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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 4.995.241 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 4,00 Buenos Aires, viernes 17 de enero de 2014 Año CXXII Número 32.808 Pág. Continúa en página 2 LEYES RUTAS NACIONALES Ley 26.927 Desígnase con el nombre de “Teniente General Juan José Valle” a la Autopista Ruta Nacional 9, en determinado tramo................................................................................................................. 1 DECRETOS HUESPEDES OFICIALES Decreto 32/2014 Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de Belice. .................................................................. 1 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2303/2013 Dase por prorrogada designación del Director de Evaluación del Gasto y Control Presupuestario. 2 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 2309/2013 Dase por designado el Director de Transparencia Institucional..................................................... 2 Decreto 2310/2013 Designación en la Unidad Ministro. ............................................................................................. 3 Decreto 2307/2013 Dase por designado el Director de la Escuela de Defensa Nacional. ............................................ 3 Decreto 2308/2013 Dase por designado el Director General de Contralor de Material de Defensa. ............................. 3 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 53/2014 Dase por designado Vocal del Directorio de la Comisión Nacional de Comercio Exterior . .............. 4 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decreto 28/2014 Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Justicia. .................................................... 4 Decreto 29/2014 Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección General de Asuntos Jurídicos. .................. 4 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Decreto 54/2014 Desígnase el Presidente del Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad................. 6 Decreto 55/2014 Desígnanse Vocales del Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad. ...................... 6 MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 48/2014 Decreto Nº 357/2002. Modificación............................................................................................. 6 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 27/2014 Recházase recurso incoado contra la Resolución Nº 363/2011.................................................... 9 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2304/2013 Contratación en la Dirección de Sistema Nacional de Licencias de Conducir ................................ 9 Primera Sección Sumario DECRETOS LEYES #I4515127I# RUTAS NACIONALES Ley 26.927 Desígnase con el nombre de “Tenien- te General Juan José Valle” a la Auto- pista Ruta Nacional 9, en determinado tramo. Sancionada: Noviembre 27 de 2013 Promulgada de Hecho: Enero 13 de 2014 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Derógase el Decreto 2146/79. ARTICULO 2° — Desígnase con el nombre de “Teniente General Juan José Valle” a la Auto- pista Ruta Nacional 9, en el tramo comprendido entre la ciudad de San Nicolás de los Arroyos y la ciudad de Rosario. ARTICULO 3° — La Dirección General de Vialidad Nacional dispondrá todas las medi- das necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2° de la presente ley. ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Eje- cutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON- GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEM- BRE DEL DOS MIL TRECE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.927 — AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano. #F4515127F# #I4515479I# HUESPEDES OFICIALES Decreto 32/2014 Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de Belice. Bs. As., 13/1/2014 VISTO el Expediente Nº 45.202/2013 del Regis- tro del MINISTERIO DE RELACIONES EX- TERIORES Y CULTO, y CONSIDERANDO: Que entre los días 20 y 22 de octubre de 2013 visitó la REPUBLICA ARGENTINA el señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de BELICE, D. Wilfred ELRINGTON. Que por el expediente citado en el Visto tramita la recomendación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de convalidar el tratamiento de Huésped Oficial acordado a la autoridad de BELICE referida en el párrafo anterior durante su permanencia en la República. Que la Declaración de Huésped Oficial se en- cuadra en las atribuciones conferidas al PO- DER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Convalídase el tratamien- to de Huésped Oficial del Gobierno argen- tino acordado al señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de BELICE, D. Wilfred ELRINGTON, durante su perma- nencia en la República entre los días 20 y 22 de octubre de 2013.
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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 4.995.241

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 4,00

Buenos aires,viernes 17de enero de 2014

año CXXiinúmero 32.808

Pág.

Continúa en página 2

LEYES

rutas naCionalesLey 26.927Desígnase con el nombre de “Teniente General Juan José Valle” a la Autopista Ruta Nacional 9, en determinado tramo................................................................................................................. 1

DECRETOS

HuesPeDes oFiCialesDecreto 32/2014Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de Belice. .................................................................. 1

JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 2303/2013Dase por prorrogada designación del Director de Evaluación del Gasto y Control Presupuestario. 2

Ministerio De DeFensaDecreto 2309/2013Dase por designado el Director de Transparencia Institucional..................................................... 2

Decreto 2310/2013Designación en la Unidad Ministro. ............................................................................................. 3

Decreto 2307/2013Dase por designado el Director de la Escuela de Defensa Nacional. ............................................ 3

Decreto 2308/2013Dase por designado el Director General de Contralor de Material de Defensa. ............................. 3

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCasDecreto 53/2014Dase por designado Vocal del Directorio de la Comisión Nacional de Comercio Exterior. .............. 4

Ministerio De JustiCia Y DereCHos HuManosDecreto 28/2014Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Justicia. .................................................... 4

Decreto 29/2014Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección General de Asuntos Jurídicos. .................. 4

Ministerio De PlaniFiCaCion FeDeral, inVersion PubliCa Y serViCiosDecreto 54/2014Desígnase el Presidente del Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad. ................ 6

Decreto 55/2014Desígnanse Vocales del Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad. ...................... 6

Ministerio De seguriDaDDecreto 48/2014Decreto Nº 357/2002. Modificación. ............................................................................................ 6

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialDecreto 27/2014Recházase recurso incoado contra la Resolución Nº 363/2011. ................................................... 9

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 2304/2013Contratación en la Dirección de Sistema Nacional de Licencias de Conducir................................ 9

Primera Sección

Sumario DECRETOSLEYES

#I4515127I#RUTAS NACIONALES

Ley 26.927

Desígnase con el nombre de “Tenien-te General Juan José Valle” a la Auto-pista Ruta Nacional 9, en determinado tramo.

Sancionada: Noviembre 27 de 2013 Promulgada de Hecho: Enero 13 de 2014

El Senado y Cámara de Diputadosde la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Derógase el Decreto 2146/79.

ARTICULO 2° — Desígnase con el nombre de “Teniente General Juan José Valle” a la Auto-pista Ruta Nacional 9, en el tramo comprendido entre la ciudad de San Nicolás de los Arroyos y la ciudad de Rosario.

ARTICULO 3° — La Dirección General de Vialidad Nacional dispondrá todas las medi-das necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2° de la presente ley.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Eje-cutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON-GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEM-BRE DEL DOS MIL TRECE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.927 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.

#F4515127F#

#I4515479I#HUESPEDES OFICIALES

Decreto 32/2014

Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de Belice.

Bs. As., 13/1/2014

VISTO el Expediente Nº 45.202/2013 del Regis-tro del MINISTERIO DE RELACIONES EX-TERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que entre los días 20 y 22 de octubre de 2013 visitó la REPUBLICA ARGENTINA el señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de BELICE, D. Wilfred ELRINGTON.

Que por el expediente citado en el Visto tramita la recomendación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de convalidar el tratamiento de Huésped Oficial acordado a la autoridad de BELICE referida en el párrafo anterior durante su permanencia en la República.

Que la Declaración de Huésped Oficial se en-cuadra en las atribuciones conferidas al PO-DER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Convalídase el tratamien-to de Huésped Oficial del Gobierno argen-tino acordado al señor Ministro de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de BELICE, D. Wilfred ELRINGTON, durante su perma-nencia en la República entre los días 20 y 22 de octubre de 2013.

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 2

Pág.MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTEDecreto 2305/2013Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones. ............................................................. 10

Decreto 2306/2013Contratación en la Dirección de Capacitación y Campañas Viales. ............................................... 11

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 125/2013Dase por aprobada contratación en la Dirección Nacional de Evaluación Presupuestaria. ............ 11

Decisión Administrativa 126/2013Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Comunicación Pública. ................................ 12

Decisión Administrativa 127/2013Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa. ................. 12

Decisión Administrativa 128/2013Danse por aprobadas contrataciones en la Dirección General de Monitoreo y Estrategias de la Comunicación. ............................................................................................................................ 13

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCADecisión Administrativa 129/2013Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Agricultura. ........................................... 13

Decisión Administrativa 4/2014Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.................................................. 14

Decisión Administrativa 5/2014Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa. ................................ 15

MINISTERIO DE DEFENSADecisión Administrativa 123/2013Apruébanse contratos. ................................................................................................................ 15

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 16

REGISTRO NACIONAL DE ARMASArmas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................ 18

Anteriores ................................................................................................................................... 52

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 52

Art. 2° — Atiéndanse los gastos derivados del presente decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTE-RIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

#F4515479F#

#I4515120I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2303/2013

Dase por prorrogada designación del Di-rector de Evaluación del Gasto y Control Presupuestario.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0041188/2013 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 305 del 2 de marzo de 2010 y 590 del 27 de mayo de 2013, y lo solicitado por la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL dependiente de la SECRETARIA DE EVALUACION PRE-

SUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Pre-supuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Que mediante el Decreto Nº 305 del 2 de marzo de 2010 se dio por designado tran-sitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Contador D. Fernando Benito STABILE como Direc-tor de Evaluación del Gasto y Control Pre-supuestario, en un cargo Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el De-creto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETA-RIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la entonces SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de-pendiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 590 del 27 de mayo de 2013.

Que resulta necesario efectuar una nue-va prórroga de la designación citada pre-cedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública, centralizada y descentraliza-da, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº  601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decre-to que propicien designaciones, contra-taciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº  601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del De-creto Nº  491/02, por haber dado cum-plimiento oportunamente a tales dispo-siciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE-GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles a partir del 11 de septiembre de 2013, la designación transitoria efectuada median-te el Decreto Nº 305 del 2 de marzo de 2010 y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº  590 del 27 de mayo de 2013, del Contador D. Fernando Benito STABILE (D.N.I. Nº  22.355.825) en un cargo Nivel A - Grado 0 como Director de Evaluación del Gas-to y Control Presupuestario dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL dependiente de la SECRETARIA DE EVALUA-CION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 11 de septiem-bre de 2013.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las parti-das específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4515120F#

#I4515477I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 2309/2013

Dase por designado el Director de Trans-parencia Institucional.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificato-rios, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº  26.784 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercido 2013.

Que el artículo 7° de la mencionada ley es-tablece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y finan-ciados existentes al 1° de enero de 2013, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº  491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-trol directo de todas las designaciones del personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta per-manente y no permanente.

Que se encuentra vacante el cargo de Di-rector de Transparencia Institucional del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que resulta indispensable cubrir transi-toriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Dirección.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta menester efectuar la designación con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Que si bien el Doctor D. Félix Augusto NAZAR de la VEGA (D.N.I. Nº 24.030.778) reúne las condiciones de idoneidad y ex-periencia necesarias para cubrir el referido cargo, deberá ser exceptuado del cum-plimiento de los requisitos mínimos es-tablecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO —SINEP— homologado por el De-creto Nº 2098/08 y modificatorios.

Que se ha dado cumplimiento a la Circu-lar Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y por el artículo 1° del Decre-to Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado tran-sitoriamente, a partir del 2 de setiembre de 2013 por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director de Transparencia Institucional del MINISTERIO DE DEFENSA al Doctor D. Félix Augusto NA-ZAR de la VEGA (D.N.I. Nº 24.030.778), Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II, con autorización excepcional por no reunir los re-

Page 3: 2014011701 n

Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 3quisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP— homologado por el Decreto Nº  2098/08 y modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo esta-blecido, respectivamente en los Títulos II, Ca-pítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP—, homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modi-ficatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 2 de se-tiembre de 2013.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi.

#F4515477F#

#I4515478I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 2310/2013

Designación en la Unidad Ministro.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, lo propuesto por el Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº  26.784 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Que el artículo 7° de la mencionada ley es-tablece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y finan-ciados existentes al 1° de enero de 2013, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº  491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-trol directo de todas las designaciones del personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta per-manente y no permanente.

Que se encuentra vacante el cargo de Coordinador de Ceremonial de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que resulta indispensable cubrir transi-toriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Coordinación.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta menester efectuar la designación con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Que si bien el señor Diego Nahuel MIÑO posee las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para cubrir dicho cargo, deberá ser exceptuado del cum-plimiento de los requisitos mínimos es-tablecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO —SINEP— homologado por el De-creto Nº 2098/08 y sus modificatorios.

Que se ha dado cumplimiento a la Circu-lar Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de

la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y por el artículo 1° del Decre-to Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente a partir del 1 de noviembre de 2013, como Coordinador de Ceremonial de la UNIDAD MI-NISTRO del MINISTERIO DE DEFENSA al se-ñor Diego Nahuel MIÑO (D.N.I. Nº 23.672.711), Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II, aprobado por el Convenio Colectivo de Tra-bajo Sectorial del Personal del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP— homologado por el Decreto Nº 2098/08 y mo-dificatorios, autorizándose el correspondien-te pago de la Función Ejecutiva Nivel II, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo esta-blecido, respectivamente en los Títulos II, Ca-pítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP— homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modi-ficatorios, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1 de noviembre de 2013.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi.

#F4515478F#

#I4515128I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 2307/2013

Dase por designado el Director de la Es-cuela de Defensa Nacional.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificato-rios, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº  26.784 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Que el artículo 7° de la mencionada ley es-tablece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y finan-ciados existentes al 1° de enero de 2013, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº  491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-trol directo de todas las designaciones del personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta per-manente y no permanente.

Que se encuentra vacante el cargo de Di-rector de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL dependiente de la SUBSECRETA-RIA DE FORMACION de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que resulta indispensable cubrir transi-toriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Escuela.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta menester efectuar la designación con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Que el Licenciado D. Jorge Norberto EL-BAUM posee las condiciones de experien-cia e idoneidad necesarias para cubrir di-cho cargo.

Que se ha dado cumplimiento a la Circu-lar Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y por el artículo 1° del Decre-to Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado transi-toriamente a partir del 1 de agosto de 2013, como Director de la ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL dependiente de la SUBSECRETA-RIA DE FORMACION de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MI-NISTERIO DE DEFENSA al Licenciado D. Jorge Norberto ELBAUM (D.N.I. Nº 14.310.460), Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II del Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del Perso-nal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO —SINEP— homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto, con carácter de excep-ción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo esta-blecido, respectivamente en los Títulos II, Ca-pítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP— homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modi-ficatorios, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado del presente.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — Agustín O. Rossi.

#F4515128F#

#I4515476I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 2308/2013

Dase por designado el Director General de Contralor de Material de Defensa.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificato-rios, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº  26.784 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Enti-dades de la Administración Pública Na-cional no podrán cubrir los cargos va-cantes y financiados existentes al 1° de enero de 2013, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº  491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-trol directo de todas las designaciones del personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta per-manente y no permanente.

Que se encuentra vacante el cargo de Di-rector General de Contralor de Material de Defensa dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DE LA DEFENSA de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que resulta indispensable cubrir transi-toriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Dirección General.

Que a los efectos de implementar la refe-rida cobertura transitoria resulta menester efectuar la designación con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Que el Ingeniero D. Pablo CAPORALET-TI posee las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para cubrir dicho cargo.

Que se ha dado cumplimiento a la Circu-lar Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, por los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y por el artículo 1° del Decre-to Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado a partir del 1 de agosto de 2013, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, con carácter transitorio como Director General de Contralor de Material de Defensa depen-diente de la SUBSECRETARIA DE ASUN-TOS INTERNACIONALES DE LA DEFEN-SA de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA al Ingeniero Pablo CAPORALET-TI (D.N.I. Nº  16.977.623), Nivel A - Grado 0,

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Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 4Función Ejecutiva Nivel II del Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO —SINEP— homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo esta-blecido, respectivamente en los Títulos II, Ca-pítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP— homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modi-ficatorios, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1 de agosto de 2013.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi.

#F4515476F#

#I4516063I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 53/2014

Dase por designado Vocal del Directorio de la Comisión Nacional de Comercio Exterior.

Bs. As., 16/1/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0285789/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº  766 de fe-cha 12 de mayo de 1994 y sus modifi-caciones, se creó la COMISION NACIO-NAL DE COMERCIO EXTERIOR, como organismo desconcentrado en el ámbito de la ex SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PU-BLICOS.

Que conforme lo establecido en el Artículo 5° del Decreto Nº 766/94 y sus modificacio-nes, corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, proceder a la designación de UN (1) Pre-sidente y CUATRO (4) de los Vocales del Directorio de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la actual SECRETARIA DE COMERCIO del MINIS-TERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PU-BLICAS.

Que en ese sentido, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS pro-pone designar al Licenciado D. Matías GINSBERG (M.I. Nº 29.499.881) para la co-bertura de un cargo vacante de Vocal del Directorio de la citada Comisión Nacional.

Que el Licenciado D. Matías GINSBERG re-úne las condiciones exigidas por el Artículo 6° del Decreto Nº 766/94 y sus modifica-ciones, para desempeñarse en las funcio-nes que se le encomiendan.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la inter-vención de su competencia.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y el Artículo 5° del Decreto Nº 766/94 y sus modificaciones.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado, a partir del 1 de enero de 2014, al Licenciado D. Matías GINSBERG (M.I. Nº 29.499.881) Vocal del Direc-torio de la COMISION NACIONAL DE COMER-CIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por un período de CUATRO (4) años.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

#F4516063F#

#I4515125I#MINISTERIO DE JUSTICIAY DERECHOS HUMANOS

Decreto 28/2014

Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Justicia.

Bs. As., 9/1/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0017609/2012 del re-gistro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y 1902 del 9 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto del Decreto Nº 1902/12 se designó transitoriamente al señor Agustín Francisco ZALAZAR (D.N.I. Nº 33.939.886), en un cargo Nivel C - Gra-do 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, de la planta permanente de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTI-CIA Y DERECHOS HUMANOS, para cum-plir funciones de Asesor.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, mo-tivo por el cual el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la prórro-ga de la designación transitoria aludida.

Que a los efectos de implementar la cober-tura transitoria del cargo involucrado, resulta necesario prorrogar la designación transito-ria del mencionado agente con autorización excepcional por no reunir los requisitos mí-nimos de acceso al Nivel C establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la SECRETARIA DE JUSTICIA.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTI-CIA Y DERECHOS HUMANOS para aten-der el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del citado Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 24 de junio de 2013 —fecha de su vencimien-to— y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria del señor

Agustín Francisco ZALAZAR (D.N.I. Nº 33.939.886), dispuesta por conducto del Decreto Nº 1902/12, en un cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), ho-mologado por el Decreto Nº 2098/08, de la planta permanente de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMA-NOS, para cumplir funciones de Asesor, con au-torización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel C establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado en este acto deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo es-tablecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), ho-mologado por el Decreto Nº  2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles contados a partir del 24 de junio de 2013.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 40 - MINIS-TERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.

#F4515125F#

#I4515126I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 29/2014

Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Bs. As., 9/1/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0001712/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 486 del 17 de mayo de 2005, 464 del 19 de abril de 2006, 2100 del 28 de diciembre de 2006, 403 del 23 de abril de 2007, 273 del 18 de febrero de 2008, 822 del 14 de mayo de 2008, 1343 del 19 de agosto de 2008, 1819 del 5 de noviembre de 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 578 del 19 de mayo de 2009, 736 del 16 de junio de 2009, 2276 del 28 de diciembre de 2009, 200 del 24 de febrero de 2011, 1302 del 24 de agosto de 2011, 594 del 24 de abril de 2012 y 97 del 24 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nros. 486/05 y 464/06, prorrogados por sus similares Nros. 2100/06, 403/07, 273/08, 822/08, 1343/08, 1819/08, 578/09, 736/09, 2276/09, 200/11, 1302/11, 594/12 y 97/13, se efectuaron diversas designaciones transitorias en la DIRECCION GE-NERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MI-NISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por motivos de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selec-ción para las coberturas de los cargos en cuestión, razón por la cual el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita una nueva prórroga de las designaciones transitorias aludidas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas, a partir del 27 de junio de 2013 y 1° de julio de 2013 —fechas de sus respectivos vencimientos— y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones transitorias efectuadas en la planta permanente de la DIRECCION GE-NERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, dispuestas por conducto de los Decretos Nros. 486/05 y 464/06, prorrogados por sus similares Nros. 2100/06, 403/07, 273/08, 822/08, 1343/08, 1819/08, 578/09, 736/09, 2276/09, 200/11, 1302/11, 594/12 y 97/13, conforme el detalle obrante en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente acto.

Art. 2° — Los cargos involucrados en el artículo precedente deberán ser cubiertos de confor-midad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 27 de junio de 2013 y 1° de julio de 2013, respectivamente.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de este acto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.

ANEXO I

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

APELLIDO Y NOMBRE/S D.N.I. Nº NIVEL / GRADO FUNCION PRORROGA

DESDE

MARTINEZ ARAUJO, Alejo Arturo 8.511.777 C - 0 Representante Judicial 27/06/2013

SOMASCHINI, Jorge 4.520.655 C - 0 Representante Judicial 27/06/2013

PIZARRO, Germán Diego 14.250.054 C - 0 Asesor Jurídico 01/07/2013

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Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 5

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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Decreto 54/2014

Desígnase el Presidente del Directorio del Ente Nacional Regulador de la Elec-tricidad.

Bs. As., 16/1/2014

VISTO el Expediente S01:0003228/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 24.065 y el Decreto Nº 1398 de fecha 6 de agosto de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 24.065 se creó, en el ám-bito de la SECRETARIA DE ENERGIA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRI-CIDAD (ENRE).

Que mediante lo dispuesto por el Artículo 57 y siguientes de la Ley mencionada en el considerando precedente, se establece la forma de integración del Directorio de di-cho organismo de regulación y control, es-tableciendo que estará integrado por CIN-CO (5) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, debiendo contar a efectos de formar quórum para la toma de decisiones con la presencia de por lo me-nos TRES (3) de ellos, UNO (1) de los cuales deberá ser necesariamente su Presidente o quien lo reemplace.

Que tal como lo establece la citada Ley, DOS (2) de los Directores del ENTE NA-CIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICI-DAD (ENRE) serán designados por el PO-DER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA, conforme el procedimiento previsto en los Artículos 58 y 59 de la mis-ma y su Decreto reglamentario Nº 1398 de fecha 11 de agosto de 1992.

Que el CONSEJO FEDERAL DE LA ENER-GIA ELECTRICA, en la Reunión Plenaria Ordinaria Nº 117 efectuada en la Ciudad de SAN SALVADOR DE JUJUY, Provincia de JUJUY el día 21 de agosto de 2008, selec-cionó una Terna de Candidatos Elegibles para ocupar el cargo de Vocal Segundo del Directorio del ENTE NACIONAL REGU-LADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), de acuerdo al procedimiento establecido por la Resolución Nº  328 del COMITE EJE-CUTIVO del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA, de fecha 4 de mar-zo de 1998, modificada por la Resolución Nº 2 de fecha 24 de abril de 2008 de dicho COMITE EJECUTIVO del CONSEJO FEDE-RAL DE LA ENERGIA ELECTRICA.

Que el Presidente del COMITE EJECUTIVO del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA elevó a la SECRETARIA DE ENERGIA la Terna de Candidatos Elegibles para ocupar el cargo de Vocal Segundo del Directorio del ENTE NACIONAL REGULA-DOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).

Que la SECRETARIA DE ENERGIA, en cum-plimiento de lo estipulado en el último pá-rrafo de la reglamentación del Artículo 58 de la Ley Nº 24.065 aprobada por el Decre-to Nº 1398 de fecha 6 de agosto de 1992, modificado por el Decreto Nº 408 de fecha 16 de marzo de 1994, ha seleccionado al Ingeniero D. Ricardo Alejandro MARTÍNEZ LEONE (D.N.I. Nº 10.378.337), integrante de la Terna de Candidatos Elegibles elevada oportunamente por el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA, para ocupar el cargo de Vocal Segundo del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).

Que mediante Decreto Nº 112 de fecha 19 de diciembre de 2007 el Ingeniero D. Mario Humberto DE CASAS (M.I. Nº 10.725.324) fue designado como Presidente del Direc-torio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), quien con fecha 16 de enero de 2014 ha presentado

su renuncia al cargo, la cual ha sido acep-tada por el Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Que dada la índole e importancia de las funciones a cargo del ENTE NACIONAL RE-GULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), resulta imprescindible asegurar el ejercicio de la función regulatoria y de contralor de un servicio público de tan alta trascenden-cia socioeconómica.

Que como consecuencia de la renuncia mencionada en el párrafo precedente, y teniendo en cuenta los antecedentes técni-cos y profesionales que reúne el Ingeniero D. Ricardo Alejandro MARTÍNEZ LEONE (D.N.I. Nº 10.378.337), integrante de la Ter-na de Candidatos Elegibles elevada opor-tunamente por el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA para ocupar el cargo de Vocal Segundo del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), seleccionado por la SECRETARIA DE ENERGIA para des-empeñar dicho cargo, se considera con-veniente proceder a su designación como Presidente del Directorio del ENTE NACIO-NAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).

Que la SECRETARIA DE ENERGIA de-pendiente del MINISTERIO E PLANIFI-CACION FEDERAL, INVERSION PUBLI-CA Y SERVICIOS ha verificado que el postulante elegido no se encuentra al-canzado por las incompatibilidades es-tablecidas por los Artículos 59 y 60 de la Ley Nº 24.065.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS dependiente de la SUB-SECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la inter-vención de su competencia.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Ar-tículo 58 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Presidente del Di-rectorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo au-tárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS al Ingeniero D. Ricardo Alejandro MARTÍNEZ LEONE (D.N.I. Nº 10.378.337).

Art. 2° — Notifíquese a la COMISION BI-CAMERAL del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION para que ejerza las funciones a que hace referencia el Artículo 59 de la Ley Nº 24.065.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.

#F4516064F#

#I4516065I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Decreto 55/2014

Desígnanse Vocales del Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electri-cidad.

Bs. As., 16/1/2014

VISTO el Expediente S01:0009854/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFI-CACION FEDERAL, INVERSION PUBLI-CA Y SERVICIOS, la Ley Nº 24.065 y el Decreto Nº  1398 de fecha 6 de agosto de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 24.065 se creó, en el ám-bito de la SECRETARIA DE ENERGIA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRI-CIDAD (ENRE).

Que mediante lo dispuesto por el Artículo 57 y siguientes de la Ley mencionada en el considerando precedente, se establece la forma de integración del Directorio de dicho organismo de regulación y control, estableciendo que estará integrado por CINCO (5) miembros, debiendo contar a efectos de formar quórum para la toma de decisiones con la presencia de por lo me-nos TRES (3) de ellos, UNO (1) de los cuales deberá ser necesariamente su Presidente o quien lo reemplace.

Que el proceso de selección mediante Convocatoria Abierta para cubrir los car-gos de Primer y Tercer Vocal del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo autár-quico en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se encuentra en desarrollo y aún no ha concluido.

Que dada la naturaleza excepcional de la situación planteada y la índole de las fun-ciones a cargo del mencionado organismo, resulta imprescindible la adopción de esta medida, tendiente a asegurar el ejercicio de la función regulatoria y de contralor de servicios públicos de tan alta trascenden-cia socioeconómica, ello hasta tanto con-cluya el proceso de selección iniciado en los términos de los Artículos 58 y 59 de la Ley Nº 24.065.

Que el Licenciado Federico BASUALDO RICHARDS (D.N.I. Nº  18.800.587) y la Licenciada Valeria MARTOFEL (D.N.I. Nº 26.873.957) propuestos para cu-brir los cargos de Primer y Tercer Vocal del Directorio, respectivamente, reúnen los an-tecedentes y la idoneidad necesaria para desempeñar dicha función, no encontrán-dose alcanzados por las incompatibilida-des establecidas por los Artículos 59 y 60 de la Ley Nº 24.065.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS dependiente de la SUB-SECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la inter-vención de su competencia.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Ar-tículo 58 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Primer Vocal del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo au-tárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS al Licenciado Federico BASUALDO RICHARDS (D.N.I. Nº 18.800.587).

Art. 2° — Desígnase Tercer Vocal del Direc-torio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDE-RAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a la Licenciada Valeria MARTOFEL (DNI 26.873.957)

Art. 3° — Las designaciones que se efectúan por los artículos precedentes tendrán validez hasta que el PODER EJECUTIVO NACIONAL proceda a designar a los profesionales que re-sulten elegidos en el proceso de selección ini-ciado en los términos de los Artículos 58 y 59 de la Ley 24.065 y su Decreto reglamentario, no inhibiendo a los profesionales designados de presentarse a la misma.

Art. 4° — Notifíquese a la COMISION BICA-MERAL del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION que ejerza las funciones a que hace referencia el Artículo 59 de la Ley Nº 24.065.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.

#F4516065F#

#I4516049I#MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 48/2014

Decreto Nº 357/2002. Modificación.

Bs. As., 14/1/2014

VISTO el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complemen-tarios, especialmente el Decreto Nº  1177 de fecha 16 de julio de 2012; el Decreto Nº 1250 de fecha 28 de octubre de 1999, el Decreto Nº 1697 de fecha 1 de diciembre de 2004 y el Decreto Nº 636 de fecha 31 de mayo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº  357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el citado organigrama.

Que por el Decreto Nº 1177/12 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETA-RIA DE PROGRAMACION PARA LA PRE-VENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estable-ciéndose sus misiones y funciones.

Que el uso indebido de drogas ilegales es uno de los más grandes retos a los que se enfrenta el mundo en la actualidad, presen-te en todos los países y afectando a todos los grupos sociales y a gente de todas las edades, cuya magnitud y efectos ponen a prueba, entre otros, a los sistemas de salud, enseñanza, justicia penal, bienes-tar social, seguridad, y hasta los sistemas económicos.

Que, por todo lo expuesto, deviene nece-sario realizar la coordinación del accionar de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales para reducir, aún más, el tráfi-co ilegal de drogas y precursores químicos.

Que ante esta situación resulta menester efectuar una nueva conformación de los objetivos de la Secretaría, transfiriendo los relativos a la lucha contra el narcotráfico a la órbita de la SECRETARIA DE SEGU-RIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a los fines de facilitar el cumplimiento de las misiones y funciones que le competen, asegurando una más eficiente gestión y coordinación con las otras jurisdicciones nacionales y provinciales vinculadas con la materia, y posibilitando una más rápida respuesta a las demandas de la sociedad.

Que por el Decreto Nº 1250/99 se creó el SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS, actualmente depen-diente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que a través del Decreto Nº 1697/04 se creó la DIRECCION NACIONAL DE PROTEC-CION CIVIL, entre cuyas competencias se encuentra la de implementar las acciones tendientes a preservar la vida, los bienes y el hábitat de la población ante desastres de origen natural o antrópico, coordinando el empleo de los recursos humanos y ma-teriales del Estado Nacional en las etapas de mitigación, respuesta y reconstrucción.

Que el Decreto Nº 636/13 asignó al MINIS-TERIO DE SEGURIDAD la coordinación del SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS y la DIRECCION NACIONAL DE PROTEC-CION CIVIL, así como entender en la co-ordinación de las acciones tendientes a

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Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 7solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el terri-torio de la Nación.

Que, asimismo, con dependencia del men-cionado Ministerio funciona la SECRETA-RIA DE SEGURIDAD, entre cuyos objetivos se encuentran los de formular, dirigir y su-pervisar las actividades de las Fuerzas Po-liciales y de Seguridad, y coordinar y ejecu-tar conjuntamente con el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE las acciones de prevención y respuesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza.

Que, atento a lo expuesto, la SECRETARIA DE SEGURIDAD resulta el ámbito más con-veniente para coordinar y ejecutar estas acciones de gobierno, a fin de planificar las actividades tendientes a la prevención de emergencias y catástrofes, como así tam-bién dar respuesta inmediata a la población en caso de que las mismas se produzcan.

Que, con los objetivos propuestos, resulta necesario efectuar las adecuaciones nece-sarias en la normativa vigente.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos Permanentes de las Jurisdiccio-nes involucradas.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y CO-ORDINACION ADMINISTRATIVA de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Ar-tículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de fe-brero de 2002 y modificatorios —Organigrama de Aplicación— el Apartado VI, correspondiente a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que, en planilla anexa al presente Artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios —Organigrama de Apli-cación— el Apartado XXVI, correspondiente al MINISTERIO DE SEGURIDAD, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que, en pla-nilla anexa al presente Artículo, forma parte in-tegrante de este Decreto.

Art. 3° — Sustitúyese del Anexo II al Artícu-lo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios —Objetivos— el Apar-tado VI, correspondiente a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que quedará conformado de acuer-do al detalle que, en planilla anexa al presente Artículo, forma parte integrante de este Decre-to.

Art. 4° — Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios los Objetivos de la SECRETA-RIA DE SEGURIDAD y de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE SEGURIDAD E INTERVEN-CION TERRITORIAL, ambas del MINISTERIO DE SEGURIDAD —Apartado XXVI—, e incor-póranse, con dependencia de la citada Secre-taría, los objetivos de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES y de la SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, conforme al detalle que, en planilla anexa al presente Artículo, forma parte integrante de este Decreto.

Art. 5° — Elimínase el objetivo 4 de la SUB-SECRETARIA DE INVESTIGACION DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO de la SECRETA-RIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SE-

GURIDAD, aprobado por el Anexo II al artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Art. 6° — Transfiérese la DIRECCION NA-CIONAL DE ANALISIS Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO, de la órbita de la Ex SUB-SECRETARIA DE CONTROL DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS de la SECRETARIA DE PRO-GRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO al ámbito de la SUBSECRE-TARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRA-FICO de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con sus unida-des dependientes relativas a la temática de lucha contra el narcotráfico, los bienes que integran su patrimonio y el personal con sus regímenes, niveles, grados, situación de re-vista escalafonaria y niveles de función eje-cutiva vigentes.

Art. 7° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por el presente Decreto, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes, las que tran-sitoriamente mantendrán las acciones y dota-ciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista, funciones ejecutivas y suplementos aprobados.

Art. 8° — Hasta tanto se efectúen las ade-cuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, las mismas serán atendidas con cargo a los créditos presu-puestarios de las jurisdicciones de origen.

Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

PRESIDENCIA DE LA NACION

VI. SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

- SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CA-PACITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIO-NES

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION AD-MINISTRATIVA

- SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITO-REO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRI-TORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°

XXVI. MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARIA DE COORDINACION, PLA-NEAMIENTO Y FORMACION

- SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINIS-TRATIVA

- SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDI-COS

- SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y FORMACION

SECRETARIA DE SEGURIDAD

- SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE SE-GURIDAD E INTERVENCION TERRITORIAL

- SUBSECRETARIA DE LOGISTICA

- SUBSECRETARIA DE PARTICIPACION CIU-DADANA

- SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION DEL DELITO ORGANIZADO Y COMPLEJO

- SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES

- SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SECRETARIA DE COOPERACION CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PUBLI-COS Y LEGISLATURAS

- SUBSECRETARIA DE ARTICULACION CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTE-RIOS PUBLICOS

- SUBSECRETARIA DE ARTICULACION LE-GISLATIVA

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3°

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

OBJETIVOS:

1. Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales para la prevención y capacitación sobre del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, velando por el cum-plimiento de la legislación nacional e internacio-nal sobre la materia.

2. Entender en la aplicación de políticas y estrategias para la prevención, capacitación y asistencia por el uso indebido de estupefacien-tes y sustancias psicotrópicas con el MINISTE-RIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARRO-LLO SOCIAL y el MINISTERIO DE EDUCACION, entre otras dependencias.

3. Entender en la aplicación de políticas, estrategias y acciones para el control del uso indebido de estupefacientes y sustan-cias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACION FEDE-RAL DE INGRESOS PUBLICOS, entre otras dependencias.

4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención, capacitación, asistencia y control del uso indebido de estu-pefacientes y sustancias psicotrópicas con los gobiernos provinciales, brindando asistencia técnica a fin de homogeneizar las actividades, maximizar los recursos y generar espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

5. Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACION y el MINISTERIO PUBLICO las accio-nes necesarias para la prevención y la lucha contra el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, brindando asistencia técnica en causas penales.

6. Coordinar con el PODER LEGISLATIVO DE LA NACION las acciones necesarias para la prevención y la lucha contra el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, promoviendo y brindando asistencia técnica en el análisis y la elaboración de proyectos legis-lativos.

7. Realizar asistencia técnica para el di-seño de la capacitación de los recursos hu-manos de las fuerzas de seguridad y otras instituciones nacionales sobre la temática específica de prevención y control del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

8. Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos especializados en la materia, implementando el cumplimiento de los tratados internacionales suscriptos y coor-dinando con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información específica y la documentación téc-nica respectiva.

9. Centralizar la recopilación general de da-tos y de información especializada acerca de todos los aspectos involucrados en el fenóme-no, analizando la evolución y tendencias del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y problemas relacionados, a nivel provincial, nacional, regional e internacional, a fines de implementar un sistema de información y de alerta temprana nacional y federal, que provea información válida, confiable, suficiente y actualizada para la elaboración de Políticas Públicas.

10. Coordinar las actividades de investigación técnico-científico, normativa y social, a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los modelos y metodologías para los procesos de intervención en esta materia.

11. Presidir el Consejo Federal para la Pre-vención y Asistencia de las Adicciones y Con-trol del Narcotráfico (COFEDRO).

12. Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las diferentes jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o Provincial, des-tinados a cumplir funciones de consulta o coordi-nación con los respectivos organismos de origen.

13. Impulsar la creación de unidades regionales a los fines de facilitar el cumplimiento de las mi-siones y funciones de la Secretaría a nivel federal.

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SUBSECRETARIA DE PREVENCION, CAPA-CITACION Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en la elaboración de las políticas nacionales y la planificación de estrategias para la prevención, capacitación y asistencia relacionadas con el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

2. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la prevención del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE EDUCACION, entre otros organismos nacionales, apuntando al trabajo interministerial con especial énfasis en el desarrollo de intervenciones comu-nitarias territoriales con poblaciones vulnerables.

3. Coordinar, orientar, supervisar e implementar planes y programas de carácter nacional, referen-tes a la prevención, tratamiento, rehabilitación, reinserción y acción social en el campo del uso indebido de drogas, alcohol y sustancias psico-trópicas en todo el ámbito del país, con la co-operación y la búsqueda del consenso de orga-nismos gubernamentales y no gubernamentales con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE EDUCACION, entre otros organismos nacionales, y con Organismos no Gubernamentales, determi-nando prioridades y lineamientos de trabajo.

4. Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la asistencia por el uso indebi-do de estupefacientes y sustancias psicotrópi-cas con el MINISTERIO DE SALUD y el MINIS-TERIO DE DESARROLLO SOCIAL, entre otros organismos nacionales.

5. Coordinar con los gobiernos provinciales las actividades de prevención, capacitación y asistencia por el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas brindando la asistencia técnica pertinente.

6. Coordinar la implementación del “Plan Fe-deral de Prevención Integral de la Drogadepen-dencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” de acuerdo con el Decreto Nº 623/96 en lo refe-rente a las materias de su competencia.

7. Realizar estadísticas epidemiológicas relacio-nadas con la prevalencia, incidencia y consumo de sustancias psicoactivas, brindando la información obtenida al Observatorio Argentino de Drogas, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COOR-DINACION ADMINISTRATIVA, y a los Organismos con competencia en la lucha contra el narcotráfico.

8. Asistir al Secretario, como representante del Gobierno Nacional, en las reuniones y deci-siones de los organismos especializados en la prevención, capacitación y asistencia por el uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

9. Asistir al Secretario en el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adiccio-nes y Control del Narcotráfico (COFEDRO) en la materia de su competencia.

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SUBSECRETARIA DE COORDINACION AD-MINISTRATIVA

OBJETIVOS:

1. Realizar la centralización y recopilación general de datos, y la difusión de informa-

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Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 8ción especializada acerca de los aspectos involucrados en el fenómeno, analizando la evolución y tendencias del uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y los problemas relacionados, a nivel provin-cial, nacional, regional e internacional, imple-mentando un sistema de alerta temprana, que provea información válida, confiable, sufi-ciente y actualizada a través del Observatorio Argentino de Drogas, para la elaboración de Políticas Públicas.

2. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión económica, financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento, admi-nistración de bienes muebles e inmuebles y de servicios de la Secretaría.

3. Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos para asegurar la eficiencia y dinámica de los servicios de la Se-cretaría.

4. Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones de la Secretaría.

5. Asegurar el asesoramiento jurídico perma-nente sobre aspectos específicos y funcionales de la Secretaría.

6. Asistir al Secretario en la apoyatura ad-ministrativa, técnica y legal del Consejo Fe-deral para la Prevención y Asistencia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFE-DRO) y de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450, en lo correspondiente al ámbito de su competencia.

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CON-TROL DE PRECURSORES QUIMICOS

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional en las reuniones y de-cisiones de los organismos especializados en la materia, implementando, dentro de su competencia, el cumplimiento de los tratados internacionales suscriptos y coordinando con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO la centralización de la informa-ción específica y la documentación técnica respectiva.

2. Asistir al Secretario en la política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional y realizar el control de la instru-mentación de las acciones de cooperación in-ternacional establecidas y sus alternativas de financiación.

3. Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales e internacionales suscriptos por la Secretaría, informando perió-dicamente su situación.

4. Asistir al Secretario en la elaboración de políticas nacionales y planificación de estrate-gias para el control de los precursores y sus-tancias químicas utilizables en la producción de drogas ilícitas.

5. Asistir al Secretario en la aplicación de políticas, estrategias y acciones para el con-trol del uso indebido de estupefacientes y sus-tancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE SEGURIDAD, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entre otras dependen-cias.

6. Coordinar las políticas y estrategias para el control del uso indebido de estupefacientes y el desvío de precursores químicos con los gobiernos provinciales brindando asistencia técnica, a fin de homogeneizar las actividades y maximizar los recursos, generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

7. Asistir al Secretario en su relación con el PODER JUDICIAL DE LA NACION y el MINIS-TERIO PUBLICO para desarrollar las acciones

necesarias para la prevención del uso y comer-cialización indebido de precursores químicos, brindando asistencia técnica en causas pena-les.

8. Asistir al Secretario en su relación con el PODER LEGISLATIVO DE LA NACION brindan-do asistencia técnica en el análisis y la elabora-ción de proyectos legislativos, vinculados a la temática.

9. Realizar estadísticas relacionadas con la materia de su competencia, brindando la infor-mación obtenida al Observatorio Argentino de Drogas, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, y a los Organismos con competencia en la lucha con-tra el narcotráfico.

10. Asistir al Secretario en la elaboración de planes y programas de acción para el control de precursores y sustancias químicas utiliza-bles para la producción de drogas ilícitas, el uso indebido de sustancias lícitas o su desvío para el mercado de drogas ilícitas.

11. Coordinar y supervisar el funcionamiento del Registro Nacional de Precursores Químicos.

12. Realizar actividades de investigacio-nes técnico-científicas, normativas y socia-les, a nivel nacional, provincial y municipal, identificando los modelos y metodologías para los procesos de intervención en esta materia.

13. Asistir al Secretario en el Consejo Federal para la Prevención y Asistencia de las Adiccio-nes y Control del Narcotráfico (COFEDRO) en la materia de su competencia.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4°

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECRETARIA DE SEGURIDAD

OBJETIVOS:

1. Asistir al Ministro en todo lo concerniente a la seguridad interior y al cumplimiento de los objetivos del Ministerio, conduciendo el siste-ma policial y de seguridad, en concordancia con la Ley Nº 24.059.

2. Asistir al Ministro en todo lo referido al co-nocimiento del sistema de seguridad, a través de la producción de la información criminal y estadísticas necesarias para establecer los ob-jetivos.

3. Producir la Inteligencia Criminal a través de la Dirección Nacional creada para tal fin en el marco del Artículo 9° de la Ley Nº 25.520 y concordantes.

4. Formular, dirigir y supervisar las activida-des de las fuerzas policiales y de seguridad, procurando intervenciones territoriales coordi-nadas y adecuadas al objetivo.

5. Coordinar la intervención de las fuerzas y la implementación de acciones en forma directa con los municipios de acuerdo con la realidad local de cada uno.

6. Articular un dispositivo de seguridad que coordine la actuación de las fuerzas policiales y de seguridad, sobre el diagnóstico diferenciado que tenga de fuente la participación comunita-ria, la demanda social y la información criminal calificada.

7. Establecer las políticas de gestión con-ducentes para el bienestar del personal de las fuerzas policiales y de seguridad, procurando la atención de la salud física y mental del personal y de su grupo familiar.

8. Establecer mecanismos de cooperación con organismos nacionales e internacionales en materia de seguridad, suscribiendo conve-nios en las materias de su competencia.

9. Coordinar y ejecutar con los organismos competentes las acciones de prevención y res-puesta requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la naturaleza.

10. Establecer políticas de coordinación mul-tiagencial con las demás áreas del gobierno para la prevención del delito y la violencia.

11. Atender las causas de la criminalidad, con políticas de prevención social, interviniendo an-tes de que el delito se produzca.

12. Establecer y dimensionar las necesidades de equipamiento de las fuerzas policiales y de seguridad realizando las inversiones corres-pondientes.

13. Determinar y diseñar la logística del siste-ma de Seguridad Interior, coordinando la actua-ción y las actividades de las fuerzas.

14. Establecer mecanismos de cooperación con organismos nacionales e internacionales en materia de seguridad y control del tráfico ilícito de estupefacientes, proponiendo la firma de convenios.

15. Entender en la investigación del delito or-ganizado y complejo y en el tráfico indebido de estupefacientes.

16. Efectuar los estudios técnicos, mecánicos y científicos, en virtud de requerimiento judicial.

17. Intervenir, representando al Gobierno Na-cional como parte querellante, en las investiga-ciones criminales que se realicen en el marco de la Ley Nº 23.737, de acuerdo con su relevan-cia, y de conformidad con las instrucciones im-partidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

18. Cooperar a requerimiento con la SECRE-TARIA DE PROGRAMACION PARA LA PRE-VENCION DE LA DROGADICCION Y LA LU-CHA CONTRA EL NARCOTRAFICO en la ela-boración de planes y programas de acción para el control de precursores y sustancias químicas utilizables para la producción de drogas ilícitas, el uso indebido de sustancias lícitas o su desvío para el mercado de drogas ilícitas.

19. Coordinar, en colaboración con la SE-CRETARIA DE COORDINACION MILITAR DE ASISTENCIA EN EMERGENCIAS, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, la ayuda federal para casos de desastre de origen natural o cau-sados por el hombre.

20. Implementar las actividades regionales e interprovinciales de coordinación, tendientes a la elaboración de políticas comunes para el me-joramiento de la protección civil.

21. Coordinar las acciones tendientes a solu-cionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la Nación.

22. Efectuar la coordinación del Sistema Fe-deral de Emergencias (SIFEM) creado por el Decreto Nº 1250 del 28 de octubre de 1999.

SECRETARIA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE SEGU-RIDAD E INTERVENCION TERRITORIAL

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario de Seguridad en la implementación de políticas de seguridad a es-cala territorial, articulando la actuación de las fuerzas de seguridad con el componente de participación ciudadana.

2. Asistir al Secretario en la toma de decisio-nes en el ámbito de su competencia, brindando la información criminal y estadística producida en el área.

3. Asistir al Secretario en la planificación del modelo de actuación de las fuerzas policiales y de seguridad, atendiendo la especificidad del conflicto o características del ámbito de actua-ción.

4. Producir y sistematizar toda la información criminal y el análisis que surja de la misma.

5. Coordinar el intercambio de información con las instituciones policiales y de seguridad que conforman el sistema.

6. Intervenir en los procesos de evaluación de desempeño, ascensos del personal de las fuerzas policiales y de seguridad, y asignación de destinos y formulación del perfil de los ingre-santes a las mismas.

7. Promover el bienestar social de los afilia-dos de las obras sociales de las fuerzas policia-les y de seguridad.

8. Atender el régimen disciplinario y de con-trol de las fuerzas policiales y de seguridad.

9. Establecer mecanismos de colaboración y articulación de esfuerzos con las fuerzas de seguridad provinciales.

10. Establecer políticas de cooperación regio-nal e internacional, proponiendo la suscripción de acuerdos y convenios con otros organismos.

11. Supervisar la coordinación con otras ins-tituciones policiales extranjeras, a los fines del cumplimiento de los acuerdos y convenios in-ternacionales en los que la República haya sido signataria.

12. Asistir al Consejo de Seguridad Interior, y colaborar en las acciones que realicen los cuer-pos policiales provinciales con las fuerzas de seguridad del Estado Nacional en cumplimiento de la Ley Nº 24.059.

SECRETARIA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARIA DE PROTECCION CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CATASTROFES

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario de Seguridad en la co-ordinación, comunicación y despliegue de los Cuerpos Policiales y de Seguridad en las accio-nes de prevención y respuesta inmediata ante emergencias y catástrofes naturales o antrópi-cas, en colaboración con las áreas federales, provinciales y municipales con competencia en la materia.

2. Formular las políticas y el planeamiento para la coordinación de las acciones de protec-ción civil tendientes a prevenir, evitar, disminuir o mitigar los efectos de los desastres naturales o causados por el hombre.

3. Proponer al Secretario de Seguridad la implementación de las actividades regionales e interprovinciales de coordinación, tendientes a la elaboración de políticas comunes para el mejoramiento de la protección civil.

4. Asistir al Secretario de Seguridad en la co-ordinación de la ayuda federal para casos de desastre de origen natural o causados por el hombre, en colaboración con la SECRETARIA DE COORDINACION MILITAR DE ASISTENCIA EN EMERGENCIAS, dependiente del MINISTE-RIO DE DEFENSA.

5. Promover la coordinación de esfuerzos con otros organismos del Estado Nacional, Pro-vincial, Municipal y organizaciones civiles, res-pecto del tratamiento que exijan una actuación integral en materia de su competencia.

6. Elaborar programas y protocolos de ges-tión de riesgos, respuesta y mitigación de da-ños en colaboración con los organismos con competencia en la materia como así también en cumplimiento de convenios suscriptos a nivel regional e internacional.

7. Fiscalizar la actividad de los Bomberos Voluntarios en los términos fijados por la Ley Nº 25.054 y sus modificatorias, proponiendo las normas reglamentarias.

8. Llevar el Registro de Entidades y Organi-zaciones No Gubernamentales creado por la Resolución Nº 968/11 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR.

9. Ejecutar los protocolos de actuación coor-dinada en situaciones de emergencia y catás-trofe.

10. Asistir al Secretario de Seguridad, en todo lo atinente al resarcimiento de las consecuen-cias que producen las situaciones de emergen-cia y catástrofe y en la implementación de ac-ciones preventivas y de estímulo que hagan al desarrollo de las infraestructuras provinciales y regionales en coordinación con los organismos pertinentes.

11. Diseñar, planificar e implementar meca-nismos de actuación frente a situaciones de emergencia, coordinando la ejecución de las acciones previstas.

12. Desarrollar, en colaboración con las áreas afines de los Ministerios de Desarrollo Social,

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Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 9de Defensa, Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y del Interior y Transporte las acciones necesarias a fin de garantizar una óptima intervención estatal en la respuesta ante emergencias y catástrofes, gestión de riesgos y reparación de daños.

SECRETARIA DE SEGURIDAD

SUBSECRETARIA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

OBJETIVOS:

1. Asistir al Secretario en la elaboración de políticas nacionales y planificación de estra-tegias contra la producción, el tráfico y la co-mercialización de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

2. Coordinar la aplicación de políticas, es-trategias y acciones para el control del uso in-debido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MI-NISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRA-CION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en-tre otras dependencias.

3. Coordinar las políticas y estrategias para el control del uso indebido y el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con los gobiernos provinciales brindando asistencia técnica, a fin de homogeneizar las actividades y maximizar los recursos, generando espacios de discusión, trabajo conjunto e intercambio de información.

4. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional, como parte querellante, en las investigaciones criminales que se reali-cen en el marco de la Ley Nº 23.737, de acuer-do con su relevancia, y de conformidad con las instrucciones impartidas por el PODER EJECU-TIVO NACIONAL.

5. Coordinar la implementación del “Plan Fe-deral de Prevención Integral de la Drogadepen-dencia y de Control del Tráfico Ilícito de Drogas” de acuerdo con el Decreto Nº 623/96, en lo re-ferente a las materias de su competencia.

6. Asistir al Secretario en la representación del Gobierno Nacional en las reuniones y de-cisiones de los organismos especializados en la materia, implementando, dentro de su Com-petencia, el cumplimiento de los tratados in-ternacionales suscriptos y coordinando con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO la centralización de la información es-pecífica y la documentación técnica respectiva.

7. Planificar, programar y ejecutar el Plan Nacional de Capacitación de los Recursos Hu-manos para la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas dentro del “Plan Federal de Prevención de la Drogadependencia y de Control del Tráfi-co Ilícito de Drogas”.

8. Asistir al Secretario en su relación con el Consejo Federal para la Prevención y Asisten-cia de las Adicciones y Control del Narcotráfico (COFEDRO) y de la Comisión instituida por la Ley Nº 24.450, en el ámbito de su competencia.

#F4516049F#

#I4515118I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 27/2014

Recházase recurso incoado contra la Re-solución Nº 363/2011.

Bs. As., 9/1/2014

VISTO el Expediente Nº  1.394.810/10 del Re-gistro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Don Andrés Enrique BONAN (M.I. Nº 14.038.010), Legajo Nº 22.560, in-terpuso recurso jerárquico contra la Reso-lución del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº  363 de fecha 25 de abril de 2011.

Que por la mencionada resolución se apro-bó el Orden de Mérito Definitivo para TRES (3) cargos del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Responsable del Seguimiento de Programas de Empleo y Formación Profesional para la Coordinación de Su-pervisión, Seguimiento Técnico y Fiscali-zación de la Dirección Nacional del Servi-cio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTE-RIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURI-DAD SOCIAL, ocupando el primer lugar el Licenciado Don Daniel Alberto RIBAS (M.I. Nº 10.479.607), el segundo lugar la Li-cenciada Doña Nelly Amanda MARCHETTI (M.I. Nº 31.444.251), el tercer lugar el Con-tador Público Nacional Don Leonardo Da-río GRAZIAN (M.I. Nº 20.695.070), el cuarto lugar el Ingeniero Don Andrés Enrique BO-NAN (M.I. Nº 14.038.010), el quinto lugar la Licenciada Doña María Cecilia GONZALEZ (M.I. Nº 28.507.301) y el sexto lugar la Li-cenciada Doña Patricia Julia Alejandra PE-REZ (M.I. Nº 14.070.313).

Que por la Resolución de la entonces SE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº  39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Perso-nal para el SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP).

Que mediante la Resolución del MINISTE-RIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURI-DAD SOCIAL Nº 619 de fecha 11 de junio de 2010, se designaron los miembros de los Comités de Selección y por su simi-lar Nº 670 del 6 de julio de 2010, la citada autoridad aprobó las Bases de las Con-vocatorias y llamó a concurso mediante Convocatorias Extraordinaria y General y, Extraordinaria y Abierta, según los proce-dimientos establecidos por el citado Régi-men, para cubrir los cargos detallados en los Anexos I y II que forman parte integran-te de la misma.

Que el Comité de Selección tomó la in-tervención que le compete, según el Acta Nº 20 de fecha 19 de julio de 2011.

Que la pieza recursiva a despacho se planteó en tiempo y forma conforme los requisitos previstos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.

Que el incoante cuestiona la revisión efec-tuada por el Comité de Selección, calificán-dola de arbitraria y discrecional, así como la ubicación en el tercer lugar del Orden de Mérito Definitivo del postulante Leonardo Darío GRAZIAN (M.I. Nº 20.695.070).

Que el recurrente señala que el Comité de Selección habría alterado el orden de Mé-rito, al reducir el porcentaje otorgado en el ítem Experiencia Laboral, el cual, argumen-ta, se encontraba ratificado en la instancia de Evaluación de Antecedentes Curricula-res y Laborales y luego en la instancia pos-terior de Entrevista Laboral, resultando a su entender tal modificación decisiva para la ubicación del postulante en el Orden de Mérito.

Que en defensa de su postura, refiere que al interponer la solicitud de revisión, peticionó exclusivamente la revisión de los puntajes otorgados en los ítems “Capacitación” e “Informática”, en consecuencia considera que lo actuado por el citado Comité no fue congruente con lo peticionado, afectando de ese modo la garantía de “reformatio in Peius”.

Que asimismo, sostuvo que al no revisar el Comité el puntaje de los demás postu-lantes, se encuentra afectado el principio de igualdad entre los postulantes y el de transparencia.

Que por último agregó que se encuentra violentado su derecho de carrera, el dere-cho de defensa en juicio y el principio de legalidad.

Que conforme el artículo 26 de la Resolu-ción de la ex-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº  39/10, la inscripción comporta que el aspirante conoce y acep-

ta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y re-quisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.

Que, en consecuencia, no pueden prospe-rar los cuestionamientos realizados en tor-no al desarrollo del procedimiento de se-lección llevado a cabo, conforme doctrina de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION que sostiene: “El voluntario some-timiento a un régimen jurídico sin reservas expresas, comporta un inequívoco aca-tamiento que determina la improcedencia de su ulterior impugnación con base cons-titucional” (Dictámenes: 202:151; 228:152, entre otros y Fallos 305:826; 307:358).

Que con relación a la revisión peticionada por el recurrente, el Comité de Selección Nº 10, mediante Acta Nº 20 de fecha 19 de julio de 2011, resolvió efectuar la revisión integral de todos los factores evaluados en la Etapa de Evaluación de Anteceden-tes Curriculares y Laborales, conforme los artículos 34 y 59 de la Resolución de la en-tonces SECRETARIA DE LA GESTION PU-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10.

Que al efectuar la revisión de la primer etapa de evaluación, advirtió que el re-currente nunca se había desempeñado como Supervisor, Fiscalizador ni efectuó seguimiento técnico de Programas de Em-pleo y Formación Profesional, por lo que consideró que “...la errónea asignación del puntaje correspondiente a la pertinencia directa por desempeñar una tarea idéntica o específica fue reemplazado por la perti-nencia indirecta dentro del factor Experien-cia Laboral”.

Que en tal sentido, no se observa transgre-sión alguna de las garantías constituciona-les señaladas por el incoante, toda vez que en virtud del principio de verdad material, el Comité de Selección no hizo más que revisar de manera íntegra la etapa cuestio-nada y no sólo los ítems indicados por el peticionante.

Que con relación a la disconformidad plan-teada por el incoante sobre su ubicación en el cuarto puesto del orden de prelación, se señala que cada postulante ocupó el lugar que le correspondía en virtud del puntaje final obtenido como resultado del proce-dimiento de selección. Dicho puntaje resul-tó del promedio de las puntuaciones obte-nidas en cada etapa del proceso, el cual se llevó a cabo con arreglo a las previsiones

contenidas en el referido Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial y la Resolución de la ex-SECRETARIA DE LA GESTION PU-BLICA Nº 39/10.

Que respecto al cuestionamiento efectuado por el presentante sobre el desarrollo de la actividad del Comité de Selección, se ad-vierte que la misma resultó congruente con las funciones otorgadas por la normativa que regula el proceso de selección, por lo que en ninguna medida se evidencia que su accionar fuera arbitrario e improceden-te, toda vez que éste no tenía un derecho adquirido respecto al cargo concursado, no pudiendo considerarse de ese modo afec-tada la garantía de “reformatio in peius”.

Que por las consideraciones efectuadas, el acto cuestionado se ajusta a derecho y, en consecuencia, cabe rechazar el recurso jerárquico incoado.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la PRO-CURACION DEL TESORO DE LA NACION, han tomado la intervención que les compe-te.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Recházase el recurso jerárqui-co incoado por el señor Andrés Enrique BONAN (M.I. Nº 14.038.010), Legajo Nº 22.560, contra la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 363 de fecha 25 de abril de 2011.

Art. 2° — Hágase saber al incoante que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, sin perjuicio de la posibi-lidad de interponer el recurso contemplado por su artículo 100.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Carlos A. Tomada.

#F4515118F#

#I4515122I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2304/2013

Contratación en la Dirección de Sistema Nacional de Licencias de Conducir.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0014269/2011, Cuerpos I y II del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del Perso-nal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), la Decisión Administrativa Nº 1049 del 17 de octubre de 2011 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010, las Disposiciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Nº 368 del 20 de oc-tubre de 2011, Nº 381 del 24 de octubre de 2011 y Nº 417 del 17 de septiembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº  491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción corres-pondiente.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1049/11, se exceptúa a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado, actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº  26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº  2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 a los efectos de posibilitar la cobertura de CIENTO CINCO (105)

Page 10: 2014011701 n

Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 10cargos vacantes y financiados de la planta permanente, a través de los procedimientos de selección establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que en el Anexo I de la Disposición Nº 368/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la co-bertura de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Disposición Nº 381/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Or-ganismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se convocó al proceso de selección de personal para cubrir OCHENTA Y DOS (82) cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolu-ción Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Disposición Nº 417/12 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Orga-nismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección Nº 1 respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes, que se consignan en el Anexo I de la citada Disposición.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 dispone que todo ingreso del perso-nal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento corres-pondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que por Acta Nº 9 del 28 de agosto de 2012 el Comité Selector Nº 1 recomienda, la incor-poración en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, según el caso, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto re-flejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que com-ponen el proceso de selección.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordina-rio alguno.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENE-RAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1° del Decreto Nº 491/02 y a lo dispuesto por los artículos 7° y 10° de la Ley Nº 26.784.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Des-centralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de lo dispues-to por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente.

Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el aludido ANEXO que forma parte del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº  2098/08, en la Dependencia de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL que allí se detalla.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Dirección Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito

Dependencia: Dirección de Sistema Nacional de Licencias de Conducir

Nombre y Apellido DNI N° Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código

GARAY, Ariel

Hernán30.753.654 Profesional General C 1

Profesional Responsable de Imagen e

Infraestructura de los Centros

de Expedición de Licencias (C.E.L.)

2011-000847-SEGVIA-P-SI-X-C

#F4515122F#

#I4515123I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2305/2013

Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0003425/2013, Cuerpos I y II, del registro de la DIRECCION NACIO-NAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTE-RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.784 y el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° de la Ley citada en el Visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NA-CIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de la mencionada Ley.

Que asimismo, mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centra-lizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descen-tralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios.

Que por lo expuesto resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de diversos cargos vacantes existentes en la Planta de Personal Permanente de la DIRECCION NA-CIONAL DE MIGRACIONES exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, los que deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

Que los agentes propuestos cuentan con la idoneidad necesaria para desarrollar las fun-ciones que se les asignan y se destinarán a cubrir los cargos y funciones que en cada caso se detallan, los que se hallan vacantes.

Que asimismo resulta necesario exceptuar a las agentes detalladas en el Anexo II, de lo dispuesto en el Título II, Capítulo III, artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y a tenor de lo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Danse por designados a partir del 8 de marzo de 2013, con carácter tran-sitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, a los agentes detallados en el Anexo I de la presente medida, en el Nivel y Grado que en cada caso se indica, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Art. 2° — Danse por designadas a partir del 8 de marzo de 2013, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, a las agentes detalladas en el Anexo II de la presente medida, en el Nivel y Grado que en cada caso se indica, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.

Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Ju-risdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

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Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 11ANEXO I

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

EXPEDIENTE Nº 3425/13

Apellido Nombre Tipo Número Unidad de Revista Función Nivel Grado

AGUIRRE Andrea Fabiana DNI 17.933.890 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

BALATTI Agustín DNI 34.107.182 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

BONADEO Andrea Soledad DNI 30.753.676 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

CARBAJO Carlos Alberto DNI 22.570.537 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

CASSI Federico DNI 34.257.850 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

CLEMENTE María Gabriela DNI 31.608.077 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

COMEZAÑA Patricia Soledad DNI 33.097.806 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

CORDOBA Silvia Liliana DNI 13.837.152 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

DAINOTTO Federico Guillermo DNI 25.750.250 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

FERRAIOLO Carla Natalia DNI 31.791.465 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

GDANSKY Marianela DNI 23.177.369 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

GONZALEZ Viviana Dolores DNI 22.376.136 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

ANEXO II

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

EXPEDIENTE Nº 3425/13

Apellido Nombre Tipo Número Unidad de Revista Función Nivel Grado

BENTANCUR Paola Luciana DNI 33.097.784 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

DIEZ Catalina DNI 34.968.207 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

FRANICEVIC Yamila DNI 26.846.488 Dirección General de Movimiento Migratorio

ASISTENTE ADMINISTRATIVO D 0

#F4515123F#

#I4515124I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2306/2013

Contratación en la Dirección de Capacitación y Campañas Viales.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0014228/2011, Cuerpos I y II del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.784, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del Perso-nal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), la Decisión Administrativa Nº 1049 del 17 de octubre de 2011 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010, las Disposiciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Nº 368 del 20 de oc-tubre de 2011, Nº 381 del 24 de octubre de 2011 y Nº 417 del 17 de septiembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspec-tos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centraliza-da y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1049/11, se exceptúa a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de Ia prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº  26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº  2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 a los efectos de posibilitar la cobertura de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, a través de los procedimientos de selección establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que en el Anexo I de la Disposición Nº 368/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertu-ra de CIENTO CINCO (105) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Disposición Nº 381/11 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Or-ganismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se convocó al proceso de selección de personal para cubrir OCHENTA Y DOS (82) cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolu-

ción Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Disposición Nº 417/12 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Orga-nismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección Nº 1 respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes, que se consignan en el Anexo I de la citada Disposición.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 dispone que todo ingreso del perso-nal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento corres-pondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que por Acta Nº 9 del 28 de agosto de 2012 el Comité Selector Nº 1 recomienda la incor-poración en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, según el caso, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto re-flejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que com-ponen el proceso de selección.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordina-rio alguno.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENE-RAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1° del Decreto Nº 491/02 y lo dis-puesto por los artículos 7° y 10° de la Ley Nº 26.784.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Des-centralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de lo dispues-to por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente.

Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el aludido ANEXO que forma parte del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, en la Dependencia de la AGENCIA NA-CIONAL DE SEGURIDAD VIAL que allí se detalla.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Dependencia: Dirección de Capacitación y Campañas Viales

Nombre y Apellido DNI Nº Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código

PASTRAN, Analía

Lourdes31.806.554 Profesional General C 1

Profesional Responsable de Prensa y

Comunicación

2011-000832-SEGVIA-P-SI-X-C

#F4515124F#

DECISIONESADMINISTRATIVAS

#I4515703I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 125/2013

Dase por aprobada contratación en la Direc-ción Nacional de Evaluación Presupuestaria.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0050127/2013 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley

Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de septiembre de 2013, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el entonces titular de la SECRETARIA DE EVALUA-CION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA

Page 12: 2014011701 n

Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 12DE GABINETE DE MINISTROS y D. Ulises Rafael STECIOW (D.N.I. Nº 30.876.913) de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que es-tará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose median-te la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del De-creto Nº 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo pre-cedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, éstos resultan atinentes al objetivo de las funcio-nes asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de octubre de 2013, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprue-ba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos Pre-supuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.784.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han toma-do la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efec-tos al 1° de octubre de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el entonces titular de la SECRE-TARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y

D. Ulises Rafael STECIOW (D.N.I. Nº 30.876.913), para desempeñar funciones de Asesor en Pre-supuesto en la DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION PRESUPUESTARIA dependiente de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL en la citada Se-cretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRE-TARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4515703F#

#I4515704I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 126/2013

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Comunicación Pública.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0043950/2013 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº  3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de julio de 2013, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Minis-tros, celebrado entre el entonces titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMI-NISTRATIVA de la SECRETARIA DE CO-MUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Néstor José BARRETO (D.N.I. Nº  31.738.828) de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que es-tará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose median-te la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente involucrado en la presente me-dida se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter tran-sitorio, de acuerdo con los términos del ar-tículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos

mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel E diversas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo pre-cedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, éstos resultan atinentes al objetivo de las funcio-nes asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de octubre de 2013, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato, que se aprue-ba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos Pre-supuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.784.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION,han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 1° de octubre de 2013 y hasta el 31 de diciem-bre de 2013, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado en-tre el entonces titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Néstor José BARRETO (D.N.I. Nº 31.738.828), para desempe-ñar funciones de Auxiliar de Servicios en la cita-da Secretaría, equiparado al Nivel E - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRE-TARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes

del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4515704F#

#I4515705I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 127/2013

Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Coordinación Adminis-trativa.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0045689/2013 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº  3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato sus-cripto con fecha 30 de agosto de 2013, ad re-feréndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el ex titular de la SECRETA-RIA DE GABINETE Y COORDINACION AD-MINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y D. Darío Leonardo Wenceslao SANCHEZ (D.N.I. Nº 22.780.561) de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que es-tará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose median-te la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del De-creto Nº 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo pre-cedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, éstos resultan atinentes al objetivo de las funcio-nes asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de septiembre de 2013, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Page 13: 2014011701 n

Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 13Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato, que se aprue-ba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos Pre-supuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.784.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efec-tos al 1° de septiembre 2013 y hasta el 31 de

diciembre de 2013, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el ex titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Darío Leonardo Wenceslao SANCHEZ (D.N.I. Nº 22.780.561), para desem-peñar funciones de Responsable Administrati-vo en la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la citada Secretaría, equi-parado al Nivel C - Grado 0, del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), apro-bado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispues-ta por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETA-RIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decre-to Nº  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4515705F#

Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdic-ción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presu-puesto de la Administración Nacional Nº 26.784.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Danse por aprobados, a partir de las fechas que en cada caso se indica, los contra-tos suscriptos ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la SUB-SECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los agentes nominados en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones indicadas en el mismo, y de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 del 8 de agos-to de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízanse las contrataciones que se aprueban en el artículo 1° de la presente me-dida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto Il del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA

DIRECCION GENERAL DE MONITOREO Y ESTRATEGIAS DE LA COMUNICACION

APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. NIVEL

GRADOPERIODO

DESDECONTRAT.

HASTA FUNCION

BUSSO, Augusto José 34.862.912 C-0 01/07/2013 31/12/2013 Responsable

Administrativo

COLOMBO, Agustín Horacio 31.723.148 B-0 01/07/2013 31/12/2013

Analista de Seguimiento y Monitoreo de

Comunicación OficialFRATANTONI VIDALE, Carlos Alberto

26.580.307 C-0 01/04/2013 31/12/2013 Responsable en Comunicación Pública

KRAUSEMANN, Alejandra Karerina 35.454.963 C-0 01/07/2013 31/12/2013 Responsable

AdministrativaMANGONNET, Tomás Joaquín 36.872.771 C-0 01/07/2013 31/12/2013 Responsable en

Comunicación Pública

MELCHIOR, Maximiliano 31.378.515 B-0 01/072013 31/12/2013

Analista de Seguimiento y Monitoreo de

Comunicación OficialTONELLI ATTORI, Samantha Verónica 23.475.821 C-0 01/07/2013 31/12/2013 Responsable en

Comunicación PúblicaVILLASBOA, Melany Denise 38.252.187 C-0 15/04/2013 31/12/2013 Responsable en

Comunicación Pública

#F4515706F#

#I4515707I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 129/2013

Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Agricultura.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº S05:0515819/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Presupuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2013 aprobado por la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Adminis-trativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo

#I4515706I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 128/2013

Danse por aprobadas contrataciones en la Dirección General de Monitoreo y Estrate-gias de la Comunicación.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0039647/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus mo-dificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos suscriptos, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMU-NICACION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los agentes nominados en el Anexo de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se es-tablecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que los agentes involucrados en la presente medida se encuentran afectados exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que los agentes propuestos no cumplen con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de los mis-mos, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar las contrataciones de los mismos como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que los agentes involucrados en el presente acto han dado estricto cumplimiento a lo estableci-do en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.

Que el personal de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir de las fechas que en cada caso se indica por lo que procede aprobar las respecti-vas contrataciones con efectos a cada fecha.

Que previo a dar trámite a las presentes contrataciones, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos Presupuestarios.

Page 14: 2014011701 n

Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 14el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE AGRICUL-TURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de ca-rácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que el Artículo 1° del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Ga-binete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-).

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma prece-dentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida se efectuará con los créditos del presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y 1° del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobada la contratación, con relación de empleo público, conforme lo establecido por el Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Na-cional Nº 25.164 y su reglamentación, de la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida, destinada a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTU-RA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme al nivel, grado y plazo que en su caso se consignan.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte inte-grante de la presente medida.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001214 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA

Código de Control: 0000020004

Listado de Contrataciones

N° Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 JARA PODESTA ALEJANDRO JOSE D.N.I. 8533528 A4 01/03/2013 31/12/2013 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

#F4515707F#

#I4515708I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 4/2014

Contratación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Bs. As., 14/1/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0500051/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48

de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la contra-tación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regu-lación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada al ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo, que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las funcio-nes que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-quisitos establecidos en el Artículo 14, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel C.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no perma-nente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9º del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001046 INDIVIDUALES DE LA SECRETARIA S.A.G. Y P. (MINAGRI)

Código de Control: 0000019806

Listado de Contrataciones

N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 GOMEZ RICARDO ABEL D.N.I. 12137512 C3 01/12/2012 31/12/2012 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

#F4515708F#

Page 15: 2014011701 n

Viernes 17 de enero de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 15#I4515709I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 5/2014

Contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.

Bs. As., 14/1/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0518583/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 25.164, el Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modifi-catorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de aprobación de la con-tratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la pre-sente medida, a celebrarse bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, destinada a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº  1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II) del inciso c) del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de la persona mencionada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crítica en el mercado laboral de las fun-ciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuada a la persona propuesta de los re-quisitos establecidos en el Artículo 14, incisos b) y c) del Anexo al Decreto Nº 2.098/08, para el Nivel B.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley Nº  25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421/02 y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución Nº 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente medida ha dado cumplimien-to a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por exceptuada a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de las restricciones establecidas en el punto II) del inciso c) del Artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, en el nivel y grado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y plazo consignados en el Anexo que forma parte de la presente decisión administrativa, bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo de la ley precitada, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001180 INDIVIDUALES DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA

Código de Control: 0000020581

Listado de Contrataciones

N° Apellido Nombre Tipo y N° Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 BULJUBASICHMARIANA

NATALIND.N.I. 32772438 B0 01/05/2013 31/12/2013 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo.: 2 Jurisdicción: 52

#F4515709F#

#I4514606I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 123/2013

Apruébanse contratos.

Bs. As., 27/12/2013

VISTO el Expediente Nº 25.600/2013 del regis-tro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 22 de noviembre de 2012 se suscribió el Memorándum de Entendimien-to de Cooperación en Logística de la De-fensa entre la ADMINISTRACION ESTATAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INDUSTRIA PARA LA DEFENSA NACIONAL de la RE-PUBLICA POPULAR CHINA y EL MINISTE-RIO DE DEFENSA de la REPUBLICA AR-GENTINA.

Que el mismo determinó que la entonces SECRETARIA DE PLANEAMIENTO sería la Institución de Ejecución del Convenio por parte del MINISTERIO DE DEFENSA —competencias que fueran asumidas por la actual SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA, conforme el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus-tituido por el Decreto Nº  636 del 31 de mayo de 2013—.

Que con fecha 4 de diciembre de 2013 se celebró el Acuerdo Complementario Específico al Memorándum antes referi-do entre la ADMINISTRACION ESTATAL DE CIENCIA TECNOLOGIA E INDUSTRIA PARA LA DEFENSA NACIONAL de la REPUBLICA POPULAR CHINA y la SE-CRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA de la REPU-BLICA ARGENTINA.

Que en el ámbito de la DIRECCION GE-NERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA dependiente de la SECRE-TARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA, del MINISTERIO DE DEFENSA se ha insta-do la suscripción de contratos con las empresas CHINA NORTH INDUSTRIES CORP (NORINCO) y CHINA XINXING IM-PORT AND EXPORT CORPORATION, los cuales resultan necesarios para dotar de los recursos logísticos de vestuario y equipos de combate individual para las FUERZAS ARMADAS de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que el DIRECTOR GENERAL DE MATE-RIAL del EJERCITO ARGENTINO median-te nota de fecha 21 de agosto de 2013 remitió la totalidad de la documentación disponible respecto de los efectos a ad-quirir a través de la DIRECCION GENE-RAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA, dependiente de la SECRETA-RIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRO-DUCCION PARA LA DEFENSA, del MI-NISTERIO DE DEFENSA.

Que, consecuentemente, el 12 de diciem-bre de 2013 la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, suscribió DOS (2) Contratos para el “Sumi-nistro de Vestuario y Equipos de Combate Individual”.

Que el primero de ellos, fue con la em-presa CHINA NORTH INDUSTRIES CORP (NORINCO) y el segundo con la empresa CHINA XINXING IMPORT AND EXPORT CORPORATION, ambas de ca-rácter estatal de la REPUBLICA POPU-LAR CHINA.

Que la DIRECCION GENERAL DEL SER-VICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA informó que existen los créditos necesarios para aten-der el gasto que demande la ejecución de los contratos mencionados en el presente Ejercicio Financiero; y que existe la previ-sión presupuestaria suficiente para el Ejer-cicio 2014.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado de-bida intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1) y 2), de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35 inciso b) y su ANEXO del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, modificado por el Decreto Nº 1039 de fecha 29 de julio de 2013.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Apruébanse los DOS (2) Contratos para el “Suministro de Vestuario y Equipos de Combate Individual”, suscriptos entre la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNO-LOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFEN-SA del MINISTERIO DE DEFENSA y las em-presas CHINA NORTH INDUSTRIES CORP (NORINCO) y CHINA XINXING IMPORT AND EXPORT CORPORATION, de fecha 12 de diciembre de 2013, que respectivamente, como ANEXO I en idioma español y ANEXO II en idioma español e inglés, se acompañan a la presente medida.

Art. 2° — El gasto que se aprueba en el ar-tículo 1° deberá imputarse a las partidas es-pecíficas del Presupuesto para los Ejercicios Financieros 2013 y 2014 de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) De-cisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Cen-tral de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

#F4514606F#

Page 16: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 16

AVISOS OFICIALESNuevos

#I4516066I#COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS

Resolución Nº 1/2014

Bs. As., 16/1/2014

VISTO el Expediente EXP-S01:0281328/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes Nros. 17.319, 25.943, 26.741 y 26.895, sus normas reglamentarias y complementarias, el Decreto N° 1.277 de fecha 25 de julio de 2012, las Resoluciones Nros. 1/2012 y 1/2013 de la COMISION DE PLANIFICACION Y CO-ORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFE-RAS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° de la Ley N° 17.319, el artículo 2° in fine de la Ley N° 26.197 y el artículo 2° de la Ley N° 26.741 establecen que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene a su cargo fijar la política nacional con respecto a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las necesidades de hidro-carburos del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad.

Que el artículo 7° de la Ley N° 17.319 establece que el Poder Ejecutivo establecerá el ré-gimen de importación de los hidrocarburos y sus derivados asegurando el cumplimiento del objetivo enunciado por el artículo 3° y lo establecido en el artículo 6°.

Que entre los principios de la Política Hidrocarburífera de la República Argentina, el ar-tículo 3° de la Ley N° 26.741 contempla, entre otros, la promoción de la industrialización y la comercialización de los hidrocarburos con alto valor agregado y la protección de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos.

Que el Decreto N° 1.277 de fecha 25 de julio de 2012, que creó la COMISION DE PLANI-FICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HI-DROCARBURIFERAS, estableció entre otros objetivos el de asegurar el abastecimiento de combustibles a precios razonables, compatibles con el sostenimiento de la competitividad de la economía local, la rentabilidad de todas las ramas de la producción y los derechos de usuarios y consumidores.

Que el parque refinador argentino es altamente dependiente de los crudos livianos (en el entorno de los 34° API), que se producen en el país bajo la denominación Medanito.

Que, por un lado, la producción de ese tipo de crudo proveniente principalmente de yaci-mientos maduros ha disminuido en los últimos años y, por otro, si bien aún no suficiente para compensar esa caída, existe hoy un desarrollo incipiente de la explotación no convencional de hidrocarburos, principalmente del “shaleoil”.

Que el parque refinador nacional tiene una capacidad ociosa, proveniente de esa disminu-ción en la producción de Medanito de aproximadamente 8.000 m3/día.

Que la presente medida propone la creación del “Procedimiento para la Importación de Petróleo Crudo Liviano” que tendrá aplicación para la importación, de carácter excepcional, de petróleo crudo liviano para su refinación local, hasta enero de 2015, inclusive.

Que, en tal sentido, el procedimiento tiene como finalidad inmediata optimizar la utiliza-ción de la capacidad del parque local, generando mayor valor agregado nacional, sustituyendo la importación de naftas, gasoil y fueloil y generando saldo exportable de otros subproductos en los que el país se autoabastece.

Que la importación de crudos livianos podría elevarse a 9.000 m3/día en virtud de la opti-mización del funcionamiento del parque refinador, lo que podría implicar una reducción en la utilización de crudos pesados, tipo Escalante generando un potencial saldo exportable.

Que la importación de dicho volumen será complementaria al procesamiento de crudos nacionales, no afectando significativamente a la refinación local.

Que sin perjuicio de ello, podrán considerarse situaciones particulares en términos de las características técnicas de los procesos de refinación de las empresas importadoras.

Que, resulta necesaria la implementación de un sistema de asignación de volúmenes de importación de crudo liviano, que contemple la situación a los valores del mercado interno minimizando un posible impacto en los valores finales de venta al público.

Que los volúmenes de importación para cada empresa refinadora establecidos en el pre-sente procedimiento, son topes de referencia que se encuentran sujetos a modificación por parte de la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NA-CIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS, quien aprobará los valores definitivos, con el objeto de asegurar el abastecimiento de combustibles a precios razonables, compatibles con el sostenimiento de la competitividad de la economía local, la rentabilidad de todas las ramas de la producción y los derechos de usuarios y consumidores.

Que ENERGIA ARGENTINA S.A., en el marco de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 25.943, tendrá a su cargo la importación de los volúmenes de crudo liviano abarcados por el procedimiento que se aprueba por la presente resolución, conforme los módulos aprobados por la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIO-NAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS.

Que la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NA-CIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS, en el marco del procedimiento que se aprueba, será la responsable de gestionar las partidas presupuestarias para afrontar los gas-tos que demande la presente medida.

Que los resultados previstos de esta operatoria prevén saldos favorables en términos de divisas y de ingresos fiscales consolidados.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.277 de fecha 25 de julio de 2012.

Por ello,

LA COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICADEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERASRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el “Procedimiento para la importación de Petróleo Crudo Liviano”, que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación hasta el 31 de enero de 2015, inclusive.

ARTICULO 3° — Los gastos que demanden la implementación de la presente medida serán afrontados por la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía. — Lic. AUGUSTO COSTA, Secretario de Comercio, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. — Lic. EMMANUEL A. ALVAREZ AGIS, Secretario de Política Económica y Planificación del Desarrollo.

ANEXO

PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACION DE PETROLEO CRUDO LIVIANO

I. DEFINICIONES.

1. Empresas Importadoras.

En el marco del presente procedimiento, se consideran EMPRESAS IMPORTADORAS a las EMPRESAS REFINADORAS, inscriptas en el REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES HIDRO-CARBURIFERAS (Decreto N° 1277/2012), que (i) participen del mercado de hidrocarburos, (ii) ma-nifiesten su interés en importar petróleo crudo liviano por hasta los volúmenes que se le asignen, y (iii) cuenten con una capacidad de topping declarada superior a cuatro mil quinientos metros cúbicos diarios (4.500 m3/d) a la fecha de publicación del presente.

2. Volúmenes referenciales de Importación.

Los volúmenes topes de referencia de crudo liviano a importar se fijan sobre la base de la capacidad ociosa de refinación, la complejidad de las refinerías y la participación en el mercado (market share) de naftas y gasoil local para cada empresa.

Los volúmenes de importación de referencia para las EMPRESAS IMPORTADORAS aquí esta-blecidos son indicativos y se encuentran sujetos a revisión por parte de la COMISION DE PLANIFI-CACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCAR-BURIFERAS con el objeto de asegurar el abastecimiento de combustibles a precios razonables, compatibles con el sostenimiento de la competitividad de la economía local, la rentabilidad de todas las ramas de la producción y los derechos de usuarios y consumidores.

En virtud de que se trata de volúmenes de referencia de importación por EMPRESA IMPOR-TADORA sujetos a lo que finalmente determine la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINA-CION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS, el ESTA-DO NACIONAL no garantiza la existencia de un derecho a la asignación de un volumen mínimo de importación de petróleo crudo liviano a favor de las EMPRESAS IMPORTADORAS ni una partici-pación determinada de las refinadoras en las importaciones que se realicen.

Volúmenes de referencia de importación por EMPRESA IMPORTADORA

EMPRESA VOLUMEN (m3/día)

AXION 776

OIL COMBUSTIBLES 1.328

PETROBRAS 280

SHELL 2.200

YPF 4.416

3. Tipos de crudos.

A los efectos del presente procedimiento, los crudos internacionales a ser tenidos en consi-deración al momento de la programación de las importaciones serán aquellos que cuenten con disponibilidad internacional y con calidad similar al crudo tipo “Medanito” (34° API).

II. PROCEDIMIENTO.

1.a) La SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FE-DERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de su página web: www.energia.gov.ar, realizará la convocatoria a las EMPRESAS IMPORTADORAS para que presenten su propuesta de importación de petróleo crudo liviano de conformidad con los valores referenciales aquí estableci-dos para el período cuatrimestral correspondiente a la convocatoria, inclusive.

1.b) Las EMPRESAS IMPORTADORAS deberán remitir sus propuestas de importación es-timadas para el correspondiente período de convocatoria. La información requerida deberá ser

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 17dirigida, mediante sobre cerrado, en carácter de Declaración Jurada, a la SECRETARIA DE ENERGIA, sita en la Avenida Paseo Colón N° 171, 5° piso, oficina 503, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

1.c) La SECRETARIA DE ENERGIA realizará reuniones con cada EMPRESA IMPORTA-DORA y elaborará un acta que contenga la propuesta dentro del marco del presente proce-dimiento y los incrementos de producción de gasoil, naftas y fueloil, de acuerdo a la comple-jidad de infraestructura de cada compañía.

Asimismo, se incluirá en el Acta: (i) el compromiso de asegurar el mantenimiento y/o incre-mento de la producción de fueloil, (ii) la proyección estimada de importación y los compromi-sos de producción incremental de cada EMPRESA IMPORTADORA, para todo el período de vigencia del presente Procedimiento, cuyo plazo máximo será el 31 de enero de 2015 inclusive.

La SECRETARIA DE ENERGIA remitirá los actuados a la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HlDROCARBU-RIFERAS.

1.d) La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS evaluará las propuestas presentadas por las EMPRESAS IMPORTADORAS, y aprobará los volúmenes de importación que asigne a cada una de ellas, sobre la base de la capacidad ociosa de refinación, la complejidad de las refinerías y la participación en el mercado (market share) de naftas y gasoil local, y teniendo en consideración los valores de referencia establecidos en la presente.

1.e) Un COMITE OPERATIVO DE SEGUIMIENTO DE IMPORTACIONES DE CRUDO (en adelante, el “COMITE”), conformado por representantes de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, de la SECRETARIA DE ENERGIA, de las EMPRESAS IMPORTADORAS y de ENARSA, evaluará la viabilidad de cada módulo de importación, como así también los volúmenes solicitados por cada EMPRESA IMPORTA-DORA, realizando, en consecuencia, la programación de las posibles importaciones y su distribución entre las distintas EMPRESAS IMPORTADORAS.

Las EMPRESAS IMPORTADORAS deberán comprometerse a adquirir el volumen asigna-do en cada uno de los módulos de importación. El COMITE enviará dicha programación a la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS para su consideración y eventual aprobación.

1.f) La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS informará a ENARSA, a través de la SECRETARIA DE ENERGIA, las cantidades a importar para el cuatrimestre. La asignación se hará cuatrimestralmente y con una anticipación de TREINTA (30) días respecto del día de inicio del período de la convocatoria correspondiente, con excepción del primer cuatrimestre del año 2014 cuya asignación se realizará antes del 28 de febrero de 2014.

1.g) ENARSA será la empresa encargada de gestionar cada cargamento en el marco de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 25.943, realizando esta última la gestión bajo el mecanismo “Por Mandato” de cada una de las EMPRESAS IMPORTADORAS. A tales fines, ENARSA podrá celebrar los respectivos acuerdos con cada una de las EMPRESAS IMPOR-TADORAS.

1.h) El precio final neto de referencia que abonarán las EMPRESAS IMPORTADORAS por el crudo importado será para cada cuatrimestre el que establezca la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS y que deberá darse a conocer SESENTA (60) días antes del comien-zo de los respectivos cuatrimestres. Para el período febrero/mayo 2014 el precio será de OCHENTA Y DOS DOLARES POR BARRIL (82 u$s/bbl) en zona de alijes en Puerto Rosales. La fijación de estos valores no deberá desalentar la producción de crudo local.

1.i) El petróleo crudo importado será nacionalizado por cada EMPRESA IMPORTADO-RA, debiendo cada una de ellas contratar su propio servicio de alije. Cada EMPRESA IM-PORTADORA, con hasta cinco días hábiles de anticipación a la fecha de pago al proveedor internacional por parte de ENARSA, deberá realizar, con base en su participación en cada cargamento, un depósito en la cuenta local que a tal efecto se determine, por el monto resul-tante de multiplicar los correspondientes volúmenes por el precio final neto establecido para el petróleo crudo importado para cada cuatrimestre.

1.j) En caso de que ENARSA no haya recibido en tiempo y forma el monto correspon-diente a cada EMPRESA IMPORTADORA en la cuenta informada podrá, previa consulta a la COMISION: (i) distribuir el crudo, y su costo entre los restantes importadores del carga-mento en cuestión; (ii) distribuir el crudo, y su costo, entre otras compañías que participen del programa, aunque no posean volumen asignado en el cargamento en cuestión; (iii) si eventualmente no fuera factible la reasignación del crudo y/o costos adicionales incurridos, el ESTADO NACIONAL, a través de la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS, realizará una contribución extraordinaria y temporal a ENARSA para afrontar dichos costos.

Dichos fondos deberán ser restituidos una vez que se logre vender el crudo remanente. Las gestiones de importación de crudos quedarán suspendidas hasta tanto se salden los fondos adicionales anteriormente mencionados.

Previo a la adjudicación de cada cargamento, ENARSA deberá contar con los fondos necesarios para el pago de la totalidad de los gastos que demande la operatoria de la pre-sente resolución.

1.k) ENARSA pagará la totalidad del cargamento al proveedor internacional. Es decir, ENARSA se hará cargo de las erogaciones en conceptos de costo del hidrocarburo a im-portar, seguro, flete y demoras del buque madre previamente acordadas entre SECRETA-RIA DE ENERGIA con las EMPRESAS IMPORTADORAS, y aprobadas por la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS.

Lic. Augusto CostaSecretario de Comercio

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

e. 17/01/2014 N° 3086/14 v. 17/01/2014#F4516066F#

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REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

Armas de Fuego.

En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a conti-nuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cual-quier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes:

SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 17114019 ABALLAY JOSE ENRIQUE sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 5037490 ABRAHAM EMIL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21832322 ABRATE GASTON OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28996257 ACHAR MARIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25259213 ACOSTA ALBERTO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22754830 ACUÑA ALBERTO BENJAMIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25561799 ACUÑA LUIS EMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25561799 ACUÑA LUIS EMILIANO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 10809224 ADAMO NICOLINI OSCAR DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24856963 AGRELO WALTER sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16927116 AGRIANO LUIS PABLO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 14471931 AGUILAR ADOLFO ARMANDO sobre FUSIL calibre .45-70 PLG

DNI 94546527 AGUILERA ALFONSO CARLOS A. sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 30050624 AGUILERA HUGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32191211 AGUIRRE ALAN EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12986012 AGUIRRE JESUS ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4709330 AGUIRRE JORGE EDGAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32482446 AGUIRRE MATIAS EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10144683 AGUIRRE NEMECIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31243468 AIME MARTIN NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7634262 ALANIS CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

LE 4550099 ALANIZ JORGE HORACIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 6040533 ALBERICO LUIS ANGEL DONATO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 6040533 ALBERICO LUIS ANGEL DONATO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31774699 ALCOBA MARIA FLORENCIA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25644764 ALEGRE CESAR MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21711401 ALEGRE CRISTIAN MARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25634955 ALESSO JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12420399 ALIANA LUIS RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14913685 ALLOA SERGIO MARTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13531974 ALMADA ESTEBAN CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29277403 ALMIRON FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8546277 ALONSO JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 13107315 ALONSO MANUEL DOMINGO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 13107315 ALONSO MANUEL DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10874621 ALTAVILLA FELIPE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29687825 ALVARADO JUAN JOSE DE LA CRUZ sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36704675 ALVAREZ ERIC SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 5519812 ALVAREZ JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 5519812 ALVAREZ JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13190738 ALVAREZ JUAN ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22669036 ALZA MARCELO MARTIN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 18362256 AMADO EDUARDO DANIEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 22116519 AMADO MARCELO SAUL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 22116519 AMADO MARCELO SAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31208213 AMOROSO BRUNO ENZO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26072956 AMUT SEBASTIAN EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18511456 ANDRADE HECTOR FABIAN sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 12111468 ANDREOLI RICARDO SILVIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34684637 ANDRESCHUK LUCAS GASTON sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 23698165 ANTONIAZZI CRISTINA MARIA DEL VALLE sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 27616986 ANTONIETTI ROBERTO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17474866 ANZOATEGUI LUCAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22816615 AQUINO FABIAN EDI sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 12648908 ARAGON JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25651436 ARAN MORALES SILVIO DANIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 32025095 ARANDA LEONARDO GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25738219 ARBALLO CARLOS FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27522801 ARBER MARIANO ALEXIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24938650 ARCICH CRISTIAN PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17731271 ARGÜELLO JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 24476390 ARGUELLO PEDRO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24476390 ARGUELLO PEDRO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13285616 ARIAS ALBERTO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16953011 ARRECHE GREGORIO ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 18544150 ARRIAGA ENRIQUE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18363530 ARROYO RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30426860 ASENJO SANTELLAN CARLOS E. sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22798818 ASPLANATO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93800172 AUFIERO JUAN sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 11273947 AVARELLO JOSE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13195395 AVILA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16576031 AYALA HUGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25389347 AZCONA GABRIEL MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14307916 AZCUE RICARDO ANIBAL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 13115006 AZURMENDI DAVID EDGARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18491651 BADARACCO JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 35025466 BAEZ BRIAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 18244615 BALBUENA NELSON RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25781586 BALESTRA NOEMI VIVIANA GUADALUPE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24779175 BALLESTER NESTOR FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26935499 BALMACEDA DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 10465598 BANDIN HECTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14686835 BARBIERI NORBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 11882517 BARLETTA NESTOR ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

LE 8009289 BARRA JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 8422829 BARRAL RUBEN OSVALDO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 21760935 BARRIENTOS SERGIO OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31138100 BARRIENTOS VICTOR JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 35741560 BARRIONUEVO DAVID ARISTOBULO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 10065862 BATISTELA VICTOR MANUEL sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 27761757 BEAS ALBERTO JESUS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 11108626 BEDINI ANGEL NORBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 24924212 BELACHUR NESTOR OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12164196 BELAUSTEGUI JUAN PABLO sobre CARABINA calibre .45 PLG

DNI 17565989 BELLO MARCELO LUJAN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 24940621 BELLO ROGELIO HERNAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21919985 BELLONI HECTOR JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG

LE 4138512 BELTRAN LUIS DESALIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14736421 BENAVIDES CARLOS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 18110664 BENEDETTO DANIEL OMAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 17009763 BENITEZ DARIO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94785707 BENITEZ PAREDES JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24677789 BERGAMESCHINO GASTON ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26809473 BERLARI RODOLFO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4436493 BERRA ALEMAN IGNACIO HUGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 34590694 BERTI LUCIANO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 12304001 BERTOLACCINI DANIEL EDGARDO D. sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 24855375 BERTOLINO GUSTAVO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14967232 BERUTTO SERGIO DANTE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 4593814 BESSIERES RAUL RUBEN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 31145822 BEUS MAXIMILIANO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31145822 BEUS MAXIMILIANO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27711690 BIAGIOTTI MATIAS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 16776044 BIANCHI DARIO ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13927547 BIANCO LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 8147243 BIGOLOTTI ADOLFO RAMON sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 24734265 BIGORITO JESUS ADOLFO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 24523152 BIKARHT GUSTAVO GABRIEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 18139824 BLANCO DANIEL ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32983538 BO SEBASTIAN ADELMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10389227 BOCCUZZI CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18676824 BOCEDI HUGO ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33601938 BOGADO PEDRO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28029612 BOMBINO CLAUDIO GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11601364 BONATTI ENRIQUE LUCAS M. sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 11601364 BONATTI ENRIQUE LUCAS M. sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 23623562 BONFIS ALFREDO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35301678 BONIARDI ALEJANDRO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 33493375 BONO CESAR PABLO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 26630950 BORDO ALEJANDRO GASTON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26630950 BORDO ALEJANDRO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4389160 BOWERS HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6071347 BRAÑEIRO JUAN FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 14725453 BRAVO JORGE DARIO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 16010699 BRAVO MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24897186 BREM EDGARDO JAVIER sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 25201259 BRESSAN PABLO ELBIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16965422 BREZOVEC SILVIA OFELIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13726699 BRIGNONE EDGARDO LUIS sobre PISTOLA DE CAZA calibre .22 PLG

DNI 33072646 BRITES GUILLERMO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12319624 BRITEZ JUAN DOMINGO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 13366091 BRITOS RODOLFO OMAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 6293319 BRIZIO JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20395779 BRIZIO JOSE ALFREDO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 34271599 BRONZETTI DAMIAN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 29765711 BROSSARD PABLO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21782382 BRUNO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 32893049 BRUNT RUBEN EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24713985 BUCHTER PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13454260 BUSTAMANTE RICARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7938549 CABALLERO ADOLFO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 31075427 CABRAL IVAN ISMAEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17222602 CABRERA LUIS ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30152183 CACERES EDUARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33813844 CALABIA IVAN IGNACIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 93918378 CALABRIA MARCO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16547035 CALCATERRA RAUL NELSON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12905859 CALLERO DANIEL RAMON sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23780276 CALVO ARIAS JOSE FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27071553 CAMAÑO ANDRES GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4971537 CAMEZZANA ALDO ALBERTO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 17252899 CAMPOS EDUARDO ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

LE 4603512 CAMPOS JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

Page 19: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 19Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 34756574 CAMPOS PISINATTI NICOLAS ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32518493 CANAVES MARTIN NAHUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14676941 CANO EDUARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12583826 CAPOBIANCO JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22990103 CAPORALE SANTIAGO MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16565098 CAPPELLETTI CARLOS OMAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 11210930 CAPPI TOMAS MARIO RICARDO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22008190 CARATTONI HORACIO MARCELO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 23146362 CARBALLO FERNANDO CLAUDIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21858086 CARBALLO WALTER FABIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21858086 CARBALLO WALTER FABIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 20919093 CARBONETTI HEBER ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20571106 CARDOZO CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27252391 CARDOZO FRANCO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11304832 CARDOZO JUAN HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17539108 CARDOZO MIGUEL AGUSTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28069869 CARLEVARIS ALEJANDRO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13928055 CARRAL NORMA SUSANA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21864983 CARRANZA BLANCH LEOPOLDO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 6063172 CARRERAS ROBERTO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26271125 CARRUEGA JOSE ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11973340 CARUSO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11973340 CARUSO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27531433 CASAS MARCOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24062860 CASCO ALTAMIRANO LUIS ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13592725 CASCO RAMON RICARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30989585 CASELLA PABLO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5798784 CASETTE MARCELINO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21510193 CASTAGNO RODRIGO RICARDO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 21510193 CASTAGNO RODRIGO RICARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23208794 CASTIGLIONI JORGE ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 7372625 CASTRO MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34927759 CASTRO RODRIGO sobre FUSIL calibre .44-40 PLG

DNI 10861264 CATAN LUIS RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 17795837 CATTOLICA ROBERTO LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

LE 5952702 CAVALLO CARLOS FERNANDO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 16730076 CAZENAVE JORGE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29004038 CELIZ VICTOR HUGO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 20602858 CENTURION LUIS ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20602858 CENTURION LUIS ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10325587 CERETTA OMAR DOMINGO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 93928767 CESCHIN MARIO sobre FUSIL calibre .338 PLG

DNI 25665662 CEVILAN NARDA PATRICIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25665662 CEVILAN NARDA PATRICIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29496510 CHAMORRO HECTOR ANDRES sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 11583545 CHANFERONI JOSE OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93659206 CHANG YAO CHUN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26310768 CHAPAY RAMON ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18311475 CHAVES DAVID GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30513501 CHAVES JONATAN URIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23742152 CHAVEZ WALTER EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 94131205 CHEN GONGSHENG sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18830294 CHEN LIANG HAO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17788633 CHERUBINO RICARDO ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25292348 CHESI GUSTAVO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 28345332 CHIALVO MAURICIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12685386 CHIARANTE ENRIQUE ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30223262 CHIARELLA ROQUE ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17419017 CHINCHURRETA MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33113047 CHIODIN JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26552384 CHIRIFE GABRIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26394471 CHOCOBAR JUAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31032658 CHOREN MARTIN LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21871109 CICCIMARRA MAURICIO JAVIER sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 21871109 CICCIMARRA MAURICIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21871109 CICCIMARRA MAURICIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23594547 CILIO DIEGO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 7702500 CIONNA JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23356054 CIPETTINI FLAVIO HERNAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21628890 CIVALERO FERNANDO JOSE sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

LE 5538214 CIVALLERO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26911244 CLAUDE FERNANDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22388953 COCCA MAXIMILIANO ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12907246 COCOCCIONI JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4741687 COLUMBA ENRIQUE EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31570769 COLUSSI CRISTIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26120965 COMORETTO RODOLFO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26120965 COMORETTO RODOLFO CARLOS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 26120965 COMORETTO RODOLFO CARLOS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 18286617 CONDE CRISTIAN HORACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32760458 CONQUEIRA CORREIA LIMA NAHUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34312345 CONTI MAXIMILIANO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 8557413 CONTRERAS PIZARRO HECTOR C. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29145079 COPELLO PAULO DARIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 34893059 CORALEWSKI JUAN LEOPOLDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20475403 CORBALAN REYNERIO RICARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 33023393 CORDO ESTEBAN ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32734370 CORDOBA ABEL ISAIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28958538 CORDOBA FRANCO MARIANO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 13434700 CORLETTA ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29059957 CORONEL MARIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8186453 CORRAL FERNAN LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11386402 CORREA CIRO VICENTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16099050 CORTES JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18284305 COSSO CARLOS ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13174702 COTUGNO RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8186478 COUSELO JORGE CONRADO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22348759 CRESPO MIGUEL OSCAR ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34817704 CRESPO NAHUEL ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34416910 CRISPENS EMILIANO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 30729167 CRISTMAN NESTOR BRUNO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 16236921 CRUZ ENRIQUE EDUARDO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 34244005 CUEVAS SANTIAGO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23612168 CURABA GUSTAVO JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10351104 CURI MIGUEL JORGE sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 10351104 CURI MIGUEL JORGE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10351104 CURI MIGUEL JORGE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 16529535 CURONE OSVALDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12876853 D'ANDREA COLL JOSE ENRIQUE sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 22925120 D'ANGELO RAMON ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28507757 DAGNILLO PABLO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29324778 DALL'OSSO GONZALO ESTANISLAO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22134370 DALMASSO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18100292 DALTO DANIEL HUGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29300183 DAMIANOVICH PABLO LEANDRO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 24675454 DANA JULIAN ELIAS sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 20031734 DAVILA PEDRO RAUL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 34965728 DAVITO GARA MARTIN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29195307 DE BENEDETTI GERMAN DAVID sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 6018168 DE CARA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10795417 DE CASTRO EDUARDO CESAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17267795 DE GALVAGNI ADRIAN JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 7848588 DE GODOS JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7516145 DE JESUS ADRIANO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 92030120 DE LA CERDA FLORES RICARDO E. sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 11987337 DE LA TORRE FRANCISCO JUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10132309 DE LARMINAT PEDRO MARIA sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 14131330 DE PRADO JOSE MANUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 92012164 DE SOUZA BUENO SILVESTRE sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 7851190 DE URQUIZA JAVIER MARIA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21714203 DEGNITTI CLAUDIO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 29980065 DEILOFF MAURICIO GUSTAVO sobre FUSIL calibre .338 PLG

DNI 22231872 DEL VALLE ANGEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14344464 DEL VECCHIO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 10608634 DELGADO JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 29481041 DENINNO HERNAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 10 MM

DNI 20711874 DEPETRIS DIEGO ORESTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32641399 DI BATTISTA JOAQUIN ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31700612 DI BENEDETTO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26272542 DI CRISTOFORO LEONARDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8321825 DIAMANTE CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20410040 DIAZ BERUTI JUAN M. sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23761019 DIAZ DANIEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36560526 DIAZ DAVID FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22800633 DIAZ GUSTAVO ENRIQUE sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 26670312 DIAZ MAURO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17490465 DIGLIODO DANIEL OVIDIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21946311 DIPAOLA ANDRES PEDRO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 94158346 DOIN BERTRAND HERVE JEAN MARIE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31938910 DOMINGUEZ LUCAS JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22323429 DOMINGUEZ LUIS HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8259251 DONATUCCI LUIS MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22717094 DORREGO DIEGO RICARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 7649104 DOS SANTOS MANUEL PASCUAL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13743728 DUBIENCZUK RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24290657 DUPLES GONZALO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31566269 DURAN MARCOS ANDRES sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8224336 DUVE HERNAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8224336 DUVE HERNAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 21912546 EBERLE JORGE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27610725 ECHEGARAY FABIO RAFAEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 20166145 ECHEVERRI ANIBAL PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23122225 ELGUERO CARLOS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23899669 ELIAS ARIEL RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17391865 ENCINA HECTOR ANTONIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 13255418 ENRIQUE RAUL HECTOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26275743 ERMINI ALEJANDRO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23942138 ERZI MARIANO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13660631 ESCALA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23390131 ESCALANTE JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34563458 ESCHOYEZ MAXIMILIANO OSCAR sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 11847083 ESCOBAR NARCISO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20483230 ESCOBAR WALTER RAMON F. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25346319 ESPINOZA DANIEL GERMAN sobre CARABINA calibre .308 PLG

Page 20: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 20Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 24041181 ESTEBANEZ CLAUDIO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20696173 FABBRO LUIS ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12685117 FABREGAS ENRIQUE ANIBAL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 10110720 FACCINI HUMBERTO LORENZO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14148457 FANNA JORGE MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11871889 FANTIN ROBERTO NATALIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8195416 FARFAN JULIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33776460 FARIAS EMILIANO JULIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 8554895 FARJAT SANZ HECTOR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16830316 FEDELE GUILLERMO GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23344677 FELICEVICH DIEGO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 10362968 FERNANDEZ ADOLFO RAFAEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 20891910 FERNANDEZ ENRIQUE JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22952351 FERNANDEZ GUSTAVO ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22498109 FERNANDEZ LEONARDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32223071 FERNANDEZ MANUEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93567741 FERNANDEZ MONTES MANUEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 93567741 FERNANDEZ MONTES MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18150189 FERNANDEZ PALAZUELO ARIEL FELIX sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18150189 FERNANDEZ PALAZUELO ARIEL FELIX sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25522919 FEROGLIO ARIEL ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 17536066 FERRARA MARCO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4389219 FERRARI GUILLERMO MELCHOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33524233 FERREIRA DOS SANTOS YAMIL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25688135 FERREIRA MIGUEL SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33191788 FERREYRA YESICA ILEANA sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12205205 FERRO ALEJANDRO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13759931 FERRO JORGE HUMBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 4298229 FILOMIA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11430179 FIORA JULIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8234975 FIORE OSVALDO OSCAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 26523241 FITOLITE MAXIMILIANO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26523241 FITOLITE MAXIMILIANO FEDERICO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 11240916 FLORES VICTOR LEONIDAS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 12900468 FOJO PARDO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28257710 FOLONIER ALBINO MATIAS EFRAIN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 22171154 FONSECA SERGIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21386653 FONSECO ROBERTO MARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14951773 FONTANA ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24569062 FORASIEPI JORGE DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 13677871 FORNASIER GINA sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 22698237 FORNASSIERO BRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32228859 FORTE CARLOS FEDERICO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 7904196 FRACCHIA ALBERTO LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33055267 FREGOSI MORANDI JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31576847 FRIGERIO ADRIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29966760 FUENTES BORCHERT DIMAS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21940721 FUNES MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8509534 FURLAN HECTOR IGNACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22039352 FUSCA MARTIN DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22039352 FUSCA MARTIN DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14613967 GACCIO ALBERTO REMO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30994711 GAGGERO PABLO SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 24578838 GAGGERO SERGIO ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 7823040 GAGGINI OSCAR NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31671893 GAGLIANO MAURICIO ALBERTO J. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24974542 GALARZA DANIEL EUSEBIO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 30819084 GALEA DELGADO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25311806 GALLI MARCOS GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34240643 GALLO MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18431919 GALLOTTO FERNANDO ALBERTO RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25884902 GALO JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 23563465 GALVAN ALFIO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23772828 GALVEZ CHRISTIAN ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23772828 GALVEZ CHRISTIAN ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23772828 GALVEZ CHRISTIAN ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22292847 GAMBARTE PABLO MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25508066 GAMBELINI GABRIEL ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34389643 GARAY GUILLERMO JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11428980 GARCIA AMERICO ARGENTINO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 92541344 GARCIA BARRIA OMAR FEISAL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 24667277 GARCIA CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30751999 GARCIA CRISTIAN ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32844177 GARCIA CRUSAT JUAN ESTEBAN sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 21740441 GARCIA FEDERICO ALFREDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 21472431 GARCIA GUSTAVO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 21472431 GARCIA GUSTAVO JAVIER sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 29555117 GARCIA LUCIANO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14957270 GARCIA NELSON GUILLERMO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 94031824 GARCIA PERGAÑEDA ALBERTO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17869428 GARCIA WALTER ANDRES sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 11063172 GASPAR MIGUEL LUIS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 35167812 GASTALDI FRANCO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 17835339 GASTELU SERGIO FABIAN sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 26305397 GATTAS LUCAS DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28083070 GAUNA IGNACIO RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27724490 GAUNA JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28320063 GAVELINI LEANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23440537 GAZQUEZ FERNANDO MARTIN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 29355457 GELHORN GUEVARA ROBERTO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34338180 GENERO ALEJANDRO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 93452908 GENTILE FRANCISCO PASCUAL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 34917685 GENTILI DUBOUE MAURO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29403750 GEREZ ENRIQUE MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16207824 GEREZ GERONIMO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16207824 GEREZ GERONIMO EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 16889529 GEROSA ARTURO PEDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31382958 GETTE GONZALO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25916860 GHIONE SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22332962 GIL CARLOS MARIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13155448 GIL FERNANDEZ CARLOS ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 24 UAB

DNI 29567898 GILABERT JUAN EVER sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 30872318 GIMENEZ LUCIANO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27943549 GIOIOSA JUAN PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12458283 GIORDANO JOSE ALFREDO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 26334247 GIOVANNINI PABLO RUBEN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 17806068 GIRARDELLI SILVIO SIMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29546856 GIULIONI JOSE AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 8425350 GLERIA RICARDO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25171700 GODINO ROBERTO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31515937 GOICOECHEA MARIANO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 25187476 GOMA MARTIN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 18445201 GOMEZ BERRADE EBER CLAUDIO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 14679441 GOMEZ CAMILO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14679441 GOMEZ CAMILO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14679441 GOMEZ CAMILO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14679441 GOMEZ CAMILO DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28737062 GOMEZ DARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27693862 GOMEZ EDGARDO HECTOR sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 21398870 GOMEZ EDUARDO LINO sobre FUSIL calibre .338 PLG

DNI 31025037 GOMEZ GERMAN GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13704268 GOMEZ HECTOR JACINTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10257855 GOMEZ JORGE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25973222 GOMEZ RAMON GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28692595 GONCALVES GASTON ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30141533 GONZALEZ CRISTIAN JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23378345 GONZALEZ DIEGO SEBASTIAN sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 16834710 GONZALEZ DOMINGO ARTURO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29040400 GONZALEZ FERNANDO CHRISTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 660299 GONZALEZ GIOLITO JORGE CLAUDIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 17683455 GONZALEZ GUILLERMO DANIEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 16537836 GONZALEZ JORGE ADRIAN sobre FUSIL calibre .243 PLG

DNI 13260392 GONZALEZ JOSE RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28589656 GONZALEZ MATIAS HERNAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 12173020 GONZALEZ RODOLFO NELSON sobre FUSIL calibre 7,92x57 MM

DNI 14567181 GONZALEZ RUBEN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8206404 GONZALEZ VIDELA ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8206404 GONZALEZ VIDELA ERNESTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8206404 GONZALEZ VIDELA ERNESTO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 18844383 GORDO DIAZ ERNESTO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14012112 GRASSO ANTONIO ATILIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14012112 GRASSO ANTONIO ATILIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27735285 GRECCO JAVIER CEFERINO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34124810 GUARDIA JOSE BERNARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18781423 GUARICUYU MAIDANA NEMECIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17118115 GÜELI MIGUEL DE LUJAN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 4741436 GUGLIELMERO MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12666594 GUGLIELMONE ALFREDO CESAR sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 12666594 GUGLIELMONE ALFREDO CESAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33142539 GUIDO DIEGO ELVIO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 11785484 GUILLEN JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11785484 GUILLEN JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 11785484 GUILLEN JOSE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 17865451 GUILLEN MARCELO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14157675 GUTIERREZ ALEJANDRO DANIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 14157675 GUTIERREZ ALEJANDRO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12702623 GUTIERREZ JAVIER RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25444667 GUTIERREZ JULIETA MERCEDES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30634799 GUTIERREZ PATRICIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14695152 GUTIERREZ ZIGARAN ALEJANDRO F. sobre FUSIL calibre .270 PLG

DNI 23918446 GUZMAN MARCELO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14484464 HARRISON JORGE OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24940329 HAYES CONI JUAN MARTIN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 24940329 HAYES CONI JUAN MARTIN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 25848215 HEFFELE DIEGO JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21419192 HEIDEGGER GUILLERMO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25034435 HENESTROSA DIEGO HERNAN sobre FUSIL calibre .243 PLG

DNI 13355214 HERGENREDER LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24462206 HERNANDEZ DIEGO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26710192 HERNANDEZ DIEGO PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21960748 HERNANDEZ PABLO DANIEL sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 21045070 HERRERA CARLOS CECILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22233313 HERRERA DANIEL OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

Page 21: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 21Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 33193000 HERRERA MELINA FERNANDA ANAHI sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24177218 HERRERA NELSON RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10650314 HERROU JAVIER JOSE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 23332370 HIDALGO RUBEN ADRIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23417140 HIESE CARLOS LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24264436 HOLLMANN ALEJANDRO ADAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4429400 HOPPE EDMUNDO JULIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 94589335 HUALLPA CARLOS VIDAL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 94028881 HUANG LIUMIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 94785382 HUANG QUANLIANG sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20986505 HUCHAN RICARDO GABRIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 30493125 HUCK LUCAS MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27863908 HUGUET GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26307337 HUK JOSE ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31798172 HUSSEIN NADIR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31798172 HUSSEIN NADIR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 30682354 IANNONE MATIAS ADRIAN sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 23784511 IBARRA DIEGO IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23186494 IEMOLO FRANCO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27797782 IFRAN PABLO GASTON JESUS sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 26628390 IMPELLIZZIERI EMILIANO VICENTE sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 28955642 INVERNIZZI JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7813837 IRAZU JORGE sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 28795891 IRISARRI DAMIAN MAURO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23116787 ISLA JUAN FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33526266 JENSEN AGUSTIN SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 17442637 JENSEN RAUL ERNESTO sobre FUSIL calibre .243 PLG

DNI 24724249 JOFRE NORBERTO ANGEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 5831469 JUAREZ JOSE ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13804179 KADIVEC MARIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 27589137 KAENEL LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 94038629 KANG RENTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29284320 KARAM FEDERICO ERNESTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 29284320 KARAM FEDERICO ERNESTO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 29284320 KARAM FEDERICO ERNESTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 29284320 KARAM FEDERICO ERNESTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29284320 KARAM FEDERICO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 22443505 KARAM RAUL ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 22443505 KARAM RAUL ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 24939530 KARAM RUBEN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 7,63 MM

DNI 24939530 KARAM RUBEN ALBERTO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 24939530 KARAM RUBEN ALBERTO sobre CARABINA calibre .38 PLG

DNI 24939530 KARAM RUBEN ALBERTO sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 24939530 KARAM RUBEN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 24939530 KARAM RUBEN ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17462375 KARLEN CARLOS FEDERICO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 27510196 KAUFFELER GABRIEL ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31094216 KEES LEANDRO ESTEBAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 35748345 KEPPL FEDERICO ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28696357 KESSLER NICOLAS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23485749 KOWALUK ANTONIO CEFERINO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 23993432 KRIZYZANOSKI IVAN GERARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26257116 KUHN PEDRO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12946753 KUPELIAN ANDRES JORGE sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 27207535 LAGGER ADRIAN OMAR sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 30693844 LAGOS RAUL EDUARDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 27689722 LAINO DAMIAN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10930751 LAMARQUE SARA ELDA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14044610 LAMBARE ALBERTO BASILIO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 11550435 LANTERNA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26333874 LARRABURU ARIEL OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 14128973 LASTIRI JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28232038 LAUDANO FERNANDO MAXIMILIANO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 29220929 LAVIA CRISTIAN FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 35290379 LAZARE FACUNDO JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34538486 LAZARTE MATIAS ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 13192649 LAZZARIN ADRIAN FEDERICO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23914215 LEDESMA GUSTAVO ERNESTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26734037 LEGNAZZI CESAR AUGUSTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24672505 LEGUIZAMON DANIEL RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22117614 LEITES CESAR ADRIAN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 10602274 LEITNER TOMAS MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7399144 LELLI ROBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 7399144 LELLI ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 23708731 LEMO HUGO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 30640278 LENCINA LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16513316 LENTINI MIGUEL sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 7776513 LERANOZ JOSE MIGUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22667826 LEVATO MIGUEL ANGEL ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 94263807 LI CHENG HONG sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 94263807 LI CHENG HONG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94022413 LI YUHONG sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 7359445 LIBOA OMAR RUBEN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 92739927 LIM HWI WON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 92739927 LIM HWI WON sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 92739927 LIM HWI WON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23615542 LIMA DIEGO LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18888047 LIN JIANYU sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27335901 LLAMUR LUIS ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4536126 LOEWEL RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 32481571 LOHMANN ROBERTO MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22172723 LOMBARDO DANIEL GILBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 92806364 LONG RODRIGUEZ OSVALDO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 11845782 LONGHI LILIANA AURORA sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 16605973 LOPEZ ALEJANDRO CARLOS sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 16605973 LOPEZ ALEJANDRO CARLOS sobre CARABINA calibre .303 PLG

DNI 16605973 LOPEZ ALEJANDRO CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14514554 LOPEZ ANDRES VICENTE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 14514554 LOPEZ ANDRES VICENTE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14514554 LOPEZ ANDRES VICENTE sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 14514554 LOPEZ ANDRES VICENTE sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 34538855 LOPEZ CELSO ALCIDES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23053786 LOPEZ DIEGO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22756943 LOPEZ GUILLERMO PATRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13607584 LOPEZ JOSE FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13607584 LOPEZ JOSE FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13788715 LOPEZ JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14778466 LOPEZ OSMAR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36164514 LOPEZ RODRIGO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13076094 LOPEZ WALTHER DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28830113 LOREFICE MARIANO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24016169 LOUSTAU BIDAUT ROBERTO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22578560 LUCCHESE CARLOS MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21786533 LUCERO JUAN EDOLVER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4879783 LUCHETTI OSVALDO RAUL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 28142052 LUNA GUILLERMO OSCAR sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 21972118 LUNGHI GABRIEL FERNANDO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 6445018 LUQUE RICARDO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 6445018 LUQUE RICARDO LUIS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 23859584 MACAGNO DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 5140663 MACCHIAROLI MARIO OSVALDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 13924837 MACELLARO JORGE CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13924837 MACELLARO JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22410913 MACIAS ROBERTO MARCELO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 16245280 MACRI ALEJANDRO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14045070 MAGRI JUAN BAUTISTA MARIO LUCIO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 21615078 MAIDANA JOSE FELIX sobre PISTOLA calibre .380 PLG

LE 8508997 MAIDANA OSCAR JERONIMO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 5334900 MALDONADO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4515558 MAMBERTI OSCAR HECTOR sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 11190619 MANCINELLI LUIS ARNALDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 25001535 MANFREDI MARIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 25836817 MANSILLA GABRIEL LUJAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35802421 MANSILLA IVAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 11965539 MARENCO MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34110283 MARIN DIEGO MAURICIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 33655660 MARITINEZ LUCAS YAIR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26705098 MARTEARENA DIEGO ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26705098 MARTEARENA DIEGO ALFREDO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 22434952 MARTIN DARIO CARLOS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 10610215 MARTIN HECTOR EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6185839 MARTINA OSCAR RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6185839 MARTINA OSCAR RAUL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 22949889 MARTINELLI MAURICIO IVAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 25644704 MARTINEZ ANTONIO GUSTAVO A. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92599973 MARTINEZ BERNARDO DANILO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26937412 MARTINEZ CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11076850 MARTINEZ CASTRO JORGE GABRIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 26067372 MARTINEZ HORACIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 26356015 MARTINEZ LEONARDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 32075258 MARTINEZ RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10629223 MARTINEZ THOSS EDUARDO REGULO A. sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 35222734 MARTINOLI JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22736075 MARUDES MIGUEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18404260 MASSARA ADRIANA GLADYS sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 26124650 MASSUCO GABRIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 10 MM

DNI 28511966 MASSUT FRANCISCO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28511966 MASSUT FRANCISCO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28511966 MASSUT FRANCISCO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22531299 MASTROPIERRO JORGE RAUL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94206398 MATHER GARETH WILLIAM sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27658664 MATOS ERNESTO ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13133238 MAUDET GERARDO LUCIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 5118872 MAZA ELENA sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 16976101 MAZARD GUILLERMO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 28830207 MAZZA HERNAN JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11576320 MAZZUCCHELLI ALBERTO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24018665 MEJIAS OSCAR ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6598541 MELANO CARLOS JOSE sobre REVOLVER calibre 7,5 MM

DNI 6598541 MELANO CARLOS JOSE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 6598541 MELANO CARLOS JOSE sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 23710672 MELLANO DANILO FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17049560 MENA MARCELO HECTOR LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13284821 MENDIETA ANGEL FELIPE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92855740 MENDOZA ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17727427 MENDOZA ZULMA ALEJANDRA sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 17727427 MENDOZA ZULMA ALEJANDRA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27063771 MENICHELLI FEDERICO ROMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31000262 MERCURIO JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 22

Page 23: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 23Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 18560321 MERLI FABIAN JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36297463 MIGLIORE MAURICIO GASTON sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21661364 MIGUEL HECTOR HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32578388 MIGUEL MARTINEZ DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17239445 MILLANAO RUBEN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24210975 MINCHELI GUSTAVO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 24847601 MINETTI HECTOR FABIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 17422166 MINGHETTI GUILLERMO LEONARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17515878 MINOTTI VICTOR CLAUDIO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 31822314 MIOZZI FABRICIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13355942 MIRAMONT GUILLERMO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21980593 MOLLARD MARTIN BERNARDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25346344 MONACO DIEGO ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10051992 MONETTO VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8443085 MONGELOS LORENZO ADOLFO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17087625 MONTEAGUDO ANDRES GERMAN sobre REVOLVER calibre .32 PLG

LE 5392871 MONTERO ANGEL JOSE sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 34566173 MONTICELLI JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30047961 MONTIEL GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17951928 MONTIVERO SERGIO FABIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20051481 MONTOZZI LEONARDO JAVIER sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 22474116 MONZALVEZ JOSE ANTONIO sobre FUSIL calibre .338 PLG

DNI 20777759 MORAGUES CARLOS VALENTIN sobre CARABINA calibre .308 PLG

LE 7746160 MORAL ROBERTO JORGE sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 25560020 MORALI RICARDO RUBEN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16308124 MORANDI GABRIEL ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 11341099 MORANDI HORACIO ENRIQUE sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 37277279 MOREIRA ALVES ALAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 37277279 MOREIRA ALVES ALAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25071796 MOREIRA JUAN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8432659 MORENO EDUARDO LUIS sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 29655297 MORENO FRANCISCO LUIS sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 29585141 MORENO GABRIEL SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25251533 MORENO JUAN MARTIN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 24748866 MORENO MAURICIO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12672476 MORO CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 12672476 MORO CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 12672476 MORO CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12672476 MORO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 14865469 MORON HESSLING ALEXEY ESTEBAN sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 14865469 MORON HESSLING ALEXEY ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14865469 MORON HESSLING ALEXEY ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26398303 MOSCA CHRISTIAN OSCAR sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 12290304 MOURO JULIO FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17130337 MUGERLE FERNANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17130337 MUGERLE FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35443109 MULLER IVAN MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94196344 MUÑOZ VICTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20252443 NARDONE. MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 30334815 NICOLINI MARIANO EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30334815 NICOLINI MARIANO EMANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24228605 NICOLINI MATIAS ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 26866481 NIEVAS MAXIMILIANO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14275038 NINA RAMON ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12046726 NOE RICARDO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28475509 NOGUERA MENGUAL JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26891671 NOVELLI LUCAS LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20367813 NOY OSVALDO MANUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16855237 NUCCIO VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 16978398 NUÑEZ CLAUDIA NOEMI sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 6197483 OBERMANN RAUL AUGUSTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 30500062 OBREQUE FERNANDO SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 17557305 ODDO LEONARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 17557305 ODDO LEONARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 4299589 ODONI OSIRIS CLAUDIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 22070637 OJEDA MARIO ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26047088 OLIVAN MARCOS GONZALO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28876776 OLIVERA ORLANDO RUBEN sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 24228312 OLIVETO MARIO JOSE sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25016597 ONAINDI IVAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24563022 ONGARO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24563022 ONGARO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32129570 OPPEZZO GABRIEL JOSE sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 13405393 ORICCHIO VICENTE MARCELO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13405393 ORICCHIO VICENTE MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 36740270 ORIS DE ROA JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26545631 ORJEIRA PABLO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33527253 OROZCO MAURICIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26245985 ORTIZ EDUARDO IVAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24148323 ORTIZ JORGE DANIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 24148323 ORTIZ JORGE DANIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 11889339 OTERO JORGE AMANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4391492 OTERO LACOSTE JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 16828047 OTERO PABLO RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10225455 OVIEDO ELVIO OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31671885 PACHECO CRISTIAN FABIAN sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 30901546 PACHECO MARIANO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27866981 PAEZ FABRICIO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24227366 PAGANO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29157245 PALACIOS JUAN ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 8263520 PALOMBA FELIX ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25591055 PALOMEQUE GUSTAVO FABIAN sobre REVOLVER calibre .32 PLG

LE 7866827 PAMPURO JOSE JUAN B. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33594738 PANOZZO ALEJANDRO JOAQUIN sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 24752883 PAOLTRONI MARTIN JAVIER sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 16037552 PAPPALARDO CESAR DANIEL sobre CARABINA calibre .243 PLG

DNI 18834366 PARENTE JULIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17787898 PASCUAL LEONARDO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12093370 PASQUINI JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18093867 PASTURA PABLO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 33473063 PAUL MARCOS EXEQUIEL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 29279964 PAZ OCHOA ARMANDO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 26616712 PAZ SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 11794857 PELLEGRINO EDUARDO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10136427 PELLEJERO FERNANDO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24133389 PENA ELVIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12489742 PEÑARANDA JORGE ELIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21836889 PERALTA ARIEL GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23660990 PEREIRA GABRIEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14769444 PEREIRA RODOLFO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 14769444 PEREIRA RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14769444 PEREIRA RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 28526205 PERELLO PABLO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26240153 PEREYRA ARIEL AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18145691 PEREYRA FERNANDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25032792 PEREYRA FIDEL ALCIDES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11451329 PEREYRA IRAOLA LUIS JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30605459 PEREYRA NICOLAS DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 11958476 PEREZ COMETTO MARIO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17839397 PEREZ HUGO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27329297 PEREZLINDO MIGUEL ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26779765 PERRET GUSTAVO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26779765 PERRET GUSTAVO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 26779765 PERRET GUSTAVO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 26779765 PERRET GUSTAVO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 26779765 PERRET GUSTAVO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 31094829 PERUZZO DAVID LEONEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 25834593 PESSOLANO PATRICIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22355338 PETERSEN CHRISTIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 20370839 PETRIZ WALTER NESTOR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 30926244 PFISTER LUCAS FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10144437 PICOROSO GUILLERMO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 11794651 PIERINI DANIEL ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25994559 PILOTTI FERNANDO FACUNDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7869554 PIÑEIRO EDGARDO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34376665 PIOMBINO LEONARDO NAHUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14269739 PIS DIEZ EMILIO RAUL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 34023741 PISANELLI SERGIO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25534277 PISARELLO JOSE MARTIN sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 21495996 PITERBARG CARLOS ROBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16602470 POLI PABLO JORGE RENE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22296041 POLIOTTI LEONARDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17326898 PONA CLAUDIO FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 6047213 PORCEL JOSE ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 12775200 PORTELA AGUSTIN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24685321 POULSEN HORNUM ALAN CRISTIAN sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 24685321 POULSEN HORNUM ALAN CRISTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14342333 PRALONG NESTOR HUGO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29830660 PRIETO DAMIAN JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24239603 PRIOTTI PABLO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21566278 PROTTI IVAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31787320 PUERTA JORGE ANDRES sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 11985959 PUERTAS RAUL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24536065 PUERTOLAS HUGO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21950758 PUYO CLAUDIO GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14665356 QUEVEDO RUBEN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 16702489 QUEZADA LUIS ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14208131 QUIROGA RODOLFO JORGE sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 14208131 QUIROGA RODOLFO JORGE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 93992033 RABOTYAGOVA NATALIYA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93992033 RABOTYAGOVA NATALIYA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26334960 RAFFO SOFIA MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 5217286 RAINERI LEONARDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34632526 RAMOS CRISTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27151014 RAMOS RICARDO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 21071982 RANEA FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23253037 RATTO LEONARDO ROMAN sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 16861146 RAVERA PABLO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18465391 REAL ABEL LUJAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13337024 REBOREDO RUBEN OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22273149 REDES HUGO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 10735790 REDRUELLO MARIO RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34611727 REMORINO MATIAS LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11321949 RESTUCCIA MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11321949 RESTUCCIA MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10442365 REYES JORGE sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 16184357 RHINER JORGE ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17271956 RICAGNO ROLANDO ANIBAL sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 24492674 RICCI CARLOS ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20764588 RICORDI ALEJANDRO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

Page 24: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 24Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 16321813 RIERA JORGE NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 22483722 RIPOLL EZEQUIEL DIEGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26014576 RISSO PATRON LUCAS sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 20853737 RIVADENEIRA GUSTAVO ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92580875 RIVAS SANDOVAL JOSE ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92580875 RIVAS SANDOVAL JOSE ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34739648 RIVERA MARTIN OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16371454 RIVOSECCHI JAVIER GERMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16371454 RIVOSECCHI JAVIER GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22637185 RIZZOTTI MARCOS ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26525829 RODA ZOPPI FERNANDO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6904821 RODRIGUEZ ALBERTO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27591337 RODRIGUEZ ESQUERCIA PABLO A. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7888468 RODRIGUEZ GUILLERMO ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30469250 RODRIGUEZ LUIS OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25752127 RODRIGUEZ MARTIN DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 16541060 RODRIGUEZ MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 10615074 RODRIGUEZ RAUL FELIPE sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 4272920 ROJAS CELESTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23798473 ROMERO EDUARDO PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16942589 ROMERO MANUEL HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18229147 ROMERO MARCELO RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10264102 ROMERO MIGUEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27264590 ROMERO ROMAN ELIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20135356 ROMERO SILVIA ROSA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29227664 RONDINELLI ADRIAN AGUSTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22926959 ROSA NORBERTO FABRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7818217 ROSALES AMERICO ARGENTINO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27032566 ROSAS ESTEBAN MATIAS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22269040 ROSAS HERNAN ROGELIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4686067 ROSELLI HUGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 26173125 ROSSI HERNAN ENRIQUE sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 32520253 ROSSI MATIAS ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17470587 ROSSINI MARCELO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18233125 ROTGER JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 14404711 ROUX HORACIO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22667270 RUFFO AUGUSTO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10476224 RUGGERI JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30767924 RUILOVA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31608465 RUIZ HERNAN ABEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 31608465 RUIZ HERNAN ABEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25563292 RUIZ ORLANDO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 23791306 RUPPEL CRHISTIAN MARTIN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 18131394 RUSSO MARIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35668650 RUSTICHELLI CARLOS GABRIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 20622738 SAAVEDRA ADRIAN MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13838497 SABATINO CARLOS JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8414260 SAGASTIZABAL JOSE RAIMUNDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24752454 SAGUIER MAXIMO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 24752454 SAGUIER MAXIMO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 11124783 SALA ROGELIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10125741 SALES ALBERTO FERNANDO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 12601022 SALGUEIRO EDUARDO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13208838 SALOMONE DANIEL ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 35000397 SAMITE MATIAS EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 35000397 SAMITE MATIAS EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22265967 SAN SEBASTIAN JUAN EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 32579430 SANCHEZ ALONSO MICAEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 24341979 SANCHEZ HORACIO RODRIGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21434957 SANTI CRISTIAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4119614 SANTIAGO ADOLFO HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24802908 SAPTIE ANGEL OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26737503 SARDAN EZEQUIEL SERGIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26157813 SARMIENTO FABIAN LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 4150677 SAROTTO LUIS ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17029270 SAROTTO LUIS ERNESTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14308230 SARRA CILIO JOSE sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 33126379 SAUCEDO ROBERTO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17366925 SCALISE CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29106363 SCARAFIA GUILLERMO MARIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18573425 SCARMATO ADRIAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24573820 SCHAPOVALOFF HUGO FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 36486663 SCHUAP ALEXIS GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20832621 SCHUTZ MARTIN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29103861 SCHWAAB IVANA VANINA sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 36488057 SCOPONI BLAS EMANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17500134 SECO SAMBARINO GUSTAVO ALVARO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 34563410 SEGOVIA VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28991607 SEILLANT JUAN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12136160 SEISDEDOS HECTOR RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17749185 SEMENIK RUBEN DARIO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 24299938 SENA MANUEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32539887 SEQUEIRA WALTER GABRIEL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 10817751 SERANTES HUGO EVARISTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13288147 SEREN JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 24519089 SERRA RENZO ADOLFO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20440886 SERRA SERGIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12299177 SERRANO CLAUDIO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17205691 SERRAO MATIAS JAVIER sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 27599629 SESTUA FERNANDO ISMAEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 94009174 SHEN YANZHI sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25963735 SIEB LUIS ALBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 23782856 SIEBURGER MARTIN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92594693 SILVA BOMBAL JUAN LUCAS sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 17935195 SILVA FERNANDO ANGEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27208071 SILVA GONZALO VICTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6154452 SILVA HECTOR ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 12647641 SILVA RAMON RAUL sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 8433806 SIMONCINI RAUL JUAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 26995304 SIVORI JORGE ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22812231 SOBREDO MARCELO EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24523723 SOBRERO FERNANDO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 6875526 SOCHI OSCAR HUMBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35174053 SOLIS HUGO DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13403902 SOLOMIANSKI DANIEL GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11815561 SOLOMIANSKI GERARDO MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36702148 SORIA IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26304745 SOSA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27688794 SOSA LEONARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20313818 SOSA RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13424463 SOTES GUSTAVO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 26898910 SOTO AFRANLLIE JULIO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13333301 SOTO DAVID RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11271370 SOUZA JUAN OSVALDO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24769579 SPACCESI AGUSTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16809586 SPOSATO RICARDO SALVADOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26986991 SPOSITO SERGIO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11177230 STAHRINGER GUILLERMO sobre CARABINA calibre .45 PLG

DNI 17020808 STEFANELLI RAUL MARINO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17372393 STEFANI MARIO WALTER sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 12703300 STELLA FERNANDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25428478 STEMBERG MARCOS SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 2405083 STORK RICARDO IVAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31745588 SUAREZ EMMANUEL MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31671191 SUAREZ LOPEZ DIEGO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11964956 SUAREZ RAMON ALBINO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 24740744 SURMULLER GASTON ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17819842 SZPUNAR JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24023858 TARIFA EUGENIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26786857 TAROCO PABLO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17788956 TASCON ANGEL FABIAN sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 25144455 TEDESCO SERGIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 30135541 TESELMAN ANDRES sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26952071 TESSORE ESBERT CARLOS MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13763060 TESTARDINI MONICA LILIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30670007 TESTARELLI FRANCO CARMELO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 31334122 THOMAS EDGARDO HERNAN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 18001729 TOGNINELLI ADRIAN MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24912570 TOMBO ARIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24912570 TOMBO ARIEL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 24081184 TONEGUZZO GERMAN GUSTAVO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 8568764 TONELLI JORGE ARNALDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18196798 TORRES EDUARDO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36361395 TORRES FACUNDO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 11153049 TORRES JOSE CAMILO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18361750 TORRES JOSE FIDEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12257372 TORRES JUAN RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12257372 TORRES JUAN RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12257372 TORRES JUAN RAMON sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 27092473 TORRES RODRIGO MARTIN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 30763343 TORRISI MAURO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30763343 TORRISI MAURO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28136839 TORTUL MATIAS SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 8660719 TRAVERSO JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34548596 TRAVERSO LUIS GERMAN HUGO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 24075847 TRONCOSO EDGARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 93410597 TROTTA ANTONIO FRANCISCO sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG

DNI 8618494 TSCHAGGENY HORACIO GERMAN sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 21536700 UITIXBEREA RUBEN DARIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 27488215 URBANIJA LUCAS ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8480991 URQUIOLA FERNANDO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22098706 UZAL FERNANDO DIEGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25534101 VACCA PABLO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17836776 VALLE MARCELO FABIAN sobre CARABINA calibre .45-70 PLG

DNI 33753803 VALLEJO ZAPIA PATRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10268654 VAN HORN MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17731527 VANGEL WALTER ARIEL MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8436407 VARELA JUAN ANGEL HERNAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14475583 VARGAS GONZALEZ LUIS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29215153 VARGAS JORGE HEBER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14890281 VASELEVICH LUIS ABEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21471699 VASTA ALDO ANDRES sobre FUSIL calibre .375 PLG

DNI 21471699 VASTA ALDO ANDRES sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 4395205 VEGA CARLOS BENIGNO sobre PISTOLA calibre 7,63 MM

DNI 16110248 VEGA HECTOR ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22797864 VELAZCO VICTOR ORLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20774375 VELOZO GUSTAVO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25559328 VENTTO FERNANDO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25104804 VERA MARIO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29283632 VIETA JUAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

Page 25: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 25Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 25430276 VIGANO JOSE TOMAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 10668021 VIGLIERCHIO VICTORIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10305676 VIGNOLA VICTOR JORGE sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 10305676 VIGNOLA VICTOR JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17460104 VIGÑOLO EDGARDO NELSON sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 7600819 VILLA CARLOS ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 30013271 VILLA MAURICIO sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 10235268 VILLAGRA CESAR ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30369665 VILLALBA OSCAR FELICIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28490072 VILLARROEL DANTE ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33221798 VILLARRUEL LUCIANO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30571866 VILLORDO JOSE MARIA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17009018 VISSANI WALTER OSCAR sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 17009018 VISSANI WALTER OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17009018 VISSANI WALTER OSCAR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 29684332 VITA ALBERTO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12167018 VIUDES PEDRO ANGEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 24124661 VIVAS OSCAR CESAR ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92321818 VON HANIEL NIETHAMMER RUPRECHT EUGEN F. sobre FUSIL calibre 9,3x74R MM

LE 5504012 WALTER JACOBO BENITO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 8527052 WALTER JOSE FRANCISCO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 8527052 WALTER JOSE FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 11939387 WEBER FERNANDO MARCELO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 21843709 WEINGART JORGE NESTOR sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 32693814 WIEBE PEDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25534463 WILDANGER JOSE ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11584076 WILLICH RODOLFO GERARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14142246 WILLIS CARLOS ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31433118 WISNER MARCELO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94020069 XUE SHOUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94020069 XUE SHOUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94833667 XUE YEXIONG sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94833667 XUE YEXIONG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28721313 YAFAR HECTOR DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94032368 YAN JINYAO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94033239 YANG HOUJUN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94033239 YANG HOUJUN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7939015 YANNELLO OSCAR ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24773811 YAYA NORBERTO CLAUDIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 31806131 YBARRA DANIEL GASTON sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 34792730 YORIS DARIEN ISAIAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24283203 ZABALZA ALCIDES GERMAN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 17039663 ZAMUDIO CARLOS RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35273152 ZANOLINI LUIS ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24415131 ZAPATA JORGE ANDRES sobre ARMA LARGA COMB. calibre .22 PLG

DNI 18822495 ZAPATA LEZAMA JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33619083 ZAPATA PABLO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34393499 ZATTA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8105192 ZELARAYAN MARTIN AMERICO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20358684 ZERPA VICTOR FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 95159480 ZHENG ZHAOYONG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94022051 ZHONG ZHENSONG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94141722 ZHOU ZHEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94630464 ZHUANG JINXING sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10141595 ZUBIZARRETA HERNAN JULIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23932184 ZUIN CLAUDIA MARIELA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16872213 ZUÑIGA ATILIO CESAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27162115 ZUÑIGA GASTON ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30142934 ZWOLINSKI MATIAS LEONEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 20588414 ABALLAY OSCAR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7679352 ACEVEDO AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13014314 ACOSTA ARTEMIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28706694 ACOSTA CRISTIAN MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11480081 ACOSTA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13159174 ACUÑA JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22987318 AGUERO FERNANDO NICOLAS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 22660461 AGUILAR MARCELO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22032979 AGUILERA ORLANDO GUSTAVO ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 29061675 AGUIRRE DIEGO SEBASTIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 24116556 AGUIRRE HUMBERTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10144683 AGUIRRE NEMECIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30290680 AGUIRRE RAMON BALTAZAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8634025 ALARCON CARLOS ALBERTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 25146063 ALBORNOZ DIEGO MARTIN ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 31774699 ALCOBA MARIA FLORENCIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8631862 ALDERETE JULIO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11858833 ALEGRE ALBERTO FRANCISCO ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30634936439

DNI 17711824 ALEGRE CLAUDIA FABIANA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21711401 ALEGRE CRISTIAN MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29405144 ALEGRE JOSE LUIS ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 22517951 ALFONSO EDUARDO CESAR ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 34310783 ALFONSO NATALIA SOL ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 12604248 ALFONZO JORGE DAVID ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 30755882 ALMEIDA ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4607755 ALONSO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20063587 ALVAREZ ABRAHAM MOISES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13379868 ALVAREZ HECTOR RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29593832 ALVAREZ IGNACIO RAUL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 22460459 ALVAREZ ROBERTO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13480688 AMAOLO RAMON ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21882435 AMARILLA GUILLERMO LORENZO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 13522192 AMATO JOAQUIN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29229087 ANAQUIN ANGEL VIRGINIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28119462 ANGELERI GONZALO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13161282 ANIBAL JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16356515 APESTEY HECTOR RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30477422 ARANCIBIA ADOLFO FEDERICO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 12023184 ARANDA ALEM RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10947539 ARANDA RAUL OSCAR ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 30459807 ARAUJO ADRIAN JAVIER ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 12949277 ARCE ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23864052 ARCE RICARDO OCTAVIO ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390

DNI 16288122 ARDILES CARLOS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8515650 ARIAS LUIS ALBERTO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 31595271 ARISTIZABAL PABLO SEBASTIAN ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 14325198 ARMANINO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18358224 ARMUA FRANCISCO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23184997 ASARGADO BORTOLIN SILVIO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14957708 ASPERA OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24305285 ASPITIA SILVANO LEOPOLDO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

LE 4440418 ASQUINI JOSE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10691090 AUSILIO RUBEN NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29400951 AYALA DIEGO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13349458 AYALA FRANCISCO RAMON ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 16576031 AYALA HUGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16397665 AYALA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16909296 AYALA MARIO HECTOR ámbito de TRUCK SECURITY SRL 30709509949

DNI 16910886 BADANO DUILIO DELMO ámbito de BRIEFING SECURITY S.A. 30708206624

DNI 35025466 BAEZ BRIAN SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23507691 BALBUENA RUBEN ANDRES ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 26564104 BALL HECTOR ALEJANDRO ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 22929732 BANDERA RAMON ALEJANDRO ámbito de BATAAN SEGURIDAD S.R.L. 30610439639

DNI 17625697 BARBARA JAVIER OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16369466 BARCI CLAUDIO FABIAN ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDADS.A. 30634936439

DNI 16050522 BARRERA PABLO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31383264 BARRIENTOS CRISTIAN SEBASTIAN ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 11202548 BARRIOS RAMON ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27771678 BARTA PABLO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32187450 BASTASINI PABLO GABRIEL ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 22891636 BATISTA CHRISTIAN JAVIER ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 27284128 BAZAN EMILIO MARCIAL ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 17707431 BECERRA WALTER OSCAR ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 24491416 BELIZAN ARIEL SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24359766 BENITEZ JOSE RAMON ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 10348598 BENITEZ JUAN DE DIOS ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 28584637 BENITEZ MARCELO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26118339 BENITEZ RUBEN LUIS ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 12290113 BERGARA JUAN LUIS ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 21613018 BERRA MASON DIEGO IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25418374 BERTUZZI WALTER AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34339297 BIBIANO FACUNDO EZEQUIEL ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 12956049 BILLORDO EUGENIO SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13491384 BLANCO DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12214865 BOBADILLA MARCELO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31280657 BOERO ALEXIS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33787691 BOETTO MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12500700 BOJANICH JUAN CARLOS ATANACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23399676 BOLADO SANTOS GERMAN ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 12563524 BONANO HECTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23623562 BONFIS ALFREDO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10100651 BORDENAVE ANGEL OSCAR ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 7989358 BORSOTTI DIEGO JUAN F. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24028127 BORYSIUK DMITRUK MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8293198 BRACONE FEDERICO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

Page 26: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 26Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 13904498 BRAUVANO RAUL ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32721713 BRAVO MIGUEL EDUARDO ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390

DNI 16965422 BREZOVEC SILVIA OFELIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13366091 BRITOS RODOLFO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29765711 BROSSARD PABLO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21965851 BUENAVENTURA ALEJANDRO MARIO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 17369174 BULAY OSCAR MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11679221 BURGUEÑO BLANCO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12797697 BUSTAMANTE CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30715655 CABRAL MARCOS WENCESLAO ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A. 30707014845

DNI 21840051 CABRAL SANDRO DARIO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 33774664 CABRER LUCIANO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5707939 CABRERA AMADEO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11770556 CALLIGARO DANIEL VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32323161 CALOSO DIEGO DANIEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 13348252 CAMACHO JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27269252 CAMPERO SERGIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4952440 CANALS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23918347 CANCINO MARIANO ARIEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 34520596 CANO SERGIO WALDEMAR ámbito de TRUCK SECURITY SRL 30709509949

DNI 29834640 CANTON TRIPOLI ENRIQUE SEBASTIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12583826 CAPOBIANCO JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17928146 CARABAJAL VICTOR MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12962782 CARAM ROBERTO HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23943150 CARDOZO ADRIAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24297507 CARDOZO ARNALDO GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12857210 CARDOZO JOSE ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11304832 CARDOZO JUAN HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7901573 CARDOZO PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24438129 CARDOZO RAMON MARTIN ámbito de BATAAN SEGURIDAD S.R.L. 30610439639

DNI 28032299 CARINGI EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29509359 CARMONA GABRIEL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30506206 CARRASCO ADRIAN ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12648677 CARRASCO ERNESTO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27286556 CARRISSO CRISTIAN NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25086729 CARRIZO DIEGO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4997579 CASTILLO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21887062 CASTILLO ORLANDO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12244926 CASTRO MARIO JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34154529 CASTRO MARTIN EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28674079 CASTRO MATIAS EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29298058 CASTRO MONICA TERESA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32120623 CATA CRISTIAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29776584 CAVALLARO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10477443 CERDA RAMON MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29447877 CESPEDES CRISTIAN GERMAN ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 16807619 CHAPA CARLOS ALBERTO E. ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 23716423 CHAVES CLAUDIO DIEGO ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399

DNI 20372726 CHIRINOS JAVIER BERNABE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26394471 CHOCOBAR JUAN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26472155 CHURRUARIN MARTIN DARDO ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 35336026 COIRA EDUARDO NAHUEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 8442728 COLLANTE RAMON ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18538146 COMOLLI RICARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28996313 CORDOBA CRISTIAN MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13110096 CORDOBA JORGE ROBERTO ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523

DNI 34406238 CORIA JOSE LUIS ámbito de TRUCK SECURITY SRL 30709509949

DNI 25915605 CORONEL CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17323160 CORREA CESAR LORENZO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24430923 CORREA MARCELO DANIEL ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 16099050 CORTES JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13965151 CORTESE JAVIER LUIS ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. 30709936545

DNI 12508002 CORVALAN OSVALDO LEONCIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29380050 CORVALAN ROBERTO MANUEL ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 13174702 COTUGNO RUBEN OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25907321 CRESPO CRISTHIAN ADRIAN ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487

DNI 11801195 CRIADO LEOPOLDO RENE ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDADS.A. 30634936439

DNI 32658540 CUBILLAS ATILIO LUIS ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 10767022 CUCHIARELLI PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16736633 CUPOLO RICARDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16566926 DABROWSKI ADAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30782831 DE BARBA JOSE GUERINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27842520 DE LA RETA NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7629574 DE LELLIS ENRIQUE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11032263 DECILLIS ALBERTO ANGEL ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 28279050 DECIMA NESTOR IGNACIO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 25188930 DECKER ALEJANDRO GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16049141 DEJESUS PEDRO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22231872 DEL VALLE ANGEL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25178787 DI CARLI MIGUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31498042 DIAZ CLAUDIO GUILLERMO ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 27737635 DIAZ CRISTIAN SEBASTIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 16770934 DIAZ EDUARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17302169 DIAZ HECTOR DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23868792 DIAZ JULIO CESAR ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 16286926 DIAZ RAUL ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8341603 DIAZ RODOLFO AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14925255 DIETTI EDGARDO DANIEL ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 10479487 DIFEO PASCUAL MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23262935 DOMINGO DARIO IVAN ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 25738371 DOMINGUEZ ARIEL ANDRES ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 13543984 DOMINGUEZ PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22954981 DONADIO EDUARDO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30195540 DUHAU VALENTIN MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24290657 DUPLES GONZALO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12535837 DURE RAMON SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26251913 DURSO MAXIMILIANO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23108826 ECHENIQUE JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13255418 ENRIQUE RAUL HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23390131 ESCALANTE JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20483230 ESCOBAR WALTER RAMON F. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8543693 ESQUIVEL JOSE PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24294344 ETCHEVERRY LUIS ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6611776 FABIAN FAUSTINO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6059210 FARIAS ANGEL JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 7699956 FARINELLA JORGE RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13255929 FELDMAN MIGUEL ELIAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26581886 FERNANDEZ ADRIAN ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11338039 FERNANDEZ CARLOS HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10795796 FERNANDEZ CENDOYA ANDRES G. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16028141 FERNANDEZ GUILLERMO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10784469 FERNANDEZ JORGE EDUARDO ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 21700250 FERNANDEZ JOSE ANTONIO ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 7703018 FERNANDEZ JOSE MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14468824 FERNANDEZ JULIO CESAR ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 7670703 FERNANDEZ RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4838583 FERRARI FELIPE AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13289220 FERRARI OSCAR MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27429661 FERREIRA CEFERINO CATALINO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 23176231 FERREIRA RICARDO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27842620 FERREYRA GUILLERMO WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23558040 FIGUEREDO GONZALO MARTIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 13947939 FIGUEROA CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27245512 FIGUEROA GABRIEL ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26675441 FIGUEROA MARIO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16754934 FISZBEIN DANIEL MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22351997 FLEUREAU GUSTAVO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24148795 FLORENTIN DANIEL ESTEBAN ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523

DNI 28784410 FLORES GERARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21843117 FLORES GUSTAVO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 25182428 FRANCO MAXIMILIANO JOSE ámbito de SETEK S.A. 30707904239

DNI 17746930 FRANCO SAMUEL ESTEBAN ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 11753378 FRANGANILLO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22487981 FRETES CARLOS RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 93351663 FREZZATO UMBERTO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 29966760 FUENTES BORCHERT DIMAS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13635753 GALARZA CARLOS ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 22641506 GALARZA OCTAVIO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 28753020 GALEANO GERMAN ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30634936439

DNI 11635801 GALLARDO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20425782 GALLO MARIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 20353260 GALLOSO INOCENCIO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 23563465 GALVAN ALFIO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 32613450 GAMARRA IVAN GASTON ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125DNI 28771216 GARBUGLIA LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26093049 GARCETE CELIO OMAR ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439

DNI 16066790 GARCIA CARLOS EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8019618 GARCIA CONI GREGORIO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30142363 GARCIA DANIEL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21065575 GARCIA JORGE MARIO ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 25295032 GARCIA JUAN CARLOS ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

Page 27: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 27Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 27789612 GARCIA JUAN ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4431139 GARCIA NESTOR ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12690078 GARCIA PAZ HUGO ALBERTO ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 17551560 GARRO CLAUDIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22850249 GARZON SILVIO LEONEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27724490 GAUNA JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23050100 GEA DIEGO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29318319 GENIJOVICH NICOLAS MARTIN ámbito de CLUB NAUTICO HACOAJ 30506739736

DNI 23888394 GIAVEDONI RODOLFO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25185021 GIFFONI WALTER ALEJANDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 28066610 GIMENEZ ANGEL MARTIN ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 23919093 GIMENEZ JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29286093 GIMENEZ PATRICIA ELISABETH sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31360773 GIMENEZ WILSON ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21097805 GOBBI ADRIAN EUGENIO ámbito de TRUCK SECURITY SRL 30709509949

DNI 17162768 GODOY ALEJANDRO RAUL ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 32381145 GODOY CRISTIAN EMILIO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 24760980 GODOY DARIO DAVID ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 23022880 GODOY DARIO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23986421 GODOY EDGARDO NORBERTO C. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23325323 GODOY HECTOR GUSTAVO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 25699516 GOIBURU WALTER ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4968316 GOLIA RAUL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32621833 GOMEZ CRISTIAN DANIEL ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399

DNI 29229717 GOMEZ DAVID EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22463534 GOMEZ GUSTAVO EDGARDO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 8466456 GOMEZ HECTOR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33724863 GOMEZ JONATHAN CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8371087 GOMEZ JORGE ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12589141 GOMEZ JUAN PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26939778 GOMEZ LEONARDO ALBERTO ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

LE 6067311 GOMEZ MANUEL AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25696311 GOMEZ MORENO FACUNDO ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 23045481 GONZALEZ CARLOS ANIBAL ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 13217264 GONZALEZ FRANCISCO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13180879 GONZALEZ GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12501888 GONZALEZ JORGE JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25404748 GONZALEZ JUAN MANUEL ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 14487894 GONZALEZ MARCELO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11015804 GONZALEZ OBDULIO CESAR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28785371 GONZALEZ RICARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29988657 GONZALEZ SUEYRO RICARDO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12864766 GRECO CARMELO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11624694 GROSSI ROBERTO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26744195 GUALDESSI ESTEBAN FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27471042 GUALTIERI GABRIELA GRISEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34177337 GUERRERO CRISTIAN ARIEL ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 10613645 GUERRERO FRANCISCO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26605660 GUESI EDUARDO ROLANDO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 29188627 GUEVARA FERNANDO LUCAS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26223257 GUMINA MARTIN DARIO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 25848215 HEFFELE DIEGO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27830207 HERNANDEZ ARIEL ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20031518 HERNANDEZ PEDRO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21567767 HERRERA NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16998040 HUSS RAUL EDUARDO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 16892048 IMPERIALE GUSTAVO OSCAR ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 32930563 IRIARTE RAMON ARMANDO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25051162 JAIME JOSE ENRIQUE ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439

DNI 10291767 JAMUD CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24538996 JASTRZEBSKI DANTE ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 26249322 JURADO CARLOS HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25189652 KATUCHIN NICOLAS BERNARDO ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 12151171 KAUFMANN RICARDO WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12921533 KELLY DANIEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28696357 KESSLER NICOLAS MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4818271 KLIMKOWSKI JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32094138 KOREN JONATHAN ROY ámbito de CLUB NAUTICO HACOAJ 30506739736

DNI 24330823 KRASMIK ALEJANDRO ARIEL ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 16277044 LANDRIEL NICOLAS FERNANDO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 25518298 LANFIUTTI GUILLERMO ANDRES ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 26866578 LANGE CRISTIAN FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11606144 LARRABURU JORGE ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13753373 LASCURAIN GUILLERMO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4526457 LAVAGNINO ANGEL JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 21560220 LEAL NELSON FABIAN ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 11864984 LEARRETA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 36496399 LEDESMA NICOLAS ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 20477786 LEIVA JUAN RAMON ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30634936439

DNI 12571908 LEIVA PEDRO ELISEO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13038415 LELEU JOSE LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22548061 LEMBERGER ALEJANDRO JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10867664 LENCINA RAMON RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16944790 LESCANO VICTOR ANDRES ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

LE 7816148 LESKE JULIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23739155 LEVIN JUAN MARCELO ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

LE 5188752 LIGOTTI JOSE ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 36576002 LLANE MARIANO ANTONIO ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 17025344 LLANES FABIAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34538855 LOPEZ CELSO ALCIDES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24088227 LOPEZ CLAUDIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6353684 LOPEZ FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8244620 LOPEZ HUGO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22180195 LORCA FERNANDO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16891035 LOZANO SERGIO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21786533 LUCERO JUAN EDOLVER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22811709 LUGO MOSQUEDA ADOLFO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25840391 LUMBIA ROBERTO MAURICIO ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837

DNI 24800219 LUNA GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11621909 LUQUE PEDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8128971 MAGUNA JOSE DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 92380426 MAINE LARROSA ROBERTO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 28543204 MAIZARES ALFREDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7375527 MALDONADO ERNESTO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14446936 MALDONADO RAUL EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11638893 MALDONADO WALTER DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13266488 MANENTE LORENZO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 35026315 MANFREDI NICOLAS ESTEBAN ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 10086851 MANGIAVILLANO ANGEL MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6896133 MARTIN JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17573987 MARTIN RUBEN ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 28918211 MARTINEZ ALFREDO ERNESTO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 14522880 MARTINEZ BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32002372 MARTINEZ GUALBERTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10002956 MARTINEZ HUGO SIMEON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31050321 MARTINEZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25638515 MARTINEZ MARIANO GABRIEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 30600777 MARTINEZ MATIAS ALEJANDRO ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 13560335 MARTINEZ RAMON NICODEMUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22895030 MARTINEZ SEBASTIAN TOMAS ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 35222734 MARTINOLI JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5072828 MARUCA JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24330853 MASCHIO JUAN MANUEL DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16536727 MASSARI ALBERTO GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27031494 MASUMIYA JAVIER HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10736137 MATAS ROBERTO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26505312 MAYA MARIO FELIPE ALEJANDRO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 33365881 MAYORDOMO GABRIEL EDUARDO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 23056763 MAZA JUAN ALEJANDRO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 29266979 MEDINA GUILLERMO GERMAN ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 27678153 MEDINA LORELEY JEZABEL H. ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 26274141 MEDINA MARTIN IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25851288 MEDRANO EDUARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13852339 MEIRA ROBERTO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24018665 MEJIAS OSCAR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27352742 MENA CRISTIAN ARIEL ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDADS.A. 30634936439

DNI 33152531 MENDOLARO BRIAN JOSE ENRIQUE ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L. 30710895569

DNI 13369717 MENDOZA NORBERTO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7842531 MENDOZA OSCAR ANTONIO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 5530308 MENENDEZ JOSE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6030770 MENOTTI CESAR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23106832 MERCADO MANUEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8437804 MERSCH ENRIQUE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17239445 MILLANAO RUBEN ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22780654 MINAFARO SERGIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17515878 MINOTTI VICTOR CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20229315 MOLINA FABIAN ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26797629 MOLINA LORENZO EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27794143 MOLINE MAURICIO OSVALDO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14848468 MONTIVERO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28352747 MONZON ALBERTO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20735325 MONZON LUIS ENRIQUE ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837

DNI 8293807 MORALES HECTOR ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

Page 28: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 28Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 30454188 MORALES PABLO DAMIAN ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 11552888 MORALES RAFAEL RODOLFO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 29135269 MORALES SERGIO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12480017 MORAN ANICETO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18493109 MORANTE NESTOR OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 5393549 MORENO CARLOS JULIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 18092072 MORENO VICTOR MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29977648 MORETA GOMEZ CESAR GABRIEL ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523

DNI 24917772 MORGUES MARTIN JAVIER ámbito de MAGUEN PROTECCION S.R.L. 30712131191

DNI 20012318 MORINIGO SERGIO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14379028 MOSS VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5505758 MOYANO RAMON TRISTAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8626921 MULLER ERNESTO ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 24101514 MUÑOZ DANIEL ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 13295638 MUTTI MARIA ETHEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 30026279 NAAB LUIS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10256515 NAVARRO PEDRO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25969073 NIEVA CRISTIAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14275038 NINA RAMON ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7920242 NIZ ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11800338 NOVOA RICARDO JACINTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24911457 NUÑEZ CHRISTIAN ARIEL ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523

DNI 18304047 NUÑEZ DANIEL ANIBAL ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 25784659 NUÑEZ RAMOS ALEJANDRO SEBASTIAN ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 13206568 OBREGON FRANCISCO SOLANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31712370 OCAMPOS MARCELO ROQUE ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 30651638 OJEDA DIEGO HERNAN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 30871854 OJEDA JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17351828 OLARIAGA RAMON EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20122047 OLAVE CESAR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27237941 OLDRINI ARIEL JOSE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 31802608 OLIVERA VILLARRUBIA DANIEL ALFREDO ámbito de TRUCK SECURITY SRL 30709509949

DNI 10381464 OLIVERA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26618353 OLIVERA MARIANO DAMIAN ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 22174055 OLIVERA WALTER EDUARDO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638

DNI 8053060 OLLETA PEDRO TELMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11819366 ONTIVERO CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29088949 OPORTO SERGIO RAUL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 23793800 OROÑO CARLOS ALBERTO ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30634936439

DNI 33527253 OROZCO MAURICIO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27712361 ORTIZ HEBER AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8264912 OSSA MARIO EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12543933 OTAMENDI CLAUDIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14327191 PACE JOSE LUIS ámbito de L Y J SECURITY S.A. 30707996222

DNI 17549521 PACHECO RAUL DARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21424252 PAIVA HECTOR LUIS ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837

DNI 4184729 PALACIO JOSE CANDIDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11436766 PANE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 7591141 PANTANALI RODOLFO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11601848 PARE PEDRO TELMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7699954 PARRAVICINI BARON RAIMUNDO D sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24502717 PATERNITE JULIAN ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20419196 PATIÑO JUAN CARLOS ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 5151801 PAYER GUILLERMO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24553594 PAZ CHRISTIAN GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16553904 PEDRAZA CARLOS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32614557 PEDRAZA DANIEL RENE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8039722 PELAYO GUSTAVO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11794857 PELLEGRINO EDUARDO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11762160 PERDIGUERO MARCOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4566900 PEREIRA LUIS JOAQUIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30396144 PEREYRA EDUARDO RAMON ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 13859389 PEREYRA JUAN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12277132 PEREZ ALBERTO OSCAR ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 12227210 PEREZ CARLOS MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31084095 PEREZ CLAUDIO IVAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 16574111 PEREZ EPIFANIO LIBERATO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23250395 PEREZ HUGO ALEJANDRO ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 17543295 PEREZ JUAN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16205819 PEREZ RODOLFO ERNESTO ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399

DNI 14473689 PEREZ RODOLFO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27646761 PERON NELSON AUGUSTO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923

DNI 22793605 PESSINA MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16300843 PETROFF NESTOR FABIAN ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 33047805 PFOH JORGE ALEJANDRO ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 28068614 PINTOS CARLOS ALBERTO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 22200632 PIZZUTO ALEJANDRO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10721842 PLEVANI RAUL DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14703942 POLENTA ALFREDO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17326898 PONA CLAUDIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13287453 PONCE AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8062773 PONCE LUIS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10836169 PONCES CARLOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12840453 POOL DANIEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21990031 PORTILLO FABIAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12059578 PUGLIESE MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16702489 QUEZADA LUIS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11804632 QUINTANA BONIFACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27962699 QUINTEROS IRAMAIN OSCAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 29849710 QUIROGA NORBERTO ISAIAS ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399

DNI 13143071 QUIROGA RICARDO ESTEBAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 28588815 QUIROZ DAVID DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21005817 RAMIREZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12581292 RAMOS JORGE ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 24151289 REGUEIRO GONZALO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 18831387 REIS ROGER ámbito de MAWE S.A. 30634936439

DNI 30609670 RETAMAL PABLO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22992496 RETAMAL WALTER JOSE ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 16740480 REYES CLAUDIO NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17740580 REYES DARDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23173681 REYES OSCAR ADRIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 14685188 REYNOSO OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21668194 REYNOSO SERGIO EMILIO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 20122120 RIK HORACIO MOISES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13856462 RIOS HORACIO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 11929759 RIOS NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29312401 RISSO PATRON RAUL HUMBERTO ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 6933536 RIUS LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22872088 RIVERO EDUARDO FABIAN ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 25375511 ROBALO HAROLDO NESTOR E. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11443796 ROBERTO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11810563 RODRIGUEZ CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14726232 RODRIGUEZ JOSE ALBERTO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 13724462 RODRIGUEZ JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10732834 RODRIGUEZ JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8572031 RODRIGUEZ JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13364524 RODRIGUEZ JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25373454 RODRIGUEZ JUAN JOSE MARIA ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 14390257 RODRIGUEZ JULIO ANIBAL ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439

DNI 11375370 RODRIGUEZ OSVALDO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10649713 RODRIGUEZ VICTOR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18406596 ROJAS ALDO HERNAN ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 34931741 ROJAS SEBASTIAN EZEQUIEL ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 25430909 ROJAS WALTER IVAN ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30708023619

DNI 16723222 ROLANDO DANIEL ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26074949 ROLDAN RAUL ALEJANDRO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 23278823 ROLLE JAVIER ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25542243 ROMANO MARCOS GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12235175 ROMERO CARLOS ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 8541993 ROMERO CARLOS HONORIO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 22927666 ROMERO OSCAR GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 30085702 ROMERO RAUL INOCENCIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA

S.A. 30546969874

DNI 22482121 ROMERO RUBEN ANGEL ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.SRL 30662315148

DNI 25303350 ROMERO VICTOR A. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22395087 ROMERO WALTER ámbito de EMP.DE VIG.EL CENTINELA S.A. 33596847329

DNI 14104275 RONCAGLIA NESTOR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12524016 RONDININI JORGE ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14242559 ROSA ROBERTO NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24458417 ROTIROTI MARTIN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31443425 RUEDA JONATHAN RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30767924 RUILOVA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17014792 RUIZ JUAN CARLOS ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 18549303 RUIZ RAMON FLORENCIO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDADS.A. 30634936439

DNI 33914241 RUSSO GASTON EZEQUIEL ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. 30709936545

DNI 12011613 SAAVEDRA JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13838497 SABATINO CARLOS JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22362122 SAIDMAN GUSTAVO SEBASTIAN ámbito de FUND.ALIANZA CULTURAL HEBREA 30550257315

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 29Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 7772783 SALAVERRY JUAN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8258668 SALLIA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8627962 SALMOYRAGHI HECTOR MAURICIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17448978 SALOMONI LUIS BERNAVE ámbito de PROSEGUR VIGILANCIA ACTIVA S.A. 30616512672

DNI 18128417 SAMPIETRO OSCAR BERNARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29344988 SAN MARTIN CRISTIAN ALEJANDRO ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907

DNI 20811138 SANCHEZ ERNESTO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24341979 SANCHEZ HORACIO RODRIGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25102551 SANCHEZ RAMON ALBERTO ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 25418915 SANCHEZ RODOLFO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28906857 SANCHEZ RODRIGO JAVIER ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 12415650 SANDOVAL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20030557 SANDOVAL RAFAEL ALEJANDRO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 31662536 SANFILIPPO LIONEL JOSE MARTIN ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439

DNI 25010856 SANGUINETTI ADRIAN FERNANDO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30634936439

DNI 92476551 SANTACRUZ BAEZ RAMON ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439

DNI 32883708 SANTILLAN FACUNDO GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17419047 SANTISO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14166831 SANTORSOLA DANIEL ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8201393 SARAVIA RAUL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33126379 SAUCEDO ROBERTO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28240982 SAUCHAK CESAR AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33221658 SAURO NICOLAS AGUSTIN ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399

DNI 35081727 SCHNEIDER ROLDAN LUCAS ANDRES ámbito de TORRESCO AES S.R.L. 30713657200

DNI 17334708 SCHWINDT ALEJANDRA MARIA ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L. 30710895569

DNI 14768849 SCOCCIMARRO ALFREDO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17255791 SCORDAMAGLIA ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16573933 SEGARRA MARCELO MAURO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 12136160 SEISDEDOS HECTOR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 92742535 SERON DEAMBROSIO VICENTE JUVENAL ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 12644599 SERRUDA HUGO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4555785 SIANCHA CARLOS MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11836916 SIGNORI RICARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11330956 SILVA HERIBERTO ARISTIDES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26694222 SILVA MARIA LAURA ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 25670866 SILVEIRA ULISES OSCAR ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 16381043 SOLIS SANTIAGO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25555178 SORAIRE ARIEL ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22618776 SORIA RAFAEL ROLANDO ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 8452636 SOSA ALDO ALCIDIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26293568 SOSA CARLOS WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27744692 SOSA CLAUDIO ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25542556 SOSA CRISTIAN GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6680794 SOSA FRANCISCO SINFOROSO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22710505 SOTO ALFIO ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30061497 SOTO ARMANDO LEONEL ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 34443675 SOTOMAYOR RUBEN EXEQUIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 29736116 SOTTO LEONCIO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22004702 SOUSA HELGUERA FERNANDO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11285573 STOCKLE ENRIQUE ERNESTO ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 31729726 SUAREZ CRISTIAN MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18201335 TAPIA MARCELO JOSE ámbito de COOP.DE TRAB.EL FERROL LTDA. 30656023461

DNI 11822465 TAPIA OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8290713 TELLERIA JORGE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26952071 TESSORE ESBERT CARLOS MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20723359 TOJO PEDRO GUSTAVO ámbito de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA SRL 30708426020

DNI 25110453 TOLABA FERNANDO FABIAN ámbito de BATAAN SEGURIDAD S.R.L. 30610439639

DNI 16097975 TOLEDO OSCAR ARIEL ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368

DNI 23490076 TORALES LORENZO SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10142491 TORRECILLA OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32719353 TORRES MARCELO ENRIQUE ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 25859059 TORRES MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10399694 TORTORO JULIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4527360 TREFILETTI ADALBERTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23868477 TRONCOSO VICTOR ALFREDO ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A. 30683549858

DNI 12989363 UBOLDI RODOLFO ARGENTINO ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523

LE 8700234 ULACIA JUAN CARLOS ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA. 30634936439

DNI 13984069 ULLOQUE HUGO ALEJANDRO WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23177918 URCOLA JOSE OSVALDO ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907

DNI 14680457 URQUIZA OSCAR ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16106428 VALENZUELA MARTA NATIVIDAD sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7521839 VALLEJOS AGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 17761313 VALLEJOS JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10268654 VAN HORN MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14475583 VARGAS GONZALEZ LUIS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21769590 VARON PABLO ALEJANDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 36064545 VASQUEZ SERRUDO JONATHAN CAYETANO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 24288219 VAZQUEZ WALTER OMAR sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 16110248 VEGA HECTOR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 32877582 VELARDE MARCELO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 7670380 VELARDE MARIO JORGE ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A.

30683549858DNI 27749281 VELARDES GUSTAVO MARTIN ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L

30658103837DNI 32341545 VELAZQUEZ PABLO SEBASTIAN ámbito de ACCURO S.A. 30708336978DNI 27548036 VELEZ LUIS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA

S.A. 30546969874DNI 21735053 VERDUN JORGE RAUL sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 25032069 VERGARA MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 10847865 VESI GUILLERMO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 30459757 VIDAL RODOLFO CARLOS ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA

S.A. 30634936439DNI 23034177 VILLAGRA JOSE ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 20695417 VILLAGRA LUIS EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 12795528 VILLALBA HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 28833734 VILLALBA MARCELO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 30369665 VILLALBA OSCAR FELICIANO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 11523860 VILLALBA RAMON MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 13935693 VILLIZZIANTO GUILLERMO HUGO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 30614844 VISCIDO ANGEL IVAN sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 29684332 VITA ALBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 32724334 WICKY CRISTIAN NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 13991448 YAMAMOTO JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 23013141 ZABALA OSCAR ADRIAN ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L.

30706337399DNI 21648416 ZAIKO GABRIEL ALBERTO ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA

S.R.L. 30709936545DNI 24548522 ZAKOVICZ ALEJANDRO ROBERTO ámbito de S & E SEGURIDAD PRIVADA S.A.

30708023619DNI 14200014 ZAPATA LUIS ERNESTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657DNI 25773326 ZAPATA SEBASTIAN RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 24272075 ZARATE SERGIO ALEJANDRO ámbito de TRUCK SECURITY SRL

30709509949DNI 20172106 ZARZA JORGE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 11255174 ZAVALLO ANIBAL SILVESTRE sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 12564734 ZORZENON ALEJANDRO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 24218661 ZUBIETA CRISTIAN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

Dr. GUSTAVO J. REVORA, Director Técnico Registral, Registro Nacional de Armas, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

e. 17/01/2014 N° 2396/14 v. 17/01/2014#F4515376F#

Page 30: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 30#I4515375I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 13-1-2014

Expediente

5146812 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOL Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146813 Obra Publicada Género: MUSICA Título: DESDE CERO Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146814 Obra Publicada Género: LETRA Título: DESDE CERO Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146815 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SUEÑOS Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146816 Obra Publicada Género: LETRA Título: SUEÑOS Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146817 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TU NOMBRE Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146818 Obra Publicada Género: LETRA Título: TU NOMBRE Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146819 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CADA QUIEN Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146820 Obra Publicada Género: LETRA Título: CADA QUIEN Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146821 Obra Publicada Género: LETRA Título: CAPRICHOSA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146822 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CAPRICHOSA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146823 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TUYA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

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Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146824 Obra Publicada Género: LETRA Título: TUYA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146825 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MILLONARIA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146826 Obra Publicada Género: LETRA Título: MILLONARIA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146827 Obra Publicada Género: MUSICA Título: POPULAR Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146828 Obra Publicada Género: LETRA Título: POPULAR Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146829 Obra Publicada Género: MUSICA Título: POSEIDA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146830 Obra Publicada Género: LETRA Título: POSEIDA Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146831 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EL PEOR LUGAR Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146832 Obra Publicada Género: LETRA Título: EL PEOR LUGAR Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146833 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOLO VOS Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146834 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOLO VOS Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146835 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SIN ALCOHOL Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

Page 31: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 315146836 Obra Publicada Género: LETRA Título: SIN ALCOHOL Autor: MILI GABRIELA BELEN BORA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: RINOCERONTE EDICIONES MUSICALES DE JUAN FRANCISCO MOLES

5146837 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOL Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146864 Obra Publicada Género: LETRA Título: VAS A VOLVER Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146865 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TRANQUILO EN ALGUN LUGAR Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146866 Obra Publicada Género: LETRA Título: VIGILANTE COMO TU PAPA Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146867 Obra Publicada Género: MUSICA Título: VIGILANTE COMO TU PAPA Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146868 Obra Publicada Género: LETRA Título: TRANQUILO EN ALGUN LUGAR Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146869 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOY FELIZ IGUAL Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146870 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOY FELIZ IGUAL Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146871 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOLO QUIERO DIVERSION Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146872 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOLO QUIERO DIVERSION Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146873 Obra Publicada Género: LETRA Título: PIBES DE AVELLANEDA Autor: MARIA SOLANGE BELSITO

Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

5146874 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ESPEJOS Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146875 Obra Publicada Género: LETRA Título: ESPEJOS Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146876 Obra Publicada Género: MUSICA Título: POBRE DE AQUEL Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146877 Obra Publicada Género: LETRA Título: POBRE DE AQUEL Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146878 Obra Publicada Género: MUSICA Título: RAYUELA Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146879 Obra Publicada Género: LETRA Título: RAYUELA Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146880 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SIEMPRE Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146881 Obra Publicada Género: LETRA Título: SIEMPRE Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146882 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TODO PARA MI Autor: DAMIAN HERNAN VALOR

Autor: MATIAS ROBERTO SCHIAVONE

Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146883 Obra Publicada Género: LETRA Título: TODO PARA MI Autor: PEDRO OSCAR MORALES

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5146893 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CRONICAS DEL ANGEL GRIS Autor: ALEJANDRO DOLINA

Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5146894 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: TODO SOBRE 1D (SOLO PARA DIRECTIONERS) Autor: PEDRO S GARFIO

Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5146895 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MEMORIAS DE UN SINVERGUENZA DE SIETE SUELAS Autor: ANGELA BECERRA

Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5146896 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: MIS RECETAS ANTICANCER Autor: ODILE FERNANDEZ MARTINEZ

Editor: EDICIONES URANO SA

5146897 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: REPROGRAMANDO Autor: SILVIA FREIRE

Editor: EDICIONES URANO SA

5146899 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: PASAJEROS Autor: MARIA DE LOS ANGELES TESTA DE BUSTILLO

Autor: GRACIELA BEATRIZ HERNANDEZ DE LAMAS

Autor: PAULA FRANKEL

Editor: FUNDACION ACINDAR

5146900 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CUATERNIDAD ANIMALIA Autor: ADRIAN NAVIGANTE

Editor: PARADISO EDICIONES DE ADRIANA YOEL

5146901 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: MUJERES MALTRATADAS EN LA ACTUALIDAD Autor: SILVINA COHEN IMACH

Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

Page 32: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 325146902 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: EL SECRETO DEL PASADO Autor: RUDY KOUSBROEK

Autor: MAARTEN ASSCHER

Traductor: DIEGO PULS

Editor: ADRIANA HIDALGO EDITORA SA

5146903 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: COMO NADAR ESTILO MARIPOSA Autor: MARIEL MANRIQUE

Editor: PARADISO EDICIONES DE ADRIANA YOEL

5146904 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TEATRO DE OPERACIONES Autor: MARIA PIA LOPEZ

Editor: PARADISO EDICIONES DE ADRIANA YOEL

5146905 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EL PSICODIAGNOSTICO DE NIÑOS Autor: AZUCENA BORELLE

Autor: SUSANA LAURA RUSSO

Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5146906 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: VENGANZA DE SANGRE Autor: WILBUR SMITH

Traductor: JULIO SIERRA

Editor: EMECE DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5146907 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LAS POETICAS DE JOYCE Autor: UMBERTO ECO

Traductor: HELENA LOZANO MIRRALLES

Editor: SUDAMERICANA DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA

5146908 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CIELO EN UN INFIERNO CABE Autor: CRISTINA LOPEZ BARRIO

Editor: PLAZA & JANES DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA

5146909 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PINCELADAS DE AZABACHE Autor: GABRIELA EXILART

Editor: PLAZA Y JANES DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA

5146910 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: GUILLERMO Y EL LABERINTO Autor: SILVIA BRAUN

Autor: ALEX DUKAL

Editor: EDICIONES URANO SA

5146911 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DE LOS ESPEJOS Y OTROS ENSAYOS Autor: UMBERTO ECO

Traductor: CARDENAS MOYANO

Editor: SUDAMERICANA DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA

5146912 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CEMENTERIO DE PRAGA Autor: UMBERTO ECO

Traductor: HELENA LOZANO MIRALLES

Editor: DEBOLSILLO DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA

5146913 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CIERRA LOS OJOS Y LANZATE. ESCUCHA EL SONIDO DE TU VERDAD Autor: OSHO

Traductor: ESPERANZA MORIONES ALONSO

Editor: SUDAMERICANA DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA

5146914 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL SUPERHOMBRE DE MASAS Autor: UMBERTO ECO

Traductor: TEOFILO DE LOZOYA

Editor: SUDAMERICANA DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA

5146942 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: MARUJA EDICIONES WEB Autor/Titular: FLORENCIA ANSALDO

5146975 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LUCERO Autor: MAIA MARANGHELLO

Editor: EDITORIAL SUR WINTER DE QUILES ROCIO MAGALI

5147002 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: STREAMING CAMARAS Autor/Titular: SERGIO WEINMANN

5147009 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: GUIA PARA DOCENTES DEL PROGRAMA LEER ES MAGICO Autor: ANA BENDA

Autor: GRACIELA BEATRIZ HERNANDEZ DE LAMAS

Autor: MARIA DE LOS ANGELES TESTA DE BUSTILLO

Editor: FUNDACION ACINDAR

5147010 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CARRETEL DE LECTURAS 1 Autor: ARIELA KREIMER

Autor: ROCIO ALEJANDRO

Autor: NATALIA SPADARO

Autor: MARIA JESUS ALVAREZ

Editor: FUNDACION EDELVIVES

5147011 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: DULCES COMPAÑIAS REPOSTERIA FACIL, RICA Y CASERA Autor: EVELYN SCHEIDL

Autor: KARINA CICOVIN

Autor: EUGENIA GUIÑAZU

Autor: DENISE LABRAGA

Editor: EDICIONES URANO SA

5147013 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LA RE - EVOLUCION DE LA COCINA Autor: PABLO MARTIN

Autor: MALALA FONTAN

Editor: EDICIONES URANO SA

5147014 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EL DISCRETO ENCANTO DE LA MADUREZ Autor: SERGIO SINAY

Editor: EDICIONES B ARGENTINA SA

5147015 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: OTOÑALES Autor: BEATRIZ PEREZ DEIDDA

Editor: EDICIONES AQL DE LUIS ALBERTO GARCIA

5147016 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL ULTIMO JESUITA Autor: PEDRO MIGUEL LAMET

Editor: EL ATENEO DE GRUPO ILHSA SA

5147017 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: DINOSAURIOS ANTES Y DESPUES Autor: ANONIMO

Autor: CARL MEHLING

Autor: MARCELA GARCIA HENRIQUEZ DE SURY

Traductor: MARCELA GARCIA HENRIQUEZ DE SURY

Editor: EL ATENEO DE GRUPO ILHSA SA

5147018 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: DINOSAURIOS CON ARMADURAS, CUERNOS, CRESTAS Y PUAS Autor: ANONIMO

Autor: CARL MEHLING

Autor: MARCELA GARCIA HENRIQUEZ DE SURY

Traductor: MARCELA GARCIA HENRIQUEZ DE SURY

Editor: EL ATENEO DE GRUPO ILHSA SA

5147028 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: DINOSAURIOS HERBIVOROS Y CARNIVOROS Autor: ANONIMO

Autor: CARL MEHLING

Autor: MARCELA GARCIA HENRIQUEZ DE SURY

Traductor: MARCELA GARCIA HENRIQUEZ DE SURY

Editor: EL ATENEO DE GRUPO ILHSA SA

5147047 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: SUI GENERIS Autor: EMILIO LOPEZ GABEIRAS

Titular: TEKGENESIS SA

5147057 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: RENOVADO Productor: DANIEL JAVIER AGOSTINI

5147058 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: 20-20 Productor: DANIEL JAVIER AGOSTINI

5147081 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: LICENCIADA ALEJANDRA LIBENSON SITIO OFICIAL Autor/Titular: MELANIE SOL RIZZO RUYBAL

Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor.

e. 17/01/2014 Nº 2395/14 v. 17/01/2014#F4515375F#

Page 33: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 33#I4515195I#

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCION REGIONAL NORTE

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS METROPOLITANAS

Disposición Nº 2/2014

Asunto: Modificación del Régimen de Reemplazos en Jurisdicción de la Agencia Nº 1 de la Dirección Regional Norte.

Bs. As., 9/1/2014

VISTO la Actuación SIGEA AFIP Nº 10790-142-2013 del 20/12/2013 del Registro de esta ADMI-NISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que por la actuación citada en el VISTO, la Jefatura de la Agencia Nº 1 de la Dirección Regio-nal Norte propone una modificación del Régimen de Reemplazos de la Jefatura de Agencia.

Que como consecuencia a lo requerido por Nota Nº 2408/2013 (AG.001) del 17/12/2013, cuen-ta con la conformidad de la Dirección Regional Norte.

Que de acuerdo con las atribuciones que le confieren la Disposición Nº 17/2013 (AFIP) del 7 de mayo de 2013, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL JEFE INTERINODE LA DIVISION GESTIONES Y DEVOLUCIONESA CARGO DE LA DIRECCION REGIONAL NORTEDE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVADE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSDISPONE:

ARTICULO 1° — Modificar la designación del Régimen de Reemplazos en caso de ausencia o impedimento de la Agencia Nº 1 de la Dirección Regional Norte, en el orden que en cada caso se indica:

UNIDAD DE ESTRUCTURAREEMPLAZANTE

(En orden que se indica)

AGENCIA Nº 1 * 1) SECCION RECAUDACION

* 2) SECCION COBRANZA JUDICIAL

* 3) SECCION VERIFICACIONES

* 4) AGENCIA Nº 41

(*) Con funciones de Juez Administrativo.

ARTICULO 2° — Déjese sin efecto la Disposición Nro. 58/2013 (DI RNOR) del 22/04/2013, res-pecto de la parte correspondiente a la Agencia Nº 1, y toda aquella disposición anterior que nom-brara reemplazos en la estructura de la Jefatura de la Agencia Nº 1 de la Dirección Regional Norte.

ARTICULO 3° — Regístrese, Comuníquese a la Dirección de Personal, notifíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial, publíquese y archívese. — Abog. NICOLAS A. DA CUNHA, A/C Dirección Regional Norte, Subdir. Gral. de Operaciones Impositivas Metropolitanas.

e. 17/01/2014 Nº 2215/14 v. 17/01/2014#F4515195F#

#I4514389I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE POSADAS

Código Aduanero - Ley 22.415 - Artículo 1112 inc. a).

Por ignorarse los domicilios se notifica a las personas que más abajo se mencionan, que en las actuaciones tramitadas por ante esta dependencia en las que se encuentran involucradas como imputados, han recaído Fallos de condena al pago de las multas referidas supra y/o al comiso —en caso de corresponder arts. 970-979-947-977-985-986-987 del C.A.— de las mercaderías oportu-namente secuestradas, por la comisión de la infracción mencionada para cada caso, intimándose al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) días bajo apercibimiento del proce-dimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado texto legal, registrándose el antecedente infraccional correspondiente. Asimismo se les hace saber que contra el referido Fallo podrán interponer Demanda Contenciosa y/o Recurso de Apelación ante la Justicia Federal y/o Tribunal Fiscal de la Nación respectivamente en el plazo mencionado (arts. 1132 y 1133 C.A.). — Firmado por Dr. FEDERICO SCHEWZOW, Firma Responsable, División Aduana de Posadas. Abog. FEDERICO M. SCHEWZOW, F/R, Supervisor, a/c Ad. Posadas.

e. 17/01/2014 Nº 1409/14 v. 17/01/2014#F4514389F#

#I4515336I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición Nº 347/2013

Asunto: Finalización y designación de Jefe Interino y Supervisor Interino en jurisdicción de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

Bs. As., 23/12/2013

VISTO la Actuación Nº 11030-26-2013 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE IN-GRESOS PUBLICOS, y

Page 34: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 34CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales pro-pone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefe y Supervisor Interino de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de la excepción de lo dispuesto en el Decreto Nº 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Que se cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTICULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continua-ción se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N° FUNCION ACTUAL FUNCION ASIGNADA

Cont. Púb. Sonia Silvina DRIMER 033037/70 Supervisor de Fiscalización -

EQUIPO COMP. EXT. G (DI FIGC)Jefe de División Int. - DIV.

INVESTIGACION 1 (DI FIGC)

Cont. Púb. María Eugenia Matilde LANZA 035090/80

Inspector de Fiscalización Ordinaria - DIV. FISCALIZACION

NRO. 2 (DI RCEN)

Supervisor Int. - EQUIPO COMP. EXT. G (DI FIGC)

ARTICULO 2° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuer-do con lo establecido en el artículo 2° del Decreto Nº 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — BEATRIZ SCARPADO, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.

e. 17/01/2014 Nº 2356/14 v. 17/01/2014#F4515336F#

#I4515281I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 31/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1585/2013 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.522, tiene como objeto la regulación de los servicios de comunicación au-diovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abara-tamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que la citada ley considera a la actividad realizada por los servicios de comunicación audio-visual como una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocul-tural de la población, a través de la cual se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.

Que mediante la Resolución Nº  256 de fecha 23 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, dicho organismo creó el PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO”.

Que el mencionado PLAN tiene como objetivo principal contribuir a la generación, soste-nimiento y mejora del empleo privado mediante la articulación de distintas políticas públicas ins-trumentadas por el “MINISTERIO” y otros órganos del Estado Nacional, Provincial y Municipal y con la participación de los sectores productivos involucrados.

Que ante la necesidad de desarrollar políticas y marcos institucionales que favorezcan la for-mación continua de trabajadoras y trabajadores, y que al mismo tiempo mejoren la competitividad de nuestra economía mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU-RIDAD SOCIAL Nº  434, de fecha 25 de abril de 2011, se ha creado el PLAN DE FORMACION CONTINUA con el objeto de estructurar, sistematizar e impulsar programas, proyectos y acciones dirigidos a mejorar las competencias, habilidades y calificaciones de trabajadoras y trabajadores de nuestro país.

Que en el mismo sentido, mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1471/2011, de fecha 1° de diciembre de 2011, se ha creado la LINEA DE CERTIFICACION SECTORIAL la cual tiene por objeto normalizar, formar, evaluar y certificar las competencias laborales de trabajadoras y trabajadores, de acuerdo a los requerimientos y deman-das de los distintos sectores de la actividad económica nacional.

Que en ese contexto, el presidente del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, Sr. Martín SABBATELLA y el titular del MINISTERIO DE TRA-BAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Sr. Ministro Dr. Carlos Alfonso TOMADA, han suscripto un Convenio de Cooperación Nº 193/12 en el marco del PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO”.

El Convenio mencionado tiene entre sus objetivos el de contribuir a la generación, soste-nimiento y mejora del empleo y de la formación profesional en materia de comunicación audio-visual mediante la articulación de distintas políticas públicas. Para ello, las partes han elaborado un plan de acción en materia de comunicación audiovisual y oportunidades laborales, a través de capacitaciones y difusión de contenidos de calidad en medios audiovisuales.

Que mediante la CLAUSULA DECIMASEGUNDA de dicho Convenio el MINISTERIO DE TRA-BAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL faculta a la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a dictar las normas y suscribir los instrumentos adicionales al Convenio de Cooperación Nº 193/12, que sean necesarios para promover la imple-mentación de los objetivos propuestos.

Que en consecuencia y para la ejecución de acciones en el marco de la LINEA DE CERTIFI-CACION SECTORIAL del PLAN DE FORMACION CONTINUA, la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la FUNDACION DE LA FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICACION SOCIAL PARA LA DEFENSA DE LA EDUCACION PUBLICA y la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL en fecha 17 de septiembre de 2013 han suscripto un PROTOCOLO ADICIONAL Nº 2/13 AL CONVENIO Nº 193/12 PARA LA EJECUCION DEL PLAN DE PROMOCION Y CALIFICACION DEL EMPLEO PARA EL SECTOR COMUNICACION AUDIOVISUAL, EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PRO-MOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO”.

Que a través de este PROTOCOLO las partes coinciden en el carácter estratégico de la edu-cación y de la formación profesional y en utilizar la vía del diálogo social para establecer crite-rios, acordar políticas y disponer de los recursos económicos y técnicos necesarios para el cum-plimiento de los objetivos en el marco de la LINEA DE CERTIFICACION SECTORIAL del PLAN DE FORMACION CONTINUA, impulsando cursos de capacitación profesional.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIO-VISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inciso 30) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el CONVENIO Nº 193/12 DE COOPERACION suscripto entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la AUTORIDAD FEDERAL DE SER-VICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PRO-MOCION DEL EMPLEO que como Anexo l integra la presente.

ARTICULO 2° — Apruébase el PROTOCOLO ADICIONAL Nº 2/13 AL CONVENIO Nº 193/12 PARA LA EJECUCION DEL PLAN DE PROMOCION Y CALIFICACION DEL EMPLEO PARA EL SECTOR CO-MUNICACION AUDIOVISUAL, EN EL MARCO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO “MAS Y MEJOR TRABAJO” suscripto entre la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la FUNDACION DE LA FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICACION SOCIAL PARA LA DEFENSA DE LA EDUCACION PUBLICA y la AUTORIDAD FE-DERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL que como Anexo II integra la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 17/01/2014 Nº 2301/14 v. 17/01/2014#F4515281F#

#I4515254I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 33/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2317/11 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución Nº 539-AFSCA/12, de fecha 17 de Julio de 2012, se autorizó al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de SAN JUAN, a la instalación, fun-cionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522, para ser prestado en el ámbito de la ESCUELA “9 DE JULIO”, ubicada en la ciudad de SAN JUAN, provincia homónima.

Que, posteriormente y en razón de lo dispuesto por el artículo 88 de la Reglamentación de la Ley Nº 26.522, vinculado a la adaptación progresiva de los planes técnicos vigentes al tiempo de su dictado, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 208, frecuencia 89.5 MHz, con categoría “F” y señal distintiva LRT355, para la ciudad de SAN JUAN, provincia homónima.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a la modificación de los parámetros técnicos originariamente asignados al servicio de que se trata, conforme lo informado por el organismo téc-nico competente, en ejercicio de las facultades acordadas por el artículo 90 de la Ley Nº 26.522, a los efectos de variar los parámetros técnicos de las emisoras de radiodifusión.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 90 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Modifícanse los parámetros técnicos asignados al MINISTERIO DE EDUCA-CION, de la provincia de SAN JUAN, mediante Resolución Nº 539-AFSCA/12, para el servicio de

Page 35: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 35radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, que opera en el ámbito de la ESCUELA “9 DE JULIO”, ubicada en la ciudad de SAN JUAN, provincia homónima.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio mencionado en el artículo 1° de la presente, el canal 208, frecuencia 89.5 MHz, con categoría “F” y señal distintiva LRT355, para la ciudad de SAN JUAN, provincia homónima.

ARTICULO 3° — Otórgase a la DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS de la provincia de SAN JUAN, un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de la notificación de la presente, para que el autorizado opere el servicio de que se trata, en los parámetros consignados en el artículo 2° del presente acto administrativo.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2274/14 v. 17/01/2014#F4515254F#

#I4515255I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 35/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2251/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por mo-dulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “... La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA DE EDUCACION SE-CUNDARIA Nº 6, de la localidad de CHASCOMUS, partido de CHASCOMUS, provincia de BUE-NOS AIRES.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 202, frecuencia 88.3 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRS827, para la localidad de CHASCOMUS, provincia de BUENOS AIRES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIODE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA DE EDUCACION SECUNDARIA Nº 6, de la localidad de CHASCOMUS, partido de CHASCOMUS, provincia de BUE-NOS AIRES.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 202, frecuencia 88.3 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRS827, para la localidad de CHASCOMUS, provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 3° — Exceptúase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2275/14 v. 17/01/2014#F4515255F#

#I4515258I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 36/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2566/11 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS, de la provincia de MENDOZA, tendiente a obtener autorización para la instalación,

funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuen-cia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “... La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA Nº 4-087 “Manuel Ignacio Molina”, de la localidad de SAN RAFAEL, provincia de MENDOZA.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 286, frecuencia 105.1 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRN442, para la localidad de SAN RAFAEL, provincia de MENDOZA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIODE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS, de la provincia de MENDOZA, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito a la ESCUELA Nº 4-087 “Manuel Ignacio Molina”, de la localidad de SAN RAFAEL, provincia de MENDOZA.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 286, frecuencia 105.1 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRN442, para la localidad de SAN RAFAEL, provincia de MENDOZA.

ARTICULO 3° — Exceptúase a la DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS, de la provincia de MENDOZA, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2278/14 v. 17/01/2014#F4515258F#

#I4515260I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 37/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1617/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la COMUNIDAD ORIGI-NARIA CERRO PINTAO, perteneciente al Pueblo Diaguita, radicada en la localidad de LAS MOJA-RRAS, departamento de SANTA MARIA, provincia de CATAMARCA, tendiente a obtener autoriza-ción para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad y provincia mencionadas.

Que la Ley Nº 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual, establece como primor-dial objetivo la promoción y garantía del libre ejercicio del derecho de toda persona a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura, en el marco del respeto al Estado de Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados o que sean incorporados en el futuro a la Constitución Nacional, y que es su espíritu administrar el espectro radioeléctrico en base a criterios democráticos y republicanos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en su acceso por medio de las asignaciones respectivas.

Que su Artículo 3° inciso ñ) establece como objetivo la preservación y promoción de la identi-dad y los valores culturales de los Pueblos Originarios.

Que el Artículo 151 de la citada ley dispone que los Pueblos Originarios podrán ser autoriza-dos para la instalación y funcionamiento de servicios de comunicación audiovisual.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 207, frecuencia 89.3 MHz, con categoría “F”, con la señal distintiva LRQ714, para la localidad de LAS MO-JARRAS, provincia de CATAMARCA, de acuerdo a lo establecido en la reglamentación técnica vigente.

Que la comunidad solicitante cumple con la presentación de la Propuesta Comunicacional acorde a los objetivos de la Ley Nº 26.522, donde se contemplan, entre otras especificaciones de carácter técnico, el plan de programación y su forma de financiamiento.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS certifica que la COMUNIDAD ORI-GINARIA CERRO PINTAO, perteneciente al Pueblo Diaguita, radicada en la localidad de LAS MO-JARRAS, departamento de SANTA MARIA, provincia de CATAMARCA, posee personería jurídica, inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas mediante Resolución INAI Nº 384, de fecha 11 de Agosto de 2010.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Page 36: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 36Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-

DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 151 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la COMUNIDAD ORIGINARIA CERRO PINTAO, perteneciente al Pueblo Diaguita, radicada en la localidad de LAS MOJARRAS, departamento de SANTA MARIA, provincia de CATAMARCA, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de ra-diodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad y provincia mencionadas.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 207, frecuencia 89.3 MHz, con categoría “F”, con la señal distintiva LRQ714, para la localidad de LAS MOJARRAS, provincia de CATAMARCA.

ARTICULO 3° — Exceptúase a la COMUNIDAD ORIGINARIA CERRO PINTAO, perteneciente al Pueblo Diaguita, radicada en la localidad de LAS MOJARRAS, departamento de SANTA MA-RIA, provincia de CATAMARCA, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y al INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, notifíquese a la COMUNIDAD ORIGINARIA CERRO PINTAO, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2280/14 v. 17/01/2014#F4515260F#

#I4515261I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 38/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1720/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE EDUCA-CION, de la provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “... La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin el COLEGIO PROVINCIAL Nº 1 “Los Andes”, de la localidad de USHUAIA, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 287, frecuencia 105.3 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRF785, para la loca-lidad de USHUAIA, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIODE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, a la instalación, funcionamiento y explo-tación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito del COLEGIO PROVINCIAL Nº 1 “Los Andes”, de la localidad de USHUAIA, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 287, frecuencia 105.3 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRF785, para la localidad de USHUAIA, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

ARTICULO 3° — Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2281/14 v. 17/01/2014#F4515261F#

#I4515262I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 39/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1616/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la COMUNIDAD INDIGE-NA TERRITORIAL COMECHINGON SANAVIRON TULIAN DEL TAY PICHIN, perteneciente al Pue-blo Comechingón Sanavirón, radicada en la localidad de SAN MARCOS SIERRA, departamento de CRUZ DEL EJE, provincia de CORDOBA, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuen-cia, en la localidad y provincia mencionadas.

Que la Ley Nº 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual, establece como primor-dial objetivo la promoción y garantía del libre ejercicio del derecho de toda persona a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura, en el marco del respeto al Estado de Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados o que sean incorporados en el futuro a la Constitución Nacional, y que es su espíritu administrar el espectro radioeléctrico en base a criterios democráticos y republicanos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en su acceso por medio de las asignaciones respectivas.

Que su Artículo 3° inciso ñ) establece como objetivo la preservación y promoción de la identi-dad y los valores culturales de los Pueblos Originarios.

Que el Artículo 151 de la citada ley dispone que los Pueblos Originarios podrán ser autoriza-dos para la instalación y funcionamiento de servicios de comunicación audiovisual.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 208, frecuencia 89.5 MHz, con categoría “F”, con la señal distintiva LRT430, para la localidad de SAN MAR-COS SIERRA, provincia de CORDOBA, de acuerdo a lo establecido en la reglamentación técnica vigente.

Que la comunidad solicitante cumple con la presentación de la Propuesta Comunicacional acorde a los objetivos de la Ley Nº 26.522, donde se contemplan, entre otras especificaciones de carácter técnico, el plan de programación y su forma de financiamiento.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS certifica que la COMUNIDAD INDI-GENA TERRITORIAL COMECHINGON SANAVIRON TULIAN DEL TAY PICHIN, perteneciente al Pue-blo Comechingón Sanavirón, radicada en la localidad de SAN MARCOS SIERRA, departamento de CRUZ DEL EJE, provincia de CORDOBA, posee personería jurídica, inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas mediante Resolución INAI Nº 064, de fecha 11 de Marzo de 2010.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 151 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la COMUNIDAD INDIGENA TERRITORIAL COMECHINGON SA-NAVIRON TULIAN DEL TAY PICHIN, perteneciente al Pueblo Comechingón Sanavirón, radicada en la localidad de SAN MARCOS SIERRA, departamento de CRUZ DEL EJE, provincia de CORDOBA, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modu-lación de frecuencia, en la localidad y provincia mencionadas.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 208, frecuencia 89.5 MHz, con categoría “F”, con la señal distintiva LRT430, para la localidad de SAN MARCOS SIERRA, provincia de CORDOBA.

ARTICULO 3° — Exceptúase a la COMUNIDAD INDIGENA TERRITORIAL COMECHINGON SANAVIRON TULIAN DEL TAY PICHIN, perteneciente al Pueblo Comechingón Sanavirón, radicada en la localidad de SAN MARCOS SIERRA, departamento de CRUZ DEL EJE, provincia de COR-DOBA, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y al INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, notifíquese a la COMUNIDAD INDIGENA TERRITORIAL COMECHINGON SANAVIRON TULIAN DEL TAY PICHIN, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audio-visual.

e. 17/01/2014 Nº 2282/14 v. 17/01/2014#F4515262F#

#I4515263I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 40/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2083/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE EDU-CACION, de la provincia de CORDOBA, tendiente a obtener autorización para la instalación, fun-

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 37cionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuen-cia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “... La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin al INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCA-CION MEDIA Nº 242 “Fuerte Los Morteros”, de la localidad de MORTEROS, provincia de CORDOBA.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 204, frecuencia 88.7 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRT432, para la localidad de MORTEROS, provincia de CORDOBA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIODE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de CORDOBA, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modu-lación de frecuencia, en el ámbito del INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCACION MEDIA Nº 242 “Fuerte Los Morteros”, de la localidad de MORTEROS, provincia de CORDOBA.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 204, frecuencia 88.7 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRT432, para la localidad de MORTEROS, provincia de CORDOBA.

ARTICULO 3° — Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de CORDOBA, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la presta-ción del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2283/14 v. 17/01/2014#F4515263F#

#I4515264I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 41/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2048/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el MINISTERIO DE EDU-CACION, de la provincia de TUCUMAN, tendiente a obtener autorización para la instalación, fun-cionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuen-cia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “…La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA MEDIA DE CHUSCHA, de la localidad de CHUSCHA, departamento de TRANCAS, provincia de TUCUMAN.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 213, frecuencia 90.5 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRQ715, para la localidad de CHUSCHA, provincia de TUCUMAN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de TUCUMAN, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modula-

ción de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA MEDIA DE CHUSCHA, de la localidad de CHUS-CHA, departamento de TRANCAS, provincia de TUCUMAN.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 213, frecuencia 90.5 MHz, con categoría “F”, y señal distintiva LRQ715, para la localidad de CHUSCHA, provincia de TUCUMAN.

ARTICULO 3° — Exceptúase al MINISTERIO DE EDUCACION, de la provincia de TUCUMAN, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la presta-ción del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2284/14 v. 17/01/2014#F4515264F#

#I4515266I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 42/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2260/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por mo-dulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “... La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA DE EDUCACION SE-CUNDARIA Nº 56, de la localidad de RAFAEL CASTILLO, partido de LA MATANZA, provincia de BUENOS AIRES.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 218, frecuencia 91.5 MHz, con categoría “G”, y señal distintiva LRL738, para la localidad de RAFAEL CASTILLO, provincia de BUENOS AIRES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA DE EDUCACION SECUNDARIA Nº 56, de la localidad de RAFAEL CASTILLO, partido de LA MATANZA, provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 218, frecuencia 91.5 MHz, con categoría “G”, y señal distintiva LRL738, para la localidad de RAFAEL CASTILLO, pro-vincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 3° — Exceptúase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2286/14 v. 17/01/2014#F4515266F#

#I4515296I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 43/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2245/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, tendiente a obtener autorización

Page 38: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 38para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por mo-dulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME Nº 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley Nº 26.522 establece que “... La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quien seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA DE EDUCACION SECUN-DARIA BASICA Nº 11, de la localidad de GARIN, partido de ESCOBAR, provincia de BUENOS AIRES.

Que, por su parte, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 210, frecuencia 89.9 MHz, con una PRE de 0,1 kW y una HMA de 60 metros, y señal distintiva LRL739, para la localidad de GARIN, provincia de BUENOS AIRES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los ar-tículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la pro-vincia de BUENOS AIRES, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodi-fusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA DE EDUCACION SECUN-DARIA BASICA Nº 11, de la localidad de GARIN, partido de ESCOBAR, provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 210, frecuencia 89.9 MHz, con una PRE de 0,1 kW y una HMA de 60 metros, y señal distintiva LRL739, para la localidad de GARIN, provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 3° — Exceptúase a la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, de la provincia de BUENOS AIRES, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley Nº 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2316/14 v. 17/01/2014#F4515296F#

#I4515297I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 44/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 2402/96 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el OBISPADO DE LA SANTI-SIMA CONCEPCION, tendiente a obtener autorización para instalar y operar una estación de radiodifu-sión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de CONCEPCION, provincia de TUCUMAN.

Que el artículo 21 de la Ley Nº 26.522 define a los prestadores de gestión estatal de los ser-vicios de comunicación audiovisual, correspondiendo tal carácter, en el caso, a las personas de derecho público estatal y no estatal (cfr. inciso a) de la citada norma).

Que, por su parte, el artículo 37 de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1225/10, establecen la modalidad y condiciones para la procedencia de las autoriza-ciones a las personas de existencia ideal de derecho público estatal, Universidades Nacionales, Pueblos Originarios e Iglesia Católica, las cuales han sido cumplimentadas.

Que se ha verificado que resulta factible asignar parámetros técnicos para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, cuya autorización se peticiona, en la localidad de CONCEPCION.

Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artícu-lo 12, inciso 8) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase al OBISPADO DE LA SANTISIMA CONCEPCION, a instalar y ope-rar una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de CON-CEPCION, provincia de TUCUMAN.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo que antecede, el canal 224 (fre-cuencia 92.7 MHz.), con categoría E.

ARTICULO 3° — Establécese que, previo al inicio de las emisiones del servicio a que refiere el artículo 2° de la presente, el autorizado deberá presentar la documentación técnica definitiva, en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a contar de la notificación de la presente, para la habilitación del servicio.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2317/14 v. 17/01/2014#F4515297F#

#I4515298I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 45/2014

Bs. As., 8/1/2014

VISTO el Expediente Nº 518/02 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por la COMUNA DE LLAMBI CAMPBELL, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de LLAMBI CAMPBELL, provincia de SANTA FE.

Que el artículo 21 de la Ley Nº 26.522 define a los prestadores de gestión estatal de los ser-vicios de comunicación audiovisual, correspondiendo tal carácter, en el caso, a las personas de derecho público estatal (cfr. inciso a) de la citada norma).

Que, por su parte, el artículo 37 de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 1225/10, establecen la modalidad y condiciones para la procedencia de las autoriza-ciones a las personas de existencia ideal de derecho público, las cuales han sido cumplimentadas.

Que se ha verificado que resulta factible asignar parámetros técnicos para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, cuya autorización se peticiona, en la localidad de LLAMBI CAMPBELL.

Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artícu-lo 12, inciso 8) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la COMUNA DE LLAMBI CAMPBELL a la instalación, fun-cionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de LLAMBI CAMPBEL, provincia de SANTA FE.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo que antecede, el canal 200 (fre-cuencia 87.9 MHz.), con una potencia radiada efectiva (PRE) que no deberá superar los CIEN (100) vatios, y la altura media de antena (HMA), como máximo, de SESENTA (60) metros.

ARTICULO 3° — Establécese que, previo al inicio de las emisiones del servicio a que refiere el artículo 2° de la presente, el autorizado deberá presentar la documentación técnica definitiva, en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a contar de la notificación de la presente, para la habilitación del servicio.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2318/14 v. 17/01/2014#F4515298F#

#I4515299I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 57/2014

Bs. As., 9/1/2014

VISTO el Expediente Nº 3194/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución Nº  1860-AFSCA/11, modificada por su similar Nº 2271-AFSCA/11, se asignó a los Municipios de la provincia de SAN JUAN, los parámetros téc-nicos para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 89 inciso c) de la Ley Nº 26.522.

Que en el expediente del Visto tramita la solicitud de autorización a la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA.

Que el municipio que nos ocupa, presentó la propuesta comunicacional, la cual ha sido apro-bada, como así también, se señala que acompañó el proyecto de sustentabilidad e infraestructura, el cual es de aceptación.

Que previo al inicio de emisiones regulares el autorizado deberá presentar la documentación técnica definitiva, a fin de obtener la habilitación del servicio conforme lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley Nº 26.522.

Page 39: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 39Que, consecuentemente, deviene procedente dictar el acto por el cual se autorice a la MU-

NICIAPALIDAD DE RIVADAVIA a la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme el artículo 22 de la Ley Nº 26.522.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que consecuentemente, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATO-RIOS ha emitido el dictamen pertinente.

Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 inciso 8) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, a la instalación, fun-cionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el canal 290, frecuencia 105.9 MHz, con una potencia radiada efectiva (PRE) de 0,1 kilovatios y una altura media de antena (HMA) de 60 metros, para la ciudad de RIVADAVIA, provincia de SAN JUAN.

ARTICULO 2° — Establécese que, previo al inicio de las emisiones del servicio a que refiere el artículo 1° de la presente, el Municipio deberá presentar el anteproyecto técnico de la estación, de conformidad con la Resolución Nº 142-SC/96, en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a contar de la publicación del presente acto.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fe-deral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 17/01/2014 Nº 2319/14 v. 17/01/2014#F4515299F#

#I4515279I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 58/2014

Bs. As., 9/1/2014

VISTO, el Expediente Nº 1158/12 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y,

CONSIDERANDO:

Que la FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICACION SOCIAL de la UNIVERSIDAD NACIO-NAL DE LA PLATA, de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, solicitó celebrar con esta AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, un Convenio de En-señanza en calidad de adscripto al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA (ISER), a los fines de impartir la carrera de LOCUTOR NACIONAL de acuerdo a la normativa vigente.

Que el artículo 12, inciso 21) de la Ley Nº 26.522, establece que la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL tendrá, entre otras, la función de “Registrar y ha-bilitar al personal técnico y de locución que se desempeñe en los servicios de radiodifusión y de comunicación audiovisual cuando fuere pertinente, así como proveer a su formación y capacitación”.

Que el artículo 154 de la reglamentación de la precitada Ley Nº 26.522, aprobada por el Decre-to Nº 1225 del 31 de agosto de 2010, dispone que: “...El INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA (ISER) podrá reconocer como entidades adscriptas a aquellos establecimientos educativos que lo soliciten e impartan una capacitación equivalente y en relación con sus progra-mas, carga horaria, nivel académico y selección de docentes”.

Que la Resolución Nº 0789-COMFER/02, con el objeto de asegurar la igualdad de oportunida-des, amplió la posibilidad de adscripción al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA a Institutos Educativos Terciarios o Universidades de todo el territorio nacional sin excepción alguna.

Que la Dirección de Enseñanza consideró que la FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICA-CION SOCIAL de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA reúne las condiciones académicas necesarias para implementar el plan de estudio de la carrera de Locutor Nacional.

Que en ese sentido, en fecha 16 de octubre de 2013 se suscribió un Convenio de Enseñanza entre la FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICACION SOCIAL de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA y esta AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIO-VISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inci-sos 21) y 30) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Convenio de Adscripción entre la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y la FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICA-CION SOCIAL de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA, de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, suscripto entre las partes y que como Anexo integra la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Entre la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, en adelante AFSCA, representado en este acto por el Presidente de su Directorio, Martín SABBATELLA, por una parte y por la otra parte la FACULTAD DE PERIODISMO Y COMUNICACION SOCIAL de la UNIVERSIDAD NA-CIONAL DE LA PLATA, de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, en adelante EL ADSCRIPTO, representado por la Dra. Florencia SAINTOUT, en su carácter de Decana, se conviene en celebrar el presente CONVENIO DE ENSEÑANZA, conforme a lo previsto en las Resoluciones Nº 0789/COMFER/02 (BASES PARA LA ADSCRIPCION) y Nº 709/COMFER/03, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El ADSCRIPTO impartirá un Trayecto Curricular de Formación en Locución, equi-valente al tercer año de la carrera Locutor Nacional, destinado a los graduados de la Licenciatura en Comunicación Social, respetando la totalidad de las asignaturas troncales, complementarias y los contenidos del Plan de Estudio vigente de la carrera del ISER, de acuerdo a lo expresado en el Anexo del presente. En tal sentido se aclara que aquellas asignaturas complementarias de tercer año, que el ADSCRIPTO considere conveniente, podrán ser homologadas. Asimismo, todo cambio parcial o sustitución total, del mencionado Plan de Estudio, que en el futuro se apruebe, deberá ser implementado como obligación ineludible del ADSCRIPTO, para el dictado de las materias.

SEGUNDA: El ADSCRIPTO designa como responsable académico del Programa de Locutor Nacional a Lic. Gabriela Viviana Santero DNI 22.871.571. En caso de ser reemplazado por otro profesional, el ADSCRIPTO lo comunicará al ISER en debida forma.

TERCERA: El ISER podrá supervisar el desarrollo pedagógico de las asignaturas del Plan de Estudio, a través de los procedimientos y evaluaciones periódicas que a su criterio sean necesa-rias, sin perjuicio de otras supervisiones que el ADSCRIPTO solicite. Asimismo, el ISER verificará los antecedentes curriculares de los profesores propuestos para las materias a dictar.

CUARTA: El número de vacantes será determinado por el ADSCRIPTO, basándose en la esti-mación de la demanda en la zona de influencia, proyección de la matrícula, de las disponibilidades edilicias, de recursos humanos, materiales, infraestructura y equipamiento técnico, que aporte como fundamentos el ADSCRIPTO.

QUINTA: Al concluir la carrera, los alumnos deberán someterse al Examen Final para obtener la habilitación de LOCUTOR NACIONAL otorgada por la AFSCA, que será rendido ante un Tribunal Exa-minador, constituido a tal efecto, y que deberá ser integrado de la siguiente forma: UN (1) Profesor del ISER de las asignaturas troncales, UN (1) Profesor del ISER de la asignatura Foniatría y UN (1) Profesor del ADSCRIPTO, de las asignaturas troncales. A tales fines, el ADSCRIPTO elevará al ISER la corres-pondiente solicitud de examen de habilitación de los egresados, acompañando los datos personales, fotocopias legalizadas de los certificados de estudios secundarios completos y certificado analítico de las asignaturas cursadas y aprobadas para la diplomatura de LOCUTOR NACIONAL, firmado por la autoridad del ADSCRIPTO y el responsable del programa, con el fin de acreditar que ha cumplido con el Plan de Estudios. El ISER, previa comprobación de haberse satisfecho todos los requisitos exigidos, autorizará el examen solicitado, procediendo a la convocatoria del Tribunal Examinador.

SEXTA: El Tribunal Examinador se constituirá, a solicitud expresa y fehaciente del ADSCRIP-TO, en la sede del mismo. El Tribunal Examinador será presidido por un Profesor del ISER. Si bien los resultados serán inapelables.

SEPTIMA: La habilitación profesional de los egresados que hayan aprobado el Plan de Estu-dios vigente y el Examen Final de Habilitación, será extendida por la AFSCA, una vez cumplimen-tados todos los requisitos administrativos vigentes.

OCTAVA: Los gastos de traslado, alojamiento, desayuno, almuerzo y cena en establecimientos de nivel adecuado, y gastos de compensación por comisión de los representantes del ISER, en los exámenes de ingreso y habilitación y en la supervisión pedagógica, así como todo otro gasto derivado del cumplimiento del presente Convenio, serán soportados en forma conjunta.

NOVENA: Se acuerda la disolución automática del presente convenio en caso que el ADS-CRIPTO no abra la carrera por DOS años consecutivos.

DECIMA: El presente Convenio podrá ser resuelto por el ADSCRIPTO, mediante notificación fehaciente al ISER. Por otra parte el convenio podrá ser resuelto por el ISER en caso de incum-plimiento de cualquiera de las cláusulas del presente convenio. En ambos casos el ISER dispondrá que los alumnos que se encuentren cursando la carrera finalicen la misma y rindan el examen de habilitación correspondiente, y adoptará las medidas necesarias, quedando a cargo del ADSCRIP-TO los gastos que ello demande.

DECIMOPRIMERA: Para todos los efectos del presente Convenio, las partes fijan domicilio: El ISER, en la sede de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, Suipacha 765 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el ADSCRIPTO en Diagonal 113 y 63 Nº 291 de la ciudad de La Plata, provincia Buenos Aires.

DECIMOSEGUNDA: Para cualquier divergencia que se suscitare en el cumplimiento del pre-sente convenio que debiera ser dirimida por tribunales judiciales, las partes aceptan desde ya someterse a la jurisdicción de la Justicia Federal de la Capital Federal. Conforme las partes y pre-via lectura y ratificación se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de octubre de 2013.

e. 17/01/2014 Nº 2299/14 v. 17/01/2014#F4515279F#

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 40#I4515212I#

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 1111/2013

Bs. As., 16/12/2013

VISTO el Expediente N° S01:0158523/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita el retiro de la autorización otorgada a la firma SILVER SKY LINEAS AEREAS SOCIEDAD ANONIMA, mediante la Resolución N° 559 de fecha 3 de septiembre de 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANI-FICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la autorización conferida a la Empresa SILVER SKY LINEAS AEREAS SOCIEDAD ANO-NIMA comprende la explotación de servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, con equipos de gran porte.

Que a los efectos de dar cumplimento al recaudo previsto en el Artículo 137 del Código Ae-ronáutico, el día 1° de octubre de 2010 se comunicó a la citada Empresa la iniciación del trámite de retiro de la autorización oportunamente otorgada, debido a la falta de presentación de los balances generales exigibles, lo que no permite evaluar la capacidad económico - financiera de la Empresa, conforme a lo establecido en el Artículo 135, inciso 8° del Código Aeronáutico.

Que de acuerdo con lo establecido en el Capítulo ll del Anexo I del Decreto N° 326 de fecha 10 de febrero de 1982, se otorgó a la citada Empresa el plazo de VEINTE (20) días para presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estimara pertinentes. Transcurrido el plazo legal sin que la prestataria haya deducido presentación alguna, corresponde proceder a resolver las presentes actuaciones conforme a las constancias reunidas en las presentes actuaciones y legislación vi-gente en la materia.

Que mediante Informe de la Dirección de Estudios de Mercado y Estadísticas dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la Administración Nacional de Aviación Civil (D.E.M.E.) N° 45 de fecha 4 de mayo de 2010, dicha Dirección emitió un Informe que dio ori-gen al presente procedimiento sumarial, remitiendo las actuaciones a la Dirección de Infracciones Aeronáuticas dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMI-NISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL a fin de iniciar el trámite de retiro de la autorización oportunamente conferida a la Empresa SILVER SKY LINEAS AEREAS SOCIEDAD ANONIMA, al no contar ésta con los estados contables y por ende no poder asegurar que cuente con la capacidad económico - financiera para realizar los servicios autorizados, siendo uno de los requisitos previos para poder realizarlos.

Que la circunstancia expuesta constituye causal suficiente para proceder al retiro de la autori-zación otorgada mediante la Resolución N° 559 de fecha 3 de septiembre 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SER-VICIOS, conforme a lo establecido en el Artículo 135 inciso 8 del Código Aeronáutico.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE AVIACION CIVILRESUELVE:

ARTICULO 1° — Retírase a la Empresa SILVER SKY LINEAS AEREAS SOCIEDAD ANONIMA, la autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando equipos de gran porte, oportunamente otorgada median-te Resolución N° 559 de fecha 3 de septiembre 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por la causal prevista en el Artículo 135, inciso 8° del Código Aeronáutico.

ARTICULO 2° — Notifíquese a la transportadora aérea que la presente resolución agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma los recursos de reconsideración o de alzada, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 84 y 94 del Decreto N° 1.759/72 (t.o. 1991) Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.

e. 17/01/2014 N° 2232/14 v. 17/01/2014#F4515212F#

#I4515301I#MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

Disposición Nº 308/2014

Bs. As., 14/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1-0047-010589-13-6 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que por las referidas actuaciones la firma MALLINCKRODT MEDICAL ARGENTINA LTD ha denunciado el robo de doscientas setenta (270) unidades del producto “EQUIPO DE AGUJA PROXIMAL KANGAROO EPUMP PARA CONTENCION DE FLUJO” lote 122710037X, de un total de seiscientos sesenta (660), vencimiento 01/10/2016, que fueran aprobados por esta Administración bajo PM-597-131.

Que la firma recurrente adjunta copia de la denuncia realizada ante la Dirección Departamen-tal de Investigaciones en Función Judicial de Lomas de Zamora, por la cual informa el robo sufrido de las unidades del producto antes mencionado.

Que asimismo la firma aporta la documentación por la cual se autorizó la importación de di-chos productos.

Que con posterioridad la recurrente amplió la información anteriormente aportada indicando que las unidades comercializadas fueron recuperadas del mercado en su totalidad y retiradas de la venta.

Que intervino la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud indicando que puesto que se trataría de unidades que fueron desviadas de las cadenas de abastecimiento legal y de las cuales se desconocerían las condiciones de almacenamiento y manipulación, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los mismos, sugiere prohibir el uso y la comercialización en todo el territorio nacional del producto “EQUIPO DE AGUJA PROXIMAL KANGAROO EPUMP PARA CONTENCION DE FLUJO” lote 122710037X, vencimiento 01/10/2016.

Que desde el punto de vista de la competencia, lo actuado por la referida Dirección se enmar-ca dentro de lo autorizado por el artículo 8°, inc. ñ) del Decreto Nº 1490/92.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490/92 y 1271/13.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICADISPONE:

ARTICULO 1º — Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del pro-ducto médico rotulado como: “EQUIPO DE AGUJA PROXIMAL KANGAROO EPUMP PARA CON-TENCION DE FLUJO” lote 122710037X, vencimiento 01/10/2016, que fueran aprobados por esta Administración bajo PM-597-131, por los argumentos expuestos en el considerando de la presente Disposición.

ARTICULO 2º — Regístrese; dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publica-ción. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a las del Gobierno de la Ciudad Autó-noma de Buenos Aires, y a las cámaras y entidades profesionales correspondientes; comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y a la Dirección Nacional de Productos Médicos; Cumplido, archívese PERMANENTE. — Dr. CARLOS CHIALE, Administrador Nacional, A.N.M.A.T.

e. 17/01/2014 N° 2321/14 v. 17/01/2014#F4515301F#

#I4515307I#MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

Disposición Nº 309/2014

Bs. As., 14/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-979-12-6 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que Vienen las presentes actuaciones en las cuales la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud a fs. 1/6 informa que se constituyó en la sede del INAME a fin de dar cumplimiento a lo solicitado mediante el oficio librado por la Policía Federal Argentina en el marco del Sumario Nº 806/12, 809/12 y 811/12 caratulado “Infracción al Artículo 201 del Código Penal - venta ilegal de medicamentos”, realizando un peritaje sobre los productos rotulados como: “GRASA DE CARPIN-CHO para pulmonía, afonía, asma, bronquitis - Ind. Argentina. El Cata”; “GRASA DE MULA, Reu-ma, ciática, lumbago, artritis, artrosis, calambres, dolores musculares, dolores de cuello, calma el dolor. Ind. Argentina”; “POMADA DE UÑA DE GATO, antiinflamatorio. Desinflamante de uso exter-no para casos de reumatismo, artrosis, nervio ciático, dolor de columna, várices, psoriasis, tomar uña de gato en té. Aut. Sanitaria 1175. Prod. Peruano; “MENTHOLATUM, Ungüento de uso externo, vía tópica, alivia síntomas de resfrío, congestión nasal, quemaduras leves, picaduras de insectos. Fabricado por Medifarma S.A. - Lima Perú”; “REUMALGAM, Ungüento analgésico para uso en dolores musculares y reumáticos - Laboratorios Gamboa Ltda. Bolivia”; “IREUMASAN, Frotación Reumasan - ungüento extrafuerte - Reumatismo, calambres, refriados, tortícolis, golpes”; “MIELI-PLUS M.R, con menta, eucaliptus, limón, aceite de carpincho, más vitamina C. Asma, tos, falta de aire, broncodilatadores para fumadores. Compuesto natural - Ind. Paraguaya”; “CARTILAGO DE TIBURON, Laboratorio Industria Amazona S.A.C. - Prod. Peruano. Previene la formación de nue-vos vasos sanguíneos o angiogenesis, causante de muchas enfermedades degenerativas e infla-matorias, anticancerígeno, artritis, artrosis, reumatismo, diabetes, psoriasis, rejuvenecedor y di-gestivo”; “MACA FORCE, Suplemento nutritivo 100% puro. Laboratorios Natura Sana E.I.R.I. Su-plemento nutritivo. Lepidium Peruvianum - viagra peruana. RUC 20522158977. Propiedades Nutri-cionales: fortalece al sistema sanguíneo aumenta las defensas en el organismo y actúa contra la desnutrición. Fortalece a los huesos previniendo la osteoporosis. Fortalece al sistema nervioso y actúa contra las enfermedades del stress. Fortalece al sistema reproductor masculino y femenino”; “YACÓN, Agro Industrias Amazonas S.A.C. - laboratorios Provenza Life S.A. - Prod. Peruano. Combate la diabetes mejorando la visibilidad de la persona, ayuda a eliminar el azúcar de la san-gre, ayuda a cicatrizar heridas crónicas, combate el colesterol, cáncer al colon a hipertensión”; “PARCHE LEON, alivia el reumatismo, el lumbago, la ciática - Beierdorf AG Hamburg Fabricado en Ecuador”; “PARCHE LAGARTO CON VIBORA, Parche natural fortificante. Cura el reumatismo, lumbago, ciática”; “PLUS +, reuma y artritis. Para mate, tereré, infusión. Casa Naturista Daifa. Re-gistro en trámite. Indicaciones: dolores articulares, hinchazones, llagas, dolores nerviosos en la cabeza, cintura y muslos, deformaciones en los dedos, eczemas y erupciones”; “MACA, ALGA-RROBINA Y POLEN. Nutritiva, vigorizante, energética. Envasado por Laboratorios Vida Nueva. Evita el agotamiento y cansancio por falta de oxigenación, mejora la memoria, el aprendizaje y la conducta. Nutre las neuronas del cerebro debido a que tenemos una muerte neuronal diaria. Re-habilita post operatorios. Aumenta el apetito. Calcifica el sistema óseo (osteoporosis). En los an-cianos tiene acción rejuvenecedora y efectos sobre la próstata. Combate la anemia. Combate la

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 41impotencia sexual y tonifica el pulmón y las vías respiratorias”; “JARABE BRONQUIO PULMIN, Gran antibiótico natural. Cura la tos rebelde y convulsiva, bronquios, sinusitis, asmas, alergias, faringitis, laringitis. Av. Tingo María Nro. 472, Lima, Perú”; “JARABE TOS BRONQUIOS ASMA, Expectorante de las vías respiratorias. Descongestión del sistema respiratorio, bronquitis crónica, catarro nasal, asma, neumonía, inflamación de las amígdalas y garganta. Av. Tingo María nro. 472, Lima Perú”; “MIELIPLUS, miel silvestre, eucalipto, aceite de carpincho, limón, reforzado con ajo y cebolla colorada. Tos causada por lombrices, tos, catarro, asma, falta de aire, chillido de pecho, dolores de garganta y bronco dilatador para fumadores. Depurador bronquial y tónico del aparato respiratorio. Industria paraguaya”; “ACTIVADOR DEPORTIVO acción rápida, para jugadores profe-sionales. Desgarros, esguinces, tirones, cortaduras, tobillo, muslos, babaza, cintura, espalda, me-niscos”; “UÑA DE GATO + CARTILAGO - PRODENZA - Producto Peruano, es usado para retardar el envejecimiento y prevenir muchas enfermedades como cáncer, artritis, artrosis, reumatismo, diabetes, úlceras, psoriasis”; “SANGRE DE TORO NEGRO: antianémica, reforzado con sulfato fe-rroso, calcio, magnesio y complejo B12. Reconstituyente cerebral, anemia, raquitismo, dolores de hueso, debilidad corporal, cansancio, regenerador de las células, tuberculosis, presión arterial, aumenta la energía del cuerpo, estimula el apetito y dolor de cabeza. Producto peruano elaborado por Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C.”; “Estreñimiento, extracto especial frutas secas - ANNEL, Tamarindo, ciruela, albaricoque, almendras, granadilla, linaza, sábila, sangre de grado sacha inchi, kiwi, pepa de zapallo. Colon hemorroides - Producto peruano. Indicaciones: sangrado anal al evacuar, hinchazón de las venas anales, falta de asimilación de los alimentos, favorece la digestión, falta de fibras, dolor intestinal, infección bucal, estreñimiento, dolor al defecar, mala circulación, corrige el intestino grueso, desinflama y desecha los sarros del estómago. Cicatrizan-te de las heridas del hemorroide, previene el cáncer al colon, cura y evita la úlcera, gastritis”; “JA-RABE ULTRA VAGINAL, enfermedad de la mujer, antibacteriano y anti-infeccioso - Laboratorio F&E AL NATURAL S.R.L., Producto peruano”; “JARABE VITAMINA FORTE, Compuesto especial, pura vitamina B, C, E, NATURAL VIT - Producto peruano”; “EXTRACTO RANA REFORZADO CON MACA, Bronco pulmonar Anti anémico - Laboratorio F&E AL NATURAL S.R.L., Producto peruano”; “MIEL ANTIPARASITARIO PARA LOMBRIZ, Lombriz, aszans, yardias, cabeza negra, etc. Ind. Pa-raguaya”; “BRONQUIO-TOS, tos causada por lombrices, asma, catarro, falta de aire, chillido de pecho, dolores de garganta. Ind. Paraguaya”; “TONICO NONI, Morinda citrifolia. Anti cancerígeno, antidiabético. Cáncer y tumores, úlcera varicosa, estimula el sistema inmunológico, regula la fun-ción celular, previene infartos, alivia dolores artríticos, previene tumores. Av. Tingo María Nro. 472, Lima, Perú”; “VIPIROX, Violeta de Genciana, uso tópico. Antiséptico para aftas y heridas leves, desinfectantes. Industria Boliviana”; “MENTHOLATUM, ungüento. Aromaterapia para resfríos, descongestivo, analgésico. Calma la piel agrietada, los labios resecos y otras irritaciones de piel, picaduras de insectos, quemaduras, cortaduras y contusiones. Fraccionado en Paraguay por Luis Casanellio S.A.I.C.E.C.A.”; “MENTO VICK, Ungüento, golpes, quemaduras, congestión nasal. Contiene 30 unidades”; “UÑA DE GATO SAMENA, con propiedades curativas: fibromas, tumores malignos, quistes, artritis reumática, deficiencias inmunológicas. Industria del Perú”; “HONGO-DERM, azufre + piedra azul. Elimina las infecciones micóticas. Hongos, granitos, picazones, tiña, uso externo. Además elimina el olor de los pies y axilas. Producto peruano. Reg. Sant. en trámite. RUC 20521853604”; “TOSALCOS, dextrometorfano. Extra fuerte, elimina la tos. Registro Sanitario Nro. NN-20689/2006. ALCOS. Industria boliviana”; “PILDORAS DE AJO, NATURISTA ARO. 100% NATURAL. Alimento sano. Previene el envejecimiento. Contiene antibióticos, vitaminas A, B1, C, ácido nicotínico y esencias sulfurosas La Paz, Bolivia”; “NUEZ DE LA INDIA, Semilla reductora de peso y obesidad. La nuez tiene un principio laxante”; “ALCACHOFA SUPRA, Colagogo, colerético, depurativo. 100% natural. Normaliza el funcionamiento del hígado y de la vesícula. Venta Libre. Laboratorios Fitobol Ltda.”; “CALMATOS, Calmante eficaz para la tos, ronquera y afecciones de garganta. Laboratorios Ifarbo Ltda. Bolivia. Reg. NN-25131/2007”; “NONI DULCAMARA, Colirio cubano. Cumple la función de analgésica que permite el alivio rápido del dolor y ardor de la vista. Excelente antibiótico natural. Solución estéril. Producto internacional de exportación. Laboratorios Ferchop S.A. Ecuador”; “AJO SUPRA, 100% natural. Frena la vejez, mantiene lúcida la mente, fluidifica la sangre impura, corrige los problemas prostáticos, insuficiencia cardíaca, etc. Venta li-bre. Laboratorio Fitobol Ltda.”; “ACEITE DE HIGADO DE BACALAO es omega 3, Vitamina A y D. Mejor visión, previene y trata la depresión, catarros, baja la artritis, etc. Made in China”; “TUNG HAI. Fish liver oil, Aceite de hígado de pescado. Mejora y beneficia la salud, fortifica la constitución física, pulmones, dientes, huesos, raquitismo, osteoporosis, favorece el crecimiento y problemas ocasionados por mala nutrición. Reg. Sanitario núm. 1134931/2007. Bolivia”; “AROCARBOL, Pre-vención y tratamiento de las disfunciones hepatobiliares. Venta Libre. Reg. M.S. y D. NN-25119-2008. LABORATORIOS Valencias. Bolivia”; “ITA MERCURO CROMO, uso tópico, desinfectante, antiséptico, cicatrizante. Industria boliviana. Venta libre”; “ITA TINTURA DE YODO, uso tópico, desinfectante, antiséptico y fungicida. Industria boliviana. Venta libre”; “NONI, antioxidante y mul-tivitamínico. Tratamiento de alergias, artritis, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “HERCAMPURI, Lipolítico y depurador. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “RIÑOSAN, desinflamante de los riñones. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “UÑA DE GATO, antiinflamatorio en reumatismo, úlceras, tratamiento del cáncer, controla el SIDA. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “CARTILAGO DE TIBURON, NONI+SABILA. Anticancerígeno, antioxidante, antiestrés, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “NERVIOSAN, trastorno nervioso, colerina, stress, insomnio, deficiencia del corazón, alteraciones, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “HIGASAN, Mix Bill. Digestivo y antiinfla-matorio. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “0.44, Calcio, B12 vit. E, artritis, pa-rálisis facial, ETC. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “ACHIOTE-C, inflamación de la próstata, vejiga, dificultad al orinar, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “CATARAWIRA, hierbas medicinales, grasa de serpiente. Cura ronquera, resfríos, etc. Bolivia”; “GRASA DE CARPINCHO, para pulmonía, afonía, asma, bronquitis, etc. Bolivia”; “FROTACION VIBORINA, reumatismo, luxaciones, torceduras, etc. Productos naturales Amazona”; “WIRA SA-CHA, dolores articulares y musculares. Perú”; “EUCALIPTO+COPAIBA, roturas de hueso, artritis, lumbago, etc.”; “REUMARTRIT, bronquitis, golpes, artritis. Perú”; “ARNICA, 100% desinflamante, rotura de huesos, torceduras, dolor de cintura, etc. Lima, Perú”; “REUMOSAN, bronquitis, artritis, golpes, reumatismo, lumbago, calambres, torceduras, dolores, tortícolis, resfriados y musculares. Productos Naturales Amazonas, Perú”; “CAPINURY CHUCHUGUAZA, contusiones, afecciones, lumbago, ciática, neuralgias, dolor de cabeza. Laboratorio LIPROM. Producto Indu Ltda.”; “VIBO-RINA, dolores musculares, tos, lumbago, reumatismo. Perú”; “GRASA DE MULA, reumatismo, luxaciones, torceduras, fracturas, golpes, tos, calambres, bronquitis, etc. Envasado EL CHUN-CHO”; “CALLO VERRUGA, elimina callos, verrugas, hongos y ácaros. Producto Samena, Perú”; “DUO DERMA, elimina los hongos desde la raíz. El envase contiene un gotero, una crema y un polvo. Elaborado por Samena, Perú”; “VITAMINA MACA, información nutritiva: proteínas, fibras, calcio, yodo, levulosa, alcaloides, fósforo, hierro, vitamina C, B1, B2, B6 y B12. Ayuda al desarrollo, conservación y regulación de la piel y mucosas. Mejora la visión, combate la probabilidad de infec-ciones respiratorias, estomacales y caries dental. Refuerza la fertilidad y estimula la capacidad sexual. Excelente para la impotencia, ayuda al funcionamiento del sistema nervioso. Estimula el desarrollo y crecimiento normal, recomendado para la anemia, inapetencia, estreñimiento, insufi-ciencia cardíaca, depresión psíquica, neuralgias, etc. Recomendado para menopausia (climaterio). Cerro de Pasco, Perú”; “GRASA DE IGUANA, cura tos, resfríos, catarros, gripe y ronqueras. Indi-cado en los casos de reumatismo muscular agudo y articular. Dolor de huesos, calambres, golpes, torceduras e hinchazones. Evita la artritis. Licencia autorizada Nro. 711. Veni, Bolivia”; “MENTHO-SE, preparado de uso externo. Catarro nasal, picaduras de insectos, quemaduras. Para prepara-ción de vahos. Laboratorio Gamboa Ltda. Calle Sucre 0455-459-463, Cochabamba, Bolivia, Fór-mula: estearopteno de mente, alcanfor, terpenos, cer petrolato alba. RUC Nro. 0234-7123”; “SUFA-TIAZOL IFARBO, Lab. lfarbo Ltda. Lanza Nro. 998, Cochabamba, Bolivia”; “DIGESTAN COMPUES-TO, digestivo, analgésico. Lab. Vita S.A., La Paz, Bolivia. Casilla 1011”; “CHUCHUGUAZA SAME-NA, para reumatismo, artritis, gota, tortícolis, resfriado, dolores en la vena, várices. RUC 20521853604, Producto peruano”; “BELLADONA, USO EXTERNO. Laboratorio IFARBO Ltda. Lan-

za Nro. S-0998. Cochabamba, Bolivia”; “BELLADONA, Industrias Torrico Antelo S.R.L. Rubefa-ciente. Analgésico tópico. Bolivia N.N. 30098/2009”; “NIXO ROSARIO, pomada ITA. Lab. El Rosa-rio. Industrias Torrico Antelo. Indicaciones: acné vulgaris, dermatosis escamosa, hiperqueratosis, ictiosis, venta libre. RSMS NN 29938/2004. Cochabamba, Bolivia”; “ANTIESCALDANTE, pomada ITA. Lab, El Rosario. Industrias Torrico Antelo, Indicaciones: dermatitis del pañal, escaldaduras, venta libre. RSMS NN. 29939/2004, Cochabamba, Bolivia”; “DUO DERMA, elimina los hongos desde la raíz. El envase contiene un gotero, una crema y un polvo. Productos Samena E.I.R.L. RUC 20521853604”.

Que a fs. 7 el Departamento de Registro, en atención a la consulta efectuada por la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud mediante la nota I: 77-1212 cuya copia obra a fs. 8/11, informa que en la Base Informática de Medicamentos y el Sistema de Expedientes de esta Admi-nistración Nacional no constan registros de inscripción como especialidades medicinales de los productos más arriba detallados.

Que en consecuencia, toda vez que se trata de productos sin registro, de los cuales se des-conocen las condiciones de elaboración y de conservación, la Dirección eleva el expediente al Sr. Administrador Nacional sugiriendo la prohibición del uso y la comercialización en todo el territorio nacional de los productos ut supra mencionados.

Que la Ley Nº 16.463 dispone en su artículo 2°: “Las actividades mencionadas en el artículo 1° sólo podrán realizarse, previa autorización y bajo el contralor del Ministerio de Asistencia Social y Salud Pública, en establecimientos habilitados por el mismo y bajo la dirección técnica del profe-sional universitario correspondiente, inscripto en dicho Ministerio. Todo ello en las condiciones y dentro de las normas que establezca la reglamentación, atendiendo a las características particu-lares de cada actividad y a razonables garantías técnicas en salvaguarda de la salud pública y de la economía del consumidor”.

Que el artículo 20 del Decreto Nº 150/92 (T.O. 2004) establece que “La comercialización de especialidades medicinales o farmacéuticas en el mercado local estará sujeta a la autorización previa de la autoridad sanitaria nacional. Las especialidades medicinales o farmacéuticas autori-zadas para su expendio en el mercado nacional serán las inscriptas en un registro especial en el Ministerio de Salud y Acción Social, de acuerdo a las disposiciones del presente decreto y su re-glamentación. Prohíbese en todo el territorio nacional la comercialización o entrega a título gratuito de especialidades medicinales o farmacéuticas no registradas ante la autoridad sanitaria, salvo las excepciones que de acuerdo a la reglamentación disponga la autoridad sanitaria”.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1490/92 y 1271/13.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE LA ADMINISTRACION NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICADISPONE:

ARTICULO 1º — Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los pro-ductos rotulados como: “GRASA DE CARPINCHO para pulmonía, afonía, asma, bronquitis - Ind. Argentina. El Cata”; “GRASA DE MULA, Reuma, ciática, lumbago, artritis, artrosis, calambres, dolores musculares, dolores de cuello, calma el dolor. Ind. Argentina”; “POMADA DE UÑA DE GATO, antiinflamatorio. Desinflamante de uso externo para casos de reumatismo, artrosis, nervio ciático, dolor de columna, várices, psoriasis, tomar uña de gato en té. Aut. Sanitaria 1175, Prod. Peruano; “MENTHOLATUM, Ungüento de uso externo, vía tópica, alivia síntomas de resfrío, con-gestión nasal, quemaduras leves, picaduras de insectos. Fabricado por Medifarma S.A. - Lima Perú”; “REUMALGAM, Ungüento analgésico para uso en dolores musculares y reumáticos - Labo-ratorios Gamboa Ltda. Bolivia”; “IREUMASAN, Frotación Reumasan - ungüento extrafuerte -- Reu-matismo, calambres, refriados, tortícolis, golpes”; “MIELI-PLUS M.R, con menta, eucaliptus, li-món, aceite de carpincho, más vitamina C. Asma, tos, falta de aire, broncodilatadores para fuma-dores. Compuesto natural - Ind. Paraguaya”; “CARTILAGO DE TIBURON, Laboratorio Industria Amazona S.A.C. - Prod. Peruano. Previene la formación de nuevos vasos sanguíneos o angioge-nesis, causante de muchas enfermedades degenerativas e inflamatorias, anticancerígeno, artritis, artrosis, reumatismo, diabetes, psoriasis, rejuvenecedor y digestivo”; “MACA FORCE, Suplemento nutritivo 100% puro. Laboratorios Natura Sana E.I.R.I. Suplemento nutritivo. Lepidium Peruvianum - viagra peruana. RUC 20522158977. Propiedades Nutricionales: fortalece al sistema sanguíneo, aumenta las defensas en el organismo y actúa contra la desnutrición. Fortalece a los huesos pre-viniendo la osteoporosis. Fortalece al sistema nervioso y actúa contra las enfermedades del stress. Fortalece al sistema reproductor masculino y femenino”; “YACÓN, Agro Industrias Amazonas S.A.C. - laboratorios Provenza Life S.A. - Prod. Peruano. combate la diabetes mejorando la visibi-lidad de la persona, ayuda a eliminar el azúcar de la sangre, ayuda a cicatrizar heridas crónicas, combate el colesterol, cáncer al colon a hipertensión”; “PARCHE LEON, alivia el reumatismo, el lumbago, la ciática – Beierdorf AG Hamburg - Fabricado en Ecuador”; “PARCHE LAGARTO CON VIBORA, Parche natural fortificante. Cura el reumatismo, lumbago, ciática”; “PLUS +, reuma y ar-tritis. Para mate, tereré, infusión. Casa Naturista Daifa. Registro en trámite. Indicaciones: dolores articulares, hinchazones, llagas, dolores nerviosos en la cabeza, cintura y muslos, deformaciones en los dedos, eczemas y erupciones”; “MACA, ALGARROBINA Y POLEN. Nutritiva, vigorizante, energética. Envasado por Laboratorios Vida Nueva. Evita el agotamiento y cansancio por falta de oxigenación, mejora la memoria, el aprendizaje y la conducta. Nutre las neuronas del cerebro de-bido a que tenemos una muerte neuronal diaria. Rehabilita post operatorios. Aumenta el apetito. Calcifica el sistema óseo (osteoporosis). En los ancianos tiene acción rejuvenecedora y efectos sobre la próstata. Combate la anemia. Combate la impotencia sexual y tonifica el pulmón y las vías respiratorias”; “JARABE BRONQUIO PULMIN, Gran antibiótico natural. Cura la tos rebelde y con-vulsiva, bronquios, sinusitis, asmas, alergias, faringitis, laringitis. Av. Tingo María Nro. 472, Lima, Perú”; “JARABE TOS BRONQUIOS ASMA, Expectorante de las vías respiratorias. Descongestión del sistema respiratorio, bronquitis crónica, catarro nasal, asma, neumonía, inflamación de las amígdalas y garganta. Av. Tingo María nro. 472, Lima Perú”; “MIELIPLUS, miel silvestre, eucalipto, aceite de carpincho, limón, reforzado con ajo y cebolla colorada. Tos causada por lombrices, tos, catarro, asma, falta de aire, chillido de pecho, dolores de garganta y bronco dilatador para fuma-dores. Depurador bronquial y tónico del aparato respiratorio. Industria paraguaya”; “ACTIVADOR DEPORTIVO acción rápida, para jugadores profesionales. Desgarros, esguinces, tirones, cortadu-ras, tobillo, muslos, babaza, cintura, espalda, meniscos”; “UÑA DE GATO + CARTILAGO - PRO-DENZA - Producto Peruano, es usado para retardar el envejecimiento y prevenir muchas enferme-dades como cáncer, artritis, artrosis, reumatismo, diabetes, úlceras, psoriasis”; “SANGRE DE TORO NEGRO: antianémica, reforzado con sulfato ferroso, calcio, magnesio y complejo B12. Re-constituyente cerebral, anemia, raquitismo, dolores de hueso, debilidad corporal, cansancio, rege-nerador de las células, tuberculosis, presión arterial, aumenta la energía del cuerpo, estimula el apetito y dolor de cabeza. Producto peruano elaborado por Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C.”; “Estreñimiento, extracto especial frutas secas - ANNEL, Tamarindo, ciruela, albaricoque, almendras, granadilla, linaza, sábila, sangre de grado sacha inchi, kiwi, pepa de zapallo. Colon hemorroides - Producto peruano. Indicaciones: sangrado anal al evacuar, hinchazón de las venas

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 42anales, falta de asimilación de los alimentos, favorece la digestión, falta de fibras, dolor intestinal, infección bucal, estreñimiento, dolor al defecar, mala circulación, corrige el intestino grueso, desinflama y desecha los sarros del estómago, cicatrizante de las heridas del hemorroide, previene el cáncer al colon, cura y evita la úlcera, gastritis”; “JARABE ULTRA VAGINAL, enfer-medad de la mujer, antibacteriano y anti-infeccioso - Laboratorio F&E AL NATURAL S.R.L., Producto peruano”; “JARABE VITAMINA FORTE, Compuesto especial, pura vitamina B, C, E, NATURAL VIT - Producto peruano”; “EXTRACTO RANA REFORZADO CON MACA, Bronco pulmonar Anti anémico - Laboratorio F&E AL NATURAL S.R.L., Producto peruano”; “Miel AN-TIPARASITARIO PARA LOMBRIZ, Lombriz, aszans, yardias, cabeza negra, etc. Ind. Paragua-ya”; “BRONQUIO-TOS, tos causada por lombrices, asma, catarro, falta de aire, chillido de pecho, dolores de garganta. Ind. Paraguaya”; “TONICO NONI, Morinda citrifolia. Anti cancerí-geno, antidiabético. Cáncer y tumores, úlcera varicosa, estimula el sistema inmunológico, re-gula la función celular, previene infartos, alivia dolores artríticos, previene tumores. Av. Tingo María Nro. 472, Lima, Perú”; “VIPIROX, Violeta de Genciana, uso tópico. Antiséptico para aftas y heridas leves, desinfectantes. Industria Boliviana”; “MENTHOLATUM, ungüento. Aromatera-pia para resfríos, descongestivo, analgésico. Calma la piel agrietada, los labios resecos y otras irritaciones de piel, picaduras de insectos, quemaduras, cortaduras y contusiones. Fracciona-do en Paraguay por Luis Casanellio S.A.I.C.E.C.A.”; “MENTO VICK, Ungüento, golpes, quema-duras, congestión nasal. Contiene 30 unidades”; “UÑA DE GATO SAMENA, con propiedades curativas: fibromas, tumores malignos, quistes, artritis reumática, deficiencias inmunológicas. Industria del Perú”; “HONGODERM, azufre + piedra azul. Elimina las infecciones micóticas. Hongos, granitos, picazones, tiña, uso externo. Además elimina el olor de los pies y axilas. Producto peruano. Reg. Sant. En trámite. RUC 20521853604”; “TOSALCOS, dextrometorfano. Extra fuerte, elimina la tos. Registro Sanitario Nro. NN-20689/2006. ALCOS. Industria bolivia-na”; “PILDORAS DE AJO, NATURISTA ARO. 100% NATURAL. Alimento sano. Previene el enve-jecimiento. Contiene antibióticos, vitaminas A, B1, C, ácido nicotínico y esencias sulfurosas La Paz, Bolivia”; “NUEZ DE LA INDIA, Semilla reductora de peso y obesidad. La nuez tiene un principio laxante”; “ALCACHOFA SUPRA, Colagogo, colerético, depurativo. 100% natural. Normaliza el funcionamiento del hígado y de la vesícula. Venta Libre. Laboratorios Fitobol Ltda.”; “CALMATOS, Calmante eficaz para la tos, ronquera y afecciones de garganta. Labora-torios Ifarbo Ltda. Bolivia. Reg. NN-25131/2007”; “NONI DULCAMARA, Colirio cubano. Cum-ple la función de analgésica que permite el alivio rápido del dolor y ardor de la vista. Excelente antibiótico natural. Solución estéril. Producto internacional de exportación. Laboratorios Fer-chop S.A. Ecuador”; “AJO SUPRA, 100% natural. Frena la vejez, mantiene lúcida la mente, fluidifica la sangre impura, corrige los problemas prostáticos, insuficiencia cardíaca, etc. Ven-ta libre. Laboratorio Fitobol Ltda.”; “ACEITE DE HIGADO DE BACALAO es omega 3, Vitamina A y D. Mejor visión, previene y trata la depresión, catarros, baja la artritis, etc. Made in China”; “TUNG HAI. Fish liver oil, Aceite de hígado de pescado. Mejora y beneficia la salud, fortifica la constitución física, pulmones, dientes, huesos, raquitismo, osteoporosis, favorece el cre-cimiento y problemas ocasionados por mala nutrición. Reg. Sanitario núm. 11-34931/2007. Bolivia”; “AROCARBOL, Prevención y tratamiento de las disfunciones hepatobiliares. Venta Libre. Reg. M.S. y D. NN-25119-2008. LABORATORIOS Valencias. Bolivia”; “ITA MERCURO CROMO, uso tópico, desinfectante, antiséptico, cicatrizante. Industria boliviana. Venta libre”; “ITA TINTURA DE YODO, uso tópico, desinfectante, antiséptico y fungicida. Industria bolivia-na. Venta libre”; “NONI, antioxidante y multivitamínico. Tratamiento de alergias, artritis, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “HERCAMPURI, Lipolítico y depurador. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “RIÑOSAN, desinflamante de los riñones. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “UÑA DE GATO, antiinflamatorio en reu-matismo, úlceras, tratamiento del cáncer, controla el SIDA. Laboratorio Agroindustrias Amazo-nas S.A.C. Perú”; “CARTILAGO DE TIBURON, NONI+SABILA. Anticancerígeno, antioxidante, antiestrés, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “NERVIOSAN, trastorno nervioso, colerina, stress, insomnio, deficiencia del corazón, alteraciones, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “HIGASAN, Mix Bill. Digestivo y antiinflamatorio. Labo-ratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “0.44, Calcio, B12 vit. E, artritis, parálisis facial, ETC. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “ACHIOTE-C, inflamación de la prós-tata, vejiga, dificultad al orinar, etc. Laboratorio Agroindustrias Amazonas S.A.C. Perú”; “CA-TARAWIRA, hierbas medicinales, grasa de serpiente. Cura ronquera, resfríos, etc. Bolivia”; “GRASA DE CARPINCHO, para pulmonía, afonía, asma, bronquitis, etc. Bolivia”; “FROTACION VIBORINA, reumatismo, luxaciones, torceduras, etc. Productos naturales Amazona”; “WIRA SACHA, dolores articulares y musculares. Perú”; “EUCALIPTO+COPAIBA, roturas de hueso, artritis, lumbago, etc.”; “REUMARTRIT, bronquitis, golpes, artritis. Perú”; “ARNICA, 100% des-inflamante, rotura de huesos, torceduras, dolor de cintura, etc., Lima, Perú”; “REUMOSAN, bronquitis, artritis, golpes, reumatismo, lumbago, calambres, torceduras, dolores, tortícolis, resfriados y musculares. Productos Naturales Amazonas, Perú”; “CAPINURY CHUCHUGUA-ZA, contusiones, afecciones, lumbago, ciática, neuralgias, dolor de cabeza. Laboratorio LI-PROM. Producto Indu Ltda.”; “VIBORINA, dolores musculares, tos, lumbago, reumatismo. Perú”; “GRASA DE MULA, reumatismo, luxaciones, torceduras, fracturas, golpes, tos, calam-bres, bronquitis, etc. Envasado EL CHUNCHO”; “CALLO VERRUGA, elimina callos, verrugas, hongos y ácaros. Producto Samena, Perú”; “DUO DERMA, elimina los hongos desde la raíz. El envase contiene un gotero, una crema y un polvo. Elaborado por Samena, Perú”; “VITAMINA MACA, información nutritiva: proteínas, fibras, calcio, yodo, levulosa, alcaloides, fósforo, hie-rro, vitamina C, B1, B2, B6 y B12. Ayuda al desarrollo, conservación y regulación de la piel y mucosas. Mejora la visión, combate la probabilidad de infecciones respiratorias estomacales y caries dental. Refuerza la fertilidad y estimula la capacidad sexual. Excelente para la impo-tencia, ayuda al funcionamiento del sistema nervioso. Estimula el desarrollo y crecimiento normal, recomendado para la anemia, inapetencia, estreñimiento, insuficiencia cardíaca, de-presión psíquica, neuralgias, etc. Recomendado para menopausia (climaterio). Cerro de Pas-co, Perú”; “GRASA DE IGUANA, cura tos, resfríos, catarros, gripe y ronqueras. Indicado en los casos de reumatismo muscular agudo y articular. Dolor de huesos, calambres, golpes, torce-duras e hinchazones. Evita la artritis. Licencia autorizada Nro. 711. Veni, Bolivia”; “MENTHOSE, preparado de uso externo. Catarro nasal, picaduras de insectos, quemaduras. Para prepara-ción de vahos. Laboratorio Gamboa Ltda. Calle Sucre 0455-459-463, Cochabamba, Bolivia. Fórmula: estearopteno de mente, alcanfor, terpenos, cer petrolato alba. RUC Nro. 0234-7123”; “SUFATIAZOL IFARBO, Lab. Ifarbo Ltda. Lanza Nro. 998, Cochabamba, Bolivia”; “DIGESTAN COMPUESTO, digestivo, analgésico. Lab. Vita S.A., La Paz, Bolivia. Casilla 1011”; “CHUCHU-GUAZA SAMENA, para reumatismo, artritis, gota, tortícolis, resfriado, dolores en la vena, vári-ces. RUC 20521853604, Producto peruano”; “BELLADONA, USO EXTERNO. Laboratorio IFARBO Ltda. Lanza Nro. S-0998. Cochabamba, Bolivia”; “BELLADONA, Industrias Torrico Antelo S.R.L. Rubefaciente. Analgésico tópico. Bolivia N.N. 30098/2009”; “NIXO ROSARIO, pomada ITA. Lab. El Rosario. Industrias Torrico Antelo. Indicaciones: acné vulgaris, dermatosis escamosa, hiperqueratosis, ictiosis, venta libre. RSMS NN 29938/2004. Cochabamba, Boli-via”; “ANTIESCALDANTE, pomada ITA. Lab. El Rosario. Industrias Torrico Antelo. Indicaciones: dermatitis del pañal, escaldaduras, venta libre. RSMS NN 29939/2004. Cochabamba, Bolivia”; “DUO DERMA, elimina los hongos desde la raíz. El envase contiene un gotero, una crema y un polvo. Productos Samena E.I.R.L. RUC 20521853604”; en virtud de los argumentos expuestos en el considerando de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su pu-blicación en el Boletín Oficial, comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y al Instituto Nacional de Medicamentos a sus efectos. Cumplido, Archívese. — Dr. CARLOS CHIALE, Administrador Nacional, A.N.M.A.T.

e. 17/01/2014 N° 2327/14 v. 17/01/2014#F4515307F#

#I4515154I#COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Gerencia de Ingeniería de la CNC ha dispuesto otorgar la inscripción de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por el término de tres años, cumpli-dos los cuales caducarán automáticamente de no ser renovados. Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas disposiciones, cada unidad deberá identificarse indicando marca, modelo, N° de inscripción —según consta seguidamente— y N° de fabricación

Ing. GUILLERMO A. MONTENEGRO, Gerente de Ingeniería (A/C), Comisión Nacional de Co-municaciones.

e. 17/01/2014 N° 2174/14 v. 17/01/2014#F4515154F#

#I4515155I#COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Gerencia de Ingeniería de la CNC ha dispuesto otorgar la renovación de inscripción de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por el término de tres años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no ser renovados.

Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas disposiciones, cada unidad de-berá identificarse indicando marca, modelo, N° de inscripción —según consta seguidamente— y N° de fabricación.

Ing. GUILLERMO A. MONTENEGRO, Gerente de Ingeniería (A/C), Comisión Nacional de Co-municaciones.

e. 17/01/2014 N° 2175/14 v. 17/01/2014#F4515155F#

#I4515182I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

En cumplimiento del Art. 32 del Decreto N° 2183/91, se comunica a terceros interesados la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de la creación fitoge-nética de arveja (Pisum sativum L.) de nombre REUSSITE obtenida por SAS FLORIMOND DEPREZ VEUVE ET FILS.

Solicitante: SAS FLORIMOND DEPREZ VEUVE ET FILS

Representante legal: Lucas M. Santos

Ing. Agr. Patrocinante: Nicolas Tetamanti

Fundamentación de novedad: Reussite corresponde al tipo de arveja cuyo destino principal es la producción de grano seco. Reussite se diferencia de Facón, Dark Skin Perfection y Yams en las siguientes características:

REUSSITE FACON DARK SKIN PERFECTION YAMS

Flor: Color de estandarte Blanco - verde -

Vaina, forma Recta Levemente curva

Vaina, longitud Corta - Larga Mediana

Semillas/vaina 5 7 6 6

Semilla, forma Redondeada - Oval Achatada

Semilla, superficie Lisa - Rugosa -

Color del cotiledón de la semilla Amarillo Verde - -

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 43Fecha de verificación de estabilidad: 06/2009

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de apare-cido este aviso.

Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio A/C, Instituto Nacional de Se-millas.

e. 17/01/2014 N° 2202/14 v. 17/01/2014#F4515182F#

#I4515981I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Disposición Nº 2/2014

Bs. As., 16/1/2014

VISTO el expediente N° S05:0430716/2013 del registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y la Resoluciones N° 784 del 8 de octubre de 2009, N° 876 del 20 de no-viembre de 2009 y N° 925 del 29 de diciembre de 2010, N° 32 del 28 diciembre 2011 y la Disposi-ción N° 11 del 13 de diciembre de 2012, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución SENASA 784 del 8 de octubre de 2009, establece como límite máximo del DOS POR CIENTO (2%) de infestación de larvas de mosca de los frutos para el ingreso de cada lote a los Centros de Tratamientos Cuarentenario hasta el 31 de diciembre de 2010.

Que la Resolución SENASA N° 925 del 29 de diciembre de 2010, prorroga el límite máximo del DOS POR CIENTO (2%) de infestación de larvas de mosca de los frutos para el ingreso de cada lote a los Centros de Tratamientos Cuarentenario hasta el 31 de diciembre de 2011.

Que la Resolución SENASA N° 32 del 28 de diciembre de 2011, prorroga el límite máximo del DOS POR CIENTO (2%) de infestación de larvas de mosca de los frutos para el ingreso de cada lote a los Centros de Tratamientos Cuarentenario hasta el 31 de diciembre de 2012.

Que la Disposición de la Dirección Nacional de Protección Vegetal N° 11 del 13 de diciembre de 2012, prorroga el límite máximo del DOS POR CIENTO (2%) de infestación de larvas de mosca de los frutos para el ingreso de cada lote a los Centros de Tratamientos Cuarentenario hasta el 31 de diciembre de 2013.

Que en las regiones productoras de frutos hospederos con los que se abastece, entre otras, a las áreas libres o de escasa prevalencia, se viene generado un considerable incremento de las plagas en cuestión por razones climáticas.

Que ante esta circunstancia y teniendo en cuenta los logros obtenidos que permiten a las producciones de las mencionadas regiones protegidas la colocación de sus productos en los más exigentes mercados internacionales, se hace necesario reforzar, con carácter de urgente, las actuales medidas cuarentenarias, con el fin de evitar la pérdida del status fitosanitario alcanzado.

Que en tal sentido, y teniendo en consideración los buenos resultados obtenidos en otros paí-ses, resulta necesario mantener un límite de infestación de los productos hospederos de moscas de los frutos basado en estudios estadísticos con un nivel de confianza del 95%, como condición previa para permitir la realización de los tratamientos establecidos por la normativa vigente.

Que en consecuencia, el límite máximo de infestación de larvas de mosca de los frutos debe seguir vigente como requisito pre-tratamiento y como paso previo para la reducción de este límite máximo al UNO POR CIENTO (1%).

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, sin encon-trar reparos de orden legal que formular.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el art. 2° de la Resolución N° 32 del 28 de diciembre de 2011.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL DISPONE:

ARTICULO 1° — Límite máximo de infestación. Prórroga. Se prorroga por última vez, y hasta el 31 de diciembre de 2014, el límite máximo del DOS POR CIENTO (2%) de infestación de larvas de mosca de los Frutos para el ingreso de cada lote a los Centros de Tratamientos Cuarentenario establecido en el Artículo 2° de la Resolución SENASA 784 del 8 de octubre de 2009.

ARTICULO 2° — Adecuación normativa. A partir del dictado de la presente disposición el área técnica correspondiente debe proceder a la adecuación de la normativa aplicable en tiempo y forma, a fin de evitar sucesivas prórrogas a lo dispuesto en la regulación vigente, estableciendo en forma definitiva el límite máximo de infestación de larvas de mosca de los Frutos para el ingreso de cada lote a los Centros de Tratamientos Cuarentenario que corresponda aplicar.

ARTICULO 3° — Sanción. El incumplimiento de las disposiciones de la presente resolución será sancionado de conformidad con lo normado en el artículo 18 del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996.

ARTICULO 4° — Incorporación: Se debe incorporar la presente disposición al Libro Tercero, Parte Segunda, Título III, Capítulo I, sección 1º del Indice del Digesto Normativo del SERVICIO NA-CIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por Resolución SENASA Nº 401 del 14 de junio de 2010, y su similar la Resolución Nº 31 del 28 de diciembre de 2011.

ARTICULO 5° — Vigencia. La presente disposición entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 6° — De forma: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Regis-tro Oficial y archívese. — Ingeniero Agrónomo PABLO L. CORTESE, A/C de la Dirección Nacional de Protección Vegetal, Resolución SENASA Nº 96/2012.

e. 17/01/2014 N° 3001/14 v. 17/01/2014#F4515981F#

#I4515960I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

Disposición Nº 1/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Expediente N° S05:0571229/2013 del Registro MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1 de fecha 24 de enero de 2013 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se resolvió dejar sin efecto las Resoluciones N° 10 de fecha 27 de mayo de 2009, N° 24 de fecha 12 de noviembre de 2009, N° 10 de fecha 25 de agosto de 2011, N° 11 de fecha 9 de agosto de 2012, y N° 19 de fecha 25 de octubre de 2012, todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Por la citada Resolución N° 1/13 se aprobó el texto ordenado y corregido del Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).

Que mediante la Resolución N° 23 de fecha 12 de noviembre de 2009 de dicho Consejo, se es-tableció el régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) para el stock Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur.

Que por el Artículo 12 de la citada Resolución N° 23/09 se previó que la Autoridad de Aplica-ción, a través de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera de la SUBSECRETARIA DE PES-CA Y ACUICULTURA dependiente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA calcule anualmente los volúmenes de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC), entre otros, sobre la base de la Captura Máxima Permisible.

Que mediante la Resolución N° 29 de fecha 16 de diciembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se procedió a la asignación de las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) del Fondo de Reasignación del stock Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur de la citada especie y de la Provisión Administrativa.

Que por la misma norma el mencionado Consejo ordenó a la Autoridad de Aplicación efectuar el cálculo de la Cuota Individual Transferible de Captura (CITC) para el efectivo Sur sumando las asignaciones contenidas en el Anexo I de la citada Resolución N° 29/09 a las contenidas en el Anexo I de la mencionada Resolución N° 23/09.

Que a través de la Resolución N° 30 de fecha 16 de diciembre de 2009 del CONSEJO FE-DERAL PESQUERO se procedió a la asignación de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), en forma parcial, de la Reserva Social de la especie merluza común (Merluccius hubbsi), conforme el máximo interés social determinado por la Provincia de BUENOS AIRES.

Que por la misma norma se establecieron condiciones y obligaciones accesorias a las fijadas por la aludida Resolución N° 23/09.

Que asimismo, por la citada Resolución N° 30/09 se estableció que la Autoridad de Aplicación efectuará el cálculo de la Cuota Individual Transferible de Captura (CITC) sumando las asignacio-nes contenidas en el Anexo I de la mencionada Resolución N° 30/09 a las contenidas en el Anexo I de la aludida Resolución N° 23/09.

Que la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, a través de la Disposición N° 22 de fecha 28 de diciembre de 2012 realizó la distribución de las especies merluza común (Merluccius hubbsi), merluza de cola (Macruronus magellanicus), merluza negra (Dissostichus eleginoides) y polaca (Micromesistius australis) para el año 2013.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a través de la Resolución N° 16 de fecha 12 de di-ciembre de 2013, ha establecido la Captura Máxima Permisible para el año 2014 de las especies merluza común (Merluccius hubbsi) en DOSCIENTOS NOVENTA MIL TONELADAS (290.000 t) para el efectivo Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur y TREINTA Y DOS MIL TONELADAS (32.000 t) para el efectivo Norte al Norte del Paralelo 41° de Latitud Sur.

Que mediante la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15) años, Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) sobre el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la Captura Máxima Permisible (CMP) a los buques que registran historia de captura de la especie mayor al TRES POR CIENTO (3%) del total de las capturas de la misma especie en el período establecido en la Ley N° 24.922.

Que por el Articulo 3° de la Resolución N° 22/09 del mencionado Consejo, se establecieron los porcentajes requeridos teniendo en cuenta la historia de captura, mano de obra, producción e inversiones, como así mismo se fijó el porcentaje de detracción por sanciones.

Que por el Artículo 13 de la citada Resolución N° 22/09 se estableció que la Autoridad de Apli-cación, a través de la referida Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la Captura Máxima Permisible, los volúmenes de cada Autorización de Captura.

Que la Captura Máxima Permisible para la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) ha sido fijada en CIENTO TREINTA MIL TONELADAS (130.000 t) por el CONSEJO FEDERAL PES-QUERO a través de la referida Resolución N° 16/13.

Que mediante la Resolución N° 21 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15) años Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) a los buques que registran historia de captura de la especie mayor al UNO POR CIENTO (1%) del total de las capturas de la misma especie en el período establecido en la Ley N° 24.922.

Que el Artículo 8° de la citada Resolución N° 21/09 estableció que la Autoridad de Aplicación, a través de la referida Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la Captura Máxima Permisible, los volúmenes de cada Autorización de Captura.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO mediante la Resolución N° 19/13 de fecha 18 de di-ciembre de 2013 ha fijado para el año 2014 la Captura Máxima Permisible para la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) en TRES MIL NOVECIENTAS CINCUENTA TONELADAS (3.950 t).

Page 44: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 44Que mediante la Resolución N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL

PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15) años, Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la especie polaca (Micromesistius australis) a los buques que registran historia de captura de la especie mayor al UNO POR CIENTO (1%) del total de las capturas de la misma especie en el período establecido en la Ley N° 24.922.

Que mediante el Artículo 3° de la citada Resolución 20/09, el mencionado Consejo estableció los porcentajes requeridos teniendo en cuenta la historia de captura, mano de obra, producción e inversiones y fijó el porcentaje de detracción por sanciones.

Que por el Artículo 9° de la citada Resolución N° 20/09 se previó que la Autoridad de Aplica-ción, a través de la referida Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la Captura Máxima Permisible, los volúmenes de cada Autorización de Captura.

Que la Captura Máxima Permisible para la especie polaca (Micromesistius australis) ha sido fijada en TREINTA Y TRES MIL TONELADAS (33.000 t) por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la aludida Resolución N° 19/13.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO ha establecido por unanimidad instruir a la Autoridad de Aplicación para que aplique el régimen de extinción por falta de explotación o transferencias temporarias —de conformidad con el Régimen General previsto en la referida Resolución N° 1/13— y los Regímenes específicos Resoluciones Nros. 20/09; 21/09; 22/09 y 23/09, todas de fecha 12 de noviembre de 2009, a las CITC que han incurrido en las causas de extinción allí previstas.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO mediante Nota CFP N° 943 de fecha 5 de diciembre de 2013, cuya copia se encuentra agregada al expediente citado en el Visto, detalló los buques, a los cuales se les aplicó el Régimen de Extinción de CITC citado en el considerando que antecede, indicando especie y CITC extinguida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADE-RIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por el Decreto N° 1.366 de fecha 1 de octubre de 2009, sus modificatorios y complementarios y las Resoluciones Nros. 20, 21 y 22 todas de fecha 12 de noviembre de 2009 y 30 de fecha 16 de diciembre de 2009 todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACION PESQUERADISPONE:

ARTICULO 1° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transfe-rible de Captura de la especie merluza común (Merluccius hubbsi) correspondientes al año 2014 conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 23 de fecha 12 de noviembre de 2009, 29 y 30 ambas de fecha 16 de diciembre de 2009, y 16 de fecha 12 de diciembre de 2013, todas ellas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades especificadas en cada caso, para los bu-ques que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTICULO 2° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Transfe-rible de Captura de la especie merluza de cola (Macruronus magellanicus) correspondientes al año 2014, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 16 de fecha 12 de diciembre de 2013, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades especificadas en cada caso para los buques que se detallan en el Anexo II que integra la presente disposición.

ARTICULO 3° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Trans-ferible de Captura de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) correspondientes al año 2014, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 21 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 19 de fecha 18 de diciembre de 2013, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades especificadas en cada caso para los buques que se detallan en el Anexo III que forma parte inte-grante de la presente disposición.

ARTICULO 4° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota Individual Trans-ferible de Captura de la especie polaca (Micromesistius australis) correspondientes al año 2014, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 19 de fecha 18 de diciembre de 2013, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades espe-cificadas en cada caso para los buques que se detallan en el Anexo IV que forma parte integrante de la presente disposición.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Director Nacional de Coordinación Pesquera, Subsecre-taría de Pesca y Acuicultura de la Nación.

ANEXO I

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 45ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

e. 17/01/2014 N° 2980/14 v. 17/01/2014#F4515960F#

#I4515267I#ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Nº 1/2014

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N° 1428-12 la Resolución ERAS N° 1 de fecha 13/01/14, mediante la cual se autoriza al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a efectuar los pagos que correspondan a la firma PRIMA S.A. por la provisión de DOS (2) conexiones permanentes de acceso a internet para el ENTE REGULA-DOR DE AGUA Y SANEAMIENTO, transcribiendo a continuación los artículos:

Page 46: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 46“ARTICULO 1°.- Autorízase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a efectuar los pagos que

correspondan a la firma PRIMA S.A. por la provisión de DOS (2) conexiones permanentes de ac-ceso a internet para el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) por el importe final que resulte de acumular el monto mensual de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS SIETE CON CUA-RENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.207,48.-), por el período comprendido desde el vencimiento de la contratación adjudicada por Resolución ERAS N° 3/12 hasta que un nuevo acto expreso ampare la vinculación contractual por ese servicio; todo ello conforme las condiciones técnicas de su oferta del 12 de enero de 2012.

ARTICULO 2°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directo-rio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTICULO 3°.- Regístrese, tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO que pro-seguirá con las tramitaciones correspondientes, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese”.

Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.e. 17/01/2014 N° 2287/14 v. 17/01/2014

#F4515267F#

#I4515265I#ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Nº 2/2014

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expe-diente N° 1944-13 la Resolución ERAS N° 2 de fecha 13/01/14, mediante la cual se adjudica a la empre-sa PRIMA S.A. la prestación del servicio de internet corporativo que dé acceso a todos los usuarios del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO, transcribiendo a continuación los artículos:

“ARTICULO 1°.- Adjudícase a la empresa PRIMA S.A. la prestación del servicio de internet cor-porativo que dé acceso a todos los usuarios del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), consistente en DOS (2) enlaces de forma permanente, por el término de CINCO (5) meses o hasta la concreción de la contratación del servicio que tramita por Expediente ERAS N° 1928-13, lo que ocurra primero; por la suma mensual de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS SIETE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.207,48.-), de conformidad con el Documento de Bases y Condiciones y la oferta y “Propuesta Técnica” presentadas por esa firma, en los términos del artículo 9.4.1 del Anexo I de la Resolución ERAS N° 3/07 y sus modificatorias, conforme lo prescripto por el artículo 5° de la Resolución ERAS N° 44/13.

ARTICULO 2°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTICULO 3°.- Autorízase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a emitir la correspondiente or-den de contratación.

ARTICULO 4°.- Regístrese, tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO para que prosiga con las tramitaciones correspondientes, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”

Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.e. 17/01/2014 N° 2285/14 v. 17/01/2014

#F4515265F#

#I4515274I#ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Nº 3/2014

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expe-diente N° 1933-13 la Resolución ERAS N° 3 de fecha 13/01/14, mediante la cual se adjudica a la empre-sa IVAST Ingeniería y Valor Agregado en Soluciones Tecnológicas de Gustavo Alejandro Audar Ferrer, la contratación para el reemplazo de las baterías del sistema de alimentación ininterrumpida UPS de 18 KV marca Toshiba de uso compartido por el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y la AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA), transcribiendo a continuación los artículos:

“ARTICULO 1°.- Adjudícase a la empresa IVAST Ingeniería y Valor Agregado en Soluciones Tec-nológicas de Gustavo Alejandro Audar Ferrer, la contratación para el reemplazo de las baterías del sistema de alimentación ininterrumpida UPS de 18 KV marca Toshiba de uso compartido por el ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) y la AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA), por la suma total de PESOS TRECE MIL NOVENTA Y NUEVE ($ 13.099,00.-) IVA incluido; de conformidad con el Documento de Bases y Condiciones y “Presupuesto 2163” de fecha 29 de noviembre de 2013, en los términos del artículo 10° del Reglamento de Contrataciones aprobado como Anexo I de la Resolución ERAS N° 3/07 modificada por Resolución ERAS N° 26/11 y la Resolución ERAS N° 2/13; ello conforme el artículo 5° de la Resolución N° 44/13.

ARTICULO 2°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTICULO 3°.- Autorízase al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a emitir la correspondiente or-den de contratación.

ARTICULO 4°.- Regístrese, tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO para que prosiga con las tramitaciones correspondientes, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”

Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.e. 17/01/2014 N° 2294/14 v. 17/01/2014

#F4515274F#

#I4515175I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 194/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENE-RAL DE LA NACION, homologado por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la

Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución SIGEN N° 50 de fecha 14 de mayo de 2013 y el Expediente N° 860/2013 SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, se homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que el Artículo 87 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aludido en el Considerando que antecede, establece que hasta tanto se establezcan los nuevos regímenes de selección y eva-luación laboral, son aplicables al personal los vigentes al momento de homologación del presente Convenio.

Que la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, aprueba el Sistema de Selección para la cobertura de vacantes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, se autoriza a esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a proceder a la cobertura de las vacantes congela-das que cuenten con previsión presupuestaria suficiente.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, se designaron los integrantes de los distintos Comités de Selección, conforme lo establecido en los puntos 6.1 y 6.2 del Anexo I de la referida Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 50 de fecha 14 de mayo de 2013, se aprueban las bases de la convocatoria presentadas y se llama a concurso abierto para la cobertura de los car-gos vacantes y financiados de la planta permanente detallados en los Anexos I y II de dicho acto administrativo, entre los cuales se encuentra el del perfil Profesional Informático Especializado del Nivel B del Agrupamiento Profesional.

Que de las constancias obrantes en el Expediente N° 860/2013 SG-CDMEyS, surge que se han cumplido con todas las etapas previstas en el Reglamento establecido por la Resolución Con-junta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA para la cobertura de la aludida vacante.

Que el orden de mérito propuesto por el Comité de Selección se encuentra sustentado en las evaluaciones efectuadas a los postulantes en las diferentes etapas del concurso, las que se encuentran plasmadas en las Actas labradas en cada oportunidad, y cuya ponderación pertenece al ámbito de la discrecionalidad de los miembros de dicho Organo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el punto 10.2 del Anexo I de la Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Por ello,

EL SINDICO GENERAL DE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el orden de mérito correspondiente al concurso abierto para cubrir UNA (1) vacante de planta permanente de Profesional Informático Especializado del Nivel B del Agrupamiento Profesional, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Oportunamente por la Gerencia de Gestión del Capital Humano, Capacita-ción, Desarrollo de Carrera y Técnica adóptense las diligencias administrativas necesarias para la elevación al Poder Ejecutivo Nacional del proyecto de acto administrativo que designa al pos-tulante en el perfil concursado en la planta permanente de esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, hágase saber a la OFICINA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION, a sus efectos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO I

Profesional Informático Especializado del Nivel B del Agrupamiento Profesional

Posición Nombre y Apellido DNI Total Concurso

1 GONZALEZ VAZQUEZ ANGEL ANTONIO 13.402.088 90,5

2 BONACHERA DIEGO ARIEL 22.288.344 85,7

e. 17/01/2014 N° 2195/14 v. 17/01/2014#F4515175F#

#I4515177I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 195/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENE-RAL DE LA NACION, homologado por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución SIGEN N° 53 de fecha 14 de mayo de 2013 y el Expediente N° 856/2013 SG-CDMEyS, y

Page 47: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 47CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, se homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que el Artículo 87 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aludido en el Considerando que antecede, establece que hasta tanto se establezcan los nuevos regímenes de selección y eva-luación laboral, son aplicables al personal los vigentes al momento de homologación del presente Convenio.

Que la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, aprueba el Sistema de Selección para la cobertura de vacantes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, se autoriza a esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a proceder a la cobertura de las vacantes congela-das que cuenten con previsión presupuestaria suficiente.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, se designaron los integrantes de los distintos Comités de Selección, conforme lo establecido en los puntos 6.1 y 6.2 del Anexo I de la referida Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 53 de fecha 14 de mayo de 2013, se aprueban las bases de la convocatoria presentadas y se llama a concurso general para la cobertura de los car-gos vacantes y financiados de la planta permanente detallados en los Anexos I y II de dicho acto administrativo, entre los cuales se encuentran los del perfil de Técnico Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Técnico, Administrativo y Auxiliar.

Que de las constancias obrantes en el Expediente N° 856/2013 SG-CDMEyS, surge que se han cumplido con todas las etapas previstas en el Reglamento establecido por la Resolución Con-junta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA para la cobertura de las aludidas vacantes.

Que el orden de mérito propuesto por el Comité de Selección se encuentra sustentado en las evaluaciones efectuadas a los postulantes en las diferentes etapas del concurso, las que se encuentran plasmadas en las Actas labradas en cada oportunidad, y cuya ponderación pertenece al ámbito de la discrecionalidad de los miembros de dicho Organo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el punto 10.2 del Anexo I de la Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Por ello,

EL SINDICO GENERALDE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el orden de mérito correspondiente al concurso general para cubrir vacantes de planta permanente de Técnico Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Técnico, Administrativo y Auxiliar, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Oportunamente por la Gerencia de Gestión del Capital Humano, Capacita-ción, Desarrollo de Carrera y Técnica adóptense las diligencias administrativas necesarias para la elevación al Poder Ejecutivo Nacional del proyecto de acto administrativo que designa a la pos-tulante en el perfil concursado en la planta permanente de esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, hágase saber a la OFICINA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION, a sus efectos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO I

Técnico Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Técnico, Ad-ministrativo y Auxiliar

Nombre y Apellido DNI Total 1º Etapa Total 2º Etapa Total 3º Etapa Total Concurso

GILLI MERCEDES 12.086.058 27,6 57,6 9,5 94,7

e. 17/01/2014 N° 2197/14 v. 17/01/2014#F4515177F#

#I4515174I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 196/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENE-RAL DE LA NACION, homologado por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución SIGEN N° 50 de fecha 14 de mayo de 2013 y el Expediente N° 861/2013 SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, se homologa el Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que el Artículo 87 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aludido en el Considerando que antecede, establece que hasta tanto se establezcan los nuevos regímenes de selección y eva-luación laboral, son aplicables al personal los vigentes al momento de homologación del presente Convenio.

Que la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, aprueba el Sistema de Selección para la cobertura de vacantes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, se autoriza a esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a proceder a la cobertura de las vacantes congela-das que cuenten con previsión presupuestaria suficiente.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, se designaron los integrantes de los distintos Comités de Selección, conforme lo establecido en los puntos 6.1 y 6.2 del Anexo I de la referida Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 50 de fecha 14 de mayo de 2013, se aprueban las bases de la convocatoria presentadas y se llama a concurso abierto para la cobertura de los car-gos vacantes y financiados de la planta permanente detallados en los Anexos I y II de dicho acto administrativo, entre los cuales se encuentran los del perfil Profesional Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Profesional.

Que de las constancias obrantes en el Expediente N° 861/2013 SG-CDMEyS, surge que se han cumplido con todas las etapas previstas en el Reglamento establecido por la Resolución Con-junta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA para la cobertura de las aludidas vacantes.

Que en el transcurso del proceso de selección se han presentado diversos reclamos y obser-vaciones que han sido debidamente analizados y merituados por el respectivo Organo Selector cuyo criterio esta Autoridad comparte y hace suyos.

Que el orden de mérito propuesto por el Comité de Selección se encuentra sustentado en las evaluaciones efectuadas a los postulantes en las diferentes etapas del concurso, las que se encuentran plasmadas en las Actas labradas en cada oportunidad, y cuya ponderación pertenece al ámbito de la discrecionalidad de los miembros de dicho Organo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el punto 10.2 del Anexo I de la Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Por ello,

EL SINDICO GENERALDE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el orden de mérito correspondiente al concurso abierto para cubrir DOS (2) vacantes de planta permanente de Profesional Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Profesional, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte inte-grante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Oportunamente por la Gerencia de Gestión del Capital Humano, Capacita-ción, Desarrollo de Carrera y Técnica adóptense las diligencias administrativas necesarias para la elevación al Poder Ejecutivo Nacional del proyecto de acto administrativo que designa a los postulantes en el perfil concursado en la planta permanente de esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, hágase saber a la OFICINA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION, a sus efectos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO I

Profesional Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Profesional

Posición Apellido y Nombre DNI Total Concurso

1 LARIGUET MIRIAM ROSA 14.867.827 91,7

2 BERGENFELD SANDRA GUILLERMINA 16.891.365 90,35

e. 17/01/2014 N° 2194/14 v. 17/01/2014#F4515174F#

#I4515176I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 197/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENE-RAL DE LA NACION, homologado por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución SIGEN N° 51 de fecha 14 de mayo de 2013 y el Expediente N° 2863/2013 SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, se homologa el Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Page 48: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 48Que el Artículo 87 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aludido en el Considerando

que antecede, establece que hasta tanto se establezcan los nuevos regímenes de selección y eva-luación laboral, son aplicables al personal los vigentes al momento de homologación del presente Convenio.

Que la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, aprueba el Sistema de Selección para la cobertura de vacantes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, se autoriza a esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a proceder a la cobertura de las vacantes congela-das que cuenten con previsión presupuestaria suficiente.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, se designaron los integrantes de los distintos Comités de Selección, conforme lo establecido en los puntos 6.1 y 6.2 del Anexo I de la referida Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 51 de fecha 14 de mayo de 2013, se aprueban las bases de la convocatoria presentadas y se llama a concurso general para la cobertura de los car-gos vacantes y financiados de la planta permanente detallados en los Anexos I y II de dicho acto administrativo, entre los cuales se encuentra el del perfil Profesional Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Profesional.

Que de las constancias obrantes en el Expediente N° 2863/2013 SG-CDMEyS, surge que se han cumplido con todas las etapas previstas en el Reglamento establecido por la Resolución Con-junta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA para la cobertura de la aludida vacante.

Que en el transcurso del proceso de selección se han presentado diversos reclamos y obser-vaciones que han sido debidamente analizados y merituados por el respectivo Organo Selector cuyo criterio esta Autoridad comparte y hace suyos.

Que el orden de mérito propuesto por el Comité de Selección se encuentra sustentado en las evaluaciones efectuadas a los postulantes en las diferentes etapas del concurso, las que se encuentran plasmadas en las Actas labradas en cada oportunidad, y cuya ponderación pertenece al ámbito de la discrecionalidad de los miembros de dicho Organo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el punto 10.2 del Anexo I de la Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Por ello,

EL SINDICO GENERAL DE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el orden de mérito correspondiente al concurso general para cubrir UNA (1) vacante de planta permanente de Profesional Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Profesional, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Oportunamente por la Gerencia de Gestión del Capital Humano, Capacitación, Desarrollo de Carrera y Técnica adóptense las diligencias administrativas necesarias para la eleva-ción al Poder Ejecutivo Nacional del proyecto de acto administrativo que designa a la postulante en el perfil concursado en la planta permanente de esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, hágase saber a la OFICINA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION, a sus efectos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO I

Profesional Especializado en Gestión Administrativa del Nivel B del Agrupamiento Profesional

Posición Nombre y Apellido DNI Total Concurso

1 BERGENFELD SANDRA GUILLERMINA 16.891.365 90,35

e. 17/01/2014 N° 2196/14 v. 17/01/2014#F4515176F#

#I4515287I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 198/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENE-RAL DE LA NACION, homologado por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la De-cisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución SIGEN N° 50 de fecha 14 de mayo de 2013 y el Expediente N° 859/2013 SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, se homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que el Artículo 87 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aludido en el Considerando que antecede, establece que hasta tanto se establezcan los nuevos regímenes de selección y eva-luación laboral, son aplicables al personal los vigentes al momento de homologación del presente Convenio.

Que la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, aprueba el Sistema de Selección para la cobertura de vacantes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, se autoriza a esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a proceder a la cobertura de las vacantes congela-das que cuenten con previsión presupuestaria suficiente.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, se designaron los integrantes de los distintos Comités de Selección, conforme lo establecido en los puntos 6.1 y 6.2 del Anexo I de la referida Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 50 de fecha 14 de mayo de 2013, se aprueban las ba-ses de la convocatoria presentadas y se llama a concurso abierto para la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la planta permanente detallados en los Anexos I y II de dicho acto admi-nistrativo, entre los cuales se encuentran los del perfil Profesional Especializado en Fiscalización de Entidades, Empresas y Sociedades del Nivel B del Agrupamiento Profesional.

Que de las constancias obrantes en el Expediente N° 859/2013 SG-CDMEyS, surge que se han cumplido con todas las etapas previstas en el Reglamento establecido por la Resolución Con-junta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA para la cobertura de las aludidas vacantes.

Que en el transcurso del proceso de selección se han presentado diversos reclamos y obser-vaciones que han sido debidamente analizados y merituados por el respectivo Organo Selector cuyo criterio esta Autoridad comparte y hace suyos.

Que el orden de mérito propuesto por el Comité de Selección se encuentra sustentado en las evaluaciones efectuadas a los postulantes en las diferentes etapas del concurso, las que se encuentran plasmadas en las Actas labradas en cada oportunidad, y cuya ponderación pertenece al ámbito de la discrecionalidad de los miembros de dicho Organo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el punto 10.2 del Anexo I de la Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Por ello,

EL SINDICO GENERALDE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el orden de mérito correspondiente al concurso abierto para cubrir DIEZ (10) vacantes de planta permanente de Profesional Especializado en Fiscalización de Entida-des, Empresas y Sociedades del Nivel B del Agrupamiento Profesional, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Oportunamente por la Gerencia de Gestión del Capital Humano, Capacita-ción, Desarrollo de Carrera y Técnica adóptense las diligencias administrativas necesarias para la elevación al Poder Ejecutivo Nacional del proyecto de acto administrativo que designa a los postulantes en el perfil concursado en la planta permanente de esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, hágase saber a la OFICINA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION, a sus efectos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO I

Profesional Especializado en Fiscalización de Entidades, Empresas y Sociedades del Nivel B del Agrupamiento Profesional

Posición Apellido y Nombre DNI Total Concurso

1 SICILIANO CLAUDIA INES 12.739.046 90,75

2 LAGROSA SILVANA ROSA 12.424.245 90,2

3 SCOTTO MARTIN ESTEBAN 22.447.554 89

4 SIÑERIZ JAVIER RODRIGO 21.690.750 88,65

5 GARRE RAUL ALBERTO 8.565.668 87,3

6 ROSENTUL WUILLAMS ALEJANDRO MARIO 16.582.666 87,3

7 CARCAVALLO HUGO ALEJANDRO 12.497.625 87

8 OROZCO RAQUEL INES 11.875.948 85,4

9 STENGHELE VIVIAN HAYDEE 20.573.337 85,2

10 GARCIA MARIA HERMINIA ANGELICA 16.557.463 82,2

11 SPINOSA DANIEL ALEJANDRO 14.847.562 80,5

12 PARDI WALTER ANTONIO 14.379.425 79,7

13 SOTHMANN ERNESTO GUSTAVO 11.993.938 78,6

14 CARABELLI CECILIA LEONOR 21.836.280 77,4

e. 17/01/2014 N° 2307/14 v. 17/01/2014#F4515287F#

#I4515288I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 199/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENE-RAL DE LA NACION, homologado por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION

Page 49: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 49PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, la Resolución SIGEN N° 51 de fecha 14 de mayo de 2013 y el Expediente N° 2864/2013 SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.714 de fecha 19 de noviembre de 2010, se homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que el Artículo 87 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial aludido en el Considerando que antecede, establece que hasta tanto se establezcan los nuevos regímenes de selección y eva-luación laboral, son aplicables al personal los vigentes al momento de homologación del presente Convenio.

Que la Resolución Conjunta N° 108 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de fecha 28 de octubre de 2009, aprueba el Sistema de Selección para la cobertura de vacantes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.214 de fecha 11 de noviembre de 2011, se autoriza a esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a proceder a la cobertura de las vacantes congela-das que cuenten con previsión presupuestaria suficiente.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 215 de fecha 28 de diciembre de 2012, se designaron los integrantes de los distintos Comités de Selección, conforme lo establecido en los puntos 6.1 y 6.2 del Anexo I de la referida Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Que mediante la Resolución SIGEN N° 51 de fecha 14 de mayo de 2013, se aprueban las ba-ses de la convocatoria presentadas y se llama a concurso general para la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la planta permanente detallados en los Anexos I y II de dicho acto admi-nistrativo, entre los cuales se encuentran los del perfil Profesional Especializado en Fiscalización de Entidades, Empresas y Sociedades del Nivel B del Agrupamiento Profesional.

Que de las constancias obrantes en el Expediente N° 2864/2013 SG-CDMEyS, surge que se han cumplido con todas las etapas previstas en el Reglamento establecido por la Resolución Con-junta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA para la cobertura de las aludidas vacantes.

Que en el transcurso del proceso de selección se han presentado diversos reclamos y obser-vaciones que han sido debidamente analizados y merituados por el respectivo Organo Selector cuyo criterio esta Autoridad comparte y hace suyos.

Que el orden de mérito propuesto por el Comité de Selección se encuentra sustentado en las evaluaciones efectuadas a los postulantes en las diferentes etapas del concurso, las que se encuentran plasmadas en las Actas labradas en cada oportunidad, y cuya ponderación pertenece al ámbito de la discrecionalidad de los miembros de dicho Organo.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el punto 10.2 del Anexo I de la Resolución Conjunta N° 108/09 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y N° 97/09 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA.

Por ello,

EL SINDICO GENERALDE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el orden de mérito correspondiente al concurso general para cubrir CUATRO (4) vacantes de planta permanente de Profesional Especializado en Fiscalización de En-tidades, Empresas y Sociedades del Nivel B del Agrupamiento Profesional, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Oportunamente por la Gerencia de Gestión del Capital Humano, Capacita-ción, Desarrollo de Carrera y Técnica adóptense las diligencias administrativas necesarias para la elevación al Poder Ejecutivo Nacional del proyecto de acto administrativo que designa a los postulantes en el perfil concursado en la planta permanente de esta SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, hágase saber a la OFICINA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO, dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION, a sus efectos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO I

Profesional Especializado en Fiscalización de Entidades, Empresas y Sociedades del Nivel B del Agrupamiento Profesional

Posición Nombre y Apellido DNI Total Concurso

1 SICILIANO CLAUDIA INES 12.739.046 90,75

2 LAGROSA SILVANA ROSA 12.424.245 90,2

3 SCOTTO MARTIN ESTEBAN 22.447.554 89

4 SIÑERIZ JAVIER RODRIGO 21.690.750 88,65

5 GARRE RAUL ALBERTO 8.565.668 87,3

6 ROISENTUL WUILLAMS ALEJANDRO MARIO 16.582.666 87,3

7 CARCAVALLO HUGO ALEJANDRO 12.497.625 87

8 OROZCO RAQUEL INES 11.875.948 85,4

9 STENGHELE VIVIAN HAYDEE 20.573.337 85,2

10 SPINOSA DANIEL ALEJANDRO 14.847.562 80,5

11 PARDI WALTER ANTONIO 14.379.425 79,7

12 SOTHMANN ERNESTO GUSTAVO 11.993.938 78,6

13 CARABELLI CECILIA LEONOR 21.836.280 77,4

e. 17/01/2014 N° 2308/14 v. 17/01/2014#F4515288F#

#I4515836I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

Disposición Nº 4/2013

Bs. As., 17/12/2013

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0055038/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012 y los Acuerdos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 115 de fecha 15 de octubre de 2013 y 127 de fecha 8 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 de fecha 17 de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR DE CIEN-CIA Y TECNOLOGIA” a ejecutarse en la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por la citada resolución se crea la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR facultando al entonces señor Subsecretario de Gestión y Empleo Público en su carácter de titular de la misma, a efectuar el llamado a CONVOCATORIAS PUBLICAS Y ABIERTAS, aprobar las Bases y Condiciones de los concursos y conformar los Comités Asesores y/o Comités Evalua-dores Ad-Hoc, según corresponda, integrados por representantes de la COMISION FULBRIGHT, del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA y representantes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que con fecha 13 de junio de 2012, se suscribió UN (1) CONVENIO DE ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA DE BECAS PILOTO PARA OTORGAR BECAS A ESTUDIANTES ARGENTINOS EN EL NIVEL MAESTRIA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, entre el señor Subsecreta-rio de Gestión y Empleo Público —ad referéndum del titular de esta Jurisdicción— y la COMISION PARA EL INTERCAMBIO EDUCACIONAL ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y LA RE-PUBLICA ARGENTINA (COMISION FULBRIGHT).

Que con fecha 15 de octubre de 2013, se celebró el Acuerdo N° 115 entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, representada por el señor Subsecretario de Gestión y Empleo Públi-co, y la COMISION PARA EL INTERCAMBIO EDUCACIONAL ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y LA REPUBLICA ARGENTINA (COMISION FULBRIGHT), en carácter de una Enmienda al precitado Convenio, incorporándose —entre otras— la modalidad de Especialización al Pro-grama de Becas Piloto para otorgar becas a estudiantes argentinos en el Nivel de Maestría en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que con fecha 8 de noviembre de 2013, se celebró el Acuerdo N° 127 entre el señor Jefe de Gabinete de Ministros y el señor Director del PROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT), en carácter de Acta Acuerdo, mediante el cual se estableció un programa de becas de formación en el PRO-GRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT).

Que resultó menester efectuar la Convocatoria para la presentación de solicitudes de be-cas de Especialización para el PROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT) (BEC.AR-FULBRIGHT-SPURS-MIT 2013), subvencionados en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMA-CION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”.

Que conforme la Nota AR-L1141/Sp. II N° 59 de fecha 12 de noviembre de 2013 se solicitó la “No Objeción” al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) a la convocatoria a con-curso público para la presentación de solicitudes de Becas para el PROGRAMA ESPECIAL PARA ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS Program) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY y a las Bases y Condiciones que rigen la misma.

Que por la Nota CSC/CAR 4667/2013 de fecha 14 de noviembre de 2013, el BANCO INTERA-MERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la “No Objeción” respecto al llamado a convocatoria y a las Bases y Condiciones que rigen la misma, según lo mencionado en el considerando prece-dente.

Que se publicó en el sitio Web de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS —BEC.AR— la convocatoria de becas de Especialización para el PROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBA-NOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT) (BEC.AR-FULBRIGHT-SPURS-MIT2013) informando las fechas de apertura (20 de noviembre de 2013) y de cierre de la presente convocatoria (16 de diciembre de 2013).

Que conforme a la “No Objeción” prestada por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARRO-LLO (BID) respecto de las Bases y Condiciones de la convocatoria, y los documentos relacionados que la rigen, que estableció detalladamente las características, procedimientos y criterios para la evaluación de solicitudes y la consiguiente asignación del financiamiento, resulta procedente conformar el Comité Asesor y el Comité Evaluador Ad-Hoc.

Que por ello, corresponde convalidar lo actuado y dictar el correspondiente acto administra-tivo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COOR-DINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRA-TIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud del artículo 6°, incisos 3 y 4, de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237/12.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICODISPONE:

ARTICULO 1° — Convalídase el llamado a concurso público para la presentación de solici-tudes de becas de Especialización para el PROGRAMA ESPECIAL DE ESTUDIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT) (BEC.AR-FULBRIGHT-SPURS/MIT 2013), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”.

Page 50: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 50ARTICULO 2° — Apruébanse las Bases y Condiciones del llamado a concurso público conva-

lidado por el artículo 1° que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3° — Confórmase el Comité Asesor y el Comité Evaluador Ad-Hoc, para la selec-ción de los beneficiarios de las becas de Especialización para el PROGRAMA ESPECIAL DE ESTU-DIOS URBANOS Y REGIONALES (SPURS) DEL MASSACHUSETTS INSTITUTE OF TECHNOLOGY (MIT) (BEC.AR-FULBRIGHT-SPURS/MIT2013), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACION EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA”, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cra. MONICA B. ZORRILLA, Subsecretaria de Gestión y Empleo Público, Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

BEC.AR - MIT (Massachusetts Institute of Technology) - Comisión Fulbright - Programa Especial para Estudios Urbanos y Regionales (SPURS Program)

BASES Y CONDICIONES

1. Convocatoria. La presente convocatoria estará abierta a partir de las 18 hs. del día miérco-les 20 de noviembre de 2013 y cerrará el lunes 16 de diciembre de 2013 a las 09 hs.

Descripción del Programa

BEC.AR busca apoyar la formación de alto nivel para profesionales que se desempeñen en las áreas de política ambiental, agua y/o transporte. Para ello, ha realizado un acuerdo de coopera-ción con el Programa Especial para Estudios Urbanos y Regionales (SPURS), del Massachusetts Institute of Technology (MIT).

El SPURS es un programa de especialización de 1 (un) año académico, creado en 1967 por el Departamento de Planeamiento y Estudios Urbanos del MIT. A través del programa, los becarios tendrán la oportunidad de reflexionar e intercambiar ideas con líderes de todas partes del mundo que tienen interés y preocupación por implementar mejoras en las políticas de ambiente, agua, transporte, entre otras. Cada año, MIT recibe entre 15 y 17 profesionales SPURS. Hasta el mo-mento, el programa SPURS ha recibido a más de 600 mujeres y hombres de más de 109 países de América Latina, Asia, Africa, el Medio Oriente y Europa Oriental y Central, quienes ocupan puestos de alto nivel en los sectores público y privado de sus países.

Durante su estadía en MIT con el programa SPURS, el becario podrá tomar los cursos que más se ajusten a sus necesidades educativas y profesionales, participar semanalmente en semi-narios con expertos en las diferentes materias, recibir asesoramiento para proyectos de investi-gación de su interés y tener acceso a todas las facilidades del departamento. Las materias que los becarios podrán tomar incluyen: política ambiental y gestión; diseño urbano; planificación del transporte; innovaciones en agua, sanidad e higiene; infraestructura y agua en países en desarro-llo; evaluación de tecnologías para el desarrollo; uso de la tierra en zonas urbanas; etc. Aunque el programa de estudio individual de cada miembro se adapta a sus objetivos profesionales y acadé-micos, hay actividades adicionales SPURS comunes que se requieren de cada becario. Adicional-mente, el programa ofrece cada semana una serie de seminarios con distinguidos académicos y profesionales para presentar y discutir ideas recientes en el campo del desarrollo internacional y la posibilidad de que los becarios asistan a presentaciones ofrecidas en el MIT y Harvard.

En este llamado se espera otorgar hasta un máximo de 2 becas.

2. Elegibilidad y criterio de selección. Se consideran elegibles para participar de este progra-ma todos los profesionales de nacionalidad y residencia argentina que se hayan graduado en ca-rreras universitarias de al menos 4 años de duración, con el compromiso de reinsertarse en el país.

Los beneficiarios serán elegidos en función de los siguientes criterios:

i. Experiencia profesional en las áreas de planeamiento ambiental, vivienda y urbanismo, de-sarrollo económico y social o desarrollo internacional en general (se requiere al menos 5 años de experiencia profesional relevante).

ii. Nivel de inglés (se requiere al menos 100 puntos en el TOEFL IBT —o 600 en el TOEFL CB—).

iii. Mérito académico;

iv. Otros logros profesionales;

v. Compromiso de regresar al país —se priorizará a quienes se comprometan a residir en el interior del país— y compromiso de reincorporación a instituciones públicas o privadas vinculadas a la ciencia, tecnología e innovación productiva; calidad de las cartas de recomen-dación.

Asimismo, el Comité Evaluador velará por la equidad de género y geográfica.

3. Duración. La beca tendrá la duración del programa, esto es, de agosto de 2014 a mayo de 2015.

4. Cobertura. La beca cubre la matrícula del curso, los gastos de manutención y estipendio durante el tiempo que dure la especialización. Se considerarán elegibles los siguientes gastos vinculados a la ejecución de la beca: traslado del beneficiario de ida y vuelta a destino por una sola vez, al comienzo y final de la especialización; estipendio para alojamiento y manutención para el tiempo que dura la especialización; costo y gestión del seguro de salud en los Estados Unidos; gestiones y costo de la visa de estudiante para Estados Unidos.

5. Proceso de selección. El formulario de solicitud deberá completarse a través de la página web www.becar.gob.ar. Las solicitudes de los postulantes son evaluadas por el Comité Asesor que estará conformado por la Comisión Fulbright, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y la Jefatura de Gabinete. Los preseleccionados serán anunciados en la web www.becar.gob.ar el día martes 17 de diciembre de 2013 y serán entrevistados los días 18 y 19 de di-ciembre 2013, en día y horario prefijado por un Comité Asesor que se reúne en Buenos Aires. Los candidatos del interior serán entrevistados en Buenos Aires, o en caso de encontrarse imposibili-tados de poder viajar lo harán vía videoconferencia.

La entrevista tiene carácter obligatorio para quienes deseen continuar en el proceso de selec-ción. Durante la entrevista, se evaluará —entre otros requisitos— la capacidad del candidato para comunicarse en inglés. A partir del análisis de las postulaciones y de las entrevistas, el Comité Asesor presentará una lista preliminar al Comité Evaluador, que tomará la decisión final. El Comité Evaluador estará integrado por miembros del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Pro-ductiva; y de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

6. Anuncio de ganadores. Los dos seleccionados para postular al Programa SPURS serán anunciados en el sitio web www.becar.gob.ar el día viernes 20 de diciembre de 2013.

7. Requerimientos. Los candidatos deberán adjuntar la siguiente documentación en el formu-lario de inscripción:

a. Documento de identidad y/o pasaporte que acredite ciudadanía argentina;

b. Certificado analítico por materia y nota, y diploma de la carrera de grado y posgrado (este último sólo si corresponde);

c. Certificado/s laborales acreditando 5 años de experiencia profesional en las áreas de pla-neamiento ambiental, vivienda y urbanismo, desarrollo económico y social o desarrollo internacio-nal en general;

d. 2 Cartas de recomendación;

e. Certificado que acredite su nivel de inglés.

Asimismo, las dos personas que resulten ganadoras deberán completar la postulación al Pro-grama SPURS a través de su sitio web, hasta el 15 de enero de 2014. Los seleccionados aplicarán a SPURS para su admisión y serán evaluados por el MIT en función de su proceso de normal de admisión, sus políticas y sus procedimientos. La lista definitiva de los seleccionados será publica-da por el MIT en abril de 2014.

8. Restricciones. No podrán ser beneficiarios de esta beca aquellos que hayan sido benefi-ciarios de otra beca del Programa BEC.AR o cuenten, al momento de la postulación, con otras becas con financiamiento del Estado Argentino. Asimismo, el postulante sólo podrá enviar una postulación en esta convocatoria y no podrá postular simultáneamente a otras convocatorias del Programa BEC.AR hasta que los resultados de la presente convocatoria no hayan sido publicados.

9. Obligaciones. Los becarios deberán retornar a la Argentina y residir durante los dos años siguientes inmediatamente luego de la finalización de la especialización. Asimismo, deberán ser parte de Banco de Evaluadores de BEC.AR para futuras convocatorias como forma de retribución al Programa.

ANEXO A

NUCLEOS SOCIO-PRODUCTIVOS ESTRATEGICOS1

SECTOR AGROINDUSTRIA

1. Mejoramiento de cultivos y producción de semillas.

2. Procesamiento de alimentos.

3. Biorrefinerías: bioenergía, polímeros y compuestos químicos.

4. Maquinaria agrícola y procesadora de alimentos.

5. a) Producción animal tradicional.

5. b) Producción animal no tradicional.

6. Producción y procesamiento de productos frutihortícolas.

7. Producción y procesamiento de recursos forestales.

8. Producción y procesamiento de recursos oceánicos.

SECTOR AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

9. Sistemas de captura, almacenamiento y puesta en disponibilidad de datos ambientales.

10. Recursos hídricos.

11. Restauración de ambientes degradados.

12. Reducción de las emisiones de gases con efecto invernadero (GEls).

13. Reciclado de distintas corrientes de residuos.

14. Adaptación al Cambio Climático en ambientes urbanos.

15. Valorización económica, medición y evaluación de servicios ecosistémicos.

SECTOR DESARROLLO SOCIAL

16. Economía social y desarrollo local para la innovación inclusiva.

17. Hábitat.

18. Tecnologías para la discapacidad.

SECTOR ENERGIA

19. Aprovechamiento de la energía solar.

20. Generación distribuida de electricidad-Redes inteligentes.

21. Alternativas de cultivos energéticos y procesos para la producción de biocombustibles de segunda generación.

22. Uso racional de la energía.

23. Tecnologías para petróleo y gas.

SECTOR INDUSTRIA

24. Autopartes.

25. Transformación de recursos naturales en productos industriales de alto valor agre-gado.

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 5126. Componentes electrónicos.

27. Equipamiento médico.

SECTOR SALUD

28. Biosimilares (productos biológicos incluyendo anticuerpos monoclonales).

29. Enfermedades infecciosas.

30. Enfermedades crónicas, complejas con componentes multigénicos y asociadas a adultos.

31. Bioingeniería de tejidos o medicina regenerativa.

32. Fitomedicina (para uso cosmético, nutracéutico, fitofármacos).

33. Plataformas (genómica, bioterios GLP, RMN, proteómica, bioinformática).

34. Nanomedicina.

1Los NSPE identificados deben entenderse como un instrumento orientador y de ninguna manera como un universo cerrado y acabado.

ANEXO II

COMITE ASESOR AD - HOC

Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación Productiva

• Federico ROBERT

• Jorge BLACKHALL

SUPLENTES

• Alberto TERNEUS

• Mauricio CONTRERAS

Jefatura de Gabinete de Ministros

• Vanesa BALDINO

• Ivana Zacarías

SUPLENTES

• Alejo SEILLANT

• Liza MACRI

Comisión Fulbright

• Megan NAYLOR

• Melina GINSZPARG

• Norma GONZALEZ

SUPLENTES

• Kerri HANNAN

• Jeffrey TOBIN

• Analía GOMEZ VIDAL

COMITE EVALUADOR

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

• Silvia OLIVER

Jefatura de Gabinete de Ministros

• Mónica Beatriz ZORRILLA

• Christian ASINELLI

Comisión Fulbright

• Megan NAYLOR

• Melina GINSZPARG

• Norma GONZALEZ

e. 17/01/2014 N° 2856/14 v. 17/01/2014#F4515836F#

#I4515213I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARIA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

Disposición Nº 1462/2013

Bs. As., 30/12/2013

VISTO el Expediente S02:0007440/2012 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente citado en el Visto, la firma IATE SOCIEDAD ANONIMA, solicitó oportu-namente la habilitación portuaria, en los términos de la Ley N° 24.093, del Puerto ubicado en el Elevador Terminal, sito en la Localidad de BARRANQUERAS, Provincia del CHACO.

Que por Resolución N° 660 del 6 de diciembre de 1995, del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se adjudicó la Licitación Pública Nacional convocada para la Con-cesión de Uso del citado Elevador Terminal, perteneciente a la ex-JUNTA NACIONAL DE GRANOS a la Firma IATE SOCIEDAD ANONIMA, celebrándose el respectivo contrato el día 28 de marzo de 1996, estipulándose un plazo de QUINCE (15) años, iniciándose efectivamente por el Acta de fecha 17 de mayo de 1996.

Que la Ley N° 24.093 de Actividades Portuarias y su reglamentación aprobada por Decreto N° 769 del 22 de abril de 1993, establecen las pautas a que debe ajustarse, en todos los casos, la habilitación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL de todos los puertos comerciales o industriales que involucren al comercio internacional o interprovincial.

Que esta SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de la SECRE-TARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE como Autoridad de Aplicación en virtud del artículo 22 del Decreto N° 769/93 requirió la presentación de la documen-tación necesaria, como así también la regularización de las observaciones y objeciones formula-das por los organismos nacionales competentes, en virtud de lo previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.093 y el artículo 6°, última parte del Decreto N° 769/93.

Que por Decreto N° 957 del 1 de julio de 2010 se cedieron a título gratuito a la Provincia del CHACO, los derechos y obligaciones que correspondían al ESTADO NACIONAL en el Contrato de Concesión de Uso celebrado el 28 de marzo de 1996 respecto del Elevador Terminal ubicado en las proximidades del Puerto de BARRANQUERAS de la citada provincia que fuera propiedad de la ex-JUNTA NACIONAL DE GRANOS.

Que sin perjuicio de ello, se estableció en el artículo 2° del citado Decreto, que a partir del mo-mento en que por cualquier causa terminara el Contrato de Concesión de Uso, se cedería a título gratuito a la Provincia del CHACO, la administración y explotación del referido Elevador Terminal por el término de VEINTE (20) años.

Que la Firma IATE SOCIEDAD ANONIMA informó que con fecha 15 de junio de 2011, procede-ría a la entrega y restitución de los bienes objeto de la concesión, en atención al Decreto N° 957/10 en virtud del cual, una vez concluido el plazo de la concesión, la administración y explotación del referido Elevador Terminal quedarían en cabeza de la Provincia del CHACO.

Que en virtud de lo expresado corresponde dictar el acto administrativo por el que se deses-time el pedido de habilitación portuaria interpuesto oportunamente por la firma IATE SOCIEDAD ANONIMA en los términos de la Ley N° 24.093 con encuadre legal en los artículos 63 y 64 del Re-glamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

Que la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUER-TOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha elaborado el Informe Técnico correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto está facultado para el dictado de la presente medida, en virtud de las compe-tencias atribuidas en el artículo 22 del Decreto N° 769/93 y el Decreto N° 875 del 6 de junio de 2012.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLESDISPONE:

ARTICULO 1° — Desestímase el pedido de habilitación formulado por la firma IATE SOCIE-DAD ANONIMA con relación al Puerto ubicado en el Elevador Terminal, sito en la Localidad de BARRANQUERAS, Provincia del CHACO, en razón de los fundamentos expresados en los consi-derandos de la presente medida.

ARTICULO 2° — Notifíquese a la Firma IATE SOCIEDAD ANONIMA y dése conocimiento a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD y a la DIREC-CION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad descentralizada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. HORACIO L. TETTAMANTI, Subsecretario de Puertos y Vías Navegables.

e. 17/01/2014 N° 2233/14 v. 17/01/2014#F4515213F#

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 52

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I4514871I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes de la agente fallecida Graciela Noemí CHAVES (D.N.I. Nº 13.863.616), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo Nº 15/91 (T.O. Resolu-ción S.T. Nº 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Oficina Nº 5648, Ciudad Autó-noma de Buenos Aires.

Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pen-dientes de cobro por parte de la agente fallecida a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso Oficina Nº 4266 “F”, muñidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con la agente fallecida y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.

Fecha: 08/01/2014

Lic. ABEL E. AGUIRRE MANDL, Jefe A/C Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 16/01/2014 Nº 1891/14 v. 20/01/2014#F4514871F#

#I4514872I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Adrián Gustavo FARINELLI (D.N.I. Nº 17.141.208), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo Nº 15/91 (T.O. Resolu-ción S.T. Nº 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Oficina Nº 5648, Ciudad Autó-noma de Buenos Aires.

Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pen-dientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso Oficina Nº 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.

Fecha: 08/01/2014

Lic. ABEL E. AGUIRRE MANDL, Jefe A/C Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 16/01/2014 Nº 1892/14 v. 20/01/2014#F4514872F#

#I4514901I#MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

“La A.N.M.A.T cita y emplaza, conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 16.463 por el término de tres (3) días hábiles administrativos a la firma DROGUERIA LENITY S.A. y a su Directora Técnica, María Dora Rubis, para que comparezcan, por sí o por un representante autorizado, a los efectos de tomar vista, previa acreditación de personería, acompañando la documental que tu-viera en su poder y ofreciendo toda la prueba que haga a su mejor derecho, ante el Departamento de Sumarios de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, sito en la Avda. de Mayo 869 Piso 4º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a estar a derecho en el expediente 1-0047-023422-10-3, que se sustancia por ante esta Administración Nacional, por presunta infracción al artículo 2º de la Ley 16.463 y a la Disposición ANMAT Nº 3475/05 que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Resolución Mercosur GMC Nº 49/02 Reglamento Técnico Mercosur sobre Buenas Prácticas de Distribución de Productos Farmacéuticos; ello bajo apercibimiento de que, en caso de no presen-tarse, se dará por decaído su derecho de conformidad con el artículo 1º inciso e apartado 8 de la Ley 19.549; hacerle saber que dentro de ese plazo podrá consultar las actuaciones en el horario de 10 a 13 y de 14 a 16, en la Mesa de Entradas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la A.N.M.A.T.” — Dr. OTTO A. ORSINGHER, Subadministrador Nacional, A.N.M.A.T.

e. 16/01/2014 Nº 1921/14 v. 20/01/2014#F4514901F#

#I4513485I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina, notifica en el Sumario Nº  4067 Expediente Nº 101.276/07 caratulado LATINOAMERICANA TRADING CABLE ASSOCIATION S.A. Y OTROS al señor JORGE RUBEN PIVA (DNI 4.098.814), las siguientes resoluciones, que en sus partes pertinentes dicen: “Buenos Aires, 7 de noviembre de 2013 VISTO: (...) SE RESUELVE: I. Intimar al señor JORGE RUBEN PIVA a que en el plazo de 5 días constituya domicilio en Capital Federal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en esta dependencia. II.-... III.-... Fdo. Verónica Favale, Jefe de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario” y “Buenos Aires, 12 de diciembre de 2013, VISTO (...) I.- Déjese sin efecto la au-diencia prevista a fs. 272, punto II, fijándose la misma para el día 10 de Febrero de 2014 - a fin de que se presente en esta Dependencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario -sita en Re-conquista 250, 6° piso - muñido de su respectivo documento de identidad - a efectos de formar

un cuerpo de escritura, haciéndole saber que podrá concurrir con su abogado defensor bajo apercibimiento de en caso de incomparecencia injustificada de tener por desistida dicha medida de prueba. Fdo. Verónica Favale, Jefe de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario”. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HERNAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONI-CA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 13/01/2014 Nº 505/14 v. 17/01/2014#F4513485F#

#I4513490I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a los señores MIGUEL ANGEL PERLA (L.E. Nº 8.426.059) y MANUEL ANGEL IRIARTE (DNI Nº 8.257.732), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos - Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, sito en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8602”, Capital Federal, en el horario de 10 a 13 hs., a estar a derecho en el Expediente Nº 100.336/07, Sumario Nº 4267, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 (t.o. por Decreto Nº 480/95), bajo aperci-bimiento de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — HER-NAN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 13/01/2014 Nº 510/14 v. 17/01/2014#F4513490F#

#I4514710I#MINISTERIO DE SALUD

DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS

Conforme lo dispuesto por el art. 49 párrafo 2 de la Ley 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita al Representante Legal de la firma Comsalud S.A. para que en el plazo de DIEZ (10) días a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DE-PARTAMENTO DE FALTAS SANITARIAS de la DIRECCION DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD sito en la Av. 9 de Julio 1925, Piso 3, CAPITAL FEDERAL en el horario de 09:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista del Expediente Nº 12002-11961-12-8 para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa por la presunta infracción a la Ley 17.565 en que habría incurrido bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarlo en rebeldía.

Dr. MARIO A. ROSENFELD, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 15/01/2014 Nº 1730/14 v. 17/01/2014#F4514710F#

#I4498930I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1579/2013

Registro Nº 1232/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº  641.571/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 del expediente Nº 641.571/13 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA Seccional Tucumán y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a fo-jas 22 por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo, las partes convienen el pago de una gratificación extraordinaria por única vez para los trabajadores de la empresa alcanzados por el Convenio Colectivo de Tra-bajo de Empresa Nº 26/90 “E”.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el mentado texto convencio-nal, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.

Que asimismo han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente, se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de lo pactado no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Page 53: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 53Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación,

de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y en virtud de que la gratificación pactada en el presente acuerdo no resulta per-manente sino excepcional, es oportuno señalar que no corresponde evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio previsto en dicho artículo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo que luce a foja 3 y 22 del Expedien-te Nº 641.571/13, celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa SCANIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 3 y 22 del Expediente Nº 641.571/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 26/90 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologa-do, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 641.571/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1579/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 y 22 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1232/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

Entre SCANIA ARGENTINA S.A., quien a todos los efectos legales constituye domicilio en Av. Islas Malvinas, Ruta Provincial 302, Km. 11, Colombres, Departamento Cruz Alta de la Provincia de Tucumán, por una parte, representada por la Sra. Magdalena Rodríguez DNI Nº 11.065.356 y el Sr. Marcos A. Roldan, DNI 12.606.852, ambos en carácter de apoderados; y por la otra el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en calle Santiago 1533 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, representado por el Sr. Luís Diarte, DNI Nº 12.919.946 en su carácter de Secretario General Seccional Tucumán; por el Sr. Mario Rojas, DNI Nº 14.300.474 en su carácter de Secretario Adjunto; por el Sr. Rodolfo Artaza, DNI Nº 14.788.474 en su carácter de Secretario Gremial; por el Sr. Cáseres, Hugo Marcelo, DNI 23.941.325 en su ca-rácter de Secretario Administrativo; y por los Sres. Sanchez, Jorge Daniel DNI 14.660.970, Ovejero, Darío Bernabé DNI 14.661.669, Gramajo, Raúl Armando DNI 16.946.041, Mazzone, Afro Germán DNI 24.409.926, en su carácter de delegados internos, convienen de común acuerdo lo siguiente:

PRIMERO: A los efectos del presente convenio, SMATA representa a la totalidad de los traba-jadores jornalizados de planta permanente y a los contratados bajo cualquier modalidad que cum-plan funciones productivas en SCANIA ARGENTINA S.A., comprendidos en el CCT Nº 26/90 E.

SEGUNDO: Ante las exigencias de los incrementos manifiestos en los últimos meses en el proceso productivo y la necesidad de cumplir con las entregas al mercado externo, la Cía., en reconocimiento al esfuerzo de su personal y a su apoyo para el cumplimiento de los objetivos, abonará una gratificación extraordinaria, por única vez, equivalente a $ 4.000 (cuatro mil pesos) a todos los trabajadores incluidos en el artíc. PRIMERO del presente acuerdo. La acreditación de la gratificación extraordinaria será realizada el 21 de enero de 2013.

TERCERO: El presente acuerdo será presentado ante las autoridades del Ministerio de Traba-jo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los efectos de la intervención que por ley le corres-pondiere.

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor a los 20 días del mes de Diciembre de 2012, en Colombres, Dpto. Cruz Alta de la Provincia de Tucumán.

Expediente Nº 641571/13

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de junio de 2013, siendo las 11:10 horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURI-DAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VI-LLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPOR-TE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuacio-nes y ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado con la Empresa Scania Argentina SA el día 20 de diciembre de 2012 en el marco del CCT 26/90 “E” y acreditado a fojas 3 del expediente de referencia; solicitando su homologación.

Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA que el acuerdo rati-ficado anteriormente, del cual solicita su homologación, será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250. En este estado y no siendo para más, a las 11:15 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.

#F4498930F#

#I4498936I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1581/2013

Registro Nº 1230/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.582.600/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 17/20 del Expediente Nº 1.582.600/13, obra el Acuerdo celebrado entre la ASO-CIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO y la CAMARA DE EMERGENCIAS MEDICAS Y MEDICINA EXTRAHOSPITALARIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mismo, las partes convienen un incremento salarial para los trabajadores compren-didos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 657/12, en los términos y lineamientos allí descriptos.

Que al respecto, y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, resulta pro-cedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en consecuencia, corresponde dejar establecido que los plazos estipulados por las par-tes, que vencen en fechas 31 de diciembre de 2013 y 31 marzo de 2014 no podrán ser prorrogados ni aún antes de su vencimiento y los incrementos acordados serán considerados de carácter re-munerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de esa fecha.

Que asimismo, cabe dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independien-temente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que al respecto, se deja asentado que los intervinientes son los signatarios del convenio mencionado ut-supra.

Que el ámbito territorial y personal de los mismos se corresponde con el alcance de represen-tación de la parte empleadora signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su Personería Gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por otra parte, corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homo-logatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe si procede el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por otra parte debe tenerse presente que la homologación que se dispone lo es en el marco de la Ley Nº 26.896 que prorrogó la vigencia de lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley Nº 26.204.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo seña-lado en los considerandos tercero a quinto.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRA-BAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO y la CAMARA DE EMERGENCIAS ME-DICAS Y MEDICINA EXTRAHOSPITALARIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, que luce a fojas 17/20 del Expediente Nº 1.582.600/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 17/20 del Expediente Nº 1.582.600/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 657/12.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologa-do, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 54Expediente Nº 1.582.600/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1581/13 se ha tomado razón del acuer-do obrante a fojas 17/20 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1230/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EXPTE Nº 1.531.117/12

En la Ciudad de Rosario, a los 27 días del mes de Agosto de 2013, se reúnen la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, ENTRE RIOS Y BUENOS AIRES, en representación de los trabaja-dores y en su condición de miembros paritarios los Señores Juan Americo Martino, D.N.I. Nº 6.038.196 en carácter de Secretario General, Roque Javier Ojeda, D.N.I. Nº 14.831.270 en carácter de Secretario de Finanzas, Angel Consolino, D.N.I. Nº 13.449.957 en su carácter de Secretario de Deportes y Recrea-ción, Miriam Nélida Salvador DNI 12.111.136 en su carácter de Secretaria de la Mujer, acreditando sus facultades con certificado de la autoridad expedido por el M.T.S.S.N. que se acompaña como parte integrante del presente y con el patrocinio letrado de la Dra. Ana María Stano, D.N.I. Nº 10.188.239 abogada de la citada entidad gremial por una parte, y por la otra la CAMARA DE EMERGENCIAS ME-DICAS Y MEDICINA EXTRAHOSPITALARIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, representada por los Señores Adrián Cesar Caramuto, D.N.I. Nº 21.418.124 en su carácter de Presidente, y Esteban Miguel Wierbilo, D.N.I. Nº 4.438.557 en su carácter de Secretario, con el asesoramiento laboral del Lic. Hugo Héctor Tión, D.N.I. Nº 14.081.941 y el patrocinio letrado del Dr. Antonio Raúl Mattia, D.N.I. Nº 8.284.960. La personería y datos de los comparecientes, como así también los estatutos y/o contrato social y fa-cultades, etc. que los habilitan para la celebración del presente acuerdo se encuentran acreditados en el expediente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Nº 1531117/12, por lo que vienen a explicitar el siguiente acuerdo al que han arribado luego de prolongadas deliberaciones.

ART. Nº 1: Los comparecientes acorde a su representación y representatividad se reconocen recíprocamente legitimados para la negociación y modificación del C.C.T. 657/12.

ART. Nº 2: AMBITO PERSONAL Y TERRITORIAL:

El presente convenio será de aplicación en todo el ámbito personal y territorial comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 657/12.

ART. Nº 3: RATIFICACION:

Las partes ratifican la plena vigencia de todas las cláusulas del C.C.T. Nº 657/12 que no sean modificadas por el presente acuerdo.

ART. Nº 3: AUMENTO DE LAS REMUNERACIONES:

Las partes acuerdan establecer un aumento de los salarios básicos de todos los trabajadores encuadrados en el C.C.T. Nº 657/12, el que se hará efectivo en tres tramos, el primero a partir del 01 de Agosto de 2013, el segundo a partir del 01 de Octubre de 2013 y el tercero a partir del 01 de Diciembre de 2013, todo ello de conformidad con las escalas que se explicitan a continuación:

CategoríaSalario vigente

al 31 de Julio de 2013

Salario vigente a partir del 1 de Agosto de 2013 y hasta el 30 de

Septiembre de 2013

Salario vigente a partir del 1 de Octubre 2013 y hasta el 30 de Noviembre de

2013

Salario vigente a partir del 1 de Diciembre 2013 y hasta el 31 de

Julio de 2014

% Incremento 15% 6% 5%Primera Categoría “A” $ 6.777,18 $ 7.793,76 $ 8.200,39 $ 8.539,25Primera Categoría “B” $ 5.376,59 $ 6.183,08 $ 6.505,67 $ 6.774,50Segunda Categoría “A” $ 5.186,79 $ 5.964,81 $ 6.276,02 $ 6.535,36Segunda Categoría “B” $ 5.000,00 $ 5.750,00 $ 6.050,00 $ 6.300,00Tercera Categoría $ 4.908,46 $ 5.644,73 $ 5.939,24 $ 6.184,66Cuarta Categoría $ 4.718,84 $ 5.426,67 $ 5.709,80 $ 5.945,74Quinta Categoría $ 4.254,14 $ 4.892,26 $ 5.147,51 $ 5.360,22Sexta Categoría $ 4.000,00 $ 4.600,00 $ 4.840,00 $ 5.040,00

ART. Nº 4:

La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 31/07/2013 y los aquí acordados, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales, serán no remunerativos con excepción de los aportes a cargo del trabajador y las contribuciones patronales al sistema Nacional de Obras Sociales y ART. Esta excepcionalidad parcial regirá hasta el 31/12/2013 para los aumentos aplicables a partir del 01/08/2013, y hasta el 31/03/2014 para los incrementos aplicables a partir del 01/10/2013 y 01/12/2013, fechas estas a partir de las cuales tendrán naturaleza de remunerativos a todos los efectos.

Los importes de los adicionales legales, convencionales y voluntarios, que resultan de tomar como base de cálculo el salario básico convencional, a los fines de su pago, deberán ser calcula-dos de conformidad con los valores establecidos en las nuevas escalas aquí acordadas.

ART. Nº 5:

Si existiesen aumentos salariales otorgados “a cuenta” o por concepto similar por las empre-sas a partir del 01/03/2013 podrán ser absorbidos por estas hasta su concurrencia.

ART. Nº 6: ADICIONAL POR “TITULO” NUEVOS VALORES VIGENTES

Las partes acuerdan incrementar el adicional previsto en el Art. 22 del CCT 657/12 de confor-midad con las escalas que siguen:

CategoríaSalario vigente

al 31 de Julio de 2013

Adicional vigente a partir del 1 de Agosto de 2013 y hasta el 30 de Septiembre de

2013

Adicional vigente a partir del 1 de Octubre 2013 y hasta el 30 de Noviembre de

2013

Adicional vigente a partir del 1 de Diciembre 2013 y hasta el 31 de

Julio de 2014

% Incremento 15% 6% 5%a) Título Licenciado $ 250,00 $ 287,50 $ 302,50 $ 315,00a) Art. 25 $ 200,00 $ 230,00 $ 242,00 $ 252,00b) Título Enf. Profesional $ 200,00 $ 230,00 $ 242,00 $ 252,00b) Art. 25 $ 150,00 $ 172,50 $ 181,50 $ 189,00c) Título Enf. Auxiliar $ 150,00 $ 172,50 $ 181,50 $ 189,00c) Art 25 $ 100,00 $ 115,00 $ 121,00 $ 126,00

ART. Nº 7:

En caso que alguna empresa acredite fehacientemente dificultades económico financieras para hacer frente al aumento salarial aquí acordado, podrá negociar con ATSA Rosario la adecua-ción de los plazos de vigencia de las cláusulas del presente acuerdo, así como también podrán diferir hasta el mes de Enero 2014 el pago de la diferencia del mayor valor del aguinaldo correspon-diente al segundo semestre del 2013, por efecto del aumento salarial aquí acordado.

ART. Nº 8:

Se crea el apartado 6.1 y se modifica el apartado 6, del Articulo Nº 8, del CCT 657/12 (JOR-NADA DE TRABAJO-FRANCOS-TURNOS) cuya nueva redacción se transcribe siguientemente:

6. Los trabajadores que desarrollen sus tareas en Areas Administrativas, Administrativas Con-tables exclusivamente tendrán un régimen laboral máximo de 48 horas semanales, pudiendo re-distribuirse las mismas en los siguientes rangos horarios: Lunes a Viernes jornada de 8 horas inin-terrumpidas diarias y Sábados jornada de 4 horas; o bien, de Lunes a Jueves jornadas de 9 horas ininterrumpidas diarias y Viernes jornada de 8 horas. Quedando a criterio de la empresa la mejor distribución horaria de acuerdo a sus necesidades. Para ambos casos mencionados, el descanso será el estipulado en el apartado 3.2 del presente artículo.

Dadas las particulares características de la actividad, las empresas comprendidas en el Art. 25 y fundamentalmente del interior, podrán optar por realizar estas jornadas de manera interrum-pida quedando a criterio de las mismas la fijación de los horarios respectivos como así también su respectivo horario de refrigerio.

6.1 Los empleadores facilitarán a aquel personal que lo desee, cambio de turno de trabajo con otros compañeros dentro de cada establecimiento, siempre que ello no lesione los intereses de ninguna de las partes. Los empleadores deberán permitir estos cambios, siempre y cuando no le ocasionen perjuicios adicionales. A tal efecto, el empleado deberá solicitarlo por escrito con 48 horas de antelación.

ART. Nº 9:

Se modifica parcialmente el Articulo Nº 22, del CCT Nº 657/12 con el agregado de un adicional el cual a continuación se transcribe:

Se establece a favor de todos los trabajadores comprendidos en el presente convenio colecti-vo de trabajo un adicional denominado “Presentismo” equivalente a la suma de $ 230,00 mensua-les con vigencia desde 01/09/2013 al 30/09/2013. De $ 242,00 desde el 01/10/2013 al 30/11/2013 y de $ 252,00 a partir del 01/12/2013, cuyas condiciones de percepción quedarán sujetas a la reglamentación que efectuaren las empresas intervinientes.

Las partes establecen que para las empresas comprendidas en el Art. 25 del presente, el adicional antedicho será equivalente a $ 200,00 mensuales con vigencia a partir del 01/09/2013.

Ambas partes convienen que tratándose de adicionales establecidos como una suma fija, cualquier alteración en los básicos de convenio no implicará la modificación automática de los mismos, ni obligará a ajustarlos en igual o similar proporción a los aumentos de los básicos dis-puestos.

Aquellas empresas que a la firma del presente abonen suma alguna por dicho concepto o similar podrán absorber hasta su concurrencia el importe que vienen abonando.

ART. Nº 10: CONTRIBUCION EXTRAORDINARIA:

Las partes acuerdan que las empresas abonarán una contribución extraordinaria a favor de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DE LA PROVINCIA DE SANTA FE ENTRE RIOS Y BUENOS AIRES con la fina-lidad de reforzar la realización de obras de carácter social, solidario, asistencial y capacitación, en especial para la preparación, asesoramiento e implementación del Centro de Capacitación que la entidad sindical pondrá en funcionamiento.

La mencionada contribución será de Pesos Cuatrocientos Dieciséis con 00/100 ($416.-) por cada trabajador encuadrado en el presente acuerdo, la que será abonada en diez cuotas Mensua-les iguales de Pesos Cuarenta y Uno con 60/100 ($41,60.-), ello la partir del mes de Septiembre de 2013, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes y que serán depositados en la cuenta que ATSA ROSARIO comunicará oportunamente.

ART. Nº 11: VIGENCIA:

El presente acuerdo salarial tendrá vigencia desde 01/08/2013 hasta el 31/07/2014.

ART. Nº 12:

Las partes ratifican en todos sus términos la contribución solidaria establecida en el Art 27 del CCT 657/12 la que tendrá vigencia hasta el 31 de Julio de 2014.

ART. Nº 13: HOMOLOGACION Y REGISTRO:

Los otorgantes del presente solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, la inmediata homologación del presente.

De plena conformidad, previa lectura y ratificación, se firman tres ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba mencionados.

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#I4498951I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1582/2013

Registro Nº 1234/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.576.568/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546, y

Page 55: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 55CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/7 del Expediente Nº 1.576.568/13, obra el acuerdo celebrado entre la FE-DERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte gremial, y la FEDERACION DE CAMARAS DE EMERGENCIAS MEDICAS Y MEDICINA DOMICILIARIA, por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley Nº  14.250 (t.o. 2004).

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 892 del 9 de octubre de 2013 se declaró constituida la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dis-puesto por la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004).

Que en primer término cabe dejar indicado que el acuerdo acompañado a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.580.190/13, agregado como foja 8 al principal, resulta de idéntico tenor al de fojas 3/7.

Que el presente resultará de aplicación para el personal comprendido en el Convenio Colec-tivo de Trabajo Nº 459/06, cuyas partes signatarias coinciden con los actores intervinientes en autos.

Que a través del texto convencional alcanzado, se establece una recomposición salarial y demás condiciones, conforme a los términos y lineamientos estipulados.

Que al respecto, y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 12 de agosto de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en consecuencia, corresponde dejar establecido que el plazo estipulado por las partes, que vence en fecha 31 de diciembre de 2013 y 31 de marzo de 2014, no podrá ser prorrogado ni aún antes de su vencimiento y los incrementos acordados serán considera-dos de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de esa fecha.

Que asimismo, cabe dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independien-temente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que los agentes negociales acreditado la personería y facultades para negociar colectiva-mente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la repre-sentatividad del sector empleador firmante y la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº  14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo señalado en los considerandos sexto a octavo.

Que por otra parte debe tenerse presente que la homologación que se dispone lo es en el marco de la Ley Nº 26.896 que prorrogó la vigencia de lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley Nº 26.204.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA y la FEDERACION DE CAMARAS DE EMERGENCIAS MEDICAS Y MEDICINA DOMICILIARIA, que luce a fojas 3/7 del Expediente Nº 1.576.568/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 3/7 del Expediente Nº 1.576.568/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 459/06.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo ho-mologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.576.568/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1582/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1234/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.576.568/13

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 12 días del mes de agosto de 2013, siendo las 19:00 ho-ras, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí, Dr. Norberto Ciaravino, Jefe de Gabinete de Asesores del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por el sector trabajador la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina F.A.T.S.A., representada por los señores, Carlos West Ocampo, Héctor Daer y Susana Stochero, por el sector empleador la Federación de Cámaras de Emergencias Médicas y Medicina Domiciliaria representada por los señores Juan Carlos Ruiz, José Sánchez, Jorge Mendiola, Juan Valiente, Daniel Munne y Pablo Baez con el patrocinio letrado del Dr. José Zabala. Ambas partes, signatarias del CCT 459/06, en uso de las atribuciones legales y en reconocimiento recíproco de sus capacidades y representatividad suficientes para modificar el convenio colectivo de trabajo 459/06 que rige la actividad de emergencias médicas, medicina domiciliaria y traslados de pacien-tes con fines sanitarios, acuerdan lo siguiente:

1.- Ambito Personal y Territorial: El acuerdo alcanzado será de aplicación en todo el ámbito personal y territorial comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 459/06.

2.- Ratificación: Las partes ratifican la plena vigencia de todas las cláusulas del CCT 459/06 que no sean modificadas por el presente acuerdo.

3.- Remuneraciones: las partes acuerdan establecer un aumento de los salarios básicos de todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo 459/06, el que se hará efectivo en tres tramos, el primero a partir del 1 de Agosto del 2013, el segundo a partir del 1 de Noviembre de 2013 y el tercero a partir del 1 de Febrero de 2014, todo ello de conformidad con las escalas que se explicitan continuación:

CATEGORIASSALARIO BASICO SALARIO BASICO SALARIO BASICO

AGOSTO 2013 NOVIEMBRE 2013 FEBRERO 2014

IA 7.793,56 8.369,61 8.539,03

IB 6.182,92 6.639,92 6.774,33

IIA 5.964,65 6.405,51 6.535,18

IIB 5.750,00 6.175,00 6.300,00

III 5.644,78 6.062,00 6.184,71

IV 5.426,52 5.827,61 5.945,57

V 4.892,15 5.253,74 5.360,09

VI 4.600,00 4.940,00 5.040,00

4.- La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 31/07/2013 y los aquí acordados, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales serán no remunerativos con excepción de los aportes a cargo del trabajador y las con-tribuciones patronales al Sistema Nacional de Obras Sociales. Esta excepcionalidad parcial regirá has-ta el 01/01/2014, para los incrementos aplicables a partir del 01/08/2013 y hasta el 01/04/2014 para los incrementos apIicables a partir del 01/11/2013 y 01/02/2014, fechas éstas a partir de las cuales tendrán naturaleza de remunerativos a todos los efectos. Esta excepcionalidad parcial también será aplicable en las mismas condiciones y tramos, a los mayores aumentos otorgados por los empleadores.

Los importes de los adicionales legales, convencionales y voluntarios, que resultan de tomar como base de cálculo el salario básico convencional, a los fines de su pago, deberán ser calcula-dos de conformidad con los valores establecidos en las nuevas escalas salariales aquí acordadas.

5.- Las empresas deberán garantizar a las trabajadoras que accedan al cobro del beneficio de asignación por maternidad en los términos de la ley 24.714, que el monto que perciban por dicha asignación no sea afectado por efecto de la aplicación lo acordado en el punto 4.- primer párrafo del presente acuerdo, pudiendo las empresas optar por el pago de la diferencia en concepto de gratificación extraordinaria o transformar en remunerativos a todos los efectos la totalidad de las remuneraciones de dichas trabajadoras.

6- Absorción: Los aumentos salariales otorgados durante el 2013 “a cuenta” podrán ser ab-sorbidos hasta su concurrencia.

7- En caso que alguna empresa acredite fehacientemente dificultades económico financieras para hacer frente al aumento salarial aquí acordado, podrá negociar con la filial FATSA que corres-ponda la adecuación de los plazos de vigencia de las cláusulas del presente acuerdo, así como tam-bién podrán diferir hasta el mes de enero del 2014, el pago de la diferencia del mayor valor del agui-naldo correspondiente al segundo semestre del 2013, por efecto del aumento salarial aquí acordado.

8- Contribución extraordinaria: Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 459/06 realizarán una contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Tra-bajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de pesos cuatrocientos dieciséis ($ 416,00), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 459/06, la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de pesos cua-renta y uno con sesenta centavos ($ 41,60), a partir del mes de septiembre, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre 2013 y junio de 2014. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web www.sanidad.org.ar colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”.

9.- Cuota de Solidaridad: Se establece para todos los beneficiarios del CCT. 459/06 un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente acuerdo. Este aporte estará destinado entre otros fines, a cubrir los gastos ya realizados y a realizar, en la gestión, concertación y posterior control del efectivo cumplimiento y correcta aplicación de los convenios y acuerdos colectivos para todos los beneficiarios sin excepción, al desarrollo de la acción social y la constitución de equipos sindicales y técnicos que posibiliten el desarrollo solidario de los beneficiarios convencionales, contribuyendo a una mejor calidad de vida para los trabaja-dores y su grupo familiar. Los Trabajadores afiliados a cada uno de los sindicatos de primer grado adheridos a FATSA, compensarán este aporte con el pago del mayor valor de la cuota asociacional. Los empleadores actuarán como agentes de retención del aporte solidario y realizarán el depósito correspondiente con el procedimiento habitual, en forma mensual y en la cuenta especial de FATSA conforme lo vienen realizando hasta el presente, disponiendo de boletas de depósito en la página web www.sanidad.org.ar. Esta cláusula tendrá vigencia desde el 01/08/13 hasta el 31/07/14.

Page 56: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 5612.- Vigencia: el presente acuerdo tendrá un año de vigencia a partir del 01/08/13 hasta el 31/07/14.

Las partes intervinientes ratifican en todos sus términos lo acordado y solicitan la pronta ho-mologación del presente acuerdo.

Sin más, siendo las 20 horas, se levanta la audiencia, firmando las partes ante mí, que certifico.#F4498951F#

#I4498954I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1583/2013

Registro Nº 1237/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.586.832/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/9 del Nº 1.586.832/13, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO y la ASOCIACION DE CLINICAS, SANATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIATRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA, con-forme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mismo, las partes convienen condiciones salariales para los trabajadores compren-didos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 476/06, en los términos del texto pactado.

Que en relación al incremento mencionado en las cláusulas 4° y 5° y a la suma prevista en el artículo 8°, y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 9 de septiembre de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en consecuencia, corresponde dejar establecido que los plazos estipulados por las par-tes en la cláusula 5°, que vencen en fechas 31 de diciembre de 2013 y 30 de junio de 2014, no podrán ser prorrogados ni aún antes de su vencimiento y los incrementos acordados serán con-siderados de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de esas fechas.

Que asimismo, cabe dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independien-temente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo, se corresponde con el alcance de repre-sentación de la entidad empresaria signataria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por otra parte, corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homo-logatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe si procede el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo seña-lado en los considerandos tercero a quinto.

Que por otra parte debe tenerse presente que la homologación que se dispone lo es en el marco de la Ley Nº 26.896 que prorrogó la vigencia de lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley Nº 26.204.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRA-BAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO y la ASOCIACION DE CLINICAS, SA-NATORIOS E INSTITUCIONES PSIQUIATRICAS DE LA CIUDAD DE ROSARIO Y SU ZONA, que luce a fojas 6/9 del Expediente Nº 1.586.832/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación regis-tre el presente Acuerdo obrante a fojas 6/9 del Expediente Nº 1.586.832/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Prome-dio y Tope Indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo

a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 476/06.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará apli-cable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.586.832/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1583/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 6/9 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1237/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACUERDO PARITARIO

En la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 9 días del mes de septiembre de 2013, se reúnen por la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina de Rosario (A.T.S.A. Rosario), el Sr. Américo Juan Martino, DNI 6.038.196 en el carácter de Secretario General, Carlos Marcelo Li-parelli, Secretario Adjunto, DNI 20.674.037, en su carácter de Secretaria de la Mujer, la Sra. Miriam Salvador DNI 12.111.136, y por la otra parte, la Asociación de Clínicas, Sanatorios e Instituciones Psiquiátricas de la ciudad de Rosario y su zona conforme Acta Compromiso firmada el día de la fecha, Sres. Ramiro José Moran, DNI Nº 23.344.195; Ignacio Daniel Neme, DNI 30.048.320; Ma-ria Luisa Drigo, DNI 3197513, y proceden a celebrar el ACUERDO que sigue al que han arribado luego de prolongadas deliberaciones atinentes al CCT Nro. 476/06 correspondiente al Expte. Nro. 534042/06 del MTESS de la Nación:

ARTICULO 1:

Los comparecientes de conformidad a la documentación acompañada se reconocen recípro-camente legitimadas para la negociación de este acuerdo colectivo por actividad.

ARTICULO 2: AMBITO PERSONAL

El presente acuerdo comprende al personal de la actividad sanitaria que se desempeña como dependiente en las Clínicas, Sanatorios, e Instituciones Psiquiátricas, que se encuentra incluido en el Convenio Colectivo Nº 476/06.

ARTICULO 3: AMBITO TERRITORIAL

El ámbito territorial del presente comprende la zona Sur de la Provincia de Santa Fe, (2da. Circunscripción, íntegramente los departamentos de Rosario, Belgrano, Iriondo, Caseros, San Lo-renzo, General López y Constitución.

ARTICULO 4: AUMENTO DE LAS REMUNERACIONES.

Las partes han acordado que los salarios básicos para cada una de las categorías que se de-tallan, aumentarán en un 26% sobre los dos tramos: agosto de 2013 y diciembre de 2013. Durante el mes de agosto, el porcentaje de aumento sobre básicos iniciales será del 15% sobre salarios básico iniciales del mes de julio de 2013; y durante diciembre, el aumento será del 26% sobre sa-larios iniciales del mes de julio de 2013. Las escalas salariales resultantes de tales aumentos obran en un acta complementaria que se firma conjuntamente con el presente y forma parte integrante del presente acuerdo.

ARTICULO 5:

Las diferencias entre los salarios básicos iniciales vigentes al 31/07/13 y los aquí acordados, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adiciona-les legales y convencionales, serán no remunerativos a todos los efectos legales y convencionales, con la sola excepción que sobre dichos montos, correspondientes a los aumentos enunciados, se realizarán la totalidad de los aportes de los trabajadores, y las contribuciones patronales al Siste-ma Nacional de Obras Sociales y ART de todo el personal de cada empresa. Esta excepcionalidad parcial regirá hasta el 31/12/2013 para los incrementos aplicables a partir del 01/08/2013 y hasta el 30/06/2014 para los incrementos aplicables a partir del 01/12/2013.- Si existiesen aumentos salariales otorgados “a cuenta” o no por los Establecimientos Psiquiátricos a partir del 1/01/13 podrán ser absorbidos por la empresa hasta su concurrencia; en caso de no proceder la absorción mantendrán el carácter con que fueron otorgados.

ARTICULO 6:

Los importes de los adicionales legales, convencionales y voluntarios que resultan de tomar como base el salario básico convencional, a los fines de su pago, deberán ser calculados de conformidad con los valores establecidos en la escala salarial que obra agregada en el acta com-plementaria del presente.

ARTICULO 7:

En caso de que las empresas manifiesten dificultades económico financieras, podrán nego-ciar el plazo de pago del incremento acordado con la representación de la entidad sindical signata-ria del presente, dejando constancia la parte empleadora que ya existen empresas que manifiestan la existencia de dificultades económicas/financieras y solicitan en lo inmediato a ATSA Rosario reuniones a tales fines. Asimismo las partes postulan y propician “la paz social” que conlleva a generar un mecanismo de conciliación previa entre los paritarios cuando acontezca un conflicto o eventual conflicto, sea individual, pluriindividual o colectivo entre los asociados y afiliados de las partes.

ARTICULO 8:

Las empresas se obligan a abonar a sus trabajadores un monto no remunerativo, de carácter extraordinario y por única vez a los trabajadores comprendidos en la presente Convención Colecti-va de Trabajo, de pesos mil ($ 1.000.-) que se abonará en cuatro cuotas iguales y mensuales de pe-sos doscientos cincuenta cada una ($ 250) durante los meses de marzo, abril, mayo y julio de 2014.

ARTICULO 9: ADICIONAL POR PRESENTISMO Y PUNTUALIDAD:

Las partes acuerdan que el “Adicional Presentismo y Puntualidad” establecido en el inciso 13 del Art. 11 será incrementado a partir del mes de agosto de 2013, conformando una suma de pesos Quinientos Sesenta ($ 560).

Page 57: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 57ARTICULO 10: CONTRIBUCION EXTRAORDINARIA

Se establece por única vez una contribución extraordinaria que abonarán las empresas com-prendidas en la CCT 476/2006 a favor de la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina de Rosario y con la finalidad de reforzar la realización de obras de carácter social, solidario y asis-tencial y capacitación, en especial la preparación, asesoramiento e implementación del Centro de Capacitación que la entidad sindical pondrá en funcionamiento. La mencionada contribución será de pesos trescientos cincuenta ($ 350) por cada trabajador incluido en convenio y se abonará en diez cuotas iguales, mensuales de pesos treinta y cinco (sin intereses) a partir del 1° de septiembre de 2013 sin incluir los meses de diciembre de 2013 y junio de 2014, y que serán depositados en la cuenta de ATSA Rosario.

ARTICULO 11: SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO:

La incidencia del incremento del 26% acordado sobre el sueldo anual complementario de diciembre de 2013, quedará diferido a su liquidación y pago al mes de febrero de 2014.

ARTICULO 12: CUOTA DE SOLIDARIDAD Y FONDO SOLIDARIO:

Se ratifica la Cuota de Solidaridad y Fondo Solidario pactados en el convenio colectivo de trabajo Nº 476/2006, en todos sus términos, el que tendrá vigencia hasta el 31 de julio de 2013.

ARTICULO 13: VIGENCIA

El acuerdo salarial pactado en el presente tendrá vigencia a partir del 1.8.2013 hasta el 31.7.2014, acordándose la ultraactividad del CCT 476/06.

ARTICULO 14: HOMOLOGACION Y REGISTRO

Los otorgantes del presente, se obligan a incorporar este acuerdo al Expte. 534.042/06 y a ratificarlo por ante la autoridad de aplicación y a solicitar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social de la Nación, la inmediata homologación, una vez firmado el acuerdo definitivo.

De plena conformidad, previa lectura y ratificación, se firman tres ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto en el lugar y fecha arriba mencionados.

Anexo I - Artículo 4

Escalas Salariales - Convenio Colectivo 476/06

A) Personal Técnico Servicios Complementarios

#F4498954F#

#I4498955I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1584/2013

Registro Nº 1241/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº  1.576.566/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), la Ley Nº 26.896, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/8 del Expediente Nº 1.581.575/13 agregado como foja 3 al principal, y a fo-jas 8/9 del Expediente Nº 1.581.577/13, agregado como fojas 4 al Expediente Principal, obran el Acuerdo y Acta Complementaria, respectivamente celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y la CAMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNOSTICO MEDICO, la CAMARA DE ENTIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO (CEDIM) y COLMEGNA SOCIEDAD ANO-NIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales para el perso-nal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que al respecto, y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 26 de agosto de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal.

Que en consecuencia, corresponde dejar establecido que el plazo estipulado por las partes, que vence en fecha 31 de diciembre de 2013 y en fecha 30 de junio de 2014, no podrá ser prorro-gado ni aún antes de su vencimiento y los incrementos acordados serán considerados de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de esas fechas.

Que asimismo, cabe dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independien-temente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homo-logación.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por otra parte debe tenerse presente que la homologación que se dispone lo es en el marco de la Ley Nº 26.896 que prorrogó la vigencia de lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley Nº 26.204.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo señalado en los conside-randos cuarto a quinto.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la proce-dencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformi-dad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologados el Acuerdo y Acta Complementaria obrantes a fojas 2/8 del Expediente Nº 1.581.575/13 agregado como foja 3 al Principal y fojas 8/9 del Expediente Nº 1.581.577/13 agregado como fojas 4 al Expediente Principal, respectivamente celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y la CAMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNOSTICO MEDICO, la CAMARA DE EN-TIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO (CEDIM) y COLMEGNA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la DIRECCION GENERAL DE REGIS-TRO, GESTION Y ARCHIVO DOCUMENTAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coor-dinación registre el presente Acuerdo y Acta Complementaria, obrantes a fojas 2/8 del Expediente Nº  1.581.575/13 agregado como foja 3 al Principal y fojas 8/9 del Expediente Nº  1.581.577/13, agregado como fojas 4 al Expediente Principal, respectivamente.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al De-partamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo esta-blecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75.

Page 58: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 58ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABA-

JO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homolo-gado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.576.566/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1584/13 se ha tomado razón del acuerdo y acta complementaria obrantes a fojas 2/8 del expediente Nº 1.581.575/13 agregado como foja 3 al principal y fojas 8/9 del expediente Nº 1.581.577/13 agregado como foja 4 al expe-diente de referencia, quedando registrado bajo el número 1241/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.576.566/13

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de agosto de 2013, siendo las 18:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante mí, Dr. Norberto Ciaravino Jefe de Gabinete de Asesores del Ministro de Trabajo, Empleo y Se-guridad Social, el Sr. Carlos West Ocampo, Héctor Ricardo Daer y Susana Stochero en repre-sentación de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA), por una parte y por la otra, el Sr. Guillermo Gómez Galizia con DNI 4.557.953 en su carácter de Presidente, José Héctor Laurensio en su carácter de Secretario con DNI 7.618.974 y Fernando Peralta con DNI 8.068.395 en su carácter de prosecretario, con el patrocinio letrado del Dr. Juan José Etala, constituyendo el domicilio en Perú 590 Piso 4 de la C.A.B.A. en represen-tación de la Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico —CADIME—; Jorge Carrascosa DNI 7.887.412 en su carácter de Presidente, Cesar Gotta en su carácter de Vicepresidente DNI 21.156.161 y José Antonio Zabala en su carácter de letrado patrocinante en representación de la Cámara de Entidades de Diagnóstico y Tratamiento Ambulatorio —CEDIM— con domi-cilio en la calle Montevideo 451 Piso 11 de la CABA y el Sr. Julio Alberto Machuca con D.N.I. 4.276.555 en su carácter de apoderado, constituyendo el domicilio en calle Sarmiento Nº 839 de la C.A.B.A. en representación de Colmegna S.A.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la palabra a las partes ma-nifiestan: que luego de largas e intensas negociaciones CEDIM manifiesta que no puede sus-cribir el acuerdo ya que sus representadas resultan establecimientos que prestan servicios mayoritariamente a empresas de medicina prepaga y se ven afectadas por desconocer si van a contar con los recursos suficientes para afrontar los aumentos salariales y otros costos que surgen del presente acuerdo. CADIME manifiesta que suscribe el presente en procura de mantener la paz social y fija su posición al respecto en acta que se suscribe a continuación del acuerdo. Las partes con la excepción planteada por CEDIM, arriban al presente acuerdo que se explicita a continuación:

1. Los comparecientes se reconocen recíprocamente, por su representación y representativi-dad como únicas partes legitimadas para la negociación del CCT 108/75.

2. Ambito Personal y territorial: El acuerdo alcanzado será de aplicación en todo el ámbito personal y territorial comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 108/75.

3. Escala de Salarios Básicos: las partes acuerdan establecer un aumento de los salarios básicos de todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo 108/75, el que se hará efectivo en 2 tramos, el primero a partir del 1° de agosto de 2013 y el segundo a partir del 1° de diciembre de 2013, todo ello de conformidad con las escalas que se explicitan a continuación:

CATEGORIASSALARIO BASICO SALARIO BASICO

AGOSTO 2013 DICIEMBRE 2013

PRIMERA CATEGORIA 6.182,92 6.774,33

SEGUNDA CATEGORIA 5.911,97 6.477,46

TERCERA CATEGORIA 5.750,15 6.300,16

CUARTA CATEGORIA 5.373,84 5.887,85

QUINTA CATEGORIA 4.944,84 5.417,82

La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 31/07/2013 y los aquí acordados, así como los valores resultantes de la incidencia de las nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales serán no remunerativos con excepción de los aportes a cargo del trabajador y las contribuciones patronales al Sistema Nacional de Obras Socia-les. Esta excepcionalidad parcial regirá hasta el 31/12/2013 para los incrementos aplicables a partir del 01/08/2013 y hasta el 30/06/2014 para los incrementos aplicables a partir del 01/12/2013, fechas éstas a partir de las cuales tendrán naturaleza de remunerativos a todos los efectos.

Los importes de los adicionales legales y convencionales que resultaren de tomar como base cálculo el salario básico convencional, a los fines de su pago, deberán ser calculados de confor-midad con los valores establecidos en las nuevas escalas de salarios básicos enunciadas prece-dentemente.

Asignación por maternidad: Las empresas deberán garantizar a las trabajadoras que accedan al cobro del beneficio de asignación por maternidad en los términos de la ley 24.714, que el monto que perciban por dicha asignación no sea afectado por efecto de la aplicación de las no remu-neratividades pactadas en el presente acuerdo. En caso de que se produzca dicha afectación las empresas podrán optar por el pago de la diferencia en concepto de gratificación extraordinaria o transformar en remunerativas, a todos los efectos, la totalidad de las remuneraciones de dichas trabajadoras.

4. Absorción: Los aumentos salariales otorgados durante el 2013 “a cuenta” podrán ser ab-sorbidos hasta su concurrencia.

5. En caso que alguna empresa acredite fehacientemente dificultades económico financieras para hacer frente al aumento salarial aquí acordado, podrá negociar con el sindicato de primer grado afiliado a FATSA que corresponda, la adecuación de los plazos de vigencia de las cláusulas del presente acuerdo, así como también podrán diferir hasta el mes de enero de 2014, el pago de la diferencia del mayor valor del aguinaldo correspondiente al segundo semestre de 2013, por efecto del aumento salarial aquí acordado.

6. Categorías: las partes acuerdan recategorizar a la Enfermera que a partir del primero de agosto del corriente deberá revistar en la categoría segunda del Convenio Colectivo 108/75.

Para ello las partes acuerdan eliminar el apartado e) del Artículo Quinto (5°) del Título: Cate-goría Tercera.

Las partes acuerdan incorporar al artículo quinto (5°) Título: Categoría Segunda, el apartado e) Enfermera, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 5: Personal Técnico y de Maestranza:

Segunda Categoría:

e) Enfermera: es aquella persona que trabaja en relación de dependencia y que realiza las tareas inherentes a su profesión a las órdenes del personal médico, caba y/o supervisoras en consultorios externos”.

7. Seguro de Fidelidad: las partes acuerdan reformular el Seguro de Fidelidad establecido en el artículo 17 del CCT 108/75. Transitoriamente y hasta tanto se alcance un acuerdo definitivo sobre el Instituto, se establece un valor para el Seguro de pesos mil ciento setenta y tres ($ 1.173) a partir del 1 de Agosto de 2013 y de pesos mil doscientos ochenta y cinco ($ 1.285) a partir del 01/12/2013.

8. Sala Maternal: las partes acuerdan actualizar el valor del Beneficio Social contemplado en el artículo 33 del CCT 108/75 en la suma de pesos mil quinientos dieciocho ($ 1.518) a partir del 1 de Agosto de 2012 y de pesos mil seiscientos sesenta y tres ($ 1.663) a partir del 01/12/2013. Este beneficio mantendrá el carácter no remunerativo oportunamente acordado.

9. Contribución extraordinaria: Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 108/75 realizarán una contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, so-lidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de pesos cuatrocientos dieciséis ($ 416,00), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 108/75, la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de pesos cuarenta y uno con sesenta ($ 41,60) cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre 2013 y junio de 2014. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web www.sanidad.org.ar colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”.

12. Cuota de Solidaridad: Se establece para todos los beneficiarios del CCT. 108/75 un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente acuerdo. Este aporte estará destinado entre otros fines, a cubrir los gastos ya reali-zados y a realizar, en la gestión, concertación y el posterior control del efectivo cumplimiento y correcta aplicación del los convenios y acuerdos para todos los beneficiarios sin excepción, al desarrollo de la acción social y la constitución de equipos sindicales y técnicos que posibiliten el desarrollo solidario de los beneficiarios convencionales, contribuyendo a una mejor calidad de vida para los trabajadores y su grupo familiar. Los Trabajadores afiliados a cada uno de los sindi-catos de primer grado adheridos a FATSA, compensarán este aporte con el pago del mayor valor de la cuota asociacional. Los empleadores actuarán como agentes de retención del aporte soli-dario y realizarán el depósito correspondiente con el procedimiento habitual, en forma mensual y en la cuenta especial de FATSA conforme lo vienen realizando hasta el presente, disponiendo de boletas de depósito en la página web www.sanidad.org.ar. Esta cláusula tendrá vigencia desde el 01-08-13 hasta el 31-07-14.

13. Vigencia: el presente acuerdo tendrá un año de vigencia, esto es desde el 01-08-13 hasta el 31-07-14.

El Señor Jefe de Gabinete de Asesores del Señor Ministro, ante lo manifestado por CEDIM hace saber que resolverá en los términos del artículo 5 de la Ley 23.546, de lo cual toman cono-cimiento los comparecientes. Atento a lo expuesto CEDIM formula reserva de derechos. Con lo cual se da por finalizado el presente acto labrándose acta que leída que fue, es firmada de confor-midad y para constancia ante mí que CERTIFICO.

Sin más, siendo las 19.30 horas, se levanta la audiencia, firmando las partes ante mí, que certifico.

Expediente Nº 1.576.566/13

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de Agosto de 2013, siendo las 16:30 horas, en el marco de la paritaria convocada en el expediente 1.576.566/13, tendiente a la reno-vación parcial del Convenio Colectivo 108/75, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí Dr. Norberto Ciaravino Jefe de Gabinete, por una parte la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, en adelante FATSA, representada por Carlos West Ocampo, Héctor Daer, Susana Stochero, por el sector trabajador y por la otra la Cámara de Entidades de Diagnóstico y Tratamiento Ambulatorio —CEDIM— con domicilio en la calle Montevideo 451 Piso 11 de la CABA representada por Jorge Carrascosa DNI 7.887.412 en su carácter de Presidente, y José Antonio Zabala en su carácter de letrado patrocinante.

Abierto el acto la representación empresaria manifiesta que habiéndose superado el estado de cosas que motivó la falta de suscripción por CEDIM del acuerdo alcanzado en estas actuacio-nes con fecha 26 de agosto de 2013, destinado a la renovación parcial del Convenio Colectivo de Trabajo 108/75, viene a ratificar en todos sus términos dicho acuerdo.

Cedida la palabra a la parte sindical, manifiesta: Que presta conformidad a la ratificación expresada por la representación empresaria en relación al acuerdo colectivo en el que se modifi-cara parcialmente el CCT 108/75, firmado el 26 de agosto del corriente año, en el expediente de la referencia.

Por lo expuesto ambas partes en conjunto manifiestan:

1.- Que ratifican en todos sus términos cada una de las cláusulas del acuerdo firmado el 26 de agosto de 2012 por la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina en representación de los trabajadores y la Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico —CADI-ME— Colmegna S.A., en representación del sector empresario.

2.- Que solicitan la homologación del referido acuerdo teniendo como parte integrante de la representación empresaria a la Cámara de Entidades de Diagnóstico y Tratamiento Ambulatorio —CEDIM—

Sin más, las partes intervinientes ratifican en todos sus términos lo acordado.#F4498955F#

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 59#I4498956I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1585/2013

Registro Nº 1243/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.569.653/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/6 del Expediente Nº 1.569.653/13, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICA-TO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTI-NA, por el sector sindical y la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, de confor-midad a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del acuerdo referido las partes pactan incrementos salariales, conforme los tér-minos y lineamientos estipulados.

Que en tal sentido y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, resulta pro-cedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que lo antedicho lo es sin perjuicio de que a la fecha del dictado de la presente homologación, los incrementos pactados son de carácter remunerativo.

Que en consecuencia, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las par-tes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere es-tipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que respecto a las categorías “aprendices” y “cadetes” consignadas en la escala del acuerdo de marras, corresponde hacer saber a las partes que resultan aplicables de pleno derecho las previsiones de la Ley Nº 26.390 que dispuso la elevación de la edad mínima de admisión en el empleo a los dieciséis años.

Que el acuerdo traído a estudio resultará de aplicación para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 3/89 “E”.

Que el plexo convencional individualizado en el párrafo precedente ha sido oportunamente celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa DEUTZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora.

Que se encuentra acreditado en el Expediente Nº 1.044.227/01 del registro de este Ministe-rio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA es continuadora de la empresa DEUTZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA celebrante originaria del plexo convencional bajo esa denominación.

Que en consecuencia las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo cuya homologación se pretende.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad de la empresa fir-mante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto se estima procedente dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se re-mitirán estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Artículo 10 del Decreto Nº 200/88.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 3/6 del Expediente Nº 1.569.653/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/6 del Expediente Nº 1.569.653/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Na-cional de Regulaciones del Trabajo, a fin que evalúe la procedencia de elaborar el Proyecto de

Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procé-dase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 3/89 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará apli-cable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.569.653/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1585/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1243/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EXPEDIENTE Nº 1495882/12

Buenos Aires, 30 de octubre de 2013

Sra. Directora Nacional:

Atento el estado de las presentes actuaciones, se hace constar que el domicilio denunciado por la entidad sindical es Cuenca 568 y no Cuenca 658, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como se ha consignado en las cédulas que lucen a fojas 4, 7, 14 y 18 de autos.

Asimismo, se deja constancia que de las consultas efectuadas surge que el numero de CUIT, de la empresa Vintama S.A. es: 30-71056444-9, con domicilio en la calle Cuenca 568, CABA.

Sin perjuicio de ello, y a tenor de la denuncia efectuada a foja 1 y a foja 19, en cuanto a “trabajo no registrado”, se elevan las actuaciones para su conocimiento e intervención de la Subsecretaria de Fiscalización del Trabajo.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Haedo, partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, Planta Industrial de Carraro Argentina S.A., a los dos días del mes de Mayo de 2013 se reúnen los señores Lorenzo Favero, Fernando Puzzo y Tirso Rodríguez Alcobendas, en carácter de representantes de Carraro Argentina S.A., los señores Ricardo Pignanelli, Gustavo Morán, Oscar Rizzo, Walter Dilavello, en representación del SMATA, como delegados lo hacen Roque Matteo y Cristian Warzala, y convie-nen:

Que, el SMATA y los trabajadores de Carraro Argentina S.A. representados por esa Organiza-ción Sindical plantearon oportunamente que la Empresa analizará la posibilidad de negociar con el gremio una recomposición salarial.

Que, en primer lugar, Carraro Argentina deja constancia que el contexto económico en que hoy en día se desenvuelve la Empresa y la necesidad de mantener condiciones de competitividad que le posibiliten mantenerse y aún incrementar su participación en el mercado, no permiten al momento actual incrementar sus costos.

Que, no obstante lo expresado en el párrafo anterior y de acuerdo a lo convenido en la cláusu-la novena del Acta Acuerdo firmada para su homologación el 22 de febrero de 2012, bajo el Expte. 1496705/12.

LAS PARTES ACUERDAN:

PRIMERA: Las partes expresan que por el trimestre Octubre, Noviembre y Diciembre de 2012, se otorgó un incremento no remunerativo del 6,64% sobre los salarios básicos y convienen que este incremento no remunerativo se prorroga su incorporación a los salarios básicos hasta el 01-07-2013.

SEGUNDA: Las partes acuerdan (i) por el período del 01 de Enero de 2013 hasta el 31 de Marzo de 2013 se otorga un incremento no remuneratorio del 6,22% sobre los salarios básicos; (ii) este incremento no remuneratorio será incorporado a los salarios básicos a partir del 01-10-2013. Como Anexo I que forma parte integrante de la presente, se acompaña la planilla con los salarios básicos y su adicional no remunerativo acumulado del 13,27% que por categoría regirán durante el período acordado.

TERCERA: Las partes se reunirán a partir el 01-06-2013 a los fines de analizar la evolución salarial, teniendo en cuenta la situación productiva empresaria y las variables económicas corres-pondientes a dicho momento. Por lo demás, asumen el compromiso de llevar a cabo los encuen-tros necesarios durante este lapso a los fines de estudiar e intentar consensuar métodos de trabajo que permitan mantener los salarios de los trabajadores comprendidos en el CCT 3/89 “E”, con el debido poder adquisitivo.

CUARTA: Las partes manifiestan que en caso que el Poder Ejecutivo Nacional, dicte en este período normas legales incorporando, modificando o incrementando salarios o beneficios no re-munerativos, tales incorporaciones, modificaciones, incrementos o beneficios podrán ser absor-bidos por Carraro Argentina hasta su concurrencia con los importes que se hayan abonado con anterioridad y/o se abonen como consecuencia del presente acuerdo. En este supuesto ambas partes se reunirán para estudiar y conformar los nuevos salarios.

QUINTA: Ambas partes en forma conjunta presentarán el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a los fines de su homologación.

SEXTA: Sin perjuicio de ello lo aquí pactado será considerado de cumplimiento inmediato dentro del marco del Art. Nº 1197 del Código Civil atento que se trata de un Convenio Colectivo de Empresa.

No siendo para más, leída y ratificada la presente, las partes firman al pie en señal de plena conformidad cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a iguales efectos en lugar y fecha indicados al comienzo del presente.

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 60“ANEXO C”

Artículo Nº 31 - Escala de Sueldos y Jornales C.C.T. Nº 3/89

Carraro Argentina S.A.

VIGENCIA 01/04/2013 al 30/06/2013

Artículo Nº 31 - Escala de Sueldos y Jornales C.C.T. Nº 3/89

Carraro Argentina S.A.

VIGENCIA 01/04/2013 al 30/06/2013

#F4498956F#

#I4498957I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1586/2013

Registro Nº 1231/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.574.151/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº  1.578.577/13, agregado a fojas 3 del Expediente Nº 1.574.151/13, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUS-TRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratifica-do a fojas 12/13 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTA-CION, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 814 del 25 de septiembre de 2013 se declaró constituida la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004)

Que bajo el presente acuerdo, las partes pactan condiciones salariales para todos los traba-jadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 658/04 “E”, conforme las condiciones y los términos allí establecidos.

Que asimismo, establecen el pago de una suma extraordinaria y por única vez a ser abonada en el mes de Septiembre de 2013 a todos los trabajadores comprendidos en el precitado convenio.

Que en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 7 de agosto de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los tra-bajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere es-tipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa fir-mante y la representatividad del sector sindical signatario, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº  14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo señalado en los considerandos quinto y sexto.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13, agregado a fojas 3 del Expediente Nº 1.574.151/13, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION mediante acta de ratificación obrante a fojas 12/13 de las mismas actuaciones, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13, agregado a fojas 3 del Expediente Nº 1.574.151/13 conjuntamente con el Acta de Ratificación obrante a fojas 12/13 del Expediente Nº 1.574.151/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 658/04 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo ho-mologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.574.151/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1586/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº 1.578.577/13 agregado como fojas 3 al expediente principal y a fojas 12/13 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1231/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EN LA CIUDAD DE BALCARCE, A LOS 07 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2013, SE REUNEN EL SEÑOR MARCELO WAGNER EN REPRESENTACION DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ALIMENTACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LOS SEÑORES MARTIN CAPRA, MARTIN NEYRA, RODRIGUEZ EDUARDO, NELSON LOPEZ, JUAN CARLOS CAGNI, LUCIANO GOYA Y WALTER VILLARREAL EN REPRESENTACION DEL PERSONAL DE McCAIN ARGENTINA S.A., Y LOS SEÑORES TOMAS HARTMAN Y RODOLFO SANCHEZ MORENO EN REPRESENTA-CION DE LA EMPRESA, McCAIN ARGENTINA S.A., QUIENES MANIFIESTAN:

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Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 611) QUE, DESPUES DE UN PROFUNDO ANALISIS DE LAS DISTINTAS POSICIONES EXPUES-

TAS POR LAS PARTES, Y ENTENDIENDO QUE EL ACUERDO ARRIBADO SATISFACE LOS IN-TERESES DE SUS REPRESENTADAS, HAN ACORDADO UNA NUEVA ESCALA SALARIAL PARA TODO EL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL CCTE 658/04 “E”, CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 2013 Y 1° DE NOVIEMBRE DE 2013 QUE SE ADJUNTA COMO ANEXO I DEL PRE-SENTE ACUERDO.

2) QUE, EL PRESENTE TIENE VIGENCIA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2014, PERIODO DURAN-TE EL CUAL LAS PARTES SE COMPROMETEN A TENER ARMONIOSAS RELACIONES LABORA-LES DENTRO DE UN MARCO DE PAZ SOCIAL.

3) ESTABLECER UN PAGO POR UNICA VEZ Y EXTRAORDINARIO DE $600 (PESOS SEIS-CIENTOS), Y POR LO TANTO DE CARACTER NO REMUNERATIVO, HABIDA CUENTA SU CON-DICION DE PAGO NO REGULAR NI HABITUAL (ART. 6 LEY 24.241) QUE SERA ABONADO EN EL MES DE SEPTIEMBRE 2013.

SE FIRMAN CUATRO (4) EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN SOLO EFECTO COM-PROMETIENDOSE LAS PARTES, A SU PRESENTACION ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION A LOS EFECTOS DE SOLICITAR LA CORRES-PONDIENTE HOMOLOGACION.

Planilla de Retribuciones básicas

CCT - 658/04 E

Area Producción y Mantenimiento Desde01/07/2013

Desde01/11/2013

A 36.71 38.84

B 39.45 41.73

C 41.61 44.02

D 45.60 48.24

E 50.20 53.11

F 54.32 57.46

1/2 Oficial 49.73 52.61

Oficial 72.52 76.71

Líder 86.08 91.06

Personal Administrativo y Mensual

Función I 7269.58 7690.14

Función II 8191.28 8665.15

Función III 8311.59 8792.42

Función IV 8715.34 9219.53

Función V 9325.05 9864.51

Función VI 9969.42 10546.16

Supervisores

Producción 12718.20 13453.96

Cámara de frío 11498.78 12163.99

Campo 11945.36 12636.42

Mantenimiento 14145.60 14963.94

Por Movimiento de Bolsa 1.04 1.10

EXPEDIENTE Nº 1.574.151/13

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de agosto del año dos mil trece, siendo las 13,00 hs, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Pablo Marcelo GRECO, por FEDERACION DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMEN-TACION el Sr. Luis el Sr Bernabé MORAN en su carácter de Secretario General y la Sra. Norma Viviana CORDOBA en su carácter de Secretaria de Acción Social y Turismo y por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAL DE LA ALIMENTACION lo hacen también el Sr. Luis el Sr. Bernabé MORAN en su carácter de Secretario General y la Sra. Norma Viviana CORDOBA en su carácter de Secretaria de Acción Social y Turismo junto al Sr. Domingo Marcelo WAGNER, Asi-mismo, presentes los Sres. Martín CAPRA, Martí NEYRA, Eduardo RODRIGUEZ, Nelson LOPEZ, Juan Carlos CAGNI, todos en carácter de Delegados del Personal y el Dr. Adolfo Matarrese en su carácter de Asesor Letrado de la parte sindical y por la otra lo hace la Empresa McCAIN ARGEN-TINA SOCIEDAD ANONIMA representada por el Dr. Rodolfo SANCHEZ MORENO en su carácter de apoderado.

Declarado abierto el acto las partes en conjunto ratifican el ACUERDO suscripto en forma directa a fs. 2/3 del Expediente Nº 1.578.577/13 agregado como fs. 3 a los autos principales, soli-citando su respectiva HOMOLOGACION.

Por su parte, se ha adjuntado nómina de paritarios, tal como surge de las constancias obran-tes a fs. 31/33, a los fines del dictado Disposición que constituya comisión negociadora, con ca-rácter previo al dictado del acto administrativo que homologue el acuerdo acompañado.

Por su parte, las partes manifiestan que el acuerdo alcanzado modifica las escalas salariales del convenio colectivo de trabajo empresa Nº 658/04 “E”, instrumento del que los agentes ne-gociales, resultan partes signatarias, encontrándose debidamente legitimados para la rúbrica y suscripción.

Con lo que se cierra el acto siendo las 14:00 horas, labrándose la presente que leída es firma-da de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.

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#I4498958I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1587/2013

Registro Nº 1240/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.568.452/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita la homologación del Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA AR-GENTINA (SMATA), y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 3/4 del expediente Nº 1.568.452/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Co-lectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el referido Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones salariales aplicables al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1179/11 “E”, con vigencia desde el mes de Abril de 2013.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su per-sonería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y rati-ficaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 594 del 1 de agosto de 2013, dictada por ante Expediente Nº 1.560.018/13, esta Autoridad declaró formal-mente constituida la Comisión Negociadora entre las partes.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo, corresponde la remisión de las actuacio-nes a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a los fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme la exigencia impuesta por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE ME-CANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la empresa HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 3/4 del Ex-pediente Nº 1.568.452/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Re-gistro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.568.452/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente remítase de las actuacio-nes a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a los fines de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme la exigencia impuesta por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo ho-mologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.568.452/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1587/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1240/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

A los 6 días del mes de Mayo, en la Ciudad de Buenos Aires, se reúnen en la sede del Sindi-cato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, por una parte los representantes de HON-DA MOTOR DE ARGENTINA S.A. Señores JORGE FERNANDEZ y EDUARDO MORAN VALLEJOS y por la otra los representantes del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA Compañeros, RICARDO PIGNANELLI, GUSTAVO MORAN, RICARDO DE SIMONE, HECTOR PAREDES Y OSCAR JARA y por el Cuerpo de Dele-gados Compañeros RAUL CHICO, ESTEBAN PUMA, EDUARDO PAREDES, ROBERTO LOPEZ y CARLOS COCHERE.

ACUERDO

PRIMERO: a partir del 01/04/2013 los trabajadores de la empresa de HONDA MOTOR DE AR-GENTINA S.A. Planta Florencio Varela y demás trabajadores de las empresas eventuales que en ella trabajan, percibirán la escala de salarios que se adjunta anexada al presente.

SEGUNDO: las partes convienen que el pago retroactivo correspondiente a la diferencia gene-rada en el mes de Abril de 2013 se hará efectiva con los haberes del mes de Mayo de 2013.

Page 62: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 62TERCERO: de común acuerdo las partes se comprometen como mutuo objetivo el mantener

armoniosas y ordenadas relaciones, con el fin de preservar la Paz Social y de evitar que se susci-ten hechos que pudieran derivar en situaciones conflictivas, por lo tanto le solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la homologación del presente acuerdo dentro del marco de la Ley 14.250.

No siendo para más y en prueba de conformidad se firman 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha del inicio.

ANEXO I

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#I4498959I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1588/2013

Registro Nº 1239/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº  1.550.432/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES (CULTURAL-GREMIAL-MUTUAL) por el sector de los trabajadores y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL CINE Y VIDEO PUBLICITARIO junto con la CAMA-RA ARGENTINA DE ANUNCIANTES por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 102/90 oportunamente suscripto entre las mismas, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el Acuerdo de marras los agentes negociadores convienen el incremento de los sa-larios básicos de los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 102/90, conforme los términos y lineamientos estipulados.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley Nº 23.546.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto se estima procedente dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que según el informe de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo obrante en el Expediente Nº 1.096.641/04, el cual fuera compartido por esta Secretaría a fojas 589, no resul-ta procedente efectuar el cálculo de la base promedio y tope indemnizatorio correspondiente a los acuerdos, suscriptos por las mismas partes en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 102/90.

Que igual criterio se adoptó en la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 568 de fecha 24 de abril de 2012 que homologó el acuerdo Nº 435/12, celebrado por idénticas partes.

Que conforme ello y teniendo en cuenta el contenido del acuerdo cuya homologación se dispone, cabe aplicar el mismo criterio, no resultando procedente efectuar el cálculo de la base promedio y tope indemnizatorio del mismo.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGEN-TINA DE ACTORES (CULTURAL-GREMIAL-MUTUAL) por el sector de los trabajadores y la CA-MARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL CINE Y VIDEO PUBLICITARIO junto con la CAMARA ARGENTINA DE ANUNCIANTES por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 102/90 oportunamente suscripto entre las mismas, de conformidad a lo dispues-to en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), glosado a foja 2/3 del Expediente Nº 1.550.432/13.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.550.432/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 102/90.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo ho-mologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.550.432/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1588/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1239/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 1 días del mes de febrero de 2013, se reúnen por una parte, la ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES constituyendo domicilio en Alsina 1762, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Secretario General, Sr. Luis Emilio Ali, DNI 10.515.529, su Secretario Gremial Sr. Horacio Carlos Gabriel Rovito, DNI 14.614.594, su Prosecretaria Gremial Adjunta, Sra. Mirta Beatriz Israel, DNI 14.563.482, su 2do. Vocal Gremial, Sr. Carlos Eduardo Berraymundo, D.N.I. 17.203.569, con el patrocinio letrado de la Dra. Cynthia Benzion, abogada, Tomo 43 Folio 589 CPACF, y por la otra, la CAMARA ARGENTINA DE CINE Y VIDEO PUBLICITARIO, constituyendo domicilio en la calle Cabrera 6047, piso 8vo. Oficina “C”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por Nicolás Broens, Presidente, Jacqueline Lijtensten, en su carácter de apoderada, con el patrocinio letrado de la Dra. Yanina Kasakoff, Tomo 83, Folio 460, CPACF, y la CAMARA ARGENTINA DE ANUNCIANTES, constituyendo domicilio en Belgrano 624, piso 3, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por Philip Perez en su ca-rácter de Apoderado (denominándose, también, en su conjunto “las partes”) y celebran el presente acuerdo:

PRIMERO: Todas las partes convienen el otorgamiento de un aumento del 14% (Catorce Por Ciento) sobre el valor de la escala salarial que expiró el 31 de enero de 2013, que se instrumentará de forma escalonada y conforme seguidamente se detalla:

PRIMER TRAMO: 11% (Once Por Ciento) a partir del 1 de FEBRERO de 2013

SEGUNDO TRAMO: 3% (Tres Por Ciento) a partir del 01 de ABRIL de 2013.

Se acompaña planilla identificada como Anexo A, resultando parte integral del presente a to-dos los efectos, donde se refleja la escala salarial del PRIMER TRAMO para todos los roles.

Se acompaña planilla identificada como Anexo B, resultando parte integral del presente a todos los efectos, donde se refleja la escala salarial del SEGUNDO TRAMO para todos los roles.

SEGUNDO: Las partes acuerdan modificar —sólo por el plazo de vigencia del presente— el artículo 2.2 del Acuerdo suscripto 14 de septiembre de 2007, estableciéndose que las con-diciones económicas fijadas en el presente tendrán una vigencia de ocho (8) meses. De esta forma, los valores establecidos en la cláusula PRIMERA regirán desde el día 01 de Febrero de 2013 hasta el 30 de septiembre de 2013, fecha a partir de la cual, las partes establecerán las condiciones económicas que regirán el período siguiente y que volverán a pactarse por períodos de 6 (seis) meses, conforme lo establecido en el Acuerdo de fecha 14 de septiembre de 2007.

Page 63: 2014011701 n

Viernes17deenerode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.808 63TERCERO: Las partes convienen presentar y ratificar el presente acuerdo ante el Ministerio de

Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, para su homologación. En prueba de conformi-dad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO A

VALORES VIGENTES A PARTIR DEL 1/02/13 CON VENCIMIENTO EL 30/03/13

PROTAGONISTA 3999

COPROTAGONISTA 3333

SECUNDARIO 2174

PERSONAJE MENOR 1946

GRUPAL 878

PRUEBA DE VESTUARIO 357

PRUEBA DE SELECCION (CALL BACK) 357

ANEXO B

VALORES VIGENTES A PARTIR DEL 1/04/13 CON VENCIMIENTO EL 30/09/13

PROTAGONISTA 4107

COPROTAGONISTA 3423

SECUNDARIO 2233

PERSONAJE MENOR 1998

GRUPAL 902

PRUEBA DE VESTUARIO 367

PRUEBA DE SELECCION (CALL BACK) 367

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#I4498960I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1589/2013

Registro Nº 1236/2013

Bs. As., 28/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.562.616/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modifi-catorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 9/10 del Expediente Nº 1.562.616/13, obra el acuerdo celebrado entre la FEDE-RACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA AR-GENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS DE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y JUJUY, por el sector gremial, y la empresa TRANSPORTADORA GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 700/05 “E”.

Que mediante el presente acuerdo se establecen los montos que deberá abonar la empresa en concepto de “Guardias Pasivas” a partir del mes de Julio del año 2008, conforme a los términos allí establecidos.

Que asimismo se establece el pago de una asignación extraordinaria de conformidad con las estipulaciones pactadas.

Que en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 31 de julio de 2008, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los tra-bajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere es-tipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe a la estricta corresponden-cia entre la actividad principal de la entidad empleadora signataria y la representatividad del sector sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº  14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo señalado en los considerandos quinto a sexto.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y en virtud de que el acuerdo de marras fija un gratificación extraordinaria no remu-nerativa y el incremento de algunos adicionales no percibidos por la totalidad de los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 700/05 “E”, resulta oportuno dejar aclarado que no corresponde evaluar la procedencia del cálculo del promedio de las remu-

neraciones y el pertinente tope indemnizatorio previsto en dicho artículo, para el instrumento que se homologa por este acto.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRA-BAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SIN-DICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS DE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y JUJUY, por el sector gremial, y la empresa TRANSPORTADORA GAS DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, que luce a fojas 9/10 del Expediente Nº 1.562.616/13, confor-me a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 9/10 del Expediente Nº 1.562.616/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 700/05 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo ho-mologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.562.616/13

Buenos Aires, 30 de Octubre de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1589/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 9/10 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1236/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Acta Acuerdo

En la ciudad de Buenos Aires, a los 31 días del mes de Julio del año 2008, se reúnen: por una parte, los señores, Gabriel Yasky, Paritario Nacional, Luis Bernabé Aguilera, Secretario General del Sindicato Salta - Jujuy, en representación de la Federación de Trabajadores de la Industria del Gas Natural de la República Argentina, en adelante denominada “FETIGNRA” o “La Representación Gremial” indistintamente, y por la otra, el señor José Bejar, en representación de Transportadora de Gas del Norte S.A., en adelante denominada “TGN” o “La Empresa”, indistintamente, ambas en conjunto denominadas “Las Partes”, y convienen en dejar constancia del acuerdo al que han arribado sujeto a lo establecido en las siguientes cláusulas:

PRIMERA: las partes acuerdan modificar los importes del adicional previsto por el art. 17 del CCT 700/05 “E” que perciben actualmente los trabajadores que desarrollan Guardias Pasivas su-jeto a la organización, diagrama, modalidades y condiciones de prestación fijados por la Empresa, en los siguientes términos:

(i) Las Guardias Pasivas que se cumplan en los meses de julio, agosto y septiembre de 2008 serán retribuidas por la empresa a razón de la suma de pesos Treinta ($ 30) diarios.

(ii) Las Guardias Pasivas que se cumplan en los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2008 serán retribuidas por la Empresa a razón de la suma de pesos Treinta y Tres ($ 33) diarios.

(iii) A partir del mes de enero de 2009 las guardias pasivas serán retribuidas a razón de pesos cuarenta ($ 40) por día de guardia, lo cual representa un incremento del orden del 21% sobre las sumas pactadas para ese adicional para los meses de Octubre/Diciembre de 2008.

Las partes dejan constancia que la suma de pesos cuarenta ($ 40) tiene incorporada el eventual ajuste que pudiere llegar a pactarse sobre los salarios en ocasión de la negociación salarial correspondientes al año 2009, de tal manera que si en la referida negociación sa-larial se pactase un incremento igual o inferior al 21% el adicional guardia pasiva no sufrirá modificación.

Adicionalmente, las Partes acuerdan incluir, a partir del año 2009, el concepto guardias pasi-vas en las negociaciones salariales futuras.

SEGUNDA: Las Partes acuerdan que el personal que hubiere estado afectado al cumplimiento de Guardias Pasivas a razón de siete (7) días al mes como mínimo durante el período enero - julio de 2008 percibirá en el mes de Enero de 2009 una gratificación extraordinaria, por única vez, no sujeta a repetirse, por una suma bruta de trescientos ($ 300), siendo dicho monto comprensivo del sueldo anual complementario.

Dada la naturaleza y excepcionalidad, el importe de la gratificación extraordinaria tendrá ca-rácter no remuneratorio y no será contributivo a ningún efecto, ni generará aportes ni contribucio-nes a los subsistemas de la seguridad social (art. a contrario sensu art. Ley 24.241), ni cuotas o contribuciones sindicales ni de ninguna otra naturaleza.

Por ese carácter no remuneratorio, el importe en cuestión no se incorpora a los salarios bá-sicos no se considerará como base o referencia ninguna para futuras negociaciones salariales. Asimismo, en ningún caso se proyectará para integrar la base de cálculo de ningún otro concepto, ni como índice o base para la determinación cuantitativa de ningún instituto legal, convencional o contractual aplicable a la Empresa.

TERCERA: Las Partes declaran que las cláusulas precedentemente pactadas integran el Con-venio Colectivo de Trabajo 700/05 “E”, de manera tal que cualquiera de ellas se encuentra habilita-da para requerir su homologación a la autoridad administrativa del trabajo.

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