BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE
SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL
BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE
SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL
Aprobada mediante Directiva N 018-2012-OSCE/CD
SIMBOLOGA UTILIZADA:
NSmboloDescripcin
1[ABC] / [.]La informacin solicitada dentro de los corchetes
sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboracin
de las Bases.
2[ABC] / [.]Es una indicacin, o informacin que deber ser
completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la
Buena Pro para el caso especfico de la elaboracin de la PROFORMA
DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en
la rotulacin de los sobres de la Propuesta Tcnica y Econmica.
3IMPORTANTE:
AbcSe refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta
por el Comit Especial o por los proveedores. Se debe registrar en
color azul.
CARACTERSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las Bases Estndar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben
tener las siguientes caractersticas:NCaractersticasParmetros
1MrgenesSuperior: 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2FuenteArial
3Estilo de FuenteNormal: Para el contenido en general
Cursiva: Para el encabezado y pie de pgina
Para las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro
anterior)
4Color de FuenteAutomtico: Para el contenido en general
Azul : Para las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro
anterior)
5Tamao de Letra16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones
General y Especfica11 : Para el nombre de los Captulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
9 : Para el encabezado y pie de pgina
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, segn la
necesidad
8 : Para las Notas al pie
6AlineacinJustificada: Para el contenido en general y notas al
pie.
Centrada : Para la primera pgina, los ttulos de las Secciones y
nombres
de los Captulos.
7InterlineadoSencillo
8EspaciadoAnterior : 0
Posterior : 0
9SubrayadoPara los nombres de las Secciones y para resaltar o
hacer hincapi en algn concepto
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la informacin solicitada dentro de los
corchetes sombreados en gris, el texto deber quedar en letra tamao
10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.2. La
nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Seccin
General. En el caso de la Seccin Especfica debe seguirse la
instruccin que se indica en dicha nota.Elaborado en abril 2014BASES
ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA
CONSULTORA EN GENERAL
CONCURSO PBLICO N[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] [CONSIGNAR
EL NMERO DE CONVOCATORIA]CONTRATACIN DEL SERVICIO DE: [CONSIGNAR LA
DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA]SECCIN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN(ESTA SECCIN NO
DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE
NULIDAD)CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN
1.1. BASE LEGAL
Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado,
en adelante la Ley.
Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento
Administrativo General.
Cdigo Civil.
Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin
Pblica. Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la
Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de
la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley
MYPE.
Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad
de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del
Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente
de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado
integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un
consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de
conformidad con el artculo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurdica que desee participar en el
proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la
convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en
el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el
Estado.
Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente
informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad
(DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona
jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio
legal; telfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de seleccin
convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que
los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro
Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener
mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin
electrnica: www.rnp.gob.pe.1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS A LAS
BASESLas consultas a las Bases sern presentadas por un periodo
mnimo de cinco (5) das hbiles, contados desde el da siguiente de la
convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55
del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS A LAS BASESLa decisin que tome el
Comit Especial con relacin a las consultas presentadas constar en
el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de
conformidad con lo establecido en el artculo 54 del Reglamento, en
la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.
El plazo para la absolucin no podr exceder de cinco (5) das
hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las
consultas.
IMPORTANTE:
No se absolvern consultas a las Bases que se presenten
extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han
registrado como participantes.
1.6. FORMULACIN DE OBSERVACIONES A LAS BASESLas observaciones a
las Bases sern presentadas dentro de los cinco (5) das hbiles
siguientes de haber finalizado el trmino para la absolucin de las
consultas, de conformidad con lo establecido en el artculo 57 del
Reglamento.
1.7. ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES A LAS BASESEl Comit Especial
notificar la absolucin de las observaciones a travs del SEACE, de
conformidad con lo establecido en el artculo 56 del Reglamento, en
la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.
El plazo para la absolucin no podr exceder de los cinco (5) das
hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir
observaciones.
El Comit Especial debe incluir en el pliego de absolucin de
observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de
elevacin de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolvern observaciones a las Bases que se presenten
extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han
registrado como participantes.
1.8. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el
pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados
desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a
travs del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevacin de las
observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes
supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no
fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el
participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario
a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra
disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso
de seleccin; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una
observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo
dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de
la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas
complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de
seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado
como tal hasta el vencimiento del plazo para formular
observaciones.
El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la
totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del
OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los
participantes soliciten la elevacin de observaciones.La emisin y
publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro
de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente
completo por el OSCE
1.9. INTEGRACIN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del
proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones,
precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la
absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas
por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el
marco de sus acciones de supervisin.
Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en
ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna,
bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no
afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del
proceso por deficiencias en las Bases.
El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en
consideracin los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente
de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin
de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre
que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones,
dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el
pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los
artculos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit
Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de
las Bases, bajo responsabilidad.
1.10. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACINTodos los
documentos que contengan informacin referida a los requisitos para
la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en
idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial
o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o
traduccin certificada efectuada por traductor colegiado
certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria
contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que
puede ser presentada en el idioma original. El postor es
responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las
propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales
el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta
econmica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por
medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente
empezando por el nmero uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total
o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser
llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos
supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del
postor o de su representante legal o mandatario designado para
dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso
bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus
nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs
de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial,
mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo
harn por medio de su representante legal acreditado con copia
simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a
travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita
por el representante legal, a la que se adjuntar el documento
registral vigente que consigne la designacin del representante
legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das
calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por
el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado
por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante comn del consorcio presente
la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal
de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en
el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.
IMPORTANTE:
Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo
previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, la documentacin, declaraciones y
traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.
1.11. PRESENTACIN DE PROPUESTAS
La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la
fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.El acto se
inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los
participantes en el orden en que se registraron para participar en
el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser
llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por
desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la
presentacin de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio.
IMPORTANTE: En caso de convocarse segn relacin de tems, los
integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo
que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando
otro consorcio en tems distintos.
En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del
apoderado, representante legal o representante comn, segn
corresponda en atencin al numeral 1.10, y este exprese su
disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario
(o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de
acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante
formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que
finalmente se resuelva al respecto.
Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a
abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor,
a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor
sean los solicitados en las Bases.En el caso que de la revisin de
la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u
omisiones subsanables en los documentos presentados que no
modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de
presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de
los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de
documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en
ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos,
ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o
integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual
deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la
fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar
conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el
nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la
propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no
cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de
los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la
propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese
su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el
acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder
hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula
apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica,
el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de
los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han
previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas
se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder
a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas
econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente
sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y
por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en
que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los
postores el resultado de la evaluacin de las propuestas
tcnicas.
Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser
suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as
como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento,
en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la
Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del
Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber
suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el
proceso.1.12. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA
La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente
lo siguiente:
La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos
todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y,
de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin
vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia
sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos
postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no
reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE: Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando
los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus
propuestas econmicas en forma independiente.
1.13. EVALUACIN DE PROPUESTAS
La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La
evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.
Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los
siguientes:
Propuesta Tcnica
: 100 puntos
Propuesta Econmica: 100 puntos
1.13.1. EVALUACIN TCNICA
Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los
requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern
admitidas.
Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit
Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la
evaluacin tcnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la
subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si
se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el
plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial
tendr la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el
plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de
la propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes
correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje
establecida para cada factor.Las propuestas tcnicas que no alcancen
el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en
esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.
1.13.2. EVALUACIN ECONMICA
Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser
devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada,
conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.
La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo
establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de
propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional,
segn la siguiente frmula:
Pi = Om x PMPEOi
Donde:
i
= Propuesta
Pi
= Puntaje de la propuesta econmica i
Oi
= Propuesta Econmica i
Om
= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo
PMPE
= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica
IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de
precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber
verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el
mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber
corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el
lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente
en el acta respectiva.
Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar
propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la
propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor
presente neto del flujo financiero que comprenda los costos
financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los
costos del financiamiento, tales como la tasa de inters,
comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad
si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el
artculo 70 del Reglamento.
1.14. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se
pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las
propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.
La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de
conformidad con el procedimiento establecido en las presentes
Bases.
La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el
artculo 71 del Reglamento.
El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta
ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a
travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de
prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando
los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de
ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el
otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en
el artculo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser
suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del
Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos
los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a
los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el
cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de
evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta
informacin se publicar el mismo da en el SEACE.
1.15. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el
consentimiento de la Buena Pro se producir a los ocho (8) das
hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que
los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de
apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE
al da hbil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el
consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la
notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado
en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.
1.16. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL
ESTADO
De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da
hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de
haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el
artculo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe
solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar
inhabilitado para contratar con el Estado.
CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE
SELECCIN
1.17. RECURSO DE APELACINA travs del recurso de apelacin se
impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de
seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la
celebracin del contrato.
El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el
Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la
nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el
Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.18. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN
La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los
actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de
los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena
Pro.
La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el
prrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles
siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea
impugnar.
CAPTULO IIIDEL CONTRATO
1.19. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATODentro del plazo de doce
(12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o
cuando esta haya quedado administrativamente firme, debe
suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo: a) El postor
ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en
las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin
de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las
observaciones formuladas por la Entidad.En el supuesto que el
postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a
suscribir el contrato, en los plazos antes indicados, se proceder
de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento, segn
corresponda.El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del
funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador
de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado,
tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a
travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido
en el artculo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro
deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases,
los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con
el Estado.
Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por
prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso
corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes,
de ser el caso.
Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
1.20. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento,
el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin
del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el
funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la
prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago
correspondiente.
1.21. DE LAS GARANTAS
1.21.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel
cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la
prestacin a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan
una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del
contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena
Pro presente la garanta de fiel cumplimiento y de ser el caso, la
garanta por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia
de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la
conformidad de la recepcin de la prestacin.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los
casos de prestacin de servicios de ejecucin peridica,
alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que,
como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por
ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos,
la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del
nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo
a ser devuelto a la finalizacin del mismo.
1.21.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES
ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones
accesorias, tales como mantenimiento, reparacin o actividades
afines, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la
misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de
las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin
en ningn caso.
1.21.3. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial
en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del
contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional
por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la
diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica.
Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la
recepcin de la prestacin a cargo del contratista.
1.22. REQUISITOS DE LAS GARANTAS
Las garantas que se presenten debern ser incondicionales,
solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo
requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por
empresas que se encuentren bajo la supervisin de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir
garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos
extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco
Central de Reserva del Per.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.
1.23. EJECUCIN DE GARANTASLas garantas se harn efectivas
conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del
Reglamento.
1.24. ADELANTOS
La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto
en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido
previsto en la seccin especfica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo
previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del
plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a
la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.
1.25. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del
servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern
aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento,
respectivamente.
De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento,
en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas
a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando
sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la
convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del
tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma
independiente a la penalidad por mora.
1.26. PAGOS
La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del
contratista por concepto de los servicios objeto del contrato.
Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva
prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio
sea condicin para la realizacin del servicio.
La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor
del contratista en la forma y oportunidad (pago nico o pagos
parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que
el contratista los solicite presentando la documentacin que
justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los
servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la
prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no
exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a
fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago
dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se
verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el
pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de
consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al
pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la
Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi
efectuarse.
1.27. DISPOSICIONES FINALES
Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en
las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as
como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIN ESPECFICACONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE
SELECCIN(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN
EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPTULO IGENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre:[......................................]
RUC N:[......................................]
Domicilio
legal:[....................................................................................]
Telfono/Fax::[......................................]
Correo electrnico::[......................................]
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin
del servicio de [DESCRIBIR EL SERVICIO A CONTRATAR]1.3. VALOR
REFERENCIAL
El valor referencial asciende a [CONSIGNAR VALOR REFERENCIAL
TOTAL EN LETRAS Y NMEROS], incluido los impuestos de Ley y
cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio.
El valor referencial ha sido calculado al mes de [CONSIGNAR EL MES.
LA ANTIGEDAD DEL VALOR REFERENCIAL NO DEBER EXCEDER DE LOS TRES (3)
MESES DESDE LA APROBACIN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIN].
IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 13 del Reglamento,
cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin
debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de
cada tem.
Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado
en las Bases como valor referencial de conformidad con el artculo
33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar
dichas propuestas.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades
advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan
del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037,
Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en
cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final
del Reglamento.
De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada
Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo
proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial,
los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a
continuacin:
Valor Referencial
(VR)Lmite InferiorLmite Superior
Con IGVSin IGVCon IGVSin IGV
[CONSIGNAR VALOR REFERENCIAL TOTAL NICO, INCLUYE IGV]No se ha
establecido[CONSIGNAR LIMITE, 100% DEL VALOR REFERENCIAL CON
IGV][CONSIGNAR LIMITE, 100% DEL VALOR REFERENCIAL SIN IGV]
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACINEl expediente de contratacin fue
aprobado mediante [CONSIGNAR EL INSTRUMENTO CON EL CUAL SE APRUEBA]
el [CONSIGNAR LA FECHA DE APROBACIN].
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
[............................................................................]IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas
previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de
seleccin.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN
El presente proceso se rige por el sistema de [CONSIGNAR SI ES A
PRECIOS UNITARIOS O A SUMA ALZADA], de acuerdo con lo establecido
en el expediente de contratacin respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar est definido en los Requerimientos
Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo
III.
1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en
el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO
CONVOCADO, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das
calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo
que debe coincidir con lo establecido en el expediente de
contratacin.1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES
[CONSIGNAR EL COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES]1.10. BASE
LEGAL
Ley N [CONSIGNAR LA NORMA QUE RIGE EN EL AO FISCAL DE LA
CONVOCATORIA] Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao
Fiscal [CONSIGNAR EL AO FISCAL]. Ley N [CONSIGNAR LA NORMA QUE RIGE
EN EL AO FISCAL DE LA CONVOCATORIA] Ley de Equilibrio Financiero
del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal [CONSIGNAR EL AO
FISCAL]. [CONSIGNAR AQU CUALQUIER OTRA NORMATIVA ESPECIAL QUE RIJA
EL OBJETO DE CONVOCATORIA]Las referidas normas incluyen sus
respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN
1.11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN
Prepublicacin de Bases (opcional): Del: [REGISTRAR FECHA]Al :
[REGISTRAR FECHA]EtapaFecha, hora y lugar
Convocatoria:[CONSIGNAR FECHA]
Registro de participantes:Del: [REGISTRAR FECHA DE INICIO]Al:
[REGISTRAR FECHA DE FIN]
Formulacin de Consultas :Del: [REGISTRAR FECHA DE INICIO]Al:
[REGISTRAR FECHA DE FIN]
Absolucin de Consultas:[CONSIGNAR FECHA NICA]
Formulacin de Observaciones a las Bases:Del: [REGISTRAR FECHA DE
INICIO]Al: [REGISTRAR FECHA DE FIN]
Absolucin de Observaciones a las Bases:[CONSIGNAR FECHA
NICA]
Integracin de las Bases:[CONSIGNAR FECHA NICA]
Presentacin de Propuestas:[CONSIGNAR FECHA NICA]
* El acto pblico se realizar en :[CONSIGNAR LUGAR EXACTO Y
HORA]
Calificacin y Evaluacin de Propuestas:[CONSIGNAR FECHA NICA O
PERIODO DE EVALUACIN]
Otorgamiento de la Buena Pro:[CONSIGNAR FECHA NICA]
* El acto pblico se realizar en :[CONSIGNAR LUGAR EXACTO Y
HORA]
IMPORTANTE: Debe tenerse presente que en un concurso pblico,
entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe
existir como mnimo veintids (22) das hbiles y, entre la integracin
de Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como
mnimo cinco (5) das hbiles.
1.12. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizar en
[CONSIGNAR EL LUGAR], sito en [CONSIGNAR DIRECCIN], en las fechas
sealadas en el cronograma, en el horario de [CONSIGNAR HORA DE
INICIO] a [CONSIGNAR HORA DE TRMINO] horas.En el momento del
registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que
se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la
persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha
recepcin.
IMPORTANTE: Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en
cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un
ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de
reproduccin de las mismas.
1.13. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarn por escrito,
debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de
la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces,
sito en [CONSIGNAR DIRECCIN], en las fechas sealadas en el
cronograma, en el horario de [CONSIGNAR HORA DE INICIO] a
[CONSIGNAR HORA DE TRMINO] horas, debiendo estar dirigidos al
Presidente del Comit Especial del CONCURSO PBLICO N [.], pudiendo
ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico:
[..].
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que
el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas
1.14. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarn en acto pblico, en [CONSIGNAR
DIRECCIN DE LA OFICINA O SEDE DONDE SE LLEVAR A CABO LA PRESENTACIN
DE PROPUESTAS], en la fecha y hora sealada en el cronograma. El
acto pblico se realizar con la participacin de [CONSIGNAR NOTARIO O
JUEZ DE PAZ, SEGN CORRESPONDA].
Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema
Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir
el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el
proceso.
Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn
dirigidas al Comit Especial del CONCURSO PBLICO N [.], conforme al
siguiente detalle:
SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:
SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:
1.15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
1.15.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA
Se presentar en un original y [CONSIGNAR NMERO DE COPIAS]
copias.
El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la
siguiente documentacin:
Documentacin de presentacin obligatoria:
a) Declaracin jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser
presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).
b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos
Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin
(Anexo N 2).
c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del
Reglamento (Anexo N 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta
declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante
comn del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se
consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn
y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los
integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a
dichas obligaciones (Anexo N 4).La promesa formal de consorcio
deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra
facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos
los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin
del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin
Jurada de Plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).f) [CONSIGNAR
OTRA DOCUMENTACIN QUE SERVIR PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS].
IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados
acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado
en el artculo 68 del Reglamento.
Documentacin de presentacin facultativa:
a) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u
rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin
efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite
documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar
experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple
de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin
perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo
[CONSIGNAR N 6 EN EL CASO DE SERVICIOS EN GENERAL O N 7 Y N 8, EN
EL CASO DE CONSULTORA EN GENERAL, SEGN CORRESPONDA], referido a la
Experiencia del Postor.b) [CONSIGNAR LOS DOCUMENTOS PARA ACREDITAR
CADA UNO DE LOS DEMS FACTORES DE EVALUACIN]IMPORTANTE: Los postores
que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV previsto en la
Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deben
presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para
la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 10).
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en
la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones
exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV,
debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada
antes sealada.
IMPORTANTE: En caso exista contradiccin entre la informacin
presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser
descalificada.
1.15.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA
El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin
obligatoria:
Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y
el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido
establecido en las Bases (Anexo N 9).
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores
depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos
en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.La
propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin
jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la
exoneracin del IGV (Anexo N 10), debe encontrase dentro de los
lmites del valor referencial sin IGV.
En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera
de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta
econmica ser descalificada.
1.16. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a
determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de
ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto contractual deber incluirse las
disposiciones que correspondan:
En el caso de servicios en general se aplicarn las siguientes
ponderaciones:
c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.
= [INDICAR COEFICIENTE, CONSIDERANDO QUE 0.60 c1 0.70]c2
=Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.
= [INDICAR COEFICIENTE, CONSIDERANDO QUE 0.30 c2 0.40]En el caso
de servicios de consultora se aplicarn las siguientes
ponderaciones:
c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.
= [INDICAR COEFICIENTE, CONSIDERANDO QUE 0.70 c1 0.80]c2
=Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica.
= [INDICAR COEFICIENTE, CONSIDERANDO QUE 0.20 c2 0.30]Donde: c1
+ c2 = 1.00
1.17. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes
documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar
con el Estado.
b) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. [INDICAR SI DEBE
PRESENTARSE CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN]c) Garanta de fiel
cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. [INDICAR
SI DEBE PRESENTARSE CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN]d) Garanta por
el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. [INDICAR SI
DEBE PRESENTARSE CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN]e) Contrato de
consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el
caso.
f) Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin
del contrato.
h) Correo electrnico para notificar la orden de servicio, en el
caso que habiendo sido convocado el proceso por relacin de tems, el
valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de
Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un
consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la
suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a
lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N
5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas
en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que
stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de
todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que
integran el consorcio.
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los
casos de prestacin de servicios de ejecucin peridica, deber
consignarse lo siguiente:
Alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que,
como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por
ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos,
la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del
nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo
a ser devuelto a la finalizacin del mismo.
Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a
ser presentada, tales como:
a) Copia de DNI del Representante Legal.
b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la
empresa.
c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias
debidamente actualizado.
d) Copia del RUC de la empresa.
e) [DE ACUERDO AL OBJETO CONTRACTUAL CONVOCADO PODR REQUERIRSE
LA PRESENTACIN DE OTROS DOCUMENTOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO,
LOS QUE DEBERN SER INCLUIDOS EN ESTE RUBRO].
IMPORTANTE:
La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a
la consignada en el presente numeral para la suscripcin del
contrato.
1.18. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado
administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo
dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las
acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas
en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento.La citada
documentacin deber ser presentada en [INDICAR LUGAR Y DIRECCIN
EXACTA DONDE DEBER DIRIGIRSE EL POSTOR GANADOR]. IMPORTANTE: Esta
disposicin slo deber ser incluida en el caso que la Entidad
considere la entrega de adelantos:
1.19. ADELANTOS
La Entidad otorgar [CONSIGNAR NMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE]
adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER
DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato
original.El contratista debe solicitar los adelantos dentro de
[CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a
su solicitud la garanta por adelantos mediante [CONSIGNAR CARTA
FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pago correspondiente.
Vencido dicho plazo no proceder la solicitud.
La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de
[CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentacin de la solicitud
del contratista.
En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la
oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a solicitar la
ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das
equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del
Reglamento.
1.20. FORMA DE PAGO
La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada
a favor del contratista en [CONSIGNAR SI SE TRATA DE NICO PAGO,
PAGOS PARCIALES O PERIDICOS. DE TRATARSE DE PAGOS PARCIALES O
PERIDICOS PRECISAR EL PORCENTAJE APLICABLE A CADA UNO DE ELLOS EN
FUNCIN AL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL].
De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del
pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la
Entidad deber contar con la siguiente documentacin:
Recepcin y conformidad [REGISTRAR AL RGANO DE ADMINISTRACIN O,
EN SU CASO AL RGANO ESTABLECIDO EN LAS BASES, SIN PERJUICIO DE LO
QUE SE DISPONGA EN LAS NORMAS DE ORGANIZACIN INTERNA DE LA
ENTIDAD]. Informe del funcionario responsable del rea usuaria
emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.
Comprobante de pago [CONSIGNAR OTRA DOCUMENTACIN NECESARIA A SER
PRESENTADA PARA EL PAGO NICO O LOS PAGOS PARCIALES O PERIDICOS,
SEGN CORRESPONDA].1.21. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das
calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva,
siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el
contrato.
1.22. REAJUSTE DE LOS PAGOS
[DE SER EL CASO, CONSIGNAR EL PROCEDIMIENTO PREVISTO POR EL
ARTICULO 49 DEL REGLAMENTO]CAPTULO IIITRMINOS DE REFERENCIA Y
REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS
[ . Aqu deber indicarse el detalle y descripcin de los trminos
de referencia del servicio convocado, en estricta concordancia con
el expediente de contratacin. De conformidad con el artculo 11 del
Reglamento, el rea usuaria es la responsable de definir con
precisin las caractersticas, condiciones, cantidad y calidad de los
servicios que requiera para el cumplimiento de sus funciones,
debiendo desarrollar esta actividad en coordinacin con el rgano
encargado de las contrataciones, de acuerdo a lo indicado en el
artculo 13 de la Ley. Para ello, deber tener en cuenta la
concurrencia de la pluralidad de proveedores en el mercado y evitar
incluir requisitos innecesarios cuyo cumplimiento slo favorezca a
determinados postores. El detalle de los trminos de referencia
deber cumplir obligatoriamente con los reglamentos tcnicos, normas
metrolgicas y/o sanitarias nacionales, si las hubiere. Asimismo,
deber observarse los requisitos establecidos en los reglamentos
sectoriales, segn lo indicado en el artculo 11 del Reglamento.
De acuerdo al objeto del contrato, se podr incluir otras
penalidades distintas a la penalidad por mora. Dichas penalidades
debern ser objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la
contratacin, hasta por un monto mximo equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del
tem que debi ejecutarse. Debe tenerse en cuenta lo establecido en
el artculo 166 del Reglamento.
De optarse por considerar penalidades distintas a la penalidad
por mora, se recomienda elaborar un listado detallado de las
situaciones, condiciones, etc., que sern objeto de penalidad, los
montos o porcentajes que le corresponderan aplicar por cada tipo de
incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se
verificar la ocurrencia de tales incumplimientos. .
]IMPORTANTE:
Indicar si se trata de una contratacin por tems, etapas o
paquetes, en cuyo caso debe detallarse dicha informacin.
CAPTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA
EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los
factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la
necesidad que se requiere satisfacer.
I. FACTORES DE EVALUACIN UTILIZADOS CUANDO SE CONVOQUE LA
CONTRATACIN DE SERVICIOS EN GENERAL:
De acuerdo con el artculo 45 del Reglamento, las Bases deben
consignar el siguiente factor de evaluacin:
FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOSPUNTAJE / METODOLOGA PARA SU
ASIGNACIN
A.EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDADM = Monto facturado acumulado
por el postor por la prestacin de servicios correspondientes a
la actividad objeto del procesoM >= [] veces el valor
referencial: [] puntos
M >= [] veces el valor referencial y < []veces el valor
referencial: []puntos
M >= [] veces el valor referencial y < [] veces el valor
referencial:
[] puntos
Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado
por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso,
durante un periodo de [CONSIGNAR PERIODO DETERMINADO, NO MAYOR A
OCHO (8) AOS] a la fecha de la presentacin de propuestas, hasta por
un monto mximo acumulado equivalente a [CONSIGNAR FACTURACIN NO
MAYOR A CINCO (5) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIN O
DEL TEM].
Acreditacin:La experiencia se acreditar mediante copia simple
de: contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por
la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se
acredite documental y fehacientemente, con [CONSIGNAR TIPO DE
DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTARSE, COMO POR EJEMPLO, VOUCHER DE
DEPSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIN EN EL DOCUMENTO,
ENTRE OTROS], correspondientes a un mximo de diez (10) servicios.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para
acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que
corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los
comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo
se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10)
primeros servicios indicados en el Anexo N 6 referido a la
Experiencia del Postor.En el caso de servicios de ejecucin
peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato
que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas,
debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a
tal parte o los respectivos comprobantes de pago.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio,
deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de
consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de
las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo
contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho
contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de
seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el
porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de
participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En
caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de
participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en
partes iguales.
Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de
pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda
extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha
de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de
cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y
presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.
IMPORTANTE:
Atendiendo a la naturaleza y caractersticas del objeto del
proceso, el Comit Especial podr consignar el factor EXPERIENCIA EN
LA ESPECIALIDAD. En dicho caso, el Comit Especial deber observar
para su formulacin lo sealado en el prrafo precedente para el
factor EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD, debiendo precisar los servicios
que califican como similares para acreditar tal experiencia. Cuando
se incluya el factor EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD y el factor
EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD, el servicio presentado para
acreditar la experiencia en la especialidad servir para acreditar
la experiencia en la actividad.
El factor referido a la experiencia del postor ser facultativo
en el caso de la contratacin de servicios de arrendamiento de
inmuebles.
Adicionalmente, el Comit Especial podr consignar los siguientes
factores de evaluacin, pudiendo utilizar algunos o todos los que a
continuacin se detallan, segn corresponda a la naturaleza y
caractersticas del objeto del proceso, su finalidad y a la
necesidad de la Entidad:
FACTORES DE EVALUACIN - OPCIONALESPUNTAJE / METODOLOGA PARA SU
ASIGNACIN
B.CUMPLIMIENTO DEL SERVICIOSe debe utilizar la siguiente frmula
de evaluacin:PCP= PF x CBC
NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor.
PF = Puntaje mximo al postor.
NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la
experiencia del postor.
CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.
[.] puntos
Criterio:Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor,
respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia
del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin
presentadas.
Acreditacin:Mediante la presentacin de un mximo de diez (10)
constancias de prestacin o cualquier otro documento que,
independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo
siguiente:
1. La identificacin del contrato u orden de servicio, indicando
como mnimo su objeto.
2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que
asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por
adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado
durante la ejecucin contractual.
3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista
durante la ejecucin de dicho contrato.
C.PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIOMs de [...]
aos: [...] puntosMs de [...] hasta [...] aos:
[...] puntos
Ms de [...] hasta [...] aos:
[...] puntos
Criterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la
especialidad del personal propuesto en [CONSIGNAR LOS TRABAJOS O
PRESTACIONES OBJETO DE LA EVALUACIN]. Se considerarn como trabajos
o prestaciones similares a los siguientes [CONSIGNAR LOS TRABAJOS O
PRESTACIONES SIMILARES].
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),
para el cmputo del tiempo de dicha experiencia slo se considerar
una vez el periodo traslapado.Acreditacin:Mediante la presentacin
de copia simple de contratos de trabajo, constancias o
certificados.
En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la
experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para
acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestacin
del servicio, de ser el caso.
D.MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS
Mejora 1 : [...] puntosMejora 2 : [...] puntos
Mejora n: [...] puntos
Criterio:[CONSIGNAR CADA UNA DE LAS MEJORAS QUE PUEDEN OFERTAR
LOS POSTORES].
Acreditacin:Se acreditar mediante la presentacin de una
declaracin jurada.
E.OTROS FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA
[CONSIGNAR METODOLOGA DE EVALUACIN POR CADA FACTOR QUE SE
CONSIDERE]
[CONSIGNAR CRITERIO Y ACREDITACIN POR CADA FACTOR DE EVALUACIN
QUE SE CONSIDERE].
PUNTAJE TOTAL100 puntos
IMPORTANTE: Los factores de evaluacin no pueden calificar con
puntaje el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos.
Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber
obtener un puntaje tcnico mnimo de ochenta (80) puntos.
II. FACTORES DE EVALUACIN UTILIZADOS CUANDO SE CONVOQUE LA
CONTRATACIN DE SERVICIOS DE CONSULTORA EN GENERAL:
De acuerdo con el artculo 46 del Reglamento, las Bases deben
considerar los siguientes factores de evaluacin:
FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOSPUNTAJE / METODOLOGA PARA SU
ASIGNACIN
A.EXPERIENCIA DEL POSTOR(De 25 Hasta 35 puntos)
A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD
Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado
por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso,
durante un periodo de [CONSIGNAR PERODO DETERMINADO, NO MAYOR A
QUINCE (15) AOS] a la fecha de presentacin de propuestas, hasta por
un monto mximo acumulado equivalente a [CONSIGNAR FACTURACIN NO
MAYOR A CINCO (5) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIN O
DEL TEM].
Acreditacin:La experiencia se acreditar mediante copia simple
de: contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por
la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se
acredite documental y fehacientemente, con [CONSIGNAR TIPO DE
DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTARSE, COMO POR EJEMPLO, VOUCHER DE
DEPSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIN EN EL DOCUMENTO,
ENTRE OTROS], correspondientes a un mximo de diez (10) servicios.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para
acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que
corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los
comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo
se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10)
primeros servicios indicados en el Anexo N 7 referido a la
Experiencia del Postor en la actividad.En el caso de servicios de
ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte del
contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de
propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades
correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de
pago.
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los
que se particip en consorcio, deber presentarse la promesa formal
de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda
fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en
el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la
experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de
seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el
porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de
participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En
caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de
participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en
partes iguales.
Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de
pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda
extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha
de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de
cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y
presentar el Anexo N 7 referido a la Experiencia del Postor en la
actividad.El servicio presentado para acreditar la experiencia en
la especialidad servir para acreditar la experiencia en la
actividad.
M = Monto facturado acumulado
por el postor por la prestacin de
servicios de consultora
correspondientes a la actividad
objeto del proceso
M >= [] veces el valor referencial: [] puntos
M >= [] veces el valor referencial y < []veces el valor
referencial: []puntos
M >= [] veces el valor referencial y < [] veces el valor
referencial:
[] puntos
A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD
Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado
por el postor correspondiente a servicios iguales o similares al
objeto del proceso, durante un periodo [CONSIGNAR PERODO
DETERMINADO, NO MAYOR A DIEZ (10) AOS] a la fecha de presentacin de
propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a
[CONSIGNAR FACTURACIN NO MAYOR A DOS VECES (2) VECES EL VALOR
REFERENCIAL DE LA CONTRATACIN O DEL TEM].
Se considerar servicio similar a [CONSIGNAR LAS CONSULTORAS QUE
CALIFICAN COMO SIMILARES].Acreditacin:La experiencia se acreditar
mediante copia simple de: contratos u rdenes de servicio, y su
respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes
de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente,
con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTARSE, COMO POR
EJEMPLO, VOUCHER DE DEPSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA,
CANCELACIN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS], correspondientes a un
mximo de diez (10) servicios iguales o similares al objeto del
proceso. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago
para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar
que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que
los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso
solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10)
primeros servicios indicados en el Anexo N 8 referido a la
Experiencia del Postor en la especialidad.En el caso de servicios
de ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte
del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de
propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades
correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de
pago.
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los
que se particip en consorcio, deber presentarse la promesa formal
de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda
fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en
el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la
experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de
seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el
porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de
participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En
caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de
participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en
partes iguales.
Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de
pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda
extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha
de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de
cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y
presentar el Anexo N 8 referido a la Experiencia del Postor en la
especialidad.
M = Monto facturado acumulado
por el postor por la
prestacin de servicios de consultora iguales o
similares al objeto de la
convocatoria
M >= [] veces el valor referencial:
[] puntos
M >= [] veces el valor referencial y < [] veces el valor
referencial: []puntos
M >= [] veces el valor referencial y < [] veces el valor
referencial:
[] puntos
B.EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA
PRESTACIN DEL SERVICIO(De 30 Hasta 40 puntos)
B.1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO
Criterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la
especialidad del personal propuesto en [CONSIGNAR LOS TRABAJOS O
PRESTACIONES OBJETO DE LA EVALUACIN]. Se considerarn como trabajos
o prestaciones similares a los siguientes [CONSIGNAR LOS TRABAJOS O
PRESTACIONES SIMILARES].
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),
para el cmputo del tiempo de dicha experiencia slo se considerar
una vez el periodo traslapado.
Acreditacin:Mediante la presentacin de copia simple de contratos
de trabajo, constancias o certificados.
En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la
experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para
acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestacin
del servicio de consultora, de ser el caso.
B.2. CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO
IMPORTANTE:
Para la evaluacin de las calificaciones del personal se sugiere
lo siguiente:
Ms de [...] aos: [...] puntosMs de [...] hasta [...] aos:
[...] puntos
Ms de [...] hasta [...] aos:
[...] puntos
B.2.1 FORMACIN ACADMICA:
Criterio:Se evaluar en funcin del nivel de formacin acadmica del
personal propuesto como [CONSIGNAR EL PERSONAL RESPECTO DEL CUAL SE
EVALUAR LA FORMACIN ACADMICA], considerndose los siguientes
niveles:
NIVEL 1 : [CONSIGNAR NIVEL O GRADO ACADMICO]NIVEL 2 : [CONSIGNAR
NIVEL O GRADO ACADMICO]NIVEL N : [CONSIGNAR NIVEL O GRADO
ACADMICO]Acreditacin:Se acreditarn con copia simple de [CONSIGNAR
TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS, SEGN
CORRESPONDA][CONSIGNAR NIVEL 1 DE FORMACIN ACADMICA] : [...]
puntos
[CONSIGNAR NIVEL 2 DE FORMACIN ACADMICA] : [...] puntos
[CONSIGNAR NIVEL N DE FORMACIN ACADMICA] : [...] puntos
B.2.2 CAPACITACIN:
Criterio:Se evaluar en funcin del tiempo de capacitacin del
personal propuesto como [CONSIGNAR EL PERSONAL RESPECTO DEL CUAL SE
EVALUAR LA CAPACITACIN], EN [CONSIGNA MATERIA O REA DE
CAPACITACIN].Acreditacin:Se acreditarn con copia simple de
[CONSIGNAR TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS,
SEGN CORRESPONDA].
Ms de [CONSIGNAR CANTIDAD DE HORAS LECTIVAS, SEMESTRE ACADMICO,
ETC.]: [...] puntosMs de [...] hasta [...]: [...] puntos
Ms de [...] hasta [...]:
[...] puntos
C.MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS
(De 20 Hasta 25 puntos)
Mejora 1 : [...] puntos
Mejora 2 : [...] puntos
Mejora n: [...] puntos
Criterio:[CONSIGNAR CADA UNA DE LAS MEJORAS QUE PUEDEN OFERTAR
LOS POSTORES].Acreditacin:Se acreditar mediante la presentacin de
una declaracin jurada.
Adicionalmente, el Comit Especial podr consignar los siguientes
factores de evaluacin, pudiendo utilizar algunos o todos los que a
continuacin se detallan, segn corresponda a la naturaleza y
caractersticas del objeto del proceso, su finalidad y a la
necesidad de la Entidad:
FACTORES DE EVALUACIN - OPCIONALESPUNTAJE/METODOLOGA PARA SU
ASIGNACIN
D.CUMPLIMIENTO DEL SERVICIOSe debe utilizar la siguiente frmula
de evaluacin:
PCP= PF x CBC
NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor.
PF = Puntaje mximo al postor.
NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la
experiencia del postor.
CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.
[.] puntos
Criterio:Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor,
respecto de los servicios de consultora presentados para acreditar
la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de
prestacin presentadas.
Acreditacin:Mediante la presentacin de un mximo de diez (10)
constancias de prestacin o cualquier otro documento que,
independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo
siguiente:
1. La identificacin del contrato u orden de servicio, indicando
como mnimo su objeto.
2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que
asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por
adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado
durante la ejecucin contractual.
3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista
durante la ejecucin de dicho contrato.
E.OTROS FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA
[CONSIGNAR METODOLOGA DE EVALUACIN POR CADA FACTOR QUE SE
CONSIDERE]
[CONSIGNAR CRITERIO Y ACREDITACIN POR CADA FACTOR DE EVALUACIN
QUE SE CONSIDERE].
PUNTAJE TOTAL100 puntos
IMPORTANTE:
Los factores de evaluacin no pueden calificar con puntaje el
cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos.
Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber
obtener un puntaje tcnico mnimo de ochenta (80) puntos.
CAPTULO VPROFORMA DEL CONTRATO
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable,
podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales o la adecuacin
de las propuestas en el presente documento, las que en ningn caso
pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente
ni a lo sealado en este captulo.
Conste por el presente documento, la contratacin del servicio
[CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una
parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD,
con RUC N [], con domicilio legal en [], representada por [..],
identificado con DNI N [],, y de otra parte
[.....................], con RUC N [................], con
domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N
[.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas
de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante
Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito
en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas
de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL
CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:
CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro del
CONCURSO PBLICO N [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIN]
para la contratacin del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA
CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO],
cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del
presente contrato.CLUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA
CONTRATACIN], conforme a los Trminos de Referencia.CLUSULA TERCERA:
MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR
MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos,
as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de
la prestacin materia del presente contrato.
CLUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA
en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR SI SE TRATA DE NICO PAGO, PAGOS
PARCIALES O PAGOS PERIDICOS], luego de la recepcin formal y
completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en
el artculo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la
prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10)
das calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el
pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al
otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se
verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendr derecho al
pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la
Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en
el que el pago debi efectuarse.
CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIN DE LA PRESTACIN
El plazo de ejecucin del presente contrato es de [..] das
calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DA
SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DA SIGUIENTE DE
CUMPLIDA LA CONDICIN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIN, DEBIENDO
INDICAR LA CONDICIN EN ESTE ULTIMO CASO].
IMPORTANTE:
De preverse en los Trminos de Referencia la ejecucin de
actividades de instalacin, implementacin u otros que deban
realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecucin, se
debe consignar lo siguiente:
El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN
LOS TRMINOS DE REFERENCIA] es de [...] das calendario, el mismo que
se computa desde [INDICAR CONDICIN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE
INICIAN].CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la
oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin
que establezcan obligaciones para las partes.CLUSULA STIMA:
GARANTAS
EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva
garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin
automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los
conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a
travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO,
EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deber
mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepcin de la
prestacin.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley de
Contrataciones del Estado, en los casos de prestacin de servicios
de ejecucin peridica, si el postor ganador de la Buena Pro solicita
la retencin del diez por ciento (10%) del monto del contrato
original como garanta de fiel cumplimiento deber consignarse lo
siguiente:
De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a
travs de la retencin que deber efectuar LA ENTIDAD, durante la
primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del
mismo.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garanta fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: S/.
[CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y
NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber
mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones
garantizadas.
Garanta por el monto diferencial de la propuesta: S/. [CONSIGNAR
EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL
DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber mantenerse
vigente hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.
CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN
LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL
CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto
por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.
IMPORTANTE:
Si LA ENTIDAD ha previsto la entrega de adelantos, deber
consignar la siguiente clusula:
CLUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO
LA ENTIDAD otorgar [CONSIGNAR NMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE]
adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER
DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato
original.
EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR
EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su
solicitud la garanta por adelantos mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA
O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pago correspondiente.
Vencido dicho plazo no proceder la solicitud.
LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de
[CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentacin de la solicitud
del contratista.
En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la
oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendr derecho a solicitar la
ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das
equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del
Reglamento.
CLUSULA DCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el
artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y
ser otorgada por [CONSIGNAR EL REA O UNIDAD ORGNICA QUE OTORGAR LA
CONFORMIDAD].De existir observaciones se consignarn en el acta
respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al
CONTRATISTA un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la
complejidad del servicio. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2)
ni mayor de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, EL
CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, LA ENTIDAD
podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades
que correspondan.
Este procedimiento no ser aplicable cuando los servicios
manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones
ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuar la recepcin,
debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose
las penalidades que correspondan.
CLUSULA UNDCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a
cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo
sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso
de incumplimiento.
CLUSULA DUODCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su
derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos,
conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley de
Contrataciones del Estado.
El plazo mximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de
[CONSIGNAR TIEMPO EN AOS, NO MENOR DE UN (1) AO] aos.CLUSULA DCIMO
TERCERA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso
injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del
contrato, LA ENTIDAD le aplicar una penalidad por cada da de
atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto
del tem que debi ejecutarse, en concordancia con el artculo 165 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se
calcular de acuerdo a la siguiente frmula:
Penalidad Diaria =0.10 x Monto
F x Plazo en das
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) das o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.
Tanto el monto como el plazo se refieren, segn corresponda, al
contrato o tem que debi ejecutarse o, en caso que stos involucrarn
obligaciones de ejecucin peridica, a la prestacin parcial que fuera
materia de retraso.
Esta penalidad ser deducida de los pagos peridicos, de los pagos
parciales o del pago final; o si fuese necesario se cobrar del
monto resultante de la ejecucin de las garantas de Fiel
Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el
caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, LA
ENTIDAD podr resolver el contrato por incumplimiento.
La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la
Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Cdigo Civil y
dems normas aplicables, segn corresponda.
IMPORTANTE:
De preverse en los Trminos de Referencia penalidades distintas a
la penalidad por mora, se deber consignar el listado detallado de
las situaciones, condiciones, etc., que sern objeto de penalidad,
los montos o porcentajes que le corresponderan aplicar por cada
tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que
se verificar la ocurrencia de tales incumplimientos.
CLUSULA DCIMO CUARTA: RESOLUCIN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podr resolver el contrato, de
conformidad con los artculos 40, inciso c), y 44 de la Ley de
Contrataciones del Estado, y los artculos 167 y 168 de su
Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a lo
establecido en el artculo 169 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
CLUSULA DCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las
obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daos y
perjuicios ocasionados, a travs de la indemnizacin correspondiente.
Ello no obsta la aplicacin de las sanciones administrativas,
penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el
caso que stas correspondan.
Lo sealado precedentemente no exime a ninguna de las partes del
cumplimiento de las dems obligaciones previstas en el presente
contrato.CLUSULA DCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Slo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de
Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que
emita el OSCE y dems normativa especial que resulte aplicable, sern
de aplicacin supletoria las disposiciones pertinentes del Cdigo
Civil vigente, cuando corresponda, y dems normas de derecho
privado.
CLUSULA DCIMO STIMA: SOLUCIN DE CONTROVERSIAS Cualquiera de las
partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin
de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de
ejecucin contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los
artculos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su
defecto, en el artculo 52 de la Ley de Contrataciones del
Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podr someter a
conciliacin la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al
arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, segn lo
sealado en el artculo 214 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el
valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLUSULA DCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PBLICA
Cualquiera de las partes podr elevar el presente contrato a
Escritura Pblica corriendo con todos los gastos que demande esta
formalidad.
CLUSULA DCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIN
CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las
notificaciones que se realicen durante la ejecucin del presente
contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [..]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEALADO POR
EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA
LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO]
La variacin del domicilio aqu declarado de alguna de las partes
debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con
una anticipacin