C91a.mélea YeyidaPilia Atrinacw- ale ?d, 'a Coniraiona !'2neral fiel tmato. BOL 1 V I A OFICINA DE CORRESPONDENCIA 3 0 JUL 2021 La Paz, 21 de julio de 2021 P I E. N° 752/2020-2021 Registro Nº Fojas Hora Recibido por: Señor Lic. Henry Lucas Ara Pérez CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Presente. Señor Contralor: De conformidad a lo dispuesto por el numeral 17, parágrafo l del artículo 158 de la Constitución Política del Estado y los artículos 141, 142 y 144 del Reglamento General de la Cámara de Senadores, nos permitimos transcribir para su conocimiento y fines consiguientes, la Petición de Informe Escrito presentada por la Senadora Silvia Gilma Salame Farjat y el Senador Jorge Antonio Zamora Tardío, para que el Señor Contralor General del Estado responda a la misma en el plazo de quince días hábiles que fija el artículo 143 del mencionado Reglamento, que a la letra dice: "1. Informe usted, qué procesos sumarios administrativos a servidores públicos, concluyeron con la destitución de los mismos, en el periodo comprendido entre las gestiones 2017, 2018, 2019 y 2020, solicitando adjunte cuadros anuales en listado y documentación de respaldo, donde se señale los nombres, apellidos y cédula de identidad de los funcionarios destituidos, así como síntesis de las causas por las que sustanció el proceso sumario administrativo. Adjunté la documentación que sustenté. --- 2. Informe usted, si se ha realizado un seguimiento a los procesos en los que se ha establecido la destitución del empleo o cargo como resultado de la Responsabilidad Administrativa si se ha verificado la separación del servicio público, por habérsele encontrado responsable en términos de la ley. --- 3. Informe, si a efecto de dejar constancia, se ha dado cumplimiento a la publicación del registro de servidores públicos pasibles de responsabilidad administrativa por la que se impuso como sanción la destitución cargo. --- 4. Informe, si para la contratación de funcionarios públicos, previamente se verifica si este no ha sido sancionado con la destitución." Con este motivo, saludamos a usted atentamente. Sen. Andronico Rodri • uez Ledezma PRESIDENTE CÁMARA DE SENAD o RES Sen. liaría 111, glracifq3 rfioza TERCERA SECRETARIA SE LE . A. MISLAPPML. RIA Dirección: Plaza Murillo - Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia - Telf.: (591-2) 2158701 - www.senado.bo La Paz - Bolivia W ámara de P9Inad 1 T . Hl EU
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C91a.mélea YeyidaPilia Atrinacw- ale ?d, 'a Coniraiona !'2neral fiel tmato. BOL 1 V I A OFICINA DE CORRESPONDENCIA
3 0 JUL 2021 La Paz, 21 de julio de 2021 P I E. N° 752/2020-2021
Registro Nº
Fojas Hora
Recibido por:
Señor Lic. Henry Lucas Ara Pérez CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Presente.
Señor Contralor:
De conformidad a lo dispuesto por el numeral 17, parágrafo l del artículo 158 de la Constitución Política del Estado y los artículos 141, 142 y 144 del Reglamento General de la Cámara de Senadores, nos permitimos transcribir para su conocimiento y fines consiguientes, la Petición de Informe Escrito presentada por la Senadora Silvia Gilma Salame Farjat y el Senador Jorge Antonio Zamora Tardío, para que el Señor Contralor General del Estado responda a la misma en el plazo de quince días hábiles que fija el artículo 143 del mencionado Reglamento, que a la letra dice:
"1. Informe usted, qué procesos sumarios administrativos a servidores públicos, concluyeron con la destitución de los mismos, en el periodo comprendido entre las gestiones 2017, 2018, 2019 y 2020, solicitando adjunte cuadros anuales en listado y documentación de respaldo, donde se señale los nombres, apellidos y cédula de identidad de los funcionarios destituidos, así como síntesis de las causas por las que sustanció el proceso sumario administrativo. Adjunté la documentación que sustenté. --- 2. Informe usted, si se ha realizado un seguimiento a los procesos en los que se ha establecido la destitución del empleo o cargo como resultado de la Responsabilidad Administrativa si se ha verificado la separación del servicio público, por habérsele encontrado responsable en términos de la ley. --- 3. Informe, si a efecto de dejar constancia, se ha dado cumplimiento a la publicación del registro de servidores públicos pasibles de responsabilidad administrativa por la que se impuso como sanción la destitución cargo. --- 4. Informe, si para la contratación de funcionarios públicos, previamente se verifica si este no ha sido sancionado con la destitución."
Con este motivo, saludamos a usted atentamente.
Sen. Andronico Rodri • uez Ledezma PRESIDENTE
CÁMARA DE SENAD o RES
Sen. liaría 111, glracifq3 rfioza TERCERA SECRETARIA
SE LE. A. MISLAPPML. RIA
Dirección: Plaza Murillo - Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia - Telf.: (591-2) 2158701 - www.senado.bo
La Paz - Bolivia
Wámara de P9Inad
1 T . Hl EU
Contraloría General del Estado OLIVIA
16 00. 2021 La Paz, CGE/S G-310/2021
Señor Sen. Andrónico Rodríguez Ledezma PRESIDENTE CÁMARA DE SENADORES Presente
Hora: 5:01/15:
kt.10 1121
Lk1 1 MiU« 2W3 P • OFICIALIA MAYOR
VENTANILLA UNICA
De mi consideración:
Cursa en este despacho la Petición de Informe Escrito PIE N° 752/2020-2021, emitida a solicitud de la Senadora Silvia Gilma Salame Farjat y el Senador Jorge Antonio Zamorano Tardío, mediante la cual solicitan información relacionada a registro de procesos.
En el marco de las atribuciones legales y constitucionales conferidas a este ente de control gubernamental se remite el Informe CGE/SCSL/GR/INF-845/2021.
Dr. Henry Lucas Ara Pérez CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Edino C. Clavijo Ponce SUBCONTRALOR DE SERVICIOS LEGALES
Cinthia Patricia Mendieta Camargo GERENTE DE REGISTRO Y DJBR a.i.
ASISTENTE GR DJBR — SCSL Cinthia PGERENTE E REGISTRO Y Dal Contralo la General del Es
P.I.E. N° 752/2020 -2021 — Cámara de Senadores H.R. 17580/2021
La Paz, 13 de agosto de 2021
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REF. :
FECHA:
Miriam Virginia Arequipa Tejerina rgv a.i. Ido
Contraloría General del Estado ❑ L IV I A
INFORME CGE/SCSL/GR/INF-845/2021
I. ANTECEDENTES
Mediante Nota P.I.E. N° 752/2020-2021, con cargo de recepción de fecha 30 de julio de 2021, el Sen. Andrónico Rodriguez Ledezma, Presidente de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, transcribe la Petición de Informe Escrito presentada por la Senadora Silvia Gilma Salame Farjat y el Senador Jorge Antonio Zamora Tardío, a través, de la cual solicita al señor Contralor General del Estado, información relativa a los procesos administrativos disciplinarios, según detalle consignado en la citada Nota.
II. CONSIDERACIONES LEGALES
El Artículo 158° de la Constitución Política del Estado dispone:
I. Son atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, además de las que determina esta Constitución y la ley: 17. Controlar y fiscalizar los órganos del Estado y las instituciones públicas. (...)
De este contexto normativo se desprende que la Asamblea Legislativa Plurinacional a través de la Cámara de Senadores es competente para pedir información en el marco de sus labores de fiscalización; por lo que, es factible otorgar la información solicitada.
Punto 1. Informe usted, qué procesos sumarios administrativos a servidores públicos, concluyeron con la destitución de los mismos, en el periodo comprendido entre las gestiones 2017, 2018, 2019 y 2020, solicitando adjunte cuadros anuales en listado y documentación de respaldo, donde se señale los nombres, apellidos y cédula de
Contraloría Gene_ ral del Estado L• I V I A
CGE/SCSUGIVINF-845/2021
identidad de los funcionarios destituidos, así como síntesis de las causas por las que sustanció el proceso sumario administrativo. Adjunté la documentación que sustenté.
Al respecto, corresponde señalar que, si bien el Sistema Informático CONTROLEG II I contiene información, entre otros, sobre los procesos administrativos disciplinarios que registran las Entidades y Empresas Públicas, el mismo no ofrece parámetros de búsqueda por tipo de sanción, por lo que no es factible otorgar la información solicitada.
Punto 2. Informe usted, si se ha realizado un seguimiento a los procesos en los que se ha establecido la destitución del empleo o cargo como resultado de la Responsabilidad Administrativa si se ha verificado la separación del servicio público, por habérsele encontrado responsable en términos de la ley.
La Contraloría General del Estado ejerce las funciones que corresponden a su naturaleza de Órgano Superior de Control Gubernamental Externo Posterior, por medio de la auditoría externa de las operaciones ya ejecutadas en las entidades del sector público, conforme lo dispone el artículo 213 de la Constitución Política del Estado, artículos 13, 41 y 46 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, concordantes con el artículo 3 inciso e) del "Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República", aprobado mediante Decreto Supremo N° 23215 de 22 de julio de 1992, no estando dentro de sus funciones realizar este tipo de seguimiento, correspondiendo dicha labor a las Unidades ó Áreas de Recursos Humanos de cada Entidad y Empresa Pública.
Punto 3. Informe, si a efecto de dejar constancia, se ha dado cumplimiento a la publicación del registro de servidores públicos pasibles de responsabilidad administrativa por la que se impuso como sanción la destitución cargo
Sobre el particular, corresponde precisar que el Decreto Supremo N° 4469 del 3 de marzo de 2021 no establece la obligatoriedad de la publicación de registros de los servidores públicos que hubieren sido sancionados con destitución del cargo.
Sin perjuicio de lo señalado, corresponde mencionar que la Contraloría General del Estado en el marco de lo señalado en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 24278 de fecha 18 de abril de 1996, expide el Certificado de Información sobre Solvencia con el Fisco, el cual, refleja información relativa a los procesos administrativos disciplinarios así como las sanciones que de estos emerjan (si hubieran sido registrados con este detalle) mientras los mismos no sean objeto de baja de registro según lo previsto en los artículos 46 y siguientes del "Reglamento para Registro de Acciones Judiciales, Requerimientos de Pago, Procesos
Sistema Informático para el registro, control y seguimiento de acciones judiciales, requerimiento de pago, procesos administrativos, dictámenes de responsabilidad e informes de auditoría, y para la emisión de certificados de información sobre solvencia con el fisco.
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Contraloría General del Estado O L 1 v A
CCE/SCSL/GR/INF-845/2021
Administrativos Internos, Dictámenes de Responsabilidad e Informes de Auditoría" (RE/CE-027) aprobado por Resolución N° CGE116/2013 de fecha 16 de octubre de 2013.
Punto 4. Informe, si para la contratación de funcionarios públicos, previamente se verifica si este no ha sido sancionado con la destitución.
Al respecto considerar lo expuesto en el Punto 2 del presente Informe.
III. CONCLUSIÓN
De la normativa señalada se desprende que corresponde dar respuesta a lo solicitado según lo indicado precedentemente.
IV. RECOMENDACIÓN
En tal sentido, se recomienda al Contralor General del Estado, poner en conocimiento del Presidente de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, Andrónico Rodríguez Ledezma, el presente Informe.