I ¡. ¡ ,. i, RESOLUCION DE ALCALDIA N° Chiclayo, ¡ O 9 MAYO12012 VISTO: 388 - 2012-MPCH/A. El Recurso Administrativ de Apelación contra la Resolución de Gerencia N° 198-2012/G.RR.HH de fec~a 08 de ,Ma~o del 2012, en ~aque aleg.~ que se la ~e~olución impugnada le causa aqravio en razon que se ha reconocido la pensron de sobrevivientes - viudez, equivalente al 50% del monto total que percibía su difunto esposo, como servidor cesante. CONSIDERANDO: I Que, es finalidad fund~mental de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establecer el ré'gimen jurídico aplicable para que la actuación de la I . Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sUjeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. I Que, el artículo 2090 de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° ¡ 27444, establece que, el Recurso de Apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; (...)"; y, el Art. 211 0 concordante con el Art. 113 0 de la citada norma legal, establece los requisitos d~ admisibilidad y procedencia que debe reunir este recurso impugnativo; requisitos que cumple el Recurso de Apelación promovido por la administrada. ! Que, el recurrente mediante expediente administrativo NO 046334 de de fecha 30 de Diciembre del 2012, la adrnlnlstrada solicita el pago del 90% de pensión de viudez, al haber fallecido su esposo, el ex pensionista de la Municipalidad Provincial de Chiclayo don NESTOR ALVAREZ LLANOS. , i Que, mediante Resolución de Gerencia de Recursos Humanos N0 198- 2012/G.RR.HH de fecha 08 de Marzo del 2012, se resuelve otorgar pensión de sobrevivientes - vludez en forma mensual a favor de :la administrada por la suma de SI. 667.38 nuevos soles, por concepto de pago de relnteqros de pensión de viudez, a partir del mes de Febrero del 2012. . Que, el administrado ínterpone Recurso de Apelación contra la Resolución de Gerencia NO 198-2012/G.RR.HH de fech~ 08 de Marzo del 2012, en la que alega que se la Resolución impugnada le causa agravio en razón que se ha reconocido la pensión de sobrevivientes - viudez, equivalente al 50% del monto total que percibía su difunto esposo, como servidor cesante. ' , 1tI~, ~ . I Que, mediante Informe; N° 177-2012-MPCH-GRRHH-ARE de f"ha 15 de. Febrero del 2012, el área de remuneraciones de empleados establece que el ex pensionista se encontraba dentro de Régimen del D.lo N° 20530; por lo que, a partir del mes de Febrero del 2012, la administrada recibirá como pensión de su difunto esposo el 50% de la pensión que percibía el ex pensionista Sr. NESTORALVAREZ LLANOS. I . La Ley 28449 modificó al Artículo 32° del Decreto Ley 20530 y estableció nuevas reglas para el otorgamiento de ·Ia pensión de sobrevivencia - viudez, las cuales significan lo siguiente: