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2 - E.I.A Cantera

Oct 06, 2015

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DE UNA CANTERA. NORMAS AMBIENTALES
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MEMORIA DESCRIPTIVA

2011

TOPOGRAFIA II

.

INTEGRANTES

: - RODRIGUEZ CNDOR FRANKLIN PERES LOYOLA LUIGUI GAMONAL BAZAN JUAN LOYAGA ROJAS PEDRO SARACHAGA FERRER JOSE PEREDA FERNANDES JHON SALDAA QUISPE CESAR ROSALES AGUILAR RENZO RUBIO VERA RAUL QUESADA PEA SANDERDOCENTE

: ING. BARRERA GUTIERREZ RAMN 1.- ASPECTOS GENERALES

1.1 INTRODUCCIN

Dentro del desarrollo humano, la construccin es uno de los factores ms importantes para lograr el desarrollo integral de las personas y por ende la sociedad, por esta razn y teniendo en consideracin los principios bsicos de la poltica del sector construccin y los lineamientos generales para la dcada, es por ello que se ha elaborado el presente proyecto cuyo objetivo principal es mejorar la infraestructura, por ende la calidad y cercana de los agregados es fundamental para lograr el desarrollo de una ciudad dentro de la jurisdiccin del distrito de Huanchaco en el departamento de la Libertad, contribuyendo de esta manera al aumento de las urbes con buena calidad de agregados en sus construcciones dentro del rea intervenida.

La ejecucin de este proyecto obedece a una imperiosa necesidad de cobertura de demanda de infraestructura con buena calidad de agregados, justificada por parte de la poblacin, autoridades y asociados involucrados ya que de ello depende el desarrollo y elevar el nivel de vida de los pobladores.

Por lo tanto deber ser imprescindible la construccin y puesta en operatividad de dicho proyecto, el mismo que rene las condiciones apropiadas y estudios necesarios para la ejecucin y puesta en marcha factor que contribuir sustancialmente al comercio como actividad de gran importancia.

El presente ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL tiene como objetivo principal permitir la articulacin sistemtica de la obra proyectada, CANTERA PUNQUIS S.A.- HUANCHACO-TABLAZO, con la dinmica medio ambiental de la zona; constituyndose como la herramienta de viabilidad tcnica, sostenible que permitir prevalecer el criterio preventivo y de manejo de sus recursos asociados.

Este documento es el resultado de un estudio exhaustivo de indicadores e ndices ambientales, recopilacin, seleccin, procesamiento de informacin bibliogrfica y proyeccin de impactos ambientales a generarse durante la etapa de ejecucin, operacin y cierre del proyecto; incorpora aquellas medidas de correccin, mitigacin y/o prevencin segn el impacto evaluado, los cuales se plasman a travs de un sistema de identificacin matricial y un Plan de Manejo de pasivos ambientales.

Con el cumplimiento del presente documento se busca armonizar el desempeo o ejecucin del proyecto con la dinmica medio ambiental evitando alteraciones que estn fuera de los lmites mximos permisibles estipulados en la normatividad nacional; con miras a conllevar un ambiente ecolgicamente equilibrado para toda especie involucrada respecto al esquema de desarrollo sostenible en que se proyecta las localidades intervenidas motivo del proyecto.1.2 UBICACIN DEL PROYECTO

El proyecto en estudio se encuentra ubicado en la:

REGIN : LA LIBERTADPROVINCIA:TRUJILLO

DISTRITO:HUANCHACO LOCALIDAD:TABLAZO1.3 LOCALIZACION Y ENTORNO URBANO

El terreno es propiedad del seor Juan Lpez Vega, es de forma de un polgono irregular, y cuenta con un rea de 2,837.36 m2; adems el terreno cuenta con desniveles.

La CANTERA PUNQUIS S.A. pertenece al grupo constructor PUNQUIS S.A. De la localidad de Trujillo.1.4 ALTURA SOBRE EL NIVEL DEL MAR

El Proyecto se encuentra ubicado a 75 m.s.n.m.

1.5 CLIMAEl Clima en la localidad de Tablazo vara entre temperaturas de 16.8C a 29.7C.

Las precipitaciones pluviales son escasas y con mayor frecuencia en los meses de Abril a Julio, cuya intensidad promedio es de 200 500 mm/ao.

1.6 TOPOGRAFIA

Por su ubicacin en el territorio donde no se levantan ninguna montaa, la localidad de Tablazo presenta una topografa casi regular sin grandes depresiones. Esto hace que su terreno presente pocos desniveles y que se puedan ver ciertos accidentes topogrficos: pequeas quebradas, pendientes y montculos de arena.

La topografa del terreno donde se ubicar el proyecto es casi plano y con poca pendiente, tambin donde se construir la cantera en mencin, el terreno tiene poca pendiente.2.- OBJETIVOS2.1 JUSTIFICACIN DEL ESTUDIO:

El presente documento (Estudio de Impacto Ambiental) constituye la herramienta tcnica de viabilidad ambiental para la adecuacin del proyecto en la actual reglamentacin vigente; con ello se pretende evitar la generacin de acciones adversas al proyecto y ecosistemas (naturales y antrpicos) involucrados; evitando el deterioro ecolgico y promoviendo la mejor prestacin de servicio vial y ambientales en la zona.2.2 OBJETIVOS DEL INFORME DE EVALUACIN SOCIO-AMBIENTAL (IESA)El objeto del presente estudio, es conformar la herramienta tcnico profesional de apoyo legal, que permita sustentar en materia ambiental la ejecucin del expediente tcnico CANTERA DE HORMIGN, PIEDRA CHANCADA Y DERIVADOS PUNQUIS: HUANCHACO-TABLAZO2.2.1 Objetivo General

Lograr la conservacin del entorno ambiental, mediante la prediccin e identificacin de los impactos ambientales potenciales a generarse motivo de la puesta en marcha y operacin del proyecto, establecindose las medidas ambientales pertinentes que permitan evitar, prevenir, mitigar o compensar los impactos negativos a generarse sobre los componentes fsico, biolgico, socioeconmico y cultural.

2.2.2 Objetivos Especficos Identificar las acciones potenciales del proyecto que puedan generar impactos ambientales negativos y positivos.

Realizar el diagnstico ambiental pre-operacional del rea de influencia del proyecto.

Identificar, evaluar e interpretar los impactos ambientales potenciales, cuya ocurrencia tendra lugar durante las diferentes etapas de ejecucin y puesta en marcha del proyecto.

Proponer medidas que permitan prevenir, mitigar o corregir los efectos adversos significativos de la obra proyectada, as como fortalecer los impactos positivos.

2.3 ALCANCES

El IESA incluye, entre los aspectos principales, una descripcin de las caractersticas tcnicas del proyecto; un diagnstico del ambiente del rea de influencia del proyecto que podra ser impactado por ste; la identificacin de los impactos ambientales, positivos y negativos, que podran ocurrir; as como un Plan de Manejo Socio-Ambiental, que contiene un conjunto de medidas estructuradas en programas de manejo ambiental que permitirn prevenir, mitigar, controlar o evitar los impactos ambientales negativos, tanto durante la ejecucin de la obra as como durante su puesta en operacin, incluyendo los costos estimados para su implementacin.

En el IESA se tuvieron en cuenta las principales actividades del proyecto y su posible grado de afectacin sobre los elementos o componentes del medio ambiente de su mbito de influencia. Estos elementos fueron determinados luego de analizar la informacin existente acerca de los componentes fsicos, biolgicos y socio-econmicos que tendran interrelacin con las actividades del proyecto.

2.4 ASPECTO METODOLGICO:

La metodologa empleada esta basada en la normatividad ambiental existente; en concordancia con el Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (Ley N 27446) y con la normatividad estipulada como tcnica de Polticas y Procedimientos de Evaluacin de Impacto Ambiental para el Per, elaborado por el CONAM; adicionalmente a ello se ha empleado los manuales y guas referentes a rehabilitacin y mantenimiento de caminos vecinales.Manual de concientizacin ambiental para la rehabilitacin y el mantenimiento de caminos rurales y manual de reforestacin para la proteccin de mrgenes y zonas aledaas a los caminos rurales.

El presente documento constituye un Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado; el mismo que comprende una serie de consideraciones a implementarse como medidas de correccin, prevencin, control y mitigacin de impactos ambientales negativos (Plan de Manejo Ambiental).

Se identificaran los impactos ms importantes con descripciones y valuaciones cualitativas y cuantitativas; teniendo como finalidad servir como indicador de la incidencia ambiental que las acciones del proyecto con sus etapas ocasione, sin mayores pretensiones.

La identificacin, prediccin y caracterizacin de impactos se realiz teniendo en cuenta los mtodos y tcnicas ya establecidas y fijadas por las normas nacionales en materia de evaluacin de impactos ambientales, es as que se tuvo en consideracin la aplicacin del mtodo de matrices. Por tener un mayor carcter de consistencia y dar a conocer una valoracin cualitativa y cuantitativa del impacto, en todo este proceso se constituye como un instrumento de mucha importancia el filtrado o cribado del proyecto.

La parte final del documento estar constituido por el Plan de Manejo Ambiental el mismo que tendr un carcter de organizacin sistemtica, incorporando acciones desde el inicio de ejecucin del proyecto hasta la etapa de cierre del proyecto.

La secuencia metodolgica del IESA fue estructurada en tres etapas: Etapa Preliminar de Gabinete, Etapa de Campo y Etapa Final de Gabinete, las mismas que se ilustran en la Figura 1.1 y se describen a continuacin:

Figura 1.1Etapas del Informe de Evaluacin Socio-Ambiental

Etapa preliminar de gabinete

Constituye la primera etapa del Informe de Evaluacin Socio-Ambiental y comprende las actividades de recopilacin y anlisis preliminar de informacin temtica (cartogrfica y alfanumrica) sobre el tema y rea de estudio, as como la preparacin de los instrumentos tcnicos (fichas tcnicas) para el levantamiento de informacin complementaria en la siguiente etapa. Tambin se prepar el mapa base preliminar del rea de Influencia del proyecto.

Etapa de campo

Constituye la segunda etapa del IESA y consisti en la verificacin in-situ del rea del proyecto, as como en la recopilacin de informacin complementaria sobre los diversos tpicos que comprende el IESA: Aspectos Sociales, Econmicos, Fsicos y Biolgicos del rea de Influencia del Proyecto, para cuyo efecto se visitaron instituciones como: Municipalidad local, establecimientos de salud, dependencias del Ministerio de Agricultura, etc.

Etapa Final de Gabinete

En esta tercera y ltima etapa del IESA, se realiz el procesamiento de la informacin obtenida en las etapas anteriores, lo que permiti obtener Cuadros estadsticos, grficos e indicadores de utilidad para el anlisis ambiental correspondiente. Este proceso finalmente dio como resultado el presente Informe.

3.- MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

3.1 MARCO LEGAL

En nuestro pas, en las ltimas dcadas se ha logrado un significativo avance en el campo de la legislacin ambiental. En efecto, han sido promulgadas importantes normas que sirven como instrumento jurdico para regular la relacin entre el hombre y su ambiente, con el propsito de lograr el desarrollo sostenible de nuestro pas. El cumplimiento de estas normas se viene fortaleciendo en los ltimos aos, en la medida que los actores del desarrollo van tomando conciencia sobre la necesidad de hacer un uso responsable de los recursos naturales y el ambiente en general. As se tiene:

3.1.1 NORMATIVIDAD GENERAL

Constitucin Poltica del Per

Los logros normativos en el mbito ambiental en nuestro medio se inician formalmente con la Constitucin Poltica del Per de 1979, la cual en su artculo 123 estableca:

Todos tienen el derecho de habitar en ambiente saludable, ecolgicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservacin del paisaje y la naturaleza. Es obligacin del Estado prevenir y controlar la contaminacin ambiental. Aspecto que se ratifica en la Constitucin Poltica de 1993, sealando en su artculo 2, inciso 22 que: Toda persona tiene derecho a: la paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, as como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado de desarrollo de su vida. Asimismo, en los artculos 66, 67, 68 y 69 se seala que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nacin, promoviendo el Estado el uso sostenible de stos; as como, la conservacin de la diversidad biolgica y de las reas naturales protegidas.

Asimismo, la Constitucin protege el derecho de propiedad y as lo garantiza el Estado, pues a nadie puede privarse de su propiedad (Art. 70). Sin embargo, cuando se requiere desarrollar proyectos de inters nacional, declarados por Ley, stos podrn expropiar propiedades para su ejecucin; para lo cual, se deber indemnizar previamente a las personas y/o familias que resulten afectadas.

Ley General Del Ambiente N 28611 (07/10/2005 (Cnr))

Artculo 24.- Del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental

24.1 Toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, as como las polticas, planes y programas pblicos susceptibles de causar impactos ambientales de carcter significativo, est sujeto, de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional. La ley y su reglamento desarrollan los componentes del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental.

24.2 Los proyectos o actividades que no estn comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, deben desarrollarse de conformidad con las normas de proteccin ambiental especficas de la materia.

Artculo 25.- De los Estudios de Impacto Ambiental

Los Estudios de Impacto Ambiental EIA, son instrumentos de gestin que contienen una descripcin de la actividad propuesta y de los efectos directos o indirectos previsibles de dicha actividad en el medio ambiente fsico y social, a corto y largo plazo, as como la evaluacin tcnica de los mismos. Deben indicar las medidas necesarias para evitar o reducir el dao a niveles tolerables e incluir un breve resumen del estudio para efectos de su publicidad. La ley de la materia seala los dems requisitos que deban contener los EIA.

Artculo 26.- De los Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental

26.1 La autoridad ambiental competente puede establecer y aprobar Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental PAMA, para facilitar la adecuacin de una actividad econmica a obligaciones ambientales nuevas, debiendo asegurar su debido cumplimiento en plazos que establezcan las respectivas normas, a travs de objetivos de desempeo ambiental explcitos, metas y un cronograma de avance de cumplimiento, as como las medidas de prevencin, control, mitigacin, recuperacin y eventual compensacin que corresponda. Los informes sustentatorios de la definicin de plazos y medidas de adecuacin, los informes de seguimiento y avances en el cumplimiento del PAMA, tienen carcter pblico y deben estar a disposicin de cualquier persona interesada.

26.2 El incumplimiento de las acciones definidas en los PAMA, sea durante su vigencia o al final de ste, se sanciona administrativamente, independientemente de las sanciones civiles o penales a que haya lugar.

Artculo 27.- De los planes de cierre de actividades

Los titulares de todas las actividades econmicas deben garantizar que al cierre de actividades o instalaciones no subsistan impactos ambientales negativos de carcter significativo, debiendo considerar tal aspecto al disear y aplicar los instrumentos de gestin ambiental que les correspondan de conformidad con el marco legal vigente. La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinacin con las autoridades ambientales sectoriales, establece disposiciones especficas sobre el cierre, abandono, post-cierre y post abandono de actividades o instalaciones, incluyendo el contenido de los respectivos planes y las condiciones que garanticen su adecuada aplicacin.

Artculo 28.- De la Declaratoria de Emergencia Ambiental

En caso de ocurrencia de algn dao ambiental sbito y significativo ocasionado por causas naturales o tecnolgicas, el CONAM, en coordinacin con el Instituto Nacional de Defensa Civil y el Ministerio de Salud u otras entidades con competencia ambiental, debe declarar la Emergencia Ambiental y establecer planes especiales en el marco de esta Declaratoria. Por ley y su reglamento se regula el procedimiento y la declaratoria de dicha Emergencia.

Artculo 29.- De las normas transitorias de calidad ambiental de carcter especial

La Autoridad Ambiental Nacional en coordinacin con las autoridades competentes, puede dictar normas ambientales transitorias de aplicacin especfica en zonas ambientalmente crticas o afectadas por desastres, con el propsito de contribuir a su recuperacin o superar las situaciones de emergencia. Su establecimiento, no excluye la aprobacin de otras normas, parmetros, guas o directrices, orientados a prevenir el deterioro ambiental, proteger la salud o la conservacin de los recursos naturales y la diversidad biolgica y no altera la vigencia de los ECA y LMP que sean aplicables.

Artculo 30.- De los planes de descontaminacin y el tratamiento de pasivos ambientales

30.1 Los planes de descontaminacin y de tratamiento de pasivos ambientales estn dirigidos a remediar impactos ambientales originados por uno o varios proyectos de inversin o actividades, pasados o presentes. El Plan debe considerar su financiamiento y las responsabilidades que correspondan a los titulares de las actividades contaminantes, incluyendo la compensacin por los daos generados, bajo el principio de responsabilidad ambiental.

30.2 Las entidades con competencias ambientales promueven y establecen planes de descontaminacin y recuperacin de ambientes degradados. La Autoridad Ambiental Nacional establece los criterios para la elaboracin de dichos planes.

30.3 La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinacin con la Autoridad de Salud, puede proponer al Poder Ejecutivo el establecimiento y regulacin de un sistema de derechos especiales que permita restringir las emisiones globales al nivel de las normas de calidad ambiental. El referido sistema debe tener en cuenta:

Los tipos de fuentes de emisiones existentes;

Los contaminantes especficos;

Los instrumentos y medios de asignacin de cuotas;

Las medidas de monitoreo; y

La fiscalizacin del sistema y las sanciones que correspondan.

Fue promulgada mediante Ley N 26821. Esta Ley, norma el rgimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, estableciendo un marco adecuado para el fomento de la inversin, procurando un equilibrio dinmico entre el crecimiento econmico, la conservacin de los recursos naturales y del ambiente y, el desarrollo integral de la persona humana.

Aqu se seala que los ciudadanos tienen derecho a ser informados y a participar en la definicin y adopcin de polticas relacionadas con la conservacin y uso sostenible de los recursos naturales. Adems, se les reconoce el derecho de formular peticiones y promover iniciativas de carcter individual o colectivo ante las autoridades competentes (Art. 5).

La norma seala las condiciones para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, precisando que los recursos naturales deben utilizarse en forma sostenible, lo cual implica que su manejo debe ser racional (Art. 28).

Por tanto, el otorgamiento de derechos sobre los recursos naturales no es absoluto ya que se encuentra sujeto a condiciones por parte del titular del derecho. Estas condiciones, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales, son las siguientes (Art.29):

Utilizar el recurso natural para los fines para los que fue otorgado, garantizando el mantenimiento de los procesos ecolgicos esenciales.

Cumplir con las obligaciones dispuestas por la legislacin especial respectiva.

Cumplir con los procedimientos de evaluacin de impacto ambiental y los planes de manejo correspondiente, establecido en la legislacin de la materia.

Cumplir con la respectiva retribucin econmica, de acuerdo a las modalidades establecidas en la legislacin correspondiente.

En caso de incumplimiento con estas condiciones se determinar la caducidad del derecho, ello de acuerdo a lo establecido en los procedimientos sealados en las leyes especiales. Dicha caducidad implica la reversin al Estado del derecho de aprovechamiento concedido, lo cual opera desde el momento de la inscripcin de la cancelacin del ttulo correspondiente.

Cabe sealar que la retribucin econmica que debe abonarse por la explotacin de los recursos naturales se encuentra regulada por la legislacin del canon (Ley 27406 modificada por Ley 27763 y su respectivo reglamento D.S. 004-2002-EF).

Ley de Consejo Nacional del Ambiente (CONAM)

Mediante Ley N 26410, del 02-12-94, fue creado el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) como organismo descentralizado, con personera jurdica de derecho pblico interno, con autonoma funcional, econmica, financiera, administrativa y tcnica, que depende del Presidente del Consejo de Ministros.

Es el organismo rector de la poltica nacional ambiental que tiene la finalidad de planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y patrimonio natural de la Nacin. Se encuentra integrado por; a) Un rgano Directivo, b) rgano Ejecutivo (Secretaria Ejecutiva) y un rgano Consultivo (Comisin Consultiva).

Cdigo Penal - Delitos contra la Ecologa

Para penalizar cualquier alteracin del Medio Ambiente, se dicta el D. Leg. N 635, del 08.ABR.91. Delitos contra la Ecologa, que en su artculo 304 precisa: que l que contamine el ambiente con residuos slidos, lquidos o gaseosos, por encima de lmites permisibles, ser reprimido con pena privativa de la libertad no menor de un (1) ao, ni mayor de tres (3) aos.

Asimismo, la Ley N 26631, del 21.JUN.1996 dicta normas para efectos de formalizar denuncia por infraccin de la Legislacin Ambiental, la cual en su Artculo 1, establece que: La formalizacin de la denuncia por los delitos tipificados en ttulo Dcimo Tercero del Libro Segundo del Cdigo Penal, requerir de las entidades sectoriales competentes, opinin fundamentada por escrito sobre si se ha infringido la legislacin ambiental.

En su Art. 308.- referido a la comercializacin de flora y fauna protegidas, establece que l que caza, captura, recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna que estn legalmente protegidas, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres aos.

La pena ser no menor de dos ni mayor de cuatro aos, y ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco dasmulta cuando:

-El hecho se comete en perodo de reproduccin de semillas o de reproduccin o crecimiento de las especies.

-El hecho se comete contra especies raras o en peligro de extincin.

-El hecho se comete mediante el uso de explosivos o sustancias txicas.

Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada

D. Leg. N 757, del 13.NOV.91. El marco general de poltica para la actividad privada y la conservacin del ambiente est expresado por el Artculo 49, donde se seala que el Estado estimula el equilibrio racional entre el desarrollo socioeconmico, la conservacin del ambiente y el uso sostenido de los recursos naturales; garantizando la debida seguridad jurdica a los inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de proteccin del medio ambiente.

Asimismo, el Artculo 9 del mismo dispositivo deroga toda disposicin legal que fije modalidades de produccin o ndices de productividad, que prohba u obligue a la utilizacin de insumos o procesos tecnolgicos. En general, que intervenga en los procesos productivos de las empresas en funcin al tipo de actividad econmica que desarrollen, su capacidad instalada, o cualquier otro factor econmico similar, salvo disposiciones legales referidas a la higiene y seguridad industrial, la conservacin del ambiente y la salud.

Ley General de Aguas

D.L. N 17752, del 24.JUL.1969. Esta Ley con sus reglamentos y modificatorias (D.S. N 261-69-AP del 12.DIC.69 y D.S. N 007-83-A del 11.MAR.83) en su Ttulo II, prohbe mediante el artculo 22 (Cap. II) verter o emitir cualquier residuo slido, lquido o gaseoso, que pueda alterar la calidad de agua y ocasionar daos a la salud humana o poner en peligro recursos hidrobiolgicos de los cauces afectados; as como, perjudicar el normal desarrollo de la flora y fauna. Asimismo, refiere que los efluentes deben ser adecuadamente tratados para alcanzar los lmites permisibles.

Para el caso de utilizacin de aguas subterrneas, el Artculo 111 del Reglamento de la Ley de Promocin de las Inversiones en el Sector Agrario (Decreto Supremo N 048-91-AG) del 11.NOV.91, establece que la utilizacin de las aguas subterrneas se sujetar a lo estipulado en los artculos pertinentes del Reglamento del Ttulo IV de las Aguas Subterrneas de las Ley General de Aguas. El reglamento mencionado fue aprobado por Decreto Supremo N 274-69-AP/DGA del 30.DIC.69. El artculo 70 de las Ley General de Aguas, seala que todo aquel que con ocasin de efectuar estudios, explotaciones o exploraciones mineras, petrolferas o con cualquier otro propsito, descubriese o alumbrase aguas, est obligado a dar aviso inmediato a la Autoridad en Aguas y no podr utilizarlas sin permiso, autorizacin o licencia. (Alumbramiento: Accin de descubrir aguas subterrneas y hacerlas aflorar). Adems, se establecen las acciones a tomar en casos de Alumbramiento de las aguas subterrneas, contaminacin, responsabilidades del Estado y responsabilidades del usuario, entre otros.

Ley de Evaluacin de Impacto Ambiental para Obras y Actividades

Ley N 26786, del 13.MAY.1997, establece que los Ministerios debern comunicar al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) las regulaciones al respecto. Esta Ley no modifica las atribuciones sectoriales en cuanto a las autoridades ambientales competentes.

Las actividades a realizarse no requerirn una coordinacin directa con el CONAM. La Autoridad Competente Ambiental para dichas actividades har de conocimiento respectivo al CONAM, si el caso lo requiriese.

Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental

Ley N 27446, del 23.ABR.2001. Este dispositivo legal establece un sistema nico y coordinado de identificacin, prevencin, supervisin, control y correccin anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas a travs de los proyectos de inversin.

La norma seala diversas categoras en funcin al riesgo ambiental. Dichas categoras son las siguientes: Categora I Declaracin de Impacto Ambiental; Categora II Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado, Categora III Estudio de Impacto Ambiental Detallado. Cabe precisar que hasta la fecha no se ha expedido el reglamento de esta Ley.

La Ley 27446 ha creado el Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental (SNEIA), como el marco legal general aplicable a la evaluacin de impactos ambientales. Estas normas sectoriales respectivas seguirn siendo aplicables en tanto no se opongan a esta nueva norma.

As, los sectores continuarn aplicando su normativa sectorial hasta que se dicte el reglamento de la nueva Ley.

La promulgacin de esta nueva norma ha tenido como fundamento la constatacin de mltiples conflictos de competencias entre sectores, y la existencia de una diversidad de procedimientos de evaluacin ambiental. Esta norma busca ordenar la gestin ambiental en esta rea estableciendo un sistema nico, coordinado y uniforme de identificacin, prevencin, supervisin, correccin y control anticipada de los impactos ambientales negativos de los proyectos de inversin.

Debe resaltarse que la norma seala que los proyectos de inversin que puedan causar impactos ambientales negativos no podrn iniciar su ejecucin; y ninguna autoridad podr aprobarlos, autorizarlos, permitirlos, concederlos o habilitarlos si no se cuenta previamente con la Certificacin Ambiental expedida mediante resolucin por la respectiva autoridad competente.

Para obtener esta certificacin, deber tomarse como base la categorizacin que esta norma establece en funcin a la naturaleza de los impactos ambientales derivados del proyecto. As, se han establecido las siguientes categoras:

a)Categora I. Para aquellos proyectos cuya ejecucin no origina impactos ambientales negativos de carcter significativo. En este caso, se requiere de una Declaracin de Impacto Ambiental.

b)Categora II. Comprende los proyectos cuya ejecucin puede originar impactos ambientales moderados y cuyos efectos ambientales pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopcin de medidas fcilmente aplicables. Requieren de un EIA semi detallado.

c)Categora III. Incluye los proyectos cuyas caractersticas, envergadura y/o localizacin pueden producir impactos ambientales negativos significativos desde el punto de vista cuantitativo o cualitativo, requiriendo un anlisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. En este caso, se requiere de un EIA detallado.

Para determinar la ubicacin de un proyecto en una determinada categora se debern aplicar los criterios de proteccin sealados en la norma y que estn referidos, entre otros, a la proteccin de la salud de las personas y la integridad y calidad de los ecosistemas y recursos naturales y culturales.

Con respecto al contenido del EIA, la norma establece que ste deber contener tanto una descripcin de la accin propuesta como de los antecedentes de su rea de influencia, la identificacin y caracterizacin de los impactos durante todo el proyecto, la estrategia de manejo ambiental (incluyendo segn sea el caso: el plan de manejo ambiental, el plan de contingencias, el plan de compensacin y el plan de abandono), as como el plan de participacin ciudadana y los planes de seguimiento, vigilancia y control. Asimismo, deber adjuntarse un resumen ejecutivo de fcil comprensin. Las entidades autorizadas para la elaboracin del EIA debern estar registradas ante las autoridades competentes, quedando el pago de sus servicios a cargo del titular del proyecto.

Respecto a la autoridad competente para el cumplimiento de esta ley, se ha sealado que son las mismas autoridades ambientales nacionales (CONAM) y sectoriales con competencias ambientales (Ministerios). Se seala que, en particular, es competente el Ministerio del Sector correspondiente a la actividad que desarrolla la empresa proponente o titular del proyecto; especificndose, en igual sentido que la legislacin vigente, que en caso que el proyecto incluyera dos o ms actividades de competencia de distintos sectores, la autoridad ser nicamente el Ministerio del Sector al que corresponda la actividad de la empresa proponente por la que sta obtiene sus mayores ingresos brutos anuales. Por ltimo, se establece que en caso sea necesaria la dirimencia sobre la asignacin de competencia, corresponder al Consejo Directivo del CONAM definir la autoridad competente.

Ley General de Expropiacin

Ley N 27117. Esta Ley en su Art. 2 menciona que la expropiacin consiste en la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada, autorizada nicamente por la ley expresa del Congreso a favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones, o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnizacin justipreciada que incluya compensacin por el eventual perjuicio.

En el Art. 3 dispone que el nico beneficiado de una expropiacin es el Estado. El Art. 7 menciona que todos los procesos de expropiacin que se dispongan, al amparo de lo dispuesto en el presente articulo deben ajustarse a lo establecido en la presente Ley. El Art. 9 esta referido al trato directo, donde se establecen mecanismos para acceder al trato directo, as como los respectivos pasos para enmarcar los acuerdos a la Ley.

El Art. 10 establece la naturaleza del sujeto activo de la expropiacin y el Art. 11 la del sujeto pasivo de la expropiacin. El Art. 15 esta referido a la indemnizacin justipreciada, la misma que por un lado comprende el valor de tasacin comercial debidamente actualizado del bien que se expropia y por otro, la compensacin que el sujeto activo de la expropiacin debe abonar en caso de acreditarse fehacientemente daos y perjuicios para el sujeto pasivo originados inmediata, directa y exclusivamente por la naturaleza forzosa de la transferencia. As tambin dentro de este mismo Articulo, se menciona que la indemnizacin justipreciada no podr ser inferior al valor comercial actualizado, ni exceder de la estimacin del sujeto pasivo.

El Art. 16 establece que el valor del bien se determinar mediante tasacin comercial actualizada que ser realizada exclusivamente por el Consejo Nacional de Tasaciones. El Art. 19 referente a la forma de pago, establece que la consigna de la indemnizacin justipreciada, debidamente actualizada, se efectuar necesariamente en dinero y en moneda nacional y dems alcances relacionados a la indemnizacin justipreciada.

Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil

D.S. N 019-71-IN. Esta norma regula el uso civil de los explosivos. Los requisitos para las autorizaciones y permisos para el transporte y manipulacin de explosiones se encuentran en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior aprobado por D.S. N 006-93-IN (30.SEP.93) y sus modificaciones D.S. N 008-93-IN (17.DIC.93) y D.S. N 004-94-IN (30.ABR.94). Es necesario coordinar con la DISCAMEC el uso de explosivos civiles.

Ley Orgnica de Municipalidades

Ley N 27972, del 06-05-2003. En esta Ley se establece que los gobiernos locales son entidades bsicas de la organizacin territorial del Estado y canales inmediatos de participacin vecinal en los asuntos pblicos, que institucionalizan y gestionan con autonoma los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacin y la organizacin.

Conforme lo establece el Art. IV del Ttulo Preliminar de esta Ley, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacin de los servicios pblicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armnico de su circunscripcin.

En materia ambiental, las Municipalidades tienen las siguientes funciones:

-Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y polticas locales en materia ambiental, en concordancia con las polticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales.

-Proponer la creacin de reas de conservacin ambiental.

-Promover la educacin e investigacin ambiental en su localidad e incentivar la participacin ciudadana en todos sus niveles.

-Participar y apoyar a las comisiones ambientales

- regionales en el cumplimiento de sus funciones.

-Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicacin local de los instrumentos de planeamiento y de gestin ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestin ambiental.

-Promover la proteccin y difusin del patrimonio cultural de la nacin, dentro de su jurisdiccin, y la defensa y conservacin de los monumentos arqueolgicos, histricos y artsticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificacin, registro, control, conservacin y restauracin.

De otro lado, en el Numeral 9. del Art. 69, del Captulo III, correspondiente a las Rentas Municipales, se establece que: Los derechos por la extraccin de materiales de construccin ubicados en los lveos y cauces de los ros, y canteras localizadas en su jurisdiccin, conforme a ley, son rentas municipales.

Ley General de Residuos Slidos

Ley N 27314, del 21.JUL.2000. Esta Ley establece los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestin y manejo de los residuos slidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecin a los principios de minimizacin, prevencin de riesgos ambientales y proteccin de la salud y el bienestar de la persona humana.

Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nacin

Ley N 24047, del 05.ENE.85. Este dispositivo ha sido modificado por Ley 24193 del 06.JUN.85 y Ley 25644 del 27.JUL.92, reconoce como bien cultural los sitios arqueolgicos, estipulando sanciones administrativas por caso de negligencia grave o dolo, en la conservacin de los bienes del patrimonio cultural de la Nacin.

El D.S. N 050-94-ED del 11.OCT.94 aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones del Instituto Nacional de Cultura (INC). Este Organismo constituye la entidad gubernamental encargada de velar por el cumplimiento de la norma referente al patrimonio cultural. Mediante D.S. N 013-98-ED se aprob el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INC.

Artculo 12.- En este artculo se establece que los planes de desarrollo urbano y rural y los de obras pblicas en general deben ser sometidos por la entidad responsable de la obra a la autorizacin previa del instituto Nacional de Cultura. En tal sentido, el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueolgicos es el documento oficial mediante el cual el INC se pronuncia al respecto, de acuerdo a la norma legal establecida.

Ley Forestal y de Fauna Silvestre

Ley N 27308, del 07.JUL.2000. Esta Ley tiene por objeto normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservacin de los recursos forestales y de fauna silvestre del pas, compatibilizando su aprovechamiento con la valoracin progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armona con el inters social, econmico y ambiental de la nacin, de acuerdo con lo establecido en los artculos 66 y 67 de la Constitucin Poltica del Per, en el D.L. N 613, Cdigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, en la Ley N 26821, Ley Orgnica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y los Convenios internacionales vigentes para el Estado Peruano.

Otros dispositivos legales que tambin forman parte del marco legal general en materia ambiental son los siguientes:

La Poltica Operativa del BID OP-710 sobre Reasentamiento Involuntario.

La Directriz Operacional del Banco Mundial OD 4.30 sobre Reasentamiento Involuntario.

3.1.2 NORMATIVIDAD ESPECFICA

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Es el organismo rector del sector transportes y comunicaciones, creado por Ley No. 27779, del 23.JUL.02, que forma parte del Poder Ejecutivo y que constituye un pliego presupuestal con autonoma administrativa y econmica, de acuerdo a ley.

Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Ley N 27791, del 25.JUL.2002. Mediante esta Ley se determina y regula el mbito, estructura orgnica bsica, competencia y funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, organismo rector del sector transportes y comunicaciones.

Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

D.S. N 041-2002-MTC, del 24.AGO.2002. Mediante este Decreto Supremo se aprob el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Direccin General de Asuntos Socio Ambientales

El D.S. N 041-2002-MTC, del 22.AGO.2002, Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, crea la Direccin General de Asuntos Socio Ambientales. En su Artculo 73 establece que la Direccin General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas de conservacin del medio ambiente del subsector, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transportes; as como de conducir los procesos de expropiacin y reubicacin que la misma requiera. Esta direccin est a cargo de un Director General, quien depende del Viceministerio de Transportes.

Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental en el Sub-sector Transportes

R.M. N 116-2003-MTC/02. Mediante esta Resolucin se cre el Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboracin de Estudio de Impacto Ambiental en el Sub-sector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Reglamento para la Inscripcin en el Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental en el Sub-sector Transportes

R.D. N 004-2003-MTC/16, del 20.MAR.2003. Mediante esta Resolucin se aprob el Reglamento para la Inscripcin en el Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboracin de Estudios de Impacto Ambiental en el Sub-sector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Declaran que las canteras de minerales no metlicos de materiales de construccin ubicadas al lado de las carreteras en mantenimiento se encuentran afectas a estas

D.S. N 011-93-MTC. Esta norma declara que las canteras ubicadas al lado de las carreteras en mantenimiento se encuentran afectadas a estas, se menciona tambin que las canteras de minerales no metlicos que se encuentran hasta una distancia de 3 Km. medidas a cada lado del eje de la va, se encuentran permanentemente afectados a estas y forman parte integrante de dicha infraestructura vial.

Esta norma es modificada en su artculo 1 por el Decreto Supremo N 020-94-MTC en el que se establece que en la selva el lmite del rea a afectar para canteras de materiales no metlicos ser de 15 km. a cada lado de la va; y dichas afectaciones se aplican a la red vial nacional que incluye las rutas nacionales, departamentales y vecinales.

Aprovechamiento de canteras de materiales de construccin

D.S. N 037-96-EM, del 25.NOV.1996. Este Decreto Supremo establece en sus artculos 1 y 2, que las canteras de materiales de construccin utilizadas exclusivamente para la construccin, rehabilitacin o mantenimiento de obras de infraestructura que desarrollan las entidades del Estado directamente o por contrata, ubicadas dentro de un radio de veinte kilmetros de la obra o dentro de una distancia de hasta 6 Km. medidos a cada lado del eje longitudinal de las obras, se afectarn a stas durante su ejecucin y formarn parte integrante de dicha infraestructura. Igualmente las Entidades del Estado que estn sujetos a lo mencionado anteriormente, previa calificacin de la obra hecha por el MTC, informarn al Registro Pblico de Minera el inicio de la ejecucin de las obras y la ubicacin de stas.

Explotacin de Canteras

R.M. N 188-97-EM/VMM, del 12.MAY.97. Mediante esta resolucin se establecen las medidas a tomar para el inicio o reinicio de las actividades de explotacin de canteras de materiales de construccin, diseo de tajos, minado de las canteras, abandono de las canteras, acciones al trmino del uso de la cantera y los plazos y acciones complementarias para el tratamiento de las mismas.

Reglamento de la Ley N 26737, que regula la explotacin de materiales que acarrean y depositan las aguas en sus lveos o cauces

D.S. N 013-97-AG. Establece que la autoridad de aguas es la nica facultada para otorgar los permisos de extraccin de los materiales que acarrean y depositan en sus lveos o cauces, priorizando las zonas de extraccin en el cauce, previa evaluacin tcnica efectuada por el administrador tcnico del distrito de riego correspondiente. Concluida la extraccin el titular esta obligado a reponer a su estado natural la ribera utilizada para el acceso y salida a la zona de explotacin.

Cada permiso de extraccin tiene validez por el plazo mximo de un (1) ao como lo seala en su artculo 10.

Uso de Canteras en Proyectos Especiales

D.S. N 016-98-AG. Este dispositivo establece que las obras viales que ejecuta el MTC a travs de proyectos especiales no estn sujetas al pago de derechos por concepto de extraccin de materiales, establecido en el artculo 14 del Reglamento de la Ley N 26737, aprobado por Decreto Supremo N 013-97-AG.

PROVIAS Departamental

R.M. N 527-2002 MTC/15.02 del 11.SEP.2002. Resuelve lo siguiente:

Art. 1 El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental PROVAS DEPARTAMENTAL, asume las actividades de mantenimiento peridico y rutinario de las carreteras que se encuentran a cargo de la Direccin General de Caminos, as como las dems funciones que determine la Comisin de Transferencia, de acuerdo a la Transferencia Presupuestal efectuada por el Decreto de Urgencia N 040-2002.

Art. 2 El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental PROVAS DEPARTAMENTAL, asume los derechos y obligaciones correspondientes a la Direccin General de Caminos en los Contratos y Convenios Interinstitucionales suscritos por sta, as como en los procesos de seleccin y contratos para ejecucin de obras y elaboracin de estudios de Pre- Inversin, Estudios Definitivos y otros referidos a infraestructura vial a cargo de la Direccin General de Caminos, a partir del 1 de Agosto del 2002, de acuerdo a la transferencia presupuestal efectuada por el Decreto de Urgencia N 040-2002.

Aprueban Reglamento de Consulta y Participacin Ciudadana en el Proceso de Evaluacin Ambiental y Social en el sub sector Transportes MTC.

R.D. N 006-2004-MTC/16. Mediante esta Resolucin se aprueba el Reglamento de Consulta y Participacin Ciudadana en el Proceso de Evaluacin Ambiental y Social en el Subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Este Reglamento norma la participacin de las personas naturales, organizaciones sociales, titulares de proyectos de infraestructura de transportes, y autoridades, en el procedimiento por el cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, desarrolla actividades de informacin y dilogo con la poblacin involucrada en proyectos de construccin, mantenimiento y rehabilitacin; as como en el procedimiento de Declaracin de Impacto Ambiental, Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado (EIAsd) y detallado (EIAd), con la finalidad de mejorar el proceso de toma de decisiones en relacin a los proyectos.

Aprueban Directrices para la Elaboracin y Aplicacin de Planes de Compensacin y Reasentamiento Involuntario para Proyectos de infraestructura de Transporte.

R.D. N 007-2004-MTC/16. Mediante esta Resolucin se aprueba el Documento que contiene las Directrices para la Elaboracin y Aplicacin de Planes de Compensacin y Reasentamiento Involuntario (PCRI) para Proyectos de Infraestructura de Transporte, con lo cual se busca asegurar que la poblacin afectada por un proyecto reciba una compensacin justa y soluciones adecuadas a la situacin generada por ste. En la norma se seala que las soluciones a los diversos problemas de la poblacin objetivo, debern ser manejadas desde las primeras etapas de la preparacin del proyecto; es decir, desde la etapa del Estudio de Factibilidad y en el Estudio Definitivo.

Seguridad e Higiene

El Manual Ambiental para el Diseo y Construccin de Vas del MTC, en el numeral 2.4 Medidas Sanitarias y de Seguridad Ambiental, seala las medidas preventivas y las normas sanitarias a seguir por los trabajadores y la empresa. Establece tambin, las caractersticas que deben tener los campamentos, maquinarias y equipos, con el fin de evitar la ocurrencia de epidemias de enfermedades infectocontagiosas, en especial aquellas de transmisin venrea, que suelen presentarse en poblaciones cercanas a los campamentos de construccin de carreteras; as mismo aquellas enfermedades que se producen por ingestin de aguas y alimentos contaminados.

Adems, referencialmente se cuenta con El Reglamento de Seguridad e Higiene Minera aprobado mediante D.S. N 023-92-EM del 9.OCT.92. Este reglamento tiene la finalidad de promover y mantener los estndares ms altos de bienestar fsico y mental de los trabajadores minero metalrgico, proteger las instalaciones y propiedades y garantizar las fuentes de trabajo, mejorando la productividad.

Lmites Mximos Permisibles y Estndares de Calidad Ambiental (D.S. N 074-2 001-PCM, del 24.06.01)

El Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad de Aire, establece los valores correspondientes para los Estndares Nacionales de Calidad Ambiental de Aire y los valores de trnsito que se presentan en los Cuadros 1.1 y 1.2.

3.2 AUTORIDAD COMPETENTE

La Ley Marco para el Crecimiento de la Inversin Privada (D. Leg. N 757), establece las competencias sectoriales de los Ministerios para tratar los asuntos ambientales, sealados en la ley general del ambiente ley N 28611.

El Proyecto CONSTRUCCIN CANTERA PUNQUIS S.A. HUANCHACO-TABLAZO; involucra actividades que son de competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Y de Vivienda, as como municipios involucrados; por lo tanto, este Ministerio y las municipalidades involucradas son las autoridades competentes para tratar los asuntos ambientales del Proyecto.4.- DIAGNSTICO AMBIENTAL PRE-OPERACIONAL DEL REA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

El anlisis certero de las caractersticas ambientales del rea donde se ejecutar el proyecto es importante, pues sirve de base para la identificacin y valoracin de los impactos potenciales que pueden ocurrir con el desarrollo de las obras durante cada etapa de ejecucin y puesta en marcha del proyecto. Por ello, en el presente captulo se expone el Diagnstico de la Situacin Ambiental Preoperacional del rea de Influencia del Proyecto, destacando los aspectos referidos a clima, geologa, geomorfologa, suelos e hidrologa en el ambiente fsico; flora y fauna en el ambiente biolgico, poblacin, servicios y actividades econmicas en el ambiente socioeconmico y cultural.

4.1 CLIMA

El clima es variable de acuerdo a la altitud cuya gradiente de temperatura oscila entre los 16.8 - 29.7 C respectivamente (propio de un clima rido y semiclido) presenta periodos de lluvias (de poca intensidad) durante los meses de julio a agosto, en la zona no existe un estacin meteorolgica que facilite la obtencin de datos meteorolgicos, la presente determinacin se llevo acabo con estudios de campo y equipos de determinacin de temperatura ambiental, validando adicionalmente a ello el gradiente de temperatura obtenido en estaciones aledaas a la zona del proyecto as como informacin secundaria de importante validez al proyecto.

4.1.1 PARMETROS METEOROLGICOS

a)Precipitacin

De acuerdo al mapa de precipitacin anual, que el SENAMHI presenta en su boletn climtico el presente ao 2011, las isoyetas representativas de la zona de estudio muestran valores entre los 500 y 1,000 mm. Precipitacin pluvial anual.

Tambin es necesario mencionar que las precipitaciones pueden ser mayores en intensidad, dependiendo de la ocurrencia de aos hmedos (aqullos, en los cuales la precipitacin es un poco ms abundante y sobrepasan los valores normales llegando hasta los 1500 mm.), aos secos (aqullos, en los que la precipitacin es escasa, es decir, por debajo de los valores normales) y/o aos normales (aqullos, en los que la precipitacin guarda relacin con los valores normales); sta determinacin de la intensidad, ser de suma importancia para las obras a desarrollarse. Es importante tener conocimiento de las mayores intensidades de precipitacin durante los aos hmedos, que es cuando producirn mayor impacto en los diferentes componentes del entorno ligados al proyecto.

b)Temperatura

De acuerdo al mapa de temperaturas mximas, publicado por el SENAMHI el presente ao 2008, se aprecia que las isotermas representativas de la zona de estudio alcanzan valores mximos de 29.8 C; y en el mapa de temperaturas mnimas, correspondiente a la misma zona valores isotrmicos de 16.8 C.

c)Viento

Del pronstico de vientos (ENERO 2008), que el Instituto Geofsico del Per IGP- emite mediante su pgina Web, se hace una sectorizacin en la que se observa que en la regin l Libertad, se presentan vientos de componente Noreste (NE) con intensidades que fluctan entre 2.5 y 5.0 m/s. Igualmente presenta variantes de componente Este (E) con intensidades de 2.5 m/s.

Este comportamiento del viento es un indicador de que la fuente de humedad que abastece a la zona de estudio est constituida por masas de aire hmedo procedentes del Ocano Atlntico, las mismas que al llegar a la costa y descargan en forma de precipitacin fluvial de poca intencidad.

d)Nubosidad

La nubosidad es un elemento meteorolgico que es consecuencia de la gran humedad que es aportada por el Ocano Atlntico. En su trayectoria por la costa, sometida a procesos de conveccin, va condensndose, generando nubosidad del tipo cumuliforme. Al llegar a la ciudad por accin mecnica de los vientos y los procesos adiabticos ligados a los movimientos verticales orogrficos de las masas de aire, generan formaciones nubosas del tipo cmulos, cumulonimbus, las que a su vez, al entrar en su fase de maduracin y disipacin, van a precipitar y formar otro tipo de nubes como: altostratus, cirrostratus e inclusive nimbostratus.

La cobertura nubosa en la zona de estudio tiene un comportamiento temporal acorde a las estaciones meteorolgicas, siendo mayor durante el verano (perodo hmedo) y ligeramente menor durante el invierno (perodo seco). En cuanto al comportamiento espacial de la cobertura nubosa, ser mayor la cobertura hacia la Cordillera de los Andes y menor hacia el llano costeo).

La influencia de la Zona de Convergencia Intertropical que es donde confluyen los vientos alisios de ambos hemisferios (Norte y Sur) dan origen a la formacin de nubosidad convectiva, es decir de desarrollo vertical, la misma que en su distribucin sinusoidal alrededor de la Tierra penetra en el rea de estudio con la cobertura nubosa ya conocida.

De las imgenes de Actividad Convectiva en el Per (Lmina 1) y de Nubosidad en el Per (Lmina 2) - Feb. 2008, que el Instituto Geofsico del Per IGP- emite mediante su pgina web), se observa que en el departamento de La Libertad se puede apreciar en la imagen visible la presencia de nubosidad de desarrollo vertical (cumuliforme), la misma zona se puede ver en la imagen de actividad convectiva, donde las nubes tienen en su tope una temperatura que va entre menos 23 C a menos 30 C (color: fucsia), indicador de la altura de su tope, lo que indica que son nubes de poco desarrollo vertical y que por ende son nubes que van a producir escasa precipitacin.

4.1.2 HIDROLOGA

4.1.2.1 DESCARGAS MXIMAS DE DISEO

Las descargas mximas de diseo de cada micro cuenca ha sido estimadas en el Estudio Hidrolgico correspondiente haciendo uso del Mtodo Racional, propuesto por J. Tmez y el Mtodo del Hidrograma Unitario Sinttico formulado por la Sociedad de Ciencias del Suelo de los EE.UU.

Los resultados obtenidos mediante los procedimientos anotados, revelan los caudales de diseo para cada fuente de agua natural los cuales han sido utilizados en el diseo de alcantarillas y pontones proyectados en la obra; para mayor detalle se sugiere revisar dicho acpite anexo al expediente tcnico.

Cuyos periodos de retorno corresponden a 10 y 100 aos respectivamente.

4.1.2.2 SOCAVACIN POTENCIAL TOTAL

La profundidad de socavacin potencial total para cada caso, est determinada por la socavacin generalizada del lecho de cada fuente de agua natural, segn la morfologa del cauce y rgimen del flujo en la seccin de inters.

4.1.3 GEOLOGA

Las caractersticas geolgicas de los terrenos directamente involucrados en el proyecto y las zonas adyacentes se presentan a mayor profundidad en el respectivo estudio de suelos para mayor detalle se sugiere revisar dicha acpite.

4.1.3.1 Geologa local.Geolgicamente el Tablazo es una llanura piedemonte que termina en una escarpa producida por erosin marina, su basamento es sedimentario continental y cristalino, enmarcada dentro de la franja litoral que se mantuvo emergente desde el Jursico medio hasta el Terciario superior; los afloramientos de roca sedimentara ms prximas se ubican en el Contrafuerte Andino y corresponden a la formacin pre-cretcea Chicama que subyace a la formacin Chim.

Localmente las terrazas son sedimentos aluviales y elicos de origen polignicos estratificados en espesores que van en aumento desde los afloramientos rocosos del contrafuerte andino hasta ms de 100m. En la lnea

Litoral, sobreyaciendo a un basamento rocoso predominantemente cristalino. 4.1.3.2 Geomorfologa.El rea en estudio comprende a una terraza continental que se yergue desde la lnea litoral con un desnivel en acantilado de 35 a 40 m., superficialmente es una planicie desrtica ligeramente ondulada de norte a sur, condcionado por su ubicacin tect6nica y drenaje natural que va de este a oeste terminando en una caada angosta con saltos y rpidos que drenan haca la angosta franja riberea, la llanura en direccin Este va tomando caractersticas de loma debido al aumento gradual de su pendiente apoyadas en las partes bajas del Cerro Campana, hacia 01 Oeste el borde de sus acantilados se presentan alineados en una ligera curvatura con direccin Oeste desde Huanchaco al Norte. El pie del talud converge con cinturones ribereos de suelo arenoso marino en altitudos ontre 5 y 8m., en las inmediaciones a Huanchaco estos cinturones se confunden con el pie de talud de los acantilados, en las inmediaciones a los Humedales se observan hasta 2 cinturones separados del pi de talud.

Clases de materiales a explotar:

Hormign (Extraccin directa).

Piedra de Base (Extraccin directa).

Afirmado (Extraccin directa).

Arena Gruesa (Extraccin indirecta, uso de zarandas).

Gravilla de distintos dimetros (Extraccin indirecta, uso de zarandas).

Piedra chancada de distintos dimetros (Uso de chancadora).

4.1.3.3 GEODINMICA EXTERNATiene la finalidad de identificar las reas que interesan al proyecto que presenten fenmenos geodinmicos activos o potenciales y que realmente sean una amenaza a las obras del proyecto, los fenmenos investigados son bsicamente los siguientes:

Deslizamientos.

Erosin de ribera.

Erosin pluvial.

Inundaciones.

Huaycos.

De todos ellos se evidencia que solamente los fenmenos dedeslizamientos y erosin pluvial son los que estn presentes en la zona, se aprecia por los cauces de las quebradas que discurren transversalmente al eje de carretera los cuales lo realizan a travs de lechos inconsolidados generando la erosin y transporte de materiales, tanto del fondo del cauce as como de las zonas adyacentes al margen de va, todos estos fenmenos previo anlisis de riesgo practicado en la zona y en gabinete no tienen una incidencia significativa sobre el proyecto, debido a que se presentan en menores proporciones por lo que podemos considerarlos como riesgos geolgicos de baja magnitud, sin embargo con el propsito de minimizar dicho efecto se deber considerar obras limpieza de cauce y de reforzamiento de vrtices de va.

4.1.3.4 GEODINMICA INTERNADesde el punto de vista ssmico el territorio peruano pertenece al Circulo Circumpacfico, que comprende las zonas de mayor actividad ssmica en el mundo y por lo tanto se encuentran sometidos con frecuencia a movimientos telricos. Segn las Normas E-030 Diseo Sismo Resistente, del RNC, Amazonas pertenece a la Zona Ssmica II.

4.1.4 SUELOS

4.1.4.1 CARACTERSTICAS EDFICAS

El suelo es un cuerpo natural tridimensional, parte de un ecosistema; su estudio debe iniciarse en el campo, con la observacin detallada y precisa, tanto del suelo en su conjunto, como del medio en que se halla.

El suelo, morfolgicamente consiste de capas horizontes, constituidas por elementos minerales y/o orgnicos de espesor variable, los cuales difieren del material parental en sus propiedades morfolgicas, fsicas, qumicas, mineralgicas y biolgicas. Los horizontes del suelo son generalmente inconsolidados, pero algunos contienen suficiente cantidad de slice, carbonatos, xidos de fierro que los convierten en cementados.

Los suelos de la zona de estudio se ajustan a una distribucin definida por la litologa, y la fisiografa del rea. Para mayor detalle revisar el estudio de suelos del presente documento.

4.2 MEDIO BIOLGICO

4.2.1 ZONAS DE VIDA

En el rea de estudio se han identificado bsicamente tres (01) Zonas de Vida, de acuerdo a la Clasificacin de Zonas de Vida de Holdridge:El ambiente es desrticoeriazo. Pero las zonas aledaas son cultivables con poca presencia de flora y fauna .

VEGETACIN Y FAUNAConsiderando que los requerimientos de informacin para una Evaluacin Ambiental estn en funcin de las caractersticas del proyecto a ejecutar, se ha considerado por conveniente que la vegetacin y fauna del lugar debe ser evaluada desde la perspectiva de un nivel cualitativo; por lo que, durante el trabajo se desarroll una evaluacin cualitativa de las diferentes especies vegetales y animales que habitan en la zona.

a)Vegetacin

La importancia de la vegetacin en los estudios de los ecosistemas es vital, pues el significado que representa se basa en las relaciones con el resto de los componentes biticos y abiticos del medio. La vegetacin es estabilizadora de pendientes, retarda la erosin, influye en la cantidad y calidad del agua, mantiene microclimas locales, filtra la atmsfera, atena el ruido, es el hbitat de las especies de animales, adems de servir como alimento del hombre, etc.

Por otro lado en la zona de estudio las reas cubiertas de vegetacin natural, son escasas, toda vez que esta es una zona fuertemente intervenida no registrndose especies mayores como rboles u otros de considerable rgimen basal solo se ubica rboles y arbustos pequeos y pastizales donde la intervencin del hombre ha sido vital para el desarrollo de dichas especies; bsicamente se reconoce un ecosistema arbustivo con mayor predominancia, el cual viene siendo sometido en gran parte a actividades de roce para dedicacin agrcola , las mismas que han generado problemas de degradacin no slo de la vegetacin sino de los dems componentes fsicos y biolgicos que interactan con ste recurso.

La estructura vertical de la vegetacin presenta un predominio de estratificacin arbustiva y respecto de su estratificacin horizontal, el predominio es cerrado.

Respecto del nivel de degradacin de la cobertura vegetal, se puede considerar que va de moderado a fuerte; siendo su capacidad de recuperacin casi imposible por la actividad de cultivo de las zonas aledaas al proyecto.

En cuanto a los usos o influencia agrcola, predomina el uso con fines agrcolas y la agricultura de secano; asociado a otros usos de menor importancia como la ganadera; tambin hay gran presencia de plantas alimenticias.

Su flora incluye helechos, orqudeas, bromelias, caa, musgos y plantas propias de las propias del eriazo. Se han identificado 261 gneros, 105 familias y 1 000 especies de flora.

B)Fauna

El estudio de la relacin entre las plantas y animales es de suma importancia, en la actualidad el enfoque prctico del estudio de la fauna flucta entre dos tendencias diferenciadas, ms por la forma de llevarse a cabo que por sus objetivos, comunes en muchos casos: la primera est dirigida hacia una enumeracin de los valores faunsticos en cuanto a su importancia en el entorno en general; la segunda hacia una integracin de la fauna con los dems elementos del medio, con el fin de conseguir datos manejables y de fcil comprensin, que pueden estructurarse de tal forma que el producto definitivo resuelva los conflictos entre las caractersticas ambientales y actuaciones humanas con la suficiente flexibilidad para adaptarse a los cambios de status.

Es de mencionar que adems de la fauna existente en la zona de estudio el cual se limita a meiofauna y micro fauna poco representativa se ha encontrado como actividad econmica la la agricultura y con la escasa crianza de vacunos; adems de la crianza de animales menores como conejos, cuyes y aves de corral.

Entre los 11 gneros y 13 especies de mamferos registrados en esta zona, los ms importantes son:

MAMIFEROS. (Didephis marsupiales), el Vampiro (Desmodus rotundus), la Ardilla (Sciurus Stramineus),), Desde el punto de vista ganadero tenemos ganado vacuno, caballar, caprino, ovino y porcino.

REPTILES.- Lagartijas, Iguanas, Serpientes

ANFIBIOS.- Sapo comn ( Bufo Spinolosus) , ranas etc.

INSECTOS.- Liblulas, alacranes, mariposas, langostas, escarabajo, moscas, cucarachas, grillos, etc.

ARTRPODOS

- Insectos y Arcnidos

- Abeja silvestre.

- Alacrn.

- Araa domstica (Loxexeles laeta).

- Araa de chacra.

- Avispa.

- Ciempis.

- Cigarra o chicharra.

- Escarabajo.

- Garrapata.

- Gorgojo o picudo.

- Grillo.

- Hormiga.

- Liblula.

- Lucirnaga.

- Mariposa.

- Media luna.

- Mosca comn.

- Moscn.

- Mosquito.

- Nigua o pique.

- Piojo.

- Polilla.

- Pulga.

- Saltamonte.

- Tbano.

-Tarntulao shangulay.

- Zancudo.

- Vaquita de San Antonio.

GUSANOS Y MOLUSCOS

- Babosa.

- Caracol.

.

- Chograpito.

- Chogya.

- Churgapito.

- Lombriz de tierra o cushpin.

- Llungash.

AVES.- Perdiz (Crypturellus transfasciatus) gallinazo real (Sarcoranphus papa), gallinazo comn (Coragyps atratus), Cucul (Zenaida Asitica) Tortolita (Colombiana cruziana), Paloma Budu (Leptotilia verreauxi) lorito (Botogeris Pyrrhogenys), Bho (Bho virginianus) Picaflores (Leucippus baeri), cerncalo, zorzales, chihuanco, palomas, tuco, etc.

4.3 MEDIO SOCIOECONMICO Y CULTURAL

4.3.1 POBLACIN.

La poblacin beneficiada directa e involucrada en el presente proyecto con relacin a la creacin de la CANTERA DE HORMIGON, PIEDRA CHANCADA PUNQUIS.S.A, SNIP 90092 es aproximadamente 5360 habitantes beneficiarios directos pertenecientes al distrito de Hunchaco y constituidos de la siguiente manera: 99% es poblacin urbana y 1 % es poblacin rural dedicada a la agricultura y ganadera principalmente, esta poblacin se asocia en diferentes poblados.4.3.2 ACTIVIDADES PRINCIPALES Y NIVELES DE VIDA.

La actividad de los habitantes de las comunidades anteriormente mencionadas es netamente pesquera y agrcola; en lo concerniente a la actividad agrcola como al cultivo de caa de azcar, arroz, maz, frijoles, aj, frutas como: el pltano, manzana, tubrculos como: la yuca, camote, zanahoria, tambin hortalizas como, el repollo, la lechuga, la hoja de cebolla, etc. orientados al autoconsumo y venta.

La actividad pesquera representa una importante actividad en la economa de estas comunidades ya que es la principal fuente econmica para los pobladores de HUANCHACO, entre los que encontramos gran variedad de peces tales como: el jurel, pejerrey, la pota, el bonito, crustceos como: el cangrejo, el muy muy, conchas de mar, entre otros, y son utilizados tambin para el autoconsumo y venta a diferentes centros comerciales de Trujillo.

4.3.3 POBLACIN ECONMICAMENTE ACTIVA.

La poblacin econmicamente activa preponderantemente se dedica a diversos oficios y profesiones de subsistencia, puesto a la falta de un apoyo econmico permanente y continuo lo que determina que el nivel econmico sea medio.

4.3.4 INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS BSICOS.

Todas localidades beneficiarias cuentan con servicios de agua potable, y alcantarillado por tubos de desage u conexiones particulares que llegan a los ros, el total de los pobladores cuentan con el servicio de electrificacin.

4.3.5 CALENDARIO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y TRADICIONALES.

Las actividades que se realizan en las localidades beneficiarias son de carcter religioso y civil, es decir de acuerdo al calendario religioso; tenindose como actividad principal la semana santa, todos los santos y navidad y de carcter civil carnavales, da de la madre, padre, etc.5.- IDENTIFICACIN Y EVALUACIN DE IMPACTOS AMBIENTALES POTENCIALES

5.1 GENERALIDADES

El objetivo del presente captulo es identificar y evaluar los impactos ambientales potenciales que se generaran motivo de la construccin de CANTERA PUNQUIS S.A.. En dicho anlisis se tomar en cuenta los elementos o componentes del ambiente a ser impactados por cada accin del proyecto; Esta etapa permitir obtener informacin que ser de utilidad para estructurar el Plan de Manejo Ambiental, el cual, como corresponde, est orientado a lograr que el proceso constructivo y funcionamiento de esta obra se realice en armona con la conservacin del ambiente.

5.1.1 METODOLOGA

El procedimiento metodolgico seguido para realizar la identificacin y evaluacin de los impactos ambientales del proyecto en referencia fue planificado de la siguiente manera:

1. Anlisis del Proyecto.

2. Anlisis de la situacin ambiental del rea de influencia del proyecto.

3. Identificacin de los impactos ambientales potenciales.

Evaluacin de los principales impactos ambientales potenciales.5.1.2 MTODO DE ANLISISPara el anlisis de los impactos ambientales potenciales del proyecto se ha utilizado el mtodo matricial, el cual es un mtodo bidimensional que posibilita la integracin entre los componentes ambientales y las actividades del proyecto. Consiste en colocar en las filas el listado de las acciones o actividades del proyecto que pueden alterar al ambiente, y sobre sus columnas se coloca el listado de los elementos/componentes y atributos del ambiente que pueden ser afectados por las actividades del proyecto.

En la prediccin y evaluacin de impactos ambientales mediante el mtodo matricial se puede elaborar una o ms matrices. En el presente caso, para facilitar la comprensin del anlisis se ha confeccionado dos matrices: una primera matriz denominada Matriz de Identificacin de Impactos Ambientales Potenciales, que permite identificar los impactos ambientales potenciales mediante las interacciones entre las actividades del proyecto y los componentes del ambiente y otra matriz denominada Matriz de Evaluacin de Impactos Ambientales Potenciales, donde se evalan los impactos identificados en la matriz anterior, En ambas en lo posible - es importante la participacin de un equipo multidisciplinario de profesionales, pues el anlisis multicriterio permite que la valoracin de los impactos sea lo menos subjetiva posible, lo que a su vez permitir un mayor acercamiento a lo que realmente pueda suceder en la interaccin proyecto-ambiente y viceversa; facilitando as la seleccin y dimensionamiento de las medidas ambientales que sea necesario adoptar para garantizar que dicha interaccin sea lo ms armnica posible.

Complementariamente, en una tercera Matriz, se presenta el resumen de la evaluacin de los impactos ambientales potenciales, destacando su significancia ambiental.Figura 4.1Secuencia del Informe de Evaluacin Ambiental (Proceso Predictivo)

5.2 CRITERIOS PARA LA EVALUACIN DE IMPACTOS AMBIENTALES POTENCIALES

.Los impactos ambientales potenciales han sido evaluados considerando su condicin de adversos y favorables, as como su repercusin y probabilidad de ocurrencia. Adicionalmente a ello se ha considerado el factor de mitigabilidad.

La significacin del impacto ha sido determinada sobre la base de la magnitud, duracin y extensin del impacto.

Calificacin por naturaleza favorable o adversa

Se determin inicialmente la condicin favorable o adversa de cada uno de los impactos; es decir, la caracterstica relacionada con la mejora o reduccin de la calidad ambiental. Es favorable si mejora la calidad de un componente del medio ambiente. Es adverso si en cambio reduce la calidad del componente. En la tabla de interaccin se consign esta calificacin empleando un signo positivo o negativo segn el caso.

Calificacin por significancia

Incluye un anlisis global del impacto y determina el grado de importancia de ste sobre el ambiente receptor. Esta es la calificacin ms importante sobre el impacto y la que requiere de la mayor discusin interdisciplinaria. Su calificacin cualitativa se presenta como poco significativa, moderadamente significativa o altamente significativa para ello se debe tener en cuenta que la significacin del impacto es una caracterstica asociada a la magnitud, extensin, duracin y probabilidad de ocurrencia del mismo.

Para la calificacin se emple un ndice de Significacin (S). Este ndice o valor numrico fue obtenido en funcin de la magnitud del impacto (m), su extensin (e), duracin (d) y probabilidad de ocurrencia (po). Las caractersticas de magnitud, extensin, duracin y probabilidad de ocurrencia fueron asociadas a una puntuacin entre 1 y 3, segn se aprecia en la Tabla 5.1. El valor numrico de significacin se obtuvo mediante el promedio de la sumatoria de los valores asignados a las caractersticas sealadas, segn la siguiente ecuacin:

Donde:

S = Significancia

m = Magnitud

e = Extensin

d = Duracin

Po = Probabilidad de ocurrenciaLas caractersticas de los efectos que permitieron estimar los valores numricos de significacin se definieron como sigue:

Magnitud (m)

Esta caracterstica est referida al grado de incidencia o afectacin de la actividad sobre un determinado componente ambiental sobre un mbito de extensin especfica en que acta. Es la dimensin del impacto; es decir, la medida del cambio cuantitativo o cualitativo de un parmetro ambiental, provocada por una accin. La calificacin comprendi la puntuacin siguiente: (1) pequea magnitud, (2) moderada magnitud y (3) alta magnitud.

Duracin (d)

Es el tiempo promedio que se presume afectar un impacto. El impacto puede ser de corta duracin si es de pocos das a semanas (1), moderada si es de meses (2) y permanente si su duracin es de uno a ms aos (3). Asimismo, la duracin puede calificarse como estacional, si est determinada por factores climticos.

Extensin o rea de influencia (e)

Es una evaluacin de la influencia espacial del impacto. Est relacionado con la superficie afectada; pudiendo ser puntual, por ejemplo, si se restringe a reas muy pequeas aledaas al derecho de va (1); local si su rea de influencia se extiende a tramos de la carretera, campamentos o canteras (2) y regional si se extiende a toda el rea del proyecto, incluyendo zonas de canteras y campamentos; pudiendo incluir poblados vecinos a las obras (3).

Probabilidad de ocurrencia (po)

Este anlisis permite diferenciar los impactos que ocurrirn inevitablemente y los que estn asociados a ciertos niveles de probabilidad de ocurrencia. Un impacto puede ser de ocurrencia indefectible o inevitable (3), o puede tener una alta probabilidad de ocurrencia (3), moderada probabilidad (2) o baja probabilidad de ocurrencia (1).5.3 IDENTIFICACIN DE IMPACTOS AMBIENTALES POTENCIALES

5.3.1 SELECCIN DE COMPONENTES INTERACTUANTES

Antes de proceder a identificar y evaluar los impactos potenciales del proyecto, es necesario realizar la seleccin de componentes interactuantes. Esta operacin consiste en conocer y seleccionar las principales actividades del proyecto y los componentes o elementos ambientales del entorno fsico, biolgico, socioeconmico y cultural que intervienen en dicha interaccin.

En la seleccin de actividades se opt por aqullas que deben tener incidencia probable y significativa sobre los diversos componentes o elementos ambientales. Del mismo modo, en lo concerniente a elementos ambientales se opt por aquellos de mayor relevancia ambiental.

5.3.1.1 Actividades del proyecto con potencial de causar impacto

A continuacin se listan las principales actividades del proyecto con potencial de causar impactos ambientales en su rea de influencia. Estas actividades se presentan segn el orden de las etapas del proyecto.

EtapasActividades

Etapa PreliminarCartel de Obra

Etapa de Construccin Corte superficial manual

Excavacin de zanjas para cimientos

Excavacin manual para zapatas

Excavacin manual de zanjas para sardineles

Eliminacin de material excedente

Etapa de Operacin Traslado de material a usar.

Generacin de nubes de polvos debido al procesamiento correspondiente.

Circulacin de maquinaria pesada.

Generacin de ruidos.

Funcionamiento de cantera

5.3.1.2 Componentes del ambiente potencialmente afectables

A continuacin se listan los principales componentes ambientales potencialmente afectables por el desarrollo de las actividades del proyecto. Estas actividades se presentan en el cuadro siguiente, ordenadas segn subsistema ambiental.

Sub-sistema AmbientalComponentes ambientales

Medio FsicoAgua

Aire

Suelo

Relieve

Paisaje

Medio BiolgicoFlora

Fauna

Medio Socioeconmico y CulturalTrnsito vial

Empleo

Salud y seguridad

Comercio

5.3.2 IDENTIFICACIN DE IMPACTOS AMBIENTALES

Cumplido el proceso de seleccin de elementos interactuantes, se da inicio a la identificacin de los impactos ambientales potenciales del proyecto, para cuyo efecto se hace uso de la matriz de interaccin.

Los resultados de este proceso se muestran en el Cuadro 3.5.2 y Anexos4.1.

5.4 EVALUACIN DE IMPACTOS AMBIENTALES POTENCIALESUna vez identificados los impactos en la face enterior,se procede a su evaluacin respectiva, segn el procedimiento sealado en el acpite 4.2

6.- PLAN DE MANEJO SOCIO AMBIENTAL

6.1 GENERALIDADES

En la evaluacin ambiental del proyecto, se ha encontrado que su ejecucin podra ocasionar impactos ambientales directos e indirectos, positivos y negativos, dentro de su mbito de influencia.

Los impactos positivos ms significativos correspondern a la etapa de funcionamiento de la obra, y los negativos a la etapa de construccin; estando asociados estos ltimos a los movimientos de tierra durante excavaciones para obras de nivelacin, explotacin de canteras, transporte de material, funcionamiento del campamento y patio de mquinas, uso de depsito de material excedente; as como durante los cortes de material suelto y roca suelta y fija, etc.

Sobre la base de los resultados de la evaluacin de impactos se ha elaborado el presente Plan de Manejo Socio Ambiental (PMSA), el cual constituye un Documento Tcnico que contiene un conjunto de medidas estructuradas en Programas, orientados a prevenir, corregir o mitigar los impactos ambientales adversos que podran ser ocasionados por la ejecucin del proyecto en sus etapas Preliminar, Construccin y Operacin.

6.2 OBJETIVOS

Proponer medidas de prevencin, mitigacin y/o restauracin de los efectos perjudiciales o dainos que pudieran resultar de las actividades de construccin sobre los componentes ambientales involucrados.

Proponer acciones para afrontar situaciones de riesgos y accidentes durante el funcionamiento de la infraestructura vial.

6.3 ESTRATEGIA

El Plan de Manejo Socio Ambiental, se enmarca dentro de la estrategia de conservacin del ambiente en armona con el desarrollo socioeconmico de los poblados influenciados por el proyecto. ste documento deber ser aplicado obligatoriamente durante la etapa de ejecucin del proyecto.

Conviene sealar que a efectos de la aplicacin del PMSA, es importante la coordinacin sectorial y local a fin de lograr una mayor efectividad en los resultados. El manejo tcnico de dicha va, como corresponde, estar a cargo de cada municipalidad involucrada segn competencia sectorial conjuntamente con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

6.4 RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

La entidad responsable de que se logren las metas previstas en el Plan de Manejo Socio Ambiental es la Municipalidad Distrital Huanchaco, juntamente con el Gobierno Regional de la Libertad, para lo cual deber velar y exigir al contratista el cumplimiento del mismo.

6.5 CAPACITACIN

El personal responsable de la ejecucin del PMSA y de cualquier aspecto relacionado a la aplicacin de la normatividad ambiental vigente, deber contar con capacitacin y entrenamiento necesarios, de tal manera que le permita cumplir con xito las labores encomendadas.

6.5.1 INSTRUMENTOS DE LA ESTRATEGIA

Se considera como instrumentos de la estrategia, a los programas que permitan el cumplimiento de los objetivos del PMSA, los cuales son:

-Programa de Prevencin y/o Mitigacin

-Programa de Seguimiento y/o Vigilancia Ambiental (PVA)

-Programa de Contingencias

-Programa de Compensacin Social

-Programa de Abandono

-Programa de Inversiones

En los acpites siguientes se detalla cada uno de estos programas

6.6 PROGRAMA DE PREVENCIN Y/O MITIGACIN

Este Programa est orientado a la defensa y proteccin del entorno que sera afectado por la construccin de dicha obra, definiendo las precauciones o medidas a tomar para evitar daos innecesarios que, por lo general, se producen por la falta de cuidado o de una planificacin eficiente de las operaciones a realizar durante las etapas de ejecucin del proyecto.

6.7 PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y/O VIGILANCIA AMBIENTAL (PVA)

Este programa constituye un documento tcnico de control ambiental, en el que se concretan las acciones para llevar a cabo el seguimiento de la calidad de los diferentes factores ambientales afectados.

El PVA permitir garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas, preventivas y correctivas, contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental, a fin de lograr la conservacin y uso sostenible de los recursos naturales y el ambiente durante la construccin y operacin del proyecto. Para ello deber cumplir los siguientes objetivos:

6.7.1 Durante la Etapa de Construccin

Objetivos

Durante esta etapa se deber cumplir los siguientes objetivos:

-Sealar los impactos detectados en el Informe de Evaluacin Socio Ambiental (IESA) y comprobar que las medidas preventivas o correctivas propuestas se han realizado y son eficaces.

-Detectar los impactos no previstos en el IESA, y proponer las medidas correctoras adecuadas y velar por su ejecucin y eficacia.

-Aadir informacin til, para mejorar el conocimiento de las repercusiones ambientales de proyectos de construccin vial en zonas con caractersticas similares.

-Comprobar y verificar los impactos previstos.

-Conceder validez a los mtodos de prediccin aplicados.

Operaciones de vigilancia ambiental

Para el cumplimiento de los objetivos de PVA ser necesario realizar un control de aquellas operaciones que segn el IESA, podran ocasionar mayores repercusiones ambientales.

En este sentido, las acciones que requerirn un control preciso son las siguientes:

-Las instalaciones del campamento, patio de maquinas y planta de concreto, que debern ubicarse en zonas de mnimo riesgo de contaminacin para las aguas superficiales y subterrneas, y para la vegetacin. Estos emplazamientos suelen convertirse en focos constantes de vertido de materiales txicos o nocivos.

-El movimiento de tierras, que podra afectar la geomorfologa y el paisaje del lugar, y por la generacin continua de polvo, afectar a la vegetacin, la fauna y al personal de obra.

-La fase de acabado, entendiendo por tal, todos aquellos trabajos que permitan dar por finalizada una determinada operacin de obra.

-El vertido incontrolado, en muchos casos, de materiales diversos sobrantes. Estos debern depositarse en los lugares previamente seleccionados para ello.

Para la ejecucin del PVA ser necesaria la contratacin de un especialista ambiental, el cual permanecer durante el tiempo que dure la ejecucin de la obra (6 meses).

Adems del cumplimiento de las labores sealadas, el personal encargado de la aplicacin del PVA, podr realizar lo siguiente:

-Asesoramiento al contratista durante el tiempo que dure la obra, estableciendo con l y el jefe de obra una va de comunicacin directa, que permita adaptar el proceso de vigilancia ambiental a las necesidades y limitaciones de la obra y as poder resolver, de forma rpida, cualquier imprevisto o modificacin del programa de obras, siempre bajo la aceptacin de la Direccin de Obra.

-Coordinacin con la Direccin de Obra, lo que constituye uno de los aspectos ms importantes de todo el proceso, ya que una buena colaboracin entre la Direccin de Obra y la Vigilancia Ambiental garantizar la correcta ejecucin de toda la obra.

6.7.2 Durante la Etapa de operacin

Durante la operacin, la vigilancia estar orientada bsicamente a evaluar los posibles efectos de retorno que el medio ambiente pudiera ejercer sobre la infraestructura vial, debiendo realizarse visitas por lo menos dos veces al ao, antes y despus del periodo de lluvias a fin de inspeccionar el estado de la infraestructura vial y determinar si stos estn siendo objeto de procesos erosivos que pudieran poner en riesgo la estabilidad del mismo.6.8 PROGRAMA DE CONTINGENCIASEl Programa de Contingencias tiene como propsito establecer las acciones necesarias a fin de prevenir y controlar eventualidades naturales y accidentes laborales que pudieran ocurrir en el rea de influencia del proyecto, principalmente durante en proceso constructivo. De modo tal, que permita contrarrestar los efectos generados por la ocurrencia de emergencias, producidas por alguna falla de las instalaciones de seguridad o errores involuntarios en la operacin y mantenimiento de los equipos. Al respecto, el Plan de Contingencias contiene las acciones que deben implementarse, si ocurriesen contingencias que no puedan ser controladas con simples medidas de mitigacin. Segn las caractersticas del proyecto y del rea de su emplazamiento, las contingencias que podran ocurrir seran tipo accidentes laborales.

Para ello se deber contar con las siguientes medidas:

-Se deber comunicar previamente a los Centros de Salud de las localidades ms cercanas el inicio de las obras de construccin para que estos estn preparados frente a cualquier accidente que pudiera ocurrir.

-El responsable de llevar a cabo el Plan de Contingencias, que es el contratista, deber instalar un sistema de alerta y mensajes, y auxiliar a la poblacin que pueda ser afectada con medicinas, alimentos u otros materiales o insumos.

a)mbito del Plan

El Plan de Contingencias debe proteger a todo el mbito de influencia directa del proyecto.

b)Unidad de Contingencia

La unidad de contingencia deber contar con lo siguiente:

-Personal capacitado en primeros auxilios

-Unidades mviles de desplazamiento rpido

-Equipo de telecomunicaciones

-Equipos de auxilios paramdicos

-Equipos contra incendios

-Unidades para movimiento de tierras

c)Implantacin del Plan de Contingencias

La unidad de contingencias deber instalarse desde el inicio de las actividades, cumpliendo con lo siguiente:

Capacitacin del personal

Todo personal que trabaje en la obra, deber ser y estar capacitado para afrontar cualquier caso de riesgo identificado. En cada grupo de trabajo se designar a un encargado del plan de contingencias, quin estar a cargo de las labores iniciales de rescate o auxilio e informar a la central del tipo y magnitud del desastre.

Unidades mviles de desplazamiento rpido

El contratista designar entre sus unidades uno o dos vehculos que integrarn el equipo de contingencias, los mismos que adems de cumplir sus actividades normales, estarn en condiciones de acudir inmediatamente al llamado de auxilio del personal y/o de los equipos de trabajo. Estos vehculos debern estar inscritos como tales, debiendo estar en condiciones adecuadas de funcionamiento: En el caso, de que alguna unidad mvil sufriera algn desperfecto, deber ser reemplazada por otro vehculo en buen estado.

El sistema de comunicacin de auxilios debe ser un sistema de alerta en tiempo real; es decir, los grupos de trabajo deben contar con unidades mviles de comunicacin, que estarn comunicadas con la unidad central de contingencias y esta, a su vez, con las unidades de auxilio.

Equipos de auxilios paramdicos

Estos equipos, debern contar con personal preparado en brindar atencin de primeros auxilios, camillas, balones de oxgeno y medicinas.

Equipos contra incendios

Los equipos mviles estarn compuestos por extintores de polvo qumico. stos estarn implementados en todas las unidades mviles del proyecto, adems las instalaciones auxiliares (campamento y patio de maquinarias) debern contar con extintores y cajas de arena.

6.9 PROGRAMA DE COMPENSACIN SOCIAL

a)Objetivo

Este programa tiene como objetivo lograr compensar y/o indemnizar adecuadamente a los propietarios cuyos bienes sern afectados por el trazo de la carretera sin embargo por ser esta una infraestructura pblica asentada en propiedad del estado no existir mencionado acpite.

6.10 PROGRAMA DE ABANDONO

Este Programa contiene las acciones a llevarse a cabo luego de finalizadas todas las obras de construccin.

a)En el Campamento

Culminada la etapa de construccin, se proceder a retirar todas las instalaciones auxiliares utilizadas, limpiar totalmente el rea intervenida y disponer los residuos convenientemente en el DME asignado, sellar los silos, y luego nivelar el terreno, a fin de integrarlo nuevamente al paisaje original. Finalmente, colocar una capa de suelo orgnico y revegetar el rea, utilizando especies de la zona.

d)En los Depsitos de Material Excedente

Al culminar el uso de los DME se proceder a restaurar el rea alterada, perfilando la superficie con una pe