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Facultad de Ingeniería y Arquitectura 2014-II LA MEMORIA DESCRIPTIVA Arq° Miguel Angel Gutierrez Herrera
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LA MEMORIA DESCRIPTIVA

Arq° Miguel Angel Gutierrez Herrera

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Constituye la descripción del proyecto.

Señala la justificación técnica de acuerdo a la evaluación del estado de laobra, debiendo indicarse consideraciones técnicas cuya índole dependedel tipo de obra a ejecutar y que exigen el desarrollo de un conjunto detrabajos señalados en el expediente técnico.

Asimismo, se señala en forma precisa los objetivos a alcanzar con eldesarrollo de la obra o trabajos planteados.

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MEMORIA DESCRIPTIVA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2007-VIVIENDA

REGLAMENTO NACIONAL DE TASACIONES DEL PERÚ

Titulo II

Capitulo B

MEMORIA DESCRIPTIVA

Articulo II.B.09La memoria descriptiva comprende:

• Nombre del propietario o posesionario.• Nombre de la persona que solicita la tasación.• Objetivo del proyecto.• Fecha a la cual está referido el proyecto. • Ubicación.

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• Ubicación.

• Linderos y perímetro

• Área del terreno

• Zonificación y uso actual del predio.

• Infraestructura de servicios urbanos que afecten al predio.

• Características del entorno del predio.

• Descripción de la distribución de las plantas.

• Descripción de la edificación.

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De corresponder:

• Antigüedad de la construcción.

• Estado de conservación.

• Servidumbres, si las hubiere.

• Análisis de la documentación registral.

• Observaciones.

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ARTÍCULO II.B.10Para la ubicación de un predio se consignará:El departamento, la provincia y el distrito a los que pertenece.El nombre de la urbanización, asociación, cooperativa, asentamientohumano, u otras denominaciones del sitio.El nombre de las vías públicas a las cuales les da frente y,eventualmente, el o los nombres anteriores.La numeración municipal o la denominación de la manzana y lotecorrespondientes.

De no existir o desconocerse la numeración municipal ó laidentificación del lote y manzana dentro de la urbanización, asociación,cooperativa o asentamiento humano en el que está situado, se indicarála distancia entre la esquina y el extremo más próximo del predio,siguiendo la línea de fachada, con indicación de las vías públicas dereferencia.

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ARTÍCULO II.B.11

La descripción de un terreno deberá precisar su forma geométrica; lasmedidas, colindancias y cambios de dirección de los linderos a partirde su frente principal, prosiguiendo por los costados derecho eizquierdo entrando y finalizando por el fondo.

ARTÍCULO II.B.12

El área del terreno existente dentro de los linderos descritos seráexpresada en sistema métrico decimal.

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ARTÍCULO II.B.13

Se describirá la forma de ocupación existente en el predio a través dela siguiente información mínima:

• Destino y uso del predio y, en su caso, número de plantasconstruidas;

• Distribución de los ambientes de cada planta por niveles;• Áreas ocupadas, techadas y sin techar, por planta y en total. (Cuadro

general de áreas techadas y libres)

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ARTÍCULO II.B.14

En la descripción de las áreas edificadas se indicará en formaordenada, según los casos, los sistemas y materiales empleados en laconstrucción de las partidas principales, tales como:

• Cimentación• Elementos estructurales• Muros y columnas• Techos y coberturas• Pisos y contrapisos• Contrazócalos y revestimientos• Carpintería de puertas, ventanas, rejas, barandas, roperos

empotrados, muebles fijos, etc.• Vidrios• Pinturas• Cerrajería

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• Instalaciones sanitarias

• Instalaciones mecánicas y eléctricas

• Instalaciones telefónicas

• Instalaciones complementarias permanentes, si las hubiese, como:

◦ Instalaciones especiales

◦ Ascensores, aire acondicionado, sistema de alarmas, sistemas de

bombeo de agua y tanques cisterna etc.

◦ Obras complementarias.

◦ Otros.

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ARTÍCULO II.B.15

El estado de conservación de la edificación será calificado como muybueno, bueno, regular, malo o muy malo, de conformidad con laevaluación derivada de los rubros mencionados en el artículo II.B.14 yque se definen de la siguiente forma:

Muy bueno.- Las edificaciones que reciben mantenimientopermanente y que no presentan deterioro alguno.

Bueno.- Las edificaciones que reciben mantenimiento permanente ysolo tienen ligeros deterioros en los acabados debido al uso normal.

Regular.- Las edificaciones que reciben mantenimiento esporádico,cuya estructura no tiene deterioro y si lo tienen, no la compromete y essubsanable; o que los acabados e instalaciones tienen deteriorosvisibles debido al uso normal.

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Malo.- Las edificaciones que no reciben mantenimiento regular; cuyaestructura acusa deterioros que la comprometen aunque sin peligro dedesplome y que los acabados e instalaciones tienen visiblesdesperfectos.

Muy malo.- Las edificaciones en que las estructuras presentan undeterioro tal que hace presumir su colapso y que su único valor es elde los materiales recuperables.

ARTÍCULO II.B.16

Se considerará las servidumbres y los derechos consignados en losrespectivos títulos de propiedad y los que sean apreciados por el peritocomo factores que afectan al predio como dominante o sirviente.

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MEMORIA DESCRIPTIVA

ARTÍCULO II.B.17Se asumirá como antigüedad de la edificación el tiempo que tiene deconstruida la totalidad o las partes de la misma, de acuerdo a lainformación que podrá obtenerse de cualquiera de los siguientesdocumentos:

a. Declaratoria de fábrica.b. Certificado de conformidad de obrac. Licencia de construcción, mas plazo de ejecución.d. El registro más antiguo en la propiedad inmueble, sólo en los casosen que la construcción haya sido hecha antes de la fecha obligatoria depresentación de los documentos señalados precedentemente.e. Declaración jurada de autoavaluo.

A falta de esta información, el perito apreciará la antigüedad sobre labase de los factores concurrentes que deberán ser indicados en elinforme de valuación.

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ARTÍCULO II.B.18

En observaciones se consignará todas las explicaciones de detalleque conduzcan a aclarar conceptos o particularidades, así como lasque el perito considere pertinentes.

ARTÍCULO II.B.19

El perito debe dejar constancia de los documentos que haya tenido asu alcance para efectuar la valuación, tales como títulos de propiedad;fichas regístrales; declaratoria de fábrica; escritura de independizacióny reglamento interno en los casos de unidades inmobiliarias depropiedad exclusiva y de propiedad común, así como otrosdocumentos que sean pertinentes.