This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
“… Se reconoce la ciudad como núcleo del crecimiento y desarrollo humano (…)Las ciudades son agentes generadores de la acción colectiva, la toma de decisiones (…) Las
ciudades exitosas evolucionan, mejoran sus finanzas, atraen inversionistas privados y cuidan a los más necesitados.” (Katherine Sierra - BM).
La planificación urbana es el conjunto de instrumentos técnicos y normativos paraordenar el uso del suelo y las condiciones para su transformación o conservación.
La planificación urbana es una rama de la arquitectura que se centra en la organizaciónde las áreas metropolitanas. Formado por varios campos diferentes, desde la ingenieríaa las ciencias sociales, esta práctica se ha desarrollado para corregir los problemascausados por las ciudades en expansión de manera espontánea, sin planificación. En su
esencia, la planificación urbana tiene como objetivo proporcionar un hogar seguro,organizado y agradable y la vida laboral para los residentes de ambas ciudades nuevas yestablecidas. Hoy en día, algunas de las mayores preocupaciones de la planificaciónurbana son la construcción de sitios, la zonificación , el transporte, y como un pueblo ociudad se ve. Los planificadores también tratan de eliminar las zonas deterioradas yprevenir su desarrollo, además de preservar el medio ambiente natural de la zona.
Un arte de dar forma y guiar el crecimiento físico de los edificios y los entornos de laciudad, para satisfacer las diversas necesidades, tales como sociales, culturales,económicos y recreativos, etc y para proporcionar condiciones saludables para vivir detodos (ricos y los pobres), para trabajar y para jugar o relajarse.
El arte y la ciencia de ordenar el uso de la tierra y la ubicación de los edificios y vías decomunicación con el fin de garantizar el grado practibable máximo de economía,comodidad y belleza.
4. CONCEPTOS DE PLANIFICACION URBANA
“Sin embargo, el urbanismo no es sólo el planeamiento, sino que precisa gestión lo que conlleva organización político-administrativa.
La planificación urbana se concreta en los planes, instrumentos técnicos que comprenden, generalmente, una memoria informativa sobre los antecedentes y
justificativa de la actuación propuesta, unas normas de obligado cumplimiento, planos que reflejan las determinaciones, estudios económicos sobre la viabilidad de la
actuación y ambientales sobre las afecciones que producirá.”
Desde 1989 existe este programa de reciclaje “Basura que no
es basura”. Su objetivo fue cambiar la percepción que se tiene
de los residuos, como problema, y verlos como una oportunidad.
Desde los primeros años de escuela, a los niños se les enseña
que la basura se separa. Como resultado, se recicla más del
22% del total de residuos de toda la metrópoli.
El índice de área verde en Curitiba, que ya era bueno en 51,5 metros cuadrados por habitante, está mejor que nunca. El nuevo mapa de los rodales, realizado por el Departamento Municipal de Medio Ambiente, muestra que el índice es de 64,5 metros cuadrados por persona. Esto es debido a que el índice de área verde aumentó y también los métodos de medición han mejorado a lo largo de 2000, el último año levantamiento de información con fotografía aérea.
“Corresponde a lasmunicipalidades planificar eldesarrollo integral de suscircunscripciones, enconcordancia con los planes ylas políticas nacionales,sectoriales y regionales,promoviendo las inversionesasí como la participación dela ciudadanía…”
“Corresponde a las municipalidades planificar eldesarrollo integral de sus circunscripciones, enconcordancia con los planes y las políticas nacionales,sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones asícomo la participación de la ciudadanía…”
“Corresponde a las municipalidades planificar el desarrollo integral de sus circunscripciones, en concordancia con los planes y las políticas nacionales, sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones así como la participación de la ciudadanía…”
Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano
D.S. N° 004-2011-VIVIENDA
Norma Anterior D.S. N° 027-2003-VIVIENDA
Función planificadora (Art. 2)
“Corresponde a las municipalidades planificar eldesarrollo integral de sus circunscripciones, enconcordancia con los planes y las políticas nacionales,sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones asícomo la participación de la ciudadanía…”
Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano
D.S. N° 004-2011-VIVIENDA
Finalidad que garantiza (art. 1):
1)La ocupación racional y sostenible del territorio.
2)La reducción de la vulnerabilidad ante desastres, prevención y atención oportuna de los riesgos y contingencias físico-ambientales.
3)La armonía entre el ejercicio del derecho de propiedad y el interés social.
4) La coordinación de los diferentes niveles de gobierno nacional, regional y local para facilitar la participación del sector privado en la gestión pública.
5)La distribución equitativa de los beneficios y cargas que se deriven del uso del suelo.
6)La seguridad y estabilidad jurídica para la inversión inmobiliaria.
7)La eficiente dotación de servicios a la población
El Plan de Acondicionamiento Territorial de las provincias de Pacasmayo y
Chepén
fuentehttp://jacobtejada.blogspot.com/
1. DEL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL (PAT)
Es el instrumento técnico- normativo de planificación física integral en el ámbito provincial que orienta y regula la organización físico-espacial de las actividades humanas en cuanto a la distribución, jerarquía, roles y funciones de los centros poblados en los ámbitos urbano y rural; la conservación y protección del recurso y patrimonio natural y cultural; el desarrollo de la inversión pública y privada en los ámbitos urbano y rural del territorio provincial; y, la ocupación y uso planificado del territorio, para lograr el mejoramiento de los niveles y calidad de vida de la población urbana y rural, bajo el enfoque territorial prospectivo, competitivo y de sostenibilidad.
La Zonificación Ecológica y Económica, entre otros estudios, contribuye a la formulación del Plan de Acondicionamiento Territorial.
El Plan de Acondicionamiento Territorial constituye el componente físico-espacial del Plan Provincial de Desarrollo Concertado.
Establece: 1.El modelo físico-espacial para el desarrollo territorial en base a la
visión provincial de desarrollo a largo plazo. 2.El marco de referencia para la formulación y ejecución de las políticas
de desarrollo territorial en materias de competencia municipal. 3.Las estrategias de desarrollo territorial y lineamientos para los planes
de desarrollo urbano, a fin de garantizar una adecuada coordinación y articulación de acciones.
4.La política general de uso y ocupación sostenible del suelo provincial. 5.El Sistema Urbano Provincial, a fin de definir los roles y funciones de
los centros poblados que conforman el territorio provincial. 6.La organización físico-espacial de las actividades económicas, sociales
y político administrativas. 7.Plan de Desarrollo Rural en el ámbito provincial. 8.La identificación de las áreas de protección ambiental, ecológica y
áreas de riesgo para la seguridad física afectadas por fenómenos de origen natural o generados por el hombre, así como la determinación de las medidas especiales de protección, conservación, prevención y reducción de impactos negativos.
9.El programa de inversiones y las oportunidades de negocios, para la atención de requerimientos para el desarrollo de los elementos constitutivos del territorio provincial.
10.Los mecanismos de gestión territorial de las determinaciones adoptadas en el Plan de Acondicionamiento Territorial.
11.Los mecanismos de seguimiento y evaluación de los resultados de la ejecución del Plan de Acondicionamiento Territorial
Las propuestas contenidas en los planes de acondicionamiento territorial se enmarcan en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y demás instrumentos de desarrollo territorial nacional y regional; y a su vez articulados y concordados con los Planes de Acondicionamiento Territorial de las provincias colindantes.
La aprobación de los planes, así como su actualización y/o
modificación debe desarrollarse en cuarenta y cinco (45) días
El Plan de Desarrollo Urbano es el instrumento técnico-normativo que orienta el desarrollo urbano de las ciudades o conglomerados urbanos con población entre 20,001 y 500,000 habitantes, y/o ciudades capitales de provincia, en concordancia con el Plan de Acondicionamiento Territorial y/o el Plan de Desarrollo Metropolitano de ser aplicable.
10.2 En el caso que estas ciudades conformen conurbaciones o conglomerados urbanos, el Plan de Desarrollo Urbano debe comprender la totalidad del área involucrada, aun cuando ésta corresponda a más de una jurisdicción municipal. En este caso podrá adoptar el mecanismo asociativo de la Mancomunidad Municipal para la aprobación, gestión, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Urbano.
10.3 El Plan de Desarrollo Urbano forma parte del componente físico-espacial del Plan Provincial y/o Distrital de Desarrollo Concertado, según corresponda.
El Plan de Desarrollo Urbano establece, lo siguiente:
1) El modelo de desarrollo urbano del Ámbito de Intervención del plan que contribuya a fortalecer y mejorar los niveles de eficacia de las acciones territoriales y urbanas de las municipalidades que la conforman.
2) Lineamientos de política y estrategias de desarrollo urbano.
3) La Clasificación del Suelo, para orientar las intervenciones urbanísticas.
4) La zonificación de usos del suelo urbano y de su área circundante, así como su normativa.
5) El plan vial y de transporte y su normativa respectiva.
6) La sectorización urbana y la determinación del nivel de servicio, la localización y dimensionamiento de los equipamientos de educación, salud, seguridad, recreación, otros usos y otros servicios complementarios, acorde con los requerimientos actuales y futuros de la población.
7) La proyección de la demanda de nuevas unidades de vivienda para determinar las áreas de expansión urbana y/o programas de densificación, de acuerdo a las condiciones y características existentes.
8) La delimitación de áreas que requieran de Planes Específicos.
9) Los requerimientos actuales y futuros de saneamiento, ambiental y de infraestructura de servicios básicos.
10) La preservación de las áreas e inmuebles de valor histórico monumental;
11) La identificación de áreas de protección, conservación, prevención y reducción de riesgos, o recuperación y defensa del medio ambiente.
12) La programación de acciones para la protección y conservación ambiental y la de mitigación de desastres.
13) El Programa de Inversiones Urbanas y la identificación de las oportunidades de negocios, a fin de promover las inversiones y alcanzar el modelo de desarrollo urbano previsto en el Plan.
14) Los mecanismos de gestión urbana respecto de las determinaciones adoptadas en el Plan de Desarrollo Urbano.
15) Los mecanismos de seguimiento y evaluación de los resultados de la ejecución del Plan de Desarrollo Urbano.
El Plan Urbano Distrital es el instrumento técnico-normativo mediante el cual se desarrollan disposiciones del PDM y del PDU, en los distritos que pertenecen a Áreas Metropolitanas o a áreas conurbadas.
Contenido del Plan Urbano Distrital
El Plan Urbano Distrital debe considerar los siguientes aspectos:
1) La compatibilidad del Índice de Usos para ubicación de actividades urbanas en las zonas residenciales, comerciales e industriales del distrito.
2) Los retiros de las edificaciones.
3) La dotación de estacionamientos en zonas comerciales y residenciales.
4) Las disposiciones relativas al ornato y mobiliario urbano.
5) Identificación de las áreas públicas aptas para la inversión privada.
Concluidos los procedimientos establecidos (…), el Concejo Provincial, mediante Ordenanza, aprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano, el Plan de Desarrollo Urbano, Esquema de Ordenamiento Urbano y/o Plan Específico, según corresponda. Cada uno de estos planes tendrá una vigencia de diez (10) años contados a partir de su publicación. Vencido este plazo se procederá a su actualización.
Concluidos los procedimientos establecidos (…), el Concejo Provincial, mediante Ordenanza, aprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano, el Plan de Desarrollo Urbano, Esquema de Ordenamiento Urbano y/o Plan Específico, según corresponda. Cada uno de estos planes tendrá una vigencia de diez (10) años contados a partir de su publicación. Vencido este plazo se procederá a su actualización.
5. ESQUEMA DE ORDENAMIENTO URBANO
El Esquema de Ordenamiento Urbano es el instrumento técnico-normativo, para promover y orientar el desarrollo urbano de los centros poblados entre 2,501 y 20,000 habitantes, en concordancia al Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano o el Plan de Desarrollo Urbano, según corresponda, estableciendo las condiciones básicas de desarrollo, incluyendo las áreas de expansión urbana.
16.2 El Esquema de Ordenamiento Urbano forma parte del componente físico-espacial del Plan Distrital de Desarrollo Concertado.
Contenido del Esquema de Ordenamiento Urbano
El Esquema de Ordenamiento Urbano establece:
1) El esquema de zonificación y vías, incluyendo las áreas de expansión urbana.
2) Ubicación de las amenazas y mapa de riesgos para la mitigación y prevención de desastres y definición de áreas de protección, prevención y reducción de riesgos; así como para la recuperación, conservación y defensa de medio ambiente.
3) Localización y dimensionamiento del equipamiento de recreación, salud, educación y otros usos.
4) Programa de Inversiones urbanas e identificación de oportunidades de negocios.
Concluidos los procedimientos establecidos (…), el Concejo Provincial, mediante Ordenanza, aprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano, el Plan de Desarrollo Urbano, Esquema de Ordenamiento Urbano y/o Plan Específico, según corresponda. Cada uno de estos planes tendrá una vigencia de diez (10) años contados a partir de su publicación. Vencido este plazo se procederá a su actualización.
6. El Plan Específico
El Plan Específico debe considerar, por lo menos, los siguientes aspectos:
1) La delimitación y características del área.
2) Los objetivos del Plan respecto de:
2.a) La optimización del uso del suelo y de la propiedad predial; y,
2.b) La dotación, ampliación o mejoramiento de los espacios y servicios públicos, así como la calidad del entorno.
2.c) Zonificación y Vías, mostrando su integración a las zonas de usos de suelo y el plan vial de su entorno.
2.d) Delimitación de Unidades de Gestión Urbanística.
2.e) Las etapas de desarrollo del Plan, los proyectos de ejecución y su financiamiento.
2.f) Constancia de la consulta pública vecinal a los propietarios de los predios que conforman el ámbito del Plan Específico, así como a los propietarios de los inmuebles vecinos, en los casos no previstos en el PDM y/o PDU. Se consideran inmuebles vecinos aquellos que comparten el frente de manzana del área materia de la solicitud. Tratándose de inmuebles que comparten la misma vía local, se consideran como inmuebles vecinos aquellos que estén ubicados en ambos frentes de manzana.
Ordenanza Reglamentaria del Proceso de Aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo urbano de Lima, de planes urbano distritales y actualización de la zonificación de los usos del suelo de Lima Metropolitana -
Ordenanza que regula el proceso de evaluación, actualización y aprobación del Plan Metropolitano de Acondicionamiento territorial y desarrollo urbano en la provincia de Lima y sus planes urbanos Distritales, así como la modernización del actual plano de zonificación general de los usos del suelo y los planos de zonificación distrital que operan para este ámbito provincial (Lima) en función de los nuevos indicadores de desarrollo físico, ambiental, social y económico que actualmente registra la Metrópoli.
Instrumento técnico – normativo del plan urbano que orienta la racional distribución de las actividades urbanas en el territorio.
A. Ordenanza que reglamenta el proceso de aprobación de :
La zonificación de los usos del suelo (cap. V)
Define nueva estructura normativa de zonificación
Los cambios de los planos de zonificación (cap. VI)
Define procedimiento para el reajuste integral de la actual Zonificación de los usos del suelo, su reglamento e índice de usos.
Según la ordenanza el IMP es el órgano responsable del reajuste integral de la zonificación
general de lima metropolitana.
B. Objetivos de la zonificación de los usos del suelo (art. 28)
- Densificar e intensificar el uso del suelo urbano
- Integrar las actividades urbanas compatibles
- Promover la mas alta calidad del medio ambiente
Poco antes del termino de vigencia del PLANMET, el Gobierno Central aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano con el Decreto Supremo Nº 027-2003 VIVIENDA conteniendo nuevas políticas urbanas, modifica la metodología de los instrumentos de planificación, además de elevar la densidad de los parámetros urbanisticos, lo que obliga a que la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) apruebe la Ordenanza Nº 620-MML y declare el inicio de un nuevo plan de desarrollo metropolitano con el horizonte 2006-2021.
2. INDICE DE USOS.- Documento Técnico Normativo que forma parte integrante de la Zonificación y Usos de Suelo que clasifica y tipifica todos los usos comerciales y de servicios en cada zonificación, declarando su conformidad o no conformidad, según la calificación de la zona.
Giro.- Es la actividad Económica que se realiza en locales comerciales. Los giros propuestos deben estar conforme a lo aprobado en el índice de usos vigente.
5. REGLAS O NORMAS EN LA CIUDAD
Índice de Usos – Municipalidad de La Molina
*C.I.I.U. = Clasificación Industrial Internacional Uniforme – de todas las actividades económicas - INEI p. 24 de 180
El zonning o zonificación es una técnica urbanística que ha reportado beneficios a la hora de concebir la ciudad como más eficiente económicamente y ordenada (habitable) mediante la exclusividad de los diferentes usos permitidos y el aprovechamiento del espacio urbano así como su adscripción a unas determinadas formas y ocupaciones del territorio. Fuente:http://urbanismodesdebenavente.blogspot.com/2010/07/breve-disquisicion-sobre-zonning.html
o Área libre mínima.- Es la superficie de terrenodonde no existen proyecciones de áreas techadas.Se calcula sumando las superficies comprendidasfuera de los linderos de las poligonales definidas porlas proyecciones de las áreas techadas sobre el nivelde los terrenos, de todos los niveles de edificación yhasta los límites de propiedad.
o Área Techada.- Es la suma de la superficiecubierta sobre el lote (nivel 0.00 o primer piso). Secalcula sumando las proyecciones de todos lostechos, volúmenes o cualquier otro elemento de laedificación a la altura que se encuentre. No seconsideran los aleros desde la cara externa de losmuros exteriores cuando tienen como fin laprotección de la lluvia, las cornisas, balcones yjardines descubiertos. Se considera descubiertacuando no tiene ningún techo de ningún tipo u otrobalcón o jardinera en el piso inmediato superior.Tampoco forman parte del área techada, los ductos,las cisternas, los tanques de agua, los espacios paralas instalaciones de equipos donde no ingresenpersonas y las cubiertas de vidrio u otro materialtransparente cuando cubran patios interiorescumpliendo con la Norma A.010, Art. 20° del RNE.Los espacios de doble altura se calculan en el nivelde techos colindantes más bajo. En los casos deterrenos con pendiente desarrollado en niveles sobrela pendiente natural del terreno, se considera el áreatechada la suma de las proyecciones de todos losniveles sobre el lote en pendiente.
*Decreto de Alcaldía Nº 009-2011 MLM
5. REGLAS O NORMAS EN LA CIUDAD
PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS.-Documento emitido por la Municipalidad que certifica las
disposiciones y los índices edificatorios regulados por los respectivosplanes urbanos o proyectos urbanísticos integrales. En dichodocumento se especifican los parámetros de diseño que regulan elproceso de edificación sobre un predio urbano y contiene lanormativa urbanística vigente: