-
Articul o 2. Info rme sc ore cumpbmlento de la LeyEI Ministerio
de Transportes y comumcacones infcrma
trimestralmente at Congreso de ta Republica score ercumplim
iento de ra Ley 29022. Ley para ta expanaonde infraestructura en
'terecomumcaciones. y sobre lasmedidas adoptadas para instar a los
gobiernos regionalesy a los gobiernos locales a eliminar las
barreras queimpidan el cumpl imiento de la Ley,
Comun iquese at senor Presiden te Constitucional de laRepublica
para su promulgad6n.
En Lima . a los cere ores del mes de mayo de cos milecce.
DANIELABUGATTAS MAJLUFPresidents del Congreso de ra
Republica
MANUEL ARTURO MERINO DE tAMAPrimer Vicepresidente del Congreso
de la Republica
AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEtA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dado en la Casa de Gobierno,en Lima. a los veintiochodias del
mes de mayo del ana dos mil doce .
OLtANTA HUMAtA TASSOPresidente Constitucional de la
Republica
OSCAR VALDES DANCUARTPresidente del ccnsejc de Mimstrcs
794288-1
LEY N' 29869
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EI Congreso de ta Republ icaHa dado la Ley siguien te:
EL CONGRESO DE tA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguien te:
LEY DE REASENTAMIENTO POBLACIONALPARA ZONASDE MUY ALTO RIE
SGO
NO MITIGABLE
Arti cu lo 1. Objeto de la Leypectarase de necesidad publica e
mteres nadonal el
reaseotarmento poblacicnat de las personas utaceoas enzonas de
muy alto riesgo no mitigable centre deltemtcrionacicnal.
Articu lo 2. FinesLa Ley nene los siquientes fines '
1 Proteger la vida y el bienestar pub lico.2. Garantizar los
derechos e intereses de la poblaci6 n
de las zonas declaradas de muy alto riesgo nomitigable,
3. Proteger la inversion en equipam iento y serviciosdirigida a
los centros poblados y poblaci6 ndispersa .
4. Proleger el patrimonio privado de la poblacion .5. Contr
ibuir a la sostenibilidad de la inversion publica
en infraestructura social y economica.6. Contr ibuir a preven ir
y disminuir los riesgos de
desastre .
2Articulo 3. Ambito de aplicac i6nLa Ley. as! como sus normas
complementanas
y reglamentarias. se aplica a los procesos dereasentamiento
poblacicnal de zonas de muy altonessc no mltigable y son de
obligatorio cump limientoper las entidades del Estado, personas
naturales 0juridicas , publicae 0 privadas, que se encuentran
dentrodel temtono de fa Republica y que participan en
unreasentamientc pobtacicnal.
Noestan comprendidos los procesos dereasentamientoparticular que
son dirigidos par entidades del sectorprivado en coorooacicn con
los gobiernos locales .correspond lendo a estas asumir la
responsabilidad pordichos prccesos.
Artjculo 4 . Defi n iciones
1. Zona de peligro. Aque lla expuestaa un eventc deorigen natura
l, socicnatural 0 a causas humanasque, par su magnitud y
caracteristicas, puedencauser cane. EI nivel del peligro depende de
raintensidad, locahzacion, area de impacto , ouracicny periodo de
recurrencia.
2. Zona de riesg o. Aque lla ocoee exete raprobabil idad de que
ra pobtacicn 0 sus medicsde vca sufran dalios a consecuencia del
impactode un petqrc. EI riesgo se evarca en funcon delpeligro y la
vuinerabmoao
3. Zona desocupada. Aque lla que resulta luego dera ejecuccn del
plan de eeasentanuentc, cuyaadmsnstraccn esta a cargo de la
municipalidaddistrilal correspondiente
4. Zo na de mu y alto riesgo no m it igable. Aque llaconde
existe ta probabudad de que ra poblaciono sus medios de vida sufran
eaaos 0 perdidas aconsecuencra del impacto de un peligro , y que
raImplementacon de medidas de mitigacion resultande mayor costa y
complejidad que uevar a cabora reocceccn de tas viviendas y
equipamientourbane respective.
5. Zona de acog ida .Aquella que , como resultado delestuoio
tecocc y dadas sus mejcres condicionesde segur idad trente at
riesgo de desastre . esadecuada para la recepct6n de poblaci6n en
e\marco de procesos de reasentamento.
6. Pob laci 6n en riesgo. Aqueua que teoe laprobabilkl ad de
sufri r dalios 0 perdidas aconsecuencra del «rcectc de un perqro y
quecarece de recursos suficientes para trasladarse aun lugar con
mejores condiciones de sequridad .
7. Reasen tam ien to Poblacional. Ccnjunto deacetones y
actividades reauzacas per er Estadonecesarias para lograr el
traslado de pabladoresque se encuentran en zonas cectaraoas de
muyalto riesgo no mitigable, a zonas con mejorescondiciones de
seguridad .
Artj cu lo 5. Pr inc ipiosSon pnncloios del reasentamentc
oobtac'onal los
siguientes :
1. Princ ipia de legali dadEI proceso de reasentam iento
poblacional se rigepor ra ccneutcccn Politica del Peru y ta ley,
soloprocede cuanoo existe una norma express que 10autcnza .
2. Princ ipia de soste nib ilidadGarantiza las condiciones
previas al traslado ,asegurando en 10 posible er normal
desarrotlode ta vida de los pobtadores y de susactividades
productivas, cons iderando losaspectos econ6micos. sociales .
ambientales yproporcionando un nivel aceptable de vivienda
yservicios.
3. Pr inc ipia de igualdadLos reasentados disfrutan de los
mismos derechosy libertades que la ley reconoce sin
distinci6nalguna, promov iendo su inclus ion y su
participacionefect iva, asi como el respeto a las costumbresy
particularidades propias de la zona donde sedesarrolla el
reasentamiento poblacionaL
REAL TIME EIRL
-
4. Prin cipio de mt ormacl cnlos pobtaccres que son reasentaocs
nenenderecno a sobctar, acceoer y recib ir Intormacicn.de manera
adecua da y coortcoe. score er plan dereasentamento poblacicna! su
crcncsrerna y lasmedidas adopladas para su cumptrmento.
5. Pri ncipio de subsid iarieda dlas capacidades del gobierno en
sus distinlosniveles para atender problemas vinculados alreasentam
iento poblacional son dist inlas y ellodepende de las cmensrones y
del aicarce de taproblematica que ex ige ser resuena de
maneraencente.
6. Prin c ipi o de gradua lidadAun cuanoo se tengan oetermnaoas
lascondicion es de muy alto riesgo no mrtigable enla poblaci6n,
estes pueden variar en el nivel deurgencia para su reasenlamien lo
con 10 cual serequiere eslablecer prioridades para su
alenci6nprogresrva.
Articu lo 6. GarantiasSon garanlias del proceso de
reasentamiento
poblacicnat las siguientes:
1. Se inicia luegode que las autoridades ccmpetenteshayan estud
iado las allernalivas viables paraevltarlo
2. EI Estado adopia las medidas necesa rias parareducir et
eumerc de pobladore s a reasentar, asicomo sus erectcs adversos
.
3. los poblado res participan de manera organiz aday conjunta
con el Estado en ra planificaci6n delreasentamerno. cuanoo las
crcunstancas 10permiten. asum iendo compromisos en el proceso afin
de afcanaarresul tados apropiaoos. concertadosy sostenibl es
4 Se eiecuta cuanoo sa emita norma que 10actoru a. suslenlada
uncamente en las causalesestablecidas por la ley.
5. l os pobladores reciben ayuda del gobiernolocal compel ente
para el Iraslado al lugar dereasentamienlo , el que presta especial
alenci6n alas necesidades de los grupos en condiciones depobreze.
EI gobierno regional puede cctabcrar conel frasraco.
6. En fa zona de acogida se eraooran los inst rumentosde
planificaci6n y control que permitan su ccupacicny crecmento
croenado. respetando los aspectosculturales de los ambitos rurates
y umanos. sequnlas normas vigenles.
Articu lo 7. Tipos de reasen tamiento poblaci onal
1. Reasenta miento vo luntario . Cuando la poblaci6nubicada en
zonas de muy attc riesgo no miligableacepta ser trastaoaoa a ctra
ubicaci6n que brindamayor seguridad.
2. Reasentamiento Invo luntari o . Cuando lapoblaci6n . a pesar
de conocer que se encuentraubicada en zonas declaradas de muy allo
riesgono mitigable , no acepta ser trasladada a otraubicaci6n que
brinda mayor seguridad
Articul o 8. Causal del reasen tamiento pobl aci onalEs causal
de reasenlamienlo poblacional ladeda raci6n
de zona de muy arto riesgo no miligable asociada apeligros
natura les. socionalurales 0 por causas humanasque ponen en pelig
ro la vida de los pobladores,
la zona de muy alto riesgo no mit igable es declaradapor acuerdo
de concejo.
Articu lo 9. Plan de reasenta mienlo po blac io nalE! plan de
reasenlamienlo poblacional es el documenlo
de gesl lon que eslablece las aceiones, las enlidadesinlerv
inienles y sus responsabilidades, el plazo deejecuci6n y los
coslos,asi como la informaci6n relacionada
3a la zona declarada de muy alto riesgo no mitigable,
laevatuacicn de la ccciecrco a reasentar de los prediosatectadcs.
er saneamientc fisico legal de los predios adesocup ar, er usc
inmediato de tas zonas desocupadas,la evaluacicn de ta zona de
acogida . los instrumentcsdisponibles para su ocupecicn segura, y
cualqu ier ctrainformaci6n adicional que el organa responsable
eslimeccnveniente seFialar.
EI plan de reasenlam ienlo poblacional debe incluir losprogramas
que puedan apoyar et mejoramien to de lasviviendas que se entreguen
a los pobladores que se ranreasentaccs.
Art icy lo 10. Estu di o tecnrccccrreeccooe a ra municipalidad
provincial 0 distritat,
segun corresponda. rearear el estudio tecmco para
raIdentificacon y declaracicnde ta zona de muy alto riesgono
rnitiqable. identificar y priorizar al grupo de pobladoresque requ
iere ser reasentado, Ia o entmcaccn de la zonade acogida y la
estimacicn del coste del reasentamientocon apoyo del gobierno
regional y las municipalidadesdislri la les involucradas, en
concordanci a con las normasvceotes score ecorotconamento terri
torial y desarrollourbane.
Articy lo 11. So ll cilud de reasentamrentcpc btactonat
EI gobierno local competente presents ra solicitud
dereasenlamiento pob laciona l alcrqanc tecmcc, luego dehaber
declarado medianle acuerdc de concejo la zonacomo de muy al to
riesgo no mitigable, indicando loscates del grupo priorizado de
pobtaocres a reasentar,los cos tos estimados y la identificaci6n de
la zona deacoqida.
Art ic ulo 12. Cr iterios de prioriza ci 6n de lreasentamlentc
pob lac ional
Son criterios de priorizaci6n del reasentamientopobtac'onaflos
sipuientes:
1. Magnilud de los riesgos idenlificados.2. Grado de inminencia
de maeneetaccn del pelig ro.3. EI gobierno local presta atencicn
especial a
las necesidades de los grupos en condicionesde pcbreza. sobre la
base de la evaluaci6nde elegibi lidad realizada por et Sislema
deFoca lizaci6n de Hogares (Sistoh).
l as eccones pricrizad as de reasentamientopcblaccnal sa
incluyen en er Plan ocerenvc Multianualde fa entidad ccmpe tente
.
Art iculo 13. Com petenc ia
13.1 EI centre Nacionat de Estmacic n. Preveocic n yReducei6n
del Riesgo de Desastres (Cenepred)dicla los lineamien tos generales
para laelaboraci6n del estudio tecocc y del plan dereasentamentc
poblacicnal.
13.2 EI Instituto de Defensa Civil, en los casos depeligro inm
inente. coordina con los 6rganosejecutores del reasentamiento
poblacional deconformidad con 10 dispuesto por la ley 29664 ,ley
que crea el Sislema Nacional de Gesti6ndel Riesgo de Desastres
(Sinagerd ),
13.3 En base al estud io lecnico y coslos estimados ,se
delermina la entidad compelenle para laejecuci6n del reasenlam
ienlo . que esta acargo de la municipa lidad distrital 0
provincialrespec tiva,
Articylo 14. Entidades de colabo rac i6nSon enl idades de
colaboraci6n los gobiernos
regionales y el Centro Nacional de Eslimaci6n, Prevenci6ny
Reducei6n del Riesgo de Desastres (Cenepred)Proporcionan asislencia
tecnica para la elaboraci6n delesludio lecnico y del plan de
reasenlamienlo poblacional ,asim ismo as islen en la gestion de
inicial ivas para lograr elfinanciamiento.
-
pUblicos a losocupen zonasmiligable, bajo
Art icu lo 15. 6 rgano tecnrecEI Programa Nuestras croreces. 0
el que conesponda,
del Ministerio de vivenoa, Ccnstrucccn '/ Saneamientoes er6rgano
tecnicc que emite opinion score ra viabilidadde un proceso de
reasentamento poblacicnal.
'rene las siguientes funciones :
1, Evaluar el estudio tecmcc '/ e! plan dereasentamiento
poblaciona l presentado porel gobierno local y, de ser neceseno.
solicJtarinformacJOn complementaria sequn los criteriostecucos
tcrrnurados en el recrerrentc.
2, Emitir opinion score la souctuc de
reasentamentopobtacicnal.
3. coner en conocirmentc de! Centro Naclonal deEstsnacon.
prevencicn '/ Reduccicn del Riesgode Desastres (Cenepred) ta
viabilidad de lasolicitud de reasentamiento poblacional '/, en
casode que no recomiende su aprobaciOn, proponer lasaccones de mit
igaci6n .
Articu lo 16. Aprobac iOn de la solicit udA propues ta del
Centro Nac onat de Estimacion,
Prevenclon y ReduccJ6n del Riesqo de Deeastres(Cenepred). ta
Presidencia de l Consejo de Ministros,mediante resolucion minister
ial, aprueba ta schctud dereasentarr aentc pobtacicnal.
Articulo 17. Participac i6n c iudadanaLos pobladores a ser
reasentados participan , con la
dispon ibilidad necesaria, en el proceso de reasentam
ientopoblacJonal para su correcto cumplim iento.
Articu lo 18, Reserva para la zona de acogidaPara determiner fa
zona de ecccoe se requiere
ceouncer y evafuar las condiciones de sequndad delterreno trente
a los riesgos de ceeestre.
Cuando et terrene es de propiedad del Estado,administrado co r
ta Superintendencia Naclcnal de BenesEstatales 0 cor er gobierno
regional , reauzan las accionesde saneamiento fisico legal para su
posterior adjudicacJ6na favor de la municipa lidad distri tal
,_
En este case, la municipalidad dislrilat solicila lareserve a la
Superin tendencia Nacional de BienesEstatales 0 al gobiemo regional
, la cue! tiene prioridadsobre otra presentada por diferenle
motive.
Cuando la zona de acogida es de propiedad dela municipalidad
distrital 0 esta fa adquiera , se aplicato dispuesto por la Ley
27972 , Ley Organica deMunicipalidades
Articu lo 19. Zona deSQCupadaEI gobierno local compelenle
realiza las aceiones
necesarias a fin de cambia r el uso del suelo dellerrenodedarado
como de muy allo riesgo no mil igable,asignandoie un usa distinlo
al urbano para evitar surepoblamiento con fines de vivienda, En
caso fuere depropiedad privada, se incorpora al dominio publico a
fin deevitar su posterior ocupaci6n 0 facililar su
desocupaci6ncuando corresponda.
ldentificada la zona de muy alto riesgo no mitigabledesocupada ,
se declara de oflcio zona inhabitable y dedominio publico
EI Ministe rio Publ ico debe iniciar las aceiones penalescontra
quienes promueven 0 incenlivan ocupacionesi1egales de terrenos en
zonas de muy allo riesgo nomiligable, declaradas 0 no, segun las
normas de lamaleria ,
Articu lo 20,. Nueva viv iendaLa nueva vivienda cuenta con
servicios basicos
y mejores condiciones de seguridad frente al riesgode desaslre,
de acuerdo a 10 previsto en el plan dereasentamiento
poblacional.
Art ic ulo 21. Proh ibi ci 6n de oc upar zo nas de muyalto
riesgo no mitigabl e
Esta prohibido ocupar zonas declaradas de muy alloriesgo no
mitigable para fines de vivienda 0 cualquier otro
4que ponga en riesgo ta vida 0 integridad de las
personas.Correspcnde a fa municpafidad distrital ejecutar
lasacciones aomnrstratvas y legales que correspondan paraet cumplim
iento de ra ley y a ta municipalidad provincia lbnndaret
apoyonecesario.
No se puede dolar de servicesasentamientos poblacionales
quedeclar adas de muy alto riesgo noresponsabi lidad.
Art iculo 22. Cum plimiento de l plan dereasentamiento poblac io
nal
Las ennoaces competentes en ta ejecuci6n delreasentarmento
pcblacional estan obligadas a cumpliresfrictamente con el plan de
reasentamiento poblacionalaprobado por er 6rgano tecnico, bajo
responsabilidadtunoonat
Articulo 23 Conserva ci6n de la infonnaci 6nEI 6rgano tecntcc es
el responsable de custodiar
la informacion que forma parte del procedimiento
dereasentamiento poblacional de ccnfcrmsrad con 10d ispuesto por la
Ley 27806 , Ley de Transpa rencia yAcceso a ra tnrorrreccn
Publica,
Arti cu lo 24, sfnancrarrnentc del plan dereasantamlento
24.1 Los gobiernos locales que ejecu tan er plande
reasenlamienlo poblacional, ul ilizan losrecursos que reciben por
concepto de canon ysobrecanon y de regalia minera para financiarla
ejecuciOn de d icho plan, en 10 que respectaa los proyectos de
mverston publica , En casode que el gobierno local compete nte
sequn10 dispuesto por el articulo 13, no cuentecon los recursos
sunceotes para dicho fin, ergobierno regional respectivo otorga
recursosde las mrsmas tuentes de nnancamentc algobierno local ,
para iruciar er procedmuento dereasentarniento poblacionalSe puede
hacer uso de recurscs del GobiernoNacional, segun la disponibilidad
presupuestaidel sector a cargo, cuando el coste respectivosobrepase
la capacidad presupuestal delgob ierno local y del gobierno reg
ional.
24.2 EI plan de reasentamiento poblacional debecontemplar la
acjudicacicn de vrcrenoas a travesde soluciones habitacionales de
inleres social ,promovidas por cualquiera de los tres nivelesde
gobierno y de acuerdo a la disponibilidadpresupuestaJ
24.3 En caso de que el terreno de acogida sea depropied ad del
Eslado, bajo la adm inistraci6nde la Superintendencia Nacional de
BienesEstalales 0del gobierno reg ionaI. fa Iransferenciase reatiza
a litul0 gratuito, salvo el porcenlajedestinado a dicha entidad, de
acuerdo a 10eSlablecido en el articulo 79 del Reglamenlo dela Ley
Genera l de Sistema Nacional de BienesEstatales.
DlSPQSICIQNES CQMPLEMENTARIASFINALES
PRIMERA.- Ejecu ci 6n pr iori tari a de ac tiv idades depre
paraci 6n anle desastres
Los gobiernos locales priorizan la ejecuci6n deactividades de
preparaciOn ante desastres, en laszonas declaradas de muy allo
riesgo no mitigabie ensu juri sdicei6n, mienlras se logra la
reubicaci6n de laspoblaciones asentadas en dichas zonas .
SEGUNDA .- Regl amen l oEI Poder Ejecutivo, en un plazo de
sesenta dias
contados a partir de la publicaci6n de la presen te Ley.expide
el reglamenlo respec tive
Comun iquese al seilor Presidenle Consl itucional de laRepublica
para su promulgaciOn.
-
En Lima, a los nueve etas de! mes de mayo de cosmil ecce .
DANIELABUGATTAs MAJLUFPreacente del Congreso de !a Republica
YEHUDE SIMON MUNAROSegundo Vicepresidente delCongreso de ra
Republica
AL SErIIOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpta.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiochoeras del
mes de mayo del eec cos mil ecce.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la
Republica
OSCAR VALDI:S DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros
794288-2
LEY NQ29870
El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EI Congreso de ta RepublicaHa dado la ley siguiente:
El CONGRESO DE LA REPUBLICA:
Ha dado la ley siguiente:
LEY QUE DEJA SIN EFECTO ELREQUISITO DEAFILIACION OBLIGATORIA A
UN SEGURO wEDICO
PARA TENER ACCESO ALCREDITO EN ELSISTEMA FINANCIERO
Art icu lo Unjco. Qbje to de la LeyDejase sin erecto ernterar
bJdel articulo 3 del Decreto
Supremo 034-2010-SA, que ecroece mecanismosconducentes a fa
afiliaci6n obligatoria de! AseguramientoUniversal en Salud
(AUS).
Comuniquese ar senor Presidents Constitucional de laRepublica
para su promulgac!6n.
En Lima, a los acho dias del mes de mayo de dos mildoce
DANIELABUGATTAS MAJLUFPresidente del Congreso de la
Republica
MANUEL ARTURO MERINO DE LAMAPrimer Vicepresidente del Congreso
de fa Republica
AL SErIIOR PRESfDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se pubnque y cumpta.
Dado en taCasa de Gobemo. en Lima, a los veintiochoetas del mes
de mayo del enc cos mil doce
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la
Republica
OSCAR VALDES DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros
794288-3
5
PODER EJEClITI VO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Dec reto S upremo que declara elEsta do de Eme rge nc ta en el
Anexode Astobarnba. di strito de Cajata mbo.provinci a de
Cajatambo. e n eldepartamento de Lima
DECRETO SUPREMON° 058-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBUCA
CONSIDERANDO:
Que, mediante onere NO 120-2012-GRL-PRES ,susten tado en el
Informe N° 226-2012-GRL-GRRNGMAlO RDC y er fnforme Tecnicc N°
004-2012-GRlIGRRNGMAfODC/JL MM de 'Estimacon de Riesgoen et Anexo
de Astobamba, distnto de Cajatambo.provinci a Cajatarnbc, Region
Lima ", el Presidente delGobierno Regional de Lima, solicita la
Declaratoriade Estado de Emergenc!a del Anexo de Astobamba,ubicado
a 3,350 msnm en el dis trito de Cajatambo,provincia de Cajatambo,
en el departamento de Lima ,en raz6n a que dicha zona esta siendo
afectada porun rencmenc geologico lIamado "Reptacicn del Sueto",que
data ce soe hace aproxim adamen te 10 enos .stenoo su principal
mamtestacic n er agrietamiento deviviendas. exrsnencc dos zonas
crrtrcas comprendidasentre las cuaoras 1 y 2 de ta cane HipOlito
Unanue ylas cuaoras 4 y 5 del Jr. seiecnce. lIegando algunas aestar
seriamente afectadas y en peligro alto de colapso :siendo la
principa l causa de este fen6meno el mal usode las aguas de regadio
en los terrenos agricolas delas partes altas: agrietamientos que se
han manifesta docan mayor incidencia despues del sismo de Pisco
del15 de agosto del 2007 ;
Que, mediante Informe N° 013-20 12-INDECII10.2de tacna 04 de
mayo del 2012 , ra Drreccron Nacic nalde Prevencicn del Instituto
Nacional de Oerensa Civil- INDECI, se oronuncia teniendo en
consideracion 10informado cor er Gobierno Regional de Lima, as!
comoel lnforme Tecnico "Evaluacic n de Peligros oececrcceen el
Anexo de Astob amba" de Noviembre 2008 , yet Informe recntcc N°
A6589 "lnspeccic n 're cnrca:Des!izamien to - Flujo de tierra en fa
Comun idadCampesina de Astobamba" de Enero 2012 emitidospor el
Insti tuto Geol6gico Minero y MetalLi rgico -INGEMMET, eenatancc
que el Anexo de Astobamba,ubicado en el dis trito de Cajatambo,
provin cia deCaja tambo , en el departamento de Lima , se
encuentraen Alto Riesgo cor la presencia de un Peligro lnminentede
o esnaamrentc de nerree . a consecu encra de untenornenc geologico
Harnadc 'Reptacicn de! Svelo",definido como un movimiento lento del
terreno en dond eno se distingue una superficie de falla consie
eranecsereptaci6n del tipo estaclcnal debido a la humed addel
terrene y cambios cumaucos. el mismo que eetaocas ionando el
hundimiento y e! agrielamiento en lasviviendas , a 10 que se ha
sumado como factor decausa directa de tncha oesestablnzacfcn la
eievecrcode ra napa treatrca. ocasronaoa por el mal uso de lasaguas
de regadio en los terrenos agricolas de laspartes enee. done e los
agr icultores util izan er sistemade riego cor munoacron . Que se
ve incrementado porra presencia de un canal de regadio con f1ujo de
aguapermanente Que inunda const antemente los terrenosadyacentes al
Jr. Belaunde (parte baja), ex istiendopor enc Riesgo Muy Alto para
la poblaci6n , situaci6nque consti luye un Peligro Inminente,
eequmenoose
REAL TIME EIRL
REAL TIME EIRL