiencias yrecursos,paraasegurareléxitodelaimplementacióndelosacuerdosylaconstruccióndelapaz.
3.3 El Gobierno Nacional coordinará la revisión de lasituación de las personas privadas de la libertad,procesadas o condenadas, por pertenecer o colaborarconlasFARC-EP.
A efectos de garantizar la mayor eficacia del componente de acompañamiento internacional a laimplementacióndelosacuerdos,sedeterminanlassiguienteslíneasdeacción:
Los informesproducidospor los componentes temáticosdeacompañamientoalimentarándemanerasistemáticaalInstitutoKrocdeEstudiosInternacionalesdePazdelaUniversidaddeNotreDame,EE.UU.,queelGobiernoNacionalylasFARC-EPhanacordadocomounodeloscomponentesdeapoyotécnicoparadesarrollarelmodelodeevaluaciónyseguimientodelaCSVR.Elpresenteacuerdoinvitaalospaíses,institucionesyorganizacionesquehacenpartedelcomponenteinternacionaldeacompañamientoa contribuir con la financiaciónde losaspectos relacionadoscon laimplementacióndelosacuerdos.EneltemadeReincorporación,sesolicitaalaOrganizacióndeEstadosIberoamericanosparalaEducación,laCienciaylaCultura(OEI)apoyarelprocesodereincorporaciónalavidacivil.IgualmentesesolicitaráalGobiernodeAlemaniaqueformepartedelospaísesacompañantesqueapoyaránlostemasreferidosapunto5,enlorelacionadoconlostemasdeVíctimasyJurisdicciónEspecialparalaPaz(JEP).
• Campañapedagógica,incluyepiezaspedagógicasparacomunicarloscontenidosdelAcuerdoFinalpor 6meses,a travésde losmedios institucionales (radioy televisión)yunañoadicionalparadifusión y pedagogía del inicio de la implementación del Acuerdo Final. La Comisión deSeguimiento,VerificaciónyResolucióndeDiferencias -CSVR-coordinarádemaneraexpedita, laactivaciónde31emisorasenFMparaque funcionenbajo lamodalidadde interéspúblicoparaapoyarlapedagogíadelosacuerdos.UnavezfinaliceelprocesodedejacióndearmasyentreenfuncionamientoECOMÚN,las31emisorasseránadministradasporéstacooperativa.
• Herramientas de comunicación: A partir de la experiencia de la página de la Mesa deConversaciones,sediseñaráconjuntamenteunaestrategiadedifusiónconnuevasherramientasatravésdelasredessocialesparamantenerinformadosalasaudienciassobrelapedagogíadelosacuerdosylafasedeimplementación.
ElGobiernoNacionalylasFARC-EP,designaránaunapersonaparaquehagaparteestesistema.Todoloanterior, sin perjuicio de otras actividades que con ese propósito realicen cada uno por separado. ElfinanciamientodelSistemaseráasumidoporGobiernoNacionalyentraráen funcionamientounavezhayainiciadolaCSVR.
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6.6Acuerdosobre“Refrendación”
ElGobiernodeColombiaylasFARC-EP,parazanjarlasdiferenciassurgidashastalafechasobreeltemaaludido, en desarrollo de la Agenda del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto, hemosconvenidoacogercomofórmuladeconvergencialadecisiónqueprofieralaCorteConstitucionalsobrelosalcancesdelProyectodeLeyEstatutariaNo.156Cámarade2015,94de2015Senado,enelespírituhastaahoraanunciadoyenesamedidaaceptamoselmecanismodeparticipaciónpopularquelaCorteindiqueyenlostérminosqueestealtotribunalseñale.
ElpresenteProtocolodelCapítulodeIntroduccióndelAcuerdodeCesealFuegodeHostilidadesBilateralyDefinitivo (CFHBD)ydeDejaciónde lasArmas (DA),está integradopor las fasesdeplaneamientoyejecución, que permite: el despliegue del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V) a nivelnacional,regionalylocalparaquepuedarealizarsulabor;laadaptacióndelosdispositivosenelterreno;elfuncionamientodelas23ZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)y8PuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)quesehandefinidodecomúnacuerdo;yelprocedimientotécnicodedejacióndelasarmas;conformealAcuerdodeCFHBDyDA.
DuranteestafasesedebecapacitarycertificaralosintegrantesqueelGobiernoNacionalylasFARC-EPdesignenparaconformarelMM&V,loscualesdebencontarconuntiempoparaacoplarseprevioasu despliegue. Con este propósito, el GobiernoNacional y las FARC-EP entregarán al ComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V)elnombredesusintegrantesacapacitareldíaD-35.
LainformaciónnecesariaparagarantizareldesplazamientoylaparticipacióndelosintegrantesdelasFARC-EP en la capacitación, acople y posterior despliegue delMM&V será entregada al CI-MM&VquienrealizarálascoordinacionesqueserequieranconelGobiernoNacional.
a. Terminardemaneradefinitiva lasaccionesofensivasentre la FuerzaPúblicay lasFARC-EP, lashostilidadesycualquierconductaquenodebaserejecutadadeacuerdoconelanexodelasReglasqueRigenelCFHBDyDAenelpresenteAcuerdo.
b. QueentranenvigencialasReglasqueRigenelCFHBDyDA.
c. QuelafasedepreparaciónhaculminadoysedainicioalfuncionamientodelMecanismoTripartitodeMonitoreoyVerificación(MM&V)queestáintegradoporelGobiernoNacional,lasFARC-EPyun Componente Internacional conformado por unamisión política no armada de lasNacionesUnidas.
d. Queinicialarestriccióndelosvuelosmilitaresa5.000piesdevuelosobrelasZVTN,losPTNylasZonasdeSeguridad(ZS).
e. QuetantolaFuerzaPúblicacomolasFARC-EPadecuarántransitoriamentesusdispositivosenelterrenoparaviabilizarlapuestaenmarchade23ZVTNy8PTN,ylaverificacióndelAcuerdodeCFHBDyDA.
f. Quese iniciaelprocesodedejaciónde lasarmas, talcomoestáestablecido enelAcuerdodeCFHBDyDA,medianteelcuallaOrganizacióndeNacionesUnidas(ONU)recibirálatotalidaddelarmamentodelasFARC-EPparadestinarloalaconstruccióndemonumentos.
a. Undelegado(a)delGobiernoNacionalyuno(a)delasFARC-EPentregaránlascoordenadasdelaubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueseadopten
b. La FuerzaPública reorganizael dispositivode las tropaspara facilitar el desplazamientode lasestructurasde lasFARC-EPadichasZonasyPuntosparaelcumplimientodelAcuerdosobreelCFHBDyDA.
EldíaD+5:
a. ElGobiernoNacionalylasFARC-EPsuministraránlainformaciónqueelCI-MM&Vrequieraparagarantizarelmonitoreoyverificacióndelprocesodedesplazamientodelasdistintasmisiones,comisionesyUnidadesTácticasdeCombate(UTC),incluidaslasmiliciasdelosfrentesdelasFARC-EP hacia las ZVTN y PTN previamente acordadas, siguiendo las rutas de desplazamientoestablecidasdecomúnacuerdoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.
b. SeiniciaeldesplazamientoalasZVTNyPTNdelasunidadesdelasFARC-EPyeltransportedelarmamento individual.Esteprocedimiento finaliza,amás tardareldíaD+30 y contaráconelmonitoreoyverificacióndelMM&V.
c. LasFARC-EPsuministraráalCI-MM&VlainformaciónqueelCI-MM&Vconsideranecesaria,para
el transporte, registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección,almacenamiento,extracciónydisposiciónfinaldelasarmas.
d. LasFARC-EPentregarán,alainstancialocaldelMM&Vellistadoconlascantidadesynecesidadesespecíficas requeridas para la logística de cada ZVTN y PTN, con el fin que adelante losprocedimientosdeadquisiciónyabastecimientodemaneraoportuna.
e. UnavezubicadaslasFARC-EPenlasZVTNylosPTN,elCI-MM&Vconcretaráellugardeinstalacióndeloscontenedoresparalaseguridaddelarmamento.
El día D+7 se inicia, con monitoreo y verificación del MM&V el transporte de las armas deacompañamiento, del armamento de las milicias, las granadas y municiones, por parte de losintegrantesdelasFARC-EPhacialasZVTNyPTN,bajolaobservanciadelprotocolodeseguridadparaeltransportedelarmamento.EsteprocedimientofinalizaeldíaD+30.
El armamento de acompañamiento, granadas y municiones, que ingresa a los campamentos,incluyendolasarmasdelasmilicias,permaneceenarmerillostemporalesbajolaresponsabilidaddelasFARC-EPhastaeldíaD+60cuandoseránalmacenadosenloscontenedoresdispuestosparaestefin.
El día D+10 las FARC-EP entregará al CI-MM&V las coordenadas de los depósitos (caletas) delarmamento inestable entendido como todo aquel cuyo exterior este deteriorado: con rajaduras,abolladuras,hundimientosyoxidación,asícomoelqueposeamaterialexplosivoexudadoycualquierotrosignoquepermitadeterminarquesutransportepuedaresultarpeligroso,tambiénlasarmasyexplosivos de fabricación artesanal e insumos para su fabricación, para iniciar su proceso de
Larecolecciónyalmacenamientoencontenedoresdelarmamentoindividualquepermaneceenpoderde los (as) integrantesde las FARC-EPdentrode los campamentos en las ZVTNy PTN, sehacedemanerasecuencialyentresfasesasí:1Fase:D+90,el30%;2Fase:D+120,el30%;y3Fase:D+150,40%restante,segúnlahojaderuta(cronogramadeeventos)acordadaporelGobiernoNacionalylasFARC-EPqueguíaelprocesodelFindelConflictoluegodelafirmadelAcuerdoFinal.
RecibidoelarmamentoeldíaD+150,amástardareldíaD+180finalizaelprocesodeextraccióndelasarmasporpartedeNacionesUnidas,conformealosprocedimientosacordadosparaestamateriaycertifica el cumplimiento de este proceso procediendo a comunicarlo al Gobierno Nacional y a laopiniónpública.
AlcanzadoelAcuerdoFinal,elGobiernoNacional y lasFARC-EP respectivamente,garantizaránquetodaslasunidadesdelaFuerzaPúblicacomprometidasenelCFHBDyDAasícomolasestructurasdelasFARC-EPseaninformadasdelinicioydesarrollodeesteproceso.Paraestefin,seemplearántodoslosmediosnecesariosparahacerefectivaestacomunicación.ElMM&Vverificarálaejecucióndeesteprocedimiento.
REGLAS QUE RIGEN EL CESE AL FUEGO Y DE HOSTILIDADES BILATERAL Y DEFINITIVO (CFHBD) YDEJACIÓNDELASARMAS(DA).• Lasconductasquesedescribenaquísonelnúcleoprincipaldelaactividadquetendráelmecanismo
12. TransgredirlosacuerdosyprotocolosrelacionadosconelingresoysalidadelasZVTNylosPTN.13. Hacer presencia temporal ó permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de
El Gobierno Nacional se compromete a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientesacciones:1. Tenertratodiscriminatorioconelpersonalobjetodeesteacuerdo.2. Diseñar,planearyejecutarvuelosmilitares,pordebajode5.000piesdelosnivelesdevuelo.3. Diseñar,planear yejecutaroperacionesdeacciónofensiva contra los integrantesde las FARC-EP
4. Interferirenelnormaldesarrollodelasfuncionesdelasautoridadesciviles,militaresydepolicía.5. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura,
10. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armascorrespondientealosylasintegrantesdelasFARC-EPquesalenalcumplimientodelastareasdelprocesodepazydelosylasintegrantesdeestaorganizaciónasignadosalMM&V.
ALISTAMIENTO Y DESPLIEGUE DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN (MM&V), DELACUERDODELCFHBDYDA.ElGobiernoNacionaly lasFARC-EP,hanacordadoesteprotocoloqueconsignaelcronogramaparaelalistamientoyeldesplieguedelMM&VdelCFHBDylaDA.Contemplalaadecuacióndelasinstalaciones,lacapacitacióndelpersonal,elacoplamientode losequiposen las tres instancias yeldesplieguedelMM&V.ElsiguientecronogramaidentificalasprincipalesactividadesquesedebenllevaracaboconelobjetivodedesplegarelMM&Venlasáreasysedescorrespondientes,afindequecumplanconlasfuncionesestablecidasenelmandato.
• Cronograma
Día Secuenciadeactividades
D-56 Definicióndelassedesregionalynacional.
D-35 Suministro del listado del personal del Gobierno Nacional y FARC-EP acapacitar.
D-15 Suministrodeinformación-coordenadasdelasZVTNypuntos(campamentos)al MM&V verificadas durante las visitas y entregadas por la Mesa deConversaciones.
• La instancia local está compuesta por 35 personas, de las cuales 15 son del componenteinternacional,10sonintegrantesdelGobiernoNacionaly10delasFARC-EP.Estosgruposestánubicados en cada una de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y PuntosTransitoriosdeNormalización(PTN).
• Las23ZVTNylos8PTNestánubicadosen30municipiosy15departamentoscomosigue:Fonseca(Guajira), La Paz (Cesar), Tibú (Norte Santander), Remedios (Antioquia), Ituango (Antioquia),Dabeiba (Antioquia), Vigía del Fuerte (Antioquia), Rio Sucio (Chocó), Tierra Alta (Córdoba),Planadas (Tolima),VillaRica (Tolima),BuenosAires (Cauca),Caldono (Cauca),Corinto (Cauca),Policarpa(Nariño),Tumaco(Nariño),PuertoAsís(Putumayo),CartagenadelChairá(Caquetá),LaMontañita (Caquetá), San Vicente del Caguán (Caqueta), Arauquita (Arauca), Tame (Arauca),Mesetas (Meta), Vista Hermosa (Meta), La Macarena (Meta), Mapiripán (Meta), Cumaribo(Vichada), San José del Guaviare 1 (Guaviare), San José del Guaviare 2, Calamar y El Retorno(Guaviare).
• En el nivel regional se tienen 2 equipos de verificación en cada una de las siguientes sedes:Valledupar, Bucaramanga, Medellín, Quibdó, Popayán, Florencia, Villavicencio y San José delGuaviare.
• EnelnivelnacionalfuncionaunsoloequipoquetienesusedeubicadaenBogotá.Las fechas, tiempos y cantidadde equipos y personas incluidas en este protocolo tienen fines deplaneaciónypueden sufrir cambiosde comúnacuerdoentreelGobiernoNacional, las FARC-EPyNacionesUnidas.
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Protocolo del capítulo Monitoreo y Verificación: FLUJO DE LA INFORMACIÓN DEL MM&V delAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).FLUJODELAINFORMACIÓNDELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN-MM&V.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPhanacordadolosprocedimientosdecómofluyelainformaciónalinteriordelmecanismo,cómosegeneranydifundenlosreportesylosinformespúblicos.ReportesSe entiende por reporte el documento de carácter interno, construido por las personas de lasinstanciaslocal,regionalonacionalypresentadoporelComponenteInternacionalquienlideraenlasrespectivasinstancias;enelreporteseconsignanloshechosquesepresentenenterrenoyqueseande manejo del MM&V. Se incluye el hecho, la información recolectada al respecto, el análisis,informacióndesagregadapordiversidaddegéneroylarecomendacióndemanejofrentealmismo.Losreportesfluyenhacialasiguienteinstanciajerárquica.Losreportesreflejanlospuntosdevistadelosdistintoscomponentesqueintegrancadainstancia.InformeSe entiende por informe el documento de carácter público, emanado de la instancia nacional,elaborado por las personas del componente internacional y con la debida consulta a las y losdelegadosdelGobiernoNacionalydelasFARC-EP,quecontieneeldetalledelavancedelprocesodemonitoreoy verificación;estedocumento tomacomo insumos los consolidadosmensualesde loseventosdocumentadosencadaunade las instancias localesy regionales,asícomo lasprincipalesnovedadesobservadasporelMM&Vyreflejaelanálisisdelainformaciónrecolectadaconenfoquediferencialydegénero.FlujodelainformaciónygeneracióndereportesenlainstancialocalLa instancia localemitereportesdirigidosa la instanciadeverificaciónregional.La informaciónesrecolectada por los monitores, evaluada y analizada por los tres componentes del MM&V de lainstancialocal.Elcomponenteinternacionalconsolidalainformaciónygeneraelreporte.Lainstancialocalanalizaydeterminasieleventoesdesucompetencia,osiseescalaalaverificaciónregional.Entodocaso,lainstancialocaldelMM&Vreportaalainstanciaregionaltodalainformaciónrecolectada.FlujodelainformaciónygeneracióndereportesenlainstanciadeverificaciónregionalLainstanciaregionalemitereportesdirigidosalainstanciadeverificaciónnacional.Unavezqueelreporte de la instancia local llega a la instancia de verificación regional, ésta lo analiza. Si lainformación contenida en el reporte no es suficiente, la instancia de verificación regional solicitaampliacióna la instancia local; o, de ser requerido, envíauna comisiónal terrenopara recolectarnuevoselementosquepermitantenerlainformaciónnecesaria.
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Unavez lasy los integrantesde la instancia regionalhayanrealizadoelanálisisyevaluaciónde lainformación,elcomponenteinternacionalconsolidaelreporteyloenvíaalainstancianacional.Flujodeinformaciónygeneracióndereporteseinformes,enlainstanciadeverificaciónnacionalLainstanciadeverificaciónnacionalelaboradostiposdedocumentos:reporteseinformes.
a. Los reportes, de carácter interno, son enviados a los representantes del GobiernoNacionalydelasFARC-EP.
Una vez queel reportede la verificación regional llega a la instancia nacional, ésta loanalizayevalúa.Silainformacióncontenidaenelreportenoessuficiente,puedesolicitarinsumosdeentes competentes, ampliacióna la instancia regionalo,de sernecesario,envíaunacomisiónalterrenoparaprecisarlainformaciónpertinente.Cuandosetengaclaridad sobreel hecho yprevio análisis de los integrantesde la instancianacional, elcomponente internacional que la preside consolida el reporte y emite lasrecomendacionespertinentesalGobiernoNacional,alasFARC-EP,alasNacionesUnidasydemásentidadescomprometidasenelprocesodeimplementacióndelCFHBDyDA.
b. Losinformes,decarácterpúblico,sondifundidosalaopiniónnacionaleinternacionala
travésdeloscanalesestablecidosporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.Losinformesse emiten cada 30 días, o antes, según criterio de la instancia nacional. Solamente lainstancianacionalhacedeclaracionespúblicas.
Lasinstanciasnacional,regionalylocalmantienencomunicaciónfluidaypermanente,ygarantizan el flujo oportuno de la información interna entre lasmismas, para lo cualcuentanconlosmediostécnicos,administrativosyoperacionalessuficientes.
EsteprotocoloconsignaunprocedimientouniformesobrecómooptimizarlasaccionesyproductosdecomunicaciónfrutodelasactividadesdelMM&V.Eldocumentoorientaesfuerzoshacialasprincipalesaudiencias o públicos de interés: la población civil nacional e internacional, las y los integrantes delGobiernoNacionalydelasFARC-EP.
Todaslasinstancias(nacional,regionalylocal):Tienenunafuncióndedifusiónysocializacióndematerialdidáctico,asícomodeinterlocuciónconlasdiferentesaudiencias.SonlacaravisibledelMM&Vantelascomunidades y tienen comunicación permanente con los encargados de las oficinas de prensa ycomunicaciones estratégicas de las diferentes entidades del Estado, de las FARC-EP; y con lasorganizacionessocialesquetenganarticulaciónconelMM&V.
Productoscomunicacionales
• Los productos comunicacionales a cargo delMM&V son de tres tipos: el primero se refiere a ladifusiónadecuadadelosinformespúblicosmensuales(30días),producidosporlainstancianacional.Es labor de la vocera o del vocero la difusión de dichos informes hacia todas las instancias delmecanismoyhacialaopiniónpública.
• El tercer producto surge del manejo de contingencias y eventos o situaciones que ameriten unpronunciamientodelMM&V,paralocualsecontemplaqueeslainstancianacionalatravésdelavoceraovoceroquienrealizalacomunicacióndelmismoalaopiniónpública.
• Estos productos contarán con la adecuada incorporación del enfoque de género, tanto en lainformaciónquecontengancomoensudifusión.
(DA).OBSERVACIÓNYREGISTRODELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN(MM&V)Objetivosdelmonitoreo LainformacióntieneunpapeldeterminantedentrodelMM&V,laformacomoseobtiene,seacopiayseprocesaesfundamentalparaelbuendesempeñodelMecanismo.Unainformaciónmalobtenida,consesgosoquegenerebajaconfianzanotiene lacalidadrequeridaparaunefectivoprocesodevalidación.Las tareasprincipalesdelmonitoreo son laobservación,búsqueda, acopioy sistematizaciónde lainformaciónrelacionadaconhechosqueconstituyanunaviolacióndelAcuerdodeCFHBDyDA,oquerepresenten una amenaza para el correcto cumplimiento delmismo. Losmonitores documentanhechos por iniciativa propia o tras recibir una solicitud o denuncia de un hecho que se presumeviolatoriooamenazaalAcuerdodeCFHBDyDA.LasfuentesdelMonitoreoLasfuentespuedenser:
voluntarias, su comparecencia ante las o los monitores no debe considerarse un actoadministrativo ni judicial. En ningún momento, el monitor puede exigir la presencia de losciudadanosyciudadanasoautoridadeslocales.
• En los casos en que haya integrantes de la Fuerza Pública o de la FARC-EP que no deseensuministrarinformaciónalasmonitorasomonitores,éstosreportandichanovedad.
• Para todos los casos se tiene reserva de la identidad de la fuente y sólo se levanta ante
TareaspermanentesdelasylosmonitoresLa observación es una tarea permanente de las y losmonitores. Ante una acción que constituyapresuntaviolaciónalAcuerdodeCFHBDyDA,seactivaelprocesoderegistro,análisisyelaboracióndereportes.Lasylosmonitoreselaboranunabitácoradecampodiariaquecontiene:
diversa –y en particular para los casos de violencia sexual– se cuenta entre el personal conmonitorescapacitadosparaatenderestoscasos.
TareasdelasylosmonitoresanteactosquepresumeninfraccionesalAcuerdodeCFHBDyDAAntelarevisióndeunhechoquesugiereunaviolaciónalAcuerdodeCFHBDyDA,sepresumequesepuedenpresentardatosdediferentesfuentesyversiones,paralocualsereúnenlospuntosencomúnydivergenciasdedichainformación.AnteunpresuntoincidenteoviolaciónalAcuerdo,lasinstanciaslocalesdemonitoreo:• Registran los hechos de acuerdo a los procedimientos definidos por la instancia nacional del
• Analizanlainformaciónrecopiladasobreloshechos.Como parte de sus funciones, las y los monitores diligencian un formato para el registro de lainformación(VerFichaderegistro,acontinuación).Fichaderegistro:DatosdescriptivosfichaCódigoficha Sedelocal Nombre delmonitor
Fuente1 Fuente2 Fuente3 Valoracióninformación
Códigofuente Tipo defuente
Sexo Testigo Descripción ycircunstanciasdeloshechos
Presuntosactoresinvolucrados
Fechaaproximadadelevento
Horaaproximadadelevento
Calificaciónpreliminar deloshechos
Manejo de lainformación
CONCEPTODELMONITORSOBREELEVENTO:
DefinicionesdelaFichaderegistroFILAS
• Datos descriptivos de la ficha: código ficha (identificador único de la ficha); sede local (lugargeográficocorrespondientealasede);nombredelasylosmonitores.
• Código fuente: número único de identificación de la fuente; Tipo de fuente (fuentes directas osecundarias);Sexo;Testigo(seregistrasilafuentefuetestigopresencialono).
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• Descripciónycircunstanciasdeloshechos:correspondealatranscripción,lomásfielposibleysininterpretacionesdelmonitor,deloshechostalcualsonexpresadosporlafuente.Sedebeprocurarincluirlaspreguntasbásicasdelainformación:¿quién?¿quéhizooquépasó?,¿aquién?(presuntosafectados),¿conqué?,¿cuándo?y¿cómo?Enmuypocoscasosselograresponderlapreguntasobreel¿porqué?(elementoquerespondeaordeninterno,intencionalymotivosdequienejecutaunaacción). En todo caso, si en la narración de la fuente es posible identificar este elemento, debeanotarse. De esta información se extraen los siguientes datos para mejor tabulación: presuntosactoresinvolucrados,fechayhoradelhecho.
• Calificación preliminar de los hechos: es la valoración del monitor sobre si la conducta o actoobservadocorrespondeaunpresuntoincidenteoviolaciónalAcuerdo.Setabulaconopcionescomo:información que predominantemente sugiere comisión de un contrario a las Reglas que Rigen elCFHBDyDA; informaciónque supone indicios peronoes confirmativa; informaciónque requieremayorrevisiónycontraste;informaciónbásicasinmayorsignificancia;informaciónquedenotanosetratadeviolaciónalCFHBDperorequieresegundavaloración;informaciónquedemaneraclaranoesunactodeviolaciónalCFHBD.
• Si la anterior valoración no es concluyente, o difiriere de un miembro del equipo a otro, el
componente internacional de la instancia local solicita una nueva fuente alterna que permitatenermásherramientasdeanálisis.
• Lasylosmonitorestomannotasdurantelaconversaciónconlafuentedirectatratandodeserlomás fiel a la respuesta e interpretación que está dando el consultado. No deben hacersegrabaciones.Sedebeevitarincorporarlasconcepciones,interpretacionesyteoríaspropias.
Si no se encuentran fuentes adicionales, se registra como “información sin contraste” en lacolumnadevaloracióndelafuente.
• UnavezterminadalaconsultasetranscribelainformaciónrecopiladaenlaFichaderegistro.• Las Fichasde registrodebenestar completamentediligenciadas, contener la informaciónmás
concretayclaraposibleycondensarlainformaciónrecopiladamásrelevante.AnálisisdelainformaciónUnavezrecopiladalainformaciónserealizauncontrastedelosdatosclavessuministrados.Setieneen cuenta que la información generalmente es incompleta e imperfecta, no todas las fuentes deinformaciónreportanlamismaversióndeunmismohecho.Estogeneradiferenciasdepercepcióneinterpretación de un mismo hecho por lo que el análisis de la información registrada debe serminucioso.Laslaboresdelasylosmonitoresenelanálisisdelainformaciónson:• AnalizarlosdatosrecogidoseneltrabajodecampotomandocomoreferencialasReglasquerigen
elCFHBDydemásprotocolosdelAcuerdodelCFHBDyDA.• Asegurar que la información sea lo más completa posible, teniendo adecuadas habilidades
Estacoordinacióndelcomponenteinternacionalsellevaacaboenunmarcodondelostrescomponentesdel MM&V tienen su cadena de mando independiente. El componente gubernamental reporta alGobiernoNacional;elcomponentedelasFARC-EP,asuSecretariado;yelcomponenteinternacional,alSecretarioGeneraldelaONUporintermediodelJefedelaMisióndelasNacionesUnidasenColombia,yporúltimoalConsejodeSeguridaddelaONU.
A solicitud de los componentes nacionales (Gobierno Nacional y FARC-EP), o por iniciativa propia, elcomponenteinternacionalrealizalaconvocatoriadelasreunionestripartitas.
Lacoordinacióndelcomponenteinternacionalredactalosborradoresdeconclusionesydecisionesdelareunión, los somete a la aprobación formal del Grupo de Conducción (tripartita) y posteriormentetransmitelasconclusionesaprobadasalosinteresados.
La coordinacióndel componente internacional tiene la responsabilidadde redactar lasminutasde lasreunionesy lassometeaaprobacióndelGrupodeConducción.Copiasde lasminutassedistribuyenacadacomponente.
Las discrepancias entre los componentes que no se resuelven se someten al nivel superior para susolución.
Planeamientooperacional
LacoordinacióndelcomponenteinternacionalformulapropuestasparaelplaneamientooperacionaldeldesplieguedelosequiposMM&VylassometeaconsideracióndelosdemáscomponentesdelMecanismoen elGrupo de Conducción. Seguidamente, lleva a cabo las consultas del caso para hacer los ajustesnecesarios,sometelapropuestadelplandeactividadesalaaprobacióndelosdemáscomponentesdelGrupodeConducciónydespuésdeaprobadacomunicaelplanalosinteresadosparasuejecución.
ElMecanismodeMonitoreo y Verificación (MM&V) está integrado por representantes del GobiernoNacional,delasFARC-EPydelaOrganizacióndelasNacionesUnidas(ONU),incluyendoobservadoresinternacionales,enparticulardelaComunidaddeEstadosLatinoamericanosydelCaribe.(CELAC).
• Cometeremos actos de violencia de género, incluida la explotación o abuso sexuales, nimantendremos relaciones sexuales conmenores de 18 años, ni ofreceremos dinero, empleo,bienesoserviciosacambioderelacionessexuales.
El objetivo principal del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V) es ser una garantía decumplimientodelAcuerdosobreCesealFuegoydeHostilidadesyDejacióndelasArmas,tantoparaelGobiernoNacionalylasFARC-EP,comoparalapoblacióncolombiana.
EnsulabordemonitoreoyverificaciónlosequiposdelMM&Vseencuentranconincidentesdetodotipo,quepuedenserrelevantesoirrelevantesdesdeelpuntodevistadelaverificacióndeloscompromisosadquiridos.ConrelaciónaesosincidentesyalarespuestadelosequiposdelMM&V,esimportantequelos tres componentes tengan criterios comunes. A continuación, se presenta una clasificación de losposibles incidentesqueayudaa losmiembrosdelMM&Vacumplirconsusfuncionesdemonitoreoyverificación.
Incidentesirrelevantes
EnlasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)donde el MM&V opera, se pueden producir acontecimientos que no tienen relevancia para elcumplimientoóincumplimientodelosacuerdos,peroquepueden,sinembargo,requerirunarespuestaporpartedeMM&V.
Típicamente, es el caso de accidentes, situaciones de emergencia, de carácter médico u otro, queinvolucranapobladoresenelárea. NoestándentrodelmandatodelMM&V. Sinembargo, lasy losintegrantes del MM&V tienen una obligación humanitaria de ayudar, dentro de sus capacidades, aresolveresoscasos.
a. Incumplimientos como consecuencia de problemas técnicos u otros problemasindependientesdelavoluntaddelGobiernoNacionalylasFARC-EP.
• Ejemplo: No cumplir en la fecha límite un desplazamiento por problema logístico;encontrarseenunaZonarestringidapordesorientación;errorhumanoenelregistrodearmas,etc.
b. Incumplimientoscomoconsecuenciadeunacomunicacióninadecuadaentremandosy subordinados. En particular, al principio del proceso de cese al fuego, puedenpresentarsesituacionesdonde,apesardelosesfuerzosquecadapartedeberealizarpara labuenacomprensiónpor todas sus fuerzasde susobligacionesenvirtuddel
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Acuerdo y de sus protocolos, subordinados incurren en incumplimientos nodeliberadosdelAcuerdo.
c. Tambiénaliniciodelprocesosepuedenproducirincumplimientosdebidosaquelaspartesmantienen interpretaciones distintas de ciertos compromisos, las cuales nofueronpercibidasydirimidasenlaMesadeconversacionesperosemanifiestanenlapráctica.Enesoscasostampocoestamoshablandodeviolacionesdeliberadasdeloscompromisos.
El MM&V está obligado a responder sin demora a todos los incumplimientos, involuntarios odeliberados,levesograves,deacuerdoconsunaturaleza.Surespuestaesdedosformas:
a. Enprioridad, tomar,cadavezqueseaposible, lasmedidaspaliativaspuntualesnecesariasparaelcumplimientodelcompromisoqueresultóincumplido,yaseaporrazonestécnicas,faltadecomunicación,pordivergenciadeinterpretación,porviolaciónleveoporviolacióngrave.
b. Tomaropromovermedidascorrectivasdemáslargoplazodirigidasaremediarlascausasdelincumplimiento.Enparticular:
• Frenteaincumplimientosdebidosafaltadecomunicaciónentremandosysubordinados,elMM&V debe sugerirle a los mandos respectivos, o incluso emprender por sí mismo, unesfuerzo de información y comunicación sobre los Acuerdos y sus protocolos con las y losintegrantesdelasfuerzasenlaszonasdondeestádesplegado.
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• Frente a incumplimientos debidos a diferencias de interpretación, el MM&V debe,directamente o a través de otras instancias con participación de las partes, dirimir esasdiferenciasdeinterpretación,amenudoatravésdelapromocióndelestudiodelosacuerdosydelaadopcióndenuevosreglamentos.EsparticularmenteurgenteparaelMM&Vanivelnacionalresolverlasdiferenciasqueresultendeambigüedadeseneltextodelosacuerdosyprotocolosodeotrascausasquepuedansurgir.
B.SOLUCIÓNDECONTROVERSIAS
De acuerdo con el Comunicado Conjunto # 65 la habana del 19 de enero de 2016, la resolución decontroversias es una de las responsabilidades del componente internacional del MM&V. Uno de losprincipalesméritosdelcaráctertripartitodelMM&VeslaposibilidadquetantolosrepresentantesdelGobierno como de las FARC-EP puedan analizar y evaluar los incidentes conjuntamente con elcomponente internacional, en contacto directo con los hechos y las circunstancias en las cuales seproducen.
Por otra parte, puede resultar difícil para los miembros del componente internacional del MM&V,representandolasdospartes,valorarloshechosdelamismamanera,independientementedequienesesténinvolucradosyaquienestoshechosimpactan.
a. ¿EselincidenterelevanteparaelcumplimientodelAcuerdoydesusprotocolos,ydeserasícualessonloscompromisosafectados?
b. Encasodequeelincidenterepresenteunincumplimiento,¿lascircunstanciasindicanquefueunincumplimientodeliberado?¿oinvoluntario?
c. Encasodequeelincumplimientofueinvoluntario,¿aquécircunstanciassedebe?,y¿quémedidassepuedentomarparaqueestascircunstanciasnoserepitan?
d. Encasodequeelincumplimientohayasidodeliberado,¿quécaráctertieneestaviolación(individual o colectiva, cometido por subordinados sin orden o por mandos, carácterexcepcional o sistemático, con alcancesmayoresomenorespara el cumplimientodelAcuerdo)?
Apartirdeesasaclaraciones,elobservadorinternacionalpodrádeterminarelgradodeconsensoentrelaspartesconrespectoalincidente.Enlamayoríadeloscasos,habráconsensoenelsenodelequipolocaldelMM&V.Cuandosubsistendiferencias,estasserelacionansobretodoconlavaloracióndelagravedaddelaviolación.Paradirimirestasdiferenciasdevaloración,losequiposlocalesremitensuinformealainstancia regional. De mantener las diferencias en la instancia regional, esta remite el informe a lainstancianacionalquienresuelvedemaneradefinitiva.
MANDATODELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN(MM&V).PARAELACUERDODECFHBDYMANDATODELCOMPONENTEINTERNACIONALDELMM&V(CI-MM&V)PARALADEJACIÓNDELASARMAS,ENTREELGOBIERNONACIONALYLASFARC-EPElGobierno colombiano y las FARC-EP acuerdan constituir elMecanismodeMonitoreo yVerificación(MM&V) para el Cese al fuego y hostilidades bilateral y definitivo (CFHBD), y proponer funciones alComponenteInternacionaldelMM&VparalaverificacióndelaDejacióndelasarmas,enmarcadosenel“AcuerdoGeneralparalaterminacióndelconflictoylaconstruccióndeunapazestableyduradera”del26deagostode2012yenfuncióndeloestablecidoenelAcuerdodelCesealfuegoyhostilidadesbilateralydefinitivoyDejacióndelasarmas.SuinstalaciónseefectúadeacuerdoalascondicionesdefinidasporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.ElseguimientoalMM&VesacordadoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.Propósitoyalcance.HacerseguimientoalcumplimientodelAcuerdodeCeseal fuegoyhostilidadesbilateralydefinitivoydejacióndelasarmasyresolverlosdistintosfactoresquepuedanponerenriesgoelCFHBDyDA;dirigirrecomendacionesalGobiernoNacionalyalasFARC-EPanteposiblesviolacionesoincidentesrelacionadosconelmencionadoAcuerdo.RespectoalaDejacióndelasArmas,elComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V)laverificaenlostérminosyconlasdebidasgarantíasestablecidasenlosprotocolosdelAcuerdo.ElMM&V identifica y analiza demanera imparcial hechos que presuman incumplimiento, amenaza oviolacióndeloscompromisosestablecidosporelGobiernoNacionalylasFARC-EPsobrelasReglasquerigenelCFHBD,losDispositivosenelTerrenoylasmedidasdeseguridad;teniendocomobaseelAcuerdodelCFHBDyDA,susanexosyprotocolos;asícomoinformaralGobiernoNacionalyalasFARC-EPsobreelresultadodesuslabores.Lasfuncionesdemonitoreoyverificaciónserealizanentodas las instanciasdelMM&V.Las instanciasregionalesynacionalpondránénfasisenlaverificaciónylainstancialocalenelmonitoreo.ElMM&ViniciasuslaboresunavezsehayallegadoalafirmadelAcuerdofinalyfuncionaporunperiodode12mesesquepuedenserprorrogadosapeticióndelGobiernoNacionalylasFARC-EP.ElMM&Vnoportaarmasygozadeplenasgarantíasdeseguridaddeacuerdoa losestablecidoen losrespectivosprotocolos.Principiosypautasgenerales.El MM&V actúa bajo los principios de respeto, de la imparcialidad en sus procedimientos yrecomendaciones;asícomobajoelprincipiodetransparenciaenelcumplimientodesusfuncionesyel
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denodiscriminaciónporrazonesdegénero.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPsecomprometenacooperarconelMM&V,paraasegurarlalibertaddemovimientodelasylosintegrantesdelMM&VasícomoproveeryfacilitarelaccesoaloslugaressegúnlopactadoenelAcuerdodeCFHBDyDA,paraeldesarrolloseguroyeficientedesusresponsabilidades.ComposicióndelMM&V.El mecanismo está integrado por hombres y mujeres del Gobierno Nacional, de las FARC-EP y delComponenteInternacional(CI-MM&V).Elcomponenteinternacional(CI-MM&V)esunamisiónpolíticadelaONU,integradaporobservadoresnoarmadosdepaísesmiembrosprincipalmentedelaCELAC.Presideentodas las instanciasdelMM&Vyestá encargado de dirimir controversias, presentar recomendaciones y generar reportes, según elpresente mandato que le ha sido otorgado con el objetivo de garantizar y brindar imparcialidad ytransparenciaalAcuerdodeCFHBDyDA.ElMM&Vconstadeunainstanciadelordennacional;ochoinstanciasregionales;yunasinstanciaslocalesdemonitoreodesplegadasen cadaunade las ZonasVeredalesTransitoriadeNormalización (ZVTN)yPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)acordadasporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.La InstanciaNacionalcuentaconungrupodeconducciónconformadapordosdelegadasodelegadosinternacionales,dosdelGobiernoNacionalydosdelasFARC-EP.LasdelegadasodelegadosdelGobiernoNacionalsonunrepresentantecivilyunrepresentantedelaFuerzaPública.LosdelegadosinternacionalesseráncomunicadosalaspartesporelRepresentanteEspecialdelSecretarioGeneralparaColombia.Elnúmerode integrantesde la instancianacional esdeterminadode acuerdoa las necesidadesde tipoadministrativo,logísticoyoperacional.SusedeeslaciudaddeBogotásinperjuiciodequepuedasesionarenotraciudad.LasinstanciasregionalesdelMM&Vcuentanconungrupodeconduccióncompuestopordosdelegadasodelegados internacionales,dosdelGobiernoNacionalydosde lasFARC-EP,cadauna.Elnúmerodeintegrantesdelainstanciaregionalesdeterminadodeacuerdoalasnecesidadesdetipoadministrativo,logísticoyoperacional.Lasinstanciasregionalestienensedeenlassiguientesochociudades:Valledupar,Bucaramanga,Medellín,Quibdó,Florencia,Villavicencio,PopayánySanJosédelGuaviare.LasinstanciaslocalesdelMM&Vcuentanconungrupodeconduccióncompuestopordosdelegadasodelegadosinternacionales,dosdelGobiernoNacionalydosdelasFARC-EP;elnúmerodeintegrantesdela instancia local es determinado de acuerdo a las necesidades de tipo administrativo, logístico yoperacional; así comode las características del área, númerode personas amonitorear, topografía yfactoresderiesgoencadaunadelasZVTNylosPTN.LasinstanciaslocalestienensedeencercaníaalasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yPuntosdeTransitodeNormalización(PTN).LareglamentacióninternadelMM&VesacordadaporsuinstanciaNacionalunaveziniciesusfunciones.Cada componente del MM&V puede hacer los cambios de personal cuando las circunstancias así orequieran.
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El MM&V tiene articulación con las comunidades, organizaciones sociales, políticas y con lainstitucionalidad del Estado, en lo local, regional y nacional; las cuales pueden contribuir en su laboraportando información, ayudando en la difusión de sus informes a la opinión pública y presentandopropuestasysugerencias.FuncionesdelaInstanciaNacional.a. Asegurareldesplieguedelasylosmonitoresyverificadoresenlostiemposyáreasestablecidosen
elAcuerdodeCFHBDyDA.b. Coordinarelmecanismoen loNacional,ysupervisar lasactividadesde las instancias regionalesy
recibidosdelasinstanciaslocales,enloscualessedescribenlascircunstancias,causasycontextodelos hechos objeto de su examen, dirimir diferencias y emitir las recomendaciones que considerenecesariasparaserimplementadasporlasinstanciaslocales.
b. Encasodequeeleventosuperelascompetenciasdelainstanciaregional,éstaenvíaelreporteala
d. La instancia regionalpuederealizaruorientarel trabajodecampoocasionalcuando,debidoa la
complejidaddeltema,lainstancialocalrequieraelapoyodelosverificadoresregionales.e. Realizar las tareas de difusión y comunicación, de acuerdo a lo establecido en el protocolo de
f. Realizar las tareasde comunicaciónestratégicahacia lapoblación local en losaspectosque sean
necesarios,deacuerdoaloestablecidoenelprotocolodecomunicacionesestratégicas.g. Redireccionara laspersonasquepresentenquejasquenoseandecompetenciadelMM&Va las
autoridadescorrespondientes.h. Acatarlasinstruccionesyrecomendacionesrecibidasdelasinstanciasregionalynacional.Todas las instanciasdelMM&VtendránunaresponsabilidaddecoordinaciónlogísticaconelGobiernoNacionalparaasegurarsuabastecimientoymantenimiento.
DejacióndelasArmas(DA).FuncionamientodelasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)yadecuacióndedispositivosenelterrenodelaFuerzaPública.Elpresenteprotocoloestablece loscriteriospara laadecuaciónde losdispositivosenel terrenode laFuerzaPúblicayelfuncionamientodelas23ZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)ydelos8Campamentos(PuntosTransitoriosdeNormalización-PTN)delasFARC-EPduranteelCesealFuegodeHostilidadesBilateralyDefinitivo (CFHBD)y laDejaciónde lasArmas(DA)conformealAcuerdodeCFHBDyDA.LosPTNtendránuncampamento,unazonadeseguridad–de500metrosa1km-,unarecepción;yunasede local del MM&V por fuera de la zona de seguridad. Su extensión se definirá de acuerdo a lascaracterísticastopográficasdelterreno,cantidaddeaguaeintegrantesdelasFARC-EPaubicarseenesepunto.Para efectos del presente protocolo, se adoptará la denominación de PTN para los 8 CampamentosestablecidosenelacuerdodeCFHBDyDA,conelfindediferenciarlodelconceptodecampamentoqueseincluyedentrodelasZVTN.Las ZVTN son zonas territoriales, temporales, transitorias, definidas, delimitadas y previamenteconcertadas,cuyoslímitescorrespondenalosdelaveredadondeseubican–pudiendoserampliadosoreducidos por mutuo acuerdo dependiendo de la vereda donde se ubican-, tienen una extensiónrazonablequepermiteelmonitoreoylaverificaciónporpartedelMM&V,ycuentanconunazonadeseguridadde1kmdeanchoasualrededorparalasZVTN.Estoscriteriosparasudefiniciónserefierena:
• Previamente concertadas: son escogidas de común acuerdo entre el GobiernoNacional y lasFARC-EP,buscandoquereúnanlascondicionesnecesariasparaelcumplimientodelosobjetivosparaloscualessoncreadas.
Los PTN se han establecido con base en losmismos criterios y propósitos que las ZVTN. Los PTN sediferenciandelasZVTNporsumenordimensión–queimplicaquesóloalberga1campamento-yporestarenzonasquefacilitanlaubicacióndeestructurasdelasFARC-EPqueestánmásdispersasenelterritorio.CadaZVTNtendráunnúmerodecampamentosdeacuerdoa lacantidadde integrantesaubicary lascondicionesdelterreno,contaráconunsololugarparaelalmacenamientodesusarmasencontenedores,
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unaRecepción, una Sede Local delMM&Vubicada en lo posible en un caserío cercano, y la logísticanecesaria–conformealprotocolodelogística-paraelcumplimientodelacuerdodeCFHBDyDA.FuncionamientodelasZVTNyPTN EnlasZVTNyPTNsegarantizalaplenavigenciadelEstadoSocialdeDerechoparalocualsemantieneelnormalfuncionamientodelasautoridadescivilessinlimitaciones.LasZVTNylosPTNnoseránutilizadospararealizarmanifestacionesdecarácterpolítico.Sepodránrealizarreunióndepedagogíadelproceso.Deigualforma,segarantizaelnormaldesenvolvimientodelaactividadeconómica,políticaysocialdelasregiones, en la vida de las comunidades, en el ejercicio de sus derechos; así como en los de lasorganizacionescomunales,socialesypolíticasquetenganpresenciaenlosterritorios,yenparticularenlasZVTNylosPTN.Con este fin, los y las residentes en estas zonas tendrán derecho a su libre locomoción sin ningunarestricción,conexcepciónde loscampamentosde lasFARC-EP;yexclusivamenteestaránsujetosa losderechosydeberesqueconsagraelordenamientojurídicocolombiano.CadaZVTNyPTNcuentaconunáreaderecepciónparaatenderlaspersonasquelleguenalasmismas.LasFARC-EPdentrodelasZVTNy losPTNsehacenresponsablesdesusefectivos, incluyendolasy losmilicianos,ydelcumplimientodelasReglasqueRigenelCFHBDyDA,ydelocontempladoenloscapítulos,protocolosyanexosqueintegranelAcuerdosobreelCFHBDyDA.Porsuparte,elGobiernoNacionalsehaceresponsableporelcumplimientodelasReglasqueRigenelCFHBDyDA;delocontempladoenloscapítulos,protocolosyanexosqueintegranelAcuerdodeCFHBDyDAporpartedelaFuerzaPúblicaylasylosfuncionarioscivilescomprometidosentareasrelacionadasconelAcuerdodeCFHBDyDA.ConelfindeiniciarlapreparaciónparalaReincorporacióndelasFARC-EPalavidacivilenloeconómico,losocialylopolítico,deacuerdoconsusintereses,ysutránsitoalalegalidad,lasinstitucionesdelEstadollevarán a cabo los procedimientos pertinentes en las ZVTN y PTN conforme a lo acordado entre elGobiernoNacionalylasFARC-EP.EldispositivoenelterrenodelaFuerzaPúblicadondeseencuentranlasZVTNylosPTN,seadaptarádemaneradiferencialencadaárea,deacuerdoconlascondicionesenelterrenoyelambienteoperacional.EsaadaptaciónespecíficaeneláreaseincluyeenelanexoYdelpresenteacuerdo.CualquiervariaciónalanexoYdeberáserjustificadaeinformadapreviamentealMM&V.EldispositivoenelterrenoparalasZVTNylosPTNacargodelaFuerzaPública,contempladoenelAnexo“Y”, será monitoreado y verificado por el MM&V y mantendrá las coordinaciones necesarias con elmecanismoatravésdelaSedeLocaldelMM&V.EldíaD+180sedaporterminadoelfuncionamientodeestaszonasyelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivosegúnlahojaderuta(cronogramadeeventos)acordadaporelGobiernoNacionalylasFARC-EPqueguiaelprocesodefindelconflictoluegodelafirmadelAcuerdoFinal.
HostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).RutasdeDesplazamiento–RD-yCoordinacióndeMovimientosenelTerreno.LasRutasdeDesplazamiento(RD)soncorredoresdemovilidadcreadosydelimitadosgeográficamentedemaneratemporalparafacilitar,demanerasegura,ágilyverificable,eltránsitodelasestructurasdelasFARC-EP–misiones,comisiones,UnidadesTácticasdeCombate(UTC)ymilicias-hacialasZVTNylosPTN.LasRDestaránhabilitadasapartirdeldíaD+5.ElprocesodedesplazamientoparalaubicacióndetodaslasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTN,seharáentreeldíaD+5yeldíaD+30.DentrodeesteperiodocadaestructuradelasFARC-EPsemovilizaráalaszonas,eneltiempoprudencialquerequiera,deacuerdoconladistancia,topografíaylosmediosempleadosparasutransporte.UnavezubicadacadaestructuraenlaZVTNoPTNseinformaráalMM&VparaprocederalreacomodamientodelosdispositivosdelaFuerzaPúblicaydeshabilitarlasRD.SegúnelacuerdosobreCFHBDyDAentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,porcadaZVTNyPTN,eldíaD+1undelegado (a) delGobiernoNacional y unode las FARC-EPentregan las coordenadasde laubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueadoptenlasmedidasnecesariasparaposibilitarlaadecuacióndelosdispositivosdelaFuerzaPúblicaylosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTNdemanerasegurabajoelmonitoreoyverificacióndelMM&V”. Ver Anexo sobre “Delimitación Geográfica de las Rutas de Desplazamiento”, donde seespecifican, entre otras, las características distintivas de cada RD, así: 1. Punto de inicio con suscoordenadas; 2. Descripción de la ruta; 3. Medios de transporte; 4. Tiempos aproximados dedesplazamiento;5.PuntosdereferenciaparaelMM&Vy;6.Puntofinal(ZVTNoPTN).Losdesplazamientosdedichasestructurasseharánentresmanerasdiferentessegúnlascapacidadesymediosdisponiblesparadichofin,así:1.Acampotraviesa,trochasocaminos;2.Porcarreterasóejesviales terrestres (vehículos);3.A travésdeejes fluviales (embarcaciones fluviales). LosmediosparaeltransporteserándefinidosdemutuoacuerdoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.Los desplazamientos de las FARC-EP y la habilitación de las rutas de la Fuerza Pública se haránmanteniendocoordinaciónpermanenteconelMM&V,quienmonitorearáyverificaráqueserealicendemanera segura, ágil y cumpliendo las Reglas que Rigen el CFHBD y DA. La labor del MM&V serápermanenteycontaráconpuntosdereferenciasobrelasRDdesdeel iniciodeldesplazamientodelasestructurasdelasFARC-EPhastasuingresoalasZVTNylosPTN.LaFuerzaPública,encoordinaciónconelMM&V,adecuarásudispositivoparagarantizarlaseguridadyevitarqueocurranincidentesdurantelosdesplazamientosdelasFARC-EPalasZVTNyPTN.GeneralidadesparaeldiseñodelasRD,así:a. Establecerpuntosdereferenciaparaeldesplazamientosobrelatopografíafacilitandolalabordel
MM&V.
AcuerdoFinal24.08.2016
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b. LarutadebeestardescritaenelformatodelanexoXX“RutasdeDesplazamiento”.
c. LasRDserándecaráctersecreto.Seusaránmapasycoordenadasparadelimitarsobreelterrenosusdimensiones.EstosdebenserdeconocimientodelMM&VyNOpodránserdadosaconocera laopinión pública, mediando compromiso de confidencialidad entre los intervinientes en elprocedimiento.
d. El Gobierno Nacional proporciona un sistema de comunicación adecuado que permita lacoordinaciónentrelaFuerzaPúblicayelMM&V;yentrelasFARC-EPyelMM&V,garantizandoloscanalesynivelesdecomunicaciónseparadosporinstitucionesyconjuntosparacoordinación.EstascoordinacionesseharándesdelaSedeLocaldelMM&V.
e. AmástardareldíaD+30latotalidaddelasestructurasdelasFARC-EPdeberánhaberllegadoalasrespectivasZVTNylosPTN,siempreycuandosehayanhabilitadolasRDdemaneraoportuna.
f. LosmediosdetransporteaserutilizadosparalosdesplazamientosdelasFARC-EPdeterminaránlostiemposdeduracióndelprocedimiento.
g. Las rutas de desplazamiento, susmedios y tiempos, serán definidas en común acuerdo entre elGobiernoNacionalylasFARC-EP.
h. Losdesplazamientossedaránaniveldefrentesyentodosloscasoshabráunpuntodeiniciodel
i. ElsitiodepartidaylasRDparalasFARC-EP,estarándeterminadasporlaubicacióndecadaunidadconrespectoalaZVTNyPTNalcualdebendirigirse,apartirdelaentradaenvigordelAcuerdodeCFHBDyDA.
definidas para este fin, realizando las coordinaciones que sean pertinentes con las FARC-EP y elresponsabledeseguridaddelComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V).
de las zonas comprometidas para el CFHBD y DA y adoptan las medidas de protección yautoproteccióndelasylosintegrantesdelosequiposdeMM&V,conformealascaracterísticasdesusfunciones.EspecialmentedeberánasegurarquelosdesplazamientosdelMM&Vserealicenporrutasseguras,sinminas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI) ymuniciones sin explotar(MUSE)orestosexplosivosdeguerra(REG).Paraesteefecto,setomanencuentalasobservacionesquehaganlasFARC-EP,yserealizantodaslascoordinacionesqueseanpertinentes.
losdistintivos,identificacionesyemblemascorrespondientes,segúnsedefinaconelCI-MM&Vyseimplementan las medidas integrales por parte del Estado que sean necesarias para garantizar yfacilitarsumovilidadyactividadenelterritorionacional.
9. El Gobierno Nacional (Fuerza Pública) y las FARC-EP proporcionan información al MM&V sobre
eventuales amenazas que puedan afectar su seguridad. Para este fin se ha implementado unprocedimientodeseguimientoyverificacióndealertastempranas,quepermitelaneutralizacióndeaccionesqueponganenriesgolaintegridadfísicadetodasytodoslosparticipantesenelCFHBDyDA.
ElpresenteprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionaly las FARC-EP, para garantizar la seguridadde las y los delegadosdelGobiernoNacional y servidorespúblicosduranteelCFHBDyDA.
1. La seguridad de las y los delegados del Gobierno y de los servidores públicos, está bajo la
responsabilidadde las institucionesde seguridaddelEstado, conformea lanormatividadvigenteprevistaparaestaactividad.
2. Laseguridadpara lasy losdelegadosdelGobiernoyservidorespúblicos,estárelacionadacon los
medidasqueenmateriade seguridadyprotecciónhan sidoestablecidaspor las institucionesdeseguridaddelEstadoasignadasaestamisiónylasrecomendacionesqueenestamateriapresentenlasFARC-EP.
1- Dentrode las ZonasVeredales Transitorias deNormalización (ZVTN) y los Puntos Transitorios deNormalización(PTN),losmandosdelasFARC-EPsonresponsablesdelaseguridadeintegridaddesupersonal.
2- Porfueradeloscampamentoslasy los integrantesdelasFARC-EPtransitanentrajedecivilysin
cumplimientodetareasrelacionadasconelAcuerdodePaz.Paraestosdesplazamientos, lasy losintegrantes de las FARC-EP contarán con lasmedidas de seguridad acordadas entre el GobiernoNacionalylasFARC-EPenelAcuerdodeGarantíasdeSeguridadcorrespondientealossubpuntos4y6delpunto3,FindelConflicto.EnlamedidaquelosintegrantesdelasFARC-EPesténcapacitadosycertificadosparaintegrarelcuerpodeseguridadparaestefin,seincorporaránaestamisión.
Así mismo, por cada ZVTN, las FARC-EP, designa un grupo de 10 de sus integrantes que puedemovilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de tareas relacionadas con elAcuerdo de Paz, para lo cual se dispone de dos equipos de protección por Zona para losdesplazamientos.LassalidasdelasZVTNylosPTNsehacenconcorresponsabilidaddelosmandosdelasFARC-EP.
• Designaciónpor cada ZVTNy los PTNdel responsablede las FARC-EPqueautoriza a las y los
integrantesdeestaorganizaciónquerealizaránlascorrespondientessalidaseimpartealasylosintegrantes de las FARC-EP instrucciones pertinentes en materia de seguridad tal como locontemplaelAcuerdodeCFHBDyDA.
SEGURIDADPARALAPOBLACIÓNCIVILDURANTEELCFHBDYDA.ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,paragarantizarlaseguridadyconvivenciadelapoblacióncivilenlasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización (ZVTN) y Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y sus correspondientes Zonas deSeguridad(ZS)duranteelCFHBDyDA.1. El Gobierno Nacional continúa garantizando las condiciones de convivencia y seguridad de la
DA, está sustentada en la puesta en práctica demedidas enmateria de Derechos Humanos quepermitan su protección frente a potenciales amenazas que pongan en riesgo la vida, integridadpersonal,libertadescivilesysupatrimonio.
2. El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EP entregan lascoordenadasdelaubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueseadoptenlasmedidasnecesariasparaposibilitarlosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTN,demanerasegurabajoelmonitoreoyverificacióndelMM&V.
EstosmovimientospuedenseracompañadosporelMM&VsielGobiernoNacionalylasFARC-EPasílo requieren. En este caso para su seguridad, las y los integrantes del CI-MM&V deberán darcumplimientoalosestándaresmínimosdeseguridaddelsistemadeNacionesUnidas.
ydecoordinaciónentreloscomprometidosenelCFHBDyDA(GobiernoNacional,MM&V,FuerzaPública,lasFARC-EP),garantizandoentodocasolaseguridaddelascomunicacionesaefectos de evitar eventuales filtraciones o alteraciones que pongan en riesgo eldesplazamiento.
2. Ejecución: El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EPentreganlascoordenadasdelaubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueseadoptenlasmedidasnecesariasparaposibilitarlosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTNdemanerasegurabajoelmonitoreoyverificacióndelMM&V.
• Estemismodía (D+1) se realizan los ajustes de los dispositivos de la Fuerza Pública, para
• EldíaD+5, lasdistintasmisiones, comisionesyunidades tácticasdecombate (UTC)de los
frentesde las FARC-EP,previa confirmaciónporpartedelMM&Vde la adecuaciónde losdispositivosenelterrenodelaFuerzaPública,sedesplazaránhaciaZVTNyPTN,teniendoencuentalasmedidasdeseguridadestablecidasenelpresenteprotocolo.
SEGURIDAD EN LAS ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN (ZVTN) Y LOS PUNTOSTRANSITORIOSDENORMALIZACIÓN(PTN)DURANTEELCFHBDYDA.ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,paragarantizarlaseguridadenlasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)ylosPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN).
zona de seguridad en su contorno; dispositivos de seguridad; adecuada infraestructura física yaprovisionamiento logístico; seguridad en las comunicaciones; normas de convivencia; atenciónmédicabásica;yunplandeevacuaciónfrenteaemergenciasydesastresnaturales.
evitarincidentesoaccidentes.EstazonadeseguridadestasupervisadaporelMM&VyenellanohacenpresenciaintegrantesdelaFuerzaPúblicaodelasFARC-EP,conexcepcióndelosequiposdemonitoreo y verificación acompañados de seguridad policial cuando las circunstancias así lorequieran.
sonubicados loscontenedoresparaalmacenarelarmamentoy lamunicióndelasFARC-EP.Estoslugares están plenamente identificados y cuentan con los respectivos controles y medidas deseguridad,bajolasupervisióndelComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V).Conestemismofin,enlosPTNseubicaunsolositioenelcampamento.
6. Durante la vigenciade las ZVTNy losPTNes suspendidoel porte y la tenenciadearmaspara la
se recepciona y difunde información a quien corresponda, con el fin de neutralizar eventualesamenazasquepuedanafectara las y los integrantesde las FARC-EP,delGobiernoNacional,delMM&V,delapoblacióncivily/oelnormalfuncionamientodelasZVTN,losPTNylosdispositivosenelterrenodelaFuerzaPública.
ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentrelasFARC-EPyelCI-MM&Vparagarantizar la seguridad durante la manipulación, almacenamiento, transporte y control de armas defuego,municionesyexplosivosenelprocesodelCFHBDyDA,loscualesseránmonitoreadosyverificadosporelCI–MM&V.a. Manipulación1. Durante los desplazamientoshacia las ZVTN, PTN y en los campamentos, no sepodrámanipular
ningún tipo de explosivo, munición explosiva, sustancias peligrosas o artefactos explosivosimprovisados.
3. Para el porte,manipulación ymantenimiento de las armas de fuego se aplicarán las normas deseguridadestablecidaseneldecálogodeseguridadconlasarmasdefuego.
sudisposiciónfinal,porpartedelCI-MM&V,serealizabajolosestándaresseguridaddelaONU.d. Control
1. El CI-MM&V realiza los controles pertinentes de monitoreo y verificación de las armas
individuales,de lasarmasen losarmerillosyde lasarmasen los contenedoresconformea loestablecidoenelAcuerdodeCFHBDyDA.
2. Las FARC-EP se comprometen a difundir a todos sus integrantes los protocolos de seguridaddispuestosparalamanipulación,transporte,almacenamientoycontrolparalaseguridaddelasarmasdefuegoymunicionesparasupuestaenpráctica.
3. El CI-MM&Ven coordinación con las FARC-EP selecciona un punto seguro, libre de amenazas
ElpresenteprotocolocontienelosprocedimientosestablecidosdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EPparagarantizarlalogísticadelasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yCampamentos(PuntosTransitoriosdeNormalizaciónPTN)yelMM&V(Nacional,regionalylocal)duranteelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)ylaDejacióndeArmas(DA).DefinicióndeLogística:eselconjuntodeelementosdeordenmaterialquesatisfacen lasnecesidadesespecíficasqueserequierenparaelfuncionamientodelasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)ylosPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)duranteelCFHBDyDA,asícomodelMM&Vquetienequevercon:alojamiento,alimentación,cocinas,depósitodealimentos,comedores,aulas,oficinas,bibliotecas,recepción,baños,enfermeríayodontologíaparaatenciónbásicaensalud,comunicaciones,almacén de intendencia, kit de aseo masculino, kit de aseo femenino y accesorios, kit de ropa eimplementosdeportivos.Sedebetenerencuentaparaelsuministrodelogísticaloselementosdiferenciadosporgénero.Enlogísticasenecesitasatisfacerlassiguientesnecesidades:1. Salud.DuranteelprocesodelCFHBDyDA,secuentaconlaatenciónmédicabásicaqueseanecesaria
deformainmediata.Igualmente,seprestaráatenciónmédicaespecializadaodeemergencia,encuyocaso se podrán realizar los traslados a los centros médicos pertinentes, garantizando la atenciónoportunaylaseguridad.
Para la adquisición, transporte y distribución de los productos alimenticios y medicamentos, elGobiernoNacionalharálaconvocatoriapública,unodecuyostérminosdereferenciadebeserquelosproductosalimenticiosylosmedicamentosseanadquiridospreferentementeenlasregionesdondeesténubicadaslasZVTNyPTN.LasFARC-EPdesignaráundelegadoqueacompañeesteprocesoanivelnacional.
para garantizar losmedios necesarios de comunicación (principales y alternos - BandasUHF, VHF,satelital)yestablecenfrecuenciasyhorariosquefacilitenlacoordinaciónentreelGobiernoNacional,lasFARC-EPyelMM&VporeltiempoquedureelCFHBDyDA.
En cada zona habrá un delegado o delegada de las FARC-EP encargado de la parte logística quien seentenderáconelenlace logísticodelnivel localdelMecanismodeMonitoreoyVerificación (MM&V),quienrecibirálalistadelasnecesidadesrequeridasenlasZVTNylosPTN,loscualesseránresponsablesderecibir,verificaryfirmarlasplanillasrespectivas.TodoesteprocedimientologísticoseráverificadoporelMM&V.
LaDejacióndelasArmasporpartedelasFARC-EPimplicaunprocesoorganizado,trazableyverificableque se desarrolla en dos tiempos, denominados Control de Armamento y Dejación de las Armas. ElprocesodeDejacióndelasArmasiniciaconlafirmadelAcuerdoFinal.
• Registro: consiste en el procedimiento técnico por el cual el Componente Internacional delMecanismodeMonitoreoyVerificación(CI-MM&V)consignalacantidadytipodearmasrecibidasalasFARC-EP(procedimientosegúnAnexoA).
• Identificación: corresponde al procedimiento técnico por el cual el CI-MM&V establece lascaracterísticasdelasarmasdelasFARC-EP.Esteprocedimientosehaceúnicamenteconlasarmasindividuales que porten los integrantes de las FARC-EP dentro de los campamentos(procedimientosegúnAnexoA).
• Almacenamiento del armamento: es el procedimiento por el cual el CI-MM&V deposita elarmamento recibidode las FARC-EP,previo registro ymarcadopara controlde inventario, encontenedoresdispuestosatalesefectosdentrodeunodeloscampamentosdecadaZVTN,asícomoen cada unode los PTN. El área de terreno en la cual se ubican los contenedores serárestringida.SóloelCI-MM&V,quienefectúamonitoreoyverificaciónpermanente,puedeingresaradichaárea.
• Disposiciónfinaldelarmamento:EselprocedimientotécnicoporelcuallasarmasdelasFARC-EP seutilizanpara la construcciónde3monumentosa saber:unoen la sedede lasNacionesUnidas,otroenlaRepúblicadeCubayotroenterritoriocolombianoenlugaraserdeterminadopor la organización política surgida de la transformación de las FARC-EP, en acuerdo con elGobiernoNacional.
ApartirdeldíaD+5,lasFARC-EPentreganalCI-MM&Vlainformaciónsobrelasarmasquetienenensupoder,afindequeelCI-MM&Vestéencondicionesdepreverlacantidadytipodecontenedoresenlosque se almacenarán las armas. Ello también permitirá planificar adecuadamente el monitoreo yverificaciónsobreeltransporte,asícomoprocederalregistro,identificación,monitoreoyverificacióndelatenencia,recolección,almacenamiento,extracciónydisposiciónfinal.
Se considerará armamento inestable todo aquel cuyo exterior pueda apreciarse deteriorado conrajaduras,abolladuras,hundimientosyoxidación,asícomoelqueposeamaterialexplosivoexudadoycualquierotro signoquepermitadeterminarque su transportepueda resultarpeligroso. También lasarmas,minasyexplosivosdefabricaciónartesanaleinsumosparasufabricación.
Estasarmas,granadasymunicionesseránregistradasymarcadasparafinesdecontroldeinventario,ylas que no sean destinadas al porte individual serán acondicionadas en armerillos temporales bajoresponsabilidad de las FARC-EP. El CI-MM&V inicia el monitoreo sobre estas armas, granadas ymuniciones.Se deberá monitorear la totalidad del armamento, granadas y municiones de las FARC-EP que seencuentren dentro del campamento, en forma aleatoria o mediante otro método, siempre encoordinaciónconelcomandantede lasFARC-EPdecadacampamento.La frecuenciadependeráde lacantidaddearmamentoylasituación.EldíaD+60seprocedealalmacenamientodelasarmasdeacompañamiento,lasarmasdemilicias,lasgranadasylasmunicionesqueseencontrabantemporalmenteacondicionadasenarmerillos.
Paralelamente, entre el día D+10 y el día D+60 las FARC- EP realizan la destrucción del armamentoinestable guardado en depósitos (caletas) previamente geo referenciados bajo los parámetrosestablecidos en los protocolos de seguridad. El CI-MM&V verificará la destrucción del armamentoinestableyconfeccionaráunactadondedetallaráfecha,hora,lugar(georeferenciado),cantidadytipodearmamento.AlmismotiempoelCI-MM&Vdeberáverificar lacorrectapreparaciónde laactividad.Esta actividad deberá estar adecuadamente coordinada entre las FARC-EP, CI-MM&V y el GobiernoNacionaldebidoalesfuerzologísticoydeseguridadqueelloimplica.Se deberá asegurar que los desplazamientos del CI-MM&V se realicen por rutas seguras, sin minasantipersonal(MAP),artefactosexplosivosimprovisados(AEI)ymunicionessinexplotar(MUSE)orestosexplosivosdeguerra(REG).ParaesteefectolasFARC-EPsuministranlainformaciónpertinenteyserealizantodaslascoordinacionesconelGobiernoNacionalyelCI-MM&V.Todas las actividades que impliquen el transporte de armas se desarrolla según lo establecido en elprotocolodeseguridadparaeltransportedearmamento.
La recolección y almacenamiento del armamento individual que permanece en poder de los (as)integrantesdelasFARC-EPdentrodeloscampamentosseharádemanerasecuencialyentresfases:
Enformasimilaraloestablecidoenelpárrafoanterior,entreeldíaD+150yeldíaD+180lasNacionesUnidas proceden a la extracción de todas las armas almacenadas, previamente inhabilitadas para suutilizacióncomoarmasdeguerrayaladestruccióndelasgranadasymuniciones.Esta actividad deberá estar adecuadamente coordinada entre las FARC-EP, CI-MM&V y el GobiernoNacionaldebidoalesfuerzologísticoydeseguridadqueelloimplica.
ElCI-MM&VinformaráalMM&VlafinalizacióndecadaetapadelprocedimientodeDejacióndelasArmas,conbaseenlodescritoenelAcuerdodeCesealFuegoBilateralyDefinitivoyDejacióndelasArmas.Lainformación deberá detallar las actividades realizadas de acuerdo a la información suministradapreviamenteporlasFARC-EPalCI-MM&V.DeestamaneraelMM&Vcertificacadaunadelasfasesdelprocedimientoycomunicaalaopiniónpública.
• El CI-MM&Vprocederá al registro e identificacióndedichas armas, granadas ymuniciones, con lafinalidaddelcontroldeinventario,cotejandola informacióndelosformularios.Aestasarmasseleasignaráunnúmeroidentificatoriobajolaformadeuncódigodebarras,códigoalfanuméricoocódigoQR.
• Cumplida la inspecciónseprocedealacondicionamientoenarmerillos temporalesde lasarmasde
acompañamiento,laspertenecientesamilicias,ylasgranadasymuniciones.• Se archivan los formularios de manera segura y confidencial. El CI-MM&V será el custodio de la
poderdelCI-MM&V,ylaotraenpoderdelcomandantedelasFARC-EPdelaZVTNoPTNrespectivo.• Se instalaráunarreglode lucesperimetrales, lasqueseencenderánautomáticamenteenhorasde
a) LaJurisdicciónEspecialparalaPazesunajurisdicciónespecialqueejercefuncionesjudicialesdemaneraautónomaypreferentesobrelosasuntosdesucompetencia,enespecialrespectoaconductasconsideradasgravesinfraccionesalDerechoInternacionalHumanitarioogravesviolacionesdelosDerechosHumanos.Seaplicaráúnicamenteaconductascometidasconanterioridadasuentradaenvigor.
b) LanormaqueestablezcaqueelTribunalparalaPazeslamáximainstanciayelórganodecierredelaJurisdicciónespecialparalaPaz
c) LacreacióndecadaunodelosórganosdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,asícomoelnúmerodeintegrantesdecadaunodeellos:
LaspartesacordaranotroartículotransitorioqueincorporaráalaConstituciónPolíticalaliteralidaddelAcuerdo sobre las víctimas del conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación, y NoRepetición, incluyendo la JurisdicciónEspecialpara laPazyelcompromisosobrederechoshumanos”,alcanzadoel15dediciembrede2015.LoacordadoenestepárrafomodificaloestablecidoenelpuntoIVdelacuerdoalcanzadoentrelaspartesenfecha12demayode2016exclusivamenteenloreferidoalaincorporación del Acuerdo sobre las víctimas del conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia,Reparación, y No Repetición, incluyendo la Jurisdicción Especial para la Paz y el compromiso sobrederechoshumanos”alaConstituciónPolítica
IV.- Este Acuerdo Especial tendrá vigencia desde el momento de su firma,quedando sin efecto si las partes concluyeran las actuales conversaciones sinalcanzarunAcuerdoFinaldePaz.
COMPETENCIAYFUNCIONAMIENTODELASALADEDEFINICIÓNDESITUACIONESJURÍDICASArtículo43. SaladeDefinicióndeSituaciones Jurídicas. La SaladeDefiniciónde SituacionesJurídicas también tendrá la función de conceder a los Agentes del Estado la renuncia a lapersecuciónpenal,comounodelosmecanismosdetratamientopenalespecialdiferenciado,deacuerdoconloestablecidoenlapresenteLey.LascompetenciasdelaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasprevistasenelTítuloIIdeestaley también se aplicarán en lo pertinente a los Agentes del Estado para hacer efectivo loestablecidoenelpresenteTítulo.
Artículo44.MecanismosdetratamientoespecialdiferenciadoparaAgentesdelEstado:LaSaladeDefinicióndeSituaciones Jurídicasde la JurisdicciónEspecialpara laPaz,enaplicacióndelprincipio de favorabilidad regulado en esta ley, aplicará cualquiera de los mecanismos deresolucióndefinitivadelasituaciónjurídicaalosagentesdelEstado,entreelloslarenunciaalapersecución penal, a quienes hayan sido condenados, procesados o señalados de cometerconductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflictoarmado,deconformidadconloscriteriosestablecidosenelsiguienteartículo.Artículo45.De la renunciaa lapersecuciónpenal.La renunciaa lapersecuciónpenalesunmecanismo de tratamiento penal especial diferenciado para Agentes del Estado propio delsistemaintegralmedianteelcualseextinguelaacciónpenal,laresponsabilidadpenalylasanciónpenal,necesarioparalaconstruccióndeconfianzayfacilitarlaterminacióndelconflictoarmadointerno, debiendo ser aplicadodemanera preferente en el sistemapenal colombiano, comocontribuciónallogrodelapazestableyduradera.Estemecanismonoprocedecuandosetratede:
1. Delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma derehenesuotraprivacióngravedelalibertad,latortura,lasejecucionesextrajudiciales,ladesaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la
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sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento demenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma.
3. Delitoscontrael servicio, ladisciplina, los interesesde laFuerzaPública,elhonory laseguridaddelaFuerzaPública,contempladosenelCódigoPenalMilitar.
Artículo46.Procedimientopara laaplicaciónde larenunciaa lapersecuciónpenalpara losAgentesdelEstado.LaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas,apeticióndelinteresadoodeoficio,resolverálasituaciónjurídicadelAgentedelEstadoconlaaplicaciónonodelarenunciaalapersecuciónpenal.ElAgentedelEstadoquesolicitelaaplicacióndeestemecanismodeberáacompañarsusolicitudde informes, providencias judiciales, disciplinarias, administrativas, fiscales o actosadministrativosquedencuentadesusituaciónjurídicaypermitanestablecerquesuconductafuecometidaporcausa,conocasiónoenrelacióndirectaoindirectaconelconflictoarmado.Cuando el procedimiento se inicie de oficio, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicasrecaudaráloselementosdejuicioqueconsiderenecesariosparadeterminarquelaconductafuecometidaporcausa,conocasiónoenrelacióndirectaoindirectaconelconflictoarmado.Determinadoloanterior,lasalaordenarálarenunciaalapersecuciónpenalsiemprequenosetratedeconductasconstitutivasdedelitosdelesahumanidad,elgenocidio,losgravescrímenesdeguerra,latomaderehenesuotraprivacióngravedelalibertad,latortura,lasejecucionesextrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violenciasexual, la sustracción demenores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento demenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma,nidedelitoscontraelservicio, ladisciplina, los intereses de la Fuerza Pública, el honor y la seguridad de la Fuerza Pública,contempladosenelCódigoPenalMilitar.Unavezproferidalaresoluciónqueotorguelarenunciaalapersecuciónpenal,seráremitidaalaautoridadjudicialqueestéconociendodelacausapenal,paraquedécumplimientoalodecididoporlaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasymaterialicelosefectosdeextincióndelaacciónpenal,delaresponsabilidadpenalydelasanciónpenalsegúncorresponda. Artículo47.Otrosefectosdelarenunciaalapersecuciónpenal.Larenunciaalapersecuciónpenaltambiéngeneralossiguientesefectos:
4. Anula o extingue la responsabilidad o la sanción disciplinaria, fiscal o administrativa
derivadadelaconductapenal.
5. Impideelejerciciode laacciónde repeticiónydel llamamientoengarantíacontra losAgentes del Estado, sin perjuicio del deber del Estado de satisfacer el derecho de lasvíctimasalareparaciónintegral.
6. Opera hacia futuro y no tiene efectos retroactivos laborales, disciplinarios,administrativosofiscales.
Artículo48.RecursoscontralasresolucionesdelaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas:Las resoluciones adoptadas por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas podrán serrecurridasenreposiciónantelamismaSala,yenapelaciónantelaSeccióndeApelacionesdelTribunalparalaPazúnicamenteasolicituddeldestinatariodelaresolución.
CAPITULOIIIREGÍMENDELIBERTADES
Artículo49.Libertadtransitoriacondicionadayanticipada.Lalibertadtransitoriacondicionadayanticipadaesunbeneficiopropiodelsistemaintegralexpresióndeltratamientopenalespecialdiferenciado,necesarioparalaconstruccióndeconfianzayfacilitarlaterminacióndelconflictoarmadointerno,debiendoseraplicadodemanerapreferenteenelsistemapenalcolombiano,comocontribuciónallogrodelapazestableyduradera.Este beneficio se aplicará a los Agentes del Estad, que almomento de entrar en vigencia lapresenteley,esténdetenidosocondenadosquemanifiestenoaceptensusometimientoalaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,conelfindeacogersealmecanismodelarenunciaalapersecuciónpenal.Dichamanifestaciónoaceptaciónde sometimiento seharáanteel SecretarioEjecutivode laJurisdicciónEspecialparalaPaz,encasodequenohayaentradoenfuncionamientolaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas.Elotorgamientodelalibertadtransitoria,condicionalyanticipadaesunbeneficioquenoimplicaladefinicióndelasituaciónjurídicadefinitivaenelmarcodelaJurisdicciónEspecialparalaPaz.SolopodráreingresaralaFuerzaPúblicaquienhayasidoabsueltoderesponsabilidaddemaneradefinitiva.
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Artículo 50. De los beneficiarios de la libertad transitoria condicionada y anticipada. Seentenderán sujetosbeneficiariosde la libertad transitoria condicionada y anticipadaaquellosAgentesdelEstadoquecumplanlossiguientesrequisitos:
2. Quenosetratededelitosdelesahumanidad,elgenocidio,losgravescrímenesdeguerra,la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecucionesextrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas deviolencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además delreclutamientodemenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma,salvoqueelbeneficiariohayaestadoprivadodelalibertaduntiempoigualosuperioracinco(5)años,conformealoestablecidoparalassancionesalternativasenlaJurisdicciónEspecialparalaPaz.
3. Quesoliciteoacepte libreyvoluntariamente la intencióndeacogersealsistemade la
JurisdicciónEspecialparalaPaz.
4. Quesecomprometa,unavezentreafuncionarelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,ReparaciónyNoRepetición,acontribuiralaverdad,alanorepetición,alareparacióninmaterial de las víctimas, así como atender los requerimientos de los órganos delsistema.
Parágrafo 1.Para efectos de los numerales anteriores el interesado suscribiráun acta dondeconste su compromiso de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz, asícomo laobligacióndeinformartodocambioderesidencia,nosalirdelpaíssinpreviaautorizacióndelamismayquedaradisposicióndelaJurisdicciónEspecialparaLaPaz.Endichaactadeberádejarseconstanciaexpresade laautoridad judicialqueconoce lacausapenal,delestadodelproceso,deldelitoydelradicadodelaactuación.Parágrafo2.EncasoqueelbeneficiadosearequeridoporelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,Reparación y No Repetición y no haga presentación o incumpla alguna de las obligacionescontraídas en el compromiso, se le revocará la libertad. No habrá lugar a la revocatoria porcircunstanciasdiferentesalasaquíseñaladas. Artículo51.Procedimientoparalalibertadtransitoriacondicionadayanticipada.ElSecretarioEjecutivodelaJurisdicciónEspecialparalaPazcomunicaráalfuncionarioqueestéconociendolacausapenalsobreelcumplimientodelosrequisitosporpartedelbeneficiado,paraqueprocedaaotorgarlalibertadtransitoriacondicionadayanticipadaaqueserefiereelartículoanterior,quiendemanerainmediataadoptarálaacciónodecisióntendienteamaterializarlamisma.
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ElincumplimientodeloaquídispuestoconstituyefaltadisciplinariaArtículo52.Supervisión.Losdirectoresdelosestablecimientospenitenciariosycarcelariosdedondesaldráelpersonalbeneficiadodelalibertadtransitoriacondicionadayanticipada,ejercerásupervisión sobre éste hasta que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determine laaplicacióndelmecanismoalarenunciaalapersecuciónpenal,utilizandotantolosmecanismosordinarioscomolosdispuestosenlajurisdicciónespecialparaLaPaz.Artículo 53. Libertad definitiva e incondicional. La autoridad judicial ordinaria que estéconociendodelacausapenalcumplirálaordendelibertadinmediata,incondicionalydefinitivadel beneficiado con la renuncia a la persecución penal proferida por Sala de Definición deSituacionesJurídicas
Artículo54.Privacióndela libertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstado.LaprivacióndelalibertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstadoenelmarcodelaJurisdicción Especial para la Paz es un beneficio expresión del tratamiento penal especialdiferenciadopropiodelsistemaintegral,necesarioparalaconstruccióndeconfianzayfacilitarlaterminacióndel conflictoarmado interno,debiendo seraplicadodemanerapreferenteenelsistemapenalcolombiano,comocontribuciónallogrodelapazestableyduradera.EstebeneficioseaplicaráalosAgentesdelEstadodetenidosocondenadosquemanifiestenoaceptensusometimientoalaJurisdicciónEspecialparalaPaz.Dichamanifestaciónoaceptaciónde sometimiento seharáanteel SecretarioEjecutivode laJurisdicciónEspecialparalaPaz,encasoquenohayanentradoenfuncionamientolosórganosdelaJurisdicción.SolopodráreingresaralaFuerzaPúblicaquienhayasidoabsueltoderesponsabilidaddemaneradefinitiva.Artículo55.DelosbeneficiariosdelaPrivacióndelalibertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstado.LosAgentesdelEstadoquealmomentodeentrarenvigencialapresente
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ley llevenprivadosde la libertadmenosdecinco(5)años,conformea loestablecidopara lassancionesalternativasenlaJurisdicciónEspecialparalaPazcontinuaránprivadosdelalibertadenUnidadMilitaroPolicial,siemprequecumplanlossiguientesrequisitosconcurrentes:
2. Quesetratededelitosdelesahumanidad,elgenocidio,losgravescrímenesdeguerra,latoma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecucionesextrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas deviolencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además delreclutamientodemenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma.
3. Quesoliciteoacepte libreyvoluntariamente la intencióndeacogersealsistemade laJurisdicciónEspecialparalaPaz.
4. Quesecomprometa,unavezentreafuncionarelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,ReparaciónyNoRepetición,acontribuiralaverdad,alanorepetición,alareparacióninmaterial de las víctimas, así como atender los requerimientos de los órganos delsistema.
Artículo56.Procedimientopara laPrivaciónde la libertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstado.ElSecretarioEjecutivodelaJurisdicciónEspecialparalaPazcomunicaráalfuncionarioqueestéconociendolacausapenalsobreelcumplimientodelosrequisitosporpartedelbeneficiado,paraqueprocedaaotorgarlasustitucióndelaprivacióndelalibertadintramuralporlaPrivacióndela libertadenUnidadMilitaroPolicialaqueserefiereelartículoanterior,quiendemanerainmediataadoptarálaacciónodecisióntendienteamaterializarlamisma.Parágrafo. En caso que el beneficiado incumpla alguna de las obligaciones contraídas en elcompromisoodesatiendasucondicióndeprivadodelalibertad,selerevocaráelbeneficiodelaprivaciónde la libertadenUnidadMilitar.Nohabrá lugar a la revocatoriapor circunstanciasdiferentesalasaquíseñaladas.Artículo57.Supervisión.ElComandantedelaUnidadMilitaroPolicialdondevayanacontinuarprivados de la libertad los Agentes del Estado, ejercerá control, vigilancia y verificación delpersonalbeneficiadodelaprivacióndelalibertadenUnidadMilitaroPolicial,utilizandotantolosmecanismosordinarioscomolosdispuestosenlaJurisdicciónEspecialparaLaPaz.
JURISDICCIÓNESPECIALPARALAPAZYASEGURARSUOPORTUNAPUESTAENFUNCIONAMIENTOLaHabana,RepúblicadeCuba,Agosto19de2016EntreelGobiernodeColombiaylasFARC-EPhemoscelebradoelpresenteAcuerdoEspecial de Ejecución para seleccionar al Secretario Ejecutivo de la JurisdicciónEspecialparalaPazyasegurarsuoportunapuestaenfuncionamiento:
1. De conformidad con el numeral 68 del Acuerdo sobre Jurisdicción Especial
para la Paz, de 15 de diciembre de 2015, las delegaciones del GobiernoNacional y de las FARC-EP en laMesa de Conversaciones han definido, demutuo acuerdo, confiar alas Naciones Unidas la designación del SecretarioEjecutivode laJurisdicciónEspecialpara laPaz(JEP).ElSecretarioEjecutivodeberáreunirlosrequisitosprevistosendichoAcuerdoyserdenacionalidadcolombiana.Podráserhombreomujer,depreferenciaconexperienciaenlaadministración de justicia. El secretario ejecutivo seleccionado seráconfirmadoporelcomitédeselecciónde losmagistradosde la JurisdicciónEspecialpara laPaz.Ladecisióndenoconfirmarlodeberáservotadapor lamayoría calificada que se establezca en el acuerdo de creación de dichocomité.
2. LadesignacióndelSecretarioEjecutivosehará,alamayorbrevedadposible,porelresponsabledelMecanismodeMonitoreoyVerificación(MMV)delaOrganización de Naciones Unidas, que es el mecanismo independienteacordadoporlaspartes.
3. Hasta tanto sea creado dentro de la estructura del Estado el cargo de
Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz, así como laSecretaría Ejecutiva de dicha jurisdicción, el Secretario Ejecutivo actuarátransitoriamentecomofuncionariodelaOrganizacióndeNacionesUnidas.
4. ElGobiernoNacionalsecomprometeaproporcionarlealSecretarioEjecutivolacolaboraciónqueesterequieraparacumplirsusfuncionestransitorias.Alafecha del nombramiento del Secretario Ejecutivo, el Gobierno Nacional
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determinará el funcionario de alto nivel que servirá de enlace para elcumplimientodeestecompromiso.
6. ElSecretarioEjecutivodesignadosegúnloprevistoenelpuntoprimerodeesteacuerdo,asumirádemaneratransitorialassiguientesresponsabilidades:“(a)Coordinar con el Ministro de Justicia el plan de creación y puesta enfuncionamientodelaJurisdicciónEspecialparalaPazasícomoelcronogramaprevistoparaqueestapuedaentrarenfuncionamientodemaneraoportuna,así como expresarle al Ministro de Justicia a la mayor brevedad lasrecomendaciones pertinentes; (b) impulsar la adopción de las decisiones ymedidasnecesariasparaasegurarquelaSaladeAmnistíaeIndultoylaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicaspuedancumplirsusfuncionesdesdeeldíamismodesucreación; (c)promover lasdecisionesy lasmedidasnecesariasparaquetodoslosórganosdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,asícomolosmagistrados y fiscales de la misma, puedan entrar a funcionar de maneraoportuna,en instalaciones idóneas, con los soportes técnicos, informáticos,administrativos y personales que estos requerirán; (d) adelantar lacoordinaciónnecesariaconlosórganosquesegúnelacuerdodecreacióndelaJurisdicciónEspecialparalaPazdeberánpresentarleinformesalaSaladeReconocimientodeVerdadyResponsabilidadyDeterminacióndelosHechosy Conductas de tal forma que estos puedan presentar tales informes demaneraoportuna;y(e)adelantarlasdemásaccionesnecesariasconelfindetenerlacapacidadinstitucionaladecuadaparaquelaJurisdicciónEspecialparala Paz pueda cumplir eficientemente sus responsabilidades según loestablecidoenelacuerdodecreacióndedichajurisdicción,enespecialparagarantizarlainfraestructura,lacontratacióndelpersonal,lapuestaenmarchadesistemasde informaciónydegestióndeprocesos judicialesy losdemásrecursos tecnológicos, así como los recursos suficientes para elfuncionamientodetodoslosórganosdeestajurisdiccióntantoenlaciudad
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donde se ubicará como en los lugares a los cuales deban desplazarse losmagistradosyfiscalesencumplimentodesusfunciones.
7. El Secretario Ejecutivo también asumirá las siguientes responsabilidadesrelacionadasconelcumplimientodelosacuerdossobredejacióndearmasdelas FARC-EP y concesión de amnistías, indultos y tratamientos especiales,incluidos los diferenciados para los Agentes del Estado: (a) Recibir lasmanifestacionesdesometimientoa la JurisdicciónEspecialpara laPazydepuestaadisposicióndelamisma;(b)prepararuninforme,condestinoalaSaladeAmnistíaeIndulto,laSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasylaSaladeReconocimientodeVerdadyResponsabilidadyDeterminacióndelosHechosy Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el nombre y laidentificaciónprecisade cadaunade las personasquehanmanifestado susometimiento a dicha jurisdicción en la cual conste la información básicapertinente, comopor ejemplo, la Sala a la cual solicita acceder, la peticiónformulada,loselementosrelevantesparacalificarsilaconductamencionadatienerelaciónconelconflictoarmado,ydeexistirunexpediente,cuálessuubicaciónydondeseencuentraadisposicióndelosórganosdelaJEPeneleventodequedeseenconsultarlo;(c)recibir,originalocopiasegúnelcaso,delas actas de compromiso suscritas en cumplimiento de los acuerdos sobredejación de armas, aplicación de la Ley 418 de 1997 y las demás normasvigentesoqueseexpidanenelfuturosobreamnistías,indultosytratamientospenalesespeciales,enparticularlosdiferenciadosparaAgentesdelEstado,eincluirensuinformealosórganosdelaJEPlainformaciónpertinentesobredichasactasdecompromisoparafacilitareloportunoiniciodelasactividadesdecadaórganodelaJEP.Eneleventodequeelsolicitantehayafirmadounactadecompromiso,indicarelnúmeroderadicacióndelamismaparasuágilconsulta;(d)RecibirdepartedelaMisióndeMonitoreoyVerificación(MMV)informaciónsobredejaciónefectivadearmase incluirlaenel informea losórganosdelaJEPodelEstadoenloqueseapertinente,enespecialrespectodelosquesolicitanamnistíaseindultos;(e)EnsuinformealosórganosdelasJEP, el Secretario Ejecutivo agrupará los casos de conformidad con losparámetrosestablecidosenelAcuerdosobreJurisdicciónEspecialparalaPaz,de15dediciembrede2015,sinperjuiciodequeluegoloscomplementeconbaseenloscriteriosqueadoptenlasSalas.
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8. El Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz cumplirá lasresponsabilidadesmencionadasenelpunto7deesteacuerdo,contrastandola identificación de las personas que efectúen las manifestaciones desometimientoylassolicitudesrecibidasconbaseenlasreglasacordadaenlaMesadeConversaciones,así:(a)RespectodelosintegrantesdelasFARC-EPconbaseenloslistadosentregadosyverificadosporelprocedimientodefinidoen laMesa de Conversaciones; (b) Respecto de losmiembros activos o enretirodelaFuerzaPública,conbaseenloslistadosqueelaboreparaelefectoelMinisteriodeDefensaNacional; (c)Respectode lasdemáspersonas,conbaseenlaprovidenciajudicialpertinente.
9. El Secretario Ejecutivo presentará ante las autoridades judiciales lainformaciónpertinentesobreelsometimientodeunapersonaalaJEPeneleventodequecursenprocesosjudicialesensucontra.
10. Para el cumplimiento de sus responsabilidades, el Secretario Ejecutivoorganizará y pondrá en funcionamiento provisionalmente la SecretaríaEjecutivadelaJurisdicciónEspecialparalaPazdetalformaqueseencuentrelista para operar de manera definitiva una vez sea creada mediante losprocedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano. Conestefin,avanzaráenlaconsecucióndelasededelaSecretaría,laorganizaciónde su infraestructura, la contratación de personal, el alistamiento logístico,técnicoeinformático,asícomoenlaconsecuciónderecursossuficientesparafinanciarsufuncionamientoyeldetodalaJurisdicciónEspecialparalaPaz.
oprocesospordelitos indultablessegúnlasnormasenvigora lafechadel iniciode ladejación de armas, serán objeto del indulto previsto en la Ley 418 de 1997 y susposterioresreformas,exclusivamenteparalasconductasquelasleyespermitenindultar.El indultoseotorgaráconefectosdesdeelmomentoenelquese inicieelprocesodedejacióndearmas.
Las personas trasladas permanecerán en dichas Zonas Veredales Transitorias deNormalización (ZVTN) en situación de privación de la libertad en las condicionesestablecidas en el numeral 7 del artículo 2 del Decreto 4151 de 2011 y normasconcordantes.
Estas personas se ubicarán en espacios diferenciados de los campamentos donde seubiquen losmiembrosde lasFARCEPenprocesodedejacióndearmas,nopudiendoingresarenloscitadoscampamentos.
EltrasladoseefectuaráunavezqueelDirectordelINPECrecibalacertificaciónexpedidaporlaMisióndeMonitoreoyVerificaciónaprobadaporresolución2261delConsejodeSeguridad de Naciones Unidas, haciendo constar que se encuentran debidamentehabilitadaslasinstalacionesnecesariasparalaubicacióndelostraslados.
El INPEC podrá ingresar en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN)cualquier momento a efectos de verificar el cumplimiento del régimen de traslado,vigilanciaycustodia.CuandoelINPECdecidaverificardondeseencuentraeltrasladadoinformaráalMecanismodeMonitoreoyVerificación,paraquecoordinesu ingresodeacuerdoconlosprotocolosacordadosporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.
Antes de efectuarse el traslado, la persona privada de libertad suscribirá un acta decompromiso obligándose a respetar el régimen de traslado, vigilancia y custodia deconformidadconloestablecidoenesteacuerdo,asícomoobligándoseasometersealaJurisdicciónEspecialparalaPazcuandoestaentreenfuncionamiento.
Lapersonatrasladadaquedaráadisposiciónde la justiciaen los términosde las leyesvigentesyencumplimientodelaDirectivaolasinstruccionesqueparaesteefectoexpidaelFiscalGeneraldelaNación.
6. LaspersonasalasqueselesaplicaloestablecidoenesteAcuerdoseránlosmiembrosdelasFARC-EPsegúnel listadoentregadoalGobiernoNacionalpor lapersonadesignadaexpresamente por la anterior organización para ese fin, y verificado por el GobiernoNacional según loestablecidoenel “AcuerdoFinal”, así como laspersonas calificadascomointegrantesocolaboradoresdelasFARC-EPenunaprovidenciajudicialproferidaconanterioridadaliniciodelaejecucióndeesteAcuerdoyquenosereconozcancomotales
y Verificación (MM&V) establecido en el Acuerdo de cese al fuego y de hostilidadesbilateralydefinitivoydejacióndelasarmasentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.
8. Para los efectos previstos en los numerales 4 y 5, un delegado de las FARC-EPexpresamente designado para ello entregará formalmente y por escrito al GobiernoNacional, a la mayor brevedad, dos listados, uno con los y las integrantes de laorganizaciónqueseencuentranprivadosdelalibertadporcualquierdelitoyotroconlaspersonas que se encuentran privados de la libertad por haber sido condenados oprocesadosporpertenenciaocolaboraciónconlasFARCEPyquenosereconozcancomotales.LoslistadosseránverificadosporelGobiernoNacional,segúnloestablecidoenelAcuerdoFinal, enelplazomásbreveposible conel findecumplir loacordadoen lostiemposestablecidossiemprequeloslistadoshayansidoentregadosenformaoportuna.Elprimer listadoalquese refiereestenumeralharápartedel listado finalyúnicodeintegrantesdelasFARCEPcobijadosporelAcuerdoFinal.AefectosdelaaplicacióndeesteAcuerdo,lasFARC-EPpodráhacerentregasdelistadosparcialeshastaelmomentodeentradaenvigordelaleydeamnistía.
9. A efectos de elaborar los listadosmencionados en este acuerdo, de forma inmediata
comenzaranaefectuarse lasvisitasde losabogadosdesignadospor lasFARC-EPa loslugares donde se encuentren privados de libertad los prisioneros de las FARC-EP oacusadosdeserlo,pararecolectar,apartirde loscolectivosexistentes, losnombresydemásdatospersonalesydeprocedimientospenalesdetodaslaspersonasprivadasdelibertadporpertenecerocolaborarconlasFARC-EP.LaMesadeConversacionessolicitaráalaoficinadelAltoComisionadoparalaPazlaentregadelainformaciónqueobreensupodersobrelaspersonasprivadasdelalibertad,imputadas,acusadasocondenadasconocasión a su pertenencia a las FARC-EP o acusados de pertenecer a esta sin que sereconozcancomotales.ElGobiernoNacionalaportaráalaMesadeConversacioneslainformaciónqueobreensupoder,enpoderdelaFiscalíaodelConsejoSuperiordelaJudicatura, sobre personas procesadas y condenas por conductas relacionadas con supertenenciaalasFARC-EPoacusadasdecolaboraroperteneceraestasinserlo.
10. El Gobierno expedirá los decretos reglamentarios y otras normas administrativascorrespondientes para que se lleve a cabo el traslado y se cumplan las normas devigilanciaycustodiaestablecidasenesteacuerdo.